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PROPUESTA DE ESTRATEGIA DE CONCIENTIZACION PARA DISMINUIR
LOS ACCIDENTES DE TRANSITO EN LA CIUDADELA DEL PLAN 3000,
AÑO 2014
OBEJTIVO GENERAL
- Analizar los accidentes de tránsito
OBJETIVOS ESPECIFICOS
- Descubrir las causas para la continuidad de los accidentes de transito
- Evaluar las normas relativas a los accidentes de transito
- Proponer estrategias para disminuir los accidentes de transito
- Cuantificar los accidentes de transito
PROBLEMA
- cuáles son las principales causas para la continuidad de los accidentes
de tránsito, y a través de qué mecanismos se puede disminuir los
accidentes de transito
HIPOTESIS
Las principales causas para la continuidad de accidentes de tránsito
provocada por conductores son:
Falta de control policial. Deficiencia en el código de tránsito. Falta de cultura y educación vial
Y sólo través de: Educación vial, peatonal
Valores
Reforma al código de transito
Ordenanzas municipales
Se podrá disminuir los accidentes de tránsito.
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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA GABRIEL RENÉ MORENO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS, POLÍTICAS Y SOCIALES
CARRERA DERECHO
GUÍA DE ENTREVISTA ESTRUCTURADA DIRIGIDA ESPECIALISTAS Y AUTORIDADES
Estamos realizando una investigación acerca de los accidentes de tránsito en la ciudadela del plan 300, y por ello solicitamos su apoyo colaboración
Datos generales
Cargo…………………………… Profesión……..…………….. Sexo M ( ) F ( )
Lugar de trabajo……………………….…Nombre (opcional)…………………….
1. ¿Cuáles son las principales causas para la continuidad de los
accidentes de tránsito?
………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………….
………...............................................................................................................
2 ¿A través de qué mecanismos se puede disminuir el consumo de
alcohol en conductores de motorizados?
………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………
3 ¿Cómo evalúa usted el trabajo que realiza transito?
………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………
4 ¿Qué opina usted sobre la incidencia de accidentes de tránsito en
estado de ebriedad?
………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………
5 ¿De qué manera, cree usted que se podrá evitar los accidentes de
tránsito?
………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………
6 ¿Usted como autoridad, como podría controlar la incidencia de
accidentes de tránsito en estado de ebriedad?
..........................................................................................................................
...............................................................................................................
7 ¿Según usted, de qué manera se puede concienciar a las personas
a no conducir en estado de ebriedad?
………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………
8 ¿Desde su perspectiva, quien tiene más incidencia en accidentes
de tránsito (jóvenes, adultos, personas de la tercera edad),
(hombres, mujeres)?
………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA GABRIEL RENÉ MORENO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS, POLÍTICAS Y SOCIALES
CARRERA DERECHO
ENCUESTA
Estamos realizando una investigación acerca los accidentes de tránsito en la Ciudadela del plan 3000, y por ello solicitamos su apoyo y colaboración respondiendo con toda confianza y sinceridad al presente cuestionario que es totalmente anónimo.
Instrucciones: marque con una “X” o en su caso escriba la respuesta
Lugar de la encuesta……………………………. Provincia……………………
Estado Civil……………………... Edad……………………Sexo M ( ) F ( )
Nivel de educación: Básico ( ) Intermedio ( ) Medio ( )
Superior ( ) Sin educación ( )
1¿Cuáles son las principales causas para la continuidad de los
accidentes de tránsito?
A) falta de control policial. ( )B) Deficiencia en el código de tránsito. ( )C) Falta de cultura y educación vial ( )
2¿Alguna vez a sufrido un accidente de tránsito por alguna de estas
causas o se lo han ocasionado terceras personas?
A) Estado de ebriedad ( )
B) Falta de señalización ( )
C) Falta de precaución ( )
D) Otros ( )
3¿Usa el cinturón de seguridad cuando conduce o viaja?
A) Si ( )B) No ( )C) A veces ( )
4¿De qué manera se podría disminuir los accidentes de tránsito?
A) Educación vial, peatonal ( )B) Valores ( ) C) Reforma al código de transito ( )D) Ordenanzas municipales ( )
5¿cree usted que el soat cubre los gastos de accidente de tránsito en
estado de ebriedad?
A) Si ( )B) No ( )C) Tal vez ( )
6¿usted cree que la población conoce las normas de tránsito?
A) Si ( )B) No ( )C) Tal vez ( )
7¿quiénes inciden más en accidente de tránsito según género:
hombres o mujeres?
A) Hombres ( )B) Mujeres ( )C) hombres y mujeres ( )
8¿Qué días de la semana usted cree que mayormente ocurre un
accidente de tránsito?
A) lunes a viernes ( )B) sábado y domingo ( )C) días feriados ( )
9¿Qué papel juegan los medios de comunicación respecto a la
información referida a la educación vial?
A) Ninguna ( )B) Orientan ( )C) N/R ( )
10¿le gustaría formar parte de algún grupo voluntario para difundir la
importancia de la educación vial?
A) Si ( )B) No ( )C) tal vez ( )
MARCO HISTORICO
La Constitución de la República de Bolivia de 24 de junio de 1826, promulgada
durante el gobierno del presidente Antonio José de Sucre Reglas establecidas
y reglamentos que rigen la actividad policial. Creada en cada departamento un
Jefe de Policía, nombrado por el gobierno y tres o cuatro comisarios de la
Policía, estos tenían a su cargo una compañía de soldados al mando de un
oficial del ejército como funcionarios armados para la seguridad de la sociedad,
con sujeción a los alcaldes y quien era responsable del pagado de salarios con
fondos públicos.
Más tarde, en 3 de mayo de 1831, el presidente Andrés de Santa Cruz, a
través de un Reglamento de Policía comienza a sistematizar y mejorar las
normas derivadas de la Constitución.
En 1832, las gendarmerías departamentales son reorganizadas,
funcionalmente estarían bajo la dependencia de autoridades civiles, estos eran
los intendentes departamentales y comisarios provinciales, quienes mantenían
a su disposición una compañía de gendarmes comandada por oficiales del
ejército, los que mantenían su carácter militar, pero que en lo administrativo se
adaptaron a la esfera del Ministerio del Interior, para que sea este ministerio
quien se encargue del pago de los salarios de las compañías de gendarmes.
El 19 de julio de 1839, el Gral. Velazco, presidente de la república, condecora a
los gendarmes de la Policía, declarándolos beneméritos de la patria, que
participaron contra la rebelión iniciada en el departamento de Oruro por el Gral.
Ballivian, luego de que el presidente Velasco expidiera el Decreto Supremo por
el cual se determinó poner sobre las armas a todas las Guardias Nacionales de
la República, pues la primera obligación de ellas era conservar el orden interior
en los diferentes departamentos de Bolivia, defender la libertad y cooperar al
Ejército permanente a fin de conseguir la pacificación del país. Por ello, se
dispuso que los gendarmes de la Policía usaran en el brazo izquierdo un
escudo de paño verde, en forma elíptica, con veinticinco líneas de longitud y
veinte de latitud, en cuya circunferencia sería bordado para los Jefes, Oficiales
y ciudadanos que hubiesen defendido la Constitución, una leyenda de oro que
decía: "Fiel a la Patria y a la Ley"; "Fiel a la Ley", y al reverso decía "Contra el
desorden"
El 22 de noviembre de 1851, en la nueva constitución elaborada bajo la
presidencia del Gral. Belzu, se reorganiza las funciones policiales a nivel
departamental, provincial y cantonal.
En 1861, la policía de La Paz se dividió en dos distritos, uno bajo las órdenes
del Jefe de la Policía y el Hogar de otro Comisario, tanto la ayuda en cada
distrito, por seis comisarios y agentes de media de la se turnaron en turnos de
24 horas.
Durante el Gobierno de Gregorio Pacheco se convirtió en ley de la Policía de
Seguridad de 11 de noviembre de 1886, destinadas a mantener el orden
público, la preservación de las garantías personales y financieras, la
prevención de los crímenes y capturar a los delincuentes para someterlos a la
justicia.
El 20 de diciembre de 1923 durante el Gobierno de Bautista Saavedra se crean
escuelas de policías en todos los departamentos, para la instrucción y la
educación de los candidatos para la Policía de la República.
La unificación de la dirección de todas las unidades policiales en el país viene
con el decreto de 28 de julio de 1930, que creó o Director General de la Policía
de la República, dependiente del Ministerio de Gobierno.
El 26 de febrero de 1937, el Tcnl. David Toro Ruilova crea mediante Decreto
Supremo la "Escuela Nacional de Policías" dando inicio al primer instituto de
formación de oficiales de la Policía.
Una misión integrada por miembros de la italiana "Carabinieri" fue invitado a
colaborar con la modernización de la policía boliviana, especialmente, de los
regimientos de fusileros existentes.
La fusión de la Policía de Seguridad con los regimientos de fusileros se llevó a
cabo por el gobierno en 18 de enero de 1937 a través de la nueva corporación
que se llamó Carabineros de Bolivia, inspirados en el cuerpo policial italiano sin
embargo algunos entendidos señalan que también habrian influido el Cuerpo
de Carabineros de Chile, quienes también surgieron previamente inspirados en
el cuerpo policial italiano, quienes afirman esto se apoyan en la similitud de
uniformes y emblemas de las policías boliviana y chilena, es importante
precisar que pese a no existir relaciones diplomaticas entre ambos países
andinos todos los años los carabineros chilenos reciben en instrucción a
cadetes policiales bolivianos . Nueva ley sobre 14 de noviembre de 1950,
reafirma el carácter único de organización policial, con la disciplina militar,
encargada de la defensa nacional y orden público, bajo el mando supremo del
Jefe de la Nación.
Actualmente , la Policía Nacional de Bolivia tiene su Constitución regirá por la
Ley de 18 de diciembre de 1961 y actuar como policía en todas sus formas,
manifiestas, así como la policía de la policía judicial mediante la presentación a
la orden del Presidente a través del Ministro del Gobierno
En diciembre del 2009 después de ser promulgada la nueva Constitución
Política que cambió el denominativo de República de Bolivia, por la de Estado
Plurinacional de Bolivia, la única fuerza de seguridad del país cambió su
denominativo a Policía Boliviana.
Fuente: https://es.wikipedia.org/wiki/Polic%C3%ADa_Nacional_de_Bolivia
Marco teórico
Respecto a las causas de los accidentes de tránsito en nuestra ciudadela del
plan 3000, se hará un trabajo de investigación que nos dé información para
describir cada uno de los motivos de los accidentes presentados en estos
últimos años, identificando que la tasa de accidentalidad aumenta cada vez
más, que en las Instituciones Educativas y en nuestra comunidad no se están
realizando capacitaciones sobre las normas o reglas de tránsito y donde se
conoce que la mayor parte de nuestra comunidad identifica la mayor parte de
los accidentes que se presentan por estados de embriaguez, exceso de
velocidad y mala señalización en las vías. Estas son unas causas importantes y
más frecuentes:
– No respetar las normatividades de transito
– Falta de pericia al conducir un vehículo
– Falta de normatividad en transito
– El aprendizaje empírico
– Embriaguez al conducir un vehículo
– Exceso de velocidad
– No hacer uso de los sistemas de seguridad de los vehículos como:
Luces, pito, etc… De forma adecuada
– No hacer uso de los espejos retrovisores
– No respetar los derechos del peatón
– No se toma en cuenta las señales de transito
– Poca prudencia al estar en el carril correspondiente
– Retroceder en las vías públicas
– Prohibición especial para adelantar a otro vehículo
– Utilizar mal los sitios de estacionamiento
– No bajar la velocidad cuando se transita en los horarios y días de
funcionamiento de la institución educativa, lo que también ocurre cuando se
transite por vías de hospitales o terminales de pasajeros
– Reparar un vehículo en las vías públicas, parque o acera, o hacerlo en
caso de emergencia, sin atender el procedimiento señalado en el código.
– No permitir el paso de los vehículos de emergencia.
A cada una de estas causas se le buscarán soluciones con las cuales se
puedan realizar cambios positivos adecuadamente.
Los accidentes de tránsito constituyen sucesos ocurridos en vía pública
terrestre, en el que interviene uno o más vehículos y de los que resultan daños
a las personas y/o a las cosas, derivan de situaciones fortuitas (ajenas a la
voluntad del agente), de situaciones relacionadas con la imprudencia,
negligencia e inobservancia de las leyes, o de situaciones dolosas (el agente
ha previsto el daño).
En las carreteras de todo el mundo mueren al año al menos medio millón de
personas y unos 15 millones sufren lesiones por accidentes de tránsito. Las
cifras de heridos varían mucho según la población y la densidad del tráfico, así
como el grado de aplicación de las medidas preventivas y correctivas.
Por lo general, se producen más muertes en las carreteras rurales, donde la
Velocidad es más elevada que en las zonas urbanas, pero las lesiones graves
que Precisan estancia en un hospital son al menos el doble en las vías
urbanas, donde el tráfico es más problemático.
Por lo que se refiere a la distancia recorrida, los motoristas, los ciclistas y los
Peatones tienen más riesgo de muerte o lesiones. Y mayormente se dan estos
accidentes bajo la influencia del alcohol.
MARCO JURIDICO
El siguiente trabajo de investigación se encuentra argumentado bajo las
siguientes normas, legales Nacionales:
CÓDIGO NACIONAL DE TRÁNSITO, aprobado por DL 10735 de 16/02/1973,
elevado rango de Ley por Ley 3988 de 18/12/2008
Capítulo III De los Accidentes de Tránsitos, del art.152 al 159
CAPITULO III
DE LOS ACCIDENTES DE TRANSITO
ARTICULO 152.- ACCIDENTES.-
Accidentes son sucesos de los que resultan daños a las personas o las cosas. Pueden ser
dolosos, culposos o fortuitos.
ARTÍCULO 153.- ACCIDENTES DOLOSOS.-
Son accidentes dolosos cuando el resultado antijurídico ha sido querido o previsto y
ratificado por el agente o cuando es consecuencia necesaria de su acción.
ARTÍCULO 154.- ACCIDENTES CULPOSOS.-
Son accidentes culposos cuando el resultado, aunque haya sido previsto, no ha sido
querido por el agente y se produce por imprudencia, negligencia o inobservancia de las
leyes, reglamentos, órdenes o resoluciones.
ARTÍCULO 155.- ACCIDENTES FORTUITOS.-
Son accidentes fortuitos cuando el resultado antijurídico no ha podido preverse y se ha
debido a circunstancias casuales ajenas a la voluntad del agente.
ARTICULO 156.- PARTE.-
Toda persona que presencie o tenga noticias de un delito o accidente de tránsito, está en
la obligación de dar parte a la autoridad más próxima.
ARTICULO 157.- AUXILIO.-
Los conductores de otros vehículos, sus ocupantes y en general toda persona que transite
por el lugar donde ha ocurrido un accidente están en la ineludible obligación de socorrer y
prestar ayuda al conductor y ocupantes del vehículo accidentado.
ARTICULO 158.- MEDIDAS DE AUXILIO.-
La autoridad que tome conocimiento del accidente, inmediatamente y bajo su
responsabilidad, adoptará las medidas aconsejables, especialmente las relativas al auxilio
y socorro de las víctimas.
ARTICULO 159.- OBLIGACIONES DE AVISO.-
Los propietarios o encargados de garajes y talleres de reparación, están obligados a dar
aviso inmediato a la Policía del Tránsito si ingresa a su local un vehículo con señales
manifiestas de haber sufrido un accidente.
REGLAMENTO DEL CODIGO DE TRANSITO, Resolución suprema Nº
187444 de 8 de junio de 1978.
Capítulo III De los Accidentes de Tránsitos, del art.394 al art.397
Capítulo III
De los accidentes de tránsito
Artículo 394°.- (Policía judicial) Conforme al Artículo 117 del Código de
Procedimiento Penal, el Servicio Nacional del Tránsito, ejercerá funciones de
Policía Judicial en los accidentes ocurridos dentro de las actividades reguladas
en este ramo.
Artículo 395°.- (Informe técnico) Ocurrido un accidente intervendrá el personal
de la Policía del Tránsito a fin de proceder a la investigación del hecho y
establecer las causas y circunstancias en que se ha producido. El informe
técnico, que deberá expedirse en el término de 48 horas como máximo,
comprenderá básicamente los siguientes aspectos:
Lugar del accidente, con especificación de la clases de vías y estado de las
mismas.
Día y hora.
Estado del tiempo.
Análisis sobre el examen y medición de las huellas a fin de establecer la
dirección, frenadas y velocidad de los vehículos.
Estado y posición en que quedaron el o los vehículos.
Clase de servicios que presta el de los vehículos
Nombres, apellidos número de licencia o brevet, domicilio y otros datos
personales del o de los conductores y propietarios de los vehículos.
Nombres y apellidos de las personas que hubieran presenciado el accidente.
Nombres y apellidos de las personas que hubiera. resultado muertas o
lesionadas, acompañando él diagnóstico de la asistencia pública o los
certificados de reconocimiento médico legal.
Relación de los daños materiales sufridos por él o los vehículos u otros bienes,
con un costo aproximadamente del valor de las reparaciones.
Relación circunstanciada de como sucedió el accidente y posibles causas
Croquis.
De quien o quienes es la responsabilidad, citando los artículos del Código o
Reglamento que hubieran resultado infringidos.
Artículo 396°.- (Obligación de informar) Si el accidente ocurre en zona rural
alejada de los centros urbanos, el conductor presentará el informe a que está
obligado a la Jefatura Departamental del Tránsito o al puesto policial más
próxima, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrido el hecho. Este informe
será presentado personalmente por el conductor y solamente lo hará por
intermedio de terceras personas en caso de encontrarse impedido por haber
sufrido graves lesiones con motivo del accidente. Si el accidente ocurriere en
las ciudades o en lugares el informe será presentado de inmediato y en forma
personal por él o los conductores.
Artículo 397°.- (Presunción de culpabilidad por fuga) Se presume la
culpabilidad de todo conductor que estando implicado en un accidente o que
habiendo incurrido en una infracción, se dé a la fuga, omitiendo presentar a la
Policía del Tránsito el correspondiente informe.
PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL EN CARRETERAS D.S Nº 29293
DE 3 DE OCTUBRE DE 2007
CÓDIGO PENAL LEY Nº 1768 de 10 de marzo de 1997
Art.260 Homicidio en Accidentes de Tránsito y Lesiones Gravísimas.
ARTÍCULO 261.- (HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVÍSIMAS EN
ACCIDENTES DE TRÁNSITO).- El que resultare culpable de la muerte o
producción de lesiones graves o gravísimas de una o más personas
ocasionadas con un medio de transporte motorizado, será sancionado con
reclusión de uno a tres años. Si el hecho se produjera estando el autor bajo la
dependencia de alcohol o estupefacientes, la pena será de reclusión de uno a
cinco años y se impondrá al autor del hecho, inhabilitación para conducir por un
período de uno a cinco años.
En caso de reincidencia se aplicará el máximo de la pena prevista.
Si la muerte o lesiones graves o gravísimas se produjeren como consecuencia
de una grave inobservancia de la ley, el código y el reglamento de tránsito que
establece los deberes de cuidado del propietario, gerente o administrador de
una empresa de transporte, éste será sancionado con reclusión de uno a dos
años.
MARCO CONCEPTUAL
AUTOPISTA.-
Vía expresa con limitación total de acceso y con todos los cruces a desnivel.
VIAS EXPRESAS.-
Las que están destinadas al tránsito expreso con limitación parcial de accesos y
generalmente sin cruces a nivel en las intersecciones.
AVENIDAS.-
Las avenidas son vías de ancho relativamente grande, donde el tránsito circula con
carácter preferente respecto a las calles transversales.
CALLES.-
Las calles están formadas por aceras y calzadas. La calzada es la parte de la calle
destinada a la circulación de vehículos y semovientes. Las aceras son de uso exclusivo de
los peatones.
PASEOS.-
Son lugares destinados exclusivamente para la circulación de peatones.
SENDAS.-Sendas son las vías destinadas al uso de peatones y semovientes.
VEHICULOS.-
Vehículo es todo medio de transporte para personas, semovientes o cosas.
REGLAMENTO.-
El reglamento de este Código clasificará los vehículos de acuerdo a su tracción,
características y clases de servicio.
CIRCULACION.-
Circulación es el movimiento de peatones, vehículos y semovientes por la vía pública.
LIBRE CIRCULACION.-
Ninguna entidad, asociación o grupo de personas, podrá interrumpir la libre circulación de
peatones y vehículos sin previo permiso de la autoridad de Tránsito.
PERMISOS.-
En los casos de desfiles cívicos, procesiones religiosas u otras manifestaciones publicas,
la Policía de Tránsito al conceder el permiso, indicará las rutas de desviación.
PROHIBICION.-
Ningún vehículo que no esté en buenas condiciones mecánicas podrá circular por la vía
pública.
EQUIPO DE AUXILIO.-
Todo vehículo, para efectuar viajes, estará equipado de herramientas, botiquín, señales de
emergencia y demás medios indispensables de auxilio.
VELOCIDAD.-
Velocidad es la relación entre el espacio recorrido por un vehículo y el tiempo empleado en
recorrerlo.
SEÑAL DE TRANSITO.-
Señal de tránsito es todo dispositivo, signo, demarcación e inscripción colocada por las
autoridades con el objeto de informar, prevenir y reglamentar la circulación.
DERECHOS.-
Los pasajeros comprendidos en los incisos a) y b) tienen derecho a un servicio cómodo y
seguro, sin que a nadie le sea permitido desconocer o menoscabar esta prerrogativa, pero
también tienen la obligación de no incurrir en actitudes que perjudiquen el buen servicio,
molesten a terceros o provoquen desórdenes.
SEGURIDAD.-
Los pasajeros comprendidos en el inciso c) del Art. 66, merecerán igual trato de seguridad.
En el caso de los pasajeros comprendidos en los incisos d) y e), no les asiste ningún
derecho de los establecidos en este Código.
OBLIGACION.-
El pasajero acatará las indicaciones que el conductor o su auxiliar le impartan para su
mayor seguridad o comodidad
RESPONSABILIDAD.-
El pasajero responderá de los daños y perjuicios que arbitrariamente ocasione al vehículo,
al conductor u ocupantes.
75.- PEATON.-
Peatón es la persona que se encuentra a pie en la vía pública.
CONDUCTOR.-
Conductor es 1a persona que conduce o tiene el control de un vehículo
EMBRIAGUEZ.-
Es terminantemente prohibido conducir vehículos bajo el efecto de drogas u otros
intoxicantes, en estado de embriaguez, o cuando las condiciones de salud físico-mentales
no permitan la normal y segura conducción.
LICENCIA.-
La Licencia es un documento personal e intransferible que acredita que su titular está
facultado para conducir vehículos.
INFRACCION.-
Infracción llamada también transgresión o contravención, es el quebrantamiento de una o
más reglas de tránsito.
DELITOS.-
El juzgamiento y sanción de los delitos de tránsito, son de competencia de la justicia
ordinaria.
INFRACCIONES.-
Las infracciones, de competencia de la Policía del Tránsito serán sancionadas con arresto,
inhabilitación de la licencia o multa.
ARRESTO.-
El arresto es la privación de la libertad del infractor por el tiempo que determina el
Reglamento.
INHABILITACION.-
La inhabilitación es la suspensión temporal o definitiva de la licencia de conductor.
MULTA.-
La multa es la sanción pecuniaria que se impone al infractor, la misma que será pagada
previa extensión de la papeleta valorada
ACCIDENTES.-
Accidentes son sucesos de los que resultan daños a las personas o las cosas. Pueden ser
dolosos, culposos o fortuitos.
ACCIDENTES DOLOSOS.-
Son accidentes dolosos cuando el resultado antijurídico ha sido querido o previsto y
ratificado por el agente o cuando es consecuencia necesaria de su acción.
ACCIDENTES CULPOSOS.-
Son accidentes culposos cuando el resultado, aunque haya sido previsto, no ha sido
querido por el agente y se produce por imprudencia, negligencia o inobservancia de las
leyes, reglamentos, órdenes o resoluciones.
ACCIDENTES FORTUITOS.-
Son accidentes fortuitos cuando el resultado antijurídico no ha podido preverse y se ha
debido a circunstancias casuales ajenas a la voluntad del agente.
Fuente: Código de Transito
MARCO METODOLOGICO
Para el desarrollo de esta investigación fue necesario utilizar tanto el método
analítico y método de estudio de caso, así como técnicas, herramientas e
instrumentos que permitieron recolectar el mayor número de información
necesaria, con el fin de obtener un conocimiento más amplio de la realidad de
la problemática.
Entrevistas a profesionales expertos, los cuales son los que están directamente
involucrados con el mismo, y son los indicados en ofrecer la información
requerida para el estudio.
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA GABRIEL RENÉ MORENO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS, POLÍTICAS Y SOCIALES
CARRERA DERECHO
GUÍA DE ENTREVISTA ESTRUCTURADA DIRIGIDA ESPECIALISTAS Y
AUTORIDADES
Estamos realizando una investigación acerca de los accidentes de tránsito en
la ciudadela Andrés Ibáñez, y por ello solicitamos su apoyo colaboración
Datos generales
Cargo…………………………… Profesión……..…………….. Sexo M ( ) F ( )
Lugar de trabajo……………………….…Nombre (opcional)…………………….
1. ¿Cuáles son las principales causas para la continuidad de los accidentes
de tránsito, provocado en conductores en estado de ebriedad?
……………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………....
2 ¿A través de qué mecanismos se puede disminuir el consumo de alcohol
en conductores de motorizados?
……………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………
3 ¿Cómo evalúa usted el trabajo que realiza transito?
……………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………
4 ¿Qué opina usted sobre la incidencia de accidentes de tránsito en
estado de ebriedad?
……………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………
5 ¿De qué manera, cree usted que se podrá evitar los accidentes de
tránsito en estado de ebriedad?
……………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………
6 ¿Usted como autoridad, como podría controlar la incidencia de
accidentes de tránsito en estado de ebriedad?
...............................................................................................................................
..........................................................................................................
7 ¿Según usted, de qué manera se puede concienciar a las personas a no
conducir en estado de ebriedad?
……………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………
8 ¿Desde su perspectiva, quien tiene más incidencia en accidentes de
tránsito (jóvenes, adultos, personas de la tercera edad), (hombres, mujeres)?
……………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………
Encuestas a los conductores de vehículos, los cuales son los que están
directamente involucrados con los accidentes de tránsito, y son los indicados
en ofrecer la información requerida para el estudio.
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA GABRIEL RENÉ MORENO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS, POLÍTICAS Y SOCIALES
CARRERA DERECHO
ENCUESTA
Estamos realizando una investigación acerca los accidentes de tránsito en
estado de ebriedad en la Ciudadela del plan 3000, y por ello solicitamos su
apoyo y colaboración respondiendo con toda confianza y sinceridad al presente
cuestionario que es totalmente anónimo.
Instrucciones: marque con una “X” o en su caso escriba la respuesta
Lugar de la encuesta……………………………. Provincia……………………
Estado Civil……………………... Edad……………………Sexo M ( ) F ( )
Nivel de educación: Básico ( ) Intermedio ( ) Medio ( )
Superior ( ) Sin educación ( )
1¿Cuáles son las principales causas para la continuidad de los accidentes de
tránsito, provocado en conductores en estado de ebriedad?
A) falta de control policial. ( )
B) Deficiencia en el código de tránsito. ( )
C) Falta de cultura y educación vial ( )
2¿Alguna vez a sufrir un accidente de tránsito por estar en estado de ebriedad
o se lo han ocasionado terceras personas?
A) Si ( )
B) No ( )
3¿ha conducido alguna vez después de haber tomado aunque sea el mínimo
de bebidas alcohólicas?
A) Si ( )
B) No ( )
C) tal vez ( )
4¿De qué manera se podría disminuir los accidentes de tránsito?
A) Educación vial, peatonal ( )
B) Valores ( )
C) Reforma al código de transito ( )
D) Ordenanzas municipales ( )
5¿cree usted que el soat cubre los gastos de accidente de tránsito en estado
de ebriedad?
A) Si ( )
B) No ( )
C) Tal vez ( )
6¿usted cree que la población conoce las normas de tránsito?
A) Si ( )
B) No ( )
C) Tal vez ( )
7¿quiénes inciden más en accidente de tránsito en estado de ebriedad según
género: hombres o mujeres?
A) Hombres ( )
B) Mujeres ( )
C) hombres y mujeres ( )
8¿Qué días de la semana usted cree que mayormente ocurre un accidente de
tránsito?
A) lunes a viernes ( )
B) sábado y domingo ( )
C) días feriados ( )
9¿Qué papel juegan los medios de comunicación respecto a la información
referida a la educación vial?
A) Ninguna ( )
B) Orientan ( )
C) N/R ( )
10¿le gustaría formar parte de algún grupo voluntario para difundir la
importancia de la educación vial?
A) Si ( )
B) No ( )
C) tal vez ( )
MARCO GEOGRAFICO
El área geográfica en la cual se realiza nuestra investigación es el
departamento de Santa Cruz ciudad Santa Cruz de la Sierra provincia Andrés
Ibáñez ciudadela Plan 3000.
Santa Cruz de la Sierra
Este departamento fue fundado el 26 de febrero de 1561 Santa Cruz de la
Sierra es la ciudad capital y sección municipal del Departamento de Santa
Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia.
Está situada al este del país, a orillas del río Piraí. Su población es de 1 453
549 habitantes, que unidos a los de su área metropolitana (municipios de
Cotoca, Porongo, Warnes, La Guardia, y El Torno) ascienden a 2.102.998. Su
crecimiento demográfico está entre los más rápidos de América del Sur. En los
últimos años, la urbe cruceña se erigió en la puerta de Bolivia al mundo,
después de La Paz, siendo sede de eventos internacionales como: la Cumbre
Iberoamericana y la Cumbre del G77.
Limita al norte con el departamento de Beni y la República de Brasil; al sur con
el departamento de Chuquisaca y la República de Paraguay; al este con la
República de Brasil y al oeste con los departamentos de Beni, Cochabamba y
Chuquisaca.
Plan 3000 Dentro de la zona urbana de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra se
encuentra el Distrito Municipal Nº 8 que se encuentra ubicado en la zona sur de
la ciudad. Limita al norte con la Radial 10 que a su vez es límite con el Distrito
7, de norte a sureste limita con los cañaverales del Ingenio azucarero “San
Aurelio”, y de norte a suroeste con el área rural. Este Distrito tiene por nombre
Ciudadela Andrés Ibáñez, popularmente conocido como “Plan 3.000”, nombre
que adquirió debido a su historia de cómo se formo esta zona. La fecha en que
fue creada esta ciudadela fue un 18 de marzo de 1983, debido a una riada del
río Pirai, en la que más de 3.000 familias quedaron sin hogar , y con las pocas
pertenencias que le quedaban tuvieron que asentarse “en unos terrenos
baldíos de propiedad privada en la zona sudeste de la ciudad”, “el gobierno
municipal de ese entonces procedió al realojo de las familias damnificadas en
una zona situada a 12 Km. de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, donde las
familias afectadas tuvieron que empezar una nueva vida”.
Mapa de los Distritos Municipales de Santa Cruz de la Sierra y del Plan
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