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GRILLA DE TAREAS DE AGRIMENSURA Actualizaciones - Transcripciones Informes periciales - Diligenciamiento Tareas generales Tasaciones Rurales Urbanos y Suburbanos Actualización de mensura para usucapión Actualización de plano Cambio de titularidad Transcripción de plano Transcripción de plano con actualización Transcripción de plano con modificación Modificación de plano Consultas Estudios Técnicos - Financieros - Legales Arbitrajes Asistencias técnicas Informe pericial Descripción de matrícula Tramitación ante autoridades públicas (Diligenciami Relevamiento catastral (No disponible) Determinación de radios municipales Certificado de amojonamiento Certificado de verificación de subsistencia parcela Determinaciones astronómicas Futura subdivisión Futura unión Levantamiento fotogramétrico Levantamiento hidrográfico (Batimetría) Línea de Rivera Relevamiento altimétrico (Nivelaciones) Relevamiento planialtimétrico (Taquimetría) Relevamiento planialtimétrico de caminos y canales Subdivisión en base a plano Unión en base a plano Servidumbre administrativa Mensura colectiva para saneamiento de títulos Georeferenciamiento (No disponible) Croquis para registro de poseedores Tasaciones estimativas Tasaciones ordinarias Tasaciones extraordinarias Tasaciones de daños Desmejora Renovación de desmejora Loteo - Trazado de pueblos y villas Medición de superficies agropecuarias Mensura de mina Mensura simple rural Mensura parcial rural Mensura para usucapión rural Mensura y subdivisión
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GRILLA DE TAREAS DE AGRIMENSURAActualizaciones - Transcripciones

Informes periciales - Diligenciamiento

Tareas generales

Tasaciones

Rurales

Urbanos y Suburbanos

Actualización de mensura para usucapiónActualización de planoCambio de titularidadTranscripción de planoTranscripción de plano con actualizaciónTranscripción de plano con modificaciónModificación de plano

ConsultasEstudios Técnicos - Financieros - LegalesArbitrajesAsistencias técnicasInforme pericialDescripción de matrículaTramitación ante autoridades públicas (Diligenciamiento)

Relevamiento catastral (No disponible)Determinación de radios municipales

Certificado de amojonamientoCertificado de verificación de subsistencia parcelaria (ND)Determinaciones astronómicasFutura subdivisiónFutura uniónLevantamiento fotogramétricoLevantamiento hidrográfico (Batimetría)Línea de RiveraRelevamiento altimétrico (Nivelaciones)Relevamiento planialtimétrico (Taquimetría)Relevamiento planialtimétrico de caminos y canalesSubdivisión en base a planoUnión en base a planoServidumbre administrativaMensura colectiva para saneamiento de títulosGeoreferenciamiento (No disponible)Croquis para registro de poseedores

Tasaciones estimativasTasaciones ordinariasTasaciones extraordinariasTasaciones de daños

DesmejoraRenovación de desmejoraLoteo - Trazado de pueblos y villasMedición de superficies agropecuariasMensura de minaMensura simple ruralMensura parcial ruralMensura para usucapión ruralMensura y subdivisión

Propiedad Horizontal

Varios - Ajustes - etcArancel convenidoTasa convenidaTrabajo en relación de dependenciaFacturación por tiempo empleadoDictamen pericial en la justicia.Descuento a organismos sin fines de lucroDescuentos por valor de la tierra

Loteo c/s trazado de calles y/o amanzanamientoMensura y subdivisión mayor de 1 Ha.Mensura simple urbanaMensura parcial urbanaMensura para usucapión urbanaMensura y subdivisión

PrehorizontalidadMensura y subdivisión en P.H.Modificación de subdivisión en P.H.Subdivisión en P.H.

Planilla para el cálculo de aranceles de Ley 1332-C-56 y modificatorias.Los aranceles de las tareas combinadas en un plano se declaran en forma individual. Esto

significa que si la tarea consta de varias mensuras, subdivisiones y uniones, debe declararse cada una de las tareas que involucra el trabajo del profesional por separado.

Planilla para el cálculo de aranceles de Ley 1332-C-56 y modificatorias.Los aranceles de las tareas combinadas en un plano se declaran en forma individual. Esto

significa que si la tarea consta de varias mensuras, subdivisiones y uniones, debe declararse cada una de las tareas que involucra el trabajo del profesional por separado.

PROPUESTA DE READECUACIÓN DE ARANCELES DE HONORARIOS DE AGRIMENSURA

Aranceles vigentes desde el 01/04/1991 Aranceles Nuevos a partir de 01/01/2008

Art. 28) Días de Gabinete y Campaña Art. 28) Días de Gabinete y Campaña

Día de trabajo en gabinete 120 c/u Día de trabajo en gabinete 200 c/uDía de trabajo en terreno Día de trabajo en terreno los primeros 10 días 130 c/u los primeros 10 días 220 c/u los subsiguientes 20 días 97 c/u los subsiguientes 20 días 185 c/u los días de exceso sobre 30 días 87 c/u los días de exceso sobre 30 días 150 c/uDía de viaje de ida y vuelta 55 c/u Día de viaje de ida y vuelta 90 c/u

Art. 43) Nivelación Geométrica sin ejecución de planimetría Art. 43) Nivelación Geométrica sin ejecución de planimetría

Con perfiles transversales Con perfiles transversalesH: a + b x n a: 185 H: a + b x n a: 740

b: 1 b: 4Sin perfiles transversales Sin perfiles transversalesH: a + b x n a: 185 H: a + b x n a: 740

b: 2.8 b: 11.2

Art. 44) Nivelación Geométrica con ejecución de planimetría Art. 44) Nivelación Geométrica con ejecución de planimetría

Con perfiles transversales Con perfiles transversalesH: a + b x n a: 185 H: a + b x n a: 740

b: 2.8 b: 11.2Sin perfiles transversales Sin perfiles transversalesH: a + b x n a: 185 H: a + b x n a: 740

b: 5.6 b: 22.4

Art. 45) Levantamiento Taquimetrico Art. 45) Levantamiento Taquimetrico

b: 280 b: 1120

Escala Factor k Escala Factor k1 :10000 4.95 1 :10000 201 :5000 8.25 1 :5000 331 :2000 11.50 1 :2000 461 :1000 24.75 1 :1000 991 :500 49.50 1 :500 198

Art. 47) Levantamiento hidrográficos Art. 47) Levantamiento hidrográficosTasa x punto Tasa x punto

hasta 100 puntos 300.0 hasta 100 1200.0los siguientes 200 puntos 1.8 los siguientes 200 puntos 7.2los siguientes 200 puntos 1.5 los siguientes 200 puntos 6.0los siguientes 500 puntos 1.2 los siguientes 500 puntos 4.8los siguientes 1000 puntos 0.9 los siguientes 1000 puntos 3.6

Art. 48) estudio Planialtimetrico de caminos,etc. Art. 48) estudio Planialtimetrico de caminos,etc.Tasa x km Tasa x km

a) con nivelación geométrica sin perfil trasversal 60.0 a) con nivelación geométrica sin perfil trasversal 240.0b) con nivelación geométrica y perfil trasversal b) con nivelación geométrica y perfil trasversal los primeros 20 km 140.0 los primeros 20 km 560.0 los subsiguientes 120.0 los subsiguientes 480.0c) con levantamiento taquimetrico con perfil trasversal c) con levantamiento taquimetrico con perfil trasversal los primeros 20 km 200.0 los primeros 20 km 800.0 los subsiguientes 160.0 los subsiguientes 640.0

Art. 49) Mensura y confección de planos de campo Art. 49) Mensura y confección de planos de campo

H: a + b x L + A a: 150 H: a + b x L + A a: 600b: 75 b: 300

cuando la S(ha) <P(hm) se agregara el adicional por km 55.0 cuando la S(ha) <P(hm) se agregara el adicional por km 220.0

Art. 52) Mensura de terrenos urbanos o suburbanos Art. 52) Mensura de terrenos urbanos o suburbanos

H: a x L + A a: 630 H: a x L + A a: 2520

a) por llevar línes de las calles que afectan el terreno por km recorr 45.0 a) por llevar línes de las calles que afectan el terreno por km recorri 180.0b) subdivisión de manzanas rectangulares en lotes b) subdivisión de manzanas rectangulares en lotes hasta 10 lotes 55.0 hasta 10 lotes 220.0 por cada lote en exceso 9.5 por cada lote en exceso 38.0c) subdivisión de manzanas irregulares en lotes c) subdivisión de manzanas irregulares en lotes hasta 10 lotes 97.0 hasta 10 lotes 388.0 por cada lote en exceso 15.0 por cada lote en exceso 60.0d) amojonamiento de lotes rectangulares d) amojonamiento de lotes rectangulares hasta 10 lotes 115.0 hasta 10 lotes 460.0 por cada lote en exceso 15.0 por cada lote en exceso 60.0e) amojonamiento de lotes irregulares e) amojonamiento de lotes irregulares hasta 10 lotes 175.0 hasta 10 lotes 700.0 por cada lote en exceso 30.0 por cada lote en exceso 120.0

Art. 53) Mensura de propiedad urbanizada Art. 53) Mensura de propiedad urbanizada

a) sin edificio H: a x L + A mínimo 500.0 a) sin edificio H: a x L + A mínimo 1500.0a: 1.3 a: 5.2

b) con edificio H: a x L + a x P + A mínimo 500.0 b) con edificio H: a x L + a x P + A mínimo 1500.0a: 1.3 a: 5.2

d) amojonamiento de lotes rectangulares 9.5 d) amojonamiento de lotes rectangulares 38.0e) amojonamiento de lotes irregulares 30.0 e) amojonamiento de lotes irregulares 120.0

Art. 54) Mensura de pertenencia minera y permisos de cateos Art. 54) Mensura de pertenencia minera y permisos de cateos

una pertenencia de 6 ha 310.0 una pertenencia de 6 ha 1240.0dos pertenencias contiguas de 6 ha cada una 550.0 dos pertenencias contiguas de 6 ha cada una 2200.0

H: b + k (s)1/2 + A H: b + k (s)1/2 + A

PROPUESTA DE READECUACIÓN DE ARANCELES DE HONORARIOS DE AGRIMENSURA

Aranceles vigentes desde el 01/04/1991 Aranceles Nuevos a partir de 01/01/2008tres pertenencias contiguas de 6 ha cada una 910.0 tres pertenencias contiguas de 6 ha cada una 3640.0

una pertenencia de 12 ha 480.0 una pertenencia de 12 ha 1920.0dos pertenencias contiguas de 12 ha cada una 770.0 dos pertenencias contiguas de 12 ha cada una 3080.0tres pertenencias contiguas de 12 ha cada una 1075.0 tres pertenencias contiguas de 12 ha cada una 4300.0

Art. 56) Adicional "A" en función del valor del terreno Art. 56) Adicional "A" en función del valor del terreno

1.5 % hasta 32400 1.5 % hasta 1296001.0 % de 32400 hasta 324000 1.0 % de 129600 hasta 12960000.8 % de 324000 hasta 648000 0.8 % de 1296000 hasta 25920000.6 % mas de 648000 0.6 % mas de 2592000

Art. 58) Diligenciamiento Art. 58) Diligenciamiento

Por diligenciamiento de aprobación planos ante reparticiones públi 250.0 Por diligenciamiento de aprobación planos ante reparticiones públic 480.0

CALCULO DE ARANCEL DE HONORARIOS DE TRABAJOS RURALES - LEY 1332-C-56Mensuras, Mensuras parciales, Mensuras y Subdivisiones, Mensuras para Usucapión

El perímetro se ingresa en kms. - En los incrementos se ingresa un 1 si es positivo y 0 si no corresponde.

Mensura rural - Art. Nº 49 Subdivisión - Art. Nº 50Perímetro Valor Diagrama Honorario Lotes Diagrama

$ 0.00 $ 0.00 $ 0.00$ 0.00 $ 0.00

Ad.(Km) $ 0.00 $ 0.00$ 0.00 $ 0.00

$ 0.00 $ 0.00 $ 0.00

Desmejora - Renovación de desmejora - Resolución 463-1-04Determinación de desmejora - Art. Nº 18

Concepto HonorarioUn día de gabinete y un día de campaña $ 730.00

Medición de superficies de siembraDeterminación de superficies agropecuarias

Has. Concepto HonorarioUn día de campaña cada mil hectáreas o fracción

Total Honorarios $ 0.00

Este arancel es aplicable para las mensuras rurales con una topografía llana y limpia, en caso de tener otro estado de terreno

indicar con el dígito 1 en la tabla de Incremento por el estado.

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CALCULO DE ARANCEL DE HONORARIOS DE TRABAJOS RURALES - LEY 1332-C-56Mensuras, Mensuras parciales, Mensuras y Subdivisiones, Mensuras para Usucapión

El perímetro se ingresa en kms. - En los incrementos se ingresa un 1 si es positivo y 0 si no corresponde.

Subdivisión - Art. Nº 50 Honorarios Totales - Art. Ns. 49 y 50Honorario Hon. Mensura - Art.49 $ 1,460.00

$ 0.00 Hon. Subdivisión - Art. 50 $ 0.00Total Honorarios $ 1,460.00

Incremento p/Estado del terrenoArbustos o Malezas - 50% 0 $ 0.00Monte o Serranía - 75% 0 $ 0.00Terrenos cenagosos - 150% 0 $ 0.00

Total de incremento $ 0.00Total de Honorarios Inc. $ 1,460.00

Aporte 18 % Caja de Previsión $ 262.80Aporte 9 % Caja de Previsión $ 131.40

Desmejora - Renovación de desmejora - Resolución 463-1-04Renovación de desmejora - Art. Nº 19

Concepto HonorarioUn día de gabinete $ 350.00

Medición de superficies de siembraRenovación de desmejora - Art. Nº 19

Concepto HonorarioUn día de gabinete $ 200.00

Este arancel es aplicable para las mensuras rurales con una topografía llana y limpia, en caso de tener otro estado de terreno

indicar con el dígito 1 en la tabla de Incremento por el estado.

CALCULO DE ARANCEL DE HONORARIOS DE TRABAJOS URBANOS

Este arancel está pendiente de procesamiento.

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CALCULO DE ARANCEL DE HONORARIOS DE TRABAJOS URBANOS

Este arancel está pendiente de procesamiento.

CALCULO DE ARANCEL DE HONORARIOS DE TRABAJOS URBANOS

CALCULO DE ARANCEL DE HONORARIOS DE TRABAJOS URBANOS

Mensura urbana - Art. Nº 53 Subdivisión - Art. Nº 52Perímetro Valor Diagrama Honorario Mz Regul.

$ 0.00 $ 0.00$ 0.00 Mz Irreg.

Edificado $ 0.00Perímetro $ 0.00

$ 0.00 Amojonamiento - Art. Nº 53Lotes Reg.

Los perímetros se ingresan en metros.

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CALCULO DE ARANCEL DE HONORARIOS DE TRABAJOS URBANOS

Subdivisión - Art. Nº 52 Honorarios Totales - Art. Ns. 52 y 53Lotes Exc Honorario Hon. Mensura - Art.53 $ 0.00

$ 0.00 Hon. Subdivisión - Art. 52 $ 0.00Lotes Exc Honorario Hon. Amojonamiento - Art. 53 $ 0.00

$ 0.00 Total Honorarios $ 0.00

Amojonamiento - Art. Nº 53Lotes Irreg. Honorario Aporte 18 % Caja de Previsión $ 0.00

$ 0.00 Aporte 9 % Caja de Previsión $ 0.00

CALCULO DE ARANCEL DE HONORARIOS DE TRABAJOS URBANOS

CALCULO DE ARANCEL URBANOS MAYOR A 1 HA. Y LOTEOS

Mensura urbana - Art. Nº 52 Subdivisión - Art. Nº 52Perímetro Valor Diagrama Honorario Mz Regul.

$ 0.00 $ 0.00$ 0.00 Mz Irreg.

Edificado $ 0.00Sup. Cub. $ 0.00

$ 0.00 Amojonamiento - Art. Nº 52Mz Regul.

La sup. cubierta se ingresa en metros cuadrados. Mz Irreg. El perímetro se ingresa en kilómetros.

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CALCULO DE ARANCEL URBANOS MAYOR A 1 HA. Y LOTEOS

Subdivisión - Art. Nº 52 Honorarios Totales - Art. 52Lotes Exc Honorario Hon. Mensura - Art.53 $ 0.00

$ 0.00 Hon. Subdivisión - Art. 52 $ 0.00Lotes Exc Honorario Hon. Amojonamiento - Art. 53 $ 0.00

$ 0.00 Total Honorarios $ 0.00

Amojonamiento - Art. Nº 52Lotes Exc Honorario Aporte 18 % Caja de Previsión $ 0.00

$ 0.00 Aporte 9 % Caja de Previsión $ 0.00Lotes Exc Honorario

$ 0.00

CALCULO DE ARANCEL URBANOS MAYOR A 1 HA. Y LOTEOS

PREHORIZONTALIDAD - MENSURA Y SUBDIVISIÓN EN PROPIEDAD HORIZONTAL

Subdivisión en Propiedad Horizontal Prehorizontalidad Resolución Nº 122-2-89 - Resolución Nº 122-2-89 - Art. 2

Unid. Sup. Cub. Plant. Coeficiente ID Descuento Honorario0.000 $ 0.00 $ 0.00

Honorarios MSPH $ 0.00Subdivisión en P. H.

con Prehorizontalidad Resolución Nº 122-2-89 - Art. 2

ID Descuento Honorario$ 0.00 $ 0.00

Ingrese en los cuadros celestes un 1 si se trata de una Prehorizontalidad o de

una subdivisión que ya tiene Prehorizontalidad.

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PREHORIZONTALIDAD - MENSURA Y SUBDIVISIÓN EN PROPIEDAD HORIZONTAL

Mensura urbana - Art. Nº 53 Inc aPerímetro Valor Diagrama Honorario

$ 0.00 $ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00

Mensura y Subdivisión en Propiedad HorizontalHon. Mensura - Art.53 Inc a $ 0.00

Hon. Subdivisión - Res. Nº 122-2-89 $ 0.00Diligenciamiento - Art.58 $ 680.00

Total Honorarios $ 680.00

Aporte 18 % Caja de Previsión $ 122.40Aporte 9 % Caja de Previsión $ 61.20

CALCULO DE ARANCEL URBANOS MAYOR A 1 HA. Y LOTEOS

Mensura de minas - Art. Nº 54Cant Pertenencia Superficie Honorario

1 Individual 6 hectáreas $ 0.002 Contiguas 6 hectáreas $ 0.003 Contiguas 6 hectáreas $ 0.001 Individual 12 hectáreas $ 0.002 Contiguas 12 hectáreas $ 0.003 Contiguas 12 hectáreas $ 0.00Minas de sal 20 hectáreas $ 0.00

Ingrese la cantidad de pertenencias de acuerdo al tipo en la columna

Cant sobre el primer cuadro

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CALCULO DE ARANCEL URBANOS MAYOR A 1 HA. Y LOTEOS

Honorarios Totales - Art. 54Hon. Mensura - Art.54 $ 0.00

Total Honorarios $ 0.00

Aporte 18 % Caja de Previsión $ 0.00Aporte 9 % Caja de Previsión $ 0.00

Ingrese la cantidad de pertenencias de acuerdo al tipo en la columna

Cant sobre el primer cuadro

Actualizaciones - Transcripciones

Actualización de Mensura p/usucapión - Res. 463 - Art. 5 Transcripción de plano - Res. 463 - Art. 6Urb. Rur. Concepto Honorario Urb. Rur.

Ingrese el dígito 1 donde corresponda $ 0.00

Actualización de plano sin modificación - Res. 463 - Art. 7 Transcripción de plano con actualización - Res. 463 - Art. 9Concepto Honorario Urb. Rur.

Un día de gabinete y un día de terreno $ 730.00Plano con cambios que no implican mayor arancel al original.

Cambio de Titularidad de plano - Res. 463 - Art. 12 Transcripción de plano con modificación - Res. 463 - Art. 10Concepto Honorario Urb. Rur.

Medio día de gabinete $ 175.00Las modificación se debe calcular y agregar al honorario.

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Actualizaciones - Transcripciones

Transcripción de plano - Res. 463 - Art. 6 Modificación de Plano - Res. 463 - Art. 8Concepto Honorario Concepto

Ingrese el dígito 1 donde corresponda $ 0.00 Medio día de gabinete y medio día de terrenoSe agregan los cambios arancelarios que correspondan.

Transcripción de plano con actualización - Res. 463 - Art. 9Concepto Honorario

Ingrese el dígito 1 donde corresponda $ 0.00Plano con cambios que no implican mayor arancel al original.

Transcripción de plano con modificación - Res. 463 - Art. 10Concepto Honorario

Ingrese el dígito 1 donde corresponda $ 0.00Las modificación se debe calcular y agregar al honorario.

Actualizaciones - Transcripciones

Modificación de Plano - Res. 463 - Art. 8Concepto Honorario

Medio día de gabinete y medio día de terreno $ 365.00Se agregan los cambios arancelarios que correspondan.

Consultas - Ley 1332-C-56 - Artículo 108

Inc. 1 - Consultas sin inspección ocular. Inc. 2 - Consultas con inspección ocular en la localidad.Concepto Honorario Concepto

Medio día de gabinete $ 175.00 Medio día de gabinete y medio día de campaña

Estudios técnicos, legales y financieros - Ley 1332-C-56 - Artículo 109

Concepto HonorarioIngrese un valor convencional a convenir

Inc. 3 - Parte proporcional de acuerdo al tiempo empleadoConcepto Honorario

Días de gabinete empleados $ 0.00 Días de campaña empleados $ 0.00

Total Honorarios $ 0.00

Arbitrajes - Ley 1332-C-56 - Artículo 110

Concepto HonorarioIngrese un valor convencional a convenir

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Inc. 1 - Importancia y extensión de los cuestionarios, y grado de responsabilidad que impliquen.

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Inc. 1 - Importancia y extensión de los cuestionarios, y grado de responsabilidad que impliquen.

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Consultas - Ley 1332-C-56 - Artículo 108

Inc. 2 - Consultas con inspección ocular en la localidad. Inc. 3 - Consultas con inspección ocular en otra localidad.Concepto Honorario Concepto

Medio día de gabinete y medio día de campaña $ 365.00 Medio día de gabinete y un día de campaña

Estudios técnicos, legales y financieros - Ley 1332-C-56 - Artículo 109Inc. 2 - Parte proporcional de acuerdo a la valuación del objeto

Concepto ValuaciónIngrese el valor de la cosa u objeto

$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00

Total honorarios $ 0.00

Arbitrajes - Ley 1332-C-56 - Artículo 110Inc. 2 - Parte proporcional de acuerdo a la valuación del objeto

Concepto ValuaciónIngrese el valor de la cosa y objeto

$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00

Total honorarios $ 0.00

Consultas - Ley 1332-C-56 - Artículo 108

Inc. 3 - Consultas con inspección ocular en otra localidad.Concepto Honorario

Medio día de gabinete y un día de campaña $ 555.00

Estudios técnicos, legales y financieros - Ley 1332-C-56 - Artículo 109Honorarios Totales Art. 109

Honorarios a convenir Inc.1 $ 0.00Honorarios p/valuación - Inc 2 $ 0.00

Honorarios p/tiempo - Inc 3 $ 0.00Total de honorarios $ 0.00

Arbitrajes - Ley 1332-C-56 - Artículo 110Honorarios Totales Art. 109

Honorarios a convenir Inc.1 $ 0.00Honorarios p/valuación - Inc 2 $ 0.00

Total de honorarios $ 0.00

Asistencias Técnicas - Ley 1332-C-56 - Artículo 111

Informes Periciales y Peritajes - Descripción de Matrícula - Ley 1332-C-56 - Artículo 112Inc. 1 - Informes periciales privados

Concepto HonorarioMedio día de gabinete y medio día de campaña $ 365.00

Inc. 3 - Informe de descripción de MatrículaConcepto Honorario

Medio día de gabinete $ 175.00

Tramitación ante autoridades públicas - Diligenciamiento - Ley 1332-C-56 - Artículo 58Diligenciamiento - Art. 58

Concepto HonorarioTrámite ante autoridades públicas $ 640.00

El profesional consultor percibirá honorarios equivalentes al 10% de los honorarios que pudieran corresponder por croquis preliminares, anteproyectos, proyectos, dirección de obras, informes técnicos y cualquier otra tarea realizada por otro profesional que constituya el objeto de la consulta.

El honorario correspondiente al profesional asesor y/o jurado de concurso será fijado de acuerdo con las disposiciones que cada Consejo Profesional dicte al respecto.

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Este honorario se aplica por cada parcela, lote u objeto a informar, en base a registro gráfico o títulos.

Este honorario se aplica por cada parcela, lote u objeto a informar, en base a registro gráfico o títulos.

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Asistencias Técnicas - Ley 1332-C-56 - Artículo 111Asistencia Técnica - Art. 111

ConceptoIngrese el honorario del profesional asistido.

Total honorarios por la asistencia

Informes Periciales y Peritajes - Descripción de Matrícula - Ley 1332-C-56 - Artículo 112Inc. 2 - Parte proporcional de acuerdo a la valuación del objeto

Concepto ValuaciónIngrese el valor de la cosa u objeto

$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00

Total honorarios $ 0.00

Tramitación ante autoridades públicas - Diligenciamiento - Ley 1332-C-56 - Artículo 58

El profesional consultor percibirá honorarios equivalentes al 10% de los honorarios que pudieran corresponder por croquis preliminares, anteproyectos, proyectos, dirección de obras, informes técnicos y cualquier otra tarea realizada por otro profesional que constituya el objeto de la

El honorario correspondiente al profesional asesor y/o jurado de concurso será fijado de acuerdo con las disposiciones que cada Consejo

En los casos de informes periciales o peritajes dispuestos en juicios en que se litiga determinado valor en juego, los honorarios serán la suma que resulte de aplicar al valor en juego (el determinado por el perito si ello formara parte de su misión) la siguiente escala de porcentajes acumulativos

Asistencias Técnicas - Ley 1332-C-56 - Artículo 111Asistencia Técnica - Art. 111

Concepto HonorarioIngrese el honorario del profesional asistido.

Total honorarios por la asistencia $ 0.00

Informes Periciales y Peritajes - Descripción de Matrícula - Ley 1332-C-56 - Artículo 112Honorarios Totales Art. 112

Honorarios a convenir Inc.1 $ 365.00Honorarios p/valuación - Inc 2 $ 0.00

Total de honorarios $ 365.00

Tramitación ante autoridades públicas - Diligenciamiento - Ley 1332-C-56 - Artículo 58

Se aplica solo en los casos en que se solicite un informe pericial privado y luego un peritaje en el ámbito judicial.

TASACIONES ESTIMATIVAS- Ley 1332-C-56 - Artículos 96 y 97

Declare el tipo de inmuebleUR RU Concepto

Ingrese el tipo de inmueble u objeto

TASACIONES ORDINARIAS - Ley 1332-C-56 - Artículos 96 y 97Declare el tipo de inmueble

UR RU ConceptoIngrese el tipo de inmueble u objeto

TASACIONES EXTRAORDINARIAS - Ley 1332-C-56 - Artículos 96 y 97Declare el tipo de inmueble

UR RU ConceptoIngrese el tipo de inmueble u objeto

TASACIÓN DE DAÑOS - Ley 1332-C-56 - Art. 97 - Inc. 2

Indique con un 1 en la casilla UR si se trata de un predio urbano o suburbano. Si la tasación se realiza sobre un predio rural ingrese el 1 en la casilla RU.

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Indique con un 1 en la casilla UR si se trata de un predio urbano o suburbano. Si la tasación se realiza sobre un predio rural ingrese el 1 en la casilla RU.

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Indique con un 1 en la casilla UR si se trata de un predio urbano o suburbano. Si la tasación se realiza sobre un predio rural ingrese el 1 en la casilla RU.

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TASACIONES ESTIMATIVAS- Ley 1332-C-56 - Artículos 96 y 97

TASACIONES ESTIMATIVAS, URBANAS Y SUBURBANASConcepto Valuación

Ingrese el valor de la cosa u objeto$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00

Total honorarios $ 0.00

TASACIONES ORDINARIAS - Ley 1332-C-56 - Artículos 96 y 97TASACIONES ORDINARIAS, URBANAS Y SUBURBANAS

Concepto ValuaciónIngrese el valor de la cosa u objeto

$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00

Total honorarios $ 0.00

TASACIONES EXTRAORDINARIAS - Ley 1332-C-56 - Artículos 96 y 97

Total honorarios $ 0.00

TASACIÓN DE DAÑOS - Ley 1332-C-56 - Art. 97 - Inc. 2

TASACIÓN DE DAÑOS - Artículo 97Concepto Valuación

Ingrese el valor de la cosa u objeto$ 0.00$ 0.00

1.ESTIMATIVAS: La apreciación del valor económico de la cosa se realiza por impresión de experto basadas en comparaciones de valores no analizadas técnicamente. Puede ser comunicada de palabra o por escrito al comitente con explicaciones relativas a las razones de la estimación.

2.ORDINARIAS: La apreciación del valor se funda en la comparación de valores analizados en detalle de acuerdo con las reglas técnicas. Se acompañará una memoria descriptiva con el detalle de la tarea ejecutada. Los planos necesarios para la tarea serán proporcionados por el comitente.

Procedimiento 1- Calcule en el Item anterior la tasación ordinaria del inmueble u objeto 2-Declare el tipo de inmueble en el cuadro de la izquierda.

3.EXTRAORDINARIAS: Cuando además de las que caracterizan a las ordinarias se realiza una o más de las siguientes tareas:a) Análisis de precios para todos los rubros de la tasación en que sean aplicables;b) Investigación de circunstancias técnicas, de mercado, etc.. correspondientes a una época anterior en cinco años, por lo menos a la fecha de enmienda;c) Actuación conjunta con otros profesionales, colegas o no.

Si el encargo implica la tasación del daño sufrido por una cosa comparando los valores de la cosa dañada anteriormente al siniestro e inmediatamente después del mismo, de acuerdo a lo que establece el Art. 534 del Código de Comercio, los honorarios se determinarán aplicando los porcentajes al valor de tasación de la cosa antes del siniestro y adicionando al monto resultante el 25% del mismo.

$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00

Total honorarios $ 0.00

Si el encargo implica la tasación del daño sufrido por una cosa comparando los valores de la cosa dañada anteriormente al siniestro e inmediatamente después del mismo, de acuerdo a lo que establece el Art. 534 del Código de Comercio, los honorarios se determinarán aplicando los porcentajes al valor de tasación de la cosa antes del siniestro y adicionando al monto resultante el 25% del mismo.

TASACIONES ESTIMATIVAS- Ley 1332-C-56 - Artículos 96 y 97

TASACIONES ESTIMATIVAS RURALESConcepto Valuación

Ingrese el valor de la cosa u objeto$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00

Total honorarios $ 0.00

TASACIONES ORDINARIAS - Ley 1332-C-56 - Artículos 96 y 97TASACIONES ORDINARIAS RURALES

Concepto ValuaciónIngrese el valor de la cosa u objeto

$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00

Total honorarios $ 0.00

TASACIONES EXTRAORDINARIAS - Ley 1332-C-56 - Artículos 96 y 97

TASACIÓN DE DAÑOS - Ley 1332-C-56 - Art. 97 - Inc. 2

1.ESTIMATIVAS: La apreciación del valor económico de la cosa se realiza por impresión de experto basadas en comparaciones de valores no analizadas técnicamente. Puede ser comunicada de palabra o por escrito al comitente con explicaciones relativas a las razones de la estimación.

2.ORDINARIAS: La apreciación del valor se funda en la comparación de valores analizados en detalle de acuerdo con las reglas técnicas. Se acompañará una memoria descriptiva con el detalle de la tarea ejecutada. Los planos necesarios para la tarea serán proporcionados por el comitente.

EXTRAORDINARIAS: Cuando además de las que caracterizan a las ordinarias se realiza una o más de las siguientes tareas:a) Análisis de precios para todos los rubros de la tasación en que sean aplicables;b) Investigación de circunstancias técnicas, de mercado, etc.. correspondientes a una época anterior en cinco años, por lo menos a la fecha de enmienda;c) Actuación conjunta con otros profesionales, colegas o no.

Determinación de Radio Municipal - Resolución 368-3-9 y Modificatoria 504-7-05Clasificación de Localidades Determinación de Honorarios de Radio Municipal

0 Marque 1 en la columna azul Comunas Ingrese la longitud del radio municipal en km. Pueblo con Municipio Total de honorarios por la determinación de radio. Ciudad

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Determinación de Radio Municipal - Resolución 368-3-9 y Modificatoria 504-7-05Determinación de Honorarios de Radio Municipal Total de honorarios por la determinación de radio.

Longitud Descuento p/ Entidad sin fines de lucroIngrese la longitud del radio municipal en km. Ingrese el porcentaje - máximo 30 %

Total de honorarios por la determinación de radio. $ 0.00 Honorarios calculados por el radioHonorarios totales con descuento

Determinación de Radio Municipal - Resolución 368-3-9 y Modificatoria 504-7-05Total de honorarios por la determinación de radio.

Descuento p/ Entidad sin fines de lucro DescuentoIngrese el porcentaje - máximo 30 % $ 0.00

Honorarios calculados por el radio $ 0.00Honorarios totales con descuento $ 0.00

Certificado de Amojonamiento - Resolución 463-1-04 Artículo Nº 3Certificado de Amojonamiento

LotesIngrese la cantidad de lotes a amojonarHonorarios totales de los certificados $ 0.00

Certificado de Verificación de Subsistencia Parcelaria

Este arancel está pendiente de resolución.

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Certificado de Amojonamiento - Resolución 463-1-04 Artículo Nº 3

Certificado de Verificación de Subsistencia Parcelaria

Este arancel está pendiente de resolución.

Certificado de Amojonamiento - Resolución 463-1-04 Artículo Nº 3

Certificado de Verificación de Subsistencia Parcelaria

Determinaciones astronómicas - Ley 13132-C-56 - Art. 55

Honorarios por determinaciones astronómicasPrecio

Azimut de una Línea 7,360.00Latitud de un punto 7,680.00

Latitud y Azimut de una Línea 10,560.00

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Determinaciones astronómicas - Ley 13132-C-56 - Art. 55

Determinaciones astronómicas - Ley 13132-C-56 - Art. 55

Uniones, Subdivisiones, Futuras Uniones - Resolución 463 - Art. 13 - Art. 14

Mensura y Unión Unión en base a planoConcepto Honorario Concepto

Cuando la Unión se presenta en un plano con mensura de los Cuando la Unión se presenta en un plano sin ejecutar la mensura,inmuebles involucrados en la unión, se declara por c/ unión en base a plano anterior existente, se declara

Medio día de gabinete $ 175.00 Dos días de Campaña y un día de gabinete

Mensura y Futura Unión Subdivisión en base a planoConcepto Honorario Concepto

Cdo la Futura Unión se presenta en un plano con mensura de los Cuando la subdivisión se presenta en un plano sin ejecutar la inmuebles involucrados en la F.U., se declara por c/ futura unión mensura, en base a plano anterior existente; se declara

Medio día de gabinete $ 175.00 Dos días de Campaña y un día de gabinete

Línea de Rivera - Resolución 463 - Artículo 17

Línea de RiveraConcepto Honorario

Ingrese el número de perfiles transversales levantados para ladeterminación de la línea de rivera

Honorarios por la Línea de Rivera $ 0.00

Croquis para el Registro de Poseedores - Resolución 463 - Artículo 4

Croquis - Registro de PoseedoresUrb. Rur. Concepto Superf. Honorarios

Ingrese el dígito 1 donde corresponda si es urbano o ruralLotes urbanos. Medio día campaña y medio día gabinete $ 0.00

Lotes rurales. Ingrese la superficie en hectáreas $ 0.00Honorarios por Croquis p/ Registro de Possedores $ 0.00

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Uniones, Subdivisiones, Futuras Uniones - Resolución 463 - Art. 13 - Art. 14

Unión en base a planoConcepto Honorario

Cuando la Unión se presenta en un plano sin ejecutar la mensura,en base a plano anterior existente, se declara

Dos días de Campaña y un día de gabinete $ 1,110.00

Subdivisión en base a planoConcepto Honorario

Cuando la subdivisión se presenta en un plano sin ejecutar lamensura, en base a plano anterior existente; se declara

Dos días de Campaña y un día de gabinete $ 1,110.00

Línea de Rivera - Resolución 463 - Artículo 17

Croquis para el Registro de Poseedores - Resolución 463 - Artículo 4

Uniones, Subdivisiones, Futuras Uniones - Resolución 463 - Art. 13 - Art. 14

Línea de Rivera - Resolución 463 - Artículo 17

Croquis para el Registro de Poseedores - Resolución 463 - Artículo 4

Mensura Colectiva para Saneamiento de Títulos - Resolución 206-2-91

El perímetro se ingresa en kms. - La subdivisión y el amojonamiento parcelas urbanas se declaran por el Artículo 52 - Ley 1332-C-56

Mensura Colectiva - Art. Nº 49 Subdivisión urbanos - Art. Nº 52Perímetro Valor Edif. (M2) Honorario Mz Regul. Lotes Exc

Sin adicional $ 0.00Mz Irreg. Lotes Exc

Subdivisión rurales - Art. Nº 50Lotes Concepto Honorario

Mínimo 3 % $ 0.00

Servidumbre Administrativa - Resolución 463-1-04 - Artículo 20

Servidumbre AdministrativaPerímetro Valor Diagrama Honorario

$ 0.00 $ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00$ 0.00

Este arancel es aplicable para las mensuras colectivas solicitadas por el estado para el saneamiento de parcelas de su ámbito de influencia. Se permite aplicar hasta un 30 % de descuento en el

arancel resultante.

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Si la servidumbre administrativa se afecta un inmueble urbano ingrese el perímetro en metros. Si la afectación es sobre un inmueble rural el perímetro debe ingresarse en kilómetros.

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Mensura Colectiva para Saneamiento de Títulos - Resolución 206-2-91

El perímetro se ingresa en kms. - La subdivisión y el amojonamiento parcelas urbanas se declaran por el Artículo 52 - Ley 1332-C-56

Subdivisión urbanos - Art. Nº 52 Honorarios Totales - Art. Ns. 49 y 50Honorario Hon. Mensura - Art.49 $ 1,460.00

$ 0.00 Hon. Subdivisión - Art. 50 $ 0.00Honorario Hon. Subdivisión - Art. 52 $ 0.00

$ 0.00 Total Honorarios $ 1,460.00

Descuento Art. 5/6 Ley 1332-C-56Ingrese el porcentaje a descontar

Total de Honorarios c/ Dto $ 1,460.00

Aporte 18 % Caja de Previsión $ 262.80Aporte 9 % Caja de Previsión $ 131.40

Servidumbre Administrativa - Resolución 463-1-04 - Artículo 20

Clasificación de inmuebleIngrese el tipo de inmueble Tp

1 - Si es Urbano 2 - Si es Rural

Este arancel es aplicable para las mensuras colectivas solicitadas por el estado para el saneamiento de parcelas de su ámbito de influencia. Se permite aplicar hasta un 30 % de descuento en el

arancel resultante.

Si la servidumbre administrativa se afecta un inmueble urbano ingrese el perímetro en metros. Si la afectación es sobre un inmueble rural el perímetro debe ingresarse en kilómetros.

Levantamientos fotogramétricos - Ley 1332-C-56 - Artículo 46

Levantamiento fotogramétrico - Honorarios mínimosConcepto

Ingrese el costo de obra e instrumentalTotal honorarios por la asistencia

Levantamientos hidrográficos (Batimetría) - Ley 1332-C-56 - Artículo 47

Levantamiento hidrográfico - Honorarios Concepto

Ingrese la cantidad de puntos batimétricos efectuadosTotal honorarios por la asistencia

El honorario correspondiente a la dirección de esta clase de trabajos será convencional y se graduará de acuerdo con el costo total de los mismos que incluye trabajos básicos terrestres, vuelo, triangulación aérea, restitución, dibujo, amortización e intereses del capital

invertido en instrumental y elementos de trabajo, etc., sobre la base mínima del 20 % de ese costo.

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Los honorarios por la realización de levantamientos hidrográficos, incluyendo la confección del plano batimétrico, se declaran en relación a la cantidad de puntos batimétricos determinados. El honorario no incluye la prestación de elementos de trabajo.

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Levantamientos fotogramétricos - Ley 1332-C-56 - Artículo 46

Levantamiento fotogramétrico - Honorarios mínimosHonorario

$ 0.00

Levantamientos hidrográficos (Batimetría) - Ley 1332-C-56 - Artículo 47

Levantamiento hidrográfico - Honorarios Honorario

$ 1,920.00

El honorario correspondiente a la dirección de esta clase de trabajos será convencional y se graduará de acuerdo con el costo total de los mismos que incluye trabajos básicos terrestres, vuelo, triangulación aérea, restitución, dibujo, amortización e intereses del capital

invertido en instrumental y elementos de trabajo, etc., sobre la base mínima del 20 % de ese costo.

Los honorarios por la realización de levantamientos hidrográficos, incluyendo la confección del plano batimétrico, se declaran en relación a la cantidad de puntos batimétricos determinados. El honorario no incluye la prestación de elementos de trabajo.

Nivelaciones geométricas sin ejecución de planimetría - Ley 1332-C-56 - Artículo 43

Nivelaciones - Artículo 43SIN CON Concepto Honorarios

Ingrese el dígito 1 donde corresponda, si se ha ejecutado la nivelación

Ingrese el número de puntos de miraHonorarios por Croquis p/ Registro de Possedores $ 0.00

Nivelaciones geométricas con ejecución de planimetría - Ley 1332-C-56 - Artículo 44

Planialtimetría - Artículo 44Concepto Honorarios

Ingrese el número de puntos de mira realizados en la determinaciónIngrese la longitud en kilómetros de la planimetría

Honorarios por Croquis p/ Registro de Possedores $ 1,184.00

Taquimetría - Ley 1332-C-56 - Artículo 45

Taquimetría - Artículo 45Concepto Valor Diagrama

Ingrese el valor de la tierra libre de mejoras $ 0.00Ingrese la superficie en hectáreas $ 0.00La escala de la taquimetría seleccionada es 0 $ 0.00

0 $ 0.00Total de honorarios de la taquimetría $ 0.00 $ 0.00

Relevamiento planialtimétrico de caminos y canales - Ley 1332-C-56 - Artículo 48

SIN perfiles transversales o es CON perfiles transversales

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Planialtimetría de caminos o canales - Artículo 48FT Concepto Longitud

Ingrese la longitud del camino o canal en kilómetrosDescriba el tipo de determinación ejecutada

1 Perfil longitudinal sin perfiles transversales2 Con nivelación geométrica y perfiles transversales cada 50 mts

3 Con levantamiento taquimétrico de una faja de hasta 400 metros de ancho con perfiles transversales cada 500 metros

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Nivelaciones geométricas sin ejecución de planimetría - Ley 1332-C-56 - Artículo 43

Nivelaciones geométricas con ejecución de planimetría - Ley 1332-C-56 - Artículo 44

Taquimetría - Ley 1332-C-56 - Artículo 45

Seleccione la opciónFT Escalas1 1:100002 1:50003 1:20004 1:10005 1:500

Relevamiento planialtimétrico de caminos y canales - Ley 1332-C-56 - Artículo 48

Factor de escala

Relevamiento de caminos / canalesHonorarios de la Planimetría $ 0.00

Incremento p/Estado del terrenoArbustos o Malezas - 50% 0 $ 0.00Monte o Serranía - 75% 0 $ 0.00

Cenagosos - 100% 0 $ 0.00Total de incremento $ 0.00

Total de Honorarios Inc. $ 0.00

Nivelaciones geométricas sin ejecución de planimetría - Ley 1332-C-56 - Artículo 43

Nivelaciones geométricas con ejecución de planimetría - Ley 1332-C-56 - Artículo 44

Taquimetría - Ley 1332-C-56 - Artículo 45

Relevamiento planialtimétrico de caminos y canales - Ley 1332-C-56 - Artículo 48


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