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    UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

    Maestría de Derecho Penal y CienciasCriinol!"icas

    TÍTULO

    #IMPLEMENTACI$N DE UN %ILTRO PROCESAL EN LOS DELITOS %UENTES& A

    E%ECTOS DE DETERMINAR EL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS'

    TESIS PARA OPTAR EL (RADO DE)

    MAESTRO EN DEREC*O PENAL + CIENCIAS

    CRIMINOLO(ICAS

    AUTOR : A,o"- Jos. Rosario CA/RERA /UR(A

    ASESORA : Dra- Nayr0d S01re2 S1nche2

    TRUJILLO- PERU

    2014

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    I- INTRODUCCION

    La presente investigación busca realizar un análisisdogmático, en razón que los delitos fuentes, es decir los delitos iníciales, allavado de dinero es posterior a cualquier conducta  de tráfico ilícito de

    drogas, de evasión tributaria, de actividades de terrorismo; que blanqueadinero para financiar actividades ilícitas, lo cual beneficiaria a la Sociedaden general.

    El lavado de dinero es un serio problema, que perjudicano sólo a una nación sino tambin a todo el mundo, dado el volumenasombroso de este delito que trae como consecuencia! la corrupción,distorsiona la toma de decisiones económicas, agrava los males sociales "amenaza la integridad de las instituciones financieras.

     #unque, actualmente la denominación de 3la4ado dedinero3 es obsoleta debido a que no sólo se $limpia$ dinero proveniente de

    actividades ilícitas, sino tambin otro tipo de bienes, tales comopropiedades, acciones, ve%ículos, siendo lo a5ro5iado re6erirse a esteilícito 5enal coo 3la4ado de acti4os3-

    &eniendo en cuenta que el ilícito penal como 3la4ado deacti4os3& es bastante amplio en el presente esquema de pro"ecto tratareespecíficamente el $Lavado de dinero proveniente del narcotráfico$, debidoa que ste es una de las principales causas por el cual nuestro país no %adesarrollado " sigue siendo un país sin progreso; que por el contrario, estálleno de corrupción, "a que %o" en día está mu" relacionado al Estado,porque $algunos$ funcionarios p'blicos son aquellos que cometen este

    delito; lo cual genera que %a"a ma"ores actividades ilícitas, delincuencia "la pobreza. (e a%í lo denominado delitos de cuello blanco.

    )or tal motivo es esencial que %a"a una cooperacióninternacional amplia entre las agencias reguladoras " de ejecución de laLe", las cuales deberán implementar políticas " mecanismos para impedir que sus servicios sean utilizados con fines contrarias a la Le"; para lograr disminuir o erradicar este delito que agobia a todos los ciudadanos del )er'" en este caso la *iudad de &rujillo. Siendo el objetivo la implementaciónde un filtro procesal, para amenguar "+o eliminar la comisión del delito delavado de activos en sus diversas modalidades.

    (urante los 'ltimos aos, la sociedad peruana %ae-perimentado un alarmante incremento de la delincuencia especialmentede aquella que act'a en bandas organizadas, la misma que se caracterizapor actuar con e-trema violencia. tilizando armamento automático decorto " largo alcance, además de ve%ículos modernos " equipos decomunicaciones; efectuando sus actividades delincuenciales en diversasciudades " zonas del )aís, donde la presencia policial es limitada en sucobertura, escogiendo además entre sus objetivos a personas "+oempresas con poder económico, con lo que se ponía en riesgo la marc%aeconómica del )aís.

    http://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtml

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    7- REALIDAD O/SERVA/LE

    1.1. Realidad problemática

    El delito de lavado de activos, es el

    conjunto de operaciones realizadas por una o más personasnaturales o jurídicas, tendientes a ocultar o disfrazar el origenilícito de bienes o recursos que provienen de actividadesdelictivas; se desarrolla usualmente mediante la realización devarias operaciones, encaminadas a encubrir cualquier rastro deorigen ilícito.

    El delito de lavado de activos oblanqueo de activos es una figura penal autónoma de carácter pluriofensivo " dirigida a tutelar el orden socio económico.

    )uede conceptualizarse como elcamino de transito de los bienes de origen delictivo, que seincorporan al sistema económico legal con una apariencia delegalidad; asentado en diferentes modalidades empresariales.

    En el )er', el /0 de 1unio del /22/ sepromulgo la Le" )enal *ontra el Lavado de #ctivos 3Le"/44056, la misma que e-tiende el Lavado de activos a otros

    delitos, como fuentes generadoras de ganancias ilegales.

    El siglo 778 no sólo nos sorprende por el gran avance tecnológico en un mundo globalizado, sinotambin por la rapidez con que el crimen organizado se adaptaa la sofisticación, debido a que a%ora tienen ma"or acceso a lavelocidad " facilidad de las modernas finanzas electrónicas;con el fin de burlar las normas, controles " con ello seguir cometiendo delitos que causan graves daos a las sociedades,"a que afecta a la economía " en consecuencia a lasposibilidades de desarrollo del país. La globalización, lasrelaciones " la creciente interdependencia económica entrepaíses, %a traído como consecuencia ma"ores oportunidades "nuevos mecanismos para lavar dinero " legitimar toda clase defondos de origen ilegal.

    Si bien el Lavado de #ctivos podríallevarse a cabo en relación con los bienes procedentes de lacomisión de un solo delito previo o delito fuente, los estudioscriminológicos ponen de manifiesto que estos bienesprovienen por lo general, de la realización de diversos delitos

    cometidos organizadamente. Esta situación e-plica que en elplano criminológico, el delito de Lavado de #ctivos se

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    encuentre vinculado estrec%amente a la llamada criminalidadorganizada " la criminalidad de cuello blanco.

    )odría incluso decirse que lacriminalización del Lavado de #ctivos, regulada en las

    legislaciones penales modernas, responde a la necesidadactual de reaccionar de manera más eficaz ante el crecientefenómeno de la criminalidad organizada. #sí por ejemplo; en8talia tenemos 9La *osa :ostra, 9La *amorra :apolitanaentre otras; en 1apón, 9La -ico, al 9*artel de Sinaloa 3el másviolento en la actualidad " que, conforme a diversas fuentesperiodísticas, se estaría e-pandiendo a varios países de #mrica Latina, entre ellos )er' " Ecuador.

    8- ANTECEDENTES& LOCAL& NACIONAL E INTERNACIONAL

    PER9El *ódigo )enal, los artículos /?5# " /?0 @ 3introducidos por el(ecreto Le" /5.A/B " modificados por Le" /0.//C6 tipifican el delitode lavado, referido al tráfico ilícito de drogas.

    AR(ENTINALa legislación argentina sobre estupefacientes está contenida en laLe" nD/C.4C4. Su artículo /5 tipifica el lavado de dinero sincalificarlo así " sólo referido a bienes provenientes del narcotráfico.

    Se encuentra en estudio un )ro"ecto de Le", donde su artículo Fe-tiende el delito de lavado a bienes provenientes de delitos conpena mínima de C aos " otros relacionados con terrorismo,narcotráfico, tráfico de seres %umanos " órganos, " contra la #dministración )'blica.

    /A*AMAS)Se encuentra en vigencia desde el FB de marzo de F??0 la Le" de3producto del delito6 Lavado de (inero en la cual se tipifica el lavadorespecto de los bienes proveniente de delitos cu"a penalidad seaigual o ma"or a 5 aos.

    /OLIVIALa Le" :G F40B del F2 de marzo de F??4, modificatoria del *ódigo)enal introduce el delito de $legitimación de ganancias ilícitas$ queproceden delitos vinculados al tráfico ilícito de sustanciascontroladas, de delitos cometidos por funcionarios p'blicos enejercicio de sus funciones o de delitos cometidos por organizacionescriminales.

    /RASILEn el )ro"ecto de Le" de /A diciembre F??0, los artículos F " /

    tipifican el lavado para los bienes provenientes de delitos denarcotráfico, terrorismo, secuestro, contra la #dministración )'blica,

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    contra el sistema financiero nacional " aquellos cometidos por organizaciones criminales.

    CANADAEl *ódigo )enal, )arte 788, en vigencia desde enero de F?B?

    establece el delito de lavado de activos referido al producto de$delitos de empresa$, los cuales virtualmente inclu"en todos aquellosque generan bienes. *abe destacar que es definido el vocablo$propiedad$.El pro"ecto de le" acerca de Las (rogas " Sustancias *ontroladas,que se esperaba entrara en vigencia durante F??4, define $lapropiedad relacionada con el delito$, lo cual inclu"e a $losinstrumentos$.

    COSTA RICAEn la Le" de )sicotrópicos, : 4/CC, el artículo F4 sanciona a

    quien intervenga en cualquier tipo de contrato que encubra lanaturaleza, origen, ubicación, destino o circulación de las gananciasprovenientes de los delitos de tráfico ilícito de drogas tipificados en lale". # su vez, se encuentra en estudio un pro"ecto de le", que en suartículo 4F tipifica al delito de acuerdo con una amplia lista deconductas, lo que e-tendería la tipificación realizada en la le" vigenteque se establece sólo para delitos de tráfico ilícito de drogas.

    ECUADORLa Le" Sobre Sustancias Estupefacientes " )sicotrópicas :DF2B,publicada en septiembre de F??2, en los artículos 40 " 44, que tratanel enriquecimiento ilícito " la conversión o transferencia de bienesrespectivamente, se establecen respecto de bienes producto deltráfico ilícito de drogas.

    ESTADOS UNIDOSEl lavado de dinero se encuentra tratado en diferentes cuerposnormativos, como son el *ódigo de Estados nidos 3*E6, &ítuloFB, parágs. F?50 " F?54; la Le" sobre el *ontrol de Lavado de(inero de F?B0; la Le" #nti#buso de (rogas de F?BB; la Le"

     #nnunzioH"lie #ntiLavado de (inero de F??/; la Le" de Supresiónde Lavado de (inero de F??A; la Le" de )revención de &errorismode F??0; la Le" sobre E-tensión " Iesponsabilidad del Seguro deSalud de F??0.Sobre normas $antismurfing$ 3tcnica de lavado de dinero mediantela apertura de m'ltiples cuentas bancarias6 está la Le" de Secreto@ancario *E, paráf. 5C/A.

    (UATEMALA

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    En la Le" contra la :arcoactividadF, los artículos A5 " A0 estáestablecido el delito respecto de bienes provenientes delnarcotráfico.Se presentó al *ongreso de la Iep'blica el #ntepro"ecto de Le" deLavado de (inero, que norma el lavado de dinero " actividades

    cone-as como delitos graves de manera específica.

    (U+ANASe encuentra pendiente la aprobación del pro"ecto de le" quetipificará el lavado de activos provenientes del tráfico ilícito de drogasde acuerdo a la *onvención de Jiena de F?BB

    JAMAICAEl pro"ecto de le" sobre Lavado de #ctivos de F??0, cu"a entradaen vigor se prev pró-imamente, tipificará el delito de lavado paraactivos provenientes de varios delitos sobre drogas. La Sección / 3/6

    del pro"ecto autoriza la modificación del #ne-o para adicionar delitosde lavado de dinero.

    M:;ICOEl *ódigo )enal, en el artículo A22 bis, por modificación de ma"o deF??0, establece el delito de lavado referido al producto deactividades ilícitas. # su vez el *ódigo Kederal de )rocedimientos)enales en su artículo F?/ califica al lavado de dinero como delitograve.

    PANAM<La Le" :D /C, de C2 de diciembre de F?B0, reformada, modificada "adicionada por la Le" :D FC de /4 de julio de F??A, en los artículos: F2 a FA, se trata como encubrimiento de bienes que provienendel tráfico de drogas ilícitas, pero no %a" denominación como tal deldelito de lavado.

    PARA(UA+La Le" F2F5 + ?4, en su artículo CD tipifica el lavado de dinero paralos delitos perpetrados por banda criminal o grupo terrorista o por delitos establecidos en la Le" FCA2 3de octubre de F?BB6 que

    reprime el tráfico de estupefacientes " drogas peligrosas.REP9/LICA DOMINICANAEn la Le" F4?5, de diciembre de F??5, los artículos ??, F22 " F2Fse establecen el delito de lavado para activos procedentes delnarcotráfico. Se %a manifestado que e-iste voluntad de legislar ampliando la base de la tipificación del delito de lavado, pero no %a"antecedentes de alg'n pro"ecto al respecto.

    SURINAMEEstá pendiente el pro"ecto de Le" sobre (rogas de F??C

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    URU(UA+Se aprobó por el Legislativo, con fec%a B de octubre de F??B, la le"antidrogas " antilavado que tipifica como delito el lavado de activospara los delitos provenientes del tráfico ilícito de drogas, en los

    artículos 5A a 54.

    VENE=UELALa Le" rgánica sobre Sustancias Estupefacientes " )sicotrópicas3reformada en F??C6, en su artículo C4 establece el delito pero sólopara activos provenientes del narcotráfico. El *ongreso estudia unpro"ecto de le" sobre crimen organizado en el que se tipifica el delitode lavado de activos provenientes de otros delitos además delnarcotráfico.

    >- JUSTI%ICACION

    El presente tema de investigación se justifica, desde unaperspectiva acadmica, porque en la doctrina :acional no se %atomado en cuenta las diversas modalidades actuales, de ladelincuencia organizada, para la consumación del delito de avado de #ctivos.

    El problema está enmarcado dentro de lalegislación peruana, (elito de Lavado de #ctivos Le" :o /4405,abocando nuestro estudio al análisis de la implementación de un

    filtro procesal en los delitos fuentes 3&ráfico 8lícito de drogas,evasión tributaria, actividades de terrorismo " otros6; como laetapa previa a la configuración al delito de Lavado de #ctivos.

    3.1. Justificación Teórica

    El estudio de la criminalidad es una actividad multidisciplinaria,esto nos permite eliminar la barreras de las teóricas entre lasdiferentes disciplinas.

    3.2. Justificación legal 

    La investigación está enmarcada dentro de la legislacióncomplementaria del (erec%o )enal, referida al (elito de Lavadode #ctivos Le" :o /4405.

    3.3. Justificación practica

    La investigación representa un reto " un compromiso científico,moral, social " cultural, debiendo e-istir un trato diferenciado enel delito de Lavado de #ctivos; del cual surge la imperiosa

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    necesidad de implementar un filtro en los delitos fuentes 3&ráfico8lícito de drogas, evasión tributaria, actividades de terrorismo "otros6, como la etapa previa al delito de lavado de activos.

      :o obstante lo mencionado en los puntosprecedentes, el tema aborda otra justificación de naturalezapenológica, "a que al %ablar de delito doloso consumado; estaría%ablando de un delito que tiene un cierto intervalo de penadiferente, a la pena a aplicarse en caso de un concurso ideal deun delito.

    ?- PRO/LEMA (ENERAL

    ¿DE Q! "#$ER# %$&'%R(# '#

    %")'E"E$T#*%+$ DE $ &%'TR, )R,*E-#' *,", ET#)#)RE/%# E$ ',- DE'%T,- &E$TE0 )#R# DETER"%$#R E'DE'%T, DE '#/#D, DE #*T%/,- E$ E' )ER

    ?-7- PRO/LEMAS ESPEC@%ICOS

    El delito de lavado de activos, es el conjunto deoperaciones realizadas por una o más personas naturales o

     jurídicas, tendientes a ocultar o disfrazar el origen ilícito de bienes orecursos que provienen de actividades delictivas; se desarrollausualmente mediante la realización de varias operaciones,encaminadas a encubrir cualquier rastro de origen ilícito.

    El delito de lavado de activos o blanqueo de activos esuna figura penal autónoma de carácter pluriofensivo " dirigida atutelar el orden socio económico.

      )uede conceptualizarse como el camino de

    transito de los bienes de origen delictivo, que se incorporan alsistema económico legal con una apariencia de legalidad; asentadoen diferentes modalidades empresariales.

    En el )er', el /0 de 1unio del /22/ se promulgo la Le")enal *ontra el Lavado de #ctivos 3Le" /44056, la misma quee-tiende el Lavado de activos a otros delitos, como fuentesgeneradoras de ganancias ilegales.

    El siglo 778 no sólo nos sorprende por el gran avancetecnológico en un mundo globalizado, sino tambin por la rapidez

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    con que el crimen organizado se adapta a la sofisticación, debido aque a%ora tienen ma"or acceso a la velocidad " facilidad de lasmodernas finanzas electrónicas; con el fin de burlar las normas,controles " con ello seguir cometiendo delitos que causan gravesdaos a las sociedades, "a que afecta a la economía " en

    consecuencia a las posibilidades de desarrollo del país. Laglobalización, las relaciones " la creciente interdependenciaeconómica entre países, %a traído como consecuencia ma"oresoportunidades " nuevos mecanismos para lavar dinero " legitimar toda clase de fondos de origen ilegal.

    Si bien el Lavado de #ctivos podría llevarse a cabo enrelación con los bienes procedentes de la comisión de un solo delitoprevio o delito fuente, los estudios criminológicos ponen demanifiesto que estos bienes provienen por lo general, de larealización de diversos delitos cometidos organizadamente. Esta

    situación e-plica que en el plano criminológico, el delito de Lavadode #ctivos se encuentre vinculado estrec%amente a la llamadacriminalidad organizada " la criminalidad de cuello blanco.

    )odría incluso decirse que la criminalización delLavado de #ctivos, regulada en las legislaciones penales modernas,responde a la necesidad actual de reaccionar de manera más eficazante el creciente fenómeno de la criminalidad organizada. #sí por ejemplo; en 8talia tenemos 9La *osa :ostra, 9La *amorra

    :apolitana entre otras; en 1apón, 9La -ico, al 9*artel de Sinaloa 3elmás violento en la actualidad " que, conforme a diversas fuentesperiodísticas, se estaría e-pandiendo a varios países de #mricaLatina, entre ellos )er' " Ecuador.

    - MARCO TE$RICO

    A- An1lisis (lo,al

    *on la amenaza de modernas " sofisticadas formas de actividad criminaltransnacional, en el curso de la segunda mitad de siglo 77, " másrecientemente en estos 'ltimos /5 aos, %a crecido la preocupaciónp'blica, %aciendo patente el %ec%o de la insuficiencia de las legislacionesnacionales para enfrentar el problema.

    Los primeros esfuerzos para combatir  internacionalmente el lavado de dinero o blanqueo de capitales seenmarcan en la luc%a contra el tráfico ilícito " el abuso de drogas,precisamente lo vemos en la Con4enci!n contra el Tr16ico Ilícito deEst05e6acientes y S0stancias Sicotr!5icas de 7B , conocida como la

    Con4enci!n de Viena de 7B.

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    Entre los países que son miembros de la rganizaciónde Estados #mericanos E# que participaron en la *onferencia para lacreación de la *onvención  contra el &ráfico 8lícito de Estupefacientes "Sustancias Sicotrópicas&  el F? de diciembre de F?BB, figuran #rgentina,@a%amas, @arbados, @olivia, @rasil, *anadá, *%ile, *olombia, *osta Iica,

    Ecuador, Estados nidos de #mrica, Muatemala, Nonduras, 1amaica,>-ico, :icaragua, )anamá, )aragua", )er', Iep'blica (ominicana,Suriname, rugua" " Jenezuela.

    La *onvención entró en vigencia el FF de noviembre deF??2, " %asta F??B %a sido firmada " ratificada por FC0 países miembrosde la :aciones nidas, entre ellos, todos los de la E#.

    La Con4enci!n de Viena de 7B  tipifica el delito de9lavado de dinero o 9blanqueo de capitales, limitándolo a los delitos detráfico ilícito de estupefacientes " sustancias sicotrópicas.

    /- Res50esta de las siete ayores nacionesind0striali2adas

     # fines de los aos OB2 se reconoce la real amenaza quesignifica el lavado de dinero para la seguridad " estabilidad de los sistemasfinancieros mundiales, por lo que durante la Ieunión *umbre Económicade )arís de los 1efes de Estado " de Mobierno de las Siete >a"ores:aciones 8ndustrializadas 3M4 o Mrupo de los Siete6, se crea la K#&K3Kinancial #ction &as= Korce6, o tambin conocido como M#K8 3derivado desu nombre en francs de Mroup dP #ction Kinanciere sur le blanc%iment decapitau-6. Su mandato fue evaluar los resultados de la cooperaciónasumida por los países para prevenir la utilización del sistema bancario "las instituciones financieras con el propósito del lavado de dinero, "considerar esfuerzos preventivos en este campo inclu"endo la adopción deun sistema legal " regulatorio así como mejorar la asistencia judicialmultilateral.

     #demás de los participantes de la *umbre 3*anadá,Krancia, #lemania, 8talia, 1apón, Ieino nido, Estados nidos " la*omisión de la *omunidad Europea6, " con el propósito de incluir a otros

    países con e-periencia en la luc%a contra el lavado de dinero, tanto a nivelnacional como internacional, fueron invitados a tomar parte en estainiciativa #ustralia, #ustria, @lgica, Lu-emburgo, los )aíses @ajos,Espaa, Suiza " Suecia.

    En febrero de F??2 el Mrupo establece A2Iecomendaciones a ser adoptadas por los países para controlar el delitode blanqueo. (ic%as recomendaciones fueron enfocadas en tres áreascentrales de acción! F6 mejoras de los sistemas legales nacionales; /6 loscontroles necesarios para el sistema financiero; " C6 el fortalecimiento de lacooperación internacional.

    >ás tarde se acordó que todos los países miembros del

    E*( 3rganización de *ooperación Económica " (esarrollo6,(inamarca, Kinlandia, Mrecia, 8rlanda, :ueva Qelandia, :oruega, )ortugal "

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    &urquía, " los países de los centros financieros que suscribiesen estasrecomendaciones, deberían ser invitados a participar en este esfuerzo.

    &odos los miembros del Mrupo deben ser evaluadosmutuamente por equipos tcnicos establecidos para tal fin, tomando enconsideración lo preceptuado por las A2 Iecomendaciones " sus

    posteriores modificaciones. C- La res50esta de los 5aíses de E0ro5a Occidental-

     # pesar de que los estados miembros de la niónEuropea %an buscado mejorar la cooperación entre sí en los problemas dele"es penales, el liderazgo dentro de la región se %a desarrollado por elConseo de E0ro5a, por lo que %aremos una distinción entre el desarrollologrado bajo ese *onsejo " lo que es propiamente la Uni!n E0ro5ea.

    aF El Conseo de E0ro5a  fue establecido en F?A?

    para promover la unidad europea, el progreso económico " social de laregión, " proteger los derec%os %umanos. #l principio sólo eran miembroslos países occidentales, inclu"endo además a 8slandia " &urquía, pero conla caída del comunismo, " el fin de la 9guerra fría, esta organización se %ae-tendido a integrar a varios países de Europa del Este.

    El *onsejo se %a ocupado de promover lamodernización de la le" " la cooperación entre los miembros. Iespecto deltema que nos interesa, sus más importantes logros %an sido la elaboraciónla *onvención Europea sobre E-tradición, de F?54, " la *onvenciónEuropea de #sistencia >utua en materias criminales, de F?5?, queconstitu"en los pilares centrales de esta luc%a para combatir el crimen.

     # partir de esos pilares, el *onsejo %a realizado unseguimiento de la implementación de dic%os instrumentos, para mejorar suefectividad práctica.

    (e este modo, el *onsejo de Europa se convirtió en laprimera organización internacional en enfocar de manera sistemática ellavado de dinero.

    La primera fase de este trabajo se dirigió al problema dela transferencia ilegal de fondos originados en la perpetración de un delito,lo que conclu"ó con la adopción de una Iecomendación Kormal por el*omit de >inistros, de /4 de junio de F?B2, llamada 9>edidas contra latransferencia segura de fondos de origen criminal.

      El trabajo culminó con la adopción de una nueva*onvención en Lavado, Iegistro, Embargo " *onfiscación de los )roductosdel *rimen, de septiembre de F??2. (ic%a convención no usa en sunombre 9europea con el objeto de animar a otros países del mundo asumar sus esfuerzos en la cooperación para el combate del lavado dedinero. # diferencia de la *onvención de Jiena de F?BB, la del *onsejo deEuropa establece la obligación de tipificar lavado de activos no sólo

    producto de los delitos de tráfico ilícito de drogas sino e-tendido o abierto acualquier delito, especialmente a aquellos considerados graves. :o

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    obstante el no poderse establecer como obligación absoluta la ampliaciónde la base del delito, se decidió permitir la formulación de reservas. #unasí, se formuló una invitación para que a nivel domstico, la legislaciónsobre lavado de activos fuera lo más amplia posible.

    ,F (esde la dcada del O42 los miembros de la*omunidad Europea %an buscado promover una cooperación más cercanapara combatir las actividades criminales que trascienden sus fronteras. #ntes de que entrara en vigor el &ratado de la Uni!n E0ro5ea, conocidocomo &ratado >aastric%t, el F de noviembre de F??C, las discusiones sobreestas materias tomaron lugar dentro del marco de la *ooperación )olítica.

    na importante iniciativa es un conjunto de artículos delentonces &ratado de la *omunidad Económica Europea que provee lasbases del *onsejo (irectivo de )revención del so del Sistema Kinancierocon propósitos de Lavado de (inero, del F2 de junio de F??F. Esta directrizfue la primera medida tomada por la *omunidad Europea en esta área.

     # diferencia de las *onvención de Jiena de F?BB " de la*onvención de F??2 del *onsejo de Europa, la (irectiva adoptó unenfoque preventivo del lavado de dinero. La acción fue dirigida %acia elaseguramiento de la integridad " limpieza del sistema financiero, puestoque la finalidad era la creación de un mercado 'nico.

    La (irectiva reconoce el %ec%o de que el lavado ocurreno sólo en relación con los productos de los delitos de drogas sino quetambin dice relación con el producto de otras actividades criminales 3elterrorismo o el crimen organizado, por ejemplo6, por lo que se %acenecesario que los Estados >iembros e-tendieran dic%o efecto para incluir el producto de estas actividades como operaciones de blanqueo.

    En dic%o marco, se define el lavado de dinero 3art.F6 entorno a la 9actividad criminal/, concepto evidentemente más amplio que elsimple delito de tráfico de drogas. (ic%a 9actividad criminal está definidaen el mismo artículo conteniendo los delitos especificados en el art.C 3F63a6de la *onvención de Jiena, así como tambin cualquier otra actividaddelictiva sealada como tal por cada Estado >iembro para los propósitosde la (irectiva.

    *oncordante con lo anterior, el art. / requieree-presamente que todo Estado >iembro asegure que el lavado de dinero,en los trminos definidos en la (irectiva, est pro%ibido.

    *onscientes de que la implementación de esta (irectivarequería la imposición de medidas penales apropiadas para combatir elblanqueo de capitales, se realizó una declaración por la cual los Estadosdebían dar todos los pasos necesarios para promulgar una legislacióncriminal en ese sentido, antes del CF de diciembre de F??/. La granma"oría de los países miembros %an actuado conforme, e-tendiendo ellavado de dinero más allá de la esfera del tráfico drogas, "a a otros delitosgraves como Espaa, "a como 8rlanda, respecto de todos los crímenes.

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    D-La res50esta de E0ro5a del Este y Central-

    Esta región %a estado envuelta en un difícil proceso%istórico de transición de un rgimen comunista de economía centralizada

    a un gobierno democrático " de economía de libre mercado. Lo anterior,además, se %a visto agravado por la internacionalización de la actividaddel crimen organizado. Las economías de estos países, al integrarse alsistema financiero mundial, se %an convertido en economías sumamenteatractivas a los lavadores de dinero, puesto que presentan inigualablesoportunidades en este proceso de capitalización " de estructuración de sumercado.

    En Europa del Este, varias iniciativas %an sido tomadaspara mejorar la cooperación internacional! por ejemplo, muc%os Estados se%an relacionado con la 8:&EI)L, %an suscrito instrumentos jurídicosinternacionales o %an adoptado las recomendaciones del Mrupo de #cción

    Kinanciera, lo que les %a requerido la tipificación del lavado de dineroproveniente de la droga " comprometido a cooperar internacionalmente enla localización, embargo " confiscación de los productos del tráfico dedrogas.

    )or otra parte, la presión de la *omisión Europea paraprogresar en negociaciones bilaterales favoreció a la elaboración deinstrumentos en los cuales se inclu"eran cláusulas específicas de lavadode dinero.

    (entro de la misma región, en Europa *entral, elprogreso %a sido desigual. E-isten casos en que sólo se %an introducidomedidas selectivas, algunos países "a tienen pro"ectos de le" presentadosante el )oder Legislativo, pero los %a" donde el proceso recin comienza.

    E- La res50esta del Cari,e-

     # mediados de la dcada de los OB2, cuando en la regiónsólo se registraban esfuerzos de carácter unilateral, comienza un caminode negociaciones para el establecimiento de relaciones de cooperaciónbilateral. En F?BA, Estados nidos " el Ieino nido llegan a un acuerdopara establecer un procedimiento 'nico de investigación " enjuiciamientodel delito de tráfico ilícito de drogas en las 8slas *aimán, que entra en vigor a principios de F??2. Similares acuerdos fueron concluidos respecto de losotros territorios dependientes del Ieino nido en el *aribe.

     En junio de F??2, los países de *entroamrica " el*aribe se reunieron en #ruba para buscar una posición com'n contra ellavado de dinero. Los participantes destacaron que el tráfico ilícito dedrogas se %abía constituido en una industria, " que una parte significantede ella simplemente e-istía para facilitar el lavado de dinero.

    *on el conocimiento " la participación de Estadosnidos " otros países altamente industrializados, se gestionó laimplementación de las Iecomendaciones del K#&K. Entonces, se acordóconsiderar las A2 recomendaciones de stos, más F? recomendaciones

    adicionales.

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    >ás adelante, en la (cimo)rimera Ieunión de las1efes de Mobierno de la *omunidad del *aribe 3*#I8*>6, realizada enagosto de F??2, se discutieron diferentes aspectos financieros relativos altráfico de drogas. *omo resultado de esta reunión se estableció el Mrupode #cción Kinanciera del *aribe, conocido como *K#&K.

    Estas actividades %an sido asistidas " reforzadas por lospaíses patrocinadores del *K#&K " por iniciativas de la rganización deEstados #mericanos 3E#6, la cual tiene entre sus miembros a los estadosindependientes del *aribe.

    %- Or"ani2aci!n de los Estados Aericanos

    La rganización de los Estados #mericanos por muc%osaos %a identificado su acción contra el Lavado de (inero " la confiscaciónde productos en la luc%a contra el tráfico de drogas en #mrica.

    En abril de F?B0, se realiza el Pro"raa de Acci!n deRío de Janeiro donde, entre las medidas adoptadas, figura la creación deuna *omisión 8nteramericana *ontra el #buso de (rogas, *8*#(.

     # principios de los aos O?2, los representantes de losEstados >iembros de la E# sostuvieron en la Declaraci!n y Pro"raade IGta5a  la necesidad de una “legislación que tipifique como delito todaactividad referente al Lavado de Activos relacionada con el tráfico ilícito dedrogas y que posibilite la identificación, el rastreo, la aprehensión, el decomiso y la confiscación de tales activos”.

    Entonces, la *8*#( convocó a una Ieunión de Mrupode E-pertos con el cometido de redactar 0n Re"laento Modelo. Luegode seis reuniones, el Ieglamento >odelo sobre (elitos relacionados con eltráfico ilícito de drogas " (elitos *one-os fue concluido, siendo aprobadopor la #samblea Meneral de la E# realizada en @a%amas, en ma"o deF??/.

    >ás tarde Ren diciembre de F??5 los >inistrosIepresentantes de los CA Estados que participaron en la *umbre de las #mricas, se reunieron en #rgentina, en la #Con6erencia Ministerial

    Concerniente al La4ado de Dinero e Instr0entos del Delito' , “dondeconvinieron en recomendar a sus obiernos un !lan de Acción paraconcretar una respuesta hemisf"rica coordinada con el fin de combatir el lavado de dinero”.

    En la (eclaración de )rincipios sealaron que 3#.F6 “latipificación del lavado del producto del tráfico ilícito de drogas como delitoes una obligación que emana de la #onvención de las $aciones %nidas de&'(() . #simismo, en el )lan de #cción indicaron que “*eberán tipificarsecomo delito en las leyes internas el lavado del producto de los delitosgraves y permitir la identificación, la incautación y el decomiso del productoe instrumentos de tales delitos.+...” 3*.F6

    *on la claridad de que 9-olamente la implementación plena y efica de cada paso de esta respuesta hemisf"rica coordinada

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     puede garantiar su "/ito, los >inistros declararon que 9los obiernos se proponen instituir una evaluación permanente de la implementación deeste !lan de Acción dentro del marco de la 01A.

     #simismo, el Pro"raa de las Naciones Unidas 5ara

    la %iscali2aci!n Internacional de Dro"as  3):K8(6 preparó unalegislación modelo 3que fue e-aminada " finalizada en noviembre de F??56que como ella misma seala en su )refacio, “está destinada a facilitar el traba2o de los estados que desean completar y moderniar su legislacióncontra el tráfico ilícito de estupefacientes o sustancias sicotrópicas y el blanqueo de dinero de la droga” .

    El artículo /F de dic%a legislación modelo siguete-tualmente a la *onvención de Jiena en los delitos de blanqueo deldinero de la droga, salvo tres variantes respecto al conocimiento del dineroque tenía la persona que incurrió en el delito.

    Siguiendo estos pasos, en julio de F??4, las Iep'blicas

    de *osta Iica, El Salvador, Muatemala, Nonduras, :icaragua " )anamá,considerando los compromisos internacionales adquiridos a este respecto "las iniciativas de armonizar sus legislaciones con la *onvención de Jiena,el >odelo de Legislación promovido por el ):K8( " teniendo como marcode referencia el Ieglamento >odelo, suscribieron el Con4enioCentroaericano 5ara la Pre4enci!n y la Re5resi!n de los Delitos deLa4ado de Dinero y de Acti4os Relacionados con el Tr16ico Ilícito deDro"as y Delitos ConeGos. En su artículo / tipifica las conductas queconstitu"en lavado, que veremos más adelante.

    H- *IP$TESIS

    L# 8>)LE>E:*8: (E : K8L&I )I*ES#L *> E)#)IEJ8#, EJ8I8# E:M#I8# L# *>8S8:IE8&EI#&8J# (E LS (EL8&S KE:&ES, (EL L#J#( (E #*&8JS E: L# *8(#( (E &I18LL)EI.

    - O/JETIVOS

    -7- (ENERAL

    -7-7- )roponer la implementación de un Kiltro procesal,como etapa previa en los delitos fuentes; en la Le")enal :o /4405, para determinar el Lavado de #ctivos en el )er'.

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    -8- ESPEC@%ICOS

    -8-7-  #nalizar el delito de Lavado de #ctivos, en la (octrina,legislación " jurisprudencia :acional.

    -8-8-  #nalizar el delito de Lavado de #ctivos, en la(octrina, legislación " jurisprudencia :acional.

    -8->- )roponer la modificación de la Le" :o /4405,incorporando como etapa previa un filtro procesal, en el delito de Lavadode #ctivos.

    - OPERACIONALI=ACI$N DE VARIA/LES

    .1. T%), DE %$/E-T%4#*%+$ 

    -7-7- De ac0erdo al 6in 0e se 5ersi"0e) :E7)EI8>E:L, porque no %a" ni manipulaciónintencional, ni asignación al azar. Los sujetos "aconsumían los %ec%os " el investigador no influ"o enla cantidad de acciones ilícitas realizadas en torno alpresente estudio. Es una situación que "a e-istía,ajena al control directo de un e-perimento-

    -8-7- De ac0erdo al ti5o de diseKo de in4esti"aci!n)CORRELACIONAL, porque no solo puedenestablecer que dos o más variables se encuentranvinculadas en la comisión del ilícito investigado, sinotambin como están asociadas. #lcanzando el nivelpredictivo " e-plicativo.

    .2. ,)ER#*%,$#'%5#*%+$ DE /#R%#6'E- 

    -8-7. La implementación de un filtro procesal, como etapaprevia a la configuración del (elito de Lavado de #ctivos, influiría en los factores socio culturales delas personas, que se dedican la consumación deeste ilícito )enal.

    -8-8- La reiterativa comisión de los delitos de Lavado de #ctivos en el )er', afectan la economía.

    II- "!T,D,- 7 TE*$%*#- 

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    1. "!T,D,- 

    1.1. "8todo ni9ersal: Se utilizara el mtodo científico.

    1.2. "8todos 4enerales:

    1.2.1. "8todo %nducti9o.  # travs de este mtodo, partimos de%ec%os " características del tema de investigación para inferir ciertas conclusiones.

    1.2.2. "8todo Deducti9o- # travs del cual partimos de %ec%os "características genricas, llegaremos a conocer %ec%osparticulares, cu"o estudio nos conducirá a alcanzar los objetivosdel trabajo. Este mtodo lo empleamos en la revisión de

     jurisprudencia " artículos respecto del tema.

    1.2.3. "8todo #nal;tico. El cual nos permitió efectuar un estudiodetallado de los elementos constitutivos del problema, mediante elanálisis de sus partes.

    1.2.

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    Se aplicara para la recolección de datos, %aciendo uso de lafic%as de registro 3fic%as bibliográficas6 " de investigación 3fic%ate-tual o transcripción de resumen, de comentario o mi-ta6.

    2.3. T!*$%*# DE -($TE-%- 

    :os permitirá un enfoque global " sistematizo de los datosrecopilados 3doctrina " legislación6, para poder legar aconclusiones valederas, que nos permitan elaborar lasrecomendaciones pertinentes " viables.

    2.

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    Se %a llevado a cabo una investigación " los resultados dl análisis de lasvariables, información, se %an revisado, sistematizado, organizado e incluso,interpretado " comentado; sin embargo el proceso a'n no termina, Esnecesario comunicar los resultados mediante un reporte, el cual puedeadquirir diferentes formatos " par nuestro caso, la presentación de uninforme de tesis.

    III-RESULTADOS

    La implementación de un Kiltro procesal como etapa previa,evitaría que se consuma reiterativamente la comisión de los delitos fuentesdel Lavado de activos en el )er'.

    IV-DISCUCI$N DE RESULTADOS

    LAVADO DE ACTIVOS + /IEN JUR@DICO-

    La sociedad evoluciona " con ella la conducta de susmiembros. En algunos casos, los comportamientos no siempre seenmarcan dentro de los parámetros normativos establecidos por el Estado;todo lo contrario, las conductas se desvían de los lineamientosestablecidos, creando riesgos jurídicamente desaprobados, que producenresultados lesivos para otros miembros de la sociedad, así como para elpropio Estado.

    (e esta forma el Estado delimita, regula aquellas conductas queconsidera peligrosas " riesgosas para los bienes jurídicos que pretendetutelar. na de estas conductas, estipuladas con carácter pro%ibitivo, esla contemplada en la Le" :D /4405, en donde se establecen los tipospenales del delito de lavados de activos.

     Este delito %a tomado relevancia en los 'ltimos aos, pues %a generadograves lesiones a determinados bienes jurídicos, por lo que el Estado se%a visto en la obligación de crear reglas de conductas que pro%íben

    incurrir dentro del tipo penal " sancionarlas si es que ocurren.

      # tal punto %a llegado el delito de Lavado de #ctivos, que en laactualidad son considerados como parte de la denominada criminalidadorganizada, la misma que traspasa las barreras nacionales; creándoseuna maquinaria que lesiona, especialmente, los aspectos económicos "financieros del Estado.

    El delito de lavado de activos responde a un proceso de e-pansión de lasociedad " por ende, la evolución negativa de los comportamientos de

    sus miembros, donde se da un proceso por el cual se encubre el origende los fondos generados por el desarrollo de actividades ilegales o

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    criminales. Entre los casos más comunes encontramos al tráfico dedrogas, contrabando, corrupción, crímenes, prostitución, e-torsión,terrorismo, etc.

    V- CONCLUSIONES

    El problema está enmarcado dentro de la Legislacióncomplementaria del (erec%o )enal, referido a la Le" )enal *ontra elLavado de #ctivos Le" :o/4405, abocando nuestro estudio al análisis de laimplementación de un filtro en los delitos fuentes 3tráfico ilícito de drogas,evasión tributaria, actividades de terrorismo " otros6., como la etapa previaa la configuración del delito de lavado de activos.

    VI- RECOMENDACIONES

    El Lavado de #ctivos, se desarrolla a travs de un modus operandi,que aprovec%a %ábilmente las ventajas que le brindan un entornocomercial " empresarial globalizado; así como la alta tecnologíainformática con la que actualmente se cuenta. En consecuencia sedebe dictar cátedras tendientes a capacitar a los operadores de la justicia " empleados de los agencias @ancarias, a fin de detectar losgrandes capitales; procedente del Lavado de #ctivos

    ue el )oder Legislativo promulgue modificatorias en la Le" delLavado de #ctivos, en lo referente al incremento de la )enas "

    precise los agravantes en los diversas modalidades delictivas.

    ue deben planificarse en forma constante e inopinada peracionescontables en los @ancos :acionales, a fin de determinar laprocedencia del dinero realizado por diversos usuarios, a travs detransferencias comerciales.

    VII- RE%ERENCIAS /I/LIO(RA%ICAS

    Se concurrió a las distintas bibliotecas universitarias de la *iudad de&rujillo, donde no se encontró tesis, ni informes de investigación,

    razón por la cual se realizó la b'squeda de libros que tambinforman parte de investigaciones con rigor científico, siendo queencontramos los siguientes!

    L#>#S )**8 En su obra $&rafico de (rogas " Lavado de(inero$. (ice que el lavado de dinero no comprende unasimple negociación de bienes respecto de delitosconsiderados como comunes, sino de la puesta en práctica desofisticadas " complejas operaciones financieras de granenvergadura. :o %a" ning'n tipo de mención a la suspensióndel secreto bancario, como lo establecen todas las normas de

    derec%o comparado sobre la materia.

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    SEJ#IES, 1L8. En su obra $(qinero Sucio$, dice que el lavadode dinero alcanza magnitudes escandalosas, "a que la cantidad dedinero que circula es tan grande que se %a convertido en unaamenaza, porque! 8mplica una evasión impositiva, reduce el controlde los mercados monetarios de los países afectados. *onstitu"e una

    inmensa $caja$ disponible para financiar la corrupción " el delito, por lo cual vulnera los sistemas jurídicos " políticos. La debilidad de losgobiernos " las regulaciones no se debe a falta de visión o dedecisión, sino a que delitos como el lavado no son e-crecionesmarginales del sistema económico ni el producto de la actividad deun grupo de delincuentes profesionales, sino que son parte delmismo sistema.

    )I#( S#L(#II8#M#! En su obra $El delito de lavado de dineroen el )er'$. < define al lavado de dinero como un conjunto deoperaciones comerciales o financieras que procuran la incorporaciónal )roducto :acional @ruto de cada país, sea de modo transitorio opermanente, bienes " servicios que se originan o están cone-os contransacciones de tráfico ilícito de drogas.

    @EI&L& @IE*N&! $Si quieres robar, compra un banco$ En su bra$La sangre, los grandes bancos " el blanqueo de capitales$. (iceque el torrente de capitales que transita a travs del sistemafinanciero internacional en gran medida se asemeja a la circulaciónsanguínea. En el sistema circulatorio %a" venas con transportan eldió-ido de carbono " las impurezas de las clulas del cuerpo

    %umano %asta alcanzar el corazón, que las devuelve limpias depolvo " paja %acia las arterias, " vuelva a empezar. 9@lanquear$ o$lavar$ dinero, es reciclar fondos ilegales o $negros$ para insertarlosen la economía legal, con el objetivo de transformar las gananciascriminales en valores respetables.

     #ndrs Luis *#LLEM#: 9El delito de blanqueo de capitales enEspaa " @rasil, *olombia /22C. En este trabajo destaca variospuntos resaltantes en el delito de blanqueo, como son! la aplicacióndel principio de consunción a los sujetos activos del delitomencionado, otro es el principio de accesoriedad limitada, vale decir 

    el presupuesto esencial para que el blanqueo de bienes, seapenalmente relevante; deba ser cualquier delito de consideracióngrave, así mismo postula tambin a una cuantía considerable en elbien objeto del delito de lavado de dinero.

    &omas #ladino M#LJEQ J8LLEM#S 9El delito de Lavado de #ctivos.*riterios sustantivos " procesales análisis de la Le" :D/4405. Lima/22?, en cu"o te-to postula a la impunidad de aquel que luego decometer el delito, interviene en las operaciones de lavado, es decir en el auto encubrimiento, en tanto no es punible auto encubrirse.

    Jíctor Ioberto )I#( S#L(#II8#M# 9Lavado de #ctivos "Kinanciación del &errorismo 9T Lima /224.Entrre las conclusiones

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