national, en aquellas areas reservadas para Petrbleos Mexicanos de acuerdo a lo dispuesto por la
Ley Reglamentaria del Articulo Veintisiete Constitucional en el Ramo del Petrdleo, la Ley
Reglamentaria del Articulo Veintisiete Constitucional en Materia Petroquimica y la Ley Organica de
3).- La compra, venta, arrendamiento, adquisicion o transmision por cualquier titulo, asi como la
operacion por s i misma o por terceras personas, de toda clase de bienes muebles e inmuebles,
incluyendo, sin limitacibn, oficinas, bodegas, tanques de almacenamiento, buques, autotransportes,
materiales, maquinaria y equipo que Sean necesarios o convenientes para la realizacion de 10s
fines expresados en 10s puntos anteriores.
4).- La prestacidn de servicios de asesoria, comisidn, gestion, agencia, distibucidn (asi), mediacidn
o representacion, Sean dichos servicios de caracter tecnico, administrativo, financiero, legal o
econ6mico que estan relacionados con 10s objetivos anteriores.--?--------- ---------
5)- Constituir o participar en toda clase de sociedades, asociaciones o empresas nacionales o
extranjeras, que tengan objetos similares o relacionados con 10s anteriores. -----------------
6).- El otorgamiento y emisiiin de toda clase de titulos de credit~, la suscripcidn de 10s mismos en
cualquier caracter y la realizacion de operaciones activas o pasivas de credit0 y el otorgamiento de
garantias en favor de terceros en 10s casos en que exista un interes juridico o econ6mico por parte
de la sociedad. .......................... ----------------
7).- La ejecucidn en general, de toda clase de actos o la celebracion de toda clase de contratos que
tengan relacion con 10s objetos antes sefialados
QUINTA- La duraci6n de la sociedad sera de NOVENTA Y NUEVE A ~ o S . ..........................
......................... CAPITULO SEGUNDO ------------ -----------
..................... CAPITAL SOCIAL Y ACClONES ------------------------
... SEPTIMA.- El capital social se encuentra totalmente pagado y 10s montos respectivos han sido
depositados en una cuenta abierta para este efecto en el Banco Nacional de Mexico, Sociedad
Nacional de Credito. ---------------------------------------------
.OCTAVA.- A excepci6n de lo seiialado en el tlltimo parrafo de la clausula sexta, las acciones de la
Sociedad deberan pertenecer siempre a personas morales de nacionalidad mexicana que formen
parte del sector poblico mexicano. Las acciones de la Sociedad deberan llevar impresa la siguiente
clausula: "estas acciones solo podran ser adquiridas por personas del sector ptlblico mexicano. Los
actos celebrados en contravencicin a lo antes dispuesto, seran nulos y no produciran efecto legal
En el caso de que alguno o algunos de 10s accionistas deseen vender sus acciones, ofreceran
estas en primera opci6n a 10s otros accionistas, 10s cuales tendran un plazo de treinta (30) dias
para decidir si ejercen dicha opcidn .------------------------------------------------
NOVENA.- Los aumentos al capital social se decretaran-por resolucidn de la Asamblea General
Extraordinaria de Accionistas per0 no podra decretarse aumento alguno hasta que las acciones que