+ All Categories
Home > Documents > 74_ASAMBLEA_CONSTITUYENTE

74_ASAMBLEA_CONSTITUYENTE

Date post: 06-Oct-2015
Category:
Upload: guticamus
View: 2 times
Download: 0 times
Share this document with a friend
Description:
GFDSFGSFG
69
Transcript
  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    Primera edicin, abril 2005D.L. N 4 - 1 - 712 - 05FUNDEMOSCalle Hermanos Manchego No. 2441Telfonos: 2440846 - 2440642Telefax: 2433539Casilla: 2302Correo electrnico: [email protected]

    Diseo de Tapa: Susana MachicaoImpresin: Editorial "Garza Azul"Telfono 2232414 Casilla 12557

    La Paz - BoliviaLa Paz - Bolivia

    ASAMBLEACONSTITUYENTE

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    6

    CONTENIDO

    Presentacin .......................................................................................... 7

    Las Asambleas Constituyentes en BoliviaSilvia Chvez Reyes ..........................................................................11

    Experiencias de Asambleas Constituyentesen la regin andinaLus Verdesoto Custode ...................................................................51

    El recorrido de la Asamblea ConstituyenteJorge Lazarte Rojas ..........................................................................83

    Limitaciones, condicionantes y posibilidades de laAsamblea ConstituyenteH.C.F. Mansilla ............................................................................... 111

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    P R E S E N T A C I O N

    El debate sobre la Asamblea Constituyente ha adquirido unlugar predominante en el pas. Propuesta a principios de la dcada de1990, la idea de convocar a una Asamblea Constituyente tuvo un caminolento: confinada inicialmente a sectores con poco peso poltico fueganando relevancia social hasta convertirse en uno de los asuntos demayor debate en la eleccin presidencial de 2002. Si bien fue rechazadaen la Ley de necesidad de reforma constitucional aprobada ese ao,alrededor de ese tema se organiz una candidatura presidencial y losprincipales partidos tuvieron que pronunciarse sobre su convenienciao no. El compromiso del presidente Carlos Mesa, en el momento desu posesin, de celebrar una Asamblea Constituyente y la introduccinde esta figura en las reformas constitucionales de 2004, colocaron aesta eleccin como una de las etapas centrales de la reestructuracinpoltica e institucional de Bolivia.

    Todava el Parlamento no ha aprobado la ley de convocatoriaa la Asamblea Constituyente y existe un debate intenso sobre variosde sus aspectos: nmero de miembros, forma de eleccin, existencia

    87

    de circunscripciones indgenas, etc. Estas visiones contrapuestas seencuentran reflejadas en los distintos proyectos de ley que considerael Congreso. Sin embargo, ya existe en la ciudadana una expectativamuy grande sobre su realizacin y sobre sus efectos esperados,paradjicamente acompaada de bastante desinformacin o, para serms precisos, de poca informacin.

    Fundemos, fiel a su misin de proporcionar estudios de calidad,lejos de consignas simplistas o estereotipadas, presenta un nuevonmero de Opiniones y Anlisis, el 74, destinado a abordar algunosaspectos de la Asamblea Constituyente. Se pretende ofrecer a laciudadana informacin seria, confiable y a la vez accesible sobre ellugar de la Asamblea Constituyente en la historia del pas y en la regin,sobre sus potencialidades y sobre sus limitaciones.

    Para este primer nmero sobre la Asamblea Constituyente elobjetivo es brindar una introduccin que es al mismo tiempo una miradade largo alcance y una visin comparativa que site en un contextoamplio esta experiencia, que ni es nica en la regin ni es primicialen Bolivia. Esta reflexin constituir una til introduccin a futurosnmeros de Opiniones y Anlisis que abordarn temas que seguramentesern discutidos en la Asamblea Constituyente.

    El presente nmero tiene cuatro artculos, redactados porespecialistas en la materia. Sin que los textos compartan una mismavisin, ellos ofrecen elementos comunes entre los cuales resaltan laimportancia de asignar a la Asamblea Constituyente el papel que lecorresponde, redactar una nueva Constitucin, sin exagerar los cambiosque pueda introducir en la sociedad boliviana y la necesidad de estudiarlas experiencias de pases prximos o de anteriores Asambleas paraevitar errores.

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    109

    Abre el volumen Silvia Chvez, especialista en derechoconstitucional y administrativo, con Las Asambleas Constituyentesen Bolivia, en la que se hace un repaso histrico de todas las AsambleasConstituyentes que se celebraron en Bolivia, desde su fundacin hastala de 1967. All se comprueba la existencia de una vasta tradicin, enparticular en el siglo XIX. A continuacin el doctor Lus Verdesoto,autor ecuatoriano con una importante experiencia prctica y tericaen la materia, desarrolla Experiencias de Asambleas Constituyentesen la regin andina, que recoge las lecciones de los pases vecinospara advertir escollos y dificultades que podran presentarse en el casoboliviano. Luego, Jorge Lazarte, ex vocal de la Corte Nacional Electoral,retrata el recorrido de la Asamblea Constituyente, sealando qu actoresla promovieron, cules fueron las condiciones sociales y polticas quela instalaron en el centro del debate poltico boliviano y cmo fueincorporada en la Constitucin. Cierra el volumen el doctor H. C. F.Mansilla, profesor universitario en Europa y Amrica Latina. Suartculo, Limitaciones, condicionantes y posibilidades de la AsambleaConstituyente, seala que una refundacin del pas, a travs de eseproceso, es poco probable a pesar de las numerosas expectativas quedespierta.

    Con este trabajo, Fundemos espera contribuir a una discusinserena y razonada sobre las oportunidades y las limitaciones que ofrecela Asamblea Constituyente para la construccin del pas en las prximasdcadas.

    Ivonne Fernndez Weisser Hartwig Meyer-NorbisrathDIRECTORA EJECUTIVA NACIONAL REPRESENTANTE DE LA FUNDACION

    DE FUNDEMOS HANNS SEIDEL PARA EL MERCOSUR

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    LAS ASAMBLEAS CONSTITUYENTESEN BOLIVIA

    Silvia Chvez Reyes*

    Introduccin

    Este trabajo contiene una sntesis cronolgica de lasconvocatorias a las Asambleas Constituyentes que se realizaron alo largo de la historia boliviana. A partir del proceso de gestacin delos magnos eventos, sea que stos se dieron al impulso de convocatoriasformales o mediante la transformacin de las reuniones ordinarias delpoder legislativo, se puede entender mejor la aprobacin de las diversasConstituciones en el pas. Sin embargo, la tarea no es fcil, ya quelas disposiciones legales (leyes, decretos u otros) que contenan lasconvocatorias no siempre se encuentran en los archivos, lo queprobablemente determin que no se hayan realizado suficientes estudiosal respecto.

    Las nociones ms elementales de la teora constitucionalcontempornea sostienen que la soberana radica en el pueblo, de donde

    se deduce que slo l puede dotarse de una Constitucin o reformarla existente. Sin embargo, esto no siempre fue as. Un anlisis de losprocedimientos que se utilizaron para dar lugar a las AsambleasConstituyentes en Bolivia, demuestra que el poder constituyente fueconvocado mediante variados expedientes, no siempre adecuados, enlos que el pueblo -el soberano- desempe roles diferentes o,simplemente, no jug ninguno.

    La investigacin realizada nos autoriza a afirmar que gran partede las Asambleas Constituyentes realizadas en el pasado resultaronde acciones de los grupos gobernantes que, urgidos de legitimar susregmenes, apelaban al recurso de reunir al Congreso ordinario yconvertirlo en Congreso constituyente.

    Antes de iniciar el anlisis de los eventos, es necesario definirqu debe entenderse por Asamblea Constituyente y fijar sus alcances.El diccionario Cabanellas1 seala: Cuerpo Legislativo extraordinario,elegido o convocado con la finalidad de establecer o reformar laConstitucin Poltica del Estado. Se trata del cuerpo deliberante ypoltico que congrega a representantes elegidos con el objeto especficode reformar el texto constitucional, pudiendo modificarlo en algunoo algunos de sus artculos, o sustituirlo por completo. Cumplido elmismo, termina el mandato de sus integrantes. La AsambleaConstituyente, por tanto, ejerce el poder constituyente originario o elderivado, dependiendo de las circunstancias y el alcance de las reformas.

    1 Diccionario Enciclopdico de Derecho Usual de Guillermo Cabanellas, TomoI, 14 Edicin. Pg.381, Buenos Aires-Argentina.

    1211

    * Licenciada en Derecho, Ciencias Polticas y Sociales en la Universidad Tcnicade Oruro. Maestra en Derecho Constitucional y Administrativo (UTO). Postgrado en Planificacin Social y Formulacin de Proyectos Sociales. DirectoraEjecutiva de la Oficina Jurdica de la Mujer (1988-1990); Directora Ejecutivade ONANFA-Oruro (1992-1993). Ha escrito varios artculos referidos a laproblemtica de la mujer. Entre sus trabajos se destacan: Contradiccionesentre Constitucin y Tribunal Constitucional y Monopolio de laRepresentacin y Debilitamiento de la Democracia.

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    La fundacin de la Repblica y la Constituyente de 1826

    Existe ya consenso generalizado en el hecho de que el documentoinicial de la creacin de Bolivia es el decreto del 9 de febrero de 1825,emitido por el General Sucre en la ciudad de La Paz. La fundacinde la Repblica de Bolivia es el resultado de una serie de accionesmilitares, sociales, econmicas y polticas, as como de gestiones delos notables altoperuanos de cada una de las grandes ciudades de eseterritorio.

    El pensamiento de Sucre, inmediatamente llegado a La Paz, fueel de llamar a una Asamblea General de diputados y representantesde las cinco provincias altoperuanas, para que deliberasen sobre susuerte futura. As naci el decreto del 9 de febrero de 1825, en el quese convoc y dio instrucciones para la eleccin de los diputados enel mes de marzo. El artculo 17 sealaba: El objetivo de la AsambleaGeneral ser sancionar un rgimen de gobierno provisorio, y decidirsobre la suerte y los destinos de estas provincias, como sea msconveniente sus intereses, y felicidad; y mientras una resolucin final,lejtima, legal y uniforme, quedarn rejidas conforme al artculoprimero. La reunin deba haberse efectuado el 19 de abril en Oruro.2Un poco ms adelante el lugar de la reunin fue trasladado a Chuquisaca.La fecha de inicio de la Asamblea3 fue el 10 de julio. Los requisitos

    de la eleccin aseguraron que slo los notables, y entre stos, los msricos4, estuvieran presentes en el evento.

    La inauguracin se produjo el 10 de julio. Despus de variasdeliberaciones, la gran mayora de representantes decidi desvincularsede los dos ex-virreinatos de los que se haba dependido antes5 y el 6de agosto de 1825 se rubrica el Acta de la Independencia, fundndoseel nuevo pas, al que acordaron llamar Repblica Bolvar y nominaral Libertador como primer Presidente, para doblegar as su voluntadadversa.

    Durante el tiempo de su funcionamiento, la Asamblea aprobvarios decretos y leyes importantes. La ms importante fue la primeraley constitucional de la repblica, fechada el 13 de agosto de 1825.Concebida originalmente en siete artculos, qued reducida a los tresprimeros, adoptando la forma republicana y representativa, con gobiernoconcentrado, general y uno para toda la repblica y sus departamentos.Fij la existencia de tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judiciario,separados y divididos entre s (...)6. El objeto de estos tres grandes

    2 Oruro tena ya entonces una destacada importancia geopoltica. Quien controlabala Fortaleza de Oruro, se deca, controlaba gran parte del pas. En la fundacinde la repblica Oruro formaba parte de la jurisdiccin de Chuquisaca.

    3 En la conformacin de la Asamblea Deliberante gruesos sectores de la poblacinasentada en los territorios involucrados en la naciente repblica fueronmarginados: unos por analfabetos y otros por no cumplir con el requisito detener una renta determinada. Los indgenas fueron simplemente ignorados. Las

    mujeres tampoco fueron convocadas, pese al rol protagnico y al sacrificio dealgunas de ellas, en la guerra independentista.

    4 Para ser elector se deba tener una renta anual de 300 pesos o un oficio quese los proporcione. Para ser elegido diputado se deba poseer una renta anualde 800 pesos de la poca.

    5 Con el voto de 45 diputados y dos en contra se tom la decisin de separarsede Lima y Buenos Aires. Jos Mara Mendizbal y Eusebio Gutirrez de LaPaz se pronunciaron por anexarse al Per y el representante de Santa Cruz,Jos Vicente Seoane, lleg justo el 6 de agosto, slo para firmar el Acta dela Independencia.

    6 Anuario Administrativo, Coleccin Oficial: Leyes, Decretos y rdenes de laRepblica Boliviana ao de 1825.

    1413

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    poderes ser proteger y respetar los sagrados derechos del hombre ensu libertad, seguridad y propiedad reza en el texto de la ley.

    Inmediatamente despus de fundada la repblica, los flamantesdiputados el 20 de agosto7 le solicitaron al Libertador una Constitucinque fuese hija de sus luces y experiencia. Para el efecto se nombruna comisin integrada por Casimiro Olaeta, Jos Mara Mendizbale Hilarin Fernndez para que fuesen al alcance del Libertador yllevaran tambin para su conocimiento la ley por la que se decret elnuevo estado. Con esos resultados la Asamblea Deliberante funcionhasta el 6 de octubre, disponiendo, antes de disolverse, que el 19 deabril del siguiente ao deba producirse la reunin del Congreso GeneralConstituyente.

    Mediante decreto del 26 de noviembre de 1825, Simn Bolvar,en ejercicio de la presidencia, dicta un Reglamento de Elecciones parala Asamblea General Constituyente; en el que indicaba que losrepresentantes se elegan por Departamento y cambia la proporcinde representantes a 40. Un Decreto Supremo del 29 de diciembre de1825 difiere la fecha de inicio de la Constituyente para el 25 de mayode 1826. La actual capital de Bolivia, an no haba sido nominada paraesa fecha.8 El 1 de febrero de 1826, Simn Bolvar se despide deBolivia, con una proclama en la que promete que la Constitucin deeste pas sera la ms liberal del mundo y que sus leyes orgnicas serndignas de la ms completa civilizacin.

    Hecha la eleccin de constituyentes en el mes de abril, lassesiones empezaron el 25 de mayo de 1826 en la capital de la repblica,previo discurso del Mariscal de Ayacucho, quien puso a disposicindel magno evento su cargo de Presidente de la Repblica9.

    Se puede creer que los primeros constituyentes, henchidos depatriotismo, trataron los temas de la Constituyente desde el punto devista jurdico, poltico, doctrinal y tomaron en cuenta la Constitucinque Bolvar haba entregado al Congreso, con la esperanza que seala mejor constitucin y la ms liberal del mundo. Pero no fue tansimple. En efecto, se form una comisin que estudiaba la manera deredactar una Constitucin, esforzndose por no agraviar o ir en contrade las normas que haba mandado redactar el propio Simn Bolvar.

    Los representantes de las cinco provincias alto peruanas seocuparon desde temas administrativos importantes hasta temasinesperados. Un somero resumen de los temas tratados es el siguiente10:Ley reglamentaria sobre los sueldos en el poder ejecutivo. Se agregafranja amarilla a la bandera nacional y se suprime el laurel con lascinco estrellas de la primera bandera. Creacin del Departamento deOruro y la de la Polica Nacional. Se suspende la ejecucin del decretodel 4 de julio de 1825, referido al reparto de tierras a los indgenasy la devolucin de tierras enajenadas injustamente.

    La primera constitucin boliviana tuvo una duracin de cincoaos. La Constitucin Bolivariana prevea una duracin, sinmodificaciones, de 10 aos, pero fue abatida por el motn del 18 de7 Coleccin Oficial de Leyes, Decretos y rdenes de la Repblica Boliviana.

    1825 1826. Archivo del Congreso. Pg. 97.

    8 Todas las referencias del presente captulo han sido extradas de la ColeccinOficial de Leyes, Decretos y rdenes de la Repblica Boliviana 1825-1826.Imprenta Artstica Socabaya. La Paz, s/f. Archivo de la Vicepresidencia y delCongreso de Bolivia.

    9 El mismo 25 de mayo, los constituyentes ratificaron al General Sucre comoPresidente de la Repblica y le dieron su nombre a la capital de la Repblica.

    10 Datos recogidos en la citada Coleccin Oficial de Leyes 1825 - 1826.

    1615

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    abril de 1828 y sustituida en 1831, cuando se introdujeronmodificaciones importantes en la estructura jurdico-poltica del estado.Ms all de las enmiendas o modificaciones introducidas a lo largodel tiempo, sus preceptos se convirtieron en el fundamento de muchasnormas vigentes an en la actualidad.

    El 6 de noviembre, la Asamblea Jeneral Constituyente11, dioorigen a la primera Constitucin de la Repblica Bolivariana a la quejuraron fidelidad los Constituyentes y el Presidente Sucre. Concluysus tareas en diciembre de 1826.

    Constituyentes posteriores a 1826

    Casi todas las dems Constituyentes se originaron en elprocedimiento de convertir a las reuniones ordinarias del Congreso dela Repblica, que en ese tiempo se reuna una vez por ao o de maneraextraordinaria a convocatoria urgente del gobernante de turno, enCongreso o Asamblea Constituyente. Normalmente tenan el objetivode legitimar el nombramiento del Presidente de la Repblica y, segnel Redactor, terminaban con una serie de alabanzas y loas al Presidentelegitimado, amen de tomar algunas otras medidas de carcteradministrativo.

    Las posteriores convocatorias a Asambleas, Convenciones,Congresos Extraordinarios Constituyentes, nombres con los queaparecen de manera indistinta en los documentos del Congreso, nosiempre fueron llamadas para que se convirtieran en Asambleas

    Constituyentes. Por supuesto que en algunos casos fueron convocadosde manera especfica para reformar la Constitucin.

    En 1828 mediante Ley del 12 de agosto se convoc a unadenominada Asamblea Convencional12 para el 1 de noviembre enChuquisaca, a fin de revisar la Constitucin de ese momento. El Art.3 de la ley expresa que la Asamblea Convencional se ocupar deexaminar la Constitucin, y declarar su modificacin o su subsistencia.En el caso de adoptarse las reformas, proceder desde luego averificarlas.13

    Reunida la misma, no cumpli con el objetivo para el cual fueconvocada, as los miembros que la componan reclaman la legitimidady exigen su disolucin.

    El Redactor14 informa en detalle las acaloradas discusionesen torno de las prerrogativas que tena la Asamblea y cmo se habanexcedido de stas. Por lo que se la declara disuelta y se quita larepresentacin a sus miembros. Se restablece y repone el rgimen ygobierno de la repblica Boliviana, al mismo estado en que lo dejel Congreso constituyente en su reunin extraordinaria, y las leyes dela Asamblea quedan sin vigor y fuerza.

    A principios de 1829, mediante decreto emitido el 31 de enero,se disolvi esta Asamblea por no haber cumplido su mandato.

    11 Se mantiene la redaccin de la poca.

    12 Para ms informacin revisar las anteriores convocatorias que tienen relacincon sta como la del 7 de mayo y 9 de julio de 1828.

    13 Derecho Electoral Boliviano 1825 1997. Hormando Vaca Dez. FondoEditorial de los Diputados. La Paz. 1998. Pg. 22, 23.

    14 Redactor de 1828.

    1817

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    Resultan reveladores los argumentos esgrimidos para emitir elmencionado decreto, en cuyas consideraciones se lee: Qu lalegitimidad de la Asamblea convencional est reclamada (...) Quesiendo convocados los diputados, al solo objeto de revisar y modificarla Constitucin, han propasado los lmites de sus atribuciones,conculcando las leyes (...) en sesiones turbulentas, indecorosas, impropias (...) hasta el extremo de disolverse de hecho por la desercinde unos y separacin de otros15. Ms adelante indica, Por tanto sellamar nuevamente al gran mariscal Andrs de Santa Cruz, como Presidente provisorio nombrado por el Congreso constituyente, ydeseado por todos los bolivianos. Este decreto fue Promulgado porJos Miguel de Velasco, como vicepresidente de la Repblica Boliviana.

    Despus de declararse disuelta la llamada AsambleaConvencional existe un receso en el parlamento hasta el 24 de juniocuando inicia sus deliberaciones la Asamblea Nacional de 1831.

    Asamblea Nacional de 1831

    El Congreso ordinario fue convocado por Ley del 26 de marzode 183116 y empez a sesionar el 24 de junio. La Asamblea debaocuparse 1 de los grandes asuntos nacionales, 2 de examinar los

    decretos y todas las medidas adoptadas por el Gobierno en lascircunstancias difciles de su administracin.17

    El decreto es amplio en sus alcances, no especificaba que debacambiarse la Constitucin o por lo menos revisarla. Sin embargo, estaAsamblea emerge de las reuniones normales del Poder Legislativo, latarea ms importante fue reformar la Constitucin Vitalicia y tambinpor ley del 13 de septiembre se reform la ley electoral.

    El 13 de julio de 1831, mediante decreto, se anuncia la reformade la Carta Fundamental del ao 1826: La Asamblea nacional se declaraConstituyente.

    El decreto seala: La Constitucin poltica de la Repblica,dada por el congreso Constituyente en 6 de noviembre de 1826, ypublicada en 9 de diciembre del mismo ao, ser reformada. Para elefecto La Asamblea nacional se declara Constituyente. Ella har lareforma de que habla el artculo anterior, incorporando en su seno losdiputados suplentes elegidos en 8 de mayo de este ao, conforme aldecreto de esta fecha.18

    15 Compilacin de leyes de 1828, Pg. 283, 284, 295.

    16 Casi en todas las convocatorias a los diferentes Congresos existen decretos,rdenes, resoluciones que tienen correlacin con la convocatoria principal,como ejemplo analizaremos la de 1831. La orden del 3 de mayo de 1831 fijabael vitico para los diputados a la Asamblea nacional, sea al respecto de docereales por legua. La resolucin del 18 de mayo de 1831 indicaba, los poderespara los diputados se extiendan al papel oficio. El decreto del 19 de mayo

    de 1831 indica como lugar para realizar la Asamblea, Oruro, debiendo instalarsela reunin el da 12 de junio y planificar la primera junta preparatoria medianteuna comisin de cinco de sus miembros quienes revisarn las credencialesy poderes de los dems y otra de tres de los mismos, los de estos cincomiembros. Este decreto se alter mediante la resolucin del 3 de junio de 1831que indica que la Asamblea Nacional se instalar en La Paz tomando en cuentaque los invasores, que cada vez se aproximan ms a las fronteras de Bolivia,no permiten que S.E. el Presidente se separe un solo da de la cabeza del ejrcitonacional.

    17 Compilacin de Leyes 1831, Pg. 397.

    18 Ibidem.

    2019

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    En este mismo decreto se sealaban las atribuciones delpresidente como sus restricciones. Entre algunos de los temas19 queabord la Asamblea se pueden mencionar: La Ley de negociacin dePaz con el Gobierno del Per, se fija el nmero de miembros de laCmara de representantes que deba tener relacin con la poblacin,se aprueba que la provincia de Tarija pase a ser Departamento.

    La Constitucin de 1826, llamada por muchos la ConstitucinBolivariana, fue modificada en 1831, durante la presidencia de Andrsde Santa Cruz. Se la sanciona como Constitucin Poltica de laRepblica Boliviana.

    Respecto a la modalidad de cambio que prev la propia CartaFundamental, se mantiene el sistema rgido20, derogndose el trminode 10 aos de vigencia inalterable, con lo que los trmites para lareforma se simplifican. Se pueden cambiar alguno o algunos artculos.

    Congreso Constitucional de 1834

    El acta de convocatoria al Congreso de 1834 lamentablementeno se encuentra en los archivos de la Vicepresidencia. Por el Redactorde la poca se puede deducir que emerge de las reuniones ordinariasdel Congreso. Sesiona desde el 6 de agosto hasta el 6 de noviembre.

    El Congreso Constitucional de 1834 introdujo reformasconstitucionales incorporando algunos temas nuevos. Se establece que

    el poder Legislativo sea bicameral. Este es el primer Congreso en elque las Cmaras de Senadores y Diputados sesionan separadamente.

    Entre los temas que trat esta Constituyente se encuentra ladiscusin, por primera vez, del presupuesto nacional y los incentivospara la industria, ofreciendo premios a quienes establecieran distintasramas de industria o a quienes inventaran o construyeran maquinarias.21Tambin muestra los angustiosos problemas econmicos del pas, conun tesoro pblico agotado y una profunda crisis de la minera.

    Fue sancionada el 16 de octubre de 1843 y promulgada el 20de octubre del mismo ao por Andrs de Santa Cruz, quien medianteLey del 15 de noviembre determin el da y la forma en que laConstitucin sera jurada en toda la Repblica.

    La Constitucin, establece que toda solicitud de reforma debaser enviada por escrito y firmada por ms de la mitad de los miembrosde cualquiera de las dos Cmaras. La misma, luego de ser leda tresveces, con un intervalo de seis das entre una y otra lectura, se pasaraa deliberar sobre su admisin o no, para lo que deba contar con laaprobacin de las dos terceras partes de la Cmara.

    Congreso General Constituyente de 1839

    Las posteriores constituyentes se convocaron en momentos decrisis poltica o de conflagraciones militares, tan frecuentes en losprimeros aos de la Repblica. El Congreso de 1839, despus de laderrota definitiva de la Confederacin Per-Boliviana, se reuni para19 Redactor de 1831, Pg.101 y siguientes.

    20 La rigidez no ha sido garanta de permanencia y estabilidad de la LeyFundamental. 21 Abecia Ob. Cit. Pg.90.

    2221

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    defenestrar la tarea del Mariscal de Zepita y de anular todas lasconquistas de Santa Cruz22 y aprobar una nueva Constitucin.

    El Presidente provisorio de Bolivia, Jos Miguel de Velasco,mediante decreto del 10 de marzo de 183923 convoc a la RepresentacinNacional para el 13 de junio, en la capital de la Repblica. Dejandoa su deliberacin el constituirse en Asamblea, Convencin o Cmaras.Indicando, tambin, que el primer domingo de abril se celebrarn lasjuntas parroquiales; el domingo 21 del mismo los de provincia, y el19 de mayo los departamentales. La forma de eleccin de diputados,y el nmero, se arreglarn a lo prevenido en la lei (sic.) de 13 deseptiembre de 1831. Se deber nombrar Presidente y Vicepresidente,con arreglo la constitucin; bien por lei de 11 de Octubre de 1834, por el mtodo y forma que quiera establecer. Los diputados debanestar en la Capital Sucre, 3 das antes que se instalar el Congreso.(...) (Dado en el Palacio de Gobierno en Potos 10 de marzo de 1839).

    Por Ley del 16 de Junio, la Representacin Nacional se declaraCongreso General Constituyente24 y encarga el mando de la Repblicaal Mayor General Jos Miguel de Velasco. La Representacin Nacionalde Bolivia, queda libre y plenamente autorizada para reorganizar elpas. En sus consideraciones explica que una larga y funestaexperiencia ha demostrado (...) que la Constitucin promulgada en

    1831, lejos de ser el firme valuarte de las libertades pblicas, (haconducido a) la Nacin al fatal trmino que ha tocado. Ms adelanteindica que convencidos de esta verdad, todos los pueblos de laRepblica, han proclamado de una manera uniforme (...) la urgentenecesidad de una nueva organizacin poltica, que (evite) para siempreel renacimiento del despotismo. Establece que mientras se nombreconstitucionalmente al nuevo Presidente de la Repblica, continuarel Mayor General Jos Miguel de Velasco ejerciendo la Presidencia.

    Algunos de los temas importantes que trat este congreso fuela aprobacin de los actos y Decretos dados por el Presidente de Bolivia,Dr. Jos Mariano Serrano. Se restringen las facultades para el Presidentede la Repblica. Se determina que los Ministros de Estado sean cuatro,los que deban rendir informe anual al congreso sobre sus carterasrespectivas. Tambin se trat temas de las Fuerzas Armadas, las cualesno podan deliberar.

    Se mantiene el procedimiento para la reforma parcial de laConstitucin y se introduce la consulta al Congreso para resolvercualquier duda de los artculos de la Constitucin, si se declaranfundadas por dos tercios de votos de cada Cmara. Se puede reformaralguno o algunos artculos.

    La Convencin Nacional de 1843

    La Convencin Nacional de 184325 fue convocada medianteDecreto del 18 de noviembre de 1842. El cual seala: 1. Se instalar

    22 El 27 de agosto mediante una Ley el Congreso dej sin efecto algunas leyes,decretos y resoluciones dadas por los congresos establecidos en los aos 1835a 1838.

    23 Coleccin Oficial de Leyes, Decretos y rdenes de la Repblica Boliviana 1839.Pg. 19,20,21. Imprenta Artstica Socabaya. La Paz. S/f. Archivo de laVicepresidencia y del Congreso de Bolivia.

    24 Obr.Cit. Pg.41-42.

    25 Coleccin Oficial de Leyes, Decretos y rdenes de la Repblica 1842. Pg.11.Imprenta Artstica Socabaya. La Paz. S/f. Archivo de la Vicepresidencia y delCongreso de Bolivia.

    2423

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    en la capital de la Repblica el da 16 de abril de 1843. (...) Los objetosde su reunin y deliberacin sern: 2 1 Revisar las Constitucionesque han regido en la repblica desde su fundacin adaptar cualquierade ellas, reformarlas sustituirlas otra anloga las circunstancias ynecesidades de la Nacin: 3 Examinar los actos del Gobierno desde26 de septiembre de 1841 y decidir lo que convenga. 3 nombrar eljefe de la nacin, 3 La eleccin de los diputados la convencin, sehar con sujecin al reglamento expedido en la fecha. 4 Si para elda designado en el artculo 1 no pudiesen reunirse todos los diputadosnombrados, bastarn las dos terceras partes y uno ms para instalarla convencin.

    El mismo 18 de noviembre, mediante Decreto se da a conocerel Reglamento de Elecciones que en su artculo primero indica: Serndiputados la convencin los ciudadanos elegidos conforme al presentereglamento, para expresar el voto de los departamentos, en las materiasdesignadas por el decreto de convocatoria de aquella.26

    Despus de emitirse el decreto de convocatoria, el 10 de abrilde 1843, mediante otro decreto se posterga la fecha de inicio de lareunin hasta el 23 de abril porque el gobierno no ha podido reunirtodos los conocimientos, ni organizar los trabajos que deben sometersea la deliberacin de la convencin.

    Esta es una de las convenciones que ha sido convocadaexpresamente para modificar la Carta Magna. Pero, no es la nica tareaque tiene el Congreso. As lo entendieron muchos congresistas. El

    Redactor27 de la fecha muestra que las discusiones en el seno delCongreso eran fuertes. Para el H. Seor Cuellar (sesin del 6 de juniode 1843), la Convencin Nacional ha sido convocada a solo tresobjetos: releer las constituciones anteriores (...) y darse una nueva,examinar los actos del Poder Ejecutivo y verificar el nombramientodel Jefe Supremo del Estado (...) no tenemos poderes para ms. Poreso solicita que antes que se considere el proyecto que se ha puestoen discusin (se elabore) una resolucin (...) para que exprese si laConvencin Nacional convocada a solo aquellos tres objetos, escompetente para sancionar el proyecto presentado. Suficientementeapoyada esta indicacin, ms procedindose a votar sobre su aprobacin,result negada.

    La Convencin Nacional sancion la Nueva ConstitucinPoltica de la Repblica Boliviana el 11 de junio de 1843, fuepromulgada el 17 de junio del mismo ao por Jos Ballivin. Se juraray publicara la misma, el da 25 de septiembre del ao en curso. Sehace notar que la ley de la publicacin era todo un acontecimiento enla poca y se realizaba con mucha solemnidad declarndose, adems,regocijo nacional por las nuevas disposiciones.

    La Reforma a la Constitucin se hallaba sometida a unprocedimiento especial, no pudiendo hacerse extensiva a la forma degobierno ni a la independencia proclamada por la Repblica. Nada seprevea respecto a la interpretacin Constitucional. Las reformas podanser en alguno o algunos artculos.

    26 Idem.Pg. 13,14.

    2625

    27 El Redactor del Congreso de 1843, Pg. 122 y siguientes.

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    La Convencin Nacional de 1851

    La Convencin Nacional de 185128, fue convocada mediantedecreto del 3 de mayo de 1851. En su nico artculo Se convoca unaConvencin Nacional, que se reunir en esta ciudad el da 16 de Julioprximo compuesta de Diputados elegidos, con arreglo al SupremoDecreto reglamentario de esta fecha, espedido por el ministeriorespectivo.29

    La expectativa que rodeaba la Convencin Nacional, se expresamediante circular del 17 de julio30 emanada del supremo Gobierno,quien comunicaba a la poblacin que ya se instal la misma y losobjetivos de la reunin, en los siguientes trminos: Los SeoresDiputados que la componen, hombres de saber y experiencia; nos darnuna Constitucin que afianzando las bases del Estado, sepa cambiarel respeto debido las leyes, a la autoridad, y los derechosCiudadanos.

    La Convencin trat temas importantes como el de los requisitospara ser Senadores y Representantes, que las Cmaras sesionaran porseparado, dict varias leyes respecto a la educacin. Fij el tiempode permanencia del Presidente de la Repblica por 5 aos y no podaser reelegido sino 5 aos despus de haber finalizado su gobierno.Tambin decret un nuevo Reglamento de elecciones.

    Es en esta Constitucin que se incorpora por primera vez elcaptulo denominado Del Derecho Pblico de los Bolivianos.

    Sancionada en 20 de septiembre de 1851, fue promulgada alda siguiente por Manuel Isidoro Belzu.

    Las reformas a la Constitucin se pueden proponer en cualquierade las dos Cmaras Legislativas y para que sta procediera deba contarcon el apoyo de por lo menos la quinta parte de los miembrosconcurrentes. Se modificar en alguno o algunos artculos, excepto losrelativos a la forma de gobierno, a la independencia ni religin delEstado.

    La Asamblea Nacional de 1861

    La Asamblea Nacional de 186131 fue convocada mediantedecreto del 15 de enero por la Junta Gubernativa de la Repblica. Ensus considerandos expone: Que la dictadura sin objeto y sin trmino,que ejerca el Dr. Jos Mara Linares, ha caducado por el golpe deEstado que ha tenido lugar el da de ayer. Que la Junta Gubernativa,instalada en la misma, ha cargado con la responsabilidad de este actoy apela al pueblo boliviano, sobre su necesidad y oportunidad; enacuerdo de los miembros que la componen. Decreta: 1 Se convocauna Asamblea Nacional para deliberar sobre la suerte del pas, la quese reunir en esta Ciudad el da 1 de Mayo del corriente ao. 2 ElGobierno expedir por separado la Ley Electoral y las dems

    28 Coleccin Oficial de Leyes, Decretos y rdenes de la Repblica 1851. Pg.205-206. Imprenta Artstica Socabaya. La Paz. S/f. Archivo de la Vicepresidenciay del Congreso de Bolivia.

    29 El Decreto Reglamentario de la fecha contiene todo lo referente a la eleccinde Diputados, que debern asistir a la Convencin Nacional.

    30 Idem. Pg. 209.

    31 Coleccin Oficial de Leyes, Decretos y rdenes de la Repblica 1861. Pg.42, 42. Imprenta Artstica Socabaya. La Paz. S/f. Archivo de la Vicepresidenciay del Congreso de Bolivia.

    2827

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    disposiciones concernientes al cumplimiento de este Decreto. El 29de enero de 186l, se publica un nuevo Reglamento Electoral para laeleccin de los diputados que debern asistir a la Asamblea Nacionaly deliberar sobre la suerte de la Repblica.

    Como se ve, la convocatoria es amplia en las tareas que deberealizar la Asamblea. Pero, qu se entenda por suerte del pas? Qutemas deban ser esos?. Como se verifica no es convocadaexclusivamente para tratar slo los cambios fundamentales a la CartaMagna. Sin embargo, en la cuarta sesin del da del 3 de mayo de 1861,la Asamblea Nacional (...) se declara Constituyente; y en consecuenciase ocupar inmediatamente en la formacin de la Ley Fundamentaly de las leyes orgnicas indispensables para la observacin de aquella.32A continuacin, nombr como Presidente Provisorio de la Repblicaal General Jos Mara de Ach, mediante Ley del 4 de mayo.

    Tambin sancion leyes relativas a la administracin del Estadoy al Ejrcito. Se declara unicameral, slo deber funcionar la Cmarade Diputados. Trabaj en diversos temas, todos de gran importanciacomo asuntos de tierras para campesinos, agricultura, minera, asuntoseclesisticos, creacin de escuelas. Se la considera como una de lasAsambleas ms importantes del siglo XIX, por el trabajo realizado ypor los grandes hombres que estaban en el legislativo.

    Coincidimos con el constitucionalista Flix Trigo, cuandoafirma que sta es la Constitucin ms avanzada con la que se conthasta entonces y la que contribuy con un mayor aporte doctrinal alperfeccionamiento de nuestras normas fundamentales.

    La Asamblea Nacional Constituyente, sancion la Constitucinde la Repblica Boliviana el 29 de julio de 1861, fue promulgadaen 5 de agosto del mismo ao por Jos Mara de Ach.

    La Reforma a la Constitucin no vara con respecto a la anterior.

    Asamblea Nacional de 1868

    Se convoc a una Asamblea Nacional por decreto del 1 dediciembre de 1867. El Decreto de Convocatoria indicaba en su Artculonico: Convocase para el 6 de agosto de 1868 una Asamblea Nacionalque se ocupar del escrutineo y proclamacin del ciudadano que resulteelegido Presidente Provisorio de la Repblica y de los grandes interesesde la Patria, principalmente de reformar la Constitucin Poltica 1861, dictar la que mas anloga a las circunstancias de Bolivia. OtroDecreto sancionado el mismo da, estableca un nuevo Reglamento deElecciones.

    El 7 de agosto de 1868, la Asamblea Nacional convocada porel Gobierno se declara Constituyente. Artculo nico: La AsambleaNacional convocada por el decreto del 1 de Diciembre 1867, se declaraConstituyente para reorganizar el Estado, y dictar las Leyes que creanecesarias este objetivo. Comunquese al Poder Ejecutivo para suejecucin y cumplimiento. Sala de sesiones, en La Paz de Ayacucho 6 de agosto de 1868.

    Fue importante esta Asamblea; trat los asuntos relacionadoscon la poltica externa. Ratific el Tratado de lmites y Amistad,firmado con el Gobierno de Chile el ao 1866. Aprob mediante Leyel 26 de septiembre de 1868 los actos de la dictadura, se decretaba32 El Redactor de la Asamblea Constituyente de 1861, Pg.14. La Gaceta 1864.

    3029

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    un voto de confianza al Gobierno de Melgarejo. Aprob un nuevoReglamento de Elecciones y de Municipalidades.

    A esta Asamblea Constituyente concurrieron personalidadescomo Federico Diez de Medina, Isaac Tamayo, Mariano Ramallo, entreotros. Despus de instalada, adopta para su reglamento interno el de1851. Vot una Constitucin inspirada en principios democrticos yliberales. Vuelve a funcionar con dos Cmaras: de Representantes yde Senadores.

    El 17 de septiembre de 1868 la Asamblea NacionalConstituyente sancion la nueva Constitucin Poltica, fue promulgadael 1 de octubre del mismo ao por Mariano Melgarejo.

    La reforma a la Constitucin se sujeta a un procedimientoespecial, similar al anterior.

    La Asamblea Constituyente de 1871

    La Asamblea Constituyente de 1871 fue convocada por decretodel 6 de febrero de 1871, para el 12 de junio de ese mismo ao.Lamentablemente tampoco esta convocatoria se encontr en losarchivos respectivos.

    Fue una de las ms controvertidas. Exiliado el DictadorMelgarejo quien, junto a la oligarqua terrateniente de entonces, habadespojado de tierras comunitarias a los indgenas para repartrselas,esta Asamblea procedi a desconocer todos los actos de la anterioradministracin. Pero el tema candente de este Congreso ExtraordinarioConstituyente fue la discusin, por vez primera, sobre el federalismo

    y el unitarismo.33 Sometido a votacin, se decidi que el pas seguirasiendo unitario. Despus de 4 meses reunidos, la AsambleaConstituyente promulga una nueva Constitucin.

    Como se deja constancia en el encabezamiento, la AsambleaConstituyente de 1871, sancion y proclam la Constitucin de 1861,introducindole varias reformas.34

    La Asamblea Constituyente sancion la nueva Constitucin el9 de octubre de 1871, fue promulgada por Agustn Morales el 18 deoctubre del mismo ao.35

    La reforma a la Constitucin no vara con respecto a la anterior.

    Asamblea Constituyente de 1878

    No se encontr el decreto de convocatoria a la Asamblea de1878.

    33 El tema del Federalismo volver a surgir en la Asamblea Constituyente de 1899,una vez terminada la llamada Guerra Federal, que enfrent a los liberalespaceos con los conservadores de Chuquisaca. A pesar que los liberalesvencieron la guerra con la bandera del federalismo, la Constitucin aprob queel pas siguiera siendo unitario, demostrando que el federalismo slo fue unabandera de guerra, que luego se guard para resguardar los intereses de losnuevos gobernantes. Redactor de la Convencin Nacional de 1899.

    34 Vaca Diez Hormando Pensamiento Constitucional Boliviano, (Compendiode Constituciones), Pg. 191, Edit. Fondo de Los Diputados, Primera Edicin1998.

    35 Abecia maneja otras fechas , tanto en la promulgacin como sancin, Ob. Cit.Pg. 212,213; Nuestra fuente es el Ob. Cit. Vaca Diez Hormando, Constitucindel ao1871, Pg. 207-209.

    3231

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    Por Decreto del 8 de Mayo de 1877, la Asamblea Constituyenteaplaza su convocatoria porque el pas se encontraba en guerra civil.(...) hasta la poca en que se pacifique completamente la Repblicay se encuentre el fisco con el nmero suficiente para atender a losviaticos, dietas y dems erogaciones que traiga consigo la reunin delcuerpo legislativo.

    El 15 de noviembre se instal la Asamblea NacionalConstituyente en La Paz. En los primeros meses de 1878, autoriz alGobierno a dictar un nuevo reglamento de elecciones y estableca lasbases sobre las que se deba conformar dicho reglamento.

    El 14 de febrero se promulg otra ley por la que la AsambleaNacional Constituyente aprobaba los actos del gobierno provisorio delGeneral Daza. Y se estableci que las cmaras Legislativas tienen enfacultad de censura a los actos polticos del Ejecutivo, lo que significabauna apertura al rgimen parlamentario.36

    Esta Constitucin fue sancionada el 14 de febrero de 1878 ypromulgada al da siguiente por Hilarin Daza.

    Esta Constitucin cambia con respecto a la anterior, pues sealaque puede ser reformada en todo o en parte, declarndose previamentela necesidad de la reforma, y determinndola con precisin por unaley ordinaria. La Ley declaratoria de reforma. El procedimiento semantiene con ligeras variaciones.

    Convencin Nacional de 1880

    El Decreto del 6 de febrero convoca a la Convencin Nacionalpara el 25 de abril37 en Oruro.

    Tambin fija el nmero de sesenta y nueve convencionalesrepresentantes de todos los departamentos. Y concluye que habrqurum para las sesiones preparatorias de la Convencin, con la mayoraabsoluta del nmero total de convencionales; y para la de inauguracin,con la presencia de los dos tercios. Por Decreto del 30 de abril de1880 cambia la sede a La Paz.

    Por Ley del 31 de Mayo de 1880, se declara vigente laconstitucin de 1878 con algunas modificaciones: La Convencin sereserva la facultad de reformar la Constitucin sin observar los trmitesestablecidos.

    Decretando:

    1 Se declara en vigencia la Constitucin de 1878.2 Convencin Nacional elegir al Presidente de la Repblica

    y a dos Vice-presidentes.3 El Periodo Constitucional del Presidente y Vice-presidente

    durarn hasta el 6 de agosto de 1884, designado por laConstitucin.

    36 Abecia, Ob. Cit. Pg.237.

    3433

    37 Abecia, Ob.Cit. indica el mes de mayo para la convocatoria a la ConvencinNacional, Pg. 246. Nuestra fuente es Compendio de Leyes y decretos de 1880,Pg.19,20,21. Biblioteca de la Vicepresidencia.

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    4 El poder Ejecutivo queda autorizado para aplicar a losobjetos de la guerra actual, todos los ingresos fiscales,municipales y de instruccin pblica. Se le autorizaigualmente para contraer emprestitos nacionales oextranjeros con acuerdo del Gabinete.

    5 Durar en sus funciones hasta el 6 de agosto de 1886,pudiendo ser convocada cuantas veces sea necesario ysiempre que lo solicite la mitad de sus miembros alPresidente o en defecto de ste, el Vicepresidente.

    7 La Convencin se reserva reformar la Constitucin,conforme a las exigencias que se presenten, sin observarlos trmites, establecidos por la misma Constitucin.

    Respecto a la reforma de la Constitucin, no existe diferenciacon la anterior. Lo que significa de acuerdo a la convocatoria y la quese encuentra en vigencia, que esta Convencin tena la potestad delcambio total de la Carta Fundamental.

    Convencin Nacional de 1938

    La Convencin Nacional de 1938, que tena las caractersticasde Convencin Congreso, igual que la de 1921, instal sus sesionesel 26 de mayo y reces en sus funciones el 30 de octubre de 1938.

    La convocatoria no se encontr en los archivos, se encontren el libro de Luis Anterzana38, mediante Decreto Ley del 22 de

    noviembre de 193739 indica: 1 Convcase para el segundo domingodel mes de marzo de 1938 a elecciones de senadores y diputados entodo el territorio de la Repblica, funcin electoral que se sujetar alas disposiciones de la Ley de 31 de enero de 1924 y a su Reglamento.2 Los senadores y diputados elegidos se reunirn en la ciudad de LaPaz el 13 de mayo de 1938, en una sola asamblea, que tendr facultadesy prerrogativas de Constituyente. 3 La Asamblea Constituyenteorganizar el Poder Ejecutivo, eligiendo Presidente y Vicepresidentede la Repblica y estudiar la reforma de la Constitucin Poltica delEstado o la adopcin de una nueva, conforme a las modalidadesnacionales de post-guerra. 4 El 6 de Agosto de 1938, los senadoresy diputados se reunirn en la ciudad de La Paz en legislatura ordinaria,para ejercer el mandato legislativo de acuerdo a las prescripciones dela Carta Poltica que haya sancionado.

    Es una de las Constituciones ms importantes del siglo XX,para el accionar de nuestro pas. Despus de la Campaa del Chacose estableci que estando en vigencia la Constitucin Poltica de 1880,slo quedaba aplicar sus preceptos y dar facultades a la Convencinpara sustituirla, reformarla o modificarla.40

    38 Luis Antezana Prctica y Teora de la Asamblea Constituyente, Pg.19,20.Editado por CIMA, La Paz-Bolivia. 2003.

    39 En esta fecha existen dos decretos en el archivo: 1 Duelo Nacional por muertede Jos Salinas. 2Un indulto de la misma fecha. Anuario Administrativo de1937, Pg. 215. Esto no debe extraar porque hubieron muchos decretosrepetidos a lo largo de la historia.

    40 Para Ciro Flix Trigo, la Carta Magna de 1938 tiene principios del DerechoConstitucional Moderno, pero que no han sabido ser incorporados con un criteriotcnico que responda a una unidad ideolgica. Para el autor los momentospolticos no permiten elaborar una ley fundamental sistemtica, capaz desingularizar un mtodo, ordenacin, lgica, y jurdica. Pero concluye su anlisisafirmando que ello obedece a que las asambleas constituyentes, antes queprincipios tcnico-doctrinales, que pertenecen al dominio de los publicistas,

    3635

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    Esta Convencin Nacional tena como fin el elegir al Presidentey Vicepresidente, pero tambin dar al pas una nueva Constitucin,y los principios polticos. As esta Convencin Nacional, que tena lascaractersticas de Convencin-Congreso tuvo en su seno a diputadosobreros, sacerdotes y una variedad de representantes. Fue la primeraen la historia de nuestro pas que fue apoyada en los sectores obrerosy en los ex-combatientes del Chaco, y tambin fuertemente sostenidapor el ejrcito.

    Es la primera Constitucin que se promulga despus de cincuentay ocho aos de vigencia de la anterior41. Trat temas econmicos

    sociales, decide escribir que la propiedad debera tener una funcinsocial y otorga al Estado la tuicin sobre la actividad econmica yadministrativa. Recupera la propiedad de las riquezas naturales parael Estado. Aprueba leyes favorables a los trabajadores, define la libertadde prensa. En el campo internacional decide firmar un tratado de pazcon el Paraguay y confirma otros tratados firmados con el Brasil.

    Se incorpora en esta Ley Fundamental el ConstitucionalismoSocial asumiendo una funcin transformadora de la sociedad. ElEstado aparece salvaguardando los intereses colectivos pero, sin abolirlos derechos individuales, que siguen gozando de la proteccin delEstado. Se crea un Rgimen Econmico y Financiero, RgimenSocial, Rgimen de Familia, Rgimen Cultural y el RgimenAgrario.

    Se la sanciona el 28 de octubre de 1938 y es promulgada el30 de octubre del mismo ao.

    Respecto a la Reforma de la Carta Magna, sta es similar a laanterior en el procedimiento. Establecindose que puede ser reformadaen parte.

    prima la necesidad y el inters poltico de personas que no conocenprofundamente las cuestiones constitucionales. Con todo, no puede desconocerseque la Constitucin de 1938 contiene aciertos, que se inspiran en principiossocialistas, que contempla la intervencin del Estado para salvaguardar losintereses colectivos por encima de los particulares y que responde, aun cuandosea parcialmente, a aspiraciones y exigencias del siglo que vivimos.

    41 Sin embargo, debemos mencionar La Asamblea Constituyente de 1899, LaConvencin de 1920; Referndum Popular y Convencin 1931.

    1 En la historia del pas estas fechas son importantes porque sealan hitosde conduccin del mismo. Instaurada despus de la denominada Revolucinfederal, que invoc ideolgicamente la federacin para Bolivia, despus dela guerra civil y la alianza liberal indgena. Reunida en Oruro la ConvencinNacional de 1899, y cuando pareca que era inevitable el cambio de la formade Estado, dos informes de la comisin de constitucin, uno por mayora yotro por minora, y una discusin amplia, se decide mantener la constitucinde 1880 sin modificaciones.

    2 Por Ley del 24 de enero de 1921 se constituy la Convencin Nacional, perola nica modificacin que realiz a la Carta fundamental fue la de eliminarla segunda Vicepresidencia y manteniendo el resto del texto Constitucional de1880.

    3837

    3 En 1930, fue derrocado el Dr. Hernando Siles por una revolucinconstitucionalista, al respecto Alipio Valencia Vega indica: (...) la JuntaMilitar de Gobierno que sustituy a Siles convoc a un referndum popularproponiendo al voto ciudadano nueve reformas constitucionales que fueronaprobadas por sufragio popular el 11 de enero de 1931 con el argumento deque la revolucin devolvi al pueblo en masa, su facultad constitucionaloriginaria (...) fueron incorporadas a la Constitucin de 1880 por decreto-leyde 23 de febrero de 1931. Este referndum no previsto entonces en laConstitucin fue justificado con el argumento de que proceda de la revolucinde 1930, y puso en accin el poder constitucionalista originario del pueblomismo.

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    Convencin Nacional de 1945

    En agosto se reuni la Convencin Nacional, que funciondurante dos perodos.

    Mediante Decreto de fecha 29 de agosto de 1944, en su Artculo1 seala: Declrese en vigencia la Constitucin Poltica de 1938, sinperjuicio de las reformas que sancionare, en su labor de Constituyente,el Poder Legislativo. Artculo 2. Desde el 1 de septiembre prximo,la Convencin Nacional, se ocupar en la primera hora de la ordendel da, del estudio de las reformas constitucionales. Ms adelantedetalla las tareas para las que fue convocada sobre diversosnombramientos, en la administracin pblica. Asmismo seala quienesestn impedidos de participar en esas ternas.

    A similitud de la anterior, sta tambin se faculta mediante Leya actuar como Constituyente. Entre los temas importantes que tratse pueden mencionar los siguientes: eligi Presidente y Vicepresidentede la Repblica. Siendo una de las primeras en reconocer derechosa las mujeres, as: se otorga el voto femenino para la formacin delas Municipales. Se reconoce la igualdad jurdica de los cnyuges yel matrimonio de hecho por la unin concubinaria. Se permite lainvestigacin de paternidad, conforme a ley.

    Se sancion el 23 de noviembre de 1945, fue promulgada el24 de noviembre de 1945.

    Las reformas a la Constitucin se mantienen inalterables.

    Congreso Constituyente de 1947

    La Junta de Gobierno mediante Decreto del 15 de octubre de1946, convoca a Congreso Extraordinario.

    Entre las funciones principales del Congreso indicaba el Art.6 () c) Declarar la vigencia de una Constitucin Poltica con lasmodificaciones que estimare convenientes. () revisar los actos dela convencin de 1944-1945 y del gobierno(...)42.

    Por Ley del 1043 de marzo de 1947, se declar en vigencia laConstitucin Poltica del Estado de 1945, sin perjuicio de las reformasque sancione el Congreso Extraordinario de acuerdo a sus facultadesconstituyentes. Y ms adelante en el artculo 2 indica Las reformasde la Constitucin Poltica sern aprobadas en sesiones de Congreso,por simple mayora de votos.

    Este Congreso, como los anteriores, tuvo acaloradas discusionesrespecto a cmo deba sesionar como Constituyente; para tener mselementos de juicio, transcribiremos algunos prrafos interesantes,extractados del Redactor Sesin del 4 de agosto44, H. ngelMendizbal deca: Se ha dicho (...) que estamos reunidos para ejercerla ms alta funcin institucional que existe en la democracia, o seael Poder Constituyente, Poder Supremo, Sabidura Nacional, que no

    42 Decretos Supremos de 1947, Pg.197-202.

    43 El Redactor seala como Ley del 8 de marzo de 1947, Pg. 810. Nuestros datoscorresponden a la Coleccin Oficial de Leyes, Decretos y rdenes de laRepblica. 1947. Imprenta Socabaya, La Paz S/f.

    44 Ibid.823-837.

    4039

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    puede confundirse en ningn momento con un Congreso ordinario; estfuncionando con facultades de Constituyente, somos un Poder delestado (...). No es un congreso netamente ordinario, sino unaAsamblea Constituyente con facultades extraordinarias slo paraefectos de reformar o enmendar la Constitucin Poltica del Estado.

    El H. Landivar Ribera expresa a su vez: Nadie niega que somosCongreso Extraordinario con facultades de Constituyente (asi lo expresael) decreto de convocatoria de la Junta de Gobierno, de fecha 15 deoctubre; una manifestacin de esas facultades extraordinarias fue elhaber declarado vigente la Constitucin mientras sean salvadas lasreformas constitucionales (...). Eso de que seamos un alto poder desabidura es mstico, porque en verdad nosotros tenemos una pauta ala que debemos someternos constitucionalmente; somos poder depoderes, pero no discrecionales, tenemos una Carta Poltica que enningn momento puede suspenderse, por lo que el estado cvico delos pueblos es como el aire, indispensable para la convivencia social(...).

    Este Congreso fue el primero en realizar encuestas a la poblacinpara conocer su opinin sobre la constitucin de 1945 que era la quedeba reformarse. Al respecto, El Presidente de la Cmara consideraque este aporte extra camaral de opiniones sobre las reformasconstitucionales, contribuir a dar bastantes luces en el curso de estosdebates.

    Sancionada por el Congreso Constituyente el 17 de noviembrede 1947 y promulgada en fecha 26 de noviembre de 1947.

    No existe diferencia con la Constitucin anterior, en lo referentea las reformas de la misma.

    Congreso General Extraordinario 1961

    Este Congreso fue convocado por el Decreto Supremo N 4465de fecha 31 de julio de 1956, por el Presidente Constitucional de laRepblica, Vctor Paz Estenssoro.

    En l se sealaba que constituidos los Poderes Pblicos queregirn los destinos de la Nacin en el prximo perodo institucional,de acuerdo a las determinaciones del Estatuto Electoral del 9 de febrerodel presente ao y que reglamenta la vigencia del sufragio universal.Es necesario determinar las normas relativas a la instalacin yfuncionamiento del Poder Legislativo por lo que su Artculo nicoexpresa lo siguiente: El Poder Legislativo elegido en el plebiscito del17 de junio pasado, se reunir en la ciudad de La Paz e inaugurarsus labores con el ceremonial de estilo el 6 de agosto prximo, debiendoocuparse con carcter previo de: a) Dar cumplimiento a los artculos20 y 234 del Estatuto Electoral; b) Proclamar Presidente yVicepresidente de la Repblica y recibir el juramento de los mismos;c) Considerar las reformas instituidas por nuevo ordenamiento jurdicocreado por la Revolucin Nacional, a los efectos de incorporarlas enla Constitucin Poltica del Estado.

    En su calidad de Presidente Constitucional de la RepblicaHernan Siles Zuazo45 el 15 de agosto de 1956 promulga la Leysancionada por el Congreso Nacional con el siguiente contenido: 1Declrese de necesidad imprescindible dar al pas una nuevaConstitucin del Estado, acorde con las conquistas y el nuevo

    45 Las elecciones de junio de 1956 dieron el triunfo al Dr. Siles Zuazo(Vicepresidente en el perodo anterior).

    4241

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    ordenamiento establecido en la Repblica a partir de la Revolucindel 9 de Abril de 1952. 2 En cumplimiento del Decreto N 4465 (...)el Congreso Nacional, a partir del 14 de los corrientes, funcionaralternativamente como Congreso Ordinario y AsambleaConstituyente46.

    Si bien la H. Cmara empez los debates para constituirse enAsamblea Constituyente, en las sesiones existan posicionesencontradas sobre el mejor mecanismo para llevar adelante estecometido. Y mediante ley de fecha 1 de julio de 1961 el CongresoNacional decreta: 1 De conformidad con (las leyes) el CongresoNacional, se abocar a la revisin y aprobacin definitiva de lasenmiendas a la Constitucin Poltica del Estado, acordes con lasconquistas e instituciones vigentes en el pas. 2 Para el cumplimientodel artculo anterior, el Congreso Nacional se reunir en formaextraordinaria a partir del 1 de julio de 196147.

    As se dio inicio al Congreso Extraordinario el 1 de julio de196148, siendo da sbado.49

    Huascar Cajas, Director de Presencia describa en el editorial,lo que ms tarde sera el carcter de las discusiones del CongresoExtraordinario: El Congreso tena como misin estudiar y sancionarlas reformas constitucionales necesarias para el pas. Pero, adelanta,que la controversia est en si el Congreso Extraordinario tiene facultadespara revisar la Constitucin. Si bien existen razones de utilidad pblicao necesidad de contar con una nueva, no queda claro si los congresistastienen la facultad para ello.

    En la inauguracin, el Presidente del Congreso, Juan LechnOquendo, Secretario Ejecutivo de la Federacin de Mineros, afirmque la Constitucin haba sido reformada de hecho desde 1952 y queslo se dara formalidad a esos cambios. Nuevamente a travs de unDecreto Supremo se convoc a la instalacin y funcionamiento delPoder Legislativo, pero se le seala que debe incorporar en laConstitucin Poltica del Estado el ordenamiento jurdico creado porla Revolucin.

    El H. Congreso Nacional Extraordinario sancion en fecha 31de julio de 1961, y se promulga el 4 de agosto de 1961.

    46 Datos Coleccin Oficial de Leyes, Decretos y rdenes de la Repblica 1956.Pg. 38 a 52. Imprenta Artstica Socabaya. La Paz S/f. Archivo de laVicepresidencia y del Congreso de Bolivia.

    47 El ambiente poltico social del Congreso Extraordinario de 1961 no era de losadecuados. El 21 de febrero de ese ao se haba decretado Estado de Sitio debidoa un complot comunista que se gestaba en las minas y se alentaba por laoposicin poltica. Cientos de dirigentes sindicales mineros, fueron exiliadosa Puerto Villarroel y San Ignacio en el Beni. Tambin fueron exiliados dirigentesferroviarios, universitarios, de los maestros urbanos y hasta 30 parlamentariosde F.S.B. y del MNRA de Walter Guevara, quien tambin estaba exiliado enParaguay.

    El 8 de junio el Poder Ejecutivo dict un nuevo Estado de Sitio y el parlamentodel MNR lo aprob. No haba disidentes en el Congreso Extraordinario quehaba sido convocado para introducir reformas a la Constitucin Poltica delEstado. Por su parte el Ministro de Gobierno afirmaba que haba ordenado a

    nuestros consulados en Santiago, Buenos Aires, Asuncin y Lima a quefaciliten el retorno de los Honorables Diputados y Senadores que deseen asistira las sesiones del Congreso Extraordinario Presencia, sbado 1 de julio de1961. Pg. 5.

    48 Siles transmiti el poder a Paz Estenssoro en agosto de 1960, juntamente conl fue consagrado Vicepresidente Lechn Oquendo.

    49 Con datos extractados de ediciones del peridico Presencia del mes de juliode 1961 y posteriores. Archivo de la Vicepresidencia y del Congreso Nacional.

    4443

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    La reforma a la Constitucin se mantiene sin alteracin enrelacin a la anterior.

    Asamblea Constituyente de 1967

    A esta Asamblea Constituyente se la convoca mediante DecretoLey N 07139 de fecha 30 de abril de 1965. La convocatoria explcita,ya que con anterioridad se haban dictado varios otros decretos parala realizacin de elecciones generales para Presidente y Vicepresidentede la Repblica, Senadores y Diputados. Tambin se sealaba que sehaba aprobado la nueva Ley Electoral a la que se sujetarn el procesoy acto plebiscitario de 31 de octubre. Para que proceda a sancionarlas necesarias reformas constitucionales, el prximo Congreso Nacionalestar integrado por representantes investidos de especfica facultadconstituyente.

    El Consejo de Ministros Decreta: Artculo 2 Los Senadoresy Diputados electos se reunirn en la ciudad de La Paz, el 31 de enerode 1966, en una sola Asamblea que tendr facultades Constituyentesy que sesionar durante los primeros sesenta das con el nico yexclusivo objeto de sancionar las necesarias reformas a la ConstitucinPoltica de 1945 reformada en 1947 (...). Articulo 3 Terminando alos sesenta das el mandato (...) los Senadores y Diputados continuarnsus funciones legislativas ordinarias por el perodo de noventa das.

    Mediante Decreto Ley del 1 de diciembre de 1965 se encargaal Dr. Ciro Flix Trigo la redaccin de un Anteproyecto de ReformasConstitucionales. Y, a continuacin se establece que la Exma. JuntaMilitar de Gobierno lo revisar, a travs de una Comisin creada aese objeto, para luego enviarla a consideracin del prximo CongresoConstituyente.

    El Anteproyecto solicitado de Reformas a la Constitucin fueentregado por el Dr. Ciro Flix Trigo y llevada al Congreso para suaprobacin. Se trata de una reforma sistemtica.50

    Es sancionada el 2 de febrero de 1967 y promulgada en la mismafecha. Es similar a la anterior Constitucin. Y puede ser parcialmentereformada.

    Amparada en una visin histrica, hasta 1967 se puedenclasificar las diferentes reuniones que actuaron como constituyentes.Las siguientes reformas efectuadas a la Carta Magna se las realiz atravs de los Congresos Nacionales de 1994 y 2004. Siguiendo elprocedimiento establecido en la propia Constitucin.

    Conclusiones

    Bolivia, desde que naci a la vida independiente y republicana,ha tenido varios poderes constituyentes. A partir de la fundacin delnuevo Estado, han sido frecuentes las convenciones nacionales queejerciendo poderes constituyentes han sancionado normasconstitucionales.

    De las que acabamos de analizar, podemos resumir diciendoque se convocaron como: a) Congreso General Constituyente en 1826y 1939, b) Congreso Constituyente 1831 y 1947, c) ConvencionesNacionales 1843, 1851, 1880, 1938, 1945, d) Congreso Constitucional

    4645

    50 Despus de la Constitucin de 1861, sta es la Constitucin mejor ordenada.Tiene dos vertientes, la de 1938, con la incorporacin del constitucionalismosocial y la de 1961 con las reformas de la Revolucin Nacional del 52.

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    1834, e) Asamblea Nacional Constituyente 1861, 1868, f) AsambleaConstituyente 1871, 1878, 1967, g) Congreso Nacional Extraordinarioen 1961, y h) Congreso Nacional en 1995, 2004. Del conjunto dereuniones, tanto Asambleas, Congresos y Convenciones, todascambiaron la Constitucin. La diferencia radica en que slo algunastuvieron la misin especfica para ese cometido y cumplan con losrequisitos.

    Entre las que merecen el nombre de Asambleas Constituyentes,de acuerdo a su convocatoria, se encuentra la de 1826, que ejerci elpoder constituyente originario, ya que no estuvo sometida a normasjurdicas preexistentes. Cumpli su misin principal, es decir dot alnuevo estado de su primera Constitucin. Con el mismo rango,posteriormente se realizaron las de 1843, 1851, 1868, 1938, 1947 y1967 porque son convocadas de manera expresa y cumplen los requisitospara ese fin.

    Entre las que se establecieron en Constituyentes, bajo mandatode su convocatoria a definir su carcter tendramos las de 1839 y 1861.Porque de acuerdo a su llamamiento tienen plenos poderes. No slopara cambiar la Constitucin sino para cambiar la suerte del pas.Entre stas debemos mencionar a las que siendo convocadas como tales,adems, se declaran expresamente Constituyentes mediante Ley oDecreto 1839, 1861, 1868.

    Las Asambleas que emergen de las reuniones normales delPoder Legislativo y se declaran a s mismas fueron la de 1831, 1880,1945 y 1961.

    Lamentablemente no se encontaron las convocatorias de 1834,1871, 1878 por lo que no podemos emitir criterio final.

    Del anlisis de las reuniones arriba detalladas, podemos concluirque si bien, hubieron algunas que fueron convocadas con el fin derevisar, modificar o cambiar la Constitucin, se les encomend tambinel tratamiento de otros temas. Ninguna fue convocada exclusivamenteen los trminos que entendemos una Asamblea Constituyente hoy.

    En Bolivia todas las Constituciones prevean un captuloreferente a las modificaciones, lo que hace ver que algunasconstituyentes que existieron en Bolivia, fueron extra-constitucionales, o para expresarlo en la frmula de Kelsen, citadopor Loewenstein51 Existen normas constitucionales anticons-titucionales, cuya anticonstitucionalidad radica en el hecho de que ellegislador haya sobrepasado los lmites internos que le estn impuestospor los valores fundamentales inmanentes a una constitucin?. Loslmites de la reforma Constitucional se los establece a travs de lamisma Constitucin, pero los detentadores del poder -en este caso, loslegisladores- son los encargados de velar por su obra.

    Para terminar y a manera de reflexin acudimos nuevamentea Loewenstein52, quien seala Las reformas constitucionales sonabsolutamente imprescindibles como adaptaciones de la dinmicaconstitucional a las condiciones sociales en constante cambio; perocada una de ellas es una intervencin, una operacin en un organismoviviente, y debe ser solamente efectuada con gran cuidado y extremareserva.

    4847

    51 Loewenstein, Kart, Teora de la Constitucin, Pg. 192 Edit. Ariel, 2d edic.,4., Barcelona, Espaa, 1986.

    52 Ob.Cit.,Pg.199.

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    BIBILIOGRAFIA

    Abecia Valdivieso Valentn,Historia del Parlamento. Editores, Presidencia del CongresoNacional, Segunda edicin, 1999.

    Abecia Valdivieso Valentn,Sucre y la Primera Constitucin. Editada por el Congreso deBolivia, 1994.

    Arnade Charles,La Dramtica Insurgencia de Bolivia. EditorialJuventud, La Paz - Bolivia, 1975.

    Antezana Luis,Prctica y Teora de la Asamblea Constituyente, Editadopor CIMA, La Paz - Bolivia, 2003.

    Trigo Ciro Flix,Derecho Constitucional Boliviano. Editorial, Cruz del Sur,La Paz-Bolivia, 1952.

    Valencia Vega Alipio,Manual de Derecho Constitucional. Editorial Juventud,3 edic. LaPaz-Bolivia, 1982.

    Vaca Dez Hormando,Pensamiento Constitucional Boliviano, 1826-1995. EditorialFondo de Editorial de los Diputados, La Paz-Bolivia, 1998.

    Vaca Dez Hormando,Derecho Electoral Boliviano, 1825-1997, Editorial Fondo deEditorial de los Diputados, La Paz-Bolivia, 1998.

    FUENTES

    Anuarios Administrativos.Anuarios Legislativos.Coleccin Oficial de Leyes y Decretos.Redactores del Congreso.

    5049

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    5251

    EXPERIENCIAS DE ASAMBLEASCONSTITUYENTES EN LA

    REGIN ANDINA

    Luis Verdesoto Custode*

    I. Introduccin

    Los pases andinos han tenido dificultades para reestructurarsus mundos pblicos. Asistimos a la reiterada y casi permanentereconformacin de la esfera pblica asociada a diversos tipos dedisfuncionalidades en la gestin e insatisfacciones ciudadanas. Con susperfiles especficos, esa problemtica se reitera en los Andes del Norte-Venezuela y Colombia - que no entraron a la oleada autoritaria delos aos setenta y que llegaron a la actual inestabilidad institucionalcon retardo, luego de ser los pases ms estables con las democraciasms antiguas de la Regin. Y tambin se repite en los Andes Centrales-Ecuador, Per y Bolivia- que sufrieron distintos tipos de experienciasautoritarias. Sin embargo, en este grupo de pases se diferencian tresmomentos en relacin con la transicin a la democracia y la reformainstitucional.

    En Ecuador, la re-instalacin democrtica a fines de la dcadade los setenta estuvo precedida por un pacto de transicin entre lasFuerzas Armadas y los actores polticos civiles, quienes se habanreconformado relativamente. Este pacto contempl un procedimientoque incluy la adopcin, mediante referndum, de un ordenconstitucional previo a la eleccin de un nuevo presidente. EstaConstitucin, escogida en 1978 de entre dos opciones, dur hasta 1998,en que este pas entr en un proceso constituyente, para dotarse deotra Constitucin. Esta reforma est asociada a la inmersin de Ecuadoren la ms importante crisis de su vida republicana, en cuya respuestase busc cierta modernizacin institucional.

    En Per, la reforma total de la Constitucin fue diferente delproceso ecuatoriano. La reconformacin del liderazgo poltico en lademocracia desemboc en el entonces indito proceso de traslado dela representacin hacia outsiders del sistema institucional, queasumieron un discurso y una prctica anti-poltica conducente haciaun autoritarismo neopopulista. El proyecto fujimorista que asociabaconcentracin de poder y liberalizacin, transform una correlacinlegislativa favorable en una Constituyente domesticada.

    En Bolivia, la re-instalacin democrtica ocurri sin una reformainstitucional sustantiva. Las nuevas correlaciones sociales y polticasoperaron sobre el viejo andamiaje institucional. Este pas, que arriba la democracia mediante el colapso de la dictadura y la liberalizacinoperada desde 1985, aparentemente no precis de reformasconstitucionales integrales, sino parciales y funcionales.

    En los pases andinos ms prximos a Bolivia, los procesosconstituyentes estuvieron asociados con los procesos inconclusos deinstitucionalizacin democrtica (en el sentido nacional que fuese) y

    * Socilogo ecuatoriano, con estudios universitarios y de postgrado en lasUniversidades Catlica de Ecuador y Per y en la Ecole de Hautes Etudes enSciences Sociales de Francia. Profesor, investigador y consultor internacional.Entre sus ltimos libros destacan: Certezas e incertidumbres en la polticaecuatoriana; Temas para una sociedad en crisis; El concepto de lasexperiencias regionales de participacin; El control social de la gestinpblica; Descentralizar, grados de autonoma para fortalecer a la democracia;El proceso constituyente boliviano. A horcajadas entre la nacin y sus partes.

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    5453

    con un modelo de desarrollo asociado a grados diversos de liberalizaciny apertura. Cada pas andino entr al proceso constituyente aspirandoa cubrir determinados objetivos. Los objetivos planteados porsegmentos de la sociedad, con un grado mayor o menor de consenso,no necesariamente concordaron con las capacidades y posibilidadesde las instituciones reformadas. Ms an, se demand a las nuevasinstituciones resultados sin que se hubiesen asentado los hbitos y lasrutinas ciudadanas.

    Mientras en Colombia, el ms antiguo de los procesosconstituyentes andinos, se le demand la consecucin de la paz; enPer se pretendi borrar la conformacin del sistema representativobuscando la re-centralizacin del poder; en Ecuador, se busc que laConstituyente detuviese a la crisis; y, en Venezuela, un rediseo delas decisiones congruentes con el proceso de la revolucinbolivariana, que implic la concentracin de funciones en torno a unliderazgo emergente.

    Como se puede desprender, los casos de objetivos pragmticosde centralizaciones decisionales fueron ms exitosos (evaluados desdelos objetivos propuestos); mientras que en los casos ligados a las crisis,los objetivos superaron ampliamente a las causas institucionales. Dichode otro modo, mientras el objetivo que se plantea para una Constituyentepermanece en el plano institucional, existe una posibilidad mayor decumplirlo; siendo que cuando el objetivo corresponde a causas querebasan lo institucional y tienen races estructurales ms profundas,el proceso es de xito dudoso.

    Sin embargo de lo anterior, los dos pases cuyos objetivos nofueron cubiertos, probablemente lograron textos constitucionales mscoherentes y con grados mayores de modernidad conceptual. A su vez,en la representacin social, las formulaciones de los captulos de

    derechos y de la concrecin institucional en un Estado y una economasociales, pueden haber sido ms exitosos pero menos visibles.

    Desde la ptica del anlisis social de la elaboracinconstitucional puede sealarse que la redefinicin de lo pblico-institucional a travs de las Asambleas Constituyentes se hatransformado en un ritual de reconformacin de niveles de comunidadpoltica nuevos y olvidados. La participacin en este ritual permiteconstatar la aptitud y contenido con que los actores contribuyen alacuerdo social.

    Los casos andinos estimulan para que la nueva Constitucinque se elabore en Bolivia asuma a plenitud su carcter de ritual dereconformacin de comunidad poltica reelaborar los trminos deconvivencia, los intereses, los objetivos y el destino comunes y elsentido de pertenencia y lo expresen en diversos grados de abstraccin.

    II. Las lecciones andinas

    Bolivia comparte muchos problemas con las naciones andinas.Los puntualizamos.

    La generalizacin de la pobreza. La profunda desestructuracindel tejido social ha exacerbado a los conflictos. Los sistemas socialy poltico de nuestros pases presentan un profundo vaco institucional.El mundo pblico est conformado por una masiva informalidad. Ladisfuncionalidad e ineficiencia del Estado para contener a la pobrezahan conducido hacia reiteradas crisis.

    La prdida de legitimidad de la democracia. La apata de laciudadana hacia el mundo pblico crece, siendo ms pronunciada an,

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    5655

    la apata hacia la poltica. En contrapartida, crece la aceptacin alos gobiernos fuertes, mientras que la democracia queda reducidaa slo la produccin de satisfactores econmicos.

    El cuestionamiento a las instituciones. Las institucionesaparecen como ineficaces frente a la pobreza y para la representacinde la diversidad social.

    La ingobernabilidad. Los indicadores internacionales muestran,por un lado, inestabilidad poltica en todos los pases andinos. Lainestabilidad se representa en la frecuencia de los cambiosgubernamentales por fuera de las instituciones; y, por otro lado, lainestabilidad econmica puede ser mirada en la debilidad delcrecimiento andino de la dcada pasada. As, la gobernabilidad serefugia en sus dimensiones de seguridad antes que en el desarrollohumano.

    En suma, el denominador comn es la creciente desafeccina la poltica cuya manifestacin ms visible es la crisis de los partidospolticos y cuya manifestacin ms opaca es la crisis de las restantesinstituciones del rgimen poltico y territorial.

    En qu consiste la crisis de los partidos polticos en AmricaAndina? De un lado, no se ha llegado al sistema de partidos aspiradosea porque son muchos o porque son poco representativos. De otrolado, el retiro de la confianza ciudadana al mecanismo de la delegacin,que en Bolivia se expresa como una inmensa desconfianza en lasinstituciones.

    La forma de partido no se ha modernizado y permanece ancladaen ofertas abstractas de economas de bienestar de referencia estatal.

    Los partidos se tecnoburocratizaron y se convirtieron en asientos dela corrupcin. Adems, perdieron relacin con la sociedad y asociarona la poltica solamente con el Estado.

    Los roles de los partidos se han debilitado. En especial, lafuncin de garantizar, desde la poltica, las condiciones nacionales parauna eficiente articulacin internacional. La rearticulacin del Estadocon el mercado no se refleja en los programas y las prcticas de lospartidos. En suma, la globalizacin ha rebasado a los partidos.

    Adems, el tema emergente en los Andes es el componentetnico en la poltica. Los Estados andinos tienen cuestiones nacionalessin resolver, esto es, sin articular democrticamente a las distintasvertientes nacionales. Los proyectos nacionales siguen en formacinpero ahora inmersos en una globalizacin, que no los estimula. Elcomponente tnico impide un diseo de la democracia basada eninstituciones convencionales.

    Es posible crear lneas de confianza entre partidos y sociedadcivil, especialmente con la sociedad indgena? Es posible que de esaconfianza emerja una actitud cooperativa? La respuesta estar en unaConstitucin que disee instituciones estatales y sociales como puentesintertnicos entre las formas liberales y las formas comunales degobernabilidad.

    El reto es que los ciudadanos encuentren, para el Estado y lasociedad, una relacin no desptica y con garantas para las libertadesciviles. La responsabilidad central de todos los grupos sociales consisteen evitar las asociaciones negativas entre democracia y crisis, crisisy derechos civiles, democracia y etnicidad.

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    5857

    III. Qu Constitucin se aspira o se necesita?

    Como se mencion en la Introduccin, los casos andinosestimulan para que la nueva Constitucin que se elabore en Bolivia,sea un ritual de reconformacin de la comunidad poltica. Obviamente,deber tenderse a una Constitucin que sea efectivamente la Ley deLeyes y, por ello, invocacin a principios normativos generales. Pero,como se trata de una Constitucin ubicada en un pas real y dividido,que no ha logrado hasta ahora superar las desconfianzas bsicas entresus actores, seguramente ser un texto combinado de ausencias ypresencias, principios y normas reglamentarias, de registro del presentey de denuncia de aspiraciones.

    Se trata de hacer la Constitucin que corresponda al pas sobreel que acta. La Constitucin no debe dibujar a la sociedad ideal sinoa las instituciones correspondientes a la sociedad real. El diagnosticarlos problemas del pas permite disear instituciones que gobiernen losprocesos reales de la sociedad y de la economa. El centro del procesoconstituyente consiste en determinar bajo qu reglas los bolivianospueden vivir juntos.

    La Constitucin debe contener un nuevo equilibrio entrefunciones estatales, el que debe estimular a la corresponsabilidadciudadana. El equilibrio y la corresponsabilidad son la expresin delgrado de acuerdo poltico de una sociedad. La Constitucin cristalizael compromiso de los ciudadanos de, por un lado, reconocer derechos;y, por otro lado, aceptar mecanismos de gobernabilidad. La Constitucinno debe ser expresin del subjetivismo jurdico (v.g. prohibir a losbolivianos ser pobres) ya que no es una respuesta de desarrollo.

    Los efectos esperados de la nueva Constitucin son lainstitucionalizacin de la diversidad social; la relegitimacin de la

    poltica y del servicio pblico sobre la base de la transparencia; y, lagobernabilidad entendida como estabilidad institucional que permitela distribucin adecuada de recursos. Su caracterstica principal debeser la coherencia. La coherencia no se consigue exclusivamente en elmbito ideolgico sino fundamentalmente en el adecuado diseoinstitucional.

    La incoherencia conduce a la ingobernabilidad y a laprolongacin de la crisis. Las consecuencias de un procesoconstitucional abortado o de una Constitucin excesivamentedefectuosa son debilitar an ms a la autoridad, incrementar laconflictividad y, en el caso boliviano, dejar inconclusa la transicinque vive el pas.

    La participacin diferencia a los procesos constituyentesactuales, de aquellos pasados y dominados por el constitucionalismosocial. La entrada ciudadana en la conformacin del bien pblicose diferencia radicalmente del sentido corporativo, que en nuestrospases es de herencia colonial. Bolivia es un buen caso para examinarla forma y el grado de la transicin del pasado corporativo hacia unaforma ciudadana.

    En la Bolivia de hoy, el nfasis central es la representacin,en torno a la cual, los actores deben concertar. En los pases andinos,la participacin puede devenir en poder desparramado en las callese impedir una buena resolucin del proceso constituyente. Laparticipacin y la representacin en el proceso constituyente debenintegrarse bajo la cobertura de la nacin y mediante la revaloracinde la poltica.

    Finalmente, el producto real del proceso es una ConstitucinPoltica del Estado, esto es, los acuerdos polticos de la nacin

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    6059

    cristalizados institucionalmente como Estado. Existen muchasincomprensiones acerca de los procesos constituyentes. Quienes seoponen, argumentan, que la reforma institucional debe reducirse a laregulacin econmica, la crisis econmica no precisa de reformaconstitucional para superarla y las reformas del Consenso deWashington no requirieron de cambios constitucionales.

    Sin embargo, cabe afirmar que la Constitucin boliviana vigentepresenta poca correlatividad institucional con el modelo de desarrollo.Desde el punto de vista tcnico, la Constitucin tiene una estructuradisfuncional y desde el punto de vista poltico ha consagrado muytmidamente a los avances ciudadanos.

    La Asamblea Constituyente tiene la gran tarea de refundar alas instituciones polticas de Bolivia. No puede ser medida ni evaluadadesde ningn otro mbito. Sin embargo, s es posible afirmar queinstituciones constitucionales bien diseadas permitirn al pasacercarse a la solucin de problemas del desarrollo; e, institucionesmal diseadas alejarn al pas de esas soluciones.

    IV. Dinmica y consecuencias de la Asamblea Constituyente

    Los resultados esperados de la Asamblea Constituyente son,en el plano del texto, contar con una Carta Poltica coherente, modernay expresiva de la agenda institucional de Bolivia. En el plano social,debe restablecer los intercambios positivos entre los distintos segmentosy grupos. En el plano poltico, debe restituir la confianza que permitala reinstalacin de la poltica y el funcionamiento del sistema.

    Miradas desde sus resultados, las Asambleas han sido procesosde re-estructuracin jurdica, a escala constitucional, ms o menos

    general, de las instituciones estatales y sociales. Las Constituyentespretenden resolver cuestiones estructurales y coyunturales medianteuna agenda, la misma que puede ser ms o menos debatida pblicamente.La experiencia regional, asimismo nos muestra el fracaso de los intentospor imponer o condicionar una agenda, con inducciones o limitacionesa la Constituyente. Las instancias encargadas de la justiciaconstitucional o, en su defecto, la misma Asamblea, una vez reunida,anulan estos intentos.

    El razonamiento jurdico-poltico que se esgrime es irrebatible.El mandante primario, que da origen a la Asamblea, no puede tenerlimitaciones surgidas de delegados. De este modo, se ratifica el carcterde poder primario de la Constituyente y se zanjan las disputas acercade sus limitaciones atribuibles a su supuesto origen en un poderderivado.

    Las Asambleas pueden asumir atribuciones surgidas de surepresentacin soberana y directa del pueblo. Por ejemplo, laformulacin de su propio Estatuto, la duracin de sus funciones queen casos de necesidad se ha prolongado por perodos cortos o lacesacin de las actividades del Congreso. Esta ltima atribucin hasido ejercida en caso de conflicto, bajo el argumento de obstruccina las tareas constituyentes y la necesidad de dar curso inmediato alnuevo diseo. La mera disolucin del Congreso, que fue la excepcinen los pases del rea, dio lugar a una experiencia de dictaduracamuflada.

    Durante el perodo en que est reunida una Constituyente, sesuele tener como posibilidad tanto a la interrupcin de la democraciacomo a su verificacin plena. Pero el resultado ha sido transicionespoco traumticas hacia el nuevo sistema institucional, sin mayoresinterferencias a la gestin cotidiana.

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    6261

    Tambin se suele argumentar que la Asamblea Constituyentees innecesaria. Por un lado, se plantea que la actual Constitucin, sinreformas, es una cobertura legal suficiente para la modernizacinestatal. Por otro lado, se especula que el proceso constituyente provocainestabilidad e inseguridad.

    Obviamente, la reforma constitucional total es un ejercicio desoberana nacional que no atenta contra la seguridad jurdica sino quela debe perfeccionar. Adems, la inversin externa tiene sus ciclos,que no pasan por la reforma constitucional de un pas.

    La Constituyente se parece a un Parlamento. Pero se diferenciaen que est sujeta a una mayor censura social por su eficiencia. LaAsamblea no tiene un poder concreto ya que no hace gestin pblica,pero se encuentra acechada por muchas presiones para asumir facultadesextras.

    El origen de los lderes que hacen de constituyentes pesa enla calidad de las deliberaciones. La calidad de los constituyentespermitir conducir las presiones polticas y sociales, tanto como evadira las tentaciones a las que estn sujetos. Por definicin, unconstituyente es un hombre/mujer de Estado.

    V. Las funciones del Estado y la Asamblea Constituyente

    Los conflictos entre los poderes estatales constituidos y lasConstituyentes se reiteran en su forma y en su contenido. En ningncaso, las actitudes no colaborativas entre las funciones del Estado,contribuyen al xito del proceso constituyente. La experiencia muestraque las relaciones entre la Asamblea Constituyente y el Congreso se

    mueven entre la colaboracin a la ausencia de relacin y pueden llegarhasta el conflicto.

    La colaboracin es la situacin ptima. Consiste en formularlos mejores instrumentos jurdicos con criterio nacional y en allanarlos obstculos polticos. El Congreso Nacional debe aclarar losconceptos del proceso constituyente y someter a la opinin pblicasus principales compromisos. Debe llegar a acuerdos con la FuncinEjecutiva acerca de la mejor forma de colaboracin con las laboresconstituyentes. Al igual que el Ejecutivo, el Congreso deber prepararinstrumentos tcnicos que permitan apoyar a los Constituyentes en losprincipales temas de la agenda. Estos instrumentos deben establecerrangos de sugerencias y, en ningn caso, condicionamientos.Obviamente, tambin deben apoyar a la concertacin social y poltica.

    La ausencia de relacin entre el Congreso y la Constituyenteanuncia un conflicto potencial. La colaboracin puede tener un ampliorango. Evitar la colaboracin o negarla, adems de incumplir un espritude la misma legislacin, implica generar tensiones institucionalesdentro del Estado. Los conflictos surgen cuando el Congreso compitedesde el mbito legislativo (produccin de leyes o anticipa reformasconstitucionales) con la Asamblea; cuando los partidos o agrupacionescon representacin parlamentaria y constituyente no tienen posicionescoherentes; y, no existen claras mayoras legislativa y constituyente.El rol del Congreso debera limitarse a la expedicin, bajo suresponsabilidad, de la Ley de Convocatoria de la Asamblea. LasAsambleas celebradas en la Regin muestran que los conflictos seresuelven mediante la autoregulacin de los Congresos.

    Los conflictos de la Asamblea Constituyente con el Ejecutivose presentan cuando ste trata de condicionar a la Asamblea con

  • "OPINIONES Y ANALISIS""OPINIONES Y ANALISIS"

    6463

    informacin, una agenda de temas o mediante el presupuesto. Laexperiencia muestra que la Asamblea puede prescindir o no pretenderningn rol del Ejecutivo en el proceso.

    El Ejecutivo se debe limitar a ser facilitador de la informacinnecesaria para las decisiones de la Constituyente. Conceptual yjurdicamente, el Ejecutivo no tiene ninguna funcin en la AsambleaConstituyente. Pero, como es obvio, se debe buscar una relacin derespeto y colaboracin entre funciones estatales, bajo la comprensinde que la Asamblea Constituyente, en el perodo en que est reunida,asume un rol principal como funcin extraordinaria del Estado.

    Las experiencias muestran que la inteligencia poltica delEjecutivo est a prueba durante la Asamblea. Las agrupaciones querespalden al Ejecutivo pueden estar en mayora dentro de la Asamblea,ser una minora o simplemente no tener representacin en la Asamblea.En ninguno de estos casos, se pone en peligr