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ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA EL...

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AMC N° 005-2012-IGP - “ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA EL IGP” – PRIMERA CONVOCATORIA ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 005-2012-IGP POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL PRIMERA CONVOCATORIA (DERIVADO DE ADS N° 001-2012-IGP) ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA EL IGP” 2012
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AMC N° 005-2012-IGP - “ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA EL IGP” – PRIMERA CONVOCATORIA

ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 005-2012-IGP POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL

PRIMERA CONVOCATORIA

(DERIVADO DE ADS N° 001-2012-IGP)

“ ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA

EL IGP”

2012

AMC N° 005-2012-IGP - “ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA EL IGP” – PRIMERA CONVOCATORIA

ADJUDICACION DE MENOR CUANTÍA Nº 005-2012-IGP “ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA EL IGP”

POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL - Primera Convocatoria

CAPITULO I

GENERALIDADES 1.1 ENTIDAD CONVOCANTE:

Nombre: INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU RUC Nº: 20131367008

1.2 DOMICILIO LEGAL: Calle Badajoz Nº 169 Urb. Mayorazgo IV Etapa – Distrito de Ate – Lima

1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA: El presente proceso de selección tiene por objeto el Suministro de combustible para los vehículos del Instituto Geofísico del Perú, de acuerdo al siguiente detalle:

Ítem Descripción U.M. Cantidad

01 DIESEL B-5 S50 PARA LA SEDE DE MAYORAZGO Galón 2,508

02 GASOHOL 90 PLUS PARA LA SEDE DE MAYORAZGO Galón 1,188

03 DIESEL B-5 S50 PARA LA SEDE DE JICAMARCA Galón 3,000

04 GASOHOL 90 PLUS PARA LA SEDE DE JICAMARCA Galón 4,800

1.4 CODIGO DE ACUERDO AL LISTADO DE BIENES COMUNES

Ítem Código Descripción Comercial Denominación Técnica

Documento de aprobación

1 1510150500233280 DIESEL B5 S-50 DIESEL B5 S-50 RESOLUCIÓN Nº 152-2011-OSCE/PRE

2 1510150600146103 GASOHOL 90 PLUS GASOHOL 90 PLUS

RESOLUCIÓN Nº 511-2010-OSCE/PRE

3 1510150500233280 DIESEL B5 S-50 DIESEL B5 S-50 RESOLUCIÓN Nº 152-2011-OSCE/PRE

4 1510150600146103 GASOHOL 90 PLUS GASOHOL 90 PLUS

RESOLUCIÓN Nº 511-2010-OSCE/PRE

1.5 VALOR REFERENCIAL:

El valor referencial asciende a S/. 162,570.60 (Ciento SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA CON 60/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien, de acuerdo al siguiente detalle. El valor referencial ha sido calculado al mes de Mayo 2012.

Ítem Descripción Comercial U.M. Cantidad Valor

Referencial Unitario (S/.)

Valor Referencial Total (S/.)

1 DIESEL B5 S-50 Galón 2,508 13.73 34,434.84

2 GASOHOL 90 PLUS Galón 1,188 14.52 17,249.76

3 DIESEL B5 S-50 Galón 3,000 13.73 41,190.00

4 GASOHOL 90 PLUS Galón 4,800 14.52 69,696.00

Total (S/.) 162,570.60

AMC N° 005-2012-IGP - “ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA EL IGP” – PRIMERA CONVOCATORIA 1.6 DECREMENTO MINIMO:

Ítem Descripción Comercial Precio Total (S/.)

Valor Monetario del Decremento Mínimo (S/.)

1 DIESEL B5 S-50 34,434.84 34.44

2 GASOHOL 90 PLUS 17,249.76 17.25

3 DIESEL B5 S-50 41,190.00 41.19

4 GASOHOL 90 PLUS 69,696.00 69.70

1.7 EXPEDIENTE DE CONTRATACION:

El expediente de contratación ha sido aprobado mediante Resolución de Presidencia Nº 114-IGP/12 del 25 de Mayo de 2012.

1.8 FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Recursos Ordinarios y Donaciones y Transferencias

1.9 SISTEMA DE CONTRATACION: El presente proceso se rige por el sistema de suma alzada de acuerdo a lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.10 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO: El requerimiento está definido en el Capítulo V de las presentes bases.

1.11 BASE LEGAL: • Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. • Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año 2012 • Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y sus modificaciones. • Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-

EF, y sus modificatorias. • Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. • Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información

Pública, aprobado por D.S. Nº 043-2003-PCM. • Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28015, Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña y

Microempresa, aprobado por D.S. Nº 007-2008-TR. • Resolución de Contraloría General de la República Nº 0320-2006-CG - Normas Técnicas de

Control Interno para el Sector Público. • Directiva Nº 006-2009 OSCE/CD que contiene los lineamientos para la aplicación de la modalidad

especial de selección por subasta inversa. Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas de ser el caso.

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CAPITULO II

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

ETAPA FECHAS

Convocatoria 04/06/2012

Registro de participantes

Del 05/06/2012 al 12/06/2012 De 8:30 a 17:00 horas

En la Dirección de la Dirección de Logística del IGP, Calle Calatrava Nº 216 Urb. Camino Real – Distrito de La Molina – Lima

Presentación de Propuestas Puja y Otorgamiento de la Buena Pro

13/06/2012 En la Sala de Usos Múltiples (SUM) del IGP, Calle Badajoz Nº

169 Urb. Mayorazgo IV Etapa – Distrito de Ate – Lima 15:00 Horas

2.2 CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 92º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

2.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (01) día antes de la fecha prevista para el acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, de conformidad con lo establecido en el artículo 95º del Reglamento. La persona natural o jurídica que desee participar en un proceso de selección, deberá registrarse como participante conforme a las reglas establecidas en las Bases, para cuyo efecto acreditará estar con inscripción vigente en el RNP conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 95º del Reglamento. El registro de los participantes se realizará en la Dirección de Logística del IGP, Calle Calatrava Nº 216 Urb. Camino Real – Distrito de La Molina – Lima, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 17:00 horas, la inscripción es gratuita. Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono. De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse.

2.4 PRESUNCION DE CUMPLIMIENTO

Conforme al artículo 93° de EL REGLAMENTO de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, se presume que los bienes ofertados cumplen con las características de la Ficha Técnica y con las condiciones previstas en el Capítulo IV de las presentes Bases.

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2.5 ACTO PUBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS PUJA Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO.

Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditadas ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (según Formato Nº 01). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal o apoderado. El representante legal acreditará tal condición con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo, y en el caso del apoderado, será acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que acredite la condición de éste. En ambos casos, en la carta poder debe establecerse la representación para formular propuestas, efectuar lances y para ejercer todos los demás actos inherentes a la Subasta Inversa Presencial durante el acto público.

El acto público se llevará a cabo en la Sala de Usos Múltiples (SUM) del IGP, Calle Badajoz Nº 169 Urb. Mayorazgo IV Etapa – Distrito de Ate – Lima a las 15:00 Horas, y se iniciará cuando el Presidente del Comité y con la participación de un Notario Público, haga un recuento detallado de las reglas que la normativa establece para desarrollar cada uno de los siguientes actos sucesivos: - Acreditación de participantes. - Presentación de propuestas. - Clasificación de propuestas - La puja. - Determinación de puntajes. - Otorgamiento de la Buena Pro

A continuación el Presidente del Comité invitará a los participantes a formular preguntas sobre el proceso en general, debiendo absolverlas de inmediato. Cualquier desacuerdo que pudiera surgir en torno a las respuestas no dará lugar a procedimiento de reclamo alguno. La presentación de propuestas por parte de un postor significa su conformidad con las respuestas dadas a las consultas. El Acto Público es uno solo y una vez iniciado, no puede suspenderse, salvo caso fortuito o fuerza mayor.

2.6 ACREDITACIÓN DE PARTICIPANTES

El Presidente del Comité Especial comenzará a llamar a los participantes en el orden de registro, las personas naturales concurren personalmente o a través de su representante debidamente acreditadas ante el Comité Especial mediante carta poder simple. Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal o apoderado El representante legal acreditará tal condición con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo, y en el caso del apoderado, será acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que acredite la condición de éste. En ambos casos, en la carta poder debe establecerse la representación para formular propuestas, efectuar lances y para ejercer todos los demás actos inherentes a la Subasta Inversa Presencial durante el acto público.

2.7 PRESENTACION DE PROPUESTAS

El presidente del Comité llamará a todos los participantes en el orden en que fueron inscritos con la finalidad que presenten sus propuestas en dos (02) sobres de los cuales el primero es denominado sobre Nº 1 Sobre de Habilitación, contendrá la documentación que habilite al postor a participar (en caso se omita la presentación de alguno de los documentos solicitados en las bases se procederá a la descalificación automática del postor) y contendrá un (1) original y una (1) copia y el segundo sobre Nº 2 Propuesta Económica contendrá la oferta económica por el ítem al que se presente, un (1) original.

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La Propuesta Económica, debe incluir todos los conceptos que inciden en el costo del bien a adquirir materia del presente proceso de selección, expresado en nuevos soles y hasta dos decimales.

Las propuestas deben estar foliadas enumeradas en orden correlativo, además cada sobre deberá estar rotulado y estar dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 005-2012-IGP PARA LA “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA EL IGP” POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL, conforme al siguiente detalle: SOBRE Nº 1: Sobre de habilitación. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Los formatos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio para el mismo ítem. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido.

2.7.1 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS.

Se presentarán en un (01) original y una copia.

Señores Instituto Geofísico del Perú Att.: Comité Especial

Adjudicación de Menor Cuantía Nº 005-2012-IGP, por Subasta Inversa Presencial. Objeto del proceso: “Adquisición de Combustible para el IGP”

SOBRE Nº 01: SOBRE DE HABILITACION NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

Señores Instituto Geofísico del Perú Att.: Comité Especial

Adjudicación de Menor Cuantía Nº 005-2012-IGP, por Subasta Inversa Presencial. Objeto del proceso: “Adquisición de Combustible para el IGP”

SOBRE Nº 02: PROPUESTA ECONOMICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

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SOBRE Nº 1 – SOBRE DE HABILITACIÓN:

Documentación de presentación obligatoria: 1. Copia simple de la Constancia vigente de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores:

Capitulo de Bienes. 2. Declaración Jurada de datos del postor. Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada

será presentada por cada uno de los consorciados - Anexo Nº 01. 3. Declaración Jurada del postor de acuerdo al Artículo 42° del Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado - Anexo Nº 02. 4. Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el

domicilio común y el porcentaje de participación. Anexo Nº 03 La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

5. Copia Simple de la Autorización para la comercialización de combustibles, otorgado por la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas que autoriza el transporte y comercialización de combustible ó Copia simple de la constancia expedida por la Dirección General de Hidrocarburos (DGH) del MEM. No se aceptarán constancias de trámite ni semejantes.

6. Copia del Registro y autorización para la comercialización en el mercado interno del producto ofertado expedido por el Organismos Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN).

La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la propuesta.

SOBRE Nº 2 - PROPUESTA ECONÓMICA:

a. El Sobre Nº 2 deberá contener el valor total de la oferta económica, en nuevos soles,

debiendo indicarse el precio ofertado en función al valor referencial total establecido en las Bases, y deberá expresarse hasta con dos (2) decimales.

La Oferta económica deberá incluir todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, costos laborales, conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro costo que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar. Por lo tanto, la Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. Anexo Nº 04.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales deberán ser expresados hasta con dos decimales.

b. Garantía de seriedad de oferta (1.5 % VR): Carta Fianza por un monto de:

Ítem 1: Declaración Jurada de Seriedad de Oferta. Ítem 2. Declaración Jurada de Seriedad de Oferta. Ítem 3. Carta Fianza por S/. 617.85 (Seiscientos diecisiete con 85/100 Nuevos Soles). Ítem 4. Carta Fianza por S/. 1,045.44 (Un mil cuarenta y cinco con 44/100 Nuevos Soles). El plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a dos (2) meses computados a partir del día siguiente de la presentación de las propuestas. La garantía que debe presentar el contratista deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa bajo el ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

2.8 APERTURA DE PROPUESTAS

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Una vez presentadas todas las propuestas, el Comité Especial abrirá los sobres de habilitación de cada uno de los postores, para verificar la presentación de la totalidad de la documentación exigida en las Bases. De omitirse la presentación de algún documento, se procederá a la descalificación de la propuesta.

Acto seguido, el Comité Especial abrirá cada uno de los sobres que contienen las propuestas económicas de los postores habilitados, anunciando los montos ofertados y los anotará en la pantalla, a través de un sistema informático, o directamente en la pizarra, ordenándolos de menor a mayor y garantizando la perfecta visualización y seguimiento por parte de los asistentes. En los procesos de selección según relación de ítems, apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas y el procedimiento previsto en los numerales siguientes de la presente directiva, hasta el otorgamiento de la Buena Pro respectiva, se realizará ítem por ítem de manera sucesiva.

2.9 CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS

Solamente, clasificarán para participar en el periodo de puja, el postor que haya ofrecido el menor precio o costo y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más del diez por ciento (10%). Si una vez realizado dicho corte, no hubieran clasificado para participar en el período de puja tres (03) o más postores, incluido el del menor precio o costo, se seleccionará a los que hubieran ofrecido los tres (03) menores precios o costos, cualesquiera que sean los montos ofrecidos y el número de postores q los ofrecieron.

En caso que sólo existieran dos (02) propuestas válidas, la puja se realizará con la participación de dichos postores.

En caso que dos (02) o más postores hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos ellos clasificarán al período de puja, sin embargo, deberá realizarse un sorteo entre ellos para establecer el orden requerido para el periodo de puja.

2.10 PERIODO DE PUJA

Solamente los postores que hubieran sido clasificados, de acuerdo a lo establecido en el numeral anterior, podrán participar en el período de puja realizando lances verbales, debiendo contemplar necesariamente el valor monetario fijado como decremento mínimo, aplicado al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento.

Durante el periodo de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallan en plena competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectada por el Comité Especial o el Notario Público o Juez de Paz, será considerada como un acto de concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los postores implicados.

El Presidente del Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio o costo a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio o costo. Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento.

Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no mas de tres (03) minutos para dar una respuesta; de lo contrario, se le tendrá por desistido. El Comité Especial proveerá de un sistema de control de tiempo que sea visible para todos los participantes.

El período de puja culmina cuando se ha identificado el precio o costo más bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguir efectuando nuevos lances.

2.11 OTORGAMIENTO DE BUENA PRO

Una vez culminado el periodo de puja, se establecerá el orden de prelación de los postores en función al último precio o costo ofrecido y se otorgará la buena Pro al postor que haya ofrecido el precio o costo más bajo.

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Para otorgar la Buena Pro, el Comité Especial verificará que por lo menos haya dos (02) propuestas válidas, caso contrario el proceso se declarará desierto.

En caso de empate el otorgamiento de la Buena Pro se efectuara a través de sorteo en el mismo acto de acuerdo al Art. 95º del Reglamento.

2.12 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Se entenderá que la Buena Pro quedará consentida el día de su otorgamiento, si otorgada la Buena Pro del proceso o ítem, ningún postor hubiera dejado constar en actas su intención de impugnar el proceso.

2.13 ACTOS POSTERIORES AL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

Para los actos posteriores al otorgamiento de la Buena Pro, el recurso de apelación deberá interponerse dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar, tal como lo señala el Art. 95 del Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado

2.14 RECURSOS IMPUGNATIVOS

Las discrepancias que surjan desde la convocatoria hasta la celebración del contrato inclusive, podrán dar lugar a la interposición del recurso de apelación ante el Titular de la Entidad o el Tribunal, según corresponda, debiendo cumplirse los requisitos y garantías establecidos en la Ley y el presente reglamento. El Titular de la Entidad o el Tribunal, deberán resolver dentro del término no mayor de diez (10) días hábiles de admitido el recurso, salvo que hubiese requerido información adicional, en cuyo caso deberá pronunciarse dentro del término de quince días hábiles, tal como lo indica el Art. 94 del Reglamento.

2.15 SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCION

Mediante recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato. En aquellos procesos de selección cuyo valor referencial no supere las seiscientas Unidades Impositivas (600 UIT), el recurso de apelación se presenta ante la Entidad que convoco el proceso de selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad. En caso que el valor referencial del proceso de selección sea igual o superior a seiscientas unidades Impositivas y Tributarias (600 UIT), el recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal. En los procesos de selección según relación de ítems, el valor referencial total del proceso determinará ante quien se presentara el recurso de apelación. Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal.

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CAPITULO III

SUSCRIPCION DEL CONTRATO 3.1. DE LOS CONTRATOS

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo establecido en las bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor de diez (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes documentos en la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad, del IGP, sito en Calle Badajoz Nº 169 Urb. Mayorazgo IV Etapa – Distrito de Ate – Lima. � Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, emitido por OSCE, para el caso de los Ítems N° 3 y 4.

� Garantía de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de la propuesta, para el caso de los Ítems N° 3 y 4, Carta fianza, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la entrega del bien.

� Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso. � Copia de DNI del Representante Legal; � Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa, con una vigencia máxima de 03 meses;

� Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado; � Copia del RUC de la empresa. � Código de Cuenta Interbancario (CCI), de corresponder (Anexo 05)

3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO

La vigencia del contrato para el caso de todos los ítems se extenderá desde el día siguiente de la suscripción de contrato y hasta que se consuma la totalidad del suministro o en su defecto 12 meses.

3.3 DE LAS GARANTIAS

El único medio de garantía que debe presentar el contratista es la carta fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando haya sido emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

GARANTIA DE SERIEDAD DE OFERTA Los postores deberán presentar la garantía de seriedad de oferta a efectos de garantizar la vigencia de su oferta, según el monto establecido en las presentes Bases.

El postor que resulte ganador de la Buena Pro y el que ocupó el segundo lugar están obligados a mantener su vigencia hasta la suscripción del contrato.

Luego de consentida la Buena Pro, la Entidad devolverá las garantías presentadas por los postores que no resultaron ganadores de la Buena Pro, con excepción del que ocupó el segundo lugar y de aquellos que decidan mantenerlas vigentes hasta la suscripción del contrato.

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El plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a dos (2) meses computados a partir del día siguiente de la presentación de las propuestas. Esta garantía puede ser renovada.

GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

Previamente a la firma del contrato, el postor ganador de la buena pro deberá entregar a la Entidad una Carta Fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista, en caso de bienes o servicios.

Tratándose de contratos de suministro periódico de bienes, alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto total del contrato.

GARANTÍA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste, junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.

3.4 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164º del Reglamento.

3.5 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del bien requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento.

De acuerdo con los artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

CONDICIONES TECNICAS

3.6 INFORMACIÓN TÉCNICA. Las especificaciones técnicas de los bienes convocados por el Instituto Geofísico del Perú, se encuentran establecidas en la Fichas Técnicas aprobada por el OSCE. Por un criterio de economía y atendiendo a los intereses del Instituto Geofísico del Perú, es preferente que los Grifos estén ubicados en zonas de fácil acceso o cercanas a las Sedes del Instituto Geofísico del Perú.

El Jefe de Almacén conjuntamente con el área usuaria se encargarán de dar conformidad del bien recibido, de acuerdo a lo dispuesto en las presentes bases y en la ficha técnica, debiendo verificar la calidad y cumplimiento de las condiciones contractuales, y realizar las pruebas necesarias para dar su conformidad, asimismo, deberá aplicar las penalidades en caso de que el contratista se hiciera acreedor de alguna multa o sanción.

De existir observaciones en el suministro exigirá su subsanación inmediata. La recepción conforme no enerva el derecho a reclamo posterior por defectos o vicios ocultos.

CONDICIONES BASICAS DEL SUMINISTRO CONTRACTUAL � El suministro se realizará en las Estaciones de Servicios que el postor indique en su propuesta técnica,

hasta por el monto establecido en el contrato u orden de compra mensual.

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� El contratista será responsable ante el Instituto Geofísico del Perú, por los daños o desperfectos que pudiera ocasionar a los vehículos el suministro de combustible adulterado u otra sustancia diferente a las solicitadas. El contratista se hará cargo en su totalidad del gasto que ocasione el mantenimiento o reparación del vehículo, si no lo hiciera en el término de diez (10) días calendario, el Instituto Geofísico del Perú, descontará de uno o más pagos que corresponda el valor de la reparación y podrá ser causal de resolución del contrato por incumplimiento.

���� El Contratista (abastecimiento en Grifo), verificará que la dotación de los combustibles se realice

exclusivamente en los vehículos del Instituto Geofísico del Perú, según detalle de la flota vehicular que hará llegar la Dirección de Logística al proveedor adjudicado.

���� En el supuesto que ocurriese un caso fortuito o de fuerza mayor, el contratista está obligado a comunicar formalmente al Instituto Geofísico del Perú dicha ocurrencia, pudiendo en este caso prorrogarse el plazo de entrega del combustible.

���� El proveedor deberá proporcionar los cupones o vales pre numerados, donde cada vale deberá indicar

la cantidad de galones de combustible suministrado a los vehículos. Estos cupones o vales deberán ser llenados con los datos de los vehículos y firma del chofer del vehículo, además deben contar con los vistos del responsable del área usuaria, así como firma y sello del Responsable del Almacén.

���� Los vehículos del Instituto Geofísico del Perú, se aproximarán a la(s) estación(es) de servicio con los

respectivos cupones o vales de combustible debidamente llenados, los cuales serán entregados al(os) encargado(s) de las máquinas surtidoras de combustible, luego de suministrar el combustible de los vehículos, el o ellos emitirá(n) un comprobante de pago o voucher detallando el día, la hora, cantidad y tipo de combustible despachado, precio de cada cupón habilitado, placa y kilometraje del vehículo atendido.

3.6 CONTROL DE CALIDAD

El Instituto Geofísico del Perú, tiene la potestad de realizar en forma inopinada, el control de calidad del combustible entregado por el contratista para validar la calidad de la misma, comprometiéndose el contratista al pago de dichos controles de calidad. En caso de que el resultado de control de calidad resultara “NO CONFORME” se notificará al contratista para que proceda al canje del producto, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones vigentes.

3.7 PLAZO Y LUGAR DE SUMINISTRO

El postor deberá suministrar el combustible en forma diaria (para grifos), a partir del día siguiente de la

firma de Contrato y hasta agotar la materia del contrato. El postor deberá atender las 24 horas del día incluyendo sábados, domingos y feriados. El postor deberá garantizar el abastecimiento en las cantidades requeridas.

ASPECTOS QUE DEBE CUBRIR EL SUMINISTRO: El Proveedor deberá reconocer plenamente los vales de combustible y verificar los siguientes datos que confirman su autorización, tales como:

- Descripción de la Dependencia o solicitante. - Sello de responsable del Responsable de Almacén - Fecha de Atención. - Nombre del conductor autorizado. - Cantidad y tipo de combustible. - Recibo o vale enumerado.

Deberá verificar las visaciones correspondientes en los vales; en caso de adulteración, deberá comunicarse de inmediato al Instituto Geofísico del Perú y paralelo a esta acción, oficiarse por escrito a la Dirección de Administración del Instituto Geofísico del Perú. En caso de inobservancia frente a lo precitado, el Contratista asumirá el costo del vale. El Instituto Geofísico del Perú, a través del Responsable de Almacén visará la liquidación respectiva. El Instituto Geofísico del Perú, a través del Responsable de Almacén dará la conformidad de la recepción del bien.

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3.9 FORMA Y CONDICIONES DE PAGO

El pago se realizará en Nuevos Soles, previa conformidad. Dicha conformidad será extendida por el Responsable de Almacén de la Dirección de Logística, dejando constancia del cumplimiento de los siguientes aspectos como mínimo:

• Cuadro de Consumo visado por el Responsable de Almacén y acompañado de los vales. • El reporte deberá incluir la siguiente información:

Número de vale (Firmado y sellado por el conductor del IGP y persona del grifo quien suministro). • Número de placa de vehículo • Tipo de combustible • Cantidad de galones • Precio unitario incluido impuestos • Precio Total • Fecha de consumo • Resumen por tipo de combustible.

Los pagos se efectuarán en moneda nacional mediante abono en cuenta, según Anexo Nº 06, previa presentación del expediente de pago que comprenderá:

Factura (original, SUNAT y 01 copia)

Orden de Compra (copia)

Notas contables, si hubiera, (original, SUNAT y 01 copia)

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme lo establecido en el artículo 48º de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago se debió efectuar.

3.8 DISPOSICIONES FINALES

El presente proceso se rige por las bases y lo que establece la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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CAPITULO IV

FORMULA DE REAJUSTE De conformidad con el artículo 49º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, en los casos de contratos de tracto sucesivo o de ejecución periódica o continua de bienes y servicios, pactados en moneda nacional, las bases o el contrato podrán establecer formulas de reajuste de los pagos que corresponden al proveedor; y que dicho reajuste no podrá exceder el Índice de Precios al por mayor a nivel nacional que establece el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, correspondiente al mes de pago, salvo cuando se trate de bienes con cotización internacional o cuyo precio este influido por esta. Todo incremento o disminución de precios que el Productor aplica a su Lista de Precios será necesariamente aplicado en el mismo porcentaje al precio unitario del producto que corresponda. Se entenderá como productor a la empresa productora de combustible que abastecerá al postor, la cual debe ser declarada al momento de suscripción del contrato; adjunta su lista de precios de fábrica vigente al momento de la presentación de su oferta, en documentos oficiales de esa empresa productora. Luego de suscrito el contrato, toda modificación en los precios ex planta deberá ser comunicada por escrito al Instituto Geofísico del Perú, con atención a la Dirección de Administración, dentro de veinticuatro (24) horas de haberse producido dicha variación adjuntando la nueva lista de precios de planta del productor con el cual se abastezca, para que se efectúe la corrección correspondiente con el coeficiente de Reajuste (k). Si los precios del productor disminuye, el postor esta obligado a comunicar la nueva lista de precios de planta de su proveedor en el plazo indicado en el punto anterior. La omisión de esta comunicación podrá ser considerada como un incumplimiento injustificado de obligaciones contractuales esenciales y de acuerdo a lo estipulado en el artículo 167º del Reglamento. Ser causal de resolución del contrato por causas imputable al PROVEEDOR. Si durante la ejecución del contrato la empresa ganadora de la Buena Pro, decidiera cambiar la empresa de la cual se abastece de combustibles, deberá de informar de este cambio al Instituto Geofísico del Perú, con atención a la Dirección de Administración, adjuntando la nueva lista de Precios de Planta del productor del cual se comenzara a abastecer. Para efectos del cálculo del Coeficiente de Reajuste (K) siempre se considerara como V o el precio del Productor de la empresa proveedora declarada al momento de la firma del contrato. La validez de las modificaciones del precio de venta será establecida estrictamente desde la fecha y hora en que se efectúe la modificación de los Precios de Lista de los Productores. El coeficiente de Reajuste (K) que se utilizara es el siguiente:

K = Va Vº Donde: K= Coeficiente de Reajuste

Va= Precios Planta de su empresa proveedora * al momento de consumo.

Vo= Precios Planta de su empresa proveedora * al momento de presentar la oferta económica. El coeficiente se aplicara de la siguiente manera para reajustar el Precio al momento del pago:

Pa = Po * K Donde:

Pa = Precio unitario actualizado al momento de consumo.

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Po = Precio unitario de su oferta económica.

K = Coeficiente de Reajuste.

� La empresa proveedora variara según lo que declare el postor respectivo. � Todos los precios incluyen IGV y demás impuestos aplicables.

El precio final a obtenerse después de aplicado el coeficiente de reajuste (K) será redondeado por redondeo simple. Se aceptara que el precio unitario por reajuste tenga hasta tres decimales, sin embargo al momento de realizar el pago total de cada orden de compra se redondeara a dos decimales.

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CAPITULO V

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

5.1 CARACTERISTICAS DEL SUMINISTRO

ITEM Nº 1: DIESEL B-5 S50 PARA LA SEDE DE MAYORAZGO - Cantidad 2,508 Galón

FICHA TÉCNICA

APROBADA CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del bien : DIESEL B5 S-50 Denominación técnica : DIESEL B5 S-50 Grupo/clase/Familia : Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes

y materiales anticorrosivos/Combustibles/Petróleo y destilado/Diesel

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : DIESEL B5 S-50 Código : A1510150500233280 Unidad de medida : GALONES Descripción General : El Diesel B5 S-50 es la mezcla que contiene un

volumen de 5 % de Biodiesel B100 y el restante de Diesel Nº 2, con un contenido máximo de 50 partes por millón de azufre.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

El Diesel B5 S-50 deberá estar sujeto a las características técnicas (físico-químicas) o especificaciones de calidad que se establecen en el siguiente cuadro:

CARACTERÍSTICAS Especificación Método

Min. Máx. ASTM / Otros

VOLATILIDAD

Destilación, ºC (a 760 mm Hg)

90% recuperado a 282 360 D-86 Punto de inflamación Pensky Martens, ºC 52 D-93

Densidad a 15ºC, kg/m3 Reportar D-1298 , D-4052

FLUIDEZ

Viscosidad Cinemática a 40ºC, cSt 1,9 4,1 D-445

Punto de Escurrimiento, ºC

4 D-97

COMPOSICIÓN

Número de Cetano 45

D-613

Índice de Cetano 40

D-4737 , D-976

Cenizas, % masa

0,01 D-482

AMC N° 005-2012-IGP - “ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA EL IGP” – PRIMERA CONVOCATORIA

Residuos Carbón Ramsbottom 10% fondos, % masa 0,35 D-524 , D-189

Azufre Total, mg/Kg (ppm)

50 D-2622 , D-4294 , D-5453

CORROSIVIDAD

Corrosión Lámina de Cobre, 3 h a 50ºC, Nº

3 D-130

CONTAMINANTES

Aguas y Sedimentos, % vol.

0,05 D-1796 , D-2709

LUBRICIDAD Lubricidad, diámetro rasgado de uso corregido, HFRR a 60ºC, micrón

520 D-6079

REQUERIMIENTOS DE OPERATIVIDAD Punto de obstrucción del filtro, flujo en frio, ºC (CFFP) o (POFF)

-8 D-6371

CONDUCTIVIDAD

Conductividad, pS/m 25

D-2624 , D-4308

BIODIESEL (B100)

Contenido, % vol. 5 D-7371 , EN-14078

REQUISITOS

Constancia de Registro o Ficha de Registro vigente del Registro de Hidrocarburos del OSINERGMIN. CERTIFICACIÓN

Opcional. OTRAS ESPECIFICACIONES

Las Entidades Públicas que son consumidores directos autorizados, es decir aquellas que cuentan con instalación fija o móvil y cuya capacidad mínima de almacenamiento es de 1m3 (264.17gl), deberán hacer uso del Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP) del OSINERGMIN, para registrar la información de las órdenes de pedido del combustible líquido requerido.

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ITEM Nº 2: GASOHOL 90 PLUS PARA LA SEDE DE MAYORAZGO - Cantidad 1,188 Galón

FICHA TÉCNICA

APROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del Bien : GASOHOL 90 PLUS Denominación Técnica : GASOHOL 90 PLUS Grupo/clase/familia : Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes y

materiales anticorrosivos/Combustibles/Petróleo y destilado/Gasolina o Petróleo

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : GASOHOL 90 OCTANOS Código : A1510150600146103 Unidad de medida : GALONES Descripción General : El Gasohol 90 Plus, es la mezcla que contiene un

volumen de 7.8 % de Alcohol Carburante y el restante de Gasolina de 90.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

El Gasohol 90 Plus deberá estar sujeto a las características técnicas (físico-químicas) o especificaciones de calidad que se establecen en el siguiente cuadro:

Características Min. Max.

Método de Ensayo

ASTM

Apariencia

- Color Comercial Transparente

Volatilidad

- Destilación, ºC (a 760 mm Hg)

D 86

10% recuperado 70

50% recuperado 140

90% recuperado 200

Punto Final 221

Residuo, %V. 2

- Presión de Vapor Reid, psi 11 D 323, D 4953, D 5190,

D 5191, D 5482

Corrosividad

- Corrosión Lámina de Cobre, 3 h, 50 ºC, Nº 1 D 130

- Azufre Total, % Masa 0.2 D 1266, D 4294, D 2622

Antidetonancia

- Nº Octano Research 90 (*) D 2699

Estabilidad a la Oxidación

AMC N° 005-2012-IGP - “ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA EL IGP” – PRIMERA CONVOCATORIA

- Minutos 240 D 525

Contaminantes

- Goma Existente, mg/100 mL 5 D 381

- Plomo, g Pb /L 0.013 D 3237, D 5059

(*)/ Valor mínimo sujeto a control en la Refinería, que se incrementa debido a la adición del 7.8% en volumen de Alcohol Carburante (porcentaje reportado bajo los Métodos de Ensayo ASTM D 4815 y ASTM D 5845) en la gasolina de 90.

REQUISITOS

Constancia de Registro o Ficha de Registro vigente del Registro de Hidrocarburos del OSINERGMIN. CERTIFICACIÓN

Opcional. OTRAS ESPECIFICACIONES

Las Entidades Públicas que son consumidores directos autorizados, es decir aquellas que cuentan con instalación fija o móvil y cuya capacidad mínima de almacenamiento es de 1m3 (264.17gl), deberán hacer uso del Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP) del OSINERGMIN, para registrar la información de las órdenes de pedido del combustible líquido requerido.

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ITEM Nº 3: DIESEL B-5 S50 PARA LA SEDE DE JICAMARCA - Cantidad 3,000 Galón

FICHA TÉCNICA APROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del bien : DIESEL B5 S-50 Denominación técnica : DIESEL B5 S-50 Grupo/clase/Familia : Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes

y materiales anticorrosivos/Combustibles/Petróleo y destilado/Diesel

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : DIESEL B5 S-50 Código : A1510150500233280 Unidad de medida : GALONES Descripción General : El Diesel B5 S-50 es la mezcla que contiene un

volumen de 5 % de Biodiesel B100 y el restante de Diesel Nº 2, con un contenido máximo de 50 partes por millón de azufre.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

El Diesel B5 S-50 deberá estar sujeto a las características técnicas (físico-químicas) o especificaciones de calidad que se establecen en el siguiente cuadro:

CARACTERÍSTICAS Especificación Método

Min. Máx. ASTM / Otros

VOLATILIDAD

Destilación, ºC (a 760 mm Hg)

90% recuperado a 282 360 D-86 Punto de inflamación Pensky Martens, ºC 52 D-93

Densidad a 15ºC, kg/m3 Reportar D-1298 , D-4052

FLUIDEZ

Viscosidad Cinemática a 40ºC, cSt 1,9 4,1 D-445

Punto de Escurrimiento, ºC

4 D-97

COMPOSICIÓN

Número de Cetano 45

D-613

Índice de Cetano 40

D-4737 , D-976

Cenizas, % masa 0,01 D-482

Residuos Carbón Ramsbottom 10% fondos, % masa

0,35 D-524 , D-189

Azufre Total, mg/Kg (ppm)

50 D-2622 , D-4294 , D-5453

CORROSIVIDAD

Corrosión Lámina de Cobre, 3 h a 50ºC, Nº

3 D-130

CONTAMINANTES

Aguas y Sedimentos, % vol. 0,05 D-1796 , D-2709

LUBRICIDAD

AMC N° 005-2012-IGP - “ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA EL IGP” – PRIMERA CONVOCATORIA

Lubricidad, diámetro rasgado de uso corregido, HFRR a 60ºC, micrón

520 D-6079

REQUERIMIENTOS DE OPERATIVIDAD Punto de obstrucción del filtro, flujo en frio, ºC (CFFP) o (POFF)

-8 D-6371

CONDUCTIVIDAD

Conductividad, pS/m 25 D-2624 , D-4308

BIODIESEL (B100)

Contenido, % vol. 5 D-7371 , EN-14078

REQUISITOS

Constancia de Registro o Ficha de Registro vigente del Registro de Hidrocarburos del OSINERGMIN. CERTIFICACIÓN

Opcional. OTRAS ESPECIFICACIONES

Las Entidades Públicas que son consumidores directos autorizados, es decir aquellas que cuentan con instalación fija o móvil y cuya capacidad mínima de almacenamiento es de 1m3 (264.17gl), deberán hacer uso del Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP) del OSINERGMIN, para registrar la información de las órdenes de pedido del combustible líquido requerido.

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ITEM Nº 4: GASOHOL 90 PLUS PARA LA SEDE DE JICAMARCA - Cantidad 4,800 Galón

FICHA TÉCNICA APROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del Bien : GASOHOL 90 PLUS Denominación Técnica : GASOHOL 90 PLUS Grupo/clase/familia : Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes y

materiales anticorrosivos/Combustibles/Petróleo y destilado/Gasolina o Petróleo

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : GASOHOL 90 OCTANOS Código : A1510150600146103 Unidad de medida : GALONES Descripción General : El Gasohol 90 Plus, es la mezcla que contiene un

volumen de 7.8 % de Alcohol Carburante y el restante de Gasolina de 90.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

El Gasohol 90 Plus deberá estar sujeto a las características técnicas (físico-químicas) o especificaciones de calidad que se establecen en el siguiente cuadro:

Características Min. Max.

Método de Ensayo

ASTM

Apariencia

- Color Comercial Transparente

Volatilidad

- Destilación, ºC (a 760 mm Hg)

D 86

10% recuperado 70

50% recuperado 140

90% recuperado 200

Punto Final 221

Residuo, %V. 2

- Presión de Vapor Reid, psi 11 D 323, D 4953, D 5190,

D 5191, D 5482

Corrosividad

- Corrosión Lámina de Cobre, 3 h, 50 ºC, Nº 1 D 130

- Azufre Total, % Masa 0.2 D 1266, D 4294, D 2622

Antidetonancia

- Nº Octano Research 90 (*) D 2699

Estabilidad a la Oxidación

AMC N° 005-2012-IGP - “ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA EL IGP” – PRIMERA CONVOCATORIA

- Minutos 240 D 525

Contaminantes

- Goma Existente, mg/100 mL 5 D 381

- Plomo, g Pb /L 0.013 D 3237, D 5059

(*)/ Valor mínimo sujeto a control en la Refinería, que se incrementa debido a la adición del 7.8% en volumen de Alcohol Carburante (porcentaje reportado bajo los Métodos de Ensayo ASTM D 4815 y ASTM D 5845) en la gasolina de 90.

REQUISITOS

Constancia de Registro o Ficha de Registro vigente del Registro de Hidrocarburos del OSINERGMIN. CERTIFICACIÓN

Opcional. OTRAS ESPECIFICACIONES

Las Entidades Públicas que son consumidores directos autorizados, es decir aquellas que cuentan con instalación fija o móvil y cuya capacidad mínima de almacenamiento es de 1m3 (264.17gl), deberán hacer uso del Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP) del OSINERGMIN, para registrar la información de las órdenes de pedido del combustible líquido requerido. UBICACIÓN DEL GRIFO QUE SUMINISTRARA COMBUSTIBLE De preferencia el Contratista, debe contar con grifos que se encuentren ubicados dentro de los perímetros de cada Sede. Ítem Descripción Dirección

01 Diesel B-5 S50, para la Sede Mayorazgo Calle Badajoz 169, Urb. Mayorazgo 4 Etapa – Ate Vitarte

02 Gasohol de 90 Plus, para la Sede Mayorazgo Calle Badajoz 169, Urb. Mayorazgo 4 Etapa – Ate Vitarte

03 Diesel B-5 S50, para la Sede Jicamarca Quebrada de Jicamarca, Distrito de Lurigancho - Chosica

04 Gasohol de 90 plus, para la Sede Jicamarca Quebrada de Jicamarca, Distrito de Lurigancho - Chosica

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FORMATO Nº 01

MODELO DE CARTA DE ACREDITACION DEL REPRESENTANTE Lima,……………….. Señores: COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 005-2012-IGP, POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL – PRIMERA CONVOCATORIA. Presente.- ……………………………… (nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificada con RUC Nº ……………………………… nos dirigirnos a ustedes, en relación con la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 005-2012-IGP, POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL – PRIMERA CONVOCATORIA, a fin de acreditar a nuestro representante: ……………………………. (Nombre del representante) identificado con DNI. Nº ……………………………… quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

………………………….………………….. Firma y sello del representante legal Nombre / Razón Social del postor

Nota: El documento registral, no debe tener una antigüedad mayor a 30 días calendarios a la fecha de la presentación de la propuesta.

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ANEXO Nº 01

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

El que se suscribe, Representante Legal de......................................................, identificado con DNI. Nº......................, con poder inscrito en la localidad de................... en la Ficha Nº............ Asiento Nº..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social Domicilio Legal RUC. Teléfono Fax

Participa en Consorcio SI NO Nombre de las Empresas que participan en consorcio Empresa Nº 1 Empresa Nº 2 Empresa Nº 3

Lima, ... de ..………...... del 2012

…….………………………….………………….. Firma y sello del representante legal Nombre / Razón social del postor

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 02

DECLARACIÓN JURADA (ART. 42º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 005-2012-IGP, POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL –PRIMERA CONVOCATORIA. Presente.-

De nuestra consideración:

El que suscribe…………….. (o representante legal de …………..), identificado con DNI Nº ................, con RUC Nº ……………, domiciliado en .........................................., que se presenta como postor de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 005-2012-IGP, POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL –PRIMERA CONVOCATORIA, para el SUMINISTRO DE ……………………. declaro bajo juramento: 1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al Art.

10º de la Ley de Contrataciones del Estado. 2.- Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección. 3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de

selección. 4.- Me comprometo a mantener la oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso que resulte

favorecido con la Buena Pro. 5.- Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento

Administrativo General. Lima, ... de ..………...... del 2012

…….………………………….………………….. Firma y sello del representante legal Nombre / Razón social del postor

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ANEXO Nº 03

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO

Señores ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N° 005-2012-IGP, POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL – PRIMERA CONVOCATORIA. Presente.- De nuestra consideración, Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta en la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 005-2012-IGP, POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL – PRIMERA CONVOCATORIA, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Designamos al Sr...................................................................................., identificado con DNI. Nº…………………….. Como representante legal común del Consorcio, para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y formalizar la contratación correspondiente. Adicionalmente, fijamos nuestro domicilio legal común en......................................... OBLIGACIONES DE……..: % Participación � � OBLIGACIONES DE……: % Participación � �

Lima, ... de ..………...... del 2012 ………………………………………….. ..…………………………………………..

Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal empresa 1 Representante Legal empresa 2

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ANEXO Nº 04

PROPUESTA ECONÓMICA

Señores: COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 005-2012-IGP, POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL – PRIMERA CONVOCATORIA. Presente.- De nuestra consideración, A continuación, hacemos de conocimiento que nuestra propuesta económica, en cada uno de los Ítems Nº…. es la siguiente:

Nº ITEM DESCRIPCION CANT. PRECIO

UNITARIO (S/.) PRECIO

TOTAL (S/.)

I

II

III

IV

MONTO TOTAL OFERTADO (S/.)

El valor referencial incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, costos laborales, conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro costo que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a adquirir.

Lima, ... de ..………...... del 2012

…….………………………….………………….. Firma y sello del representante legal

Nombre / Razón social del postor

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ANEXO Nº 05

CARTA DE AUTORIZACION

Lima, Señor(a) Director(a) General de Administración Presente.- Asunto : Autorización para el pago con abonos en cuentas Por medio de la presente, comunico a Ud, que el número de Código de Cuenta Interbancario (CCI) de la empresa que represento es el Nº …………………………………… (Consta de 20 dígitos)*, del Banco ………………………….., agradeciéndole se sirva disponer lo conveniente, para que los pagos a nombre de mi representada sean abonados en la cuenta que corresponde al indicado CCI . Así mismo, dejo constancia que la factura a ser emitida por mi representada, una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Compra, materia del contrato, quedará cancelada para todos sus efectos, mediante la sola acreditación del importe de la referida factura, a favor de la cuenta en la entidad bancaria a que se refiere el primer párrafo de la presente. Atentamente,

…….………………………….………………….. Firma y sello del representante legal Nombre / Razón social del postor

(*) El número de CCI deberá estar enlazado al número de RUC del proveedor.

AMC N° 005-2012-IGP - “ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA EL IGP” – PRIMERA CONVOCATORIA

PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento, la adquisición de ……….., que celebra de una parte el INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº ………….., con domicilio legal en ……………………, representada por su …………..identificada con DNI Nº …………… y de otra parte ………………......................................, con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: OBJETO Con fecha ……., el Comité Especial Permanente adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 005-2012-IGP, POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL – PRIMERA CONVOCATORIA, para la adquisición de……………………………………cuyos detalles, importes unitarios y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLAUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO La finalidad del contrato es la contratación del bien de Adquisición de Petróleo y Gasolina 90 para abastecer de combustible de manera oportuna a las unidades vehiculares del Instituto Geofísico del Perú. Del Capítulo V Requerimientos Técnicos Mínimos. Se iniciará con la prestación desde el día siguiente hábil de la suscripción del contrato o en su defecto desde la recepción de la Orden de Compra, al ser este un proceso de selección convocado bajo el sistema de precios unitarios. CLAUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a S/.………………… a todo costo, incluido IGV. Este monto comprende el costo del bien, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. Los precios de los combustibles están sujetos a variaciones por normas dictadas por el Supremo Gobierno o variaciones propias de los productores Petroperú y Refinería La Pampilla. El incremento de precios por parte del contratista no podrá ser superior a las variaciones antes indicadas. Para resultar aplicable todo incremento de precios deberá ser comunicado por EL CONTRATISTA a LA ENTIDAD dentro de las veinticuatro horas de producido, adjuntando la documentación sustentatoria y deberá contar con la aprobación de LA ENTIDAD. CLAUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Nuevos Soles, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos, a fin de permitir que el pago se realice dentro de los diez (10) días siguientes. CLAUSULA QUINTA: REAJUSTES DE PRECIO De producirse un reajuste en el mercado local de combustibles, conforme a lo establecido en el artículo 49° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el contratista deberá alcanzar a la Dirección de Administración del IGP el documento emitido por su proveedor mayorista referente al reajuste en los precios, no considerándose el aumento de precios de otro mayorista. El reajuste de precios será a partir de la fecha efectiva del alza o disminución, después de firmado el contrato. CLAUSULA SEXTA: VIGENCIA DEL CONTRATO La vigencia del contrato se extenderá a partir del día siguiente de su suscripción hasta la conformidad de la recepción de la última prestación a cargo de EL CONTRATISTA y el pago. El plazo de ejecución se iniciará al día siguiente de su suscripción y culminará a los doce meses o cuando se haya consumido la totalidad del monto indicado en la Cláusula Tercera, lo que ocurra primero.

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CLAUSULA SETIMA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLAUSULA OCTAVA: GARANTIAS EL CONTRATISTA entregará en el plazo de……:….. la garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes: - De fiel cumplimiento del contrato: S/..…………………., carta fianza equivalente al diez por ciento (10%) del

monto total del contrato - Adicional por el monto diferencial: S/.…………………., de ser el caso. Esta(s) garantía(s) es (son) otorgada(s) por entidades autorizadas y sujetas al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros o consideradas en la última lista de Bancos Extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva. La garantía de fiel cumplimiento y, de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta deberá encontrarse vigentes hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA. CLAUSULA NOVENA: EJECUCION DE GARANTIAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas antes de la fecha de su vencimiento, conforme lo dispuesto por el artículo 164º del Reglamento. CLAUSULA DECIMA: CONFORMIDAD DEL BIEN La conformidad del bien se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En el caso de existir observaciones se levantará un Acta de Observaciones, en la que se indicará claramente en que consisten éstas, dándole a EL CONTRATISTA un plazo prudente para su subsanación, según los plazos establecidos en el Reglamento. Si después del plazo otorgado a EL CONTRATISTA, LA ENTIDAD considera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanación, podrá resolver el contrato. CLAUSULA DÉCIMO PRIMERO: DECLARACION JURADA DEL CONTRATISTA El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicio ocultos. CLAUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES Penalidad por Retraso Injustificado Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará en todos los casos, una penalidad por cada día calendario de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual, en concordancia con el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días

Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta días o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta días. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato parcial o

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totalmente por incumplimiento mediante carta notarial y ejecutar en lo que corresponda la Garantía de Fiel Cumplimiento y Garantía Adicional por el monto diferencial de propuesta (de ser el caso) sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios ulteriores que pueda exigir; asimismo, procederá a comunicar este hecho al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Esta penalidad será deducida de cualquiera de sus facturas pendientes o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de Fiel Cumplimiento y Garantía Adicional por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes. CLAUSULA DECIMO CUARTA: RESOLUCION DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40º, inciso c), y 44º de la Ley, y los artículos 167º y 168º de su Reglamento; de darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLAUSULA DECIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. CLAUSULA DECIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO En lo no previsto en este contrato, en La Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes. CLAUSULA DECIMO SEPTIMA: ARBITRAJE Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 215º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El Laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa. CLAUSULA DECIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLAUSULA DECIMO NOVENA: VERACIDAD DE DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato. De acuerdo con las Bases, la propuesta técnico económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de………. al…………………………

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

AMC N° 005-2012-IGP - “ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA EL IGP” – PRIMERA CONVOCATORIA CRONOGRAMA DE ENTREGABLE:

DESPACHO MENSUAL APROXIMADO

Ítem Descripción U.M. Cantidad ENT. 1 ENT. 2 ENT. 3 ENT. 4 ENT. 5 ENT. 6 ENT. 7 ENT. 8 ENT. 9 ENT. 10 ENT. 11 ENT. 12

1 DIESEL B-5 S50 PARA LA SEDE DE MAYORAZGO

Galón 2,508 209 209 209 209 209 209 209 209 209 209 209 209

2 GASOHOL 90 PLUS PARA LA SEDE DE MAYORAZGO

Galón 1,188 99 99 99 99 99 99 99 99 99 99 99 99

3 DIESEL B-5 S50 PARA LA SEDE DE JICAMARCA

Galón 3,000 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250

4 GASOHOL 90 PLUS PARA LA SEDE DE JICAMARCA Galón 4,800 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400

ENT.=Entregable.


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