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ANEXO 4 CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL FORMATOS ESPECÍFICOS PARA AUDITORÍA DE ASPECTOS AMBIENTALES AL MANEJO DE LAS AGUAS RESIDUALES DOMÉSTICAS E INDUSTRIALES Formato 1: Orden de trabajo Formato 2: Notificación de inicio Formato 3: Solicitud de información Formato 4: Planificación Formato 6: Ayuda técnica legal
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ANEXO 4

CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO

GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL

FORMATOS ESPECÍFICOS PARA AUDITORÍA DE ASPECTOS AMBIENTALES AL MANEJO DE LAS AGUAS RESIDUALES

DOMÉSTICAS E INDUSTRIALES

• Formato 1: Orden de trabajo• Formato 2: Notificación de inicio• Formato 3: Solicitud de información• Formato 4: Planificación• Formato 6: Ayuda técnica legal

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Anexo 4

OFICIO 0019-DAPyA-2013

Sección: DIRECCIÓN DE AUDITORÍA DE PROYECTOS Y AMBIENTAL

Asunto: Orden de trabajo para actividad de control planificada

Quito, 10 de julio de 2013

SeñorMarco Ramiro Terán Santamaría ESPECIALISTA TÉCNICO INGENIERÍA A Contraloría General del Estado Presente.

En cumplimiento a los artículos 211 de la Constitución de la República del Ecuador y 36 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, dispongo a usted que con cargo al Plan Operativo de Control del año 2013, de la Dirección de Auditoría de Proyectos y Ambiental, en calidad de Jefe de Equipo, realice la auditoría de aspectos ambientales al manejo de las aguas residuales domésticas e industria les^ cargo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de XXXX ubicado en la ciudad de XXXX, provincia de XXXX, Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado, Consorcio XXXX e instituciones relacionadas, por el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 y 10 de julio de 2013.

Los objetivos generales2 son:

- Evaluar la planificación y avance de estrategias, programas, y actividades orientadas al tratamiento de aguas residuales.

- Verificar el cumplimiento de los aspectos técnicos, legales, económicos y ambientales en el manejo de las aguas residuales domésticas e industriales.

- Evaluar la eficiencia, efectividad y economía en los procesos de depuración y disposición final de las aguas domésticas e industriales.

- Analizar el proceso precontractual, contractual y ejecución del contrato XXXX-XX-2011 para la construcción y operación del sistema de depuración y disposición final de aguas residuales domésticas e industriales.

- Identificar los impactos ambientales que generan los procesos de depuración y disposición final de aguas residuales domésticas e industriales y las acciones implementadas para prevenir, controlar, mitigar y compensar las afectaciones ambientales y sociales.

El equipo de trabajo2 estará conformado por: Operativa Lic. Patricia Aguilera Pavón; Personal de Apoyo Dra. Katherine Guerra Ayala e Ing. Jaime Cherrez Astudillo, Apoyo Legal Dr. Fernando Dávila Nieto y como Supervisora Ing. Jenny Abad Suárez MSc., quien en forma periódica informará sobre el avance del trabajo.

El tiempo estimado para la ejecución de esta acción de control es de XX2 días laborables que incluye la elaboración del borrador del informe y la conferencia final.

Atentamente,Dios, Patria y LibertadPor el Contralor General del Estado,

Ing. Paúl Noboa LeónDIRECTOR DE AUDITORÍA DE PROYECTOS Y AMBIENTAL

CC. Lic. Patricia Aguilera Pavón, OperativaDra. Katherine Guerra Ayala, Personal de Apoyo Ing. Jaime Cherrez Astudillo,Personal de Apoyo Dr. Fernando Dávila Nieto, Apoyo Legal Ing. Jenny Abad Suárez MSc.,Supervisora

1La orden de trabajo puede emitirse para evaluar parte del proceso de gestión de desechos sólidos. 2Los objetivos, el equipo y el tiempo estimado dependen del alcance de acción de control.

Formato 1

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Anexo 4

OFICIO No. 0128-DAPyA-2013

Sección: DIRECCIÓN DE AUDITORÍA DE PROYECTOS Y AMBIENTAL

Asunto: Notificación inicio de acción de control

Quito, D.M. 10 de julio de 2013

IngenieroPedro Cepeda Puyol Alcalde del cantón XXXXGobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón XXXAv. 3ra y calle 7ma.Ciudad XXXX y provincia XXXX

De mi consideración:

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y 20 de su Reglamento notifico a usted que la Dirección de Auditoría de Proyectos y Ambiental de la Contraloría General del Estado, iniciará la auditoría de aspectos ambientales al manejo de las aguas residuales domésticas e industrialesa cargo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de XXXX ubicado en la ciudad de XXXX, provincia de XXXX, Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado, Consorcio XXXX e instituciones relacionadas, por el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 y 10 de julio de 2013.

Los objetivos generales de la acción de control son:

- Evaluar la planificación y avance de estrategias, programas, y actividades orientadas al tratamiento de aguas residuales.

- Verificar el cumplimiento de los aspectos técnicos, legales, económicos y ambientales en el manejo de las aguas residuales domésticas e industriales.

- Evaluar la eficiencia, efectividad y economía en los procesos de depuración y disposición final de las aguas domésticas e industriales.

- Analizar el proceso precontractual, contractual y ejecución del contrato XXXX-XX-2011 para la construcción y operación del sistema de depuración y disposición final de aguas residuales domésticas e industriales.

- Identificar los impactos ambientales que generan los procesos de depuración y disposición final de aguas residuales domésticas e industriales y las acciones implementadas para prevenir, controlar, mitigar y compensar las afectaciones ambientales y sociales.

Para esta acción de control el equipo estará conformado por: Ing. Jenny Abad Suárez MSc., Supervisora, Ing. Marco Ramiro Terán Santamaría Jefe de Equipo, Lic. Patricia Aguilera Pavón Operativa, Dra. Katherine Guerra Ayala e Ing. Jaime Cherrez Astudillo Personal de Apoyo, Dr. Fernando Dávila Nieto, Apoyo Legal; por lo que se servirá disponer se preste la colaboración necesaria para la ejecución del trabajo indicado.

Agradeceré enviar respuesta a la Dirección de Auditoría de Proyectos y Ambiental de la Contraloría General del Estado, ubicada en la Av. Juan Montalvo E4-37 y Av. 6 de Diciembre, señalando sus nombres y apellidos completos, dirección domiciliaria completa, nombre y dirección del lugar de trabajo, números de teléfonos de domicilio, trabajo y celular; cargo, período de gestión y copia legible de su cédula de ciudadanía.

Atentamente,DIOS, PATRIA Y LIBERTADPor el Contralor General del Estado,

Ing. Paúl Noboa LeónDIRECTOR DE AUDITORÍA DE PROYECTOS Y AMBIENTAL

Formato 2

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Anexo 4

Oficio: 001-GAD-AGU-2013

Sección: DIRECCIÓN DE AUDITORÍA DE PROYECTOS Y AMBIENTAL

Asunto: Solicitud de información

, 10 de julio de 2013

SeñorAlcalde del cantón XXXXGobierno Autónom o Descentralizado Municipal del Cantón XXX Director de Obras PúblicasGerente General de la Em presa Pública de Agua Potable y Alcantarillado Gerente General del Consorcio XXXX (Entidades relacionadas)Av. 3ra y calle 7ma.Ciudad XXXX y provincia XXXX

De mi consideración:

Como es de su conocimiento la Dirección de Auditoría de Proyectos y Ambiental de la Contraloría General del Estado, se encuentra realizando la auditoría de aspectos ambientales al manejo de las aguas residuales domésticas e industrialesa cargo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de XXXX ubicado en la ciudad de XXXX, provincia de XXXX, Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado, Consorcio XXXX e instituciones relacionadas, por el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 y 10 de julio de 2013.

Por lo indicado solicito se sirva remitir la siguiente información :

1. Mandato legal de creación de la Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado, y entidades relacionadas.

2. Ordenanzas, resoluciones, convenios y acuerdos ministeriales relacionados con el funcionamiento y responsabilidades en la gestión y tratamiento de aguas residuales urbanas e industriales.

3. Estatuto(s) Orgánico(s) Funcionale(s) por Procesos del Municipio del cantón XXXX, de la Empresa Pública Agua Potable y Alcantarillado,vigentes en el período de análisis.

4. Planificación operativa anual del Municipio del cantón XXXX y de la Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarilladoaplicados en el período de análisis, relacionada con el objeto de la auditoría.

5. Presupuesto y ejecuciones de la Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado.6. Permisos de funcionamiento de la planta de tratamiento de aguas residuales y permisos de

descarga.7. Estudio de Impacto Ambiental y plan de manejo aprobados para las etapas de

construcción, operación y cierre de la planta de tratamiento de aguas residuales.8. Licencias Ambientales.9. Contrato de construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales del cantón.10. Informes de cumplimiento del contrato señalado y planillas pagadas al Consorcio XXXX.11. Auditorías ambientales de cumplimiento y planes de acción.12. Multas y procesos judiciales ambientales.13. Garantías del Consorcio XXXX que cubran riesgos ambientales.14. Manual y bitácora de operación.

1La cantidad y tipo de inform ación depende del alcance de la orden de trabajo y de la entidad a la que se dirige el pedido.

Formato 3

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Anexo 4

15. Informes de cumplimiento de las recomendaciones delos informes de Auditoría Ambiental realizados por la Contraloría General del Estado, relacionados con el tema.

16. Informes de seguimiento y cumplimiento previo a las descargas realizadas al alcantarillado por parte de industrias y demás actividades productivas.

17. Nombres, cargos, período de actuación, dirección domiciliaria y teléfonos de las autoridades y funcionarios responsables de la información.

Dado el limitado tiempo asignado para la acción de control, solicito se sirva atender a la petición en los próximos diez días, a partir de la recepción del presente, conforme lo establecen los artículos 76 y 88 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y 7 de su Reglamento.

Agradeceré enviar respuesta a la Dirección de Auditoría de Proyectos y Ambiental de la Contraloría General del Estado, ubicada en Av. Juan Montalvo E4-37 y Av. 6 de Diciembre.

Atentamente,

Ing. Marco Terán S. JEFE DE EQUIPO

Formato 3

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Anexo 4

CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO

DIRECCIÓN DE AUDITORÍA DE PROYECTOS Y AMBIENTAL

Planificación de la auditoría de aspectos ambientales al manejo de las aguas residuales domésticas e industriales a cargo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de XXXX ubicado en la ciudad de XXXX, provincia de XXXX, Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado, Consorcio XXXX e instituciones relacionadas, por el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 y 10 de julio de 2013.

Antecedentes

El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón XXXX, a través dela Unidad de Gestión Ambiental,verificar el cumplimiento de la legislación ambiental de las descargas líquidas de las industrias del sector, para lo cual realiza el seguimiento, control y exige acciones correctivas en caso de que los efluentes superen los límites máximos permitidos.

La Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado suscribió conla Corporación XXXX el contrato para la construcción del sistema de tratamiento de aguas residuales del cantón.La operación del sistema de tratamiento de aguas residuales está a cargo de la Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado.

1. Motivo de la auditoría

La auditoría de aspectos ambientales al manejo de las aguas residuales domésticas e industriales a cargo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de XXXX, Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado, Consorcio XXXX e instituciones relacionadas, se realizará con cargo alPlan Operativo de Control del año 2013 de la Dirección de Auditoría de Proyectos y Ambientalde la Contraloría General del Estado y en cumplimiento a la orden de trabajo 0019 DAPyA 2013de 10 de julio de 2013.

2. Objetivos del examen

Generales

- Evaluar la planificación y avance de estrategias, programas, y actividades orientadas al tratamiento de aguas residuales.

- Verificar el cumplimiento de los aspectos técnicos, legales, económicos y ambientales en el manejo de las aguas residuales domésticas e industriales.

- Evaluar la eficiencia, efectividad y economía en los procesos de depuración y disposición final de las aguas domésticas e industriales.

- Analizar el proceso precontractual, contractual y ejecución del contrato XXXX-XX- 2011 para la construcción y operación del sistema de depuración y disposición final de aguas residuales domésticas e industriales.

- Identificar los impactos ambientales que generan los procesos de depuración y disposición final de aguas residuales domésticas e industriales y las acciones implementadas para prevenir, controlar, mitigar y compensar las afectaciones ambientales y sociales.

Formato 4 - 1

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Anexo 4

Específicos

- Identificar en el plan de desarrollo cantonal las áreas destinadas a la construcción de plantas de tratamiento de aguas residuales y las áreas de amortiguamiento.

- Verificar la actualización permanente del catastro de industrias.- Evaluar las acciones de control y seguimiento de la Unidad de Gestión Ambiental

en relacióna las descargas de aguas residuales industriales y al sistema de tratamiento de aguas residuales.

- Evaluar el control y supervisión delos compromisos establecidos en la licencia ambientaly en el plan de manejo ambiental dela construcción y operación del sistema de tratamiento.

- Verificar el control y caracterización de las descargas durante la operación del sistema de tratamiento de aguas residuales.

- Comprobar la implementación de medidas correctivas,en caso de que los efluentes superenlos límites máximos permitidos.

3. Alcance

La auditoría analizará el rol administrativo de la Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado, Unidad de Gestión Ambiental Municipal y el Consorcio XXXX en la construcción y operación de la planta de tratamiento de aguas residuales;así comoel control y seguimiento tanto de las descargas de aguas residuales industrialescomo las del sistema de tratamiento de aguas residuales,por el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 y 10 de julio de 2013.

Para establecer el grado de control de la Unidad de Gestión Ambiental, la definición de la muestra de industrias,tomó en cuenta el volumen de descargas que generan, la ausencia de plantas de tratamiento y la solicitud de medidas correctivas (8 empresas). Para la inspección de descargas residuales domésticasse consideraron las descargas de 3 colectores del cantón y las descargas de dos sistemas de tratamiento.

4. Principales disposiciones legales

Las actividades administrativas del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón XXXX, Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado y Corporación XXXX, están reguladas por las siguientes disposiciones legales y reglamentarias:

- Constitución de la República del Ecuador.- Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización.- Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, reglamento y normas de

control interno.- Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.- Ley Orgánica de Salud.- Ley Orgánica de Participación Ciudadana.- Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental- Ley de Gestión Ambiental.- Ley de Aguas.- Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, libro VI, y

anexo 1 descargas.- Decreto Ejecutivo 1040, Reglamento de aplicación de los mecanismos de

participación social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental.- Ordenanza que regula las descargas industriales y domiciliarias en el cantón

XXXX.

Formato 4 - 2

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Anexo 4

- Ordenanza de creación de la Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado.- Estatuto Orgánico Funcional por Procesos del Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal del cantón XXXX.- Contrato para la construcción del sistema de tratamiento de aguas servidas del

cantón XXXX a favor de la Corporación XXXX.- Resolución No. XXXX de 10 de enero de 2011 emitiendo la licencia ambiental para

el proyecto.

5. Sistema de Archivo

La Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado mantiene la documentación sobre la construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales en el área de construcciones y operación de la empresa;lo relacionado a la operación se encuentra en carpetas en las oficinas de las instalaciones de los sistemas de tratamiento. La información relacionada con el control de las descargas líquidas industriales reposa en los archivos de la Unidad de Gestión Ambiental del Ga DM, se presentan como expedientes individuales de cada regulado, que contienen las caracterizaciones y acciones correctivas solicitadas.

6. Evaluación de control interno

La evaluación de control interno de la Empresa de Agua Potable y Alcantarillado y de la Unidad de Gestión Ambiental del GADM y entidades relacionadas, determinó nivel de confianzamedioy riesgo de controlalto; de la revisión de los documentos, se establecenlas siguientes observaciones al proceso auditado:

6.1. La reglamentación interna noestablece las funciones y servidores responsables de la operación del sistema de tratamiento de aguas residuales

La reglamentación interna dela Empresa Públicade Agua Potable y Alcantarillado no determina las funciones y cargos de los servidores responsables de la operación de la planta de tratamiento de aguas residuales, aumentando la probabilidad de fallas operativas en la ejecución de las actividades relacionadas con el proceso de tratamiento.

El Gerente General de la Empresa Pública de Agua Potable, al no asignar responsabilidades, acciones, cargos y funciones de los servidores y servidoras, inobservó la Norma de Control Interno para el Sector Público 300 Evaluación del Riesgo, que dispone:

“La máxima autoridad establecerá los mecanismos necesarios para identificar, analizar y tratar los riesgos a los que está expuesta la organización para el logro de sus objetivos...’’

Y la Norma de Control Interno para el Sector Público 401-01 Separación de funciones y rotación de labores, que establece:

“La máxima autoridad y los directivos de cada entidad tendrán cuidado al definir las funciones de sus servidoras y servidores.de manera que exista independencia, separación de funciones incompatibles y reducción del riesgo de errores o acciones irregulares".

6.2. La Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado no cuenta con un manual de procedimientos y operación de la planta de tratamiento que oriente las actividades técnicas y administrativas.

Formato 4 - 3

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Anexo 4

La Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado no cuenta con un instrumento técnico - administrativo interno que direccione y fortalezca las actividades de operación de la planta de tratamiento de aguas residuales del personal, arriesgando la efectividad del tratamiento.

El Gerente de la empresa al institucionalizar los procedimientos técnico-administrativos que coadyuven a estandarizar y a controlar cada una de las etapas y actividades a ejecutar en el proceso de operación de la planta de tratamiento de aguas residuales, inobservó la Norma de Control Interno para el Sector Público 300 Evaluación del Riesgo, que señala:

“La máxima autoridad establecerá los mecanismos necesarios para identificar, analizar y tratar los riesgos a los que está expuesta la organización para el logro de sus objetivos";

Y la Norma de Control Interno para el Sector Público408-31Operación que establece:

“Los planes y programas de operación deben elaborarse para que la obra funcione de manera óptima, partiendo de la certificación de que se tienen todos los recursos e insumos necesarios para ello. La administración debe asegurar al menos un funcionamiento adecuado o aceptable de la obra..."

6.3. Unidad de Gestión Ambiental no ejecutó el seguimiento y monitoreo del plan de manejo ambiental, durante la fase de construcción de los sistemas de tratamiento

En la construcción de los sistemas de tratamiento de descargas, no se realizó el seguimiento del plan de manejo ambiental.

El Jefe de la Unidad de Gestión Ambiental,al no haber realizado las acciones pertinentes para verificar el cumplimiento del plan de manejo ambiental, durante la construcción de los sistemas de tratamiento, inobservó la Norma de Control Interno para el Sector Público 409-03 Gestión ambiental en proyectos de obra pública, que determina:

En el proceso constructivo realizará el monitoreo ambiental mediante la medición de las emisiones, el control de los efluentes; identificación de sustancias contaminantes en concentraciones y permanencia superiores o inferiores a las establecidas en la legislación vigente; reconocimiento de daños ambientales,. ; admisión de daños sociales ocasionados a la salud humana, al paisaje y a los bienes públicos o privados; así como, controlará el cumplimiento de los planes de manejo ambiental y de las especificaciones técnicas ambientales. Debiendo presentar informes periódicos a la máxima autoridad, para de ser el caso, se tomen los correctivos necesarios inmediatos."

7. Áreas Críticas

Las áreas críticas identificadas que deberán ser consideradas en el transcurso de la revisión y análisis del proceso de la auditoría, son:

- Descargas de aguas residuales sin tratamiento previo.- Licencia ambiental.- Seguimiento al cumplimiento del plan de manejo ambiental durante la construcción

y operación de los sistemas de tratamiento.- Operación y control de los sistemas de tratamiento.

Formato 4 - 4

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Anexo 4

- Definición de responsabilidades y funciones en la operación del sistema de tratamiento de aguas residuales.

- Monitoreo de descargas líquidas urbanas e industriales.- Catastro de industrias.- Descargas que superan límites máximos permitidos.- Seguimiento a la aplicación de medidas solicitadas a las empresas productoras de

efluentes.- Regulación local para el control y seguimiento de descargas y efluentes.- Planificación y asignación de recursos para el funcionamiento y mantenimiento de

los sistemas de tratamiento.

8. Recursos a utilizar8.1. Recurso Humano

El equipo de auditoría asignado para la ejecución del examen está conformado por:

Supervisor: Ing. Jenny Alexandra Abad Suárez M.Sc.Jefe de Equipo Ing. Marco Ramiro Terán SantamaríaOperativo: Lic. Patricia del Tránsito Aguilera PavónPersonal de Apoyo Dra. Maritza Katherine Guerra Ayala

Ing. Jaime Eduardo Chérrez Astudillo Dr. Luis Fernando Dávila Nieto

8.2. Materiales

De acuerdo a las necesidades del equipo de auditoría, los requerimientos del material se harán solicitarán al servidor responsable.

8.3. Económicos

En la auditoría de aspectos ambientales, cuando se requiera el traslado del equipo auditor para la ejecución de la acción de control, se solicitará al Director de la Dirección de Auditoría de Proyectos y Ambiental que autorice, la asignación de viáticos y movilizaciones que correspondan y disponga la realización del respectivo trámite.

8.4. Programa de actividad

Distribución del trabajo y tiempo asignado

RESPONSABLE ACTIVIDAD DÍASHOMBRE

Supervisor (a) - Revisión de la planificación *- Supervisión de campo *- Revisión de comunicación final de resultados *- Revisión del borrador del informe. *- Asistencia a la lectura del borrador. *- Revisión de informe definitivo. *Total días laborables *

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Anexo 4

Jefe(a) de Equipo - Planificación. *- Administración dela acción de control. *- Relevamiento de información. *

Análisis de la información precontractual, planillas, plazos, reajuste de precios, informes de fiscalización del sistema de tratamiento de aguas residuales.

*

*- Comentarios, conclusiones y recomendaciones. *- Comunicación provisional y final de resultados. *- Elaboración del borrador del informe. *- Convocatoria a conferencia final. *- Inclusión puntos de vista al informe definitivo. *- Oficio resumen de responsabilidades y síntesis.Total de días laborables *

Operativo (a) - Colaboración en la elaboración de la planificación.**

- Entrega de oficios. *- Notificaciones de inicio y convocatorias. *- Análisis de la información de seguimiento y

monitoreo de las industrias de la muestra, etc. *- Elaboración de papeles de trabajo. *- Comentarios, conclusiones y recomendaciones- Colaboración en la elaboración de la comunicación

de resultados, informes y documentos finales.*

Total de días laborables *

Personal de apoyo- Análisis de la información técnica relacionada con la

operación y mantenimiento de los sistemas de tratamiento y descargas de colectores y de efectividad de medidas aplicadas, etc.

*

*- Elaboración de papeles de trabajo. *- Comentarios, conclusiones y recomendaciones.- Colaboración en la elaboración de la comunicación

de resultados e informes.**

Total de días laborables

Personal de apoyo - Entregar la base legal para la ejecución de la acción *

legal de control.- Análisis y pronunciamiento legal de los

requerimientos del equipo de Contraloría.

*

- Revisión de aspectos legales de la comunicación de resultados provisionales y de los informes.

*

- Colaboración en la elaboración del oficio resumen y síntesis del informe

*

Total de días laborables *

ELABORADO POR: REVISADO POR:

Ing. Marco Ramiro Terán Santamaría Ing. Jenny Alexandra Abad Suárez M.Sc. JEFE DE EQUIPO SUPERVISORA

APROBADO POR:

Ing. Paúl Stefan Noboa León DIRECTOR DE AUDITORÍA DE PROYECTOS Y AMBIENTAL

Formato 4 - 6

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Anexo 4

8.5. Cronograma

Formato 4 - 7

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INSTRUCTIVO PARA USAR EL FORMATO 6:

AYUDA TÉCNICA LEGAL PARA LA AUDITORÍA DE ASPECTOS AMBIENTALES AL MANEJO DE LAS AGUAS RESIDUALES DOMÉSTICAS E INDUSTRIALES

El objetivo del Formato 6 es facilitar al auditor la identificación de áreas críticas en auditorías ambientales de descargas de aguas residuales.

El formato cuenta con preguntas que relacionan aspectos técnicos y legales, clasificados en temas generales.

Las respuestas a las preguntas brindan criterios para establecer, de manera inicial, el estado de cumplimiento técnico - legal de los aspectos analizados; sobre los cuales deberán reunir la evidencia suficiente competente y pertinente que permita estructurar los comentarios con los atributos necesarios.

El formato fue elaborado con legislación nacional vigenteal 10 de julio de 2013, en consecuencia, el auditor deberá considerar reformas, derogatorias, promulgación de cuerpos legales; además de la legislación, normativas locales y ordenanzas.

Adicionalmente, se incluyen algunas preguntas que pueden orientar el análisis, en función de la normativa local.

Con el fin de establecer el nivel de confianza de la entidad auditada se sugiere aplicar el formato con columnas adicionales para los siguientes contenidos: PONDERACIÓN DE LA RESPUESTA,MEDIO DE VERIFICACIÓN, Y OBSERVACIONES.

SIGLAS Y ABREVIATURAS

AAAAAAAArCRECLGA

EIAGADMLOCGENCIPMASUMATULSMA

COOTAD

Auditoría ambientalAuditoría de aspectos ambientalesAutoridad ambiental de aplicación responsable.Constitución de la República del Ecuador.Codificación de la Ley de Gestión AmbientalCódigo Orgánico de Organización Territorial Autonomía yDescentralización.Estudios de impacto ambientalGobierno Autónomo Descentralizado MunicipalLey Orgánica de la Contraloría General del Estado.Norma de control interno.Plan de manejo ambiental Sistema Único de Manejo AmbientalTexto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente.

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO

DIRECCIÓN DE AUDITORÍA DE PROYECTOS Y AMBIENTAL

AYUDA TÉCNICA LEGAL PARA LA AUDITORÍA DE ASPECTOS AMBIENTALES AL MANEJO DE LAS AGUAS RESIDUALES DOMÉSTICAS E INDUSTRIALES

DATOS GENERALES

ORDEN DE TRABAJO No. 0019-DAPyA-2013

FECHA ORDEN DE TRABAJO 10 de ju lio de 2013

TÍTULO DE LA AUDITORÍA Auditoría de Aspectos Am bientales al manejo de aguas residuales dom ésticas e industriales

PERÍODO ANALIZADO 1 de enero de 2012 a 10 de ju lio de 2013

No. Pregunta/Legislación Respuesta AcciónCompetencias

1 ¿Adoptaron medidas ante daños ambientales, reclamos o denuncias de la población por el manejo de aguas residuales domésticas e industriales?

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADORArt. 396.- El Estado adoptará las políticas y m edidas oportunas que eviten los im pactos am bienta les negativos, cuando exista certidum bre de daño. En caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará m edidas protectoras eficaces y oportunas(...) 2. Establecer m ecanismos efectivos de prevención y control de la contam inación ambiental, de recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable de los recursos naturales.

Art. 397.- En caso de daños ambienta les el Estado actuará de manera inmediata y subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas.

Si Verificar cum plim iento

No Comentar

2 ¿Emitió el GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL normativa local relacionada con el manejo y control de aguas residuales domésticas e industriales?

CÓ DIG O O RG ÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AU TO NO M ÍA Y DESCENTRALIZADOArt. 54.- Funciones.- Son funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal las siguientes: (...) k) Regular, prevenir y controlar la contam inación ambiental en el territorio cantonal de manera articulada con las políticas am bienta les nacionales;

Art. 84.- Funciones.- Son funciones del gobierno del distrito autónom o metropolitano: (...) k) Regular, prevenir y controlar la contam inación ambiental en su circunscripción territoria l de manera articulada con las políticas am bienta les nacionales;

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AM BIENTE LIBRO VI ANEXO 14.2.1.4 Las m unicipalidades de acuerdo a sus estándares de Calidad Am biental deberán defin ir independientemente sus normas, mediante ordenanzas, considerando los criterios de calidad establecidos para el uso o los usos asignados a las aguas. En sujeción a lo establecido en el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación.

Si Verificar en la ordenanza el cum plim iento de las regulaciones específicas para el manejo y control de aguas residuales, dom ésticas e industriales

No Comentar

3 ¿Estableció el GADM estrategias para la protección ambiental, en temas relacionados con aguas residuales domésticas e industriales?

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AM BIENTE REGLAM ENTO A LA LEY DE GESTIÓN AM BIENTAL PARA LA PREVENCIÓN Y CO NTRO L DE LA CO NTAM INACIÓN AM BIENTALArt. 53.- Competencias Locales y Regionales.- En m ateria de prevención y control de la contam inación ambiental, a las entidades am bienta les de control, que reciban mediante la descentralización com petencias ambientales, les corresponde:

a) D ictar la política local o provincial de protección ambiental para la prevención y control de la contam inación de los recursos aire, agua y suelo. Adem ás de las estrategias para la aplicación de la política local de protección ambiental.

Si Verificar cumplim iento.

No Comentar

Fecha de revisón: 04/10/2013 Formato 6 - Página-1

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

No. Pregunta/Legislación Respuesta Acción4 ¿Estableció y ejecutó, con participación social, programas de monitoreo del estado ambiental de los recursos naturales asociados con aguas residuales domésticas e

industriales?

CODIFICACIÓN DE LA LEY DE GESTIÓN AM BIENTALArt. 39.- Las instituciones encargadas de la adm inistración de los recursos naturales, control de la contam inación ambiental y protección del m edio ambiental, establecerán con participación social, program as de monitoreo del estado ambiental en las áreas de su competencia; esos datos serán rem itidos al M inisterio del ramo para su sistem atización; tal inform ación será pública.

Si Com parar con lím ites máximos perm isibles. Verificar acciones correctivas.

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5 ¿Cuenta la entidad con unidad de gestión ambiental?¿Está organizada la unidad ambiental considerando los lineamientos generales de la NCI?

NORM A DE CO NTRO L INTERNO 409-02 Organización de la Unidad AmbientalLas entidades y organism os del sector público que manejen proyectos de inversión deben contar con una Unidad de Gestión Am biental conformada con especia listas en varias disciplinas, con conocim ientos am bienta les en el área de su respectiva competencia, que aseguren la prevención de daños, afectaciones y riesgos am bienta les y el control ambiental en todas las fases de los proyectos, program as y actividades. Debiendo encargarse de regular y estandarizar aspectos am bienta les a nivel institucional; así com o la debida coordinación en los procesos de participación ciudadana en proyectos y/o program as que planee ejecutar la entidad.

La Unidad de Gestión Am biental se ubicará dentro de la estructura orgánica de la entidad en un nivel de dirección, con vínculo directo a las unidades ejecutoras de proyectos, debiendo apoyar a la alta dirección en la tom a de decisiones, relativas a gestión ambiental de la entidad, planeación y ejecución de proyectos y obras que necesariamente ocasionan im pactos am bienta les en la construcción. Asesorará en la form ulación de políticas y program as internos y la observancia del marco ju ríd ico ambiental vigente.

La máxima autoridad de la entidad aprobará los procedim ientos que perm ita organizar la Unidad de Gestión Am biental y asignar los recursos humanos calificados y necesarios.

Los funcionarios de la Unidad de Gestión Am biental cumplirán las funciones, deberes y obligaciones específicas, propias de su je rarquía y de acuerdo con lo que disponga el orgánico funcional de la entidad.

La Unidad de Gestión Am biental manejará los estudios am bienta les que se realizarán previas a la ejecución, durante la ejecución y en el abandono de un proyecto.

De acuerdo a la legislación vigente, los estudios que son exig ib les en el desarrollo de un proyecto son: los Estudios de Impacto Am biental, EIA, que se elaboran previo al in icio de un proyecto; la Auditoría Ambiental, AA, que se realiza durante la construcción de un proyecto y el Plan de Manejo Ambiental, PMA, que se realiza en cualquier fase del proyecto.

Si Verificar si cuenta con el personal necesario y analizar la funcionalidad de la unidad de gestión ambiental.

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6 ¿Cumplieron las recomendaciones del último informe, de la Contraloría General del Estado o de la Unidad de Auditoría Interna, relacionado con la acción de control?

LEY ORG ÁNICA DE LA CONTRALORÍA G ENERAL DEL ESTADOArt. 92.- Recomendaciones de aud itoría.- Las recom endaciones de auditoría, una vez com unicadas a las instituciones del Estado y a sus servidores, deben ser aplicadas de manera inmediata y con el carácter de obligatorio; serán objeto de seguim iento y su inobservancia será san-cionada por la Contraloría General del Estado.

Si Verificar cum plim iento

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7 ¿Estableció las fuentes de financiamiento para el tratamiento de aguas residuales?

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Art. 264 .- Los gobiernos m unicipales tendrán las siguientes com petencias exclusivas sin perju icio de otras que determ ine la ley: ... 5. Crear, m odificar o suprim ir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras.

SI Verficar el cumplimiento.

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Fecha de revisón: 04/10/2013 Formato 6 - Página-2

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

No. Pregunta/Legislación Respuesta AcciónPlanificación

8 ¿Definieron en el ordenamiento territorial las áreas para sistemas de tratamiento de aguas residuales y sus zonas de amortiguamiento?

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADORArt. 241.- La planificación garantizará el ordenamiento territoria l y será obligatoria en todos los gobiernos autónom os descentralizados.CÓ DIG O O RG ÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AU TO NO M ÍA Y DESCENTRALIZADOArt. 466.- Atribuciones en el ordenam iento territoria l.- Corresponde exclusivam ente a los gobiernos m unicipales y m etropolitanos el control sobre el uso y ocupación del suelo en el territorio del cantón, por lo cual los planes y políticas de ordenamiento territoria l de este nivel racionalizarán las in tervenciones en el territorio de todos los gobiernos autónom os descentralizados.

El plan de ordenamiento territoria l deberá contem plar estudios parcia les para la conservación y ordenamiento de ciudades o zonas de ciudad de gran va lo r artístico e histórico, protección del paisaje urbano, de protección ambiental y agrícola, económica, e jes via les y estudio y evaluación de riesgos de desastres.

Si Verificar cum plim iento

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9 ¿Coordinaron con otras entidades las actividades de mitigación de impactos ambientales por descargas de aguas residuales domésticas e industriales?¿Coordinaron con otras entidades la construcción y operación de sistemas de tratamiento de aguas residuales?

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADORArt. 226.- Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las com petencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cum plim iento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.

CÓ DIG O O RG ÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AU TO NO M IA Y DESCENTRALIZADOArt. 299.- Obligación de coordinación.- El gobierno central y los gobiernos autónom os descentralizados están obligados a coord inar la elaboración, los contenidos y la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y los planes de los distintos niveles territoriales, como partes del sistem a nacional descentralizado de planificación participativa.- La ley y la norm ativa que adopte cada órgano legislativo de los gob iernos autónom os descentralizados establecerá las disposiciones que garanticen la coordinación interinstitucional de los planes de desarrollo.

Si Verificar cum plim iento

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Fecha de revisón: 04/10/2013 Formato 6 - Página-3

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

No. Pregunta/Legislación Respuesta Acción10 ¿Identificaron pasivos e impactos ambientales que generan las descargas de las aguas residuales domésticas e industriales?

¿Establecieron políticas, planificación, programas, objetivos, metas, plazos e indicadores orientados a eliminar el vertido de aguas residuales sin tratamiento?¿Asignaron los recursos necesarios para el tratamiento de aguas residuales?¿Mantienen programas, dirigidos a la población, para el cuidado de los sistema de alcantarillado?

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADORArt. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o juríd icas de indem nizar a los individuos y colectivos que dependan de los s istem as naturales afectados.- En los casos de im pacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los m ecanismos más eficaces para a lcanzar la restauración, y adoptará las m edidas adecuadas para e lim inar o m itigar las consecuencias am bienta les nocivas.

Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a v iv ir en un am biente sano y ecológicam ente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sum ak kawsay.- Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrim onio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.

Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas: (...)2. El derecho a una vida digna, que asegure la salud, (...) saneamiento ambiental, (...) y otros servicios sociales necesarios.

CÓ DIG O O RG ÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AU TO NO M ÍA Y DESCENTRALIZADOArt. 136.- E jercicio de las com petencias de gestión am bienta l.- De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, el e jerc ic io de la tutela estatal sobre el am biente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistem a nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del am biente y la naturaleza a través de la gestión concurrente y subsidiaria de las com petencias de este sector, con sujeción a las políticas, regulaciones técnicas y control de la autoridad ambiental nacional, de conformidad con lo dispuesto en la ley.

Corresponde a los gob iernos autónom os descentralizados provinciales gobernar, dirigir, ordenar, disponer, u organizar la gestión ambiental, la defensoría del am biente y la naturaleza, en el ám bito de su territorio; estas acciones se realizarán en el marco del sistema nacional descentralizado de gestión ambiental y en concordancia con las políticas em itidas por la autoridad ambiental nacional. Para el otorgam iento de licencias am bienta les deberán acreditarse obligatoriam ente como autoridad ambiental de aplicación responsable en su circunscripción.

Los gobiernos autónom os descentralizados m unicipales establecerán, en form a progresiva, sistem as de gestión integral de desechos, a fin de e lim inar los vertidos contam inantes en ríos, lagos, lagunas, quebradas, esteros o mar. aguas residuales provenientes de redes de alcantarillado, público o privado, así com o elim inar el vertido en redes de alcantarillado.

Art. 215.- Presupuesto.- (...)Todo program a o proyecto financiado con recursos públicos tendrá objetivos, metas y plazos, al térm ino del cual serán evaluados.

LEY ORG ÁNICA DE LA SALUDArt. 105.- Las personas naturales o ju ríd icas propietarias de instalaciones o edificaciones, públicas o privadas, ubicadas en las zonas costeras e insulares, utilizarán las redes de alcantarillado para e lim inar las aguas servidas y residuales producto de las actividades que desarrollen; y, en los casos que inevitablemente requieran e lim inarlos en el mar, deberán tratarlos previamente, debiendo contar para el efecto con estudios de im pacto am biental; así como utilizar em isarios subm arinos que cumplan con las normas sanitarias y am bienta les correspondientes.

Si Verificar planificación, im plem entación de medidas, construcción de sistem as de tratam iento de aguas residuales y funcionamiento.

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Fecha de revisón: 04/10/2013 Formato 6 - Página-4

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

No. Pregunta/Legislación Respuesta AcciónSi Evaluar la eficacia del

tratam iento y el seguim iento al cumplimiento.

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¿Depura las aguas residuales el GADM?

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADORArt. 264.- Los gobiernos m unicipales tendrán las siguientes com petencias exclusivas sin perjuicio de otras que determ ine la ley: ... 4. Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas re s id u a le s .

CÓ DIG O O RG ÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AU TO NO M ÍA Y DESCENTRALIZADOArt. 55.- Com petencias exclusivas del gobierno autónom o descentralizado m unicipal.- Los gob iernos autónom os descentralizados m unicipales tendrán las siguientes com petencias exclusivas sin perjuicio de otras que determ ine la ley:

a) Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo cantonal y form ular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural, en el m arco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad;

b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;

d) Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, m anejo de desechos sólidos, activ idades de saneamiento am biental y aquellos que establezca la ley;

Fecha de revisón: 04/10/2013 Formato 6 - Página-5

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

No. Pregunta/Legislación Respuesta AcciónAdministrativo y financiero

12 ¿Establece el Estatuto Orgánico responsables de la operación y mantenimiento de sistemas de tratamiento de aguas residuales?¿Delegaron estas funciones y responsabilidades a servidores?

NORMA DE CO NTRO L INTERNO 200-04 Estructura organizativaLa máxim a autoridad debe crear una estructura organizativa que atienda el cum plim iento de su misión y apoye efectivam ente el logro de los objetivos organizacionales, la realización de los procesos, las labores y la aplicación de los controles pertinentes.La estructura organizativa de una entidad depende del tam año y de la naturaleza de las actividades que desarrolla, por lo tanto no será tan sencilla que no pueda controlar adecuadamente las actividades de la institución, ni tan com plicada que inhiba el flu jo necesario de información. Los directivos comprenderán cuáles son sus responsabilidades de control y poseerán experiencia y conocim ientos requeridos en función de sus cargos.Toda entidad debe com plem entar su organigram a con un manual de organización actualizado en el cual se deben asignar responsabilidades, acciones y cargos, a la vez que debe establecer los niveles je rárquicos y funciones para cada uno de sus servidoras y servidores.

200-05 Delegación de autoridadLa asignación de responsabilidad, la delegación de autoridad y el establecim iento de políticas conexas, ofrecen una base para el seguim iento de las actividades, objetivos, funciones operativas y requisitos regulatorios, incluyendo la responsabilidad sobre los s istem as de inform ación y autorizaciones para efectuar cambios.La delegación de funciones o tareas debe conllevar, no sólo la exigencia de la responsabilidad por el cum plim iento de los procesos y actividades correspondientes, sino tam bién la asignación de la autoridad necesaria, a fin de que los servidores puedan em prender las acciones m ás oportunas para ejecutar su com etido de manera expedita y eficaz.Las resoluciones adm inistrativas que se adopten por delegación serán consideradas com o dictadas por la autoridad delegante. El delegado será personalm ente responsable de las decisiones y om isiones con relación al cum plim iento de la delegación.

Si Verificar cum plim iento

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13 ¿ Tienen competencia profesional para el manejo del sistema de tratamiento de aguas residuales, los servidores designados?¿ Tienen conocimientos de impactos ambientales, seguridad laboral y salud ocupacional en la gestión de aguas residuales, los servidores designados?

NORMA DE CO NTRO L INTERNO 200-06 Competencia profesionalLa máxima autoridad y los directivos de cada entidad pública reconocerán com o elemento esencial, las com petencias profesionales de las servidoras y servidores, acordes con las funciones y responsabilidades asignadas.La com petencia incluye el conocim iento y habilidades necesarias para ayudar a asegurar una actuación ordenada, ética, eficaz y eficiente, al igual que un buen entendim iento de las responsabilidades individuales relacionadas con el control interno.Las servidoras y servidores de los organismos, entidades, dependencias del sector público y personas ju ríd icas de derecho privado que dispongan de recursos públicos, mantendrán un nivel de com petencia que les perm ita com prender la im portancia del desarrollo, im plantación y mantenim iento de un buen control interno y realizar sus funciones para poder alcanzar los objetivos y la misión de la entidad.Los directivos de la entidad, especificarán en los requerim ientos de personal, el nivel de com petencias necesario para los d istintos puestos y tareas a desarrollarse en las áreas correspondientes. Así mismo, los program as de capacitación estarán dirig idos a m antener los niveles de com petencia requeridos.

Si Verificar cum plim iento

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14 ¿Incluyó el presupuesto institucional los insumos y costos que involucra el sistema de tratamiento?¿Cuenta el sistema de tratamiento con manual de operación y programa de mantenimiento?

NORMA DE CO NTRO L INTERNO 408-31 Operación que establece:“Los planes y program as de operación deben elaborarse para que la obra funcione de manera óptima, partiendo de la certificación de que se tienen todos los recursos e insumos necesarios para ello. La adm inistración debe asegurar al menos un funcionam iento adecuado o aceptable de la o b r a . ”

Si R evisar manual de operación y programa de mantenimiento.

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Fecha de revisón: 04/10/2013 Formato 6 - Página-6

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

No. Pregunta/Legislación Respuesta AcciónLicenciamiento

15 ¿Intersecan los sistemas de tratamiento de aguas residuales con áreas del patrimonio forestal del estado o áreas protegidas? Si Verificar el certificado de intersección y la licencia am biental de la Autoridad Am biental Nacional.

No Continuar con la siguiente pregunta

16 ¿Cuenta la actividad o proyecto con certificado de intersección, ficha ambiental, términos de referencia y estudios de impacto ambiental?

LEY DE GESTIÓN AM BIENTALArt. 19.- Las obras públicas, privadas o mixtas, y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar im pactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organism os descentralizados de control, conforme el S istem a Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio.

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AM BIENTE LIBRO VI SUMAArt. 22.- Inicio y determ inación de la necesidad de un proceso de evaluación de im pactos am bienta les.- Antes de in ic ia r su realización o ejecución, todas las actividades o proyectos propuestos de carácter nacional, regional o local, o sus modificaciones, que conforme al artículo 15 lo ameriten, deberán som eterse al proceso de evaluación de impacto ambiental, (...) Para in iciar la determ inación de la necesidad (o no) de una evaluación de im pactos am bienta les (tamizado), el prom otor presentará a la autoridad ambiental de aplicación responsable (AAAr)a) la ficha ambiental de su actividad o proyecto propuesto, en la cual justifica que dicha actividad o proyecto no es sujeto de evaluación de im pactos am bienta les de conformidad con el artículo 15 de este Título y la D isposición Final Quinta; o,b) el borrador de los térm inos de referencia propuestos para la realización del correspondiente estudio de im pacto ambiental luego de haber determ inado la necesidad de una evaluación de im pactos am bienta les de conform idad con el 15 de este Título(... ) En el caso de aprobarla, se registrará la ficha am biental y el prom otor quedará facultado para el inicio de su actividad o proyecto, sin necesidad de evaluación de im pactos am bienta les pero sujeto al cum plim iento de la norm ativa ambiental vigente. Si la AAAr observa o rechaza la ficha ambiental por considerar que la actividad o proyecto propuesto necesita una evaluación de im pactos ambientales, el prom otor deberá preparar un borrador de térm inos de referencia a fin de continuar con el proceso de evaluación de im pactos ambientales.

Si Verificar cum plim iento

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17 ¿Presentaron estudios de impacto ambiental ex post o auditorías ambientales de los sistemas de tratamiento de aguas residuales?¿Existen aprobaciones y licencias ambientales de los sistemas de tratamiento de aguas residuales?

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AM BIENTE LIBRO VI SUMATercera.- L icenciam iento ambiental de actividades y proyectos en funcionam iento.- En los casos que, luego de cum plido el período previsto como de ajuste, posterior al de acreditaciones, la autoridad ambiental de aplicación a través de sus actividades de control, seguim iento y/o aud itorías am bienta les identifique actividades o proyectos en ejecución que no cuenten con la licencia am biental respectiva de conform idad con su sub-sistema de evaluación de im pactos ambientales, procederá a determ inar las condiciones para que la actividad o proyecto se enm arque en la normativa am biental en un plazo razonable a través de la presentación de auditorías am bienta les o un estudio de im pacto am biental ex-post y la preparación de un plan de manejo ambiental, a fin de obtener la correspondiente licencia ambiental, sin perju icio de las sanciones aplicab les de conform idad con la legislación vigente.

Si Verificar cum plim iento de p lanes de manejo am biental y requisitos de las licencias ambientales.

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Fecha de revisón: 04/10/2013 Formato 6 - Página-7

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

No. Pregunta/Legislación Respuesta Acción18 ¿Presentaron términos de referencia de los estudios ambientales de la construcción y operación de los sistemas de tratamiento de aguas residuales?

¿Acogieron las observaciones de la autoridad ambiental en los términos de referencia?

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AM BIENTE LIBRO VI SUMAArt. 16.- A lcance o térm inos de referencia.- Los térm inos de referencia para un estudio de impacto ambiental determ inarán el alcance, la focalización y los métodos y técnicas a aplicarse en la elaboración de dicho estudio en cuanto a la profundidad y nivel de detalle de los estudios para las variab les am bienta les relevantes de los diferentes aspectos ambientales: m edio físico, medio biótico, medio socio-cultural y salud pública... Los térm inos de referencia deben incorporar en la priorización de los estudios los criterios y observaciones de la comunidad, para lo cual el prom otor en coordinación con la autoridad ambiental de aplicación responsable em pleará los m ecanismos de participación...

Art. 23.- Térm inos de referencia.- Los térm inos de referencia para la realización de un estudio de impacto ambiental serán preparados inicia lm ente por el prom otor de la actividad o proyecto para la revisión y aprobación de la autoridad ambiental de aplicación responsable, previo a la incorporación de los criterios de la comunidad, de acuerdo al artículo 20 de este Título. La AAAr podrá m odificar el a lcance y la focalización de los térm inos de referencia previo a su aprobación que se em itirá dentro del térm ino de 15 días, modificaciones que obligatoriam ente deben ser atendidos por el prom otor en la realización de su estudio de im pacto ambiental.

Si Verificar cum plim iento

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19 En caso de que dentro del área de influencia directa o indirecta de las descargas de aguas residuales, se encuentren poblaciones en riesgo por el uso del agua y ecosistemas sensibles: ¿Implementaron actividades de protección para las poblaciones en riesgo por el uso del agua y para los ecosistemas sensibles?

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADORArt. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o ju ríd icas de indem nizar a los individuos y colectivos que dependan de los s istem as naturales afectados.- En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los m ecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará las m edidas adecuadas para e lim inar o m itigar las consecuencias am bienta les nocivas.

Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a v iv ir en un am biente sano y ecológicam ente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sum ak kawsay.- Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.

Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas: (...)2. El derecho a una vida digna, que asegure la salud, (...) saneamiento ambiental, (...) y otros servicios sociales necesarios.

Si Evaluar el cum plim iento de las actividades de protección para reducir el nivel de riesgo.

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Fecha de revisón: 04/10/2013 Formato 6 - Página-8

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

No. Pregunta/Legislación Respuesta Acción20 ¿Realizaron las convocatorias para la participación social del estudio de impacto ambiental en el área de influencia de la actividad o proyecto?

¿Realizaron la participación social en el área de influencia de la actividad o proyecto, durante el proceso de evaluación del impacto ambiental?

Decreto Ejecutivo 1040Art. 6.- De la participación social.- La participación social tiene por objeto el conocim iento, la integración y la in icia tiva de la ciudadanía para forta lecer la aplicación de un proceso de evaluación de im pacto ambiental y d ism inuir sus márgenes de riesgo e im pacto ambiental.

Art. 18.- De las convocatorias.- Las convocatorias a los m ecanismos de participación social señalados en el artículo 8, se realizarán por uno o varios m edios de am plia difusión pública que garanticen el acceso a la información, principalmente, e incluirá el extracto que resuma las características de la actividad o proyecto que genere impacto ambiental, así com o el lugar, fecha, hora y m etodología a seguir en el mecanismo de participación social seleccionado previamente. Se realizará en form a simultánea, por lo menos a través de uno de los siguientes medios:a) Una publicación de la convocatoria en uno de los diarios de mayor circulación a nivel local;b) Publicación a través de una página web o fic ia l;c) Publicación del extracto en las carte leras de los gobiernos seccionales autónom os y dependientes del área de influencia; y,d) Envío de com unicaciones escritas a los sujetos de participación social señalados en el artículo 15 de este reglamento, adjuntando el resumen ejecutivo del Estudio de Impacto Ambiental. La autoridad ambiental com petente v ig ila rá que el proponente utilice a m ás de los m edios de convocatoria referidos, todos aquellos que perm itan una adecuada difusión de la convocatoria acorde a los usos, costum bres e id iosincrasia de los sujetos de participación social.

Art. 19.- Recepción de criterios y sistem atización.- Estos requisitos tienen como objeto conocer los diferentes criterios de los sujetos de participación social y com prender el sustento de los mismos, a fin de sistem atizarlos adecuadam ente en el respectivo informe.Los criterios podrán recopilarse a través de los siguientes medios:a) Actas de asam bleas públicas;b) M emorias de reuniones específicas;c) Recepción de criterios por correo tradicional;d) Recepción de criterios por correo electrónico; y,e) Los dem ás medios que se consideren convenientes, dependiendo de la zona y las características socio culturales de la comunidad.El informe de sistematización de criterios deberá especificar:a) Las actividades más relevantes del proceso de participación social;b) Las alternativas identificadas y la recom endación concreta para acoger una o más de ellas, o para m antener la versión original del Estudio de Impacto Ambiental, con los correspondientes sustentos técnicos, económicos, ju ríd icos y sociales, debidam ente desarrollados; y,c) El análisis de posibles conflictos socio-am bientales evidenciados y las respectivas soluciones a los mismos, en caso de haberlos.El inform e de sistematización de criterios se incluirá al Estudio de Impacto Am biental que se presentará a la autoridad ambiental com petente para su aprobación.En el evento de que los sujetos de participación social no ejerzan su derecho a participar en la gestión ambiental habiendo sido debidam ente convocados o se opongan a su realización, este hecho no constituirá causal de nulidad del proceso de participación social y no suspenderá la continuación del mismo, debiendo el prom otor presentar el informe de sistem atización de criterios de manera obligatoria.Ver Instructivo de Decreto Ejecutivo 1040

LEY ORG ÁNICA DE SALUDArt. 24.- Inejecutabilidad de actos y contratos.- Al tenor de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley de G estión Ambiental, la actividad o proyecto que genere im pacto ambiental, así com o los actos y contratos que se deriven de la misma, serán inejecutables si no cumplen con uno o m ás de los requisitos del procedim iento de participación social regulado en este instrumento.

Art. 95.- La autoridad sanitaria nacional en coordinación con el M inisterio de Ambiente, establecerá las normas básicas para la preservación del am biente en m aterias relacionadas con la salud humana, las m ismas que serán de cum plim iento obligatorio para todas las personas naturales, entidades públicas, privadas y com unitarias.- El Estado a través de los organismos com petentes y el sector privado está obligado a proporcionar a la población, in form ación adecuada y veraz respecto del im pacto ambiental y sus consecuencias para la salud individual y colectiva.

Si Verificar cum plim iento

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Fecha de revisón: 04/10/2013 Formato 6 - Página-9

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

No. Pregunta/Legislación Respuesta Acción21 ¿Consultó el Estado oportunamente a la comunidad sobre una decisión o autorización, relacionada con la gestión de tratamiento de aguas residuales, que podría afectar al

ambiente?

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADORArt. 398.- Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al am biente deberá ser consultada a la comunidad, a la cual se informará am plia y oportunamente. El sujeto consultante será el Estado.

LEY ORG ÁNICA DE PARTICIPACIÓN SOCIALArt. 82.- Consulta ambiental a la com unidad.- Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al am biente deberá se r consultada a la comunidad, para lo cual se inform ará am plia y oportunamente. El sujeto consultante será el Estado.- El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la Constitución, los instrumentos in ternacionales de derechos humanos y las leyes.

Art. 83.- Va loración.- Si de los referidos procesos de consulta deriva una oposición m ayoritaria de la comunidad respectiva, la decisión de ejecutar o no el proyecto será adoptada por resolución debidam ente argum entada y motivada de la instancia adm inistrativa superior correspondiente; la cual, en el caso de decidir la ejecución, deberá establecer parám etros que m inimicen el im pacto sobre las comunidades y los ecosistemas; además, deberá prever métodos de mitigación, compensación y reparación de los daños, así como, de ser posible, integrar laboralmente a los m iembros de la comunidad en los proyectos respectivos, en condiciones que garanticen la dignidad humana.

CODIFICACIÓN DE LA LEY DE GESTIÓN AM BIENTALArt. 28.- Toda persona natural o juríd ica tiene derecho a participar en la gestión ambiental, a través de los m ecanismos que para el efecto establezca el Reglamento, entre los cuales se incluirán consultas, audiencias públicas, in iciativas, propuestas o cualquier form a de asociación entre el sector público y el privado. Se concede acción popular para denunciar a quienes vio len esta garantía, sin perju icio de la responsabilidad civil y penal por denuncias o acusaciones tem erarias o m aliciosas.- El incum plim iento del proceso de consulta al que se refiere el artículo 88 (398) de la Constitución Política de la República tornará inejecutable la actividad de que se trate y será causal de nulidad de los contratos respectivos.

Verificar cum plim iento

No Com entar

Si

Fecha de revisón: 04/10/2013 Formato 6 - Página-10

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

No. Pregunta/Legislación Respuesta Acción22 ¿Se consideraron e incorporaron los criterios y observaciones de la población, relacionados con la revisión y evaluación de impacto ambiental ?

Decreto Ejecutivo 1040Art. 9.- A lcance de la participación social.- La participación social es un elemento transversal y trascendental de la gestión ambiental. En consecuencia, se integrará principalmente durante las fases de toda actividad o proyecto propuesto, especialmente las relacionadas con la revisión y evaluación de impacto ambiental. La participación social en la gestión ambiental tiene com o finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialm ente la población directam ente afectada de una obra o proyecto

Si Verificar su implementación.

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23 ¿Cuentan con licencias ambientales, los sistemas de tratamiento de aguas residuales, para las fases de construcción, operación, cierre y abandono?

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADORArt. 411.- El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua.-

CODIFICACIÓN DE LA LEY DEGESTIÓN AMBIENTALArt. 20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva, otorgada por el M inisterio del ramo.

Art. 16.- A lcance o térm inos de referencia.- (...) El alcance del respectivo estudio de impacto ambiental deberá cubrir todas las fases del ciclo de vida de una actividad o proyecto propuesto, excepto cuando por la naturaleza y características de la actividad y en base de la respectiva norm ativa sectorial se puedan prever diferentes fases y dentro de éstas diferentes etapas de ejecución de la actividad.

Si Verificar cum plim iento

No Comentar

24 ¿ Obtuvieron las licencias ambientales antes de la ejecución de cada fase?

CODIFICACIÓN DE LA LEY DEGESTIÓN AMBIENTALArt. 20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva, otorgada por el M inisterio del ramo.

Si Verificar el cum plim iento de com prom isos de la licencia.

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25 ¿Cumple el proponente con las disposiciones particulares y obligaciones especificas determinadas en la licencia ambiental ?

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, LIBRO VI SUMA: Art. 25.- Revisión de un estudio de impacto am bienta l...c) Resolución y Licenciamiento: la AA Ar notificará la aprobación del estudio de im pacto ambiental al promotor, mediante la em isión de una resolución que contendrá: c.1) La identificación de los elementos, documentos, facultades legales y reglamentarias que se tuvieron a la vista para resolver; c.2) Las consideraciones técnicas u otras en que se fundam enta la resolución; c.3) La opinión fundada de la autoridad ambiental de aplicación, y los inform es em itidos durante el proceso, de otros organism os con com petencia am biental; c.4) Las consideraciones sobre el proceso de participación ciudadana, conforme a los requisitos mínimos establecidos en este Título y en el respectivo sub-sistem a de evaluación de im pactos am bienta les de la autoridad ambiental de aplicación, c.5.) La calificación del estudio, aprobándolo y disponiendo se em ita el correspondiente certificado de licenciam iento.- La licencia ambiental contendrá entre otros: el señalam iento de todos y cada uno de los dem ás requisitos, condiciones y obligaciones aplicab les para la ejecución de la actividad o proyecto propuesto, incluyendo una referencia al cum plim iento obligatorio del plan de manejo ambiental así com o el establecim iento de una cobertura de riesgo ambiental, o seguro de responsabilidad civil u otros instrumentos que establezca y/o califique la autoridad ambiental de aplicación como adecuado para enfrentar posibles incumplim ientos del plan de manejo ambiental o contingencias relacionadas con la ejecución de la actividad o proyecto licenciado.

SI Verificar cumplim iento.

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

No. Pregunta/Legislación Respuesta AcciónSeguimiento al licenciamiento ambiental, plan de manejo ambiental y auditorías de cumplimiento

26 ¿Realizaron auditorías ambientales de cumplimiento en la construcción y operación del sistema de tratamiento de aguas residuales, con la periodicidad requerida?

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, LIBRO VI SUMA: Art. 60.- Auditoría Am biental de Cumplim iento.- Un año después de entrar en operación la actividad a favor de la cual se aprobó el EIA, el regulado deberá realizar una Auditoría Am biental de Cumplim iento con su plan de m anejo ambiental y con las normativas am bienta les vigentes, particularmente del presente reglamento y sus normas técnicas. La Auditoría Am biental de Cum plim iento con el plan de manejo ambiental y con las normativas am bienta les vigentes incluirá la descripción de nuevas actividades de la organización cuando las hubiese y la actualización del plan de m anejo ambiental de ser el caso.

Art. 61.- Periodicidad de la Auditoría Am biental de Cumplim iento.- En lo posterior, el regulado, deberá presentar los inform es de las auditorías am bienta les de cum plim iento con el plan de manejo ambiental y con las norm ativas am bienta les v igentes al menos cada dos años, contados a partir de la aprobación de la prim era auditoría ambiental. En el caso de actividades reguladas por cuerpos normativos especiales, el regulado presentará la auditoría ambiental en los plazos establecidos en esas normas, siem pre y cuando no excedan los dos años. Estas aud itorías son requisito para la obtención y renovación del perm iso de descarga, em isiones y vertidos.

Si Verificar acciones de cum plim iento de las actividades objeto de no conform idades

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27 ¿Cuentan los sistema de tratamiento de aguas residuales con planes de manejo ambiental de las fases de construcción y operación?

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, LIBRO VI SUMAArt. 57.- Documentos Técnicos.- Los estudios am bienta les se realizarán en las etapas previas a la ejecución, durante la ejecución y para el abandono (cese de actividades) temporal o defin itivo de un proyecto o actividad.

Los documentos técnicos o estudios am bienta les que serán exigidos por la autoridad son entre otros:a) Estudios de Impacto Am biental (EIA), que se realizan previo al in icio de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo establecido en el SUMA;b) Auditoría Am biental (AA), que se realizan durante el e jercicio de la actividad, lo cual incluye la construcción;c) Plan de Manejo Am biental (PMA), que se realiza en cualquier etapa del proyecto o actividad.

NORMA DE CO NTRO L INTERNO 300-01 Identificación de riesgosLos directivos de la entidad identificarán los riesgos que puedan afectar el logro de los objetivos institucionales debido a factores internos o externos, así com o emprenderán las medidas pertinentes para afrontar exitosamente ta les riesgos.Los factores externos pueden ser económicos, políticos, tecnológicos, sociales y ambientales. Los internos incluyen la infraestructura, el personal, la tecnología y los procesos.Es im prescindible identificar los riesgos relevantes que enfrenta una entidad en la búsqueda de sus objetivos.La identificación de los riesgos es un proceso interactivo y genera lm ente integrado a la estrategia y planificación. En este proceso se realizará un mapa del riesgo con los factores internos y externos y con la especificación de los puntos c laves de la institución, las interacciones con terceros, la identificación de objetivos genera les y particulares y las amenazas que se puedan afrontar.Algo fundam ental para la evaluación de riesgos es la existencia de un proceso permanente para identificar el cam bio de condiciones gubernamentales, económicas, industriales, regulatorias y operativas, para tom ar las acciones que sean necesarias.Los perfiles de riesgo y controles relacionados serán continuam ente revisados para asegurar que el mapa del riesgo siga siendo válido, que las respuestas al riesgo son apropiadam ente escogidas y proporcionadas, y que los controles para m itigarlos sigan siendo efectivos en la medida en que los riesgos cam bien con el tiempo.

Si Verificar el cum plim iento del plan de manejo ambiental.

No Com entar considerando como efecto la NCI 300-01.

Fecha de revisón: 04/10/2013 Formato 6 - Página-12

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

No. Pregunta/Legislación Respuesta Acción28 ¿Cuenta la entidad con indicadores de: cobertura del sistema de alcantarillado, volumen de aguas residuales producidas y tratadas?

¿Cuenta la entidad con indicadores de cumplimiento del plan de manejo ambiental de los sistemas de tratamiento de aguas residuales?

LEY ORG ÁNICA DE LA CONTRALORÍA G ENERAL DEL ESTADOArt. 77.- Máximas autoridades, titu lares y responsables.- Los Ministros de Estado y las m áxim as autoridades de las instituciones del Estado, son responsables de los actos, contratos o resoluciones em anados de su autoridad. Adem ás se establecen las siguientes atribuciones y obligaciones específicas: 1. T itular de la entidad:(...) b) D isponer que los responsables de las respectivas unidades adm inistrativas establezcan indicadores de gestión, m edidas de desempeño u otros factores para evaluar el cum plim iento de fines y objetivos, la eficiencia de la gestión institucional y el rendim iento individual de los servidores;

Si Analizar los indicadores y com entar el grado de cum plim iento

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29 ¿Cuentan con permisos vigentes de descargas, emisiones y vertidos?

REGLAM ENTO A LA LEY DE GESTIÓN AM BIENTAL PARA LA PREVENCIÓN Y CO NTRO L DE LA CO NTAMINACIÓN AM BIENTALArt. 69.- Perm iso de Descarga, Em isiones y Vertidos.- De verificar la entidad ambiental de control que el plan de manejo ambiental se ha cum plido con normalidad, extenderá el perm iso de descarga, em isiones y vertidos, previo el pago de los derechos fijados para el efecto.

Si Verificar el cum plim iento de requisitos los permisos.

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30 ¿Cuenta con facilidades técnicas para el monitoreo de descargas líquidas del sistema de tratamiento?

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, LIBRO VI SUMAAnexo del libro VI 4.2.1.14 El regulado deberá disponer de sitios adecuados para caracterización y aforo de sus efluentes y proporcionarán todas las facilidades para que el personal técnico encargado del control pueda efectuar su trabajo de la m ejor manera posible.

A la salida de las descargas de los efluentes no tratados y de los tratados, deberán existir sistem as apropiados, ubicados para medición de caudales. Para la medición del caudal en canales o tuberías se usarán vertederos rectangulares o triangulares, m edidor Parshall u otros aprobados por la Entidad Am biental de Control. La tubería o canal de conducción y descarga de los efluentes, deberá ser conectada con un tanque de disipación de energía y acumulación de líquido, el cual se ubicará en un lugar nivelado y libre de perturbaciones, antes de llegar al vertedero. El vertedero deberá estar nivelado en sentido perpendicular al fondo del canal y sus características dependerán del tipo de vertedero y del ancho del canal o tanque de aproximación.

Si Continuar con la siguiente pregunta

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31 ¿Incluyen los planes de manejo ambiental, de los sistemas de tratamiento de aguas residuales, los programas de monitoreo y seguimiento?¿El número y frecuencia está acorde con lo establecido en el programa de monitoreo y seguimiento?

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, LIBRO VI SUMA Art. 59.- Plan de Manejo AmbientalEl plan de manejo ambiental incluirá entre otros un programa de monitoreo y seguim iento que ejecutará el regulado, el program a establecerá los aspectos ambientales, im pactos y parám etros de la organización, a ser monitoreados, la periodicidad de estos monitoreos, la frecuencia con que debe reportarse los resultados a la entidad ambiental de control. El plan de manejo ambiental y sus actualizaciones aprobadas tendrán el m ismo efecto legal para la actividad que las normas técnicas dictadas bajo el am paro del presente Libro VI De la Calidad Ambiental.

Art. 75.- Responsabilidad del Monitoreo (... ) El regulado es responsable por el monitoreo de sus emisiones, descargas o vertidos, sin embargo la autoridad ambiental podrá solic itarle el monitoreo de la calidad de un recurso(... ) En el caso de los regulados, la información derivada del monitoreo deberá ser rem itida a la autoridad que le hubiere otorgado la autorización adm inistrativa ambiental correspondiente.

Si Verificar cumplim iento.

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

No. Pregunta/Legislación Respuesta Acción32 ¿Presentó el informe anual de resultados del monitoreo de descargas, emisiones y vertidos a la entidad ambiental de control?

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, LIBRO VI SUMA Art. 81.- Reporte AnualEs deber fundam ental del regulado reportar ante la entidad ambiental de control, por lo menos una vez al año, los resultados de los m onitoreos correspondientes a sus descargas, em isiones y vertidos de acuerdo a lo establecido en su PMA aprobado. Estos reportes perm itirán a la entidad ambiental de control verificar que el regulado se encuentra en cum plim iento o incumplim iento del presente Libro VI De la Calidad Am biental y sus normas técnicas contenidas en los Anexos, así com o del plan de manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de

Si Verificar cum plim iento

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33 Las descargas de aguas residuales: ¿Superan los límites máximos permisibles establecidos en la Norma de Calidad Ambiental y de Descargas de Efluentes: Recurso Agua (ver tablas 11, 12 y 13 del Anexo 1 del libro VI del TULSMA)? ¿Tomaron acciones correctivas?

LEY ORG ÁNICA DE SALUDArt. 103.- Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, descargar o depositar aguas servidas y residuales, sin el tratam iento apropiado

Ley de Prevención y Control de la Contaminación AmbientalArt. 6.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así com o infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contam inantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna, a la flora y a las propiedades.

Art. 10.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contam inantes que puedan alterar la calidad del suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes.

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, LIBRO VI ANEXO I4.2.1.16 De acuerdo con su caracterización toda descarga puntual al sistem a de alcantarillado y toda descarga puntual o no puntual a un cuerpo receptor, deberá cum plir con las disposiciones de esta Norma. La Entidad Am biental de Control dictará la guía técnica de los parám etros m ínimos de descarga a analizarse o monitorearse, que deberá cum plir todo regulado. La expedición de la guía técnica deberá darse en un plazo máxim o de un mes después de la publicación de la presente norma. Hasta la expedición de la guía técnica es responsabilidad de la Entidad Am biental de Control determ inar los parám etros de las descargas que debe m onitorear el regulado.

4.2.2.3 Toda descarga al sistem a de alcantarillado deberá cumplir, al menos, con los valores establecidos a continuación (ver tab la 11 o tablas de acuerdo con el uso posterior del agua)

Si Evaluar la efectividad de las acciones correctivas. Si no existen m edidas correctivas solic itar criterio legal.

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34 ¿Las descargas se diluyen?

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, LIBRO VI ANEXO 1 NORMA DECALIDAD AM BIENTAL Y DE DESCARGA DE EFLUENTES: RECURSO AGUA4.2.1.3 Se prohíbe la utilización de cualquier tipo de agua, con el propósito de d ilu ir los efluentes líquidos no tratados.

Si Comentar

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Fecha de revisón: 04/10/2013 Formato 6 - Página-14

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

No. Pregunta/Legislación Respuesta Acción35 ¿Cuenta con planes de contingencias y emergencias, relacionados con el sistema de tratamiento de aguas residuales?

En el caso de situaciones de fallas en los sistemas de tratamiento de aguas residuales o paros mayores a 24 horas:¿Se elaboraron y entregaron informes de emergencia a la entidad ambiental?

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AM BIENTE,Título IV REGLAM ENTO A LA LEY DE GESTIÓN AM BIENTAL PARA LA PREVENCIÓN Y CO NTRO L DE LA CO NTAM INACIÓN AM BIENTAL Art. 87.- Información de Situaciones de Em ergenciaEl regulado está obligado a in form ar a la entidad ambiental de control cuando se presenten situaciones de emergencia, accidentes o incidentes por razones de fuerza m ayor que puedan generar cam bios sustanciales de sus descargas, vertidos o em isiones, con referencia a aquellas autorizadas por la entidad ambiental de control. Así, reportará de manera inmediata, en un plazo no m ayor a 24 horas, las siguientes situaciones:a) Necesidad de parar en form a parcial o total un sistem a de tratam iento, para un mantenim iento que dure más de veinticuatro (24) horas;b) Fallas en los sistem as de tratam iento de las em isiones, descargas o vertidos cuya reparación requiera m ás de veinticuatro (24) horas;c) Emergencias, incidentes o accidentes que im pliquen cam bios sustanciales en la calidad, cantidad o nivel de la descarga, vertido o em isión; y,d) Cuando las emisiones, descargas o vertidos contengan cantidades o concentraciones de sustancias consideradas peligrosas.

Si Verificar cum plim iento

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36 ¿Realizó la auditoría de cumplimiento un consultor calificado?

CODIFICACIÓN DE LA LEY DE GESTIÓN AM BIENTALArt. 22.- Los sistem as de manejo ambiental en los contratos que requieran estudios de impacto ambiental y en las actividades para las que se hubiere otorgado licencia ambiental, podrán ser evaluados en cualquier momento, a solicitud del M inisterio del ramo o de las personas afectadas.- La evaluación del cum plim iento de los planes de manejo ambiental aprobados se realizará mediante la auditoría ambiental, practicada por consultores previamente calificados por el M inisterio del ramo, a fin de establecer los correctivos que deban hacerse.

Si Verificar cum plim iento

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Control de la Unidad de Gestión Ambiental37 ¿Permitió la unidad de gestión ambiental descargas que superan los límites máximos permitidos por la Norma de Calidad Ambiental y de Descargas de Efluentes: Recurso Agua

(ver tablas 11 a 13 del Anexo 1 del libro VI del TULSMA), sin exigir sistemas de tratamiento de aguas residuales a los establecimientos industriales, comerciales o de servicios?

LEY ORG ÁNICA DE SALUDArt. 104.- Todo establecim iento industrial, comercial o de servicios, tiene la obligación de instalar s istem as de tratam iento de aguas contam inadas y de residuos tóxicos que se produzcan por efecto de sus actividades.- Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer cum plir esta disposición.

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, LIBRO VI ANEXO 1 NORMA DECALIDAD AM BIENTAL Y DE DESCARGA DE EFLUENTES: RECURSO AGUA4.2.1.10 Se prohíbe descargar sustancias o desechos peligrosos (líquidos-sólidos-sem isólidos) fuera de los estándares perm itidos, hacia el cuerpo receptor, sistem a de a lcantarillado y sistem a de aguas lluvias.

Si Com entar

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No. Pregunta/Legislación Respuesta Acción38 ¿Controla las descargas de residuos líquidos a vías públicas, canales de riego y drenaje o sistemas de recolección de aguas lluvias y aguas subterráneas?

TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, LIBRO VI ANEXO 1NORMA DECALIDAD AM BIENTAL Y DE DESCARGA DE EFLUENTES: RECURSO AGUA4.2.1.5 Se prohíbe toda descarga de residuos líquidos a las vías públicas, canales de riego y drenaje o sistem as de recolección de aguas lluvias y aguas subterráneas.

Si Verificar cum plim iento

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39 ¿Exigió la unidad de gestión ambiental el cumplimiento de disposiciones legales, relacionadas con descargas de aguas residuales, conforme la NCI 409-07

NORMA DE CO NTRO L INTERNO409-07 Gestión ambiental en el am biente fís ico o natural, aguaLa Unidad de Gestión deberá precautelar, prevenir, proteger la contam inación del recurso agua, controlando los lím ites perm isibles, exigiendo el cum plim iento de las disposiciones y prohibiciones de la Norm a Técnica de Calidad Am biental de Descarga de Efluentes, al amparo de la Ley de Gestión Am biental y del Reglam ento a la Ley de Gestión Am biental para la Prevención de la Contaminación Ambiental.

Si Verificar cum plim iento

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Control y operación del sistema de tratamiento de aguas residuales40 ¿La operación y el mantenimiento del sistema de tratamiento de aguas residuales se realizan conforme lo establecen el manual de operaciones y el programa de mantenimiento?

NORMA DE CO NTRO L INTERNO408-01 Proyecto (...) En la etapa de operación, la obra entra en funcionam iento de acuerdo con lo planeado y programado previamente, al tiem po que, en form a simultánea, se implementan el plan y el programa de mantenimiento. Al fina lizar el proyecto se efectuará, además, una evaluación que compare las previsiones de los estudios realizados frente a los obtenidos en la realidad, para contar con la información necesaria que perm ita m ejorar los estudios de nuevos proyectos.

Si Verificar cum plim iento

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Procedimiento contractual41 El contrato de construcción de sistemas de tratamiento de aguas residuales: ¿Cuenta con cláusulas y especificaciones ambientales? ¿Cumplieron las cláusulas y

especificaciones ambientales?

LEY DE GESTIÓN AM BIENTALArt. 26.- En las contrataciones que, conforme a esta Ley deban contar con estudios de im pacto ambiental, los documentos precontractuales contendrán las especificaciones, parámetros, variab les y características de esos estudios y establecerán la obligación de los contratistas de prevenir o m itigar los im pactos am bienta les.- La erapa precontractual y contractual de los diferentes contratos deberán sujetarse a las normas de contratación pública.

Si Verificar cum plim iento

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Seguridad, Salud y Riesgos del Trabajo

42 R evisar la normativa nacional y local relacionada con la seguridad, salud y riesgos del trabajo. Entre otras: Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decisión 584), Reglamento del Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decisión 957), Reglam ento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y m ejoram iento del Medio Am biente de Trabajo (Decreto No. 2393), Reglamento para el S istem a de Auditoría de Riesgos del Trabajo “SART” (Resolución C.D. 333), Reglamento de Seguridad y Salud para la construcción y obras públicas (Acuerdo No. 00174)

Fecha de revisón: 04/10/2013 Formato 6 - Página-16

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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO GUÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL ANEXO 4

No. Pregunta/Legislación Respuesta AcciónControl de la Unidad de Gestión Ambiental a las empresas

43 ¿Vigila, la Unidad de Gestión Ambiental, los procesos de tratamiento de aguas residuales, en las fases de planeación, factibilidad, licenciamiento ambiental, aprobación, contratación, ejecución, operación y mantenimiento?

NORMA DE CO NTRO L INTERNO409-04 Gestión ambiental en proyectos de saneamiento ambientalLos proyectos de saneamiento ambiental que desarrollará la entidad, deberán se r vig ilados y tom ará partida la Unidad de Gestión en todo el proceso, esto es, en las fases de planeación, factibilidad, licenciam iento ambiental, aprobación, contratación, ejecución, operación y mantenim iento;

Si Verificar cum plim iento

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44 Revisar la normativa específica y local del GAD Municipal relacionada con gestión de descargas de aguas residuales.

La determinación del cumplimiento del control de la Unidad de Gestión Ambiental a los generadores de descargas depende de la legislación local vigente. A continuación se listan preguntas que pueden ser consideradas para el análisis de la auditoría.

¿Mantiene actualizado el inventario de regulados que generan descargas de aguas residuales?¿Planificó el seguim iento y control de las descargas de los regulados?¿Realizó seguim iento a las em presas generadoras de descargas?¿Incluyó en el presupuesto institucional los rubros para el seguim iento y control de em presas que generan descargas.?¿Cumplen las em presas con la cantidad y frecuencia de muestreos requeridos? ¿ implementó, la entidad de control, m ecanismos para lograr el cum plim iento?¿Las descargas superan los lím ites m áxim os perm itidos en la legislación?¿Solicitó la autoridad de control im plementación de m edidas correctivas.?¿Realizó seguim iento a la im plementación de las m edidas correctivas?

Fecha de actualización de la normativa: 10 de julio de 2013 ¡Responsables del levantamiento de la información:

Fecha de revisón: 04/10/2013 Formato 6 - Página-17


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