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página 1 índice página 1 índice página 1 índice Año XVI - N° 3496 BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020 BOLETÍN DEL INSTITUTO RESOLUCIONES RESOL-2020-1187-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP C. de Areco. UGL XXXVIIIpág.1 RESOL-2020-1188-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular Agencia Tres Arroyos. UGL V pág.2 RESOL-2020-1189-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP Manuel J. Cobo. UGL VII pág.4 RESOL-2020-1190-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP Coronel Rosales. UGL V pág.5 RESOL-2020-1191-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP Coronel Suárez. UGL V.. pág.6 RESOL-2020-1192-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP Saavedra. UGL V............... pág.8 RESOL-2020-1193-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular Agencia Zárate. UGL XXXII.....pág.9 RESOL-2020-1200-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna Agencia José. C Paz. UGL VIII ........ pág.10 RESOL-2020-1201-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones Ref. E. Jurídico UGL VIII pág.12 RESOL-2020-1202-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular Agencia V. López.. UGL VIII .pág.13 RESOL-2020-1203-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular Coord. PPYS. UGL VIII .......... pág.14 DISPOSICIONES DI-2020-68-INSSJP-GAD#INSSJP Aprueba reglamenteción contratación. COVID-19..... pág.16 DI-2020-69-INSSJP-GAD#INSSJP Deja sin efecto CP N° 186/XXXII/2019............................. pág.16 DI-2019-70-INSSJP-GAD#INSSJP Deja sin efecto CP N° 002/XVI/2019 ................................pág.17 DI-2020-71-INSSJP-GAD#INSSJP Renueva contratación alquiler. DAMNPYP UGL XXIX .pág.17 DI-2020-72-INSSJP-GAD#INSSJP Autoriza contratación. Alquiler CAP. UGL XXXVIII..... pág.18 RESOL-2020-1187-INSSJP-DE#INSSJP BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-24293843- -INSSJP- GRRHH#INSSJP, la Resolución N° 678/DE/17, y CONSIDERANDO: Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XXXVIII - Chivilcoy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Tomás Julián RISSO (CUIL N° 20-36526582-9). Que, encontrándose vacante la titularidad del Centro de Atención Personalizada Cármen de Areco, Unidad de Gestión Local XXXVIII - Chivilcoy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del citado Centro de Atención Personalizada, al señor Tomás Julián RISSO (CUIL N° 20-36526582-9), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Tomás Julián RISSO (CUIL N° 20-36526582-9), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente. Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al
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Año XVI - N° 3496

BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

RESOLUCIONES

RESOL-2020-1187-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP C. de Areco. UGL XXXVIII pág.1

RESOL-2020-1188-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular Agencia Tres Arroyos. UGL V pág.2

RESOL-2020-1189-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP Manuel J. Cobo. UGL VII pág.4

RESOL-2020-1190-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP Coronel Rosales. UGL V pág.5

RESOL-2020-1191-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP Coronel Suárez. UGL V .. pág.6

RESOL-2020-1192-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP Saavedra. UGL V ...............pág.8

RESOL-2020-1193-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular Agencia Zárate. UGL XXXII .....pág.9

RESOL-2020-1200-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna Agencia José. C Paz. UGL VIII ........pág.10

RESOL-2020-1201-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna funciones Ref. E. Jurídico UGL VIII pág.12

RESOL-2020-1202-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular Agencia V. López.. UGL VIII .pág.13

RESOL-2020-1203-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular Coord. PPYS. UGL VIII .......... pág.14

DISPOSICIONES

DI-2020-68-INSSJP-GAD#INSSJP Aprueba reglamenteción contratación. COVID-19 ..... pág.16

DI-2020-69-INSSJP-GAD#INSSJP Deja sin efecto CP N° 186/XXXII/2019 ............................. pág.16

DI-2019-70-INSSJP-GAD#INSSJP Deja sin efecto CP N° 002/XVI/2019 ................................pág.17

DI-2020-71-INSSJP-GAD#INSSJP Renueva contratación alquiler. DAMNPYP UGL XXIX .pág.17

DI-2020-72-INSSJP-GAD#INSSJP Autoriza contratación. Alquiler CAP. UGL XXXVIII..... pág.18

RESOL-2020-1187-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-24293843- -INSSJP-G RRHH # INSS JP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica

y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XXXVIII - Chivilcoy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Tomás Julián RISSO (CUIL N° 20-36526582-9).Que, encontrándose vacante la titularidad del Centro de Atención Personalizada Cármen de Areco, Unidad de Gestión Local XXXVIII - Chivilcoy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del citado Centro de Atención Personalizada, al señor Tomás Julián RISSO (CUIL N° 20-36526582-9), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Tomás Julián RISSO (CUIL N° 20-36526582-9), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al

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Año XVI - N° 3496

BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico – funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XXXVIII - Chivilcoy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Tomás Julián RISSO (CUIL N° 20-36526582-9).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Cármen de Areco, Unidad de Gestión Local XXXVIII- Chivilcoy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Tomás Julián RISSO (CUIL N° 20-36526582-9), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Tomás Julián RISSO (CUIL N° 20-36526582-9), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará

por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-1187-INSSJP-DE#INSSJPLuana Volnovich - Directora - Ejecutiva Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-1188-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-23725533- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local V - Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Facundo ELGART (CUIL Nº 20-30015128-1).Que, encontrándose vacante la titularidad de la Agencia Tres Arroyos, Unidad de Gestión Local V – Bahía Blanca, Gerencia

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Año XVI - N° 3496

BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la citada Agencia, al señor Facundo ELGART (CUIL Nº 20-30015128-1), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso h), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Facundo ELGART (CUIL Nº 20-30015128-1), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico – funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local V – Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Facundo ELGART (CUIL Nº 20-30015128-1).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Agencia Tres Arroyos, Unidad de Gestión Local V - Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Facundo ELGART (CUIL Nº 20-30015128-1), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso h), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Facundo ELGART (CUIL Nº 20-30015128-1), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60)

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BOLETÍNDEL INSTITUTO

días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-1188-INSSJP-DE#INSSJPLuana Volnovich - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-1189-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO el Expediente N° EX -2020-17843437 –GRRHH, la Resolución N° 678/DE/17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local VII –La Plata, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, de la señora Carolina Victoria KOLKOWSKI (CUIL N° 27-21664457-9).Que, encontrándose vacante la titularidad del Centro de Atención Personalizada Manuel J. Cobos, Unidad de Gestión Local VII – La Plata, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del citado Centro de Atención Personalizada, a la señora Carolina Victoria KOLKOWSKI (CUIL N° 27-21664457-9), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral de la señora Carolina Victoria KOLKOWSKI (CUIL N° 27-21664457-9), procederá a partir de la fecha de notificación,

sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico – funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVADEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local VII – La Plata, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Carolina Victoria KOLKOWSKI (CUIL N° 27-21664457-9).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Manuel J. Cobo, Unidad de Gestión Local VII – La Plata, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Carolina Victoria KOLKOWSKI (CUIL N° 27-21664457-9), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g),

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artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, de la señora Carolina Victoria KOLKOWSKI (CUIL N° 27-21664457-9), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-1189-INSSJP-DE#INSSJPLuana Volnovich - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-1190-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-23821255- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y

CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local V - Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Juan Manuel HERNANDO (CUIL N° 20-33316529-6).Que, encontrándose vacante la titularidad del Centro de Atención Personalizada Coronel Rosales, Unidad de Gestión Local V – Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del citado Centro de Atención Personalizada, al señor Juan Manuel HERNANDO (CUIL N° 20-33316529-6), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, según lo estipulado en el articulo 11 del Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Juan Manuel HERNANDO (CUIL N° 20-33316529-6), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente,

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BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020

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cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico – funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local V – Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Juan Manuel HERNANDO (CUIL N° 20-33316529-6).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Coronel Rosales, Unidad de Gestión Local V - Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Juan Manuel HERNANDO (CUIL N° 20-33316529-6), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, según lo estipulado en el articulo 11 del Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Juan Manuel HERNANDO (CUIL N° 20- 33316529-6), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario

y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-1190-INSSJP-DE#INSSJPLuana Volnovich - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-1191-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-23754331- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local

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V - Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Carlos PELLEGRINI (CUIL N° 20-16050918-0).Que, encontrándose vacante la titularidad del Centro de Atención Personalizada Coronel Suarez, Unidad de Gestión Local V – Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del citado Centro de Atención Personalizada, al señor Carlos PELLEGRINI (CUIL N° 20-16050918-0), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, según lo estipulado en el Articulo 11 del Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Carlos PELLEGRINI (CUIL N° 20-16050918-0), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de

cargos vacantes en las estructuras orgánico – funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local V – Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Carlos PELLEGRINI (CUIL N° 20-16050918-0).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Coronel Suarez, Unidad de Gestión Local V- Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Carlos PELLEGRINI (CUIL N° 20-16050918-0), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, según lo estipulado en el Articulo 11 del Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Carlos PELLEGRINI (CUIL N° 20-16050918-0), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.

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Año XVI - N° 3496

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ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-1191-INSSJP-DE#INSSJPLuana Volnovich - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-1192-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-23733793- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local V- Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Matías Julián LITRE (CUIL Nº 20-31789858-5).Que, encontrándose vacante la titularidad del Centro de Atención Personalizada Saavedra, Unidad de Gestión Local V – Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del citado Centro de Atención Personalizada, al señor Matías Julián LITRE (CUIL Nº 20-31789858-5), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro

del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Matías Julián LITRE (CUIL Nº 20-31789858-5), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de lostreinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico – funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local V – Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa,

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BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020

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al señor Matías Julián LITRE (CUIL Nº 20-31789858-5).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Saavedra, Unidad de Gestión Local V - Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Matías Julián LITRE (CUIL Nº 20-31789858-5), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Matías Julián LITRE (CUIL Nº 20-31789858-5), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-1192-INSSJP-DE#INSSJPLuana Volnovich - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-1193-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-24293032- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XXXII- Luján, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Javier Antonio MONTENEGRO (CUIL Nº 20-22661901-2).Que, encontrándose vacante la titularidad de la Agencia Zárate, Unidad de Gestión Local XXXII- Luján, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la citada Agencia, al señor Javier Antonio MONTENEGRO (CUIL Nº 20-22661901-2), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso h), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP- DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Javier Antonio MONTENEGRO (CUIL Nº 20-22661901-2), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos,

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Año XVI - N° 3496

BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico – funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XXXII- Luján, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Javier Antonio MONTENEGRO (CUIL Nº 20-22661901-2).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Agencia Zárate, Unidad de Gestión Local XXXII - Luján, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Javier Antonio MONTENEGRO (CUIL Nº 20-22661901-2), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso h), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Javier Antonio MONTENEGRO (CUIL Nº 20-22661901-2) Javier Antonio MONTENEGRO (CUIL Nº 20-22661901-2), procederá

a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-1193-INSSJP-DE#INSSJPLuana Volnovich - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-1200-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-24556336- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la

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Año XVI - N° 3496

BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local VIII –San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, de la señora Flavia Lorena RAMIREZ (CUIL Nº 23- 26240969-4).Que, encontrándose vacante la titularidad de la Agencia José C. Paz, Unidad de Gestión Local VIII –San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la citada Agencia, a la señora Flavia Lorena RAMIREZ (CUIL Nº 23-26240969-4), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso h), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP- DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral de la señora Flavia Lorena RAMIREZ (CUIL Nº 23-26240969-4), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio

de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico – funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local VIII – San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Flavia Lorena RAMIREZ (CUIL Nº 23-26240969-4).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Agencia José C. Paz, Unidad de Gestión Local VIII –San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Flavia Lorena RAMIREZ (CUIL Nº 23-26240969-4), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso h), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, de la señora Flavia Lorena RAMIREZ (CUIL Nº 23-26240969-4), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para

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Año XVI - N° 3496

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acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-1200-INSSJP-DE#INSSJPLuana Volnovich - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-1201-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-24557434- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local VIII –San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Luciano Aníbal FILGUEIRA (CUIL Nº 20- 28080370-8).Que, encontrándose vacante la titularidad del Equipo Jurídico de la Unidad de Gestión Local VIII –San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de Referente del aludido Equipo, al señor Luciano Aníbal FILGUEIRA (CUIL Nº 20-28080370-8), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso f), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución

1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, RESOL-2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Luciano Aníbal FILGUEIRA (CUIL Nº 20-28080370-8), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico – funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVADEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOSRESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local VIII – San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de

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Año XVI - N° 3496

BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Luciano Aníbal FILGUEIRA (CUIL Nº 20-28080370-8).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de Referente del Equipo Jurídico de la Unidad de Gestión Local VIII –San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Luciano Aníbal FILGUEIRA (CUIL Nº 20-28080370-8), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso f), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, RESOL-2018-1038-INSSJP- DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Luciano Aníbal FILGUEIRA (CUIL Nº 20-28080370-8), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-1201-INSSJP-DE#INSSJPLuana Volnovich - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-1202-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-24556652- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local VIII –San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Diego Marcelo KOPEL (CUIL Nº 20-324933320-5).Que, encontrándose vacante la titularidad de la Agencia Vicente López, Unidad de Gestión Local VIII –San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la citada Agencia, al señor Diego Marcelo KOPEL (CUIL Nº 20-324933320-5), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso h), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP- DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Diego Marcelo KOPEL (CUIL Nº 20-324933320-5), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos,

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Año XVI - N° 3496

BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico – funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local VIII – San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Diego Marcelo KOPEL (CUIL Nº 20-324933320-5).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Agencia Vicente López, Unidad de Gestión Local VIII –San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Diego Marcelo KOPEL (CUIL Nº 20-324933320-5), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso h), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Diego Marcelo KOPEL (CUIL Nº 20-324933320-5), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual,

conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-1202-INSSJP-DE#INSSJPLuana Volnovich - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-1203-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-24557039- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.

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Año XVI - N° 3496

BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local VIII –San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Gustavo César GOMEZ PISANO (CUIL Nº 20- 32523148-4).Que, encontrándose vacante la titularidad de la Coordinación de Promoción y Prestaciones Sociales, Unidad de Gestión Local VIII –San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la citada Coordinación, al señor Gustavo César GOMEZ PISANO (CUIL Nº 20-32523148-4), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso e), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, y RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo A dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Gustavo César GOMEZ PISANO (CUIL Nº 20-32523148-4), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo

de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico – funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local VIII –San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Gustavo César GOMEZ PISANO (CUIL Nº 20-32523148-4).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Coordinación de Promoción y Prestaciones Sociales, Unidad de Gestión Local VIII –San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Gustavo César GOMEZ PISANO (CUIL Nº 20-32523148-4), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso e), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, y RESOL 2018-1038- INSSJP-DE#INSSJP, Tramo A dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Gustavo César GOMEZ PISANO (CUIL Nº 20-32523148-4), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.

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BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-1203-INSSJP-DE#INSSJPLuana Volnovich - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

DI-2020-68-INSSJP-GAD#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO el Expediente Nº EX-2020-18287292- -INSSJP-GAD#INSSJP, la Ley Nº. 19.032, la Ley Nº 27.541, los Decretos Nº DECNU-2020-260-APN-PTE, DECNU-2020-297-APN-PTE y DECNU-2020-287-APN-PTE, las Resoluciones Nº 124/DE/2018, Nº 1015/DE/2020, Nº 1086/DE/2020, y Nº 1088/DE/2020, y CONSIDERANDO:Que en el marco de la emergencia sanitaria y a fin de mitigar la propagación del coronavirus COVID-19 y su impacto sanitario, el PODER EJECUTIVO NACIONAL mediante el DECNU-2020-297-APN-PTE adoptó la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” a regir desde el 20 de marzo al 31 de marzo inclusive, con exclusión de las personas detalladas en el artículo 6º, referidas a aquellos grupos afectados a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.Que, en ese lineamiento, este Instituto por medio por medio de las Resoluciones Nº 1015/DE/2020, 1086/DE/2020 declaró la Emergencia Sanitaria a efectos de garantizar a las afiliadas y los afiliados del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES para JUBILADOS y PENSIONADOS el acceso a los bienes y servicios básicos y para la contratación de obras para la prevención, atención y afección del Coronavirus (COVID-19), estableciendo en dicha Resolución que las Unidades con competencia para contratar (UCC) del Instituto debían enmarcar estas contrataciones de emergencia en el artículo 24 inciso d) apartado d.1.2. de la Resolución N° 124/DE/18.Que mediante la Resolución Nº 1088/DE/2020 se estableció que en los casos en los que un Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios y/u Obras resulte fracasado o desierto, la Unidad con Competencia para Contratar (UCC) podrá seleccionar de forma directa al proveedor o a los proveedores

que entienda conveniente a los efectos de satisfacer la necesidad en el marco de la Emergencia Sanitaria.Que el artículo tercero de la Resolución mencionada Ut Supra estableció: “ARTICULO 3º: Delegar en la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN la reglamentación necesaria a los fines de poner operativo lo establecido en el artículo 1º de la presente resolución.”Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nros. 678/DE/17, Nº 124/DE/18 y sus modificatorias y complementarias, RESOL-2018-879-INSSJP-DE#INSSJP, RESOL-2019-1991-INSSJP-DE#INSSJP, y RESOL-2020-1088-INSSJP-DE#INSSJP;

EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese la reglamentación del procedimiento que como Anexo I se acompaña a la presente, necesaria a los fines de poner operativa la contratación de bienes, servicios u obras en el marco de la Emergencia Sanitaria COVID-19, y hasta el cese de la misma, en los casos en que un procedimiento de selección resulte fracasado o desierto.ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-68-INSSJP-GAD#INSSJPSantiago Augusto Corvalan Olivera - Gerente - Gerencia de Administración

DESCARGUE LA DISPOSICIÓN AQUÍ

DI-2020-69-INSSJP-GAD#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO la Resolución Nº 124/DE/18, sus modificatorias y complementarias, el Expediente N° 0200-2018-0027683-7 y,CONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el VISTO, y por Disposición DI-2019-56-INSSJP-GAD#INSSJP la Gerencia de Administración, autorizó a la Unidad de Gestión Local XXXII – Luján a realizar el llamado a Concurso Privado N° 186/XXXII/2019, para la búsqueda en locación de un inmueble apto para el funcionamiento del Centro de Atención Personalizada General Rodríguez, dependiente de la citada Unidad de Gestión Local, debiendo encuadrarse en lo normado en los artículos 24° inciso c) y 100° inciso a) del Anexo I de la Resolución N° 124/DE/18, Anexo VIII de la Disposición N° 1111/GA/18 y su modificatoria, Disposición 1684/GA/18 y la documentación obrante en autos.Que posteriormente, la Gerencia de Planificación y Administración de Unidades de Gestión Local, solicita dejar sin efecto el citado Concurso Privado, por no contar con disponibilidad presupuestaria para afrontar el gasto para la presente contratación, conforme lo informado por la Subgerencia de

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Año XVI - N° 3496

BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Planificación y Fortalecimiento de Unidades de Gestión Local y por la Secretaría General Técnico Operativa, en su Nota IF-2019-108007128-INSSJP- SGTO#INSSJP.Que de conformidad con lo establecido por el artículo N° 18° del Reglamento de Contrataciones del Instituto aprobado por Resolución N° 124/DE/18, el Instituto se encuentra facultado para dejar sin efecto un llamado en cualquier momento previo a la adjudicación sin lugar a la indemnización alguna, a favor de los interesados u oferentes por cualquier gasto incurrido con motivo y/o en ocasión de la presentación como oferente.Que en virtud de ello, corresponde dejar sin efecto el Concurso Privado Nº 186/XXXII/2019.Que la Secretaría General Técnico Operativa y la Gerencia de Administración, y la Asesoría Legal de la Gerencia de Administración, han actuado conforme sus facultades. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 678/DE/17, Nº 124/DE/18 y sus modificatorias, Nº RESOL-2018-879-INSSJP-DE#INSSJP, Nº RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP y RESOL- 2019-1991-INSSJP-DE#INSSJP,

EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓNDEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOSDISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto el Concurso Privado N° 186/XXXII/2019 autorizado por Disposición DI-2019-56-INSSJP-GAD#INSSJP, para la búsqueda en locación de un inmueble apto para el funcionamiento de la Sede del Centro de Atención Personalizada General Rodríguez, dependiente de la Unidad de Gestión Local XXXII – Luján, de conformidad con los motivos expuestos en los considerandos.ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-69-INSSJP-GAD#INSSJPSantiago Augusto Corvalan Olivera - Gerente - Gerencia de Administración

DI-2020-70-INSSJP-GAD#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO e l Expediente N° 0200 -2018 - 0028574 -7 y, CONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el VISTO, y por Disposición DI-2019-14-INSSJP-GAD#INSSJP la Gerencia de Administración, autorizó a la Unidad de Gestión Local XVI – Neuquén a realizar el llamado a Concurso Privado N° 002/XVI/2019, para la búsqueda en locación de un inmueble apto para el funcionamiento de la sede de la citada Unidad de Gestión Local, debiendo encuadrarse en lo normado en los artículos 24° inciso c) y 100° inciso a) del Anexo I de la Resolución N° 124/DE/18 y sus modificatorias, Anexo VIII de la Disposición N° 1111/GA/18 y su modificatoria, Disposición 1684/GA/18 y la documentación obrante en autos.Que posteriormente, la Gerencia de Planificación y Administración

de Unidades de Gestión Local, solicita dejar sin efecto el citado Concurso Privado, de conformidad con lo informado por la Dirección Ejecutiva Local, en su Nota IF-2019-10836446-INSSJP-SGTO#INSSJP, por medio de la cual manifiesta que el municipio cedió un local en comodato en el cual se encuentra funcionando inicialmente como boca de atención.Que de conformidad con lo establecido por el Artículo N° 18° del Reglamento de Contrataciones del Instituto aprobado por Resolución N° 124/DE/18 y sus modificatorias, el Instituto se encuentra facultado para dejar sin efecto un llamado en cualquier momento previo a la adjudicación sin lugar a la indemnización alguna, a favor de los interesados u oferentes por cualquier gasto incurrido con motivo y/o en ocasión de la presentación como oferente.Que en virtud de ello, corresponde dejar sin efecto el Concurso Privado Nº 002/XVI/2019.Que la Secretaría General Técnico Operativa y la Gerencia de Administración, y la Asesoría Legal de la Gerencia de Administración, han actuado conforme sus facultades.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones N° 124/DE/18, N° 784/DE/18, RESOL-2018- 879-INSSJP-DE#INSSJP, y RESOL-2019-1991-INSSJP-DE#INSSJP y sus modificatorias,

EL GERENTE DE ADMINISTRACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOSDISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto el Concurso Privado N° 002/XVI/2019 autorizado por Disposición DI-2019-14-INSSJP-GAD#INSSJP, para la búsqueda en locación de un inmueble apto para el funcionamiento de la sede de la Unidad de Gestión Local XVI – Neuquén, de conformidad con los motivos expuestos en los considerandos.ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-70-INSSJP-GAD#INSSJPSantiago Augusto Corvalan Olivera - Gerente - Gerencia de Administración

DI-2020-71-INSSJP-GAD#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO la Resolución N° 124/DE/18, sus modificatorias y complementarias, el Expediente N° 0200-2019-0015998-6, yCONSIDERANDO:Que por el expediente del VISTO, tramita la renovación del contrato de locación del inmueble sito en la calle Juncal N° 233, de la localidad de Merlo, Provincia de Buenos Aires, ocupado actualmente por la sede Unidad Operativa Merlo, de la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada XXIX – Morón.Que el vencimiento del mencionado contrato operó el día 31 de

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Año XVI - N° 3496

BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

marzo de 2019, razón por la cual la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada de la Gerencia de Prestaciones Médicas y la Dirección Ejecutiva Local, consideran conveniente la renovación del contrato de alquiler del citado inmueble.Que en virtud de ello, se implementó el procedimiento previsto en el artículo 100° inciso b) punto 1. de la Resolución N° 124/DE/18, para la renovación del vínculo contractual, efectuando la Dirección anteriormente mencionada, una propuesta económica ajustando los precios en función de los índices objetivos publicados por la Gerencia Económico Financiera, conforme los lineamientos establecidos por la Subdirección Ejecutiva de este Instituto en su Nota N° 342/SDE/18.Que en este sentido, el locador aceptó la propuesta mensual efectuada de PESOS CIENTO OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($ 108.240,00) para el primer año de contratación, de PESOS CIENTO VEINTISIETE MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS CON 00/100 ($ 127.723,00) para el segundo año de contratación y de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 00/100($ 146.881,00) para el tercer año de contratación, todos con I.V.A. incluido, indicando la División Valuaciones y Tasaciones de la Subgerencia de Recursos Físicos que la oferta aceptada por el titular del inmueble por el monto total, para el plazo de treinta y seis (36) meses, encuadra en el lineamiento porcentual impartido por la Subdirección Ejecutiva.Que el contrato comenzará a regir a partir del 01-04-2019, en virtud a la fecha de vencimiento del anterior. Que el monto total de la contratación, por los treinta y seis (36) meses de duración de la misma, es de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTIOCHO CON 00/100 ($ 4.594.128,00), I.V.A. incluido.Que el Locatario abonará todos los impuestos, tasas y contribuciones que por ley corresponden a la propiedad y los gastos que obedezcan al uso y mantenimiento del inmueble, incluyendo en dichos gastos los originados por la utilización de los servicios de luz eléctrica, agua y gas.Que la Secretaría General Técnico Operativa ha indicado que existe partida presupuestaria para la contratación que se gestiona.Que la Gerencia de Prestaciones Médicas, la Gerencia de Administración, y la Asesoría Legal de la Gerencia de Administración han actuado conforme sus facultades.Que la contratación que se propicia encuadra en lo normado en el artículo 100° inciso b) punto 1. de la Resolución N° 124/DE/18 y Anexo VIII de la Disposición N° 1111/GA/18, y su modificatoria, Disposición N° 1684/DE/18.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 678/DE/17, Nº 124/DE/18 y sus modificatorias, Nº RESOL-2018-879-INSSJP-DE#INSSJP, Nº RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP y Nº RESOL-2019-1991-INSSJP-DE#INSSJP,

EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓNDEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

DISPONE:ARTICULO 1º.- Renuévase la contratación en alquiler del inmueble sito en la calle Juncal N° 233, de la localidad de Merlo, Provincia de Buenos Aires, ocupado actualmente por la Unidad Operativa Merlo, dependiente de la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada XXIX – Morón, a partir del 01-04-2019, y por el término de treinta y seis (36) meses, conforme el texto del modelo de contrato que se agrega como Anexo I y que forma parte del presente.ARTICULO 2°.- Establécese el canon locativo mensual en la suma de PESOS CIENTO OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($ 108.240,00) para el primer año de contratación, de PESOS CIENTO VEINTISIETE MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS CON 00/100 ($ 127.723,00) para el segundo año de contratación y de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 00/100 ($ 146.881,00) para el tercer año de contratación, todos con I.V.A. incluido, ascendiendo el monto total de la contratación a la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTIOCHO CON 00/100 ($ 4.594.128,00), I.V.A. incluido, conforme texto del modelo de contrato que se agrega como Anexo I y que forma parte de la presente, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el artículo 100° inciso b) punto 1. de la Resolución N° 124/DE/18 y sus modificatorias, y en el Anexo VIII de la Disposición N° 1111/GA/18 y su modificatoria, Disposición N° 1684/GA/18.ARTICULO 3°.- Facúltase al Director de la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada, a suscribir dicho contrato en representación del Instituto, debiendo remitir a la Subgerencia de Recursos Físicos uno de los originales del mismo para su registro y archivo.ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-71-INSSJP-GAD#INSSJPSantiago Augusto Corvalan Olivera - Gerente - Gerencia de Administración

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DI-2020-72-INSSJP-GAD#INSSJP

BUENOS AIRES, 07 ABR. 2020 VISTO e l Expediente N° 0200 -2019 - 0010588 - 6 y, CONSIDERANDO:Que por el Expediente del VISTO, tramitó la búsqueda en locación de un inmueble apto para el funcionamiento del Centro de Atención Personalizada 9 de Julio, dependiente de la Unidad de Gestión Local XXXVIII – Chivilcoy.Que por Disposición DI-2019-245-INSSJP-GAD#INSSJP la Gerencia de Administración, autorizó a la citada Unidad de Gestión Local a realizar el Concurso Privado N° 001/ XXXVIII /2019 con el mencionado objeto, el cual fuera efectuado de

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Año XVI - N° 3496

BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

conformidad con lo establecido en el artículo 24° inciso c) punto c.2 y en el artículo 100° inciso a) del Anexo I del Régimen de Compras y Contrataciones del Instituto, aprobado por Resolución 124/18/DE y sus modificatorias y Anexo VIII de la Disposición N° 1111/GA/18, Anexos B, C, D, E, F y G del Anexo VIII de la misma y su modificatoria, Disposición N° 1684/GA/18.Que con arreglo a lo previsto en el artículo 45º y en el artículo 100° inciso a) punto 3 del precitado Régimen, la convocatoria a presentar ofertas fue debidamente publicada en la página web del Instituto el día 07 de julio de 2019, y los días 27 y 28 de junio de 2019 en dos (2) diarios de circulación local, fijándose la fecha de apertura de ofertas para el 11 de julio de 2019, como así también se cursaron invitaciones a propietarios y diversas inmobiliarias de la zona.Que al mismo se presentaron dos (2) ofertas, según consta en el Acta de Apertura, las que fueron evaluadas por la División Valuaciones y Tasaciones de la Subgerencia de Recursos Físicos, la Oferta N° 1 correspondiente al inmueble sito en la avenida Aita N° 1061, y la Oferta N° 2 correspondiente al inmueble sito en la calle Bartolomé Mitre N° 1002, ambas de la ciudad de 9 de Julio, provincia de Buenos Aires.Que del análisis efectuado se concluye en desestimar, la Oferta N° 1 por no contar con la documentación técnica necesaria para su evaluación y tasación, no obstante haber sido solicitada en reiteradas oportunidades, sin obtener respuesta alguna. Que por consiguiente, se considera viable la Oferta N° 2, por tratarse de un local comercial con muy buena ubicación céntrica, ubicado a dos cuadras de la plaza principal y con parada de medios de transporte interurbano en la misma esquina; por su buena imagen institucional, con vidrieras y gran visibilidad; por no haberse detectado ofertas en plaza de características similares en cuanto a ubicación, superficie, funcionalidad y estado; y por resultar el valor pretendido, menor al valor tasado para el primer año de locación y menor que la proyección del monto total del contrato, encuadrando en el lineamiento vigente establecido por la Subdirección Ejecutiva en su Nota NO-2019-91454994- INSSJP-SE#INSSJP, y por incluir la realización de las adecuaciones requeridas, las cuales serán ejecutadas por el propietario.Que en este sentido, la Gerencia de Planif icación y Administración de Unidades de Gestión Local de la Secretaría General Técnico Operativa solicita la adjudicación de la Oferta N°2, expidiéndose mediante Providencia de Sala IF- 2019-103904588-INSSJP-SGTO#INSSJP.Que posteriormente, la Dirección Ejecutiva Local y la Gerencia de Planificación y Administración de Unidades de Gestión Local ratifican, a los efectos de subsanar su omisión, y mediante Nota NO-2020-03750980-INSSJP-UGLXXXVIII-INSSJP y Providencia de Sala IF-2020-08194840-GPYAU#INSSJP, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que rigió el llamado a Concurso Privado efectuado en el ámbito de la citada Unidad de Gestión Local, conforme lo estipulado en el artículo 2° de la Disposición

DI-2019-245-INSSJP- GAD#INSSJP.Que el canon locativo mensual requerido por el propietario es de PESOS CUENTO VEINTE MIL CON 00/100 ($ 120.000,00) para el primero, segundo y tercer año de contratación, todos con I.V.A. incluido.Que el Locador se compromete a realizar a su cargo las tareas de reparación y adecuación detalladas en el Anexo I, del Anexo I - Contrato de Locación, de la presente, en un plazo no mayor a veinte (20) días contados a partir de la firma del contrato de locación.Que el monto total de la contratación asciende a la suma de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 4.320.000,00), I.V.A. incluido, considerando los treinta y seis (36) meses de duración de la misma.Que el Locador abonará todos los impuestos tasas y contribuciones que por ley correspondan a la propiedad, y el Instituto los gastos que obedezcan al uso del inmueble, incluyéndose en dichos gastos, los originados por la utilización de los servicios de luz eléctrica, agua y gas, debiéndose abonar al Sr. Gastón Vaira, titular de la firma Negocios Inmobiliarios, Matrícula N° 3395 del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos del Departamento Judicial de Mercedes, la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL CON 00/100 ($ 120.000,00) I.V.A. incluido, en concepto de honorarios por su intermediación.Que la Secretaría General Técnico Operativa ha indicado que existe partida presupuestaria para ello.Que la Secretaría General Técnico Operativa, la Gerencia de Administración y la Asesoría Legal de la Gerencia de Administración, han actuado conforme sus facultades.Que la contratación que se propicia encuadra en lo normado en el artículo 24° inciso c) punto c.2 y en el artículo 100° inciso a) del Anexo I del Régimen de Compras y Contrataciones del Instituto, aprobado por Resolución 124/18/DE.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 678/DE/17, Nº 124/DE/18, RESOL-2018-879- INSSJP-DE#INSSJP, RESOL-2019-1991-INSSJP-DE#INSSJP y sus modificatorias,

EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓNDEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOSDISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la Unidad de Gestión Local XXXVIII – Chivilcoy, la contratación en alquiler del inmueble sito en la calle Bartolomé Mitre N° 1002, de la ciudad de 9 de Julio, provincia de Buenos Aires, para albergar la sede del Centro de Atención Personalizada 9 de Julio, dependiente de la citada Unidad de Gestión Local, ascendiendo el monto total de la contratación a la suma de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 4.320.000,00), I.V.A. incluido, considerando los treinta y seis (36) meses de duración de la misma, pagaderos mediante un canon locativo mensual de PESOS CUENTO VEINTE MIL CON 00/100 ($ 120.000,00) para el primero, segundo y tercer año de contratación, todos con I.V.A.

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Año XVI - N° 3496

BUENOS AIRES, Miércoles 08 de Abril de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

incluido, conforme texto del modelo de contrato que se agrega como Anexo I y que forma parte de la presente.ARTICULO 2°.- Facultar al Director Ejecutivo de la Unidad de Gestión Local XXXVIII – Chivilcoy, a suscribir dicho contrato en representación del Instituto, debiendo remitir a la Subgerencia de Recursos Físicos uno de los originales del mismo para su

registro y archivo.ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-72-INSSJP-GAD#INSSJPSantiago Augusto Corvalan Olivera - Gerente - Gerencia de Administración

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Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0039/DE/16 y 0053/DE/18

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

Lic. Luana VOLNOVICH - Directora Ejecutiva

Lic. Jorge Martín RODRÍGUEZ ALBERTI -Subdirector Ejecutivo

Edición: División Gestión Electrónica de Normativa Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa

[email protected] / [email protected]@pami.org.ar


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