+ All Categories
Home > Documents > CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0...

CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0...

Date post: 23-Jul-2020
Category:
Upload: others
View: 1 times
Download: 0 times
Share this document with a friend
61
8 CD CIUDAD DE X ICO Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 , /. h 0 ,...., SEDEMA/DGRA/DEIA/ l 1 1 J O•) /2016 Asunto: Resolución Administrativa. Ciudad de México, a 1 ,) ¡ ¡ j 1 . '.J U 1 6 C.J IO ALFONSO MARTÍN AMODIO MOHENO, Representante Legal de CAABSA Constructora, S. A. de C.V. Boulevard Adolfo López Mateos número 216, colonia San Pedro de los Pinos, Código Postal 01180 , delegación Álvaro Obregón ,Ciudad de México . VISTO.- El expediente DEIA-ME-1464/2016 que se encuentra en el archivo de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental (DEIA), ubicada en el domicilio que se cita al pie de página, presentado con motivo de la solic itud de la evaluación de impacto ambiental, recibida ante la Oficialía de Partes de esta Dirección General de Regulación Ambiental (DGRA), con fecha diez de agosto de dos mil dieciséis; anexa a la cual, el C. Julio Alfonso Martín Amodio Moheno (Promovente) en su calidad de Representante Legal de la Empresa CAABSA Constructora, S.A. de C.V., personalidad que acreditó a través del instrumento notarial número 62,555 (sesenta y dos mil quinientos cincuenta y cinco) de fecha catorce de marzo de dos mil trece, pasado ante la fe del Lic. Héctor Galeano Guillermo ln clán, notario público número 133 (ciento treinta y tres) del entonces Distrito Federal (ahora Ciudad de México), presenta la Manifestación de Impacto Ambiental modalidad Específica (MIAE), con sus carpetas en origin al y copia, para llevar a cabo el Proyecto denominado "Tren Interurbano México - Toluca, trabajos de construcción y obras complementarias del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamientos 49+432.34 (inicio en Av. Vasco de Quiroga) y 57+876. 71 (estación Observatorio del Metro Línea 1)"; el cual, consiste en l a construcción y operación de un sistemaferr,pyiario de servicio público de transporte de pasajeros en configuración de viaducto el evado con sistema de- tra ción a base de energía eléctrica, constituido en genera l por una sección para a lbergar dobl e vía confinad y diferentes tipos de sección transversal en función de l a topografía y zona que cruza, que incluye la construcción de una estación de pasajeros en Santa Fe y una terminal en Observatorio, en un trazo de 8,876. 71 m (ocho mil · ochocientos setenta y seis punto setenta y un metros) con un ancho de derecho de vía de 16.00 m (dieciséis metros), partiendo del Centro Comercial Santa Fe, delegación Cuajimalpa de Morelos, continuando por el vaso regulador y/o presa Totolapa, Avenida Vasco de Quiroga, Área de Valor Ambiental con categoría de Barranca denominada "Barranca Tacubaya" (AVA), Casa del Agrónomo, Manantial e In dustria Militar, call e Presidente Juárez, Avenida Las Torres, Presa Ruiz Cortines y terminando en la estac ión Observatorio, Línea 1 del Sistema de Trasporte Col ectivo Metro, del egación Alvaro Obregón, Ciudad de México, con una inversión total prevista de $10,426 ' 277,063 .1 2 (diez mil cuatrocientos veintiséis millones doscientos setenta y siete mil sesenta y tres pesos 12/100 M. N. ). -------- ------------------ ------- -------------------------- ---- ---------------- --------------------
Transcript
Page 1: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

8

CD CIUDAD DE MÉX ICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

, /. h 0 ,...., SEDEMA/DGRA/DEIA/ l11J O•) /2016

Asunto: Resolución Administrativa.

Ciudad de México, a 1 ,) ¡¡j 1. '.J U 16

C.J IO ALFONSO MARTÍN AMODIO MOHENO, Representante Legal de CAABSA Constructora, S.A. de C.V. Boulevard Adolfo López Mateos número 216, colonia San Pedro de los Pinos, Código Postal 01180, delegación Álvaro Obregón,Ciudad de México.

VISTO.- El expediente DEIA-ME-1464/2016 que se encuentra en el archivo de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental (DEIA), ubicada en el domicilio que se cita al pie de página, presentado con motivo de la solicitud de la evaluación de impacto ambiental, recibida ante la Oficialía de Partes de esta Dirección General de Regulación Ambiental (DGRA), con fecha diez de agosto de dos mil dieciséis; anexa a la cual, el C. Julio Alfonso Martín Amodio Moheno (Promovente) en su calidad de Representante Legal de la Empresa CAABSA Constructora, S.A. de C.V., personalidad que acreditó a través del instrumento notarial número 62,555 (sesenta y dos mil quinientos cincuenta y cinco) de fecha catorce de marzo de dos mil trece, pasado ante la fe del Lic. Héctor Galeano Guillermo lnclán, notario público número 133 (ciento treinta y tres) del entonces Distrito Federal (ahora Ciudad de México), presenta la Manifestación de Impacto Ambiental modalidad Específica (MIAE), con sus carpetas en original y copia, para llevar a cabo el Proyecto denominado "Tren Interurbano México - Toluca, trabajos de construcción y obras complementarias del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamientos 49+432.34 (inicio en Av. Vasco de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Línea 1)"; el cual, consiste en la construcción y operación de un sistemaferr,pyiario de servicio público de transporte de pasajeros en configuración de viaducto elevado con sistema de- tra ción a base de energía eléctrica, constituido en general por una sección para albergar doble vía confinad y diferentes tipos de sección transversal en función de la topografía y zona que cruza, que incluye la construcción de una estación de pasajeros en Santa Fe y una terminal en Observatorio, en un trazo de 8,876.71 m (ocho mil

·ochocientos setenta y seis punto setenta y un metros) con un ancho de derecho de vía de 16.00 m (dieciséis metros), partiendo del Centro Comercial Santa Fe, delegación Cuajimalpa de Morelos, continuando por el vaso regulador y/o presa Totolapa, Avenida Vasco de Quiroga, Área de Valor Ambiental con categoría de Barranca denominada "Barranca Tacubaya" (AVA), Casa del Agrónomo, Manantial e Industria Militar, calle Presidente Juárez, Avenida Las Torres, Presa Ruiz Cortines y terminando en la estación Observatorio, Línea 1 del Sistema de Trasporte Colectivo Metro, delegación Alvaro Obregón, Ciudad de México, con una inversión total prevista de $10,426 '277,063 .12 (diez mil cuatrocientos veintiséis millones doscientos setenta y siete mil sesenta y tres pesos 12/100 M. N.). ----------------------------------------------------------- ----------------------------------------

Page 2: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 2 de 50

""·

CIUDA D DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 015863 /2016

RESULTANDO

1.- Con fecha veinticinco de abril de dos mil catorce, I Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) adscrita a la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental (SGPA) de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) emitió el oficio número SGPA/DGIRA/DG/03773; mediante el cual, otorgó la autorización de manera condicionada en materia de impacto ambiental para la ejecución del proyecto denominado "Transporte masivo en la modalidad de Tren Toluca - Valle de México, entre el Estado de México y el Distrito Federal" en favor de la Dirección Genera! de Transporte Ferroviario y Multimodal (DGTFM) de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT); de la cual, se cita textualmente lo siguiente del apartado de TÉ:RIVllNOS: ------------------------------------------------------------- ---------------------------- ----------------------------

"... PRIMERO.- La presente autorización en materia de Impacto Ambiental, se emite en referencia con los aspectos ambientales derivados de la construcción de una vía general de comunicación correspondientes a vías férreas en sección a nivel, viaducto y túnel, que requiere el cambio de uso de suelo por la remoción de vegetación forestal y realizar obras y actividades en zona federal y en un área natural protegida de carácter federal, para llevar a cabo el proyecto denominado "Transporte masivo en la modalidad de Tren Tatuca - Valle de México, entre el Estado de México y el Distrito Federal"; a desarrollarse en los Municipios de Zinacantepec, Tatuca, Metepec, San Mateo Ateneo, Lerma y Ocoyoacac, en el Estado de México, y en las Delegaciones Cuajímalpa de More/os y Álvaro Obregón, en el Distrito Federal ... ----------------------

TERCERO.- De conformidad con los artículos 35 último párrafo de la LGEEPA y 49 del RE/A, la presente autorización se refiere única y exclusivamente a los aspectos ambientales de las obras y actividades descritas en su Término PRIMERO para el proyecto, sin perjuicio de lo que dispongan las autoridades locales en el ámbito de sus cqrnpetencía y dentro de su jurisdicción, quienes determinarán las diversas autorizaciones, permisos, licencias, entre otros, que se requieran para la realización de las obras y actividades del proyecto en referencia . ------------- -----

CUARTO.- La presente resolución se emite únicamente en materia ambiental por las obras y actividades descritas en el Término PRIMERO del presente oficio y que corresponden a la evaluación de los impactos ambienta/es derivados de la construcción de una vía general de comunicación correspondiente a vías férreas en sección a nivel, viaducto y túnel,... ----------- -------

QUINTO.- La presente resolución no autoriza la construcción, operación y/o ampliación de tipo alguno de obras y/o actividades que no estén listadas en el Término PRIMERO del presente ofiCio;...''. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

2.- Con fecha veintitrés de julio de dos mil catorce, se publicó en la Gaceta Oficial del entonces Distrito Federal (GODF) el Convenio de Coordinación de Acciones celebrado entre el Ejecutivo Federal a través de la SCT y .el Gobierno del entonces Distrito Federal (GDF); el cual, tiene por objeto establecer las bases de coordinación de acciones y apoyo entre la SCT y el GDF, para que en el ámbito de sus competencias y jurisdicción participen en forma coordinada para la implementación de los proyectos denominados "El Proyecto Ferroviario" referente a la sección dentro de la Ciudad de México del proyecto "Transporte masivo en la modalidad de Fen: t T9 ca Valle de IVléxico,

{,..\l_lf . ··1"" ( \ ../ . :--

1 ) r -,, •, m,

1 \ 11... 1 \ l L SEDEMA

c. llJL>/\L l.A::

<·110> ;¡ lSec j!tari,,\l;I M ..........._

-PH-idie-r l o-li'l,'/-:'ció1,1 Genera dÍ.CRegulación Ambiental

1' '

DIR Eee16N G

Page 3: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 2 de 50

jdio Ambiente

tCD Jax'i"ilgue No.8, Piso 5, ll!Gl!lllro\Je 13bud ad de México ,q.p, Q6.09Q Del. Cu auhlémoc T'GULAC IÓN ,\tfü1fri;i152111 a,9931,

Ext. 5221 >\ < sedema.cdmx.gob .mx

Proyecto: 'Tren Interurbano México - To/uca, lrabajos de construcción y obras complementarias del /ramo 3para el viaducto elevado del lren To/uca - Valle de México localizado en/re los cadenamienlos 49+432.34 {localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y ·57+876. 71 (es/ación Observatorio del Me/ro Unea 1)"

Page 4: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

,}-'

Reg 1

ee ó • . !'J g i;I edema.cdmx.gob.mx

CD _ CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número : DEIA-ME- 1464/20 16 SEDEMA/DGRA/DEIA fJ 15863 /2016

entre el Estado de México y el Distrito Federal" referido en el resultando 1 de la presente Resolución Administrativa; así como, el proyecto denominado "Viaducto Vehicu/ar ". ---------------------

3.- Con fecha veinte de enero de dos mil dieciséis, la DGIRA emitió el oficio número SGPA/DGIRA/0305; mediante el cual, autoriza una modificación del proyecto denominado "Transporte masivo en la modalidad de Tren Toluca - Valle de México, entre el Estado de México y el Distrito Federal"; de la cual, resulta el trazo del Proyecto. ------------------------------------- --

4.- Con fecha diez de agosto de dos mil dieciséis, el Promovente ingresó ante la Oficialía de Partes de esta DGRA, la solicitud de evaluación de impacto ambiental con número de folio 016646/2016 con fundamento en el artículo 49 de la Ley de Procedimiento Administ rativo del Distrito Federal (LPADF), manifestando que el C. Rubén Trejo Elías es el Prestador de Servicios de impacto ambiental y anexando los siguientes documentales: --------------- ------------------------- ------------------------------------------

ª) M1AE de1 Proyecto. ---------------- ---------------------------------- ------------------------------------------------------

b) Instrumento notarial número 7,139 (siete mil ciento treinta y nueve) de fecha cuatro de enero de dos mil uno, pasado ante la fe del Lic. Ponciano López Juárez, notario público número 222 (doscientos veintidós) del entonces Distrito Federal (ahora Ciudad de México); mediante el cual, hace constar el contrato de sociedad por el que se constituye la Empresa. --------------------------------

c) Instrumento notarial número 62,555 (sesenta y dos mil quinientos cincuenta y cinco) de fecha catorce de marzo de dos mil trece, pasado ante la fe del Lic. Héctor Guillermo Galeano lnclán, notario público número 133 (ciento treinta y tres) del entonces Distrito Federal (ahora Ciudad de México); mediante el cual, hace constar la revocación de poderes; así como, el otorgamiento de poderes generales y para actos de administración que otorga la Empresa en favor del Promovente. -------------------------------------------- ----------------------------------------------- --------------------

d) Credencial para votar con número de folio 26628357 (dos, seis , seis, dos, ocho, tres, cinco, siete) expedida por el entonces Instituto Federal Electoral en favor del Promovente. ---------------------------

e) Recibo de pago original con línea de captura 77231901905187EE45M3 de fecha catorce de julio de dos mil dieciséis, efectuado ante la institución bancaria denominada HSBC México, S.A., por la cantidad de $8,479.00 (ocho mil cuatrociento s setenta y nueve pesos 00/100 M.N.), por los derechos de evaluación de una MIAE, con fundamento en el artículo 179 fracción 11 inciso b) del Código Fiscal del Distrito Federal (CFDF). --------------------------------------------------------------------------

5.- Con fecha doce de agosto de dos mil dieciséis, esta DGRA emitió el Acuerdo Administrativo número SEDEMA/DGRA/DEIA/008229/2016 (Acuerdo Administrativo 1), notificado el día diecisiete de agosto de dos mil dieciséis ; mediante el cual, otorgó a la Empresa un término de cinco días

/ ;:_'''{:rJ.! , -'" \. ! . ¡ ""

, ( ',({J,J i¡ 1 . e ¡

1 - l_ ' \ -· SEOEMA ,." '[•,\O 1_ Mf.·x1.::o : Sec1 1la del Medio Ambiente

l.. 1 •r1 ¡, •o i., llu0irecci61J Gnqr¡¡J d -- ' Li• _,!\

iacl6n Ambiental

llaxcoaque No.8, Piso 5, DIR E 1 N GJ;'l.>(;Q ;ej1lrp de,la Ciudad de México (

" "Ni!'h/:€!1i'.U6PJl0, Del .Cuauhtémoc

qFG!JI A,..IÓN ALlºl NJ:r.-.52789931, Ext.5221 Proyecto: "Tren Interurbano México -To/uca, trabajos e construcck)n y obras

complementarias del tramo 3para el viaducto elevado del tren Tatuca - Valle de México localizado entre los cadenamientos 49+432.34 (loca/Izado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876.71 (ostack)n Observatorio del Metro Linea 1)" Página 3 de 50

Page 5: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 4 de 50

e

y·1 CDu 1Li A CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158 G 0 /2016

hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración del expediente en cuestión y la presentación de documentales en original para cotejo. ---------------------------------------------

Asimismo, se solicitó al Promovente y al Prestador de Servicios su comparecencia ante esta DGRA para firmar de forma autógrafa cada una de las páginas de la MIAE y anexos correspondientes. ------------------------------------------------------------------------------------------------------ -------

6.- Con fecha diecinueve de agosto de dos mil dieciséis, el Prestador de Servicios se presentó ante esta DGRA para firmar de forma autógrafa cada una de las páginas de la MIAE y anexos presentados, de co'nformidad con lo indicado en el Acuerdo Administrativo 1. -----------------------------

7.- Con fecha veintitrés de agosto de dos mil dieciséis, esta DGRA emitió el Dictamen de Daño Ambiental número SEDEMA/DGRA/DEIA/008598/2016 (ODA), para el proyecto denominado "Tren Interurbano México - Toluca, trabajos de construcción y obras complementarías del tramo 3 para el viaducto elevado del tren interurbano Toluca - Valle de México, localizado entre los cadenamíentos 49+000 (Estación Santa Fe) y 57+792 (Estación Observatorio del Metro Línea 1)"; a través del cual, se regularizó el inicio de las actividades de preparación del sitio de las 4 (cuatro) zonas que se describen a continuación: Estación Santa Fe con un avance de obra del 4 % (cuatro por ciento), ubicado entre la Avenida Vasco de Quiroga y la Carretera México - Toluca, colonia Santa Fe Cuajimalpa, delegación Cuajimalpa de Morelos, con una superficie de 11,753.784 m2 (once mil setecientos cincuenta y tres punto setecientos ochenta y cuatro metros cuadrados); Alameda Poniente con el 30% (treinta por ciento) de avance de obra, ubicado entre las Avenidas Vasco de Quiroga, Fernando Espinoza Gutiérréz, Javier Barros Sierra y Santa Fe, delegación Álvaro Obregón, con una superficie de 12,760.45 m2 (doce mil setecientos sesenta punto cuarenta y cinco metros cuadrados); Casa del Agrónomo con avance del 2% (dos por ciento) de obra, ubicado en el Km 14.5 de la Carretera Federal México - Toluca, colonia Palo Alto, delegación Álvaro Obregón, con una superficie de 4,389.362 m2 (cuatro mil trescientos ochenta y nueve punto trescientos sesenta y dos metros cuadrados) y el Estado Mayor Presidencial con un avance de obra del 3% (tres por ciento), ubicado en la Avenida Constituyentes número 851, colonia Lomas Altas, delegación Álvaro Obregón, con una superficie de 680.00 m2 (seiscientos ochenta metros cuadrados), teniéndose una superficie total afectada de 29,583.596 m2 (veintinueve mil quinientos ochenta y tres punto quinientos noventa y seis metros cuadrados). ---------------------------------------------.:---------------------------------------------------------

8.- Con fecha veintitrés de agosto de dos mil dieciséis, el Promovente se presentó ante esta DGRA para firmar de forma autógrafa cada una de las páginas de la MIAE y anexos presentados, de conformidad con lo indicado en el Acuerdo Administrativo 1. ----------------------------------------------------

A Secretaría del Medio Ambiente J) 1RE ffirte,q't: ói]¡G_e.l'\e,°?a'.,I ol¡B_egu laclón Ambientar

11EGULAC 1ÓN tc, J. f 'ffid -d : ; C.P.06090, Del. Cuauhlémoc

Tel. 5278 9931, Exl. 5221 sedema.cdmx.gob.mx

Proyecto: "Tren Interurbano México - Toluca, trabajos de construcción y obras complementarias del tramo 3para el viaducto elevado del tren Toluca - Va{{e de México localizado entre los cadenamlentos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876. 71 (estación Observatorio del Metro Línea 1)"

Page 6: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 5 de 50

REGlJlACJ< N

f'f(1;' f1 • _,

J

CD CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: Ol 6646/20i 6 Expediente número: DEIA-ME- 1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ o15s G ) /2016

9.- Con fecha veintitrés de agosto de dos mil dieciséis, el Promovente ingresó ante la Oficialía de Partes de esta DGRA un escrito de misma fecha, al cual, anexó la siguiente información y documenta 1es: -------------------------------- ------------ -------------- -----------------------------------------.,---------------

a) Contrato de obra pública a base de precios unitarios y tiempo determinado número DGOP-LPN­ F-1-043-14, de fecha dieciséis de diciembre de dos mil catorce, celebrado entre el GDF a través de la Secretaría de Obras y Servicios (SOBSE) y las empresas CAABSA Constructora, S.A. de C.V. (Empresa), González Soto y Asociados, S.A. de C.V., OMEGA Construcciones Industriales, S.A. de C.V., Cargo Crane, S.A. de C.V., Grupo Corporativo Amodher , S.A. de C.V. y Prefabricados y Transportes, S.A. de C.V.; el cual, establece lo siguiente en su cláusula primera como el objeto del contrato: ------------------------------------------------------------ --------------------------------

"Trabajos de construcción y obras complementarias del tramo 3 para el viaducto elevado del Tren interurbano Toluca - Valle de México'; localizado entre Jos cadenamientos 41+150 (salida del portal Oriente del túnel y 57+792 estación Observatorio del metro L-1), los cadenamientos referidos al proyecto del Tren, incluye Ja construcción de dos estaciones de pasajeros: Santa Fe (entre los cad. 49+105 al 49+305) y Observatorio (entre Jos cad. 57+551al57+751), asf como las cocheras del tren y dos viaauctos singulares llamados: Santa Fe (Entre los cad. 49+312 al 49+636) y Tacubaya (entre los cad. 56+219 al 56+381)''. ---------------------------- -------------------------

b) Minuta de reunión de fe ha once de marzo de dos mil quince, celebrada entre representantes del Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX) y la Dirección General de Obras Concesionadas (DGOC) de la SOBSE; mediante la cual, se toman los siguientes acuerdos: -------

"SACMEX informa que una vez analizado el proyecto del Tren Interurbano de pasajeros México Toluca. Determina que no afectará el funcionamiento de Ja infraestructura hidráulica actual denominada VASO REGULADOR TOTOLAPA, PRESA TACUBAYA, PRESA ADOLFO RUIZ CORT/NES, por Jo que no tiene inconveniente en que se inicien los trabajos preliminares, estudios de mecánica de suelos y de construcción de tramo ferroviario de doble vfa con una estación en Santa Fe y puesta en servicio. No obstante lo anterior el SACMEX solicita se complemente al proyecto actual lo siguiente: ---------------------- -------------------------------------------

VASO REGULADOR TOTOLAPA (EST. SANTA FE).- Proyecto de saneamiento y mitigación para controlar los olores. Estudio Hidrológico, dentro del cual tendrá que efectuar el cálculo de las líneas que presentan el mismo fndice de p/uviosidad para un periodo de retorno. Proyecto de desazo/ve, se considere un colector de desvfo para Ja conducción de las aguas en temporada de estiaje, así como la adecuaci(Jn con una compuerta con vertedor en Ja parte de aguas arriba (compuerta mecánica) con la finalidad de dar mantenimiento al vaso regulador, se considere las compuertas de la obra de toma de aguas abajo, cabe aclarar que actualmente existe únicamente la preparación de obra civil cortina rfgida. --------------------------------=:;;-=-:-::::. - ---------------------------

: , •'

/! •(. ,tll) ·[ t )

' •· " 1 ·;:. • 1 J. . Cil 'i ,Df f'? 1'j ) i ( -· f. SEDH1A \ 1r .¡., """' J ., - Secr taril' del Medio Ambiente

-- •'Olrec l n G hlil Úfe Regulación Ambiental

DIRECCIÓN JEri . 1 ""Tlaxcoaque No. 8, Piso 5, • 1 Col. cteO)ro de la Ciudad de México

AMSl l!\I' «;¡.P. 06090, D I. Cuauhtémoc ' f 'I C'l'f r'11Tel.52789931,Ext.5221

sedema.cdmx.gob.mx Proyecto: 'Tren Interurbano México - Toluca, lf abajos de construcción y obras

complemenlarias del /ramo 3 para'el viaducto elevado del lren To/uca - Valle de México localizado enlre los cadenamlenlos 49•432.34 {localizado en Av . Vasco

de Quiroga) y 57•876.71 (eslaclón Observa/orlo del Me/ro Linea 1)"

Page 7: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 6 de 50

¡ 1

CIUDAD DE MÉX ICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Exp.ediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G :) /2016

Relativo a la regulación jurídica el uso del área de la presa Totolapa, debe realizar el complemento de trámite ante la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario del Gobierno del Distrito Federal.''. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------

c) Oficio número DPV-1602-2015 de fecha diecisiete de junio de dos mil quince, emitido por la Dirección General de Planeación y Vialidad de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (SEMOVI); mediante el cual, emite opinión positiva para que se lleve a cabo la asignación del inmueble denominado Presa Ruiz Cortines en favor de la SOBSE. ------------------ -----------------------

d) Oficio número SEDUVl/DGAU/DCR/13450/2015 de fecha dos de julio de dos mil quince, emitido por la Dirección General de Administración Urbana (DGAU) adscrita a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI); mediante el cual, emite opinión positiva para continuar con las gestiones necesarias para la desincorporación y posterior enajenación a título gratuito en favor de la DGOC del inmueble denominado Presa Ruiz Cortines. ---------------------- ---------------------------

e) Oficio número GDF/SOBSE/DGOC/185/2015 de fecha catorce de agosto de dos mil quince, emitido por la DGOC; mediante el cual, solicita a la Direcci6n de Administración del Agua del Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México, adscrito a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el permiso para realizar las obras de infraestructura; así como, la ocupación para el aprovechamiento parcial del Vaso Regulador Totolapa, Presa Tacubaya, Presa Adolfo Ruiz Cortines, Acueducto Lerma y Acuaférico, lo anterior para la realización del Proyecto. ----------------

f) Documento titulado Convenio de ocupación previa, de fecha cuatro de diciembre de dos mil quince; mediante el cual, la Asociación Civil denominada Patronato de Bienes de la Confederación Nacional Agronómica, A.C. acepta que el Ejecutivo Federal por conducto de la SCT ocupe y expropie una superficie de 5,622 .740 m2 (cinco mil seiscientos veintidós punto setecientos cuarenta mefros cuadrados) dentro del predio ubicado en el kilómetro 13.5 de la carretera federal México - Toluca, colonia Palo Alto, delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México, para la construcción y operación del Proyecto. -------------------------------------------------------

9) Oficio número GDF-SEDEMA-SACMEX-DG-DEPC-DT-1004289/2016 de fecha veintidós de enero de dos mil dieciséis, emitido por la Direcciqn Técnica de la Direcdón Ejecutiva de Planeación y Construcción (DEPC) del SACMEX, dirigido a la DGOC; mediante el cual, otorga Visto Bueno al estudio hidrológico y proyecto de desazolve del Vaso Regulador Totolapa, indicando que se debe ejecutar en primer lugar el desazolve de dicho vaso. ----------------------------

h) Oficio número GDF-SEDEMA-SACMEX-DG-DEPC-DT-1006874/2016 de fecha ocho de febrero de dos mil dieciséis, emitido por la Dirección Técnica de la DEPC del SACMEX, dirigido a la DGOC; mediante el cual, otorga Visto Bueno a los estudios hidrelógices y 109, proyectos de Ci&flil) 1r

', t . l ., ¡ 'lt?,'

íll •pr [ q'·c f .cí( I '-"' . SEDr,MA P· r tl1 .-,lf c; 11111:1 .} ,. 1 ..,_., .. ., ... -

--Secretaria del .felt!oJlmbiente Dirección General de Regulación Ambiental

\ \,. ,- ••·" 1• """- t "l:J\ 1 n - 1 • '' . "•TláÍ<coifqCJe Nol 8, Piso 5,

r.'7' Co). entro,<!<: J <;iudaq <,!e México \\ •' 11 >f'<C1P.106090!D lt euauhtémoc

Tel. 5278 9931, Exl. 5221 sedema .cdmx.gob.mx

Prnyeclo: 'Tren Interurbano México - To/uca, trabajos de constr ucción y obras complementarias del tramo 3 para el viaduc/o elevado del tren To/uca - Valle de México /oca/Izado entre los cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Me/ro Linea 1)"

Page 8: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 7 de 50

1 ' . Z,Llf,J 6 0 '\ - Sec ,;-;la delMedio Ambiente

CDM CIUDAD DE MXICO

Folio de Ingreso: 016646 / 2016 Expediente número: DEIA-ME-1464 / 2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 015863 /2016

desazolve correspondientes al Vaso Regulador Adolfo Ruiz Cortines y a la Presa Tacubaya, indicando que se debe ejecutar en primer lugar el desazolve en el vaso y la presa. -------------------

i) Acta Administrativa de Entrega - Recepción Física de fecha once de febrero de dos mil dieciséis respecto a una fracción de terreno de 52,000.00 m2 (cincuenta y dos mil metros cuadrados), localizado en el interior de la denominada Alameda Poniente, ubicada en la Avenida Javier Barros Sierra entre Avenida Santa Fe y Fernando Espinoza Gutiérrez, zona de Santa Fe, delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México; mediante la cual, la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México otorga la custodia de dicha fracción del terreno en favor de la SOBSE. ---

j) Oficio número OM/DGPl/0483/2016 de fecha dieciséis de febrero de dos mil dieciséis, emitido por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de la Ciudad de México (DGPI) y dirigido a la DGOC; a través del cual, hace entrega del Acta Administrativa de Entrega Recepción Física de la Custodia de una fracción del terreno denominado Alameda Poniente, ubicado entre las Avenidas Vasco de Quiroga, Fernando Espinoza Gutiérrez , Javier Barros Sierra y Santa Fe, en la delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México, respecto a una superficie de 52,000.00 m2

(cincuenta y dos mil metros cuadrados). Asimismo, se anexó un escrito de fecha ocho de marzo de dos mil dieciséis; mediante el cual, la Brigada de Topografía Apeo y Deslinde de la DGPI hace entrega física de los puntos correspondientes al polígono de dicha fracción de terreno a la DGC>C. ---------------------------------------------------------------------------------------------------- ------------------

k) Documento titulado Convenio de Colaboración de fecha catorce de abril de dos mil dieciséis; mediante el cual, la SCT, la Oficina de la Presidencia de la Republica y el Estado Mayor Presidencial, convienen, para que en el ámbito de sus competencias coadyuven en la realización de las obras de infraestructura del Proyecto dentro del Campo Deportivo del Estado Mayor Presidencia1. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------

1) Oficio número 4.3.1.3.-122/2016 de fecha diecinueve de abril de dos mil dieciséis, emitido por la Dirección de Programas, Licitaciones y Fideicomisos de Proyectos Ferroviarios de la DGTFM de la SCT y dirigido a la DGC>C; del cual, se cita textualmente lo siguiente: ----------------------------------

"Sobre el particular, me permito informar a Usted que esta Unidad Administrativa está llevando a cabo mesas de trabajo con el Area Técnica de la Comisión Nacional del Agu a (CONAGUA), donde se revisan diversos proyectos a solicitud de CONAGUA para asl obtener la autorización de la construcción del Proyecto en la zona Federal que corresponde a dicha dependencia, dichos proyectos se encuentra en un noventa por ciento, faltando el estudio de Geofísica que se realizará en la presa Tacubaya."(sic).-----------------------------------------------------------------------------

m) Oficio número 4.3.1.3.-124/2016 de fecha diecinueve de abril de dos mil dieciséis , emitido por la Dirección de Programas, Licitaciones y Fideicomisos de Proyectos Ferroviarios de la DGTFM;

¡ \r{i;--. ) 1 l 1

• .:lj .\ :r 1 SEDEMA

!(llXN\[¡1 l·f 1 • Plrecgl n Generaldé Regulación Ambienlal • l'•·r 11n.•· 1.. '"º"'' 7 "i.'1,\

-- ..,_., - - -Tla•éoaque No. 8, Piso 5, Col. Centro de la Ciudad de Mé•ico

Dlf?J:'CCIÜN G R•\f P. Q6P90, Del.Cuauhlémoc • · h C1'1<·' • · 'Tel?52789931, Exl.5221 -, ,... r l 11 ..,,"¡..\I .1n1r:· l'fl¡sedema.cdmx.gob.mx

Proyecto: 'Tren /n/eruibanó Mexic/J .}Tblucá) /iaba)Os 1de consrrucción y obras complementarlas del tramo 3 para el viaducto e/evado del tren Toluca- Valle de México localizado entre los cadenamlenlos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876.71 (es/ación Observatorio del Metro Linea 1)"

Page 9: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

--- l

1

n l1ECC l \' q:<>f:'Cepf

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 01586:) /2016

mediante el cual, informa a la DGOC el estatus de la liberación del derecho de vía del Proyecto en una total de 13 (trece) zonas localizadas en la calle Pólvora, colonia Santa Fe, Ciudad de México; de las cuales, ninguna contaba con derecho de vía liberado a la fecha de emisión de dicho oficio. ---------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------

n) Oficio número 4.3.-528/2016 de fecha veinte de abril de dos mil dieciséis, emitido por la DGTFM y dirigido a la DGOC; del cual, se cita textualmente lo siguiente: --------------------------------------------

"Al respecto, hago de su conocimiento que actualmente el proyecto "Tren Interurbano de Pasajeros Toluca-Val/e de México'; se encuentra en fase de construcción, por lo que la concesión para la operación y explotación de vías generales de comunicación ferroviaria no se ha emitido. ''. -------------- ------------------------------------- ----------------------------------------- --------------

o) Oficio número 4.3.-829/2016 de fecha veinticuatro de junio de dos mil dieciséis, emitido por la DGTFM y dirigido a la Dirección de Administración del Agua del Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México, adscrito a la CONAGUA, del cual, se cita textualmente lo siguiente : --------- ---- -

"Al respecto, se solicita de la manera más atenta autorizar el proyecto de construcción de PUENTE VIADUCTO ELEVADO y la concesión de la zona federal del cauce y presa Tacubaya desde el kilómetro 53+900 hasta el kilómetro 57+000..."(sic). ------------------------- ---------------------

p) Oficio número CDMX/SOBSE/DGOC/DVEP/096/2016 de fecha veintisiete de junio de dos mil dieciséis emitido por la Dirección de Viabilidad y Evaluación de Proyectos (DVEP) de la SOBSE; mediante el cual, solicita a la Dirección General de la Comisión de Recursos Naturales de la Ciudad de México (DGCORENA) adscrita a la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México {SEDEMA) una opinión del uso de suelo del Proyecto. ------------------------------- --------------

q) Documento titulado Bases Generales de Colaboración de fecha veintiocho de junio de dos mil dieciséis; mediante el cual, la SCT y la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) establecen las bases de colaboración para que en el ámbito de sus competenc ias coadyuven en la realización de las obras de infraestructura del Proyecto dentro del Campo Militar número 1-F, Santa Fe, Ciudad de México. ---------------------------------------------------------- -----------:.. __ _

r) Oficio número CDMX/SOBSE/DGOC/189/2016 de fecha siete de julio de dos mil dieciséis,

emitido por la DGOC y dirigido a la DGAU de la SEDUVI; del cual, se cita textualmente lo siguiente: ----------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------

"... solicito atentamente su apoyo para proporcionar a esta Dirección General de Obras Concesionadas, la información correspondiente a los Usos de Suelo aplicables para cada uno de /os predios que se detallan en la tabla anexa al presente oficio.''. ------------------------------------------

lf . " .. ?Io· 1 l sepeMA

í.ll •i Jl\L\t • •·· 0ilqiebrétarla d el Me Jo blente nr. 1Dlfl!.\ i:Jb"ñ'GeneraJlde R l11,clg't¡Apibiental

Tlaxcoaque No.8, Piso 5, ro J> l'filfd@ de México

C.P.10B090,-oe1.Cuauhtérnoc 'fel:5278 93 . Exl. 5221

. sedenia.cdmx.go b .rnx Proyecto:'Tren Interurbano México - Toluca, trabaj os de construcción y obras

complementarlas del tramo 3para el vladuc/o elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre /os cadenamien/ os 49+432.34 (/oca/Izado enA v. Vasco

de Qulroga) y 5"1+876. 71 (estación Obse<va/orio del Metro Unea 1)" · Página 8 de 50

Page 10: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

r ee

CD CIUDAD DE Mt:X ICO

Folio de Ingreso: 016646 / 2016 Expediente número : DEIA-ME-1464/ 2016

SEDEMA / DGRA / DEIA/ (J 15863 /2016

s) Oficio número CDMX/SOBSE/DGOC/193/2016 de fecha doce de julio de dos mil dieciséis, emitido por la DGOC; mediante el cual, solicita a la DGPI la custodia de 7 (siete) zonas que serán afectadas temporal y definitivamente por la construcción del Proyecto. ---------------------------------- -

t) Oficio número CDMX/SOBSE/DGOC/194/2016 de fecha doce de julio de dos mil dieciséis, emitido por la DGOC; mediante el cual, solicita a la DGPI la custodia de 4 (cuatro) zonas que serán afectadas temporal y definitivamente por la construcción del Proyecto. --------------------------

u) Oficio número SEDUVl/DGAU/DRP/16235/2016 de fecha diecinueve de julio de dos mil dieciséis, emitido por la Dirección del Registro de los Planes y Programas de la SEDUVI y dirigido a la DGOC; al cual, se anexó una tabla con un total de 31 (treinta y un) inmuebles identificados a través de su cuenta catastral que se verán afectados por el Proyecto; en la que se señalan las zonificaciones aplicables a cada uno de ellos de conformidad con el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de la delegación Aivaro Obregón, publicado en la GODF el diez de mayo de dos mil once y con el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la "Zona Santa Fe" de los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano para las delegaciones Alvaro Obregón y Cuajimalpa de Morelos, publicado en la GODF el cuatro de mayo de dos mil doce; asimismo, se señalan la superficie máxima de construcción permitida en casos donde es posible determ inarse; así como, las Normas Generales de Ordenación y/o Normas de Ordenación Particular aplicables.

Asimismo, se cita textualmente lo siguiente: --------------------------------------- -------------------------- ------

"Finalmente, en caso que requiera obtener los Certifica<;Jos Únicos de Zonificación de Uso del suelo con la información descrita, deberá ingresar formalmente sus solicitudes debidamente requisitadas y acompañadas con la documentación necesaria para este fin, de conformidad con lo señalado en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal': ----------------------------------------------------------- ------------------- --------------------------------

v) Oficio número SEDEMA/DGCORENA/1280/2016 de fecha veinte de julio de dos mil dieciséis, emitido por la DGCORENA y dirig.ido a la DVEP; del cual, se cita textualmente lo siguiente: -------

"Los planos anexos a su oficio de solicitud fueron analizados según lo establecido en el Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal (PGOEDF) vigente, instrumento que regula las actividades acciones, obras y usos en el Suelo de Conservación. En este Sentido se encontró que el proyecto se localiza en las siguientes coordenadas UTM Datum WGS-84: Casa del Agrónomo, X: 474182 Y: 2143300; Campo Deportivo Estado Mayor Presidencial, X: 476742 Y: 2144019, con zonificación normativa Suelo Urbano de la Delegación Álvaro Obregón, por lo que no se encuentra sujeto a los Lineamientos Generales del PGOEDF vigente. ---------------------------------- ---------------------------------------------------------------------

Por otro lado, fue revisado el Programa Delegacional de Desarrollo l.!rbano (PDDU) de Alvaro Obregón, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Fed ráT ¿4-·de arzo del 2011,

Qfj) {\- , t- L

SED-;;:MA g;;;r,etarla del Medio Ambiente

-----,....reccfffi'lnlll' al·d Regulación Ambien tal

r: Ó' ...e , r.llaxcoaque No.8, Piso 5, O1Ri:. 1 N b1;N :( . 61,€énJro de la Ci udad de México

C.P. 06090, Del. Cua uhtémoc REGULACIÓN ,l.\r1B!ENT 1\ 1re1. 5218 9931, Ext. 5221

sedema.cdmx.gob.mx Proyecto:"Tren Interur bano México - Toluca, trabajos da construcción y obras

complementarias del tramo 3 para el viaduclo elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamlenlos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quiroga} y 57+876. 71 (estación Observatorio del Metro Linea 1)" Página 9 de 50

Page 11: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ fJ 158G J /2016

encontrando que de acuerdo al Plano Clave E-3 "Zonificación y Normas de Ordenación'; el proyecto se ubica en la zonificación normativa Área de Valor Ambiental del Distrito Federal (AVA), con la categoría "Barranca de Tacubaya", ver Plano Clave E-3. ------- -------------------

Por lo anterior, dicho proyecto no está sujeto a la regulación de uso de suelo del PGOEDF. En este sentido, toda obra o actividad que se realice dentro de esta zonificación, deberá solicitar la Opinión Técnica de Uso de Suelo ante la Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental .". -------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------

w) Oficio número CDMX/SOBSE/DGOC/DVEP/135/2016 de fecha veintiocho de julio de dos mil dieciséis, emitido por la DVEP; mediante el cual, solicita a la Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental de la Ciudad de México (DGBUEA) una opinión de uso del suelo del Pr<>Y' <:t<>. ------ ------- -----------------------------------------------------------------------------------------------

x) Oficio número SEDEMA/DGBUEA/00814/2016 de fecha quince de agosto de dos mil dieciséis, emitido por la DGBUEA y dirigido a la DVEP; del cual, se cita textualmente lo siguiente: ------------

"Con fundamento en lo dispuesto en la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, en sus artículos 89 Bis, 90 Bis 4, 90 Bis 5, 90 Bis 6, 92 Bis 3, 93, 93 Bis 1 fracc. 1, //, 111, IV, V, VI, Vil y VIII, 93 Bis 2, artículos 94, 96, 105 trace. 1, JI, 111, IV, V, VI, VII, artfculos; 107, 110, 111, 112, 114, 115, 116, 124, 202, 203, 204, 205, 205 Bis y 210, me permito informar a usted que las áreas mencionadas para la obra se encuentran dentro del Área de Valor Ambiental (AVA) con categoría de barranca, de la denominada "Barranca Tacubaya", decretada el 28 de Noviembre de 2012 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (GODF), actualmente Ciudad de México, por lo que deberá apegarse a lo que dicta en sus artículos; quinto, octavo y noveno. La administración! funcionamiento y manejo del A VA es competencia de Ja Secretaria del Medio Ambi ente de la Ciudad de México por conducto de la Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental (DGBUEA), a mi cargo a través de la Dirección de Manejo y Regulación de Áreas Verdes Urbanas (DMRAVU), además de lo establecido en el Reglamento Interior de Administración Pública del Distrito Federal en su Artfculo 56 Cuarter inciso IX, XVI y XX. ----------

Asimismo deberá observar en el ámbito de sus competencias a la CONAGUA, considerar la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-001-RNAT -2015, que establece LOS REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LAS AUTORIDADE S, EMPRESAS PRIVADAS Y PARTICULARES QUE REALICEN PODA, DERRIBO, TRASPLANTE Y RESTITUCIÓN DE ÁRBOLES EN EL DISTR/.TO FEDERAL (ACTUALMENTE CIUDAD DE MÉXICO), la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-024- AMBT-2013, que establece LOS CRITERIOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS BAJO LOS CUALES SE DEBERÁ REALIZAR LA SEPARACIÓN, CLASIFICACIÓN, RECOLECCIÓN SELECTIVA Y ALMACENAMIENTO DE LOS RESIDUOS DEL DISTRITO FEDERAL, la Norma Ambient al para el Distrito Federal NADF-007-RNAT-2004, que establece LA CLASIFICACIÓN Y ESPECIFICACIONES DE MANEJO PARA RESIDUOS DE LA CONSTR/lQCIÓN E;{V EL DISTRITO FEDERAL, la Norma General de Ordenación 21. BarrancasUGa,ccta Oficia/\de/ Distrito Federal el 08 de abril de 2005), así como también lo dispuesto en /a[li/ey( };R otecciÓ1n a

• \ \ • , ) 1, .. • I< ' l\'.d 1

. 1 Cll IL)l\L• lJ' 1 '" ·'L

!.) j -

'l['fJ- '- .

s'eoEMA i nrdrfü ,.,,,_, mlus ( 1

· Se.11rélaria del Medi nte

DirecciónGeneral de RegulaciónAmbíental

D1RECC1ÓN 61;;-;c<>;Qbp, t¡ó,('Psi o 5,

i:r,11. {: i,CJ b d. ª80 : te1. s21s 9931, Ext. 5221

sedema.cdmx.gob.mx Proyecto: 'Tren Interurbano México - To/u ca, trabaja s de construcción y abras

complementarias del tramo 3 para el viaduc to elevado del tren Tatuca- Valle de México localizado entre los cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quiroga} y 57+876.71(estación Observatorio del Metro Linea 1}' Página 10 de 50

Page 12: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

CD -

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRÁ/DEIA/ 01586 3 /2016 la Tierra en el Distrito Federal, a las disposiciones que señale Ja Dirección General de Regulación Ambiental (DGRA), la autorización correspondiente del Estudio de Impacto Ambiental Modalidad Específica de la referida obra, no omitiendo notificar a esta Dirección General la fecha de inicio de actividades para que, en el ámbito de nuestra competencia, verifiquemos las obras y el cumplimiento de las medidas de mitigación correspondientes que establezca la DGRA, conforme a las normas y leyes aplicables." (sic). ---------------------- ----------------------------

y) Declaración bajo protesta de decir verdad de fecha veintidós de agosto de dos mil dieciséis a la que hacen referencia los artículos 54 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal (LAPTDF) y 92 del Reglamento de Impacto Ambiental y Riesgo {RIAR) firmada por el Prestador de Servicios en su carácter de responsable de elaboración de la MIAE del Proyecto.

z) Cédula profesional número 2542093 (dos, cinco, cuatro, dos, cero, nueve, tres) expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública en favor del Prestador de Servicios para ejercer la profesión de Ingeniero Agrónomo. --------------------------------------- ------

aa) Resumen de la MIAE del Proyecto en archivo electrónico, elaborado conforme a lo dispuesto en el artículo 45 del RIAR. ------------ --------------------------- ----------------------- -------------------------- ----------

bb) Plano digital georreferenciado en UTM Zona 14 Norte con DATUM WGS84; entregado en el archivo denominado "Planta KM 49+000 a 57+876_AFECTACIÓN.dwg"; del cual, se desprenden 9 (nueve) planos; en los cuales, se diferencian la ubicación de las superficies de afectación temporal por el trazo, maniobras en zapatas, colocación temporal de maquinaria y planta de concreto premezclado , y afectación permanente por apoyos y zapatas en área verde y área urbana, eje del Proyecto con una longitud de 8,876.71 m (ocho mil ochocientos setenta y seis punto setenta y un metros), derecho de vía de 16.00 m (dieciséis metros) de ancho, cadenamientos, curvas de nivel y ubicación de las estaciones Santa Fe y Observatorio. -------------

ce) Conjunto de 9 (nueve) planos del Proyecto: ------------------------- -------------------------- ------------------­

!. PLANO DE CONJUNTO 1 de 8; PK 49+000 - PK 50+000 , que comprende el CC. Santa Fe (4 (cuatro) apoyos), Estación Santa Fe (8 (ocho) apoyos y 137 (ciento treinta y siete) secundarios) y Viaducto Santa Fe (7 (siete) apoyos), del kilómetro 49+000 al 49+911. ------------------------------

11. PLANO DE CONJUNTO 2 de 8; PK 49+900 - PK 51+680, que comprende la sección denominada Ibero/Televisa (46 (cuarenta y seis) apoyos) del kilómetro 49+911 al 51+665.178. --

111. PLANO DE CONJUNTO 3 de 8; PK 51+680 - PK 52+500, que C<?mprende la Glorieta Vasco de Quiroga (13 (trece) apoyos) y el Viaducto Hondonada SAGARPA (6 (seis) apoyos) del kilómetro 51+665.718 al 52+466.447. -------------------------------- --------------------------- ------------------

D l n CCI Ól·' ..., ..'\: i:. .,.. 'I b.,: ,..,¡ ¡cP

)/ Jlt Tlapxecoaque No.8, Piso 5, (d la Ciudad de México n .1,. ".l!GU Lí\CJüi"l Ar 1 C.P. 06090. Del.Cuauhtémoc t.·N·ff'Ls21s 9931.Ex!. s221

sedema.cdmx.gob.mx Proyecto: 'Tren Interurbano México - Toluca, trabajos de construcción y obras

complemenlarías del tramo 3 para el viaducto elevado del tren To/uca - Valle de México localizado entre /os cadenamienlos 49+432.34 {localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Unea 1)" Página 11 de 50

Page 13: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

l ' (ª."& ·,) '

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 01586J /2016

IV. PLANO DE CONJUNTO 4 de 8; PK 52+500 - PK 53+360, que comprende la sección denominada Casa del Agrónomo (6 (seis) apoyos) y Viaducto Manantial (7 (siete) apoyos) del kilómetro 52+466:447 a1 53.346.974. -------------------- --------------------------- ------------------------------

V. PLANO DE CONJUNTO 5 de 8; PK 53+360 - PK 55+300, que comprende la sección de Industrial Militar (44 (cuarenta y cuatro) apoyos) del kilómetro 53+346.974 al 55+271.974. --------

VI. PLANO DE CONJUNTO 6 de 8; PK 55+300 - PK 56+000, que comprende la zona del Estado Mayor Presidencial (17 (diecisiete) apoyos) del kilómetro 55+271.974 al 55+981.974. ----

VII. PLANO DE CONJUNTO 7 de 8; PK 56+000 - PK 56+540, que comprende la Presa Tacubaya (9 (nueve) apoyos) del kilómetro 55+981.974 al 56+509.574 . - ------------------------------

VIII. PLANO DE CONJUNTO 8 de 8; PK 56+540 - PK 57+880, que comprende la Calle Río Tacubaya, colonia El Capulín y Vaso Ruíz Cortines (28 (veintiocho) apoyos y 11 (once) apoyos bifurcados) y la Estación Observatorio del kilómetro 56+509.574 al 57+876.706. ---------------------

IX. OBRAS COMPLEMENTARIAS ALAMEDA PONIENTE; PK 50+400 - PK 51+400, que comprende la sección de Alameda Poniente en la desviación derecha en el kilómetro 55+755 a 520.00 m (quinientos veinte metros). ---------------------------------------------------------------------------- --

Derivado de lo anterior, esta DGRA analizó los planos descritos anteriormente encontrándose lo siguiente: ------------------ --------------------------------------- -----------------------------------------------------------

Que el Proyecto cruzará el AVA en las siguientes secciones: inicio del cadenamiento 52+153.670 al cadenamiento 53+200; inicio del cadenamiento 53+286.153 al cadenamiento 53+426.929; inicio del cadenamiento 53+518.996 al cadenamiento 53+ 598.109; inicio del cadenamiento 53+771.352 al cadenamiento 56+ 653.424. --------------------------------- ----------------- --

Asimismo, las áreas de afectación referidas en los planos fueron analizadas determinando la afectación en área verde temporal de 159,455.47 m2 (ciento cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco punto cuarenta y siete metros cuadrados) y afectación en área verde permanente de 20,953.78 m2 (veinte mil novecientos cincuenta y tres punto setenta y ocho metros cuadrados); afectación en área urbana temporal de 33,526.70 m2 (treinta y tres mil quinientos veintiséis punto setenta metros cuadrados) y afectación en área urbana permanente de 6,195.54 m2 (seis mil ciento noventa y cinco punto cincuenta y cuatro nietros cuadrados).------

10.- Con fe ha trece de septiembre de dos mil dieciséis, esta DGRA emitió el Acuerdo Administrativo número SEDEMA/DGRA/DEIA/009612/2016 (Acuerdo Administrativo 2), notificado el día veintiuno del mismo mes y año; mediante el cual, se integró bajo el expediente número DEIA­ ME-1464/2016 para su evaluación la solicitud de evaluación de impacto ambiental del Proyecto con número de folio 016646/2016; asimismo, solicitó a la Empresa la publica,ei'ó'n,...en un dié;trio de amplia

'.11 1 • , L ' ! ' :;

' J ' { ·(SEÓEM • 1 ' ..;:.

·tll le. • .r1l.)t t'ts :cret rib del Med io Amb_i,.n. te Dlréditión.C,eneral <fi Regu.laciónn•rA-r.m.-bi¡l,e1'ntal

Tlaxcoaque No. 8, Piso 5,

D l l1P.-.:'C.W.' fJ.i h 't'it.. t .\ l'1 (.. ¡.1.J J. !·f.ll/9.JJ !ft !

Proyeclo:"Tren Interurbano México - Toluca, /Tabajos de cons/Tucción y obras complementarias del /Tamo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localimdo en/Te los cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57 876.71 (estación Observatorio del Metro Linea 1)" Página 12 de 50

Page 14: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

í

,

-u;.. ; . 1-11• Jl.t.niií/6.ns 9931, ExL s221

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646 /20 16 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEl_A/ 015860 /2016 circulación nacional del resumen del Proyecto conforme a lo establecido en los artículos 51 de la l...APT[)F y 45 del RIAR. ------------------------------------------------------------------------------------------------------- 11.- Con fecha veinte de septiembre de dos mil dieciséis, esta [)GRA emitió el Acuerdo Administrativo número SEDEMA/DGRA/DEIA/010047/2016 (Acuerdo Administrativo 3), notificado el día veintiuno del mismo mes y año; mediante el cual, otorgó a la Empresa un término de quince días hábiles para presentar información técnica complementaria del Proyecto. -----------------------------

12.- Con fecha veintitrés de septiembre de dos mil dieciséis, el Promovente ingresó ante la Oficialía de Partes de esta DGRA un escrito de fecha veintidós del mismo mes y año, al cual, anexó la plana original completa del periódico "El Sol de México" de fecha veinte de agosto de dos mil dieciséis , página 7A; a través de la cual, publicó el resumen del Proyecto previo a la integración del expediente DEIA-ME-1464/2016. ---------------------------------------------- ------------------------------------------------------------

13.- Con fecha veintisiete de septiembre de dos mil dieciséis, el Promovente ingresó ante la Oficialía de Partes de esta [)GRA un escrito de misma fecha; al cual, anexó la plana completa del periódico "El Sol de México" de fecha veintisiete de septiembre de dos mil dieciséis, página 8A; a través de la cual, publicó nuevamente el resumen del Proyecto, como lo señalan los artículos 51 de la LAPT[)F y 45 del RIAR, cuyo plazo para que cualquier ciudadano se pronunciara al respecto, corrió del día veintiocho de septiembre al cuatro de octubre de dos mil dieciséis, sin que dentro de ese plazo se presentaran comentarios u observaciones del público. ---------- -----------------------------------

Por lo que hace a la realización de una consulta pública, es menester señalar que conforme a la información generada por la SEMARNAT1 esta fue previamente realizada con motivo del procedimiento de evaluación en materia de impacto ambiental promovida por la DGTFM para la realización del proyecto "Transporte masivo en la modalidad de Tren Toluca - Valle de México, entre el Estado de México y el [)istrito Federal'', en el que se puso a disposición de la ciudadanía la Manifestación de Impacto Ambiental modalidad Regional (MIA-R) del citado proyecto2

, por lo que los habitantes de la Ciudad de México estuvieron en posibilidad de emitir sus opiniones, las cuales fueron tomadas en consideración de la SEMARNAT al momento de emitir la resolución SGPA/DGIRA/[)G/03773 de fecha veinticinco de abril de dos mil catorce3 que autoriza condicionadamente su ejecución; en esa tesitura y en virtud de que la información del Proyecto es de fácil acceso a la ciudadanía, se considera innecesaria la realización de otras herramientas de participación ciudadana. -------------------.:·------------------ --------------------------------------------------------------

1 Visible en la dirección electrónica: http://tramltes .semarnat.gob.mx/index.php/consuita -tu-tramite 2 Visible en la dirección electrónica: http://apps1.semarnat.gob .mx/dgiraDocs/documentos/mex/es!J.1dios¿2014/15fM2014V0010.pdf 3

Visible en la direcció electrónica: http://apps1.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/mefr ó¡W 1)4/ 5E 2014V001O.pdf _ '- • ''f:'. )\, 1 • ·'.t r,...; . - . 11 ll . , v/, 1, U !í.

'I D 1 f) ;.fá'(l'.:0 SEDEMA o ,, "d , h:111"' . Seqr,ela.?,-'1llel 'l"edlo Ambient e

' ,-0ireccl6fi eñerál.díi:Re¡julacl6n Ambienta!

D 11",.ee1ÓJc) 1 ,.1.

¡na;c¡:paque No.8, Piso 5, li • 1 .) eo1;Gentío de Ciudad de México

!"l:" I'' I c·10' N \ 'I c.p 0_6_09Q, Del.Cuauhtémoc

_ sedema.cdmx.gob.mx Proyeclo:'Tren ln/ erurbano México - Toluca, traba/os de conslfucción y obras

complementarias del tramo 3para el viaducto elevado del Ven To/uca- Valle de Mexico localizado entre los cadenamien/ os 49+432.34 (local/:z;¡do en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876.71(es/ ación Observatorio del Merro Linea 1)" Página 13 de 50

Page 15: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Se

ene

f MtW :n)

CIUDAD DE M XICO

Folio de Ingreso: 016646 / 2016 Expediente número: DEIA-ME-1464 / 2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ Q 1586 ;j /2016

14.- Con fecha diez de octubre de dos mil dieciséis, el Promovente ingresó ante la Oficialía de Partes de esta DGRA un escrito de misma fecha, al cual anexó la siguiente información del Proyecto:

a) Periodo de ejecución en donde se indica que el Proyecto se pretende desarrollar durante un periodo de 4 (cuatro) años. - -------------------------------------------------------------------------------------------

b) Costo previsto para la construcción del Proyecto y monto destinado a la instrumentación de medidas de prevención, mitigación y compensación de los impactos ambientales propuestas correspondientes a $10,426 '277,063.12 (diez mil cuatrocientos veintiséis millones doscientos setenta y siete mil sesenta y tres pesos 12/100 M. N.). y $1'997,794.48 (un millón novecientos noventa y siete mil setecientos noventa y cuatro pesos 48/100 M.N.), respectivamente. -------------

e) Acreditación como Dictaminador Técnico número 77 (setenta y siete) expedida por la DGBUEA adscrita a la SEDEMA, a favor del Prestador de Servicios, para realizar la dictaminación de arbolado en el Distrito Federal, ahora Ciudad de México, conforme a los requisitos y especificaciones establecidos en la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-001-RNAT- 2015, con vigencia del día primero de agosto de dos mil dieciséis al día primero de agosto de dos mi1 diecisiete. -------------------- ----------------------------- --------------------------------------------------------------

d) Dictamen Técnico grupal de arbolado indicando coordenadas X, Y en UTM, Zona 14 Norte, Datum WGS84 de cada individuo arbóreo, elaborado conforme a la NADF-001-RNAT-2015 (Dictamen) y signado por el Prestador de Servicios, de un total de 3,563 (tres mil quinientos sesenta y tres) árboles dentro del derecho de vía del Proyecto, distribuidos en 30 (treinta) especies; del cual, se desprenden las siguientes afectaciones debido a las obras y actividades del Proyecto: ---------------------------------------------------------------- -------------------------------------------- --

1. Derribo de 450 (cuatrocientos cincuenta) árboles ubicados dentro de la poligonal del AVA, identificados en el Dictamen con los números: -------------------------------------------------------------------

19, 21, 22, 23,26,27,28,29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 48, 81, 88, 89, 90, 91, 93,94, 95, 96,97,98, 99, 100, 101, 103, 104, 155, 240, 241, 247, 248, 250, 256, 257, 266, 269, 272, 274, 275, 276, 277, 281, 282, 283, 285, 309, 326, 327, 328, 329, 331, 332, 333, 334, 335, 336, 337, 338, 340, 341, 357, 358, 359, 360, 365, 368, 383, 384, 385, 386, 387, 388, 490, 506, 507, 508, 510, 511, 513, 517, 518, 519, 523, 538, 541, 542, 543, 544, 550, 551, 553, 554, 555, 557, 574, 575, 608, 610, 611, 612, 613, 634, 636, 637, 638, 642, 643, 644, 645, 646, 647, 648, 675, 677, 688, 689, 691, 692, 695, 696, 698, 699, 708, 743, 744, 745, 750, 751, 752, 753, 779, 780, 803, 813, 814, 815, 848, 859, 867, 868, 869, 876, 929, 930, 942, 950,' 954, 963, 964, 965, 966, 967, 968, 969, 970, 973, 975, 976, 979, 981, 982, 983, 984, 988, 990, 991, 997; 1117, 1118, 1119, 1120, 1121, 1122, 1123, 1124, 1125, 1126, 1127, 1128, 1130, 1132, 1133, 1134, 1135, 1138, 1140, 1141, 1144, 1145, 1146, 1157, 1163, 1164, 1165, 1166, 1168, 1235, 1244, 1245, 1247, 1248, 1249, 1253, 1254, 1255, 1256, 1257, 1258, 1259, 1260, 1261, 1262, 1276, 1277, 1281, 1352, 1355,

t:- i.- \ } \ J ) '') 1 i SEp r A

1 qr!aria del Med io Af"biente , Dl recclop G ra l d e R egu lación Ar¡ib ienta l

1 1 ,r 11, 1 _I 1t11¡, 1·1' 1.1, 111 TI3xOOSQU9 N o.ji, Piso 5,

Col. Cenlro de la Cf(fd :lll de México C.P. 06090, Del. Cuauhtémoc

,·rer .5 1s 9-9í11'. Ext. 5221 sed 'ina.cdm x.gob.mx

Proyecto: 'Tren Interurbano México - Toluca, trabajos de construcción y obras complementarias del tramo 3pará el viaducto elevado del lren To/uca - Valle de México /oca/izado entre los cadenamlentos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Me/ro Línea 1)" Página 14 de 50

Page 16: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Especie Número de árboles Acacia /ongifolia 13

Buddleia cordata 9 Casuarina equisetifolia 3

Cotoneaster horizontalis 21

Cupressus lindleyi 144

Eriobotrya japonica 1

Erythrina coralloides 6

Euca/yptus camaldulensis 98 Euca/yptus g/obu/us 27

Ficus benjamina 16

Fraxinus uhdei 61

Jacaranda mimosifolia 16

Larreaameghinoi 2

Ligustrum lucidum 2

Liquidambar styracif/ua 8 Pinus ayacahuite 8 Piracanto coccinea 3

Prunus serafina J.q 2. 1 I(! .;-1- .

-¡ -----¡

15 50

v CD CIUDAD DE MÉX ICO

Folio de Ingreso: 016646 /2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2 016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ fJ 1588;) /2016

1362, 1363, 1364, 1365, 1370, 1371, 1372, 1373, 1374, 1375, 1376, 1377, 1379, 1380, 1381, 1382, 1383, 1400, 1401, 1451, 1460, 1461, 1463, 1464, 1465, 1466, 1467, 1468, 1469, 1470, 1471, 1472, 1473, 1475, 1492, 1541, 1542, 1544, 1545, 1548, 1549, 1550, 1556, 1558, 1559, 1560, 1561, 1655, 1658, 1659, 1660, 1661, 1662, 1663, 1664, 1665, 1666, 1667, 1671, 1672, 1673, 1674, 1675, 1676, 1677, 1679, 1682, 1683, 1748, 1749, 1750, 1752, 1753, 1754, 1755, 1756, 1758, 1759, 1760, 1761, 1762, 1764, 1766, 1772, 1800, 1801, 1802, 1803, 1804, 1805, 18.06, 1807, 1808, 1809, 1810, 1812, 1814, 1815, 1846, 1847, 1848, 1849, 1852, 1853, 1854, 1855, 1860, 1862, 1863, 1902, 1905, 1906, 1925, 1928, 1949, 1950, 1957, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2020, 2021, 2022, 2101, 2102, 2103, 2104, 2107, 2108, 2109, 2110, 2111, 2112, 2113, 2114, 2115, 2141, 2145, 2146, 2147, 2149, 2150, 2154, 2155, 2159, 2160, 2170, 2171, 2172, 2173, 2174, 2176, 2177, 2178, 2179, 2180 , 2181, 2182, 2183, 2184, 2185, 2186, 2187, 2188, 2249, 2250, 2252, 2253, 2254, 2255, 2256, 2257, 2258, 2259, 2264, 2307, 2308, 2309, 2313, 2315, 2473, 2496, 2497, 2498, 2505, 2630, 2632, 2633, 2635, 2637, 2638, 2639, 2640, 2641, 2642, 2643, 2644, 2645, 2646, 2647, 2648, 2766, 2767, 2768, 2769, 2770, 2778, 2779, 2780, 2781, 2784, 2786, 2807, 2811, 2812, 2813' 2814 y 2816. -------------------------------------------------------------------------------------------------------

r

' t:t-.."

J ;•,. l 1 •r,.-;,·!,.f';11.; , ·':\, r -!J. .

1 SEDEMA l. Jt '''">.-fÍ•i uft '' .'_4 • Se relc¡ria d\I Medio Amb iente

¡\ !;.lltl;""'"fl ;...,.·

_l.f,üecc16 Gendral.de Re 1úlaclón Ambiental

• Ó Tlaxcoaque No. 8,Piso 5, DIR{!CCI N GP.N:€:fil-1 .(ltiq)@ la Ciudad de México

• C.P. Oll'él90, Del. Cuauhtémoc 'HZG ULACI ON 1C.,f.JBIEN 'f1All5278 9931, Ext. 5221

'edema.cdmx.gob.mx Proyecto: 'Tren Interurbano México - Toluca, trabajos de conslrucclón y obras

complementarias del tremo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca - Vel/e de México localizado en/re Jos cadenamientos 49+432.34 (toca/Izado en Av. Vasco

Page 17: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Linea 1)" Página de

Page 18: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

CDU \. 17

': ( . . /J

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ Q 15Ü 6:J /2016

Especie Número de árboles Schinus molle 3 Washingtonia robusta 2 Yucca elephantipes 5

Total 450

11. Derribo de 229 (doscientos veintinueve) árboles ubicados fuera de la poligonal del AVA, identificados en el Dictamen con los números: ------------------------------------------ -------------------------

1947, 1951, 1952, 1953, 1954, 1955, 1956, 1963, 1969, 1970, 2028, 2511, 2512, 2513, 2514, 2515, 2516, 2517, 2518, 2519, 2520, 2521, 2551, 2552, 2553, 2554, 2555, 2556, 2557, 2558, 2559, 2561, 2564, 2687, 2688, 2692, 2693, 2694, 2695, 2696, 2697, 2698, 2699, 2701, 2741, 2742, 2743, 2744, 2745, 2746, 2747, 2748, 2749, 2750, 2751, 2752, 2753, 2754, 2756, 2757, 2830, 2831, 2832, 2833, 2834, 2835, 2836, 2838, 2839, 2840, 2906, 2940, 2941, 2942, 2948, 2950, 2951, 2962, 2975, 2976, 2977, 2978, 2979, 2980, 2981, 3009, 3010, 3011, 3012, 3013, 3020, 3021, 3022, 3023, 3030, 3031, 3032, 3033, 3036, 3037, 3039, 3040, 3047, 3050, 3057, 3059, 3060, 3061, 3062, 3067, 3068, 3069, 3070, 3078, 3079, 3080, 3081, 3082, 3083, 3102, 3104, 3106, 3117, 3118, 3119, 3120, 3133., 3134, 3135, 3136, 3137, 3147, 3148, 3149, 3150, 3162, 3163, 3164, 3165, 3166, 3167, 3175, 3184, 3195, 3196, 3210, 3211, 3212, 3222, 3226, 3227, 3228, 3233, 3234, 3243, 3244, 3245, 3256, 3257. 3258, 3266, 3267, 3268, 3271, 3272, 3277, 3278, 3290, 329 3297, 3306, 3317 , 3318, 3327, 3328, 3329, 3331, 3341, 3342, 3343, 3344, 3345, 3346, 3347, 3348, 3359, 3362, 3365, 3366, 3383, 3384, 3397, 3398 3405, 3406, 3412, 3413, 3414, 3415, 3416, 3427, 3428, 3429, 3430, 3431, 3432, 3433, 3439, 3440, 3441, 3442 , 3443, 3455, 3456, 3457, 3479, 3480, 3481, 3482, 3486, 3487, 3519, 3520, 3521, 3522, 3523, 3548, 3549 y 3550. ------------------------- ----------------------------------------------------------------------

Especie Número de árboles

Acacia longifolia 3

Acacia retinoides 2 Alnus acuminata 3

Buddleia cordata ' 1 Casuarina equisetifolia 15 Cotonea ter horizontalis 1 Cupressus línd/eyí 38

Eriobotrya japonica 1 Euca/yptus camaldulensís 6 Ficus benjamina ...-21

Page 19: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Especie Número de árboles · Cupressus lindleyi 1 Ficus benjamina 2 Fraxinus uhdei 3 Liquidambar styracif/ua 1 Yucca e/ephantipes 2

Total 9

¡ \ f \ .' , J 'i..f. SEDEM A 1

1 1nr.cc1 ........

1 -t>i . ''1 '· 1 "setlema.cdmx.gob.mx

. CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 01586:) /2016

Especie Número de árboles Fraxinus uhdei 25

Grevil/ea Robusta 2 Jacaranda mimosifolia 97

Liquidambar styraciflua 1 Pinus ayacahuite 9

Popu/us alba 1 Roistonea regia 1 Yucca e/ephantipes 2

Total 229

111. Trasplante de 29 (veintinueve) árboles dentro de la poligonal del AVA, identificados en el Dictamen con los números: ----------------------------------------------------------------------- ---------------------

330, 363, 364, 545, 801, 951, 953, 977, 989, 1131, 1136, 1137, 1139, 1143, 1167, 1238, 1250, 1272, 1274, 1361, 1543, 1546, 1648, 1656, 1657, 1927, 2634, 2636 y 2691. ----------------------------

Especie Número de árboles

Cupressus lindleyi 14 Fraxinus uhdeí 12 Yucca e/ ephantipes 3

Total 29

IV.Trasplante de 9 (nueve) árboles ubicados fuera de la poligonal del AVA, identificados en el Dictamen con los números: --------------------- ------------------ ------ ------------------------------ ---------.-------

1948, 2560, 2689, 2690, 2702, 2703, 3396, 3417 y 3424. ----------------------------------------- ------------

e) Registro fotográfico con 3,563 (tres mil quinientas sesenta y tres) expos iciones a color de cada uno de los individuos arbóreos manifestados en el Dictamen. ---------------------- -------------------------

1( .(i)-," - IL? '¿{ ¡i. 1 ! 11:\<l) · j 1 J ·

, .

LIUL. 1•f 1 E ¡:/"Xh-.ü , 'J Secretada del Medio Ambiente l'-''";;:; ;;1;,:,o<lJ /rDfre<;¡16n\Ge(leral'íJil'Beg11 ación Ambiental

'--- Tlaxcoaque No. 8, Piso 5,

i) fl1'1 G- F,illft;é¡il!oE!e}a Ciudad de México t.; ' '" '" C.P. 06090, Del. Cuauhlémoc

h. r_-,1 'ti''" :. 1pn t•lil'el1\5(2789931 . Exl.5221 Proyeclo: 'Tren Interurbano México - Toluca, trabajos de consfrucción y obras

complementarias del (ramo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca- Valle de México localizado entre los cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av . Vasco

de Quiroga) y 57+876. 71 (estación Observatorio del Me/ro Linea 1)" Página 17 de 50

Page 20: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

ÁREA VERDE POR AFECTAR

Frente de trabajo

Ubicación

del frente de trabajo (km)

Apoyos

Superficie del polígono de

área verde (m2)

Afectación temporal de área verde

(m2)

Afectación permanente

de área verde (m2

)

Afectación

regularizada en ODA (m2

)

CC Santa Fe

(fracción)

49+000 al 49+150 .379

T3-39 al T3-42

(4 apoyos)

2,549.06

2,246.60

302.46

--

Estación Santa

Fe

49+150.3 79

al 49+349

C-1 al C-8 (8 apoyos

principales y 137 secundarios)

26,250.00

20,201.00

6,049.00

11,753.78

Viaducto Sta. Fe

49+349 al

49+911

1

SF-1 al SF-7 (7 apoyos)

9,335.57

8,169.81

1,165.76

--

lberoffelevisa

49+911 al

51+665.178

T4-06 al T4-51

(46 apoyos)

28,066.85

23,738.35

4,328.50

--

Glorieta Vasco

de Quiroga

51+665.178 al

52+141.447

T5-1 al T5-13 (13 apoyos)

7,797.88

7,026.22

771.66

-

CIUDAD DE MÉX ICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 - Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ D158 6 ,J /2016 f) Valoración para restitución de árboles correspondiente al Dictamen (Valoración .para

restitución), firmada por el Prestador de Servicios; en la cual, se indica que por el derribo de los 679 (seiscientos setenta y nueve) árboles corresponde una restitución física de 2,264 {dos mil doscientos sesenta y cuatro) árboles con una altura mínima de 5.00 m (cinco metros), diámetro de tronco mínimo de 7.5 cm (siete punto cinco centímetros) medido a 30 cm (treinta centímetros) del cuello de la raíz y un diámetro de copa mínimo de 1.00 m (un metro) y 904 (novecientos cuatro) árboles con una altura mínima de 6.00 m (seis metros), diámetro de tronco mínimo de 9 cm (nueve centímetros) medido a 30 cm (treinta centímetros) del cuello de la raíz y un diámetro de copa mínimo de 1.20 m (uno punto veinte metros); o bien, una restitución económica de 464,876 (cuatrocientas sesenta y cuatro mil ochocientas setenta y seis) Unidades de Cuenta de la Ciudad de México (UCDMX). -------------------- -------------------------------------------------------------------

9) Anexo con 30 (treinta) exposiciones a color y 4 (cuatro) videos de las condiciones actuales de las calles, vialidades, áreas y/o zonas donde se desplantará del Proyecto y sus colindancias.---------

h) Cuadro resumen de distribución de áreas del Proyecto y sus obras complementarias; el cual, indica lo siguiente:------------------------------- ----------------------------------- -------------------------------------

- .

Tlaxcoaque No. 8, Piso 5, 1 .1 1Co\.·ge lrpJIE\ la¡GJvdad de México

1 C.P.'06090,Del. Cuauhtémoc Tel. 527&_ 931, Ext. 5221

sedema.cdmx.gob.mx Proyeclo: "Tren Interurbano México - Toluca, trabajos de construcción y obras

complementarlas del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamien/os 49+432.34 (loca/Izado en Av. Vasco

de Qulroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Linea 1)" Página 18 de 50

Page 21: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

{m2) (m2) 2

7,081.07

1

nl )l.I r.....t"i"'l c.p.q¡¡qi¡o.Del.Cuauhlémoc

--

CD CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ (J 1586:) /2016

ÁREA VERDE POR AFECTAR

Frente de trabajo

Ubicación del frente de trabajo (km)

Apoyos

Superficie del polígono de2

área verde (m )

Afectación tempora lde área verde

(m2)

Afectación permanente

de área verde (m2)

Afectación regularizada en

2 ODA (m )

Viaducto Hondonada SAGARPA

52+141.447 al

52+466.447

T5-14 al T5-19

(6 apoyos)

5,485.04

4,648.58

836.46

--

Casa del

Agrónomo

52+466.447 al

52+690.747

T5-20 al T5-25

(6 apoyos)

5,622.74

5,282.56

340.18

4,389.362

Viaducto Manantial

52+690.747 al

53+346.974

T5-26 al T5-32

(7 apoyos)

11,003.39

9,802.63

1,200.76

--

Industria Militar

53+346.974 al

55+271.974

T5-33 al T5-76

(44apoyos)

23,894.19

19,700.69

4,193.50

--

Estado Mayor Presidencial

55+271.974 al

55+981.974

T5-77 al T5-93

(17 apoyos)

8,601.88

6,836.38

1,765.50

680.00

Alameda Poniente

55+755 a 520 m desviación

derecha

51,802.65

51,802.65

' --

12,760.45

TOTAL 180,409.25 159,455.47 20,953.78 --

ÁREA NO VERDE POR AFECTAR

Frente de Ubicación Superficie del Afectación Afectación Afectación trabajo del frente de Apoyos polígono (m2) temporal permanente regularizada en

trabajo (km) DDA(m ) 55+981 .974 T5-94 al TB-04

Presa Tacubaya al (9 apoyos) 8,730.40 7,588.36 1,142.040 -- 56+509.574

Calle Río T6-01 al T6-28 Tacubaya, Col. 56+509.574 (28 apoyos vía

El Capulíny al ppal. más 11 21,978.77 18,857.27 3,121.50 - Vaso Ruíz 57+629.574 apoyos Cortines bifurcador)

Estación 57+629.574 11 apoyos 9,013.07 1,932.00

Observatorio al 57876.706

TOTAL 39,722.24 33,526.70 6,195.54 --

í / - ',:":- . ' ·l. • i:\T.i-Q ( >• \ ) ;.-\ ' :_¡.

S.• tJ , ')_, - - SEDEMA i> ". '[ -·-·· J 1 t \ . ; S c}¡;:1aria del Medio Ambiente

. , I'JDN'\ rE f1P{. !f.'i_5i Generalrde,Regulaclón Ambiental l'••thf;,rilo h•oln• , \ l ·,¡:;.L ) N Pi

" - _:• 1 paque o. 8, so 5, Col. Centro de la Ciudad de México

1"1cC •I lt r. l. 1• 11 -;¡t .- ,:;·f ·<f\ l.,W.!5_.278 9931, Ex!. 5221

' '> sedema.cdmx.gob.mx Proyecto: 'Trefi:fflliÍrµr6 1JPN)'¡<ico: -,;ó¡¡/cW¡f iff ¡\¡pns lrucción y obras

complementarias del tramo 3para el viaduclo elevado (le/ tren Toluca - Valle de México localizado en/re los cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876.71 (es/ación Observalorio del Melro Línea 1)" Página 19 d 50

Page 22: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME- 1464/2016

SEDEMA/DGRA/DE!A/ fJ1586J /2016 i) Memoria descriptiva del Proyecto; en la cual, se indica lo siguiente: ----------------------------------­

)> Longitud total del trazo del Proyecto: 8,876.71 m (ocho mil ochocientos setenta y seis punto setenta y un metros). ------------------------ --------------------- ----------------------------------------------------

)> Descripción de la superestructura y materiales a utilizar. --------------------------------------------------­

)> Descripción de la estación Santa Fe y la terminal Observatorio; misma que incluye descripción de estructura, distribución de espacios por niveles, materiales, acabados, locales de telecomunicaciones, de señalización ferroviaria y de tracción; así como, las siguientes instalaciones: ------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------

• Baja tensión e iluminación. ------------------------------------------------------------- -------------------------

• 1nstalación Sanitaria. --------------------------------------------------------------------------------------- -----

• 1nstalación Hidráu1ica. --------------------------------------------------- ----------------------------------------

• Protección contra incendios.-------------------------------------------- ----------------------------------------

• Ventilación de locales técnicos. -------------------------- ------------------------------- -----------------------

• Climatización de locales técnicos. ---------------------------------- ------------------------------------------

• Megafonía y Teleindicadores. --------------------------------------------------------------------------------- -

• Telefonía e interfonía. ----------------------------- -------------------------------- ---------- --------------------

• Circuito cerrado de televisión. ------------------------------------- ---------------------------------------------

• Control de accesos. ---------------- ------------------------------------------------------------------------ -----

• Señalética. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------

• Sistemas de transporte vertical (escaleras mecánicas y ascensores). -------------- ----------------

• F'eaje. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------

j) Aforo y capacidad del Proyecto correspondiente a 15,660 (quince mil seiscientos sesenta) pasajeros en una hora de máxima demanda y una capacidad por tren de 1,044 (mil cuarenta y cuatro) pasajeros (560 (quinientos sesenta) sentados y 484 (cuatrocientos ochenta y cuatro) de pie) con una frecuencia de 4 (cuatro) a 6 (seis) minutos. -------------------------------------------------------

k) Conjunto de 38 (treinta y ocho) planos estructurales de las distintas zapatas, trabes y columnas del Proyecto. -------------------------------------------------------------------------------------- -----------------

Page 23: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

' I

'i

11

ro m rn

Cf N

CIUDA D DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646 / 2016 Expediente número: DEIA-ME- 1464/ 2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ 015860 /2016

1) Escrito de fecha veintiséis de agosto de dos mil dieciséis, signado por el lng. José Luis Rocher Pérez, ostentándose como Administrador Único de la empresa Rocher Ingeniería, S.A. de C.V.; mediante el cual, entrega a la Empresa el Informe de Mecánica de Suelos para el Proyecto ·elabQrado en el mes de agosto de dos mil diecisiete (sic); asimismo, anexa CD-ROM que contiene dicho informe. --------------------------------------------------------------------------------------------------

m) Requerimientos de combustible durante las diferentes etapas del Proyecto. ----------------------------

n) Requerimientos de energía eléctrica durante las etapas de preparación del sitio, construcción, operación y mantenimiento del Proyecto. ---------------------------- ---------------------------------------------

0) Estimación de la cantidad de residuos sólidos (peligrosos, de manejo especial y urbanos) que serán generados durante la construcción del Proyecto, indicando tipo de residuo, manejo y destino final. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------

p) Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) para trámites de impacto ambiental elaborado conforme a la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-007-RNAT-2013, incluyendo ·10 solicitado en el punto de dictamen QUINTO del ODA. ----------------------------------------------------------

q) Estimación de emisiones a la atmósfera (destacar beneficios ambientales del Proyecto).-----------

r) Estudio de valoración sobre las posibles afectaciones al denominado Manantial Santa Fe derivadas de la construcción del Proyecto. ---------------------------------------- --------------------------------

s) Descripción de la hidrología y drenaje subterráneo del predio del Proyecto y su entorno considerando para ello el Área de Valor Ambiental "Barranca Tacubaya". --------------------------------

Asimismo, presentó los capítulos correspondientes actualizados de la MIAE conforme a la información solicitada en el Acuerdo Administrativo 2; en los cuales, se presentó la siguiente información del Proyecto aplicable al caso concreto en términos de lo señalado en el Manual de Trámites y Servicios al Público del.Distrito Federal y los Lineamientos para elaborar la MIAE: -----------

t) Matriz de identificación de impactos ambientales determinada por el Prestador de Servicios . ---..,

u) Medidas de prevención, minimización, restaur(;lción, compensación o mejoramiento ambiental propuestas, las cuales se enuncian a continuación : -------------------------------------------------- -----------

Programa de Rescate y Reubicación de Flora silvestre. ---------------------------------------------------­

Programa de Rescate y Reubicación de Fauna silvestre. ----------------- --------------------------------­

Programa de Conservación y Restauración de Suelos. ----------------------------------------------------

Programa de Reforestación. -------------------------------------- -------------------.---------------------- --------- 7 ;¡--L;,. r --0

!'1 - ,':• 'I r \, '·-!·- ...... : . --:.} ." :' c. »=( 1 :.:1Ul./ll • :l•l )l';1,.<1 V 1 SEDEMA

'-- lleliolid :lo Ju1r.. • _ -s5s.._eo&,_r:etjlt.l.e1 Med' A b' n1e

Dirección Generalde RegulaciónAmb iental D!f<ECC I ÓN Cl:dE-RAl,. fi.llaoaque No. B. Piso 5,

Rf.GUlJ\ ., Ó CI P.!,i_rllCQ Ella Ciudad de México A MC'.l l tSPl'·IQGAAO,Del .Cuauhlémoc

Tel. 5278 9931, Ext 5221 sedema.cdmx,gob .mx

Proyecto:"Tren Interurbano México - Toluca, trabajos de construcción y obras complementarlas del tramo 3 para el viaducto elevado del lían Totuca - Valle de México localizado entre los cadenamlenlos 49+432.34 {localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876. 71 (estación Obseivatorio del Metro Linea 1)" Pagina 21 de 50

Page 24: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

1

CDU CIUDAD DE M XICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Ex pediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 01586 3 /2016 v) Condiciones climatológicas del área de influencia del Proyecto; las cuales, se enuncian a

continuación: C(wO)(w) Templado-subhúmedo, C(w1)(w) Templado.• subhúmedo, C(w2)(w) Semifrio-subhúmedo y C(E)(w2)(w) Semifrio-subhúmedo con lluvias de verano . ------------------------

w) Geomorfología y relieve del área de influencia del Proyecto; en la cual, se indica la existencia de 3 (tres) unidades topográficas : Llanura, Lamería y Sierra. -----------------------------------------------------

x) Tipos de suelo del área de influencia del Proyecto; los cuales, se enuncian a continuación: Andosol húmico (Th), Cambisol crómico (Be), Feozem lúvico (HI) y Luvisol crómico (Le).------------

y) Descripción de la hidrología y drenaje subterraneo del área de influencia del Proyecto, la cual se ubica dentro de la Región Hidrológica 26: Río Pánuco. ------------------------ --------------------------------

z) Principales ecosistemas dentro del área de influencia del Proyecto; los cuales, se enuncian a continuación: Bosque cultivado, Bosque de Encino, Bosque de oyamel, Bosque de pino y Agricultura de temporal; no obstante lo anterior, el trazo del Proyecto no se encuentra dentro de ninguno e los ecosistemas antes enunciados. -------------------------------------------------------------- -----

aa) Conjunto de 5 (cinco) mapas del área de influencia del Proyecto: Condiciones climáticas, Topoformas , Unidades edafológicas, Hidrología y Principales ecosistemas. ----------------------- ------

bb) Memoria descriptiva de la planta para la producción de concreto premezclado que se utilizará para la construcción del Proyecto, dentro del predio denominado Alameda Poniente, ubicado en la Avenida Javier Barros Sierra entre Avenida Santa Fe y Fernando Espinoza Gutiérrez, zona de Santa Fe, delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México; la cual, contiene lo siguiente: -------------

1. Cuadro de distribución de superficies: ---------------------------------------------------------------------------

Concepto Superficie (mz)

Área total del predio 51,802.66 Planta de 9oncreto 3,360.65 Taller y tanque de diésel 1,860.02 Patio de habilitado de acero 3,798.32 Almacén generalde obra 2,444.17 Vivero temporal 1,297.30

Área temporal por utilizar ' 12,760.46 Área libre 39,042.20

11. Plano de distribución de las obras al interior del predio denominado Alameda Poniente. ---------

111. Descripción del proceso de elaboración de concreto premezclado(. --.-------"----)-)---------------------·--

l , , H , 5

' - ) t Secretaría et Medlo:: te • I' •r;¡1 Dir'iic'c'6'n 'Giih r'1de Reglilacl6n l\mbiental

·"i11i :i.-t... r "'''· · --r-1 ' Tlaxcoaqu e o. 8, Piso 5,

Col. Centro de la Ciudad de México 1 r.,Tl \ \ I r,:,9r:s O o)uauhtémoc

Tel. 5278 9931, Exl. 5221 . , s-edetii¡l.cdmx.gob.mx

Proyecto: 'Trer1 Interurbano MéXico - Tolui:a, trabajos de cons/Tucción y obras complementarias del tramo 3para el laducto elevado del IJ'en Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamien/os 49+432.34 (localizado en Av. Vasco · de Qultoga) y 57+876.71(estación Observatorio del Metro Linea 1) "

Página 22 de 50

Page 25: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Me/ro Linea 1)" Página 23 de 50

CDCIUDA D D

ME MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 015860 /2016

IV.Materias primas e insumos requeridos . ------------------------------ ------------------------------------------­

ce) En el contenido de los capítulos actualizados de la MIAE se menciona lo siguiente: -------------------

1. Características generales del Proyecto: ------------------------------------------------------------------------

Características generales

Especificaciones

Longitud 8,876.71 m Clase de Vía AREMA 115RE Número de vías férreas 2 Espesor de Balastro 0.5 Velocidad Máxima 120.00 km/h Ancho de Vía 4.00 m Ancho de trocha 1,435 mm Ancho de corona 13.3. m Curvatura máxima 250.00 m Pendiente máxima 5%

11. Las obras y servicios de apoyo del Proyecto son las siguientes: ---------------------------------------­

> Ofícinas administrativas. -----------------------------------------------------------------------------------------

)> A 1macenes. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------

> Talleres para frentes de obra . ----------------------------------------------------------------------------------

> Caminos de acceso. --------------- ----------------------------------------------------------------- --------------

)> Planta pa a la producción de concreto premezclado. --------------------------------------- -----------­

> Instalaciones para el resguardo de estructuras prefabricadas. -------------:------------ --------------­

> Patio de maquinaria. --------------------------------------------------------------------------------------------

111. Dentro del área de influencia del Proyecto se observó la presencia de un total de 143 especies de vertebrados , dentro de los cuales se observaron las siguientes especies incluidas en la lista de especies en riesgo de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 "Protección ambiental. Especie.s nativas de México de flora y fauna silvestres. Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exc;lusión o cambio. Lista de especies en riesgo": -----

( -f.i'".1.{' "\\\ ) ri .

. l r )J I ' t 'I ,. .[,; ;'. t;tÍXI':·-, . f • SEDMA

, ll·'11r>rn11• '""' " ..-;' Secrefiiífa"lfelfle.<JJo Ambient e

D frección Gen erarne Rl!1lJllacfón Ambiental

[)Jf}{':;'(.'(:J..11'1 (;( í'l f!J\T}j¡\i;o ue No. 8, Piso 5, Col. Cenlro de la CfCldad de México

,· 1 ·' ", ·,'1 1\f•\l,<!691l9\,,_Q I. Cuauhfémoc • 'J'et1.15278\9931, Exl. 5221

. sedema.cdmx.gob .mx Proyeclo: 'Tren lnJerurbano México - Toluca, lrabajos de construcción y obras

complementarias del /ramo 3 para el viaducto elevado del /ren Toluca - Valle de México localizado enero los cadenamien/os 49+432.34 (localizado en Av . Vasco

Page 26: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Linea 1)" Página 24 de 50

1

t'.' 'l . "

CIUDAD DE MEXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME- 1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ fJ 1586 .) /2016

Especie

Nombre común

Distribución

Categoría de

riesgo

Dentro del trazo

del Proyecto

Pseudoeurycea cephalica

Salamandra pinta

No endémica

Amenazada

NO

Sceloporus grammicus

Lagartija escamosa de mezquite

No endémica

Protección especial

SI

Myadestes accidenta/is

Clarín jilguero

No endémica

Protección especial

SI

IV.Derivado de la construcción del Proyecto podría requerirse de la realización de las siguientes obras inducidas: --------------------------- ------------------------ _: __ -----------------------------------------

);>- Conexión provisional de líneas y descargas de drenaje existentes al momento de realizar las excavaciones y obras. --------------------------------- .:---------------------------------------------------- -----

);>- Conexión provisional de líneas y tomas de agua potable existente al momento de realizar las excavaciones y obras. -------------------------------------------------------------------------------------------

);>- Demolición de construcciones alojadas a lo largo del eje de trazo. ---------------------------------­

);>- Demolición y nueva construcción de muros o cercas delimitantes de propiedad de predios cereanos a1 eje de trazo . --------------------------------------------------------------------------------------------

}> Adecuación de niveles en los registros de agua potable, registros de instalaciones de telefonía o fibra óptica subterráneas, brocales de pozos de vista de drenaje, etc. ------------------

15.- Con fecha doce de octubre de dos mil dieciséis, el Promovente ingresó ante la Oficialía de Partes de esta DGRA un escrito de fecha once del mismo mes y año; al cual, adjuntó la siguiente documentaeión: ------------------------------------------------------------ --------------------------------- ---------------------

) Oficio número 4.3.1.2.240/2016 de fecha diez de octubre de dos mil dieciséis, emitido por la Dirección de Pla eación, Evaluación y Seguimiento de Proyectos Ferroviarios (DPESPF) de la SCT; mediante el cual, informa a la DVEP el estatus de la liberación del derecho de vía del Proyecto en una total de 17 (diecisiete) zonas a lo largo de su trazo; de las cuales, ninguna tiene e1 derecho de vía 1iberado.----------------------------------------------------------------------------------------------

b) Oficio número 4.3.1.-844/2016 de fecha diez de octubre de dos mil dieciséis, emitido por la Dirección General de Regulación Económica de la SCT; mediante el cual, entrega a la DGOC copia certificada de los d,ocumentos citados en el resultando 9 incisos f), k) y q) de la presente Resolución Administrativa . ------------------------------------------------------------- -----------------------------

16.- Con fecha trece de octubre de dos mil dieciséis, el Promovente ingresó ante la OfiCialía de Partes de esta DGRA un escrito de misma fecha; al cual, adjuntó copia cotejada del documento titulado Convenio Privado de Propuestas Conjuntas, de fecha dos de diciembre de dos mil catorce , celebrado entre la Empresa y las empresas González Soto y Aócf ,0 S.A. \de C.V., OMEGA

1 ( • , 1 ) ,I ·

) \ , / ,il ¡ '¡ R-. 11:¡ !'-: ¡._1;;r ti J ¡SED-;MA

1 1 ' ' • Sec;elaría de\:edio Ambiente Direc ción Genera l de Regulació n Ambienta l

,·.

'•

· •r Pn1Jcot}¡ No. 8, Piso 5, ,Col. Ce lro,<¡e,1\1 Ci dad de México

C..P.06090.'bel. Cuauhlémoc Tel. 5278 9931, Exl.5221

sedema.cdmx .gob.mx Proyecto : 'Tren Interurbano Méx;co - Toluca, trabajos de construcción y obras

complementarias del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre tos cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

Page 27: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

de Quiroga) y 57+876. 71 (estación Observatorio del Metro Linea 1)" Pagina 25 de 50

' !i r- .

_y

CIUDAD DE MÉX ICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ Ü1586 :J /2016

Construcciones Industriales, S.A. de C.V., Cargo Crane, S.A. de C.V., Grupo Corporativo Amodher , S.A. de C.V. y Prefabricados y Transportes, S.A. de C.V.; del cual, se cita textualmente lo siguiente: --

"CUARTA. REPRESENTANTE COMÚN.- Las partes convienen en designar como representante común Al señor: ING. JULIO ALFONSO MARTÍN AMODIO MOHENO. ----------------------------------

Quienes representante de la EMPRESA CAABSA CONSTRUCTORA S.A. DE C. V., y por medio del presente instrumento legal le otorgan, un poder amplio y suficiente para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de Licitación Pública Nacional No, L0- 909005989-N9-2014(909005989-DGOP-F-O 11-14). ------------------------------------------------------------

QUINTA. OBLIGACIÓN SOLIDARIA.- Las partes convienen de manera expresa que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes en forma SOLIDARIA, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique dicho instrumento legal. "(sie). -------------------------------------------------------------------------------------------------

17.- Con fecha once de octubre de dos mil dieciséis, el C. Xavier Esteban Pié Arnaiz, en su calidad de Director de "La Casa del Agrónomo': del Patronato de Bienes de la Confederación Nacional Agronómica, A.C ., ingresa ante la oficina de la SEDEMA el oficio número INTERVENCIÓN/ P.B.C.N.A./C.A./NÚM106/2016 de fecha siete de octubre de dos mil dieciséis; al cual, se le asignó el folio de ingreso 008755/2016; mediante el cual, manifiesta textualmente lo siguiente: --------------------- -

"A raíz del impacto ambiental y social que se ha generado con la obra del Tren Interurbano México - Toluca y en particular el que se ha generado en nuestro predio la "Casa del Agrónomo"ubicado en Prolongación Reforma Núm. 100 (antes Km 13.5), Colonia Lomas de Santa Fe, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01210, nos vemos en la necesidad de solicitar su amable intervención para que se realicen acciones de restauración ambiental; para ello, ponemos a disposición aproximadamente 35,000.00 M2, susceptibles de ser utí/ízados para este fin. ----------------------------- ------------------------------------- -------------------------------------------------------- ---

Además, para estar en nuestro ámbito profesional pongo a su consideración para estas acciones de restauración y reforestación a la Asociación Mexicana del Árbol, A. C., con la seguridad de que esta instancia concrete con éxito esta labor mediante un proyecto bien estructurado que incluya, entre otras cosas, densidades, especies y mantenimiento adecuado para nuestro predio. ----------

Adicionalmente, podemos contemplar un área para que se pueda ubicar una planta de tratamiento de aguas residuales y con ello mejorar las características ambientales del Área de Valor Ambiental (AVA) denominada "Barranca Tacubaya''. ---------------------------------------------------

En espera de que se contemplen dichas propuesta s relacionadas con la mitigación y compensación del impacto ambiental del proyecto mencionado anteriormente, ..."---------------------

18.- Con fecha trece de diciembre de dos mil dieciséis, el Promovente ingresó ante la Oficialía de Partes de esta DGRA un escrito de misma fecha; al cual, anexó el oficio número SEDEMA/DGBUEA/01343/2016 de fecha cinco de diciembre de dos mil dieciséis, emitido por la DGBUEA; del cual, se cita textuc;ilmente lo siguiente: -----------------------------------------------------------------

/ ¡;;i- -·,- ) ( r'\ Pi "l') ) r·

¡• ,.••• ( • ,,/ ¡

1 !-. - •

SEDEMA l '-' .{ 1 M(,:<ll'"f$¡,cretari -l! l; e lo Ambiente - - \ --,, • 1 :01r ccion Ge11eratcfe Regülaci'on.A mblental

. Tlaxcoaque J::!o.8, Piso 5,

!"11 f} tÍ:r lf 'i\CQl/ r)iro; f l,i.,C li_.d de México _ C.P. 06090, Del. Cuauhtémoo

• "'!TeFe·t.llJll,.9,3.1.Ex'- 5221 se éma.cdmx.gob.mx

Proyecto:"Tren Interurbano México -Toluca, trabajos de construcción y obras complementarias del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamlentos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

Page 28: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Línea 1)" Página 26 de 50

r . ui 1 Reg11laclón

y·! CDu CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ fJ 158 6 O /2016 "En alcance al oficio No. SEDEMAIDGBUEA/814/2016 de fecha 15 de agosto de 2016, mediante el cual hace referencia al proyecto "Tren Interurbano de Pasajeros Tatuca - Valle de México" y dentro del ámbito de su competencia, la Secretaria del Medio Ambiente de la Ciudad de México (SEDEMA) para la autorización de tos trámites reta'til(os a Estudios de Impacto Ambiental, solicitó opinión favorable respecto al tramo del Proyecto ferroviario de aproximadamente 4,485 km de longitud que cruza los predios denominados como SAGARPA, Casa del Agrónomo , Manantial Santa Fe, Campo Militar 1F, Campo Deportivo de Estado Mayor Presidencial y Presa Tacubaya los cuales se localizan dentro del Área de Valor Ambi ental con categoría de barranca. --------------

Al respecto y con fundamente en fo dispuesto en la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, en sus artículos 89 Bis, 90 Bis 4, 90 Bis 5, 90 Bis 6, 92, 92 Bis 3, 93, 93 Bis 1 trace. /, 11, 111, IV, V, VI, VII y VIII, 93 Bis 2, artículos 94, 96, 105 trace. 1, //, JI/, IV, V, VI, VII, artículos 107, 110, 111, 112, 114, 115, 116, 124, 202, 203, 204, 205, 205 Bis y 210, las áreas mencionadas para la obra se encuentran dentro del Área de Valor Ambiental (AVA) con categoría de barranca, de la denominada "Barranca Tacubaya", decretada el 28 de Noviembre de 2012 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (GODF) actualmente Ciudad de México y eri apego a Jos artículos quinto, octavo y noveno, fa administración, funcionamiento y manejo del AVA es competencia de la Secretaria del Medio Ambiente de la Ciudad de México, por conducto de la Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental (DGBUEA), a través de la Dirección de Manejo y Regulación de Áreas Verdes Urbanas (DMRA VU), además de Jo establecido en el Reglamento Interior de Administración Pública del Distrito Federal en su Artfculo 56 Cuater inciso IX, XVI y XX. ------------------------------------------------------------------- ---------

Por Jo anterior, me permito informar a usted que esta Dirección General, en apego a sus funciones y competencias, así como a las leyes, normas y demás documentales a observar para tal fin, emite la autorización condicionada correspondiente a las medidas solicitadas por Ja Dirección General de Regulación Ambiental (DGRA) de la SEDEMA, debiendo notificarnos las fechas especificas y expedientes correspondientes, el inicio de actividades para la supervisión de las obras, así como envíe el proyecto referido y demás documenta/e s para que en el ámbito de mis funciones y competencias se observen las medidas de mitigación correspondientes en cumplimiento de las normas y leyes aplicables. ------------------------------------------------------------------

CONSIDERANDO

l. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 16 de la Constitución Política de los . Estados Unidos Mexicanos, 88 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 7 fracciones 11 y XVI y 9 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, 15 fracción IV, 17 y 26 fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 35 fracción XII Inciso a) y 77 fracción 111 de la Ley de Aguas del Distrito Federal, 2 fracción VI, 4, 6 fracción 11, 9 fracciones V, XXVII, XXIX, XXXI y XXXVII, XL, 13 fracción 111, 23 fracciones 11, IV, VI, VIII y IX, 44 fracción 11, 46 fracción 111, 51, 52, 53 fracción 11, penúltimo y último párrafo, 54, 60, 61, 61 Bis, 61 Bis del 1 al V, 70 fracción IV, 85 fracción IV, 86 fracción 1, 90 Bis fracción 11, del 90 Bis 3 al 90 Bis 6, 104, 105 fracciones . VI, VII y VIII, 106 fracción 11, l\ : _." tv j' 1 1' ·\· • , ii 107fracciones 11yV,111fracciones11, 111yVI,112fracciones !lryr !l.) :119, 120, 123, 131

1

ru 1rv ur 1i: f- .._ 1 ' } 1 SEDEMA ,

• • Secretariá delMedio Ambiente _ .., D-ireclc ión Gl(ne :"?": .. .. "4 Ambie ntal

DIRE<: e1uN €,bT.' (o q 1a;ciudad de México

• .J. Tlaxcoaque No. 8, Piso 5, R;-:ñ¡

C.P.06090, Del. Cuauhtémoc f'lr..r 1 l/J . /.""'' . ,,-, -'Tet .5 789931,Ex l. 5221

,. · sedema.cdrnx.gob.mx Proyecto: "Tren Interurbano México - Toluca, trabajos de construcción y obras

Page 29: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Línea 1)" Página 26 de 50

complementarias del tramo 3 para el víaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamíentos 49+434.34 (localizado en Av. Vasco

Page 30: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

de Quíroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Línea 1)' Página 27 de 50

1 ·' •• l,l./ r r r .{r.71 I

1 1

CDCIUDAD DIO MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 015863 /2016

fracción 11, 132 fracción IV, 133 fracciones X y XVIII, 135, 155 fracción IV, 157, 163 fracción 111, 164 fracción 111, 172, 186, 188, 190 Ter, 202 y 213 fracciones de la 1 a la X de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, 4 segundo párrafo, 5, 7 fracción 111, 9, 82 fracción 1, 87 fracción 1, 88, 109 y 110 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 32 y 33 de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal, 2 y 14 de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal, el Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, 3 fracción 1, 7 fracción IV numeral 2, 37 fracción IX y 55 fracciones IX y XXI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, 2, 3 fracción VIII bis, 4 fracciones IV y VI, 6 apartado C fracción 11, 44, 45, 51 55, 62 fracción 11, 67 fracción 11, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 77 fracciones de la 11 a la IV, 78, 79, 87, 88, 90 y 92 al 95 del Reglamento de Impacto Ambiental y Riesgo, 32 y 33 del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal, 188 y 199 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, 278 y 279 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, 344 del Código Penal para el Distrito Federal, el Decreto por el que se declara como Área de Valor Ambiental del Distrito Federal, con la categoría de barranca, a la denominada "Barranca Tacubaya", publicado en la Gaceta Oficial del entonces Distrito Federal el día veintiocho de noviembre de dos mil doce, el Decreto por el que se expide el Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas en el Distrito Federal y las normas ambientales de competencia Federal y local aplicables en la materia, esta DGRA es competente para emitir la presente Resolución AciministrcttiV'a. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Tomando en cuenta los resultandos y considerando expuestos con anterioridad y no existiendo diligencia alguna por realizar, al tenor de las consideraciones de hecho, razonamientos y fundamentos de derecho, esta DGRA de la SEDEMA, ------------------------ ------------------------- --------------

RESUELVE

PRIMERO.- Con fundamento en los artícufos 44 fracción 11, 46 fracción 111 y 53 fracción 11 de la LAPTDF, 6 apartado C fracción 11, 67 fracción 11 del RIAR, 37 fracción XIV y 55 fracción del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal (RIAPDF), se otorga a favor de la Empresct la autorización conciicionacia en materia de impacto ctmbiental para la realización del Proyecto con las características descritas en el Visto , en la Memoria descriptiV'ct, en los resultandos 9 incisos ce) y cici) y 14 incisos h), i), j), k), bb) puntos del 1 al IV y ce) punto 1 de la presente Resolución AdministratiV'a y bajo los siguientes términos: ------------------------ --------------------------------

A. Con fundamento en el artículo 52 de la LAPTDF y en concordancia con lo descrito en los resultandos 9 incisos del a) al h), del k) al m), o), q), del s) al V') y x) y 18 de la presente Resolución AdministratiV'ct, no podrá iniciar las obras y actividades del Proyecto en los predios en los cuales no cuente con el documento que acredite su posesión y/o uso. CJel·..suelo a torizado para el

1( ' ( · . --.,;: - • • "lf. •' I !..) .V_J. ¡,,,...

1 \cr:- 1f' l\..ll !/ ,11,r,!= •·.··'<1•.,,,, .., 1 / 1 • (>'""' -· - ''-"-· EDEMA

.lllln '"U(, I · ) •\_ ., • • ·- sei:re1aria-lle'LM'ed..l.b,, A mblente

Dirección General de Regulación Ambiental

D I P.F.CC ¡{ N GITT-fE la1Joa No. 8, Piso 5, i{r.'(.itll /: •¡/ , CoJ C ntr\),ilE\\a ..qupaddeMéxlco

·-• '>.. '.I,• · . C.P.í OJlO!IO!'iJl'f...Cuauhlém oc Tel.5278 9931, Ext. 5221

sedema.cdmx .gob.mx Proyecto: 'Tren lntenlfbano México -Toluca, trabajos de construcción y obras

complementarias del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

Page 31: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

de Quiroga) y 57+876.71(estación Observatorio del Metro Linea 1)" Página 28 de 50

Concepto Superficie (m2 )

Afectación de área verde temporal 159,455.47

Afectación de área no verde temporal 33,526.70

TOTAL 192,982.17

Afectación de área verde permanente 20,953.78

Afectación de área no verde permanente 6,195.54

TOTAL 27,149.32

CIUDAD DE MÉX ICO

Folio de Ingreso : 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 015863 /2016

Proyecto; por lo anterior, deberá presentar ante e ta DGRA las siguientes documentales previo al inicio de actividades dentro de los mismos: ----------------------------------------------------------------------------

Predios o terrenos Documento a presentar l. En los cuales no se encuentre liberado el Derecho de

Vía del Proyecto. a) Documento que acredite el Derecho de Vía liberado

correspondiente. 11. En posesión o custodia del Gobierno de la Ciudad de

México. b) Asignación de los predios otorgada por la DGPI en

favor de la SOBSE. 111. En ·1os cuales se encuentren causes o zonas de

competencia Federal afectados por la construcción del Proyecto.

c) Documento emitido por CONAGUA; en el cual, otorgue autorización· para la ejecución del Proyecto dentro de las áreas de su competencia .

IV. Aquellos que no cuenten con el uso del suelo autorizado para la realización del Proyecto citados en la tabla anexa al oficio número SEDUVl/DGAU/DRP/16235/ 2016 de fecha diecinueve de julio de dos mil dieciséis,descrito en el resultando 9 inciso u) de la presente Resolución Administrativa .

d) Documento o documentos emitidos por SEDUVI; mediante los cuales, se acredite el uso del suelo autorizado para la realización de las obras y actividades del Proyecto.

B. El trazo del Proyecto deberá apegarse al indicado en los planos citados en el resultando 9 incisos ce) y dd) de la presente Resolución Administrativa, por lo que en caso de modificación deberá informarlo previamente a esta DGRA, a fin de acordar lo que conforme a Derecho corresponda. ----------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------

C.Esta DGRA autoriza las siguientes superficies de afectaciones temporales y permanentes del Proyecto manifestadas tanto en los planos citados en el resultando 9 incisos ce) y dd) como en el cuadro de áreas de afectación descrito en el resultando 14 inciso h), ambos de la presente Resolución Administrativa: -------------------------------------------------------------------- --------------------------

Nota: La tabla anterior incluye las afectaci ones ya realizadas por la Empresa y que fueron dictaminadas en el ODA mencionado en el resultando 7 de la presente Resolución Administrativa . -----------------------------------------

Asimismo, en caso de modificar dichas superficies deberá informarlo previamente a esta DGRA. -----

r -

IQ., : J ir..:\.\ . : · 1 ,,.. ) 1 . ,,,,™A

, S cretaria del Medio Ambiente ' Direéci6n Gon ral de Regu atlón Ambiental

Tiaxcoaque No. 8, Piso 5,

! • Col. Cenifo·qe la Ciudad de México C.P. 06090, Dei. Cuauhlémoc

Tel. 5278 9931, Exl. 5221 sedema.cdmx .gob.mx

Proyecto: 'Tren Interurbano México - Tatuca, trabajos de construcción y obras complementarias del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamlentos 49+432.34 (/oca/Izado en Av. Vasco

Page 32: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

de Quiroga) y 57+876.71(estación Observatorio del Metro Linea 1)" Página 29 de 50

Dl

. CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ fJ 15860 /2016

D. De conformidad con lo descrito en el resultando 14 inciso ce) puntos 11 y IV de la presente Resolución Administrativa deberá informar a esta DGRA conforme al avance de obra del Proyecto y previo a su ejecución , todas las aperturas de caminos requeridas y las obras de servicios urbanos y/o infraestructura inducidas, para que en el ámbito de sus atribuciones determine si deberán sujetarse a la evaluación en materia de impacto ambiental. ----------------------------------- -----

Para la determinación alcanzada por esta DGRA, se tomaron en cuenta las siguiente s consideraciones : -------------------------------------------------------------------------- -------------------------------------

La política ambiental es uno de los ejes rectores del Gobierno de la Ciudad de México, la cual se inscribe en la interacción entre las diferentes dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades que integran a la administración pública; por tanto , es responsabilidad de la Administración Pública local, observar los principios de sustentabilidad en corresponsabilidad con la sociedad, de la cual es parte, dürante el desarrollo de las actividades administrativas y operativas propias de la gestión pública , con la finalidad de coadyúvar con la Federación en mejorar la movilidad de las ciudades mediante sistemas de transporte urbano masivo, congruentes con el desarrollo urbano sustentable , aprovechando las tecnologías para optimizar el desplazamiento de las personas.

Por tal motivo, la finalidad de la presente Resolución Administrativa es contribuir a garantizar el derecho que toda persona tiene a un medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar, mediante el aprovechamiento y desarrollo sustentable de los elementos naturales de la zona donde se desplantará el Proyecto, en los ámbitos social , económico, cultural y ambiental. -----------------------

Bajo esas directrices, esta DGRA considera que existe compatibilidad entre el respeto al medio ambiente con la construcción de infraestructura y prestación de servicios públicos, lo cual permitirá la consecución de los objetivos de la planeación nacional, como lo es el Proyecto, el cual deberá desarrollarse bajo criterios de prevención, mitigación , compensación y restauración de los recursos naturales susceptibles de afectación, cumpliendo así con los postulados contenidos en los artículos 4, 25 y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2, 3, 20, 23, 44, 52 y 90 Bis 3 de la L.AP"TDt=. ----------------------------------- ---------------------------- --------------------------------------------

No obstante lo anterior, a fin de que esta DGRA esté en posibilidad de identificar debidamente las superficies de desplante, las características y duración de los trabajos en aquellas zonas en las que no se cuenta con la liberación del derecho de vía, y por tanto , definir las condiciones que deberán observarse durante su realización, previamente deberá presentarse la información correspondiente, a . fin de determinar las acciones y/o medidas de conservación, restauración y protección que conforme a Derecho correspondan . ------------------------------------------------------------------------------ ----- ---

SEGUNDO.- Con fundamento en los artículos 54, 188 y 190 Ter de la L.AP"TDt= y del 92 al 95 del RIAR, la Empresa, el Promovente y el Prestador de Servicios son cqrresponsables ante esta - ··· f': i. :)-..!. ·1 r "\ ' '

.'la"'C. >.;;J

· t /....f t ;/:· ; \ . SEOEMA

Secretari del Medio Ambient e . ;1 )f•llrli:Jl' l<l("Oir ción Gen rai de,egulaciónAmbiental l 1111 hHt 1).l.f , , ¡,rr111,, ) \._S:=:O SM,

...\,, ._--_. Tiaxcoaque No. 8, Piso 5, Col. Cenlro de la Ciudad de México

-cC IO' h l r;:NEíl t..L J'Jl6090,Del .Cuauhtémoc rtt: . ...,... 1 f'\ 'ret. 52789931, Ext. 5221 - lll J. 1A 1 }. MCtel\l'T'hl sedema.cdmx.gob.mx

Proyect o: f:rren 'lntewrbÁnó'Méiiic{f\.J Tóllit;8;1(fuba10S>de construcción y obras complementarias del tramo 3 para el viaducto elevado del lren Toluca -Valle de México localizado entre lós cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

Page 33: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Pagina 30 de 50

CIUDA D DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646 / 2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/ 2016

SEDEMA/DGRA/DE IA/ 015860 . /2016

DGRA, de la calidad y veracidad de la información presentada y contenida en la MIAE correspondiente al Proyecto y la información complementaria presentada ante esta DGRA; así como, de las técnicas y metodologías empleadas para la identificación de los impactos ambientales; además , de la determinac ión de las medidas de prevención, mitigación y compensación propuestas; por lo qu13, en caso de comprobarse dolo, mala fe o la fa lsedad en la informadón presentada, se les impondrán las sanciones qUe en derecho correspondan .------------------------------------------------------------

TERCERO.- Con fundamento en los artículos 53 fracción 11, penúltimo y último párrafos de la LAPTDF, 3 fracciones VI, XXIII, XXIV y XXV, 67 fracción 11 y 69 del RIAR, 278 y 279 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal (CPCDF) de aplicación supletoria en el presente procedimiento conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la LAPTDF, la Empresa deberá cumplir con la normatividad ambiental vigente; también, con todas y cada una de las medidas de prevención, mitigación y compensac ión de los impactos ambientales identificados, propuestas en la MIAE y sujetarse a lo dispuesto en la presente Resolución Administrativa, conforme a las siguientes condicionantes que se establecen con el propósito de prevenir y atenuar cualquie r efecto negativo al ambiente ; así como, a las medidas de compensación que tienen la finalidad de incrementar la calidad ambiental y la de los servicios ambientales en el área de influencia del Proyecto, que a saber son: ---

''•'

\AI • , 1 , Secretaria delM dio Ambiente

Page 34: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Pagina 30 de 50

Etapa 1. Preparación del sitio,construc.ción e instalación

Generales

No.

Descripción Plazo para informar el cumplimiento

1.0

Con fundamento en el artículo 74 del RIAR, deberá dar aviso e informar a esta DGRA la fecha de inicio de las obras del Proyecto, presentando copia de la manifestación de construcción correspondiente que a efecto emitan las delegacio nes Cuajim alpa de Morelos y Alvaro Obregón y/o la SEOUVI. Deberá colocar un cartel en el acceso a cada frente de t rabajo, señalando que cuenta con la autorización en materia de impacto ambiental, debiendo describir el Proyecto, número de folio, número de expediente y el nombre del especia lista en materia de impacto ambiental encargado del seguimiento al cumplimiento de las disposiciones y condicionantes establecidas en la presente Resolución Admin istrativa, al respecto deberá anexar un registro fotográfico.

5 días hábiles posteriores a que suceda dicho supuesto.

1.1

Deberá informar sobre la conclusión de las obras del Proyecto,mediante el Aviso de terminación de obra que de ser el caso emitan las delegaciones Cuajimaipa de Moreios y Alvaro Obregón y/o ia.SEDUVI. Asimismo, deberá presentar copia de la concesión para la operación y explotac ión de vlas generales de comunicación ferro viaria que emita la SCT para el Proyecto.

Previo al Inicio de la etapa de operación y mantenimiento del Proyecto.

1.2

Deberá designar una supervisión ambiental, quien será la encargada del seguimiento al cumplimiento de las disposiciones y condicionantes establecidas en la presente Resolución Adminis trativa, debiendo indicar a esta DGRA el nombre de la persona física o moral designada quién informará sobre el debido cumplimiento, anexando, copia de su cédula r:>rofesional y/o acta constitutiva (previo cotejo).

15 dias hábiles a partir del dia hábil siguiente al en qui'! surta sus efectos legales la notificación de la presente Resolución Administrativa .

1.3

Deberá acreditar ante esta DGRA, el cumplimiento de las medidas de prevención, mitigación y compensación propuestas en la MIAE; aslcomo, de las Impuestas en la presente Resolución Administra tiva, para lo cual, deberá realizar !nformes trimestrales y un informe final del cumplimiento de las condicionantes, con el contenido minimo siguiente:

1 -

Los Informes trimestrales dentro de los primeros 5 dlas hábiles de cada periodo lr mest ral de las obras del

J:.

SEDEMA

- 11l(

- l r-- 1

( 1·;:vi¡ . . l' 1 ,, 1¡,,,

,1 lrqcclón Ge_neralde R q laclón Ambiental

-Tlaxcoaque No. 8, Piso 5, [J 1o t, 1 ,.( j ) _c¡QI. j:; nlrc¡ dela Ciudad de México 1;'.r'•• .P10609o, Del. Cuauhtémoc

\ C: '., ( 1 • I . Tel. 5278 9931, Exl.5221

• t ' • ' Sedema.cdmx.gob.mx Proyecto: 'Tren Interurbano México - Tatuca, 'trabajos de construcción y obras

complementarlas del tramo 3para el vladuclo elevado del /ren Toluca- Valle de México localizado entre los cadenamlentos 49+432.34 (loca/Izado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876. 71(es/ación Obserlatorio del Me/ro Linea 1)"

Page 35: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 31 de 50

CD CIUDAD DE M XICO

Folio de Ingreso: 016646 / 2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/ 2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ Ü1586 ;) /2016

Etapa 1.Preparación del sitio, construcción e instalación

Generales

No. Descripción Plazo para informar el cumplimiento

• Periodo comprendido . Proyecto y el informe final 5 • Descripción de las actividades efectuadas en dicho periodo, referentes al cumplimiento de las días hábiles siguientes a la

condicionantes ambienta les, acreditando tales hechos con documentales y fotografías a color conclusión de las obras del con su respectivo pie de foto (descripción) y fecha de toma. Proyecto .

Asimismo, cualquier modificación al periodo de ejecución del Proyecto deberá ser manifestada a esta DGRA para determinar lo conducente.

Deberá instalar en la zona del Proyecto cámaras de vigilancia, a través de la cuales,esta DGRA podrá monitorear las áreas verdes, actividades u obras que se lleven a cabo en el interior del derecho de via; y de igual manera, llevar a cabo un monitoreo de las rutas de los trasportistas de los materiales de construcción y de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial. Las características mínimas con las que deberán cumplir las cámaras de vigilancia son las siguientes: a) Cámaras fijas gran angular. 15 días hábiles a partir del día b) Cámaras móviles PTZ. hábil siguiente al en que surta

1.4 c) Cámaras fijas. sus efectos legales la Asimismo , las especificaciones de las cámaras y las especificaciones de los dispositivos de notificación de la presente grabación y respaldos de información los podrá consultar en el Acuerdo por el que se modifica el Resolución Administrativa. aviso por el que se da a conocer el Manual para la Operación y Funcionamiento de los Equipos, Instrumentos, Instalaciones y demás elementos necesario s para la adecuada operación y funcionamiento de los equipos y sistemas de Verificación vehlcular, publicado en la GODF número 216 (doscientos dieciséis) de fecha once de noviembre de dos mil quince. Las grabaciones de las cámaras antes citadas deberán permanecer en el frente de trabajo correspondiente y ser exhibidas en el momento que le sean requeridas por esta DGRA. De conformidad con el contrato de obra descrito en el resultando 9 inciso a) de la presente Resolución Administrativa deberá acordar en los contratos que se celebren con las empresas Previo al inicio de obras del 1.5 contratistas y/o de servicios, cláusulas que contemplen el cumplimiento de las condicionantes Proyecto. impuestas en la presente Resolución Administrativ a, como responsables solidarios cuando as( les corresponda ,presentando ante esta DGRA copia cotejada de dichos contratos Deberá presentar las facturas, notas y/o documentales que comprueben el monto económico Dentro de cada informe

1.6 destinado a las medidas de prevención, mitigación y/o compensación de los impactos trimestral y dentro del ambientales generados por el Proyecto. informe final. Deberá de cumplir con todos y cada uno de los lineamientos establecidos en los documentales Dentro de cada informe

1.7 solicitados en el resolutivo PRIMERO Inciso A de la presente Resolución Administrativa . trimestral y dentro del informe final.

Podrán instalarse temporalmente dentro de la superficie a intervenir, bodegas, comedores para Dentro de cada informe 1.8 el personal y/u oficinas de residentes ,debiendo reducir al mínimo el área de su establecimiento trimestral y dentro del y ubicarse en zonas que hayan sido alteradas con anterior idad.Al concluir los trabajos ,deberán

proceder al retiro total y limpieza del área, debiendo manifestarse al respecto. informe final.

Deberá respetar la superficie de trabajo autorizada por esta DGRA y no realizar obras ni excavacio nes innecesarias, ni que estas dañen o afecten los recursos naturales de la zona; así como: • Prender fogatas y/o quemar basura. Dentro de cada informe

1.9 • Afectar a la flora y fauna presente en la zona y áreas colindantes al predío. trimestral y dentro del • Utilizar las áreas verdes comunes al Proyecto para la realización de cualquier actividad no informe final. contemplada o cuyo uso de suelo no lo permita, con la finalidad de evitar la afectación de la flora o fauna presente en la zona del Proyecto. Por tal motivo, deberá colocar la señalización restrictiva correspondiente. ¡----- .

_,,. ::-- 1 1 . :)t!.) f .:;¡}" - l '!

'- ..u .rf -...,:, ' SEDEMA .-11 'D' .o'-Ylf' .,. ecretaríI Medio Ambiente

· ,' ;,.¡¡,,.,l?,lr,ef fil?n'Gp, er 1.I d lieo.uJaci6n Ambiental "...) ,;;il'l I

llaxcoaque No.8. Piso 5, • Col .Cep,lr e j¡I C(udad de México

ílff1E\..C I 01J GEi'Jlc,P,,'Q6Q9Q} qe1. Cu auhlémoc . Tel. 5278 9931, Ext. 5221

" ', ·l''·' \ 7 : !fl,'s"f¡[ ma.cdmx.gob.mx Proyecto:'Tren Interurbano México - Toluca, traha;os l:fe' conS&-ucción y obras

complementarlas del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Tatuca - Valle de México localizado entre los cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Linea 1)"

Page 36: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 32 de 50

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/ 2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 015863 /2016

Etapa 1.Preparación del sitio, construcción e instalación

Generales

No. Descripción Plazo para informar el cumplimiento

El primer pago se deberá realizar 15 días hábiles contados a partir de día hábil siguiente al en que surta sus

1.10

(

Con fundamento en los artículos 70 fracción IV de la LAPTDF, 67 fracción 11, 69 y 70 del RIAR por los impactos negativos temporales inherentes al Proyecto, debe[á de llevar a cabo una aportación económica al Fondo Ambiental Público del Distr ito Federal (FAPDF) por un monto de $208'525,541.26 (doscientos ocho millones quinientos veinticinco mil quinientos cuarenta y un pesos 26/ 100 M.N.) equivalente al 2% (dos por ciento) de la inversión prevista para el Proyecto, como medida de compensación, para que la SEDEMA proceda a realizar la rehabilitación de áreas verdes dentro del trazo del Proyecto o en su área de lnfluenci'a, siempre y cuando las condiciones de los terrenos así lo permitan; o bien, destinará el recurso conforme lo señalado

efectos legales la notificación de la presente Resolución Administr ativa, por un monto de $69'508,513.75 El segundo pago se deberá realizar el dla 01 de marzo de 2017, por un monto de $69'508,513.75

por los articules 69 de la LAPTDF y 70 del RIAR. El tercer pago se deberá realizar el día 01 de junio de

La aportación se deberá realizar ante la Institución Bancaria denominada SCOTIABANK INVERLAT, S.A., a nombre del Fideicomiso Fondo Ambiental Público del Distrito Federal

2017, por un $69'508,513.76

monto de

1.11

(FAPDF), Fideicomiso número 11023231, con número de cuenta 00101562916 y CLABE 044180001015629160, apercibiéndose que de no hacerlo dentro del término señalado, se actuará conforme a Derecho.

Deberá colocar un adecuado sistema de señales de carácter preventivo', restrictivo, informativo o prohibitivo en las zonas de tránsito vehicular y de los transeúntes en la que se haga referencia a los trabajos que se realicen en elárea con el objeto de evitar accidentes en elsitio del Proyecto.

Deberá enviar a esta DGRA, en un término de 5 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al que efectúe los depósitos respectivos, los originales de los comprobantes de pago. Dentro de cada informe trimestral y dentro del informe final. Dentro de cada informe

1.12 Deberán colocar avisos preventivos para Jos trabajadores y transportistas, señalando la importancia de cuidar, conservar y proteger los recursos naturales.

Conforme a lo estipulado en el punto 8.4; así como, en el Anexo 1de la Norma Amblental para el Distrito Federal NADF-007-RNAT-2013, las personas físicas 'y morales titulares de establecimientos mercantiles,de servicios y/o de unidades de transporté ·de residuos sólidos que se ubiquen o transiten dentro de la jurisdicción territorial de J a Ciudad de México,están obligados a obtener su registro en el Registro y Autorización de Establecimientos Mercantiles y de Servicios para el Manejo de Residuos (RAMIR); así como, la Instalación de un sistema de control y monitoreo que transmita en tiempo realla informació n y ubicación del vehículo en ruta,

trimestral y dentro del informe final.

Manifestarse al respecto dentro de 5 días hábiles contados a partir de día hábil

1.13 comúnmente llamado Sistema de Posicionamiento Global (GPS por s.Ls siglas en inglés), que permita a la Secretaría y/o Autoridad correspondiente verificar las rutas de origen y destino. Con la finalidad de que los residuos generados por la ejecución del Pr yectó tengan un debido tratamiento conforme al PMRS autorizado, en la información contenida en los manifiestos de entrega-transporte-recepción de los residuos, deberán señalarse los datos de identificación de los vehículos transportistas y el registro de inscripción al RAMIR, lo cualbrindará certeza jur ídica en cuanto al manejo adecuado de los mismos. Por lo que, la Empresa, deberá abstenerse de contratar los servicios de un tercero cuyas las unidades transportistas no cuenten con las especificaciones antes mencionadas. ,

siguiente al en que surta sus efectos legales la notificación de la presente Resolución Administrativa.

1.14

Con fundamento en el artículo 13 fracción 111, 23 fracciones IV, VIII y IX de la LAPTDF,deberá Manifestarse al respecto presentar las documentales que acrediten la procedencia legal de los recursos maderables que dentro de 5 días '1ábiles se prevé utilizar durante las etapas que contempla el Proyecto, acompañando para tal efecto de contados a partir de día hábil la documentación tanto de la adquisición de dichos recursos , como de J a autorización, cer;tificado_ siguiente al en que surta sus o cuaJauler otro documento excedido por J a autoridad comoetente en el aue se demu'.estre.1.a efectos leaales la notificación

·.J l 1, ••• •

Secretaria delMeilo Ambiente

""' 1 Dirección Generalde Regulación Ambiental , \ l)axco'aque Nrc 6, Piso 5,

Ui .t.'.1.1 Col. Centro de la'Ciudad de México O.P. 06090, Del. Cuauhtémoc

Tel. 6276 9931, El<I. 5221 sedema.cdmx.gob.mx

,Proyecto: '7'ren Interurbano México.- Toluca, trabajos de construcción y obras complementarias del tramo 3para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado enlTe los cadenamientos 49+432.34 (loca/Izado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876.71(es/ación Observatorio del MelTo Linea 1)"

Page 37: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 33 de 50

Factores Ambientales

Prevención, Mitigación y Compensación

No.

Vegetación Plazo para informar el cumplimiento

2.0

Con fundamento en los artículos 119 de la LAPTDF, 62 fracción 111, 67 fracción 11, 69, y 88 del RIAR, considerando los lineamientos técnicos de la NADF-001-RNAT-2015 y con relación a lo expuesto en el resultando 14 inciso d) puntos 1 y 11 de la presente Resolución Administrativa , esta DGRA autoriza el derribo de 679 (seiscientos setenta y nueve individuos arbóreos señalados en el Dictamen, toda vez que interfieren con la realización del Proyecto; sin embargo, deberá contar también con la autorización de derribo de arbolado ubicado al interior del AVA, citados en el resultando 14 inciso d) punto 1 de la presente Resolución Administrativa, de la DGBUEA; debiendo presentarla ante esta DGRA dentro del término de cinco días hábiles posteriores a su obtención y previo alinicio de los trabajos de derribo dentro del AVA. Derivado de lo anterior, la Empresa deberá llevar a cabo la restitución física correspondiente de acuerdo con la NADF-001-RNAT-2015 y con la Valoración para restitución citada en el resultando 14 inciso f) de la presente Resolución Administrativa ; es decir, deberá realizar la restitución total de lo siguiente: · );> 2,000 (dos mil) árboles con una altura mínima de 5.00 m (cinco metros), diámetro de tronco

mlnimo de 7.5 cm (siete punto cinco centímetros) medido a 30 cm (treinta centlmetros) del cuello de la raíz y un diámetro de copa mínimo de 1.00 m (un metro) al vivero Nezahualcóyotl de la SEDEMA.

);> 132 (ciento treinta y dos) árboles , con las mismas características antes referidas, a la delegación Cuajimalpa de Morelos.

:l> 132 (ciento treinta y dos) árboles, con las mismas características antes referidas, a la delegación Alvaro Obregón.

:l> 800 (ochocientos) árboles con una altura mínima de 6.00 m (seis metros), diámetro de tronco mínimo de 9 cm (nueve centímetros) medido a 30 cm (treinta centímetros) del cuello de la raíz y un diámetro de copa mínimo de 1.20 m (uno punto veinte metros) al vivero Nezahualcóyotl de la SEDEMA.

:l> 52 (cincuenta y dos) árboles, con las mismas características antes referidas (a la delegación Cuajimalpa de Morelos).

);> 52 (cincuenta y .d. os) árboles, con las mismas características antes referidas a(a la de,le-g-ación Álvaro Obre ón). Para llevar a cabo lo anterior deberá contemplar especies que se encuentren dentro del listado del

15 días hábiles para coordinarse con la Dirección de Manejo y Regulación de Areas Verdes Urbanas (DMRAVU) y las delegaciones Cuajimalpa de Morelos y Álvaro Obregón respecto a las especies de los árboles para restitución; asl como, para· presentar ante esta DGRA el programa calendarizado de entrega de árboles. Asimismo, no podrá exceder de un año en la entrega de los árboles para restitución.

t i

n.:C ull_il\ (' Hfllll .6'f \ S::' ,,_..

CDCIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 015863 /2016

Etapa 1.Preparación del sitio, construcción e instalación

Generales

No. Descripción Plazo para informar el cumplimiento

acreditación para el manejo integral de los mismos que brinda el sitio de adquisición, apercibido de la presente Resolución que de no hacerlo se resolverá conforme a derecho corresponda. Administrativa. De conformidad con lo descrito en el resultando 14 inciso ce) punto 11 de la presente Resolución 30 días hábiles contados a

1.15 Administrativa, todas las obras y servicios de apoyo para la realización del Proyecto deberán partir de que suceda dicho ser retiradas una vez que se concluya el mismo, para lo cual,deberá presentar ante esta DGRA un Programa de abandono del sitio para su revisión y determinar lo conducente. supuesto.

Deberá presentar las memorias técnico-descriptivas, arquitectón icas y de las instalaciones

1.16 eléctricas, sanitarias e hidráulicas de la estación Santa Fe y de la terminal ObservatoriÓ con sus planos correspondientes debidamente acotados.

Previo a la conclusión de las obras del Proyecto.

ir - , · . 1 • ;:"l ¡)q - ¡ .....): ·I \, SEDEMA 1 L Jl lDIU UI: t '"'ltl<""'' Secretar del Medio Ambiente

\.. I '-• \1 1 101¡el:Üó ·Genwa,l di,(R,e,ulación Ambiental

N TiaxCÓaque No.8, Piso 5,

Dm ce!óN G 1i !i . ·gu t , Tel. 5278 9931, Ex!. 5221

ilf'.Gll!.!\C:ui·i ,.\ :ii',.¡'r seilema.cdmx.gob.mx Proyecto: "Tren Interurbano México - Toluca, trabajos de construcción y obras

complementarias del tramo 3para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quifoga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Línea 1)"

Page 38: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Linea 1)" Página 34 de 50

R

.11

u.( l

CD CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 01586:) /2016

2.1

2.2

2.3

Factores Ambientales

Prevención, Mitigación y Compensación Anexo B de la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-006-AMBT-2012. Con la finalidad de garantizar la supervivencia de los árboles que serán entregarlos al Vivero Nezahualcóyotl de la SEDEMA, estos permanecerán en el mismo hasta que se determinen las zonas espedficas dentro del área de Influencia del Proyecto y dentro de la Ciudad de México que de acuerdo con sus características físicas, biológicas, culturales, sociales y recreativas son susceptibles ejecutar la plantación de la restitución ffsica solicitada. Con fundamento en los artículos 85 fracción IV, 111 fracciones 11y111 y 112 fracción VIII de la LAPTDF , de conformidad con lo descrito en el resultando 14 inciso h) de la presente Resolución Administrativa y con la finalidad de evitar la erosión del suelo y preservar y restaurar las áreas verdes de la Ciudad de México, deberá crear y/o rehabilitar y/o sanear 180,409.25 m2 (ciento ochenta mil cuatrocientos nueve punto veinticinco metros cuadrados) de áreas verdes equivalentes a la afectación total de áreas verdes por la realización del Proyecto, de acuerdo a las siguientes especificaciones: • 57,327.71 m2 (cincuenta y siete mil trescientos veintisiete punto setenta y un metros

cuadrados) de áreas verdes correspondientes al AVA, debiendo realizar las acciones de conservación, restauración y protección ambiental al interior de la misma, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto; de conformidad con los lineamientos que para tal efecto emita la DGBUEA.

• 123,081.54 m2 (ciento veintitrés mil ochenta y uno punto cincuenta y cuatro metros cuadrados) de áreas verdes urbanas, mismos que podrán distribuirse en diferentes sitios de la Ciudad de México, mismos que determinará la SEDEMA de acuerdo con sus características físicas, biológicas, culturales, sociales y recreativas; así como, las propuestas presentadas por la Empresa ante esta DGRA.

Para llevar a cabo lo anterior, deberá contar con los servicios de un tercero especializado en la materia y presentar ante esta DGRA, para su aprobación, un Proyecto de fomento de áreas verdes y de Arquitectura del Paisaje por cada uno de los sitios indicados por la SEDEMA para la creación de áreas verdes, elaborado conforme a los lineamientos establecidos en la NADF-006-RNAT-2012, considerando para ello la plantación de Individuos arbóreos. Dichos proyectos de fomento de áreas verdes y de Arquitectura del Paisaje deberán considerar Individuos arbóreos nativos de la zona; así como, especies arbustivas, ornamentales y/o trepadora s, que se ajusten al contexto natural y social del sitio Indicado por la SEDEMA y que se encuentren dentro del listado del Anexo B de la NADF-006-AMBT-2012 . Asimismo, deberá considerar el mantenimiento de cuando menos 5 (cinco) años a partir de la conclusión de la creación y/o rehabilitación y/o saneamiento de áreas verdes para asegurar conservación. No podrán sembrarse especies exóticas que por sus características morfológicas y su relación con otras especies puedan causar afectación en el sano crecimiento de otras, bienes inmuebles e infraestructura de servicios públicos. En caso de que se presenten dificultades técnicas que Impidan el cumplimiento de lo solicitado en la presente condicionante, deberá manifestarlo y justificarlo por escrito a esta DGRA para que determine lo conducente; o bien, se establezca una equivalencia ambiental.

Para acreditar la creación y/o rehabilitación y/o saneamiento de áreas verdes, deberá presentar un reporte fotográfico, un plano de ubicación georreferenclado y las facturas que acrediten la creación y/o rehabilitación y/o saneamiento de áreas verdes.

Con fundamento en el articulo 88 del RIAR, el punto 7.1.4 de la NADF-001-RNAT-2015 y de acuerdo con el resultando 14 inciso d) puntos 111 y IV de la presente Resolución Administrativa, esta DGRA autoriza el trasplante de los 38 (treinta y ocho) árboles identificados en el Dictamen, toda vez que, por sus características de desarrollo,salud y calidad pueden ser irasplantados dentro del área de influencia del Proyecto. No obstante lo anterior, no podrá iniciar las actividades de trasplante de los árboles ubicados al (

30 treinta días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al en que surta sus efectos legales la notificación de la presente Resolución Administrativa .

10 dias hábiles posteriores a la conclusión de la creación y/o rehabilitación y/o saneamiento de áreas verdes. 30 dias habiles contados a partir del día hábil siguiente al en que surta sus efectos legales la notificación de la presente

esolución " . J "':....:±"''

, P,i¡ecci6n Ge eral lle RegulacÍón Ambiental

, " '' ' ' , l 1 , ' ; . Tlaxcóaque1No 8, Piso 5,

Col. Cenlro • , , C.P.06090, Del.

Cuauhtémoc '1 \ lli 11 'r 1.}278 '!¡93),1 l. 5221

• • sedema.cdmx.gob.mx Proyecto: 'Tren Interurbano MéiilC<¡ ¡- ToliJca, lfabajos de cónstrucéi'5n y obras

complementarias del tramo 3para el vláduc)o elévado 'del tren Toluca .'.. Valle de

Page 39: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Linea 1)" Página 35 de 50

México localizado entre los cadenamlentos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

Page 40: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Linea 1)" Página 36 de 50

\ ·· . 1 1 -r('' ._ 1

aque o. .

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/4016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 01586:) /2016

Factores Ambientales

Prevención, Mitigación y Compensación interior del AVA, citados en el resultando 14 inciso d) punto 111 de la presente Resolución ·Administrativa . Administrativa sin antes contar con el visto bueno de la DGBUEA, el cual, deberá presentar ante esta DGRA dentro del término de cinco días hábiles posteriores a su obtención y previo al inicio de los trabajos de trasplante dentro del AVA. Por lo anterior, deberá presentar ante esta DGRA, un Proyecto de Trasplante que cumpla con los parámetros técnicos de la NADF-001-RNAT-2015 y que contenga como mínimo un censo, fotografías de los árboles a trasplantar, técnica de trasplante a utilizar y localización georreferenciada de los sitios de plantación. Ademá s de lo anterior, deberá incluir una descripción detallada de las actividades de mantenimiento, por lo menos durante 5 (cinco) años para asegurar su supervivencia . En caso de que los árboles no resistan el trasplante, deberá informarlo por escrito a esta DGRA para que determine lo conducente .

5 días hábiles posteriores 2.4 Deberá presentar un registro fotográfico y plano georreferenciado de los árboles trasplantados. al trasplante de los

individuos arbóreos.

Se prohibe realizar poda, derribo o trasplante de cualquier individuo arbóreo no autorizado para tal efecto por esta DGRA; así como, la mutilación, remoción de la corteza, envenenamiento, entierro Dentro de cada informe

2.5 parcial o total de su tronco, exposición o impermeabilización de área radicular, aplicación de trimest ral y dentro del químicos, utilizar sus fustes como percheros; además, la acumulación de agentes nocivos alrededor informe final. de su tronco. Con fundamento en el artículo 88 del RIAR, para toda afectación adicional de arbolado que se requiera por las obras del Proyecto, deperá solicitar previamente la autorización a esta DGRA Previo a que suceda

2.6 cuando se traten de afectacio nes en suelo urbano; y para las afectaciones dentro del AVA deberá dicho supuesto durante obtener la autorización tanto de esta DGRA como de la DGBUEA; la cual deberá estar referida al las obras del Proyecto. Dictamen citado en el resultando 14 inciso d) de la presente Resolución Administrativa , para determinar lo conducente en materia de imoacto ambiental.

Manifestarse al respecto dentro de 5 días hábiles

Con fundamento en los artículos 90 Bis fracción 11, 90 Bis 3, 90 Bis 4, 90 Bis 5 y 90 Bis 6 de la contados a partir de día 2.7 LAPTDF, deberá llevar a cabo la elaboración del Programa de Manejo del AVA en coordinación con hábil siguiente al en que

la DGBUEA , mismo que deberá contener los requisitos establecidos en la LAPTDF, el Decreto del surta sus efectos legales la AVA y los que considere la DGBUEA de acuerdo con las características ambientales del AVA. notificación de la presente

Resolución Administrativa.

Con fundamento en el artículo 86 fracción 1 de la LAPTDF y en concordancia con el Decreto del AVA, no podrá realizar cualquier tipo de afectación, construcción, relleno, apertura de caminos de acceso, resguardo de maquinaria, maniobras y actividades o cualquier tipo de afectación dentro del Dentro de cada informe

2.8 .AVA fuera del derecho de vía del Proyecto sin contar previamente con la autorización trimestral y dentro del correspondiente, debiendo informar a los contratistas sobre dicha restricción. informe final. Por lo anterior, deberá presentar un registro fotográfico y/o videograbación al respecto, de las condiciones del AVA colindantes con el derecho de vla del Provecto. De conformidad con lo descrito en el resultando 18 de la presente Resolución Administrativa, Dentro de cada informe

2.9 durante la coñst rucción del Proyecto dentro del AVA deberá coordinarse con la DGBUEA para la trimestral y dentro del supervisión de las obras en cumplimiento de lo indicado en el oficio número SEDEMA/DGBUEA/01 343/2016 de fecha cinco de diciembre de dos mil dieciséis. informe final.

No. Residuos Plazo para informar el cumplimiento

Con fundam ento en el ártículo 120 de la LAPTDF y los parámetros técnicos de la NADF-001-RNAT- 5 días hábiles posteriores 3.1 2015, los materiales y desechos producto del derribo de los árboles, deberán triturarse y a la obtención de los

posteriormente destinarse a la elaboración de mu/ch, debiendo observr y realizar lo siguiente: comprobantes r T i(rr

,, Y..

\:_ :?' "f·,.

,.¡. ) ll :

,_...,..,'

<t J :J.

SEDEMA

"'™'tiMedioAmbiente CJUDP. I 'r ¡¡(:)¡P-!cJlón Gener 9e Re ulación Ambiental

<... lli•clJi1•mlo h'"'"' .J 1 -.--,- 'rr N a p· 5

· ...- - X ISO • Col. Centro de la Ciudad de México • C.yQ,§090, Del. Cuauhlémoc

' flt: .•• ilit1 Qr.;l\fl::Rr\t1.t 521a9931.Ex1.5221 sedema.cdrnx.gob.mx

Proyecto: '7ren Interurbano México - ToTuC'a,J?Majos /J!J construcción y obras complementarlas del tramo 3 para et viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamientos 49+432.34 {loca/izado en Av. Vasco

Page 41: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 36 de 50

Factores Ambientales Prevención,Mitigación y Compensación

)> Selección en cuanto a la condición sanitaria del material, es decir, que no provenga de árboles enfermos o plagados.

·)> El material plagado o enfermo deberá donarse a centros de capacitación para actividades de carpinteria y/o similares.

)> Para el manejo del material sano, deberá acudir a la Dirección de Manejo y Regularización de Áreas Verdes Urbanas de la DGBUEA,quien le indicará elo los sitios para su manejo.

Lo anterior , deberá acreditarse ante esta DGRA, mediante fotograflas y comprobantes de manejo y/o disposición.

correspondie ntes.

3.1

Con fundamento en los artículos 32 de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal (LRSDF), 55 fracción XXI del RIAPDF, considerando los lineamientos de la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-007-RNAT-2013 esta DGRA autoriza el PMRS citado en el resultando 14 inciso p) de la presente Resolución Administrativ a. De los 92,912.50 m3 (noventa y dos mil novecientos doce punto cincuenta metros cúbicos) de residuos de la excavación totales manifes ados en el PMRS, el 100 % (cien por ciento) serán enviados a disposición final al sitio denominado "Restauración de la Mina de 7'equexquináhuac" ubicado en el poblado de Tequexquináhuac a la altura del paraje Santa Rosa, Texcoco, Estado de México; asimismo, la cantidad de 3,120.00 m3 (tres mil ciento veinte metros cúbicos) de residuos de la construcción serán enviados en su 100% a la empresa Concretos Reciclados, S.A. de C.V., ubicada en avenida del Árbol númerp 106, colonia El Triángulo, código postal 09769, delegación lztapalapa, Ciudad de México.' Asimismo , con fundamento en los puntos 8.1, 8.2, 8.3 y 8.4 de la Norma Ambient al para el Distrito Federal NADF-007-RNAT-2013 deberá realizar: a) Separación en la fuente generadora de acuerdo a la clasificació n A, B, C, D y F de la citada

Norma; asl como, su almacenamiento tempo ral clasificado al interior del Domicilio, debiendo presentar los registros fotográficos que acrediten dichas acciones.

b) Presentar dentro de los Informes solicitados, los manifiestos de entrega-transporte-recepción (Anexo 1 de la Norma en comento) de los residuos de construcción, incluyendo en dicho formato el número de registro RAMIR del vehiculo transportista, conforme a lo reportado en el PMRS.

En caso de cambiar alguno de los sitios autorizados para el aprovechamiento y/o disposición final, deberá informarlo previamente a esta DGRA para su aprobación.

Dentro de cada informe trimestral y dentro del informe final.

3.2

Considerando los parámetros técnicos de la NADF-007-RNAT-2013 , deberá acordar con las empresas contratistas y/o de servicios, las cláusulas que contemplen el cumplimiento del manejo de los residuos de la construcción conforme a lo reportado en el PMRS, debiendo presentar copia de éstos.

5 días hábiles posteriores al inicio de las obras.

3.3

Considerando los parámetros técnicos de la NADF-007-RNAT-2013 deberá presentar una memoria técnica justificativa para sustituir por lo menos un 25% de los materiales vírgenes por materiales reciclados para su uso en las obras de banquetas y guarnic iones de l¡¡s calles y vialidades que serán reconfiguradas por el trazo del Proyecto.

30 días hábiles contados a partir del dla hábil siguiente al en que surta sus efectos legales la notificación de la presente Resolución Administrativa .

3.4

Con fundamento en los artículos 33 de la LRSDF, 32 y 33 del RLRSDF,deberá tener en cada frente de trabajo contenedores de 200 1 (doscientos litros), para que los trabajadores de la obra depositen los residuos sólidos generados. Los residuos orgánicos se diferenciarán en contenedores de color verde v en qris los de tipo recic lable; además, cada uno de estos contenedores deberá contar con

Dentro de cada informe trimestral y dentro del informe final.

:

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2 016 Ex.pediente número : DEIA-ME-1464 / 2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 015863 /2016

l\ \" · 1r '«,· .!. \ ·'\ 1 , • ecretarla delMedio Ambiente

• ' ''p,1reccl6r¡ Genera\ ·de Regulación Ambiental ,,, 1·1t 1 1t-i'1t 1• ' • ·1 t .\ /

Tlaxco o.8, Piso 5,

1!Rf-Cr:1 ·t, .,f1 '. CbJ b ªiu t : t111s 7/n1 ;g:ni;;: 2 !

. : 1 Proyecto:7ren Interurbano México - Toluca, ITabajos de conslTucción

y obras

complementarias del /T amo 3 para el viaducto elevado del /Ten Toluca -Valle de México localizado entre los cadenamlentos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

Page 42: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 37 de 50

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observa/orlo del Metro linea 1)"

Page 43: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 38 de 50

,,

!'.:

CIUDAD DE MÉX ICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME- 1464/2016

SEDEMA/DGRA/ DEIA/ fl 1586 O /2016

Factores Ambientales

Prevención, Mitigación y Compensación su respectiva leyenda" de forma que sea visible.

Conforme a los parámetros técnicos de la NADF-020-AMBT-2011, los residuos orgánicos que se Dentro de cada informe 3.5 generen de carácter biodegradable deberán ser destinados a la elaboración de composta. trimestral y dentro del

informe final.

Los residuos peligrosos que pudieran generarse durante " las distintas etapas que comprende el Dentro de cada informe 3.6 Proyecto quedarán sujetos a las disposiciones establecidas en la Ley General para la Prevención y trimestral y dentro del Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR),su Reglamento y en la Norma Oficial Mexicana NOM-

052-SEMARNAT-2005 y en los ordenamientos jurídicos aplicables. informe final. Con fundamento en el artículo 199 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal (RCDF), el número de sanitarios portátiles, excusados o letrinas secas, será uno por cada 25 Dentro de cada informe

3.7 (veinticinco) trabajadore s o fracción excedente de 15 (quince), por lo que deberá presentar la(s) trimestral y dentro del factura(s) de contratación del servicio y un registro fotográfico con al menos 5 (cinco) fotograflas a informe final. color. Con fundam ento en el articulo 188 del RCDF, podrá colocar los materiales de construcción, escombros u otros residuos, con excepción de los peligrosos, generados en la obra, en las Dentro de cada informe

3.8 banquetas de la vía pública por no más de veinticuatro horas, sin invadir la superficie de rodamiento trimestral y dentro del y sin impedir el paso de peatones y de personas con capacidades diferentes, previo permiso otorgado por la delegación correspondiente, durante J os horarios y bajo las condiciones que se fijen informe final. en cada caso. Deberá programar y controlar las rutas que serán utilizadas por los camiones transportistas de residuos de la demolición, excavación y construcción generados por la construcción del Proyecto; Dentro de cada Informe

3.9 además, los vehículos que se empleen para el traslado de dichos residuos de la construcción, trimestral y dentro del deberán circular siempre cubiertos con lonas, incluso cuando estuvieran vacíos ,para evitar fugas de informe·final. material y la emisión de polvo.

Se prohíbe la disposición de cµalquier tipo de residuo sólido o líquido, producto del desarrollo del Dentro de cada informe

3.10 Proyecto en áreas rurales de producción forestal o agroindustrial, barrancas, zonas de recarga de trimestral y dentro del mantos acuíferos, en terrenos baldios, camellones, plazas, áreas verdes, banquetas o sitios no autorizados. informe final.

No. Agua Plazo para informar el cumplimiento

Con fundamento en el artículo 77 fracción 111 de la Ley de Aguas del Distrito Federal (LADF), 107 fracciones 11yVy155 fracción IV de la LAPTDF, deberá consultar al SACMEX sobre la factibilidad de la implementación de sistemas para la captación, almacenamiento y aprovechamiento de agua

15 días hábiles a partir del

4.0

4.1

pluvial y plantas de tratamiento de aguas residuales en la estación Santa Fe y en la terminal dia hábil siguiente al en Observatorio, de acuerdo con las condiciones de operación de las mismas, debiendo presentar ante que surta sus efectos esta DGRA la respuesta que al respecto emita el SACMEX . legales la notificación de la

Asimismo, deberá presentar las memorias técnico-des criptivas de la instalación de los sistemas de presente Resolución

captación, almacenamiento y aprovechamiento de agua pluvial y plantas de tratamiento de aguas Administrativa . residuales y los planos correspondientes, previamente a la conclusión del Proyecto. De conformidad con lo descrito en el resultando 9 incisos b), g) y h) de la presente Resolución Administrativa , deberá presentar el visto bueno quE¡i otorgue el SACMEX para el proyecto de 5 días hábiles posteriores saneamiento y mitigación para controlar los olores en la presa Totolapa, el colector de desvio y la adecuación de una compuerta con vertedor, ambos en la presa Totolapa; así como, para los a su obtención. desazolves una vez efectuados a las presas Totolapa, Tacubaya y Ruiz Cortines. para las instalaciones de descargas pluviales en las estaciones y a lo largo del trazo {del Proyec·to. ¡\supuesto.

4.2

Con fundamento en el artículo 77 fracción 111 de la LADF, 107 fracciones 11 y V, 155 fracción IV de la 5 días hábiles posteriores LAPTDF, deberá presentar ante esta DGRA, el dictamen y/o Visto Bueno que el SACMEX otorgue a que suceda dicho

. \ '. ..,1 ,,)) r · t·.¡_ '.]

' . ' • ;¡ J. \., : SEDEMA

• 'IUDA[>I · h?WCO 1 Secretália del "1•dio Ambiente '- De;ltl'o "'10 Dir:'.'c G._e l •; ,lie;1fió n Ambiental

• Tlaxcoaque No. 8, Piso 5, D1REee1o ¡Gi1Cot:;e.fü\líO de,l¡.i,¡Cludad de México

I' '"" "!i;; t:: P.'06090¡Del.Cuauhtémoc EGU 1 '·Cic'hl l\n .¡n ¡i·r:r,e1 5 1sss31,Ex1.5221

1,..1'1 1\\ I \\ r.J alJ.dema.cdmx.gob.mx Proyecto:'Tren Interurbano México -Toluca, trabajos de construcción y obras

Page 44: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 39 de 50

complementarias del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre Jos cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quúnga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Melro Línea 1)"

Page 45: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 40 de 50

'1·

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/ 2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ (l15O 6 ;j/2016

Factores Ambientales

Prevención,Mitigación y Compensación

4.3

Con fundamento en los artículos 35 fracció n XII inciso a) de la LADF, 104, 105 fracciones VI, VII y VIII, 106 fracción 11 y 107 fracción 11 de la LAPTDF, deberá utilizar agua tratada y/o pluvial en el sistema contra incendios, sanitarios, riego de áreas verdes y en la limpieza de las áreas que sean de uso común,evitándose eluso de agua potable

Dentro de cada informe trimestral y dentro del informe final.

4.4

Con fundamento en el artículo 107 fracción 11 de la LAPTDF, de 9onformidad con lo descrito en el resultando 14 inciso i) de la presente Resolución Administrativa, las Instalaciones hidráulicas y sanitarias de la estación Santa Fe y la terminal Observatorio deberán incluir en su diseño y colocación, el uso de dispositivos de ahorro o bajo consumo de agua, de acuerdo con las disposiciones aplicables, tales como las contenidas en el RCDF, las Normas Oficiales Mexicanas y las Normas Mexicanas. Estos dispositivos podrán ser regaderas de flujo limitado, lavamanos y grifos de contacto, cajas o tanques de sanitarios de capacidad reducida y otros que resulten aplicables a las instalaciones.

Manifestarse al respecto dentro de 5 días hábiles contados a partir de día hábil siguiente al en que surta sus efectos legales la notificación de la presente Resolución Administrativa.

4.5

Queda prohibido descargar o arrojar materiales o residuos que contaminen u obstruyan el flujo de los escurrimientos pluviales de la zona; asl como, rellenar las depresiones naturales.

Dentro de cada informe tr imestral y dentro del informe final.

4.6

Queda prohibido derramar agua potable o verter agua freática o residual, sin previa separación de los sólidos sedimentables al arroyo de la calle,coladeras pluviales o pozos de visita del sistema de drenaje y alcantarillado; así como, descargar o arrojar materiales o residuos que contaminen u obstruyan elflujo de esos cuerpos receptores.

Dentro de cada informe trimestral y dentro del informe final.

No.

Energía Plazo para informar el cumplimiento

5.0

Con fundamento en el artículo 123 de la LAPTDF, deberá utilizar celdas fotovoltaicas para el aprovechamiento de la energía solar en las Instalaciones de alumbrado en áreas comunes y en el exterior en la estación Santa Fe y la terminal Observatorio; así como, para las instalaciones de alumbrado de calles y avenidas que en su caso se instalen una vez construido el viaducto elevado sobre el cual pasará el Tren Interurbano México - Toluca; para lo cual,deberá presentar ante esta DGRA la memoria técnica de la instalación y sus planos correspondientes. Asimismo, deberá realizar preferentemente la instalación de focos ahorradores y/o componentes optoelectrónicos pasivos,conocidos como diodos emisores de luz (LEO por sus siglas en inglés).

Dentro de cada informe trimestral correspondiente y dentro del informe final.

5.1

Queda prohibida la instalación provisional de tomas de energla eléctrica que produzcan variaciones de voltaje en las líneas de transmisión; cuando se requiera, se deberá obtener la autorización correspondiente por parte de la Comisión Federal de Electricidad.

Dentro de cada informe trimestral correspondiente y dentro del informe final.

No.

Aire y/o Emisiones Plazo para informar el cumplimiento

6.0

Con fundamento en los artículos 9 fracción XXVII, 131 fracció n 11, 132 fracción IV de la LAPTDF, 67 fracción 11 y 69 del RIAR, con la finalidad de identificar la influencia de la operación del Proyecto en la disminución de los niveles de contaminación atmosférica en la Ciudad de México;así como, en la disminución del uso de automóviles, deberá presentar ante esta DGRA una proyección de emisiones a 10 (diez) años, posteriores al Inicio de la operación del Proyecto; misma que deberá contener una comparación de emisiones con y sin el Proyecto e incluir al menos: contaminantes criterio, método de cálculo, modelo de proyección utilizado, fuentes de información, parámetros y variables utilizados en el modelo de proyección, resultados y análisis de los mismos; el cual estará sujeto a la aprobación y/o Visto Bueno de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire (DGGCA) adscrita a la SEDEMA.

45 días hábiles a partir del dla hábil siguiente al en que surta sus efectos legales la notificación de la presente Resolución Administr ativa.

6.1

Con fundamento en los artículos 9 fracciones XXVII, XXXVII 2 y 14 de la Ley de Cultura Civica del Distrito Federal; a Norma Mexicana NMX-AA-164-SCF/20 13, deberá proporci espacios con mobiliario adecuado para la colocación de bi

;XL y 133 fracción XVIII de la LAPTDF, sí como, los criterios establecidos en la onar 52 (cincuenta y dos) y 30 (treinta) cicletas dentro de las instalaciones de la

Manifestarse al respecto dentro de 5 días hábiles contados a partir de día hábil siQuiente al en que

­

1 . SEÓEMll

• . . Cf1larla del ·-lo A'l'b iente Pircccl6n General de Reg ul aclon Ambiental

' i. ' " ¡ 1 .:. '¿t'1¡\ } laxcoaque No.8, Piso 5,

Col. Centro de la Ciudad de México '• C.PI 0'609o_,\ De). Cllauhlémoc

·fe1.'5218'9g3f. Ext. 5221 sedema.cdmx.gob.mx

Proyecto: 'Tren Interurbano México -Toluca, trabajos de construc ción y obras complementarias del tramo 3para el viaducto elevado del tren Toluca -Valle de México localizado entre los cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av . Vasco

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Linea 1)"

Page 46: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 41 de 50

Informe final.

. ( ¡') ! D/,;[)<= :tx - f I .

REGU t A.-. 'Ó"' AMBleN T:e¡·

b

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ fl 15O 6:) /2016

Factores Ambientales Prevención, Mitigación y Compensación

estación Santa Fe y Observatorio, respectivamente. surta sus efectos legales la Derivado de lo anterior, deberá presentar ante esta DGRA, para su aprobación, las especificaciones notificación de la presente técnicas del mismo, junto con planos a escala del mobiliario y su ubicación, considerando para ello Resolución que la ubicación de dicho mobiliario sea visible, segura y de fácil acceso. Administrativa .

15 días hábiles a partir del

Deberá presentar ante esta DGRA el visto bueno que Ja SEMOVJ emita para Jos señalamientos y dia hábil siguiente al en 6.2 rutas de desvío que se utilizarán durante la construcción de las obras del Proyecto con Ja finalidad que surta sus efectos

de evitar congestionamientos y emisiones a la atmosfera. legales Ja notificación de la presente Resolución

Con fundamento en los articulos 9 fracción XXXVII, 133 fracción X y 186 de la LAPTDF; asi como, lo establecido en el Decreto por el que se expide el Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas en el Distrito Federal (PCAADF), en caso de que la SEDEMA decrete una Precontingencia o Contingencia Ambiental en la fase que corresponda, deberá suspender las obras

Administrativa.

y/o actividades que pudieran generar Ozono, partículas PM10 y/o menores; lo anterior, con la Dentro de cada informe 6.3 finalidad de reducir la emisión de contaminantes y evitar mayores concentraciones de los mismos en trimestral y

la atmósfera ,que puedan ocasionar daños en la salud de la población. informe final. Cuando la SEDEMA suspenda la fase de Precontingencia o Contingencia Ambiental, podrá continuar con la ejecución del Proyecto. Asimismo, los vehículos transportistas de material para relleno y renivelación del Proyecto deberán cumplir con lo establecido en la presente condicionante.

Con la finalidad de evitar la dispersión de partículas, deberá cumplir con los lineamientos establecidos en Ja Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-018-AMBT-2009, entre ellos:

dentro del

);>

);>

6.4 );>

);>

Emplear las cantidades mínimas para regar con agua tratada las zonas más susceptibles a generar dichas particulas, evitando encharcamientos. Instalar dispositivos de control en la salida que permitan la limpieza de los neumáticos de los vehículos antes de abandonar el área de obra, con las características indicadas en la Figura 1de la norma en comento. Dentro de cada informe En caso de que se Interrumpa la obra se deberá eliminar cualquier fuente o actividad que genere trimestral y dentro del partículas. informe final. El límite máximo de velocidad para vehiculos que circulen dentro de cada frente de trabajo no podrá ser mayor a 10 km/h (diez kilómetros por hora).

Al respecto deberá documentar el cumplimiento de las médidas con fotografías a color y/o videograbaciones que constaten la aplicación de dicha norma; así como, presentar los comprobantes que acrediten la contratación del servicio de transporte de agua tratada a los sitios del Proyecto.

Deberá observarse el cumplimiento de los parámetros técnicos en las Normas Oficiales Mexicanas Dentro de cada informe

6.5 NOM-041-SEMARNAT-2015, NOM-045-SEMARNAT-2006 y NOM-050-SEMARNAT-1993, con la trimestral y dentro del finalidad de minimizar los contaminantes generados por los vehículos utilizados durante la construcción del Proyecto.

6.6

Deberá solicitar a los contratistas apagar los motores de los camiones de transporte de los Dentro de cada informe materiales y residuos y de la maquinaria utilizada cuando su funcionamiento no sea necesario.

Para minimizar las emisiones de ruido, gases y humos a la atmósfera, es necesario exigir a los

trimestral y dentro del informe final.

transportistas que cumplan con los tiempos de afinación y mantenimiento de sus vehículos de carga; Dentro de cada informe 6.7 asl como, con Jos requerim ientos del Programa de Verificación Vehicular correspondiente, para la trimestra l y dentro del

cual deberá presentar verificaciones respecti"'.as; asi como, los documentos que asr.e ten el informe final. mantenimiento realizado a ca.da equipo y/o vehículo, de ser el caso. , · --. _

1.' \a,

-. _ "-' .

... "'.ko ' .L 1 SEDEMA

l>r t mor)(j,i..,,1111 J l Secretariá del Medio Ambiente Oire.c ión enlÍiáliil: ulación Ambiental

DJR CC/ÓN Gll: ·. Tlaxcoaque No.8, Piso 5, N$Íi9!dtrq'l:j a Ciudad de México

c.f". 06090, Del . Cuauhtémoc ¡.., '-• , , r278 9931, Ext. 5221

flsedema.cdmx.gob.mx Proyecto: "Tren Interurbano México -Toluca. trabajos de construcción y obras

complementarias del tramo 3para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Linea 1}"

Page 47: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 40 de 50

0 r ---

r"'

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número : DEIA-ME-1464/2016

SEDEM.A/DGRA / DEIA/ Ü1586J /2016

Factores Ambientales

Prevención, Mitigación y Compensación

Deberá usar pinturas y recubrimientos libres de plomo y sin solventes; asimismo, deberá colocar las Dentro de cada informe 6.8 protecciones necesarias para evitar que la radiación ultravioleta que emite la soldadura eléctrica sea trimestral y dentro del

visible desde el exterior del área de trabajo. informe final. Con excepción de las maniobras que sean indispensables para la carga y descarga de materiales, Dentro de cada informe

6.9 queda prohibido estacionar vehículos de carga permanentemente sobre las calles aledañas al trimestral y dentro del Proyecto, debiendo informar a los operadores de los vehículos relacionados con la obra. informe final.

Con fundamento en los parámetros técnicos de la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF- 021-AMBT-2011 durante la instalación y operación de la planta para la producción de concreto premezclado que se utilizará para la construcción del Proyecto, dentro del predio denominado Alameda Poniente, deberá dar cumplimiento a cada una de las especificaciones técnicas, requisitos Dentro de cada informe

6.10 mínimos de equipamiento y medidas de mitigación establecidas en dicha norma para las plantas de trimestral y dentro del

concreto preme¡;".clado móviles. informe final. Al respecto deberá documentar el cumplimiento de lo anterior mediante el formato de cumplimiento anexo a la NADF-021-AMBT-2011.

No. Ruido Plazo para informar el cumplimiento

Con fundamento en los parámetros técnicos de Ja Norma Oficial Mexicana NOM-080-SEMARNAT- 1994, deberá cumplir con los niveles máximos permisibles de emisión de ruido, ello con la finalidad de minimizar las emisiones de ruido generado por Jos escapes de los Vehículos automotores que Dentro de cada informe

7.1 utilicen diese! como combustible, pertenecientes a contratistas, que corresponden a 86 dB (A) para trimestral y dentro del los vehículos con un peso bruto menor a 3,000 kg (tres mil kilogramos), 92 dB (A) para lcis vehículos informe final. con un peso bruto mayor a 3,000 kg (tres mil kilogramos) y menor a 10,000 kg (diez mil kilogramos) y 99 dB (A) para Jos vehículos con un peso bruto mayor a 10,000 kg (diez mil kilogramos). Con fundamento en J os parámetros técnicos de la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF- 005-AMBT-2013, todas·las actividades relacionadas con los trabajos de preparación del sitio y construcción, deben cumplir con los niveles máximos permisibles de emisiones sonoras que corresponden a 65 dB (A) de las 6:00 a las 20:00 horas y 62 dB (A) de las 20:00 a las 6:00 horas; por Jo que, deberá presentar , dentro de cada informe trimestral, un informe general elaborado conforme a lo señalado en el punto 8 de la norma en comento, cuyos resultados deberán estar Dentro de cada informe

7.2 avalados por un laboratorio acreditado en el Padrón de Laboratorios Ambientales del Distrito trimestral y dentro del

Federal. informe final. Asimismo, en caso de que la SEDEMA tenga conocimiento de alguna denuncia durante la preparación del sitio y construcción del Proyecto, se reserva el derecho de solicitar Ja información necesaria para acreditar el cumplimiento de los límites máximos permisibles establecidos en dicha norma.

No. Suelo Plazo para informar el cumplimiento

Con fundamento en Jos artículos 111fracciones111 yVIy112 fracción VIII de la LAPTDF, tomando en cuenta las actividades que se realizarán en el predio denominado Alameda Poniente, de conformidad con Jo expuesto en el resultando 14 inciso bb) de Ja presente Resolución Administrativa, una vez finalizadas las obras y actividades dentro de dicho predio deberá informarlo por escrito a esta DGRA y contratar un especialista ambiental con la finalida.d de llevar a 5 días hábiles posteriores

8.0 cabo un estudio de Fase 1, mediante el cual se descarte la posible contaminación del suelo por a que suceda dicho hidrocarburos y/o metales pesados, o bien identifique las zonas susceptibles de contar con pasivos ambientales . supuesto. Derivado de Jo anterior, a reserva de los resultados del estudio de Fase 1, con fundamento en las Normas Oficiales Mexicanas y técnicas NOM-138-SEMAR>NAT-SSA1-2012, NOM-147- SEMARNAT-SSA1-2004 y NMX-146-SCFl-2008, una vez finalizadas las obras y actividades dentro del oredio denominado Alí'!meda Poniente deberá oresentar ante esta DGRA un estuclio ·de "i,

l'";,,r. , l 11 1 ) 1 /-} !' . 1'.1.·

/ • '\. ·1-: • SEDEMA ecreta2 del Medio Ambiente

c_.11 1r•/\l• lllDllección Ge era <;le R. gu cl n Ambienta l ........ 1h·· M" t'.fh ( ti t, 5\...DI- ... .

-rlaxcoaque N o.8, Piso 5, c¿o1. <e!'nlrg e la c.Ju. dad de México

t)l 'HiCr.,jÓN h!•N, .,O,llQ. 9Ji) Del. Cuauhlémoc • - - • Tel. 5278 9931, Exl. 5221

"'\ . 1 ! \ (' ) .)•\ •\ 111 s e.ril_a.cdmx.gob.mx Proyecto: "Tren lnler Urb'ano Mé ico - Tatuca: trabajas de construc ción y abras

complemenlariasdeltrama3paraelviaductoelevadadellrenToluca-Vallede México localizado en/Te los cadenamiento s 49+432.34 (localizado en A v. Vasco

Page 48: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 40 de 50

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Linea 1)•

Page 49: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 41 de 50

Factores Ambientales

Prevención, Mitigación y Compensación

caracterización de suelo para hidrocarburos (HC's) y metales pesados para el predio denominado Alameda Poniente;.el cual, deberá elaborar un Laboratorio acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA); asimismo, la Empresa tiene la obligación de realizar lo siguiente: 1. En caso de detectarse contaminación del suelo por HC's y/o metales pesados, deberá realizar la

remediación del suelo contaminado cumpliendo con los límites máximos permisibles de la normatividad aplicable en la materia; así como, hacerlo del conocimiento de la autoridad federal correspondie nte, a fin de que obtenga la autorización para iniciar dichos trabajos. Al respecto, se deberán presentar los manifiestos de entrega, transporte y disposición final, con los sellos de autorización de la SEMARNAT . Asimismo, la Empresa deberá presentar ante esta DGRA una videograbació n o registro fotográfico a color de dichas actividades y la descripción detallada de las mismas.

2. En su caso, una vez remediado el suelo, la Empresa deberá realizar muestreos confirmatorios para hidrocarburos y metales pesados, a través de un laboratorio acreditado por la EMA, debiendo presentar ante esta DGRA la llberación de sitio contaminado que al efecto le otorgue la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) quien es la autoridad competente en dicha materia.

8.1

Con fundamento en los artículos 111 fracción VI y 112 fracciones 11 y VIII de la LAPTDF y con la finalidad de evitar prácticas que provoquen riesgo a los usuarios de Proyecto, deberá presentar ante esta DGRA el Visto Bueno de la Secretaría de Protección Civil de la Ciudad de México a la propuesta de estabilización de taludes y diseño estructural del Proyecto.

5 días hábiles posteriores a su obtenció n.

8.2

De conformidad con lo descrito en el resultando 14 inciso u) de la presente Resolución Administrativa, deberá llevar a cabo acciones de conservación y restauración de suelos al interior del AVA , por lo que deberá presentar ante esta DGRA un Programa de Conservación y Restauración de Suelos; mismo que deberá contar con el visto bueno de la DGBUEA, quien le indicará las áreas a restaurar.

5 días hábiles posteriores a la obtención del vis to bueno de la DGBUEA

8.3

El área destinada al resguardo de solventes, pinturas, aditivos, aceites y combustibles deberá ser protegida con materiales impermeables que prevengan la afectación del suelo en el caso del derrame accidenta l de éstos; asimismo, dichas sustancias deberán almacenarse en recipientes cerrados y en óptimas condiciones.

Dentro de cada informe trimestra l y dentro del informe final.

8.4

Deperá realizar un programa de mantenimiento para la maquinaria de construcción ulllizada en el Proyecto, con la finalidad de asegurar su óptimo funcionamiento y evitar fugas o derrames de hidrocarburos que contaminen el suelo.

Dentro de cada informe trimestral y dentro del informe final.

8.5

Los tanques de almacenamiento de combustibles (diesel y/o gasolina) para plantas de emergencia ylo sistema contra incendios, deberán estar identificados, contar con su rombo de riesgo y con sardinel para contener posibles derrames.

Dentro de cada informe trimestral y dentro del informe final.

8.6

Deberá separar el estrato orgánico del suelo aproximadamente de 0.30 m (cero punto treinta metros) de profundidad de la excavación sin cascajo o basura, y coordinarse con la DGBUEA y/o DGCORENA para su aprovechamiento en la creación y/o mantenimiento de áreas verdes.

Dentro de cada informe trimestra l y dentro del informe final.

8.7

Deberá acreditar que los materiales pétreos provengan de bancos autorizados; por lo cual, deberá presentar los documentos que avalen la adquisición formal y legal de los mismos.

Dentro de cada informe trimestra l y dentro del informe final.

8.8

Queda prohibido realizar actividades de reparación o de mantenimiento del equipo o maquinaria que se ocupen durante la ejecución del Proyecto en el interior del predio o zonas aledañas; así como, estacionar vehículos de carga permanentemente sobre los caminos aledaños al predio, debiendo informar a los operadores de los vehículos relacionados a la obra de tales restriccion -- ,

Dentro de cada informe trimestral y dentro del informe final.

1

1

N Dln cc Ó TlaxcoaqueNo.8.Piso5,

CD CIUDAD DE MÉX ICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ Ü 15863 /2016

, l.'·'""-..:.' .' •I f } 1

1l!,."<';..

';\ : [ '{ ;!} -.., :, •, • --· 1 SED

r_1tJDAf>ü", •J:oro r _ ,... . • . ntcirl;., dn l'"ót' , 1 S. reraroa del Medio Ambi ente

._ ._. _ ect i r¡ eneráíf'de'Re Llaclón Ambiental

r; 1 N Ú N I::-<Q; iA;'\tni@He la Ciudad de México C.P. 06090, Del. Cuauhlémoc

GU.L.ACiÓ AMEIEl'rmr s21s 9931, exi. s221 ' sedema.cdmx.gob.mx

Proyeclo: "Tren Interurbano México -Toluca, trabajo s de construcción y obras complementarlas del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Linea 1r

Page 50: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 42 de 50

Factores Ambientales

Pre enclón, Mitigación y Compensación

No.

Flora y fauna Plazo para informar el cumplimiento

9.0

De conformidad con lo descrito en el resultando 14 incisos u) y bb) punto 111 de la presente Resolución Administrativa, así como, en el Decreto del AVA, el cual, indica que esta alberga especies incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 deberá presentar ante esta DGRA un Programa de rescate y reubicación de flora y fauna, en el que se describan las acciones a llevar a cabo, sitios de reubicación propuestos, cronograma de actividades, inventario de fauna y técnicas empleadas para el rescate y reubicación de especies por la ejecución de las obras del Proyecto; debiendo asegurar la mayor sobrevlvencia de todos y cada uno de los organismos encontrados; asimismo, dicho Programa de rescate y reubicación de fauna deberá contar con el Visto Bueno de la DGBUEA, DGCORENA, SEMARNAT o bien,de la autoridad correspondiente. Asimismo, deberá programar adecuadamente el rescate, reubicación de las especies en alguna categoría de protección, garantizando que se realicen antes de los trabajos de desmonto y despalme, bajo la supervisión de una Institución Acadé mica.

5 días hábiles poster iores a la obtención del Vis to Bueno corres.p.ondiente, previo al lnlCIO de actividades del Proyecto.

9.1

Previo al inicio de desmonte y despalme en cada sección del trazo deberá reportar a esta DGRA los resultados del Programa de rescate y reubicación de flora y fauna, bajo la supervisión de una Institución Académica.

Dentro de cada ínforme trimestral y dentro del informe final.

9.2

Si durante el desarrollo de las obras del Proyecto se encontrara una población vulnerable de mamlferos, reptiles, aves y/o anfibios, se atenderá y permitirá su protección y tras lado hacia otras áreas libres de afectación por la obra, debiendo Informar de manera previa a todos los trabajadores dicha disposición y realizarse confwme al Programa de rescate y reubicación de fauna solicitado en la condicionante que antecede únicamente por personal calificado en el manejo de fauna.

Dentro de cada informe trimestral y dentro del informe final.

9.3

Se prohibe molestar, dañar, cazar, capturar y comerclalizar especies de fauna silvestre de la zona.

Dentro de cada informe trimestral y dentro del informe final.

9.4

Deberá asegurarse que se respeten y mantengan las condiciones ambientales de la flora existente en la zona de influencia del Proyecto, con la finalidad de proteger el hábitat de las especies de fauna existentes.

Dentro de cada informe trimestral y dentro del Informe final.

9.5

Para el acarreo de materiales y ·para acceder a la zona en la que se realizarán las actividades del Proyecto, deberá utilizar los caminos existentes y respetar la superficie y rutas autorizadas por esta DGRA. Por lo anterior queda prohibido realizar nuevas aperturas de caminos o utilizar un perímetro adicional como forma de influencia de la obra; por lo que, deberá utilizar los caminos existentes y respetar la superficie autorizada en la presente Resolución Administrativa .

Dentro de cada informe trimestral y dentro del informe final.

.

"

/ S

1

1:.-

• .r:.. • ·1 : :_

•·,

... '·. .'

·.. ,1

;,

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646 /2 016 Expediente número: DEIA-ME-1464/ 2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ fJ158GJ /2016

-·!..:' . · :

,•

.-..·-.·

• ' - ·· 1

_-.-,'.,

1,, ·

Para la Etapa 2 de operac1on y mantenimiento, la Empresa deberá de observar de manera permanente el cumplimiento de las siguientes condicionantes: ----------------------------------------------------

11.1.· Deberán informar a esta DGRA, la fecha de inicio de operación del Proyecto, anexando copia de entrega a la autoridad responsable de su operación y mantenimiento , en un plazo no mayor a 5 días hábiles posteriores a su obtención. ------------------------------------ ---------------------------------------------

11.2.- Con fundamento en los artículos 61 Bis, del 61 Bis 1al61 Bis 5, 135, 157 y 172 de la LAPTDF, una vez concluida la etapa de construcci9n del Proyecto, deberá ·consultar a la Dirección de Regulación Ambiental (ORA} de esta DGRA si la operación de la estación Santa Fe, de la terminal Observatorio y las instalaciones e infraestructura de ambas están sJu}e a tram i ar y obtener la

\. ), . . ·

, , I , < , • J 1 ' DEMA

.:. ''¡,

,, ,., l }-... 1•..,,.;;, n•Jn¡11111, S cret @l'{a <t !_. edlo '.tmbiente

Dlrecc 6n General de' RegüJ'acl n Ambie ntal

, I' l ,,.. ,.JJxc<¡aqµ_i. No. 8, Piso 5, ' ' ' 1 ' '1 éo1 éé11lló de 1.Ch/dad de México

c¡.P.060901Del. Cuauhtémoc 1'i'JC52189931, Ext. 5221

sedema.cdmx.gob.mx Proyecto: 'Tren Interurbano México - Toluca, lrabajos de construcción y obras

complementarias del tramo 3para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenam/en tos 49+432.34 (loca/Izado en A v. Vasco

de Quíroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Línea 1)"

Page 51: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

CIUDAD DE MX ICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ Ü1.5 8 6 :) /2016 Licencia Ambiental Única para el Distrito Federal de acuerdo con la normatividad aplicable, debiendo dar en su caso cumplimiento a los lineamientos que en ella se establezcan; por lo que, deberá presentar el oficio de respuesta que al efecto se emita. -------------------------------------------------------- ------

11.3 .·Con fundamento en los articulas 33 de la LRSDF y 32 del RLRSDF; así como, en concordancia con la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-024-AMBT-2013, deberá depositar los residuos sólidos urbanos generados en la estación Santa Fe, terminal Observatorio, oficinas y talleres, en un área destinada y acondicionada para tal fin, donde se ubiquen contenedores con las dimensiones adecuadas al volumen estimado de generación diaria y realizar la separación de los residuos orgánicos en la subclasificación de los provenientes de la poda de árboles y áreas verdes, los provenientes de la preparación y consumos de alimentos y los susceptibles de ser utilizados en la producción de composta; así como, realizar la separación de los residuos inorgánicos en las subclasificaciones de vidrio, papel, cartón, plásticos, aluminio y otros materiales no peligrosos y laminados de materiales reciclables, cerámicas, artículos de oficina, utensilios de cocina y equipos eléctricos y electrónicos, los cuales deberán depositarse a su vez, en contenedores separados y para su recolección deberá contar con los servicios de un tercero especializado. ---------------------------- -------

Para dar cumplimiento a lo anterior, deberá presentar ante la Dirección de Energía y Economía Ambiental (DEEA) de esta DGRA, el Plan de Manejo de Resic;luos de Competencia Local para su autorización; lo anterior, con fundamento en los artículos 26 fracción 1 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal (LOAPDF), 23 fracción 1, 32, 55 y 59 fracción 111 de LRSDF, 13 y 16 del RLRSDF; 55 fracción XXI del RIAPDF; así como, en la Norma Oficial Mexicana NOM-161-5 EMARNAT-2O11. ---------------------------- ---------------------------- ---------------------------------------

11.4.- Con fundamento en los artículos 27, 28 fracción 1, 31, 42, 43, 44 y 48 de la LGPGIR, se exhorta a la Empresa a realizar lo siguiente: --------------------------------------------------------------------- -----------------------

• Registrarse ante la SEMARNAT como generador de Residuos Peligrosos. ----------------------------

• Contratar los servicios de empresas autorizadas por la SEMARNAT, para el manejo de residuos peligrosos. ---------------------------------------------------------------------- ----------------------- --------------------

• Conservar los Manifiestos de entrega, recepción y disposición de los residuos peligrosos que se generen. ----------------:------------ -------------------------------------------------------------------------------------------

• Evitar la mezcla de residuos peligrosos con residuos no peligrosos. ---------------------- -------------------

• Almacenarlos en envases y/o contenedores cuyas dimensiones, forma y materiales reúnan las condiciones de seguridad necesarias. --------------------------------------------------------- ---------------------

• Identificarlos con nombre y características del residuo. ----------------------------------------------------------

\·: "\",., 'd1 · )11,% ":::! · ' . l •' \{ _(,

:tUl)ADDEti\'X:CO . .,,.._,_ l SEDEMA ll•clrlit"·'•º• lunh r\ :i-E ¡el:.taria del M edio Ambient e

D rección General de Regul ación Ambiental

DIRECCIÓN Al 1"-licoaque No.8,Piso5, .J< kC f\lrJl.qe la Ciudad de México

Qi:GUl.AC IÓM AMt.11 -1?.-06090, Del.Cuauhtémoc J.; Tel. 5278 9931, Ex!.5221

sedema.cdmx.gob.mx Proyeclo: "Tren Interurbano México - Toluca, trabajos de conslruccl6n y obras

complementarias del /ramo 3 para el viaducto elevado del /r en Toruca - Valle de México localizado en/re los cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876.71 (estacl6n Observatorio del Me/ro linea 1)"

Page 52: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 43 de 50

Page 53: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

lr· ·. , Tlaxcoaque No.8, Piso 5,

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 015863 /2016

•, El área de almacenamiento deberá estar alejada de oficinas y servicios. ---------------------------------­

• Contar con señalamientos y letreros alusivos a dichos residuos. ---------------------------------------------

11.5.- Para el caso de las áreas verdes con que contará el Proyecto, únicamente podrá realizar la poda de formación en individuos jóvenes durante su crecimiento o poda de despunte, en ningún caso la poda deberá superar la cuarta parte del volumen total del follaje del árbol, tal como se especifica en los puntos 6.1.8 y 6.1.11 de la NADF-001-RNAT-2015, salvo casos excepcionales previa solicitud de autorización ante esta DGRA. -----------------------------------------------------------------------------------------------

11.6.- En el mantenimiento de las áreas verdes con que contará el Proyecto, se deberán utilizar compuestos orgánicos, o en su caso agroquímicos, fertilizantes o insecticidas, que se encuentren permitidos por la Comisión lntersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas (CICOPLAFEST). ------------------------------------------- ----------------------

11.7.- Deberá dar mantenimiento al sistema de riego y drenaje de las áreas verdes, ello con el propósito de garantizar que se mantenga en óptimas condiciones. -----------------------------------------------

11.8.- Las actividades de mantenimiento de las áreas verdes deberán ser realizadas por personal capacitado y en su caso, acreditado. ------------------------------------------------------- -------------------------------

11.9.- Deberán realizarse acciones para la protección, manejo y cuidado del entorno verde de la zona del Proyecto. --------------------- -----------------------------------------------------------------------------------------------

11.1 O.- Deberá colocar un sistema de señalizaciones para la población en general y visitantes, con carácter informativo, preventivo y restrictivo para la conservación de las áreas de vegetación presentes y fauna existente; así como, para evitar la realización de cualquier actividad no contemplada en el Proyecto. ------------------------------------------------------------------------------------------------

11.11.- Con fundamento en los artículos 33 de la LRSDF y 32 y 33 del RLRSDF, deberá depositar los residuos sólidos urbanos generados en un área destinada y acondicionada para tal fin, donde se ubiquen contenedores acordes con las normas sanitarias al respecto, con las dimensiones adecuadas al volumen estimado de generación diaria y realizar la separación de los residuos de acuerdo con la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-024-AMBT-2013. ------------------ -----------------------------

11.12.- Deberá asegurarse que las concentraciones de los contaminantes presentes en las descargas de aguas residuales cumplan con los límites máximos permisibles establecidos en la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-015-AGUA-2009 . ---------------------------------------------------------

11.13.- Deberá colocar a la salida de los desagües en la estación Santa Fe y la terminal Observatorio, un sistema de retención de sólidos y grasas; asimismo, deberá proporcionar mantenimiento periódico a dicho sistema, llevando una bitácora del mantenimiento preventivo y cgrrectivQ.---------------------------

¡( · ·'."" ·) ' . '

, '· \ •-- Sf-DE<MA íl J , •'1l J l •.; ,.:, ,h.f S c[e!aría del Medio Ambienle

1 J • • i<I Oirecblón•Genera.I del3e9iJ[ac.iq n ¡1.mbiental

Dl R r.\.C:J< l'!co1Jc ;Nrq-d .CJll, d de México

" ' -c p oboso. Del. Cuauhlémoc - \ • 1 \ • Te1 5278·9!J31, Ext.5221

• ' · - sederña.cdmx.gob.mx Proyeclo: "Tren Interurbano México - Toluca, trabajos de construcción y obras

complementarias del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Linea 1)" Página 44 de 50

Page 54: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

ll.. (.I·

nl:"G lJLAC I Ótl

Y CD _ CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 015863 /2016 11.14.- Con la finalidad de evitar el desperdicio de agua potable debido a fugas en las tuberías de conducción, deberá revisar periódicamente el sistema hidráulico de la estación Santa Fe y la terminal Observatorio; asimismo, deberá fomentar entre el personal, buenas prácticas ambientales en el uso de dicho recurso. ------------------- ---------------------------------------------------- -----------------------------------------

11.15.- Con fundamento en los artículos 35 fracción XII inciso a) de la LADF, 104, 105 fracciones VI, VII y VIII y 106 fracción 11 de la LAPTDF en caso de contar con plantas de tratamiento de aguas residuales deberá emplear agua tratada para el uso en sanitarios, riego de áreas verdes y en la - limpieza de las áreas que sean de uso común. -------------------------------------------------------------------------

11.16.- En caso de que el Proyecto cuente con plantas de tratamiento de aguas residuales estas deberán recibir el mantenimiento necesario para su óptimo funcionamiento y cumplir con los límites máximos permisibles establecidos por la Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEMARNAT-1997 . --------

11.17.- En su caso, los lodos y biosólidos provenientes de las plantas de tratamiento de aguas residuales del Proyecto deberán cumplir con los límites máximos permisibles de contaminantes para su aprovechamiento y disposición final establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-004- SEMARNAT-2002. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 11.18.- Deberá cumplir durante la operación y mantenimiento del Proyecto, con lo dispuesto en la NADF-005-AMBT-2013 respecto a los límites máximos permisibles de emisiones sonoras, correspondientes a 65 dB (A) de las 6:00 a las 20:00 horas y 62 dB (A) de las 20:00 a las 6:00 horas.

11.19.- Las áreas destinadas al resguardo del diesel para las plantas de emergencia, deberán ser protegidas con materiales impermeables que eviten la posible contaminación del suelo y subsu.elo en el caso del derrame accidental de éste, no obstante, deberá estar almacenado en contenedores cerrados en óptimas condiciones que garanticen que no existirán fugas; asimismo, no deberán rebasar el noventa por ciento de su capacidad total, con el fin de evitar derrames accidentales. ---------

11.20.- Deberá contar con un Programa de mantenimiento preventivo y correctivo, de ºtodas y cada una de las instalaciones y/o equipos de servicios auxiliares de acuerdo con el siguiente registro: -------

);>- Mantenimiento de equipos e instalaciones. ------------------------------------------------- ---------------------

);>- Prácticas de evacuación. --------------------------------------------------------------------- -------------------------

);>- Sustitución de instalaciones y/o equipos obsoletos. ----------------------------------------------------------­

Lo anterior, deberá registrarlo en una bitácora que contenga fecha , nombre y firma autógrafa de la persona responsable de la supervisión de todas y cada una de las instalaciones y/o equipos del Pr<>yecto.---------------------------------------------------------------------------------------------- -------------------------

, -t<(Jf: ')1 ·-l'·r } , L' . >'l.

• • 1 ' J ' . ' ' ;e:..: -\ ,

' ' ' \ -'lo. ,IUD/,,); •:. .: :{\f.0' ..:) !;·:· 1. \ 1 SEDEMA

1ltdtOr11d• J Jollj Scc

@taría del Medio Ambi ente Dlfeccl6n Generalde Regulación Ambienta !

l)\ ílF.CCI ÓN l3 R \r1alf11que No. 8, Piso 5, - · Col.CeQ -de ICiudad de México

f\118 ,p !) . Del. Cuauhlémoc •u:. • Tel.5278 9931, Exl. 5221

sedema .cdmx.gob.mx Proyeclo: 'Tren Interurbano México - To/uca, trabajos de construcción y obras

complementarias del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Tatuca - Valle de México localizado entre tos cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Qui"oga) y 57+876.71 (estación Observarorio del Metro Linea 1)" Página 45 de 50

Page 55: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 46 de 50

ª \

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646 / 2016 Expediente número: DEIA-ME- 1464/ 2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158 G 0 /2016 CUARTO.- Con fundamento en los artículos 53 fracción 11 de la LAPTDF, 77 fracciones 11 a la IV, 78 y 79 del RIAR, se le requiere a la Empresa, que dentro del término de treinta días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al en que surta sus efectos legales la notificación de la presente Resolución Administrativa, presente la garantía de cumplimiento a través de una fianza expedida por una institución legalmente au.torizada, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las condicionantes y programas establecidos en las diferentes etapas del Proyecto señaladas en la presente Resolución Administrativa, conforme a lo siguiente: -------------------------------------------------- -

ª) La fianza deberá ser emitida a favor de la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México, en lo sucesivo "beneficiario " y su duración por un plazo de 4 (cuatro) años, de acuerdo con el resultando 14 inciso a) de la presente Resolución Administrativa; para dar cumplimiento a lo anterior se deberá sujetar a lo siguiente: ------------------------------------------------------------------- ---

1. Deberán presentar ante esta DGRA, en un plazo no mayor a quince días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al en que surta sus efectos legales la notificación de la presente Resolución Administrativa; la estimación del costo de las condicionantes y/o programas establecidos en la presente Resolución Administrativa. ------------------------------

2 . Esta DGRA, una vez recibida la estimación de los costos, revisará y acordará el monto de la fianza que garantice el cumplimiento de las condicionantes y/o programas establecidos en la presente Resolución Administrativa. ------------------------- --------------------------------------

3 . Establecido el monto de la fianza por esta DGRA, la Empresa deberá presentar ante esta DGRA, en un término no mayor a treinta días hábiles, la garantía para el cumplimiento de las condicionantes y/o programas establecidos en la presente Resolución Administrativa, a través de dicha tianza. ------------------------------- .:-------------------------------- -------------------------

La póliza original para el beneficiario de dicha fianza deberá ser presentada ante la DGRA al momento de informar la fecha de inicio de obras. De se'r el caso, la fianza deberá ser revalidada en forma anual conforme a lo establecido en el artículo 79 del RIAR. ------------------------------------------------

En caso de incumplimiento definitivo de alguna(s) de las condicionant es establecidas en la presente Resolución Administrativa, se girará el oficio correspondiente a la Tesorería de la Ciudad de México, a efecto de que se instaure en su contra el procedimiento administrativo de ejecución, para hacer efectivo el cobro de la fianza indicada, con los debidos cargos y gastos de ejecución, sin menoscabo de cualquier otra acción legal que proceda. -------------------------------------------------------------

QUINTO.- Con fundamento en el artículo 23 fracciones 11 y VI de la LAPTDF, se comunica a la Empresa que queda prohibido emitir o descargar contaminantes a la atmósfera, al agua y/o al suelo que ocasionen o puedan ocasionar desequilibrios ecológiGOS, daño al ambiente o afecten la salud de la población, al rebasar los límites máximos permisibles de acuerdo

. s· ·.. .r;nasvOlic\ia·- - ·e can..as

. . 1

, f"'f""' ' 1 ¡,11 / PI 1 1-t8l'-O - S D; A

Page 56: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 47 de 50

1

l ·• •11:1 ' .,., 1 Secretarla delMedio Ambiente

Dirección General de RegulaciónAmbiental r• t -" L, t r '-...

í)IRC.: 1 1laxcoaque No. 8, Piso 5, .- • '· • Col. Centro de la CllJa d de México

C.P. 06090, Del. Cuauhlémoc Tel. 5278 9931, Ext. 5221

sedema.cdmx .gob.mx Proyecto:"Tren Interurbano Mexico - Toluca, trabajos de construcción y obras

complementarias del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca- Valle de México localizado entre los cadenamfenlos 49+432.34 {localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876.71 (estación ObsefVatorio del Melro Linea 1)"

Page 57: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 48 de 50

l'\C'GlJ l11\e1óN

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ ()15863 /2016 aplicables en la materia respectiva o contravenir los demás ordenamientos que correspondan, ello durante todas y cada una de las etapas que integran al Proyecto; de lo contrario, se hará acreedora, a las sanciones administrativas y de las acciones civiles y penales que resulten aplicables; así como, las medidas correctivas y/o de urgente aplicación que correspondan. --------------------------------------------

SEXTO.- Una vez concluida la obra deberá informarlo oportunamente a esta DGRA, a efecto de evaluar el cumplimiento de las condicionantes impuestas en la Etapa 1 del resolutivo TERCERO de la presente Resolución Administrativa, a efecto de determinar lo conducente. ---------------------------------

SÉPTIMO.- Con fundamento en el artículo 52 de la LAPTDF, la Empresa deberá respetar en todo momento los lineamientos ambientales que con motivo de la realización del Proyecto, establezcan la DGBUEA y la SEDUVI, así como por las delegaciones Cuajimalpa de Morelos y Alvaro Obregón, en el ámbito de sus respectivas competencias; en caso contrario, se impondrán las sanciones y/o medidas de seguridad previstas en la LAPTDF. ------------------------------------------------------------------ ------

OCTAVO.- Con fundamento en los artículos 60 de la LAPTDF y 90 del RIAR, la Empresa deberá mantener informada a esta DGRA sobre el cumplimiento de las condicionantes para las cuales se f ijaron plazos y a las de observancia permanente impuestas en la presente Resolución Administrativa, en los términos establecidos para tal efecto, adjuntando los 'documentales que así lo acrediten. En caso contrario, la SEDEMA impondrá las sanciones administrativas correspondientes por incumplimiento de condicionantes. ------------------------------------------------------------------------------------

NOVENO.- Con fundamento en los artículos 61 de la LAPTDF y 87 del RIAR, la Empresa deberá respetar los alcances de la presente Resolución Administrativa , misma que no surte sus efectos para realizar otra actividad diferente a la autorizada y que se encuentre tipificada en los artículos 46 fracción 111 de la LAPTDF y 6 apartado C fracción 11 del RIAR; por lo que, deberá previamente solicitar y obtener la autorización correspondiente. ------------------------------------------------------------------------------

DÉCIMO.- Con fundamento en el artículo 55 del RIAR, se comunica a la Empresa que en caso de que se pretendan realizar modificaciones, sustituir equipos y/o instalaciones, ampliar o efectuar actividades de remodelación del Proyecto, previamente deberán consultar a esta DGRA para que en el ámbito de su competencia determine lo conducente. -------------------------------------------------------------

DÉCIMO PRIMERO.- Cuando por cualquier causa la Empresa no cumpla con los términos de la presente Resolución Administrativa, la SEDEMA en uso de sus facultades ordenará o solicitará en su caso, para los efectos de los artículos 60 y 213 de la LAPTDF, la clausura parcial, temporal o total de las actividades o la revocación de la autorización condicionada contenida en la presente Resolución Administrativa y procederá a evaluar las causas y consecuencias del incumplimiento, determinando las medidas a imponer y en su caso las sanciones administrativas que correspondan,

o1'REee1ÓN G- HERli:la.xcfoli ue No.8, Piso 5,

COI. Centro d!tiit <;iudad de México M \;c;:r.! tlél¡)J1dle1. Cuauhlémoc

•'ll;;, 1 ' Tel. 5278 9931 , Exl. 5221 sedem a.cdmx.gob.mx

Proyecto: 'Tren Interurbano México -Tatuca, trabajo s de construcción y obras complementarias del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamlentos 49+432.34 (localizado en A v. Vasco

de Qui"oga) y 57+876.71 (estac/6n Observatorio del Metro Unea 1)"

Page 58: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 49 de 50

4

e

·:i;Yf" ' '

CIUDAD DE MÉX ICO

Folio de Ingreso: 016646 / 20 16

Expediente número : DEIA-ME- 1464/ 2016

SEDEMA/DGRA / DEIA/ 01586;) / 2016

sin perjuicio de cualquier otra sanción legal que proceda; y en su caso solicitará el Estudio de Daño Ambiental a que hace referencia el artículo 224 Bis de la LAPTDF.-----------------------------------------------

DÉCIMO SEGUNDO.- Con fundamento en los artículos 72 y 73 del RIAR, se comunica a la Empresa que la presente Resolución Administrativa tendrá una vigencia de un año contada a partir del día hábil siguiente en que surta sus efectos legales su notificación, para iniciar dentro de este periodo con las obras y actividades anteriormente descritas. En el entendido que una vez que se inicie la obra deberá dar aviso a esta DGRA en un término de cinco días hábiles posteriores al inicio de la misma. Una vez acreditado lo anterior , la autorización será válida durante la vida útil del Proyecto. --------------

DÉCIMO TERCERO.- Al término de la vida útil del Proyecto, la Empresa deberá presentar ante esta DGRA, una propuesta de caracterización sobre el estado general en que se encuentra el predio ocupado y su área de influencia en un radio mínimo de veinticinco metros, con la finalidad de determinar lo conducente. -------------- ------------------------------- ------------------------------------- ------------------

DÉClMO CUARTO.- Si la Empresa no diera inicio al Proyecto en el término concedido en el resolutivo DÉCIMO SEGUNDO de la presente Resolución Administrativa , de conformidad con lo establecido en el artículo 72 del RIAR, la autorización otorgada perderá su vigencia, en cuyo caso podrá solicitar a esta DGRA, su revalidación con quince días hábiles de anticipación al vencimiento del término, explicando las razones por las cuales no fue posible su inicio, manifestando si el Proyecto ha sido modificado y si las característica s de los predios continúan siendo las mismas. -------

De conformidad con el artículo 73 del RIAR, una vez ingresada la solicitud de revalidación a la cual deberá anexar el recibo de pago correspondiente, se analizará y determinará de manera fundamentada y motivada si es posible revalidar la autorización en los mismos términos que la otorgada ini.cialmente, si se requieren modificar las condiciones establecidas en ella o si es necesario eva1uar nuevamente la obra. ---------------------------------------------------------------------- ---------'------------------

DÉClMO QUINTO.- Con fundamento en el artículo 74 del RIAR, la autorización condicionada en materia de impacto ambiental para la realización de las obras y actividades inherentes al Proyecto descritas en la presente Resolución Administrativa , se emite a favor de la Empresa. En caso de pretender transferir los derechos y obligaciones contenidas en la presente Resolución Administrativa, la Empresa deberá notificar el hecho por;escrito ante esta DGRA, debiendo anexar a su solicitud, un informe de los avances del cumplimiento del o los programas de ejecución de las medidas preventivas y de mitigación , el cual deberá incluir, una descripción de las medidas correctivas y de compensación realizadas; as í como, su grado de avance y el seguimiento al así como ,.ratificar a la supervisión ambiental, o bien designar una nueva. -------Q·: :- ------_ _ _ _ _: _ cumplimiento de los términos y condiciones establecidos en la presente Resolución Administrativa ;

I 11 ;,- .,..,.,,.;.,--...

V 1í\''j'.p 1 'llJufl.l• l ·E; ,1ro "

l\1·c11h- ' •f'.r.l1'' - _.J::. SEDEMA

,.. 1S¡etarf a d,e( Med}o Ambiente 19í¡iffilo!!'Geheral de RegulaclónJ\mb i ntal

' ' ;1j' : · Tlaxcoaqu 'N o. 8, Piso 5, ·C' ol. Cenlro dela Ciudad de México

C.P.06090, Del. Cuauhtémoc Tel. 5278 9 31, Ext. 5221

• sed ema .cdmx.gob.mx Proyeclo: 'Tren Interurbano México - Toluca, lrabajos de conslrucclón y obras

complementarias del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado enfr9 los cadenamlentos 49+432.34 (loca/Izado en Av . Vasco

de Qu/roga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Línea 1)"

Page 59: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 50 de 50

1 '

_ CIUDA D DE MÉX ICO

Folio de Ingreso: 016646 / 2016 Expediente número: DEIA-ME-1464 / 2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 015860 /2016

Asimismo, deberá anexar a la notificación referida en el párrafo anterior, en original o mediante copia cotejada, un escrito pasado ante Fedatario Público, en el cual él o la "contrayente o adquiriente" manifieste ante esta autoridad que está en conocimiento de los derechos y obligaciones adquiridos en la presente Resolución Administrativa y el estado en que se encuentra el Proyecto al momento de la transferencia. --------------- -------------------------------------- ------------------------------------------------------------

En tanto no se efectúe la notificación señalada, la Empresa será la responsable del cumplimiento de las condicionantes impuestas en la presente Resolución Administrativa en los términos autorizados. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

DÉCIMO SEXTO.- Esta Resolución Administrativa no prejuzga sobre la propiedad o posesión de los inmuebles y/o predios sobre los que se desplantará el Proyecto, toda vez que se rige bajo los principios de buena fe, legalidad, imparcialidad , transparencia señalados en el artículo 5 de la L..PADF'. -------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------- DÉCIMO SÉPTIMO.- El otorgamiento de la autorización condicionada en materia de impacto ambiental contenida en la presente Resolución Administrativa , no exime a la Empresa para que tramite y en su caso, obtenga otras autorizaciones, concesiones, licencias, permisos y similares que sean requisito para la ejecución , construcción, instalación, operación y mantenimiento del Proyecto, cuando así lo consideren otras Leyes y Reglamentos que corresponda aplicar al Gobierno de la Ciudad de México y/o a las Autoridade s Federales correspondientes . -------------------------------------------

DÉCIMO OCTAVO.- Esta DGRA se reserva el derecho para el caso de que llegaran a presentarse causas de impacto ambiental no previstas en la MIAE, se evalúen requiriéndole a la Empresa la información adicional que fuera necesaria . ----------------------------------------------------------------------------

DÉCIMO NOVENO .- Con fundamento en el artículo 114 de la L..APTDF , la Empresa estará obligada a restaurar el suelo, subsuelo, acuíferos y los demás recursos naturales afectados , en caso de que por cualquier causa los contamine o deteriore, debido a las obras del Proyecto autorizado en la presente Resolución Administrativa , ello sin perjuicio de las sanciones que en derecho procedan y conforme a la citada Ley, Reglamentos, Normas Oficiales Mexicanas aplicables en su momento.------------------ --

VIGÉSIMO.- Con fundamento en el artículo 344 del Código Penal pC!ra el Distrito Federal (CPDF), se le hace saber a la Empresa que la descarga o depósito de residuos sólidos de la industria de la construcción en algún lugar no autorizado, constituye un delito contra el ambiente, castigado con prisión de 1 a 5 años y de 300 a 1,500 días de salario mínimo como multa, a quien descargue o deposite hasta un metro cúbico o de 3 a 9 años de prisión y de 1,000 a 5,000 días de multa a quien descargue más de un metro cúbico. De igual forma, las penas antes citadas se aplicarán a quien transporte residuos de la inoustria de la construcción , sin contar con el pago de derechos respectivo o

• . r ,• l l f'

,a•.A

-%- -'' 10 • < •

1• )1, 1 •

. · - t.. .t, ::l • 1UD/\D ()E t•¡;\ICO ) SEOEMA

' llt·dUi ¡.!'ttt?o fuoh1" S_:J5b J. ,,. Secretarla de Medio Ambiente

Dirección General de Regulación Ambiental

DIRECC IÓN crmf.R lT;9x iaque No.8,Piso5,

RJ:GLJl,J.C\..I Óu A·.CQl e[llfq<jtilaCiudad de México

Page 60: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 51 de 50

l'i IYIO . I 06090, Del.Cuauhtémoc Tel.5278 9931, Ext. 5221

sedema.cdmx.gob.mx Proyecto:'Tren Interurbano México - To/uca, //aba/os d9 construcción y obras

complementarias del llamo 3para el viaducto elevado del trnn Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamlentos 49+432.34 (localizado en Av. Vasco

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro Línea 1)"

Page 61: CD · Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016 SEDEMA/DGRA/DEIA/ o158G0 /2016 hábiles para presentar la información que permitiera la correcta integración

Página 50 de 50

)

/1

CIUDAD DE MÉXICO

Folio de Ingreso: 016646/2016 Expediente número: DEIA-ME-1464/2016

SEDEMA/DGRA/DEIA/ 01586 :3 /2016

sin la documentación comprobatoria que acredite su disposición final o reciclaje en un lugar autorizado por las autoridades competentes. ----------------------------------------------------------------------------

VIGÉSIMO PRIMERO.- De conformidad con los artículos 9 fracción XXIX y 202 de la LAPTDF, la SEDEMA podrá realizar en cu_alquier momento Visitas Domiciliarias Ordinarias y/o Actos de Inspección, con el fin de verificar el cumplimiento de la presente Resolución Administrativa. ----------

VIGÉSIMO SEGUNDO.- Con fundamento en los artículos 9 y 82 fracción 1 de la LPADF, la presente Resolución Administrativa empezará a surtir sus efectos legales a partir del día hábil siguiente de su notificación. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

VIGÉSIMO TERCERO.- Para garantizar el acceso a la impartición de justicia, se le hace saber a la Empresa que la presente Resolución Administrativa po'drá ser impugnada ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de México, o bien ante el superior jerárquico de esta DGRA, en un término de quince días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al en que surta efectos legales su notificación; lo anterior, de conformidad con los artículos 109 y 11O con relación a los artículos 4 segundo párrafo y 7 fracción 111 de la LPADF; asimismo, se le comunica que en caso de duda, en lo referente al contenido de la presente Resolución Administrativa, podrá acudir ante esta DGRA para manifestar lo que a su derecho convenga. ----- ---------------------------------------------------------

VIGÉSIMO CUARTO.- Con fundamento en el artículo 5 de la LPADF de aplicación supletoria a la LAPTDF, para la emisión de la presente Resolución Administrativa, esta DGRA se rigió bajo los principios de simplificación, agilidad, informa ·' isión, legalidad, transparencia, imparcialidad y buena fe. ------------------------------------- ------------ ---- --------------------------------------------------------- ----- .

VIGÉSIMO QUINTO.- Notifí se la presentetR s -_ üCióñ-fdministrativa a la Empresa a través de la persona autorizada paral efecto. Lt..1!.: . - -:'.l---------=---=------------------------------------------ Asi Jo resolvió y firmo- ."'!Jeniero Rubt- , ' 11f ci Sºjre or General de Regulación Ambienta 1. ----------------------------- .::::::::.----------e 1 IYiJF..l.v1- ,;:cr_J -------- ----------------------------------------

·--- • 11ri..ncl• lvnln• )L J

C.c.c.e.p: M. en C. Tanya Müller García.· Secretaria del cfl >!«r\:i&i;'rlt1 e GÓ6\f J ·la Ciudad de México.- Para su superior conocimiento. lng.Benjamín Medina Hernández.• Director de Evaluación de Impacto Ambiental.- Para su conocimiento. Lic. Alci Álvarez Guerrero.·Subdirector de Normatividad y Evaluación Estratégica.- Para su conocimiento. lng. Rebeca Jaramillo Jaramillo. Subdireciora de Evaluación.· Para su conocimiento. lng. Miguel Ángel Jiménez Carrillo.·Jefe de la Unidad Departamental de Proyectos en Suelo de Conservación.- Para su conocimiento y seguimiento. ExpedJl\1 e: DEl_A-ME-1464/2016 (Folio de ingreso: 016646/2016).

B H/AAG/RJb/MAsttALPm<B SJ

I / 'YJ

!,,

SEDEMA

Secrelarla del Medio Amb ienle DirecciónGeneral de Regulación Amblenlal

Tlaxcoaque No.8, Piso 5,

Col. Cenlro de la Ciudad de México C.P.06090, Del. Cuauhlémoc

Tel. 5278 9931, Exl. 5221 sedema.cdmx.gob.mx

Proyeclo: 'Tren Interurbano México - Tatuca, trabajos de construcción y obras complementarias del tramo 3 para el viaducto elevado del tren Toluca - Valle de México localizado entre los cadenamientos 49+432.34 (localizado en Av . Vasco

de Quiroga) y 57+876.71 (estación Observatorio del Metro linea 1)"


Recommended