+ All Categories
Home > Documents > DOCUMENTOS DE LICITACIÓN - honducompras.gob.hn · pavimento con concreto hidrÁulico tipo white...

DOCUMENTOS DE LICITACIÓN - honducompras.gob.hn · pavimento con concreto hidrÁulico tipo white...

Date post: 05-Nov-2018
Category:
Upload: hakien
View: 213 times
Download: 0 times
Share this document with a friend
107
1 DOCUMENTOS DE LICITACIÓN Proyecto: PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO TIPO WHITE TOPPING SÉPTIMA AVENIDA SURESTE, TRAMO COMPRENDIDO ENTRE PRIMERA CALLE Y HOSPITAL EL PROGRESO; Y PAVIMENTOS VARIOS CON CONCRETO HIDRÁULICO LOCALIZADOS EN LA CIUDAD DE EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO. Emitido en: 04 de Abril de 2016 Contratante: Secretaría de Estado en los Despachos De Infraestructura y Servicios Públicos. (INSEP) Honduras, C.A
Transcript

1

DOCUMENTOS DE LICITACIÓN

Proyecto:

PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO TIPO WHITE TOPPING SÉPTIMA AVENIDA SURESTE,

TRAMO COMPRENDIDO ENTRE PRIMERA CALLE Y HOSPITAL EL PROGRESO; Y PAVIMENTOS VARIOS

CON CONCRETO HIDRÁULICO LOCALIZADOS EN LA CIUDAD DE EL PROGRESO,

DEPARTAMENTO DE YORO.

Emitido en: 04 de Abril de 2016

Contratante: Secretaría de Estado en los Despachos

De Infraestructura y Servicios Públicos.

(INSEP)

Honduras, C.A

2

Índice General

Sección I. Invitación a Licitar……………………………………………………...3

Sección II. Addendums…..………………………………………………………...5

Sección III. Participantes en la Propuesta y Requisitos… ……………………....7

Sección IV. Pliego de Instrucciones a los Oferentes…………………………….....9

Sección V. Presentación de la Oferta………………….………………………......25

Sección VI. Cuadro de cantidades estimadas de la obra……………………….......28

Sección VII. Carta de Aceptación………………………………………………....31

Sección VIII. Pliego de Condiciones Generales……………...……………………33

Sección IX. Pliego de Condiciones y Disposiciones Especiales………………......49

Sección X. Formularios……………………………………………………………55

Garantía de Forma de Oferta…………………………….………………….56

Declaración Jurada…………………..………………………………….......58

Garantía de Oferta (Garantía Bancaria)………………………………..……61

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato (Fianza)…….…………….......64

Garantía por Anticipo (Garantía Bancaria o Fianza)………………………..66

Garantía de Calidad de Obra (Fianza)…………………….…………….......68

Garantía Mantenimiento de Oferta (Garantía Bancaria o Fianza)…………..70

Sección XI. Modelo de Contrato …..………………………………………………72

Sección XII. Rótulo…………………………………………………………….......85

Sección XIII. Localización…………………………………….……………….….87

Sección XIV Reconocimiento de Mayores Costos………………………………..90

Anexo I Formato de Presentación de Costos Unitarios…………………………..102

Anexo II Descripción de Actividades y Especificaciones Técnicas

Especiales……………………………………………………………………......105

3

I. INVITACIÓN A LICITAR

4

REPÚBLICA DE HONDURAS

Secretaría de Estado en los Despachos De Infraestructura y Servicios Públicos

(INSEP)

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-DGC-UPE-007-2016

El Gobierno de la República de Honduras por medio de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), a través de la Dirección General de Carreteras, y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de La Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Categoría “A1”, por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), a presentar ofertas parala Construccióndel Proyecto:

PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO TIPO WHITE TOPPING SÉPTIMA AVENIDA SURESTE,

TRAMO COMPRENDIDO ENTRE PRIMERA CALLE Y HOSPITAL EL PROGRESO; Y PAVIMENTOS VARIOS CON CONCRETO HIDRÁULICO LOCALIZADOS EN LA CIUDAD DE EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO.

Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública, todas las Empresas precalificadas en Categoría “A1” por la Dirección General de Carreteras y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día Lunes 28 de Marzo del 2016, la fecha máxima para descargar los documentos de la página WEB será el día Viernes 01 de Abril del 2016. La fecha de visita al proyecto será el día 05 de Abril del 2016 a las 10:00 a.m. El punto de reunión: Parque Central frente a Alcaldía Municipal de la ciudad de El Progreso. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples de la INSEP, en sobre cerrado dirigido a la Dirección General de Carreteras, en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día Jueves 28 de Abril del 2016 a las 10:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras, C.A., en donde se realizará la apertura pública de las ofertas por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto, y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública de apertura de ofertas. La Dirección General de Carreteras nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente.

Comayagüela M.D.C., Viernes 11 de Marzo del 2016

ROBERTO ORDÓÑEZ WOLFOVICH JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ WALTER NOÉ MALDONADO Secretario de Estado enlos Despachos PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Director General de Carreteras

De Infraestructura y Servicios Públicos

5

II. ADDENDUM

6

III. PARTICIPANTES EN LA PROPUESTA Y REQUISITOS

7

III. PARTICIPANTES EN LA PROPUESTA Y REQUISITOS

Podrán participar todas la Compañías Constructoras Hondureñas previamente calificadas e inscritas en el

Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras (CICH) y en la Secretaría de Finanzas y que de acuerdo con su capacidad para este tipo de obra, la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), determinó

conforme al proceso de Pre-Calificación hayan sido precalificadas en Categorías “A1” y/o“A2”, realizada para proyectos con fondos nacionales.

Asimismo deberán presentar en la oferta los siguientes documentos:

1. Constancia de la Procuraduría General de la República, de no tener juicios y cuentas pendientes con el Estado.

2. Documentos personales del Representante Legal de la empresa (Tarjeta de Identidad y Solvencia Municipal).

3. Balance General y Estado de Resultado del año fiscal 2014-2015, debidamente refrendado por un

Perito Mercantil y Contador Público Colegiado.

4. Declaración Jurada debidamente autenticada, de no estar comprendido tanto el representante de

la Empresa, como la misma en ninguno de los casos señalados en los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado.

5. Constancia de Solvencia de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) de la Empresa o recibo de

pago vigente.

6. Constancia de Solvencia extendida por el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) ó recibo

de pago vigente.

7. Original o fotocopia actualizada de la solvencia del Instituto Nacional de Formación Profesional

(INFOP) ó recibo de pago vigente.

8. Constancia que acredite que la Empresa está debidamente inscritos y solvencia con el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras (CICH).

9. Constancia de Pre-calificación.

10. Constancia de estar inscrito en el Registro de Contratistas que lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones (ONCAE).

11. Constancia de visita al sitio del proyecto

Nota: se entregará Original y Dos (2) Copias del documento respectivamente firmadas, selladas

y Foliadas en físico. Así como en formato digital.

8

IV. PLIEGO DE INSTRUCCIONES A LOS OFERENTES

9

IV. PLIEGO DE INSTRUCCIONES A LOS OFERENTES

El Contratante, según la definición que consta en las “Condiciones Generales del Contrato” (CGC) e identificado en los Documentos de la Licitación (DDL) invita a presentar Ofertas para el proyecto:

PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO TIPO WHITE TOPPING SÉPTIMA AVENIDA

SURESTE, TRAMO COMPRENDIDO ENTRE PRIMERA CALLE Y HOSPITAL EL PROGRESO; Y PAVIMENTOS VARIOS CON CONCRETO HIDRÁULICO LOCALIZADOS EN LA CIUDAD DE EL

PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO.

El Oferente seleccionado deberá terminar las Obras dentro del plazo especificado en los Documentos de Licitación (DDL). Y para ello se realizará la respectiva visita técnica al proyecto en conjunto con todas las

empresas participantes y que hayan adquirido los documentos del proceso, el Punto de reunión: Parque

Central frente a Alcaldía Municipal de la ciudad de El Progreso, establecido en el anuncio de licitación.

ACLARACIÓN A LOS LICITANTES

Cualquier aclaración que deseen los licitantes acerca del significado o interpretación de los documentos de licitación, el periodo para dar aclaraciones a los documentos se iniciará un día después de la visita al proyecto

y deberán ser solicitadas por escrito por lo menos diez (10) días hábiles antes de la fecha de apertura de las

ofertas; dirigida a la Dirección General de Carreteras con copia a la Unidad de Proyectos Especiales de la DGC/INSEP, así como también deberá ser enviada al correo electrónico [email protected] en formato

Word y PDF para que la respuesta llegue a todos ellos antes de su presentación. La respuesta será efectuada por la Dirección General de Carreteras con no menos de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha de

apertura de la oferta, en forma de enmienda la cual será publicada en la página del Sistema Nacional de

Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS).

Si hubiera discrepancias en los documentos de licitación, los licitantes estarán en la obligación de notificar a la Dirección General de Carreteras, solicitando la aclaración correspondiente. Las explicaciones o

instrucciones verbales dadas por cualquier funcionario o empleado no tendrán ningún valor

compromisorio.

4.1 CONOCIMIENTO DE LAS LEYES Y REGULACIONES

Es entendido que el licitante tiene conocimiento de todas las leyes y regulaciones de la República de Honduras que son aplicables a esta licitación y su respectivo Contrato. El Gobierno de Honduras considerará

que este conocimiento es un hecho y por consiguiente los licitantes no podrán alegar ignorancia en ningún

caso.

El Estado Hondureño exige a todos los organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en procedimientos de contratación,

incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus

respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar los más altos niveles éticos durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción

están prohibidos.

Si se comprobare que ha habido entendimiento malicioso entre dos o más oferentes, las respectivas ofertas no serán consideradas, sin perjuicio de la responsabilidad legal en que éstos hubieren incurrido. Los actos de

10

fraude y corrupción son sancionados por la Ley de Contratación del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad en que se pudiera incurrir conforme al Código Penal.

Podrán participar en esta Licitación únicamente empresas hondureñas, que teniendo plena capacidad de

ejercicio, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias siguientes:

A. Haber sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe

pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la

condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a

nombre o en beneficio de las mismas;

B. Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados;

C. Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos,

sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República;

D. Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de

cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de

Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años, excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución

en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;

E. Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya

responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación

o la firma del contrato;

F. Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier

etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las

compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o

empleados a que se refiere el literal anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco;

G. Haber intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de

contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos

de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción.

H. Estar suspendido del Registro de Proveedores y Contratistas o tener vigente sanción de suspensión para participar en procedimientos de contratación administrativa.

11

4.2 CONOCIMIENTO OBLIGATORIO DE LOS DOCUMENTOS PARA LICITAR Y DE LAS CONDICIONES QUE AFECTAN EL TRABAJO.

Ningún licitante podrá alegar omisiones en su oferta o interpretación errónea de los documentos de licitación.

Los licitantes deberán:

a. Estudiar detenidamente todos y cada uno de dichos documentos. b. Inspeccionar el lugar de la construcción y familiarizarse con todas las condiciones y características

propias del proyecto; además deberán prever todos los problemas y sus soluciones, que pudieran

presentarse durante la ejecución de la obra, especialmente la situación del tráfico circulante y las condiciones climatológicas de la zona del proyecto, de acuerdo a las actividades a desarrollar propias

del proyecto y detalladas en el presente documento.

Se dará como un hecho que el licitante conoce todas esas condiciones al formular su oferta. La omisión de

ese paso por parte de los licitantes, no los relevará de la responsabilidad de estimar adecuadamente la dificultad o costo de la ejecución satisfactoria del trabajo. El Gobierno no asumirá responsabilidad alguna por

las declaraciones hechas por cualquiera de sus funcionarios o agentes antes de la ejecución del contrato, así mismo los Oferentes serán responsables por todos los gastos asociados con la preparación y presentación de

sus Ofertas y el Contratante en ningún momento será responsable por dichos gastos.

Se aconseja que el Oferente, bajo su propia responsabilidad y a su propio riesgo, visite e inspeccione el Sitio

de las Obras y sus alrededores y obtenga por sí mismo toda la información que pueda ser necesaria para preparar la Oferta y celebrar el Contrato para la construcción de las Obras. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del Oferente.

Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda, la misma formara parte integral de los Documentos de Licitación

(DDL). Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda por escrito al Contratante.

4.3 GARANTÍA DE LA OFERTA

Como garantía que los proponentes mantendrán la oferta hasta la suscripción del contrato e iniciación de la

obras, cada oferta deberá ser acompañada de un documento de garantía de Sostenimiento de Oferta por una suma igual o mayor, pero no menor, del tres (3%) del valor de la oferta la cual deberá ser presentada en

original (no se aceptarán copias). Si el Gobierno se viera obligado a hacer efectiva esta garantía, dicho

contratista no podrá participar en ninguna licitación del Gobierno de Honduras, durante el transcurso de un año a partir de la fecha de la presente licitación. Cualquier oferta que a la hora fijada en la convocatoria no

lleve adjunta la garantía de oferta por la suma correspondiente, será rechazada.

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser una fianza de compañía aseguradora solvente con el

Gobierno de Honduras o una garantía bancaria a favor de la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), o una carta de crédito irrevocable, o cheque certificado a nombre de La Tesorería General de la

República.

Estos documentos deberán ser redactados en español y deberán ser válidos por un período de noventa (90)

días a partir de la fecha de apertura de ofertas, y los mismos deberán contener la siguiente Cláusula: "La presente fianza se hará efectiva mediante simple requerimiento que haga la Dirección General

de Carreteras. Serán nulas todas las Cláusulas que contravengan esta disposición".

12

Los documentos de garantía serán devueltos a los oferentes que no resultasen ganadores en un plazo de setenta y cinco (75) días después de la apertura de las ofertas, excepto al primero y segundo suplente de la

adjudicación del proyecto.

Si el licitante cuya oferta ha sido la ganadora, retirara la misma dentro del período de validez especificado

para la garantía de la oferta, o si una vez adjudicada no suscribiera el Contrato dentro del período de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha que fuera notificado que será firmado el Contrato por el

Ministro, deberá constar que para suscribir el Contrato deben de existir los fondos aprobados, se hubiese recibido el Acuerdo de aprobación de dicho Contrato, el Gobierno podrá hacer efectivo el monto de la

garantía de la oferta. En caso de que el licitante al que se le adjudique el Contrato no pudiera cumplir con los

requisitos establecidos en el numeral cuatro punto trece (4.13) de estas instrucciones, el Gobierno se reserva el derecho de adjudicar las obras, o de adjudicarlas a otro licitante que haya presentado una oferta favorable.

4.4 PREPARACIÓN DE LAS OFERTAS

Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en el idioma español.

4.4.1 DOCUMENTOS QUE CONFORMAN LAS OFERTAS

La Oferta deberá estar conformada por los siguientes documentos:

a) Carta de la Oferta

b) Descripción de la solución técnica para la construcción del proyecto.

c) Garantía de Mantenimiento de Oferta.

d) La Lista de Cantidades Valoradas( Presupuesto de la Obra) es decir, con indicación de precios;

e) Fichas de costos de análisis de precios unitarios de cada una de las actividades que forman parte de la oferta; listado de materiales, equipo y mano de obra utilizada para la elaboración de las fichas de

costo y cotizaciones.

f) Cualquier otra información que se solicite a los oferentes completar y presentar.

4.4.2 PRECIO DE LA OFERTA

El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en

la Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra). La Dirección General de Carreteras no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos

se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades

valoradas (Presupuesto de la Obra). Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente.

Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este

Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el

Oferente.

13

El Oferente preparará un original y digital de los documentos que comprenden la Oferta, el cual deberá

formar parte del volumen que contenga la Oferta, y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además el

Oferente deberá presentar el número de copias de la Oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia entre el original y las copias, el texto del original

prevalecerá sobre el de las copias.

El documento digital (CD) debe de ir adjunto al final de la oferta original y copia, entregada por el oferente.El original y todas las copias de la Oferta deberán ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y deberán

estar firmadas por la persona o personas debidamente autorizadas para firmar en nombre del Oferente, de

conformidad con el poder otorgado a quien suscribe la oferta autorizándole a comprometer al oferente según consta en el Documento de Precalificación presentado por éste. Todas las páginas de la Oferta que

contengan anotaciones o enmiendas deberán estar rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta.

4.5 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

a) Las ofertas deberán ser presentadas en este documento suministrado por el Gobierno que se titula "DOCUMENTOS DE LICITACIÓN", debiendo firmar a mano el Formulario de Propuesta, La

Declaración Jurada y los demás documentos donde se solicite la firma. Todas las demás hojas de dicho documento deberán llevar las iniciales (firma corta) de las personas que firman la oferta y el sello de la

empresa.

b) No serán aceptadas ofertas alternativas a menos que en otro acápite de este documento así se solicite.

c) La persona que firme la oferta deberá presentar debidamente legalizado un poder dado por un Notario

en el cual conste su respectiva capacidad legal para representar a la Empresa y para presentar la oferta.

d) La oferta deberá ser presentada en Lempiras, moneda oficial de Honduras.

e) La oferta será llenada a tinta usando letra de molde y los sobres que contengan la oferta deberán estar

sellados, lacrados y rotulados en la forma siguiente:

Parte Central: Oficina Director General

Dirección General de Carreteras Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP).

Comayagüela, M.D.C. Honduras, C.A.

Esquina Superior

Izquierda: Nombre y Dirección del Licitante Esquina Inferior

Izquierda: Nombre del Proyecto

Esquina Inferior

Derecha: Fecha y hora de apertura

f) La oferta deberá ser presentada en la fecha y hora establecida en la invitación, la Secretaría puede a su discreción, extender la fecha límite de recepción de ofertas por medio de addendums, en cuyo caso,

todos los derechos y obligaciones de la Secretaría y los Ofertantes previamente sujetos a la fecha límite original en lo subsiguiente estarán sujetos a la fecha, tal y como se extendió.

14

g) Toda Oferta que reciba la Dirección General después de la fecha y hora límite para la presentación de las Ofertas especificada será devuelta al Oferente remitente sin abrir.

4.6 RETIRO DE OFERTAS.

Las ofertas pueden ser retiradas personalmente por el representante autorizado del licitante o por solicitud

escrita, siempre que tal comunicación sea recibida de parte de los licitadores, antes de la hora fijada para la apertura de las mismas. La negligencia o errores por parte del licitante al preparar la oferta no le confiere el

derecho de retirar su propuesta después de haber sido abierta.

4.7 APERTURA DE LAS OFERTAS.

A la hora fijada en la convocatoria para la recepción y apertura de las ofertas, el delegado de la Secretaría de

Infraestructura y Servicios Públicos, anunciará a los presentes que la recepción de las ofertas se inicia en ese

momento y las notificaciones de retiro sustitución y modificación de ofertas; acto seguido cada uno de los interesados entregará al delegado o representante de la Secretaría el sobre conteniendo su oferta.

Se recibirán ofertas solamente de quienes hayan adquirido los Documentos de Licitación respectivos y estén inscritos en el listado de visita al sitio del proyecto, en la forma establecida

en la convocatoria.

Seguidamente, las ofertas serán abiertas en público y sus contenidos serán dados a conocer a los asistentes

al acto para información de los Licitantes y otros interesados que pudieran estar presentes, ya sea en persona o por medio de representantes debidamente autorizados.

Se levantará un acta de la apertura de las ofertas en que se dejará constancia de las empresas que

participaron en la Licitación, del monto total de cada una de las ofertas, del tiempo de vigencia de la Garantía

de Mantenimiento de Oferta y de las observaciones como ser la presencia o ausencia de Documentos, etc., que la Secretaría estime conveniente.

Las ofertas recibidas después del plazo y hora establecidas se considerarán como ofertas demoradas y no

serán consideradas, sino que serán devueltas sin ser abiertas.

El acta podrá ser firmada por los participantes en la Licitación que estuvieran presentes y por los funcionarios

que el Gobierno haya designado para el caso.

4.8 OFERTAS IRREGULARES.

Una oferta será considerada irregular y será rechazada por las siguientes razones:

a. Por contener adiciones, condiciones o alternativas no autorizadas por la convocatoria, o bien,

irregularidades de cualquier clase que tiendan a hacer la oferta incompleta, indefinida o ambigua en cuanto a su significado.

b. Si el licitante agrega cualquier provisión por la cual se reserva el derecho de aceptar o rechazar la adjudicación o condiciona su oferta a un cambio en los documentos de licitación.

c. Si el licitante presenta más de una oferta para el mismo trabajo ya sea como individuo o dentro de

una sociedad o corporación bajo el mismo o bajo diferentes nombres.

15

d. Si hay evidencia de colusión o convenios dolosos entre los licitantes, los participantes en tales arreglos quedarán además descalificados para futuras licitaciones.

e. Si la oferta no está acompañada de la correspondiente garantía de oferta, en este caso la oferta será inmediatamente devuelta.

f. Si no está presentada en la forma solicitada por el Gobierno.

g. Si tiene borrones, correcciones o cambios que no lleven la firma de la persona que suscribe la oferta.

Por el incumplimiento de cualquiera de las disposiciones de este documento.

El Gobierno se reserva el derecho de dispensar cualquier irregularidad de forma y no de fondo en las ofertas, siempre que convenga a sus intereses. Asimismo se reserva el derecho de revisar las operaciones aritméticas

que comprenda la oferta y hacer las correcciones del caso.

4.9 DESIGNACIÓN DE SUPLENTES DE ADJUDICACIÓN

La Comisión Evaluadora encargada del análisis de las ofertas debe dejar clara constancia en su dictamen de adjudicación, de la o las empresas que recomienda como ganadoras para efectos de adjudicación del

Contrato, por haber presentado la oferta evaluada como la más baja. En el mismo dictamen deberá quedar constancia de cual o cuales empresas, en orden de méritos podrán ser consideradas "Suplentes de

Adjudicación", para el caso en que la empresa aceptada como ganadora no cumpliera con lo establecido en el

numeral 4.12 de ese aparte.

A las firmas designadas como "Primer Suplente de Adjudicación" y "Segundo Suplente de Adjudicación", se les retendrá la garantía de oferta por el tiempo que dure la legalización del Contrato de Construcción junto

con la de la empresa ganadora. De ser necesario, se requerirá de los "Suplentes de Adjudicación", una

renovación o ampliación en el plazo de sus garantías de ofertas hasta tanto no se finiquite la contratación.

4.10 ANÁLISIS DE LAS OFERTAS

La ejecución de las obras objeto de la presente licitación se adjudicará al licitante cuya oferta, presentada de acuerdo con la invitación a licitación, los documentos de licitación y particularmente con lo establecido en el

numeral 4.5 de este Pliego de Instrucciones, sea la más ventajosa para el Gobierno, considerando además

del precio indicado en la oferta, los ajustes necesarios para corregir errores aritméticos.

La adjudicación se hará al licitador que cumpliendo las condiciones de participación, incluyendo su solvencia e identidad para ejecutar el contrato presente la oferta de precios más bajos, o se considera la más económica

o ventajosa y por ello mejor calificación.

Para facilitar la evaluación y la comparación de las Ofertas, el Contratante tendrá la facultad de solicitar a cualquier Oferente que aclare su Oferta; la solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán

efectuarse por escrito.

Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas:

(a) Ha sido debidamente firmada;

16

(b) Está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta; y

(c) Cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de licitación.

El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta si en la misma hubiera errores siendo estos corregidos con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si

el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y se adjudicará el Contrato al siguiente oferente que resultó mejor evaluado. El Contratante evaluará solamente las Ofertas que

determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación.

4.11 ADJUDICACIÓN

El Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta haya determinado que cumple con los requisitos

de los Documentos de Licitación y que representa el costo evaluado como más bajo, según los Criterios de

Evaluación y de acuerdo a los mejores intereses del Estado de Honduras.

No obstante lo dispuesto anteriormente, el Contratante se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Oferta, y a cancelar el proceso de licitación y rechazar todas las Ofertas, sin que en ningún momento incurra

en ninguna responsabilidad con los Oferentes afectados, o esté obligado a informar a los Oferentes afectados los motivos de la decisión del Contratante.

El Gobierno adjudicará el proyecto y dará a conocer la adjudicación de las obras y la designación del primero y segundo suplente de adjudicación, notificándolo por escrito al licitante o licitantes que hayan resultado

favorecidos y a los demás licitantes, a más tardar sesenta (60) días después de la fecha de apertura de las ofertas.

Como máximo noventa (90) días después de la licitación, el Gobierno devolverá a los participantes los documentos de garantía de la oferta, con excepción del licitante favorecido y de los suplentes de

adjudicación, los cuales constituirán garantía de mantenimiento de las ofertas, hasta la legalización del contrato y presentación de fianzas.

El oferente que pretenda impugnar o iniciar un procedimiento que retrase la adjudicación de un proyecto o los trámites de legalización del contrato, deberá acompañar con su escrito de iniciación una garantía o

caución a favor de la Hacienda Pública por un valor igual al diez por ciento (10%) de su oferta, la cual se hará efectiva en caso de que la impugnación o cualquier pretensión del oferente resulte infundada o improcedente.

4.12 CONTRATO Y GARANTIA

El oferente al que se le adjudique la ejecución del proyecto deberá suscribir el contrato de construcción y rendir las fianzas, conforme lo establecido en el numeral 4.17 de estas Instrucciones.

Si el licitante al que se le adjudiquen las obras en referencia, no cumpliera con cualquiera de sus obligaciones

en los plazos establecidos en estas instrucciones, el Gobierno cobrará la o las garantías de oferta, aplicará la o

las multas correspondientes de acuerdo al numeral 4.23 de estas instrucciones, y podrá adjudicar la ejecución de las obras al primero o segundo suplente de orden.

17

4.13 ESPECIFICACIONES PARA LA CONSTRUCCIÓN

Las especificaciones a utilizar en la construcción de este proyecto serán las Especificaciones contenidas en el

Manual de Carreteras de la Dirección General de Carreteras que estén vigentes en la ejecución del proyecto y las normas incluidas en el Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control de Tránsito.

4.14 GASTOS

Todos los gastos en que incurran los licitantes con motivo de la presente licitación, serán realizados a su

cuenta y riesgo y no serán reembolsables.

4.15 AUMENTO DE LOS COSTOS DE LOS MATERIALES POR CAUSA IMPREVISTA

El Gobierno reconocerá al Contratista los aumentos que sufrieran en el mercado los precios de los siguientes

materiales: Cemento, gaviones, productos asfálticos, no se reconocerá incremento a los materiales que pueden ser comprados con el anticipo, se les reconocerá solamente si surgen nuevas cantidades a lo

establecido en el contrato original.

Solamente en el caso de contratos de construcción de puentes, cajas u otras estructuras mayores de drenaje, se reconocerá el incremento en el precio de la madera también mediante el mismo sistema de confrontación

de facturas; en otros contratos no.

Los materiales que no estén incluidos en la lista anterior y que directa o indirectamente incidan en la

realización de la obra, deberán ser analizados en todas sus proyecciones por el Contratista y su costo distribuido en los precios unitarios correspondientes.

En caso de producirse una disminución en los precios de dichos materiales, se hará una reducción favorable al Gobierno que se calculará en la misma forma que los aumentos y se rebajará de las estimaciones

mensuales de pago presentadas por el Contratista.

La metodología para el cálculo de mayores costos se hará en base al procedimiento por fórmula que aparece

en el Decreto Ejecutivo 242-2009, Acuerdo No.A-003-2010, emitido el 20 de enero del 2010 del Gobierno de la República, publicado en la Gaceta y las incorporaciones que haya efectuado o efectuase en un futuro la

Dirección General de Carreteras, según la facultad que le fuere otorgada en el referido Decreto. En anexo a este documento de licitación, los licitantes someterán ante la Secretaría de Estado en los Despachos de

Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), una lista reciente, verificada y firmada con las cotizaciones sobre dichos materiales que utilizó en la preparación de su oferta, los cuales deberán ser los que racionalmente

priven en el mercado.

Las cantidades de obra estarán sujetas al respectivo escalamiento de precios, conforme al

programa de trabajo presentado por el Contratista y autorizado por la Dirección previo al inicio de la obra. En tal sentido, en el reconocimiento de mayores costos se emplearán los índices de

alza incluidos en el Decreto Ejecutivo 242-2009, Acuerdo No.A-003-2010, emitido el 20 de

Enero del 2010, que corresponden al período en que efectivamente el contratista debe ejecutar tales cantidades de obra de acuerdo al programa de trabajo autorizado. De haber cambio al

Decreto Ejecutivo 242-2009, Acuerdo No.A-003-2010, emitido el 20 de Enero del 2010, se usará el nuevo a partir de la vigencia establecida en el mismo.

18

Para el cumplimiento de la anterior estipulación, el supervisor llevará un fiel control de las cantidades de obra realmente ejecutadas de cada ítem y de aquellas que conforme al programa de trabajo aprobado deberán

ejecutarse en cada período.

Si el atraso de una actividad es imputable al contratista su escalamiento será conforme al que le corresponde

basado en el programa de trabajo.

4.16 TIEMPO DE EJECUCIÓN

El plazo requerido de los servicios de ingeniería para la construcción de las obras del proyecto es de cuatro (4) meses.

El plazo considerado por el Gobierno para la ejecución de este proyecto será contado a partir de la fecha

establecida en la Orden de Inicio emitida por la Dirección General de Carreteras.

Los licitantes deberán ajustar sus ofertas al plazo de ejecución establecido para el proyecto.

No serán elementos a considerarse en la evaluación comparativa de las ofertas, reducciones a

dicho plazo. Sin embargo el Contratista en su formulación y presentación de Ofertas podrá ofertar un menor plazo de ejecución debidamente claro y justificable en su metodología de

trabajo.

4.17 CAUCIONES

El o los licitantes cuyas ofertas sean aceptadas, deberán presentar las siguientes cauciones:

1. Caución de fiel cumplimiento de Contrato por una suma igual al quince por ciento (15%) del monto del Contrato, la cual tendrá una duración igual al respectivo plazo de construcción más tres (3)

meses, y deberá ser presentada por el Contratista a más tardar diez (10) días hábiles después de suscrito el contrato.

2. Caución por el cien por ciento (100%) del monto del anticipo que el Gobierno suministrará al Contratista, la cual tendrá una duración igual al correspondiente plazo de construcción y deberá ser

presentada por el contratista a más tardar diez (10) días hábiles después de suscrito el contrato.

3. Caución o garantía contra trabajo defectuoso, para garantizar el reemplazo de todo trabajo o material defectuoso que resultase dentro de un período de dos (2) años después de la recepción final

de la obra por la Dirección General de Carreteras. El monto de esta caución será por una suma igual

al cinco por ciento (5%) del monto del contrato.

La duración de esta última caución será por un período igual a dos (2) años contados a partir de la fecha oficial de la recepción final del proyecto.

También podrán ser depósitos en efectivo, bonos del estado, cheques certificados, carta de crédito irrevocable a favor de la Tesorería General de la República.

Tales documentos deberán ser redactados en español y deberán ser válidos por los períodos que se

mencionan anteriormente.

19

Las presentes cauciones se harán efectivas mediante simple requerimiento que haga la Dirección. Serán nulas todas las cláusulas o condiciones que contravengan esta disposición.

Las cauciones establecidas en los literales a) y b), deberán ser presentadas en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles después de haberse suscrito el correspondiente contrato; el oferente favorecido deberá

efectuar las diligencias pertinentes a efecto de cumplir con esta obligación, y las contenidas en el numeral 4.4 de este Pliego de Instrucciones.

Si el licitante al que se adjudique las obras en referencia no cumpliera con cualquiera de sus obligaciones en

los plazos establecidos en estas instrucciones, el Gobierno cobrará la o las garantías de oferta y podrá

adjudicar la ejecución de las obras al primero o segundo suplente de adjudicación.

4.18 PROGRAMA DE TRABAJO

El oferente deberá acompañar a su Oferta el Programa de Trabajo y Desembolsos en base a un

diagrama de barras porcentual por ítem, de manera que las cifras porcentuales de cada ítem sumen 100%, que indique el tiempo de programación y avance estimado para el proyecto, para

esto deberá considerar las condiciones climáticas de la zona, con datos estadísticos, en vista que el no cumplimiento con el tiempo programado incurrirá en multa.

Así mismo, es obligación del contratista presentar la metodología del trabajo detallando todas

las actividades que se desarrollará en el proyecto desde el inicio hasta el final, indicando las

especificaciones técnicas, maquinaria utilizada, materiales, mano de obra, etc. utilizadas para cada actividad.

Para cada mes deberá indicar la inversión correspondiente a ese período por cada actividad que desarrolle

durante la ejecución de todo el proyecto.

4.19 LISTA DE MATERIALES Y EQUIPO A SER COMPRADOS

El Contratista debe acompañar a la oferta un listado de todos los materiales y equipo que comprará con el

anticipo y durante la ejecución del proyecto, indicando el monto de cada uno y el costo total, en vista que no se le reconocerá incremento por acero, tubería etc. y todo aquel material que pueda ser adquirido con el

anticipo.

4.20 ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS

El Contratista entregará junto con su propuesta, un análisis de costos unitarios, como respaldo a los precios incluidos en su oferta. Este análisis deberá contener un detalle de todas las partes que constituyen el costo de

las actividades, presentado en impresión computarizada y en forma digital debiendo incluir todos los componentes como ser:

a. Tipo de Maquinarias, a utilizar en cada actividad b. Mano de obra: rendimientos y actividades

c. Combustibles y Lubricantes d. Reparaciones, repuestos y llantas

e. Materiales f. Depreciación o amortización del equipo.

g. Gastos indirectos.

20

Estos análisis podrían servir de base para cualquier ajuste, ponderación o cálculo que se requiera realizar

durante la ejecución del proyecto, por lo cual la información suministrada deberá ser cuidadosamente

analizada por el Contratista y apegada a las condiciones reales del trabajo requerido, ya que estas fichas serán analizadas por la comisión evaluadora que disponga la Dirección General, si no tiene los

componentes necesarios de las actividades y con la inclusión de este sobrepasara la oferta del segundo lugar será descalificado.

4.21 RECONOCIMIENTO EN MONEDA EXTRANJERA

Los pagos se harán en Lempiras, moneda oficial de la República de Honduras, y no se establece para esta

licitación reconocimiento alguno en moneda extranjera.

4.22 ANTICIPO DE FONDOS

El Gobierno suministrará al Contratista en concepto de anticipo, una cuantía no mayor delQuince por ciento (15%) del monto total de la obra a ejecutar. El cien por ciento (100%) de dicho anticipo será entregado al

Contratista en Lempiras, contra la presentación por el mismo de una Garantía Bancaria Incondicional o Fianza de Compañía Aseguradora emitida en la forma y por un banco de reconocida solvencia y debidamente

inscritos en la Comisión Nacional de Bancos y Seguros(CNBS) porel mismo monto y moneda del anticipo. La

garantía deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado, pero el monto de la garantía será reducido progresivamente en los montos reembolsados por el Contratista, previa solicitud

formal presentada ante el Director de la DGC. El anticipo no devengará intereses; y en caso de otorgarse una ampliación al monto del contrato NO se dará anticipo por el valor de la ampliación.El cien por ciento (100%)

de dicho anticipo será entregado al Contratista en Lempiras, moneda nacional de la República de Honduras

en la siguiente forma:

a) Un solo pago del Quince por ciento (15%) se tramitará dentro de los cinco (5) días hábiles después de que el Contratista haya rendido la caución por anticipo y después de que el Supervisor haya dado

fe, de que a su juicio el equipo requerido y demás insumos para la correcta y oportuna iniciación de

las obras ha ingresado al sitio del proyecto.

4.23 MULTAS

El Contratista deberá indemnizar al Contratante mediante una multa por cada día de retraso con respecto a la

fecha de terminación en la entrega de los Trabajos. El monto total de la multa por retraso en la entrega de las obras no deberá exceder del monto estipulado en el Contrato. El Contratante podrá deducir dicha

indemnización del pago al Contratista. El pago por daños y perjuicios no afectará las obligaciones del Contratista.

El monto de la multa por retraso se establece de la siguiente forma:

Para el componente de construcción de las obras corresponde por cada día de demora en el inicio de los trabajos se le aplicará una multa de un Cero Punto Dieciocho Por Ciento (0.18%) del monto del contrato.La

Multa que se aplicará al valor de las Obras no terminadas será de Un Cero Punto Dieciocho Por ciento

(0.18%) del valor del monto del contrato.

21

a. "Multa convencional por incumplimiento del programa de ejecución de obra”.

El Gobierno tendrá la facultad de verificar si las obras objeto de este contrato se están ejecutando por el

Contratista de acuerdo con el programa de ejecución de obra aprobado, para lo cual la Unidad de Proyectos Especiales de La Dirección General de Carreteras comparará mensualmente el avance de las

obras con el respectivo programa de trabajo; si como consecuencia de la comparación anterior el avance de las obras es menor con lo que debió realizarse, el Gobierno en su caso procederá a aplicar una multa

económica convencional equivalente al 2% (dos por ciento) sobre el valor de la obra no ejecutada en

el mes que corresponde. Esta cantidad se aplicará en beneficio del Gobierno a título de pena convencional por el simple retardo en el cumplimiento de las obligaciones del Contratista.

Es entendido que la multa procederá cuando las causas del retraso en la ejecución de las obras sean

imputables al Contratista.

Independientemente del pago de la multa convencional señalada en el párrafo anterior, el Gobierno

podrá exigir el cumplimiento del Contrato.

Para efectos de aplicación de la multa, la Unidad de Proyectos Especiales de La Dirección General de Carreterasnotificará por escrito al Contratista del incumplimiento del programa de ejecución de obra. El

escrito hará alusión a aspectos tales como: Período de incumplimiento de las obligaciones, monto de Lps

de Obra no ejecutada, especificada por cada ítem y valor de la multa a que se ha hecho acreedor; el valor de la multa será deducible de cualquier cantidad que se le adeude al Contratista.

La notificación al Contratista se hará en un término de diez (10) días hábiles después de haber sido

realizados por parte de la Unidad de Proyectos Especiales de La Dirección General de Carreteras la

comparación mensual de la obra programada y ejecutada, la cual esnotificada en los informes mensuales por la Supervisión.

2). El programa de ejecución de la obra deberá ser presentado en términos porcentuales por cada ítem del

Contrato, de manera tal que las cifras porcentuales de cada ítem sumen un 100.

Las recomendaciones anteriores se hacen en virtud de que se ha observado que a los

programas de trabajo no se les está dando la seriedad del caso, existiendo en la actualidad proyectos que se ejecutan totalmente desfasados con respecto a los programas aprobados.

4.24 BANCOS DE MATERIALES

El Gobierno no se responsabiliza por la cantidad ni la calidad de los agregados, ya que la información que se suministra a los oferentes en la visita es con el propósito de que tengan un marco de referencia, por

lo tanto deberán hacer por su cuenta una inspección minuciosa, para la localización de los posibles bancos y

así incluir en sus precios unitarios el Acarreo.

Los licitantes deberán considerar dentro de sus precios unitarios, que se pagará por cada metro cúbico en bruto extraído de cualquiera de las fuentes de materiales de río a explotar, una tasa por concepto de

Impuesto de Explotación de Recursos de acuerdo a la Ley de Municipalidades, este valor deberá ser pagado por el Contratista a la Municipalidad que tenga la jurisdicción del banco explotado.

22

El Contratista deberá establecer claramente este valor en el desglose de precios unitarios que presente para la Licitación.

4.25 CONDICIONES DE TRABAJO

El Contratista está obligado a considerar en sus precios unitarios, si la carretera estará en servicio durante el proceso de construcción y por consiguiente, no tendrá derecho a indemnización ni a ningún otro pago por los

atrasos, daños y perjuicios ocasionados por el tráfico circulante, el cual no deberá ser detenido totalmente

sino que se ideará la forma de darle paso aunque sea en forma parcial y por turno de sentido de circulación.

Para su conveniencia, el Contratista podrá a su cuenta y riesgo habilitar de ser posible la zona de derecho de vía existente para dar paso al tránsito, previa aprobación del Supervisor y de la Dirección

General de Carreteras.El Contratista está obligado a mantener por su cuenta señales

permanentes, tanto de día como de noche para indicar cualquier peligro o dificultad al tránsito, incluir los tipos de señales que deberán tener, así como la aproximación para los

empleados. Estas señales serán aprobadas por el supervisor y deberán ser suficientemente grandes y claras, para que los conductores de vehículos las perciban a tiempo. Además el Contratista colocará por

su cuenta con la celeridad que amerita el caso, las señales adicionales que a juicio de la Dirección se requieran para la seguridad de los usuarios de la carretera y será responsable por los daños y perjuicios

que por su culpa o negligencia o la de sus empleados se causara a personas o bienes que transiten por el

proyecto y que sufrieran accidentes por falta de señales adecuadas.

4.26 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas se presentarán en forma individual para el proyecto que nos ocupa, con su respectivo cuadro de cantidades estimadas y precios unitarios, de acuerdo a su correspondiente capacidad otorgada en la

precalificación.

La adjudicación se decidirá de acuerdo a las propuestas individuales para el proyecto que presente el monto

más bajo.

4.27 EQUIPO MÍNIMO Y PROGRAMA DE INGRESO DE EQUIPO A LA OBRA

El Contratista deberá poseer el siguiente equipo mínimo para ejecutar la obra

DESCRIPICION CANTIDAD

Equipo de Corte con Sierra Radial 2

Compresor 185, 165 HP 1

Retro Excavadora 1

Rodillo Liso Vibratorio de doble tambor. 1

Tanque de Agua de 3000 galones mínimo. 1

Finisher o terminadora de concreto. 1

Rodillo Neumático. 1

Volqueta de 12 m3. 2

Compactadora manual (Rodillo liso) 1

23

Vibrador de Concreto. 2

En caso de no contar con el 100% del equipo podrá rentar hasta el 40% y deberá demostrar fehacientemente que podrá contar con el equipo rentado.

La marca no debe de ser referencia o preferencia, pero las especificaciones y la capacidad

debe de ser equivalente al solicitado.

El Contratista estará obligado a presentar en este Documento de Licitación, un programa con el

calendario de fechas para ingresar al sitio de la obra del equipo requerido para la ejecución de los trabajos.

En caso de no contar con equipo de su propiedad, demostrar fehacientemente que podrá contar con

equipo rentado, mediante construcción de una empresa reconocida.

Se vigilará el estricto cumplimiento de lo establecido en este numeral, la D.G.C. tiene la potestad de

revisar el equipo propuesto.

4.28 LICITACIÓN DESIERTA

La entidad licitadora puede declarar desierta la Licitación, cuando ninguna de las ofertas cumpla con los requisitos exigidos en el Documento de Licitación, o cuando sea evidente la falta de competencia y/o

que exista colusión.Además se podrán rechazar todas las ofertas si son substancialmente superiores o inferiores al presupuesto base.

También se declarará Licitación desierta cuando no se presente ninguna oferta a la hora y día señalado para la licitación.

4.29 ASIGNACIÓN DE PROYECTOS

La Secretaria tiene la potestad de adjudicar solo uno o más proyectos en el caso de que una Empresa

gane más de uno o este tenga más proyecto en ejecución con esta Secretaria. Se adjudicara de acuerdo

a los intereses del Gobierno.

4.30 OFERTA ÚNICA

Cuando en una Licitación se presentase una sola propuesta, el Gobierno podrá o no adjudicar el Contrato, de acuerdo a sus mejores intereses.

4.31 RÓTULOS

El Contratista a su cuenta y costo colocará dos (2) rótulos informativos (inicio y final del proyecto),

de acuerdo a lo que le indique la Dirección General de Carreteras, las dimensiones serán de 4.00 Mts. en su longitud mayor por 2.00 Mts. en su longitud más corta.

Los rótulos tendrán que estar colocados 15 días después de la orden de inicio, en caso contrario y si es

por desidia del Contratista, éste pagará una multa de MIL LEMPIRAS (LPS. 1,000.00) por cada mes de atraso.

24

Se adjunta Anexo I, el cual muestra el diseño del rótulo informativo que debe colocarse al inicio y final del proyecto.

4.32 LIMPIEZA FINAL

El Contratista se obliga a efectuar por su cuenta una limpieza final del proyecto previa a la recepción del mismo.

25

V. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

26

V. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Señor Ministro:

Título del Contrato: [indique el título del Contrato]

A: [nombre y dirección del Contratante]

Después de haber examinado los Documentos de Licitación, incluyendo la(s) enmienda(s) [liste],

ofrecemos ejecutar el [nombre del Contrato] de conformidad con el Documento de Licitación que

acompañan a esta Oferta por el Precio del Contrato de [indique el monto en cifras], [indique el monto en palabras] [indique el nombre de la moneda; desglosado de la siguiente forma:

No. DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD PRECIO UNITARIO

(Lps.)

TOTAL

(Lps.)

1 PAVIMENTO

1.1 Excavación de baches m³ 134.32

1.2 Sub Base Granular de río m³ 315.00

1.3 Bacheo con concreto asfáltico en caliente con AC 20 al 6% e= 5 cm. Ton 313.50

1.4 Concreto Hidráulico MR=600, losas cortas de e=12 cm m³ 2,256.38

1.5 Bordillo de confinamiento lateral de 15 x 35 cm, f'c = 3,000 psi m 4,516.00

2 RECONSTRUCCIONES

2.1 Reconstrucción de Coronas de Pozos Unidad 18.00

2.2 Reconstrucción de Coronas de Canales Transversales m 16.50

3 SEÑALIZACIÓN VIAL

3.1 Línea discontinua color amarillo, centro de la Calle m 785.00

3.2 Línea continua color Amarillo, centro de la calle entre Est. 0+200 - Est. 0+400 m 200.00

3.3 Línea continua color blanco, en las orillas de la calle m 1,570.00

3.4 Vialetras doble cara, color amarillas Unidad 187.00

3.5 Cruces peatonales, piezas de 40 x 200 cm. intercaladas m 128.00

4 ADMINISTRACIÓN DELEGADA 10% Global 1.00

CANTIDADES DE OBRA PROYECTO: PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO TIPO WHITE

TOPPING SÉPTIMA AVENIDA SURESTE,

TRAMO COMPRENDIDO ENTRE PRIMERA CALLE Y HOSPITAL EL PROGRESO.

27

CANTIDADES DE OBRA PROYECTO: PAVIMENTOS VARIOS CON CONCRETO

HIDRÁULICO, LOCALIZADOS EN LA CIUDAD DE EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE

YORO.

No. DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD PRECIO UNITARIO (Lps.) TOTAL (Lps.)

COSTO TOTAL

Nota: mediante addendum, se estarán definiendo las ubicaciones de los pavimentos varios con sus respectivas cantidades de obra.

Esta Oferta y su aceptación por escrito constituirán un Contrato de obligatorio cumplimiento entre ambas

partes. Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la Oferta más baja ni ninguna otra Oferta que pudieran recibir.

Confirmamos por la presente que esta Oferta cumple con el período de validez de la Oferta y [de haber

sido solicitado] con el suministro de Garantía de Mantenimiento de la Oferta exigida en los Documentos

de licitación.

Asimismo, el suscrito conviene en que, si se le adjudica el Contrato comenzará el trabajo dentro de los cinco (5) días calendario siguientes al recibo de la orden de inicio, y terminarlo en un plazo de

establecido en la convocatoria. Además el suscrito acepta que por cada día calendario que el trabajo no haya sido terminado después del tiempo especificado, le serán deducidos el monto del contrato, de

acuerdo a lo estipulado en la Ley de Contratación del Estado.

Acuso de Recibo de Addendum.

El suscrito acusa recibo de la siguientes Addendum a los planos y/o especificaciones y/o documentos de Licitación (Dar el número y la fecha de cada uno)

El suscrito declara (marcar la casilla correspondiente)

1. a. Que ha, no ha empleado u obtenido los servicios de compañía o persona, aparte de empleados regulares y permanentes del Postor, para solicitar y asegurar la adjudicación de este Contrato; y,

b. Que ha, no ha pagado y ofrecido pagar a compañía o persona, aparte de empleados regulares y

permanentes del Postor, algún honorario, comisión, porcentaje o corretaje a condición de obtener la

adjudicación de este Contrato, y está dispuesto a suministrar la información respectiva que solicite el Gobierno.

28

2. Que él opera como un ___________ individuo, ______________ sociedad, __________ consorcio o corporación, incorporado como tal bajo el nombre:

_________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________

Se acompaña una Garantía de Oferta, consistente en: _____________________________

_____________________________________________________________________________

Valor total de: ___________________________________________________________________

_________________________ __________________________________

Nombre del Licitante Nombre completo de todos los socios

Dirección Comercial

_________________________________________________________________________________

Representante (poner nombre debajo de la firma) Firma autorizada

______________________________________________________________________________

Cargo:

29

VI. CUADRO DE CANTIDADES ESTIMADAS DE

OBRA

30

VI. CANTIDADES DE OBRA:

PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO TIPO WHITE TOPPING SÉPTIMA AVENIDA

SURESTE, TRAMO COMPRENDIDO ENTRE PRIMERA CALLE Y HOSPITAL EL PROGRESO; Y PAVIMENTOS VARIOS CON CONCRETO HIDRÁULICO LOCALIZADOS EN LA CIUDAD DE EL

PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO.

CANTIDADES DE OBRA PROYECTO: PAVIMENTOS VARIOS CON CONCRETO

HIDRÁULICO, LOCALIZADOS EN LA CIUDAD DE EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE

YORO.

No. DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD PRECIO UNITARIO (Lps.) TOTAL (Lps.)

COSTO TOTAL

Nota: mediante addendum, se estarán definiendo las ubicaciones de los pavimentos varios

con sus respectivas cantidades de obra.

No. DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD PRECIO UNITARIO

(Lps.)

TOTAL

(Lps.)

1 PAVIMENTO

1.1 Excavación de baches m³ 134.32

1.2 Sub Base Granular de río m³ 315.00

1.3 Bacheo con concreto asfáltico en caliente con AC 20 al 6% e= 5 cm. Ton 313.50

1.4 Concreto Hidráulico MR=600, losas cortas de e=12 cm m³ 2,256.38

1.5 Bordillo de confinamiento lateral de 15 x 35 cm, f'c = 3,000 psi m 4,516.00

2 RECONSTRUCCIONES

2.1 Reconstrucción de Coronas de Pozos Unidad 18.00

2.2 Reconstrucción de Coronas de Canales Transversales m 16.50

3 SEÑALIZACIÓN VIAL

3.1 Línea discontinua color amarillo, centro de la Calle m 785.00

3.2 Línea continua color Amarillo, centro de la calle entre Est. 0+200 - Est. 0+400 m 200.00

3.3 Línea continua color blanco, en las orillas de la calle m 1,570.00

3.4 Vialetras doble cara, color amarillas Unidad 187.00

3.5 Cruces peatonales, piezas de 40 x 200 cm. intercaladas m 128.00

4 ADMINISTRACIÓN DELEGADA 10% Global 1.00

CANTIDADES DE OBRA PROYECTO: PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO TIPO WHITE

TOPPING SÉPTIMA AVENIDA SURESTE,

TRAMO COMPRENDIDO ENTRE PRIMERA CALLE Y HOSPITAL EL PROGRESO.

31

VII. CARTA DE ACEPTACIÓN

32

VII. Carta de Aceptación

[En papel con membrete oficial del Contratante]

La Carta de Aceptación será la base para la constitución del Contrato de conformidad con las cláusulas de conformidad con el Documento de Licitación. Este formulario estándar de la Carta de Aceptación

debe ser completado y enviado al Oferente seleccionado, sólo después de que la evaluación de la Oferta

haya sido completada, supeditada a cualquiera revisión de la Dirección General de Carreteras.

[Indique la fecha]

Nombre del Contrato [indique el título del Contrato]

A: [Indique el nombre y la dirección del Oferente seleccionado]

La presente tiene por objeto comunicarles que por este medio la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) acepta su Oferta con fecha [indique la fecha] para la ejecución del [indique el

nombre del, tal como se emitió en las CEC] por el Precio del Contrato equivalente a [indique el monto

en cifras y en palabras] [indique la denominación de la moneda], con las correcciones y modificaciones efectuadas de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes.

Por este medio les instruimos para que (a) procedan con la construcción de las Obras mencionadas, de

conformidad con el Contrato y los Documentos de Licitación, e (b) inicien con los trámites legales respectivos.

Firma Autorizada ______________________________________________________________ Nombre y Cargo del Firmante: ___________________________________________________

Nombre de la Entidad: _________________________________________________________

Adjunto: Contrato

33

VIII.PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO

34

VIII. PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO

Disposiciones Generales DelContrato

8.1 Definición de Conceptos

(a) Los trabajos, son los servicios de Rehabilitación (construcción) de las obras

contratadas, según se define en las CEC.

(b) La Fecha de Terminación es la fecha de terminación de los Trabajos de rehabilitación (construcción) de las Obras.

(c) El Contrato es el Contrato entre el Contratante y el Contratista para ejecutar y terminar

los Trabajos.

(d) El Contratista es la persona natural o jurídica, cuya Oferta para la ejecución de los Trabajos ha sido aceptada por el Contratante.

(e) La Oferta del Contratista es el Documento de licitación que fue completado y entregado

por el Contratista al Contratante.

(f) El Precio del Contrato es el precio establecido en la Carta de Aceptación del Contrato emitida por el Contratante.

(g) Días significa días calendario; Meses significa meses calendario.

(h) Defecto es cualquier parte de los Trabajos que no haya sido terminada conforme al

Contrato.

(i) El Período de Responsabilidad por Defectos es el período estipulado en los Documentos de Licitación y calculados a partir de la fecha de terminación.

(k) Los Planos incluye los cálculos y otra información proporcionada o aprobada por la

Dirección General de Carreteras.

(l) El Contratante es la parte que contrata con el Contratista para la ejecución de los Trabajos de construcción de las Obras.

(m) Equipos es la maquinaria y los vehículos del Contratista que han sido trasladados

transitoriamente al Sitio de las Obras para la construcción de las Obras.

(n) El Precio del Contrato es el Precio indicado en la Carta de Aceptación del Contratante.

(o) La Fecha Prevista de Terminación de los Trabajos es la fecha en que se prevé que el Contratista deba terminar los Trabajos contratados y que se especifica en los

Documentos de Licitación.

(p) Materiales son todos los suministros, inclusive bienes fungibles, utilizados por el Contratista para ser incorporados en las Obras.

(r) Planta es cualquiera parte integral de las Obras que tenga una función mecánica,

eléctrica, química o biológica.

35

(s) El Sitio de las Obras es el sitio definido como tal en los Documentos de Licitación.

(t) Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras, incluidos en los Documentos de licitación, son informes de tipo interpretativo, basados en hechos, y que se refieren a

las condiciones actuales en el Sitio de las Obras.

(u) Términos de Referencia significa los términos de referencia incluidos en el Contrato.

(v) La Fecha de Inicio es la fecha más tardía en la que el Contratista deberá empezar la ejecución de los Trabajos de construcción de las Obras y que está estipulada en los

Documentos de Licitación.

(w) Subcontratista es una persona natural o jurídica, contratada por el Contratista para realizar una parte de los trabajos del Contrato, y que incluye trabajos en el Sitio de las

Obras.

(y) Obras Provisionales son las obras que el Contratista debe diseñar, construir, instalar y retirar, y que son necesarias para la construcción o instalación de las Obras.

(z) Una Variación es una instrucción impartida por el Gerente de Obras que modifica las

Obras.

8.2 Interpretación

Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en el siguiente orden de prioridad:

(a) Contrato,

(b) Carta de Aceptación,

(c) Oferta,

(d) Condiciones Especiales del Contrato,

(e) Condiciones Generales del Contrato,

(f) Especificaciones,

(g) Análisis y Cantidades de Obra,

(h) Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra) y

(i) Cualquier otro documento que en las Condiciones Especiales del Contrato se especifique que forma parte integral del Contrato.

8.3 Comunicaciones

Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones

del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas.

36

8.4 Sub-Contratos

El Contratista podrá subcontratar trabajos si cuenta con la aprobación del Contratante. La subcontratación no altera las obligaciones del Contratista.

La aprobación de la subcontratación deberá ser expresa, por escrito, con indicación de su

objeto y de las condiciones económicas. Los trabajos que se subcontraten con terceros, no excedan del cuarenta por Ciento (40%) del monto del Contrato.Tampoco podrá el Contratista

ceder el Contrato sin la aprobación por escrito del Contratante.

8.5 Personal

El Contratista contratará y asignará personal con el nivel de competencia y experiencia necesarias para ejecutar el proyecto. Dicho personal deberá cumplir con los requisitos

indicados en los documentos.

Si el Gerente de Obras solicita al Contratista la remoción de un integrante de la fuerza laboral del Contratista, indicando las causas que motivan el pedido, el Contratista se asegurará

que dicha persona se retire del Sitio de las Obras dentro de los siete días siguientes y no

tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el Contrato.

8.6 Riesgos del Contratista

Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección

de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la

propiedad (incluyendo, sin limitación, las Obras, Planta, Materiales y Equipo) no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista.

8.7 Seguros

El Contratista (a) contratará y mantendrá, en los términos y condiciones aprobados por el

Contratante, seguros contra los riesgos y coberturas que establece la Ley nacional; y (b) el Contratante, podrá solicitar si lo considera necesario evidencia que demuestre que dichos

seguros han sido contratados y mantenidos y que las primas vigentes han sido pagadas.

Si el Contratista no proporcionara las pólizas y los certificados exigidos, el Contratante podrá contratar los seguros cuyas pólizas y certificados debería haber suministrado el Contratista y

podrá recuperar las primas pagadas por el Contratante del pago al Contratista.

8.8 Informe de Investigación del Sitio de las Obras

El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en las actividades que se deberán ejecutar en el Sitio de las Obras indicados en el documento, además de cualquier otra información que

disponga el Oferente.

8.9 Construcción de las Obras por el Contratista

El Contratista deberá construir y ejecutar todas las actividades debidamente descritas y establecidas en los documentos de licitación y en su Oferta presentada.

8.10 Inicio y Terminación de las Obras

El Contratista iniciará los Trabajos en la Fecha notificada en la Orden de Inicio emitida por el

Contratante, y deberá ejecutarlos en el plazo estipulado en las CEC y de acuerdo con el

37

Programa de Trabajo.

El Contratista iniciará los trabajos en la fecha que le sea notificada por el Contratante luego de haberse formalizado el Contrato. El pago del anticipo no será condición para emitir la Orden

de Inicio, por lo que el Oferente deberá contar con recursos suficientes para financiar el precio de los trabajos iníciales mientras se hace efectivo el anticipo al que tiene derecho.

El Contratista no tendrá derecho a demandar aumento o reajuste del Precio del Contrato,

cuando con posterioridad a la fecha de formalización del mismo se produjera cualquier

cambio en la Ley aplicable en relación con los impuestos y derechos nacionales.

8.11 Aprobación de las Obras

El Contratista será responsable de la correcta ejecución de las obras y para ello será la

empresa consultora encargada de supervisar los trabajos.

Cualquier tipo de cambio y/o observación de las obras al momento de su ejecución, deberá ser previamente aprobada por la empresa consultora y por la Dirección General de Carreteras.

8.12 Seguridad

El Contratista será responsable por la seguridad de todas las actividades en el Sitio de las

Obras. Deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y tomará las medidas necesarias para mantener en sus campamentos y en la obra,

la higiene y seguridad en el trabajo, según las disposiciones sobre la materia.

8.13 Acceso al Sitio de las Obras

El Contratista deberá permitir el libre acceso al sitio de las obras a todo el personal debidamente autorizado y que tiene a cargo la correcta ejecución de las obras.

8.14 Control de Plazos y Programa de Trabajo

Dentro del plazo establecido en el documento y después de la fecha de la Carta de

Aceptación, el Contratista presentará a la Dirección General de Carreteras, para su aprobación, un Plan de Implementación de los Trabajos compuesto de los siguientes

documentos: El Programa de Ejecución o Programa de Trabajo del Proyecto, Plan de Inversión del Anticipo y Plan de Seguridad e Higiene. En el Programa de Trabajo se harán

constar las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución

de todas las actividades relativas a las Obras.

El Programa de Ejecución o Programa de Trabajo del Proyecto que presentará el Contratista en el período antes indicado, deberá cumplir con lo siguiente:

1. Presentar en forma escrita una explicación de la planificación del trabajo que contenga:

Como organizará los frentes de trabajo (proveer información como: cuantos frentes,

ubicación de éstos, funciones, equipo, personal y materiales para cada frente, etc.) Que supuestos ha considerado en el análisis de la programación de la obra.

Análisis de lluvia y estrategia a seguir en los tiempos de lluvia (dar calendario de días

38

de lluvia promedio en la zona del proyecto según análisis obtenido de datos estadísticos, dar localización de la (s) estaciones pluviométricas o pluviográficas, dar

memoria de cómo ha sido considerado los días de lluvia en el rendimiento mensual

de las diferentes actividades a ejecutar según el programa). Cantidades de recursos que tiene disponible para asignar a la obra: equipo y mano

de obra. Estrategia a seguir cuando se dañe el equipo disponible.

Otras consideraciones que realice el contratista.

2. Utilizar un sistema computarizado similar o compatible al utilizado en el GGPE, Ms Project.

3. Relacionar las actividades asignándole los predecesores y definir la ruta crítica. 4. Fijar los hitos o productos entregables en fechas intermedias en el plazo contractual.

5. Asignar los recursos debidamente identificados. 6. Asignar los rendimientos a los recursos

7. Asignar el calendario de trabajo para cada recurso.

8. Acompañar una memoria de cálculo que muestre que las duraciones de las tareas han sido obtenidas a partir de los rendimientos de los recursos considerados.

9. En la memoria se debe incluir una tabla de rendimientos de equipo y mano de obra para cada una de las actividades o conceptos de obra.

10. Deberá ser presentado en forma impresa en papel tamaño carta o legal y en forma digitalizada.

Cuando el Contratante quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de Terminación, la Dirección General de Carreteras deberá solicitar al Contratista propuestas

valoradas para conseguir la necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada

como corresponda y ratificada por el Contratante y el Contratista.

El Contratista deberá advertir a la Dirección General de Carreteras lo antes posible sobre

futuros posibles eventos o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos y la Fecha de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan

pronto como le sea razonablemente posible.

8.15 Control de Calidad

La Dirección General de Carreteras a través de la Supervisión controlará el trabajo del

Contratista y le notificará de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. La Dirección General de Carreteras podrá

ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que considere que pudiera tener algún defecto.

Los materiales, productos y componentes de construcción serán sometidos, a los fines de su verificación cualitativa, a prueba y ensayos, de conformidad con las especificaciones técnicas

detalladas en el Manual de Carreteras y específicas para realizar las actividades determinadas en el presente documento, las prescripciones de las normas internacionalmente aceptadas y

según la reglamentación en el vigor.

El contratista realizara las pruebas de laboratorio correspondientes a fin de cumplir los estándares establecidos, para su verificación interna. De igual manera, la empresa

supervisora realizará dichas actividades, ya sea muestreo, ensayos correspondientes,

consultas, etc. con el único objetivo de verificar que se dé cumplimiento con los estándares

39

requeridos.

Si la Dirección General de Carreteras ordena al Contratista realizar alguna prueba o ensayo de laboratorio que no esté contemplado en las Especificaciones, a fin de verificar si algún trabajo

tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el Contratista pagará el costo de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un Evento

Compensable.

La Dirección General de Carreteras notificará al Contratista todos los defectos de que tenga

conocimiento antes de que finalice el Período de Responsabilidad por Defectos, que se inicia en la fecha de terminación y se define en el

documento. El Período de Responsabilidad por Defectos se prorrogará mientras queden defectos por corregir.

Cada vez que se notifique un defecto, el Contratista lo corregirá dentro del plazo especificado

en la notificación de la Dirección General de Carreteras.

Si el Contratista no ha corregido un defecto dentro del plazo especificado en la notificación de la Dirección General de Carreteras, este último estimará el precio de la corrección del defecto,

y el Contratista deberá pagar dicho monto.

8.16 Retenciones por Garantía de Calidad

Cuando las Obras estén totalmente terminadas y el Contratante, con recomendación de la D.G.C., haya emitido el Certificado de Terminación de las Obras de conformidad de los

documentos se le devolverá al Contratista el valor total retenido, contra la presentación de

una Garantía (bancaria o fianza) por el valor devuelto, y con vigencia de dos (2) años a partir de la fecha del Certificado de Terminación de las Obras.

8.17 Pago de Anticipo e Inicio de los Trabajos

El Contratante pagará al Contratista un anticipo por el monto y en la forma estipulada en los

documentos, contra la presentación por el Contratista de una Garantía Bancaria Incondicional o Fianza de Compañía Aseguradora emitida en la forma y por un banco aceptable para el

Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La garantía deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado. El anticipo no devengará

intereses; y en caso de otorgarse una ampliación al monto del contrato, no se dará anticipo

por el valor de la ampliación.

El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar gastos relacionados con el equipo, materiales y gastos de movilización que se requieran específicamente para la

construcción de las mismas. En la fecha establecida en el documento, el Contratista presentará al Contratante un Plan de Inversiones del Anticipo a que tiene derecho, para su

aprobación. El Contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos a la Dirección General

de Carreteras.

40

8.18 Pagos al Contratista

El Gobierno pagará al precio contratado con apego a las disposiciones señaladas a continuación:

a) El Gobierno pagará mensualmente según avance de la obra, de acuerdo con las estimaciones aprobadas por la Supervisión. Dichos pagos cubrirán todos los trabajos

contemplados y aceptados durante el mes.

b) El pago de cualquier estimación no releva al Contratista de cualquier obligación aceptada en

las Cláusulas del Contrato.

c) El porcentaje de retención en los pagos, no podrá considerarse como una causa para justificar reclamos por atrasos indebidos en la ejecución de la obra, ni incrementos en los

precios unitarios establecidos en la oferta.

d) Todos los materiales y trabajos cubiertos por los pagos mensuales, pasan a ser propiedad

del Gobierno, sin que ello signifique que el Contratista quede relevado de su responsabilidad de conservar y mantener todo el material y trabajo por el que se haya efectuado pagos, o

de reparar cualquier parte de la obra que haya sufrido deterioro, como tampoco implicará que el Gobierno renuncie al derecho de exigir el cumplimiento de todos los términos del

Contrato

e) La Dirección General de Carreteras podrá retener el pago de los trabajos efectuados por el

Contratista, cuando éste incurra en el incumplimiento de cualquiera de las Cláusulas del Contrato y/o incumplimiento a propósito de instrucciones u órdenes escritas de trabajos

dadas por el supervisor del proyecto. Luego ordenará proseguir con los trámites de pago, solamente cuando la falla que motivó la retención, haya sido corregida.

f) La liquidación final se hará después de que los trabajos hayan sido completados y aceptados, de acuerdo con lo dispuesto en las Especificaciones que forman parte del

Contrato.

LA FECHA EN QUE EL GOBIERNO APRUEBE EL ESTIMADO FINAL DE PAGOS, CONSTITUIRA

LA FECHA CORRESPONDIENTE A LA CANCELACION DEL CONTRATO. Sin que ello releve al Contratista de las obligaciones posteriores que en él se establecen.

8.19 Mano de Obra, Materiales y Equipo:

a. Los trabajos comprendidos bajo este Contrato, deberán ejecutarse con equipo que se

encuentra en buenas condiciones de operación.

Si el Contratista no proporciona unidades de equipo adecuado y el número suficiente para la ejecución de la obra, el Ingeniero podrá retener el pago del Estimado Mensual

correspondiente o SUSPENDER EL TRABAJO, sin extender el plazo de ejecución del

Contrato, hasta que sea provisto tal equipo. Una vez que el Contratista haya provisto el equipo a satisfacción, será necesaria la autorización escrita del Ingeniero para poder

retirarlo del proyecto. En caso de obras financiadas con fondos externos, debido a

41

limitaciones en cuanto a la fuente y origen de los bienes y servicios, no serán aceptadas las obras ejecutadas con maquinaria, equipo, materiales y/o artículos, cuando dicha

maquinaria, equipo o artículos no hayan sido aprobados previamente por el Ingeniero de

acuerdo con los requerimientos establecidos en los párrafos precedentes.

b. A menos que específicamente se establezca de otro modo en otra parte del Contrato, cualquier referencia que se haga a equipo, material, artículo o proceso patentado, por

marca de fábrica, manufactura o número de catálogo, será considerado como una manera de establecer una norma de calidad y no deberá interpretarse como una

limitación a la competencia y el Contratista puede a su opinión, usar cualquier equipo,

material, artículo o proceso que, a juicio del Ingeniero sea igual al nombrado, toda vez que cumpla con los requisitos prescritos en el Pliego de Condiciones Especiales, para la "

Fuente y Origen " de los bienes y servicios.

El Contratista suministrará al Ingeniero para su aprobación, el nombre del fabricante, el

número del modelo y los otros datos de identificación e información relacionados con el funcionamiento capacidad y naturaleza de la maquinaria y de cualquier artefacto

mecánico que el Contratista contemple usar en la ejecución de los trabajos incorporados a la obra.

El Contratista asimismo suministrará al Ingeniero para su aprobación, la información

completa sobre materiales y artículos que contemple incorporar en la obra. Cuando el

Ingeniero así lo ordene, las muestras serán enviadas a examinar a costo del Contratista, con todos los gastos de transporte pagados de antemano.

c. Todos los materiales y artículos que vayan a ser incorporados en la obra, deberán ser

nuevos y de la calidad indicada por las Especificaciones para el propósito a que están

destinadas.

d. Todos los trabajos comprendidos por este Contrato, deberán ser ejecutados con destreza y de acuerdo con la práctica normal aceptada del oficio de que se trate.

e. Cuando el Ingeniero lo exija por escrito, el Contratista está obligado a despedir de inmediato de la obra a cualquiera de sus empleados cuya actuación vaya en detrimento o

perjuicio del trabajo por considerarlo impotente, descuidado, insubordinado y objetable en cualquier aspecto.

f. Beneficios sociales: El Contratista se compromete y obliga a garantizar los beneficios

sociales a sus empleados, de acuerdo a las leyes vigentes en Honduras.

8.20 Pago de Mano de Obra:

Los libros de planillas del Contratista y los sub-contratistas, estarán disponibles en cualquier

momento para inspección del Gobierno.

El salario de los obreros y empleados, será pagado en moneda de curso legal de la República

de Honduras.

Se considerará igualmente satisfecha esta condición, si el pago se efectúa por medio de cheques negociables en un banco solvente, que pueda cobrarse en efectivo prontamente en la

comunidad más cercana al trabajo, por la cantidad total sin recargos ni descuentos de ninguna

42

clase. En donde se haga uso de cheques para pagos, el Contratista hará los arreglos necesarios para que puedan ser hechos efectivos de inmediato y dará la información sobre

tales arreglos.

Ni el Contratista, ni ninguno de sus agentes, cobrarán o aceptará remuneración de ninguna

persona como condición para conseguir empleo en el Proyecto.

El Contratista no deberá exigir a sus empleados, el suministro o costos de las herramientas usadas en la ejecución de su trabajo, excepto por pérdidas o daños razonablemente evitables.

Cualquier empleado de los trabajos previstos en este Contrato, podrá alojarse, alimentarse y comprar o negociar, donde y con quien él elija y ni el Contratista ni sus agentes, ni sus

empleados, podrán establecer directa o indirectamente como condición para trabajar, que el trabajador debe alojarse, alimentarse, o comprar o negociar en un lugar o con una persona

determinada.

Ni el Contratista ni sus agentes, cobrarán a los empleados de su compañía por cualquier

servicio de transporte que les suministraran durante la ejecución del proyecto.

Ninguna persona podrá ser empleada para trabajar, si no es a base de salario, pero esto no impedirá el alquiler de bestias de carga, camiones, y otros equipos de individuos particulares.

Ningún convenio de alquiler así resultante o gastos por alimentación, gasolina, suministro o

reparaciones a cuenta de un convenio de esta clase, dará lugar a deducciones en los salarios acumulados de cualquier empleado, excepto en la forma autorizada por las regulaciones antes

citadas.

En general, los pagos por mano de obra deberán regirse por los artículos correspondientes de

las leyes del país.

8.21 Estimaciones de Obra y pagos

El Contratista presentará alaDirección cuentas mensuales por el valor estimado de los trabajos

ejecutados menos las sumas acumuladas previamente certificadas por la Dirección General de

Carreteras y la Empresa Supervisora. Así mismo verificará las cuentas mensuales del Contratista y certificará la suma que deberá pagársele.

Los pagos serán ajustados para deducir los pagos de anticipo y las retenciones. El Contratante

pagará al Contratista los montos de la estimación de obras aprobada por laDirección dentro de los 28 días siguientes a la fecha de cada certificado. Si el Contratante emite un pago

atrasado, en el pago siguiente se deberá pagarle al Contratista interés sobre el pago atrasado. El interés se calculará a partir de la fecha en que el pago atrasado debería haberse

emitido hasta la fecha cuando el pago atrasado es emitido, a la tasa de interés promedio para

operaciones activas vigente en el sistema bancario nacional determinada mensualmente para la respectiva moneda por la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones, en consulta

con el Banco Central de Honduras.

43

8.22 Registros del Personal, Equipo, Transacciones y Planillas de Pago:

a. El Contratista deberá mantener durante el curso del trabajo y conservar por cinco (5) años más, registros para todo el personal que trabaja en el sitio de la obra. Tales registros

deberán mantener el nombre, dirección de cada empleado, su nacionalidad, su clasificación

correcta y su salario, así como el detalle de las prestaciones sociales hechas efectivas a cada uno.

Estos registros de personal, deberán estar disponibles para su inspección, por

representantes autorizados del Gobierno, a quienes será también permitido entrevistar a los

trabajadores en horas hábiles de trabajo.

b. A más tardar una semana después de cada pago, el Contratista enviará al Ingeniero, una copia certificada de todas las planillas de pago. El Contratista principal será responsable del

envío de las copias certificadas de las planillas de pago de todos los sub-contratistas, si los hubiera. La certificación afirmará que las planillas son correctas y completas.

c. El Contratista llevará un registro diario del número de horas trabajadas por cada una de sus piezas de equipo y las horas que dicho equipo no ha trabajado, indicando si el paro ha sido

debido a reparación, mantenimiento u otras causas, este registro estará a disposición del Ingeniero en cualquier momento que lo solicite, así como el correspondiente a los

diferentes consumos de combustible.

d. El Contratista deberá establecer una contabilidad independiente y específica para el

proyecto, cuyos libros y registros serán llevados en Honduras en el idioma español y mantenidos de conformidad con sanas prácticas de contabilidad generalmente aceptadas y

debidamente certificadas por un contador hondureño colegiado. Estos libros y registros deberán comprender todas las transacciones hechas bajo, o relacionadas con, este

Contrato, y podrán ser auditadas por el Gobierno, regularmente de conformidad con

normas establecidas de auditoría y con la frecuencia que el Gobierno estime conveniente, y será mantenida por cinco (5) años después del último desembolso efectuado.

8.23 Garantías

El Contratista deberá proporcionar al Contratante la Garantía de Cumplimiento a más tardar

en la fecha definida en la Carta de Aceptación y por el monto y vigencia estipulado en el documento, emitida por un banco o compañía afianzadora aceptable para el Contratante y

expresada en la moneda en que deba pagarse el Precio del Contrato. De no presentarse la

Garantía dentro del plazo estipulado en la presente Cláusula el Contratante podrá proceder a formalizar la Contratación con el siguiente oferente que presento la oferta más baja mejor

evaluada.

El Original de todas las Garantías Contractuales, copia de las mismas deberán ser entregadas en las oficinas de la Dirección General de Carreteras. La validez de la Garantía de

Cumplimiento excederá en tres (3) meses la Fecha Prevista de Terminación.

Una vez efectuada la recepción final de las obras y realizada la liquidación del contrato, el Contratista sustituirá la garantía de cumplimiento del contrato por una garantía de calidad de

44

la obra, con vigencia por el tiempo estipulado en el documento y cuyo monto será equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de la obra ejecutada.

8.24 Inspección y Aceptación

a. Exceptuando cualquier otra disposición específica en este Contrato, todo material o

trabajo requerido para las obras en él comprendidas, estarán sujetas a la inspección,

prueba y aprobación por parte del Gobierno con frecuencia razonable en el sitio del trabajo, a menos que el Ingeniero determine que tal inspección o prueba de material que

va a ser incorporado en el trabajo, pueda ser hecho en el lugar de producción, manufactura o embarque. El Ingeniero determinará cada vez que decida permitir

inspecciones y/o pruebas fuera del sitio, hasta qué grado tales inspecciones y/o pruebas serán concluyentes, en cuanto al cumplimiento de los requisitos de este Contrato. Tales

inspecciones y pruebas fuera del trabajo, no relevarán al Contratista de la responsabilidad

por daños o pérdidas del material, antes de la aceptación final de la obra, ni en forma alguna afectarán la continuación de los derechos interrumpibles del Gobierno después del

trabajo, de acuerdo con los términos del párrafo f., de esta Cláusula, con excepción de los previstos anteriormente en este mismo párrafo.

b. El Contratista deberá reemplazar, sin costo alguno para el Gobierno, cualquier obra mal ejecutada en la cual el Ingeniero encuentre que no cumple con los requisitos fijados en

este Contrato. El Contratista deberá a la mayor brevedad posible, separar y remover del área de la obra todo el material o trabajo que haya sido rechazado.

c. Si el Contratista no reemplazara prontamente el material rechazado o no corrigiera la obra

mal ejecutada, el Gobierno puede:

Reemplazar tal material o corregir la obra defectuosa por Contrato, o en cualquier

otra forma cargando el costo de ello al Contratista.

Cancelar el derecho del Contratista a continuar la obra, de acuerdo con la Cláusula

5ta. de este Pliego de Condiciones Generales.

d. El Contratista deberá suministrar prontamente y sin costo adicional para el Gobierno, todas las facilidades, personal y material razonablemente necesarios para efectuar las

inspecciones y pruebas que el Ingeniero considere seguras y convenientes. Toda inspección y prueba que efectúe el Gobierno, será efectuada en forma que no atrase el

trabajo innecesariamente; sin embargo, no reconocerá al Contratista, ni extensiones en el plazo del Contrato, ni ajustes en el precio del mismo, en los casos en que por

circunstancias imprevistas llegaran a producirse demoras. El Contratista pagará cualquier

costo adicional ocasionado en la inspección, porque el material o la obra ejecutada no estén listas en la fecha u hora especificada por el Contratista para su inspección.

e. Si el Gobierno, antes de la aceptación final de la obra, considerase necesario o

recomendable en cualquier oportunidad hacer un examen de los trabajos ya terminados,

y ordenara la remoción o construcción parcial de los mismos, el Contratista siguiendo las instrucciones del Ingeniero, deberá suministrar prontamente todas las facilidades,

personal y materiales necesarios para ello. Si se encuentra que tales trabajos están defectuosos y no se ajustan a las normas de calidad prescritas en el Contrato, ya por falta

45

del Contratista, ya de sus subcontratistas, serán por cuenta del Contratista los gastos de tal examen y de su reconstrucción satisfactoria. Pero, si en la opinión de la Dirección

General de Carreteras se encuentra que dichos trabajos llenan los requisitos del Contrato,

se compensará al Contratista por el costo de los servicios adicionales requeridos por el examen mencionado, así como por la adecuada reconstrucción; y si por tal motivo se

retrasara la terminación del trabajo total, el Gobierno le reconocerá una extensión justa en el plazo del Contrato.

Exceptuando cualquier otra disposición hecha en este Contrato, el Gobierno aceptará tan

pronto como sea posible, las obras comprendidas en este Contrato después de que hayan

sido terminadas, revisadas y autorizadas por el Ingeniero. Tan pronto como el trabajo haya sido concluido y se haya efectuado a satisfacción de ambas partes contratantes se

realizará la liquidación final del valor del trabajo dando por terminadas las obligaciones contractuales y el Gobierno devolverá al Contratista las cauciones que éste hubiera

rendido para garantizar la ejecución de los trabajos.

8.25 Costo de Reparaciones

El Contratista será responsable de reparar y pagar por cuenta propia las pérdidas o daños que sufran las Obras o los Materiales que hayan de incorporarse a ellas entre la Fecha de Inicio de

las Obras y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, cuando dichas

pérdidas y daños sean ocasionados por sus propios actos u omisiones.

8.26Licencias y Permisos

A menos que se indique lo contrario en alguna parte del Contrato, el Contratista sin costo

adicional para el Gobierno, deberá obtener las licencias, permisos, etc., que fueran exigidos por Leyes y Decretos de la República de Honduras o de los municipios que tengan jurisdicción

de la obra.

8.27 Trabajos por Administración Delegada

Cuando las condiciones de dificultad en la ejecución de un trabajo no se encuentre

plenamente compensado por los precios unitarios contractuales o surja la necesidad de un trabajo emergente cuyo precio unitario no esté contemplado en el Contrato, el Ingeniero y el

Contratista con el beneplácito del Ministerio acordarán los trabajos que se harán por Administración Delegada, partida que en general se rige por lo aquí dispuesto.

Los precios unitarios correspondientes a los Trabajos por Administración Delegada incluidos en

la oferta del Contratista se usarán para pequeñas cantidades adicionales de trabajo y solo

cuando el Ente Contratante haya dado previamente instrucciones por escrito correspondientes al trabajo adicional a ser pagado de esa manera, de acuerdo a los Montos estipulados que

requieren aprobación de la Dirección General de Carreteras.

El Contratista registrará todos los trabajos a ser pagados como Administración Delegada en los

formularios aprobados por el Ingeniero Inspector, quien verificará y firmará cada formulario llenado antes de haber transcurrido dos (2) días calendario de la ejecución del trabajo.

Al Contratista se le pagará por concepto de Administración Delegada, sólo cuando haya

obtenido los formularios firmados correspondientes al trabajo por Administración Delegada.

46

8.28 Traspaso de Derechos:

El Contratista no podrá transferir, traspasar, sub-contratar, cambiar ni modificar su derecho a recibir pagos o a tomar cualquier disposición en relación con el Contrato, sin la aprobación

previa y por escrito del Gobierno.

8.29 Participación de Funcionarios Públicos

Ningún funcionario de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de entes autónomos

descentralizados o de cualquier organismo que depende en cualquier forma del Gobierno,

podrá ser admitido como socio del Contratista o parte, que en alguna forma llegue a gozar de los beneficios monetarios que deriven directamente del Contrato.

En general, no podrá desempeñar cargo, empleo o mediante contrato prestar servicio alguno

dentro de la organización del Contratista o sub-contratista, persona alguna que perciba sueldo proveniente del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República.

8.30 Empleo de Trabajadores Convictos

Para la ejecución de los trabajos contemplados en este Contrato, el Contratista no podrá emplear a ninguna persona que esté bajo auto de formal prisión.

8.31 Soluciones de Controversia y Disputas

a. Cualquier divergencia que se presente sobre un asunto que no se resuelva mediante un

arreglo directo con la Dirección General de Carreteras o su representante, deberá ser resuelta por la Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda, la que previo

estudio del caso, dictará su resolución y la comunicará al reclamante. La resolución de la

Secretaría tendrá carácter definitivo dentro de la vía administrativa. b. Contra la resolución de la Secretaría, quedará expedida la vía judicial ante los tribunales

de lo Contencioso Administrativo. c. Para la solución de controversias, se aplicará en primer lugar el derecho administrativo.

d. Si la firma es extranjera o en ella hayan interesados extranjeros, se tendrá que, por el

hecho mismo de participar en la Licitación, renunciar a cualquier gestión o intervención por la vía diplomática y a su domicilio extranjero y se somete a la Constitución y a todas

las Leyes y Reglamentos vigentes de la República de Honduras. Las controversias de carácter técnico que surjan entre el supervisor y el Contratista, que no se resuelvan

mediante un arreglo directo con la Dirección General de Carreteras o su

representante, deberán ser resueltas por la Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda, la que previo estudio del caso, dictará su resolución y la comunicará al

reclamante. Dicha resolución tendrá carácter definitivo dentro de la vía administrativa.

8.32 Reclamos

El Contratista deberá notificar por escrito a la Dirección, cualquier intención de presentar

un reclamo, de solicitar compensación adicional o extensión de tiempo contractual, dando las razones en que se basa dicha intención o solicitud dentro de los quince (15) días

posteriores a que la base del reclamo o solicitud haya sido establecida. El reclamo deberá

47

ser presentado a la Dirección por escrito, dentro de los sesenta (60) días después de que el trabajo relacionado con el reclamo haya sido terminado. Si el Contratista no somete el

reclamo o la notificación de intención de reclamar dentro de los períodos especificados

anteriormente, tales documentos no serán tomados en consideración por la Dirección.

8.33 Finalización del Contrato

Terminada sustancialmente la obra, se efectuará en forma inmediata una inspección

preliminar, que acredite que las obras se encuentran en estado de ser recibidas, entendiéndose por terminación sustancial la conclusión de la obra de acuerdo con los planos,

especificaciones y demás documentos contractuales, de manera que, luego de las

comprobaciones que procedan, pueda ser recibida definitivamente y puesta en servicio, atendiendo a su finalidad.

Acreditado mediante la inspección preliminar, que las obras se encuentran en estado de ser

recibidas, y dentro de los diez (10)días siguientes a la fecha en que el Contratista efectúe su requerimiento, el Contratante procederá a su recepción provisional, previo informe de la

Supervisión.

Si de la inspección preliminar resultare necesario efectuar correcciones por defectos o detalles pendientes, se darán instrucciones precisas al Contratista para que a su costo proceda dentro

del plazo que se señale a la reparación o terminación de acuerdo con los planos,

especificaciones y demás documentos contractuales.

Todo lo actuado se consignará en Acta de Recepción Provisional suscrita por un representante

del Contratante, el Supervisor y el representante designado por el Contratista; dejando

certificado en el Acta las correcciones por defectos o detalles pendientes y el período otorgado al Contratista para su reparación.

Cuando las obras se encuentren en estado de ser recibidas en forma definitiva, se procederá

a efectuar las comprobaciones y revisiones finales. Si así procediere, previo dictamen de la Supervisión, se efectuará la Recepción Definitiva de la obra mediante Acta suscrita de manera

similar a como dispone el artículo anterior.

Hasta que se produzca la recepción definitiva de las obras, su custodia y vigilancia será de cuenta del Contratista, teniendo en cuenta la naturaleza de las mismas y de acuerdo con lo

que para tal efecto disponga el contrato.

El Contratista deberá proporcionar a la Dirección General de Carreteras un estado de cuenta

detallado del monto total antes del vencimiento del periodo por Responsabilidades por Defectos. El Supervisor emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará el

pago final al Contratista dentro de los 20 días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio de la Dirección

General de Carreteras. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, la Dirección deberá emitir dentro de 20 días una lista que establezca la naturaleza de las

correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a

presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio de la Dirección, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago.

Se solicitan planos finales actualizados, el Contratista los entregará en la fecha estipulada en

48

los documentos.

Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados a más tardar en la fecha estipulada en los documentos, o no son aprobados por la Dirección, éste retendrá la suma

estipulada en el documento del pago que se le adeuden al Contratista.

8.34 CAUSAS DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO

El Contratante o el Contratista podrán terminar el Contrato si la otra parte incurriese en incumplimiento fundamental del mismo.

Los incumplimientos fundamentales del Contrato incluirán, pero no estarán limitados a los

siguientes:

(a) el Contratista suspende los trabajos por quince (15) días cuando el Programa de Trabajo vigente no prevé tal suspensión y tampoco ha sido autorizada por la Dirección;

(b) La Dirección ordena al Contratista detener el avance de las Obras, y no retira la orden

dentro de los quince (15) días siguientes;

(c) El Contratista se declara en quiebra o se comprueba su incapacidad financiera;

(d) el Contratante no efectúa al Contratista un pago certificado por el Supervisor, dentro de los (60) días siguientes a la fecha de emisión del certificado por la supervisión;

(e) la Dirección le notifica al Contratista que el no corregir un defecto determinado

constituye un caso de incumplimiento fundamental del Contrato, y el Contratista no procede a corregirlo dentro de un plazo razonable establecido por la Supervisiónen la

notificación;

(f) el Contratista no mantiene una garantía que sea exigida en el Contrato;

(g) el Contratista ha demorado la terminación de las Obras por el número de días para el cual se puede pagar el monto máximo por concepto de multas por retraso en la

entrega de las obras, según lo estipulado en los documentos.

(h) El grave o reiterado incumplimiento de las cláusulas convenidas.

No obstante lo anterior, el Contratante podrá terminar el Contrato en cualquier momento por motivos de interés público o las circunstancias imprevistas calificadas como caso fortuito o

fuerza mayor, sobrevivientes a la celebración del Contrato, que imposibiliten o agraven desproporcionadamente su ejecución.

El contrato también podrá ser terminado por el mutuo acuerdo de las partes.

Si el Contrato fuere terminado, el Contratista deberá suspender los trabajos inmediatamente,

disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y retirarse del lugar tan

pronto como sea razonablemente posible.

49

50

IX. PLIEGO DE CONDICIONES Y DISPOSICIONES

ESPECIALES DEL CONTRATO

51

IX. PLIEGO DE CONDICIONES Y DISPOSICIONES ESPECIALES

REPÚBLICA DE HONDURAS

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS

El nombre del proyecto:

PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO TIPO WHITE TOPPING SÉPTIMA AVENIDA

SURESTE, TRAMO COMPRENDIDO ENTRE PRIMERA CALLE Y HOSPITAL EL PROGRESO,

CON UNA LONGITUD DE 2.24 KM, LOCALIZADO EN LA CIUDAD DE EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO.

Estas Condiciones y Disposiciones Especiales serán aplicables a todo trabajo ejecutado bajo el Contrato

por el Contratista, con su propia organización y con la ayuda de trabajadores bajo su inmediata superintendencia, y también a todo trabajo ejecutado bajo el Contrato, a suma global o mediante sub-

contrato.

9.1 INTERPRETACIÓN DEL PRESUPUESTO TOTAL DE CANTIDADES

Se refiere al presupuesto Total ofertado y debidamente establecido en el momento de adjudicación, el cual será base para la cancelación mensual de las estimaciones según el

cronograma de avance de obras y la ejecución de las mismas.

9.2 SALUD Y SEGURIDAD PERSONAL

1. El personal que labora en las diferentes etapas del proyecto deberá disponer de agua para

consumo humano que cumpla con la cantidad establecida en la norma técnica nacional para la

calidad del agua potable (decreto No.084 del 31 de julio de 1995) publicado en la gaceta, el 14 de

octubre de 1995.

2. El proyecto garantiza el cumplimiento de la normativa del código de salud y del código de trabajo

y reglamento en lo que compete.

3. El proponente del proyecto deberá proporcionar a sus empleados durante la etapa de

construcción del equipo de protección necesario de acuerdo a las actividades a realizar, como ser:

a) Cascos

b) Botas de hule

c) Protectores visuales y auditivos.

d) Guantes

e) Protectores auditivos

f) Mascarilla contra el polvo

52

4. En la etapa de construcción se deberá contar con un botiquín debidamente equipado para

atender emergencias y brindar primeros auxilios.

Finalización de obras: el contratista está obligado a entregar las obras completamente acabadas,

con todas las obras de protección para reducir o eliminar riesgos a los usuarios de la vía.

Las coberturas mínimas de seguros y los deducibles serán: para lesiones personales o muerte

(a) de los empleados del Contratante: El contratista suscribirá un Seguro de Responsabilidad civil

que comprenderá los daños corporales y materiales que puedan ser provocados a terceros como consecuencia de la realización de los trabajos, así como los plazos de garantía.

La póliza de seguros debe especificar que el personal del contratante, el director de obra así,

como el de otras empresas que se encuentran en la obra, se considerar como terceros a efectos de este Seguro de Responsabilidad Civil.

(b) Seguros contra accidentes de trabajo:

El contratista suscribirá todos los seguros necesarios para cubrir accidentes de trabajo requeridos por la reglamentación vigente. El contratista será responsables que sus

subcontratistas también cumplan con esta obligación. El contratista mantendrá indemne al

contratante y al director de obra frente a todos los recursos que el personal del contratista y el de sus Subcontratistas pudieran ejercer en ese sentido.

9.3 IMPACTO AMBIENTAL

EL botadero del material o depósito para los materiales excedentes deberá de estar definido previo al inicio de las obras. Se debe de contar con los permisos respectivos para la utilización del botadero. Queda

a disposición del contratista, la deposición o uso del material resultante de cualquier actividad relacionada con el fresado, previa notificación y aprobación del contratante.

9.4 IMPACTO DEL TRÁFICO EN LA EJECUCIÓN

La compañía debe de contar con el personal, material necesario (conos, señalizaciones, rótulos) para poder agilizar el flujo del tráfico en los diferentes tramos al momento de la ejecución de la obra. Si fuere

necesario cerrar completamente un carril, la compañía constructora estará obligado a señalizar, así como

de dirigir el flujo adecuado del tráfico para evitar que existan embotellamientos excesivos.

9.5 CONTROL DE PLAZOS

El Contratista presentará un Plan de Implementación de los Trabajos para aprobación de la Dirección

General de Carreteras dentro de los diez (10) días a partir de la fecha de la firma del Contrato. La multa por atraso ejecutorio será del diez por ciento (10%) del valor atrasado en obras de acuerdo

al Programa de Trabajo aprobado.

9.6 CONTROL DE CALIDAD El Período de Responsabilidad por Defectos es de dos (2) años calendario, contados a partir de la

fecha de recepción definitiva de las obras.

53

9.7 CONTROL DE COSTOS

El plazo establecido por el Contratante para pagar al Contratista el monto del contrato certificado por

el Supervisor es de Treinta (30) días siguientes a la fecha de firma por la Dirección General de

Carreteras.

En caso de no iniciar los trabajos en la fecha señalada, el Contratista pagará al Gobierno un cero

dieciocho por ciento (0.18%) sobre el monto del contrato por cada día que se tarde en dar comienzo a los trabajos.-

El Contratante pagará un anticipo del quince por ciento (15%) del Precio total del Monto del Contrato mismo que será entregado previa entrega de la garantía correspondiente. Su pago se gestionará una

vez que el Contratante emita la Orden de Inicio de los trabajos de construcción de las obras, por lo

que la fecha de inicio de los trabajos no estará supeditada al pago del anticipo, debiendo el Contratista contar con recursos suficientes para financiar el precio de los trabajos iníciales de construcción

mientras se hace efectivo el anticipo al que tiene derecho.

El monto y la vigencia de la Garantía de Cumplimiento es del quince (15%) del precio del contrato, con

vigencia hasta de tres (3) meses después de la fecha programada para la finalización de las obras.

9.8 FINALIZACIÓN DEL CONTRATO

El Contratista entregará a la Dirección General de Carreteras los planos detallando el alineamiento horizontal de la carretera con su respectivo inicio y final del proyecto ejecutado, identificando las obras

ejecutadas y su respectiva señalización del proyecto, debidamente firmados y sellados en tamaño Tabloide, la entrega se efectuará a más tardar diez (10) días después de recepcionada definitivamente

la obra por parte del Contratante. La no presentación de los mismos en la fecha establecida se le

retendrá una multa de Un Mil Lempiras (LPS. 1,000.00) por día.

El porcentaje que se aplicará al valor de las Obras no terminadas es Un Cero Punto Dieciocho por ciento (0.18%) del valor del monto del contrato.

9.09 ASPECTOS AMBIENTALES

Aspectos ambientales para el cumplimiento del componente de Construcción de las Obras, entre los objetivos esta:

a. Garantizar que los proyectos relacionados con infraestructura vial carreteras, logren cumplir con las medidas ambientales y sociales establecidas en el contrato de medidas de mitigación

establecidas por SERNA-Mi Ambiente y en complemento de las demás leyes nacionales y las políticas de organismos multilaterales en lo que a temas ambientales y sociales que se refiere.

b. Utilizar las normas ambientales y sociales a la vanguardia en la aplicación de las mejores prácticas ambientales.

c. Establecer mecanismos para vigilar y verificar que las empresas contratistas y supervisoras

sigan el fiel cumplimiento de los requisitos establecidos en los contratos y otras obligaciones ambientales. La constructora deberá asumir los costos de viáticos y combustibles para que el

personal de la Unidad Ambiental pueda realizar las inspecciones ambientales y sociales trimestrales.

d. Establecer normas ambientales y sociales para la prevención, minimización, prevención,

compensación o mitigación de impactos negativos como consecuencia de la construcción de proyectos que encajan dentro de la categoría I, II, III, según lo establece la Tabla de

Categorización de la SERNA-Mi Ambiente.

54

Las empresas constructoras deberán cumplir con las siguientes cláusulas y las empresas consultoras supervisoras deberán vigilar porque las mismas sean cumplidas a su cabalidad:

1. El Contratista deberá cumplir con todas las autorizaciones pertinentes de los gobiernos locales y regionales referente además con todo lo relacionado en cuanto a leyes ambientales y

sociales que conciernen. 2. El contratista deberá contratar a un consultor o empresa debidamente certificada por SERNA-

Mi Ambiente como prestador de servicios ambientales para realizar los estudios ambientales necesarios para obtener la autorización ambiental de la SERNA-Mi Ambiente en coordinación

con la unidad ambiental de INSEP.

3. El Contratista será el responsable en todo momento durante la vigencia del contrato que nadie sufra daños o inconvenientes derivados del ruido, vibraciones, polvo u otros procesos

derivados de las obras del contrato. 4. De ser imprescindible la tala de vegetación arbórea en el área donde se realiza la obra, la

constructora solicitará al representante del Instituto de Conservación Forestal (ICF) o las

Unidades Ambientales de las alcaldías (s) del proyecto, respectivamente la autorización correspondiente.

5. El Contratista deberá ejercer la diligencia debida y la responsabilidad de reducir al mínimo los daños a la vegetación, suelo, agua, aire y especies animales se garantizando de que no se

vierta sustancias contaminantes en la tierra o en el aire o cualquier cuerpo de agua. En particular, el Contratista no permitirá la fuga de hidrocarburos al suelo durante una operación

y todas las fugas que se generen deberán ser recogidas en bandejas de drenaje. Debe

establecerse en el campamento un área de taller provista de un piso impermeable para impedir el derrame de aceites, lubricantes u otras sustancias en el suelo y mantenimiento de la

maquinaria. 6. Se almacenará todos los productos derivados del petróleo, lejos de cualquier cuerpo de agua.

Deberá poseer un dique de contención de perfecta impermeabilización en las paredes y suelo,

en los sitios de almacenamiento de 2 m3 (500 galones a granel) o mayores, para casos de fuga o derrame. Una merma y adecuado material absorbente se colocará sobre el terreno en

todos los productos derivados del petróleo. Su capacidad debe ser como mínimo el 110% del volumen del tanque más grande o el 30% de la suma del volumen de todos los tanques ahí

incluidos.

7. El Contratista deberá mantener todas las válvulas, grifos, etc., bombas en los tanques que contienen productos derivados del petróleo garantizando en todo momento en tomar todas las

precauciones razonables, contra la liberación del contenido debido a vandalismo o cualquier accidente que pueda suceder. En ningún caso debe existir conexión directa entre el dique de

contención y el sistema de alcantarillado. 8. La evacuación de las aguas superficiales que se efectuara en un solo punto, deberá poseer las

estructuras hidráulicas necesarias, como ser disipadores de energía, para evitar la erosión

hídrica e inestabilidad de taludes. 9. Se deberán proteger todos los árboles, palmeras, helechos, arbustos y la vegetación por los

daños causados derivadas de las operaciones del contratista. 10. No permitirá que el material que contiene partículas de cemento (hormigón lavado, lavado de

la lechada y el vertido, en bruto cemento, etc.) entre en cualquier cuerpo de agua o sistema

de aguas pluviales en cualquier circunstancia. El lavado de la mezcla de hormigón y camiones de reparto se llevará a cabo fuera del sitio en un lugar para ser seleccionados y organizados

por el Contratista. La ubicación de la misma deberá ser aprobada por el Supervisor. 11. Se deberá asegurar que los sedimentos procedentes de las obras del contrato no puedan ser

erosionados y / o transportados a flujos de agua. Esto puede requerir la instalación de controles de erosión y sedimentos estos controles se mantendrán y permanecerán en vigor

hasta la finalización del contrato de obras. Todos los desperdicios que resulten de la

55

construcción de la obra, escombros de concreto, tuberías, latas etc. deberán depositarse en áreas de relleno adecuados y aprobados por la Alcaldía (s) del área del proyecto.

12. No permitirá la entrada o vertido de materias sólidas, contaminantes, residuos, aceites,

cemento, lodo de perforación, los residuos sanitarios, aceites industriales y otros contaminantes en las aguas que fluyen en seco o cursos de agua, sistemas de drenaje de

aguas pluviales o las fuentes de agua subterránea. 13. El Contratista se asegurara de ajustar compresores, instrumentos de percusión y otras

máquinas ruidosas con silenciadores eficaces de un tipo recomendado por el fabricante. 14. El Contratista deberá presentar una relación detallada de medidas de seguridad, específica

para el Contrato de Obras. Las medidas de seguridad deberá identificar todos los riesgos

asociados con el Contrato de Obras, y presentar los detalles de los métodos propuestos de la eliminación, el aislamiento, o reducir al mínimo los riesgos sus efectos.

15. El Contratista deberá incluir las responsabilidades de la presentación de informes por escrito a la supervisora (en 24 horas) de todos los accidentes y lesiones en el lugar de trabajo durante

la ejecución de las obras del contrato. Además, en caso de muerte, lesiones graves, o un daño

grave se informara de inmediato a la empresa supervisora. 16. El Contratista será responsable de su propia seguridad y velara porque sus acciones u

omisiones no dañaran a terceras personas. El contratista también será responsable de los efectos de la labor en materia de seguridad y salud de sus empleados, sub-contratistas y al

público. En particular, pero sin limitar las obligaciones del Contratista en virtud del presente contrato, el Contratista, en el cumplimiento de la Salud y el Manual de Seguridad de Empleo

del Ministerio de Trabajo. Además deberá proporcionar y mantener unas instalaciones seguras.

17. El contratista no deberá proceder a la extracción de material selecto, material de sub-base, base sin el permiso de la entidad a la que les corresponde su otorgamiento. La selección de los

sitios de extracción deberá ser aprobado por el supervisora de la obra. El contratista no deberá procede a utilizar agua de cursos naturales sin el permiso de la entidad a la que le

corresponde su otorgamiento.

18. El contratista deberá realizar la siembra de árboles nativos de la zona, en secuencia lineal y paralelo al camino, dicha actividad contribuye a la estabilidad y conservación del suelo,

asimismo, evita el arrastre de partículas hacia los cuerpos de agua cercanos. 19. Para el uso de bombas de combustible el contratista deberá cumplir lo establecido en el

reglamento para la instalación y funcionamiento de estaciones y depósitos de combustibles

emitidos por la INSEP. En coordinación con la UGA el contratista deberá obtener el debido permiso extendido por la Dirección de Transporte.

20. El contratista deberá presentar mensualmente informes de cumplimiento de medidas ambientales a la Unidad de Gestión Ambiental de INSEP y según requerimiento de la misma

disponer de los recursos logísticos para realizar las inspecciones necesarias. 21. El Contratista se asegurará que los equipos e instalaciones deberán mantenerse de forma

segura para su respectivo uso.

22. El contratista deberá desarrollar procedimientos para hacer frente a las emergencias que puedan surgir.

23. El contratista está obligado a entregar las obras completamente acabadas, esto incluye la eliminación de rocas que presenten riesgos por desprendimiento y pueda afectar la salud de

los usuarios de la vía. Deberá haber inducido el establecimiento de la vegetación natural y

artificial requerida para la protección de los taludes que hayan sido afectados durante la construcción. Los Bancos de material deberán entregarse de acuerdo a las normas

establecidas por INHGEOMIN., dejando el banco en las condiciones de drenaje, material de vegetación natural, limpieza y cercado necesario.

56

Además, la empresa supervisora podrá dar instrucciones al contratista a poner fin a cualquier operación o actividad hasta el momento en que el sitio es seguro. Alguna instrucción de este tipo

no será una variación ni ser motivo de una solicitud de prórroga del plazo.

Además deberá cumplir con todas las medidas ambientales descritas dentro del Diagnóstico

Ambiental, planes de manejo ambiental, el contrato de medidas ambientales de la SERNA-Mi Ambiente y las normas técnicas para la explotación de bancos de materiales no metálicos aluviales

y no aluviales establecidas por INHGEOMIN.

De igual manera, el contratista deberá ejecutar las actividades necesarias y obligatorias conforme

a la categorización ambiental que corresponda, para ello se deberá avocar a la Unidad de Gestión Ambiental (UGA/INSEP).

57

X. FORMULARIOS

58

X.I FORMULARIO DE FORMA DE OFERTA

59

FORMA DE OFERTA

(Sobre)

REPUBLICA DE HONDURAS

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Nombre y Localización del Proyecto

Fecha de la Invitación: ____________________________________

Departamentos:

_________________________________________________________________________________

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Esta forma deberá ser completada Nombre del Postor (A máquina o en letra de molde) Debidamente por el postor con la

Información requerida y firmada Por el Representante Autorizado de éste.

_____________________________________ Fecha

Al Señor Secretario de Obras Públicas, Transporte y Vivienda

Atención: Señor Director General de Carreteras Secretaría de Infraestructura y

Servicios Públicos. Bo. La Bolsa, Comayagüela, D.C.,

Honduras, C.A.

60

X.II FORMULARIO DE DECLARACIÓN JURADA

61

DECLARACIÓN JURADA

AL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE HONDURAS:

El suscrito Licitante declara:

1. Que las únicas personas o partes interesadas como principales en esta propuesta, son las que aquí se nombran.

2. Que esta propuesta se hace sin colusión con ninguna otra persona, firma o corporación.

3. Que al someter esta propuesta ha examinado cuidadosamente la ubicación del trabajo proyectado, la forma de Contrato propuesta en los documentos anexos.

4. Que se propone y conviene, si esta propuesta es aceptada, en formalizar un Contrato con el Gobierno de la República de Honduras, en la forma expresada en estos documentos.

5. Que ofrece suministrar toda la mano de obra, el equipo, materiales y ejecutar todo el trabajo

estipulado en los documentos de licitación en estricto acuerdo con las especificaciones, planos y demás condiciones contractuales, comprometiéndose a presentar las fianzas requeridas en un

plazo no mayor de diez (10) días hábiles después de haberse suscrito el correspondiente contrato.

6. Que acepta comenzar el trabajo a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes a

la fecha que reciba la Orden de Inicio del trabajo y que lo terminará dentro de los siguientes a la fecha estipulada en la Orden de Inicio.

Además, el suscrito acepta que por cada día calendario que el trabajo no haya sido terminado después del tiempo especificado, le sea deducida de su pago la multa estipulada de acuerdo a la

Ley de Contratación.

7. Que aceptará como pago completo por todos los trabajos autorizados y ejecutados de

conformidad con los términos contractuales.

62

X.III FORMULARIO DE GARANTÍAS

63

X.III.I FORMULARIO DE GARANTÍA DE OFERTA

64

XI.III.I FORMULARIO DE GARANTÍA DE LA OFERTA

Fecha: _____________________________

Adjunto sírvase encontrar una Garantía de la Oferta, la cual consiste en por la cantidad de ________________________________________________ Pagadera a la Secretaría de Infraestructura y

Servicios Públicos y que cubre la Tabla de Cantidades y Precios Unitarios correspondientes al proyecto: __________________________________________________

INDIVIDUAL:

______________________________ ______________________________

(Nombre del Contratista) (Dirección)

SOCIEDAD O CONSORCIO (Nombre y Dirección de los socios)

__________________________ _______________________________

(Nombre del Socio) (Dirección)

___________________________ ______________________________ (Nombre del Socio) (Dirección)

__________________________ ________________________________

(Nombre del Socio) (Dirección)

______________________ _______________________________ (Nombre del Socio) (Dirección)

65

SOCIEDAD ANONIMA:

_____________________________________________________________________

(Nombre de la Empresa)

(Dirección)

________________________________ _____________________________

(Nombre Oficial) (Dirección)

_______________________________ _______________________________

(Nombre Oficial) (Dirección)

________________________________ _____________________________

(Nombre Oficial) (Dirección)

________________________________ _____________________________

(Nombre Oficial) (Dirección)

________________________________ ____________________________ Por Título

66

X.III.II FORMATO DE CAUCIÓN DE FIEL

CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

67

Garantía de Cumplimiento

FORMATO GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

ASEGURADORA / BANCO

GARANTÍA / FIANZA

DE CUMPLIMIENTO Nº: _____________________________________

FECHA DE EMISIÓN: _____________________________________

AFIANZADO/GARANTIZADO: ____________________________________________

DIRECCION Y TELEFONO: ____________________________________________

Fianza / Garantía a favor de ______________________________________, para garantizar que el

Afianzado/Garantizado, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, CUMPLIRA cada uno

de los términos, cláusulas, responsabilidades y obligaciones estipuladas en el contrato firmado al efecto entre el

Afianzado/Garantizado y el Beneficiario, para la Ejecución del Proyecto: “______________________” ubicado

en _____________________________________.

SUMA

AFIANZADA/ GARANTIZADA: __________________________

VIGENCIA De: _____________________ Hasta: ___________________

BENEFICIARIO: __________________________

CLAUSULA OBLIGATORIA: LA PRESENTE GARANTIA SERA EJECUTADA POR EL VALOR

RESULTANTE DE LA LIQUIDACION EN EL AVANCE DE LA OBRA, A SIMPLE REQUERIMIENTO

DEL BENEFICIARIO. ACOMPAÑADA DE UNA RESOLUCION FIRME DE INCUMPLIMIENTO, SIN

NINGUN OTRO REQUISITO.

Las garantías o fianzas emitidas a favor del BENEFICIARIO serán solidarias, incondicionales, irrevocables y

de realización automática y no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten la cláusula obligatoria.

En fe de lo cual, se emite la presente Fianza/Garantía, en la ciudad de _____, Municipio de ______, a los

_______ del mes de _______ del año _____________.

FIRMA AUTORIZADA

68

X.III.III FORMATO DE GARANTÍA POR ANTICIPO

69

Garantía por Pago de Anticipo

FORMATO GARANTIA POR ANTICIPO

ASEGURADORA / BANCO

GARANTIA / FIANZA

DE ANTICIPO Nº: _____________________________________

FECHA DE EMISION: _____________________________________

AFIANZADO/GARANTIZADO: ___________________________________________

DIRECCION Y TELEFONO: ___________________________________________

Fianza / Garantía a favor de ______________________________________, para garantizar que el

Afianzado/Garantizado, invertirá el monto del ANTICIPO recibido del Beneficiario, de conformidad con los

términos del contrato firmado al efecto entre el Afianzado y el Beneficiario, para la Ejecución del Proyecto:

“______________________” ubicado en _____________________________________. Dicho contrato en lo

procedente se considerará como parte de la presente póliza.

SUMA

AFIANZADA/ GARANTIZADA: __________________________

VIGENCIA De: _____________________ Hasta: ___________________

BENEFICIARIO: __________________________

CLAUSULA OBLIGATORIA: LA PRESENTE GARANTIA SERA EJECUTADA POR EL VALOR

RESULTANTE DE LA LIQUIDACION DE ANTICIPO, A SIMPLE REQUERIMIENTO DEL

BENEFICIARIO. ACOMPAÑADA DE UNA RESOLUCION FIRME DE INCUMPLIMIENTO, SIN

NINGUN OTRO REQUISITO.

Las garantías o fianzas emitidas a favor del BENEFICIARIO serán solidarias, incondicionales, irrevocables y

de realización automática y no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten la cláusula obligatoria.

En fe de lo cual, se emite la presente Fianza/Garantía, en la ciudad de _____- Municipio de _____, a los

_______ del mes de _______ del año _____________.

FIRMA AUTORIZADA

70

XI.III.IV FORMATO DE GARANTÍA DE CALIDAD

71

Garantía de Calidad

FORMATO GARANTIA DE CALIDAD

ASEGURADORA / BANCO

GARANTIA / FIANZA

DE CALIDAD: _____________________________________

FECHA DE EMISION: _____________________________________

AFIANZADO/GARANTIZADO: _____________________________________________

DIRECCION Y TELEFONO: _____________________________________________

Fianza / Garantía a favor de ______________________________________, para garantizar la calidad DE

OBRA del Proyecto: “______________________” ubicado en _____________________________________.

Construido/entregado por el Afianzado/Garantizado ______________________________________________.

SUMA

AFIANZADA/ GARANTIZADA: __________________________

VIGENCIA De: _____________________ Hasta: ___________________

BENEFICIARIO: __________________________

CLAUSULA OBLIGATORIA: “LA PRESENTE GARANTIA SERA EJECUTADA POR EL VALOR

RESULTANTE DE LA LIQUIDACION DE CALIDAD, A SIMPLE REQUERIMIENTO DEL

(BENEFICIARIO) ACOMPAÑADA DE UNA RESOLUCION FIRME DE INCUMPLIMIENTO

CONFORME A LEY, SIN NINGUN OTRO REQUISITO.

Las garantías o fianzas emitidas a favor del BENEFICIARIO serán solidarias, incondicionales, irrevocables y

de realización automática y no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten la cláusula obligatoria.

En fe de lo cual, se emite la presente Fianza/Garantía, en la ciudad de _______, Municipio ________, a los

_______ del mes de _______ del año _____________.

FIRMA AUTORIZADA

72

X.III.V FORMATO DE GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA

73

Garantía de Mantenimiento de la Oferta

FORMATO GARANTÍA MANTENIMIENTO DE OFERTA

NOMBRE DE ASEGURADORA / BANCO

GARANTIA / FIANZA

DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Nº: _____________________________________

FECHA DE EMISION: _______________________________________

AFIANZADO/GARANTIZADO: ________________________________________

DIRECCION Y TELEFONO: ____________________________________________

Fianza / Garantía a favor de ______________________________________, para garantizar que el

Afianzado/Garantizado, mantendrá la OFERTA, presentada en la licitación

__________________________________________ para la Ejecución del Proyecto:

“______________________” ubicado en _____________________________________.

SUMA AFIANZADA/GARANTIZADA: __________________________

VIGENCIA De: _____________________ Hasta: ___________________

BENEFICIARIO: __________________________

CLAUSULA OBLIGATORIA: LA PRESENTE GARANTIA SERA EJECUTADA POR EL VALOR

TOTAL DE LA MISMA, A SIMPLE REQUERIMIENTO DEL (BENEFICIARIO) ACOMPAÑADA DE

UNA RESOLUCION FIRME DE INCUMPLIMIENTO, SIN NINGUN OTRO REQUISITO.

Las garantías o fianzas emitidas a favor del BENEFICIARIO serán solidarias, incondicionales, irrevocables y

de realización automática y no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten la cláusula obligatoria.

Se entenderá por los incumplimientos el Afianzado/Garantizado:

1. Retira su oferta durante el período de validez de la misma.

2. No acepta la corrección de los errores (si los hubiere) del Precio de la Oferta.

3. Si después de haber sido notificado de la aceptación de su Oferta por el Contratante

durante el período de validez de la misma, no firma o rehúsa firmar el Contrato, o se

rehúsa a presentar la Garantía de Cumplimiento.

4. Cualquier otra condición estipulada en el pliego de condiciones.

En fe de lo cual, se emite la presente Fianza/Garantía, en la ciudad de __________, Municipio de _______, a

los _______ del mes de _______ del año _____________.

FIRMA AUTORIZADA

74

XI. MODELO DE CONTRATO

75

CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO: PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO TIPO WHITE TOPPING SÉPTIMA AVENIDA

SURESTE, TRAMO COMPRENDIDO ENTRE PRIMERA CALLE Y HOSPITAL EL PROGRESO,

CON UNA LONGITUD DE 2.24 KM, LOCALIZADO EN LA CIUDAD DE EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO

Nosotros,ROBERTO ORDOÑEZ WOLFOVICH, hondureño, mayor de edad, casado, Ingeniero Civil,

con Tarjeta de Identidad No. y de este domicilio, actuando en mi condición de Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), nombrado mediante Acuerdo No.

XXX-2016 del XX de XXXX de 2016, y que en adelante se llamará LA SECRETARIAy EL

CONTRATISTA, de nacionalidad hondureña, mayor de edad, Ingeniero Civil, con tarjeta de identidad No., Registro Tributario Nacional No., debidamente autorizado para firmar en nombre y Representación

de la empresa constructora, hemos convenido en suscribir el presente CONTRATO DE CONSTRUCCION DEL PROYECTO: PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO TIPO WHITE TOPPING

SÉPTIMA AVENIDA SURESTE, TRAMO COMPRENDIDO ENTRE PRIMERA CALLE Y

HOSPITAL EL PROGRESO, CON UNA LONGITUD DE 2.24 KM, LOCALIZADO EN LA CIUDAD DE EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO, de conformidad con las estipulaciones siguientes:

CLÁUSULA I: DEFINICIONES:

En este Contrato las palabras y expresiones tendrán el mismo significado que se le ha asignado

respectivamente en las Condiciones Generales y Especiales del Documento de Licitación a las que se

hace referencia en adelante y las mismas se considerarán parte de este Contrato y se leerán y se interpretarán parte del mismo:

1. GOBIERNO: El Gobierno de la República de Honduras (Poder

EJECUTIVO), quien actuará por intermedio de la

Secretaría.

2. SECRETARÍA: La Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) de la República de Honduras.

3. DIRECCIÓN: La Dirección General de Carreteras, dependiente de la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos.

4. UNIDAD EJECUTORA: Unidad de Proyectos Especiales (UPE).

5. FINANCIAMIENTO: Fondos propios del Gobierno de Honduras.

6. CONTRATISTA: Empresa Constructora. .

7. SUPERVISIÓN O SUPERVISOR: La Firma Consultora contratada para la supervisión del

proyecto, denominada en algunos documentos como el

INGENIERO.

8. INGENIERO COORDINADOR: Funcionario de enlace de parte de la Dirección General de Carreteras, encargado de coordinar las acciones que

se susciten entre el Contratista, el Supervisor y el Gobierno.

76

9. SUPERINTENDENTE: El Ingeniero Civil debidamente colegiado solvente con el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras, (CICH) y

aprobado por la Dirección que actuará como Ingeniero

Residente del proyecto por parte del contratista.

10. PROYECTO: CONSTRUCCION DEL PROYECTO: PAVIMENTO CON

CONCRETO HIDRÁULICO TIPO WHITE TOPPING SÉPTIMA AVENIDA SURESTE, TRAMO COMPRENDIDO ENTRE PRIMERA CALLE Y HOSPITAL EL PROGRESO, CON UNA LONGITUD DE 2.24 KM, LOCALIZADO EN LA CIUDAD DE EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO.

CLÁUSULA II: TRABAJO REQUERIDO:

El Contratista con elementos suficientes para suministrar por su cuenta y riesgo, se obliga a la

Construcción para el Gobierno, trabajando en forma simultánea, de:PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO TIPO WHITE TOPPING SÉPTIMA AVENIDA SURESTE, TRAMO

COMPRENDIDO ENTRE PRIMERA CALLE Y HOSPITAL EL PROGRESO, CON UNA LONGITUD DE 2.24 KM, LOCALIZADO EN LA CIUDAD DE EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO,

de conformidad con las Especificaciones, Disposiciones Especiales y lo estipulado en el Documento de

Licitación, así como a subsanar cualquier defecto de las mismas de conformidad con las Disposiciones del Documento de Licitación.

CLÁUSULA III: ORDEN DE INICIO Y PLAZO

El Contratista iniciará los Trabajos en la Fecha notificada en la Orden de Inicio emitida por el Contratante, y deberá ejecutarlos en el plazo estipulado en el Documento de Licitación y de acuerdo con

el Programa de Trabajo. a. Orden de Inicio: Las partes acuerdan que la Orden de Inicio podrá ser librada por la Dirección

General de Carreteras dentro de los quince (15) días a partir de la fecha de la entrega del anticipo siempre y cuando sea presentada anteriormente a la fecha del pago del anticipo la

Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato por parte del Contratista y la garantía del anticipo a

recibir

b. Plazo: El Contratista deberá iniciar los trabajos a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de la Orden de Inicio emitida por la Dirección y se compromete y obliga a

terminar la ejecución simultánea de las obras contratada dentro de un plazo de Cuatro (04)

MESES contados a partir de la fecha de la Orden de Inicio y estará sujeto a extensiones autorizadas por el Gobierno, de acuerdo a las Especificaciones y Disposiciones Especiales o por

causa de fuerza mayor. Cuando el plazo de ejecución se modificase por aumento en las cantidades de obra del proyecto, el plazo incrementado estará de acuerdo a un estudio que para

tal fin se hará del programa de trabajo, y la ampliación en plazo no podrá ser mayor al aumento

proporcional en monto.

CLÁUSULA IV: PRECIOS DEL CONTRATO:

El Gobierno pagará al Contratista por las obras objeto de este Contrato, ejecutadas satisfactoriamente y

aceptadas por el Gobierno y aplicadas a las cantidades de obra como aproximadas y sujetas a las

variaciones establecidas en el Pliego de Condiciones y Disposiciones Especiales, de conformidad con el cuadro de cantidades estimadas y precios unitarios siguientes:

77

PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO TIPO WHITE TOPPING SÉPTIMA AVENIDA

SURESTE, TRAMO COMPRENDIDO ENTRE PRIMERA CALLE Y HOSPITAL EL PROGRESO; Y PAVIMENTOS VARIOS CON CONCRETO HIDRÁULICO LOCALIZADOS EN LA CIUDAD DE EL

PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO.

CANTIDADES DE OBRA

CANTIDADES DE OBRA PROYECTO: PAVIMENTOS VARIOS CON CONCRETO HIDRÁULICO

LOCALIZADOS EN LA CIUDAD DE EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO

No. DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD PRECIO UNITARIO

(Lps.) TOTAL (Lps.)

COSTO TOTAL DEL PROYECTO

Nota: mediante addendum, se estarán definiendo las ubicaciones de los pavimentos varios con sus respectivas cantidades de obra.

No. DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD PRECIO UNITARIO

(Lps.)

TOTAL

(Lps.)

1 PAVIMENTO

1.1 Excavación de baches m³ 134.32

1.2 Sub Base Granular de río m³ 315.00

1.3 Bacheo con concreto asfáltico en caliente con AC 20 al 6% e= 5 cm. Ton 313.50

1.4 Concreto Hidráulico MR=600, losas cortas de e=12 cm m³ 2,256.38

1.5 Bordillo de confinamiento lateral de 15 x 35 cm, f'c = 3,000 psi m 4,516.00

2 RECONSTRUCCIONES

2.1 Reconstrucción de Coronas de Pozos Unidad 18.00

2.2 Reconstrucción de Coronas de Canales Transversales m 16.50

3 SEÑALIZACIÓN VIAL

3.1 Línea discontinua color amarillo, centro de la Calle m 785.00

3.2 Línea continua color Amarillo, centro de la calle entre Est. 0+200 - Est. 0+400 m 200.00

3.3 Línea continua color blanco, en las orillas de la calle m 1,570.00

3.4 Vialetras doble cara, color amarillas Unidad 187.00

3.5 Cruces peatonales, piezas de 40 x 200 cm. intercaladas m 128.00

4 ADMINISTRACIÓN DELEGADA 10% Global 1.00

CANTIDADES DE OBRA PROYECTO: PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO TIPO WHITE

TOPPING SÉPTIMA AVENIDA SURESTE,

TRAMO COMPRENDIDO ENTRE PRIMERA CALLE Y HOSPITAL EL PROGRESO.

78

Los pagos al Contratista se harán con los fondos que para tal fin sean asignados por el Congreso

Nacional anualmente en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República.

Es entendido y convenido por ambas partes que, no obstante el monto y el plazo del contrato, el

compromiso del Gobierno durante el año 2016, se limita a la cantidad que aparece en la asignación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos a que se refiere la cláusula XXIV del mismo (ASIGNACION

PRESUPUESTARIA ), y que la ejecución y pago de la obra correspondiente a los años subsiguientes queda condicionada a que el Congreso Nacional apruebe en el Presupuesto de dichos años los fondos

correspondientes, según Artículo 15 de la Ley Orgánica del Presupuesto, La no aprobación de estos

fondos por el Congreso Nacional dará derecho a la resolución del contrato sin responsabilidad para las partes.

CLÁUSULA V: MONTO DEL CONTRATO:

El monto total de este Contrato se ha estimado en la suma de LEMPIRAS (LPS.). Queda convenido

que el pago de la cantidades mencionada se hará en Lempiras, moneda oficial de la República de Hondurasmediante estimaciones de pago mensuales.

CLÁUSULA VI: DOCUMENTOS ANEXOS DEL CONTRATO:

El Contratista se obliga a efectuar las obras objetos de este Contrato, de acuerdo con los siguientes

documentos anexos que quedan incorporados a este Contrato y forman parte integral del mismo, tal

como si estuvieran individualmente escritos en él:

1. Cualquier suplemento de este contrato. 2. El Documento de Licitación del Proyecto y sus Anexos.

3. Addendum a los Documentos de Licitación.

4. Invitación a Licitación. 5. Pliego de Instrucciones a los Postores.

6. La Oferta. 7. Declaración Jurada.

8. Constancia de Precalificación presentado por el o los contratistas. 9. Garantías o Fianzas de Fiel Cumplimiento de Contrato y Contra Trabajos Defectuosos.

10. Pliego de Condiciones Generales.

11. Pliego de Condiciones y Disposiciones Especiales. 12. Las últimas Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras y Puentes de la

Dirección General de Carreteras. 13. La Orden de Inicio.

CLÁUSULA VII: SUPERVISIÓN DEL PROYECTO:

a. El Gobierno supervisará la ejecución de este proyecto por medio de la persona o firma consultora que se contrate al efecto, la cual se hará del conocimiento del Contratista.

b. La Dirección velará porque la ejecución de la obra se realice de acuerdo con los documentos

contractuales y para tal efecto y sin necesidad de hacerlo del conocimiento del Contratista,

podrá efectuar cuantas inspecciones considere conveniente; dicha inspección también podrá ser efectuada por la Secretaría, o cualquier otra Institución Gubernamental y el Contratista se verá

79

obligado a dar las facilidades necesarias para la inspección y facilitará o hará que se facilite el libre acceso en todo tiempo a los lugares donde se prepare, fabriquen o manufacturen todos los

materiales y donde la construcción de la obra esté efectuándose; asimismo, proveerá la

información y asistencia necesaria para que se efectúe una inspección detallada y completa.

CLÁUSULA VIII: SEGUROS:

El Contratista deberá mantener los seguros requeridos por esta cláusula y exigirá que los Sub-Contratistas lo hagan en los trabajos que en su caso sub-contraten.

a. Seguros por Accidente de Trabajo: El Contratista proporcionará y mantendrá seguros por accidentes de trabajo para todas las personas que se empleen bajo este contrato.

El contratista acuerda incluir las estipulaciones de este párrafo en todos los Sub-Contratos

que suscriba. Será responsabilidad del contratista cerciorarse de que los empleados de

cualquier Sub-Contratista estén amparados como se estipula en este literal de igual forma que los empleados del Contratista.

b. Seguros que cubran Daños a Terceros: El contratista proporcionará y mantendrá seguros

para garantizar el pago por daños a terceros que pudiesen ocasionarse en virtud de la ejecución del proyecto.

El Gobierno no efectuará reconocimiento alguno por pagos de seguros y no será responsable por accidentes de trabajo o daños a terceros, siendo absolutamente responsabilidad del Contratista.

CLÁUSULA IX: CAUCIONES:

1. El Contratista queda obligado a rendir las cauciones siguientes:

a. Caución de fiel cumplimiento de contrato, por una suma de quince por ciento (15%) del monto del Contrato y con una duración igual al respectivo plazo de diseño y construcción más

tres (3) meses.

b. Caución contra trabajos defectuosos, para garantizar el reemplazo de todo el trabajo o

material defectuoso que resultara dentro de un período de dos (02) años, después de la recepción final de la obra.

El monto de esta caución será por una suma igual al cinco por ciento (5%) del monto

respectivo del Contrato y su duración será por un período igual a dos (02) años, contados a

partir de la recepción final de la obra.

2. Las Cauciones establecidas deberán presentarse en un plazo no mayor de diez (10) días después de haberse suscrito el correspondiente contrato y la caución establecida en el literal b deberá

presentarse a más tardar cinco (5) días después de efectuada la Recepción Final de la obra, de

conformidad con el siguiente procedimiento:

a. Mediante solicitud formal, que el Contratista presentará a la Dirección General de Carreteras de la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos, la aprobación

correspondiente, adjuntando a su escrito el original de dicha caución.

80

3. Las presentes cauciones se harán efectivas al simple requerimiento que haga la SECRETARÍA. Serán nulas todas las cláusulas o condiciones que contravengan esta disposición.

CLÁUSULA X: PERSONAL:

a. El Contratista queda obligado a tener el personal que se requiera para garantizar la correcta ejecución del proyecto y a mantener en la obra el personal técnico necesario, para garantizar la

calidad de la misma. La Dirección podrá solicitar al Contratista el retiro del personal que no demuestre capacidad, eficiencia, buenas costumbres y honradez en el desempeño de su labor y el

Contratista deberá sustituirlo en el término de quince (15) días por personal calificado.

b. El Contratista deberá designar un gerente de proyecto con cinco años de experiencia en obras de naturaleza y magnitud similares a las actuales, incluyendo no menos de tres años como gerente de proyecto.

c. El contratista deberá mantener un Superintendente para la ejecución de las obras de este contrato y

una vez terminadas, durante el tiempo que el Ingeniero lo considere necesario para el debido cumplimiento de las obligaciones del contratista. El Superintendente será un Ingeniero Civil

colegiado y solvente con el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras con cinco años de experiencia

en obras de naturaleza y magnitud similares a las actuales, debiendo permanecer en el proyecto para estar constantemente al frente de las obras y dedicarse a tiempo completo a la

superintendencia del mismo.

CLÁUSULA XI: MULTAS:

a) El Contratista deberá proceder a la firma del contrato a más tardar cinco (5) días después de habérsele comunicado por la Dirección General de Carreteras que su contrato está listo para ser

firmado; por cada día de demora en la firma del contrato se le aplicará una multa de CIENTO CINCUENTA LEMPIRAS (L.150.00) por cada millón o fracción del monto del contrato.

b) El Contratista está obligado a presentar las garantías descritas en la Cláusula IX: CAUCIONES, literal a del contrato a suscribirse, a más tardar diez (10) días después de suscrito el contrato; por

cada día de demora en la presentación de la fianza después del plazo señalado, se le aplicará una multa de CIEN LEMPIRAS (L.100.00) por cada millón o fracción del monto del contrato.

c) El Contratista deberá dar inicio a los trabajos a más tardar dentro de los cinco días posteriores a la

fecha establecida en cada Orden de Inicio; por cada día de demora en el inicio de los trabajos de

diseño o construcción se le aplicará una multa de CIEN LEMPIRAS (L.100.00) por cada millón o fracción del monto del contrato.

d) El Contratista estará obligado a ejecutar los trabajos dentro del plazo estipulado en la Cláusula III:

ORDEN DE INICIO Y PLAZO, del contrato a suscribirse. Cada día de demora en la ejecución y

entrega de la obra, dará derecho al Gobierno a deducir por concepto de multa hasta la debida entrega y recepción de la obra, el Cero Punto Dieciocho por ciento del saldo del monto del

Contrato de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de las Disposiciones Generales de Presupuesto.

e) El Contratista está obligado a mantener un Superintendente colegiado y solvente en el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras para la ejecución de las obras. El incumplimiento de esta

disposición dará lugar a que el Gobierno deduzca en concepto de multa la cantidad de DIEZ MILLEMPIRAS (LPS.10, 000.00) mensual.

81

CLÁUSULA XII: EQUIPO:

El Contratista dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la iniciación del proyecto, deberá remitir a

la Dirección un listado en el que se describa ampliamente el equipo que está utilizando.

Queda convenido que el Contratista deberá mantener el equipo en buenas condiciones de operación, pudiendo retirarlo o reemplazarlo únicamente con el consentimiento escrito de la Dirección.

El equipo que a juicio de la Empresa Supervisora no esté en buenas condiciones de funcionamiento, será notificado por éste a la Dirección. Dicho equipo deberá ser retirado o reemplazado de la obra, para lo

cual será necesario únicamente que la Dirección lo ordene mediante nota y su reemplazo deberá

efectuarse dentro de los quince (15) días calendario después de recibida la nota.

CLÁUSULA XIII: OTRAS OBLIGACIONES:

Este Contrato está sometido a las leyes de la República de Honduras, y en consecuencia todo lo relacionado con la ejecución del proyecto estará sometido a dichas leyes.

CLÁUSULA XIV: CONDICIÓN ESPECIAL DE TRABAJO:

Para su conveniencia, el Contratista podrá a su cuenta y riesgo habilitar la zona del derecho de vía para

dar paso al tránsito, previa aprobación del Supervisor y la Dirección.

La longitud y la ubicación de los tramos en que se ejecuten trabajos, así como la operación del pre

acarreo de materiales, será fijada por la Supervisión en base a los materiales, al rendimiento y eficiencia de los equipos y el personal de que disponga el Contratista y en función de la conveniencia constructiva

del proyecto, principalmente en lo que respecta al control de cargas sobre los tramos ya

pavimentados y/o construidos, puentes existentes y demás vías de comunicación fuera de la longitud del proyecto.

El Contratista está obligado a mantener por su cuenta señales permanentes, tanto de día como de

noche para indicar cualquier peligro o dificultad al tránsito.

Estas señales serán aprobadas por el Supervisor y deberán ser suficientemente grandes y claras, para

que los conductores de vehículos las perciban a tiempo.

Además el Contratista colocará por su cuenta con la celeridad que amerita el caso, las señales adicionales que a juicio de la Dirección se requieran para la seguridad de los usuarios y será responsable

por los daños y perjuicios que por su culpa o negligencia o la de sus empleados se causara a personas o

bienes que transiten por el proyecto y que sufrieran accidentes por la falta de señales adecuadas.

CLÁUSULA XV: TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR CONVENIENCIA:

El Gobierno por medio de la Secretaría, a su conveniencia puede en cualquier momento, dar por

terminados los trabajos objeto de este contrato, total o parcialmente, sin más formalidad que una comunicación escrita dirigida al Contratista indicando los motivos de la terminación. Dicha terminación se

efectuará en la forma y de acuerdo con la información que se dé en la comunicación y no perjudicará ningún reclamo anterior que el Gobierno pudiera tener contra el Contratista. Al recibir la mencionada

comunicación, el Contratista inmediatamente descontinuará, a menos que la comunicación especifique lo contrario, todos los trabajos y los pedidos de materiales, facilidades o suministros relacionados con la

parte del Contrato que se ha dado por terminado por conveniencia.

82

CLÁUSULA XVI: CAUSAS DE RESCISIÓN O CANCELACIÓN DEL CONTRATO:

1. El Gobierno podrá sin responsabilidad alguna, dar por terminado el derecho del Contratista para proseguir la ejecución de la obra contratada, por las causas estipuladas en las leyes y además por las

causas siguientes:

a. En caso de evidente negligencia del Contratista en la ejecución de los trabajos, debido a la insuficiente mano de obra, falta de equipo, materiales, o fondos necesarios para cumplir con el

programa de trabajo aprobado en su oportunidad para asegurar la conclusión de la obra en el

plazo establecido en este Contrato. Si ejecuta los trabajos en forma inadecuada, si interrumpe la continuación de la obra o si por otras causas no desarrolla el trabajo en forma aceptable y

diligente.

b. Si el Contratista es declarado en quiebra.

c. Si se le embarga el equipo, maquinaria, fondos, implementos o materiales que se usen en la

obra o cualquier suma que deba pagársele por trabajo ejecutado, si el monto del embargo le impide cumplir con sus obligaciones contractuales.

d. Si dentro del plazo que la Dirección le hubiera fijado, no presentase las cauciones o

ampliaciones de las mismas a que está obligado conforme a este Contrato o a la ley.

e. Si cometiera actos dolosos o culposos en perjuicio del Erario Público o en perjuicio de la

ejecución de los trabajos contratados a juicio y calificación de la Dirección.

f. Si dejara de cumplir con cualquiera de las obligaciones que contrae en este Contrato.

g. Por aplicación de cláusula XV.

h. También es causa de resolución de contrato, la aplicación de lo previsto en el Artículo 68 de las

Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República.

2. Cuando el Contratista incurra en cualquiera de las causas previstas en el numeral que antecede, la

Dirección concederá al Contratista y su fiador el término de Diez (10) días hábiles, para que acompañando las pruebas y documentación pertinentes, expresen lo que estimen procedente en

defensa de sus intereses.

Vencido el término indicado, la Dirección resolverá, teniendo por desvanecido el cargo formulado, o

en su caso proceder por su orden en la forma siguiente:

Rescindir el Contrato y consecuentemente cobrar al fiador el monto total de las cauciones de cumplimiento de Contrato y las cantidades que correspondan de las demás cauciones rendidas por el

Contratista.

3. La rescisión del contrato se efectuará sin más trámite judicial o administrativo, que la emisión de un

Acuerdo del Poder Ejecutivo, excepto cuando a criterio de la Secretaría se considera improcedente tal solicitud, en cuyo caso seguirá el procedimiento reglamentariamente establecido.

83

4. Por la cancelación de los recursos que financien este proyecto o por recorte presupuestario por razón de la situación económica y financiera del país. En estos casos el Contratista solamente tendrá

derecho al pago de las obras ejecutadas a la fecha de recisión o resolución del Contrato.

CLÁUSULA XVII: PROCEDIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE LAS CAUCIONES:

Si este contrato fuere rescindido por incumplimiento del Contratista, el Gobierno podrá realizar las

diligencias que estime necesarias para ingresar a la Hacienda Pública el monto de las cauciones que el Contratista haya rendido para garantizar el fiel cumplimiento del Contrato.

CLÁUSULA XVIII: AMPLIACIÓN DEL PLAZO Y DE LAS CAUCIONES:

1. El plazo de ejecución del presente Contrato, podrá ser ampliado por las siguientes causas:

a. Por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado.

b. Por causas de lluvias que estén evidentemente fuera del régimen normal de precipitación de la

zona.

c. Por el tiempo necesario, si el caso lo justifica para la ejecución de trabajos adicionales en el proyecto que la Dirección haya ordenado, en cuyo caso el plazo adicional será determinado por

mutuo acuerdo entre las partes.

1. Las cauciones deberán ser ampliadas en la forma prevista en la Ley de Contratación del Estado.

CLÁUSULA XIX: PAGOS Y RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS:

El Gobierno revisará antes de efectuar el pago, los certificados mensuales de las cantidades de trabajo

ejecutado, los que serán preparados por El CONTRATISTA y aprobados por EL SUPERVISOR y la DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS, incluyendo los materiales suministrados o almacenados a los

respectivos precios cotizados en la propuesta o bajo convenio suplementario para el caso de obra o

trabajos realizados que no estén incorporados en el Cuadro de Cantidades de Obra Estimadas y Precios Unitarios.

El Gobierno reconocerá al Contratista los aumentos que sufrieran en el mercado los precios de los

siguientes materiales: Cemento, Productos Asfálticos (Cementos, Asfalto AC y Asfaltos Rebajados tipo MC y RC) y Gaviones.

El procedimiento para el cálculo de mayores costos se hará en base a la fórmula que aparece en el Decreto Ejecutivo 242-2009, Acuerdo No.A-003-2010, emitido el 20 de enero del 2010 y las

incorporaciones efectuadas por la Dirección de acuerdo a la facultad que le fuere otorgada en dicho decreto (De surgir modificaciones al Decreto Ejecutivo, se tomarán como las regidoras las

nuevas modificaciones a partir de la vigencia de la misma al ser publicados en el Diario

Oficial “La Gaceta”, Diario Oficial de la República). En anexo El Contratista someterá ante la SECRETARÍA, una lista reciente verificada y firmada de las cotizaciones sobre dichos materiales que

utilizó en la preparación de su oferta, los cuales deberán ser los que racionalmente priven en el mercado.

84

EL CONTRATISTA someterá al GOBIERNO una lista firmada de las cotizaciones sobre dichos materiales, acompañada de las copias de tales cotizaciones que recibió antes de la Licitación y debería incluir en su

propuesta para la ejecución del proyecto.

EL GOBIERNO queda facultado para llevar a cabo las averiguaciones que considere convenientes y

necesarias, a efecto de constatar la veracidad y exactitud de los precios de las cotizaciones que sirven de base a los reclamos del CONTRATISTA, así como los precios de las nuevas cotizaciones. EL

CONTRATISTA no podrá retener la documentación por más de tres (3) meses, sin someterla a la revisión y aprobación por parte del GOBIERNO y a la vez, si este incremento es considerado, se efectuará el

pago en la estimación siguiente, transcurrida este plazo, el CONTRATISTA perderá todo derecho a

reclamo.

La adulteración de los precios de las cotizaciones dará lugar a que el GOBIERNO efectúe los ajustes correspondientes. En las cotizaciones de los materiales se deberá incluir la forma de pago, período de

validez de la cotización y demás condiciones en que el CONTRATISTA adquiera los materiales que se

emplearán en este proyecto.

En caso de producirse una disminución en los precios de dichos materiales, se hará una reducción favorable al Gobierno que se calculará en la misma forma que los aumentos y se rebajará de las

estimaciones mensuales de pago presentadas por el Contratista.

Las cantidades de obra estarán sujetas al respectivo escalamiento de precios, conforme al programa de

trabajo presentado por el contratista y autorizado por la Dirección previo al inicio de la obra.

En tal sentido, en el reconocimiento de mayores costos se emplearán los índices de alza incluidos en el Decreto Ejecutivo 242-2009, Acuerdo No.A-003-2010, emitido el 20 de enero del 2010,

reformado que corresponden al período en que efectivamente el contratista debió ejecutar tales

cantidades de obra de acuerdo al programa de trabajo autorizado.

CLÁUSULA XX: RETENCIONES:

De cada pago que se haga al Contratista en concepto de estimación de obra se le retendrá:

Un quince por ciento (15%) del monto de cada estimación, para recuperar el anticipo en la misma moneda en que fue suministrado; de la estimación final, se deducirá cualquier saldo pendiente de

recuperación del anticipo, según Artículo 105 de la Ley de Contratación del Estado.

CLÁUSULA XXI: DEVOLUCIÓN DE CAUCIONES:

La Dirección podrá autorizar la devolución de las cauciones en la forma siguiente:

1. La Caución por Fiel Cumplimiento de Contrato, después de haberse emitido la

correspondiente Acta de Recepción del Proyecto.

CLÁUSULA XXII: SOLUCIONES DE CONTROVERSIAS:

1. Cualquier divergencia que se presente sobre un asunto que no se resuelva mediante un arreglo

con la Dirección o su representante, deberá ser resuelto por la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos, quien previo estudio del caso dictará su resolución y la comunicará al

reclamante.

85

La resolución de la Secretaría tendrá carácter definitivo dentro de la vía administrativa.

2. Contra la resolución de la Secretaría quedará expedita la vía judicial ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo.

CLAUSULA XXIII: MEDIO AMBIENTE: El Contratista deberá tomar absolutamente todas las prevenciones del caso de acuerdo a la sección 9.7

Aspectos Ambientales del Pliego de Condiciones y Disposiciones Especiales del Documento de Licitación.

El titular presentará ante la SERNA-Mi Ambiente y a la Unidad Municipal Ambiental (UMA) de la Municipalidad respectiva, informes de cumplimiento de medidas ambientales (ICMA) de carácter

semestral que demuestren el cumplimiento de las medidas de control ambiental exigidas por la SERNA-

Mi Ambiente. Su elaboración se realizara conforme a lo establecido en la forma DECA- 019(contenido básico para la elaboración de los ICMA).

CLÁUSULA XXIV: INSPECCIÓN FINAL Y RECEPCIÓN:

1. INSPECCIÓN FINAL El Contratista deberá dar aviso por escrito a la Dirección y a la Supervisión cuando la obra esté

terminada, ésta hará una inspección de la misma y si los trabajos estuvieran ejecutados a su satisfacción, rendirá un informe pormenorizado a la Dirección dentro de los cinco (5) días después

de cada inspección final.

2. RECEPCIÓN:

La Dirección después de haber recibido el informe de la Supervisión procederá a nombrar la Comisión para la Recepción Final de la obra, la cual emitirá el Acta de Recepción Final

correspondiente.

CLÁUSULA XXV: CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:

Una vez que se hayan concluido las obras objeto de este Contrato, que el Gobierno haya verificado la

Inspección Final y aceptado la obra, que todos los documentos requeridos por este Contrato hayan sido presentados por el Contratista y aceptados por el Gobierno, que el Certificado Final haya sido pagado,

que la Cauciones Contra Trabajos Defectuosos hayan sido presentadas y que el Contratista haya dado

cumplimiento a entera satisfacción del Gobierno a las demás condiciones establecidas en este Contrato, las Especificaciones Generales y demás anexos de este Convenio, el Proyecto se considerará terminado y

el Contratista será relevado de toda responsabilidad, excepto como se prevé en la Cláusula IX, literal (b).

CLÁUSULA XXVI: ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA:

Los gastos que ocasione este contrato en el 2016 se efectuarán con cargo a la Estructura Presupuestaria

siguiente: Institución XXXX, Programa XX, Sub-Programa XX, Proyecto XXX, Act/Obra XXX, Objeto XXXXX, Fuente 11.

CLÁUSULA XXVII: INTEGRIDAD:

Las Partes, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), y con la convicción de que evitando las prácticas de

86

corrupción podremos apoyar la consolidación de una cultura de transparencia, equidad y rendición de cuentas en los procesos de contratación y adquisiciones del Estado, para así fortalecer las bases del

Estado de Derecho, nos comprometemos libre y voluntariamente:

1. Mantener el más alto nivel de conducta ética, moral y de respeto a las leyes de la República, así como los valores de: INTEGRIDAD, LEALTAD CONTRACTUAL, EQUIDAD, TOLERANCIA,

IMPARCIALIDAD Y DISCRECIÓN CON LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL QUE MANEJAMOS, ABSTENIÉNDONOS DE DAR DECLARACIONES PÚBLICAS SOBRE LA MISMA.

2. Asumir una estricta observancia y aplicación de los principios fundamentales bajo los cuales se rigen los procesos de contratación y adquisiciones Publicas establecidos en la Ley de Contratación del

Estado, tales como: transparencia, igualdad y libre competencia.

3. Que durante la ejecución del Contrato ninguna persona que actué debidamente autorizada en nuestro nombre y representación y que ningún empleado o trabajador, socio o asociado, autorizado

o no, realizará: a) Prácticas Corruptivas: entendió estas como aquellas en la que se ofrece dar, recibir o solicitar directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de la

otra parte; b) Practicas Colusorias: entendiendo estas como aquellas en las que denoten,

sugieran o demuestren que existe un acuerdo maliciosos entre dos o más partes o entre una de las partes y uno o varios terceros, realizado con la intención de alcanzar un propósito inadecuado,

incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de la otra parte. 4. Revisar y Verificar toda la información que deba ser presentada a través de terceros a la otra

parte, para efectos del contrato y dejamos manifestado que durante el proceso de contratación o adquisición causa de este Contrato, la información intercambiada fue debidamente revisada y

verificada, por lo que ambas partes asumen y asumirán la responsabilidad por el suministro de

información inconsistente, imprecisa o que no corresponda a la realidad, para efectos de este Contrato.

5. Mantener la debida confiabilidad sobre toda la información a que se tenga acceso por razón del Contrato, y no proporcionarla ni divulgarla a terceros y a su vez, abstenernos de utilizarla para fines

distintos.

6. Aceptar las consecuencias a que hubiere, en caso de declararse el incumplimiento de alguno de los compromisos de esta Cláusula por Tribunal competente, y sin perjuicio de la responsabilidad civil

o penal en la que se incurra. 7. Denunciar en forma oportuna ante las autoridades correspondientes cualquier hecho o acto

irregular cometido por nuestros empleados o trabajadores, socios o asociados, del cual se tenga un

indicio razonable y que pudiese ser constitutivo de responsabilidad civil y/o penal. Lo anterior se extiende a los sub contratista con los cuales el Contratista o Consultor contrate así como a los socios,

asociados, ejecutivos y trabajadores de aquellos. El incumplimiento de cualquiera de los enunciados de esta Cláusula dará lugar: a. De parte del Contratista o el Consultor: i. A la Inhabilitación para

contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren deducírsele. ii. A la aplicación al trabajador, ejecutivo, representante, socio, asociado o apoderado que haya incumplido

esta Cláusula, de las sanciones o medidas disciplinarias derivadas del régimen laboral y, en su caso

entablar las acciones legales que correspondan. b. De parte del Contratante: i. A la eliminación definitiva del (Contratista o Consultor y a los sub contratista responsable o que pudiendo hacerlo no

denunciaron la irregularidad) de su registro de Proveedores y Contratista que al efecto llevare para no ser sujeto de elegibilidad futura en procesos de contratación. ii. A la aplicación al empleado o

funcionario infractor, de las sanciones que correspondan según el Código de Conducta Ética del

Servidor Público, sin perjuicio de exigir la responsabilidad administrativa, civil y/o penal a las que hubiere lugar. En fe de lo anterior, las partes manifiestan la aceptación de los compromisos

adoptados en el presente documento, bajo el entendido que esta Declaración forma parte integral del Contrato, firmado voluntariamente para constancia”.

87

En fe de lo cual, firmamos el presente Contrato de Construcción del proyecto XXXXXXXXXXXX – XXXXXXXX, localizado en el Departamento de XXXXX, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito

Central a los días del mes de del 2016.

ROBERTO ORDOÑEZ WOLFOVICH CONTRATISTA SECRETARIA DE ESTADO DE LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

(INSEP)

88

XII. RÓTULO

89

INSEP

DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS

NOMBRE DEL PROYECTO:

LONGITUD: KMS.

COSTO DE PROYECTO: Lps.___________ MILLONES

CONSTRUCTORA: __________________________

SUPERVISORA: __________________________

FINANCIAMIENTO: FONDOS NACIONALES

XIII. LOCALIZACIÓN

91

El proyecto de pavimentación con White Topping está localizado al lado sur oeste de la

ciudad de El Progreso, en el Departamento de Yoro. Posteriormente se estará dando la

ubicación de los pavimentos varios con concreto hidráulico.

92

SECCION XIV.

PROCEDIMIENTO PARA EL

RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS

93

XII. PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS

POR FORMULA GENERALIDADES

El procedimiento por fórmula para el reconocimiento de los mayores costos en los contratos de

proyectos viales que ejecuta INSEP, se deriva del documento preparado por la Dirección General de Caminos en septiembre de 1990 titulado: "Sobre una Metodología para el Reconocimiento de Mayores

Costos en los Contratos de Construcción de Carreteras en Honduras", cuya aprobación se materializó a través del Decreto Ejecutivo 242-2009, Acuerdo No.A-003-2010, emitido el 20 de enero del

2010. El presente trabajo tiene por objeto describir en forma condensada el referido procedimiento

contenido tanto en el Decreto Ejecutivo 242-2009, Acuerdo No.A-003-2010, emitido el 20 de enero del 2010, mencionado así como en el documento de la Dirección General de Caminos de

septiembre de 1990, con los ajustes e incorporaciones que dicha dependencia ha efectuado a la fecha con la facultad que al efecto se le confiere en dicho Decreto.

Básicamente el procedimiento por fórmula abarca los siguientes tres componentes de un precio unitario dado:

- Mano de Obra - Combustibles y Lubricantes

- Reparaciones, Repuestos y Llantas

Cada uno de estos componentes tiene una determinada Incidencia Porcentual (IP) en cada uno de los

ítem incluidos en el cuadro respectivo que se adjunta y a su vez cada componente posee su propio Índice de Escalamiento (IE) representativo, que denota el alza registrada en ese rubro.

De tal suerte que el Índice de Escalamiento multiplicado por una determinada Incidencia Porcentual (IP)

nos da como resultado un Factor de Ajuste (FA), recordando que se genera un Factor para cada uno de

los tres componentes señalados.

Por último, cada uno de los Factores de Ajuste (FA) se multiplica por el monto de obra ejecutada en cada Ítem y la suma de dichos productos representa el ajuste total por concepto de mayores costos que

se reconoce en una dada Estimación de obra.

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

Nuevamente indicamos que los componentes fundamentales a los que se aplicará el nuevo

procedimiento son: Mano de obra, combustibles y lubricantes; reparaciones, repuestos y llantas; desglosado en la forma que se describe más adelante.

El reconocimiento total en una determinada estimación de obra a través del presente procedimiento, será la suma de los reconocimientos individuales que se calculen por ítem, de acuerdo a la siguiente

expresión:

RT= Reconocimiento total en una determinada estimación de obra, igual a la sumatoria

de los RI.

RI= Reconocimiento individual en cada ítem, según los rubros sujetos a ajuste.

RI= Monto ejecutado del ítem x (FAMnc + FAMc+ FAE+FACL+FAMT), siendo FAMnc, FAMc, FACL y FAMT, los factores de ajuste correspondientes al ítem bajo ajuste,

cuya forma de cálculo se describe a continuación:

94

I. MANO DE OBRA

Su incremento se reconocerá mediante la aplicación de la siguiente fórmula:

FAM = IPM [(0.70 (S/So) + 0.30 (IPC/IPCo)] -1

Dónde:

FAM = Factor de ajuste de la mano de obra en general a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado de una estimación.

IPM = Incidencia porcentual de la mano de obra en general en un ítem dado (del cuadro adjunto).

S = Salario mínimo decretado por el Gobierno vigente para la zona del proyecto,

correspondiente al periodo de ejecución de la estimación de obra bajo ajuste.

So = Salario mínimo decretado por el gobierno, vigente para la zona del proyecto,

correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo ítem durante la

ejecución.

IPC = Índices de precios al consumidor según datos del Banco Central de Honduras, correspondiente al mes cuando se emite el Decreto que estipule una variación del

salario mínimo, con posterioridad a la licitación o presentación de la oferta el valor del IPC permanecerá variable durante todo el periodo entre una variación y otra del

salario mínimo correspondiente.

IPCo = Índices de precios al consumidor según datos del Banco Central de Honduras,

correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo ítem durante la

ejecución.

II. EQUIPOS Y MAQUINARIA.

Su incremento se reconocerá dependiendo de la presencia parcial o ausencia total de divisas en el

Contrato, según las formulas siguientes:

FAE = IPE((R/Ro)-1) donde;

FAE = Factor de ajuste de los equipos y maquinaria, en un ítem dado a multiplicar por el monto

ejecutado en un ítem determinado, en una estimación.

IPE = Incidencia porcentual del equipo y maquinaria en un ítem dado.

95

R = Índice general de precio de los repuestos y partes tomado del US Departament of Labor, Bureau of Labor Staristics para la el reglón de la maquinaria de construcción y equipo

(Construcción MachineryandEquipment), del documento llamado índices de los precios de los

productos, vigente para el período de la estimación de obra bajo ajuste.

Ro = Índice general del precio de los repuestos y partes tomado de US Departament of Labor, Bureau of Labor Staristics, para el reglón de maquinaria de Construcción y equipo, del documento

llamado índices de los precios de los productos, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la fecha de la negociación de un nuevo ítem durante la ejecución.

III. COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES.

Su incremento se reconocerá mediante aplicación de la siguiente fórmula:

FACL = IPCL((D/Do) - 1)

Donde:

FACL = Factor de Ajuste de los combustibles y lubricantes a multiplicar por el monto

ejecutado en un ítem determinado de una estimación.

IPCL = Incidencia Porcentual de los combustibles y lubricantes en un ítem dado (del cuadro

adjunto).

D = Precio Oficial del Diesel al momento de ejecutada la estimación presentada. Do = Precio oficial del diesel al momento de la Licitación del proyecto.

En ambos casos (D, Do) se tomará el precio de bomba que se aplica al consumidor final, correspondiente a la zona donde se ejecute el proyecto.

IV. MATERIALES.

FAMT = IPMT((MAT/MATo)-1)

Donde;

FAMT = Factor de ajuste de los materiales, en un ítem dado.

IPMT = Incidencia porcentual de los materiales en un ítem dado.

MAT = Precio del material o canasta de materiales (suma ponderada de sus precios individuales)

más representativos o afines al ítem, vigente para el periodo de la estimación de obra ajuste.

MATo = Precio del material o canasta de materiales (suma ponderada de sus precios individuales)

más representativos o afines al ítem, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo ítem

durante la ejecución.

96

PONDERACION DE VALORES EN LOS INDICES

Si en el mismo período que abarque una determinada Estimación de obra se suscitan dos o más valores

de un Índice de Escalamiento, sea el valor del Salario Mínimo (So); el valor del precio del Diesel (D); el valor de la divisa en el sistema adoptado por el Banco Central de Honduras (DV), se deberá realizar una

ponderación de dichos valores de acuerdo a su duración en el período de la Estimación, a fin de obtener un solo valor que sirva en el Índice respectivo.

Igual criterio que el anterior se seguirá para el reconocimiento del alza en el renglón de los materiales,

para la determinación de un precio ponderado.

RECONOCIMIENTO DEL ALZA EN LOS MATERIALES

El aumento de costos de los materiales se reconocerá mediante la confrontación de la factura de compra

del bien utilizado en el proyecto correspondiente a la Estimación de obra y la cotización de dicho bien

incluida en la oferta al momento de la licitación.

Los materiales objeto de reconocimiento por incremento de costos se limitan a los siguientes: Cemento, productos asfálticos, (cementos asfálticos y asfaltos rebajados), explosivos

gaviones.

Solamente en el caso de contratos de construcción de puentes, cajas u otras estructuras mayores de

drenaje, se reconocerá el incremento en el precio de la madera también mediante el mismo sistema de confrontación de facturas; en otros contratos no.

En el caso de ciertos materiales específicos, el consumo de los mismos en un ítem dado se prefija por

unidad de medida de acuerdo al cuadro de "Reconocimiento de Mayores Costos en Materiales"

establecido por la Dirección General de Carretera.

Para el caso de los asfaltos tipo AC, MC o RC empleados en proyectos de pavimentos flexibles u otras obras en los que se apliquen, o en el caso del cemento utilizado en los pavimentos rígidos de hormigón

hidráulico, su consumo se determinará únicamente en función de la fórmula de trabajo que se derive del

diseño respectivo y que certifique el Supervisor.

Es entendido que las condiciones de ambas facturas a confrontar en cualquiera de los casos indicados en el rubro de los materiales, deben ser EN FABRICA o en el sitio de preparación del material, en virtud de

lo cual el flete no se ajustará por separado ya que el mismo ha sido integrado en el cálculo de las incidencias Porcentuales y entonces su reconocimiento se realiza a través del ajuste del ítem

correspondiente.

En el caso de los productos asfálticos, su confrontación se realizará con los precios "en puerto".

97

CONSIDERACIONES ESPECIALES

A. La Dirección General de Carreteras INSEP, queda facultada para realizar los análisis

correspondientes a efecto de evaluar y ajustar el procedimiento, si fuere el caso, con el propósito de perfeccionar o actualizar su aplicación, de acuerdo a lo establecido en el Decreto No. 29-90

B. Para el reconocimiento de mayores costos en ítems que involucren la obtención o procesamiento

de materiales por parte del Contratista, tal es el caso de los agregados pétreos para bases, sub-bases o concretos, el ajuste se hará en dos etapas: Como Material Almacenado aplicando a ésta

fase el 40% del reajuste total del ítem y como material colocado en obra cuando se le reconocerá

el 60% del reajuste restante, empleando en cada etapa los Índices que correspondieran al período en que se realice el ajuste.

C. Se operarán los cálculos con un máximo de cuatro (4) cifras significativas a la derecha del punto

decimal sin efectuar aproximaciones, sino cortando el valor a la cuarta cifra a la derecha del

punto, tal como aparezca en el cálculo respectivo.

Al final en el cálculo del valor de ajuste en Lempiras, se cortará el valor de dicho ajuste a la segunda cifra (centésima) que aparezca a la derecha del punto decimal, sin realizar

aproximaciones.

Para efectos de dar a conocer las tablas utilizadas en el cálculo de mayores costos por formula se

adjuntan los cuadros siguientes:

- Cuadro de incidencias porcentuales - Cuadro con Tabla de Salarios Mínimos

- Cuadro reporte del precio del diésel

- Cuadro de tasa promedio de cambio BCH - Cuadro de rendimiento de mayores costos de materiales

* Para el reporte del diésel utilizar los valores establecidos por la Comisión Administradora del Petróleo

cap.

98

99

100

101

102

103

104

(ANEXO No.I)

FORMATO DE PRESENTACIÓN DE COSTOS UNITARIOS

105

ANEXO No .I

HOJA QUE INDICA COMO EJEMPLO, LA FORMA DE PRESENTAR CADA COSTO UNITARIO

INCLUIDO EN LA OFERTA DEL CONTRATISTA

ANALISIS DE COSTO : TUBERIA DE CONCRETO REFORZADO 0=60” TIPO III UNIDAD: ML

MATERIALES

No. CONCEPTO MATERIALES

UNIDAD RENDIMIENTO PRECIO UNITARIO

TOTAL

1 CEMENTO GRIS BOLSA

2 ARENA DE RIO M3

3 AGUA M3

4 TELA-MANTA YARDA

5 ALAMBRE DE AMARRE LIBRA

6 T.C.R. 0=60” TIPO III ML

OTROS CONSIDERADOS POR EL CONTRATISTA

TOTAL MATERIALES

II EQUIPO

No. CONCEPTO MAQUINARIA

UNIDAD RENDIMIENTO PRECIO UNITARIO

TOTAL

1 RETROEXCAVADORA 90 HP HORA

2 CARGADORA 170 HP HORA

OTROS CONSIDERADOS POR EL CONTRATISTA

TOTAL EQUIPO

III MANO DE OBRA

No. CONCEPTO MANO DE OBRAS

UNIDAD RENDIMIENTO PRECIO UNITARIO

TOTAL

1 CAPATAZ JDR

2 PEON JDR

3 ALBAÑIL JDR

OTROS CONSIDERADOS POR EL CONTRATISTA

JDR

TOTAL MANO DE OBRA

BENEFICIOS SOCIALES

TOTAL DE COSTO DIRECTO

GASTOS GANERALES Y UTILIDADES

TOTAL DE LA ACTIVIDAD

106

(ANEXO No.II)

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES Y

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESPECIALES

107

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO TIPO WHITE TOPPING:

Se requiere realizar algunas tareas importantes antes de la construcción de la sobre capa como ser:

Reparaciones de áreas deterioradas, así como el mejoramiento del drenaje existente si esto fuese necesario.

Ampliación de la superficie de construcción en las zonas donde se haga necesario para anchos mayores al previsto.

Colocación de una capa asfáltica de nivelación en tramos donde se haga necesaria su

implementación.

Se presentó como alternativa el uso de pavimento hidráulico tipo White Topping, para la séptima avenida sureste, tramo comprendido entre primera calle y Hospital El Progreso.

Para este caso en particular se consideraron iguales a lo largo del tramo todas las condiciones

generales del pavimento, por lo que se definió una sola sección típica para el análisis, formada por dos calzadas (una en cada sentido) de 3.65 metros de ancho cada una, lo que nos da como

resultado un ancho de calzada de 7.30 metros, con una sobre capa de concreto hidráulico MR = 600 PSI y un espesor de 12 centímetros como mínimo.

La separación entre juntas es de 1.825 metros en ambas direcciones para lograr tener losas

perfectamente cuadradas, y si se diera el caso de anchos mayores de calzada, la línea central será

tomada como el primer corte de la junta longitudinal, y a partir de ellas se harán cortes paralelos de 1.825 metros dejando la diferencia en los extremos de la calzada.

El aserrado de las juntas se hará con un disco de 1/8” con cortes en el concreto de 1/3 del espesor de la losa. El bordillo de confinamiento lateral tendrá una sección de 15.00 centímetros por 35.00

centímetros de profundidad.

Nota: Actualmente la Secretaría cuenta con un diseño del tramo en mención, éste podrá

ser solicitado por los oferentes mediante nota formal dirigida a la Unidad de Proyectos Especiales de la Dirección General de Carreteras, el cual se suministrará en formato

digital.

PAVIMENTOS VARIOS CON CONCRETO HIDRÁULICO:

Para este caso en particular estaremos girando un addendum que contenga la ubicación exacta de los pavimentos, cantidades de obra y especificaciones técnicas para su construcción.


Recommended