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Folder Dra. Mosquera

Date post: 25-Jun-2015
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FOLDER DEL ESTUSDIANTE DE CIENCIAS DE ESTADO
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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES MODALIDAD SEMIPRESENCIAL - CARRERA DE DERECHO GALO HERNÁN DÍAZ QUISATASI CIENCIAS DE ESTADO DRA. MÓNICA MOSQUERA SEMESTRE ABRIL - SEPTIEMBRE 2014
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Page 1: Folder Dra. Mosquera

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

MODALIDAD SEMIPRESENCIAL - CARRERA DE DERECHO

GALO HERNÁN DÍAZ QUISATASI

CIENCIAS DE ESTADO

DRA. MÓNICA MOSQUERA

SEMESTRE ABRIL - SEPTIEMBRE

2014

Page 2: Folder Dra. Mosquera

MISIÓN Y VISION DE LA UNIVERSIDAD

M I S I Ó N

Sumos una i D i v e r s i d a d p a r t i c u l a r , que l i e n e c o m < ! proposi to lo rn ia r p ro l eMona lc> de tercer s

c u a r t o n i v e l , de i n v c M i u a c i ó n . responsables. ^ u n i | v m i \ i > s . con conc ienc ia et ica \a

capaces de con lnhnn ' al desarrol lo nac ión 1 1 \, m e d í a n l e una educación

¡u in ian i s t a . c u l t u r a l > c i e n u t l e a d i r i g i d a a h a c h H I e i v \s nac iona l e s \.

VISIÓN

Ser una i n s t i t u c i ó n reconocida a i m c l n a c i o n a l e i n l e r n a c i o n a l por su c a l i d a d , t n a n l e n i e n d r

e n t r e MIS Soria le/as un cuerpo docente de a l u > n j \ i académico \n proceso de lo rnu ic io i t

profesional centrada en el e s tud i an t e , acorde con lo-. a \ anees e iemif icos , tecnológicos , de

i n \n en v í n c u l o pe rnu incn ic con los s e c t o t c ^ sociales \s

Page 3: Folder Dra. Mosquera

MISIÓN Y VISION DE LA CARRERA DE JURISPRUDENCIA

Misión

Somos una C'arrera del Área de Derecho, que eonlr ibuye a la formación de profesionales para

la solución de problemas jurídicos de los sectores sociales, económicos, políticos, en la

administración de justicia, a través de la formación de Abogados y Profesionales de Cuarto

Nive l , críticos y reflexivos, con capacidad de analizar y aplicar el ordenamiento normativo, a

través de la invest igación de la realidad jur íd ica y social, responsables, con conciencia ética y

moral; respetuosos de los derechos humanos

Visión

Ser una C'arrera de Derecho rcconoeida en el Ámbito Nacional c Internacional por la calidad

profesional de sus egresados, manteniendo entre sus fortale/as un cuerpo docente de alto

n ive l académico y un proceso de formación profesional centrado en el estudiante, acorde con

los avances científicos y tecnológicos, contribuyendo en forma efectiva a la planificación

nacional y regional en vinculo permanente con el estado, los sectores sociales, productivos \n de jus t ic ia .

Page 4: Folder Dra. Mosquera

HOJA DE COMPROMISOS

1. listar puntuales en clases.

2. Ser responsables.

3. Compañerismo.

4. Cumpli r con la normativa de la universidad y tareas de los docentes.

5. Solidaridad.

6. Esfuerzo.

7. Respeto hacía los compañeros y docentes.

8. Positivismo.

9. Investigación.

10. Poner en silencio a los celulares.

1 1 . Fficacia.

12. Finalizar la carrera.

13. Perseverancia.

14. Organizado.

15. Repetir la clase dictada cuantas veces sea necesario sino hemos entendido; siempre y

cuando los estudiantes estén atentos a lo que el profesor explique.

Page 5: Folder Dra. Mosquera

oaviis

Page 6: Folder Dra. Mosquera

. .— os;-i 1 e»

-U O

DF ÍÍÍRl.SPRHDENríA

so

A M Ü A f O - t C

CARRERA DE DERECHO

SÍLABO: CiENCfA DE ESTADO

SEMESTRE ABRÍL - SEPTIEMBRE OEí, 2014

Riobamba - Ecuador

Page 7: Folder Dra. Mosquera

NUMIíRO !)h CRf-niTOS: 6

I ) ¡ : . S Í : K I P C I O N D E L C U R S O

-• r ' i ' - - pi.'M' > ( \ d ; ) i i ¡ ! : iC:- , f ;~I ;K -/' O e ir! r ; > M M ni 'T ¡o: i (¡r>

l - ' . : . . ( ¡ u ' ' - i ¡do 'ñ íe ien tes etap^ hisíút t í .»-- , (jniigue.ddü, medieval, modeuid y LüiUeiiipuianed), y i'1-

i-lemenlos que ( ontríbuyprun fi,jrri determinado fin, con la contribución de tróficos corno AnslcHcles,

ju.m Kodino. Jon f i locke Mattmavelo J i Í ÍOUSSOHU, Bai ón de Montesqnicu, G lellinek, H, kelsen, H. de

Sonsa Santos, pntrc orros A'.í mismo 'j! <".,uidiani_^ conocerá los diferentes tipos de ííobierno desde el

i oí e lementos conslitutivo:; di1! [síado permitirán oí í.studiante fundamentar su impurUnria en el

CíJí t for rT i /K ' ión del t stado Moderno y (onternporaneo y relacionado con la constitución vigente.

Fl L'J.udiante f'Mará en cañar idnd fjp dp'-/rif:-ii pl n rn fps r í tini/íirci jiirííiirn nur1 pprmitiñ el nnrimipntn dp!

' ' • • > : . • ! . / .1 ;i l 1 ' '•. ' • ' ÜO; i 'u' i ; i ¡ . : J ' i - . ,¡IL i'Jj •..'.;: i, , ú. J : . í 11::; I;': ¡ i O'. ,¡ í; ( :.~; iH 1 i"[i"¡;¡y i T'Or, pdí"<, ',;. , í " IL, .í";.... i. í , ¡;..

El curso profujrüonará al Estud iante la (.opacidad tie valuar los diferentes inodelos de Fstddo que srj

conlr¡huyt. jrc-n en las CINCO primeras décadas del Siglo XX (Soviético, Fascista, Nazista, Franquista); así

íii aporte del cuiso t.anto en el campo hurnanista como formalivo va dirigida ¿i generar en el Estudiante Id

capacidad de fundamentar la importancia que tiene eí hombre como ciudadano y actor político en la

rr> n c. t ri i cr\r\

t-i! Id l i f i uo i t ( i ¡ i ( ' i r i de lr¡ '.nl.'i.Tdiiict | )D[Jü¡ , i r uni'p fiodiT pi H[.'-i rir ir> nolitn'D, '-n Ij '~f vd !'•!',.-«_• ó n dr k.t

í i iLd Lumu dLhviddd ciudtidjna e f i Id < ortíjtrua.ion de ¡a sociedad ecudloriana y sus~ derechos y

obligaciones.

PRF- R E Q U I S I T O S c o - R E Q U i s r r o s

^ ^ ^ ^ í ^HISTORIA DEL DERECHO ^ERoTHDD

Page 8: Folder Dra. Mosquera

INTRODUCCIÓN AL

DERECHODER01IAD

INFORMÁTICA

INGLES I

D ERG ¡ I

DER04II

AIJÍOU , AÑO PUBUCACIÓN i tDHOKIAL

EdicionesCoyoacán

Í 'ORRCA

NOl'RKISS()N,JF,!l

M;iqiiÍaselo Nicolás, i

I'l l'fíiicipe Coincntacio í'nmcni¡ hulición

Diccionario Juiídicr.. ' Primera

i.OSSOKIO Maiiucl. j Diccionario de Pruncni

! ( ' ¡encías Jurídicasii Polí t icas \ Sociales. i

Page 9: Folder Dra. Mosquera

o i? ( E.' T i \f n v r, r M ir •> A ! r c i > iv ; r í T u i n

Relacionar, de manera crítica, las diversas teor ías y debates contemporáneos en tomo a la construcción

del Estado, los procesos políticos y el cambio social, haciendo énfasis en la sociedad ecuatoriana

Determinar la importancia del estado a través de una ciencia del conocimiento política y de ía Teoría

Relacionar la estructura política, administrativa, e institucional del estado conforme a la doctrina y a laorganización del Estado

Comprender los derechos humano; ; como ¡ma ac t i tud permanente en la ac t iv idad humana y en el buen v iv i r

i1 ¡ o c: í1 tí i t n o 111 a ! e .•;:

A r t i t u d i n a l e s ; :

Mental e s :

TÓPICOS O TEMAS CUBIERTOS

- ,-^A.^,;. -rJii--*- ?^_r..¿.^*:j]—^-t.^^--.--^.. -,t^-toJLi^^-ft . ¿-¿j-: A^--jS^.¿:iJ,,;ú ~\, itio.-. ¿. *•„*. P^^I^—V—>.->¿

PRESENCIALES N. i AUTÓNOMAS N.

Conferencia

Hor

2 í investigación 2 i Ronda de

Hor

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Política y

Page 11: Folder Dra. Mosquera

i cor i a

constitucional

i i

y Ls t rucrura

del

Page 12: Folder Dra. Mosquera

! administrativ !

E."I Estado y la

Explicar

i 3 ; llH'l.'Sti^.lf ÍL1

Page 13: Folder Dra. Mosquera

L U N L S MARTKS MIÉRCOLES JUFVF.S

X

Page 14: Folder Dra. Mosquera

0U8AOÜN DÉCADA $ÉS«)N PARA CUBRIREL CONTENIDO TECUCO

Serna na 2

Semana 3

Semana 4

Semana 6

Semana 10

Semana 11

Semasia 13

Semana 34

¡ Semana 17¡

1 SemaualH

Jüíüaiin I'-)

\n üol Proyecto

TOTAL: 1)6

Page 15: Folder Dra. Mosquera

Esiado constitucional de derechos, de

justicia, democrático, multiétnico, y

ALTA

Al TA

ALTA * K i f r tun f nn .-in.í!i

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HORARIO DE

CLASES

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NOTAS KEHLKXIVAS

1. La compasión habla mejor de ti que cua lqu ie r cosa que pudieras haeer para demostrar

que eres alguien medianamente humano.

2. Si dejas de soñar pronto dejaras de creer, si dejas de creer pronto dejaras de ser.

3. No compitas con nadie, simplemente intenta ser la mejor versión de ti mismo.

4. (¡ritos e insul tos solo demuestran una eosa. que no tienes nada valioso que decir.

5. Solo Dios nos sostiene y alienta en medio de tantas dificultades.

6. Aunque tu enemigo sea más Fuerte siempre lo vencerás con le y perseverancia.

7. líl camino a la felicidad se construye con decisiones sabias y justas.

8. Piensa antes de actuar, al f ina l siempre deberás enf ren tar las consecuencias de tus

actos.

9. I,a unidad es solidaridad, el compromiso de demostrar que no estamos solos en la

adversidad.

10. La f a m i l i a es la esperanza de la vida, la base de los valores \a fortale/u de los niños.

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EVALUACIONES

Page 20: Folder Dra. Mosquera

EXPOSICIONES

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TAREAS

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ANEXOS

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

MODALIDAD SEMIPRESENCIAL - CARRERA DE DERECHO

GALO HERNÁN DÍAZ QUISATASI Y DA Y ANA 1CATERINE ARQUI LLANGARI.

DEBER DE CIENCIAS DE ESTADO

DRA. MONICA MOSQUERA

SEMESTRE ABRIL - SEPTIEMBRE

2014

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GARANTÍAS JURISDICCIONALES

Sección primera: Disposiciones comunes

Art. 86.- Las garantías jurisdiccionales se regirán, en general, por las siguientes

disposiciones:

1. Cualquier persona, grupo de personas, comunidad, pueblo o nacionalidad

podrá proponer las acciones previstas en la Constitución.

2. Será competente la jueza o juez del lugar en el que se origina el acto o la

omisión o donde se producen sus efectos, y serán aplicables las siguientes

normas de procedimiento:

a) El procedimiento será sencillo, rápido y eficaz. Será oral en todas sus fases e

instancias.

b) Serán hábiles todos los días y horas.

c) Podrán ser propuestas oralmente o por escrito, sin formalidades, y sin

necesidad de citar ía norma infringida. No será indispensable eí patrocinio de un

abogado para proponer la acción.

d) Las notificaciones se efectuarán por los medios más eficaces que estén al

alcance del juzgador, del legitimado activo y del órgano responsable del acto u

omisión.

e) No serán aplicables las normas procesales que tiendan a retardar su ágil

despacho.

3. Presentada la acción, la jue/a o juez convocará inmediatamente a una

audiencia pública, y en cualquier momento del proceso podrá ordenar la práctica

de pruebas y designar comisiones para recabarlas. Se presumirán ciertos los

fundamentos alegados por la persona accionante cuando la entidad pública

UNIVERSIDADRIGlOf í AUTÓNOMA DI LOS ANDES

UNIANDES

Page 25: Folder Dra. Mosquera

requerida no demuestre lo contrario o no suministre información. La jueza o juez

resolverá la causa mediante sentencia, y en caso de constatarse la vulneración de

derechos, deberá declararla, ordenar la reparación integral, material e inmaterial,

y especificar e individualizar las obligaciones, positivas y negativas, a cargo del

destinatario de la decisión judicial, y las circunstancias en que deban cumplirse.

Las sentencias de primera instancia podrán ser apeladas ante la corte provincial.

Los procesos judiciales sólo finalizarán con la ejecución integral de la sentencia

o resolución.

4. Si la sentencia o resolución no se cumple por parte de servidoras o servidores

públicos, la jueza o juez ordenará su destitución del cargo o empleo, sin

perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que haya lugar. Cuando sea un

particular quien incumpla la sentencia o resolución, se hará efectiva la

responsabilidad determinada en la ley.

5. Todas fas sentencias ejecutoriadas serán remitidas a la Corte Constitucional,

para el desarrollo de su jurisprudencia.

Art. 87.- Se podrán ordenar medidas cautelares conjunta o Independientemente de las

acciones constitucionales de protección de derechos, con el objeto de evitar o hacer

cesar la violación o amenaza de violación de un derecho.

Sección segunda: Acción de protección

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los

derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una

vulneración de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad

pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del goce o

ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona

UNIVERSIDADfiíCiWA;. AUTÓNOMA DI LOS ANDI.5

UN1ANDES

Page 26: Folder Dra. Mosquera

particular, si la violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos

impropios, si actúa por delegación o concesión, o si la persona afectada se encuentra en

estado de subordinación, indefensión o discriminación.

Sección tercera: Acción de babeas corpus

Art. 89.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se

encuentre privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad

pública o de cualquier persona, así como proteger la vida y la integridad física de las

personas privadas de libertad.

Inmediatamente de interpuesta Ja acción, Ja jueza o juez convocará a una audiencia que

deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes, en la que se deberá presentar la

orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho y de

derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la

persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona

detenida, de la defensora o defensor público y de quien la haya dispuesto o provocado,

según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra la

privación de libertad.

La jueza o juez resolverá dentro de las veinticuatro horas siguientes a la finalización de

la audiencia. En caso de privación ilegítima o arbitraria, se dispondrá la libertad. La

resolución que ordene la libertad se cumplirá de forma inmediata.

En caso de verificarse cualquier forma de tortura, trato inhumano, cruel o degradante se

dispondrá la libertad de la víctima, su atención integral y especializada, y la imposición

de medidas alternativas a la privación de la ibertad cuando fuera aplicable.

Cuando la orden de privación de la libertad haya sido dispuesta en un proceso penal, el

recurso se interpondrá ante ía Corte Provincial de Justicia.

• " VUNIVERSIDADREGIOU ti AUTÓNOMA DI LOS ANDÍS

UN1ANDES

Page 27: Folder Dra. Mosquera

Art. 90.- Cuando se desconozca el lugar de la privación de libertad y existan indicios

sobre la intervención de algún funcionario público o cualquier otro agente del Estado, o

de personas que actúen con su autorización, apoyo o aquiescencia, la jueza o juez

deberá convocar a audiencia al máximo representante de la Policía Nacional y al

ministro competente. Después de escucharlos, se adoptarán las medidas necesarias para

ubicar a la persona y a los responsables de la privación de libertad.

Sección cuarta: Acción de acceso a la información pública

Art. 91.- La acción de acceso a la información pública tendrá por objeto garantizar el

acceso a ella cuando ha sido denegada expresa o tácitamente, o cuando la que se ha

proporcionado no sea completa o fidedigna. Podrá ser interpuesta incluso si la negativa

se sustenta en el carácter secreto, reservado, confidencial o cualquiera otra clasificación

de la información. El carácter reservado de la información deberá ser declarado con

anterioridad a la petición, por autoridad competente y de acuerdo con la ley.

Sección quinta: Acción de babeas data

Art. 92.- Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para

el efecto, tendrá derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos

genéticos, bancos o archivos de datos personales e informes que sobre sí misma, o sobre

sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, en soporte material o electrónico.

Asimismo tendrá derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el origen y

destino de información personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos.

Las personas responsables de los bancos o archivos de datos personales podrán difundir

la información archivada con autorización de su titular o de la ley.

La persona titular de los datos podrá solicitar al responsable el acceso sin costo al

archivo, así como la actualización de los datos, su rectificación, eliminación o

UNIVERSIDAD«CiOltAL AUTÓNOMA DE LOS AKDf 3

UN1ANDES

Page 28: Folder Dra. Mosquera

anulación. En el caso de datos sensibles, cu)fo archivo deberá estar autorizado por la ley

o por la persona titular, se exigirá la adopción de las medidas de seguridad necesarias.

Si no se atendiera su solicitud, ésta podrá acudir a la jueza o juez. La persona afectada

podrá demandar por los perjuicios ocasionados.

Sección sexta: Acción por Incumplimiento

Art. 93.- La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las

normas que integran el sistema jurídico, así como el cumplimiento de sentencias o

informes de organismos internacionales de derechos humanos, cuando la norma o

decisión cuyo cumplimiento se persigue contenga una obligación de hacer o no hacer

clara, expresa y exigible. La acción se interpondrá ante la Corte Constitucional.

Sección séptima: Acción extraordinaria de protección

Art. 94.- La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos

definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos reconocidos en la

Constitución, y se interpondrá ante Ja Corte Constitucional. EJ recurso procederá cuando

se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro del término legal, a

menos que la falta de interposición de estos recursos no fuera atribuible a la negligencia

de la persona titular del derecho constitucional vulnerado.

UNIVERSIDADSíCiOr, AL AUTÓNOMA Oí LOS ANDf 5

UNIANDES

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

MODALIDAD SEMIPRESENClAL - CARRERA DE DERECHO

GALO HERNÁN DÍAZ QUISATASI

CIENCIAS DE ESTADO

DRA. MONICA MOSQUERA

SEMLS I R É ABRIL - SEPTIEMBRE

2014


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