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Informe Final Hospital Barros Luco-Trudeautransparencia.redsalud.gov.cl/transparencia/public/... ·...

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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA , Division de Auditoria Administrativa Area de Salud, Agricultura y Medio Ambiente Informe Final Hospital Barros Luco-Trudeau Fecha 10 de agosto de 2011 N° Informe : 63/2011 A
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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA , Division de Auditoria Administrativa

Area de Salud, Agricultura y Medio Ambiente

Informe Final Hospital Barros Luco-Trudeau

Fecha 10 de agosto de 2011 N° Informe : 63/2011

A

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DEL CONTRALOR GENERAL

ABOGADO SUBJEFE DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

AREA SALUD, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

D.A.A. N° 1196/2011 REMITE COPIA DEL INFORME FINAL N° 63 DE 2011, SOBRE EXAMEN DE CUENTAS A LOS INGRESOS DE OPERACION EN EL HOSPITAL BARROS LUCO-TRUDEAU.

SANTIAGO, 10.AG011*050293

Cumplo con enviar a Ud., para su conocimiento y fines consiguientes, copia del Informe setialado en el epigrafe, con el resultado de Ia auditoria practicada por funcionarios de esta Division en Ia Entidad de la referencia.

Saluda atentamente a Ud.,

AL SENOR DIRECTOR

p SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR PRESENTE PBO/eig

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Saluda atentamente a Ud.,

POR ORDEN D CONTRALOI1 GENERAL eivz Gutie"?rrez

OGADO SUBJEFE DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

AREA SALUD, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

D.A.A. N' 1197/2011 REMITE COPIA DEL INFORME FINAL N° 63 DE 2011, SOBRE EXAMEN DE CUENTAS A LOS INGRESOS DE OPERACION EN EL HOSPITAL BARROS LUCO-TRUDEAU.

SANTIAGO, 1 0 AGG I 1' 0 5 0 `, '!

Cumplo con enviar a Ud., para su conocimiento y fines consiguientes, copia del Informe senalado en el epigrafe, con el resultado de la auditoria practicada por funcionarios de esta Division en la Entidad de la referencia.

AL SENOR JEFE UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

(0 HOSPITAL BARROS LUCO-TRUDEAU PRESENTE PBO/eig

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RECEPC/ON

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COWPER GENERAL

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BOGAD0 SUBJEFE DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

AREA SALUD, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

D.A.A. N° 1195/2011 REMITE COPIA DEL INFORME FINAL N° 63 DE 2011, SOBRE EXAMEN DE CUENTAS A LOS INGRESOS DE OPERACION EN EL HOSPITAL BARROS LUCO-TRUDEAU.

SANTIAGO, 10.001 1*05029i

Cumplo con enviar a Ud., para su conocimiento y fines consiguientes, copia del Informe Final senalado en el epigrafe, con el resultado de Ia auditoria practicada por funcionarios de esta Division en la Entidad de Ia referencia.

Sobre el particular, corresponde que ese Servicio implemente las medidas sefialadas, cuya efectividad, conforme a las politicas de esta Contraloria General sobre seguimiento de los programas de fiscalizacion, se comprobaran en una proxima visita a Ia Entidad.

Saluda atentamente a Ud.,

AL SENOR DIRECTOR

$ HOSPITAL BARROS LUCO-TRUDEAU PRESENTE PBO/eig

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AREA SALUD, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

D.A.A. N° 1194/2011 REMITE COPIA DEL INFORME FINAL N° 63 DE 2011, SOBRE EXAMEN DE CUENTAS A LOS INGRESOS DE OPERACION EN EL HOSPITAL BARROS LUCO-TRUDEAU.

SANTIAGO, 1 O. AGO 1 1*050295

Cumplo con enviar a Ud., para su conocimiento y fines consiguientes, copia del Informe senalado en el epigrafe, con el resultado de Ia auditoria practicada por funcionarios de esta Division en Ia Entidad de la referencia.

Saluda atentamente a Ud.,

CONTRALOR GENERAL ez

ABOGADO SUBJEFE DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

A LA SENORA AUDITORA MINISTERIAL MINISTERIO DE SALUD PRESENTE PBO/eig

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RAMIRO M CONTRALOR GENE

ZUNIGA E LA REPUBLICA

AL SENOR INISTRO DE SALUD RESENTE

PBO/eig

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AREA SALUD, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

D.A.A. N° 1193/2011 REMITE COPIA DEL INFORME FINAL N° 63 DE 2011, SOBRE EXAMEN DE CUENTAS A LOS INGRESOS DE OPERACION EN EL HOSPITAL BARROS LUCO-TRUDEAU.

SANTIAGO, 1 DAGO t 1*0 5 0 2 91

Cumplo con enviar a Ud., para su conocimiento y fines consiguientes, copia del Informe senalado en el epigrafe, con el resultado de Ia auditoria practicada por funcionarios de esta Contraloria en Ia Entidad de Ia referencia.

Saluda atentamente a Ud.,

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AREA SALUD, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

PMET: 13.111 INFORME FINAL N° 63 DE 2011, SOBRE EXAMEN DE CUENTAS A LOS INGRESOS DE OPERACION EN EL HOSPITAL BARROS LUCO-TRUDEAU.

SANTIAGO, 1 0 A30. 2011

En cumplimiento del plan anual de fiscalizacion, esta Contraloria General efectu6 una auditoria a los ingresos de operacion, generados por el Establecimiento aludido en el epigrafe, en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2010 y el 31 de diciembre de 2010.

Objetivo

La auditoria tuvo por finalidad examinar la correcta percepcion, contabilizacion y deposit° de los ingresos propios obtenidos por el Establecimiento Asistencial por concepto de prestaciones medicas asistenciales otorgadas a los pacientes, Ia evaluacion del sistema de control interno, Ia verificacion del cumplimiento de Ia normative, conforme a lo establecido en el decreto ley N° 1.263, de 1975, Ley Organica de AdministraciOn Financiera del Estado, la resolucion N° 759, de 2003, que fija normas de procedimientos sobre rendicion de cuentas, Ia resolucion exenta N 1.485, de 1996, sobre normas de control interno de esta Contraloria General, entre otras disposiciones.

Metodologia

El examen se efectu6 de acuerdo con Ia Metodologia de Auditoria de este Organismo Superior de Control e incluyo el analisis de procesos y la identificaci6n de los riesgos de Ia Entidad, determinendose Ia realized& de pruebas de auditoria en la medida que se estimaron necesarias, de acuerdo con dicha evaluacion.

Universo

Sobre Ia materia, cabe senalar que los Ingresos de Operacion por concepto de Pensionado, Accidentes de Transit°, Pago Asociado a Diagnostico, PAD, y Reembolso de Licencias Medicas ascendieron a M$ 976.457.309, para el periodo auditado.

a) ALA SENORA SUB JEFA DE LA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA PRESENTE RMV/CLG/MPGL

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Muestra

La muestra examinada ascendio a M$ 169.424.794, lo que representa un 17 % del universo sehalado.

Antecedentes generales

El Hospital Barros Luco-Trudeau es un Centro Asistencial de alta complejidad, por lo tanto, esta tipificado como Hospital Tipo 1. Ademas cabe sehalar, que a contar del 31 de enero de 2010, tiene la calidad de autogestionado y su funcionamiento esta enfocado a Ia atenci6n de los usuarios de Ia Red de Salud Sur.

Las prestaciones que entrega el Establecimiento estan orientadas a todo tipo de tratamientos de diversas patologias, incluyendo aquellas declaradas como GES. Para efectos de hospitalizacion cuenta con alrededor de 695 camas distribuidas en sus diferentes servicios clinicos.

Al Hospital le son aplicables, entre otras normas, el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N OS 18.933 y 18.469, y el decreto N° 38, de 2005, del Ministerio de Salud, MINSAL, Reglamento Organico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y Establecimientos de Autogesti6n en Red.

Por otra parte, en la vision del Centro Hospitalario se indica que es un "Complejo de Salud PUblico, que contribuye a satisfacer las necesidades de salud de sus usuarios, con servicios que se distingan por su calidad". A su vez, es importante indicar que Ia misi6n establece que el Establecimiento debera "Contribuir a elevar el nivel de salud de Ia poblaciOn asignada, otorgando una atenci6n integral de alta complejidad, confiable, prestigiada y humanizada, con Ia participaciOn activa de los funcionarios capacitados y motivados, optimizando el use de su patrimonio tecnologico y financiero, al servicio de Ia continuidad asistencial y centrada en el usuario".

En cuanto al financiamiento, es necesario senalar que su principal fuente corresponde a las transferencias efectuadas por el Fondo Nacional de Salud, Fonasa, las cuales se canalizan a traves del Servicio de Salud Metropolitano Sur y, en un porcentaje menor, por los ingresos de operaciOn.

Las observaciones determinadas en el examen fueron expuestas en el Preinforme N° 63, de 2011, de esta Contraloria General y, remitido al Hospital Barros Luco-Trudeau mediante oficio ORD. N° 31.512, de 2011, para que formulary los alcances y precisiones que a su juicio procedieran, lo que se concreto mediante el oficio Reservado N° 35, de 2011, antecedente que fue considerado para Ia emisi6n del presente informe.

En relaciOn con el resultado del examen, se senalan las siguientes observaciones en las materias que se exponen a continuacion:

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AREA SALUD, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

I. EVALUACION DE CONTROL INTERNO

1. Manuales de procedimientos

Se constato que las Unidades de Convenios y de Cobranzas del Establecimiento Asistencial carecen de manuales de procedimientos actualizados, donde se describan las diversas actividades que desarrollan esas dependencias.

En el oficio de respuesta, el Director del Hospital inform6 de la existencia de un Manual de Organizacion y Funciones del Departamento de Gestion Financiera y Contable, el cual describe las funciones y perfiles de cargos de las jefaturas de cada una de las unidades del departamento mencionado. Asimismo, agrega que este fue difundido al personal correspondiente.

Conforme a lo anterior, este Organismo Contralor mantiene la observacion formulada, por cuanto el Manual de Organizacion y Funciones del Departamento de Gesti6n Financiera y Contable, al cual alude el Director del Hospital no corresponde propiamente a un manual de procedimientos, los cuales describen las actividades que deben seguirse en la realizacion de las funciones de cada una de las unidades administrativas, y deben incluir informacion y ejemplos de formularios, autorizaciones, entre otros aspectos, que permitan tener una guia para el correcto desarrollo de las actividades.

2. Sistemas de informaci6n

Se comprob6 que en Ia actualidad parte de los procesos vinculados con Ia captacion, facturacion, cobranza, rendicion y contabilizacion de los ingresos de operacion se Ilevan mediante medios computacionales y en forma manual, por lo tanto, en la practica se produce una situacion hibrida que repercute en la calidad de Ia informacion que deben entregar los respectivos sistemas.

El Director en su respuesta, sefial6 que se esta implementando el proyecto SIDRA que contempla, entre sus modulos de desarrollo, un sistema de recaudacion y facturacion "... lo que permitira dejar esta situacion hibrida comentada en el informe de Ilevar una parte de la informaci6n automatizada y otra en forma manual". Agrega, que se adjunta el informe de estado de avance del proyecto ministerial SIDRA.

Sobre el particular, procede mantener la observacion formulada, por cuanto no se adjunto el referido informe en la carpeta de antecedentes de respaldo enviados por ese Hospital, ademas no se precisa la fecha de entrada en funcionamiento del referido proyecto. En consecuencia, cabe hacer presente, que en una futura auditoria de seguimiento este Organismo de Control verificara el cumplimiento de lo informado por el Director.

3. Arqueos de fondos

La Unidad de Recaudacion del Centro

(pHospitalario no efectua con la debida periodicidad arqueos de fondos a las

r d. itversas cajas recauld. adoras, 1 sit .uacion que debilita los mecanismos de control

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Respecto de este punto, el Director del Hospital manifesto, en su oficio de respuesta, que la Unidad responsable de Ilevar a cabo los arqueos es Contabilidad y que dicha funcion no forma parte de las tareas de la Unidad de Recaudaci6n. Agrega que los arqueos de las cajas de recaudacion del Establecimiento, garantias y fondos fijos, los realiza la Unidad de Contabilidad, en forma sorpresiva y este definida en una pauta de arqueo, que contemplaria al menos 10 revisiones por mes. Adernas sefiala, que como respaldo, se tienen las actas de arqueo e informes mensuales. Asimismo, indica que la Unidad de Auditoria Interna del Hospital tambien realiza estos controles internos sorpresivos.

En relacion a las unidades de recaudaci6n se informo ademas que estos "... realizan sus arqueos ya sea mediante recuentos fisicos/presenciales al realizar cada cajero su cuadratura diaria y a su vez este procedimiento se realiza al efectuar la rendicion a Recaudacion central y esta a Ia Unidad de Contabilidad, donde se revisan y si procede a su posterior registro contable y deposit° en la entidad bancaria.".

Sobre el particular, se acepta lo expresado por el Hospital, sin perjuicio de que su verificacion se efectuara en una futura auditoria de seguimiento.

4. Admision de pacientes

La funcionaria encargada de Ia admision de pacientes a Pensionado, quien recibe los bonos que pertenecen al Establecimiento, tanto del Fonasa, como de las Instituciones de Salud Previsional, Isapres, de parte de las personas atendidas en el Hospital, no rinde fianza de fidelidad funcionaria en el ejercicio de esa labor, situacion que contraviene el articulo 68 de la ley N° 10.336.

Tambien se advirtio que en la Oficina de Admisi6n, son recepcionados los bonos provenientes de las prestaciones otorgadas por los medicos a los pacientes privados en Pensionado, en virtud de la Norma General Administrativa N° 2, aprobada por Ia resolucion exenta N° 368, de 2010, del Ministerio de Salud, los cuales, con posterioridad, son entregados a los profesionales de la salud, no obstante, tal labor no aparece consignada en forma explicita en ningun documento del Centro Hospitalario.

Sobre este punto, la Direccion del Hospital inform6 que en la Unidad de Convenios hay una funcionaria que cuenta con fianza de fidelidad funcionaria, y es ella Ia encargada de recibir los bonos de los pacientes que hacen use del Pensionado del Hospital, adjuntando en su respuesta copia de la poliza de fianza de fidelidad funcionaria de dona Ximena Andrea Zamorano Bravo, quien se desempetia en la mencionada unidad.

Al respecto, este Organismo Contralor levanta parcialmente la observacion formulada, ya que solo se informa de la existencia de fianza de fidelidad funcionaria de una de las personas que trabaja en admisi6n y realiza dicha funciOn, sin embargo, respecto de la funcionaria que no rinde fianza y que efectUa las mismas labores que la anterior, no se indica en forma explicita Ia accion que adoptara el Establecimiento.

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5. Cotizaciones de atenciones

Sobre el particular, se comprob6 que en algunas oportunidades, el formulario denominado "Presupuesto", donde quedan consignados los precios cotizados por el Hospital de las prestaciones asistenciales requeridas por las personas que solicitan ser atendidas en Pensionado, no indica la fecha de emision. Tal informacion cobra importancia, debido a que aparece dentro del texto de Ia cotizacion la frase que indica que "Este presupuesto es valid° por 15 dias, desde Ia emision de tal documento.".

En lo relativo a esta materia, el Director del Establecimiento expresa en su officio de respuesta que el formulario denominado "Presupuesto", esta en proceso de cambio y se consigna que contenga de modo explicito la fecha de emision, y su implementacion se Ileva a cabo desde el 1 de junio de 2011, incorporada como formulario de convenios.

En virtud de lo expuesto, se acepta la medida propuesta, cuya efectividad sera comprobada en una futura auditoria de seguimiento.

6. Recepcion de fondos

En relacion a los ingresos del Pensionado, se detecto que no son recaudados en un solo lugar, asi se tiene que el dinero efectivo, cheques y tarjetas de credit° son recibidos en la Unidad de Recaudacion, en cambio los bonos con los respectivos programas medicos, tanto de Fonasa como de Isapres, son recepcionados en la Unidad de Convenios, los que posteriormente son enviados a la Unidad de Cobranzas, por lo tanto, en la practica no existe una Unica dependencia que reciba Ia totalidad de los pagos efectuados por los pacientes, situaci6n que tiende a debilitar los controles internos sobre Ia materia.

Por otra parte, se observ6 que algunas Cajas Recaudadoras del Establecimiento carecen de un verificador de billetes que permita validar la autenticidad del efectivo.

El Director del Hospital indica, en lo relativo a Ia deficiencia expuesta en el primer parrafo, que debido a Ia naturaleza propia del procesamiento de las cuentas de hospitalizaciones de privados (ajustes de valores y numero de prestacion efectivamente otorgada), se requiere que dichos bonos sean recaudados y custodiados en Ia Unidad de Convenios con el prop6sito de velar por Ia oportuna y segura tramitacion de los cobros de hospitalizacion a los pacientes privados, y que dicha recaudacion sea controlada, de acuerdo a los procedimientos normales de arqueo de caja que Ileva a cabo la Unidad de Tesoreria.

En relacion a lo expuesto, este Organismo de Control mantiene lo observado, por cuanto la Direccion del Hospital no adopta medidas que digan relaciOn con la recepciOn Unica en una sola dependencia de ese Establecimiento de Salud, limitandose solo a informar las razones que justifican la recepci6n de bonos y otros documentos de valor en Ia Unidad de Convenios. Cabe hacer presente, que la recepci6n de valores en una sola Unidad disminuye la probabilidad que se cometan acciones fraudulentas.

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Respecto del verificador de billetes, manifesto que se implementara, en todas las cajas del Hospital, a la brevedad, una capacitacion de verificacion de billetes, que permita la deteccion de dinero falso.

En cuanto a dicha materia, este Organismo de Control acepta las acciones propuestas, sin embargo se hace presente Ia necesidad de contar con el aparato verificador de billetes que permita disminuir el riesgo de recepcion de billetes falsos como mecanismo de control.

7. Unidad de Recaudacion

Sobre este punto, se advirtio que Ia "Planilla Diaria" confeccionada por la Unidad aludida para efectuar las rendiciones globales de fondos a Tesoreria, no tiene consignado un espacio donde se indique quien es el responsable de su preparacion y, respecto de la aprobaciOn, se comprob6 que la persona que firma como Jefe de Recaudacion es la encargada de su confeccion lo que implica una falta de segregacion que debilita el control de la misma. Por otra parte, se verifico que los c6digos presupuestarios no estan actualizados y completos en su denominaciOn, asi se tiene, a modo de ejemplo, que aparece "Cod. Pabellon 01-01-002", en circunstancias que debiera ser "07-02 002 Derecho a Pabellon".

Asimismo, se constato que Ia Jefa de Recaudacion carece de un registro con los nombres y firmas de los distintos recaudadores del Establecimiento, pese que tal informacion resulta basica en las actividades de control relacionadas con las planillas de las rendiciones de fondos enviadas por los diferentes recaudadores.

En lo atingente a esta materia, Ia Direcci6n del Hospital manifesto que en Ia Planilla Diaria, elaborada por Ia Unidad de Recaudacion para las rendiciones globales de fondos de Tesoreria, se esta considerando un campo para individualizar al encargado de su preparacion y, respecto de la dualidad contemplada en la confecciOn y firma de las planillas diarias de rendiciones, se encuentra en proceso de revision y regularizaciOn la situacion de la jefatura de la Unidad, con el nombramiento de un Jefe subrogante, ante la larga y grave enfermedad de Ia actual jefatura. Asimismo, se indica que el plazo estimado para el remplazo de dicho cargo, es el 30 de agosto de 2011.

Can respecto a los c6digos presupuestarios, el Director indic6 que el proceso de carga en el sistema informatico de dichos codigos, lo realiza Ia Unidad de Informatica de Ia Direccion del Servicio, lo que provoca una mayor lentitud en Ia coordinacion de este proceso, que se subsanara, en un plazo estimado, el 30 de agosto de 2011.

Ademas, agrego que para el registro de la firma y V°B° de los recaudadores, en la actualidad se Ileva un cuaderno con tal proposito, y que dicho elemento de control se encuentra en la Unidad de Recaudacion desde el 1 de marzo de 2011.

Este Organismo Contralor acoge las acciones propuestas por el Centro Asistencial, cuyo cumplimiento y efectividad sera comprobado en una futura visita de seguimiento. No obstante, cabe hacer presente que lo observado respecto al ingreso de los c6digos presupuestarios, no dice relacion con problemas de coordinacion, sino mss Bien con la validaciOn de datos relacionados con esa codificaciOn.

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LIMA

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8. Pago de facturas

Al respecto, se evidencio que los funcionarios de Ia Unidad de Cobranzas que retiran los cheques y otros documentos de pago de diversas entidades, no rinden oportunamente tales cuentas a Ia Unidad de Tesoreria, permaneciendo dichos documentos guardados en Ia caja de fondos de la Unidad de Cobranzas por algunos dias. Tampoco se Ileva un registro que permits determinar la cantidad de tiempo que estos estuvieron en tal dependencia antes de procederse a la respectiva rendici6n. Asimismo, cabe agregar que, por regla general, las rendiciones son realizadas una o dos veces por semana y no al dia siguiente habil de su retiro desde las instituciones, vulnerando con ello la normativa de control interno sobre Ia materia, que indica que deberian ser rendidos al dia siguiente de su recaudacion.

En las copias de facturas adjuntas a la rendiciOn a Tesoreria no aparece la fecha en que fue retirado el cheque u otro documento de pago desde Ia entidad pagadora por parte del funcionario de la Unidad de Cobranzas, informacion que results necesaria para determinar la oportunidad con que fueron efectuadas las rendiciones de fondos a la Unidad de Tesoreria.

Sobre el particular, el Director del Establecimiento Hospitalario setialo que en Ia actualidad, las rendiciones de Ia cobranza a la Unidad de Tesoreria, de cheques y otros documentos de pago de diversas entidades, se Ilevan a cabo al dia habil siguiente del retiro de los documentos de pago y que diariamente se confecciona una n6mina de los documentos recaudados en cada jornada, tal como consta en las nominas adjuntas de retiro de estos.

Por otra parte, con respecto a las copias de facturas adjuntas a la rendicion de Tesoreria, el Director informO que se incorporara Ia fecha en que fue retirado el cheque u otro documento de pago desde la entidad pagadora y que el plazo para su implementacion es el 30 de junio de 2011.

En merit° de lo expuesto, este Organo de Control procede a dar por superada la situacion planteada, sin perjuicio de comprobar en una futura auditoria de seguimiento que el Hospital consigne la fecha de retiro del cheque, con el objeto de verificar su oportunidad.

9. Cobranza de prestaciones asistenciales

Respecto a esta materia, se advirtiO que las diferentes planillas de rendiciones de fondos presentadas por la Unidad de Cobranzas a la Unidad de Tesoreria, por los pagos recaudados en diferentes Instituciones, carecen de la firma de la persona que rinde los fondos, deficiencia de control que no permite establecer quien es Ia persona responsable de la rendici6n.

Tambien se comprob6 que en el caso de los ingresos por concepto de accidentes de transito y Pensionado, la instancia contable del devengado dentro del SIGFE, es realizada por la Unidad de Cobranzas, y no por los funcionarios de la Unidad de Contabilidad y Tesoreria responsables de ejecutar todo aquello que se relaciona con la operaciOn contable de Ia entidad.

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En lo relativo a este acapite, el Director del Hospital serial6 que, en Ia actualidad, la Unidad de Cobranzas contempla en las diferentes planillas de rendici6n, las firma tanto de la persona que rinde los fondos, como del Jefe de esa Unidad y de la Jefa de Tesoreria. Asimismo, inform6 que el devengo de los ingresos por accidentes de transit° y pensionado es efectuado en Ia Unidad de Contabilidad.

En atencion a lo expuesto, es preciso manifestar que se aceptan las medidas adoptadas por el Centro Asistencial, sin embargo, se hace presente que su verificacion sera realizada en una futura auditoria de seguimiento que realice este Organo de Control.

10. Unidad de Contabilidad y Tesoreria

Las revisiones que practica esta Unidad a las rendiciones de fondos, por lo general, se limitan a confirmar la exactitud aritmetica de los montos rendidos y otros aspectos formales, dejando de lado ciertas actividades de control relevantes, como por ejemplo Ia comprobacion de la correcta aplicacion de los aranceles por prestaciones asistenciales, con el objeto de verificar si los valores pagados por un paciente tienen relacion con Ia naturaleza de las atenciones otorgadas por el Hospital.

Al respecto, el Director del Establecimiento inform6 que en cuanto a las revisiones que practica Ia Unidad de Contabilidad y Tesoreria a las rendiciones de fondos, en aquellos ambitos que son propios de su competencia, solicita la aprobacion de las atenciones otorgadas y valores aplicados a los servicios competentes en la materia de que se trate, realizando los recalculos de sumatorias parciales y totales.

Por otra parte, se advirtio que en algunas ocasiones, no son efectuados en forma oportuna los depositos en la cuenta corriente N° 963012-1, del BancoEstado, destinada a recepcionar los depositos por atenciones asistenciales. En efecto, los ingresos rendidos por la Unidad de Recaudaci6n son depositados en Ia mencionada cuenta, al dia siguiente habil de su recepci6n, excepto los dias 10 y 30 de agosto de 2010, fechas en que dicho procedimiento no se cumplio. Ademas, se observe) que no siempre se ingresa en la cuenta corriente la totalidad de los fondos recaudados por concepto de ingresos propios, manteniendo un remanente en efectivo, tal como acontecio, entre otros dias, el 10 y 24 de agosto de 2010, quedando montos de $ 34.481 y $ 47.953, respectivamente.

Sobre este punto, la Direcci6n del Centro Hospitalario en su oficio de respuesta manifesto que respecto de los fondos recaudados por concepto de ingresos propios no ingresados en la cuenta corriente del Establecimiento y los recursos mantenidos en caja, se justifican por la necesidad de liquidez de Ia Unidad de Contabilidad y Tesoreria para el financiamiento de los fondos fijos y el pago de convenios de psiquiatria durante la Ultima semana del mes, y que el monto mantenido en caja, en custodia (caja fuerte) no sobrepasa los $ 2.500.000, en conformidad a acuerdos internos de ese establecimiento, resguardando asi los recursos y minimizando el nivel de riesgo existente al manejar grandes volumenes de dinero efectivo en caja.

En relacion a las planillas de rendiciones de fondos adjuntas a los comprobantes de ingresos, se verifico que no aparece la fecha, firma y el timbre de Tesoreria, informacion relevante que permite conocer

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en forma expedita la data en que fueron recibidos dichos antecedentes. Asimismo, se observe) que el documento de Ia Unidad de Tesoreria, no cuenta con las firmas de los funcionarios responsables de su preparacion y aprobacion.

Con respecto a lo indicado en el parrafo precedente, el Director expreso que se han incorporado en las mencionadas planillas la fecha, firma y timbre de Tesoreria, asi como las firmas de los funcionarios responsables de la preparaci6n y aprobacion del documento de dicha Unidad, y que estas medidas se implementaron a partir del 1 de junio de 2011.

En atenci6n a lo expresado, esta Contraloria General acoge Ia respuesta proporcionada por el Centro Asistencial, en lo que dice relacion con las planillas de rendiciones, pero se mantienen las observaciones referente a las actividades de control de Ia Unidad de Contabilidad y Tesoreria ya que no se indica en forma explicita si dicha Unidad verifica los valores de los aranceles asistenciales, y los ingresos por prestaciones asistenciales que se depositan en la cuenta corriente respectiva. Ademas, no consta que la Direccion haya establecido mecanismos de control que hagan efectivo el registro de los valores recaudados con la debida oportunidad e integridad.

11. Fichas clinicas

Se constato que algunas fichas se muestran con datos incompletos careciendo en algunos casos de informacion tal como edad y sexo de los pacientes.

En otras ocasiones, se observe) la falta del formulario de la "Declaracion de Aceptacion del Paciente Fonasa Libre Eleccion", de las personas que optan por la modalidad de libre eleccion, como asimismo la carencia de antecedentes respaldatorios, tales como epicrisis, anamnesis u otros.

Asimismo, se verifico que no queda copia en el Centro Hospitalario del documento denominado "Programa Medico", tanto de Fonasa como de las Isapres, lo que dificulta las labores de control sobre la materia.

En lo concerniente a este punto, el Director del Establecimiento de Salud manifesto que los antecedentes en la ficha clinica, tales como sexo y edad, son capturados formalmente en el registro digital de la Tarjeta de Ingres° de Paciente, TIP, no obstante, a contar del 1 de junio de 2011, se dispuso que en la ficha en formato papel, se consignen entre otros los datos senalados precedentemente.

Respecto al formulario "Declaracion de AceptaciOn del Paciente Fonasa Libre Eleccion", asi como otros antecedentes respaldatorios, inform6 que estos son obligatorios para Ia facturacion a Fonasa, no siendo posible solicitar los respectivos reembolsos a dicha Institucion en ausencia de cualquiera de estos, no obstante, se han reforzado los controles y revisiones, para prevenir este tipo de omisiones.

Ademas, agrego que para labores de control, no es posible contar con Programas Medicos de Isapres, debido a que dichas instituciones no emiten tal documentacion, solo bonos y liquidaciones y, en

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el caso de Fonasa, se registra el numero del Programa, no obstante que se ha dispuesto mantener una fotocopia del programa medico emitido por dicho Servicio.

En merit° de lo expuesto, este Organo Contralor acepta las acciones emprendidas por el Hospital respecto a las fichas clinicas y a Ia impresion de fotocopias del Programa Medico de Fonasa, lo cual sera comprobado en una futura auditoria de seguimiento, sin embargo, se mantienen las falencias descritas relativas a los antecedentes respaldatorios tales como epicrisis y anamnesis por lo que el Establecimiento Hospitalario debera contar con ejemplares de dichos documentos e incluirlos en las respectivas fichas clinicas.

12. Boleta de yenta de servicios no afecta o exenta de IVA

Se evidencio que algunas boletas emitidas en el mes de agosto de 2010, correspondientes a Pensionado, presentan una serie de omisiones en su Ilenado, como por ejemplo, no consignan el nombre del servicio clinico, Ia cantidad de dias-cama, el monto en letras y la firma del recaudador, advirtiendose, adernas, que en el formato del documento aludido aparecen dos nombres para identificarlo, "Comprobante de RecaudaciOn" y "Boleta de Venta de Servicios no Afecta o Exenta de IVA", situacion que dificulta las labores de control.

Por otra parte, se constato que, por regla general, aquellas boletas anuladas no indican Ia causa de la anulaciOn ni Ia correspondiente autorizaci6n.

En su respuesta, Ia Direccion del Hospital informo que el contenido y antecedentes que proporcionan las boletas de yenta de servicios no afectas o exenta de IVA, van incluidos en Ia copia que se adjunta del Programa de Servicio de Salud, PSS, donde se detalla el servicio clinico, cantidad dia cama, nombre y firma del recaudador, no obstante, sefialo que a partir del 20 de junio se comenzara a exigir el detalle de Ia informacion del servicio en todas las copias de las boletas y su respectivo PSS.

En cuanto a los documentos nulos, manifesto que ello se consignara con un timbre, en todas las copias que tengan esa condicion, indicando Ia correspondiente causal, estimandose que el procedimiento quedara implementado a mas tardar el 30 de junio de 2011.

Al respecto, esta Contraloria General acoge las acciones emprendidas, no obstante su concreciOn se verificara en una proxima auditoria de seguimiento.

II. EXAMEN DE CUENTAS

1. Pensionado

1.1. Convenios con medicos para Ia atencion privada

De Ia revision practicada sobre este punto, se desprendieron las siguientes situaciones:

- El Hospital no cuenta con un catastro actualizado de los profesionales de Ia salud que atienden a personas no beneficiarias de Ia ley N° 18.469, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado

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fue aprobado por DFL 1, de 2005, del Ministerio de Salud, situacion que impide verificar a una fecha determinada la cantidad exacta de profesionales que se encontraban autorizados para atender a pacientes privados y utilizar las dependencias y el equipamiento del Hospital Barros Luco-Trudeau.

En su respuesta, el Director del Hospital indica que se encuentra en etapa de desarrollo y revision, un nuevo formato de convenio con medicos para la atencion privada que recoge todos los aspectos que regula Ia ley, y que dicho proceso debera estar regularizado al 31 de octubre del presente aflo.

- Se establecio que algunos facultativos no solicitan por escrito el ingreso de sus pacientes privados que se hospitalizan en el Pensionado del Centro Asistencial. Es asi como, de 20 fichas clinicas revisadas, en 6 de ellas no aparece el respectivo documento extendido por el medico tratante, es decir, no hubo peticiones de caracter formal.

Sobre este acapite, Ia Direccion del Hospital inform6 que la ausencia de la solicitud formal de ingreso del medico tratante, obedece a situaciones puntuales, donde no se adjunto al set de documentacion de Ia cuenta del paciente en forma oportuna, debido a lo cual se han reforzado los controles y revisiones con el propOsito de prevenir la ocurrencia de esta tardanza consistente en anexar a la ficha clinica la senalada solicitud del facultativo por escrito al ingresar sus pacientes privados a hospitalizarse en este recinto asistencial.

- Asimismo, se determine la falta de coordinacion entre las Unidades de Convenios y Recursos Humanos, en materias tales como jornada de trabajo de los profesionales y cese de funciones de los facultativos en el Centro Hospitalario.

- Ademas, se constat6 que no existen procedimientos formales relacionados con la supervision y control de los horarios de atenciOn a los pacientes particulares, con el objeto de verificar que las atenciones privadas de los profesionales, sean realizadas fuera de la jornada habitual.

En relaciOn a lo observado, el Director informo que los horarios para Ia atenciOn de pacientes privados se inician a contar del termino del horario institucional, esto es a las 16:30 hrs, y que para el control de los horarios, en el libro de ingreso se registra a contar del 13 de junio de 2011, la hora de inicio y termino de la cirugia, informaciOn obtenida de la hoja de pabellon.

- Se comprobo que en los ultimos dos anos no se ha supervisado el cumplimiento de las clausulas contractuales establecidas en los respectivos convenios, a pesar que en el punto octavo del contrato queda estipulado que "Controlara el cumplimiento del presente convenio el medico auditor nominado por la Direccion del establecimiento para tal efecto...".

En relaciOn a este punto, el Director del Hospital indico que junto con la renovaciOn de los convenios, de acuerdo a lo serialado en el Wrath 1° de este punto, el cumplimiento de estos y sus clausulas, son parte del proceso de desarrollo, revision y puesta en marcha que se efectuaria al 31 de octubre de 2011. e

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- Tambien se observo que en el formato de los convenios suscritos entre el Centro Hospitalario y los profesionales de la salud para la atenci6n de pacientes privados, no se contemplan, de manera clara y precisa, entre otros, los dias y horas en que debe realizarse esa actividad.

Sobre este topic°, el Director manifest6 que respecto de las condiciones que se establezcan en los convenios para la atencion de pacientes privados, como los dias y horas en que deben realizarse dichas actividades, estas seran incorporadas en el nuevo formato de convenio conforme se establece en la ley y normas que regulan esta actividad.

En virtud de lo expuesto, se da por superada la observacion formulada, en el entendido que el Hospital arbitrary las medidas conducentes a la preparaciOn de un catastro completo y actualizado de los convenios medicos e implemente la coordinacion entre las Unidades de Convenios y Recursos Humanos referida principalmente a la jornada de trabajo y al cese de funciones de los facultativos, lo cual sera verificado en el seguimiento de la presente auditoria.

1.2. LiquidaciOn de la cuenta del paciente

Al respecto, se advirtieron demoras en la comunicacion a los pacientes del monto adeudado por las prestaciones recibidas, por lo general, debido a las dificultades en la obtenci6n de los datos referidos a las prestaciones asistenciales otorgadas. Es asi como, se observaron casos en los que entre el alta y la liquidacion de la cuenta, transcurrieron hasta 162 dias. Anexo N° 1.

En relacion a este acapite, el Director serialo que la demora en la comunicacion a los pacientes del monto adeudado por las prestaciones recibidas, fue corregida con la implementacion de procesos de control mediante QUERY (listados de base de datos), de los sistemas de informacion y antecedentes que proporciona el sistema de Gesti6n Relacionada al Diagn6stico, GRD, que permiten la obtenci6n en forma oportuna, de los datos referidos a las prestaciones asistenciales otorgadas. Asimismo, indica que a partir de marzo de 2011 se dispuso que la secretaria de convenios retire diariamente las fichas clinicas, desde el GRD, para minimizar tiempos y extravios.

Esta Contraloria General acoge las acciones propuestas, no obstante se hace presente que su cumplimiento sera verificado en una futura auditoria de seguimiento.

1.3. Pago de las prestaciones asistenciales

Se comprob6 que, en ciertas ocasiones, existe un retardo en la recepci6n de los valores adeudados por pacientes de Pensionado, asi tenemos que en el mes de agosto de 2010, de 6 boletas pagadas, por un total de $ 2.937.080, en una de ellas el retraso Ilego hasta los 93 dias, contados desde la liquidaciOn de Ia cuenta del paciente hasta al pago de las prestaciones entregadas por el Hospital. Anexo N° 2.

Por otra parte, se verifico que a ciertos pacientes atendidos en el Pensionado se les dieron facilidades de pago, observandose en un caso el otorgamiento de hasta ocho cuotas. Adernas, se

q constato que Ia autorizacion se efectu6 de manera informal por el Jefe de la Unidad de Cobranzas, sin que tuviera facultades legales para ello.

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En su oficio de respuesta, el Director del Hospital setialo que la demora en Ia recepcion de los valores adeudados por pacientes de Pensionado depende de la concurrencia del paciente al Hospital a regularizar los pagos por prestaciones recibidas y las instituciones privadas pueden tardar en emitir sus bonos hasta 90 dias. Ademas, agregO que se implementara un procedimiento para la autorizacion del pago en cuotas para casos calificados, por medio de la Direccion del Establecimiento o a quien se autorice por resolucion para tal efecto, cuya regularizaciOn estara efectuada al 30 de septiembre del ano en curso.

En relaciOn a lo anterior, cabe senalar que el Director del Hospital debera ordenar una investigacion sumaria con el objeto de determinar eventuates responsabilidades administrativas del funcionario que sin contar con facultades para ello, procedi6 a otorgar facilidades de pago por las atenciones en Pensionado. Asimismo, debera adoptar medidas concretas con el objeto de realizar el cobro de las deudas por atencion a pacientes que aCin se encuentran morosos y de esta manera proteger los derechos de la institucion.

1.4. Productos farmaceuticos e insumos clinicos

En relacion a esta materia, se comprob6 que el Establecimiento cobra los medicamentos a los pacientes hospitalizados en Pensionado utilizando uno de los 13 paquetes denominados "Detalle de Insumos y Farmacia", cuyos valores oscilan entre los $ 90.000 y los $ 360.536, eligiendose de acuerdo al tipo de anestesia, duraci6n y clase de intervenciOn quirurgica, y la cantidad de dias de estadia de Ia persona. Observandose adernas, que los aludidos paquetes no estan aprobados formalmente por una instancia competente para ello dentro del Hospital.

Al respecto, la Direcci6n del Hospital inform6 que se implementara la autorizacian y procedimiento, por resolucion, para los paquetes de "Detalle de Insumos y Farmacia" que se utilizan para el cobro de productos farmaceuticos e insumos clinicos a los pacientes hospitalizados en Pensionado, cuya regularizacion estara efectuada al 31 de octubre del ano en curso, con Ia debida formalizacion.

En consideraci6n a lo expuesto esta Contraloria General acoge la respuesta proporcionada por ese Hospital teniendo presente adernas que adopt6 medidas concretas, estableciendo una fecha cierta de implementaci6n. No obstante lo anterior, cabe hacer presente que Ia verificaciOn de tales medidas sera efectuada en una proxima auditoria de seguimiento.

1.5. Arancel de prestaciones asistenciales a particulares

El listado de precios en comento fue aprobado por la resolucion exenta N° 2.338, de 29 de junio del 2010, de Ia Direccion del Hospital Barros Luco-Trudeau, estableciendo en el punto 2 que regira desde el 1 de mayo del 2010, sin embargo, en la practica comenz6 a aplicarse a partir del 20 de julio de ese mismo ano, segun consta en correo electrOnico del Jefe de Ia Unidad de Convenios del Centro Asistencial. Tambien se advirtiO la existencia de errores en el valor de algunas atenciones dentro del arancel, como por ejemplo en la prestacian 2104126 "Amputacion Intervalo Abdominal", aparece por $ 104.100, en vez de $ 1.004.100.

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Del mismo modo, se detecto que en ciertas oportunidades, Ia persona encargada de cuentas corrientes de la Unidad de Convenios no utilizo los valores vigentes al afio 2010 en el momento de la liquidacion de las prestaciones asistenciales otorgadas a usuarios, produciendose, diferencias, de escasa cuantia, en las partidas de Derecho de Pabellon y Examenes.

Sobre esta materia, el Director del Hospital manifest6 que dicho arancel esta en proceso de revision y actualizacian por Ia Unidad de Convenios, proceso que concluira con la entrada en vigencia de los nuevos valores el 30 de septiembre de 2011.

Esta Contraloria General hace presente que no hay un pronunciamiento explicit° de ese Establecimiento respecto al desfase en la aplicacion del arancel, en cuanto a la existencia de errores en el valor de algunas atenciones y en lo referente a que en ciertas oportunidades, la persona encargada de las cuentas corrientes de la Unidad de Convenios, no utilizo los valores vigentes al alio 2010, por lo que se mantienen las objeciones formuladas, debiendo regularizarse a la brevedad.

2. Pago Asociado a Diagn6stico, PAD

Se entiende por PAD, al conjunto de prestaciones previamente estandarizadas, que permiten resolver en forma integral un diagn6stico o patologia determinada. Cabe sefialar, quo por tratarse de casos de tratamientos programados, las instituciones y los beneficiarios quedan obligados a tramitar con anterioridad el Programa de AtenciOn de Salud.

2.1. Convenios con profesionales

En relacion a los convenios suscritos entre el Establecimiento con diversos medicos para atencion bajo Ia modalidad de PAD, se observo que no constaba un ejemplar del contrato del profesional medico Neurocirujano senor Pablo Holgrem Darrigrandi, segun lo expresado por la encargada de la Unidad de Convenios del Hospital.

Por otra parte, se constat6 la carencia de una resolucion que establezca el porcentaje de la distribucion de los bonos PAD entre el Hospital y el equipo medico que participa en las diversas prestaciones otorgadas, sin embargo en un anexo del convenio suscrito por cada profesional aparece indicado el porcentaje que recibira por su participacion en la respectiva patologia. Adernas, cabe agregar que la Unidad de Convenios del Establecimiento entrego una planilla excel denominada "Valores Paquetes 2010", donde aparecen los montos que recibira, tanto el Centro Asistencial como cada uno de los integrantes del equipo medico.

El Director del Hospital indic6 que en lo relativo a la deficiencia expuesta en el primer parrafo, se encuentra en etapa de desarrollo y revision, un nuevo formato de convenio PAD que recoge todos los aspectos que regula Ia ley, y que dicho proceso debera estar regularizado al 31 de octubre del presente ario, y que la n6mina actualizada de medicos con convenios PAD vigentes para la atenciOn privada se mantendra fisicamente en la Unidad de Convenios y se revisara anualmente por la jefatura o el encargado responsable de dicha unidad .

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Asimismo, manifesto que para Ia distribucion de los bonos PAD entre el equipo medico y el Hospital, se elaborara una resolucion exenta que entrara en vigencia a partir del 1 de octubre de 2011.

Respecto de lo serialado precedentemente, se aceptan parcialmente las acciones propuestas por el Hospital, sin embargo, se hace presente que aUn se mantiene pendiente la observacion relacionada con Ia falta del ejemplar de convenio del profesional Pablo Holgrem Darrigrandi, todo lo cual sera comprobado en una pr6xima visita de seguimiento que efectUe este Organismo de Control

2.2. Profesionales autorizados por FONASA

Al respecto, se observe) que algunos anestesistas que han participado en intervenciones quirurgicas, no se encuentran enrolados en el FONASA para efectuar prestaciones bajo la modalidad de PAD, segun consta en los oficios ORDs. N OS 8249 y 3930, de 2004 y 2007, respectivamente, del Fondo Nacional de Salud, relacionadas con prestadores de Ia modalidad de libre eleccion. Anexo N° 3.

Sobre el particular, el Director del Establecimiento Asistencial manifesto, en su oficio de respuesta, que el cirujano inscrito en FONASA para realizar intervenciones por convenios PAD, segOn Normas tecnico administrativas, es el responsable del equipo medico.

En merit° de lo expuesto, esta Contraloria General mantiene Ia observacion formulada, por cuanto no hubo una respuesta explicita respecto a los anestesistas que participan en las intervenciones de PAD, lo cual no es concordante con lo indicado en la letra a, punto 27.1, de la resoluciOn exenta N° 49, de 2009, que establece las normas tecnicas para la aplicacion del arancel del regimen de prestaciones de salud en Ia modalidad de libre eleccion, en la cual se seriala que "Los prestadores, que deseen acceder al mecanismo de pago PAD, deberan inscribirse en el Rol de la Modalidad de Libre Eleccion...".

2.3. Liquidaciones de PAD

Se determine) que el Centro Asistencial, durante agosto de 2010, efectuo pagos a ocho Sociedades de Profesionales, en circunstancias que los convenios fueron suscritos en forma individual con los facultativos que las conforman. Ademas, se extendieron boletas de yenta y servicios no afectos o exentos de IVA, en circunstancias que debi6 entregarse boletas de honorarios tal como se estipula en los respectivos contratos. Anexo N° 4.

Igualmente, se verifico que en algunas boletas, extendidas por los profesionales, no se indica en forma clara y precisa el tipo de patologias y el period() en que fueron realizadas las respectivas prestaciones, en otras no se completan en su totalidad datos tales como el RUT, direcci6n y comuna del Centro Hospitalario.

Por Ultimo, se comprobe) que las boletas de honorarios N OS 1.153 y 1.154, ambas del 1 de octubre de 2010, emitidas por la Sociedad Medica Mabel Norte Ltda., no aparecen con la retencion del 10% del impuesto de segunda categoria.

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En lo relativo a esta materia, la Direccion del Hospital expres6 que las Iiquidaciones de PAD a ocho Sociedades de Profesionales, se suspendieron, efectuandose dichas liquidaciones a los medicos con convenios vigentes (boletas de honorarios a nombre del medico) y que en la actualidad no se reciben boletas de pagos de PAD de sociedades, mientras no sean regularizados los respectivos convenios, instruyendose al personal revisar que las boletas de honorarios contengan todos los datos consignados en cada uno de los campos del documento.

Conforme a lo anterior, esta Contraloria General acepta parcialmente las acciones ejercidas por el Hospital, por cuanto no hubo un pronunciamiento respecto de la retenci6n del impuesto de segunda categoria, en las boletas emitidas por Ia Sociedad Modica Mabel Norte Ltda. Cabe hacer presente que las medidas adoptadas por el Hospital seran verificadas en una futura auditoria de seguimiento.

3. Accidentes de transit°

3.1. Atenciones no facturadas Sobre el particular, se observo que no

todas las prestaciones otorgadas a lesionados por accidentes de transit° fueron facturadas a las distintas empresas de seguros, debido, entre otras razones, a errores en el RUT y nombre del accidentado o polizas vencidas informadas en el correspondiente certificado de Carabineros de Chile. Asi se tiene que en agosto del ario pasado, de 236 personas atendidas en ese mes, al 31 de enero de 2011, no se ha cobrado ni valorizado la atenci6n de 173 personas, esto es, un 73% del total de pacientes.

Al respecto, el Director de Establecimiento de Salud inform6 que la facturaci6n por accidentes de transit°, depende de los antecedentes proporcionados por las Fiscalias, los que en ocasiones presentan errores y datos que no corresponden y, dada la dificultad que implica recaudar prestaciones que dependen de antecedentes contenidos en los partes de Fiscalias, cuya tramitaci6n, exactitud y resultados no dependen del Hospital, se estan revisando los procesos y reestructurando la oficina de accidentes de transit°, actividades que culminarian el 30 de septiembre de 2011.

Este Organismo Contralor acoge las medidas propuestas, sin embargo se hace presente que el Hospital debera adoptar medidas concretas tendientes a efectuar Ia facturaci6n de los valores pendiente de cobro, cuyo cumplimiento sera verificado en una futura visita de seguimiento.

3.2. Facturacion a Empresas Aseguradoras

Se comprob6 que en algunas ocasiones hubo tardanza en el proceso de facturaci6n a las Entidades Aseguradoras por las prestaciones otorgadas a lesionados de transit°, alcanzando en uno de los casos analizados hasta los 213 dias de atraso. Lo anterior se debe a que, por lo general, no se obtienen en forma oportuna los antecedentes para la emisi6n de las facturas, situacion que tiene importancia debido a que existe un plazo de un alio a contar de la fecha del accidente para cobrar tales prestaciones, adernas del perjuicio ocasionado en la recaudaci6n de los ingresos de operacion del Hospital. Anexo N° 5.

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Sobre este acapite, el Director del Hospital inform6 que la facturaci6n a empresas aseguradoras, se afecta por las mismas causas del punto 3.1 del informe, donde la dependencia de los antecedentes que proporcionan las Fiscalias, que presentan problemas de fidelidad y oportunidad, dificultan Ilevar a cabo la facturacion correspondiente, y que la solucion a esta situacion contempla la revision de los procesos y reestructuracion de la oficina de accidentes de transit°, actividades que culminarian el 30 de septiembre de 2011.

Este Organismo Contralor acepta lo senalado por el Director, sin embargo, tal como se manifesto anteriormente, su verificacion y cumplimiento sera comprobado en una futura visita de seguimiento.

3.3. Cobranza de facturas

Sobre el particular, se constato que, en algunas oportunidades, el tiempo transcurrido entre la emision de la factura y la rendicion efectuada a la Unidad de Tesoreria por los pagos recibidos de las Companias Aseguradoras, sobrepasan el mes sin que existan explicaciones que justifiquen dicha demora. Anexo N° 6.

Ademas, se advirtio que al 11 de marzo de 2011, existian facturas impagas correspondientes a los arlos 2009 y 2010, ascendentes a $ 46.548.097, siendo la factura mas antigua del 12 de mayo del 2009, por la suma de $ 234.795, evidenciandose la falta de acciones efectivas de cobranza, lo que afecta el interes patrimonial del Hospital.

En lo relativo a esta materia, el Director del Hospital expres6 que sin perjuicio de las acciones de cobranza que se Ilevan a cabo por parte del Establecimiento, mediante correos electronicos, cartas y Ilamados telefonicos, la demora en la cobranza de los seguros, depende del tiempo que las comparilas aseguradoras tardan en pagar una factura, siendo este variable y, que en este sentido, el Servicio establecera una politica que detalle los plazos y acciones para la cobranza, lo cual debera estar implementado al 30 de septiembre de 2011.

Ademas, agrego que en relacion a las facturas que no han sido canceladas por las aseguradoras, su cobranza y seguimiento este contemplado en la politica respectiva a la que se hace alusion en el parrafo precedente, y que en la actualidad se Ilevan a cabo acciones de cobranza por medio de cartas, correos electronicos y Ilamadas telefOnicas.

No obstante lo serialado, se mantiene la observaciOn formulada hasta que se concreten las acciones anunciadas por el Hospital, lo que sera verificado en una proxima auditoria de seguimiento.

3.4. Facturas de yentas y servicios no afectas o exentas de IVA

Estos documentos, por lo general, no detallan el monto de las atenciones, a via de ejemplo en algunos casos, solo se coloca "Consulta", ademas de carecer del dato referido al giro comercial, falta de exactitud en el Ilenado de tales documentos, que dificulta el registro y control de los mismos.

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En lo atingente a esta materia, el Director del Centro Hospitalario manifesto que se estableceran las formalidades y requisitos minimos de informacion que deberan contener las facturas de yentas y servicios no afectas o exentas de IVA, para ser aceptadas, de modo que proporcionen los antecedentes necesarios para su debido control y que dichos requisitos seran comunicados e informados debidamente, para que comiencen a regir las nuevas normas a partir del 1 de octubre de 2011.

Sobre la materia, cabe manifestar que se aceptan las medidas propuestas, sin perjuicio de comprobar en una futura visita de seguimiento, que dichos requisitos minimos, que seran formalizados, incluyan las correcciones a las deficiencias detectadas en las facturas.

3.5. Notas de credit°

Se constat6 que en la mayoria de estos documentos, no se indica en forma explicita los motivos que originaron su emisi6n. Tampoco queda como respaldo el antecedente de la entidad reclamante donde indique las razones de no pagar ciertas prestaciones asistenciales otorgadas. A via de ejemplo, se pueden citar las N OS 1.058, de 19 de julio de 2010, por $ 72.849 y 1.069, de 8 de septiembre de 2010, por $ 38.940. Ademas, se advirtio que el ejemplar que le corresponde recibir a la InstituciOn Aseguradora queda normalmente en poder del Establecimiento en la Unidad de Cobranzas.

La Direcci6n del Hospital inform6 que se ha instruido al Encargado de la Unidad de Cobranza, que a contar del 20 de junio de 2011 todas las notas de credits° senalen en forma explicita los motivos que originaron su emision, adjuntando el antecedente de la entidad reclamante donde se indiquen las razones de no pago de ciertas prestaciones asistenciales otorgadas.

En virtud de lo expuesto, se da por superada la observacion formulada, sin embargo, cabe hacer presente que el Servicio debera informar en una futura auditoria de seguimiento las razones del no envio de la nota de credit() que corresponde remitir a la InstituciOn Aseguradora.

3.6. Arancel de accidentes de transit°

Al respecto, se observo que para valorizar las prestaciones asistenciales provenientes de accidentes de transito, el Centro Hospitalario utiliza los valores del arancel a particulares que esta incorporado en el sistema computacional, por lo tanto, no esta aplicandose el criterio de valorizaciOn fijado por la circular N° 1.462, del ano 1999, de la Superintendencia de Valores y Seguros sobre la materia, que indica que el reembolso no podra exceder al valor asignado para la respectiva prestaciOn en el arancel 3 de la modalidad de libre eleccion del Fonasa, vigente at momento de otorgarse la atencion, excepto las relacionadas con dia cama, traslados, gastos farmaceuticos, atenci6n dental y las intervenciones quirCirgicas y protesis grupos 11 al 21 y 23, que se regiran por los criterios indicados en tal documento, de acuerdo a lo sefialado en el articulo segundo letra d) inciso segundo de dicha circular.

Asimismo, se constato que en algunas atenciones otorgadas no son coincidentes los precios que senala el arancel de particulares del Hospital con respecto al valor indicado en el sistema computacional, asi se tiene que la prestacion 0403016 Pelvis (28 Cortes 8-10

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MM.), aparece en el listado con un valor de $ 62.635, en circunstancias que en el sistema informatico esta consignada por un monto de $ 58.770.

En lo relativo a este acapite, el Director del Establecimiento serial6 que este arancel se encuentra en revision, cuya definiciOn se realiza a partir del arancel Libre Eleccion Fonasa y la actualizacion se recibio con fecha de mayo de 2011, debiendo contarse con los nuevos valores al 30 de septiembre de 2011.

Al respecto, esta Contraloria General acepta las acciones relacionadas con la definici6n del arancel de accidentes de transit°. Sin embargo, se hace presente que no hay un pronunciamiento en cuanto a la falta de coincidencia de valores entre el arancel de particulares respecto al sistema computacional sobre la prestacion 0403016, como tampoco en lo concerniente al criterio aplicado en Ia valorizacion de aranceles para las prestaciones provenientes de accidentes de transit°, por lo que se mantiene la observaci6n.

4. Recuperacion de licencias medicas

En lo atingente a este acapite, se comprob6 que respecto de los montos adeudados por concepto de licencias medicas se registra el devengo y percepcion en forma simultanea, procedimiento que, adernas de no dar cumplimiento a Ia norma contable, conforme lo que establece el oficio N° 60.820, de 2005, de esta Contraloria General, distorsiona la informacion contable-financiera, ya que no permite conocer a una fecha determinada las sumas adeudadas por las Isapres y el Fonasa.

La Direccion del Hospital inform6 que Ia recuperacion de licencias medicas se encuentra en proceso de revision, debido a que variantes en su tramitacion, como el rechazo de estas, demanda Ia definicion e implementacion de sistemas y politicas que permitan procedimientos mas eficaces, eficientes, y su adecuado registro, y que este proceso debera estar terminado al 31 de octubre de 2011 (licencias rechazadas, captura de datos).

Esta Contraloria General acoge las acciones relacionadas con politicas implementadas para realizar de manera oportuna la recuperacion de las licencias medicas por parte del Hospital. Sin embargo, se hace presente que se mantiene la observacion relacionada con el devengo de los montos adeudados por concepto de licencias medicas por cuanto el Hospital no se pronuncio.

5. Cuentas corrientes bancarias

5.1. Conciliaciones bancarias Del analisis de la conciliacion bancaria de

la cuenta corriente N° 9630121, del BancoEstado, correspondiente al mes de agosto de 2010, se advirtio que no aparece Ia fecha en que fue preparada. Adernas, se incluye Ia suma de $ 875.722, como "Diferencia en Proceso de Investigacion", que data del ano 2008, sin embargo, no aparece una explicacion que indique las razones de mantener dicho monto pendiente de regularizar.

Sobre el particular, el Director del Establecimiento de Salud manifesto que, en la actualidad, se esta desarrollando una revision de la conciliacion bancaria de Ia cuenta corriente N° 9630121 del

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BancoEstado, desde enero de 2006 a diciembre de 2008, proceso que debera concluir a fines de septiembre de 2011, con la finalidad de detectar el registro de "diferencia en proceso de investigacion, que data del alio 2008 y que a la fecha de revision, agosto 2010, figuraba como pendiente de regularizarse".

Esta Contraloria General acepta la acci6n emprendida por el Centro Asistencial, la cual sera verificada en una futura auditoria de seguimiento.

5.2. Cheques caducados

En relacion a este acapite, se determin6 Ia carencia de un procedimiento de inutilizacion de los documentos de pago aludidos una vez expirado el plazo legal de cobro, asi se tiene que en la practica se muestran adjuntos al Documento de Tesoreria tal como fueron extendidos, situaci6n que conlleva los riesgos de poder ser utilizados nuevamente.

En lo atingente a este punto, el Hospital selialo que para inutilizar los cheques caducados, esta en confeccion un timbre, el cual debera estar implementado en el transcurso del mes de julio 2011.

Este Organo Contralor acepta lo informado por el Servicio, lo que sera corroborado en una futura auditoria de seguimiento.

5.3. Documentos protestados

Se constato la existencia de 142 cheques protestados que datan desde el arm 1995, cuyo monto alcanza a $ 34.232.552, los cuales al momento de la inspecci6n estaban guardados en archivadores que mantenia la Unidad de Cobranzas. Asimismo, se comprobo que no se mantiene un registro de control de dichos documentos bancarios, lo cual impide conciliarlos con la respectiva cuenta en el SIGFE. Anexo N° 7.

En su respuesta, el Director del Hospital expreso que esta en implementacion el procedimiento contable para contar con un registro para su control, y su posterior analisis y conciliacion con el sistema SIGFE y auxiliares contables correspondientes. Ademas, informo que este proceso estara en funcionamiento a partir del 1 de octubre de 2011.

Sobre este punto, se acoge Ia respuesta en virtud que el Hospital adopto acciones tendientes a subsanar la observaciOn formulada, sin embargo cabe hacer presente que se deberan efectuar ademas todas las acciones de cobro antes de solicitar el castigo de los citados documentos, lo cual sera verificado en una pr6xima auditoria de seguimiento que realice este Organismo de Control.

III. CONCLUSIONES

El Hospital Barros Luco-Trudeau ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido subsanar parte de las observaciones planteadas, como se expresa en el cuerpo del presente informe.

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No obstante lo anterior, se mantienen algunas situaciones respecto de las cuales se deberan adoptar las medidas pertinentes que contemplen, al menos, las siguientes acciones:

1. Confeccionar los manuales de procedimientos tanto para las Unidades de Convenios como de Cobranzas del Establecimiento Asistencial, debidamente sancionados por la autoridad pertinente.

2. Implementer un sistema computacional vinculado con los procesos de captaci6n, facturacion, cobranza, rendicion y contabilizaciOn de los ingresos de operaci6n.

3. Gestionar las polizas de fidelidad funcionaria para todos aquellos funcionarios que desarrollan la admisi6n de pacientes a Pensionado, que recepcionan bonos de atenciOn, tanto de Fonasa como de Isapres.

4. Como norma de control interno debiera existir una sola unidad que reciba el efectivo, los cheques, las tarjetas de credito y los bonos. Ademas, en todas las cajas recaudadoras deberan contar con un verificador de billetes con el objeto de comprobar la autenticidad del dinero.

5. Que Ia Unidad de Contabilidad y Tesoreria verifique Ia correcta aplicacion de los aranceles por prestaciones asistenciales, como tambien, en lo relativo a los depositos diarios, se deberan arbitrar las medidas pertinentes que permitan tener la seguridad que los montos recaudados son registrados con Ia debida oportunidad e integridad.

6. Adoptar las medidas conducentes a subsanar las observaciones relacionadas con Ia carencia de antecedentes respaldatorios que forman parte de cada una de las fichas clinicas.

7. Preparar un catastro completo y actualizado de los medicos que mantienen convenios vigentes con el Hospital para la atencion de pacientes privados y, ademas, implementar una efectiva coordinaciOn entre las Unidades de Convenios y Recursos Humanos, referidos principalmente al cese de funciones y a la jornada de trabajo de los facultativos.

8. Implementar los mecanismos que permitan recuperar con oportunidad los valores adeudados por los pacientes de Ia Unidad de Pensionado.

9. En relacion al arancel de prestaciones asistenciales a particulares, velar por su correcta aplicacion con el objeto de evitar errores en la determinacion de los montos a cobrar por las atenciones otorgadas. Asimismo, proceder a analizar en que casos el Hospital no utilize) los valores vigentes al ano 2010.

10. Generar un catastro actualizado y completo, en el caso de las prestaciones PAD, sobre todos los convenios bajo esa modalidad que mantiene el Establecimiento con los profesionales medicos. Asimismo, todos quienes efectUen prestaciones PAD deben estar enrolados en Fonasa.

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11. Proceder a regularizar la situacion del profesional Pablo Holgrem Darrigrandi. quien no contaba con un contrato durante la auditoria que realiza esta Entidad de Control.

12. Explicar las razones por las cuales no se retuvo el impuesto de segunda categoria en el caso de las boletas emitidas por la Sociedad Modica Mabel Norte Ltda. regularizando dicha situacion.

13. Facturar aquellas prestaciones otorgadas a lesionados por accidente de transit° que a la fecha de esta auditoria se encontraban aijn pendientes de cobro.

14. En lo atingente a las notas de creditos, provenientes de la facturacion de los accidentes de transit°, remitir un ejemplar de dicho documento a la Institucion Aseguradora.

15. Contabilizar el devengamiento de las licencias medidas en el momento en que son enviadas a cobro las nominas. tanto a las Isapres como a Fonasa.

16. Sobre los cheques protestados. se deberan realizar las acciones de cobro necesarias, previo al castigo de estos.

La efectiva implementacion de las medidas indicadas. asi como de aquellas propuestas por el Hospital Barros Luco-Trudeau, seran comprobadas en una futura visita que se practique en esa Entidad, de conformidad con las politicas de este Organismo sobre seguimiento de los programas de fiscalizacion.

Sin perjuicio de lo anterior, se debera instruir una investigacion sumaria. con el objeto de determinar las eventuales responsabilidades administrativas respecto de la concesion de facilidades de pago por las prestaciones entregadas a pacientes de Pensionado, sin que se tuvieran las facultades para ello, debiendo remitir a esta Contraloria General la resolucion con el resultado del mismo. para su correspondiente tramite de Toma de RazOn de acuerdo con lo establecido en la resolucion Nc 1600, de 2008. de esta Contraloria General.

Saluda atentamente a Ud.,

EDRO BERRIOS OSORIO Jefe Area de Saiod, Agricuttura

y Aded3O Ambiente DivisiOn de Auditoria Administrative

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ANEXO NV' 1

DEMORA EN LA LIQUIDACION DE LA CUENTA DEL PACIENTE

N° FICHA PREVISION NOMBRE DEL PACIENTE FECHA

PACIENTEALTA

FECHA EMISION DOCUMENTO DE

LIQUIDACION

DIAS DE DEMORA

752757 FONASA H.M.Z. 09-08-2010 18-01-2011 162

984462 COLMENA R.R.N. 29-07-2010 28-08-2010 30

984471 FONASA M.S.M. 31-07-2010 30-08-2010 30

986022 FONASA E.V.C. 08-08-2010 09-09-2010 26

986023 FONASA F.S.T. 10-08-2010 08-09-2010 29

987619 CONSALUD R.R.R. 21-08-2010 12-10-2010 52

977218 FONASA G.R.M. 19-08-2010 24-09-2010 36

987644 FONASA A.R.L. 31-08-2010 30-09-2010 30

987623 FONASA A.O.G. 01-09-2010 23-10-2010 52

987638 FONASA M.M.V. 02-09-2010 12-10-2010 40

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ANEXO N° 2

ATRASOS EN EL PAGO DE LAS PRESTACIONES ASISTENCIALES

NOMBRE DEL PACIENTE

FECHA DOCUMENTO

CTA. CTE.

N° BOLETA

FECHA BOLETA

N° RENDICION

MONTO BOLETA

($)

DIAS DEMORA

L.G.G. 14-08-2010 864581 15-09-2010 424 450.100 32

M.C.R. 27-09-2010 406148 10-11-2010 519 235.450 93

J.T.V. 28-08-2010 406141 29-09-2010 447 837.615 32

P.O.Z. 30-08-2010 859299 11-11-2010 520 258.059 73

V.C.J. 28-08-2010 859257 05-11-2010 510 396.680 69

C.V.B. 24-09-2010 859453 01-12-2010 558 759.176 68

TOTAL 2.937.080

45

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ANEXO N° 3

PROFESIONALES NO AUTORIZADOS POR FONASA PARA EFECTUAR PRESTACIONES BAJO LA MODALIDAD PAD

NOMBRE DEL MEDICO

ROL EN LA PRESTACION

N° BOLETA

FECHA BRUTO

MONTO

$

B.N. Anestesista 1153 01.10.2010 29.082 1154 01.10.2010 90.000

M.F.V. Anestesista 191 15.10.2010 46.504 192 15.10.2010 46.504 193 15.10.2010 46.504

R.C.C. Anestesista 1157 23.09.2010 70.000 1158 23.09.2010 70.000

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ANEXO N° 4

PAGOS A SOCIEDADES DE PROFESIONALES POR PRESTACIONES PAD

BOLETA DE VENTAS Y SERVICIOS NO AFECTOS 0 EXENTOS DE IVA NOMBRE

PACIENTE NOMBRE

PROFESIONAL N° FECHA MONTO

$ PRESTADOR

2591 01-10-2010 231.000 Boleta extendida por Cirugia Laparoscapica Ltda.

S.O.M. C.M.

2592 01-10-2010 181.726 Boleta extendida por Cirugia Laparoscopica Ltda.

J.S.G. C.M.

318 08-09-2010 350.000 Boleta extendida por Servicios Profesionales e Inversiones Holmgren y Bravo Ltda.

G.P.V. P.H.

319 08-09.2010 350.000 Boleta extendida por Servicios Profesionales e Inversiones Holmgren y Bravo Ltda.

M.P.T.

P.H.

395 14-10-2010 87.600 Boleta extendida por Sociedad Traipe y Perez Ltda.

R.T.

1154 01-10-2010 90.000 Boleta extendida por Sociedad Medica Mabel Norte Ltda.

B.N.

2593 01-10-2010 231.000 Boleta extendida por Cirugia Laparosc6pica Ltda.

S.O.P.

C.M.

351 29-09-2010 52.799 Boleta extendida por Marco Rioseco Valenzuela y Compahia Ltda.

M.R.

2594 01-10-2010 231.000 Boleta extendida por Cirugia Laparoscopica Ltda.

W.O.V. C.M.

2616 03-11-2010 231.000 Boleta extendida por Cirugia Laparoscopica Ltda.

L.C.S.

C.M.

352 29-09-2010 52.799 Boleta extendida por Marco Rioseco Valenzuela y Compahia Ltda.

M.R.

2596 01-10-2010 231.000 Boleta extendida por Cirugia LaparoscOpica Ltda. Boleta extendida por Sociedad Medica Leiva y Compahia Ltda.

S.G.M.

L.C.

114 22-09-2010 52.799 L.L.

302 22-10-2010 181.726

Boleta extendida por sociedad de prestaciones medicas Rodriguez, VilIota y Compariia Ltda.

E.G.L. C.R.

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ANEXO N° 5

DEMORA EN LA FACTURACION DE LA CUENTA

RAZON SOCIAL

N° REGISTRO

ACCIDENTE

FECHA ACCIDENTE

FACTURA PACIENTE

DIAS CORRIDOS

N° MONTO

$ FECHA

EMISION

BCI. Seguros 2276507 18-03-2010 21196 50.870 02-08-10 N.R.C. 137

BCI. Seguros 2287047 12-04-2010 21197 5.397.528 02-08-10 L.L.J. 112

Consorcio Nacional

2245289 03-01-2010 21208 1.205.878 04-08-10 A.F.M. 213

Penta-Security 2289385 17-04-2010 21210 65.830 04-08-10 A.V.F. 109

Penta-Security 2298733 08-05-2010 21212 159.610 04-08-10 S.M.A. 88

Penta-Security 2298746 08-05-2010 21213 45.820 04-08-10 V.S.L. 88

Penta-Security 2283561 03-04-2010 21242 241.730 06-08-10 B.R.J. 125

RSA Seguros 976296 19-04-2010 21243 658.746 11-08-10 T.R.F. 114

RSA Seguros 2306376 27-05-2010 21265 690.660 11-08-10 P.O.R. 76

RSA Seguros 2278265 23-03-2010 21266 65.100 11-08-10 G.A.S. 141

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ANEXO N° 6

ATRASOS EN LA RENDICION DE LOS FONDOS A TESORERIA

ENTIDAD ASEGURADORA

FACTURA PACIENTE

RENDICION DIAS

CORRIDOS No MONTO $

FECHA EMISION

N FECHA

RSA Seguros 21182 34.360 30-07-10 C.P.J. 279 09-09-2010 41

Consorcio Nacional 21208 1.205.878 04-08-10 A.F.M. 278 09-09-2010 36

RSA Seguros 21243 658.746 11-08-10 T.R.F. 302 28-09-2010 48

RSA Seguros 21265 690.660 11-08-10 P.O.R. 302 28-09-2010 48

RSA Seguros 21266 65.100 11-08-10 G.A.S. 302 28-09-2010 48

RSA Seguros 21267 673.822 11-08-10 V.H.N. 302 28-09-2010 48

Penta-Security 21268 8.500 11-08-10 H.R.M. 296 15-09-2010 35

BCI. Seguros 21276 1.479.009 12-08-10 Q.J.A. 268 27-08-2010 46

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ANEXO N° 7

CHEQUES PROTESTADOS

CHEQUE FECHA BANCO

MON $TO FECHA PROTESTO

4191934 28-06-1995 Banco de Chile 162.560 Sin fecha protesto 2627760 31-07-1996 Sudamericano 99.810 02-08-1996

80819 30-10-1996 Santander 92.602 05-11-1996 6881 20-11-1996 Edwards 8.500 26-11-1996

5567257 07-01-1997 Citibank 8.500 05-02-1997 1725653 09-02-1997 Banco Santiago 8.000 12-02-1997 1104210 12-02-1997 Sudamericano 138.975 17-02-1997 2060625 12-02-1997 Banco Santiago 1.040.442 18-02-1997 8777288 12-02-1997 BancoEstado 145.641 20-10-1999 2703254 11-03-1997 BCI 1.699.999 12-03-1997 6659432 t 31-03-1997 Bancosorno 47.109 07-04-1997

' 473441 09-04-1997 Banco de Chile 45.220 14-04-1997 4697318 15-04-1997 Banco de Chile 701.117 17-04-1997 2642343 22-04-1997 BCI 30.764 28-04-1997 3516734 12-06-1997 BCI 608.120 17-06-1997 913957 02-07-1997 Banco de Chile 56.000 07-07-1997 5750106 17-07-1997 BancoEstado 6.600 23-07-1997 3352139 19-07-1997 BCI 21.000 25-07-1997 375357 18-08-1997 Banco Santiago 58.512 01-09-1997 1203077 03-10-1997 Bancosorno 864.300 06-10-1997 1686009 03-10-1997 Sudamericano 532.744 06-10-1997 472009 30-12-1997 Banco Santiago 6.600 09-01-1998 472070 30-12-1997 Banco Santiago 29.440 09-01-1998 228655 06-04-1998 Santander 53.100 13-04-1998 228654 07-04-1998 Santander 7.900 13-04-1998 505066 28-12-1998 Santander 455.914 30-12-1998

5480 01-02-1999 Edwards 8.000 08-02-1999 2296085 18-05-1999 BancoEstado 429.120 24-05-1999 2210446 15-08-1999 Corpbanca 12.000 18-08-1999 4716642 15-05-2000 Sudamericano 144.303 22-05-2000 2582332 11-09-2000 Corpbanca 350.000 13-09-2001 44558 27-10-2000 Banco de Chile 150.220 02-11-2000

2831073 15-11-2000 BCI 204.620 28-12-2000 7188439 16-11-2000 Banco de Chile 39.590 21-11-2000 648655 24-11-2000 Santander 130.018 28-11-2000 22373 30-11-2000 Banco Santiago 119.475 06-12-2000

921 11-01-2001 Edwards 365.597 18-01-2001 9223087 16-01-2001 Edwards 170.350 18-01-2001 637217 16-01-2001 Santander 443.976 18-01-2001 7711752 16-01-2001 Citibank 430.772 18-01-2001 7512098 16-01-2001 Sudamericano 274.224 18-01-2001 2265199 16-01-2001 BancoEstado 115.532 18-01-2001 1076904 16-01-2001 Santander 212.650 18-01-2001 2595938 16-01-2001 Banco Santiago 221.590 19-01-2001 4621174 16-01-2001 Banco de Chile 172.405 18-01-2001 2112702 16-01-2001 Sudamericano 200.336 18-01-2001

15274 16-01-2001 Corpbanca 129.935 18-01-2001 1012689 19-01-2001 BHIF 1 1 254.345 27-02-2001 3501208 19-01-2001 Sudamericano 172.406 20-02-2001 5332636 28-02-2001 Bank Boston 59.333 29-03-2001 5332700 30-03-2001 Bank Boston 59.333 03-04-2001

29

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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

AREA SALUD, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

CHEQUE FECHA BANCO MON $ TO FECHA PROTESTO

5332874 30-04-2001 Bank Boston 59.333 Sin fecha protesto 3497648 29-05-2001 Edwards 904.335 04-06-2001 5332901 30-05-2001 Bank Boston 59.333 Sin fecha protesto 5332587 30-06-2001 Bank Boston 59.334 Sin fecha protesto 2448830 13-07-2001 Banco Santiago 178.390 Sin fecha protesto 5332879 30-07-2001 Bank Boston 59.335 Sin fecha protesto 727533 25-08-2001 Santander 100.000 31-08-2001

5332813 30-08-2001 Bank Boston 59.333 Sin fecha protesto 2194865 24-09-2001 BCI 292.290 Sin fecha protesto 5332910 30-09-2001 Bank Boston 59.333 Sin fecha protesto 2915879 01-10-2001 BCI 500.376 03-10-2001 5332827 30-10-2001 Bank Boston 59.333 Sin fecha protesto 4798003 16-11-2001 Banco de Chile 632.290 21-11-2001 5332375 30-11-2001 Bank Boston 59.333 Sin fecha protesto 8378136 05-12-2001 Banco de Chile 32.890 Sin fecha protesto 1232805 10-12-2001 Sudamericano 113.710 14-12-2001 204128 14-12-2001 Santander 1.830.494 19-12-2001

4125055 14-12-2001 BHIF 70.512 19-12-2001 51157 14-12-2001 Santander 96.272 18-12-2001

2248606 14-12-2001 Edwards 933.990 19-12-2001

301689 18-12-2001 Banco del Desarrollo 89.000 20-12-2001

2373726 24-12-2001 Corpbanca 44.000 Sin fecha protesto 5332949 30-12-2001 Bank Boston 59.336 Sin fecha protesto 5332789 29-01-2002 BCI 59.333 Sin fecha protesto 5332617 30-01-2002 Bank Boston 59.337 Sin fecha protesto

7467536 11-06-2002 Banco del Desarrollo 439.431 Sin fecha protesto

238-5 09-01-2003 BHIF 250.300 Sin fecha protesto 558-6 28-02-2003 BHIF 55.807 03-03-2003

3953510 12-03-2003 BCI 452.475 Sin fecha protesto 559-9 28-03-2003 BHIF 50.000 01-04-2003

2447000 01-04-2003 Sudamericano 134.220 04-04-2003

1111333 10-04-2003 Banco del Desarrollo 97.000 15-04-2003

37721 10-04-2003 Santander 92.586 15-04-2003 495-9 28-04-2003 BHIF 50.000 01-05-2003

297936 30-05-2003 Santander 162.819 03-06-2003

187157 30-05-2003 Banco del Desarrollo 550.267 03-06-2003

3557931 18-07-2003 Scotiabank 50.000 23-07-2003 5896388 08-08-2003 Banco de Chile 50.000 Sin fecha protesto 8073476 08-09-2003 Banco Estado 32.500 11-09-2003 5896389 08-09-2003 Banco de Chile 50.960 Sin fecha protesto 645556 21-09-2003 Santander 50.000 21-09-2003

439 30-09-2003 Banco Santiago 212.842 03-10-2003 646769 21-10-2003 Santander 50.000 04-11-2003 647868 21-11-2003 Santander 50.000 06-12-2003

994 19-12-2003 Banco Santiago 19.700 24-12-2003 649439 21-12-2003 Santander 50.000 31-12-2003

2233752 13-01-2004 Banco del Desarrollo 200.000 23-01-2004

650653 21-01-2004 Santander 50.000 13-01-2004 4184662 01-03-2004 BCI 253.484 02-03-2004

1023985 14-04-2004 Banco de Chile 352.094 16-04-2004

30

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(I CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 3 DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

AREA SALUD, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

N° CHEQUE FECHA BANCO MONTO $ FECHA PROTESTO 2055737 14-04-2004 Banco del Desarrollo 440.517 16-04-2004

69 20-04-2004 Santander 150.000 Sin fecha protesto 1395015 30-06-2004 Santander 71.455 27-09-2004 825138 16-07-2004 Banco de Chile 175.910 20-07-2004 3315592 21-07-2004 BCI 620.041 26-07-2004 5084456 21-07-2004 BCI 120.060 26-07-2004 978410-7 17-08-2004 BBVA 543.034 19-08-2004 4296631 26-08-2004 BCI 52.240 10-09-2004 2709097 15-09-2004 BCI 1.061.049 16-09-2004 4296632 26-09-2004 BCI 80.000 03-11-2004 2037103 30-09-2004 Santander 351.697 13-10-2004 4296633 26-10-2004 BCI 80.000 03-11-2004 2037104 30-10-2004 Santander 350.000 13-11-2004 133571 03-11-2004 Banco del Desarrollo 151.722 11-11-2004

4296634 26-11-2004 BCI 80.000 sin fecha protesto 164 01-02-2005 Bank Boston 40.000 28-02-2005

5644593 30-06-2005 Banco Estado 500.000 Sin fecha protesto 6944261 04-07-2005 Banco de Chile 38.960 06-07-2005

24 16-07-2005 BBVA 159.031 Sin fecha protesto 6362614 26-08-2005 Banco de Chile 57.000 02-09-2005 1397894 02-01-2006 Banco Estado 482.844 28-04-2006 4175363 09-01-2006 Banco Estado 494.921 11-01-2006 3311892 19-06-2006 Banco de Chile 461.252 21-06-2006

32 15-02-2007 BBVA 342.320 19-02-2007 137-1 03-04-2007 BBVA 134.054 31-05-2007 47221 27-09-2007 Santander 114.157 Sin fecha protesto 48658 27-10-2007 Santander 114.157 Sin fecha protesto

2611694 21-01-2009 Banco de Chile 172.023 28-01-2009 2611698 21-02-2009 Banco de Chile 172.023 07-04-2009

31 02-03-2009 Santander 119.600 06-03-2009 181 10-03-2009 Santander 1.221.250 16-03-2009 57 23-03-2009 Santander 122.165 26-03-2009

6279817 06-05-2009 BCI 279.443 08-05-2009 4490680 15-08-2009 Banco Estado 200.000 21-08-2009 5956203 08-02-2010 BCI 482.739 11-02-2010

399 08-02-2010 Santander 307.099 11-02-2010 37 11-02-2010 Santander 420.770 15-02-2010

748 09-06-2010 Santander 343.008 11-06-2010 990 21-06-2010 Santander 742.235 23-06-2010 982 07-07-2010 Santander 230.000 12-07-2010

4541423 26-01-2011 BancoEstado 76.470 28-01-2011 TOTAL 34.232.552

cum%

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