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John Locke y Norberto Bobbio - inif.ucr.ac.cr de Filosofía UCR/Vol... · propuesta en el Segundo...

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propuesta en el Segundo tratado sobre el gobier- no ... Para apoyar su tesis, cita del capítulo 11 de esa obra, el parágrafo 4: Helio Gallardo John Locke y Norberto Bobbio Abstract. This paper claims that John Locke does not support an individualistic conception of society; that if he did (which is false), this would not bring him into conflict with a modern organic conception; that based on this, Bobbio's position lacks epistemic or heuristic value; and that, politically, individualism is not a progressi- ve category of modern social formations. Key words: liberalism, individualism, poli- tical theory, Locke, Bobbio. Resumen. Este trabajo sostiene que John Locke no posee una concepción individualista de la sociedad, que si la poseyera (lo que es falso), esto no lo enfrentaría modernamente con una concepción orgánica y que, por ello, la posición de Bobbio carece de valor epistémico positivo o heurístico y que, políticamente, el individualismo no es una categoría progresiva en las formaciones sociales modernas. Palabras clave: liberalismo, individualis- mo, teoría política, Locke, Bobbio. Presentación El año en que se conmemoraron los 300 años de la muerte de John Locke, se abrió con el fallecimiento del pensador turinés Norberto Bobbio (Turín, 9/01104). Con independencia de las aproximaciones de Bobbio a otras de las ideas políticas del autor de los Dos tratados sobre el gobierno civil), el autor italiano conce- dió particular importancia a lo que consideró era una 'concepción individualista' de la sociedad Para entender bien el poder político y derivarlo de su origen, se debe considerar en qué estado se encuentran naturalmente todos los hombres, y éste es un estado de perfecta libertad para regular sus propias acciones y disponer de sus propias posesiones y de las propias personas como mejor se crea dentro de los límites de la naturaleza, sin pedir permiso o depender de la voluntad de ningún otro.? Comenta Bobbio: Partiendo de Locke se comprende bien que la doctrina de los derechos naturales presupone una concepción individualista de la sociedad (... ) continuamente contrastada por la más sólida y antigua concepción orgánica, según la cual la sociedad es un todo, y el todo está por encima de las partes.' Más adelante extiende el comentario: Concepción individualista significa que primero está el individuo, se entiende, el individuo singular, que tiene valor por sí mismo, después está el Estado y no viceversa. Que el Estado está hecho para el individuo y no el individuo para el Estado ... 4 Todavía va a prolongar y reforzar esta refe- rencia admirativa, tornándola polémica: Hoy el concepto de democracia es inescindible del de los derechos humanos. Eliminad una concepción individualista de la sociedad. No lograréis justi- ficar la democracia como forma de gobierno (... ) Conviene desconfiar de quien sostiene una concep- ción antiindividualista. A través del antiindividua- Iismo han pasado más o menos todas las doctrinas reaccionarias.I Rev. Filosofía Univ. Costa Rica, XLIll (108), 97-110, Enero-Abril 2005
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propuesta en el Segundo tratado sobre el gobier-no ... Para apoyar su tesis, cita del capítulo 11 deesa obra, el parágrafo 4:

Helio Gallardo

John Locke y Norberto Bobbio

Abstract. This paper claims that John Lockedoes not support an individualistic conceptionof society; that if he did (which is false), thiswould not bring him into conflict with a modernorganic conception; that based on this, Bobbio'sposition lacks epistemic or heuristic value; andthat, politically, individualism is not a progressi-ve category of modern social formations.

Key words: liberalism, individualism, poli-tical theory, Locke, Bobbio.

Resumen. Este trabajo sostiene que JohnLocke no posee una concepción individualistade la sociedad, que si la poseyera (lo que esfalso), esto no lo enfrentaría modernamentecon una concepción orgánica y que, por ello, laposición de Bobbio carece de valor epistémicopositivo o heurístico y que, políticamente, elindividualismo no es una categoría progresivaen las formaciones sociales modernas.

Palabras clave: liberalismo, individualis-mo, teoría política, Locke, Bobbio.

Presentación

El año en que se conmemoraron los 300años de la muerte de John Locke, se abrió conel fallecimiento del pensador turinés NorbertoBobbio (Turín, 9/01104). Con independenciade las aproximaciones de Bobbio a otras de lasideas políticas del autor de los Dos tratadossobre el gobierno civil), el autor italiano conce-dió particular importancia a lo que consideró erauna 'concepción individualista' de la sociedad

Para entender bien el poder político y derivarlo de suorigen, se debe considerar en qué estado se encuentrannaturalmente todos los hombres, y éste es un estadode perfecta libertad para regular sus propias accionesy disponer de sus propias posesiones y de las propiaspersonas como mejor se crea dentro de los límitesde la naturaleza, sin pedir permiso o depender de lavoluntad de ningún otro.?

Comenta Bobbio:

Partiendo de Locke se comprende bien que la doctrinade los derechos naturales presupone una concepciónindividualista de la sociedad (... ) continuamentecontrastada por la más sólida y antigua concepciónorgánica, según la cual la sociedad es un todo, y eltodo está por encima de las partes.'

Más adelante extiende el comentario:

Concepción individualista significa que primero estáel individuo, se entiende, el individuo singular, quetiene valor por sí mismo, después está el Estado y noviceversa. Que el Estado está hecho para el individuoy no el individuo para el Estado ... 4

Todavía va a prolongar y reforzar esta refe-rencia admirativa, tornándola polémica:

Hoy el concepto de democracia es inescindible delde los derechos humanos. Eliminad una concepciónindividualista de la sociedad. No lograréis justi-ficar la democracia como forma de gobierno (... )Conviene desconfiar de quien sostiene una concep-ción antiindividualista. A través del antiindividua-Iismo han pasado más o menos todas las doctrinasreaccionarias.I

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Queda al menos indicado, entonces, queBobbio estima que Locke despliega una concep-ción individualista de la sociedad, que esta con-cepción se demarca ante una concepción orgánicay la enfrenta y que esta, por antiindividualista,puede llegar a ser reaccionaria. Conviene, así,'desconfiar' de ella.

En este trabajo nos proponemos mostrar,sumaria mente, que Locke no posee una con-cepción individualista de la sociedad, que si laposeyera (lo que es falso), esto no lo enfrentaríamodernamente con una concepción orgánica yque, por ello, la posición de Bobbio carece devalor epistémico positivo o heurístico (no pro-duce conocimiento ni faculta para guiarse eninvestigaciones) y que, políticamente, el indivi-dualismo no es una categoría progresiva en lasformaciones sociales modernas. Estrictamente,se trata de una ideologema con contenido reaccio-nario en relación con las instituciones propuestaspor la modernidad dominante.

El propósito de esta discusión es mostrarel carácter estereotipado, sin valor analítico, dealgunas socializaciones en el campo de la historiade las ideas políticas y contribuir así a su necesa-rio debate académico, debate al que Bobbio con-currió profusamente en su existencia y en el queLocke influye con abundantes materiales.

La discusión posee, asimismo, valor en lacoyuntura larga de la transición entre siglos,pues en ella Locke ha sido revisitado por elneoliberalismo (F. Hayek) y el libertarismo (M.Rothbard)", y los trabajos de Bobbio son signifi-cativos para lo que en el período ha sido llamado'tercera vía' o una socialdemocracia renovada.Estos últimos aspectos, sin embargo, no soncomentados en este trabajo.

1. Concepciones de la sociedad

Los textos citados de N. Bobbio oponen con-cepción individualista de la sociedad y concep-ción orgánica de ella. Esta oposición es inadecua-da en el tiempo (historia) y también lo es desdeun punto de vista estrictamente analítico.

Bobbio ubica la concepción orgánica indis-tintamente en las formaciones sociales de la anti-güedad y en las modernas. El procedimiento le

permite tornar intercambiables a autores comoAristóteles, Burke o Marx en relación o con unaconcepción orgánica o con el antiindividualismo.'

Vista así, la oposición no resiste un análisisporque equipara formaciones sociales imagina-das y vividas como comunidad (Aristóteles) conformaciones sociales vividas como sociedad+En lo que aquí interesa, las formaciones socialesvividas como comunidad (la judía del Éxodo o laAtenas de Aristóteles) poseen una moral pública,derivada de o revelada por un orden cósmicoo por la divinidad. En cambio, las formacionessociales vividas (aunque sea ilusoriamente) comosociedades, o sea las modernas, no poseen unamoral pública sino un orden colectivo jurídicoo legal. Solo este último es vinculante. El ordenmoral es privado y en él todo es lícito, excep-to que esté tipificado como delito. Por ello lassociedades modernas no pueden ser pensadascomo comunidad moral porque su organizaciónno admite esta comunidad moral. Las iglesias ysus dioses, por ejemplo, forman parte de opcionesprivadas. Desde su perspectiva, Locke desplegóeste punto en su Carta sobre la tolerancia.

Si admitimos el criterio de Bobbio, critica-do exclusivamente en la forma precedente, res-pecto de las representaciones sobre la sociedad,encontraríamos entonces individualismo opuesto acomunidad moral, individualismo opuesto, bajo laforma de 'anterior', a sociabilidad fundamental (esel imaginario popularizado de Robinson Crusoeantes de toparse con Viernes), individualismocomo expresión coactivamente ordenada de unasociabilidad natural (es la propuesta ideológica ypolítica de Locke), e individuo como expresión,conflictiva o no, de las fuerzas que constituyen laformación social. La distinción entre 'individualis-mo' e 'individuo' supone aquí la diferencia entreideologías acerca del individuo y los procesossociohistóricos, o sea humanos, de individuación.

Miradas desde otro ángulo, modernamentepodríamos pensar en concepciones orgánicasde la formación social, (que suponen una moralobjetiva y este es el caso de Locke o de Burke),concepciones contractualistas de la sociedad queproponen una sociabilidad anterior al Estado (yesta es también la posición de Locke) y concep-ciones sociohistóricas o sistémicas de las forma-ciones sociales que no admiten la oposición entre

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individuo y sociedad sino como expresiones de laconflictividad o tensiones sociales. Desde luego,existen otras opciones, pero para el argumento deBobbio estas son suficientes.

La oposición 'concepción individualista con-tra concepción orgánica' es histórica y analítica-mente tosca. No facilita pensar, sino solo imaginar.y la imaginación estaría mejor servida si se abrie-ra a una triple distinción: concepción orgánica quesupone una moral objetiva y universal (que cons-tituye genéricamente la opción de Locke), concep-ción individualista contractualista que divide lasociabilidad en privada y pública (y esta última esla figura ideológica básica de la opción de Locke) yconcepción socioh istórica o sistémica en la cual laindividuación (imaginaria o efectiva) es insepara-ble de la sociabilidad (trabajo, sexualidad, sistemassígnicos, etc.). Para Bobbio, la última no existe ylas dos primeras las malentiende. La opción ana-lítica sistémica es, sin embargo, la propiamentemoderna. La ideológica contractualista es tambiénmoderna pero se dirige contra el Antiguo Orden.La sociohistórica es moderna cuando el AntiguoOrden, relegado a los caprichos privados (se puedesimular ser Rey o Vicario Divino en el patio dela casa), parece haber perdido ya su capacidad deincidencia y resistencia.

El recurso 'intelectual' de Bobbio, en estecaso, consiste en haber construido un "muñecode paja": la oposición y enfrentamiento a secas ypolarizada entre concepción individualista y con-cepción orgánica de la sociedad. Al posicionar estemuñeco de paja como referencia central de la dis-cusión, ha ejercido un trabajo filosófico ideológico.Criticando este posicionamiento, hemos realizadouna introducción al trabajo filosófico analítico. Nolo hemos completado porque no hemos mostradolos 'efectos' para la producción de conocimiento,de este reposicionamiento sociohistórico.

Precisemos dos alcances del material señala-do en este apartado:

A. Una concepción orgamca de la sociedadsupone una moral objetiva. Este moral obje-tiva puede provenir de Dios o del orden delcosmos, como en el caso de Moisés y susTablas de la Ley, o de la proyección ideológi-ca de una naturaleza humana que se imponecomo vinculante (o sea como moral objetiva)

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a todas las acciones humanas y como condi-ción de adscripción a la especie. En el primercaso, se trata del Derecho natural clásico oantiguo. En el segundo, del iusnaturalismo(Derecho natural) moderno. Locke exponeeste segundo criterio, según reconoce Bobbio(y todo el mundo), y por ello su concepciónno es 'individualista', como proclama elautor italiano, sino antiestatista en cuantoel Estado (hegemonía y coacción) procuraatribuirse un carácter moral (vinculante)universal. Su antiestatismo desaparece siel Estado reproduce o apoya eficazmentela sociabilidad fundamental imaginada porLocke: teoría del trabajo, dominación degénero y generacional, racionalidad de laacumulación de capital, etc. Aquí, su ordencoercitivo y coactivo tiene su más amplioapoyo." De esta manera, Locke postula, ala vez, una concepción orgánica de la exis-tencia humana (iusnaturalismo social) y un'individualismo' ideológico económico ypolítico, no universalizable o falsamenteuniversal (iusnaturalismo metafísico). Loscriterios de discriminación social y meta-física son en Locke el trabajo y la riquezaacumulada mediante él, y la racionalidadsuprema de esta acumulación 'natural', y elreconocimiento y la sanción política de lasdiscriminaciones 'naturales' por el gobiernoy el Estado. Pero su concepción de la socie-dad es inevitablemente orgánica, es decirobjetivamente debida (vinculada necesaria-mente) a la ley natural. Esto se sigue de suplanteamiento iusnaturalista centrado en unaformulación acerca del trabajo humano.

Ahora, Bobbio describe la concepción orgá-nica antigua como una en "la que el todo estápor encima de las partes". Se trata de una lecturadébil: por su origen trascendente la ley de Jehováestá por encima del pueblo judío, en el sentido deque es obligatoria, pero su operacionalizaciónconsiste en estar en cada individuo o persona deese pueblo tanto como en el proyecto histórico deese pueblo mismo. Jehová se encarna en el pro-yecto popular judío (que es su propio proyecto) yen este sentido no "está por encima" de él. Estees el alcance de un tipo de moral objetiva que

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liga a una comunidad. Lo comunitario 'no estápor encima' de la comunidad. Su relacionalidadexigida es la comunidad misma y los procesosde individuación, positivos o negativos, se dandentro de ella.

B. La concepción sistémica de la relacionesentre formación social y procesos de indivi-duación, y con ello la producción social deindividuos, es moderna en cuanto supone nouna totalidad orgánica (comunidad moral),sino una cooperación voluntaria o involunta-ria (esto quiere decir que un esclavo 'coope-ra' con su amo y viceversa) que posee unamatriz biológica o natural en la cual se ins-criben juegos o repertorios de posibilidadessociohistóricas o culturales. De esta manerala especie, y sus formaciones sociales, sonautoproducidas por las relaciones que losseres humanos establecen con sus entornosnaturales. Cuando el individuo humano logramirarse a sí mismo como diferenciado, laespecie horno sapiens sapiens ya estaba allí,bajo la forma de relaciones productivas quefacultan o niegan posibilidades de indivi-duación. La individuación no es un 'efecto'de las relaciones sociales (sociabilidad), sinouno de sus componentes posibles y política-mente realizables. Igualmente, las relacionessociales que potencian la individuación noson 'la' causa de los individuos, sino matrizde una individuación posible. Para este aná-lisis (centrado en las investigaciones de lasdistintas ramas de la antropología), la polari-zación y enfrentamiento maniqueo entre unasociedad orgánica (antiindividualista) y otraindividualista (antiorgánica) resultan toscosy mecanicistas.

Resumimos este apartado: Bobbio sostieneque en Locke existe una concepción individualistade la sociedad y opone este tipo de concepción alas concepciones orgánicas. Este posicionamientodel problema es falso por razones históricas yconceptuales. Aunque Bobbio no lo considera,lo que caracteriza las concepciones orgánicas,antiguas y modernas, es la afirmación de unanecesidad moral objetiva. Este es el caso del ius-naturalismo sostenido por el autor inglés. Vistoasí, Locke propone una concepción orgánica de la

existencia social en la cual el gobierno y Estadoconstituyen factores moralmente vinculados auna economía y sociabilidad 'naturales'.

2. Trabajo humano y concepciónorgánica de la sociedad

La concepción de la sociabilidad funda-mental en Locke se encuentra ligada a su teoríadel trabajo y esta se sostiene en una economíapolítica. Para Locke, los seres humanos se venforzados naturalmente a generar valores de usomediante el trabajo y estos valores de uso cons-tituyen propiedad legítima en cuanto responden ala actividad y energía de cada cual. El supuestoinicial de esta economía política es una dispo-nibilidad infinita de la Naturaleza para que cadacual extraiga de ella bienes para su subsistencia.El trabajo es, pues, una condición o actividadnatural del ser humano y es previo, junto con susproductos o riqueza, al Estado o bienestar públi-co. Es expresión, asimismo, de una racionalidadobjetiva, o sea de la manera en que se organizael mundo para los seres humanos. De aquí queel orden público legítimo (y moral) pase por ladefensa de la vida de quien trabaja, de su activi-dad de trabajo y de la propiedad de los objetosproducidos mediante él.lo

Ahora, este trabajo natural no es individual,sino que supone una división social y técnica deltrabajo. Las características de esta división socialy técnica, y sus lógicas o espiritualidades defuncionamiento (moral y racionalidad objetivas)son, asimismo, naturales y el Estado debe, conse-cuentemente, protegerlas. Que se trata de un tra-bajo social, es evidente en el Segundo tratado ...porque Locke incluye en su estado de naturalezael dinero (que, obviamente expresa una relaciónsocial compleja)", las relaciones laborales (equi-para el producto del rendimiento laboral de uncriado con el pasto que come un caballo con pro-pietario, por ejemplo), la productividad del traba-jo (lo que supone una comparación entre sistemaseconómico-sociales o entre sus fases sociales) y,más importante, la naturalidad del atesoramientoy la acumulación y, por tanto de la concentraciónde la propiedad por medio de la acumulación decapital. Habla así del capital, bajo su forma de

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inversión en oro y plata, y de su relación con lagran propiedad rentista:

Pero, puesto que el oro y la plata resultan de pocautilidad para la subsistencia humana en proporción ala que tienen los alimentos, las ropas y los medios detransporte, tienen ambos metales su valor únicamentepor el consenso humano, aunque ese valor se rigeen gran medida por el trabajo. Es evidente, por ellomismo, que los hombres estuvieron de acuerdo en quela propiedad de la tierra se repartiese de una maneradesproporcionada y desigual (...) Por un acuerdocomún, los hombres encontraron y aprobaron unamanera de poseer legítimamente y sin daño para nadiemayores extensiones de tierras de las que cada cualpuede servirse para sí, mediante el arbitrio de recibiroro y plata, metales que pueden permanecer largotiempo en manos del hombre sin que se eche a perderel excedente, y tomando el acuerdo de que tengan undeterminado valor,'?

El texto remite a dos tiempos de una econo-mía centrada en la legítima propiedad derivadadel trabajo propio y de las necesidades que esetrabajo cubre: estadio de los valores de uso, enel que nadie puede poseer más propiedad quela que utiliza para sus necesidades inmediatas.El segundo estadio es el de la concentraciónde la propiedad y la generación de excedentes:momento de los valores de cambio en que semaximizan los recursos económicos. Aquí, a lasnecesidades inmediatas (nutrirse, vestirse, etc.)se agregan otras mediadas. Ambas fases son'naturales' y su secuencia o coexistencia expresauna progresividad de la racionalidad humana.La segunda, además de legítima, es más racionalque la primera porque la concentración de la pro-piedad y su empleo capitalista atiende mejor, porsu productividad y su orientación al confort, lasnecesidades humanas. Cuando se señala aquí queambas fases son progresivas y expresan una evo-lución racional, se quiere decir, entre otras cosas,que son manifestación de la voluntad divina y,por ello, son moralmente obligatorias.

Ahora, el capital es una relación social+' queconstituye (afirmando, falseando o negando en unmismo movimiento) individuaciones e individuos.La matriz económica de Locke, por consiguien-te, constituye (o niega) individuos. No son losindividuos los que constituyen la matriz, comoparece creer Bobbio, sino que la configuración

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de esta matriz o red necesaria es la que lo hacea uno individuo pleno o efectivo (propietario) odiscriminado (no individuo = no propietario, pro-pietario virtual). La consideración del individuono juega un papel significativo o fundante en elplanteamiento de la economía política de Locke,que enfatiza, en cambio, el trabajo social, la apro-piación de valores de uso, el atesoramiento, laacumulación, la gran propiedad y la concentracióncreciente de la apropiación, y con ello también dela exclusión de la propiedad, por intermedio de laexpansión capitalista. Solo para abundar, haremosuna última referencia sobre el necesario caráctersocial, productivista y, por ello generador de exce-dentes, de la economía en Locke:

En el pan que comemos no hay que calcular única-mente el esfuerzo del labrador, las fatigas del segadory del trillador y los sudores del panadero; también espreciso agregar a la cuenta del trabajo el de quienesdomesticaron los bueyes, el de quienes arrancaron yfundieron el hierro y las piedras, el de los leñadoresque derribaron el árbol y dieron forma a la maderaempleada en el arado, en el molino, el horno y demásutensilios, que son muchísimos, que se precisan para latransformación del cereal, desde que se sembró hastaque salió del horno convertido en pan. Todo eso entraen el trabajo y es su consecuencia ... 14

El enfoque de esta economía es social y sis-témico. Como su trama o red es complejamentediversificada, la trama permite individuaciones, osea personificaciones e individuos. Pero ellos noson autónomos ni libres, como comenta Bobbio.Son expresiones del sistema u organismo de laproducción, circulación y consumo naturalesy racionales estipulado en la naturaleza de lascosas, incluyendo la naturaleza humana. Ningunade estas personificaciones o individuos puedealterar el curso o espiritualidad de este ordennatural sin perder la naturaleza humana y trans-formarse en objeto de sanción histórica y divi-na.15 De modo que no existe lugar para individuoslibres en la economía política de Locke. No sonlibres de trabajar o no trabajar en la fase de bajaproductividad o de valores de uso. Tampoco loson para acrecentar o no acrecentar la concentra-ción de propiedad y el aumento de la productivi-

... dad en el estadio final de acumulación centradoen los valores de cambio.

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Junto a esta sociabilidad económica com-pleja aunque predeterminada, en la que cabenindividuaciones pero no individuos, Locke agregaal menos las relaciones de género y las genera-cionales que aparecen subordinadas a las de sueconomía política. Aquí tampoco la relaciona-lidad social es libre. Las madres están unila-tera/mente subordinadas a los esposos" y loshijos a sus padres'", en particular al progenitor.Modernamente diríamos que las posiciones quevarones, mujeres e hijos ocupan en las rela-ciones familiares y su lógica 'natural' generanindividuaciones portadoras de menor y mayorvulnerabilidad. Se trata de relaciones asimétricas,como las que ya encontramos en la economía,determinadas allí por la propiedad. En términosprecisos, las individuaciones sociales, en las que,abstrayéndolas, Bobbio quiere ver individuosigualmente libres, no son ni intercambiables niuniversalizables.

El punto anterior está explícita y enfática-mente resuelto por Locke:

Aunque anteriormente he dicho "que todos los hom-bres son iguales por naturaleza", no debe entenderseque yo me refería a toda clase de igualdad. Los añosy las condiciones personales pueden dar a ciertoshombres un justo derecho de precedencia. La superio-ridad de facultades y de méritos puede situar a otrospor encima del nivel general. El nacimiento a unos,las alianzas y los beneficios recibidos a otros puedenexigir el testimonio de su respeto a quienes se lo tienenganado por naturaleza, por gratitud o por otras consi-deraciones."

Donde Bobbio ve individuos libres y unaconcepción individualista de la sociedad y dela sociabilidad, encontramos la destructivacamisa de fuerza de la economía natural, lainalterable cárcel de las relaciones asimé-tricas de género, y la irreversibilidad de lahonra generacional. Estas prisiones objetivascontienen, además, jerarquizaciones obligato-rias, discriminaciones unilaterales e impres-cindibles. Según Bobbio, pese a todas estasdeterminaciones, los individuos son 'libres' e'iguales'. Por supuesto, como hemos visto, estono es lo que opinaba Locke.

Incluimos aquí dos observaciones sobreaspectos particulares de este apartado:

A. En Locke, el trabajo agrega valor a aquellosobre lo que se aplica y a sus productos.Constituye el 99 por ciento de ese valor (#40). En tanto tal, el trabajo contiene unadimensión antropológica y es la base de lapropiedad legítima. Pero el trabajo se mideasimismo por su productividad, entendidacomo la abundancia de bienes que produce.Esta mayor productividad también se siguede la propiedad en este sentido: la propiedadprivada es más productiva que la propiedaden común (# 37)19. De aquí que la granpropiedad, efecto legítimo del empleo deldinero, beneficia a la humanidad en lugarde perjudicarla. Por el contrario, quien per-judica a la gran propiedad, conociendo queprocura mayores beneficios civilizatoriosque la propiedad común o silvestre, ataca ala humanidad y se pone en estado de gue-rra contra ella. Económica y culturalmenteexiste así una racionalidad humana legítima,pero inferior, centrada en valores de uso yla ausencia de escasez, y otra racionalidad,también legítima y superior, cuya base es lagran propiedad, la acumulación y la esca-sez.20 Esta última no podría ser superadasin la acumulación de capital. De este modola racionalidad capitalista sirve de mejormanera a la voluntad divina de hacer que elser humano trabaje la tierra para su beneficio(# 31). Atacar la propiedad capitalista, y sucultura, implica, entonces, abandonar el usode la razón o, lo que es lo mismo, perder lanaturaleza humana.

Advertimos, en lo que aquí interesa, que el'individuo' autónomo que Bobbio cree ver en eltrabajo de Locke no es sino una personificaciónde la lógica de acumulación del capital, su por-tador. De este modo, lo 'anterior' al Estado noes el individuo, sino la lógica de acumulaciónde capital.

B. El argumento de la mayor racionalidad natu-ral de la productividad derivada de la granpropiedad tiene asimismo un efecto sobre laigualdad humana. La gran propiedad generaindividuaciones: la del gran propietario y ladel no propietario y la del pequeño propietario,

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por ejemplo. Todas estas individuaciones sonlegítimas porque provienen de la más altaracionalidad humana. Pero a su vez constitu-yen criterios de discriminación, o sea contrala igualdad (# 54), puesto que en la sociedadcivilmente (estatalmente) ordenada el nopropietario no puede transitar hacia la granpropiedad. La lógica de la gran propiedadpuede capturar a la pequeña propiedad, perola de esta última no puede hacer lo mismocon la primera: sería violencia, una declara-toria de guerra.

Si lo anterior se dice de la pequeña propiedady del no propietario (ambos beneficiados por laexistencia de la gran propiedad, ¿qué ocurrirá conquienes desean vivir del trabajo ajeno? Un niñomendigo resulta intolerable para la concepciónno igualitaria, en el sentido de discriminadora,de Locke." Individualismo, libertad e igualdadhumana no son valores de su propuesta política.Por el contrario, organicidad natural de la existen-cia, determinación sacrificial y discriminación enla que los victimizados resultan responsables poratraer el castigo social o estatal que reúne 'toda lafuerza social', sí lo constituyen.

En síntesis de este apartado debe señalarseque Locke propone una concepción orgánicadel sistema social. El eje de su organicidad esla racionalidad (productividad) de la gran pro-piedad. Defender la racionalidad objetiva queproduce esta organicidad, 'contra la mayor partede los seres humanos' ("... the greater part nostrict observers of equity and justice ... " (# 123»es el fundamento del Estado como dispositivo dereproducción de la discriminación natural y comoinstrumento de la coerción y coacción (que puedellegar al terror) político. Estamos muy lejos de lasposiciones antropológicas individualistas e igua-litarias que Bobbio cree encontrar en el autor delSegundo tratado sobre el gobierno civil.

3. Libertad, igualdad e individuoideológico en J. Locke

Ya hemos visto que la libertad natural apa-rece en el Segundo tratado... tensionada porla sociabilidad fundamental (trabajo, género,

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generaciones) y por una moral objetiva, indepen-diente de la voluntad humana, que se constituyecomo factor de esa moral. Como afirma Locke,aunque el estado natural del ser humano sea delibertad, el estado de libertad "no lo es de licen-cia" (# 6). Primariamente, la libertad remite ala sociabilidad natural, sin gobierno pero contrabajo e individuaciones y, secundariamente, ala sociabilidad política (commonwealth), sea congobierno y Estado. Las posiciones de Locke eneste campo son de sobra conocidas: la finalidadde la ley no es restringir la libertad natural, osea sus particularizaciones, sino protegerla yampliarla, sin leyes (objetivas y naturales o con-sensuadas), no existe libertad, las leyes impidenel sometimiento a la voluntad arbitraria de otro.22

La legislación que hoy llamaríamos positiva (loscódigos jurídicos), se siguen consistentementede la sociabilidad natural y es, por ello, racionaly legítima. Obviamente, solo puede tener comofundamento el ejercicio de la libertad natural, osea política, aunque sea sin Estado.

Existe en Locke, por tanto, una sociabilidadnatural (política natural) y una sociabilidad arti-ficial o consensual (commonwealth, Estado). Laprimera es matriz de la segunda. Sabemos queel ejercicio de la primera posibilita las discrimi-naciones a través del mecanismo del dinero y laconcentración de la propiedad, las relaciones degénero y las generacionales.P Esto implica queno todos los individuos son iguales en el ejerci-cio de su sociabilidad natural. Los individuosson iguales únicamente porque no obedecena ningún gobierno al que no le hayan dado suconsentimiento. Pero no son iguales ante laley natural porque esta incluye la gestación degrandes propietarios y de no propietarios, deganadores y perdedores, de racionales, menosracionales y degenerados que desean vivir deltrabajo de otros.P' Tampoco podrán ser igua-les, a jortiori, ante la ley positiva porque estaúnicamente sanciona y potencia el previo ordenpolítico, o disposición, del estado de naturaleza.Así, las individuaciones generadas en la econo-mía o en las relaciones de género no remiten aun ser humano (individuo) universal, exceptobajo una forma ideológicamente metafísica y,por ello, tampoco remiten a una ciudadano (ciu-dadanía) universal. La sensibilidad que atribuye

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al imaginario de Locke estar en el fundamentode derechos humanos o de las institucionesrepublicanas y democráticas, no se sigue de laorganización del pensamiento del autor inglés,sino de una lectura hecha socialmente posibleen un período muy posterior a él. No se trata deexcusar (o acusar) a Locke porque en su época nole resultara posible pensar 'modernamente', sinode discutir el papel que, dentro de su imaginariopolítico, que como hemos visto, era orgánico(medievalmente inspiradoj'é y también moderno(concepción utilitaria del gobierno y Estado), jue-gan la individuación y con ella los individuos.

Conviene aquí recordar la referencia queBobbio hace del Segundo tratado ... y que hemoscitado al inicio de este trabajo:

Para entender bien el poder político y derivarlo de suorigen, se debe considerar en qué estado se encuentrannaturalmente todos los hombres, y éste es un estadode perfecta libertad para regular sus propias accionesy disponer de sus propias posesiones y de las propiaspersonas como mejor se crea dentro de los límites de lanaturaleza, sin pedir permiso o depender de la volun-tad de ningún otro.

Como se advierte, después de nuestra discu-sión, esta cita no es procedente para determinaruna concepción política individualista en Lockeporque remite al estado de naturaleza y no ala repüblica-", excepto qué 'política' remita a lasociabilidad fundamental, es decir a la economíapolítica, a las relaciones de genero y generaciona-les y a la existencia cotidiana. Ya vimos que esasociabilidad fundamental es en Locke, orgánica,no individualista. En segundo término, la "per-fecta libertad" hace referencia a una situación dePerogrullo: en ausencia de Estado, ningún indi-viduo 'natural' está sujeto a jurisdicción política,código positivo o gobierno alguno y posee, porello, autonomía sobre si y sobre sus posesiones"dentro de los límites de la ley natural" (el textooriginal inglés dice "within the bounds of the lawof Nature"), pero esta ley natural obliga al trabajoy a la procreación (sociabilidad fundamental) enlos que se producen individuaciones a partir derelaciones sociales 'naturales', o sea forzosas,pero no individuos autónomos. La ausencia deEstado no implica la inexistencia de un ordenpolítico vinculante.

Bobbio mezcla y confunde estos planos: elde la sociabilidad natural, donde no existen indi-viduos, por definición, sino tramas sociales quegestan la necesaria diferencia entre propietariosopulentos, trabajadores sin propiedad y mendi-gos miserables, vinculados políticamente entresí, y el de la sociabilidad política, con Estado,donde el ciudadano no es universal ni tampocoun individuo autónomo porque está regido porlas leyes positivas de la república que, aquí sí, nopueden lesionar su propiedad individual sin suconsentimiento.

Encontramos así, en Locke, dos construc-ciones ideolágicas/! sobre el individuo: la másimportante la opone a la acción del Estado ogobierno. Los fueros de que son portadores algu-nos individuos (existencia, riqueza) solo puedenser protegidos y potenciados, no lesionados-f porellos. Pero se trata solo de algunos individuos, node todos, puesto que el Estado puede aplicar lapena capital (# 3, ya citado). El segundo ideolo-gema ubica al individuo en el origen del estadiomás bajo de la economía política: el de la satis-facción de necesidades, antes de la introduccióndel dinero. Pero este estadio, estrictamente, noexige Estado porque supone la baja productividaddel trabajo y la ausencia de escasez. Y es una faseclaramente ideológica (o sea falseada) porque elproductor económico en apariencia individualdeberá asociarse al menos para procrear. Con elsurgimiento del dinero y de la concentración dela riqueza y la gestación de miseria y escasez, elEstado se torna necesario para proteger una pro-piedad que es el resultado de relaciones socialesde producción. Lo que efectivamente protegeel Estado no es al individuo ideológico, sino laracionalidad de la articulación productiva. ElEstado protege 'la idea' de propiedad privada, noa los individuos (# 138).

Locke propone una concepción orgánica dela sociedad que, como hemos visto, está determi-nada por el trío ley natural, naturaleza humana ymayor racionalidad productiva, propuesta en laque utiliza dos ideologemas acerca del individuo:como abstracción en el inicio del proceso de tra-bajo y como ciudadano propietario.

La necesidad de este ideologema es estricta-mente politicista. Dicho directamente, durante elperíodo en que se escribe el Segundo tratado ...

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los sentidos oficiales del mundo objetivo, y conello de la moral natural, estaban determinadospor el monarca absoluto y por la ortodoxiaeclesial. En último término, ambos factores deproducción y control del mundo bien ordenadose seguían de la voluntad divina de la cual eldispositivo religioso era el intérprete privilegiadoy, durante largo tiempo, único. El lugar desde elque se podía resistir este mundo saturadamenteordenado y la moral naturalizada que lo revestíay cohesionaba ideológicamente era el de la inti-midad del individuo aislado o subjetividad meta-física (libertad de conciencia, razón humana).El espacio político de resistencia de las nuevasrelaciones sociales (la autonomía exigida por lasrelaciones mercantiles y la acumulación finan-ciera), que desplazan y reemplazan las antiguasformas 'naturales', tiene que ser el individuo y suiniciativa autónoma porque un mundo 'objetivo'dominado por curas y monarcas no admitía otrolugar. Por ello, los fueros del 'individuo' naturalideologizado son también los fueros del propieta-rio y, después, los del ciudadano propietario. Peroel individuo natural es una imagen ideológica deuna economía política orgánica y el ciudadanopropietario es asimismo figura ideológica dela sanción estatal de la apropiación capitalistaimpuesta como la más alta racionalidad posible alos seres humanos.

La ideologización del 'individuo' y de suautonomía 'libre', con una muy distinta funciónrespecto a las individuaciones efectivas de la eco-nomía política y de las relaciones entre géneros ygeneraciones, se utiliza como fundamento natu-ral de resistencia política contra reyes y curas y,en el mismo movimiento, se estereotipa bajo lasformas del individuo propietario y como natura-leza humana para, finalmente, proyectarse falsa-mente como Humanidad. Se trata de una com-pleta construcción filosófica (porque reposicionalos factores del sistema que critica) e ideológica(porque se propone como bandera para otro ordensocial), útil para la lucha política y para la con-figuración y proyección de lo que se conoceráposteriormente como una sensibilidad liberal,pero magra para entender a los seres humanosy a sus formaciones sociales. La exaltación deeste 'individuo', filosófico e ideológico, facilitala invisibilización de las relaciones sociales de

dominación y de los procesos sociohistóricos queefectivamente lo constituyen.

En breve, el individualismo de Locke es undispositivo ideológico que funciona dentro deuna propuesta orgánica de constitución y repro-ducción de las formas económicas y culturalesdecantadas por relaciones sociales emergentes ya las que se desea, en su constitución y efectos,obligatorias o vinculantes.

El juicio anterior amerita hacer una revisióndel análisis que realiza Macpherson en relacióncon la oposición 'individualismo frente a colec-tivismo' contenido en su trabajo más amplio:Locke: la teoría política de la apropiación, queforma parte de La teoría política del individua-lismo posesivo. Desde luego, colectivismo no esidéntico a concepción orgánica de la sociedad,concepto este último que Bobbio, según señala-mos, utiliza de manera confusa. 'Colectivismo'es un nombre moderno para designar o alsocialismo no estatal frente al socialismo esta-tista (comunismo soviético) o a la doctrina quepostula la colectivización de los medios deproducción. Pero ambos 'colectivismos' puedenimaginarse sin una moral que se siga del ordende las cosas. El ser humano puede aparecer enellos, entonces, como creador de lo original ynuevo. El colectivismo doctrinario es opuestoal individualismo, pero no a los individuos encuanto éstos se siguen de procesos sociohistóri-cos de individuación.

Macpherson inicia su discusión distinguien-do entre el contenido fundamental y el marginaldel 'individualismo' de Locke. El marginal es elque aquí hemos señalado como ideológico (indi-viduos autónomos e iguales, sujetos a la autoridadsolo mediante consentimiento). El fundamentalse sigue del conjunto de su análisis teórico deLocke y consiste en

... convertir al individuo en el propietario natural de supropia persona y de sus capacidades sin que deba nadapor ellas a la sociedad.é?

Este individualismo suprime todas las rela-ciones sociales, no solo las religiosas y monár-quicas, de modo que el individuo autonomizadorealice su individuación y plenitud acumulandopropiedades y, por concentrarlas, excluyendo aotros de ella. La conflictividad supuesta por este

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individualismo obliga a que el Estado esté porencima de los individuos, en particular de quieneshan sido excluidos de la propiedad. Nadie tienederechos contra el Estado porque el Estado es undispositivo social que cautela los intereses de lospropietarios contra los intereses de quienes hanquedado excluidos de la propiedad. Igualmente,los no propietarios quedan excluidos del gobierno.El gobierno surge de los propietarios y gobiernapara ellos. Escribe Macpherson:

Locke no vacila en permitir que todos los individuoscedan a la sociedad civil (commonwealth) todos susderechos y poderes naturales (# 128), incluyendoespecíficamente todos sus bienes y toda su tierra (#120) o, lo que viene a ser lo mismo, no vacila en cedertodos los derechos y poderes necesarios para los finespara los que se ha constituido la sociedad, quedandoel poder de juzgar en manos de la mayoría. La cesióngeneral de derechos individuales era necesaria parareunir la fuerza colectiva suficiente para la protecciónde la sociedad. Locke podía permitirse proponerloporque la sociedad civil (commonwealth) había dequedar bajo el control de los propietarios. En estascircunstancias, el individualismo podía cederse, ycederse con seguridad, a la supremacía colectiva delEstado.l''

Para Macpherson, Locke ni siquiera es anties-tatista, sino más que colectivista, totalitario. Y,por supuesto, en contra del prejuicio extendido, supostura es muy cercana a la de Hobbes.

Conviene, respecto de la apreciaciónbásica de Macpherson, realizar, dos observa-ciones breves:

A. Su comentario no desarrolla completamenteel alcance de su concepto de que el indivi-dualismo de Locke consiste en " ... convertiral individuo en el propietario natural de supropia persona y de sus capacidades sin quedeba nada por ellas a la sociedad". Comonadie debe nada a la sociedad, y cada cuales propietario natural de su persona, quienesson propietarios solo de su propia personason 'libres' para enajenar su trabajo en bene-ficio de la acumulación de capital. El Estadoo gobierno no solo administra para y por lospropietarios sino explícitamente contra lostrabajadores garantizando la expropiación'justa' de sus capacidades laborales.

B. En su comentario, Macpherson no apuntahacia el concepto de "prerrogativa" (# 158)como poder discrecional del príncipe (Estado)que ratifica y refuerza la capacidad del Estadoy gobierno para actuar 'más allá o más acá' dela legislación y de la voluntad de la mayoría odel pueblo." La prerrogativa se aplica a 'cir-cunstancias excepcionales' o por vacío jurídicoy faculta para suspender derechos y garantíasy proceder incluso contra la ley (# 160). Laprerrogativa tiene como finalidad el "beneficiode la comunidad" o bien público determinado,obviamente, por la autoridad política. Esteconcepto termina por desvanecer la imagen deque el pensamiento de Locke es conceptual-mente antiestatista si el Estado es el de los pro-pietarios que personifican la acumulación decapital, según hemos visto antes. Contra estaacumulación no existen ni derechos humanos,ni instituciones democráticas.

El inicio de la formulación filosófica de loque se va a conocer posteriormente como tradi-ción liberal es escasamente liberadora o libertaria.Por el contrario, en Locke resulta agresivamenteautoritaria o totalitaria. Conviene, como indicaBobbio, aunque en otro sentido, 'sospechar' deella. Y analizarla críticamente sin remitirse a lainformación estereotipada de los manuales o a lasensibilidad publicitaria vigente.

4. Indicaciones finales

¿Cómo es posible que autores con prestigioacadémico como N. Bobbio acuerpen socializa-ciones tan sin fundamento, incluso textual, comolas que acabamos de discutir sobre John Locke ysu Segundo tratado sobre el gobierno civil?

Con independencia de los mecanismos deadjudicación de 'prestigios', digamos, en primertérmino, que Bobbio no está solitario en estafalsificación. Otro autor europeo, respetado en elcampo de la historia de las ideas, 1. 1. Chevalliernos enseña que el Segundo Tratado sobre elgobierno civil plantea

... de manera definitiva, las bases de la democracialiberal, de esencia individualista, cuya gran carta la

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constituirfan las Declaraciones de derechos -derechosnaturales, inalienables e imprescriptibles-de las colo-nias americanas insurreccionadas y, después, de laFrancia revolucionaria.F

Con menor prestigio, pero quizás con res-ponsabilidades más directas, Howard Pennimannos dice, en su edición de los trabajos de Lockereunidos en On Politics and Education, hablandosobre los caracteres que este último reconoce alos seres humanos:

They were free to act upon decisions arrived atthrough their search for security and pleasure. Andthey were equal in the sense that as men they had equalrights and duties in the community. Locke did not, ofcourse, suggest that they were equally talented or ofequal ability.33

Individuos libres e iguales en sus derechos(fueros) y deberes sociales, que Penniman torna'comunitarios'. Exactamente lo que Locke sis-témicamente nunca sostuvo. Al menos esteeditor nos consuela al recordar que H. Laskiseñalaba que Locke era uno de esos clásicosfilósofos políticos 'a quienes se presupuestaconocidos (taken for granted) y que por ellono son leídos'. Y cuando se los mira, podría-mos agregar, se los lee desde una complejatradición sociohistórica posterior, que incluyeinstituci~nes como el sufragio universal, porejemplo, o la racionalidad obrera, que alteransustancialmente el sentido de las observacio-nes de Locke.

En el caso de Bobbio, al prejuicio ideológicoanterior, se le agrega la despreocupación analí-tica. Como hemos visto, una concepción indivi-dualista de la sociedad requiere o de la ausenciade una moral objetiva o, si postula este tipo demoral, finaliza en una pretensión totalitaria quedeberíamos considerar como un programa pre-moderno.

Además, el texto de Bobbio es de 1987, untiempo particularmente crítico porque se ubicaen el inicio del colapso del mundo comunistaeuropeo y, por ello, en el vertiginoso desenlacede la llamada Guerra Fría. Puede haber parecidooportuno, en ese momento, revisitar los lugarescomunes, aunque falsos, de la sensibilidad domi-nante y 'victoriosa'.

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En Costa Rica se ha ocupado del pensamien-to político de Locke, M. Formoso a quien se debeincluso una traducción del Segundo Tratado ....Sus escritos son más socialización de lo que todoel mundo debería prejuiciadamente saber acercade este autor'", que analíticos. En su presentacióna la traducción mencionada, hace, sin embargo, lasiguiente reflexión que resulta en parte compati-ble con lo que hemos enfatizado en este trabajo:

Cuando esta ficción (de Locke) de la representación dela voluntad popular se ejerce en un contexto de grandesdiferencias económicas, educacionales y de acceso ala información, indudablemente que la voluntad de loslegisladores no corresponderá con la voluntad de lasgrandes mayorías del pueblo, sino que estará muchomás cerca de los pequeños grupos privilegiados, que síson efectivos para defender sus intereses particularesen el parlarnento.P

Franz J. Hinkelammert ha publicado endiversos formato s su artículo La inversi6n de losderechos humanos: el caso de John Lockeé". Supunto central es que el pensamiento de Lockeno presenta una teoría de la realidad, sino que"constituye un marco categorial para constituir(sic) la realidad misma. Constituye la realidad ypor tanto jamás es refutable'P". Si se deja de ladoel tremendismo (un marco categorial jamás puedeconstituir la realidad, aunque como sensibilidadpuede ser dominante, y toda producción sociohis-tórica es refutable), lo cierto es que, como indicaHinkelarnmert, desde los criterios de Locke nose puede entender ni asumir prácticamente launiversalidad derechos humanos, lo que es unatesis correcta. Pero, claro, reducirse a esos cri-terios significaría invisibilizar la sociohistoriade estos derechos. El mayor problema del texto,sin embargo, es el trato desprolijo y fragmentariode los materiales de Locke que, más que objetode análisis, sirve como prueba o excusa para lasconvicciones intelectuales de su crítico.

Más recientemente se ha publicado un tra-bajo de A. Ocampo sobre los límites de la tole-rancia38, que incluye al menos cinco apartadosespecíficos que desean referirse al pensamientopolítico de Locke. Por desgracia los comentariosresultan una mezcla poco graciosa entre este-reotipos, ocurrencias y asociaciones arbitrarias.Para el autor, por ejemplo, no existe ruptura entre

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estado de naturaleza y sociedad civil (Estado).Anota que Locke "Primero establece las con-diciones sociales necesarias como mandatosde la naturaleza, y luego limita esas mismascondiciones desde el requerimiento civil"39.Lo que se está describiendo en realidad es unatransferencia de poder mediante la que Lockegarantiza constitucionalmente la dominación dela acumulación de capital. En un apartado pos-terior, Ocampo olvida que ha estimado que enLocke no existe ruptura entre estado de natura-leza y sociedad civil y redacta que "El procesode establecimiento y creación de la sociedadcivil (... ) es el mismo proceso de ruptura dela humanidad (... ) con el estado natural". Elhallazgo le permite concluir que Locke hacesurgir el Estado para que los propietarios pue-dan salir del aburrimiento y de la soledad (!).40En cuanto a la ligereza de los procedimientos,indiquemos que sostiene que Locke hace surgirla sociedad civil de la fuerza (p. 161), Y paraprobarlo recurre a una cita del parágrafo 175del Segundo tratado ... , que corresponde al pri-mero del capítulo sobre la conquista, lugar en elque Locke escribe: ".. .la conquista se halla tanlejos de la instauración de un gobierno, comoel echar abajo una casa lo está de construir otranueva en el mismo lugar". Todo el capítulo deLocke, centrado en la distinción entre guerrajusta e injusta, sostiene que una sociedad 'bienordenada' no puede surgir de la violencia mili-tar o imposición. Esto quiere decir, entre otrascosas, que los propietarios no pueden con justi-cia ser despojados de sus propiedades mediantela invasión militar o actos arbitrarios de laautoridad. Ocampo, sin pruebas o falseándolas,prefiere ocurrencias más 'originales'.

Los trabajos de filosofía política de Lockeposeen importancia para una comprensión tantode la función ideológica del pensamiento filosó-fico como de la sensibilidad burguesa moderna.Locke puede ser valorado como clásico, en estesentido. No contribuye a una mejor interpretaciónde nuestro tiempo, incluso del latinoamericano,el leerlo y discutirlo aceptando los numerosos einteresados lugares comunes que existen sobre suobra y sin un dispositivo analítico y la seriedadmetodológica que nos permitan mejorar efec-tivamente nuestra incidencia política mediante

una crítica de la lógica de las instituciones delas que se ocupó el autor del Segundo tratadosobre el gobierno civil y de varias cartas sobrela tolerancia.

Notas

1. Véase, por ejemplo, Stato, governo, societá. Peruna teoria generale della politica. Existe versióncastellana del Fondo de Cultura Económica.

2. N. Bobbio, El tiempo de los derechos, p. 106. Lacita de Bobbio es del Secando trattato sul gober-no. Existen varias ediciones en castellano, porejemplo la de Aguilar, de 1980.

3. Bobbio, El tiempo de los derechos, p. 107.4. Ídem. Bobbio va a traspasar esta referencia a su

discípulo, L. Ferrajoli (véase Derecho y razán.Teoría del garantismo penal, en particular cap.13, # 59, 2).

5. Ibíd, p. 147.6. Asimismo, sus imágenes sobre el estado de

guerra (cap. III del Segundo tratado ...), fueronrevitalizados por la práctica de la 'guerra globalpreventiva' contra el terrorismo de la administra-ción Bush.

7. Véase específicamente su El tiempo de los dere-chos entre las páginas 145 y 148 Y la nota 37 deese ensayo.

8. Esta distinción analítica posee antecedentesya en el siglo XIX: F. Tonnies: Comunidad(Gemeinschaft) y Sociedad (Gesellschaft).

9. Escribe en el inicio de su Segundo tratado... ,cap. 1, # 3: "Entiendo, pues, por poder políticoel derecho de hacer leyes que estén sancionadascon la pena capital (... ) para la reglamentación yprotección de la propiedad".

10. La teoría del trabajo de Locke se encuentra prin-cipalmente en el capítulo V ("De la propiedad")del Segundo tratado ... La moral racional objeti-va de su iusnaturalismo, en todo el texto, y porfuerza en su exposición del estado de naturaleza:"El estado natural tiene una ley natural por laque se gobierna, y esa ley obliga a todos" (#6).Lo racional consiste en aceptar esa ley natural:"Además de cometerse el crimen de violar lasleyes y de apartarse de la justa regla de la razón,cosas que califican a un hombre de degeneradoy hacen que se declare apartado de los princi-pios de la naturaleza ... " (# 10). Si se quiere serconsiderado racional libre es entonces forzososeguir las leyes naturales. Sobre la antropologíay economía política de Locke puede verse el finoexamen de C. B. Macpherson: La teoría políticadel individualismo posesivo. Sobre la relación

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entre su imaginario sobre la sociabilidad y dere-chos humanos mis propios trabajos en Política ytransformación social y Teoría crítica: Matriz yposibilidad de derechos humanos.

11. La introducción del dinero (# 45 Y siguientes) escondición de la gran propiedad y de la acumu-lación. Y también de la apropiación de aquellastierras "cuyos habitantes no se unieron al resto delgénero humano en el acuerdo para el empleo deldinero común y que permanecen incultas" (# 45).El dinero, un factor 'natural', abre así tambiénpaso para la conquista colonial.

12. Locke, op. cit., # 50.13. El carácter social de la experiencia humana fue

explícitamente planteado así por Locke: "Según elpropio juicio de Dios, el hombre había sido creadoen una condición tal que no convenía que perma-neciese solitario; lo colocó, pues, en la obligaciónapremiante, por necesidad, utilidad o tendencia,de entrar en sociedad, al mismo tiempo que lodotaba de inteligencia y de lenguaje para quepermaneciese en ella y se encontrase satisfechoen esa situación" (Locke, op. cit., # 77). Como seadvierte, ningún asomo de individualismo 'natu-ral'. Este solo aparecerá como figura ideológicapara justificar la gran propiedad, la expropiacióninherente a ella y los fueros de los propietarioscomo constitutivos del poder público.

14. Ibid., # 43. El texto prosigue haciendo mención ala división internacional del trabajo. No hay cabi-da en esta red para los individuos, aunque sí paraindividuaciones. El parágrafo siguiente determi-na secamente el interés central de la presentaciónde Locke: toda esa red laboral es función de lalegitimidad de la gran propiedad: " ... a pesar dehabérsenos dado en común todas las cosas de laNaturaleza (... ) el hombre llevaba dentro de sí lagran base de la propiedad (... ). Se trata de unapropiedad incluyente/excluyente: " ... todo (en loque entrara su trabajo) le correspondía perfecta-mente en propiedad y no pertenecía en común alos demás" (# 44, paréntesis nuestro).

15. Han sido vastamente socializadas las referenciasdel Segundo tratado ... en las que Locke retira lanaturaleza humana a quienes se ponen en 'estadode guerra': " ... se puede destruir a un hombreque nos hace la guerra o que ha manifestado odiocontra nosotros, por la misma razón que podemosmatar a un lobo o a un león". (# 16). En el origi-nal: " ... and one may destroy aman who makeswar upon him, or has discovered an enmity to hisbeing, for the same reason that he may kill a wolfor lion ... ".

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16. "Pero siendo necesario que el derecho de decidiren último término (es decir, de gobernar) estécolocado en una sola persona, va a parar, natu-ralmente, al hombre como más capaz y fuerte"(Locke, op. cit., # 82).

17. Siguiendo a Aristóteles, Locke determina eldominio paterno sobre los hijos por el beneficiode estos últimos. El dominio finaliza cuando loshijos adquieren capacidad racional para decidirpor sí mismos (# 69). Sin embargo, el deber dehonrar y proteger a los padres, por los beneficiosrecibidos, es eterno (# 68).

18. Locke, op. cit., # 54. La autorreferencia deLocke es al capítulo 11, numeral 4. Especificaallí que la libertad natural consiste en noverse sometido a ningún poder político (Estado,legislación) y en regirse solo por la ley de laNaturaleza (" ... within the bounds of the law ofNature"), Esta sujeción, no libertad, es universal.El tema vuelve a aparecer, más ampliamente, enel numeral 21 del capítulo cuarto.

19. Esta observación solo se encuentra en algunasversiones del Segundo tratado ... Aquí la recoge-mos del trabajo de C. B. Macpherson: La teoríapolítica del individualismo posesivo, p. 183.

20. La escasez surge tanto del uso del dinero comodel aumento de la población y por los progresoscivilizatorios.

21. Para Locke, el desempleo no tenía determinacio-nes económicas sino que se debía a la degradaciónmoral. Los desempleados, por tanto, carecían detoda capacidad jurídica, pero estaban sometidosal Estado (véase, Macpherson, op.cit., p. 192; oTomás Várnagy, El pensamiento político de JohnLocke y el surgimiento del liberalismo, p. 20.)

22. Ibid., # 57.23. Y también la guerra, aunque no tocamos ese

aspecto en este trabajo.24. Para Locke, " ... la mayor parte de los hombres no

observa estrictamente los mandatos de la equidady de la justicia" (op. cit., # 123). Son "pendencie-ros y disputadores" que desean "aprovecharsede los esfuerzos ajenos" (# 33) y que precipitano el estado de guerra o la sanción propuesta porla ley positiva. Como hemos visto antes, no sonestrictamente seres humanos ni deben ser trata-dos como tales.

25. Véase la opinión del historiador de la teoría polí-tica, G. H. Sabine, Historia de la teoría política,p. 386. Una consideración crítica sobre este tipode juicios puede encontrarse en el ensayo deMacpherson ya citado, Teoría política del indivi-dualismo posesivo, p. 208 y siguientes.

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26. El parágrafo 4 precisamente es el primero delcapítulo sobre 'el estado de naturaleza'.

27. Empleo aquí 'ideología' en el sentido de falsifica-ción asociada a un sentido común que ignora susdeterminaciones sociohistóricas y que justifica yexpresa relaciones de dominación.

28. La mayoría puede afectar la propiedad legítima dealguien, pero requiere de su consentimiento (# 138).

29. Macpherson, op. cit., p. 218.30. lbíd., p. 219 (paréntesis nuestros).31. Locke. Segundo tratado ... , cap. XlV.32. Jean-Jacques Chevallier, Los grandes textos polí-

ticos ... , p. 100.33. H. R. Penniman: lntroduction to the Second

Treatise ... , p. 72.34. Véase M. Formoso: Las ideas políticas. 9 leccio-

nes.35. Manuel Formoso, "Introducción" al Tratado

sobre el gobierno civil, p. 17.36. En 1. Herrera Flores (editor): El vuelo de Anteo.

Derechos humanos y crítica de la razán liberal.37. F. 1. Hinkelammert, op. cit., p. 112.38. Ángel Ocampo: Los límites de la tolerancia y el

sujeto universal. De paradojas y bandidos.39. Ocampo, op. cit., p. 76.40. lbíd., p. 158.

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