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LA FACTURA NEGOCIABLE COMO INSTRUMENTO … · de Factoring y Descuento y Empresas de Factoring 26...

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23
LA FACTURA NEGOCIABLE COMO INSTRUMENTO DE FINANCIAMIENTO PARA LAS MYPES Dirección de Instrumentos Financieros Dirección General de Desarrollo Empresarial Correo: [email protected] Teléfono: 616 2222 extensión 3277 Octubre 2017
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LA FACTURA NEGOCIABLE COMO INSTRUMENTO DE FINANCIAMIENTO PARA

LAS MYPES

Dirección de Instrumentos FinancierosDirección General de Desarrollo EmpresarialCorreo: [email protected]éfono: 616 2222 extensión 3277

Octubre 2017

Objetivo

2

Que los empresarios que realizan operaciones de ventas alcrédito, cuenten con un Instrumento Financiero derivado de lafactura comercial, de fácil acceso y más barato que un créditocomercial. La Factura Negociable, es un título valor con méritoejecutivo.

acumuladoago´15

sep-15

oct-15

nov-15

dic-15

ene-16

feb-16

mar-16

abr-16

may-16

jun-16

jul-16ago-16

sep-16

oct-16

nov-16

dic-16

ene-17

feb-17

mar-17

abr-17

Descuento 291 635 1,23 1,28 2,02 1,45 2,07 2,40 2,76 3,16 4,19 4,39 6,18 6,77 7,12 6,67 9,46 7,08 7,39 8,49 7,70

Factoring 192 82 94 122 169 166 185 245 259 330 339 364 426 348 452 543 565 480 577 900 811

TOTAL 483 717 1,32 1,41 2,19 1,61 2,26 2,65 3,02 3,49 4,53 4,76 6,61 7,11 7,57 7,22 10,0 7,56 7,97 9,39 8,51

291 635 1,235 1,289

2,029 1,450

2,078 2,409

2,762 3,163

4,199 4,397

61876,770

7,125 6,678

9,467

7,083 7,393

8,499

7,704

192 82

94 122 169 166 185 245 259 330 339 364 426 348 452 543 565 480 577 900 811 483 717

1,329 1,411 2,198

1,616 2,263

2,654 3,021

3,493

4,538 4,761

6,613 7,118

7,577 7,221

10,032

7,563 7,970

9,399

8,515

-100

1,900

3,900

5,900

7,900

9,900

11,900

Can

tid

ad d

e F

actu

ras

ne

goci

adas

Acumula.2015 Acumul.2016 2017 (Ene-ABRIL) TOTAL Participación %

DESCUENTO (CON RECURSOS) 5,479 56,685 30,679 92,843 92.4%

F. Negociable (SIN RECURSO) 659 4,222 2,768 7,649 7.6%

TOTAL 6,138 60,907 33,447 100,492 100

EVOLUCIÓN MENSUAL DEL NÚMERO DE FACTURAS NEGOCIADAS(Cantidad de facturas negociadas)

(de agosto 2015 a abril 2017)

13 28

42 53

118

61 80

111 120 104

174 154

191

309

245

271

526

233

209

282 288

4 5 5 5

6 3 8 6 11 10 10 9 13 7 8 9 23

10 11 18 2117 33

47 58

124

64 88

117 131

114

184 164

204

316

254

280

549

243 220

300 309

-

100

200

300

400

500

600

-

50

100

150

200

250

300

350

400

450

500

550EVOLUCIÓN MENSUAL DEL FLUJO DE LAS OPERACIONES

DE FACTURAS NEGOCIABLES (CONSOLIDADO – Expresado en millones de soles)

CON RECURSOS SIN RECURSOS

Acumula.2015 Acumul.2016 2017 ( Ene-ABRIL) TOTAL Participación %

DESCUENTO (CON RECURSOS) 254 2,347 1,011 3,612 95.0%

F. Negociable (SIN RECURSO) 25 118 60 203 5.0%

TOTAL S/. 279 S/. 2,465 S/. 1,071 3,815 100

6 Dic 2010.

Ley 29623

25 Mar 2011:

(D.S. N°047-2011-EF)

Reglamento

26 May 2011.

Res. N°129-2011/SUNAT

Incorporación de la FN

03 Jun 2011.

Res. SBS N°6595-2011

Formato estandarizado

06 Jun 2011.

R.D. 002-2011-EF/52.03

Pagaduría FN en Sec. Púb.

18 Jul 2012.

Res. N°164-2012/SUNAT

Modalidades para emisión

27 Nov 2012.

Res. SBS N°8896-2012

Formato que se incorpora

como último ejemplar

23 Dic 2012.

D.S. N°289-2012-EF1

Modifica Reglamento

20122011201002 Jul 2013.

Ley 30056 – Art.14°

(Establece emisión

obligatoria)

2013

26 Nov 2013.

Res. Nº 339-2013/SUNAT

(incorporación obligatoria

a partir del 01.01.14)

12 Marzo 2015

Ley Nº 30308

(modifica diversas normas

para promover el

financiamiento )

25 Julio 2015

Res. SBS 4358-2015

Aprueban el Reglamento

de Factoring y Descuento

y Empresas de Factoring

26 Julio 2015

D.S. 208-2015-EF

Nuevo Reglamento de la

Ley 29623, se deroga el

D.S. 047-2011-EF

14 Agosto 2015

Res. Nº 211-2015/SUNAT

Obligatoriedad de la

impresión de la Factura

Negociable ,se deroga la

Res. Nº 129-2011/SUNAT

24 Julio 2015

D. Leg. Nº 1178

Modifican artículos de la

Ley 29623 para promover

el financiamiento

2016

07 Ene 2016.

Res. SMV Nº 041-2015

SMV/01 (Regl. de CAVALI)

24 Abril 2016.

D. S. Nº 100-2016 – EF

(Modificación al Reglamento).

24 Junio 2016.

R. D. Nº 029-2016 – EF/52.03

(Proced. Entidades públicas)

29 Dic 2016.

D. Leg. Nº 1282-2016

(Recepción y sanciones)

24 Dic 2016.

Res. SMV Nº 045-2016

SMV/01 (Mod. Regl. CAVALI)

2015

MARCO NORMATIVO DE LA FACTURA NEGOCIABLE

Principales Conceptos

Adquirente: comprador del bien o usuario del servicioresponsable por el pago del monto consignado en la FN.

Proveedor: vendedor del bien o prestador del servicio, que emiteel comprobante de pago y, de ser el caso, la FN.

Legítimo Tenedor o Factor: persona natural o jurídica queadquiere la FN y está legitimada al cobro de la misma.

ICLV: entidad privada que interviene en la anotación en cuenta dela factura negociable.

Titulo Valor: documento que contiene derechos económicos yque es susceptible de ser endosado para su transferencia a unatercera persona. En caso de impago puede ser protestado.

Principales Conceptos

FACTURA NEGOCIABLE (FN): título valor transferible por endoso(físico) o mediante anotación en cuenta en una ICLV(electrónica).

FN física: la “tercera copia” del comprobante de pago impreso.Al ser un título valor, puede ser endosada a terceros (empresasfinancieras y no financieras).

FN electrónica: nace a partir de una factura electrónica y puedeser registrada en una ICLV para su negociación.

Letra de cambio: título valor que representa una obligación depago, la misma que debe ser aceptada por el deudor(ADQUIRENTE).

Ciertos problemas identificados…

El sector Público ???

Constancia de Presentación

Flujo Operativo del Factoring de una Factura Negociable proveniente de una factura física

Adquirente Presenta FN

Sello o Visto de

RECIBIDO

Factor

Proveedor

8 días

Empresas de Factoring

El proveedor vende o presta servicios al adquirente

3

5

4

6

2

1

Flujo Operativo del Factoring de una Factura Negociable, proveniente de una factura Electrónica

Operación Comercial

1

Proveedor Adquirente CAVALI

4

Anota en Cuenta FN a nombre del Emisor

5

Comunica al Adquirente el registro de FN

CAVALI Adquirente

8

FACTOR

Pago al Vencimiento

Adquirente CAVALI

Se valida Comprobante Electrónico

3

CAVALI SUNAT

7

FACTOR

Realiza Operación de Factoring, transferencia de FN y desembolso

Proveedor

Registra Factura en

2

FACTOR CAVALI

Indica Conforme, disconforme o aplica presunción (8 días hábiles)

6

Adquirente CAVALI

Incorporación de la Factura Negociable

IncorporaciónLa factura comercial o recibos por honorarios

impreso y/o importado

La factura comercial o recibos

por honorarios Electrónicos

¿Cómo?

Base Legal: At. 2 de la Ley y articulo 8 del Reglamento

EMPRESA COMERCIAL SAC

FACTURA NEGOCIABLE

Imprimiendo la 3º copia

Autorizada

ICLV

Representado mediante anotación en cuenta

Emisión desde el sistema del contribuyente, utilizar estándar UBL (R:S: Nº 97-2012 SUNAT)

Emisión desde el sistema SUNAT utilizando los campos habilitados

Esquemas de financiamiento que se derivan de la Factura Negociable

• Factoring sin recurso: el Factor asume todo el riesgo de la operaciónefectuada entre cliente y proveedor, y aunque haya efectuado elanticipo de las facturas a su cliente, no podrá requerir el dineroanticipado. El Factor asume el riesgo de insolvencia del deudor de loscréditos hasta el límite de cobertura consignado en el contrato.

• Factoring: servicio al que recurren las empresas para ceder a una entidadfinanciera o una empresa especializada, sus derechos de cobro, sus facturas ytodo lo relacionado con la gestión de éstas. A cambio la empresa puede solicitar elcobro por adelantado de estas facturas al mismo tiempo que incurre en un ahorrode costes.

• Factoring con recurso: el Factor no responderá en caso de impago de losderechos de éste cobro, es decir, no asume el riesgo de la transaccióncomercial, pudiendo retroceder al proveedor y cobrarle el importe de loscréditos impagados.

SUS FACTURAS SON DINERO. Puedes anticipar el pago de tus

facturas o ventas al crédito (cuentas por cobrar) para disponer de capital

de trabajo en menor tiempo, el monto a financiar esta en función a las

ventas y no al valor de la empresa.

FINANCIAMIENTO SIN DEUDAS. No necesitas endeudarte con el

sistema financiero o tener una línea de crédito, reduciendo tus costos

financieros y requisitos exigidos.

TASAS MÁS COMPETITIVAS. Al no ser un crédito, la tasa de

descuento aplicada en la negociación de una factura, es menor a la de

un préstamo u otras modalidades de financiamiento.

CONSTRUYEN UN HISTORIAL FINANCIERO POSITIVO. La

negociación de facturas a través del sistema financiero construye o

mejora tu historial financiero.

MENORES GASTOS ADMINISTRATIVOS POR COBRANZAS. Te

simplifica los trámites por cobranzas, reduciendo el manejo de

documentos como letras, pagarés, facturas, etc.

FORTALECE LA RELACIÓN CON TU CLIENTES. Mejora las

condiciones de compra-venta, generando seguridad y confianza en

ambas partes.

Beneficios para los proveedores de Bienes y Servicios (vendedores)

FORTALECE LA RELACIÓN CON LOS

PROVEEDORES. Les permite contar con

proveedores solventes y con capacidad de

atender sus pedidos de manera oportuna y con

la calidad respectiva.

OPORTUNIDAD PARA NEGOCIAR. Mejores

términos con sus proveedores (por ejemplo: la

extensión del plazo de pago)

CONTRIBUYE A REDUCIR COSTOS DE LAS

GESTIONES DE PAGO. Consolidando los

pagos en un número acotado de factores,

mejorando la gestión de la tesorería.

Beneficios para los clientes (compradores)

Para el país : Genera incentivos para la formalización y eleva la productividad de las empresas

FACTURA NEGOCIABLE

Señor (es) : (Apellidos y nombres, o denominación o razón social del adquirente o usuario) R.U.C. : (Nº de RUC del adquirente o usuario)

Dirección : (Domicilio del adquirente o usuario) Fecha de emisión : (día, mes, año)

UNIDAD DE

MEDIDACANT P.U. IMPORTE

VALOR DE VENTA

SON : (IMPORTE TOTAL EN LETRAS ) I.G.V. (18%)

IMPORTE TOTAL

a) Número de RUC

b) Fecha de impresión

Apellidos y nombres, o denominación o razón social del proveedorDirección del domicilio fiscal

Dirección del punto de emisión

Número de autorización de impresión otorgado por la SUNAT

Guia de remisión : (Número de la guía de remisión relacionada con la operación que se

factura)

DESCRIPCIÓN

Nº de R.U.C.: (Número de RUC del proveedor)

FACTURA Nº DE SERIE - Nº CORRELATIVO

Datos de imprenta o empresa gráf ica que efectuó la impresión

Copia Transferible - No Válida para Efectos Tributarios

Nombre comercial (si

lo tuviera)

Información Adicional de la Factura Negociable

Fecha de Vencimiento: ___ /____ /_____ a/

Monto adelantado _________ Monto Neto pendiente de Pago b/ ___________

Modo de Pago:

* Pago Único ( ) Fecha de Pago: ____ /____ /_____

* Pago en Cuotas ( ) Número de Cuotas: ________

Fechas de Pago de Cuotas:

Fecha de Recepción de la Factura/Bienes o Servicios Aceptación:

(Ciudad), de de 2,0

(Ciudad), de de 2,0 Expresa: SI ( ) c/ NO ( ) d/

Constancia: V.B. o Sello

___________________ ___________________

Firma del Adquirente Firma del Proveedor

Cláusulas Especiales: e/ Endoso:

A la orden de:

Documento :

Fecha:

(documento de identidad)

(firma del endosante)

(Firma del proveedor)

(Nombres y apellidos del proveedor)

e/ La Factura Negociable podrá incorporar todas las cláusulas ordinarias y

especiales previstas y permitidas en la Ley de Títulos y Valores, teniendo en

cuenta siempre las limitaciones previstas en la Ley Nº 29623 y su modificatoria y

en su Reglamento.

a/ Fecha de vencimiento conforme al artículo 4º de la Ley Nº 29623 y su modificatoria. A falta de indicación de la

fecha de vencimiento en la Factura Negociable, se entiende que vence a los treinta (30) días calendario

siguientes a la fecha de emisión.

b/ El monto neto pendiente de pago es el precio de venta menos

los montos adelantados efectuados por el Adquirente, así como las

retenciones, detracciones, y o tras deducciones o adelantos a los

que pueda estar sujeto el comprobante de pago en virtud al marco

normativo vigente.

c/ Dicha información se consignará en caso la aceptación sea expresa o se emita con anterioridad al plazo

establecido en el artículo 7° de la Ley 29623.

d/ Dicha información se consignará cuando opera la presunción de conformidad establecida en el artículo 7° de

la Ley 29623.

(nombre y apellidos)

dd/mm/aa

Monto de la

cuota

DONDE SE NEGOCIAN LAS FACTURASN° Nombre de la Entidad Dirección Teléfono Dirección de Correo Electrónico

1Genera Servicios

Financieros S.A.C

Pasaje Federico Villarreal N° 162, Urb. Carlos Cueto Fernandini, Los

Olivos - Lima4851170 [email protected]

2 Top Capital S.A. Calle Rio de la Plata N° 167, Oficina 401, San Isidro, Lima. 951665741 [email protected]

3 Efact S.A.C. Av. Jose Larco N° 1301, Of. 1602, Miraflores 617-1600 [email protected]

4 Optima Factoring Perú S.A.C. Calle Cantuarias N° 160, Of. 703, Miraflores, Lima. (01) 500 1150 [email protected]

5Innova Factoring Sociedad

Anónima CerradaAv. Pérez Aranibar N° 809 Dpto. 402, Magdalena del Mar, Lima (01) 627 9435 [email protected]

6Eurocapital Servicios

Financieros S.A.C.Av. Jorge Basadre 310, Oficina 804, San Isidro, Lima (01) 421-0693 [email protected]

7 Value Investments Perú S.A. Av. Manuel Olguín N° 571, Oficina 502, Surco, Lima. (01) 610-5600 [email protected]

8 Liquidez Perú S.A. Av. José Pardo N° 434, Interior 503, Miraflores, Lima. (01) 612-5252 [email protected]

9 Eldo Perú S.A.C. Av. Santo Toribio N° 143, Piso 3, San Isidro - Lima (01) 6118282 [email protected]

10 Crece Capital S.A.C. Calle 2 de Mayo N° 516, Oficina 501, Miraflores - Lima 924307602 [email protected]

11 Acelera Factoring S.A.Calle Monte Grade N° 109, Interior 308, Urb. Chacarilla del

Estanque, Santiago de Surco - Lima998636563 [email protected]

12 Inandes Factor Capital S.A.C. Calle Germán Schreirber N° 276, Urb. Santa Ana, San Isidro, Lima(01) 219 0170

9927 [email protected]

13 ESDINAMICO S.A.CCalle Monterrey N° 341, OF. 303, Urb. Chacarilla del Estanque,

Santiago de Surco, Lima.(01) 637 1165 [email protected]

14 Genera Capital S.A.C.Pasaje Federico Villarreal N° 162, Urb. Carlos Cueto Fernandini, Los

Olivos, Lima(01) 485 1170 [email protected]

(01) 421 3284,

Anexo [email protected]

984216165/9514

[email protected]

16 Logros Perú S.A. Av. Camino real N° 493, OF. 602, San Isidro, Lima (01) 422 5874 [email protected]

17 FACTORING LAB S.A.C.Calle Alejandro Peralta N° 167, Urb. Arboleda de Maranga, San

Miguel, Lima9878 47757 [email protected]

18TRFI Perú Sociedad de

Propósito Especial S.AC.

Calle Los Tulipanes N° 147, OF. 506, Urb. Lima Polo Hunt, Santiago

de Surco, Lima.

(01) 602 1803 /

(01) 602 [email protected]

19 CONEXA Factoring S.A.C. Av. Victor Andrés Belaunde N° 181, OF. 302, San Isidro, Lima. (01) 415 1415 [email protected]

20 PLAN & ACCIÓN S.A.C.Av. El Derby N° 254, OF. 1106, Urb. El Derby, Santiago de Surco,

Lima(01) 208 5900 [email protected]

21EASY CAPITAL CONSULTORES

S.R.L.

Jr. Las uvas N° 195, Dpto. N° 203, Urb. Los Jazmines, Santiago de

Surco, Lima.

998672421 /

[email protected]

22 ECASH LATAM S.A.C. Calle Alfonso Ugarte N° 176, Miraflores, Lima. 969237034 [email protected] 

23 Global Factoring S.A.Av. Javier Prado Este N° 4473, Oficina 601, Urb. Neptuno, Santiago

de Surco, Lima967703827 [email protected]

ECO Financial S.A.C. Calle Las Camelias N° 790, Piso 702, Of. 702-A, San Isidro, Lima15

Infracciones Leves: Consideradas infracciones que en el proceso de la gestión de la

factura negociable de acuerdo a las normas vigentes, no perjudican económicamente pero

que pueden causar malestar entre las participantes por situaciones de imagen y

transparencia del instrumento.

Infracciones Graves: Infracciones que en el proceso de la gestión de la factura

negociable de acuerdo a las normas vigentes, perjudican económicamente a alguno de los

participantes pero que no han sido elaborados o premeditadas.

Infracciones Muy graves: Infracciones que en el proceso de la gestión de la factura

negociable de acuerdo a las normas vigentes, perjudican económicamente a algunos de

los participantes pero que sus acciones han sido premeditadas, por dolo o por vicios

ocultos.

SANCIONES ADMINISTRATIVAS

SANCIONES ADMINISTRATIVAS

INFRACCIONES DEL PROVEEDOR

INFRACCIONES

CALIFICACIÓN DE LAS

INFRACCIONES SANCIONES TIPIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS INFRACTORAS

1. No informar al Legítimo Tenedor, la

disconformidad de la Factura Negociable

originada en un comprobante de pago impreso

y/o importado, comunicada por el Adquirente

conforme a Ley.

Muy grave

Multa mayor de

veinte (20) UIT

hasta cincuenta

(50) UIT

El legítimo tenedor adquiere una factura negociable que tiene disconformidad y

no está informado, el cual rompe el sistema del proceso adecuado del uso de la

Factura Negociable, ocasionando un perjuicio económico al legítimo tenedor

sobre una factura que no podrá cobrarlo al vencimiento y que el proveedor de

forma premeditada se ha beneficiado. Esta acción se establece como muy grave

por el perjuicio económico (tercer párrafo del artículo 9 de la Ley).

2. No informar a la ICLV, en el plazo de Ley, la

disconformidad de la Factura Negociable

representada mediante anotación en cuenta,

que le ha comunicado el Adquirente.

Muy grave

Multa mayor de

veinte (20) UIT

hasta cincuenta

(50) UIT

Si al momento que se registra una factura electrónica ante una ICLV el

proveedor no informa sobre la disconformidad que el adquirente haya

manifestado previamente al registro, cualquier factor puede adquirir el titulo

valor perjudicándose económicamente al no poder cobrarlo en su vencimiento,

se considera muy grave por el perjuicio económico del legítimo tenedor (cuarto

párrafo del artículo 7 de la Ley).

3. No dejar constancia de los pagos recibidos en la

propia Factura Negociable que se origine en un

comprobante de pago impreso y/o importado o

no registrar ante la ICLV los pagos recibidos de

una Factura Negociable representada mediante

anotación en cuenta en la misma oportunidad en

la que recibe dichos pagos.

Leve Amonestación o

multa no menor a

una (1) UIT y

hasta diez (10)

UIT

De no dejar constancia de los pagos realizados en la factura negociable o en el

registro de la ICLV, una en un análisis posterior la Factura Negociable, figuraría

impaga cuando realmente ya fue pagada, generando una imagen negativa al

adquirente. Como nos existe un perjuicio económico y es una cuestión de

imagen que se regulariza con la debida información, se considera una falta leve.

(Numeral 16.3 del artículo 16 del Reglamento).

4. Ocultar la información referida a los pagos

recibidos, en caso de que el pago de la Factura

Negociable se pacte en cuotas, y por tal razón, el

Legítimo Tenedor no logre recuperar el monto

financiado.

Grave Multa mayor de

diez (10) UIT y

hasta veinte (20)

UIT

Si el proveedor negocia una factura pactada en cuotas y no le informa al legítimo

tenedor que ha recibido el pago de una o más cuotas a cuenta y el legítimo

tenedor no logre recuperar el monto financiado, se constituye en una falta grave

por cuanto el perjuicio económico es solo por una parte del monto total

negociado. (Cuarto párrafo del artículo 9 de la Ley).

5. Retener el pago, de todo o parte, del monto neto

pendiente de pago de una Factura Negociable

realizado por el Adquirente, en caso haya

recibido dicho pago y la Factura Negociable

hubiera sido transferida previamente a un

tercero.

Muy grave Multa mayor de

veinte (20) UIT

hasta cincuenta

(50) UIT

Se considera falta muy grave cuando el proveedor recibe el pago de una Factura

Negociable que ya no lo tiene en su poder y sabiendo que el monto recibido no

le corresponde, se queda con el importe recibido y no lo transfiere al legítimo

tenedor. (Numeral 15.4 del artículo 15 del Reglamento).

SANCIONES ADMINISTRATIVAS

SANCIONES ADMINISTRATIVAS

SANCIONES ADMINISTRATIVAS

INFRACCIÓN DEL LEGÍTIMO TENEDOR

N° INFRACCIONES CALIFICACION DE

LAS INFRACCIONES

SANCIONES TIPIFICACIÓN DE LACONDUCTAS INFRACTORAS

1. No dejar constancia de los pagos

recibidos en la propia Factura

Negociable que se origine en un

comprobante de pago impreso y/o

importado, o no registrar ante la

ICLV los pagos recibidos de la

Factura Negociable representada

mediante anotación en cuenta en

la misma oportunidad en la que

recibe dichos pagos.

Leve Amonestación o

multa no menor

a una (1) UIT y

hasta diez (10)

UIT

De no dejar constancia de los pagos realizados en la factura negociable o en

el registro de la ICLV, una en un análisis posterior la Factura Negociable,

figuraría impaga cuando realmente ya fue pagada, generando una imagen

negativa al adquirente. Como nos existe un perjuicio económico y es una

cuestión de imagen que se regulariza con la debida información, se considera

una falta leve. (numeral 16.3 del artículo 16 del Reglamento)

2. Ocultar la información referida a

los pagos recibidos, en caso de que

el pago de la Factura Negociable se

pacte en cuotas; y por tal razón el

tercero a quien el Legítimo

Tenedor transfirió el título valor no

logra recuperar el monto

financiado.

Grave Multa mayor de

diez (10) UIT y

hasta veinte (20)

UIT

Si el legítimo tenedor negocia una factura pactada en cuotas y no le informa

al nuevo legítimo tenedor que ha recibido el pago de una o más cuotas a

cuenta y el nuevo legítimo tenedor no logre recuperar el monto financiado,

se constituye en una falta grave por cuanto el perjuicio económico es solo

por una parte del monto total negociado. (Cuarto párrafo del artículo 9 de la

Ley)

Web de Produce: www.produce.gob.peWeb Factura negociable: www.facturanegociable.gob.peTeléfono de Contacto: (01) 616-2222 Ext. 3277


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