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PDVSA N° TITULO REV. FECHA DESCRIPCION PAG. REV. APROB. APROB. APROB. FECHA APROB. FECHA VOLUMEN 1 PDVSA, 2005 HO–H–17 PROCEDIMIENTO PARA LA INVESTIGACIÓN DE ENFERMEDADES OCUPACIONALES EN PDVSA EMISIÓN ORIGINAL Darío Merchán Miguel Rodríguez JUL.08 JUL.08 JUN.02 JUL.08 V.S. L.T. 1 0 REVISIÓN GENERAL 21 13 L.T. F.D. L.C. M.E.B. MANUAL DE HIGIENE OCUPACIONAL ESPECIALISTAS PDVSA
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PDVSA N° TITULO

REV. FECHA DESCRIPCION PAG. REV. APROB. APROB.

APROB. FECHAAPROB.FECHA

VOLUMEN 1

PDVSA, 2005

HO–H–17 PROCEDIMIENTO PARA LA INVESTIGACIÓN DEENFERMEDADES OCUPACIONALES EN PDVSA

EMISIÓN ORIGINAL

Darío Merchán Miguel RodríguezJUL.08 JUL.08

JUN.02

JUL.08 V.S.

L.T.

1

0

REVISIÓN GENERAL 21

13

L.T.

F.D.

L.C.

M.E.B.

MANUAL DE HIGIENE OCUPACIONAL

ESPECIALISTAS

PDVSA

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“La información contenida en este documento es propiedad de Petróleos de Venezuela,S.A. Esta prohibido su uso y reproducción total o parcial, así como su almacenamiento enalgún sistema o transmisión por algún medio (electrónico, mecánico, gráfico, grabado,registrado o cualquier otra forma) sin la autorización por escrito de su propietario. Todoslos derechos están reservados. Ante cualquier violación a esta disposición, el propietariose reserva las acciones civiles y penales a que haya lugar contra los infractores.”

Las Normas Técnicas son de obligatorio cumplimiento del marco regulatorio en materia deSeguridad Industrial, Ambiente e Higiene Ocupacional y como parte del Control Interno dePDVSA para salvaguardar sus recursos, verificar la exactitud y veracidad de lainformación, promover la eficiencia, economía y calidad en sus operaciones, estimular laobservancia de las políticas prescritas y lograr el cumplimiento de su misión, objetivos ymetas, es un deber la participación de todos en el ejercicio de la función contralora,apoyada por la Ley Orgánica Contraloría General de la República y Sistema Nacionalde Control Fiscal, Artículos 35–39.

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Índice1 OBJETIVO 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 ALCANCE 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 REFERENCIAS 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3.1 Marco Legal 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4 DEFINICIONES 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.1 Comité de Seguridad y Salud Laboral 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.2 Enfermedad Ocupacional 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.3 Evento Centinela 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.4 Monitoreo Ambiental 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.5 Monitoreo Biológico 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.6 Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

5 RESPONSABILIDADES 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.1 De los Niveles Directivos y los Gerentes Generales de Cada Área Operacional,

de Negocios o Filiales 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.2 Custodios de Instalaciones 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.3 Del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.4 Del Comité de Seguridad y Salud Laboral 8. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.5 Del Comité de Investigación de Enfermedades Ocupacionales 8. . . . . . . . 5.6 De la Organización de Recursos Humanos (Relaciones Laborales) 8. . . . 5.7 De la Organización de Consultoría Jurídica 8. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6 CRITERIOS PARA EL DIAGNÓSTICO DE ENFERMEDADOCUPACIONAL 9. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.1 Criterio Clínico 9. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.2 Criterio Ocupacional 9. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.3 Criterio Higiénico 9. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.4 Criterio Epidemiológico 9. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.5 Criterio Legal 9. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

7 REQUISITOS PARA TIPIFICAR UNA ENFERMEDAD COMOOCUPACIONAL 9. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

8 PROCEDIMIENTO 10. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9 BIBLIOGRAFÍA 13. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10 ANEXOS 13. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ANEXO A FLUJOGRAMA DE INVESTIGACIÓN DE ENFERMEDADES

OCUPACIONALES 14. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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ANEXO B REPORTE MÉDICO OCUPACIONAL PARA LA ORGANIZACIÓN DE HIGIENE OCUPACIONAL(CONFIDENCIAL) 15. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

ANEXO C INFORME DE LA EVALUACIÓN DE SALUD OCUPACIONAL17ANEXO D INFORME DE LAS EVALUACIONES DE HIGIENE

OCUPACIONAL 18. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ANEXO E INFORME DE LA EVALUACIÓN DE HIGIENE Y SALUD

OCUPACIONAL 19. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ANEXO F EVALUACIÓN DE INCAPACIDAD RESIDUAL 14–08 20. .

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1 OBJETIVOEstablecer lineamientos y criterios para determinar el carácter ocupacional de lasenfermedades de los trabajadores y trabajadoras de PDVSA y realizar ladeclaración formal ante el Instituto Nacional de Prevención, Seguridad y SaludLaboral (INPSASEL) para que lleve a cabo la calificación correspondiente.

2 ALCANCEEsta Norma es aplicable en todas las organizaciones e instalaciones de losNegocios y Filiales de PDVSA, así como en aquellas empresas donde Petróleosde Venezuela tenga participación mayoritaria en el Territorio Nacional. Estoslineamientos deben ser aplicados a trabajadores y trabajadoras, permanentes ycontratados, pasantes y tesistas.

Esta Norma cubre los aspectos relacionados con los criterios para determinar elcarácter ocupacional de las enfermedades de los trabajadores y trabajadoras.

Esta Norma es aplicable a las empresas contratistas que realicen actividadesdentro de las instalaciones de PDVSA.

Esta Norma puede ser utilizada en instalaciones de PDVSA fuera del TerritorioNacional, siempre y cuando no contravenga la Legislación del paíscorrespondiente.

3 REFERENCIAS

3.1 Marco LegalLey Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo(LOPCYMAT). Publicada en la Gaceta Oficial N°38236 del 26/07/05 de laRepública Bolivariana de Venezuela.

Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y MedioAmbiente de Trabajo, publicada en la Gaceta Oficial N°38596 del 03/01/07 de laRepública Bolivariana de Venezuela.

4 DEFINICIONES

4.1 Comité de Seguridad y Salud LaboralEs un órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regulary periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad ysalud en el trabajo. Está conformado por los delegados o delegadas deprevención, así como por el empleador o empleadora, o sus representantes, enun número igual al de los Delegados o Delegadas de Prevención.

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4.2 Enfermedad OcupacionalSegún lo establecido en la LOPCYMAT Art. 70:

“Se entiende por enfermedad ocupacional, los estados patológicos contraídos oagravados con ocasión del trabajo o exposición al medio en el que el trabajadoro trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a laacción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas,meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales yemocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticoso bioquímicas, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales opermanentes.

4.3 Evento CentinelaEs cualquier signo o síntoma premonitorio que indica la presencia de un riesgoinminente que pueda producir daño en los trabajadores y trabajadoras.

4.4 Monitoreo AmbientalEs la determinación cualitativa y cuantitativa de la concentración de loscontaminantes presentes en el ambiente de trabajo. La información aquíconseguida será constrastada con los Niveles Técnicos de Referencia deExposición (NTRE).

4.5 Monitoreo BiológicoEs la determinación cualitativa y cuantitativa de la concentración de loscontaminantes en los fluidos corporales, esta información será constrastada conlos Indices Biológicos de Exposición (IBE).

4.6 Servicio de Seguridad y Salud en el TrabajoSegún el Reglamento de la LOPCYMAT Art. 20:

“La estructura organizacional de los patrones o patronas, cooperativas y otrasformas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicio, que tienecomo objetivos la promoción, prevención y vigilancia en materia de seguridad,salud, condiciones y medio ambiente de trabajo para proteger los derechoshumanos a la vida, a la salud e integridad personal de los trabajadores y lastrabajadoras”.

NOTA: En PDVSA los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo estánconformados por las Organizaciones de Seguridad Industrial, HigieneOcupacional, Salud Ocupacional y Recursos Humanos (Calidad de Vida, AsuntosLaborales, entre otros).

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5 RESPONSABILIDADES

5.1 De los Niveles Directivos y los Gerentes Generales de Cada ÁreaOperacional, de Negocios o Filiales

5.1.1 Aprobar y procurar los recursos para el cumplimiento exitoso de esta norma.

5.1.2 Promover y exigir el cumplimiento y efectividad de los lineamientos establecidosen esta norma, a través de la rendición de cuentas.

5.1.3 Avalar con su firma el oficio de notificación de Enfermedades Ocupacionales alINPSASEL.

5.2 Custodios de Instalaciones5.2.1 Implementar y mantener los lineamientos establecidos en esta norma.

5.2.2 Firmar el informe de investigación de Enfermedades Ocupacionales remitido porel Equipo de Investigación como constancia de haber sido notificado de losresultados.

5.2.3 Cumplir con las recomendaciones y acciones correctivas/preventivas emanadasdel informe de investigación de Enfermedades Ocupacionales y mantener losregistros correspondientes.

5.2.4 Elaborar el plan de acción, ejecutar recomendaciones y cargarlas al sistema demanejo de recomendaciones.

5.2.5 Publicar en un sitio visible los registros actualizados de los índices deenfermedades ocupacionales.

5.3 Del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo5.3.1 Divulgar y promover la implantación de los lineamientos de esta norma.

5.3.2 Designar los representantes del Servicio que integrarán el Equipo deInvestigación de Enfermedades Ocupacionales.

5.3.3 Preparar el expediente resultante de la investigación de la enfermedad y en casode resultar ocupacional, remitirlo al INPSASEL.

5.3.4 Remitir al Instituto Venezolano del Seguro Social (IVSS) la forma 14–08, a fin deque éste realice la asignación del porcentaje (%) de discapacidadcorrespondiente.

5.3.5 Custodiar toda la información contenida en el expediente resultante de lainvestigación.

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5.3.6 Notificar al Custodio sobre los resultados de la investigación.

5.3.7 Notificar, a través del Médico Ocupacional, al INPSASEL la enfermedadocupacional.

5.3.8 Presentar los resultados de la investigación al Gerente del Área afectada, Comitéde Seguridad y Salud Laboral.

5.3.9 De la Organización de Salud Ocupacionala. Preparar la Historia Médica–Ocupacional.b. Caracterizar los signos y síntomas en el trabajador o la trabajadora.c. Efectuar evaluaciones complementarias (Para–clínicas o biológicas): De

laboratorio, imagenología u otros.d. Evaluar cualitativamente el puesto de trabajo en conjunto con Higiene

Ocupacional y un Delegado o Delegada de Prevención.e. Llenar y remitir el formato del Anexo B, a Higiene Ocupacional.f. Realizar monitoreos biológicos específicos según el (los) agente (s) a los cuales

está expuesto el (la) trabajador (a).g. Recolectar información de otros trabajadores o trabajadoras que laboren en el

área de trabajo y la revisión documental de casos similares que sirvan dereferencia.

h. Informar al trabajador o trabajadora su estado de salud y hacer las indicacionesen cuanto a tratamiento y conducta a seguir.

i. Informar al custodio de la instalación, el inicio del proceso de investigación deenfermedades ocupacionales.

j. Establecer el diagnóstico de la enfermedad ocupacional de acuerdo a los criteriospresentados en esta norma.

5.3.10 De la Organización de Higiene Ocupacionala. Divulgar y promover la implantación de los lineamientos de esta norma.b. Cumplir los lineamientos establecidos en esta norma.c. Recopilar la información de las condiciones de trabajo y los niveles de los

diferentes agentes de riesgo que pudieran estar relacionados con la condiciónmédica diagnosticada.

d. Realizar la evaluación cualitativa y cuantitativa de los riesgos en la instalación ypuesto de trabajo donde labora el trabajador o trabajadora.

e. Recabar y analizar la información de evaluaciones de riesgos realizadas en todaslas instalaciones, plantas, ubicaciones físicas en las cuales haya laborado eltrabajador o trabajadora en referencia, así como las actividades desarrolladas enlos puestos de trabajo que ocupó, con miras a obtener la evidencia de exposiciónal agente de riesgo considerado.

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f. Informar al trabajador o trabajadora y al custodio o custodia sobre los resultadosde la evaluación ocupacional de la instalación y puesto de trabajo.

g. Informar al custodio o custodia de la instalación sobre las desviacionesencontradas en la evaluación a fin de recomendar las accionescorrectivas/preventivas correspondientes.

5.4 Del Comité de Seguridad y Salud Laboral5.4.1 Divulgar y promover la implantación de los lineamientos de esta norma.

5.4.2 Designar en forma paritaria los representantes del Comité (Delegados ydelegadas de prevención y representantes del patrono) que integrarán el Comitéde Investigación de Enfermedades Ocupacionales.

5.5 Del Comité de Investigación de Enfermedades Ocupacionales5.5.1 Establecer los roles y responsabilidades, así como el plan de trabajo para llevar

a cabo la investigación.

5.5.2 Llevar a cabo el proceso de investigación.

5.5.3 Elaborar el informe de los resultados de la investigación de la enfermedadocupacional.

5.5.4 Mantener la confidencialidad de la información durante y después del proceso deinvestigación.

5.6 De la Organización de Recursos Humanos (RelacionesLaborales)

5.6.1 Divulgar y promover la implantación de los lineamientos de esta norma.

5.6.2 Cumplir los lineamientos establecidos en esta norma.

5.6.3 Asegurar el pago de las indemnizaciones a los trabajadores y trabajadoras cuyaenfermedad haya sido calificada como Ocupacional.

5.7 De la Organización de Consultoría Jurídica5.7.1 Divulgar y promover la implantación de los lineamientos de esta norma.

5.7.2 Cumplir los lineamientos establecidos en esta norma.

5.7.3 Asesorar al Comité de Investigación en la aplicación de los aspectos legalesdurante el proceso de investigación.

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6 CRITERIOS PARA EL DIAGNÓSTICO DE ENFERMEDADOCUPACIONAL

6.1 Criterio ClínicoPresencia de signos y síntomas de la enfermedad que se está determinando enel trabajador y la trabajadora, fundamentados en la preparación de una HistoriaMédica–Ocupacional, valoración integral, análisis de estudios para–clínicos yevaluaciones por otros especialistas y el diagnóstico diferencial con otrasenfermedades.

6.2 Criterio OcupacionalEvidencias de exposición a los factores de riesgo en su puesto de trabajo y/oambiente de trabajo, actual y anterior, determinados por el tiempo de exposicióny la actividad realizada.

6.3 Criterio HigiénicoPresencia de un agente o factor de riesgo en su ambiente de trabajo, capaz deproducir un efecto adverso a la salud del o los trabajadores (as), los cuales sedeterminan con el monitoreo ambiental y del puesto de trabajo.

6.4 Criterio EpidemiológicoPresencia de casos similares en trabajadores (a) expuestos (a) a factor (es) deriesgo (s) capaces de producir efectos adversos a la salud, pudiendo presentarseen ocasiones, un evento centinela dentro de un grupo homogéneo detrabajadores (as).

6.5 Criterio LegalConcordancia con la definición de Enfermedad Ocupacional estipulado en elArtículo 70 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente deTrabajo (LOPCYMAT).

7 REQUISITOS PARA TIPIFICAR UNA ENFERMEDAD COMOOCUPACIONAL

7.1 Demostrar la presencia de enfermedad.

7.2 Establecer la relación laboral y la exposición al riesgo, aún cuando el trabajadoro trabajadora no esté expuesto al riesgo, ni desempeñándose en el puesto detrabajo para el momento del diagnóstico.

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7.3 Demostrar la relación causa–efecto.

7.4 La enfermedad diagnosticada debe estar específicamente citada en la Lista deEnfermedades Ocupacionales del INPSASEL, o bien sus signos y síntomas debecorresponder con el cuadro clínico de las enfermedades derivadas de laexposición a los agentes citados en esta lista.

8 PROCEDIMIENTOEl proceso de investigación se describe de forma esquemática en el Anexo A, elcual se inicia con una evaluación médica que puede ser entre otras consecuenciade:

1. Evaluación preventiva integral de salud.

2. Evaluación continua orientada al riesgo ocupacional.

3. Signos y síntomas que motivan una consulta médica.

4. Evaluación de las condiciones de riesgo en el ambiente de trabajo.

5. Solicitud de línea supervisora, del Comité de Seguridad y Salud Laboral,delegados, delegadas de prevención, trabajadores y trabajadoras.

6. Requerimiento del INPSASEL.

7. Acciones legales o reclamos.

8.1 Ante la sospecha de que unos determinados síntomas y signos se correspondencon una enfermedad ocupacional, el médico que maneja el caso pedirá unaevaluación con el médico ocupacional de la clínica industrial respectiva.

8.2 El médico ocupacional, realiza la evaluación médica ocupacional del caso ygenera un informe de evaluación. Ante la sospecha de una relación entre laenfermedad y la exposición a riesgos ocupacionales, el médico ocupacional debellenar el formato del Anexo B, el cual será enviado a Higiene Ocupacional, a finde que el Higienista Ocupacional evalúe los riesgos asociados con la enfermedaddiagnosticada.

8.3 El medico ocupacional y el Higienista ocupacional deben realizar la evaluacióncualitativa (inspección) del puesto de trabajo para identificar la exposición ariesgos ocupacionales.

8.4 Paralelamente el Médico Ocupacional determinará la necesidad de realizarexámenes adicionales con los fines de contribuir al proceso de investigación.

8.5 El médico ocupacional debe registrar dicho caso en el sistema de gestión de laRed de Clínicas Ambulatorias, destacando que está en proceso de investigación.

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8.6 Con base a la información reflejada en el Anexo B, el Higienista Ocupacional,debe recopilar la información de las condiciones de riesgo en el trabajo ydeterminar los niveles de los diferentes riesgos que pudieran estar relacionadoscon la condición médica diagnosticada, para lo cual se realizará la evaluación dela instalación y puesto de trabajo donde labora el trabajador (a) y revisará, en casode existir, las evaluaciones realizadas con anterioridad.

8.7 Si al evaluar el ambiente de trabajo y la exposición del personal se determinandesviaciones con relación a los estándares establecidos, el Higienista debeinformar de manera inmediata al custodio de la instalación a fin de tomar lasacciones correctivas correspondientes, igualmente notificará cualquierdesviación encontrada en el área de trabajo. Todas las desviaciones encontradasserán incluidas en el sistema de administración de desviaciones.

8.8 El Higienista Ocupacional, debe recabar la información de evaluaciones de riesgorealizadas en todas las instalaciones, plantas, ubicaciones físicas de PDVSA enlas cuales haya laborado el trabajador(a) en referencia, así como las actividadesdesarrolladas en los puestos de trabajo que ocupó, con miras a obtener laevidencia de exposición al agente de riesgo considerado.

8.9 Dada la diversidad de riesgos ocupacionales presentes en el ambiente de trabajo,se deben seguir los criterios y normas vigentes para su evaluación utilizando paraello los métodos aprobados por organismos Nacionales o en su defectoInternacionales, reconocidos en la materia. Ej.: COVENIN, NIOSH.

8.10 El Higienista Ocupacional elaborará un informe (Ver Anexo D) donde sepresenten, entre otros, la información recolectada, los métodos utilizados, losanálisis realizados y los resultados obtenidos en las evaluaciones.

8.11 Para determinar el carácter ocupacional de la enfermedad, se debe conformar unComité de Investigación multidisciplinario designado por el Servicio de Seguridady Salud en el trabajo; el cual debe ser integrado por: un (1) Médico Ocupacional,(1) Higienista Ocupacional, el custodio o custodia del área o instalación, un (1)miembro representante del empleador en el Comité de Seguridad y SaludLaboral, un (1) Delegado o Delegada de Prevención. El líder del equipo y elsecretario o escribiente serán elegidos en consenso de los integrantes del Equipode Investigación.

8.12 Dependiendo de las necesidades que puedan surgir en el proceso, el equipo deinvestigación, podrá solicitar la participación de especialistas, asesores y/oexpertos.

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8.13 El equipo de investigación, analizará la información obtenida en el proceso deinvestigación contentiva en los Anexos C y D, determinará el carácter ocupacionalde dicha enfermedad y dará las recomendaciones pertinentes. Se elaborará uninforme técnico de los resultados de la investigación, empleando como guía elEsquema del Anexo E, el cual debe estar firmado por los integrantes del equipode investigación.

8.14 Una vez determinado el carácter ocupacional o no ocupacional de la enfermedad,el médico ocupacional registrará el resultado en el sistema de gestión de la Redde Clínicas Ambulatorias y le dará el tratamiento médico correspondiente.

8.15 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo debe construir el expediente conla información recibida del equipo de investigación, los formatos de notificaciónde enfermedades ocupacionales al INPSASEL y con la declaración formaldebidamente firmada por el Directivo o Gerente General del Área Operacional,Negocio o Filial.

8.15.1 La información generada debe distribuirse de la siguiente forma:Original para el INPSASEL, y toda la información que requiera el INPSASEL;acompañado del oficio de declaración formal debidamente firmado por elDirectivo y/o Gerente General del Área Operacional, de Negocio o Filial.Copia de la documentación remitida al INPSASEL para el trabajador otrabajadora.Copia de la documentación remitida al INPSASEL para el expediente médico deltrabajador o trabajadora.Copia al Custodio o Custodia de la Instalación, sin incluir la informaciónconfidencial de la parte médica, a fin de que se realicen las modificaciones,cambios y/o acciones preventivas y correctivas correspondientes, para evitar laaparición de nuevos casos.

8.16 El médico ocupacional debe informar y orientar al trabajador o trabajadora sobreel resultado de la investigación y el diagnóstico y hará las indicaciones en cuantoa tratamiento y conducta a seguir según los programas de vigilanciaepidemiológica ocupacional.

8.17 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo divulgará los resultados de lainvestigación a los trabajadores y trabajadoras, a efectos de prevenir la apariciónde nuevos casos originados por la misma causa determinada en la investigación.

8.18 El custodio de la instalación debe elaborar el plan de acción, ejecutarrecomendaciones y cargarlas al sistema de manejo de recomendaciones,ademas de publicar en un sitio visible los registros actualizados de los índices deenfermedades ocupacionales.

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8.19 Una vez recibida la calificación de la enfermedad ocupacional por parte delINPSASEL, el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo remitirá el informemédico, con la forma 14–08 (Anexo F) del Instituto Venezolano de los SegurosSociales (IVSS) y con copia de la calificación de la enfermedad ocupacional porparte del INPSASEL, a la Comisión Nacional Evaluadora de Discapacidad, parael cálculo del porcentaje de discapacidad residual a que diera lugar.

8.20 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo remitirá a la organización deRecursos Humanos (Relaciones Laborales), copia del informe técnico de lainvestigación, de la calificación del INPSASEL y del memorando de la ComisiónNacional Evaluadora de Discapacidad, a fin de proceder al pago de laindemnización correspondiente según la normativa legal venezolana vigente y laconvención colectiva petrolera vigente.

8.21 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo realizará la reinserción óreubicación del trabajador o trabajadora dependiendo del Grado de CapacidadResidual.

8.22 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo llevará los registros estadísticoscorrespondientes.

8.23 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo realizará seguimiento a lasacciones preventivas y correctivas emitidas.

9 BIBLIOGRAFÍASI–S–06 “Sistema de Gerencia Integral de Riesgos (SIR–PDVSA)”.

10 ANEXOSANEXO A FLUJOGRAMA DE INVESTIGACIÓN DE ENFERMEDADES

OCUPACIONALESANEXO B REPORTE MÉDICO OCUPACIONAL PARA LA

ORGANIZACIÓN DE HIGIENE OCUPACIONAL (CONFIDENCIAL)

ANEXO C INFORME DE LA EVALUACIÓN DE SALUD OCUPACIONALANEXO D INFORME DE LAS EVALUACIONES DE HIGIENE

OCUPACIONALANEXO E INFORME DE LA EVALUACIÓN DE HIGIENE Y SALUD

OCUPACIONALANEXO F EVALUACIÓN DE INCAPACIDAD RESIDUAL 14–08

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INICIO

REVISA REGISTROS DE EVALUACIONES ANTERIORES

REALIZA EVALUACIÓN DEAGENTE DE RIESGO

SSSL DESIGNA EQUIPODE INVESTIGACIÓN

MÉDICO EVALÚA Y SOSPECHA EO

REMITE EL CASO ALMÉDICO OCUPACIONAL

ANEXO A FLUJOGRAMA DE INVESTIGACIÓN DE ENFERMEDADES OCUPACIONALES

¿EXISTEN DESVIACIONES?

SI

NO

REALIZA EVALUACIÓN MÉDICA

ELABORA INFORME YLLENA ANEXO B

REMITE ANEXO B A HIGIENE

REGISTRA EN LA REDDE CLÍNICAS

AMBULATORIASREALIZA EXÁMENES

OCUPACIONALESELABORA INFORME

ANEXO C

ELABORA INFORME ANEXO D

SEGUIMIENTO Y CONTROLINFORMA AL CUSTODIO

ANALIZA LOS INFORMESRECIBIDOS

¿ES OCUPACIONAL?

REMITE A SALUD PARATRATAMIENTO

ELABORA INFORME TÉCNICO (ANEXO E)

PREPARA EXPEDIENTE YREMITE AL INPSASEL Y

AL CUSTODIORECIBE CALIFICACIÓN DE

EO POR EL INPSASELREMITE AL IVSS

SI

NO

SSSL

REALIZAN EVALUCIÓNCUALITATIVA

1

RECIBE INFORMACIÓN PREPARA PLAN DE ACCIÓN

EJECUTA RECOMENDACIONES

Equ

ipo

de In

vest

igac

ión

Cus

todi

o Su

perv

isor

Hig

iene

Méd

ico

ENVÍA A RRLL

1

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Organización de Salud: Región Clínica Industrial de:

Salud Ocupacional (Programa de análisis de enfermedades ocupacionales). Fecha:

NOMBRE DEL TRABAJADOR O TRABAJADORA:

CI: , OCUPACIÓN TRABAJA EN

, DE LA ORGANIZACIÓN

SU PUESTO DE TRABAJO ESTA UBICADO EN:

Antigüedad en PDVSA: Fecha de ingreso: ,Ocupación inicial:

¿Cuándo comenzó en el puesto actual? , ¿Qué hace exactamente?

Principales síntomas y signos:

De acuerdo al análisis médico ocupacional se tiene el/los siguientes diagnósticos que podrían estarrelacionados a su actividad laboral:

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ANEXO B REPORTE MÉDICO OCUPACIONAL PARA LA ORGANIZACIÓNDE HIGIENE OCUPACIONAL (CONFIDENCIAL)

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Fecha: Duración: Instalación:

Puesto de trabajo:

Actividades que realizaba:

Riesgos asociados al puesto:

Trabajos desempeñados en PDVSA desde su ingreso:

Fecha: Duración: Instalación:

Puesto de trabajo:

Actividades que realizaba:

Riesgos asociados al puesto:

Fecha: Duración: Instalación:

Puesto de trabajo:

Actividades que realizaba:

Riesgos asociados al puesto:

Trabajados fuera de PDVSA, (Describa tipo de trabajo, duración en dichos puestos y si conocía los riesgos a losque estaba expuesto/a:

Médico que lo examinó , E–mail

En fecha:

, Ext.

Firma

Original : Destinatario Copia: Historia Médica

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ANEXO B REPORTE MÉDICO OCUPACIONAL PARA LA ORGANIZACIÓNDE HIGIENE OCUPACIONAL (CONFIDENCIAL)(CONT.)

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ANEXO C INFORME DE LA EVALUACIÓN DE SALUD OCUPACIONAL

1 DATOS PERSONALES DEL TRABAJADOR OTRABAJADORA

1.1 Fecha de Ingreso

1.2 Antigüedad

1.3 Cargo

1.4 Lugar, Nómina, Unidad.

1.5 Grado de Instrucción

1.6 Estado Civil

2 HISTÓRICO OCUPACIONAL

3 PRINCIPALES SIGNOS Y SÍNTOMAS DE LA ENFERMEDAD

4 CONDICIÓN ACTUAL

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ANEXO D INFORME DE LAS EVALUACIONES DE HIGIENEOCUPACIONAL

1 INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES

2 METODOLOGÍA

3 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS

4 DESCRIPCIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

4.1 Actual

4.2 Anteriores

5 EVALUACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO

5.1 Actual

5.2 Anteriores

6 ESTÁNDARES DE COMPARACIÓN

7 CRITERIOS PARA EL DIAGNÓSTICO DE ENFERMEDAD

8 RESULTADOS Y OBSERVACIONES

9 CONCLUSIONES

10 RECOMENDACIONESEl informe será documentado con fotos, mapas de riesgos, diagramas y todosaquellos instrumentos que el higienista considere de interés para apoyar alproceso de investigación.

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ANEXO E INFORME DE LA EVALUACIÓN DE HIGIENE Y SALUDOCUPACIONAL

1 DATOS PERSONALES DEL TRABAJADOR OTRABAJADORA

1.1 Fecha de Ingreso

1.2 Antigüedad

1.3 Cargo

1.4 Lugar, Nómina, Unidad

1.5 Grado de Instrucción

1.6 Estado Civil

2 EVALUACIÓN DE HIGIENE OCUPACIONAL

3 HISTÓRICO OCUPACIONAL

4 PRINCIPALES SIGNOS Y SÍNTOMAS DE LA ENFERMEDAD

5 CONDICIÓN ACTUAL

6 CONCLUSIONES

7 RECOMENDACIONES

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ANEXO F EVALUACIÓN DE INCAPACIDAD RESIDUAL 14–08

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ANEXO F EVALUACIÓN DE INCAPACIDAD RESIDUAL 14–08 (CONT.)


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