Manual de Procedimientos del Sistema Integrado de Estadí stica Criminal (SIEC)
Versión Abril del 2010
Dirección Nacional del Sistema
Integrado de Estadística Criminal Ministerio de Gobierno y Justicia
República de Panamá
Manual de Procedimientos
Sistema Integrado de Estadística Criminal Abril del 2010 | Pág. 2 / 62
Ministerio de Gobierno y Justicia | Policía Nacional | Dirección de Investigaciones Judiciales | Ministerio Público
Órgano Judicial | Sist. Penitenciario | Corregimientos | Servicio Nacional Aeronaval | Servicio Nacional Migración
Elaborado por:
IFPC – International Group, Inc.
Vista Bella Plaza – Oficina 3B
Anastasio Ruiz (entre Av. Balboa y Av. 50)
Marbella - Ciudad de Panamá
Teléfonos (507) 393-3563/64
Agradecimientos
Este Manual de Procedimientos representa el último paso, previo a la
puesta en marcha de la nueva aplicación informática denominada SIEC y
sienta las bases para celebrar los acuerdos interinstitucionales de
intercambio de información con las entidades participantes.
Merece el reconocimiento de esta Dirección el personal de Policía
Nacional, Ministerio Publico, Órgano Judicial, Servicio Penitenciario y
algunas *Corregidurías, que con gran generosidad brindó su tiempo y
aportó conocimientos a los consultores de IFPC International Group Inc. en
la etapa de relevamiento de actividades en cada organismo.
Finalmente, agradezco muy especialmente, a la Oficina de NAS del
Departamento de Estado de los Estados Unidos de Norteamérica, que
mediante su colaboración financiera hizo posible la realización del primer
Manual de Procedimientos del SIEC.
Aracellys de Casanova Directora
Sistema Nacional Integrado de Estadística Criminal
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Equipo de Trabajo
Consultores de IFPC-IGI Dirección Nacional del SIEC
SA-FBI(r) Stephen WALKER Lic. Aracellys de CASANOVA
Dr.a Mariana AZAR Lic. Aixa CARRERA
Lic. Carlos PELLONI Lic. Lenin BERGUIDO
Lic. Lucas BARSEGHIAN
Lic. Reinierio BECERRA
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Índice Temático
Agradecimientos ............................................................................................................... 2
Equipo de Trabajo ............................................................................................................ 3
Índice Temático ................................................................................................................ 4
I. Objeto y Alcance ...................................................................................................... 5
A. Antecedentes ...................................................................................................... 6
II. Contenido del Manual .............................................................................................. 7
A. Contenido ........................................................................................................... 7
B. Objetivos ............................................................................................................ 7
C. Responsabilidad ................................................................................................. 8
D. Alcance de los Procedimientos .......................................................................... 8
Instrucciones ............................................................................................................. 8
Codificación ............................................................................................................. 8
Actualización .......................................................................................................... 11
E. Normas de Procedimiento ................................................................................ 13
PROC-OFyD-MZO2010 ........................................................................................ 14
PROC-PI-MZO2010 ............................................................................................... 18
PROC-PJ-MZO2010 .............................................................................................. 21
PROC-PCP-MZO2010 ........................................................................................... 24
PROC-BD-MZO2010 ............................................................................................. 26
PROC-ONIV-MZO2010 ........................................................................................ 27
III. Glosario ............................................................................................................... 29
IV. Bibliografía y Documentación ............................................................................ 30
V. Verificación ............................................................................................................ 32
VI. Indicación de Fechas ........................................................................................... 32
VII. Anexos ................................................................................................................. 33
Organigramas.............................................................................................................. 33
Convenio Marco ......................................................................................................... 56
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I. Objeto y Alcance
El presente «MANUAL DE PROCEDIMIENTOS» establece un conjunto de
disposiciones que guiarán las acciones de uso común y repetitivo además de generar
mecanismos para abordar acciones y actividades extraordinarias, cuya finalidad es
lograr el nivel de ordenamiento óptimo para la implementación eficaz del Sistema
Integrado de Estadística Criminal (de aquí en adelante SIEC) en la República de
Panamá.
Este manual sienta, de manera formal, las bases fácticas para la implementación de
convenios interinstitucionales que garanticen el intercambio de información entre los
distintos organismos productores de datos y el SIEC.
El Manual de Procedimientos del Sistema Integrado de Estadística Criminal (de aquí en
adelante MPS), contempla a las siguientes instituciones dentro del Estado:
1. Autoridades de Policía, Fuerza Pública, Otros organismos de investigación
científica y criminal
a. Policía Nacional
i. Dirección Nacional de Información Judicial (DIJ – ex PTJ)
b. *Corregidurías1
c. Servicio Nacional Aeronaval
d. Juzgados Nocturnos
e. Centro de Recepción de Denuncias del Ministerio Público
2. Ministerio Público
3. Órgano Judicial
4. Sistema Penitenciario
El MPS cubre los aspectos relacionados con el registro de información transaccional en
el SIEC, que se despliegan en cuatro niveles: Primer nivel – Ocurrencia de faltas y
delitos; Segundo nivel – Procesos de instrucción; Tercer nivel – Procesos judiciales; y
Cuarto nivel – Procesos de cumplimiento de penas.
1 Corregiduría/s. Panameñismo. Oficina donde actúa el corregidor en una jurisdicción
conocida como corregimiento.
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A. Antecedentes
El SIEC es un sistema de información que ofrece a los usuarios autorizados,
conocimiento actualizado sobre el crimen y la violencia ciudadana en la República de
Panamá.
Esta herramienta, facilita la toma de decisiones a las instancias responsables de la
seguridad ciudadana ya que posibilita el conocimiento de los problemas en tiempo real.
El uso de datos, estadísticas e información geo-referenciada (mapas – incluyendo el
mapa del delito –) que indiquen con veracidad las características y magnitud de los
hechos delictivos en el territorio nacional, es un factor fundamental a la hora de
determinar la adopción de políticas y/o medidas de acción adecuadas que permitan
reducir la inseguridad, real y percibida.
El SIEC centraliza información criminal producida por áreas del Estado con
competencia en la prevención, detección, procesamiento judicial y condena de faltas
administrativas y delitos tipificados, con el objetivo de proveer información
estadística y estratégica para la toma de decisiones.
El sistema captura la información en cuatro niveles: Primer nivel – Ocurrencia de
Faltas y Delitos; Segundo nivel – Procesos de Instrucción; Tercer nivel – Procesos
Judiciales; y Cuarto nivel – Procesos de Cumplimiento de Penas. Todo de acuerdo a
lo establecido en el Artículo 2 del Decreto 471 / 2007 que se transcribe a continuación:
«Los objetivos generales de la Dirección del Sistema Nacional Integrado de
Estadísticas Criminales (SIEC) son: diseñar, normar, recolectar, procesar, analizar,
investigar y realizar estudios con base en la información delictiva del país recabadas
por las siguientes instituciones:
1. Autoridades de Policía: a) Presidente de la República; b) Gobernadores; c)
Alcaldes; d) Corregidores y e) Jueces Nocturnos;
2. Fuerza Pública: a) Policía Nacional; b) Servicio Marítimo Nacional y c) Servicio
Aéreo Nacional 2
3. Ministerio Público: a) Fiscalías; b) Personerías y c) Policía Técnica Judicial3
4. Órgano Judicial: a) Corte Suprema de Justicia; b) Tribunales Superiores; c)
Juzgados de Circuito y d) Juzgados Municipales
5. Otros Organismos de Investigación Científica o Criminal. »
El MPS cumple con el objetivo de delimitar y precisar el registro y la transmisión de
información en cada una de las entidades participantes, garantizando circuitos
administrativos eficientes y estandarizados.
2 El Servicio Marítimo Nacional y El Servicio Aéreo Nacional, se unifican mediante el Decreto Ley 7 del
2008 y se crea el Servicio Nacional Aeronaval. 3 La Policía Técnica Judicial, se convierte en la Dirección de Investigaciones Judiciales, por Decreto Ley
69 del 2007.
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II. Contenido del Manual
A. Contenido
El MPS describe seis (6) procedimientos básicos:
1. Procedimiento para el registro, procesamiento y consulta de información referida al
nivel 1 – Ocurrencia de Faltas y Delitos. (PROC-OFyD-MZO2010)
2. Procedimiento para el registro, procesamiento y consulta de información referida al
nivel 2 – Procesos de Instrucción. (PROC-PI-MZO2010)
3. Procedimiento para el registro, procesamiento y consulta de información referida al
nivel 3 - Procesos Judiciales. (PROC-PJ-MZO2010)
4. Procedimiento para el registro, procesamiento y consulta de información referida al
nivel 4 – Proceso de Cumplimiento de Penas (PROC-PCP-MZO2010)
5. Procedimiento para solicitar el acceso total a la base de datos (PROC-BD-
MZO2010)
6. Procedimiento para acceder a información de otro nivel (PROC-ONIV-MZO2010)
B. Objetivos
Más allá del objetivo general previamente expresado, el manual prevé:
1. Formalizar el funcionamiento interno respecto a la descripción de tareas, ubicación,
requerimientos y puestos responsables de su ejecución.
2. Favorecer el adiestramiento y capacitación del personal mediante la descripción
detallada de las actividades necesarias para el funcionamiento del sistema.
3. Facilitar el análisis o revisión de los procedimientos descriptos.
4. Simplificar las labores de auditoría y evaluación del control interno.
5. Aumentar la eficiencia y eficacia en el uso del sistema, indicando qué se debe hacer
y cómo se debe hacer.
6. Ayudar a la coordinación de actividades y evitar duplicación de tareas.
7. Sentar las bases para el análisis posterior y el mejoramiento del sistema,
procedimientos y métodos.
8. Garantizar privacidad y confidencialidad mediante restricciones de acceso en
resguardo de garantías constitucionales, seguridad nacional, independencia de los
organismos participantes, imparcialidad del manejo estadístico, transparencia en el
uso de la información, pertinencia, coherencia y comparabilidad de datos,
accesibilidad y oportunidad de acceso a la información.
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C. Responsabilidad
La Dirección del Sistema Nacional Integrado de Estadística Criminal (de ahora en
adelante DSIEC), actualmente4 dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia,
por Decreto Ejecutivo 471/2007, Artículo 1, es responsable de la aplicación y
actualización del MPS.5
D. Alcance de los Procedimientos
Instrucciones
Las instrucciones que se detallan a continuación son de carácter general y cubren tres
aspectos primarios. El primero, refiere a la Codificación y explica cuál es el sistema
que se utiliza por defecto en el manual; el segundo versa sobre Actualización e indica
la forma en que se actualizará el manual, designa responsables por su actualización,
define modo de distribución y destrucción de versiones anteriores; por último, el tercero
establece Criterios de Cumplimiento cuyo objetivo es permitir una evaluación acerca
del grado de cumplimiento de los procedimientos establecidos en el MPS.
Codificación
El sistema de información utilizado por defecto para el MPS es el SIEC. El SIEC es una
aplicación que se ejecuta sobre Internet, la misma se encuentra disponible en:
http://ifpc.no-ip.org/6, (Vigencia de esta dirección Web – 30 de abril de 2010).
Los agentes, para poder ingresar a la aplicación, deberán poseer usuario y contraseña
autorizado por el SIEC y validado por el organismo de pertenencia, o por quien resulte
designado Administrador del Sistema, por delegación..
El Administrador de Usuarios del organismo de pertenencia, otorga los permisos
necesarios para acceder a las distintas funciones del sistema.
4 Marzo del 2010
5 Verificar las implicancias de la división de Ministerios
6 Esta dirección de internet será cambiada oportunamente por la dirección definitiva.
Consulte el Manual del Usuario del Sistema y el Manual del
Administrador del Sistema para conocer la forma en que se crean los
usuarios y se otorgan los permisos para acceder a las distintas
funcionalidades del sistema.
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Pasos a seguir para ingresar al SIEC:
1. Acceso a una computadora (escritorio, portátil, *handheld, PDA).
2. Ingrese a un explorador o navegador de páginas de internet. Los más usuales
son:
Microsoft Internet Explorer
Google Chrome
Firefox
Apple Zafari
Opera
Probablemente el acceso al explorador de páginas de internet. se podrá visualizar en pantalla con el formato de los iconos siguientes:
Otros navegadores o exploradores de Internet podrían ser utilizados. Sin embargo, la aplicación no ha sido testeada con ellos, por lo tanto, no existe garantía del buen funcionamiento del sistema.
3. Escribir en la barra del navegador la siguiente dirección web: http://ifpc.no-
ip.org/
La dirección web que aparece escrita, podría cambiar en el futuro si la aplicación muda de servidor. En tal caso, consulte al Administrador del Sistema en la DSIEC.
4. Ingresar el usuario y contraseña provistos por el Administrador del Sistema para
acceder a las funcionalidades autorizadas.
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A los efectos de detallar cuál es el sistema que se utiliza por defecto en este manual de
procedimientos y clarificar la metodología del sistema, se expresan bajo la forma de
preguntas y respuestas, las siguientes consideraciones:
Consultar el Manual del Usuario del Sistema y el Manual del
Administrador del Sistema para aprender a utilizar y administrar el SIEC.
Estos manuales permiten comprender el funcionamiento total de la
aplicación.
Por consultas adicionales dirigirse al Administrador del Sistema en la
Dirección del Sistema Nacional Integrado de Estadística Criminal.
Las organizaciones involucradas cuentan también con usuarios expertos
capacitados como entrenadores que podrán resolver inquietudes.
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¿Qué trabajo se hace con el SIEC? Registrar información criminal producida
por áreas del Estado con competencia en la prevención, detección,
procesamiento judicial y condena de faltas administrativas y delitos tipificados
en la República de Panamá.
¿Para qué se utiliza el SIEC? Para proveer información estadística y geo-
referenciada (primordialmente el mapa del delito), actualizada y en línea.
¿Quién debe cargar información en el SIEC? Todos los organismos del
estado que tengan competencia en la prevención, detección, procesamiento
judicial y condena de faltas administrativas y delitos tipificados que incluyen
como mínimo a: Autoridades de Policía, Fuerza Pública, Ministerio Público,
Órgano Judicial y Otros Organismos de Investigación Científica o Criminal.
¿Cuándo se debe cargar información en el SIEC? La información debe ser
incorporada al sistema, en la medida de lo posible, en el momento en que se
genera. Cuando la información no pueda ser cargada en línea por motivos de
fuerza mayor, deberá ser incorporada en un plazo no mayor a 24hs. Para que el
sistema refleje la actualidad, es muy importante que la información sea
oportuna.
Actualización
El MPSIEC debe ser actualizado si cambia alguna de las premisas valoradas en las
normas de procedimiento. Esto puedo acontecer si ocurre lo siguiente:
Cambio de alguno de los sistemas transaccionales de las instituciones
participantes.
Cambio en las normas que regulan la actividad o por las cuales se rigen las
instituciones participantes.
Actualización del SIEC como parte de un proceso de restructuración tecnológica
o de mantenimiento.
El responsable de la actualización del MPS es la Dirección del Sistema Nacional
Integrado de Estadística Criminal. La actualización del manual incluirá a las
instituciones participantes, pero debe ser coordinada por la Dirección del Sistema
Nacional Integrado de Estadística Criminal.
La revisión del manual será anual e informada por escrito. El informe deberá expresar la
ocurrencia de cambios normativos o institucionales susceptibles de impactar en el flujo
normal de información al SIEC.
En caso de incorporación de modificaciones al manual, el nuevo MPS se distribuirá por
los canales oficiales a las direcciones de las instituciones participantes, manteniendo el
SIEC una copia que de fe, con constancia de día, hora y agente de recepción, de la
correspondiente entrega. En la página web principal del SIEC se consignara una leyenda
que informará la existencia de una nueva versión del MPS.
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Una copia del MPS vigente en formato PDF deberá encontrarse disponible en el sitio
web del SIEC, para ser descargada o consultada por los usuarios de las instituciones
participantes.
Las normas legales a las que se ajustan las previsiones contenidas en este MPS son las
siguientes:
Constitución Política de la República de Panamá
Código Judicial
Código Administrativo
Ley 14 – Código Penal
Ley 63 – Código Procesal Penal
Ley 26 – Reforma del Código Penal
Ley 27 – Reforma del Código Judicial
Ley 69 – Creación de la DIJ
Resolución 93/2008 – Reglamentación de la DIJ
Ley 55 – Sistema Penitenciario
Decreto Ejecutivo 393 del 2005 – Reglamentación del Sistema Penitenciario
Ley 18 de 1997 – Policía Nacional
Decreto Ejecutivo 172 de 1999 – Reglamentación de la Policía Nacional
Ley 38 – Ley de Drogas
Decreto Ley 1 – 2008 – Aduanas
Decreto 471/2007 – Creación SIEC
Ley 106/1973 – Régimen Municipal
Decreto Ley 7/1960 – Sobre la Estadística Nacional
Ley 10/2009 – Sistema Estadístico Nacional
Ley 1 de 1916 – Autoridades de Policía
Ley 112 de 1974 – Autoridades de Policía
Ley 2 de 1987 – Autoridades de Policía
Decreto Ley 7 del 2008 – Creación del Servicio Aeronaval
Decreto Ejecutivo 108 del 2009 – Reglamentación del Servicio Aeronaval
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E. Normas de Procedimiento
Los procedimientos detallados a continuación están organizados respetando el orden
establecido por los niveles en los que se articula el SIEC. Se desarrollan seis
procedimientos; los cuatro primeros hacen referencia a los niveles 1, 2, 3 y 4 del SIEC.
Los dos procedimientos restantes están relacionados al acceso a la base de datos y a
información transaccional de un nivel distinto al del solicitante.
1. Procedimiento para el registro, procesamiento y consulta de información referida al
nivel 1 – Ocurrencia de Faltas y Delitos. (PROC-OFyD-MZO2010)
2. Procedimiento para el registro, procesamiento y consulta de información referida al
nivel 2 – Procesos de Instrucción. (PROC-PI-MZO2010)
3. Procedimiento para el registro, procesamiento y consulta de información referida al
nivel 3 - Procesos Judiciales. (PROC-PJ-MZO2010)
4. Procedimiento para el registro, procesamiento y consulta de información referida al
nivel 4 – Proceso de Cumplimiento de Penas (PROC-PCP-MZO2010)
5. Procedimiento para solicitar el acceso total a la base de datos (PROC-BD-
MZO2010)
6. Procedimiento para acceder a información transaccional de otro nivel (PROC-
ONIV-MZO2010)
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PROC-OFyD-MZO2010
Este procedimiento describe las actividades que deben ejecutar las autoridades de
policía, fuerza pública y otros organismos de investigación científica o criminal cuando
las faltas o delitos sean de su incumbencia (Decreto 471 del 2007, Art. 2). La
enumeración que se consigna a continuación es meramente enunciativa y puede
alterarse por la incorporación de otros organismos o modificación de los existentes. Este
MPS prevé la participación de: Policía Nacional/ DIJ, Centro de Recepción de
Denuncias, *Corregidurías, Juzgados Nocturnos, Sistema Nacional Aeronaval,
Aduanas y Migraciones.
Cursograma
Ocurrencia de faltas y delitos
CRD Corregimientos
Otros (Aeronaval,
Fronteras, Aduanas,
Migraciones, etc.)
Juzg. NocturnosPolicía Nac. / DIJ
Agente, toma la
denuncia
Agente, toma la
denuncia
Agente, toma la
denuncia
Agente, toma la
denuncia
Agente, toma la
denuncia
Incidente Incidente Incidente Incidente Incidente
2
1
Acta Denuncia 2
1
Acta Denuncia 2
1
Acta Denuncia
Operador, carga
incidente en el
software
Operador, escribe en
el acta el número de
incidente que el SIEC
entrega
Operador, escribe en
el acta el número de
incidente que el SIEC
entrega
Operador, carga
incidente en el
software
Operador, carga
incidente en el
software
Operador, escribe en
el acta el número de
incidente que el SIEC
entrega
FIN FIN FIN
Libro de
denuncias
Libro de
denuncias
Demora. A fin
de la jornada
laboral
Demora. A fin
de la jornada
laboral
Operador, carga
incidente en el
software
Operador, carga
incidente en el
software
Operador, escribe en
el libro el número de
incidente que el SIEC
entrega
Operador, escribe en
el libro el número de
incidente que el SIEC
entrega
FIN FIN
Normas de Trámite
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La toma de conocimiento respecto de la ocurrencia de un incidente que amerite la
intervención de las autoridades de policía, fuerza pública u organismos de investigación
científica o criminal con jurisdicción y competencia para entender en el hecho, puede
revestir las siguientes formas:
1. denuncia,
2. actuación de oficio,
3. acción policial.
Ante la ocurrencia de un delito o falta, la jurisdicción y competencia (materia, territorio,
cuantía, grado y conexión), determina que organismo deberá actuar. Esta definición
consta en las leyes, decretos leyes, decretos ejecutivos, resoluciones y normas que se
revisaron para la elaboración de este manual.
Procedimiento para la Policía Nacional y Dirección de Investigaciones Judiciales.
1. El agente de guardia, completa el «Informe de Novedad» por duplicado, firma
original y copia y procede a la entrega del documento para la firma del
supervisor.
2. El agente supervisor gira la copia del «Informe de Novedad» al agente
operador de PC, que es el responsable de incorporar toda la información del
documento en el SIEC.
3. Cuando el responsable concluye la tarea de grabo-verificación de la información
en el SIEC, anota el código de incidente que devuelve el sistema, luego del
correcto registro, en la copia del «Informe de Novedad».
4. La copia se archivará a efectos de control posterior (*ex post),
5. El original se envía al Ministerio Público con el código SIEC incorporado. Si
por algún motivo el original se hubiera remitido al Ministerio Público con
anterioridad a la obtención del código SIEC, se remitirá una constancia por
escrito, donde se exprese el código posteriormente obtenido y la manifestación
expresa de que se incorpora como documento adjunto y complementario al
informe de novedad oportunamente enviado.
Procedimiento para el Centro de Recepción de Denuncias.
1. El agente que se encuentra cumpliendo funciones de recepción de denuncias en
mesa de entradas, completa el «Acta de Denuncia» por duplicado, firma
original y copia y procede a la entrega del documento para la firma del supervisor
o encargado del área..
2. La copia del «Acta de Denuncia» se entrega al agente operador de PC, que es el
responsable de incorporar toda la información del documento en el SIEC.
3. Cuando el responsable concluye la tarea de de grabo-verificación de la
información en el SIEC, anota el código de incidente que devuelve el sistema,
luego de su correcto registro, en el original y en la copia del «Acta de
Denuncia».
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4. La copia se archivará a efectos de control posterior (*ex post). El original se
envía al Ministerio Público con el código SIEC incorporado. Si por algún motivo
el original se hubiera remitido al Ministerio Público con anterioridad a la
obtención del código SIEC, se remitirá una constancia por escrito, donde se
exprese el código posteriormente obtenido y la manifestación expresa de que se
incorpora como documento adjunto y complementario al Acta de Denuncia
oportunamente enviada.
Procedimiento para el Sistema Nacional Aeronaval, Migraciones, Aduanas y otros
organismos de investigación científica o criminal con jurisdicción o competencia
sobre el incidente.
1. El agente que se encuentra cumpliendo funciones de recepción de denuncias en
mesa de entradas, completa el «Acta de Denuncia» por duplicado, firma
original y copia y procede a la entrega del documento para la firma del supervisor
o encargado del área..
2. La copia del «Acta de Denuncia» se entrega al agente operador de PC, que es el
responsable de incorporar toda la información del documento en el SIEC.
3. Cuando el responsable concluye la tarea de de grabo-verificación de la
información en el SIEC, anota el código de incidente que devuelve el sistema,
luego de su correcto registro, en el original y en la copia del «Acta de
Denuncia».
4. La copia se archivará a efectos de control posterior (*ex post).El original se
envía al Ministerio Público con el código SIEC incorporado. Si por algún motivo
el original se hubiera remitido al Ministerio Público con anterioridad a la
obtención del código SIEC, se remitirá una constancia por escrito, donde se
exprese el código posteriormente obtenido y la manifestación expresa de que se
incorpora como documento adjunto y complementario al Acta de Denuncia
oportunamente enviada.
Procedimiento para *Corregidurías y Juzgados Nocturnos.
1. El agente que se encuentra cumpliendo funciones de Corregidor o Juez
Nocturno, consigna manualmente la denuncia, en el «Libro de Registro de
Denuncias» 2. Concluida la tarea de registro primario del hecho denunciado, evaluará si es una
falta o delito que por ¨tipicidad¨ se debe informar al SIEC. En supuestos
afirmativos, efectuará por sí mismo o convocará al agente operador de PC y/o
administrativo responsable, a efectos de grabo-verificar la información
consignada y pertinente en el ¨Libro de Registro de Denuncias¨ en el
formulario electrónico del SIEC.
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3. Cuando el responsable concluye la tarea de de grabo-verificación de la
información en el SIEC, anota el código de incidente que devuelve el sistema,
luego de su correcto registro, en el ¨Libro de Registro de Denuncias¨.
4. Si el hecho amerita la intervención del Ministerio Publico, el documento que se
remita a ese organismo, consignará el código asignado por SIEC al incidente.
Formularios Electrónicos
Pantalla Principal del SIEC para el Registro de los Incidentes
Formulario Electrónico del SIEC donde se grabo-verifica información general del
incidente, datos sobre el tipo de incidente, datos sobre el lugar de ocurrencia, narrativo
general, información sobre el denunciante, victimas, sospechosos, testigos y artículos
(incautados, robados o recuperados). Ver el Manual del Usuario del SIEC, para entender el
funcionamiento completo del sistema
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PROC-PI-MZO2010
Este procedimiento describe las actividades que debe ejecutar el Ministerio Público a
efectos de cumplir con los requerimientos de información del SIEC (Decreto 471 del
2007, Art. 2).
Cursograma
Proceso de Instrucción
Órgano JudicialPROC-OFyD
Fiscalía o
Personería de
Turno
Fiscalía donde se
radica
Acta de Denuncia,
Informe de
Novedad, Noticia
Policial
Reparto
Cabeza de
Proceso
Operador,
carga en el
SIEC
Medidas de
Instrucción
Conclusión del
Sumario
Reparto
Ampliación
Investigar nuevo
delito
Normas de Trámite
La intervención de las autoridades de policía, fuerza pública u organismos de
investigación científica o criminal, generan un documento que es enviado a la Fiscalía o
Personería de Turno, donde comienza el proceso. Las áreas y actividades sombreadas
dentro del cursograma son externas a este proceso ya que no tienen relevancia en este
nivel de distribución del sistema.
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Procedimiento para el Ministerio Público.
1. El agente que se encuentra de guardia en la Fiscalía o Personería de turno
recibe el documento enviado por las autoridades de policía, fuerza pública u
organismos de investigación científica o criminal.
2. Luego de un proceso interno de reparto de expedientes, se asigna el caso a la
Fiscalía Interviniente (dependencia donde se radica la causa), conjuntamente
con la documentación relativa al incidente.
3. En la Fiscalía asignada, se procede a elaborar la Cabeza de Proceso de acuerdo
al Código Judicial
4. El documento denominado “Cabeza de Proceso”, es enviado al operador de PC,
responsable de incorporar la información en el SIEC.
5. Con el documento “Cabeza de Proceso” y, luego del trámite interno establecido
por el Código Judicial, con sus respectivas reformas, se ejecuta la ¨Instrucción
del Sumario¨. Cuando se concluye con la actividad de instrucción del Sumario,
el funcionario expresa las circunstancias en un acto procesal documentado y de
cumplimiento inmediato, que se denomina ¨Vista Fiscal¨, en el cual solicita, que
se dicte Auto de Enjuiciamiento o de Sobreseimiento, Definitivo o
Provisional, a quien y/o quienes resulten sindicados, en algún grado de
responsabilidad, respecto del ilícito que se analiza.
6. El operador de PC, es responsable de la carga de datos requeridos por el SIEC,
relativas al documento denominado ¨Vista Fiscal¨.
Formularios Electrónicos
Carga de Cabeza de Proceso
Formulario Electrónico del SIEC donde se grabo-verifica información del sumario,
incidente, denunciante, sindicado, incautaciones. Ver el Manual del Usuario del SIEC, para
entender el funcionamiento completo del sistema.
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Conclusión del Sumario – Vista Fiscal.
Formulario del SIEC donde se grabo-verifica información que consta en la Vista Fiscal.
Ver el Manual del Usuario del SIEC, para entender el funcionamiento completo del sistema.
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PROC-PJ-MZO2010
Este procedimiento se utiliza en el Órgano Judicial (Decreto 471 del 2007, Art. 2), e
incluye a todas las áreas que lo componen: Corte Suprema de Justicia, Tribunales
Superiores, Juzgados de Circuito y Juzgados Municipales.
Cursograma
Proceso Judicial
Tribunal CompetenteJuzgado de TurnoMinisterio Público
Vista Fiscal
Auto de Enjuiciamiento
Auto de Sobreseimiento
Definitivo
Provisorio
Reparto
|
Jurisdicción
& Competencia
¿Auto de
Enjuiciamiento?
Auto de
Sobreseimiento
Operador, carga
en el SIEC
Sí
Elev.a Juicio
Autos y Sentencia
Sí
Proceso
FIN
Normas de Trámite
El proceso estipulado para el Órgano Judicial está descripto en el Código Judicial y sus
reformas. A los efectos del MPS, se registra la información pertinente al Auto de
Sobreseimiento, y al Auto de Enjuiciamiento, con su respectiva Sentencia.
Procedimiento para el Órgano Judicial.
1. El Ministerio Público, una vez concluida la etapa de instrucción, eleva la Vista
Fiscal, solicitando se dicte Auto de Enjuiciamiento o de Sobreseimiento, al
Juzgado de Turno.
2. El Juzgado de Turno, realiza el reparto de las causas, teniendo en cuenta la
Jurisdicción y Competencia.
3. La causa se radica en el juzgado competente. Cuando este Juez emite Autos de
Enjuiciamiento o de Sobreseimiento, la información relativa a estas resoluciones
es cargada por el operador de PC en el SIEC.
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4. Cuando el Juez emite Sentencia, el operador de PC carga en el SIEC la
información referente a esta resolución.
Formularios Electrónicos
Auto de Enjuiciamiento
Formulario Electrónico del SIEC donde se grabo-verifica información del Auto de
Enjuiciamiento o Sobreseimiento. Ver el Manual del Usuario del SIEC, para entender el
funcionamiento completo del sistema.
Carga de Sentencia
Formulario Electrónico del SIEC donde se grabo-verifica información de la Sentencia.
Ver el Manual del Usuario del SIEC, para entender el funcionamiento completo del sistema.
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PROC-PCP-MZO2010
Este procedimiento se utiliza en el Sistema Penitenciario (Decreto 471 del 2007, Art. 2),
y debe ser ejecutado en todos Centros Penitenciarios que de él dependan, ya sea que
operen en instalaciones propias o en cuarteles policiales.
Cursograma
Sistema Penitenciario
Centro PenitenciarioAutoridad Competente
Ministerio Público
Orden de Detención Preventiva
Auto de Excarcelación
Órgano Judicial
Sentencia (pena de prisión)Operador, del área legal del centro, carga
la información en el SIEC información del
privado o privada de la libertad
Auto de Traslado
Normas de Trámite
La intervención del centro penitenciario comienza cuando una autoridad competente,
Ministerio Público u Órgano Judicial, ordenan la privación de la libertad en forma
preventiva o definitiva, de conformidad con el Art. 3 de la Ley 55: «Para los efectos de
la presente Ley, se entenderá por privado o privada de libertad la persona sujeta a
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custodia en cualesquiera de los centros penitenciarios del país, por mandato de
autoridad competente.»
Procedimiento del Sistema Penitenciario.
1. Una Autoridad Competente, envía un Auto de Detención Preventiva, Auto de
Traslado, Auto de Excarcelación o Sentencia de Prisión, a la Dirección
General del Sistema Penitenciario, que en conjunto con el Departamento de
Gestión Penitenciaria y Secretaría Judicial, establecen, salvo requisitoria
específica de Autoridad Competente, el Centro de Detención donde se recluirá al
privado de libertad.
2. El Departamento de Gestión Penitenciaria y Secretaría Judicial, envía dicha
resolución al Centro de Detención designado, con la firma del Director General
del Sistema Penitenciario.
3. El Departamento Legal del Centro de Detención, registra en el SIEC, la
información relativa a la resolución recibida.
Formularios Electrónicos
Carga de la Resolución
Formulario Electrónico del SIEC donde se grabo-verifica información que consta en la
Resolución emanada de la Autoridad Competente. Ver el Manual del Usuario del SIEC, para
entender el funcionamiento completo del sistema.
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PROC-BD-MZO2010
Este procedimiento describe las actividades que deben ejecutar todos los organismos
intervinientes en el SIEC (Decreto 471 del 2007, Art. 2) para solicitar acceso o copia de
la base de datos del SIEC, que contiene datos propios del organismo solicitante. No se
refiere a consultas de rutina que el sistema permite realizar a los usuarios habilitados.
Normas de Trámite
Cuando un organismo necesita acceder o copiar de la base de datos información
transaccional ingresada por el al SIEC, debe seguir los siguientes pasos.
Procedimiento para la solicitud de acceso o copia de la base de datos.
1. El Responsable del Organismo Solicitante, envía una nota a la Dirección del
SIEC, requiriendo [acceso] o [copia] de la base de datos que contiene
información transaccional propia del organismo solicitante. La nota debe tener el
motivo del requerimiento y la DSIEC brindará el [acceso] o [copia] de la
información requerida y archivará la nota de solicitud.
2. Si el Responsable del Organismo, solicita [acceso] a la base de datos, se crea un
usuario y contraseña que permita acceder a la información por un período no
mayor de 48hs. Pasado este periodo el usuario es deshabilitados y eliminado de
la base de datos por motivos de seguridad. Si el Responsable del Organismo,
considera que el tiempo de acceso no es suficiente, debe solicitar [copia] de la
base de datos.
3. Si el Responsable del Organismo, solicita [copia] de la base de datos, debe
informar en la nota de solicitud en cuál de los siguientes formatos posibles
quiere recibir la [copia] de la base:
a. BD – Microsoft™ SQL Server 2008®. (24 hs tiempo de respuesta)
b. MDB – Microsoft™ Access 2007®. (24 hs tiempo de respuesta)
c. TEXT – Tab Delimited. (48 hs tiempo de respuesta)
d. CSV – Comma Delimited (48 hs tiempo de respuesta)
4. Si el Responsable del Organismo, solicita [copia] de la base de datos,
proporcionará el soporte donde se graba la información La DSIEC procede a
copiar los datos en DVD propios, informa la cantidad de soportes utilizados al
solicitante quien, simultáneamente a la recepción de la copia, entregará el mismo
número de DVD en blanco.
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PROC-ONIV-MZO2010
Este procedimiento describe las actividades que deben ejecutar todos los organismos
intervinientes en el SIEC (Decreto 471 del 2007, Art. 2) para solicitar acceso o copia de
la base de datos del SIEC, que contiene datos de un organismo distinto al del solicitante.
No se refiere a consultas de rutina que el sistema permite realizar a los usuarios
habilitados.
Normas de Trámite
Cuando un organismo solicita acceder o copiar de la base de datos información
transaccional ingresada por otros organismos y por tanto, restringida para el solicitante,
el requerimiento se tramita de la manera que se expone a continuación.
Procedimiento para la solicitud de acceso o copia de la base de datos.
1. El Responsable del Organismo Interviniente, envía una nota a la Dirección del
SIEC, solicitando el [acceso] o [copia] de la base de datos con información
transaccional de otro organismo. La nota debe contener y explicar taxativamente
los siguientes aspectos:
a. Descripción detallada de la información que se solicita,
b. Pertinencia y Motivo de la solicitud de información,
c. Responsable de la guarda de la información en caso que se obtenga.
d. Uso previsto de la información (estadísticos u otros – detallar)
2. En caso de incumplimiento de alguno de los requisitos de información que debe
contener la nota de solicitud, la DSIEC la devolverá al organismo solicitante con
expresa mención de motivo.
3. LaDSIEC, gira en consulta, en un plazo no superior a 72 hs hábiles, la nota de
solicitud recibida al Organismo propietario de la información, siempre y cuando
se encuentren cumplidos los requisitos de contenido consignados en el punto 1.
4. El Organismo propietario de la información, [autoriza] o [deniega] el acceso o
copia a su información en un período no mayor a 72 hs hábiles, cursando una
nota al DSIEC que consigna la decisión.
5. El Organismo propietario, en el supuesto de que [autorice], puede establecer
condiciones relativas a la destrucción de la información luego de utilizada,
restricciones a la disposición de ella, o a la devolución, basada en el principio de
“licencia de uso de la información”.
6. Si el Organismo propietario [autoriza] el [acceso] a la base de datos, la DSIEC
crea un usuario y contraseña que le permite al solicitante acceder a la
información por un período no mayor a 48hs. Posteriormente el usuario es
deshabilitado y eliminado de la base de datos por motivos de seguridad. Si el
Responsable del Organismo, considera que el tiempo de acceso no es suficiente,
solicita [copia] de la base de datos.
7. En el supuesto de que el Organismo propietario [deniegue] el acceso a su
información transaccional, fundará la decisión y la comunicará por escrito a la
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DSIEC. La DSIEC informará, también por escrito, el resultado de la consulta al
Organismo solicitante que analizará, en merito a los fundamentos del Organismo
propietario, la viabilidad de formular una nueva solicitud.
5. Si se denegara el acceso por motivos no fundados, la DSIEC informará por
escrito al Organismo propietario, el incumplimiento de los protocolos mínimos
de comunicación que establecen los procedimientos del SIEC, a fin de conceder
la oportunidad de subsanar la falta. Luego de transcurridas 48hs hábiles, sin
noticias del Organismo propietario, la DSIEC, se limitará a cursar copia, al
Organismo solicitante, de la nota de denegación y de la de advertencia del SIEC
por incumplimiento de los procedimientos. La DSIEC, en su carácter de
integrador ¨no propietario¨de la información está obligada a aceptar la desición
del Organismo propietario.
6. Si el Responsable del Organismo, solicita [copia] de la base de datos, debe
informar en la nota de solicitud en cuál de los siguientes formatos posibles
quiere recibir la [copia] de la base:
a. BD – Microsoft™ SQL Server 2008®. (24 hs tiempo de respuesta)
b. MDB – Microsoft™ Access 2007®. (24 hs tiempo de respuesta)
c. TEXT – Tab Delimited. (48 hs tiempo de respuesta)
d. CSV – Comma Delimited (48 hs tiempo de respuesta)
7. Si el Responsable del Organismo, solicita [copia] de la base de datos,
proporcionará el soporte donde se graba la información La DSIEC procede a
copiar los datos en DVD propios, informa la cantidad de soportes utilizados al
solicitante quien, simultáneamente a la recepción de la copia, entregará el mismo
número de DVD en blanco.
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III. Glosario
DSIEC Dirección del Sistema Nacional Integrado de Estadística Criminal
SIEC Sistema Integrado de Estadística Criminal
MPS Manual de Procedimientos del Sistema Integrado de Estadística Criminal
IRAM Instituto Argentino de Normalización y Certificación, (nexo de
continuidad con "IRAM, Instituto Argentino de Racionalización de
Materiales"), es una asociación civil sin fines de lucro, constituida como
tal en 1935.
DIJ Dirección Nacional de Información Judicial
PTJ Policía Técnica Judicial. ver DIJ.
Auto Forma de resolución judicial, fundada, que decide cuestiones
secundarias, previas, incidentales o de ejecución, para las que no se
requiere sentencia.
Conjunto de actuaciones o piezas de un procedimiento judicial.
Sentencia Declaración del juicio y resolución de un juez.
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IV. Bibliografía y Documentación
Norma IRAM 34.511 | www.iram.org.ar | Integrante de ISO
Constitución Política de la República de Panamá
Código Judicial
Código Administrativo
Ley 1 de 1916 – Por la cual se aprueba el Código Administrativo de la Nación
Ley 106 de 1973 – Sobre el Régimen Municipal
Ley 112 de 1974 – Por la cual se regula el ejercicio de la Justicia Administrativa
Policial en los distritos de Panamá, San Miguelito y Colón y se
dictan otras disposiciones.
Ley 18 de 1997 – Ley Orgánica de la Policía Nacional
D.E. 172 de 1999 – Por el cual se desarrollan los Capítulos VI y VII, Sección Primera,
Segunda y Tercera, Cuarta y Quinta, el Capítulo VIII de la Ley 18 de
3 de Junio de 1997.
Ley 26 del 2000 – Que modifica el Código Penal y el Código Judicial y dicta otras
disposiciones.
Ley 55 del 2003 – Que reorganiza el Sistema Penitenciario
D.E. 393 del 2005 – Que reglamenta el Sistema Penitenciario Panameño
Ley 14 del 2007 – Que adopta el Código Penal
Ley 69 del 2007 – Por la cual se crea la Dirección de Investigación Judicial en la
Policía Nacional, adscribe los servicios de criminalística al Instituto
de Medicina Legal y Ciencias Forenses y dicta otras disposiciones.
D.E. 417 del 2007 – Por el cual se crea la Dirección del Sistema Integrado de
Estadísticas Criminales (SIEC) en la República de Panamá y se le
asignan funciones.
Ley 63 del 2008 – Que adopta el Código Procesal Penal
Ley 26 del 2008 – Que modifica y adiciona artículos al Código Penal
Ley 27 del 2008 – Que modifica, adiciona y deroga artículos del Libro III del Código
Judicial, y dicta medidas previas a la entrada en vigencia del
Código Procesal Penal.
Res. 93 del 2008 – Por la cual se aprueba el reglamento interno de la Dirección de
Investigación Judicial de la Policía Nacional D. Ley 1 del 2008 – Que crea la Autoridad Nacional de Aduanas y dicta
disposiciones concernientes al régimen aduanero.
D. Ley 3 del 2008 – Que crea el Servicio Nacional de Migración, la carrera migratoria
y dicta otras disposiciones.
D. Ley 7 del 2008 – Que crea el Servicio Nacional Aeronaval de la República de
Panamá.
D. Ley 8 del 2008 – Que crea el Servicio Nacional de Fronteras de la República de
Panamá.
D. Ley 9 del 2008 – Que reorganiza el Consejo de Seguridad Pública y Defensa
Nacional, crea el Servicio Nacional de Inteligencia y Seguridad y
dicta otras disposiciones.
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Ley 10 del 2009 – Que moderniza el Sistema Estadístico Nacional y crea el
Instituto Nacional de Estadística y Censo.
D.E. 103 del 2009 – Que reglamenta el Decreto Ley 8 del 2008, que crea el Servicio
Nacional de Fronteras en la República de Panamá
D.E. 104 del 2009 – Que reglamenta el Decreto Ley 7 del 2008, que crea el Servicio
Nacional Aeronaval en la República de Panamá.
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V. Verificación
Verificación. Dr.a Aracellys de Casanova.
Cargo. Directora del Sistema Nacional Integrado de Estadística Criminal.
Fecha. 30 de abril de 2010.
VI. Indicación de Fechas
Fecha de Emisión: 30 de abril el 2010.
Fecha de Vigencia: 30 de abril de 2011.
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VII. Anexos
A. Organigramas
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POLICÍA NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL
SUB-DIRECCION GENERAL
Depto. De Telemática
Unidad de Asuntos Internos
Protocolo
Secretaría
General
Asesoría Legal
Auditoria Interna
Inspectoría General
J. Disciplinaria Superior
Auditoría de Int.
Rel. Públicas
Seg. de Instalaciones
Dir. De Operaciones
Z. P. Bocas de Toro Zona Metropolitana
Z. P. Chiriquí Zona Canalera
Z. P. Veraguas Z. P. Panamá Oeste
Z.P. Herrera Z.P. Colón
Z.P. Los Santos Z.P. Arraiján
Z.P. Coclé
Depto. De Tránsito
Sist. Penitenciario
Depto. Planeamiento
Eir. Nac. De
Recursos
humanos
Dir. Nac. De
Docencia
Dir. Nac. De
Servicios Generales
Depto. De Servicio
Generales
Depto. De Ing. E
Infraestructura
Depto. De Transporte
Serv. De Armería
Director de
ACAPOL
Dir. De Cecapol
Dir. De C.E.S.
Depto. De
Recursos
Humanos
Depto. De
B.L. y Salud
Ocupacional
Depto. De
Rec. Y Selec
Dir. Nac. De Servicios
Pol. Especiales
Unidad de Fuerzas
Especiales
Control de
Multitudes
Unidad Fluvial
Dir. Nac. De
Información Policial
Depto. De
Seguridad
Aeropuerto
Dpto. de Apoyo al
Servicio
Depto. De
Operaciones
Depto. De Análisis
Depto.
Administrativo
Supervisor Sub-
DIP
Dir. D.I.J.
Sub. Dir.
D.I.J.
Depto. De Operaciones
Depto. De Investigaciones
Criminales
Depto. De Servicios de
Apoyo
Depto. De Recursos
Violencia Doméstica
Unidad Canina
Z.P. Panamá Este
Z.P. San Miguelito
G.A.S
Seg. Inst. Est. Y Sedes Diplom.
Policia de Turismo
Depto. De Seg. Ciudadana
Serv. De Niñez y
adolescencia
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MINISTERIO PÚBLICO
Procuraduría General de la Nación
Procuraduría de la Administración
Conapred
Departamento de Auditoría Interna
Secretaría General
Sub.Secretaria General
Dep. Archivo y
Correspondencia
Información y
Relaciones Públicas
Centro de Custodia
de bienes y fondos
cautelados
Director de
Asistencia y
coordi.
Penitenciaria
Oficina de Fiscalización de la contraloría General de la República
Fisc.Auxiliarde la República
Fisc. Adscrita
Inst. de Medicina Legal
y Ciencias Forenses
Sec. Asuntos legales Secr. Responsabilidad
Institucional y Derecho Humanos
Asuntos Internacionales
Secr. Administrativa
Dir. de
Informática
Dir. de Planificación Dir. Recursos Humanos
Dep. Des. Institucional Dep. Presupuesto Dep. Estadistica
Capacitación Carrera de
Instrucción
Judicial
Dep. Servicios Generales Deo. Contabilidad Dep. Compras Dep. Legal
Fisc. Especializada en
Prop. Intelectual
Fiscalía
Anticorrupción
Fisc.
Especializa en
delitos
relacionados
con Drogas
Fisc. Esp.
Asuntos
Civiles
Fisc. Especializada
en Delincuencia
Organizada
Agente de Instrucción
Delegado
Secretaria Asistentes
Administrativos Asistentes
Legales
Acciones
de Personal
Bienestar
social
y del
empleado
Planil
la
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Ministerio Público
Primer Distrito Judicial
Fiscalía Primera Superior
Segunda Fiscalía Superior
Fiscalía Tercera Superior
Fiscalía Cuarta Superior
Fiscalía de
Adolescente de
Panamá
Fiscalías de Circuito
de Panamá
Personerías
Municipales de
Panamá
Fiscalías de Familia y el
Menor de Panamá
Fiscalías del Circuito de
Colón
Personerías Municipales
de Colón
Fiscalías de Familia y el
Menor de Colón
Fiscalías del Circuito de
Darién
Personerías Municipales de
Darién
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Ministerio Público
Segundo Distrito Judicial
Fiscalía Superior
Fiscalía de Familia y el
Menor de Coclé
Fiscalía del Circuito de
Coclé
Personerías Municipales de
Coclé
Fiscalía de Adolescentes
de Coclé
Fiscalía del Circuito de
Veraguas
Personerías Municipales
de Veraguas
Fiscalía de Familia y el
Menor de Veraguas
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Ministerio Público
Tercer Distrito Judicial
Fiscalía Primera Superior
Fiscalía Segunda Superior
Fiscalías Adolescentes
de Chiriquí
Fiscalías del Circuito
de Chiriquí
Personerías
Municipales de
Panamá
Fiscalía de Familia y el
Menor de Chiriquí
Fiscalía del Circuito de
Bocas del Toro
Personerías Municipales
de Bocas del Toro
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Ministerio Público
Cuarto Distrito Judicial
Fiscalía del Circuito de Herrera
Personerías Municipales de Herrera
Fiscalía del Circuito de Los
Santos
Personerías Municipales de Los
Santos
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DIRECCION GENERAL DEL SISTEMA
PENITENCIARIO
Subdirector General
Secretaría
General
Dep.
Asesoría
Legal
Dep. Gestión
Penitenciaria y
Secretaría Judicial
Departamento de
Tratamiento y
Rehabilitación
Dep. Salud
Penitenciaria
Dep. Seguridad
Penitenciaria
Dep.
Administra
ción
Dep.
Recursos
Humanos
Dep.
Planificación
y Proyectos
Dep. Informática Dep.
Inspectoría
General
Dep.
Relaciones
Públicas
CENTROS PENITENCIARIOS
El Consejo de Política Penitenciaria
El Consejo Técnico del Sistema Penitenciario
La Junta Técnica
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AUTORIDADES DE POLICÍA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
GOBERNADOR
ALCALDE
CORREGIDORES
COORDINADOR DE CORREGIDORES
(CIUDAD DE Panamá)
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Asesores del Alcalde
Dirección de comunicación
Prensa
Publicidad y Diseño
Relaciones Públicas
Audio Visual
Oficina de auditoría interna Oficina de protocolo
Auditoría Financiera Auditoría
administrativa
Auditoría de
sistema
Auditoría Especial
Secretaría General
Asuntos Internacionales Asesoría Legal
Sistema de Información Adm. Base de Datos
Análisis y programación Soporte técnico
Sistemas y procedimientos Operaciones
Oficina Proigualdad de oportunidades
Dirección de aseo
Asesoría Legal Administrativa
Dep.
Financiero
Compras
Seguridad Ser. Generales
Bienes
Patrimoniales
Almacén
Auditoría
Interna
Recursos
Humanos
Relaciones Públicas
Planificación
Infor. y Comunicación
Comercialización
Operaciones
Dirección de Legal y Justicia Secretaría Judicial
Coordinación Jurídica Inspección Legal
- Servicios legales
- Familia
- Civil
- Tránsito
- Correccional Coordinación de
Corregidurías
Gerencia
Administrativa
Gerencia
Financiera
Gerencia Social Gerencia de
Servicios
Subgerencia
Administrativa
Subgerencia de
recursos Humanos
Subgerencia de
Planificación y Proyectos
Subgerencia de
Vigilancia
Municipal
Subgerencia de
Administración
Presupuestaria
Subgerencia
Comunitarios
Subgerencia de Deportes
Subgerencia de
Desarrollo social
Subgerencia de
Mercados
Subgerencia de
Eventos
Subgerencia
Empresas
Municipales
Subgerencia de Cultura Subgerencia de
Ornato y medio
Ambiente
ALCALDE
(Alcaldía de Panamá)
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Pleno
Presidente
Vice-Presidente
Sala 1era de lo Civil Sala 2da de lo Penal Sala Tercera de lo
Contencioso Administrativo
Sala Cuarta de
Negocios Generales
Consejo Judicial
Secretaria
General
Dir. de Protocolo y Rel. Internacionales
Depto. de Asuntos Jurídicos Inter.
Oficina de Auditoría de la Contraloría
Dirección de Auditoria Judicial Dirección de Auditoría Interna
NIVEL POLÍTICO Y DIRECTIVO
NIVEL COORDINADOR
NIVEL ASESOR
NIVEL FISCALIZADOR Depto. De Auditoría Financiera
Depto. De Prevención de Conductas Contrarias a
las normas Disciplinarias y a la Ética Judicial
Depto. De Auditoría Operativa de
Tribunales y Juzgados
Secretaría de Comunicación Secretaría Administrativa
Depto. De Prensa
Depto. De Comunicación Institucional
Depto. De Comunicación Audiovisual
Dir. de Contab y Finanzas Dir. De Planif. y Presupuesto
Dir. de abastec y Almacén Dir. de Servicios Generales
Dir. de Asesoría Legal Dir. de Rec. Humanos
Secretaría Técnica de
Modernización y Desarrollo
Institucional
Dir. de Escuela Judicial
Unidad de Evaluación
Unidad de Produc. Academic.
Unidad de Planeam. Academic
Dir. de Seguridad
Depto. De Operaciones
Depto de Comunicaciones
Depto. De Armería
Dir. de Informática
Secc. De Calidad Secc. De Proyec.
Especiales
Depto. De Soporte
mecámatico Depto. De
Equipo Especial
Depto de Análisis de
Informática Jurídica Depto de Adm.
de Sistema
Depto de Logística y
Entretenimiento
Depto. De
Asistencia
legal Gratuita
para las
víctimas del
delito
Centro de
Estadísticas
judiciales
Dir. de
Asuntos
Penitenciario
Unidad de
Acceso a la
Justicia y Género
Dir. Nac.
De
Métodos de
Resolución
de
Conflictos
Centros
Alternos de
Resolución
de
Conflictos
Direcc. De
Carrera Judicial
Centro de Investigación
Judicial (CENDOJ)
Secc. De Registro
Judicial
Secc. De Estudio
Investigación Judicial
y Análisis de
Legislación Nacional Secc. De Archivo
Judicial
Secc. De
Bibliotecas
Jurídicas
Secc. De Editoriales
y Publicaciones
ÓRGANO JUDICIAL
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ÓRGANO JUDICIAL
PRIMER DISTRITO JUDICIAL
Primer Tribunal Superior Segundo Tribunal Superior
Juzgados del Primer
Circuito Judicial Ramo Civil
Juzgados del Primer Circuito
Judicial Ramo Penal
Juzgados Municipales de Panamá,
Chimán, Chepo, Balboa y Taboga
Juzgados del Segundo
Circuito Judicial Ramo Civil
Juzgados del Segundo Circuito
Judicial Ramo Penal
Juzgados Municipales de San Miguelito
Juzgados del Tercer Circuito
Judicial Ramo Civil
Juzgados del Tercer Circuito
Judicial Ramo Panal
Juzgados Municipales de Arraiján, Capira, Chame,
Chorrera y San Carlos
Juzgados de Cicuito Judicial
De Colón Ramo Civil
Juzgados de Cicuito Judicial
De Colón Ramo Penal
Juzgados Municipales de Colón
Juzgados de Circuito de San
Blas y Darién Ramo Civil
Juzgados de Circuito de San
Blas y Darién Ramo Penal
Juzgados de Municipales de San Blas y Darién
Tercer tribunal Superior
Juzgado Octavo de Circuito Civil (De Libre
Competencia y Asuntos Del Consumidor
Juzgado Noveno de Circuito Civil (De Libre
Competencia y Asuntos Del Consumidor
Juzgado Séptimo de Circuito Civil (De Libre Competencia
y Asuntos Del Consumidor
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ÓRGANO JUDICIAL
SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL
Tribunal Superior
Juzgado de Circuito de Coclé Ramo Civil Juzgado de Circuito de Coclé Ramo Penal
Juzgados Municipales de Coclé
Juzgado de Circuito de Veraguas Ramo
Civil
Juzgado de Circuito de Veraguas Ramo
Penal
Juzgados Municipales de Veraguas
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ORGANO JUDICIAL
PRIMER DISTRITO JUDICIAL
Juzgado Primero de Trabajo
Primera Sección Provincia
de Panamá
Juzgado Tercero de Trabajo Primera Sección Provincia
de Colón y Kuna Yala
Juzgado Segundo de
Trabajo Primera Sección
Provincia de Panamá
Juzgado Cuarto de Trabajo Primera Sección
Provincia de Colón Y
Kuna Yala
Juzgado Primero de Trabajo Segunda Sección Provincia
Colón y Kuna Yala
Juzgado Segundo de Trabajo Segunda Sección
Provincia Colón y Kuna
Yala
Juzgado de Trabajo Novena
Sección Provincia de Darién
Tribunal Superior de Trabajo
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ORGANO JUDICIAL
SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL
Juzgado Primero de
Trabajo Tercera
Sección Provincia de
Chiriquí
Juzgado Tercero de
Trabajo Tercera
Sección Provincia de
Chiriquí
Juzgado Segundo de
Trabajo Tercera
Sección Provincia
de Chiriquí
Juzgado de Trabajo
Cuarta Sección
Provincia de Coclé
Juzgado de Trabajo
Quinta Sección
Provincia Bocas del
Toro
Juzgado de Trabajo
Sexta Sección
Provincia de Herrera
y Los Santos
Juzgado de Trabajo
Séptima Sección
Provincia de Veraguas
TRIBUNAL SUPERIOR DE TRABAJO
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ORGANO JUDICIAL
SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL
Juzgado Primero de Trabajo
Tercera Sección Provincia
de Chiriquí
Juzgado Tercero de Trabajo
Tercera Sección Provincia
de Chiriquí
Juzgado Segundo de
Trabajo Tercera Sección
Provincia de Chiriquí
Juzgado de Trabajo
Cuarta Sección Provincia
de Coclé
Juzgado de Trabajo Quinta Sección Provincia Bocas del
Toro
Juzgado de Trabajo Sexta Sección Provincia de
Herrera y Los Santos
Juzgado de Trabajo Séptima
Sección Provincia de Veraguas
TRIBUNAL SUPERIOR DE TRABAJO
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ORGANO JUDICIAL
Primer Tribunal Marítimo
Segundo Tribunal Marítimo
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ÓRGANO JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA
Juzgados de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de Panamá
Juzgados de Niñez y Adolescencia del
Segundo Circuito Judicial de Panamá
Juzgados de Niñez y Adolescencia del
Tercer Circuito Judicial de Panamá
Juzgados de Niñez y Adolescencia de
Los Santos
Juzgados de Niñez y Adolescencia de
Herrera
Juzgados de Niñez y Adolescencia de
Coclé
Juzgados de Niñez y Adolescencia de
Colón y San Blas
Juzgados de Niñez y Adolescencia de
Chiriquí
Juzgados de Niñez y Adolescencia de
Veraguas
Juzgados de Niñez y Adolescencia de
Bocas del Toro
Juzgados de Niñez y Adolescencia de
Darién (Mixto)
Juzgados Penal de Adolescente del Tercer
Distrito Judicial (Sede en David)
Juzgados Penales de Adolescente del
Primer Circuito Judicial de Panamá
Juzgados Penal de Adolescente del Cuarto
Distrito Judicial (Sede en Chitre)
Juzgados Penal de Adolescente del
Segundo Circuito Judicial de Panamá (San
Miguelito)
Juzgado de Cumplimiento del Primer
Distrito Judicial (Sede en Panamá)
Juzgados Penal de Adolescente del Tercer
Circuito Judicial de Panamá La Chorrera))
Juzgado de Cumplimiento del 2do. 3ero y
4to Distrito Judicial (Sede en David)
Juzgados Penal de Adolescente del
Circuito Judicial de Coló
Juzgados Penal de Adolescente del Segundo
Distrito Judicial (Sede en Santiago)
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ORGANO JUDICIAL
SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL
Juzgado Seccionales de
Familia del Primer Circuito
Judicial de Panamá
Juzgado Seccionales
de Familia del
Tercer Distrito
Judicial de Chiriquí
Juzgado Seccionales de Familia
del Segundo Circuito Judicial de
Panamá
Juzgado Municipales del
Primer Circuito Judicial de
Panamá
Juzgado Municipales
del Segundo Circuito
Judicial de Panamá
Juzgado Seccionales
de Familia del Tercer
Circuito Judicial de
Panamá
TRIBUNAL SUPERIOR DE FAMILIA
Equipo Interdisciplinario
de Familia
Juzgado
Municipales de
Familia del Tercer
Distrito Judicial de
Chiriquí
Juzgado Municipales
del Circuito Judicial de
Colón
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ORGANO JUDICIAL
SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL
Juzgado Seccionales de Familia
del Primer Circuito Judicial de
Panamá
Juzgado Seccionales de
Familia del Tercer Distrito
Judicial de Chiriquí
Juzgado Seccionales de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Panamá
Juzgado Municipales del Primer
Circuito Judicial de Panamá
Juzgado Municipales del
Segundo Circuito Judicial de
Panamá
Juzgado Seccionales de
Familia del Tercer Circuito
Judicial de Panamá
TRIBUNAL SUPERIOR DE FAMILIA
Equipo Interdisciplinario de
Familia
Juzgado Municipales de
Familia del Tercer
Distrito Judicial de
Chiriquí
Juzgado Municipales del
Circuito Judicial de Colón
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ÓRGANO JUDICIAL
INSTITUTO DE LA DEFENSORÍA DE OFICIO
Defensoría de Oficio del
Primer Distrito Judicial
Defensoría de Oficio del
Segundo Distrito Judicial
Defensoría de Oficio del Tercer
Distrito Judicial
Defensoría de Oficio del Cuarto
Distrito Judicial
Defensoría de Oficio del
Primer Circuito Judicial
Defensoría de Oficio del
Segundo Circuito Judicial
Defensoría de Oficio del
Tercer Circuito Judicial
Defensoría de Oficio del
Circuito Judicial de Colón
Defensoría de Oficio del
Circuito Judicial de
Darién
Defensoría de Oficio del
Circuito Judicial de
Veraguas
Defensoría de Oficio del
Circuito Judicial de Coclé
Defensoría de Oficio del
Circuito Judicial de Chiriquí
Defensoría de Oficio del
Circuito Judicial de Bocas
del Toro
Defensoría de Oficio del
Circuito Judicial de Herrera
Defensoría de Oficio del
Circuito Judicial de Los
Santos
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DIRECCIÓN GENERAL
SUBDIRECIÓN GENERAL
Consejo Técnico superior
Comunicación y Relaciones Públicas
Dirección Nacional de Recursos Humanos y servicios Generales
Auditoría Interna
Asesoría Legal
Asuntos Internas
Dirección de Operaciones Dirección Nacional de Servicios
Especiales
Región Central
Departamento de Investigación Judicial
Región Oriental
Departamento de Información.
Región Occidental
Departamento de Servicios de Telecomunicaciones e Informática Departamento de Servicios Especiales
Unid. Táctica de
Operaciones
Especiales
Unid. de
Materiales
Peligrosos
Unid. de
Explosivos
Unidad
Canina
Dep. Recursos
Humanos
Unid. de
Gestión de
Personal, Selección y
Formación
Departamento
de Logística
Departamento
de Finanzas
Pre
sup
uesto
Conta
bilida
d
Tesor
ería
Comp
ras
Departamento de Servicios
Generales
Unidad de
Seguridad de
Instalaciones
Unidad de
Equipo de
Protección
y Seguridad
Fiscalización
Unidad de
Control de
Multitudes
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DIRECCIÓN GENERAL
SUBDIRECIÓN GENERAL
Consejo Técnico superior
Comunicación y Relaciones Públicas
Dirección Nacional de Recursos Humanos y Servicios Generales
Auditoría Interna
Asesoría Legal
Asuntos Internas
Dirección Nacional de Operaciones Dirección Nacional de Servicios
Especiales
Región Oriental
Departamento de Investigación Judicial (Investiga los delitos con el Ministerio
Departamento de información
Gabinete Operativo
Región Occidental
Departamento de Servicios de Telecomunicaciones e Informática Departamento de Servicios Especiales
Unid. Táctica de
Operaciones
Especiales
Unid. de
Materiales
Peligrosos
Unid. de
Explosivos
Unidad
Canina
Dep. Recursos
Humanos
Unid. de
Gestión de
Personal, Selección y
Formación
Departamento
de Logística
Departamento
de Finanzas
Pre
sup
uesto
Conta
bilida
d
Tesor
ería
Comp
ras
Departamento de Servicios
Generales
Unidad de
Seguridad de
Instalaciones
Unidad de
Equipo de
Protección y Seguridad
Unidad de
Control de
Multitudes
Nivel Operativo
Nivel Asesor
Nivel Administrativo
Biene
star
Labor
al.
Mantenimiento Bienes Patrimonio e Infraestructura Abastecimiento
Nivel de Fiscalización
SERVICIO NACIONAL DE FRONTERAS
Manual de Procedimientos
Sistema Integrado de Estadística Criminal Abril del 2010 | Pág. 56 / 62
Ministerio de Gobierno y Justicia | Policía Nacional | Dirección de Investigaciones Judiciales | Ministerio Público
Órgano Judicial | Sist. Penitenciario | Corregimientos | Servicio Nacional Aeronaval | Servicio Nacional Migración
Elaborado por:
IFPC – International Group, Inc.
Vista Bella Plaza – Oficina 3B
Anastasio Ruiz (entre Av. Balboa y Av. 50)
Marbella - Ciudad de Panamá
Teléfonos (507) 393-3563/64
B. Convenio Marco CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA ENTRE EL SISTEMA INTEGRADO DE ESTADÍSTICA CRIMINAL (SIEC), EL SISTEMA PENITENCIARIO, AMBOS REPRESENTADOS A TRAVÉS DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA; LA GOBERNACIÓN DELA PROVINCIADEPANAMÁ, EL ÓRGANO JUDICIAL; EL MINISTERIO PÚBLICO; LA POLICÍA NACIONAL; EL SERVICIO AERONAVAL, EL MUNICIPIO DE PANAMÁ Y EL MUNICIPIO DE SAN MIGUELITO.
Entre los suscritos a saber:______________________, en su condición de presidente de la
Corte Suprema de Justicia, en representación del ÓRGANO JUDICIAL, previamente autorizado
para este acto por el pleno de la Corte Suprema de Justicia en sesión del día _____________,
quien en adelante se denominará El Órgano Judicial, ________________, EL MUNICIPIO DE
PANAMÁ, Provincia de Panamá, debidamente representado en este acto por ---------------,
varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal número
_________________________, en su condición de alcalde del Municipio de Panamá, EL
MUNICIPIO DE SAN MIGUELITO, Provincia de Panamá, debidamente representado en este
acto por ------------, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal
número _________________________, en su condición de alcalde del Municipio de San
Miguelito; EL SISTEMA INTEGRADO DE ESTADÍSTICA CRIMINAL (SIEC) Y EL SISTEMA
PENITENCIARIO, AMBOS REPRESENTADOS A TRAVÉS DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y
JUSTICIA, debidamente representado en este acto por
__________________________________________ en su calidad de Ministro; LA
GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA, debidamente representada por
_____________________________ en su condición de Gobernadora, han acordado suscribir el
presente convenio de cooperación y asistencia técnica interinstitucional de conformidad con
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las siguientes consideraciones y cláusulas; LA POLICÍA NACIONAL debidamente representado
en este acto por __________________________________________ en su calidad de Director
y EL SERVICIO AERONAVAL debidamente representado en este acto por
__________________________________________ en su calidad de Director.
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que la criminalidad es un fenómeno cuya atención requiere de políticas integrales
que conjuguen la participación de cada una de las instituciones involucradas en la prevención y
atención de sus repercusiones, siendo para ello necesario la integración y uniformidad de los
datos estadísticos que cada una de ellas manejen a fin de que los resultados de estos permitan
hacer un uso más racional, eficiente y efectivo de los recursos con que cuentan.
SEGUNDO: Que los objetivos generales de la Dirección del Sistema Integrado de Estadísticas
Criminales (SIEC) según lo establece el Decreto Ejecutivo No. 471 de 27 de agosto de 2007 en
su artículo 2 son: Diseñar, normar, recolectar, procesar, analizar, investigar y realizar estudios
con base en la información delictiva del país recabadas por las siguientes instituciones:
Autoridades de Policía, Fuerza Pública, Ministerio Público y el Órgano Judicial, Organismos de
Investigación Científica o Criminal.
TERCERO: Que EL ÓRGANO JUDICIAL, tiene como misión decidir los conflictos de forma
independiente, rápida y confiable, asegurando el respeto a la Constitución, a las leyes de la
República, la protección de las libertades y garantías ciudadanas, la convivencia pacífica y la
defensa de los valores esenciales de la democracia.
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CUARTO: Que EL MINISTERIO PÚBLICO, tiene como atribución el perseguir e investigar los
delitos, para lo cual requiere contar con herramientas científicas que orienten el uso adecuado
de sus recursos humanos y financieros.
QUINTO: Que LAS AUTORIDADES DE POLICÍA tienen como función el conocimiento de las
faltas para cuya correcta atención requieren conocer con certeza el uso adecuado de sus
recursos.
SEXTO: Que LA FUERZ PÚBLICA tiene como función la conservación del orden público, la
protección de la vida, honra y bienes de quienes se encuentren bajo jurisdicción del Estado
para la prevención de hechos delictivos.
SÉPTIMO: Que en consecuencia de lo anterior todas las partes manifiestan su voluntad de
celebrar un convenio marco, que facilite la integración de los datos que las mismas generan
para el común aprovechamiento de cada uno de las instituciones involucradas.
CONVIENEN
ARTÍCULO 1. Las instituciones firmantes diseñarán un sistema digitalizado que facilite la
integración de los datos estadísticos generados entre cada una de ellas, estableciendo para
ello un modelo común de recopilación, procedimiento, análisis y diseminación de datos y
estadísticas sobre las conductas o hechos tipificados como faltas o delitos, cuyos resultados
estadísticos serán de libre acceso para cada una de dichas instituciones y además para
cualquier otra institución u organización pública o privada, reconocidas por la República de
Panamá, cuyas actividades sean de prevención o atención de los efectos de la criminalidad,
siempre sujeto a los protocolos de acceso que se desarrollen.
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ARTÍCULO 2. La Dirección del Sistema Nacional Integrado de Estadísticas Criminales (SIEC),
adscrita al Ministerio de Gobierno y Justicia, será la responsable conforme a sus facultades
establecidas en su Decreto de creación de recibir, ordenar y administrar como ente central las
informaciones y los datos estadísticos sobre las faltas y los hechos delictivos que generen cada
una de las Instituciones que se detallan en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3. Cada una de las Instituciones, definirán conforme a la legislación panameña
vigente, el tipo de información que podrán suplir a la Dirección del Sistema Nacional Integrado
de Estadísticas Criminales para lo cual tendrán en consideración en primera instancia las
normas relativas a la reserva o confidencialidad que pesan sobre la misma y las restantes
prohibiciones o restricciones en torno a su divulgación.
ARTÍCULO 4. La información suplida al ente central debe ser uniforme y con la prontitud
debida a fin de asegurar la generación de datos integrables y actualizados que permitan contar
con resultados fiables para emprender acciones de prevención y reprensión científica del
fenómeno de la criminalidad de forma oportuna.
ARTÍCULO 5. La Dirección del Sistema Nacional Integrado de Estadísticas Criminales deberá
cumplir a cabalidad con las facultades inherentes a su naturaleza establecidas por su Decreto
constitutivo a fin de garantizar el manejo y empleo eficiente de las estadísticas integradas que
produzcan, basado en la información estadística que recaven las instituciones involucradas.
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ARTÍCULO 6. Créase un organismo consultor conformado por un representante nombrado por
cada institución cuya función será la de definir el tipo de sistema digitalizado usado por cada
uno ellos en la recopilación y el traslado de la información estadística, el cual deberá reunir las
características tecnológicas óptimas en seguridad y funcionalidad, que permita además la
conectividad entre cada uno de ellos. Los criterios de recolección de estadísticas deben estar
en conformidad con los sistemas adoptados para la región Latinoamericana.
El organismo consultor deberá requerir la asistencia de consejeros jurídicos a fin de garantizar
que el sistema y su implementación respeten las normas legales vigentes.
ARTÍCULO 7. Cada institución gozará de la reserva de la información donde se detallan la
identidad de la persona o una causa específica inclusive frente a La Dirección del Sistema
Nacional Integrado de Estadísticas Criminales y será titular de la información considerada
reservada o confidencial conforme a las normas jurídicas vigentes, lo que excluye aquellas
informaciones y datos meramente estadísticos que trasladará al ente estadístico central que
será el SIEC. Se exceptúan aquellas instituciones que autoricen el conocimiento de
determinada información.
ARTÍCULO 8. El sistema digitalizado que se utilice no implica para las instituciones el abandono
de su estructura y procedimiento actual de registro de expediente o informaciones contenidas
en los mismos, salvo que las mismas por disposición propia decidan hacerlo.
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ARTÍCULO 9. Las instituciones son libres de celebrar entre ellas convenios o decretos que
impliquen la utilización del sistema digital para su comunicación o su utilización para traslados
de información o consultas entre ellas, siempre que dichos convenios o decretos no
comprometan el alcance de las finalidades señaladas en el presente Convenio.
ARTÍCULO 10. Le corresponde a la Dirección del Sistema Nacional Integrado de Estadísticas
Criminales darle mantenimiento al sistema central utilizado para almacenar la información
estadística que reciba y otorgar sin mayor dilación las claves de los usuarios para su ingreso al
mismo. Las instituciones deberán remitir a la Dirección del Sistema Nacional Integrado de
Estadísticas Criminales las generales de las personas con ingreso al sistema central y adoptar
las herramientas necesarias para que las instituciones tengan acceso al sistema central para
ingresar los datos estadísticos que estas generen y ver el resultado de los mismos.
ARTÍCULO 11. El presente convenio tendrá una vigencia indefinida, pudiendo las partes darlo
por terminado en cualquier momento previa notificación por escrito a la otra con noventa (90)
días de anticipación.
Dando fe de lo anterior se firma el presente convenio en la Ciudad de Panamá, en siete
originales del mismo tenor y validez el __ de mayo de 2010.
MINISTRO DEGOBIERNO Y JUSTICIA
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