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8/15/2019 Manual de Usuario Bloqueo Predios
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Manual de Usuario de Presentación Electrónica de Bloqueo de Predios
1. Presupuestos para la presentación electrónica
Para la tramitación en línea de la Solicitud de Bloqueo Registral el notario debe
encontrarse:
a) Suscrito al Servicio de Publicidad Registral en Línea, a través de los formatos
habilitados al efecto en la misma página web de la SUNARP.
b) Inscrito en el Módulo del Servicio de Presentación Electrónica.
c) Contar con la Clave Electrónica Registral – CER otorgada por la SUNARP, previa
aceptación de las condiciones de uso de la misma, la cual será utilizada únicamente
para la presentación electrónica de bloqueos.
d) Contar, en su cuenta prepago, con el saldo suficiente para el pago de los derechos
registrales respectivos (por lo menos el correspondiente a los derechos de calificación).
2. Suscripción al módulo de presentación electrónica
Los notarios que todavía no se hubieran suscrito al módulo de presentación electrónica
deben presentar físicamente una solicitud dirigida al Gerente de Informática de la Sede
Central de la SUNARP, conforme al modelo publicado en la página web de la SUNARP
3. Generación de Clave Electrónica Registral – CER
Una vez que el notario se haya suscrito en el Módulo de Presentación Electrónica,
debe acceder a la plataforma del Servicio de Publicidad Registral en Línea (extranet),
ingresando el usuario y contraseña respectivos.
Una vez ingresados los datos aludidos, el sistema despliega una página en la cual
aparece la opción de Presentación Electrónica (lado izquierdo), pulsada dicha opción
se despliega una página en la cual aparece el link “Generar CER” (lado izquierdo).
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Al pulsar dicho link se despliega los términos y condiciones de uso de la CER y el
correo del notario consignado en su solicitud de suscripción al Módulo de Presentación
Electrónica.
Las condiciones de uso aludidas deben ser aceptadas por el notario, pulsando la
opción Generar CER ubicada en la parte inferior derecha de la pantalla.
Una vez pulsada la opción Generar CER, la Clave Electrónica Registral – CER es
remitida por el Sistema al correo del notario consignado en su solicitud de suscripción
al Módulo de Presentación Electrónica.
4. Modificación correo electrónico para envío de estados del título
Los correos electrónicos de notificación de los títulos generados de bloqueo se enviarán a la
cuenta de correo registrada para el usuario del SPRL.
Para modificar esta cuenta de correo en el menú de opciones seleccionar Datos Personales.
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Se mostrará la opción Editar Datos Personales, que deberá seleccionar.
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Seguidamente aparecerá la pantalla de Edición de Datos Personales donde podrá verificar el
correo electrónico al que le llegará el título del bloqueo registral.
Si desea puede modificar dicho correo electrónico y presionar el botón Aceptar.
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5. Presentación electrónica del Bloqueo (ingreso de datos al formulario electrónico)
Una vez que el notario obtenga su Clave Electrónica Registral –CER y cuente con saldo
suficiente para el pago de derechos registrales respectivos, puede presentar
electrónicamente su solicitud de anotación del bloqueo registral.
Para tal efecto debe acceder a la plataforma del Servicio de Publicidad Registral en Línea
(extranet), luego de haber ingresado su usuario y contraseña, en el menú del lado izquierdoen la opción de Presentación Electrónica (lado izquierdo), seleccionar “Solicitud de
Presentación Electrónica”.
Pulsado dicho link se despliega la primera pantalla del formulario de presentación electrónica,
en la cual debe seleccionar lo siguiente:
Area registral: Registro de Propiedad Inmueble;
Acto registral: BloqueoSede de la Oficina Registral en la cual solicita la anotación del bloqueo;
Tipo de documento que se adjunta: Minuta.
Asimismo, debe ingresar en el campo correspondiente a “Lugar”, el distrito de localización de
su Notaría, además de adjuntar el archivo digital de la minuta respectiva en formato PDF tal
como se muestra en la siguiente imagen:
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Tener en cuenta las consideraciones para el escaneado del documento PDF (Resolución
200dpi, blanco y negro)
En la imagen siguiente se muestra como ejemplo la pantalla una vez seleccionados e
incorporados los datos aludidos
El campo (Formular reserva) no es de uso obligatorio, sólo se utiliza para indicar, cuando
corresponda, los actos contenidos en la minuta que el notario no desee que estén
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comprendidos en su solicitud de bloqueo. En este caso debe precisar además la partida
registral sobre la que recaen tales actos.
Una vez seleccionado el archivo digital de la minuta y verificado que los datos ingresados o
seleccionados sean correctos, debe pulsarse la opción “Continuar” que aparece en la parte
inferior izquierda de la pantalla, con lo cual se despliega la siguiente pantalla.
En esta pantalla debe ingresar en el rubro respectivo el número de la partida a bloquear y
hacer el check en el acto o actos referidos a dicha partida (Compra Venta, Hipoteca, Otros).
Para una partida podrá seleccionar sólo uno o los tres actos indicados.
En caso de haber hecho el check en el acto de hipoteca, debe indicar el monto de la hipoteca y
seleccionar el tipo de moneda correspondiente.
Luego de ingresar la partida y sus datos correspondientes pulsar la opción “Agregar” tal como
aparece en la imagen siguiente:
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Se agregará en la parte superior la partida y los datos ingresados en la pantalla anterior.
En caso la solicitud implique la anotación del bloqueo en más de una partida registral, siempre
que pertenezcan al Registro de Predios de una misma Oficina Registral, se pueden ingresar
dichas partidas con sus datos correspondientes y pulsar la opción “Agregar” por cada partida.
Seguidamente debe pulsar la opción “Continuar” para ir a la siguiente ventana.
Si desea eliminar alguna partida ingresada, luego de seleccionar la fila correspondiente debe
pulsarse la opción “Borrar Acto Registral” que aparece en letras rojas en la pantalla.
Pulsada la opción “Continuar” se despliega la siguiente pantalla del formulario electrónico en la
cual debe ingresar los datos de los intervinientes en el acto o actos cuya prioridad se reserva
con el bloqueo, según se trate de personas naturales o personas jurídicas, conforme a la
imagen siguiente:
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Para incorporar los datos de una persona jurídica debe pulsarse la opción “Participante
jurídico” y se desplegará la pantalla respectiva para ingresar los datos de la persona jurídica
participante.
En esta pantalla, el notario debe ingresar en los campos respectivos la denominación o razón
social de la persona jurídica y el número de la partida registral respectiva, así como seleccionarla Oficina Registral en la cual se encuentra inscrita la persona jurídica y el tipo de participante;
luego de lo cual y una vez verificados los datos respectivos debe pulsarse la opción “Grabar”.
Para las demás personas jurídicas intervinientes en el acto deben seguirse los mismos pasos.
Una vez ingresados los datos de todas las personas naturales o jurídicas intervinientes, el
sistema mostrará la relación de todos los intervinientes, conforme aparece en la siguiente
imagen:
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Si hubiera que corregir el nombre de algún participante debe seleccionar el check respectivo
ubicado en el lado izquierdo y pulsar la opción “Borrar participante”, haciendo la corrección
respectiva a continuación.
Finalmente, y si todo está correcto debe ingresar en los campos correspondientes los datos
del pago:
- El monto a abonar, el cual no puede ser inferior al monto de los derechos de calificación
multiplicado por el número de partidas a bloquear, que se debitará de su saldo del Servicio de
Publicidad Registral en Línea – SPRL.
- La fecha de pago (día, mes y año) y su Clave Electrónica Registral – CER, conforme aparece
en la imagen siguiente
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Una vez verificado que todo esté correcto debe pulsar la opción “Grabar”, al pulsar dicha
opción aparecerá un mensaje solicitando la confirmación, conforme a la imagen siguiente.
En esta última pantalla, una vez pulsado “aceptar” los datos del formulario electrónico serán
guardados de manera que ya no podrá realizar ninguna corrección en el formulario, y se
descontará el monto abonado del saldo del usuario del SPRL, dando lugar a la asignación del
número de atención respectivo y derivación al Diario de la Oficina Registral competente para lageneración del asiento de presentación. Se mostrará la siguiente pantalla con la solicitud de
inscripción generada y el número de hoja de presentación.
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Posteriormente, cuando se genere el título se enviará un correo electrónico a la cuenta del
usuario del SPRL consignada.
Modelo del correo electrónico con el número de título:
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Estimado Usuario:
Su solicitud de Presentación electrónica 2013-V0059200 tiene por número de título
00205885 con fecha y hora de presentación 01/03/2013 12:42:31 de la Oficina de LIMA
Partida(s) a bloquear: 45069763, 45073414
PARTICIPANTES:
GOMEZ CABALLERO RAMIRO, VEGA CARLOS JENNY, VASQUEZ RAMOS RICARDO, DEL POZO GUEVARA DE
VASQUEZ NELLA ELIZABETH
SCOTIABANK PERU S.A.A.
Puede efectuar el seguimiento del mismo, ingresando los datos del título indicado en el
siguiente enlace
https://enlinea.sunarp.gob.pe/interconexion/webapp/extranet/acceso/frm_titulos2.htm
De igual manera cuando el título sea inscrito, observado o tachado llegará un correo
electrónico a la cuenta indicada.
Estimado Usuario:
Su solicitud de Presentación Electrónica asignada con el número de título 00201378 de la
Oficina de LIMA ha sido INSCRITO.
La Constancia de Inscripción la obtendrá ingresando los datos del título al siguiente
enlace
https://enlinea.sunarp.gob.pe/interconexion/webapp/extranet/acceso/frm_titulos2.htm
seleccionando la opción de [Ver Anotación de Inscripción].