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Minor i as Sexual Es

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    Serie Derechos Humanos.

    Depósito legal If 9242012300555

    Textos preparados por el equipo docente y deinvestigación de la Fundación Juan Vives Suriá.

    PresidentaGabriela del Mar Ramírez Pérez,

    Defensora del Pueblo

    Wendy Carolina Torres RoaDirectora General (E)

    Responsables Luisana Gómez Rosado

    Centro de Estudios de la Mujer -UCV

    Fundación Juan Vives SuriáCoordinadora académica

    Lilian MonteroInvestigadores y docentes

    Enrique GonzálezErick GutiérrezMaryluz Guillén

    Luisana Gómez RosadoCristóbal CornielesGioconda Mota

    Corrección de estilo Yesica La Cruz

    DiagramaciónDileny Jiménez

    Diseño de portadaMichael Mata

    © Defensoría del Pueblo, 2012© Fundación Juan Vives Suriá, 2012

    Av. Urdaneta, Centro Financiero Latino,piso 27, Caracas-Venezuela, 1010.

    Teléfonos: (0212) 5053162 / 5053080CORREO ELECTRÓNICO:

    [email protected]ÁGINA WEB:

    www.defensoria.gob.ve

    Las citas de autoras y autores son incluidas

    con el único propósito de apoyarla lectura del texto. La fundación asume la

    responsabilidad por la veracidaden la atribución de las citas y fuentes.

    Para consultar las fuentescompletas ponerse en contacto con:

    fundacionjuanvivessuriá@defensoria.gob.veEl conocimiento es patrimonio

    de todas y todos.Si esta publicación deja de serte útil,no la botes. Compártela

    Í

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    Fundación Juan Vives Suriá

    Creación

    La Fundación Juan Vives Suriá fue constituida en el año2008, mediante Gaceta O cial de la República Bolivarianade Venezuela Nº 38.945, con el n de fomentar, impulsary promover la educación en derechos humanos yla investigación académica, además de fortalecerlas políticas de la Defensoría del Pueblo en el ámbitoeducativo.

    Lleva el nombre del Padre Juan Vives Suriá en homenaje a quien fuera unejemplo a seguir en la lucha contra las violaciones a los derechos humanos yen pro de la justicia y la paz, principalmente de las personas en situación devulnerabilidad, exclusión y discriminación.

    La Fundación propone aportar herramientas de formación y educación crítica

    en derechos humanos, en consonancia con los postulados ideológicos de losnuevos procesos constituyentes desarrollados en Latinoamérica.

    Visión

    Contribuir con la construcción de una cultura crítica y liberadora de derechoshumanos para fortalecer los procesos de cambio social protagonizados por lospueblos de Venezuela, América Latina y el Caribe, dirigidos a la transformación

    de los valores, las relaciones y los modos de vida, tanto en el ámbito públicocomo privado, para el logro de sociedades justas, plurales, a favor de la paz yrealmente democráticas.

    Misión

    Desarrollar estrategias de educación, investigación y divulgación desde unenfoque crítico de los derechos humanos, dirigidas a todas las personas,comunidades, organizaciones, movimientos sociales e instituciones del Estado,con el n de contribuir con la transformación social fundamentada en losvalores de justicia social, equidad, igualdad, libertad, cooperación, solidaridad,honestidad y corresponsabilidad desde la construcción de expresionessigni cativas.

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    Estructura

    PresidentaGabriela del Mar Ramírez Pérez Defensora del Pueblo

    Consejo Académico Juan Rafael Perdomo Magistrado. Vicepresidente de la Sala de Casación Social del TribunalSupremo de JusticiaLevis Ignacio Zerpa Magistrado. Integrante de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremde JusticiaPablo Fernández Coordinador de la Red de Apoyo por la Justicia y la PazCristóbal Cornieles Asesor de la Defensoría del Pueblo y corredactor de diferentes proyectosde ley y publicacionesCarlos Molina

    Director General de Promoción y Divulgación de Derechos Humanosde la Defensoría del PuebloAlba Carosio Integrante del Centro de Estudios de la Mujer de la Universidad Centralde Venezuela. Investigadora y docenteDirección General Wendy Carolina Torres Roa (E)

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    ELEMENTOS CONCEPTUALES,PSICOSOCIALES Y POLÍTICOS PARA UNA

    POLÍTICA DE DEFENSA Y PROTECCIÓNDE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS

    MINORÍAS SEXUALES

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    INTRODUCCIÓN 11CONSIDERACIONES CONCEPTUALES GENERALES 13

    Género, feminismo y diversidad sexual 16Homosexualidad 18

    De niendo la homosexualidad 18Orientación sexual 19

    Gay 20Lesbiana 20Identidad sexual 21Identidad de género 22Infancia y adolescencia 22Situaciones y condiciones especiales 23Causas y origen de la homosexualidad 24

    Transgenerismo 25Transexualidad 27

    Disforia de género 29Intersexualidad 29

    ASPECTOS PSICOSOCIALES Y VULNERACIÓN DE DERECHOSPrejuicios y estereotipos 43Patologización 45Homo-lesbo-transfobia 45Violencias de género, sexual y crímenes de odio 47Necesidades de atención en salud, psicosocialy orientación legal 47Transexualidad e intersexualidad 50

    DERECHOS HUMANOS Y ASPECTOS JURÍDICOSMarco legal internacional 53Acción Mundial de Despenalización de la homosexualidadante la ONU (2008) 54

    ÍNDICE

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    Documento de trabajo sobre Derechos Humanos e Identidadde Género del Alto Comisionado para los Derechos Humanosde Europa 55

    Avances internacionales 56Nuevas leyes en Uruguay 58

    Marco legal nacional 59Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 59Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo 61Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Librede Violencia (2007) 62

    Vacíos legales y de políticas sociales 62 OTRAS DIMENSIONES POLÍTICAS

    La erradicación de toda discriminación sexista y homófobaes parte fundamental de la construcción del socialismo

    71BIBLIOGRAFÍA 81

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    1Introducción

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    Elementos conceptuales, psicosociales y políticos… 11

    El presente documento es un papel de trabajo elaborado a

    partir de una investigación documental. Pretende servir deherramienta para la re exión, el debate y la discusión sobrela necesidad de implementar medidas a rmativas de carácter jurídico y políticas públicas especí cas a favor de las minoríassexuales o grupos de diversidad sexo-género, esto en el marco dela construcción de una sociedad socialista con equidad de género.Contiene una síntesis de los principales conceptos, dimensiones,perspectivas y posiciones respecto a las problemáticas asociadasa estas condiciones, basados en los avances de investigación yconsensos respecto a los temas relacionados con los derechosde la comunidad LGBTTTI, a nivel mundial.

    El objetivo fundamental es contribuir al esclarecimiento deconceptos y develar prejuicios, mitos y tabúes que obstaculizanlos cambios necesarios para la eliminación de todas lasexpresiones de homofobia y discriminación de género contra laspersonas sexo-diversas. Incluye también aspectos psicosocialesque determinan las necesidades especí cas de cada una de estascondiciones, las cuales afectan su desarrollo humano integral ydeben ser consideradas para la defensa de sus derechos humanosbásicos y el disfrute de la plena ciudadanía. Se revisa el marco jurídico nacional e internacional, así como los aspectos políticosasociados a esta problemática para su análisis. Finalmente, sede nen unas recomendaciones particulares para la discusión en

    el marco del rol de la Defensoría del Pueblo y la Fundación JuanVives Suriá.

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    2Consideracionesconceptualesgenerales

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    Homosexualidad

    De niendo la homosexualidad

    La homosexualidad es una expresión de la sexualidad humanaextendida a todas las culturas y períodos históricos en unaproporción minoritaria pero constante en la especie humana.Sin embargo, las sociedades no siempre han tenido, ni tienenaún la misma valoración social de este comportamiento sexualEn diferentes culturas y grupos sociales y étnicos esta conductapresenta diversos niveles de aceptación, incluso en algunasculturas se considera normativa en algunas condiciones, siendoparte de rituales iniciáticos y prematrimoniales.

    Una de las de niciones consideradas más completa enunciala homosexualidad como “la excitación o conducta sexualrecurrente o exclusiva entre personas de un mismo sexo,cuando estas han alcanzado el desarrollo sexual y aún teniendola oportunidad de tener contactos con personas del otro sexo”(Carrobles, 1993. C.p. Baile, J.I. 2008. p. 32).Así, una persona puede ser considerada homosexual si mani estacomportamientos y/o actividad sexual consistente y recurrentecon personas del mismo sexo en edad adulta. Esta de niciónexcluye el caso de personas que presentan característicaspsicológicas asociadas a esta tendencia sin manifestacioneexternas o conductas de orientación sexual homosexual,

    o bien aquellas que hayan tenido experiencias o relacioneshomosexuales esporádicas, aun cuando su deseo esté dirigidopredominantemente hacia personas del otro sexo. En estos casosno pueden ser consideradas personas homosexuales, por cuantoestas manifestaciones no tienen un carácter estable en relacióna su tendencia en la orientación sexual y esta puede o no in uiren el comportamiento. De este modo, se pueden presentardiferentes grados o niveles en la orientación y conducta sexualde acuerdo a las experiencias y prácticas sexuales, las cuales sosusceptibles de evaluación con técnicas diversas. Al respecto, Bai(2008) de ne la homosexualidad como “la tendencia interna yestable a desear afectiva y sexualmente a personas de igual sexo

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    por alguna forma de coacción material, simbólica o psicológicse trata de víctimas de violencia sexual, independientemente slas víctimas son mujeres u hombres. Así también son frecuentelos casos de personas cuya tendencia interna predominante esuna orientación homosexual, pero sostienen relaciones establesheterosexuales y/o no practican, ni asumen su homosexualidadpor lo que no deben ser consideradas/os homosexuales.Muchas se abstienen por los prejuicios sociales asociados, pocircunstancias particulares, porque se mantienen en sus relacioneheterosexuales, porque no están interesados en relaciones depareja, por factores internos psicológicos, etc. En cualquier caso todas estas personas no se consideran a sí mismos homosexualespor cuanto no han asumido estas tendencias y/o experienciascomo una condición personal, no se identi can con esta y talpostura debe ser respetada.

    Gay

    Es un término de habla inglesa que adjetiva a las personascomo “alegres” o “de esta”. Se utiliza popularmente comouna categoría social recurrente para designar e identi car a lapersonas homosexuales. En muchos de sus usos re ere a loshombres homosexuales, en otros casos a las personas de ambossexos que asumen de forma pública esta condición. SegúnBaile (2008) es un término de uso social que se demarca de ladesignación más técnica y clasi catoria de “persona homosexua(p. 30-31). Este uso social del término permite su aplicación par

    denominar la identidad homosexual y su reconocimiento, cuandoello es pertinente.

    Lesbiana

    Es un término empleado para la designación especí ca de lasmujeres homosexuales y sus relaciones sexuales y amorosasasí como su identi cación social en base a su posicionamientosexual. La identidad lésbica involucra una demarcación de las otrmujeres y hombres heterosexuales así como de los hombresgays. También, es una identidad social política como segmentobeligerante del movimiento feminista internacional.

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    Identidad de género

    el auto-reconocimiento de la persona como mujer u hombre, esdecir cómo se asume masculino o femenina, o combinación deambos. Incluye en el auto concepto, en mayor o menor grado loscomportamientos y atribuciones esperadas y deseables para hombreso mujeres en un contexto histórico y sociocultural dado. Determinala forma cómo las personas experimentan su género (OPS/WAS.2000 c.p. MSDS, 2004. Tomo I. Lineamientos para la promoción y eldesarrollo de la salud sexual y reproductiva . p. 88)

    La identidad de género es el sentido y reconocimientointernalizado que una persona tiene de sí mismo como hombreo mujer, considerando que esta se inscribe en las construccionessociales compartidas que prescriben lo femenino y lo masculinoEn la identidad de género intervienen factores psicobiológicosinnatos asociados al sexo, así como psicosociales internalizadoque devienen del género psicosocial y sus prescripcionessocioculturales con los que la persona se percibe a sí misma.Se expresa en el comportamiento femenino, masculino,combinación o variación de ambos que se ostenta mediante laexpresión de género. Esta se mani esta y comunica en las forma

    psicosociales de actuar: conductas, formas de habla, gestualidadlenguaje corporal o proxémico así como en otras convencionessociales prescritas para hombres y mujeres, tales como: usode ropas, atuendos, arreglo del cabello, maquillajes o uso deadornos, estilo, modas, etc. Por supuesto, todos estos aspectosson socioculturales, históricos y cambiantes. Están altamentin uenciados por la industria cultural a través de las modas, lomedios de comunicación social y los grupos sociales.

    Infancia y adolescencia

    Los niños, niñas y adolescentes pueden tener experiencias, juegos y prácticas sexuales con personas del mismo sexo, las

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    cuales forman parte de su desarrollo psicosexual y no son aún nihomosexuales, ni heterosexuales, por cuanto no se ha completadola maduración psicosexual, ni se ha vivido lo su ciente paraestablecer la tendencia predominante de su orientación sexual. Susexperiencias, relaciones, juegos y autoexploración pueden incluira pares del mismo o del otro sexo y esto es parte fundamentalde su desarrollo y autoconocimiento. En la etapa prepuberal, esfrecuente que las niñas tiendan a excluir a los varones de susencuentros y juegos; y asimismo los varones a practicar juegos ycompetencias que incluyan expresiones de contenido sexual. Nopor ello se trata de relaciones homosexuales en ninguno de loscasos.En esta etapa del ciclo vital, las manifestaciones propias de lasexualidad en la infancia y la adolescencia deben ser respetadas,incluso respecto a aquellas que puedan parecer como tendenciassexo-género diversas. No obstante, es importante considerarel derecho al libre desarrollo y estar atentos al proceso dedesarrollo psicosexual infantil, por cuanto algunas expresiones degénero e identidades sexuales en ocasiones pueden manifestarsedesde la infancia, pudiendo o no constituir tendencias futuras. Porello el respeto, protección y orientación sobre sus expresiones,así como la información oportuna y adecuada sobre loscambios corporales, psicosociales y la educación sexual con unaperspectiva sexo-género diversa es una necesidad fundamentalpara asegurar un desarrollo psicosexual sano y libre de prejuicios,represiones y estigmatizaciones.

    Situaciones y condiciones especiales

    En situaciones o contextos no convencionales pueden ocurrircomportamientos sexuales distintos a los roles y patronesconvencionales hetero-normativos. Hay que señalar que se tratade conductas situacionales u ocasionales en las cuales el entorno“facilita” o hace frecuente este tipo de prácticas, por lo que tampoco deben considerarse homosexuales. En muchos casosse trata de comportamientos, prácticas o rituales que requierenser prevenidos en situaciones o en condiciones especiales: comovíctimas de violencia y/o delincuencia, desastres y catástrofes,

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    con ictos armados, refugiados, desplazados, internados, centrode salud, instituciones educativas, cárceles y/o privados delibertad. En cualquiera de estos casos, el contexto de ciertassituaciones excepcionales así como instituciones cerradas aportancondiciones para la violación de derechos, la coacción y ejerciciode poder que se mani estan en accesos sexuales mediados porla violencia y aun cuando por razones de sobrevivencia y/o miedomuchas de estas puedan implicar relaciones consentidas.

    Causas y origen de la homosexualidad

    No hay consenso en las teorías explicativas sobre las causas queoriginan la homosexualidad, por lo que las tendencias teóricasvan desde las teorías innatistas biológicas, neuro-endocrinas, las adquiridas: por aprendizaje social, antropológicas y sociobiológicas o evolucionistas. En este sentido, se asume de formaconsensual que la homosexualidad es multicausal, así como también lo es la orientación sexual. Una postura de consensoestablece que:

    La homosexualidad es una condición humana que se desarrollacomo la mayoría de los demás fenómenos conductuales complejos,como una combinación complicada y típicamente humana de variosfactores: biológicos, psicológicos y sociales (...) Cualquier explicaciónbasada exclusivamente en uno solo de estos factores, es incompleta.

    (Mondimore, 1996. c.p. Baile, J.I. 2008 p. 108. Resaltado nuestro)

    Este consenso es de gran relevancia para una posición de principiopues se trata de una condición humana, una forma de ser y estaren el mundo que involucra una expresión sexual emocional.Al igual que la heterosexualidad, una vez establecida, tiende hacerse estable. Como expresión sexual, no es una patología ensí misma. Los intentos de “tratamiento” o modi cación han sidoampliamente cuestionados desde diversos puntos de vista.

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    Es discutido si es una “opción” sexual elegida de un menú deopciones, por cuanto ni hetero, ni homosexuales decidenvoluntariamente de quién se enamoran, o de quién se sientenatraídas/os. Tampoco es del todo adecuado considerar lahomosexualidad como una “práctica sexual” porque estas estánen relación al ejercicio sexual y varían. Lo que sí eligen las y loshomosexuales es la forma cómo esta es asumida, las relacionesque mantienen, el carácter público o privado de esta condición ysu ejercicio sexual activo, así como la participación en actividadesy movimientos organizados de apoyo y en defensa de susderechos.

    Es de suma importancia considerar que la homosexualidad noes una condición que implica una inconformidad, trastorno oproblema con la identidad sexual, es decir, con el sentimientode autorreconocimiento y aceptación del sexo biológico y losroles de género. Las mujeres y los hombres homosexuales,en general, están satisfechas y satisfechos con ser hembras ovarones, con su corporalidad, y sienten atraídas/os y mantienenrelaciones erótico-amorosas con personas del mismo sexo. Enotras palabras, no tienen con ictos entre su identidad sexual y degénero, con su sexo psicológico autopercibido. Por ello no debenser confundidas con las y los transexuales y transgéneros quere eren otras experiencias humanas a tomar en consideración.

    Transgenerismo

    Transgénero es el término paraguas que agrupa una serie deidentidades y expresiones de género que rompen con lasidentidades tradicionales establecidas culturalmente para elhombre y la mujer, según su sexo de nacimiento. De ne a otroconjunto de personas con comportamientos y experienciasdistintas que se enmarcan bajo esta categoría para expresarsus identidades de género diferentes a las atribuciones socialespatriarcales impuestas para la masculinidad en los hombresy la feminidad en las mujeres, a sus correspondientes roles tradicionales de género asignados por su sexo. “La aparicióndel término transgender proporcionó un lugar para quienes sesienten en otra dimensión diferente de la que abarca el binomiohombre-mujer” (Giberti, Eva 2003. p. 34).

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    Una persona transgénero puede asumir características y roles quese asocian a un determinado género diferente al correspondientea su sexo, masculino o femenino, cruzar géneros con atuendosdel género opuesto (“crossgender” o “crosseder@s” como las ylos “bigénero”, andrógino) o asumir otra correspondiente con:“agénero”, “tercer género” e “inter-género”. Se entiende queson diferentes formas de la identidad de género o expresionesde género asumidas como una construcción de sí mismos/as.Buscan ir más allá de la dicotomía hombre-mujer.

    Bajo la categoría transgénero se agrupan diversas expresionesidentitarias, algunas estables trans-femeninas o trans-masculinoPueden incluirse también personas transexuales que aún no sehan intervenido quirúrgicamente para su reasignación sexual, acomo otras ocasionales, tales como: travestis, “transformistas”andróginos e intergéneros (“genderqueer”). Estas identidades yexpresiones genéricas no siempre implican una inconformidadcon el sexo, el cual está de nido y aceptado, así como con suscaracterísticas corporales de nacimiento, por lo que esta esuna diferencia importante respecto al transexualismo. Tampocoinvolucra la orientación sexual, ni la homosexualidad, por lo qumuchas/os son heterosexuales, otras y otros homosexuales, yalgunos otros se de nen bisexuales, polisexuales o pansexuales

    Cabe destacar, que bajo esta amplia denominación las y los transgénero pueden y suelen agruparse en una sola categoríaidentitaria, que incluye a las y los transexuales. Eva Giberti expl

    esta acepción:

    Las personas trangénero incluyen transexuales (los que sienten quenacieron con el sexo físico equivocado) ya sean preoperados/as,postoperados/as y no operados/as; crosdreseros/as, (anteriormentellamados travestis o travestidos/as), los que usan la ropa del sexoopuesto con el n de expresar mejor una identidad interior decrossgénero; personas intersexuales (anteriormente llamadashermafroditas) y muchas otras identidades demasiado numerosascomo para enumerarlas aquí.

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    Es importante tener en cuenta que el término “transgénero” describea muchos grupos de personas distintas pero relacionadas queusan una variedad de otros términos para auto identi carse. Porejemplo, muchos/as transexuales se ven a sí mismos/as como un

    grupo separado y no quieren ser incluidos bajo el término campana“transgénero/a”. Muchos/as transexuales postoperados/as ya no seconsideran transexuales. Algunos/as transexuales no operados/as seidenti can a sí mismos como “transgenderistas”. Más allá de estavariación en la terminología, la mayoría de la gente trans estaríade acuerdo con que su auto identi cación es un derecho personalimportante, lo cual nosotros apoyamos decididamente (p. 33-34).

    Transexualidad

    El transgenerismo y la transexualidad como experienciashumanas tienen en común que las personas se de nen en lasidentidades trans, en las cuales se traspasan los roles y asignaciones tradicionales entre los géneros. No obstante, la transexualidad escualitativamente distinta al transgenerismo y de ne una situaciónen la cual existe un desajuste, disgusto o malestar respecto al sexocorporal, percibido como opuesto al género asumido (disforiade género). Esto es denominado clínicamente Trastorno de laIdentidad de Género: “Es un con icto entre el sexo físico realde una persona y el que realmente la identi ca. Por ejemplo, una

    persona identi cada como hombre puede realmente sentirsey actuar como mujer” (Trastornos de la Identidad de Género ,disponible en: www.nlm.nih.gov/medlineplus/.../001527.htm).

    Son personas nacidas hembras o varones, con su respectivasocialización de género —con ictiva la mayoría de los casos—,que no se identi can con su sexo biológico y se “sienten” delsexo opuesto, asumiendo los comportamientos, roles e identidadde género correspondientes al género psicológico autopercibido.“…Una persona transexual desea cambiar su sexo genitalporque no le corresponde con su sexo psicológico” (Baile, J.I.2008. p. 36). Así, las y los transexuales están “en tránsito” desde

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    su sexo biológico-genital de nacimiento hacia su sexo psicológicpercibido, ya sea a través de su vestimenta, conductas, roles eidentidad, con terapéuticas cosméticas, estéticas, tratamientoshormonales y quirúrgicos, etc.

    Desde la perspectiva psicológica re ere un con icto entre suidentidad sexual y su identidad de género, el cual no involucrasu orientación sexual. No deben ser confundidos con los transgéneros y travestis, quienes asumen identidades y roles degénero distintos a su sexo de nacimiento, pero no se sienteninconformes con su sexo y su corporalidad.

    Se desconoce el origen de esta condición que acompaña alindividuo/a por toda su vida. Uno de los aspectos relacionadoscon posturas recientes en la psiquiatría y sexología médicaestablece que el cerebro es el órgano sexual más importante y elúnico que de ne el sexo de una persona. Todo esto sobre la basede que la identidad de género tiene un sustrato o componenteneurológico localizado en estructuras del Sistema NerviosoCentral y el cerebro. Algunos autores re eren como posible causade la transexualidad el Síndrome de Harry Benjamin (SHB). Emuchos de estos casos se puede reconocer que experimentaneste con icto de identidad desde su temprana infancia, y estono involucra su orientación sexual, pudiendo identi carsecomo: heterosexual, homosexual o bisexual, respecto al géneroasumido. En la mayoría de los casos no se identi can comohomosexuales por cuanto no hay identi cación positiva con su

    sexo de nacimiento, sino con su identidad de género de acuerdoa su sexo psicológico. Interesantes estudios recientes se hanenfatizado en los aspectos y determinantes biológicos de estacondición humana, encontrando que la constitución del cerebroy siología neuroendocrina corresponde con el sexo psicológicoy la identidad de género autopercibida. De allí que muchas/os encuentren respuestas en las terapéuticas quirúrgicas dereasignación sexual, requiriendo apoyo y evaluación psicológicpara el diagnóstico con certeza de esta condición, pues un errorpodría conducir a decisiones que afectarían negativamente la vidde la persona. Estos abordajes quirúrgicos han sido ampliamentediscutidos y cuestionados desde perspectivas críticas, feministas

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    sexo-género diversas, pues forman parte del debate sobre estos temas (Maf a, D. y M. Cabral, 2003. pp 86-96).

    Disforia de género

    Es la disconformidad o malestar psicológico derivado de laidentidad sexual autopercibida como una corporalidad inadecuada.Se ha denominado Disforias de Género a la: “diferencia entreidentidad/rol de género por un lado y las características físicasdel cuerpo por el otro. En el transexualismo, la identidad/rol degénero de un sexo coexisten en una misma persona con lascaracterísticas primarias y secundarias del otro sexo” (2007. Dr.Gooren, c.p. Espinosa P., Beatriz, 2008. p. 73).

    • Transexual masculino: persona que siente, piensa y actúacomo hombre aun cuando naciera con genitales femeninos.Se re ere a que su cuerpo transita de mujer a hombre. Debeser identi cado como hombre (2008. Espinosa P., Beatriz.p. 73). Se identi ca en castellano bajo las siglas MaH, quesigni ca de Mujer a Hombre.

    • Transexual femenina: persona que siente, piensa y actúacomo mujer aun cuando naciera con genitales masculinos.Transita de hombre a mujer. Debe ser identi cada comomujer (p. 73). Se denota con las siglas HaM o de Hombre aMujer.

    IntersexualidadEs un conjunto de estados, condiciones y situaciones diferentes quese de nen bajo una condición biológica innata común, en la cual sepresentan trastornos o alteraciones que di cultan el diagnósticodel sexo de nido con seguridad y certeza, observándose enmuchos casos ambigüedad sexual. Clínicamente se conocencomo Trastornos de Desarrollo Sexual (TDD). Popularmentese han denominado erróneamente “hermafroditas”, por lo quela denominación de intersexualidad o estados intersexuales,intersexos o personas intersex se adecúa mejor a esta situaciónhumana. La de nición médica establece:

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    de consenso de los casos frecuentes, pero que no incluye otroscasos más excepcionales:

    Clasifcación:

    Pseudohermafroditismo femenino- Aumento de andrógenos fetales (tumores congénitos:

    adrenales, ováricos).- Hiperplasia suprarrenal congénita.- Hiperandrogenismo materno.- Administración de andrógenos. Pseudohermafroditismo

    masculino.- Defecto de secreción de testosterona.- Anomalías de las células de Leydig.- Defectos enzimáticos de la biosíntesis de testosterona.- Anomalías de acción de los andrógenos.- Dé cit de 5 alfa-reductasa.- Insensibilidad a los andrógenos.- Persistencia del conducto de Müller.

    Disgenesia gonadal: pura o combinada.

    Hermafroditismo verdadero: presencia de teste y ovariocontralateral. Ovoteste. combinado con testículo u ovariocontralateral. Dos ovotestes. Ovoteste y gonadoblastoma.contralateral” (Torán Fuentes, Hospital Vall D´Hebron. BarcelonaEspaña).

    Siendo todos estos casos distintos entre sí y muy complejos,su abordaje ha sido principalmente biomédico. Lo que hacomplicado la resolución de estos casos han sido los aspectospsicológicos y jurídicos concernientes, que conllevan profundasimplicaciones en la vida futura de estos niñ*s1 por los problemaspara establecer el diagnóstico adecuado del sexo. El problema es

    1 Hemos empleado en ciertos contextos expresiones con asterisco para referirnos aidentidades y condiciones de género que rompen con las identidades tradicionalesestablecidas culturalmente para el hombre y la mujer, según su sexo de nacimiento.

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    que en los diferentes casos hay di cultades para un diagnósticosexual certero, basado únicamente en estudios biomédicos ycriterios biológicos sin considerar los aspectos psicológicos qusurgen en el desarrollo psicosexual. Así, también son insu cientey discutibles los criterios médicos para decidir los procedimientoindicados para cada caso. Sin tomar en cuenta los aspectospsicosociales, así como la identidad sexual y la identidad degénero, tanto como el consentimiento informado del individuoque aún es un niño o niña no de nido y cuya identidad está enproceso de desarrollo.

    Muchos de los casos identi cados al nacer son intervenid*s tempranamente, con un signi cativo margen de error médico,impulsados por la reacción familiar que con frecuencia presionpara un diagnóstico sexual precoz, aun cuando se requiere tiempo para todos los estudios y exámenes que deben serrealizados para establecer el mismo. Por ello, tampoco puedenimponerse nombres femeninos o masculinos, ni ser registradoslegalmente al nacer para no errar en la identidad asignada, lo que también ocurre usualmente con otro alto margen de error. Confrecuencia, la asignación de la identidad legal y sus respectivodocumentos implica la identi cación con una identidad masculino femenina decidida por los padres con o sin la opinión médica, yen muchos casos, cuando el individuo crece y se desarrolla, estano coincide con la identidad de género del sujet* intersexual.

    En la mayoría de los países en vías de desarrollo, en zonas rurale

    y hospitales de provincia no se diagnostica oportunamente el trastorno si este no es muy evidente o visible con respecto a laambigüedad sexual mani esta en la alteración genital, o en otrosíntoma resaltante. Otras veces es ocultado por considerarseuna “deformidad” o “monstruosidad”, privando al niñ* de lasposibilidades de atención médica y con nando así su vida y supsicología a la vergüenza del secreto corporal. Otro importantenúmero de casos se diagnostica tardíamente en la adolescencia,cuando el con icto se hace evidente con los trastornos quepuede acarrear la pubertad en estos estados intersexuales, esdecir, con el desarrollo trastocado en las características sexualessecundarias que aparecen con la pubertad. Esto complejiza su

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    solución, requiriendo muy tempranamente ayuda psicológica ymédica para llevar una vida sana y satisfactoria, no solamentela persona intersex, sino los padres y familiares que tienen laresponsabilidad de la crianza y educación de estos niñ*s.

    La condición socioeconómica o de clase es un aspectofundamental de inequidad que incide directamente en la vivenciade estas situaciones como otra forma exclusión social. Las familiasprovenientes de contextos de escasos recursos, rurales o peri-urbanos de bajo nivel de instrucción, lidian con esta vulnerabilidadadicional respecto a las posibilidades de toma de decisiones libresy consentidas frente al aparato médico y la institución de salud.Su condición social en ocasiones es esgrimida por miembrosdel equipo de salud como argumento para no informar, pararealizar intervenciones sin el debido consentimiento y noadvirtiendo los riesgos sobre las di cultades en el diagnósticosexual, sus implicaciones a futuro y opciones terapéuticas. Lafalta de recursos sociales, de información cientí ca actualizaday oportunidades para comprender, dar contexto y signi cadopropio a esta situación, es otra limitación sociocultural que debenenfrentar estos individuos cuando toman conciencia del problemade la intersexualidad. La precariedad en las condiciones de vidaimpone prioridades; y en ocasiones problemas urgentes como elhambre, el desempleo, la violencia o el abandono dejan de ladocualquier dolencia de salud.

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    Las preocupaciones propias de la condición intersexual puedenquedar desplazadas ante problemas más elementales. Es frecuenteque la falta de dinero se conjugue con la di cultad de acceso aservicios de salud. Aun cuando los familiares del infante identi quenuna diferencia en las formas corporales, esto no será un motivosu ciente para movilizarlos al hospital. La inquietud inicial en loscasos de genitales “ambiguos” puede ser acallada ante la urgenciade resolver situaciones críticas de la existencia cotidiana. Este hechoresulta trascendental en muchos sentidos. Primero, en repetidoscasos se retrasa la edad del contacto inicial con la institución médica.Segundo, implica que la declaración inicial de la asignación sexualpuede sujetar la identidad incluso por encima de la variabilidadanatómica. Tercero, conforme el infante crece y después de hacerse

    consciente de sus formas corporales, tiende a esconder su cuerpopara evitar los actos de violencia o comentarios hirientes provenientes

    de su entorno social. Cuarto, el hecho de sentirse diferente por lascaracterísticas corporales relacionadas a la asignación sexual, nocuestiona necesariamente la identidad, ni dispara la re exión sobre elsí mismo y la estructura de género. (Alcántara Zavala, E. 2009. P. 28)

    El problema es que no se trata de homosexuales, no de

    transexuales, sino de personas con una condición biológica queles impide situarse biológica, psicológica y socialmente en algude las concepciones tradicionales binarias de género (hombre-mujer) y, cuyo consentimiento informado y percepción de símism*s requieren ser tomados en cuenta para la indicaciónoportuna y adecuada de cirugías, tratamientos hormonalesy remodelación o reasignación sexual, de experiencias de vidaque tampoco caben en las prescripciones patriarcales de género tradicionales. Esto conlleva a l*s intersex a experimentar múltiplintervenciones y cirugías, asimiladas como mutilaciones corporalque toman formas institucionalizadas de violencia sexual, así comexclusiones, discriminaciones y sufrimiento humano que ademá

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    se combinan con determinantes socioeconómicos de clase socialy socioculturales que di cultan desde el diagnóstico hasta laasunción social del problema, tanto como el acceso a los avancesen salud (terapéuticas y quirúrgicas) y de servicios psicosociales ylegales que puedan facilitar la solución de estos casos.

    La situación intersex es también una identidad política queemerge de esta condición y pugna por la apropiación del propiocuerpo como sujeto de ciudadanía. Al respecto basta leer lade nición que ell*s mism*s hacen de la situación intersexual:

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    … La de nición de intersexualidad que utilizamos tanto en este textocomo en nuestra práctica habitual como teóricos y activistas políticosintersex se separa de las connotaciones puramente diagnósticasde su empleo biomédico, para ser enunciada desde una posicióneminentemente subjetiva. De este modo, llamamos intersexualidadal conjunto de situaciones en las que la bioanatomía de una persona

    —y, en particular, su aparato sexual-reproductivo— no conformalos standards culturalmente vigentes de corporalidad femeninao masculina (standards que actúan, es preciso recordarlo, comoideales de enorme e cacia regulativa). Esta no-conformidad corporal(no-conformidad entre carne y cuerpo genéricamente sexuado,podríamos decir) puede adoptar formas diversas (clítoris “demasiado”

    grandes, penes “demasiado” pequeños, ausencia de vagina, órganos“malformados” etc.) que no necesariamente comprometen laasignación de un género al nacer, sino que marcan una diferenciadada respecto de un standard asociado con la diferencia sexualcomo naturaleza binaria. Caer fuera del standard corporal de lafeminidad o la masculinidad ha implicado para much*s de nosotr*s,

    e implica también en el presente para much*s otr*s niñ*s intersex elsometimiento a tratamientos de “normalización” corporal, a través deintervenciones quirúrgico-hormonales y sociales (como reasignacionesde género, cambios de nombre, etc), realizados en la primerainfancia, sin el consentimiento de la persona intersex en cuestión, ymuy frecuentemente mantenidos en secreto hasta la adultez. Comopersonas intersex sometidas en su niñez y adolescencia a estostratamientos —que denunciamos como mutilación genital infantil

    intersexincorporamos decisivamente la experiencia del daño comoparte central de la de nición de intersexualidad, cuando intersex seenuncia en primera persona, cuando nuestro nombre es intersex.(Cabral, M. y A. Rojma,. 2004).

    Buena parte del problema no deriva de la alteración en sí misma ode sus consecuencias para la salud, surge del abordaje biomédicode esta condición, que tiene profundas implicaciones psicológicasociales y legales. Tal abordaje medicaliza un problema social dgénero signado por la homofobia que proviene de considerar

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    “anormal” un estado o situación bajo la lógica binaria degénero dominante. Así, se busca modi car el cuerpo intersexmediante cirugías, para encajarlo con las expectativas socialesasociadas a los fenotipos sexuales femeninos y masculinossocioculturalmente establecidos. Estas concepciones patriarcalesdominantes obligan a padres desinformados y médicas/os conbuenas intenciones, a proceder a un periplo de intervencionesy terapéuticas que no esperan por el consentimiento del niñ* ycuyas consecuencias, sufrimiento y desarrollo psicosexual estaráaltamente comprometido, y demasiadas veces mutilado. DiceCabral (2003):

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    … La intersexualidad no es una enfermedad, sino una condición de noconformidad física con criterios culturalmente de nidos de normalidadcorporal, criterios que establecen, como vimos en el ejemplo anterior,un mínimo posible para el largo de un pene culturalmente admisible,la máxima extensión de un clítoris culturalmente aceptable. Porquedejando de lado aquellos componentes especí cos que puedentener consecuencias comprobables en el bienestar físico de laspersonas intersex, el abordaje contemporáneo de la intersexualidad,la identi cación y eliminación de la ambigüedad y de la diferenciaestán basados en supuestos que carecen de una base médicareal. Se trata más bien de juicios valorativos acerca de lo que son

    y deben ser las mujeres, los hombres, y su sexualidad. Ninguno deestos supuestos es inocente: bajo su apariencia de restauración delorden natural violentado por un síndrome u otro trabajan el temor ala homosexualidad (¿un hombre con un pene demasiado pequeño odisfuncional no terminará convirtiéndose en homosexual? ¿un clítorisdemasiado largo no abre el camino al lesbianismo?), el temor a unasexualidad femenina emancipada (¿acaso es posible que una mujer

    goce sexualmente de algo distinto, algo más que el sexo vaginal?¿cómo serían aprendidas, contenidas, controladas las mujeres conotros cuerpos?), el temor a la destrucción de ese mismo orden quele sirve de fundamento. Ninguno de estos supuestos es inocuo: laspersonas sometidas a cirugías correctivas sufrimos durante años, ymuchas veces durante toda la vida, las secuelas de la intervencióndestinada a normalizar nuestros genitales: insensibilidad, cicatrices

    internas y externas, infecciones urinarias a repetición, hemorragias,traumas post quirúrgicos. Pero las cirugías intersex no solamenteconllevan una pérdida irreparable –e innecesaria– de la integridadcorporal sino también, en muchos casos y deliberadamente, la de lahistoria personal… (pp.121-122)

    Para much* s de ell*s ser intersex es la imposibilidad de habitaaceptablemente su propio cuerpo. En esta condición el cuerpoportador de la identidad sexual de la persona es considerado

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    propiedad médica o familiar, mas no del sujet*, el cual a tan cortaedad no puede hablar aún, abogar por sí mism*, menos decidirsobre aspectos que de nirán su futuro como ciudadan* y sersexuad*. Más difícil será descifrar la propia vida y la experienciade ser quien fue al nacer en contraste con quien está siendo enel presente. La identidad personal es —en estos casos— porla fuerza de los hechos, una transición, y no por derecho, sinopor considerarse “mal hecho”; debido a que médicos, psicólogos,endocrinólogos, el personal de salud, Comités de Bioética eincluso los padres y familiares decidieron “por su propio bien”que este individu* no será como es:

    Lo que voy a decir es que el movimiento intersex considera que haysujetos que no son sujetos para el Estado, que no son sujetos para lapolítica, que no son sujetos para otros movimientos emancipatorios,incluyendo los movimientos feministas, la izquierda y los movimientosde gays y de lesbianas, muchas veces incluyendo el movimientotrans. Hay sujetos que no son sujetos hasta que sus cuerpos son

    normalizados y uno no entra dentro de la vida política como sujetopolítico, no entra dentro de la ética por la cual se rige la sociedaddonde vivimos hasta que el cuerpo no adquiere la forma que debetener un cuerpo. Yo sé que a lo mejor el concepto puede resultarcontraintuitivo, es decir, ir en contra lo que habitualmente unopiensa y es la idea de que hay dos cuerpos y quien no está dentrode esos dos cuerpos podría desear estarlo. (Cabral, M. 2003a)

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    3Aspectos psicosocialesy vulneraciónde derechos

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    Prejuicios y estereotipos

    A pesar de que la sexo-género diversidad ha acompañado lahistoria de la humanidad en todos sus períodos, no siempre ha tenido la misma valoración social. En épocas antiguas, en Greciay Roma la homosexualidad tuvo bastante aceptación social yaque no se consideraba algo distinto. Era normativa según ciertascondiciones y reglas, no así algunas preferencias sexuales comoel sexo anal u oral, que han sido consideradas “sodomía” o “actoscontra natura” desde épocas medievales (siglos V y VI). Comoya se dijo, en otras culturas y etnias las prácticas sexuales entrepersonas de un mismo sexo son aceptadas en ciertos grupos deedad y, en otros lugares, en ritos de iniciación.Desde la Alta Edad Media, su prohibición, persecución ypenalización ha permitido la expansión de una variedad deprejuicios que acompañan la moral judeocristiana y los tabúesreligiosos compartidos con otras religiones extendidas, como laislámica. Todavía la homosexualidad y sexo-género diversidad seconsideran un pecado y constituyen una prohibición de carácter

    religioso, tanto en el cristianismo católico como en el islam y otrasreligiones. No obstante, la “sodomía” y la violación de las mujeresfueron y aún son prácticas de dominación que acompañan,desde épocas medievales, las invasiones, las conquistas, laesclavitud y la colonización de otros pueblos; aplicando la lógicacontradictoria del patriarcado y la doble moral sexual capitalistalegitima aquello que proscribe como pecado —en nombre dela “guerra necesaria”— y a favor de los intereses expansionistasdel imperialismo.

    Durante el siglo XIX pasó a ser conceptualizada como unaenfermedad, siendo objeto también de control social con la

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    trabajadoras/es sexuales o cuando son interceptadas en la calleo en centros nocturnos. Como constituyen una minoría social,la reivindicación de sus derechos tiende a ser menospreciada oconsiderada “no prioritaria”.

    Patologización

    Con el desarrollo de la investigación psicológica y delcomportamiento a mediados del siglo XX, se avanzó en unaperspectiva de aceptación como normal de estas condiciones, asícomo en los cambios jurídicos orientados a asegurar sus derechoshumanos, de la mano del surgimiento de un movimiento socialpor los derechos a la diversidad sexo-género.

    Desde 1980, se desclasi có por completo la homosexualidadcomo patología en los manuales o ciales de clasi cación deenfermedades y trastornos mentales DSM IV de la OMS, y en ladécada de 1990 la OMS eliminó toda conceptualización de estacondición como enfermedad. Esto ha sido considerado un granavance en la aceptación de estas personas y en la defensa de susderechos. Por ello, el 17 de mayo se ha convenido celebrar el DíaInternacional contra la Homofobia y la Transfobia.

    Homo-lesbo-transfobia

    La homofobia es el odio, miedo y rechazo hacia las personashomosexuales, así como hacia las otras personas de los grupos de

    diversidad sexual. No obstante, cuando se trata de transexualeso transgéneros se denomina transfobia, y lesbofobia cuando se trata de lesbianas. Para ser especí cos, hablamos de homo-lesbo- transfobia. Esta aversión opera bajo la misma lógica del sexismoy el racismo, sirviendo de justi cación para la discriminación,exclusión y persecución; incluyendo acciones violentas y crímenesde odio basados en la legitimación social que permite estasprácticas y las invisibiliza justi cándolas o haciéndolas parecernaturales.

    La homo-lesbo-transfobia está bastante extendida en buena partedel mundo, como parte de la ideología patriarcal heteronormativa

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    que legitima esta expresión de violencia de género, sustentadacon la expansión del cristianismo y la moral sexual judeocristianasí como también en la religión y cultura islámica. En algunpaíses es perpetrada de forma organizada por grupos de extremaderecha conservadores y algunos racistas que practican estasacciones considerándolas como “pro laxis social”, estigmatizanda estas personas de “invertidos”, “enfermos”, “escorias” o “basursocial”. En muchos países, esta persecución y acciones violentason aceptadas debido a que la homosexualidad es sancionadalegalmente como delito bajo preceptos religiosos. Todavía en 70países la persiguen (ciertas zonas de África, algunos países dAsia Central y en un considerable número de países islámicos)y la sancionan; mientras que en 8 persiste la pena de muerte(Nicaragua, India, Irán, Arabia Saudí, Emiratos Árabes, NigeSomalia, Sudán y Yemen). Costa Rica y Nicaragua no tienen leyque de forma directa prohíban la homosexualidad, pero prohíbenla práctica sexual de la sodomía como escándalo público.

    Venezuela no escapa a estas situaciones, aun cuando en losúltimos 20 años esta situación ha cambiado socialmente deforma signi cativa, impulsado por el Movimiento de Mujereslos grupos organizados de HSH y distintas ONG de lucha contrael VIH-SIDA y el movimiento LGBTTTI. Es pertinente destacque a partir del proceso constituyente y la aprobación de laConstitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999estos grupos han sido escuchados y recibidos en la AsambleaNacional, aunque no todas sus propuestas hayan sido acogidas. E

    lamentable la no inclusión de la no discriminación por orientaciósexual en el artículo 21 (CRBV y su Reforma en 2007), aun asla actual redacción es lo su cientemente amplia para ampararestos casos.

    Los avances en la defensa de los derechos humanos universalesaunados a esta situación de discriminación aún latente, es elorigen del reciente movimiento internacional por los derechoshumanos de estos grupos, a la par de los cambios sociales y jurídicos que se han experimentado en muchos países respectoa estas minorías.

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    de los casos de ambigüedad sexual es parte del manejoerróneo y tardío de estos casos, que conjuntamente con losprejuicios, tabúes e ignorancia sobre esta condición afecta lavida de esos niñ*s. Igualmente para el manejo de los casos dehomosexualidad, transgenerismo y transexualidad. La prestacióde servicios públicos y privados, así como en cualquier contextosocial, es obligante el respeto y consideración de la dignidad deestas personas, sin distingo de su orientación sexual, identidady expresión de género. Otro tanto es el derecho a contar conrespuestas oportunas y adecuadas de sus necesidades especí casen el área de la salud, basadas en los avances cientí co-tecnológicoy en el derecho humano a disfrutar de los bene cios derivadosdel progreso de la ciencia. Algunos casos presentan necesidadesparticulares —en ocasiones de urgencia—, de atención médicay quirúrgica que deben considerarse con prioridad, como es elcaso de los niños.

    Transexualidad e intersexualidad

    Muchos de los y las transexuales e intersexuales requieren deorientación psicosocial, legal y/o médica para la solución de sucasos. En los casos de los niñ*s y adolescentes con ambigüedadsexual requieren ser sujetos de políticas especí cas con prioridadabsoluta, no solo porque este es un principio que orientala Doctrina de Protección Integral, sino por la complejidady urgencia de algunos casos que comprometen la identidady sobrevida de la persona. De allí que sea necesario generar

    instancias, políticas públicas e instrumentos legales a rmativos protección de estas minorías que aseguren el ejercicio pleno desus derechos ciudadanos, incluyendo los sexuales y reproductivoEstas acciones son fundamentales para la creación de una culturde respeto de la sexo-diversidad, en el marco de una sociedadsocialista con equidad de género.

    Muchos de estos casos requieren efectivamente de nuevas tecnologías y complejas y avanzadas intervenciones quirúrgicde reasignación sexual, remodelación de genitales y/o de transición sexual, acompañadas de terapias especí cas que debenser orientadas con evaluación, atención y acompañamiento

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    especializado, psicológico y psicosocial para el seguimiento desus procesos de transición.

    En otros casos, las instancias legales han intervenido a favor deestos niñ*s para esperar su consentimiento informado para lascirugías de reasignación o remodelación sexuales.

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    4Derechos humanosy aspectos jurídicos

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    A continuación se exponen y comentan las bases legalesnacionales e internacionales para la protección y la de niciónde principios y criterios para el establecimiento de una posicióndefensorial.

    Marco legal internacional

    • Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948).

    • Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1976).

    • Principios de Yogyakarta (2007):

    El 26 de marzo de 2007, un grupo de exper tos, entre ellas/os jueces,académicas/os, un ex Alto Comisionado de Derechos Humanosde la ONU, los Procedimientos Especiales de la ONU, miembrosde órganos de los tratados, diversas ONG y otros, se reunieronpara establecer criterios para la aplicación de legislaciones sobre

    asuntos relativos a la orientación sexual y la identidad de género.El proceso contó con la relatoría del profesor Michael O’Flahertyy este grupo elaboró un documento que provee especi cacionespara la aplicación de la legislación internacional en derechoshumanos a las cuestiones de orientación sexual e identidad degénero, conocido como Principios de Yogyakarta.

    Los Principios de Yogyakarta son una serie de principios ycriterios para la aplicación de los instrumentos internacionalesde derechos humanos sobre asuntos relativos a la orientaciónsexual e identidad de género. Incluyendo: ejecucionesextralegales, violencia y tortura, acceso a la justicia, privacidad,

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    un Estado, a pesar de solo tener estatus de observador), fueronespecialmente vocales en su oposición.

    Documento de trabajo sobre Derechos Humanos e Identidad deGénero del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Europa

    En el marco de la última sesión del Congreso de DerechosHumanos, Orientación Sexual e Identidad de Género, realizadoel pasado 29 de julio en Copenhagen, Thomas Hammarbert(Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Europa)expuso el documento titulado:Derechos Humanos e Identidadde Género (issue paper o papel de trabajo), el cual constituye unllamado a los Estados para que reconozcan plenos derechos a laspersonas transexuales, transgénero e intersex:

    Se reconoce que la identidad de género es uno de los terrenos de

    discriminación. Las personas transgéneros, transexuales e intersexualescon frecuencia enfrentan serias violaciones de sus derechos humanos,tales como acoso en las escuelas o en sus lugares de trabajo. (p. 1)

    Este importante documento expone aspectos conceptuales ypsicosociales básicos sobre la identidad de género, contribuyendo

    al esclarecimiento de prejuicios e ignorancia sobre estos temas:

    La noción de identidad de género ofrece la oportunidad de comprenderque el sexo asignado a un niñ@ al nacer podrá no corresponder conla identidad de género innata que esta persona desarrolle cuandoél o ella crezcan. Esto re ere a que cada persona siente interna

    y profundamente una experiencia de género, la cual puede o nocorresponder con el sexo asignado en el nacimiento, e incluyendola percepción personal del propio cuerpo y otras expresiones de

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    género (i.e. expresión de género) tales como ropas, formas de habla,manierismos. La mayoría de las personas legalmente de nidas comohombres o mujeres tienen correspondiente una identidad de géneromasculina o femenina. No obstante, las personas transgéneros nodesarrollan una identidad de género correspondiente [a su sexoasignado] y pueden desear cambiar su estatus legal, social y físico

    —o parte de ello— para corresponder con su identidad de género.Las modi caciones de la apariencia corporal o funciones mediantevestidos o cirugías es frecuentemente parte de la experienciapersonal de género de las personas transgéneros.

    Presenta datos, aspectos legales y puntos de vista sobre temasespecí cos relevantes, tales como: análisis de los derechoshumanos especí cos a nivel internacional, la discriminación refera la identidad de género en países europeos, reconocimientolegal de la identidad asumida, criterios para el cambio de sexoy nombre, consecuencias familiares, acceso a servicios de saluacceso al mercado laboral, transfobia y violencia contra persona transgéneros, refugios y asuntos de migración de transgéneros, ascomo recomendaciones sobre buenas prácticas en estos temas.

    Avances internacionales

    En América Latina se han observado importantes avances en

    políticas públicas e instrumentos jurídicos a favor de los derechode las mujeres que tocan a las comunidades LGBTTTI . Todos elloalcanzados al calor de las luchas de los movimientos populares. Loinformes sobre la Región apuntan que en Argentina, Chile, CubaEcuador, Panamá y Puerto Rico, se han introducido avances pardespenalizar la homosexualidad. En Ecuador, se han elaboradoleyes para eliminar y sancionar la discriminación por orientaciósexual. Puerto Rico aprobó una ley que tipi ca, sanciona y castiglas acciones violentas y agresiones por homofobia y crímenes dodio. En otros como Argentina, Colombia, Costa Rica, Méxicoy Perú, también se han redactado instrumentos jurídicos parasancionar la discriminación por orientación sexual. Se espera qu

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    en Bolivia ocurra lo mismo para asegurar los derechos humanos,incluida la homosexualidad, con otras identidades como raza,cultura, religión, etc.

    En países como Argentina, Brasil (en el estado de Rio Grandedo Sul), México (la Ciudad de México y el estado de Coahuila),Colombia y en todo el Uruguay, se han generado avances paraque los homosexuales tengan derecho a convivir juntos comomatrimonio, reconociendo las uniones de hecho, concubinatos ouniones civiles, además de contar con protección otorgada contralas agresiones y discriminaciones. En Argentina, recientemente seaprobó una ley que permite el matrimonio entre personas deun mismo sexo.

    Recientemente, en contados países se han establecido nuevosinstrumentos legales para facilitar el matrimonio y legalizar lasuniones de las personas de un mismo sexo. Entre ellos, cincopaíses lo aplican: Bélgica (2003), Canadá (2005), Holanda (2001),Sudáfrica (2006), España (2005) y el estado norteamericano deMassachusetts (2004). En otros se permite que las parejas delmismo sexo puedan reconocerse y registrarse como parejaso uniones civiles. Entre ellos: Andorra (2005), República Checa(2006), Dinamarca (1989), Finlandia (2002), Francia(1999),Alemania (2001), Groenlandia (1996), Islandia (1996),Luxemburgo (2004), Holanda (1998), Nueva Zelanda (2005),Noruega (1993), Eslovenia (2006), Suecia (1995), Suiza (2007),Reino Unido (2005), la ciudad de Buenos Aires (2003) y la

    provincia de Río Negro (2003) en Argentina, Tasmania (2004)en Australia, el estado de Rio Grande do Sul (2004) en Brasil,Nueva Escocia (2001) y Quebec (2002) en Canadá, los estadosde Connecticut (2005) y Vermont (2000) en los Estados Unidos(Otosson, D. 2006).

    Uruguay es el primer país de Latinoamérica que aprueba unaley que reconoce las uniones de hecho o concubinato decarácter civil en parejas homosexuales, mediante la Ley de UniónConcubinaria. En la misma se aseguran los mismos derechos queen el matrimonio. Además, se asegura el derecho a la adopciónmediante la modi cación del Código de la Niñez y Adolescencia.

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    Otro avance de importancia es aquel que facilita el acceso a laadopción conjunta de niños y niñas a parejas del mismo sexo.Entre ellos, seis países: Islandia (2006), Holanda (2001), Sudáfr(2002), España (2005), Suecia (2003), Reino Unido (2005)algunas zonas de Australia y Estados Unidos. Otros tales comoDinamarca (1999), Alemania (2004), Noruega (2002) y algunazonas de Australia y de Estados Unidos permiten a las parejasdel mismo sexo la adopción de los hijos del concubino(a) ohijastros(as) (Otosson, D. 2006).

    Respecto a la protección de la identidad sexual o causas asociadassolo Nueva Zelanda prohíbe los crímenes de odio derivados.Ningún país prohíbe la discriminación por razón de identidadsexual. Sin embargo, existe una legislación tal en algunas zonas Australia, Canadá y Estados Unidos (Otosson, D. 2006).

    Nuevas leyes en Uruguay

    Uruguay, un país con una larga data de tradiciones conservadoraha desarrollado avances importantes en cuanto a instrumentos jurídicos innovadores que apoyan las transformaciones socialeimpulsadas por el Gobierno del Frente Amplio. Desde hacemás de un quinquenio, sectores feministas y del movimientode mujeres venían impulsando un anteproyecto de ley sobrederechos sexuales reproductivos, que se aprobó en diciembre de2008 —luego de varios intentos frustrados e intensos debatesparlamentarios y públicos—. Se trata de la Ley de Defensa a

    Derecho a la Salud Sexual Reproductiva (Ley 18.426 publicadD.O. 10/dic/008 - Nº 27630). La misma estatuye los derechossexuales reproductivos como derechos humanos garantizadospor el Estado, así como las políticas públicas que servirán deplataforma para la exigibilidad de los mismos.

    De igual forma, en enero de 2008 se aprobó la Ley de UniónConcubinaria (Ley Nº 18.246 Publicada D.O. 10 ene/008 - Nº27402) que establece el reconocimiento de las uniones depersonas del mismo sexo, según lo indicado en el artículo 2 dela misma:

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    Artículo 2º. (Caracteres).—A los efectos de esta ley se considera uniónconcubinaria a la situación de hecho derivada de la comunidad devida de dos personas —cualquiera sea su sexo, identidad, orientaciónu opción sexual— que mantienen una relación afectiva de índolesexual, de carácter exclusiva, singular, estable y permanente, sin estarunidas por matrimonio entre sí y que no resulta alcanzada por losimpedimentos dirimentes establecidos en los numerales 1º, 2º, 4º y5º del Artículo 91 del Código Civil. (Ley Nº 18.246. Publicada D.O. 10ene/008 - Nº 27402)

    Finalmente, recientemente en octubre de 2009 se aprobaronlas modi caciones sobre adopciones al Código de la Niñez yAdolescencia, regulando el proceso y permitiendo el acceso ala adopción a parejas concubinarias, lo cual facilita este derechoa parejas de un mismo sexo (Ley 18.590. Código de la Niñez yAdolescencia. Modi caciones relativas a adopción. Publicada D.O.16 oct/009 - Nº 27837).

    Marco legal nacional

    Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

    - Art. 2: Establece el Estado democrático y social de Derechoy Justicia propugnando valores superiores como: la vida, la

    igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidadsocial, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y elpluralismo político.

    - Art. 3: Establece que el Estado tiene como nes esenciales ladefensa y el desarrollo de la persona, el ejercicio de la voluntadpopular, la construcción de una sociedad justa y amante de lapaz, la promoción de la prosperidad y el bienestar del pueblo.

    - Art. 19: Garantía de los derechos humanos.

    - Art. 20: Derecho al libre desenvolvimiento de la personalidad.

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    - Art. 21: Garantías de igualdad ante la ley y no discriminaciópor raza, sexo o condición social.

    • Literal 2: Prescribe la adopción de medidas positivas afavor de personas o grupos que puedan ser discriminados,marginados o en estado de vulnerabilidad.

    - Art. 22: La ausencia de instrumentos legales no menoscaba eejercicio pleno de los derechos humanos.

    - Art. 23: Jerarquía constitucional de los acuerdos y pactosinternaciones suscritos por el país.

    - Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes(2007)

    • Art. 3: Principio de igualdad y no discriminación.

    • Art. 5: Obligaciones de la familia e igualdad de género en lacrianza de niños, niñas y adolescentes.

    • Art. 7: Prioridad absoluta.

    • Art. 8: Interés Superior.

    • Art. 16: Derecho a un nombre y nacionalidad.

    • Art. 28: Derecho al libre desarrollo de la personalidad.• Art. 32: Derecho a la integridad personal.

    • Art. 33: Derecho a ser protegidas(os) contra el abuso y laexplotación sexual.

    • Art. 35: Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia yreligión.

    • Art. 36: Derechos culturales de las minorías.

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    • Art. 41: Derecho a la salud y a servicios de salud.

    • Art. 43: Derecho a la información en materia de salud.

    • Art. 48: Derecho a atención médica de emergencia.

    • Art. 50: Salud sexual y reproductiva.

    • Art. 56: Derecho a ser respetados por los educadores.

    • Art. 65: Derecho al honor, reputación, vida privada, propiaimagen e intimidad familiar.

    Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo

    Capítulo III. De los Principios Fundamentales del Derecho delTrabajo. Establece explícitamente la no discriminación pororientación sexual:

    Artículo 8°Enunciación: Los principios aludidos en el literal e) del artículo 60 dela Ley Orgánica del Trabajo serán, entre otros y sin perjuicio de suprevisión expresa en la legislación laboral, los siguientes ( )e) Principio de no discriminación arbitraria en el empleo, por razones

    de género o preferencia sexual, condición social, raza, religión, ideologíapolítica, actividad sindical, o cualquiera otra fundada en criterios derelevancia incompatibles con el ordenamiento jurídico.Este principio comprenderá las discriminaciones que pudierensuscitarse con antelación al nacimiento de la relación de trabajo, talescomo, entre otros supuestos, imponer como condición de admisión ala empresa el abstenerse del ejercicio de actividades sindicales o elsometerse a exámenes de embarazo. (LOT, p. 3)

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    Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre deViolencia (2007)

    • Art. 4: Garantía de efectividad a todas las mujeres sin distingode nacionalidad, origen étnico, religión o condición personal jurídica o social.

    • Art. 14: De nición de violencia contra las mujeres.

    Decreto Presidencial Nº 364 Norma O cial para la Atención Integralde la Salud Sexual Reproductiva (G.O. Nº 17.705, 3 de junio de2003)

    • Tomo I: Marco conceptual sobre género, sexualidad yderechos sexuales reproductivos.

    • Tomo II: Normas, reglamento.• Tomo III y procedimientos para la atención integral en SSR

    sin discriminación de género.

    Proyecto de Ley Orgánica por la Equidad e Igualdad de Género

    Vacíos legales y de políticas socialesSon múltiples los vacíos e inde niciones legales y en políticpúblicas respecto a las personas sexo-diversas, ya que hay unaausencia de prescripciones y consideraciones especí cas queal no referirse dejan excluidos a estos grupos. Se trata de unespectro amplio de necesidades sociales que requieren seratendidas en sus particularidades. No obstante, algunos aspectosrevisten urgencia y prioridad.

    Es urgente la revisión de todas las normativas vigentes a n derradicar cualquier elemento que sirva o pueda ser utilizado

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    de forma excluyente o discriminatoria. Así como incorporarartículos con indicaciones de protección especí cas a la nodiscriminación por orientación sexual, identidad o expresión degénero. Particularmente en aquellas donde estas condicionesson penalizadas ancestralmente, como los códigos y reglamentosmilitares:

    Código Orgánico de Justicia Militar (1998) Artículo 565º El o cial que cometa actos que lo afrenten o rebajensu dignidad o que permita tales actos, sin tratar de impedirlo por losmedios autorizados por la Ley, será penado con prisión de uno a tresaños y separación de las Fuerzas Armadas.La misma pena se aplicará a todo militar que cometa actos sexualescontra natura. (p. 110)

    Como puede observarse se hace alusión a prácticas sexualesasociadas a la homosexualidad. En 2005, se designó una comisiónpara su revisión y habría que considerar la modi cación de esteestamento.

    Los casos de los niñ*s con ambigüedad sexual requieren seratendid*s con prioridad absoluta e interés superior, no soloporque son los principios rectores de la Protección Integral,

    sino también porque la condición de edad temprana “facilita”la toma de decisiones por otros/as y violaciones de derechos,desconociendo lo que puede ser o lo que será este niñ* en elfuturo mediante una decisión de vida. Las cirugías “normalizadoras”e intervenciones no terapéuticas sin consentimiento informadodeben estar justi cadas médicamente bajo criterios terapéuticos,no pro lácticos ni cosméticos; o de lo contrario detenerse,puesto que pueden comprometer la integridad personal, laidentidad de género y los derechos sexuales reproductivos deestos ciudadan*s, quienes pueden interpretarlas como mutilacióno violencia sexual institucionalizada.

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    La erradicación de las acciones homo-lesbo-transfóbicas es unimperativo que debe ser incorporado a las actividades de defensade los derechos humanos como parte del derecho a la vida.

    El derecho a la identidad es un derecho básico consustanciala la existencia social y jurídica del ser, e inherente al ejercicide la ciudadanía. No contar con estos documentos, o peor aún,contar con una contradicción en la identidad legal, criminaliza uncondición humana, institucionaliza el tratamiento discriminatorilos abusos y procedimientos con rmatorios que violan losderechos de estas personas. Es un imperativo facilitar el accesoa documentos de identidad —de acuerdo a regulacionesy criterios adecuados— que reconozcan la identidad degénero, con procedimientos y criterios que no constituyan unarevictimización para quienes opten a la modi cación de estosdocumentos legales.

    En este sentido, se proponen algunos rubros de relevante yurgente intervención social:

    Protección de la vida y la integridad:

    - Instrumentos legales y políticas especí cas de protección aderecho a la vida, la integridad personal, no discriminacióny libre desarrollo de la personalidad, sin discriminación degénero, orientación sexual, ni identidad o expresión de

    género.- Prevención de la homofobia y protección de la vida,

    erradicación y prohibición de acciones violentas con lassanciones penales correspondientes, aplicadas de formaoportuna en los crímenes de odio, abuso o negligenciapolicial o de instituciones públicas y privadas.

    Políticas inclusivas y no discriminación:

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    - Fortalecer la educación de la sexualidad y equidad de géneroen el Sistema Educativo Bolivariano, con la incorporaciónde los temas de diversidad sexual en los ejes y áreasrelacionados, en todos los niveles y modalidades. Esto implica también la formación y capacitación, así como el desarrollode instrumentos pedagógicos y herramientas didácticas paraeste n.

    - Programas de salud especí cos y diferenciados conestablecimiento de criterios bioéticos y protocolos desalud, actualizados para la toma de decisiones consentidase informadas en los casos que se requiera y justi que laaplicación de terapias, cirugías e intervenciones de transición,reasignación o remodelación sexual; en los casos deambigüedad sexual, asegurando siempre el derecho sobre elpropio cuerpo y a la identidad de género.

    - Políticas inclusivas y fortalecimiento de la no discriminaciónpor orientación sexual, identidad y expresión de género.

    - Políticas y programas de acceso para la transición, reasignacióny/o remodelación sexual con terapias y tecnologías quirúrgicasadecuadas a los avances cientí cos, y con protocolos sanitariosactualizados.

    Políticas de acceso a los cambios de identidad y reconocimiento de

    derechos personales:- Criterios y procedimientos adecuados para el acceso

    oportuno de los cambios de identidad legal para las personas transgéneros, transexuales e intersexuales.

    - Criterios para el acceso y establecimientos de la identidadlegal y respeto a la no discriminación de transgéneros, transexuales e intersex, incluyendo el reconocimiento de laidentidad de género para los casos en la que se considerepertinente (este es un tema a de nir, junto a las condiciones

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    y regulaciones especí cas para personas transgéneros, transexuales e intersex).

    - Procedimientos administrativos y protocolos nacionales deconsenso regulatorios especí cos (servicios de salud) para eacceso al diagnóstico, de nición y cambios de identidad lega

    Políticas para el reconocimiento de los derechos relacionales:

    - Instrumentos jurídicos que aseguren el reconocimiento delas uniones y parejas homosexuales, así como la garantíade los derechos que devienen de estas uniones. Esto esespecialmente relevante por cuanto que las parejas y familiashomoparentales se encuentran desprotegidas legalmente.Se re eren tanto a los efectos personales habidos en lasuniones como a la disposición de los deberes y derechosconyugales (ej. deber de socorro mutuo, de representaciónen caso de incapacidad o de disposición de los restos), asícomo los patrimoniales (ej. comunidad de bienes ganancialesy sucesiones, derecho de herencia, separación, divorcio ycomunidades conyugales).

    - Criterios para el acceso a la adopción y tecnologías dereproducción asistida para todos los sectores sociales,incluyendo parejas homosexuales. Esto pasa por elreconocimiento social, político y jurídico de las familia

    homoparentales venezolanas.- Garantía de acceso a la prevención oportuna y anticoncepción

    en salud sexual y reproductiva, incluyendo el derecho a lareproducción en casos de cambio de sexo , las interrupcionesde embarazos por causas de violación, enfermedades,discapacidades, violencia de género, homo-lesbo-transfobiay problemas especí cos que atañen a las condiciones delas personas homosexuales, transgéneros, transexuales eintersex.

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    En opinión de relevantes expertas feministas, estos asuntosbien podrían ser objeto de una ley especial que los contenga yestablezca las regulaciones necesarias, lo cual no solo aseguraríalos derechos humanos de la comunidad LGBTTTI, sino quefacilitaría los debates de otros instrumentos legales tambiénimportantes y urgentes.

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    5Otras dimensionespolíticas

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    La erradicación de toda discriminación sexista y homófoba esparte fundamental de la construcción del socialismoVenezuela es un país latinoamericano con una larga herenciade sexismo, machismo y homo-lesbo-transfobia, heredados deuna cultura patriarcal, del eurocentrismo colonial y de la moralburguesa judeo-cristiana. Por siglos, la exclusión y discriminaciónde estas personas estuvo acompañada de manifestaciones yacciones violentas realizadas por diversos sectores. En las últimasdécadas del siglo XX, era —y aún es— común en algunas grandesciudades la perpetración de estas acciones por jóvenes de clasemedia alta, no sancionadas y hasta permitidas por los órganospoliciales de los regímenes de la IV República. En ocasiones, losórganos policiales han sido los actores de la represión y de lasprácticas abusivas contra personas sexo-género diversas/os.Todas rémoras de la sociedad colonial y la doble moral burguesa.Como destaca Maia:

    sexismo y homofobia son previos al dominio de la burguesía, tienenraíces milenarias, forman parte del imaginario colectivo y de lasculturas más antiguas de la humanidad. La lucha feminista y la luchaLGTB son combates culturales esenciales a la construcción socialista,pero no pueden subordinarse a ninguna prioridad: son parte de lalucha anticapitalista y no parientes menores de esta. (Maia, B. 2009.p. 134)

    A una década de la Revolución Bolivariana, son muchos losavances jurídicos en materia de derechos sociales y sociopolíticos

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    evidencien otras diferencias sociales como etnia, territorio social,clase social y etapa del ciclo de vida.

    Hay que seguir analizando cómo la heterosexualidad en cuantoideología e institución social, construye y naturaliza no sólo la«diferencia de los sexos», sino también la «diferencia» de «raza»

    y de clase. Se trata de un campo inmenso y apasionante en el quela mayoría de los análisis quedan por hacer. (Falquet, J. 2009. p 12)

    Bien apunta Falquet (2009), así como otras autoras, que el análisisde género no debe desvincularse de otras categorías sociales quepermiten la transversalización de las diferencias socioconstruidas:

    disponemos al menos de dos poderosas herramientascomplementarias: las teorías de la imbricación de las relacionessociales de sexo, “raza” y clase, y el análisis del «pensamientostraight», es decir de la heterosexualidad como ideología e instituciónpolítica subyacente a todas las otras relaciones sociales. Estas teoríasincitan a alejarse resueltamente de las políticas «identitarias» quese hipnotizan alrededor de la defensa, adquisición o liberación dedeterminados atributos simbólicos, corporales y/o psíquicos de cierto

    sexo, «raza» o clase. (Falquet, J., 2009. p. 12)

    Cuestionar la “moda rosa” y cualquier resabio neoliberal quemediatice el carácter anticapitalista, socialista y feminista de lalucha LGBTTTI

    Tal como en otros movimientos sociales, en las luchas LGBTTTIsectores masculinos y de clase media alta tienden a protagonizarla lucha conformando nuevas élites y abanderando sus propiasagendas e intereses. Este es un fenómeno advertido por variedad

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    Soho en Londres o Le Marais en París, representan guetos deinversión privada que ofrecen la oportunidad a una determinada éliteeconómica y cultural (el hombre blanco de clase media) de una vidaasumida públicamente, apartada y protegida relativamente de laviolencia discriminatoria. Estos grandes centros urbanos ofrecen unaespecie de “liberación” a través del consumo. Pero estas realidadesenmascaran, sobre todo, la cuestión de clase: la clase explotada notiene acceso a los bienes de consumo, por tanto no tiene “derecho” asu liberación. El mercado crea dos tipos de ciudadanos LGBT: aquellosque integra por el consumo y todos los demás que no considera y queestán expuestos a la discriminación diaria en el empleo, en la escuelaen la familia o que se esconden, muy al fondo del armario, para podersobrevivir. (Maia, B. 2009. p. 136)

    Esta correlación de fuerzas es tendenciosa en la sociedadvenezolana. Por lo que asumir una posición política es un deberrevolucionario y socialista. Sin duda alguna en la oposición alGobierno se anidan los sectores más retrógrados, reaccionariosy de derecha de la sociedad venezolana. Los sectores y gruposeconómicos que vinculados a la alta jerarquía eclesiástica integraronlos gobiernos de la IV República, son los que tradicionalmente seoponen con atavismos y tabúes a las transformaciones socialesque se vienen desarrollando en el país. Lamentablemente, en las

    las de los seguidores del proceso revolucionario y en los sectores

    a favor del Gobierno se encuentran grupos que por ignorancia,por posiciones conservadoras o por vinculación con sectoresreligiosos o por Dogmas de Fe, se oponen a estos cambiosnecesarios, algunos con faldas y francas actitudes femenarcas. Porello, este tema es de alta relevancia y un compromiso a favor dela sociedad inclusiva que se pretende construir. Implica cerrar lasa favor de los derechos humanos y la equidad de género con laspersonas LGBTTTI, incluyendo a las y los intersexuales, a quienesa veces ni se mencionan.

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    el feminismo y la lucha LGBT no son únicamente el combate porconquistas legales o la igualdad formal en el marco de los Estadoscapitalistas: son el cuestionamiento profundo de las relaciones entrehombres y mujeres y de la vida sexual de cada uno o cada una.Una estrategia revolucionaria no puede considerarse como tal si norevoluciona también ella los papeles de género que desempeñamos

    y si no cuestiona también lo que signi can los conceptos de hombre y mujer en la vida cotidiana de los individuos, en sus relaciones yen sus afectos. El amor, la amistad, el sexo, el género y los papelesque desempeñamos en la sociedad están imbuidos de prácticas ysímbolos de la dominación patriarcal: también luchamos contraestas “pequeñas cosas” de la vida cotidiana, que perpetúan estadominación. El socialismo también se construye por una vida nueva,un amor nuevo más libre, más igual y más solidario; es además asícomo se hace más fuerte. (Maia, B. 2009. p. 134)

    En distintas ocasiones las feministas han destacado que parte deproblema en la derrota de las experiencias socialistas del siglo XXfue la incapacidad de generar transformaciones socioculturaleprofundas que construyan igualdad y equidad entre hombres ymujeres en la vida cotidiana, tanto en el ámbito público como enlos espacios más privados, como la casa, la cocina y la cama. Llucha por los derechos LGBTTTI confronta no solo el régimenpatriarcal, heterosexual, androcéntrico y homo-lesbo-transfóbico

    sino también otras manifestaciones más re nadas de la culturay el modo de producción capitalista, como los tabúes religiososel modelo médico, las modas y el consumo, los derechos de lasfamilias, el cuerpo y la identidad, entre otros. Todos aspectos delas relaciones sociales absorbidos y penetrados por la lógica demercado. Falquet (2009) apunta:

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    Pero no nos equivoquemos: la naturalización de la posición social de laspersonas y el desarrollo de lo religioso como máxima expresión de lopolítico no son el enemigo principal: son sólo dimensiones ideológicasdel problema de fondo, que sigue siendo el proceso material deextracción y concentración de riquezas, es decir, de explotación, quela mundialización neoliberal ha intensi cado como nunca. (Falquet, J.2009. p. 12)

    Asumir la inseparabilidad de las luchas emancipatorias

    Fueron justamente los colectivos de lesbianas feministas negrasen 1974, quienes apuntaron que la lucha contra el patriarcadoy el racismo es la misma lucha contra el capitalismo, siendo esteun sistema social que impone la heterosexualidad normativa. Esla misma lucha contra las relaciones de poder dominantes y laexpresión de la lucha de clases, que se alimentan de combatircontra las diferentes caras y mecanismos de opresión-exclusión.De allí que la emancipación liberadora en el cambio social y porel enemigo común, en su objetivo principal, sean inseparables:

    El Combahee River Collective a rma por primera vez, en un mani estoque se volvió clásico, la inseparabilidad de las opresiones y por tantode las luchas en contra del:

    “La de nición más general de nuestra política actual puede resumirsede la siguiente manera: estamos activamente comprometidas en lalucha en contra de la opresión racista, sexual, heterosexual y declase y nos damos como tarea especial desarrollar un análisis yuna práctica integradas, basados en el hecho de que los principalessistemas de opresión están imbricados [ interlocking ]. La síntesisde estas opresiones crea las condiciones en las que vivimos. Comofeministas Negras, vemos el feminismo Negro como el movimientopolítico lógico para combatir las opresiones múltiples y simultáneasque enfrentan el conjunto de mujeres de color.” (Combahee RiverCollective, 2007 [1979] c.p. Falquet, J. 2009. p. 7)

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    Todo el análisis realizado hasta aquí busca enfatizar el caráctepolítico revolucionario que explicita e implícitamente conlleva defensa de los derechos LGBTTTI. Se trata de comprender queel sistema patriarcal lleva más de siete mil años de hegemoníay asimismo el capitalismo es consustancialme


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