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Modificaciones a las Disposiciones de Carácter General CNBV.pdf(360 días) 2 de junio de 2018...

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Modificaciones a las Disposiciones de Carácter General Agosto 2017
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Modificaciones a las Disposiciones de Carácter General

Agosto 2017

ANTECEDENTES

• A partir de junio de 2000, México es miembro del GAFI, enconsecuencia, el Estado mexicano asume el compromiso de adoptarmedidas acordes a los estándares internacionales prevalecientes enmateria de PLD/FT.

• Derivado de los compromisos internacionales la Secretaría deHacienda y Crédito Público emitió una modificación a lasdisposiciones de carácter general en materia de PLD/FT, en las quese hace especial referencia al Enfoque Basado en Riesgo contenidoen la número 1 de las Recomendaciones del GAFI.

• Se realizan modificaciones en cuanto a la identificación del usuariopersona moral para dar cabal cumplimiento a la recomendaciónnúmero 10 y se especifican tiempos de presentación deOperaciones Inusuales e Internas Preocupantes con base en larecomendación número 20.

Se publican en consecuencia en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo de 2017las siguientes modificaciones :

RESOLUCIÓN que reforma, adiciona y deroga diversas de las disposicionesde carácter general a que se refieren los artículos 115 de la Ley deInstituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General deOrganizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-Bis de este últimoordenamiento, aplicables a las sociedades financieras de objeto múltiple.

RESOLUCIÓN que reforma, adiciona y deroga diversas de las disposicionesde carácter general a que se refiere el artículo 95 de la Ley General deOrganizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito aplicables a los centros

cambiarios a que se refiere el artículo 81- A del mismo ordenamiento.

RESOLUCIÓN que reforma, adiciona y deroga diversas de las disposicionesde carácter general a que se refiere el artículo 95 bis de la Ley General deOrganizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, aplicables a lostransmisores de dinero a que se refiere el artículo 81-A Bis del mismoordenamiento.

SOFOMES ENR

Centros cambiarios

Transmisores de Dinero

ANTECEDENTES

Pri

nci

pal

es M

od

ific

acio

nes

a la

s D

isp

osi

cio

nes

de

Car

ácte

r G

ener

al

Metodología del enfoque basado en riesgos

Comité de Comunicación y Control

Oficial de Cumplimiento

Operaciones inusuales e internas preocupantes

Identificación de propietarios reales

Expediente de Identificación Personas Morales

Conocimiento del Usuario

10 de marzo de 2017

Entrada en vigor

5 de marzo de 2018

❖ Sistemas automatizados actualizados ❖ Recabar información de las obligaciones respecto de las operaciones que celebren a partir de que se venza el plazo ❖ Presenten el manual con las modificaciones ❖ Demás obligaciones establecidas en la resolución

Cumplimiento(360 días)

2 de junio de 2018

Implementación enfoque basado

en riesgo(450 días)

23 de abril de 2017

Cronograma de trabajo(45 días)

7 de junio de 2017

❖ Lineamientos Propietarios Reales❖ Lineamientos, guías y o mejores

prácticas del capítulo de Enfoque Basado en Riesgos

Línea de tiempo

Emisión de lineamientos

(90 días)

2017 2018

Se pretende con la implementación del EBR que cada una de lassociedades sujetas a supervisión sea capaz de identificar sus propiosriesgos de operación y de esta manera se encuentren en posibilidad dehacer frente a los mismos.

PROCESOS

1.IDENTIFICACIÓN

3.MITIGACIÓN 2.MEDICIÓN

Metodología del Enfoque Basado en Riesgo

Se aborda con la creación de un nuevo capítulo dentro de las Disposiciones de Carácter General, CAPÍTULO II BIS

Modificación

Cumplimiento

❖ Se puede presentar a travésdel SITI, contenida en elManual PLD/FT.

❖ Si está contenida en otromanual o documentoelaborado por lassociedades, se estimacontar con un apartado enel SITI para poder adjuntarloo en su caso en escrito libre.

Objeto

Comité de Comunicación y Control

• Se adiciona la posibilidad de dar a conocer la designación, adición o sustituciónde alguno de los miembros del CCC dentro de los 15 días hábiles a que dichasituación ocurra (anteriormente, esta información solo se podía dar a conocer demanera anual, los primeros 15 días del año).

• Esta información podrá presentarse a través del SITI, una vez que la secretaría dea conocer los medios electrónicos y el formato oficial.

• Se señala el deber de los titulares del CCC de asistir a las sesiones con laposibilidad de que sean suplidos, pero no por más de dos sesiones no continuaspor semestre, las sesiones deben ser mensuales.

Modificaciones

• Someter a aprobación del consejo de administración la metodología elaborada eimplementada para EBR, así como los resultados de su implementación

• Asegurarse de que la sociedad cuente con las estructuras internas en cuantoorganización, número de personas y recursos materiales y tecnológicos, deacuerdo con los resultados de la implementación de la metodología de EBR.

Facultades nuevas del Comité de Comunicación y Control

Oficial de Cumplimiento

Modificaciones

Cambios en los plazos de presentación de obligaciones.

Se establece la obligación de notificar respecto a la revocación del oficial.

Se crea la figura del oficial de cumplimiento interino.

Se agrega la función de presentar al comité la

metodología elaborada e implementada para la

evaluación de los riesgos y los resultados de su implementación.

Se establece como requisito para ocupar el cargo, contar con un puesto dentro de las tres jerarquías inmediatas inferiores a la de Director

General

Plazos para la presentación de obligaciones

•La notificación de la designación delOficial de Cumplimiento a la comisióndentro de los dos días hábiles a lafecha en que la misma se hayaefectuado.

•La revocación del oficial decumplimiento se dará a conocer alsiguiente día hábil de que ocurra.

•La designación del oficial decumplimiento interino se dará aconocer al día hábil siguiente a lafecha en que la misma haya ocurrido.

Oficial de Cumplimiento Interino

Duración máxima del

cargo 90 días naturales

durante un año calendario.

Se prevé la posibilidad de

que las sociedades designen

interinamen-te a un Oficial

de Cumplimien-to.

Cuenta a partir de que el Oficial de

Cumplimiento deje el cargo,

sea revocado o este imposibili-

tado a desempe-

ñarlo.

Pueden hacer efectivo el periodo de interinato

conforme a las necesidades de cada sociedad.

El oficial de cumplimiento interino dará

cumplimiento a sus funciones y

obligaciones hasta el

momento en que se informe la revocación.

Operaciones inusuales e internas preocupantes

Operaciones Inusuales

Se deberán dictaminar en un periodoque no podrá exceder de 60 díasnaturales, contados a partir de que segenere la alerta en el sistema.

La presentación de reporte, deberáhacerse dentro de los tres días hábilessiguientes, contados a partir de queconcluya la sesión del Comité que ladictamine como tal.

Operaciones Internas preocupantes

• Se deberá dictaminar en un periodo queno podrá exceder de 60 días naturales,contados a partir de que se genere laalerta en el sistema.

• La presentación del reporte, deberáhacerse dentro de los tres días hábilessiguientes, contados a partir de queconcluya la sesión del Comité que ladictamine como tal.

• Por operación de quien preste serviciosa la sociedad con independencia delrégimen con que lo hace.

Identificación de Usuarios

Como Personas Políticamente Expuestas, se integran funcionarios de organizaciones internacionales.

Se establece como nuevo documento de identificación credenciales y carnets del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

•Obligación* de recabar información respecto a:

•Estructura accionaria o partes sociales

•Organigrama de la persona moral (cuando menos el nombre completo y cargo del director general, el niveljerárquico inmediato inferior y miembros del consejo de administración )

Personas morales (mexicanas o extranjeras)

•Cuando sea el caso la identificación de los propietarios reales de personas morales que ejercen el control alinterior de la sociedad. Declaración firmada del representante legal del usuario, en donde indique quienesson sus propietarios reales.

•Grado de riesgo bajo se puede omitir del expediente de identificación el comprobante de domicilio.

•No se esta obligado si se trata de una persona moral que cotiza en bolsa (aplican reglas de materia bursátil)

Propietarios Reales

•Respecto a los fideicomitentes, fideicomisarios, delegados fiduciarios o miembros del comité técnico ,representante y apoderado legal se deben recabar los datos de identificación (como a las personas físicas dela disposición)

•En caso de que la SOFOM no actúe como fiduciaria respecto de ese fideicomiso da cumplimiento a lodescrito recabando nombre completo y fecha de nacimiento de los individuos antes mencionados.

Fideicomisos

*Aplicable solo en el caso de que la persona moral tenga un grado de riesgo que no sea bajo.Los Fideicomisos sólo aplican a SOFOMES

Conocimiento de Usuarios

Las sociedades deberán clasificar a sus clientes y usuarios al menos en atención a los siguientes grados de riesgo:

BajoMedio

Alto

PERSONAS FÍSICAS

Dos grados de riesgo

PERSONAS MORALES

Tres grados de riesgo

Bajo Alto

Para asignar un grado de riesgo adecuado a los usuarios se debe de tomar en cuenta la metodología del EBR.

Sistemas Automatizados y Capacitación

Sistemas Automatizados

Se adiciona a la funcionalidad del sistema que el mismo debe de proveerla información que se incluirá en la metodología del EBR

Capacitación

La capacitación debe de incluir las actividades y

servicios que ofrezca el centro cambiario.

Cursos para los miembros del consejo de administración,

administrador único y directivos.

Adecuarse al personal en atención a sus

responsabilidades

Adicionalmente los temas de capacitación deben ser

coherentes con los resultados de la implementación de la

metodología de EBR

ESPECIFICACIONES POR SECTOR

❖ Las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Entidades no reguladas sufrieronmodificaciones en el umbral de lo considerado para presentar un Reporte deOperación Relevante.

Serán consideradas relevantes aquellas operaciones que se realicen por unmonto igual o superior al equivalente en moneda nacional a 7,500 dólares de losEstados Unidos de América. (anteriormente era un monto de 10,000 dólares)

❖ Las SOFOM deberán contar con mecanismos de escalamiento y aprobación internaen pagos o adquisiciones de servicios o productos en efectivo por personas físicasclientes o usuarios, por un monto igual o superior al equivalente en monedanacional a 7,500 dólares de los Estados Unidos de América. (anteriormente era unmonto de 10,000 dólares)

AGENTES RELACIONADOS (TD)Los TD deberán de establecer en su manual el medio por el cual harán llegar recursoso derechos a los agentes relacionados por la realización de operaciones y como estosharán lo propio con los terceros con los que contrato.

CONCLUSIONES

❖ Se pretende con la implementación del EBR que cada una de las sociedadessujetas a supervisión sea capaz de identificar sus propios riesgos de operación y deesta manera se encuentren en posibilidad de hacer frente a los mismos.

❖ El EBR debe de contar con una metodología que permeé todas las obligaciones delas sociedades en materia de PLD/FT de ahí la necesidad de que la misma searobusta y cuente con criterios claramente delimitados y documentados.

❖ En cuanto a la capacitación se materializa la necesidad de que la misma se realiceen atención a las responsabilidades de cada uno de los empleados y es de vitalimportancia que los directivos de las mismas reciban capacitación en materia dePLD/FT para tomar decisiones totalmente informadas.


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