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¿Mujeres en con icto con la maternidad? - redalyc.org · Schramm, Nadine ¿Mujeres en conflicto...

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Revista de Psicología ISSN: 0716-8039 [email protected] Universidad de Chile Chile Schramm, Nadine ¿Mujeres en conflicto con la maternidad? La entrega de un hijo en adopción o la transgresión de un ideal materno Revista de Psicología, vol. XVI, núm. 1, 2007, pp. 147-170 Universidad de Chile Santiago, Chile Disponible en: http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=26416106 Cómo citar el artículo Número completo Más información del artículo Página de la revista en redalyc.org Sistema de Información Científica Red de Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal Proyecto académico sin fines de lucro, desarrollado bajo la iniciativa de acceso abierto
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Revista de Psicología

ISSN: 0716-8039

[email protected]

Universidad de Chile

Chile

Schramm, Nadine

¿Mujeres en conflicto con la maternidad? La entrega de un hijo en adopción o la transgresión de un

ideal materno

Revista de Psicología, vol. XVI, núm. 1, 2007, pp. 147-170

Universidad de Chile

Santiago, Chile

Disponible en: http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=26416106

Cómo citar el artículo

Número completo

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Proyecto académico sin fines de lucro, desarrollado bajo la iniciativa de acceso abierto

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Revista de Psicología, Vol. XVI, Nº1, 2007

¿Mujeres en confl icto con la maternidad?La entrega de un hijo en adopción o la

transgresión de un ideal materno

Are women in confl ict with maternity?Giving a child in adoption or the transgression of

the ideal of motherhood

Nadine Schramm1

ResumenSe indaga acerca de los procedimientos institucionales en el caso de mujeres

que deciden entregar a un hijo en adopción y que recurren para ello a

la Unidad de Adopción del Servicio Nacional de Menores (SENAME).

A partir de una investigación bibliográfi ca se busca entender cómo se ha

conceptualizado teóricamente el fenómeno de la maternidad y cómo se

articula con la experiencia concreta en el ámbito institucional. Como

resultado, se da cuenta de los aspectos ideológicos que subyacen a dichos

procedimientos para discutir acerca de las implicancias de la entrega,

en tanto constituye una transgresión que cuestiona las bases biológicas

del parentesco. Se abren preguntas acerca de una clínica específi ca de la

adopción, capaz de incluir la dimensión simbólica de la fi liación.

Palabras clave: Maternidad, adopción, institución.

AbstractThe present article focuses on the institutional procedures involved in

cases of women who decide to give their child in adoption and solicit

for assistance at the Adoption Unit of the National Service of Infancy

(SENAME). Based on the literature, the authors have tried to understand

how the phenomenon of motherhood is being conceptualized at present

and how it is articulated with the concrete experience in an institutional

context. As a result, ideological aspects of these procedures are shown in

order to discuss the consequences of handing down a child in adoption,

action which would constitute a transgression as it questions the biological

foundation of relationships within the family. Finally, the authors consider

1 Psicóloga, Unidad de Psicoanálisis Infanto-Juvenil, CAPS, Universidad de Chile, [email protected].

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Revista de Psicología de la Universidad de Chile

the need for specifi c clinical aspects in the practice of adoption capable of

including the symbolic dimension of fi liation and attachment.

Key words: Motherhood, adoption, institution.

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¿Mujeres en confl icto con la maternidad?, Vol. XVI, Nº1, 2007

Introducción

Se las llama madres biológicas o mujeres en confl icto con su

maternidad. En una estructura ideológica en la cual la maternidad es

la norma, el eje de la identidad sexual femenina, cualquier oposición

o imposibilidad de ella se signifi ca como una disfunción, rebeldía o

enfermedad. En general, la mujer que no quiere o no puede ser madre

transgrede el orden simbólico construido y aparece como “la negación de

la naturaleza, de la vitalidad y de la creatividad, como reverso de la ecuación

fertilidad-normalidad-tradición” (Tubert, 1991, p.107).

En este sentido, Calcagni (2000, en Aspillaga y cols., 2002) señala

que muchas de las mujeres que entregan a sus hijos en adopción, presentan

una estructura de personalidad limítrofe, donde los mecanismos de escisión

y negación son protagónicos en su aparato psíquico. También se habla

de ausencia de un sentimiento materno, instinto materno o de falta de

vínculo con el hijo, así como de la incapacidad para generar vínculos en

absoluto. En otro lugar (Hörmann, Lavados y Silva, 1988) se señala que las

mujeres que entregan un hijo en adopción “…no lograron introyectar de

manera sufi ciente esquemas que les permitan realizar satisfactoriamente las

funciones de empatía, protección y cuidado materno” (p.100). En general,

estas madres presentarían patrones vinculares que se caracterizarían por sus

rasgos infantiles, dependientes y paranoides, junto a la frecuente aparición de

conductas de apatía, evitación y pasividad en las relaciones interpersonales.

Finalmente, las autoras señalan que las mujeres presentarían un vínculo

rechazante y agresivo con el niño ya desde el embarazo, hecho que coincide

con las observaciones realizadas a madres que maltratan o a madres de

niños desnutridos o con enfermedades severas.

Esta mirada psicologizante de la confl ictiva de estas mujeres, silencia

cualquier determinante cultural, histórico y político en su demanda, y

limita -en el mejor de los casos- el trabajo psicológico a la resolución de un

supuesto duelo que acompaña la entrega en adopción de un hijo.

En el discurso institucional, estas mujeres son denominadas

madres biológicas o mujeres en confl icto con su maternidad. Al igualar

lo biológico con la maternidad en una situación en la cual se transgrede

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Revista de Psicología de la Universidad de Chile

aquel ideal materno al cual nos dispone la cultura, se psicologiza un tema

que tiene raíces sociales e ideológicas profundas. En tal circunstancia, una

escucha que tome en cuenta los factores que motivan la entrega de un hijo

en adopción se vuelve difícil, porque no se considera que la dimensión

subjetiva se encuentre atravesada por una realidad sociocultural desde la

cual las “madres biológicas” hablan y desde la que emerge su maternidad

más allá de la biología.

Para Giberti (2006), la denominación “mujeres en confl icto con su

maternidad” alude a la oposición de esa mujer a lo que sería su maternidad

como función natural y, por extensión, inapelable. No acatar la convivencia

y mantención del niño la encuadra en el ámbito del confl icto. “Este

modelo es paradigmático del rechazo y temor que surgen al enfrentarse

con la mujer que le dice No a la permanencia consigo de la criatura que ha

parido” (Giberti, 2006, p.5). Según la autora, dicha denominación adhiere

a un lenguaje capcioso para eludir una imagen que se registra como brutal

frente a un imaginario de deber ser de la maternidad, violentado por estas

mujeres.

La pregunta que desde allí se desprende, concierne a las prácticas

institucionales en su dimensión jurídica y de atención profesional en el

ámbito específi co de la mujer que desea entregar un hijo en adopción.

Para abordar dicha pregunta, se realizó una investigación exploratoria

cuyo objetivo fue la revisión bibliográfi ca crítica de los supuestos teóricos

con respecto a la maternidad como fenómeno histórico-social y cultural,

así como subjetivo, para articularlos con la práctica institucional concreta

en el caso de la mujer que quiere entregar un hijo en adopción.

El marco teórico escogido considera a la maternidad como un

fenómeno cultural y social; un fenómeno que a través de sus mitos,

ha generado un imaginario social que se transmite e inscribe en las

subjetividades y colectividades, señalando lo permitido y lo prohibido, lo

posible de ser deseado y pensado. Dicho imaginario ubica al margen de

un ideal instituido todas aquellas conductas respecto de la maternidad que

rompen con los mitos.

Asimismo, este imaginario subyace a los diversos discursos a través

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¿Mujeres en confl icto con la maternidad?, Vol. XVI, Nº1, 2007

de los cuales una sociedad habla. El discurso que nos interesa analizar, en el

presente artículo, corresponde a la institución que trabaja concretamente

con las mujeres que deciden entregar a un hijo en adopción y que recurren,

por esta razón, a la Unidad de Adopción, específi camente al subprograma

de Apoyo y Orientación a la Familia de Origen, del Servicio Nacional de

Menores (SENAME). Para el análisis se cuenta con los textos escritos que

aluden a los aspectos legales y técnicos en la atención de la mujer, así como

con entrevistas realizadas a los profesionales ligados a la dicha Unidad de

Adopción.

Antecedentes teóricos

Maternidad y CulturaDiversas son las perspectivas que abordan la temática de la maternidad,

en general vinculada a los asuntos de la familia y a la relación madre-

hijo. Entre ellas, la perspectiva de género ofrece ventajas para entender el

desarrollo cultural e histórico de dicho concepto al considerarlo como una

construcción simbólica, desnaturalizando el concepto de maternidad como

respuesta a las teorías esencialistas. Así, la maternidad, como hecho de la

estructura social, no puede ser explicada desde un solo campo disciplinario.

“Ni la biología ni la psicología ni el propio psicoanálisis consiguen dar

cuenta por sí mismos de este fenómeno que se ha constituido en una

problemática teórica donde convergen entrecruzamientos de diversos

órdenes: psicológico, social, histórico, político, económico, sexual, etc.”

(Martínez, 1992, p.191, en Fernández, 1993).

La maternidad se liga, desde sus bases biológicas materiales, al

género femenino como construcción social y cultural. En este sentido,

“cada cultura elabora simbólicamente sus propias identidades de género a

partir del hecho biológico de las diferencias entre los sexos” (Fuller, 1993,

p.18). Es por ello que, al hablar de lo femenino, y dentro de esta categoría

específi camente de lo materno, necesariamente nos remitimos a un juego

de discursos, procesos de socialización y representaciones que los distintos

grupos han hecho a partir de la diferencia sexual.

En este sentido, hablar de lo femenino o de la maternidad, alude a

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Revista de Psicología de la Universidad de Chile

una inscripción cultural, anterior a cada sujeto, referida a determinados

rasgos y características psicosociales que acompañan a dichos conceptos.

Como explica Martínez Benlloch (1996, en Lozano, 2001), si aceptamos

que es el orden simbólico el que permite la estructuración del sujeto

sexuado en la cultura, “la estrategia deseante de cada sujeto vendrá dada

por las diferentes posiciones que asuma respecto a esa diferencia simbólica”

(Martínez Benlloch, 1996, en Lozano, 2001, p.21), diferencia que se

sostiene en representaciones cuya signifi cación concreta será producto de

cada momento histórico y de cada contexto.

Los mitos creados alrededor de la maternidad dan origen a

un imaginario social determinado. Éste se encuentra implícito en los

procedimientos y prácticas institucionales y jurídicas, al mismo tiempo

que determina, en la estructura subjetiva, aquello posible de ser pensado y

deseado, silenciando lo que se mantiene al margen.

La noción de imaginario social alude a la producción y reproducción

de un universo de signifi caciones imaginarias, constitutivas de las

subjetividades femeninas y masculinas como fuerzas sociales que pueden ser

analizadas a partir de los mitos sociales de la maternidad. Dicho imaginario

refi ere una ideología implícita que jerarquiza los valores sociales, señala lo

permitido y lo no permitido dando origen, en un plano subjetivo, a una

estructura deseante limitada por aquello que es posible de ser imaginado,

actuado, pensado, teorizado y deseado en un momento histórico particular

(Fernández, 1993).

Así, como universo de signifi caciones que instituyen una sociedad,

la noción de imaginario social es inseparable del problema del poder. A

partir de la generación de lazos sociales en las diferentes estructuras sociales,

consolida las condiciones reproductivas del poder producido y garantiza

la continuidad del poder instituido. Su función consiste en “fundir y

cincelar las llaves de los cuerpos para el acceso a la ley, y la continuidad y la

reproducción del poder” (Castoriadis, 1983, en Fernández, 1993, p.182).

El término “imaginario social” se utiliza como “la capacidad

imaginante, como invención o creación incesante social-histórica-psíquica

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¿Mujeres en confl icto con la maternidad?, Vol. XVI, Nº1, 2007

de fi guras, formas, imágenes; en síntesis producción de signifi caciones

colectivas” (Castoriadis, 1983, en Fernández, 1993, p.182).

El mito Mujer = Madre“La maternidad es la representación cultural más compleja que

sobre el imaginario de la mujer se ha elaborado a lo largo de la historia del

pensamiento de Occidente” (Lozano, 2001, p.120).

Como concepto genérico, la Mujer se relaciona con la Madre.

Durante muchos siglos, ser madre ha implicado para la mujer acceder

a un estatus social determinado y, de esta manera, ha garantizado la

construcción de su identidad. Históricamente, “se contempla como una

actividad femenina, de mujeres debido a sus cuerpos y, por tanto, ligada a

la naturaleza” (Lozano, 2001, p.135).

Este mito Mujer = Madre se organiza históricamente desde una

multiplicidad de discursos a través de los cuales una sociedad habla:

científi co, legal, ideológico, político, privado, etc. Los mitos del imaginario

social son altamente sensibles a lo histórico y por ende, se encuentran

enormes diferencias en las concepciones de maternidad, así como en la

relación madre-hijo.

Para Fernández (1993), el mito Mujer = Madre es muy efi caz debido

a la ilusión de naturalidad y atemporalidad que transmite. En tal sentido,

la maternidad es considerada como un fenómeno de la naturaleza y no de

la cultura. La invención del “instinto materno” marca la noción de amor

materno incondicional: madre e hijo están atados por lazos de “sangre”

indisolubles y sólo ella sabe, por naturaleza, lo que su hijo necesita. Según

Tubert (1991), en ninguna otra relación humana se observa esta insistencia

en lo instintivo. Pareciera que pensarnos como “hijos del instinto nos remite

a la ilusión de estar inscritos en un orden necesario-natural. Hijos del deseo

nos enfrenta a la contingencia en la que se inscriben los hechos del orden

de lo humano” (Tubert, 1991, p.171). Dicha noción instintiva tiene un

valor narcisista muy alto que obstruye la dimensión del deseo en nuestro

origen, dimensión que, al ser reconocida, trae consigo la posibilidad de un

no-deseo de hijo.

En este sentido, Tubert (1991) señala que concebir la maternidad

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Revista de Psicología de la Universidad de Chile

como un hecho cultural inscrito en un sistema signifi cante, obliga a

cuestionar los fantasmas respecto de nuestro propio origen, “la ilusión de

haber obtenido la existencia como un don de la naturaleza encarnada en el

cuerpo de la madre” (p.52). Si la vida es un don de la naturaleza, no hace

falta reconocer que también somos engendrados por palabras, mitos, leyes

y discursos. Este anclaje en lo natural aporta a la ilusión de atemporalidad

en la medida en que obstruye una perspectiva de relativismo histórico que

permita analizar los diversos dispositivos sociales en los que la maternidad

se inscribe.

Para Fernández (1993), el mito Mujer = Madre opera por violencia

simbólica, ya que a través de su mecanismo totalizante, invisibiliza y niega

las diversidades de sentido que diferentes mujeres tienen en relación con

la maternidad, ocultando prácticas y posicionamientos subjetivos que lo

desdigan, pero que existen. De esta manera, es obturada la posibilidad

de cada mujer particular de acceder a la singularidad de su posible deseo

o no deseo de hijo. “Es decir que estas producciones de lo imaginario

social hacen posible que se anude el deseo al poder; que conscientes e

inconscientes se pongan en fi la” (Fernández, 1993, p.182).

La adopción como práctica socialLa adopción es un ámbito particularmente interesante para nuestro

estudio, ya que en él se enfrentan las maternidades biológicas y adoptivas.

Aquí, lo biológico y lo cultural se ponen en juego respecto de la maternidad,

permitiendo indagar en ambas dimensiones, las que, en el caso de la

maternidad no adoptiva, aparecen no desligadas la una de la otra.

La adopción, como práctica social, aparece a lo largo de la historia

occidental ligada a las instituciones del poder y de la familia, y a la supuesta

dicotomía entre lo natural y lo cultural. Tal como vimos en el caso de

la maternidad, la historia de la adopción y su práctica se inscribe en un

universo simbólico inseparable de los discursos respecto de la infancia y

la familia.

La función biológica de la reproducción adquiere, en el orden

simbólico que defi ne la cultura, un valor que siempre remite a una

construcción histórica, social y cultural, representada por los diversos

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¿Mujeres en confl icto con la maternidad?, Vol. XVI, Nº1, 2007

discursos que allí se generan. En el caso de la adopción, se opone con más

nitidez la valoración de la consanguinidad como sistema de parentesco y el

parentesco no sustentado en el hecho biológico de la procreación.

La práctica misma de la adopción no tiene solamente una valoración

distinta dependiendo del contexto histórico, sino que aparece en los más

diversos contextos culturales. Así por ejemplo, en numerosos pueblos

primitivos, se llaman hermanos de sangre todos los miembros de un clan

perteneciente a la misma generación. Lo que forma un grupo de parentesco

no es la relación biológica entre la madre y el hijo, sino que la maternidad

colectiva de todas las mujeres con respecto a todos los hijos del grupo. Es

en el contexto de una cultura e historia particular que la consanguinidad

es consagrada para defi nir los sistemas de parentesco, obedeciendo este

hecho, como ya vimos, a la naturalización de la maternidad a través de la

ecuación mujer-madre-naturaleza. Esta dimensión, que alude a un origen

necesario-natural, obtura el reconocimiento de los orígenes múltiples

que determinan la fi liación. En este sentido, Guyomard (1998) señala

que “ni la paternidad ni la maternidad pueden reducirse solamente al

criterio biológico, reducción que representa el desconocimiento total de

la dimensión simbólica de la fi liación. Tanto el hijo por nacer, como el

hijo adoptado se inscriben en una cadena de deseos, de fantasmas, donde

habita la verdad de la pregunta por su origen como sujeto deseante. Es a

partir de este campo de deseo que él podrá situarse en una historia donde

la identidad de los genitores tendrá su lugar” (p.102).

Actualmente, la adopción en casi todas las legislaciones está regulada

con la moderna fi nalidad de proteger al menor en situación de desamparo o

sin una protección familiar adecuada. Ha dejado de ser un contrato librado

al arbitrio entre las partes para convertirse en una institución en la cual se

inserta el interés del Estado. La intervención de este último es requisito

ineludible para la creación del vínculo adoptivo. Dentro de las fi guras

legales de adopción, aparecen diferentes modalidades que giran en torno

a la problemática de la desvinculación legal de la familia de origen. En tal

sentido, aparece la adopción simple, en la cual no se extingue el vínculo del

adoptado con su familia de origen, excepto la patria potestad, pudiendo

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Revista de Psicología de la Universidad de Chile

el adoptante conservar su apellido y sus derechos hereditarios respecto de

sus parientes biológicos. La adopción plena extingue todo vínculo legal

con la familia de origen y borra los rastros de la fi liación originaria del

adoptado, con la sola subsistencia de los impedimentos matrimoniales. En

Chile rige desde 1999 la nueva ley de adopción (Ley de Adopción 19.620),

con las modifi caciones acordes al Convenio de La Haya sobre Protección

del Niño y Cooperación en Material de Adopción Internacional. La

principal modifi cación guarda relación con la eliminación de las diferentes

modalidades de adopción. La nueva ley consagra un solo tipo de adopción

(eliminando las diferencias entre la adopción plena y simple), que confi ere

al adoptado el estado civil de hijo respecto de los adoptantes y extingue los

vínculos del adoptado con su familia de origen.

SENAME2 y el trabajo con la familia de origen: contexto institucional

Con la ley 19.620, SENAME se constituye en la autoridad central

para los efectos de las adopciones internacionales y en organismo con

facultades normativas de asesoría y fi scalización de los lineamientos legales

y técnicos nacionales.

Dicha ley explicita como objetivo de la adopción: “velar por el

interés superior del adoptado, y amparar su derecho a vivir y desarrollarse

en el seno de una familia que le brinde el afecto y le procure los cuidados

tendientes a satisfacer sus necesidades espirituales y materiales, cuando ello

no le pueda ser proporcionado por su familia de origen” (Orientaciones

Técnicas, Programa de Adopción, 2005).

La ley también defi ne el programa de adopción del SENAME como

un conjunto de actividades tendientes a procurar al niño o niña una familia

responsable, actividades que deben ser realizadas a través de profesionales

expertos y habilitados en el área de la adopción. Las actividades se realizan,

dentro de la Unidad de Adopción, en tres subprogramas, cada uno de los

2 El Servicio Nacional de Menores (SENAME) es el organismo del Estado, dependiente del Ministerio de Justicia, cuya misión es “contribuir a proteger y promover los derechos de niños, niñas y adolescentes que han sido vulnerados en el ejercicio de los mismos y a la inserción social de adolescentes que han infringido la ley penal” (Orientaciones Técnicas, Programa de Adopción, 2005).

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¿Mujeres en confl icto con la maternidad?, Vol. XVI, Nº1, 2007

cuales se relaciona con cada una de las partes del proceso adoptivo. Dichos

subprogramas comprenden principalmente el apoyo y la orientación

a la familia de origen del menor, la recepción y el cuidado de éste, y la

evaluación técnica de los solicitantes y la preparación de éstos como familia

adoptiva.

Para nuestro propósito cobra especial interés el subprograma

de Apoyo y Orientación a la Familia de Origen al constituir el ámbito

institucional del que derivan los datos para abordar la pregunta por las

prácticas institucionales específi cas en el caso de la mujer que desea entregar

un hijo en adopción. Los datos obtenidos a través del material escrito

(regulaciones técnicas y legales), así como de las entrevistas realizadas a los

profesionales ligados al subprograma, se intentan articular, para su análisis,

con los antecedentes teóricos expuestos anteriormente.

Al subprograma de Apoyo y Orientación de la Familia de Origen le

corresponde “asistir desde el punto de vista técnico-jurídico a la familia de

origen que enfrenta un confl icto en el ejercicio de sus roles paternos y/o

maternos y que ha manifestado su intención de ceder a su hijo/a en adopción.

El propósito primordial de éste es constatar si la familia de origen podría

procurarle los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades espirituales

y materiales, de modo que de no ser así, sus padres o aquél que lo/a haya

reconocido en su caso, preste/n su consentimiento para la adopción, en

forma libre y responsable, luego de haber sido debidamente informados

de las consecuencias de su decisión y, en especial, de su irrevocabilidad…”

(Orientaciones Técnicas, Programa de Adopción, 2005, p.15).

En la práctica, la familia de origen se divide en tres grupos: padres

que quieren entregar un hijo en adopción; padres que abandonan a sus

hijos en plazos legalmente establecidos por la ley según la edad del niño; y

por último, padres defi nidos como inhábiles para desempeñarse en su rol.

A este último grupo pertenecen padres con trastornos psiquiátricos severos,

daño neurológico o adicciones y que además no cuentan con una red de

apoyo social adecuada. En los dos últimos casos, los hijos frecuentemente

ya pertenecen a la red de protección del SENAME al existir una medida

de protección en su favor.

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Revista de Psicología de la Universidad de Chile

La ley de adopción -Ley 19.620 (1999)- defi ne a los menores de 18

años que pueden ser adoptados de la siguiente manera:

A) El menor cuyos padres no se encuentran capacitados o en

condiciones de hacerse cargo responsablemente de él y que expresan

su voluntad de entregarlo en adopción ante el juez competente.

B) El menor que sea descendiente consanguíneo de uno de los

adoptantes.

C) El menor que haya sido declarado susceptible de ser adoptado

por resolución judicial del tribunal competente.

Es en la letra A) donde se alude a la mujer que manifi esta su

voluntad de entregar al hijo en adopción. Es importante tener presente que

la manifestación de voluntad sólo es considerada en un segundo lugar, y

que lo que realmente debe comprobarse es la incapacidad de la madre o de

los padres. Así, la fi gura legal no es muy distinta de la inhabilidad parental

defi nida para casos graves de “discapacidad mental” sin redes de apoyo

familiar o a los casos de abandono, sólo que aquí se suma que la mujer

expresa, además, su voluntad de entregar al niño. La mera voluntad de la

mujer de no querer ser madre no es una posibilidad legítima si no aparece

en primer lugar su discapacidad.

En relación a la familia de origen que ha manifestado su voluntad

de entregar a su hijo en adopción y que corresponde, en la mayoría de los

casos, a mujeres que deben tomar esta decisión en ausencia del progenitor,

los profesionales de dicho subprograma deben acompañarlas en el proceso

de discernimiento, “para que su decisión defi nitiva sea el resultado de un

trabajo de refl exión y análisis, entregándoles además, apoyo profesional

para enfrentar de la mejor forma posible el parto así como el procedimiento

legal de la cesión, y los sentimientos de pérdida asociados a la entrega de su

hijo” (Orientaciones Técnicas, Programa de Adopción, 2005, p.15).

SENAME caracteriza sociodemográfi camente al grupo de mujeres

“madres biológicas” que consideran entregar a su hijo en adopción como

madres en su mayoría solteras, con más de un hijo. “Muchas de ellas han

tenido historias de abandono, falta de protección de sus padres, provienen de

familias uniparentales con graves confl ictos intrafamiliares, con necesidades

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¿Mujeres en confl icto con la maternidad?, Vol. XVI, Nº1, 2007

materiales y morales no satisfechas, todo lo cual conduce a un profundo

daño afectivo que difi culta la relación con otros/as, incluso con su propio

hijo/a… El embarazo es un problema para ellas y para su solución se han

planteado múltiples alternativas: el aborto, hacerse cargo del hijo/a, o si

conoce la posibilidad, cederlo/la en adopción” (Orientaciones Técnicas,

Programa de Adopción, 2005, p.16).

Resultados

Del trabajo con la “madre biológica” en el subprograma de “Apoyo y Orientación a la Familia de Origen”

Las citas que siguen forman parte de entrevistas realizadas a diferentes

profesionales ligados al subprograma de “Apoyo y Orientación a la Familia

de Origen” con la fi nalidad de conocer, en la práctica institucional concreta,

los distintos procedimientos y aspectos jurídicos en el tratamiento de la

mujer que decide entregar a un hijo en adopción.

La mujer “en confl icto con su maternidad” acude al Subprograma

de Apoyo y Orientación SENAME ya sea por “demanda espontánea” o

porque es derivada desde alguna otra institución en la cual ha manifestado

su intención de entregar al niño que espera en adopción. La primera

entrevista con ella en el subprograma, a cargo de un psicólogo, tiene por

objetivo:

“acoger a la mamá, lograr que confíe en el subprograma. Tratar de

reducir el riesgo de una entrega directa. Porque a estas mamás les pasa

que cuando ven que ceder en adopción implica toda esa intervención

desde lo judicial, se asustan y se van y deciden entregar irregularmente

a la guagua. En segundo lugar, se trata de generar un diagnóstico

psicosocial de la situación de la mamá. Explorar las redes de apoyo que

tiene, su situación actual, cómo surge la idea de acudir a SENAME a

la Unidad de Adopción.”

La mujer, desde su ingreso a la institución, es atendida en su calidad

de madre. Llama la atención la difi cultad de nombrarla de otra manera,

aunque madre es precisamente lo que ella no quiere ser. Como no puede ser

pensada y escuchada de otra manera, se pone en marcha un proceso en que

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Revista de Psicología de la Universidad de Chile

predomina la duda con respecto a su decisión, haciéndola refl exionar acerca

de otras alternativas diferentes a la adopción, como si la consideración de

entregar a un hijo en adopción sólo pudiera ser una equivocación. Por otro

lado, y paradójicamente, se señala que la intervención desde lo judicial

tiende a favorecer la entrega directa e ilegal, que es la que justamente se

quiere evitar. Es decir, la intervención desde lo judicial, en vez de facilitar

la entrega del hijo en adopción, parece poner en peligro ésta misma al

constituir un obstáculo en el proceso.

Es posible pensar también que desde lo judicial y desde SENAME

lo que se quiere evitar es que la mujer no sea “mamá”. A su vez, la primera

pregunta se dirige hacia sus redes familiares para averiguar si existen otras

mamás que sí sean capaces de hacerse cargo del niño.

En las sesiones siguientes en que la mujer es atendida, las

intervenciones se dirigen hacia la evitación de la entrega, “explorando

otras alternativas a la adopción”. A su vez, se explicitan los procedimientos

jurídicos que llevan a una entrega legal del niño en el caso de que la mujer

mantenga su decisión.

Con respecto al objetivo de las intervenciones realizadas, un

profesional señala:

“El objetivo es que ella logre aclarar su panorama…, entender bien

desde dónde están puestas las motivaciones de ella para poder tomar tal

o cual decisión… Sin embargo, desde el punto de vista legal y desde el

subprograma hay prioridad para la maternidad o la familia biológica.

Vale decir que si la familia biológica reúne las condiciones para hacerse

cargo de la guagua…que la mamá no les dijo a sus padres por un

confl icto personal, se hace todo lo posible para que ella abra el tema

con su familia. En la parte legal después sí o sí citan a los padres o a la

familia más amplia.”

Una vez nacido el niño, no existen en los hospitales normas

específi cas para el trato de la mujer que decide entregarlo en adopción.

“Queda todo entregado al sentido común o al criterio que la asistente

social del hospital pueda aplicar”.

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¿Mujeres en confl icto con la maternidad?, Vol. XVI, Nº1, 2007

Otras problemáticas que aparecen en su tránsito por la institución

hospitalaria guardan relación con:

“… el problema si le entregan o no pastillas para cortar la lactancia.

Depende del criterio del doctor. Hay algunos que entienden que ella

quiere ceder al niño en adopción y otros que dicen que no, que se la

aguante no más. Allí todavía los médicos manifi estan una posición

más bien ideológica. No les entregan las pastillas, pero otros sí, dan la

pastilla que es cara igual. La mamá no tendría acceso de otra manera,

no podría consultar un médico particular para que él se lo recete”.

La mujer se queda en una sala común hasta que la den de alta.

Se le pide inscribir al niño en el Registro Civil, reconocerlo legalmente y

ponerle un nombre, para luego poder iniciar los procedimientos legales

propiamente tales, si es que ella aún insiste en su decisión. En tal caso, el

niño se mantiene en el departamento de neonatología del hospital hasta

que se pueda egresar con una medida de protección.

El procedimiento legalUna vez inscrito el niño en el Registro Civil, SENAME pide una

medida de protección en contra de la mujer y a favor del niño. Esta medida

es necesaria para poder ubicar al niño en un hogar de lactantes. Legalmente,

se justifi ca por la vulneración del niño en sus derechos por haber sido

abandonado en el hospital. SENAME pide la medida y adjunta los informes

psicosociales correspondientes para comprobar el estado de abandono y la

incapacidad de la mujer para hacerse cargo del niño. SENAME actúa, a

partir de ese momento, en nombre del bebé, defendiéndolo de su madre,

que se ha convertido en tal, gracias al reconocimiento legal exigido. Una

vez nacido y reconocido el niño, la institución, en nombre de los Derechos

del Niño, se apodera de él y se opone a la mujer como parte en el proceso

legal. La contraparte la constituye la mujer quien, mientras no nacía el

niño, tenía todo el poder sobre su destino.

Durante toda la etapa previa al nacimiento existía, para la institución,

el peligro de la entrega directa e irregular del niño. Esto, ya que la mujer

tenía un poder incontrolable para la institución. Al reconocer al niño,

pierde dicho poder debido a la inscripción en un orden simbólico desde el

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Revista de Psicología de la Universidad de Chile

cual puede ser sancionada e inhabilitada. En el discurso de la institución,

la importancia de evitar la entrega directa reside en el derecho del niño de

conocer a su familia biológica. Sin embargo, implícitamente, no se trata

del niño, sino que de un problema de poder. A partir de ahí todas las

actuaciones legales que se den en nombre del derecho del niño no tienen

como sujeto al niño, sino que a su madre y su incapacidad. Entonces, para

proteger al niño, es necesario inhabilitar a la madre. Por ello se inventa la

fi gura de un abandono que no es tal, considerando que ella acudió a la

institución por el interés que tiene en el futuro del niño. Si no fuera por

ese interés, podría haberlo abandonado de manera efectiva.

Lo que ella hace es depositar la criatura en manos de instituciones

estatales destinadas a protegerlo. Es decir, se trata de mujeres que buscan

ayuda para defender el futuro del hijo, dejándolo al cuidado de terceros.

La fi gura que necesariamente se le impone, es la incapacidad materna

en tanto ella constituye un peligro para el niño. Sólo a través de la idea

de abandono es imaginable que la mujer podría no querer ser madre. Se

inventa el peligro de abandono del niño para poder pensar a la madre, no

como sujeto mujer, sino como “mala madre”.

A su vez, la fi gura legal del abandono parece puesta en un doble

sentido: en primer lugar, aparece como un requisito legal para que un niño

pueda ser declarado susceptible de ser adoptado; y en segundo, sirve a

la creación de una fi cción respecto de la mujer que decide entregar a un

hijo.

Es interesante cómo la institución incorpora los Derechos del

Niño en su discurso para justifi car sus actuaciones. Todo lo que ella hace

en el “interés superior del niño” no alude necesariamente a este último.

En tal contexto, tampoco resulta casual que se legisle con respecto a la

atención institucionalizada de la mujer “en confl icto con su maternidad”

en SENAME, en el momento en que Chile ratifi ca los Derechos del Niño.

A partir de ese instante, existe la posibilidad de controlar legalmente lo que

la mujer hace respecto del niño, utilizando un discurso legal que permite la

inhabilitación de la mujer.

Hasta este punto no se ha realizado ninguna gestión legal en materia

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¿Mujeres en confl icto con la maternidad?, Vol. XVI, Nº1, 2007

de adopción propiamente tal. Si la mujer que pretende entregar a su hijo

en adopción no se arrepiente de su decisión mientras rige la medida de

protección, se inicia entonces la causa de susceptibilidad de adopción.

Con la entrada en vigencia de los Tribunales de Familia en 2004, se han

implementado algunos cambios respecto de la manera de llevar a cabo las

causas. Los cambios fundamentales se refi eren a los principios de oralidad

y a la implementación de las audiencias (preparatorias y de juicio, cada

una de las cuales puede constar de varias sesiones). En cualquier momento

puede haber sentencia. Otros cambios relevantes guardan relación con la

presencia de un juez en todas las audiencias, la existencia de un equipo

técnico asesor, los procedimientos de mediación, etc. En el caso que aquí

interesa, se trata de un procedimiento especial, sin mediación entre las

partes y que se lleva a cabo de manera reservada.

Se le pide a la mujer iniciar ella misma la causa de susceptibilidad de

adopción y SENAME, en defensa del niño, se hace parte. Para ello recurre

al Tribunal, generalmente acompañada por una abogada del SENAME,

y se auto-declara incapacitada para asumir la maternidad. Aunque ella

en teoría tiene derecho a una representación propia, ya que la abogada

del SENAME representa al niño y no a la madre, por lo general no pide

asistencia legal.

Una vez iniciada la causa empieza a correr un período de 30 días en

el cual la mujer todavía puede arrepentirse de su decisión. Sólo después de

este lapso puede haber una sentencia. Las audiencias sí pueden tener lugar

dentro de tal período, el que fue rebajado en 2004 de 60 a 30 días “en

benefi cio del niño y para que se resuelva su situación lo antes posible”.

Es decir, el objetivo es no prolongar su estadía en un Hogar. Sin

embargo, los plazos no se cumplen por parte de los Tribunales de Familia,

de modo tal que “a veces los procesos se hacen eternos, la mujer sigue sin

resolver su situación….siempre son más de 30 días”.

Las audienciasUna vez que la mujer se autodeclara incapacitada para asumir la

maternidad, el juez o la jueza (en los Tribunales de Familia la mayoría de

los jueces son mujeres) la cita a la audiencia bajo apercibimiento, es decir,

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Revista de Psicología de la Universidad de Chile

si después de haber sido notifi cada personalmente no asiste, se entiende

su ausencia como consentimiento a la susceptibilidad de adopción. En

la audiencia ella debe ratifi car su declaración de la voluntariedad de la

entrega. También se cita a los familiares de la mujer (o de la pareja si es que

el niño fue reconocido también por su progenitor) porque el niño tiene

derecho a vivir y crecer en su familia biológica.

La Ley de Adopción establece que “….el juez, a la brevedad posible, citará

a los ascendientes y a los otros consanguíneos de grado más próximo del

menor para que concurran al tribunal a exponer lo que sea conveniente

a los intereses de aquél, bajo apercibimiento de que, si no concurren, se

presumirá su consentimiento favorable la declaración de que el menor es

susceptible de ser adoptado” (Ley 19.620, Título II, Art.14, p.7, 1999).

Para defi nir los consanguíneos más próximos se habla de parientes

hasta de tercer grado. En la práctica, depende del criterio del juez a quienes

cita, de su “sana crítica” y su opinión personal. Incluso cuando la mujer

ha manifestado su deseo de que sus familiares no sepan de su situación, el

juez los citará igualmente.

“Habitualmente esto es independiente del deseo de la madre…

Independiente de la edad que tenga. Es para saber si existe alguien más

en la familia de origen que quiera hacerse cargo del niño”.

Es decir, cuando en la audiencia preparatoria algún familiar se

opone a la adopción, se solicitan pruebas para averiguar si el niño puede

permanecer con él. En tal caso, la sentencia es dictada en la audiencia de

juicio.

“Tiene prioridad el derecho del niño de vivir en su familia de origen,

más que el derecho de la madre de entregarlo en adopción o decidir

dónde va a estar el niño. La madre no lo puede privar, por ley, de

conocer el resto de su familia. Y el resto de la familia podría acogerlo, o

sea, si la madre no pudo, hay que darle la oportunidad a ese niño que

el resto de la familia se haga cargo”.

La adopción es subsidiaria, es decir, sólo puede ser considerada como

posibilidad para el niño si se han agotado todas las demás instancias.

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¿Mujeres en confl icto con la maternidad?, Vol. XVI, Nº1, 2007

Las pruebas que se consideran en la audiencia consisten generalmente

en informes psicológicos y sociales que, con frecuencia, se piden a

SENAME y que concluyen respecto de “la imposibilidad de disponer de

otras medidas que permitan la permanencia del menor en su familia de

origen y las ventajas que la adopción representa para él” (Ley de Adopión,

1999, Título II, Art.15, p.7). A pesar de que se estima por principio que las

partes de una causa no están habilitadas para presentar las pruebas, depende

nuevamente de la “sana crítica” del juez si pide más pruebas emitidas por

una instancia independiente. Además, son los mismos profesionales de

SENAME que han trabajado con la mujer desde su ingreso a la institución

a quienes se solicita la información, de modo que gran parte de lo que la

mujer dice puede ser utilizado en su contra. Estos profesionales declaran

en la audiencia como parte, es decir, como representantes del niño. Estos

procedimientos son altamente irregulares por el hecho no sólo de que

SENAME, como parte, presenta la prueba, sino que también porque la

prueba es dada a partir de lo dicho en la atención psicológica de la mujer.

La audiencia preparatoria puede concluir de dos maneras: si no hay

oposición a la adopción en la audiencia preparatoria y las pruebas fueron

concluyentes, el juez puede dictar sentencia y declarar al niño susceptible

de ser adoptado. En este caso, se ha extinguido el parentesco con la

familia de origen. Si hay oposición, se tiene que llegar hasta la instancia

de la audiencia de juicio, pidiendo nuevas pruebas para determinar la

pertenencia del niño a la familia de origen más amplia. Si esta última

resulta idónea para hacerse cargo responsablemente del niño, pudiendo

ofrecer las condiciones materiales y espirituales (Ley de Adopción, 1999)

que el niño requiere, se les entrega el cuidado personal de éste. “El juez….

en cualquier momento en que el interés del menor lo aconseje, podrá

confi ar su cuidado personal a quienes hayan manifestado al tribunal su

voluntad de adoptarlo…” (Ley de Adopción, 1999, Título II, Art.19, p.9).

Por cuidado personal se entiende, en general, el derecho y deber que tienen

los padres de cuidar, criar y educar personalmente a los hijos e hijas. En

este caso, al entregar el cuidado a los abuelos, son ellos los que se harán

cargo legalmente de su nieto sin que se extinga el parentesco de origen.

En la práctica, esto signifi ca que en otro procedimiento (adopción por

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Revista de Psicología de la Universidad de Chile

parte de consanguíneos), estos familiares podrían llegar a ser legalmente

los padres del niño.

Cabe señalar que el procedimiento señalado es el único en materia

de adopción que se aplica en la práctica. Es decir, independiente de la

causa por la cual se inicia, ya sea entrega, abandono o inhabilidad paterna,

el tratamiento judicial es siempre el mencionado. La diferencia consiste

en que, en el caso que aquí interesa, es la propia mujer la que se declara

incapacitada, mientras que en los otros dos casos lo decide SENAME.

Discusión

La mujer que decide entregar a un hijo en adopción deja al

descubierto el mito que se refi ere al instinto materno. La transgresión que

implica la entrega la margina de lo posible de ser pensado para una madre,

violando ella, con su voluntad, la naturaleza femenina misma representada

por el instinto maternal. Paradójicamente, la denominación “madre

biológica” toma a la biología para subrayar la condición de la mujer como

gestador y paridora, condición corporal de una mujer cuya maternidad

no cumple con las exigencias instintivas, a su vez supuestamente ligadas a

la biología. Una madre sin un apellido, aclaratoria sería entonces aquella

en cuya maternidad se confi rman los mitos culturalmente construidos e

ideológicamente naturalizados en la noción del instinto materno.

La transgresión sería tal, que en el proceso judicial la mujer es tratada

según su condición de hija y se consulta a mujeres que son madres. Así,

querer entregar a un hijo en adopción, es decir, no asumir la maternidad

de ese niño, autoriza a infantilizar a la mujer, quien dejaría de ser adulta.

En el caso de la entrega del cuidado personal a los abuelos en contra de la

voluntad de la mujer, en cierta manera se ignora la diferencia de generación,

se hace borroso un límite generacional dado por la sexualidad adulta de la

mujer. Se produce un movimiento endogámico, un apoderamiento de la

sexualidad de una mujer adulta que no es considerada como tal debido a

su decisión de no querer ser madre del niño.

En la medida en que ella elige para su hijo la adopción, se la trata

como mujer incapacitada porque no quiere ser madre. Como no quiere ser

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¿Mujeres en confl icto con la maternidad?, Vol. XVI, Nº1, 2007

madre, no es mujer y por ende es infantilizada. Como mujer cuestiona lo

pensable e imaginable para ella porque amenaza la efi cacia simbólica del

mito Mujer = Madre y así todo un imaginario social y poder implícitos

que, a partir de dicha amenaza, toman el discurso del Derecho del Niño en

su defensa. Es posible pensar que ser madre permite a la mujer acceder a un

estatuto social de adulta y que la decisión, por parte de ella, de no asumir

la maternidad, autoriza su infantilización.

Para Guyomard (1998), apoderarse de la sexualidad de la mujer,

regresarla a una posición infantil, implica borrar un límite generacional

instalado a través de la prohibición y la castración que tiene una

consecuencia subjetiva relevante. Según el autor, la interdicción del goce

como resultado de la prohibición del incesto que se ejerce a través de las

generaciones, no apunta sólo al goce del niño sino que también al goce que

estos padres, como agentes de una transmisión, puedan obtener de él al

gozar de su cuerpo ya sea como objeto real o fantasmático de satisfacción.

La prohibición del incesto tiene, por lo tanto, una doble direccionalidad.

La ley y los jueces, en tanto sus representantes, al favorecer en nombre

del niño vigorosamente el parentesco biológico, considera a la adopción

como última medida, porque por su carácter de fi liación simbólica y no

biológica impone la pregunta que pone en peligro la ecuación mujer-

madre-naturaleza.

Las implicancias que se derivan de la presente investigación se

aplican, por un lado, a la práctica institucional concreta y por el otro, a

un problema clínico que, partiendo por un aspecto específi co, permite

plantear preguntas más amplias.

En este sentido, tanto el trabajo con la mujer en SENAME, así

como los procedimientos legales, requieren ser revisados. Se han señalado

las irregularidades en aspectos legales básicos como son los informes

solicitados a una instancia que forma parte del proceso. El espacio de

atención ofrecido en SENAME a la mujer, en estas circunstancias, no

constituye más que una prolongación del tribunal. A su vez, la citación

de familiares de la mujer y la posibilidad de ubicar al niño en la familia

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Revista de Psicología de la Universidad de Chile

de origen de la progenitora en contra de su voluntad, implican un acto

violento que requiere de una defensa apropiada de la mujer.

Por otro lado, se plantea la pregunta por una clínica específi ca de

la adopción que incluya el trabajo con la mujer-progenitora, los padres

adoptivos y el niño. En el caso de la mujer que entrega un hijo en adopción

se hace necesario revisar críticamente los supuestos teóricos que sustentan

lo posible de ser escuchado en el trabajo con la mujer. Esto implica repensar

el concepto de la maternidad y su lugar en la sexualidad femenina adulta.

Una clínica específi ca de la adopción necesariamente remite a la

pregunta por las bases del parentesco en general, cuya respuesta debe

buscarse en la dimensión simbólica de la fi liación y no en la biología. A

pesar de que, cuando un niño es declarado susceptible de ser adoptado,

se extinguen los vínculos legales de parentesco con la familia de origen, la

pregunta por el origen biológico del niño retorna para los padres adoptivos,

dando origen a fantasías en las cuales predominan aspectos como el parecido

físico u otras características hereditarias que obstruyen su pregunta por su

deseo de hijo. Y es justamente a la dimensión del deseo de hijo a la que se

dirige el niño cuando indaga acerca de su origen.

Guyomard (1998) distingue entre fuente y origen, entre los aspectos

biológicos y simbólicos de la fi liación. Para el autor, el niño adoptado tiene

derecho a conocer la identidad de sus genitores y las circunstancias de su

adopción, pero no son éstos los criterios que determinan su fi liación. Al

desconocer la dimensión simbólica de la fi liación se desconoce, a la vez, la

verdad de la pregunta por el origen. Es en el campo del deseo de los otros

donde se inserta la pregunta por el origen y, a partir de esta dimensión

simbólica, se relativiza la distinción entre hijo biológico e hijo adoptivo.

Es decir, todos los hijos, biológicos o no, son de alguna manera adoptados

porque la fi liación misma se inscribe en dicha dimensión.

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¿Mujeres en confl icto con la maternidad?, Vol. XVI, Nº1, 2007

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Fecha de Recepción de artículo: 27 de Agosto 2007

Fecha de Aceptación de artículo: 11 de Noviembre 2007


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