ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
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ÍNDICE
INDICE:
1. RESUMEN ..................................................................................................... 1
2. INTRODUCCIÓN ......................................................................................... 2
3. OBJETO........................................................................................................ 2
4. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA .......................................................... 2
4.1. Normativa Aplicable ................................................................................. 2
4.2. Documentación consultada .................................................................... 4
5. CARTOGRAFÍA ............................................................................................ 4
6. UBICACIÓN DE LA INSTALACIÓN .............................................................. 5
7. ANÁLISIS DE SERVIDUMBRES AERONÁUTICAS .......................................... 8
7.1. Servidumbres de Aeródromo ................................................................... 8
7.2. Servidumbres Radioeléctricas ............................................................... 10
7.3. Servidumbres de Operación .................................................................. 11
8. PROCEDIMIENTOS INSTRUMENTALES DE VUELO ..................................... 13
8.1. Aeropuerto de Bilbao .............................................................................. 13
8.2. Análisis de procedimientos instrumentales .......................................... 16
8.3. Carta de Altitud Mínima de Vigilancia ATC.......................................... 24
8.4. Altitud Mínima de Área (AMA) ............................................................... 25
8.5. Aerovías de Espacio Aéreo Inferior ....................................................... 27
9. PROCEDIMIENTOS VISUALES .................................................................... 28
9.1. Compatibilidad del espacio aéreo circundante ................................. 28
9.2. Circuito de tránsito .................................................................................. 30
9.3. Análisis Cartas VFR / AD 2 - LEBB VAC .................................................. 32
9.4. Otra información de utilidad AIP-España (Bilbao AD) ........................ 33
10. PROCEDIMIENTOS DE FALLO DE MOTOR ................................................ 37
11. MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE RIESGOS, SEÑALIZACIÓN, ILUMINACIÓN
Y PUBLICACIÓN EN AIP-ESPAÑA ................................................................... 40
12. CONCLUSIONES ....................................................................................... 41
ANEXO 1 .......................................................................................................... 43
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1. RESUMEN
En el presente estudio se ha analizado si el desarrollo del Sector SR1 “Haritzondo-
Txiline”, en el término municipal de Loiu (Bizkaia), compromete la seguridad y la
regularidad de las operaciones aéreas aprobadas a fecha de realización del presente
estudio para el aeropuerto de Bilbao, de acuerdo al AIP-España actualizado hasta las
enmiendas AMDT 285/17 (02-FEB-17) y AIRAC AMDT 15/16 (WEF 02-FEB-17).
De acuerdo a los criterios especificados en el Documento 8168 de OACI (PANS-OPS), el
Real Decreto 862/2009 y el Decreto 584/1972, el Sector SR1 “Haritzondo-Txiline”:
Se encuentra afectado por las servidumbres aeronáuticas definidas en el Real
Decreto 370/2011, de 11 de marzo, por el que se actualizan las servidumbres
aeronáuticas del aeropuerto de Bilbao.
No afecta a los procedimientos de vuelo instrumental (salidas, llegadas y
aproximaciones) para el aeropuerto de Bilbao, publicados en AIP-España,
actualizado hasta las enmiendas AMDT 285/17 (02-FEB-17) y AIRAC AMDT 15/16
(WEF 02-FEB-17), al cumplirse el margen de franqueamiento de obstáculos
(MOC) correspondiente a cada una de las maniobras.
No afecta a la Carta de Altitud Mínima de Vigilancia ATC, a la Altitud Mínima
de Área (AMA) ni a las Aerovías del Espacio Aéreo Inferior publicadas a fecha
de realización de este documento, cumpliéndose con los márgenes de
franqueamiento de obstáculos (MOC) aplicables.
No afecta a los procedimientos según reglas de vuelo visual del aeropuerto de
Bilbao.
No afecta a los procedimientos de fallo de motor definidos en los planos (AOC
1, 2, 3 y 4) OACI - Tipo A del aeropuerto de Bilbao.
Por todo lo anterior, cabe concluir que no se han identificado afecciones a las
operaciones instrumentales, visuales o despegues con fallo de motor como
consecuencia del desarrollo del Sector SR1 “Haritzondo-Txiline” y, por lo tanto, no se
ven afectadas la seguridad ni la regularidad de las operaciones, ni tampoco se
requieren modificaciones de las mismas.
Los resultados obtenidos en este estudio son válidos únicamente para las coordenadas
y altitudes mostradas en el mismo, entendiéndose que cualquier variación de las
mismas supondría necesariamente un nuevo análisis.
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2. INTRODUCCIÓN
En zonas afectadas por servidumbres aeronáuticas de aeródromos, helipuertos o
radioayudas a la navegación aérea, o fuera de ellas para obstáculos que superen los
100m de altura, cualquier construcción o instalación requiere autorización previa y
preceptiva de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea o del Ministerio de Defensa en
caso de que se encuentren en zonas afectadas por servidumbres aeronáuticas
militares, de acuerdo al Decreto 584/1972, de 24 de febrero de Servidumbres
Aeronáuticas, modificado por el Real Decreto 297/2013, de 26 de abril.
El desarrollo del Sector SR1 “Haritzondo-Txiline” analizado en este informe se sitúa
próximo al aeropuerto de Bilbao, en terrenos afectados por las servidumbres
aeronáuticas del aeropuerto.
3. OBJETO
El objeto de este estudio es analizar la posible afección por parte del Sector SR1
“Haritzondo-Txiline” desde el punto de vista de la seguridad y la regularidad de las
operaciones del aeropuerto de Bilbao y en su espacio aéreo circundante. Para ello se
procederá al análisis de las servidumbres aeronáuticas y las áreas de protección de los
procedimientos de vuelo del aeropuerto, obteniendo como resultado la existencia o
no de interferencias con las operaciones, para cada uno de los emplazamientos
planteados.
4. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
4.1. NORMATIVA APLICABLE
La normativa de aplicación a este estudio es:
Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas, modificado
por el Real Decreto 297/2013, de 26 de abril.
Real Decreto 1541/2003, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Decreto
584/1972, de 24 de febrero, de Servidumbres Aeronáuticas, y el Decreto
1844/1975, de 10 de julio, de Servidumbres Aeronáuticas en Helipuertos, para
regular excepciones a los límites establecidos por las superficies limitadoras de
obstáculos alrededor de aeropuertos y helipuertos.
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Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea.
Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas
técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y se regula la
certificación de los aeropuertos de competencia del Estado.
Orden FOM/2086/2011, de 8 de julio, por la que se actualizan las normas
técnicas contenidas en el Anexo al Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por
el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos
de uso público y se regula la certificación de los aeropuertos de competencia
del Estado.
Decisión 2015/001/R, capítulo Q de las especificaciones de certificación para el
diseño de aeródromos CS‐ADR‐DSN, adoptadas por la Decisión 2014/013/R, de
27 de febrero de 2014, del director ejecutivo de la Agencia Europea de
Seguridad Aérea (EASA).
Reglamento (UE) nº 139/2014 de la Comisión de 12 de febrero de 2014, por el
que se establecen los requisitos y procedimientos administrativos relativos a los
aeródromos, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 216/2008 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008.
Documento 8168 – OPS/611. Operación de Aeronaves, Volumen I –
Procedimientos de vuelo. 5ª Edición – 2006, Enmienda nº 4, fecha de aplicación
18/11/10, OACI.
Documento 8168 – OPS/611. Operación de Aeronaves, Volumen II –
Construcción de procedimientos de vuelo visual y por instrumentos. 5ª Edición –
2006, Enmienda nº 4, fecha de aplicación 17/11/11, OACI.
Anexo 2 – Reglamento del Aire. 10ª Edición, Julio 2005 – Enmienda nº 43
(15/11/12), OACI.
Anexo 4 – Cartas Aeronáuticas. 11ª Edición – Julio 2009, Enmienda nº 57
(14/11/13), OACI.
Anexo 6 – Operación de Aeronaves, OACI:
Parte I: Transporte Aéreo Comercial Internacional – Aviones. 9ª Edición –
Julio 2010, Enmienda 37-A (14/11/13)
Parte II: Aviación General Internacional – Aviones. 7ª Edición – Julio 2008,
Enmienda 32-A (14/11/13)
Parte III: Operaciones Internacionales – Helicópteros. 7ª Edición – Julio
2010, Enmienda 18-A (14/11/13).
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Anexo 11 – Servicios de Tránsito Aéreo. 13ª Edición – Julio 2001, Enmienda nº 49
(14/11/13), OACI.
Anexo 14 – Aeródromos. Volumen I – Diseño y operaciones de aeródromos. 6ª
Edición – Julio 2013, Enmienda 11-A, OACI.
Anexo 15 – Servicios de Información Aeronáutica. 14 ª Edición – Julio 2013,
Enmienda nº 37, OACI.
Documento 8697 – Manual de Cartas Aeronáuticas. 2ª Edición – 1987,
Enmienda 3 (26/05/2006), OACI.
Documento 9137 – Manual de Servicios de Aeropuertos. Parte 6 – Limitación de
obstáculos. 2ª Edición – 1983.
Reglamento (CE) nº 859/2008 de la Comisión, de 20 de agosto de 2008, por el
que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3922/91 del Consejo en lo relativo a los
requisitos técnicos y los procedimientos administrativos comunes aplicables al
transporte comercial por avión.
Reglamento de Circulación Aérea (RCA) Tercera Edición – 2002, Enmienda
1/2013.
Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se desarrolla el Reglamento
del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos
de navegación aérea y se modifica el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero,
por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea.
4.2. DOCUMENTACIÓN CONSULTADA
AIP-ESPAÑA del aeropuerto de Bilbao, actualizado hasta las enmiendas AMDT
285/17 (02-FEB-17) y AIRAC AMDT 15/16 (WEF 02-FEB-17).
Real Decreto 370/2011, de 11 de marzo, por el que se actualizan las
servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Bilbao (BOE nº 77, de 31 de
marzo de 2011).
5. CARTOGRAFÍA
La información cartográfica utilizada en este estudio corresponde a la del AIP-España:
AIP-España (Fecha de entrada en vigor)
AMDT 285/17 (02-FEB-17)
AIRAC AMDT 15/16 (WEF 02-FEB-17)
Tabla 1. AIP-España
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6. UBICACIÓN DE LA INSTALACIÓN
El Sector SR1 “Haritzondo-Txiline” se sitúa en el término municipal de Loiu, en la
provincia de Bizkaia y a una distancia aproximadamente de 2.28 km del punto de
referencia del aeropuerto de Bilbao, en su punto más cercano:
Figura 1. Situación del Sector SR1 respecto al aeropuerto de Bilbao
Figura 2. Detalle del Sector SR1 “Haritzondo-Txiline”
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Figura 3. Detalle de los centros de las parcelas Sector SR1 “Haritzondo-Txiline”
A continuación se muestran los datos de coordenadas, alturas y elevaciones de las 40
parcelas -SL EL o SL DP- (espacios libres, equipamiento público, aparcamientos, viales)
y subzonas –ZRC o ZRBD- (viviendas) que componen el Sector SR1 “Haritzondo-Txiline”.
Id. Sis. Ref. Longitud* Latitud* Cota
(msnm)
Altura
(m)
Elev.
(msnm) Iluminación
ZRC 01 ETRS89 2º 56' 23.55" W 43º 18' 58.75" N 38.00 16.50 54.50 NO
ZRC 02 ETRS89 2° 56' 21.85" W 43° 18' 59.20" N 38.00 16.00 54.00 NO
ZRC 03 ETRS89 2° 56' 23.20" W 43° 18' 57.20" N 36.00 20.00 56.00 NO
ZRC 04 ETRS89 2° 56' 21.00" W 43° 18' 57.30" N 35.00 20.00 55.00 NO
ZRC 05 ETRS89 2° 56' 19.20" W 43° 18' 59.80" N 35.00 18.00 53.00 NO
ZRC 06 ETRS89 2° 56' 16.50" W 43° 19' 00.30" N 34.00 20.00 54.00 NO
ZRC 07 ETRS89 2° 56' 13.80" W 43° 19' 00.90" N 35.00 20.00 55.00 NO
ZRC 08 ETRS89 2° 56' 13.80" W 43° 18' 58.55" N 32.50 20.00 52.50 NO
ZRC 09 ETRS89 2° 56' 10.20" W 43° 19' 01.40" N 35.00 20.00 55.00 NO
ZRC 10 ETRS89 2° 56' 11.15" W 43° 18' 59.00" N 32.00 20.00 52.00 NO
ZRC 11 ETRS89 2° 56' 04.45" W 43° 19' 01.75" N 48.00 20.00 68.00 NO
ZRC 12 ETRS89 2° 56' 05.10" W 43° 19' 00.35" N 48.00 20.00 68.00 NO
ZRC 13 ETRS89 2° 56' 05.80" W 43° 18' 59.15" N 46.00 20.00 66.00 NO
ZRC 14 ETRS89 2° 56' 06.65" W 43° 18' 57.95" N 43.00 20.00 63.00 NO
ZRC 15 ETRS89 2° 56' 07.25" W 43° 18' 56.90" N 37.00 20.00 57.00 NO
ZRC 16 ETRS89 2° 56' 04.85" W 43° 18' 56.90" N 46.00 20.00 66.00 NO
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Id. Sis. Ref. Longitud* Latitud* Cota
(msnm)
Altura
(m)
Elev.
(msnm) Iluminación
ZRC 17 ETRS89 2° 56' 03.80" W 43° 18' 58.20" N 52.00 20.00 72.00 NO
ZRC 18 ETRS89 2° 56' 02.80" W 43° 18' 59.50" N 53.00 20.00 73.00 NO
ZRC 19 ETRS89 2° 56' 01.70" W 43° 19' 00.60" N 53.00 20.00 73.00 NO
ZRC 20 ETRS89 2° 56' 01.20" W 43° 19' 01.80" N 53.00 20.00 73.00 NO
ZRBD 01 ETRS89 2° 55' 59.00" W 43° 18' 57.00" N 59.00 10.00 69.00 NO
ZRBD 02 ETRS89 2° 55' 58.00" W 43° 18' 58.30" N 59.00 10.00 69.00 NO
ZRBD 03 ETRS89 2° 55' 52.20" W 43° 18' 56.60" N 63.00 10.00 73.00 NO
SL EL 01 ETRS89 2° 56' 24.40" W 43° 18' 58.00" N 38.00 10.00 48.00 NO
SL EL 02 ETRS89 2° 56' 22.35" W 43° 18' 56.80" N 36.00 10.00 46.00 NO
SL EL 03 ETRS89 2° 56' 15.90" W 43° 18' 59.65" N 37.00 10.00 47.00 NO
SL EL 04 ETRS89 2° 56' 17.75" W 43° 18' 57.75" N 37.00 10.00 47.00 NO
SL EL 05 ETRS89 2° 56' 14.95" W 43° 18' 58.80" N 33.00 10.00 43.00 NO
SL EL 06 ETRS89 2° 56' 12.55" W 43° 18' 58.40" N 33.00 10.00 43.00 NO
SL EL 07 ETRS89 2° 56' 11.85" W 43° 18' 59.00" N 32.00 10.00 42.00 NO
SL EL 08 ETRS89 2° 56' 11.80" W 43° 19' 00.45" N 36.00 10.00 46.00 NO
SL EL 09 ETRS89 2° 56' 09.95" W 43° 18' 59.20" N 32.00 10.00 42.00 NO
SL EL 10 ETRS89 2° 56' 02.60" W 43° 19' 02.45" N 53.00 10.00 63.00 NO
SL EL 11 ETRS89 2° 56' 08.45" W 43° 18' 58.90" N 32.00 10.00 42.00 NO
SL EL 12 ETRS89 2° 56' 07.00" W 43° 18' 58.85" N 47.00 10.00 57.00 NO
SL EL 13 ETRS89 2° 56' 02.90" W 43° 18' 58.75" N 53.00 10.00 63.00 NO
SL EL 14 ETRS89 2° 55' 55.20" W 43° 18' 58.30" N 64.00 10.00 74.00 NO
SL EL 15 ETRS89 2° 56' 09.30" W 43° 18' 56.45" N 32.00 10.00 42.00 NO
SL EL 16 ETRS89 2° 56' 06.40" W 43° 18' 55.10" N 42.00 10.00 52.00 NO
SL DP ETRS89 2° 56' 17.00" W 43° 18' 55.45" N 33.00 10.00 43.00 NO
*Coordenadas del centro de la parcela/subzona
Tabla 2. Coordenadas, cotas, alturas, elevaciones e iluminación
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7. ANÁLISIS DE SERVIDUMBRES AERONÁUTICAS
A continuación se analiza la afección del Sector SR1 a las servidumbres aeronáuticas
del aeropuerto de Bilbao, definidas mediante el Real Decreto 370/2011, de 11 de
marzo.
7.1. SERVIDUMBRES DE AERÓDROMO
La finalidad de las servidumbres de aeródromo es definir el espacio aéreo que debe
mantenerse libre de obstáculos alrededor de un aeropuerto para que puedan llevarse
a cabo con seguridad las operaciones de aeronaves previstas y evitar que el
aeropuerto pueda quedar inutilizado por la multiplicidad de obstáculos en sus
alrededores. Esto se logra mediante una serie de superficies limitadoras de obstáculos
que marcan los límites hasta donde los objetos pueden proyectarse en el espacio
aéreo sin que afecten a las operaciones.
A continuación, se muestra la situación relativa del Sector SR1 respecto del aeropuerto
de Bilbao y sus servidumbres de aeródromo y radioeléctricas:
Figura 4. Ubicación del Sector SR1 respecto a las servidumbres aeronáuticas de
aeródromo y radioeléctricas del aeropuerto de Bilbao
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Figura 5. Detalle del Sector SR1 y las servidumbres de aeródromo y radioeléctricas
Como puede comprobarse, el Sector SR1 se encuentra en terrenos afectados por las
servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Bilbao, concretamente se ubica bajo las
servidumbres aeronáuticas de aeródromo: superficie de Aproximación 12, superficie
de Transición y superficie Horizontal Interna, sin vulnerarlas.
A continuación se detalla para cada superficie la parcela más crítica (la que presenta
menor altura libre respecto a las servidumbres) y su altura libre:
Tabla 3. Análisis altura libre servidumbres aeronáuticas de aeródromo
Id. Superficie afectada Cota superficie
(msnm)
Elevación parcela
/subzona (msnm) Vulnera
Altura libre
(m)
SL EL 02 Aproximación 12 65.50 46.00 NO 19.50
SL EL 02 Transición 65.50 46.00 NO 19.50
SL EL 14 Horizontal interna 86.00 73.00 NO 13.00
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7.2. SERVIDUMBRES RADIOELÉCTRICAS
Las servidumbres radioeléctricas son aquellas que garantizan el correcto
funcionamiento de las instalaciones radioeléctricas, del que depende en gran parte la
regularidad del tráfico aéreo.
En las figuras 4 y 5 anteriores se muestra la situación del Sector SR1 respecto de las
servidumbres aeronáuticas de aeródromo y radioeléctricas.
Como puede comprobarse, el Sector SR1 se encuentra en terrenos afectados por las
servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Bilbao, concretamente se ubica bajo las
servidumbres aeronáuticas radioeléctricas: superficie de limitación de alturas del
localizador LLZ IBL, superficie de limitación de alturas del GP IBO, superficie de
limitación de alturas del DME IBO, superficie de limitación de alturas del DME BLV,
superficie de limitación de alturas del VOR BLV, superficie de limitación de alturas del
Emisor/Receptor, superficie de limitación de alturas del Radiogoniómetro y superficie
de limitación de alturas del localizador LLZ IBO.
El Sector SR1 se encuentra ubicado en la zona de limitación de alturas del LLZ IBL, en su
curso posterior. ENAIRE considera que las construcciones situadas en el curso posterior
de la instalación radioeléctrica LOC/ILS no afectan a la señal radioeléctrica emitida
por dicha instalación.
A continuación se muestra para cada superficie la parcela más crítica (la que
presenta menor altura libre respecto a las servidumbres) y su altura libre:
Tabla 4. Análisis altura libre servidumbres aeronáuticas radioeléctricas
Id. Superficie afectada Cota superficie
(msnm)
Elevación parcela
/subzona (msnm) Vulnera
Altura libre
(m)
Todas S. LA. LLZ IBL Curso posterior - - -
ZRC 05 S. LA. GP IBO 53.50 53.00 NO 0.50
SL EL 14 S. LA. VOR BLV 75.00 74.00 NO 1.00
SL EL 14 S. LA. DME BLV 77.00 74.00 NO 3.00
SL EL 14 S. LA. DME IBO 85.00 74.00 NO 11.00
SL EL 14 S. LA. LLZ IBO 105.00 74.00 NO 31.00
SL EL 14 S. LA. RADIOGON 119.00 74.00 NO 45.00
SL EL 14 S. LA. EMIS/RECEP 135.00 74.00 NO 61.00
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7.3. SERVIDUMBRES DE OPERACIÓN
Las servidumbres de operación de aeronaves son aquellas necesarias para garantizar
las diferentes fases de las maniobras de aproximación por instrumentos a un
aeródromo.
A continuación, se muestra la situación relativa del Sector SR1 respecto del aeropuerto
de Bilbao y sus servidumbres aeronáuticas de operación:
Figura 6. Ubicación del Sector SR1 respecto a las servidumbres de operación - Bilbao
Figura 7. Detalle del Sector SR1 y las servidumbres de operación
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Como puede comprobarse, el Sector SR1 se encuentra en terrenos afectados por las
servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Bilbao, concretamente se ubica bajo las
servidumbres aeronáuticas de operación que se especifican a continuación.
En la siguiente tabla se detalla para cada superficie la parcela más crítica (la que
presenta menor altura libre respecto a las servidumbres) y su altura libre:
Tabla 5. Análisis altura libre servidumbres aeronáuticas de operación
La no afección a la seguridad de la vulneración de la superficie de Aproximación
frustrada ILS 30 se justifica en los apartados que siguen a continuación mediante el
análisis de procedimientos instrumentales publicados en el AIP para el aeropuerto de
Bilbao. Se comprobará que se cumple con el margen de franqueamiento de
obstáculos para todos los procedimientos publicados, por lo que se puede concluir
que no existe afección a procedimientos instrumentales por parte del Sector SR1
“Haritzondo-Txiline”.
Id. Superficie afectada Cota superficie
(msnm)
Elevación parcela
/subzona (msnm) Vulnera
Altura libre
(m)
SL EL 14 Aprox. frust. ILS 30 67.20 74.00 SÍ -6.80
SL EL 02 Aprox. final ILS 12 71.10 46.00 NO 25.10
SL EL 14 Aprox. final VOR 12 496.00 74.00 NO 422.00
SL EL 14 Aprox. interm. VOR 12 637.00 74.00 NO 563.00
SL EL 14 Aprox. final VOR 10 819.00 74.00 NO 745.00
SL EL 14 Aprox. frust. VOR 10 819.00 74.00 NO 745.00
SL EL 14 Aprox. interm. VOR 10 838.00 74.00 NO 764.00
SL EL 14 Aprox. frust. VOR 30 875.00 74.00 NO 801.00
SL EL 14 Aprox. final VOR 30 875.00 74.00 NO 801.00
SL EL 14 Aprox. frust. VOR 28 915.00 74.00 NO 841.00
SL EL 14 Aprox. final VOR 28 915.00 74.00 NO 841.00
ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 13
8. PROCEDIMIENTOS INSTRUMENTALES DE VUELO
8.1. AEROPUERTO DE BILBAO
En este capítulo se analiza la posible afección a los procedimientos instrumentales
para el aeropuerto de Bilbao, publicados en el AIP-España actualizado hasta las
enmiendas AMDT 285/17 (02-FEB-17) y AIRAC AMDT 15/16 (WEF 02-FEB-17). A
continuación se muestra la información general del aeropuerto, distancias declaradas,
ayudas radioeléctricas y cartas aeronáuticas para el aeropuerto de Bilbao:
Punto Elevación (m/ft) Coordenadas (ETRS 89)
ARP 41 m / 136 ft 431804N 0025438W
THR 10* 35 m / 116 ft 431811.71N 0025609.33W
THR 28** 36 m / 118 ft 431806.63N 0025509.61W
THR 12 36.3 m / 119 ft 431822.85N 0025529.78W
THR 30 39.1 m / 128 ft 431751.73N 0025404.88W
* Últimos 715 m no son útiles para despegues por franqueamiento de obstáculos.
Coordenadas extremo RWY 10: 431804.54N 0025445.15W.
**Últimos 90 m no son útiles para despegues ni aterrizajes.
Coordenadas extremo RWY 28: 431811.71N 0025609.33W. THR RWY 28 desplazado 555 m.
Tabla 6. Información general del aeropuerto de Bilbao
RWY TORA (m) TODA (m) ASDA (m) LDA (m)
10 1195* 1195* 1195* 1910
28 1910** 2055 1910** 1355**
12 2540 2650 2540 2540
30 2600 2700 2600 2140
30 INT CE 2335 2435 2335 -
* TORA reducida 715 m por franqueamiento de obstáculos en despegue
**Debido a que los últimos 90 m no son útiles para despegues ni aterrizajes para RWY 28
Tabla 7. Distancias declaradas del aeropuerto de Bilbao
Instalación Frecuencia Coordenadas (ETRS 89) Elevación (m/ft)
DVOR (1º W) BLV 115.900 MHz 431815.8N 0025609.2W -
DME BLV CH 106X 431815.8N 0025609.2W 30 m / 98 ft
L (1ºW) B 395.000 kHz 432222.2N 0030205.5W -
LOC 12 (1º W) IBO
ILS CAT I 111.550 MHz 431743.5N 0025342.4W -
GP 12 332.750 MHz 431815.0N 0025520.7W -
ILS/DME 12 IBO CH 52Y 431815.5N 0025520.2W 45 m / 148 ft
ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 14
Instalación Frecuencia Coordenadas (ETRS 89) Elevación (m/ft)
LOC 30 (1ºW) IBL
ILS CAT I 110.300 MHz 431827.4N 0025542.2W -
GP 30 335.000 MHz 431752.9N 0025419.7W -
ILS/DME 30 IBL CH 40X 431752.9N 0025419.7W 51 m / 167 ft
Tabla 8. Ayudas radioeléctricas del aeropuerto de Bilbao
Se procede al análisis de las siguientes cartas aeronáuticas publicadas en AIP-España
para el aeropuerto de Bilbao, LEBB:
Identificación AIP Procedimiento RWY Fecha Publicación
AD 2 - LEBB SID 1.1 Salida Normalizada 10 WEF 10-DEC-15 (AIRAC AMDT 12/15)
AD 2 - LEBB SID 2.1 Salida Normalizada 12 23-JUN-16 (AMDT 277/16)
AD 2 - LEBB SID 3.1 Salida Normalizada 28 WEF 10-DEC-15 (AIRAC AMDT 12/15)
AD 2 - LEBB SID 4.1 Salida Normalizada 30 WEF 10-DEC-15 (AIRAC AMDT 12/15)
AD 2 - LEBB STAR 1.1 Llegada Normalizada 12 02-FEB-17 (AMDT 285/17)
AD 2 - LEBB STAR 2.1 Llegada Normalizada 30 02-FEB-17 (AMDT 285/17)
AD 2 - LEBB IAC/1 Aproximación ILS Z 12 03-MAR-16 (AMDT 273/16)
AD 2 - LEBB IAC/2 Aproximación ILS Y 12 02-FEB-17 (AMDT 285/17)
AD 2 - LEBB IAC/3 Aproximación LOC Z 12 03-MAR-16 (AMDT 273/16)
AD 2 - LEBB IAC/4 Aproximación LOC Y 12 02-FEB-17 (AMDT 285/17)
AD 2 - LEBB IAC/5 Aproximación VOR 12 WEF 10-DEC-15 (AIRAC AMDT 12/15)
AD 2 - LEBB IAC/6 Aproximación ILS Z 30 WEF 10-DEC-15 (AIRAC AMDT 12/15)
AD 2 - LEBB IAC/7 Aproximación ILS Y 30 WEF 10-DEC-15 (AIRAC AMDT 12/15)
AD 2 - LEBB IAC/8 Aproximación LOC Z 30 WEF 10-DEC-15 (AIRAC AMDT 12/15)
AD 2 - LEBB IAC/9 Aproximación LOC Y 30 WEF 10-DEC-15 (AIRAC AMDT 12/15)
AD 2 - LEBB IAC/10 Aproximación LOC X 30 WEF 10-DEC-15 (AIRAC AMDT 12/15)
AD 2 - LEBB IAC/11 Aproximación VOR 30 WEF 10-DEC-15 (AIRAC AMDT 12/15)
AD 2 - LEBB ATCSMAC ATC (TMA Bilbao) - WEF 10-DEC-15 (AIRAC AMDT 12/15)
ENR 6.1-1
Carta de Radionaveg.
Espacio Aéreo Inferior
Península
- 05-JAN-17 (AMDT 284/17)
Tabla 9. Cartas aeronáuticas del aeropuerto de Bilbao
Para cada una de estas cartas se han analizado todas las maniobras publicadas y su
posible afección a cada una de las parcelas del Sector SR1. En las tablas de a
continuación se resume el caso más restrictivo, correspondiente al caso en el que
existe un menor margen entre la altitud mínima de procedimiento y la elevación de la
parcela concreta del Sector SR1 para la que se da esa condición. En todos los casos se
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SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
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FECHA: 14/11/2017 INFORME 15
cumple con el margen de franqueamiento de obstáculos, por lo que se puede
concluir que no existe afección a procedimientos instrumentales por parte del Sector
SR1 “Haritzondo-Txiline”.
ESTUDIO AERONÁUTICO DE SEGURIDAD RELATIVO AL
SECTOR SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 16
8.2. ANÁLISIS DE PROCEDIMIENTOS INSTRUMENTALES
Carta AIP-
España RWY Maniobra
Sobrevuelo
(SÍ/NO) Tramo
Obstáculo
(ft/m)
MOC
(ft/m)
Altitud
Mínima
(ft/m)
Margen
(ft/m)
Afección
(SÍ/NO)
Alt Max
Obs (ft/m)
AD 2 - LEBB
SID 1.1 10
AMTOS1R NO - - - - - - -
AMTOS1X SÍ DVOR/DME
BLV – R-216 BLV
SL EL 14
243 / 74 804 / 245 5068 / 1544 4021 / 1225 NO 4264 / 1299
BISKA1R NO - - - - - - -
CALCE1R SÍ DVOR/DME
BLV – R-283 BLV
SL EL 14
243 / 74 804 / 245 5068 / 1544 4021 / 1225 NO 4264 / 1299
DOSUL1R NO - - - - - - -
MAPAX1R NO - - - - - - -
PPN1R NO - - - - - - -
SSN1R NO - - - - - - -
SALIDA DE
CONTINGENCIA SÍ Área de viraje
SL EL 14
243 / 74 246 / 75 2048 / 624 1559 / 475 NO 1802 / 549
AD 2 - LEBB
SID 2.1 12
AMTOS3B SÍ DVOR/DME
BLV – R-216 BLV
SL EL 14
243 / 74 636 / 194 4912 / 1497 4033 / 1229 NO 4276 / 1303
AMTOS3D NO - - - - - - -
BISKA3B NO - - - - - - -
CALCE2B SÍ DVOR/DME
BLV – R-283 BLV
SL EL 14
243 / 74 636 / 194 4912 / 1497 4033 / 1229 NO 4276 / 1303
DOSUL2B NO - - - - - - -
MAPAX2B NO - - - - - - -
PPN2G NO - - - - - - -
PPN1H NO - - - - - - -
SSN2B NO - - - - - - - SALIDA DE
CONTINGENCIA NO - - - - - - -
AD 2 - LEBB
SID 3.1 28
AMTOS1S NO - - - - - - -
BISKA1S NO - - - - - - -
CALCE1S NO - - - - - - -
DOSUL1S NO - - - - - - -
MAPAX1S NO - - - - - - -
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SECTOR SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
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Carta AIP-
España RWY Maniobra
Sobrevuelo
(SÍ/NO) Tramo
Obstáculo
(ft/m)
MOC
(ft/m)
Altitud
Mínima
(ft/m)
Margen
(ft/m)
Afección
(SÍ/NO)
Alt Max
Obs (ft/m)
PPN1S NO - - - - - - -
SSN1S NO - - - - - - - SALIDA DE
CONTINGENCIA NO - - - - - - -
AD 2 - LEBB
SID 4.1 30
AMTOS2A SÍ Área de viraje SL EL 14
243 / 74 33 / 10 418 / 127 142 / 43 NO 385 / 117
AMTOS3C NO - - - - - - -
BISKA3A NO - - - - - - -
CALCE3A NO - - - - - - -
DOSUL2A NO - - - - - - -
MAPAX2A NO - - - - - - -
PPN2E NO - - - - - - -
PPN2F SÍ Área de viraje SL EL 14
243 / 74 33 / 10 418 / 127 142 / 43 NO 385 / 117
SSN2A NO - - - - - - -
SSN2C SÍ Área de viraje SL EL 14
243 / 74 33 / 10 418 / 127 142 / 43 NO 385 / 117
SALIDA DE
CONTINGENCIA SÍ Área de viraje ZRC 03
184 / 56 33 / 10 406 / 123 189 / 57 NO 373 / 113
Tabla 10. Análisis de las afecciones sobre los Procedimientos Instrumentales de Salida. Aeropuerto de Bilbao
Carta AIP-
España RWY Maniobra
Sobrevuelo
(SÍ/NO) Tramo
Obstáculo
(ft/m)
MOC
(ft/m)
Altitud
Mínima
(ft/m)
Margen
(ft/m)
Afección
(SÍ/NO)
Alt Max
Obs (ft/m)
AD 2 - LEBB
STAR 1.1 12
CEGAM2T NO - - - - - - -
DGO1T NO - - - - - - -
DGO2X NO - - - - - - -
DGO1Z NO - - - - - - -
DOSUL1T NO - - - - - - -
DOSUL1Z NO - - - - - - -
ESTUDIO AERONÁUTICO DE SEGURIDAD RELATIVO AL
SECTOR SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 18
Carta AIP-
España RWY Maniobra
Sobrevuelo
(SÍ/NO) Tramo
Obstáculo
(ft/m)
MOC
(ft/m)
Altitud
Mínima
(ft/m)
Margen
(ft/m)
Afección
(SÍ/NO)
Alt Max
Obs (ft/m)
MAPAX1T NO - - - - - - -
MAPAX1Z NO - - - - - - -
SNR2T NO - - - - - - -
SNR2Z NO - - - - - - -
ESPERA SÍ Espera DVOR
BLV
SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 5600 / 1706 3881 / 1182 NO 4124 / 1256
ESPERA SÍ Espera
ROSTO
SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 4000 / 1219 2281 / 695 NO 2524 / 769
AD 2 - LEBB
STAR 2.1 30
CEGAM1K NO - - - - - - -
CEGAM1Q NO - - - - - - -
DGO1L NO - - - - - - -
DGO1Q NO - - - - - - -
DOSUL2K SÍ DVOR/DME
BLV – R-111 BLV
SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 6000 / 1829 4281 / 1305 NO 4524 / 1379
DOSUL2Q SÍ DVOR/DME
BLV – R-117 BLV
SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 6000 / 1829 4281 / 1305 NO 4524 / 1379
MAPAX1K NO - - - - - - -
MAPAX1Q NO - - - - - - -
SNR2K SÍ DVOR/DME
BLV – R-111 BLV
SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 6000 / 1829 4281 / 1305 NO 4524 / 1379
SNR2Q SÍ DVOR/DME
BLV – R-117 BLV
SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 6000 / 1829 4281 / 1305 NO 4524 / 1379
Tabla 11. Análisis de las afecciones sobre los Procedimientos Instrumentales de Llegada. Aeropuerto de Bilbao
ESTUDIO AERONÁUTICO DE SEGURIDAD RELATIVO AL
SECTOR SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 19
Carta AIP-
España RWY Maniobra
Sobrevuelo
(SÍ/NO) Tramo
Obstáculo
(ft/m)
MOC
(ft/m)
Altitud
Mínima
(ft/m)
Margen
(ft/m)
Afección
(SÍ/NO)
Alt Max
Obs (ft/m)
AD 2 - LEBB
IAC/1 12 ILS Z
SÍ Tramo de precisión
OAS 2.5% y OAS 5%
SL EL 14
243 / 74 0 / 0 401 / 122 158 / 48 NO 401 / 122
SÍ Aproximación inicial –
Viraje reglamentario
SL EL 14
243 / 74 984 / 300 3500 / 1066 2273 / 692 NO 2516 / 766
SÍ MSA DVOR/DME BLV SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 4500 / 1371 2781 / 847 NO 3024 / 921
SÍ ESPERA DVOR BLV SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 5600 / 1706 3881 / 1182 NO 4124 / 1256
SÍ CIRCUITO CAT A SL EL 14
243 / 74 294 / 89 1800 / 548 1263 / 385 NO 1506 / 459
SÍ CIRCUITO CAT B SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1970 / 600 1432 / 436 NO 1675 / 510
SÍ CIRCUITO CAT C, D SL EL 14
243 / 74 394 / 120 2110 / 643 1473 / 449 NO 1716 / 523
NO Resto de fases de la
aproximación - - - - - -
AD 2 - LEBB
IAC/2 12 ILS Y
SÍ Tramo de precisión
OAS 2.5% y OAS 5%
SL EL 14
243 / 74 0 / 0 401 / 122 158 / 48 NO 401 / 122
SÍ MSA L B SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 4500 / 1371 2781 / 847 NO 3024 / 921
SÍ CIRCUITO CAT A SL EL 14
243 / 74 294 / 89 1800 / 548 1263 / 385 NO 1506 / 459
SÍ CIRCUITO CAT B SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1970 / 600 1432 / 436 NO 1675 / 510
SÍ CIRCUITO CAT C, D SL EL 14
243 / 74 394 / 120 2110 / 643 1473 / 449 NO 1716 / 523
NO Resto de fases de la
aproximación - - - - - -
AD 2 - LEBB
IAC/3 12 LOC Z
SÍ Aproximación inicial –
Viraje reglamentario
SL EL 14
243 / 74 984 / 300 3500 / 1066 2273 / 692 NO 2516 / 766
SÍ Aproximación
frustrada SOC-TP
SL EL 14
243 / 74 98 / 30 1833 / 558 1492 / 454 NO 1735 / 528
ESTUDIO AERONÁUTICO DE SEGURIDAD RELATIVO AL
SECTOR SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 20
Carta AIP-
España RWY Maniobra
Sobrevuelo
(SÍ/NO) Tramo
Obstáculo
(ft/m)
MOC
(ft/m)
Altitud
Mínima
(ft/m)
Margen
(ft/m)
Afección
(SÍ/NO)
Alt Max
Obs (ft/m)
SÍ MSA DVOR/DME BLV SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 4500 / 1371 2781 / 847 NO 3024 / 921
SÍ CIRCUITO CAT A SL EL 14
243 / 74 294 / 89 1800 / 548 1263 / 385 NO 1506 / 459
SÍ CIRCUITO CAT B SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1970 / 600 1432 / 436 NO 1675 / 510
SÍ CIRCUITO CAT C, D SL EL 14
243 / 74 394 / 120 2110 / 643 1473 / 449 NO 1716 / 523
NO Resto de fases de la
aproximación - - - - - -
AD 2 - LEBB
IAC/4 12 LOC Y
SÍ Aproximación
frustrada SOC-TP
SL EL 14
243 / 74 98 / 30 1833 / 558 1492 / 454 NO 1735 / 528
SÍ MSA L B SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 4500 / 1371 2781 / 847 NO 3024 / 921
SÍ CIRCUITO CAT A SL EL 14
243 / 74 294 / 89 1800 / 548 1263 / 385 NO 1506 / 459
SÍ CIRCUITO CAT B SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1970 / 600 1432 / 436 NO 1675 / 510
SÍ CIRCUITO CAT C, D SL EL 14
243 / 74 394 / 120 2110 / 643 1473 / 449 NO 1716 / 523
NO Resto de fases de la
aproximación - - - - - -
AD 2 - LEBB
IAC/5 12 VOR
SÍ Aproximación inicial –
Viraje reglamentario
SL EL 14
243 / 74 984 / 300 3600 / 1097 2373 / 723 NO 2616 / 797
SÍ Aproximación
frustrada 2.5%
SL EL 14
243 / 74 98 / 30 1453 / 442 1112 / 338 NO 1355 / 412
SÍ Aproximación
frustrada 5%
SL EL 14
243 / 74 98 / 30 1025 / 312 684 / 208 NO 927 / 282
SÍ MSA L B SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 4500 / 1371 2781 / 847 NO 3024 / 921
SÍ CIRCUITO CAT A SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1710 / 521 1172 / 357 NO 1415 / 431
ESTUDIO AERONÁUTICO DE SEGURIDAD RELATIVO AL
SECTOR SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 21
Carta AIP-
España RWY Maniobra
Sobrevuelo
(SÍ/NO) Tramo
Obstáculo
(ft/m)
MOC
(ft/m)
Altitud
Mínima
(ft/m)
Margen
(ft/m)
Afección
(SÍ/NO)
Alt Max
Obs (ft/m)
SÍ CIRCUITO CAT B SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1970 / 600 1432 / 436 NO 1675 / 510
SÍ CIRCUITO CAT C, D SL EL 14
243 / 74 394 / 120 2110 / 643 1473 / 449 NO 1716 / 523
NO Resto de fases de la
aproximación - - - - - -
AD 2 - LEBB
IAC/6 30 ILS Z
SÍ Tramo de precisión
OAS 2.5% y OAS 5%
SL EL 14
243 / 74 0 / 0 302 / 92 59 / 18 NO 302 / 92
SÍ MSA DVOR/DME BLV SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 4500 / 1371 2781 / 847 NO 3024 / 921
SÍ CIRCUITO CAT A SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1710 / 521 1172 / 357 NO 1415 / 431
SÍ CIRCUITO CAT B SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1970 / 600 1432 / 436 NO 1675 / 510
SÍ CIRCUITO CAT C, D SL EL 14
243 / 74 394 / 120 2060 / 627 1423 / 433 NO 1666 / 507
NO Resto de fases de la
aproximación - - - - - -
AD 2 - LEBB
IAC/7 30 ILS Y
SÍ Tramo de precisión
OAS 2.5%
SL EL 14
243 / 74 0 / 0 302 / 92 59 / 18 NO 302 / 92
SÍ Tramo de precisión
OAS 4%
SL EL 14
243 / 74 0 / 0 403 / 122 160 / 48 NO 403 / 122
SÍ MSA L B SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 4500 / 1371 2781 / 847 NO 3024 / 921
SÍ CIRCUITO CAT A SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1800 / 548 1262 / 384 NO 1505 / 458
SÍ CIRCUITO CAT B SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1970 / 600 1432 / 436 NO 1675 / 510
SÍ CIRCUITO CAT C, D SL EL 14
243 / 74 394 / 120 2120 / 646 1483 / 452 NO 1726 / 526
NO Resto de fases de la
aproximación - - - - - -
ESTUDIO AERONÁUTICO DE SEGURIDAD RELATIVO AL
SECTOR SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 22
Carta AIP-
España RWY Maniobra
Sobrevuelo
(SÍ/NO) Tramo
Obstáculo
(ft/m)
MOC
(ft/m)
Altitud
Mínima
(ft/m)
Margen
(ft/m)
Afección
(SÍ/NO)
Alt Max
Obs (ft/m)
AD 2 - LEBB
IAC/8 30 LOC Z
SÍ Aproximación
frustrada SOC-TP
SL EL 14
243 / 74 98 / 30 905 / 275 564 / 171 NO 807 / 245
SÍ MSA DVOR/DME BLV SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 4500 / 1371 2781 / 847 NO 3024 / 921
SÍ CIRCUITO CAT A SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1710 / 521 1172 / 357 NO 1415/ 431
SÍ CIRCUITO CAT B SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1970 / 600 1432 / 436 NO 1675 / 510
NO Resto de fases de la
aproximación - - - - - -
AD 2 - LEBB
IAC/9 30 LOC Y
SÍ Aproximación final SL EL 14
243 / 74 246 / 75 800 / 243 311 / 94 NO 554 / 168
SÍ MSA L B SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 4500 / 1371 2781 / 847 NO 3024 / 921
SÍ CIRCUITO CAT A SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1800 / 548 1262 / 384 NO 1505 / 458
SÍ CIRCUITO CAT B SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1970 / 600 1432 / 436 NO 1675 / 510
SÍ CIRCUITO CAT C, D SL EL 14
243 / 74 394 / 120 2120 / 646 1483 / 452 NO 1726 / 526
NO Resto de fases de la
aproximación - - - - - -
AD 2 - LEBB
IAC/10 30 LOC X
SÍ Aproximación
frustrada TP
SL EL 14
243 / 74 98 / 30 1553 / 473 1212 / 369 NO 1455 / 443
SÍ MSA DVOR/DME BLV SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 4500 / 1371 2781 / 847 NO 3024 / 921
SÍ CIRCUITO SL EL 14
243 / 74 394 / 120 2060 / 628 1423 / 434 NO 1666 / 508
NO Resto de fases de la
aproximación - - - - - -
AD 2 - LEBB
IAC/11 30 VOR SÍ Aproximación final
SL EL 14
243 / 74 246 / 75 1750 / 533 1261 / 384 NO 1504 / 458
ESTUDIO AERONÁUTICO DE SEGURIDAD RELATIVO AL
SECTOR SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 23
Carta AIP-
España RWY Maniobra
Sobrevuelo
(SÍ/NO) Tramo
Obstáculo
(ft/m)
MOC
(ft/m)
Altitud
Mínima
(ft/m)
Margen
(ft/m)
Afección
(SÍ/NO)
Alt Max
Obs (ft/m)
SÍ MSA DVOR/DME BLV SL EL 14
243 / 74 1476 / 450 4500 / 1371 2781 / 847 NO 3024 / 921
SÍ CIRCUITO CAT A SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1750 / 533 1212 / 369 NO 1455 / 443
SÍ CIRCUITO CAT B SL EL 14
243 / 74 295 / 90 1970 / 600 1432 / 436 NO 1675 / 510
SÍ CIRCUITO CAT C, D SL EL 14
243 / 74 394 / 120 2110 / 643 1473 / 449 NO 1716 / 523
NO Resto de fases de la
aproximación - - - - - -
Tabla 12. Análisis de las afecciones sobre los Procedimientos de Aproximación Instrumental. Aeropuerto de Bilbao
Del análisis anterior, se concluye que el Sector SR1 “Haritzondo-Txiline” no afecta a los procedimientos de vuelo instrumental
(salidas, llegadas y aproximaciones) publicados en AIP-España (AMDT 285/17 (02-FEB-17) y AIRAC AMDT 15/16 (WEF 02-FEB-17))
para el aeropuerto de Bilbao, al cumplirse el margen de franqueamiento de obstáculos correspondiente a cada maniobra, según
los criterios de los PANS-OPS de OACI. Se ha comprobado también que el Sector SR1 se encuentra fuera de todas las áreas de
protección correspondientes al aeropuerto de Bilbao.
ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 24
8.3. CARTA DE ALTITUD MÍNIMA DE VIGILANCIA ATC
La Carta de Altitud Mínima de Vigilancia ATC del AIP-España vigente para el TMA de
Bilbao es la AD 2 – LEBB ATCSMAC, con fecha de WEF 10-DEC-15 (AIRACAMDT 12/15).
Figura 8. Carta de Altitud Mínima de Vigilancia ATC. TMA Bilbao
Figura 9. ZOOM carta de Altitud Mínima de Vigilancia ATC. TMA Bilbao
ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 25
Las altitudes mínimas de sector establecidas garantizan un margen mínimo de 984 ft
por encima de todos los obstáculos situados a menos de 3 NM del límite del sector
hasta 20 NM de la antena radar o a menos de 5 NM del límite cuando se trate de
distancias de más de 20 NM desde la antena radar (Parte II, Sección 2, Capítulo 6 del
Doc. 8168 de OACI).
El Sector SR 1 se ubica dentro del sector de 4000 ft de la Carta de Altitud Mínima de
Vigilancia ATC para el TMA Bilbao.
Obstáculo
(ft/m)
MOC
(ft/m)
Altitud Mínima de
Vigilancia ATC (ft)
Comprobación
Hobs+MOC<Altitud Mín. (ft)
SL EL 14
243 / 74 984 / 300 4000 243 + 984 = 1227 < 4000
Tabla 13. Análisis de la afección a la Altitud Mínima de Área (AMA)
Por lo tanto, se concluye que el Sector SR1 no afecta a los sectores definidos en la
Carta de Altitud Mínima de Vigilancia ATC del TMA Bilbao.
8.4. ALTITUD MÍNIMA DE ÁREA (AMA)
La Altitud Mínima de Área (AMA) publicada en AIP-España para la zona donde se
ubica el Sector SR1 es de 7100 ft (2164.08 m).
Figura 10. Altitud Mínima de Área (AMA)
ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 26
Figura 11. ZOOM Altitud Mínima de Área (AMA)
Obstáculos
(ft/m)
MOC
(ft/m)
Altitud Mínima de
Área (ft)
Comprobación
Hobs+MOC<Altitud Mín. (ft)
SL EL 14
243 / 74 984 / 300 7100 243 + 984 = 1227 < 7100
Tabla 14. Análisis de la afección a la Altitud Mínima de Área (AMA)
Por lo tanto, se concluye que el Sector SR1 objeto de estudio no afecta al mínimo
operativo definido, según los criterios del PANS-OPS de OACI.
ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 27
8.5. AEROVÍAS DE ESPACIO AÉREO INFERIOR
El Sector SR1 se encuentra dentro de las áreas de protección de las aerovías del
espacio aéreo inferior R-42, G-23, N-867, R-75 y P-87, siendo la más restrictiva la aerovía
G-23 (5500ft) publicada en el AIP-ESPAÑA a fecha de realización del presente estudio.
Obstáculos
(ft/m)
MOC
(ft/m)
Altitud Mínima de
Área (ft)
Comprobación
Hobs+MOC<Altitud Mín. (ft)
SL EL 14
243 / 74 984 / 300 5500 243 + 984 = 1227 < 5500
Tabla 15. Análisis de la afección a las Aerovías de Espacio Aéreo Inferior
Por lo tanto, el Sector SR1 “Haritzondo-Txiline” no afecta a los mínimos operativos
definidos, según los criterios del PANS-OPS de OACI.
Figura 12. Aerovías del Espacio Aéreo Inferior
ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 28
9. PROCEDIMIENTOS VISUALES
En los vuelos VFR, el piloto es responsable de separarse de otros tráficos y de los
obstáculos naturales y artificiales que haya en el entorno de la aeronave (Anexo 2
OACI. Capítulo 2, 2.3.1. Capítulo 3, 3.1.2, 3.2. Capítulo 4, 4.6). No obstante, para que
este tipo de operaciones puedan realizarse con márgenes de seguridad adecuados,
es necesario que en el entorno próximo al aeródromo la configuración de obstáculos
permita realizar las maniobras de aproximación y salida siguiendo los procedimientos
visuales estándar, que tienen en cuenta tanto las actuaciones de la aeronave como
las técnicas de vuelo y los tiempos de respuesta del piloto.
En este apartado se analizan las posibles afecciones operativas de los obstáculos
sobre los procedimientos de vuelo visual publicados en AIP España para el aeropuerto
de Bilbao.
9.1. COMPATIBILIDAD DEL ESPACIO AÉREO CIRCUNDANTE
A continuación se muestra la situación del Sector SR1 respecto del aeropuerto de
Bilbao:
Figura 13. Ubicación del Sector SR1 respecto del aeropuerto de Bilbao
Aparte del aeropuerto de Bilbao, situado a 2.28 km del extremo más próximo al Sector
SR1, el resto de aeropuertos del espacio aéreo circundante se ubican a 50.7 km
ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 29
(aeropuerto de Vitoria), a 72.6 km (aeropuerto de Santander) y a 92.3 km (aeropuerto
de San Sebastián).
Las radioayudas más cercanas se ubican a 1.1 km (DVOR/DME BLV), a 9.9 km (L B), a
74.8 km (NDB SA), 79.3 km (NDB SNR) respecto del Sector SR1 objeto de estudio.
A continuación se muestra la situación relativa del Sector SR1 respecto los distintos
elementos del espacio aéreo circundante.
Figura 14. Ubicación del Sector SR1 respecto del Espacio Aéreo Circundante
El emplazamiento propuesto para el Sector SR1 se halla en:
- MADRID FIR (FL245 / GND)
- BILBAO CTR (300 m AGL/GND – 500 m AGL/SEA): Clase D (Espacio Aéreo Controlado)
- BILBAO TMA PARTE 1 (FL145 / 1000 ft AGL): Clase D (Espacio Aéreo Controlado)
- BILBAO ATZ (3000 ft HGT / SFC)
Obstáculo Bilbao ATZ (ft) Bilbao CTR
(m)
Bilbao TMA
PARTE 1 (ft) Madrid FIR (ft)
SL EL 14
243 / 74 3000 > 243 300 > 74 1000 > 243 24500 > 243
Tabla 16. Situación del Sector SR1 respecto del Espacio Aéreo Circundante
ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 30
Analizando las zonas LEP/D/R y TSA, se determina que el Sector SR1 estudiado no se
encuentra debajo ninguna zona prohibida, restringida, peligrosa o de fauna sensible.
Las más próximas al Sector SR1 son la zona LEP 142, a 54.46 km del extremo más
cercano y la zona LED 8, a 84.61 km del extremo más cercano. En cuanto a zonas de
fauna sensible, la más próxima es la F17, Área de Recuperación del Oso Pardo
(Cantabria) Espacio Natural Protegido, a 105 km aproximadamente.
En resumen, no se han identificado afecciones sobre aeropuertos, aeródromos,
radioayudas, zonas prohibidas o restringidas ni sobre los elementos de la estructura del
espacio aéreo próximo.
9.2. CIRCUITO DE TRÁNSITO
El circuito de tránsito para el aeropuerto de Bilbao, AD 2–LEBB 10/11 – Ítem 22 (WEF 02-
FEB-17 (AIRAC AMDT 15/16)), se define al este de la pista RWY 12-30 y al sur de la pista
RWY 10-28.
Figura 15. Circuito de Tránsito AIP-España – Aeropuerto de Bilbao
Se ha procedido a trazar las trayectorias y las áreas de protección de las maniobras
visuales de aproximación en circuito, correspondientes a los procedimientos de
aproximación por instrumentos que terminan su aproximación visualmente, aunque
aplicadas al circuito de tránsito:
ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 31
Figura 16. Situación del Sector SR1 respecto a las Áreas de protección de
Aproximación Visual en Circuito. Aeropuerto de Bilbao
El Sector SR1 se sitúa bajo las áreas correspondientes al circuito de tránsito para
aeronaves de categoría A, B, C y D (siendo la categoría D la más restrictiva). Éstas se
protegen con las áreas de transición prolongadas extendidas hasta los 300 m, como se
puede ver en la siguiente imagen:
Figura 17. Situación del Sector SR1 respecto a las superficies de aproximación y
transición prolongadas. Aeropuerto de Bilbao
ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 32
Las parcelas y subzonas del Sector SR1 se ubican bajo la superficie de Transición
prolongada sin vulnerarla y parcialmente bajo la superficie de Aproximación 12,
también sin vulnerarla. En concreto, la parcela SL EL 02, con elevación máxima de
46m, presenta su extremo sureste bajo la superficie de Aproximación 12, que se
encuentra a una elevación mínima de 65.5msnm, por lo que no se ve vulnerada.
Se puede concluir por tanto que el Sector SR1 no supone un obstáculo a la carta
VAC_OACI.
9.3. ANÁLISIS CARTAS VFR / AD 2 - LEBB VAC
El aeropuerto de Bilbao cuenta con una carta VAC-OACI en la que se indica el modo
de operación visual para dicho aeródromo.
Figura 18. Carta de Aproximación Visual VAC del aeropuerto de Bilbao
En la carta AD 2-LEBB VAC (25-MAY-16 (AIRAC AMDT 04/16)), publicada en AIP-España
para el aeropuerto de Bilbao, se describen los procedimientos de llegada y salidas que
se apoyan en 5 puntos de notificación, todos exteriores al CTR y 3 puntos de espera
VFR, interiores al CTR. También cuenta con un procedimiento de fallo de
comunicaciones y un circuito de tránsito de aeródromo.
Tal y como se indica en la figura anterior, el Sector SR1 se encuentra dentro del ATZ y
del CTR del aeropuerto de Bilbao, ubicándose fuera de los pasillos visuales
establecidos en la carta, y siendo el más cercano el definido por los puntos de
notificación W CASTRO URDIALES y W-1 BARACALDO, (considerando una semianchura
ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 33
de 1NM). El punto de notificación más cercano es el W-1 BARACALDO, situado a una
distancia de 4.6 km.
La parte correspondiente al circuito de tránsito se ha analizado en el apartado 9.2.
Se puede concluir que el Sector SR1 no supone un obstáculo a la carta VAC del
aeropuerto de Bilbao.
9.4. OTRA INFORMACIÓN DE UTILIDAD AIP-ESPAÑA (BILBAO AD)
a) Ítem 21 Procedimientos de atenuación de ruidos
Según lo expuesto en el Ítem 21 de AIP-España de procedimientos de atenuación de
ruidos del aeropuerto de Bilbao, AD 2 – LEBB 10 (WEF 02-FEB-17 (AIRAC AMDT 15/16)):
“Las pruebas de motores en régimen superior al ralentí se solicitarán en la oficina CECOPS a
través de SITA o fax.
Las pruebas de motores de media y plena potencia están prohibidas entre las 0000 y las 0600 LT.
Salvo por razones de seguridad los helicópteros evitarán el sobrevuelo de los núcleos habitados
de los municipios de Erandio, Sondika, Loiu, Zamudio y Derio cuando evolucionen en el circuito
de tránsito de aeródromo. Asimismo, evitarán que las órbitas de espera o de fallo de radio al sur
del campo se realicen sobre dichas zonas. La altura a mantener en esta fase del vuelo no será
inferior a 1.000 ft sobre la elevación del campo.
Los helicópteros de alta generación de ruido (tipo Bell 212 o superiores) evitarán la utilización del
circuito de tránsito de aeródromo de la RWY 10/28 para entrenamiento limitándose a utilizarlo
únicamente para aterrizar.”
b) Ítem 22 Procedimientos de Vuelo
Según lo expuesto en el Ítem 22 de AIP-España de procedimientos de vuelo del
aeropuerto de Bilbao, AD 2 – LEBB 10 (WEF 02-FEB-17 (AIRAC AMDT 15/16)):
“PROCEDIMIENTOS DE VISIBILIDAD REDUCIDA (LVP)
1. GENERALIDADES
La RWY 30 es utilizable para despegues en condiciones de visibilidad reducida.
1.1. Se aplicarán los procedimientos de visibilidad reducida (LVP), cuando:
- el alcance visual en pista (RVR) de cualquiera de los transmisómetros, alcance un valor inferior
a 550 m, o
- la visibilidad sea inferior a 800 m, en caso de que los transmisómetros estuvieran fuera de
servicio.
1.2. Se informará a los pilotos de que se están aplicando los procedimientos de visibilidad
reducida a través del ATIS, con la fraseología “LOW VISIBILITY PROCEDURE IN FORCE”.
ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 34
1.3. Los procedimientos de visibilidad reducida se cancelarán cuando el RVR en todos los
transmisómetros sea superior a 1000 m, o visibilidad superior a 1000 m en caso de que los
transmisómetros estuvieran fuera de servicio y con firme tendencia de mejora de las condiciones
meteorológicas.
1.4. No está autorizada la operación de aeronaves con letra de clave F con procedimientos de
visibilidad reducida (LVP) activados.
2. MOVIMIENTOS EN TIERRA
Cuando el RVR sea igual o inferior a 1000 m, se activará, además del balizamiento apropiado,
las barras de parada que protegen los accesos a RWY y lasluces de punto de espera intermedio.
TWR no autorizará el acceso al área de maniobras de ningún vehículo, excepto los
imprescindibles para la operación, que estén equipados con radiotelefonía y en contacto
permanente con TWR.
Se utilizarán las barras de parada y las luces de punto de espera intermedio para gestionar los
movimientos en superficie.
Los pilotos procederán a verificar en todo momento la situación de la aeronave, comprobando
que el rodaje se ejecuta en condiciones de completa seguridad.
En el caso de que una aeronave que sale, tuviera que regresar a la plataforma, el piloto
informará a TWR y esperará nuevas instrucciones de rodaje.
2.1. Llegadas:
Las aeronaves que hayan aterrizado:
- Notificarán pista libre y la calle de salida utilizada cuando las luces de eje de la TWY pasen a
ser todas verdes, en lugar de verdes-amarillas.
- Esperarán instrucciones de rodaje de TWR.
Llegadas a Plataforma Norte:
- RWY 30 en uso: abandono de RWY por TWY C5, ó C6. Rodaje vía TWY T hasta las puertas B, A1 ó
A2 (según puesto de estacionamiento asignado e indicación ATC), donde se esperará la
presencia de un vehículo “SÍGAME”.
Llegadas a Plataforma Sur:
- RWY 30 en uso: se instruirá al tráfico para que abandone la RWY por la puerta D1 para
proceder al puesto de estacionamiento guiado por un vehículo “SÍGAME”.
2.2. Salidas.
Salidas desde Plataforma Norte:
- RWY 30 en uso: abandono de la plataforma vía B, A1 ó A2, según indicaciones ATC. Rodaje vía
TWY T hasta punto de espera en pista K1, ó C2, ó C1, según indique ATC.
Salidas desde Plataforma Sur:
- RWY 30 en uso: guiado por un vehículo “SÍGAME” y abandono de la plataforma vía D3. Rodaje
hasta punto de espera en pista en D1, donde esperará autorización ATC para cruzar la pista en
uso. El guiado por vehículo “SÍGAME” se realizará hasta la plataforma norte, la aeronave
continuará su rodaje vía TWY T hasta el punto de espera en pista K1, ó C2, ó C1, según indique
ATC.
3. FALLO DE COMUNICACIONESY SITUACIONES ANÓMALAS EN EL ÁREA DE MANIOBRAS
Incertidumbre respecto de la posición en el área de maniobras
ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 35
- Salvo lo dispuesto en el párrafo a continuación, si un piloto duda respecto de la posición de la
aeronave en relación con el área de maniobras, inmediatamente, detendrá la aeronave y
notificará a ATC esta circunstancia (incluida la última posición conocida).
- En las situaciones en las que el piloto dude respecto de la posición de la aeronave en relación
con el área de maniobras, pero reconozca que la aeronave se encuentra en una RWY, el piloto,
inmediatamente, lo notificará a ATC (incluida la última posición conocida), evacuará, lo antes
posible, la RWY, si es capaz de localizar una TWY cercana apropiada, a menos que ATC indique
otra cosa; y después, detendrá la aeronave.
- En caso de desorientación de un vehículo en el área de maniobras, se comunicará este hecho
a ATC (incluida la última posición conocida) y, a menos que reciba otra indicación de ATC,
evacuará el área de maniobras para alejarse a una distancia segura, lo antes posible y
detendrá el vehículo.
Pérdida de contacto visual entre móviles
- En caso de pérdida de contacto visual de una aeronave con otra o con un vehículo con el
que mantenga propia separación, se informará inmediatamente a ATC y se detendrá la
aeronave. ATC tomará las medidas que considere oportunas.
Avería de aeronave o vehículo
- Aeronave: notificará la situación a ATC y esperará la llegada de asistencia.
En caso de encontrarse en una RWY, si es posible y a menos que ATC indique lo contrario, la
evacuará.
- Vehículo: comunicará este hecho a ATC (incluida la última posición conocida) y, a menos que
reciba otra indicación de ATC y si es posible, evacuará el área de maniobras para alejarse a
una distancia segura, lo antes posible y detendrá el vehículo. Si no puede mover el vehículo,
informará sin demora a ATC.
Fallo de comunicaciones
En el caso de que una aeronave o vehículo operando en el área de maniobras experimente un
fallo en las comunicaciones procederá como sigue:
- Aeronave en salida: la aeronave continuará por la ruta asignada hasta detenerse en el límite
de la autorización ATC, extremando las precauciones, donde mantendrá posición y esperará la
llegada de un vehículo de asistencia.
- Aeronave de llegada: si la aeronave acaba de aterrizar, mantendrá posición al abandonar
RWY, y esperará la llegada de un vehículo de asistencia.
Si la aeronave ya tuviera una autorización de rodaje ATC, continuará por la ruta asignada hasta
el límite de la autorización ATC, extremando las precauciones, donde mantendrá posición y
esperará la llegada de un vehículo de asistencia.
- Vehículo: evacuará el área de maniobras si se encontrase en ella y después detendrá el
vehículo permaneciendo en su posición y esperando la llegada del vehículo de asistencia.
SISTEMA DE PRESENTACIÓN RADAR
En el aeropuerto de Bilbao podrán utilizarse sistemas de vigilancia ATS en el suministro del servicio
de control de aeródromo para ejecutar las siguientes funciones:
a) Supervisión de la trayectoria de vuelo de aeronaves en aproximación final;
b) Supervisión de la trayectoria de vuelo de otras aeronaves en las cercanías del aeródromo;
c) Aplicación de separación, establecida en RCA-4.6.7.3 entre aeronaves sucesivas a la salida; y
d) Suministro de asistencia para la navegación a vuelos VFR.
ESTUDIO AERONÁUTICO DE
SEGURIDAD RELATIVO AL SECTOR
SR.1 «HARITZONDO-TXILINE», LOIU
FECHA: 14/11/2017 INFORME 36
AJUSTE DE VELOCIDAD
Las llegadas a Bilbao AD, bajo control radar, ajustarán sus velocidades conforme a lo
especificado a continuación:
- IAS MAX 250 kt a FL120 o inferior.
- IAS 210 kt al comienzo del viraje final para interceptar el rumbo del LOC del ILS.
- IAS 180 kt al completar el viraje final y establecerse en el rumbo LOC del ILS, cuando la
aeronave se encuentre dentro de 20 NM del umbral de aterrizaje.
- IAS 160 kt al cruzar 4 NM del umbral de aterrizaje.
- Las aeronaves con IAS de crucero inferiores a las citadas anteriormente deberán mantener
velocidad de crucero hasta el punto de ajuste que les afecte.
La IAS MAX permitida para las salidas es de 250 kt hasta abandonar FL100.
CIRCUITO DE TRÁNSITO AD.”
Con respecto a los procedimientos de vuelo expuestos en el Ítem 22 del AIP España
para el aeropuerto de Bilbao, no se han detectado afecciones operativas sobre los
mismos por parte del Sector SR1. (El análisis correspondiente al circuito de tránsito
puede verse en el apartado 9.2).
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10. PROCEDIMIENTOS DE FALLO DE MOTOR
Los criterios PANS-OPS de OACI para el diseño de procedimientos suponen
operaciones normales e incumbe al explotador la responsabilidad de proporcionar
procedimientos de contingencia para operaciones anormales y de emergencia (fallo
de motor o emergencia en vuelo).
Los procedimientos de contingencia se requieren en cualquier situación en la que la
aeronave no pueda seguir los procedimientos de salida por instrumentos y es
responsabilidad del explotador asegurar que los procedimientos de contingencia se
atengan a los requisitos de performance prescritos en el Anexo 6 de OACI.
Sin embargo, según las indicaciones mostradas en el documento “Directrices para la
elaboración de estudios aeronáuticos de seguridad en el caso de vulneración de
servidumbres de aeródromo” de AESA, se deberán realizar una serie de hipótesis para
conocer el alcance de la posible afección de los obstáculos en este tipo de
maniobras.
OACI recomienda que los procedimientos de fallo de motor sigan la trayectoria de los
procedimientos de salida instrumental (SID) siempre que sea posible. El análisis de estos
procedimientos (ver apartado 8.2, MOC SID1) ha demostrado que el Sector SR1 se
encuentra debajo de las áreas de protección de algunos de los procedimientos de
salida instrumental; aunque las pendientes mínimas publicadas permiten cumplir el
margen mínimo de franqueamiento de obstáculos.
Sin embargo, con el objetivo de no penalizar el peso máximo al despegue, muchas
compañías aéreas emplean procedimientos específicos de fallo de motor que no
siguen los procedimientos de salida publicados (Doc. 8168 OACI, Volumen II, Sección
3, Capítulo 1, 1.7.).
En estos casos, se hace difícil evaluar si el obstáculo considerado podría afectar a los
procedimientos de fallo de motor, ya que es imposible prever todas las trayectorias
posibles que seguirán las aeronaves. A pesar de ello, se pueden seguir una serie de
pasos con el fin de determinar si el Sector SR1 se encuentra en una zona susceptible de
albergar procedimientos de fallo de motor:
Estudio de los Planos de Obstáculos de Aeródromo (AOC) OACI - Tipo A:
El Sector SR1 objeto de estudio se encuentra ubicado fuera de las áreas de las
trayectorias de despegues definidas en los planos AOC 1, AOC2, AOC 3 y AOC 4 del
aeropuerto de Bilbao:
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Figura 19. AD2 LEBB AOC/1, 02-FEB-17 (AIRAC AMDT 15/16)
Figura 20. AD2 LEBB AOC/2, 10-DEC-15 (AIRAC AMDT 12/15)
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Figura 21. AD2 LEBB AOC/3, 02-FEB-17 (AIRAC AMDT 15/16)
Figura 22. AD2 LEBB AOC/4, 10-DEC-15 (AIRAC AMDT 12/15)
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Figura 23. Situación relativa del Sector SR1 – Planos AOC Tipo A OACI Bilbao AD
El Sector SR1 se sitúa a 1.06 km (0.57 NM) del umbral más cercano (THR 02) y se ubica
fuera de la prolongación de las áreas de protección al despegue y por tanto de las
cartas AOC del aeropuerto de Bilbao, por lo que se puede asegurar que el Sector SR1
no supone un obstáculo a la hora de diseñar un procedimiento a fallo motor.
En cualquier caso, conviene insistir que el diseño de los procedimientos de emergencia
es responsabilidad del explotador (compañías aéreas).
11. MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE RIESGOS, SEÑALIZACIÓN, ILUMINACIÓN Y
PUBLICACIÓN EN AIP-ESPAÑA
La señalización y/o iluminación de obstáculos es una medida de mitigación de riesgos
para las aeronaves, que facilita la localización del peligro al piloto y permite que el
obstáculo pueda ser visto claramente por los pilotos en cualesquiera condiciones
meteorológicas y de visibilidad (Anexo 14 OACI, Capítulo 6 y Doc. 9137 OACI, Parte 6
Capítulo 2).
De acuerdo a la Guía de señalamiento e iluminación de obstáculos de AESA, no se
considera necesaria la señalización ni la iluminación del Sector SR1 “Haritzondo-Txiline”.
Así mismo, al no superar los sectores y subzonas del Sector SR1 los 100m de altura, no es
necesaria la publicación en el AIP-España.
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12. CONCLUSIONES
De acuerdo a los criterios especificados en el Documento 8168 de OACI (PANS-OPS),
RD862/2009, D584/1972 y RD 1838/2009, el desarrollo del Sector SR1 en el término
municipal de Loiu, en la provincia de Bizkaia:
Se encuentra afectado por las servidumbres aeronáuticas definidas en el Real
Decreto 370/2011, de 11 de marzo, por el que se actualizan las servidumbres
aeronáuticas del aeropuerto de Bilbao.
No afecta a los procedimientos de vuelo instrumental (salidas, llegadas y
aproximaciones) para el aeropuerto de Bilbao, publicados en AIP-España,
actualizado hasta las enmiendas AMDT 285/17 (02-FEB-17) y AIRAC AMDT 15/16
(WEF 02-FEB-17), al cumplirse el margen de franqueamiento de obstáculos
(MOC) correspondiente a cada una de las maniobras.
No afecta a la Carta de Altitud Mínima de Vigilancia ATC, a la Altitud Mínima
de Área (AMA) ni a las Aerovías del Espacio Aéreo Inferior publicadas a fecha
de realización de este documento, cumpliéndose con los márgenes de
franqueamiento de obstáculos (MOC) aplicables.
No afecta a los procedimientos según reglas de vuelo visual del aeropuerto de
Bilbao.
No afecta a los procedimientos de fallo de motor definidos en el plano (AOC 1,
2, 3 y 4) OACI - Tipo A del aeropuerto de Bilbao.
Por todo lo anterior, cabe concluir que no se han identificado afecciones a las
operaciones instrumentales, visuales o despegues con fallo de motor como
consecuencia del desarrollo del Sector SR1 y, por lo tanto, no se ven afectadas la
seguridad ni la regularidad de las operaciones, ni tampoco se requerirían
modificaciones de las mismas.
Los resultados obtenidos en este estudio serán válidos únicamente para las
coordenadas y altitudes mostradas en el mismo, entendiéndose que cualquier
variación de las mismas supondría necesariamente un nuevo análisis.
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Como Anexo 1 se incluye este estudio el AIP-ESPAÑA.
Madrid, noviembre de 2017
Marta Garriga Grimau
Ingeniera Aeronáutica - Nº Colegiada: 4686
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ANEXO 1
Se incluyen a este estudio el AIP-ESPAÑA del aeropuerto de Bilbao.