+ All Categories
Home > Documents > Oferta de Interconexión de referencia

Oferta de Interconexión de referencia

Date post: 09-Jan-2017
Category:
Upload: lamnhan
View: 230 times
Download: 4 times
Share this document with a friend
123
- 1 - OFERTA DE INTERCONEXION DE REFERENCIA DE TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A. 1. INTRODUCCION ................................................................................................................................3 2. GENERALIDADES .............................................................................................................................3 3. PUNTOS DE INTERCONEXIÓN........................................................................................................3 4. TIPOS DE INTERCONEXIÓN ............................................................................................................4 4.1. CON LAS CENTRALES LOCALES DE TELEFÓNICA PARA LA TERMINACIÓN DE LLAMADAS LOCALES .......4 4.2. CON LAS CENTRALES LOCALES DE TELEFÓNICA PARA EL ENCAMINAMIENTO DE TRÁFICO DE LD........5 4.3. CON LA RED DE TRÁNSITO DE LD ....................................................................................................5 4.4. SERVICIO DE TRÁNSITO LOCAL ........................................................................................................5 5. PUERTOS DE ACCESO ....................................................................................................................6 6. COUBICACION EN CENTRALES DE TELEFÓNICA ........................................................................6 7. PROVISIÓN DE ENLACES DE INTERCONEXION...........................................................................7 7.1. SOLICITUDES ..................................................................................................................................7 7.2. RECONFIGURACION DE ENLACES DE INTERCONEXIÓN ........................................................................8 7.3. BAJA DE ENLACES ...........................................................................................................................8 7.4. PERIODO DE CONTRATACIÓN ...........................................................................................................9 8. OTROS SERVICIOS OFRECIDOS ....................................................................................................9 8.1. ACCESO AL SERVICIO DE INFORMACIÓN 110.....................................................................................9 8.2. ACCESO AL SERVICIO DE HORA OFICIAL 113 ....................................................................................9 8.3. ENCAMINAMIENTO DE LLAMADAS DIRIGIDAS A NUMERACIÓN 0800, 0810, 0822 Y 0823 DEL OPERADOR SOLICITANTE ............................................................................................................................. 10 8.3.1. CONDICIONES GENERALES ........................................................................................................ 10 8.3.2. ASPECTOS ECONÓMICOS .......................................................................................................... 10 8.3.3. ENCAMINAMIENTO DE LLAMADAS DIRIGIDAS A NUMERACIÓN 0800, 0810, 0822 Y 0823 DEL OPERADOR SOLICITANTE DESDE TERMINALES DE TELEFONÍA PÚBLICA...................................................................... 11 8.3.4. PROCEDIMIENTO ANTIFRAUDE ................................................................................................... 11 9. SOLICITUDES Y PREVISIONES .................................................................................................... 11 10. FACTURACION Y PAGO - FALTA DE PAGO - PUNITORIOS .................................................... 11 10.1. FACTURACIÓN Y PAGO ………………………………………………………………………………………… 11 10.2. FALTA DE PAGO ......................................................................................................................... 12 10.3. PUNITORIOS .............................................................................................................................. 12 10.4. OBJECIÓN DE FACTURAS ........................................................................................................... .13 10.5. REFACTURACIÓN Y AJUSTES ....................................................................................................... 14 11. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE LA OFERTA DE INTERCONEXIÓN ............................. 14 11.1. FACTURACION POR CUENTA Y ORDEN DEL OPERADOR SOLICITANTE. .......................................... 14 11.2. ATENCIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS .................................................................................... 15
Transcript
Page 1: Oferta de Interconexión de referencia

- 1 -

OFERTA DE INTERCONEXION DE REFERENCIA DE

TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A. 1. INTRODUCCION................................................................................................................................3 2. GENERALIDADES .............................................................................................................................3 3. PUNTOS DE INTERCONEXIÓN........................................................................................................3 4. TIPOS DE INTERCONEXIÓN............................................................................................................4

4.1. CON LAS CENTRALES LOCALES DE TELEFÓNICA PARA LA TERMINACIÓN DE LLAMADAS LOCALES .......4 4.2. CON LAS CENTRALES LOCALES DE TELEFÓNICA PARA EL ENCAMINAMIENTO DE TRÁFICO DE LD........5 4.3. CON LA RED DE TRÁNSITO DE LD ....................................................................................................5 4.4. SERVICIO DE TRÁNSITO LOCAL ........................................................................................................5

5. PUERTOS DE ACCESO ....................................................................................................................6 6. COUBICACION EN CENTRALES DE TELEFÓNICA........................................................................6 7. PROVISIÓN DE ENLACES DE INTERCONEXION...........................................................................7

7.1. SOLICITUDES..................................................................................................................................7 7.2. RECONFIGURACION DE ENLACES DE INTERCONEXIÓN ........................................................................8 7.3. BAJA DE ENLACES...........................................................................................................................8 7.4. PERIODO DE CONTRATACIÓN ...........................................................................................................9

8. OTROS SERVICIOS OFRECIDOS....................................................................................................9

8.1. ACCESO AL SERVICIO DE INFORMACIÓN 110.....................................................................................9 8.2. ACCESO AL SERVICIO DE HORA OFICIAL 113....................................................................................9 8.3. ENCAMINAMIENTO DE LLAMADAS DIRIGIDAS A NUMERACIÓN 0800, 0810, 0822 Y 0823 DEL OPERADOR

SOLICITANTE............................................................................................................................. 10 8.3.1. CONDICIONES GENERALES ........................................................................................................ 10 8.3.2. ASPECTOS ECONÓMICOS .......................................................................................................... 10 8.3.3. ENCAMINAMIENTO DE LLAMADAS DIRIGIDAS A NUMERACIÓN 0800, 0810, 0822 Y 0823 DEL OPERADOR SOLICITANTE DESDE TERMINALES DE TELEFONÍA PÚBLICA...................................................................... 11 8.3.4. PROCEDIMIENTO ANTIFRAUDE ................................................................................................... 11

9. SOLICITUDES Y PREVISIONES.................................................................................................... 11 10. FACTURACION Y PAGO - FALTA DE PAGO - PUNITORIOS .................................................... 11

10.1. FACTURACIÓN Y PAGO ………………………………………………………………………………………… 11 10.2. FALTA DE PAGO ......................................................................................................................... 12 10.3. PUNITORIOS .............................................................................................................................. 12 10.4. OBJECIÓN DE FACTURAS ........................................................................................................... .13 10.5. REFACTURACIÓN Y AJUSTES....................................................................................................... 14

11. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE LA OFERTA DE INTERCONEXIÓN............................. 14

11.1. FACTURACION POR CUENTA Y ORDEN DEL OPERADOR SOLICITANTE........................................... 14 11.2. ATENCIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS .................................................................................... 15

Page 2: Oferta de Interconexión de referencia

- 2 -

12. BLOQUEO DEL ACCESO A LOS SERVICIOS DE LARGA DISTANCIA..................................... 16 13. CALIDAD, CONFIABILIDAD Y DISPONIBILIDAD DE LA INTERCONEXIÓN ............................. 16 14. GARANTÍAS .................................................................................................................................. 17 15. CONDUCTAS FRAUDULENTAS.................................................................................................. 19 16. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA…………………………………………………………………… 19 17. CONFIDENCIALIDAD ................................................................................................................... 19 18. IMPUESTOS, TASAS, GRAVÁMENES Y/O CONTRIBUCIONES ............................................... 19 19. ANEXOS........................................................................................................................................ 20

Page 3: Oferta de Interconexión de referencia

- 3 -

1. INTRODUCCION

1.1. La presente Oferta de Interconexión de Referencia de Telefónica de Argentina S.A., en adelante TELEFONICA, tiene por objeto establecer los términos y condiciones en los que la red del Operador Solicitante se interconectará a la red de TELEFÓNICA, para la prestación de los servicios de telefonía fija local y de larga distancia nacional e internacional, conforme las disposiciones del Reglamento Nacional de Interconexión (RNI) que como Anexo II fuera aprobado por el Decreto N° 764/2000. 1.2. TELEFÓNICA podrá modificar los términos y condiciones de la presente Oferta de conformidad a las disposiciones de la reglamentación vigente. 1.3. A los fines de la presente Oferta, se utilizará la terminología específica que se indica en el Decreto N° 764/2000, sus Anexos y en el Anexo I de la presente.

2. GENERALIDADES

2.1. La Oferta de Interconexión de Referencia está destinada a los Operadores que posean licencia debidamente otorgada por la Secretaría de Comunicaciones, y que al momento de efectuar la solicitud de interconexión hayan registrado en el correspondiente Registro del citado Organismo, los Servicios de Telefonía Fija Local y/o de Larga Distancia Nacional e Internacional, de conformidad a lo establecido por el Reglamento de Licencias para Servicios de Telecomunicaciones, que fuera aprobado como Anexo I del Decreto N° 764/2000. 2.2. Los precios para cada servicio contemplado en esta Oferta se incluyen en los Anexos III y VII. 2.3. Para que la interconexión se pueda concretar, el Operador Solicitante deberá previamente firmar el correspondiente Convenio de Interconexión con TELEFÓNICA. 2.4. Los cargos de interconexión contenidos en la presente Oferta se aplicarán en forma simétrica y recíproca entre las PARTES.

3. PUNTOS DE INTERCONEXIÓN

3.1. TELEFÓNICA ofrece para la interconexión con el Operador Solicitante las centrales ubicadas en las áreas locales que se indican en la Tabla 1 del Anexo II, con los domicilios correspondientes. 3.2. En la Interconexión a la red local de TELEFÓNICA en un área local (AL) determinada, conforme lo indicado en el punto 3.1, y únicamente para el tráfico del Servicio de Telefonía Fija, excluido cualquier otro servicio de telecomunicaciones (tráfico destinado a los Servicios de Acceso a Internet en todas sus modalidades, Audiotexto, Llamadas Masivas, etc.), el Operador Solicitante podrá requerir a TELEFÓNICA la interconexión a nivel de Central con Capacidad de Tránsito, con acceso a toda la numeración del AL de que se trate.

3.3. A solicitud del Operador Solicitante, TELEFÓNICA proveerá un POI en aquellas centrales a las que se hace referencia en el punto 3.1 donde el Operador Solicitante así lo solicite, a efectos de brindar interconexión de acuerdo a los tipos indicados en el punto 4 de la presente Oferta.

Page 4: Oferta de Interconexión de referencia

- 4 -

4. TIPOS DE INTERCONEXIÓN

4.1. Con las centrales locales de TELEFÓNICA para la terminación de llamadas locales 4.1.1. A solicitud del Operador Solicitante, y conforme lo indicado en el punto 3, se proveerá un POI en cada una de las AL que solicite, a efectos de brindar interconexión a la red local de TELEFÓNICA para la terminación de llamadas locales. A través de dicho POI, el Operador Solicitante tendrá acceso a todos los clientes cuya numeración – identificada por su prefijo interurbano y prefijo urbano, o PIPU – se indican en la Tabla 2 del Anexo II para cada central. Los puertos de acceso se identificarán como puertos L – L. 4.1.2. TELEFÓNICA, en su carácter de OL Solicitado, entregará al OL Solicitante, en los POI definidos en el punto 4.1.1, todas las llamadas locales originadas en líneas provistas por ella dentro de su AL y que sean dirigidas a numeración de dicha AL asignada al OL Solicitante. 4.1.3. TELEFÓNICA percibirá del Operador Solicitante el cargo de terminación local indicado en el Anexo VII, por la terminación de las llamadas previstas en el punto 4.1.1. 4.1.4. Superada una relación de tres (3) a uno (1) para el intercambio del tráfico local del Servicio Básico Telefónico (llamadas originadas y terminadas en la misma área local, quedando excluidas las llamadas de larga distancia, así como también, todo tipo de tráfico proveniente de terceros operadores, considerando dentro de esta categoría a los Operadores Independientes), se presumirá que el tráfico en exceso corresponde a tráfico del Servicio de Valor Agregado de Acceso a Internet por medio de la numeración asignada al Servicio Básico Telefónico y que, por tanto, no quedará sometido a las condiciones establecidas en el Convenio de Interconexión. En caso que el tráfico supere esta relación, las PARTES acuerdan que aquel prestador que reciba tráfico por encima de esta relación bonificará el cargo de terminación local, que corresponda al tráfico en exceso. 4.1.4.1 Para establecer la relación de tráfico indicada en el punto 4.1.4, el análisis se basará sobre los consumos que cada OL informe al otro, de acuerdo al procedimiento establecido en la presente Oferta de Interconexión de Referencia. 4.1.4.2 En caso que se supere la relación de tráfico indicada en el punto 4.1.4 y el operador receptor del tráfico considerase que tal situación obedece a variaciones exclusivas de tráfico correspondiente al Servicio Básico Telefónico, este operador deberá demostrar mediante sus propias mediciones y conciliarlas con la otra parte, que no corresponde bonificar la terminación de dichas llamadas. 4.1.4.3 Toda ampliación de puertos de interconexión necesaria, en cada Área Local, originada por causa de un incremento en las llamadas con destino al Servicio de Valor Agregado de Acceso a Internet por medio de numeración asignada al Servicio de Telefonía Básica, que supere en cada Área Local la relación de tráfico indicada en el punto 4.1.4, no será de aplicación lo dispuesto en el punto 13.2 de la presente Oferta de Interconexión. 4.1.4.4 TELEFÓNICA no reconocerá cargos por la terminación de llamadas en la red del Operador Solicitante para las comunicaciones que un Operador Independiente le entregue a TELEFÓNICA -en su condición de Operador de Larga Distancia- para que ésta las entregue a su vez al Operador Solicitante -en su condición de Operador Local de destino-, cuando tales comunicaciones correspondan a llamadas con destino al Servicio de Valor Agregado de Acceso a Internet por medio de la numeración asignada al Servicio Básico Telefónico. 4.1.5. En Áreas Locales donde TELEFÓNICA posee centrales controladas a distancia 4.1.5.1. A solicitud del Operador Solicitante, en su carácter de OL del servicio de telefonía fija, en aquellas AL donde TELEFÓNICA posea centrales controladas a distancia, TELEFÓNICA proveerá un POI correspondiente a dicha AL en la central de conmutación jerárquica superior correspondiente. 4.1.5.2 El tráfico se conmutará en la central de conmutación jerárquica superior correspondiente. 4.1.5.3 El Operador Solicitante, entregará todas las llamadas locales originadas en líneas provistas por él, dentro del AL donde TELEFÓNICA posea centrales controladas a distancia y dirigidas a numeración

Page 5: Oferta de Interconexión de referencia

- 5 -

asignada a TELEFÓNICA en dicha AL, en el POI de la central de conmutación jerárquica superior correspondiente. 4.1.5.4 TELEFÓNICA entregará todas las llamadas locales originadas en líneas provistas por ella y que sean dirigidas a la numeración asignada al Operador Solicitante en el AL donde TELEFÓNICA posea centrales controladas a distancia, en el POI de la central de conmutación jerárquica superior correspondiente. 4.1.5.5. Cada una de las PARTES percibirá de la otra, los cargos de acceso, según corresponda, por las llamadas locales previstas en los puntos 4.1.5.3 y 4.1.5.4 de la presente cláusula. 4.2. Con las centrales locales de TELEFÓNICA para el encaminamiento de tráfico de LD 4.2.1. A solicitud del Operador Solicitante, y conforme lo indicado en el punto 3, se proveerá un POI en cada una de las AL que solicite, a efectos de brindar interconexión a la red local de TELEFÓNICA para la entrega de tráfico de LD de llamadas realizadas mediante la modalidad de marcación "Operador Preseleccionado" definida en el PFNN aprobado por Resolución N° 46/97 de la Secretaría de Comunicaciones. A través de dicho POI, el Operador Solicitante tendrá acceso a todos los clientes cuya numeración – identificada por su prefijo interurbano y prefijo urbano, o PIPU – se indican en la Tabla 2 del Anexo II para cada central. Los puertos de acceso se identificarán como puertos L – LD. 4.2.2. Estos puertos también podrán ser utilizados por el Operador Solicitante para entregar tráfico de LD dirigido a numeración del AL donde se ubica el POI. 4.2.3. TELEFÓNICA percibirá del Operador Solicitante el cargo de acceso local establecido en el Anexo VII por la originación/terminación de las llamadas previstas en los puntos 4.2.1 y 4.2.2. 4.3. Con la Red de Tránsito de LD 4.3.1. A requerimiento del Operador Solicitante se proveerá un POI en las AL ofrecidas en el punto 3.1, a efectos de brindar interconexión a la Red de Tránsito de Larga Distancia de TELEFÓNICA para la entrega de tráfico de LD con destino al AL donde el Operador Solicitante no tenga presencia física. A través de dicho POI, el Operador Solicitante tendrá acceso al Servicio de Transporte de Larga Distancia de TELEFÓNICA. Los puertos de acceso se identificarán como puertos LD – LD. 4.3.2. TELEFÓNICA percibirá del Operador Solicitante los precios del Servicio de Transporte de Larga Distancia indicados en el Anexo VII, que se aplicarán conforme la clave correspondiente entre el AL del POI donde el Operador Solicitante entrega la llamada y la numeración del AL de destino. 4.4. Servicio de Tránsito Local 4.4.1. El Operador Solicitante deberá acordar los términos y condiciones en que se prestará el Servicio de Tránsito Local en un POI para contar con interconexión indirecta con otro Operador que se encuentre interconectado en dicho POI. 4.4.2. TELEFÓNICA percibirá del Operador Solicitante el cargo indicado en el Anexo VII por el Servicio de Tránsito Local. A dicho valor se le adicionarán los cargos que corresponda aplicar por los servicios brindados por el Operador al que el Operador Solicitante se interconecte en forma indirecta. 4.4.3. Cuando se produzca una llamada que el Operador Solicitante entrega a TELEFÓNICA y ésta se la entrega a un operador STM, SRMC, SRCE, Satelital o PCS, se facturará al Operador Solicitante exclusivamente los cargos previstos en la presente. No se reconocerán cargos por la terminación de llamadas en las redes de destino. 4.4.4. Cuando se produzca una llamada que el Operador Solicitante, entrega a TELEFÓNICA y ésta se la entrega a un Operador Independiente para ser completada en su red local, TELEFÓNICA facturará al Operador Solicitante el cargo correspondiente al Servicio de Transporte de Larga Distancia brindado, más

Page 6: Oferta de Interconexión de referencia

- 6 -

el cargo de terminación local correspondiente. 4.4.5. La prestación del Servicio de Tránsito Local hacia otro operador supondrá que el operador de destino de la llamada habrá de aceptar la llamada procedente del Operador de origen. 4.4.6. En el caso que el OLD Solicitante opte por conectarse en una determinada AL a través de un único puerto, éste corresponderá a la interconexión con la Red Local de TELEFÓNICA, y en su caso, podrá ser utilizado para acceder a la red de larga distancia de TELEFÓNICA, o a la red de otro Operador que esté interconectado en ese área local, a través del Servicio de Tránsito Local provisto por TELEFÓNICA abonando el cargo correspondiente al Servicio de Tránsito Local.

5. PUERTOS DE ACCESO

5.1. El Operador Solicitante deberá requerir con una anticipación de noventa (90) días previos a su puesta en servicio, la conexión a la cantidad de puertos de acceso necesarios para la interconexión de su red a la de TELEFÓNICA, discriminados por POI y por los tipos de interconexión descriptos en los puntos 4.1, 4.2 y 4.3 de la presente Oferta. TELEFÓNICA responderá la solicitud dentro de los diez (10) días de recibida. 5.2. En aquellos casos de solicitud de ampliaciones correspondientes a previsiones informadas por el Operador Solicitante en los términos de la cláusula 9 del presente, éste deberá requerir los puertos de acceso con un mínimo de sesenta (60) días de anticipación. TELEFÓNICA deberá responder la solicitud dentro de los diez (10) días de recibida

5.3. Las condiciones de provisión de los puertos de acceso son las establecidas en el Anexo III. 5.4. TELEFÓNICA percibirá el cargo establecido en Anexo III por la habilitación de cada puerto de acceso.

6. COUBICACION EN CENTRALES DE TELEFONICA

6.1. El Operador Solicitante deberá requerir con una anticipación de ciento veinte (120) días, el Servicio de Coubicación física que solicite para la instalación de los equipos utilizados para la terminación de sus enlaces de interconexión necesarios para la interconexión a las redes locales y/o de larga distancia de TELEFÓNICA. Se responderá la solicitud dentro de los diez (10) días de recibida. 6.2. TELEFÓNICA percibirá del Operador Solicitante los cargos aplicables en concepto de Servicio de Coubicación indicados en el Anexo III. En aquellas AL en las cuales el Operador Solicitante haya solicitado la interconexión conjunta de sus redes local y de larga distancia con la red local de TELEFÓNICA, se pondrá a disposición del Operador Solicitante una única facilidad provista mediante el Servicio de Coubicación. 6.3. Las condiciones de provisión del Servicio de Coubicación son las establecidas en el Anexo III. La adecuación del Servicio de Coubicación (cerramientos, solados, tendido interno de cables, sistemas de climatización, acceso a los servicios de energía, iluminación, etc.) serán cotizados a pedido del Operador Solicitante y se construirán especialmente por su cuenta y costo, previa aprobación escrita del correspondiente proyecto. 6.4. TELEFÓNICA facturará al Operador Solicitante los consumos que éste genere por los equipos instalados en la coubicación conforme a lo previsto en el Anexo III.

6.5. Las facilidades provistas para el Servicio de Coubicación estarán sujetas a la disponibilidad de

Page 7: Oferta de Interconexión de referencia

- 7 -

TELEFÓNICA. Cuando no existan dichas facilidades, TELEFÓNICA no estará obligada a construir nuevas edificaciones para satisfacer los requerimientos del Operador Solicitante. Sin perjuicio de ello, en la medida que resulte técnicamente viable, TELEFÓNICA ofrecerá al Operador Solicitante al menos una alternativa para proveerle interconexión en el AL en la cual no disponga de las facilidades de coubicación solicitadas. A tal fin, TELEFÓNICA deberá presentar al Operador Solicitante la correspondiente propuesta de proyecto específico en un plazo no superior a los treinta (30) días contados a partir de la fecha de recepción del pedido de coubicación original, que deberá describir el costo para el Operador Solicitante por dicha adecuación y el plazo en el que TELEFÓNICA proveería dicho espacio de coubicación en forma efectiva, contado a partir de la aprobación por parte del Operador Solicitante de dicho proyecto específico, el que podrá ser facturado por TELEFÓNICA a partir de la primera factura que emita con posterioridad a la fecha de aprobación del mismo. La propuesta de proyecto específico antes mencionada deberá ajustarse estrictamente a dar respuesta a las necesidades de coubicación del Operador Solicitante y deberá estar de acuerdo a valores de mercado.

7. PROVISION DE ENLACES DE INTERCONEXIÓN

7.1. Solicitudes El Operador Solicitante podrá contratar la provisión de enlaces de interconexión propiedad de TELEFÓNICA que el Operador Solicitante utilizará para interconectarse a la red de TELEFÓNICA. 7.1.2. El Operador Solicitante solicitará los enlaces de interconexión que necesite con una anticipación no menor a seis (6) meses para nuevos enlaces de interconexión, y de sesenta (60) días para ampliaciones sobre vínculos existentes, quedando sujeta la provisión de dichos enlaces de interconexión a la efectiva disponibilidad por parte de TELEFÓNICA. 7.1.3. En el caso que TELEFÓNICA no estuviera en condiciones de proveer los enlaces de interconexión solicitados, deberá notificarlo por escrito al Operador Solicitante dentro del plazo de diez (10) días de recibido el pedido. La imposibilidad de proveer los enlaces de interconexión solicitados, no generará consecuencia alguna a cargo de TELEFÓNICA. 7.1.4. Sólo se conectarán enlaces de interconexión cuyos extremos pertenezcan a domicilios del Operador Solicitante, entendiéndose por tales, a los domicilios propios y/o locados por el Operador Solicitante. 7.1.5. Para la provisión de los enlaces de interconexión contemplados en la presente cláusula, el Operador Solicitante deberá suscribir con TELEFÓNICA el correspondiente convenio. 7.1.6. El Operador Solicitante facilitará sin cargo a TELEFÓNICA espacio en sus instalaciones, terrenos y estructuras (mástiles o torres) para la colocación de los equipos relacionados con la provisión de estos enlaces de interconexión y la energía primaria para su alimentación. Por razones de servicio, TELEFÓNICA podrá proceder a reubicar esos equipos sin afectar el servicio a cargo del Operador Solicitante. Todos los costos que se generen a raíz de tal actividad, serán a exclusivo cargo de TELEFÓNICA. 7.1.7. Los enlaces de interconexión que proveerá TELEFÓNICA serán del tipo E1 (G.703) . 7.1.8. En ningún caso TELEFÓNICA será responsable por cualquier consecuencia derivada de fallas o interrupciones en dichos Enlaces de interconexión E1 debiendo el Operador Solicitante mantener indemne a TELEFÓNICA. 7.2. Reconfiguración de enlaces de interconexión 7.2.1. El Operador Solicitante podrá solicitar a TELEFÓNICA la extensión de un enlace de interconexión hacia otras AL, la cual consistirá en el cambio de domicilio de uno de los extremos a otra AL. Por el nuevo extremo generado en la nueva AL, el Operador Solicitante pagará a TELEFÓNICA un monto equivalente al cien por ciento (100%) del cargo de conexión. TELEFÓNICA practicará el ajuste del abono, según corresponda la nueva reconfiguración del enlace de

Page 8: Oferta de Interconexión de referencia

- 8 -

interconexión. 7.2.2. El Operador Solicitante podrá requerir a TELEFÓNICA la apertura, en un enlace de interconexión instalado, de dos nuevos extremos de enlace de interconexión, en tanto dicha apertura se encuentre localizada en un AL ubicada en el recorrido del enlace de interconexión original. Por cada uno de los dos nuevos extremos generados en la nueva AL intercalada, el Operador Solicitante pagará a TELEFÓNICA un cargo equivalente al cien por ciento (100%) del cargo de conexión que corresponda aplicar por cada nuevo extremo. Asimismo, a los enlaces de interconexión resultantes de esta reconfiguración se le practicará el ajuste del abono a la correspondiente clave que resulte entre los nuevos extremos. 7.2.3. Conforme a los nuevos extremos reconfigurados, el Operador Solicitante podrá solicitar a TELEFÓNICA el cambio de domicilio de cualquiera de los extremos del enlace de interconexión, en tanto los nuevos domicilios se encuentren dentro de la misma AL de los domicilios originales. Por cada extremo que haya sido cambiado de domicilio, el Operador Solicitante pagará a TELEFÓNICA un cargo equivalente al cien por ciento (100%) del cargo de conexión que corresponda aplicar por cada nuevo extremo. 7.2.4. El Operador Solicitante podrá solicitar reconfiguraciones de los enlaces de interconexión E1 una vez por año. A tal fin los años se contabilizarán a partir de la fecha de instalación del enlace de interconexión de que se trate. Uno de los extremos de los enlaces de interconexión debe mantenerse a lo largo de las sucesivas reconfiguraciones. 7.2.5. En caso de aplicarse, TELEFÓNICA presupuestará al Operador Solicitante el cargo correspondiente a la construcción de facilidades especiales que se requieran para la reconfiguración del enlace de interconexión. 7.2.6. Las solicitudes de reconfiguración deberán ser comunicadas por el Operador Solicitante con sesenta (60) días de anticipación a la puesta en servicio. En caso de necesidad de mayor plazo para construir nuevas facilidades, TELEFÓNICA comunicará dicha circunstancia en un plazo de diez (10) días hábiles contados desde recibida la respectiva solicitud. 7.3. Baja de enlaces de interconexión. El Operador Solicitante podrá requerir a TELEFÓNICA la baja de los enlaces de interconexión E1 que TELEFÓNICA le provea. En atención a que los precios de los enlaces de interconexión ofrecidos en arrendamiento han sido diseñados de acuerdo a los distintos plazos de vigencia previstos, de modo que tal plazo resulta determinante de los precios a los que los enlaces de interconexión serán arrendados, la rescisión sin causa por parte del Operador Solicitante o bien la resolución por parte de TELEFÓNICA ante el incumplimiento de aquel se regirá por las siguientes condiciones: 7.3.1. Durante el primer año de arrendamiento de un enlace de interconexión, deberá abonar la suma de los siguientes montos: 7.3.1.1. La diferencia entre el importe equivalente al total de doce (12) abonos mensuales a los precios establecidos para un período de un año y los abonos efectivamente pagados desde la fecha de habilitación del enlace de interconexión, y 7.3.1.2. El 50% de los importes correspondientes al abono mensual de cada enlace de interconexión cuya baja se verifique, por cada mes que reste hasta la finalización del periodo de contratación original del respectivo enlace de interconexión 7.3.2. Adicionalmente, de corresponder, el Operador Solicitante deberá abonar: 7.3.2.1. Todo saldo pendiente de pago en concepto de Cargo de Conexión y, 7.3.2.2. Todo saldo pendiente de pago en concepto de Presupuesto Específico. 7.3.3. Una vez cumplido el período de contratación del enlace de interconexión, el Operador Solicitante podrá dar de baja el enlace de interconexión arrendado sin costo alguno. 7.3.4. El Operador podrá solicitar la baja de un enlace de interconexión en cualquier momento si, por razones demostrables y atribuibles a TELEFÓNICA, éste no cumpliera con los parámetros de calidad y

Page 9: Oferta de Interconexión de referencia

- 9 -

disponibilidad establecidos en el convenio. 7.3.5. En cualquier caso que se dé de baja de enlaces de interconexión E1 arrendado por el Operador Solicitante, se calcularán nuevamente los descuentos aplicables sobre el resto de los enlaces de interconexión contratados. 7.4. Período de contratación 7.4.1. El período de contratación de cada enlace de interconexión será el que se establezca en la respectiva solicitud de contratación. 7.4.2. Una vez cumplido el período de contratación, el Operador Solicitante podrá cancelar un determinado enlace de interconexión notificando fehacientemente a TELEFÓNICA con treinta (30) días de anticipación a la fecha en que debe operar la cancelación. 7.4.3. El Operador Solicitante podrá solicitar la baja de un enlace de interconexión en cualquier momento si, por razones demostrables y atribuibles a TELEFÓNICA, éste no cumpliera con los parámetros de calidad y disponibilidad establecidos en el Anexo V.

8. OTROS SERVICIOS OFRECIDOS

8.1. Acceso al Servicio de Información 110 8.1.1. A solicitud del Operador Solicitante tendrá acceso al Servicio de Información 110 que brindará información de guía actualizada semanalmente sobre los clientes de TELEFÓNICA, y aquellos operadores que tengan acuerdo con Telinver S.A. para incluir a sus clientes en la base de datos del Servicio de Información 110, a partir del Apellido, Nombre y Localidad. 8.1.2. El Servicio sólo podrá responder a una única consulta por llamada. 8.1.3. En el Anexo VII se informa el precio del acceso al Servicio de Información 110. 8.1.4. El derecho de TELEFÓNICA de facturar al Operador Solicitante los precios indicados en el punto precedente, es independiente de la percepción por parte de éste de los importes correspondientes que deban abonar sus clientes.

8.2. Acceso al Servicio de Hora Oficial 113 8.2.1. A solicitud del Operador Solicitante tendrá acceso al Servicio de acceso a la Hora Oficial 113. 8.2.2. En el Anexo VII se informa el precio del acceso del Servicio de Hora Oficial 113. 8.2.3. El derecho de TELEFÓNICA de facturar al Operador Solicitante los precios indicados en el punto precedente, es independiente de la percepción por parte del Operador Solicitante de los importes correspondientes que en su caso deban abonar sus clientes.

8.3. Encaminamiento de llamadas dirigidas a numeración 0800, 0810, 0822 y 0823 del Operador Solicitante 8.3.1. Condiciones generales 8.3.1.1. Para acceder al servicio de la numeración 0800, 0810, 0822 y 0823 se requiere la celebración del Convenio para el acceso a los Servicios 0800–0810 y/o el Convenio para el Acceso a los Servicios 0822-0823. 8.3.1.2. A solicitud del Operador Solicitante, se entregarán las llamadas que se dirijan a su numeración 0800, 0810, 0822 y 0823 y se realicen a través del procedimiento de marcación establecido para Números Nacionales No Geográficos en el punto IV.6.1 del PFNN que fuera aprobado por la Resolución de la Secretaría de Comunicaciones N° 46/97. en el POI que indique el Operador Solicitante del AL de origen de la llamada. 8.3.1.3.. Cuando el Operador Solicitante no tenga presencia en el AL donde se originan las llamadas indicadas en el punto 8.3.1. TELEFONICA prestará el Servicio de Transporte de Numeración No Geográfica a fin de entregarle dichas comunicaciones en el AL más cercana de TELEFONICA en la cual el

Page 10: Oferta de Interconexión de referencia

- 10 -

Operador Solicitante tenga presencia, considerando la factibilidad técnica y el criterio de encaminamiento de TELEFÓNICA, en función de la topología de la red de TELEFONICA. En el caso que en dicha AL más cercana el Operador Solicitante se encuentre conectado al POI de la red de Larga Distancia de TELEFÓNICA éstas llamadas serán entregadas en dicho POI a través de un puerto LD - LD. De lo contrario, dichas comunicaciones serán entregadas en el POI correspondiente a la red local de TELEFÓNICA a través de un puerto de tipo L – LD, TELEFÓNICA percibirá del Operador Solicitante el cargo que corresponda por el Servicio de Tránsito Local, de acuerdo a los valores establecidos en el Artículo 37 del Anexo II (RNI) del Decreto 764/2000. 8.3.1.4.. La numeración 0800, 0810, 0822 y 0823 del Operador Solicitante se identificarán a través de los dígitos “DEF” de la estructura de Numeración No Geográfica definida en el punto III.3 del PFNN aprobado mediante Resolución SC N° 46/97. 8.3.2. Aspectos económicos 8.3.2.1. TELEFÓNICA percibirá del Operador Solicitante el cargo de acceso local por las llamadas previstas en el punto 8.3.1.1, de conformidad con los valores establecidos en el Artículo 37 del Anexo II (RNI) del Decreto 764/2000. 8.3.2.2. Adicionalmente al cargo de acceso local, TELEFÓNICA percibirá del Operador Solicitante los cargos aplicables al Servicio de Transporte de Numeración No Geográfica previstos en el punto 8.3.1.2., cuyos valores se indican en el Anexo VII. Dichos cargos se aplicarán conforme a la clave correspondiente entre el AL donde se originó la llamada y el AL en la que se encuentra el POI donde el Operador Solicitante recibe dicha llamada. 8.3.2.3. En todo lo referido en el punto 8.3. las llamadas se medirán entre la emisión de las señales de línea “B contesta” enviada por la central o plataforma del operador de destino de la llamada, , y “A cuelga” o “B cuelga” enviada por el operador de donde se origina la llamada o el operador de destino de la llamada respectivamente. El envío de la Señal “B contesta” por parte de la Plataforma -o la central- que atiende la llamada debe ser en el mismo instante que dicho equipo establece la comunicación. 8.3.2.4. TELEFÓNICA facturará por su propia cuenta a la línea desde la que se origine una llamada dirigida al Servicio 0810 del Operador Solicitante el valor que corresponda para una llamada local. La facturación que corresponda realizarse al suscriptor del Servicio 0810 será efectuada por el Operador Solicitante. En consecuencia, las PARTES no aplicarán el cargo de acceso local por la originación de estas llamadas. 8.3.2.5 Se deja aclarado que las Líneas de “consumo restringido o controlado” y aquellas que operen bajo la modalidad de “consumo prepago” no tendrán acceso a los servicios 0822-0823 del Operador Solicitante, cuando la factura se encuentre impaga luego de cumplido el plazo de 30 días corridos posteriores a su vencimiento, en el primer caso; y en el caso de las líneas de “consumo prepago”, cuando el cliente no haya cumplido con el pago y/o carga de crédito mínima, requerido en las condiciones de contratación de dichas líneas. 8.3.3. Encaminamiento de llamadas dirigidas a numeración 0800, 0810, 0822 y 0823 del Operador Solicitante desde terminales de telefonía pública 8.3.3.1. A solicitud del Operador Solicitante, TELEFÓNICA, en su carácter de LTP, habilitará en sus ATUP la numeración 0800, 0810, 0822 y 0823 asignada al Operador Solicitante, que éste le indique. 8.3.3.2. El Operador Solicitante deberá acordar con los Operadores de servicio de telefonía local que provean las líneas de los ATUP de TELEFÓNICA, la habilitación y el encaminamiento de la numeración que tenga asignada. 8.3.3.4. Por cada llamada dirigida a los Servicios 0800, 0822 y 0823 del Operador Solicitante desde ATUP de TELEFÓNICA, TELEFÓNICA facturará al Operador Solicitante, en concepto de retribución por el uso del ATUP, el monto que resulte de aplicar a cada llamada una tasa de tres (3) pulsos telefónicos o PTFO, según el ritmo de tasación urbana correspondiente al momento de inicio de la comunicación (señal de Respuesta recibida por la Central Local). 8.3.3.5. El Operador Solicitante al que se deberá facturar el cargo indicado en el punto 8.3.2.1 se identificará por el Indicativo de Operador (dígitos DEF) del número de destino (número “B”).

Page 11: Oferta de Interconexión de referencia

- 11 -

8.3.4. Procedimiento Antifraude 8.3.4.1. A efectos de prevenir posibles acciones fraudulentas en contra del Operador Solicitante que debe abonar el cargo por uso del ATUP, sólo se podrá reclamar el pago de dicho cargo por aquellas llamadas de duración superior a quince (15) segundos. 8.3.4.2. Sin perjuicio de lo indicado en el punto anterior, no se deberán considerar una serie de cinco (5) o más comunicaciones consecutivas en un lapso de tres (3) minutos a cualquier número de los Servicios 0800, 0810, 0822 o 0823, aún siendo éstas de duración superior a quince (15) segundos.

9. SOLICITUDES Y PREVISIONES

9.1. El Operador Solicitante informará sus necesidades futuras de interconexión, nuevas AL, puertos de acceso, facilidades provistas mediante el Servicio de Coubicación, enlaces, discriminadas según los tipos de interconexión previstos en los puntos 4.1, 4.2 y 4.3 de la presente Oferta, para el siguiente año, con revisiones semestrales. 9.2. TELEFÓNICA podrá rechazar nuevas solicitudes de servicios de interconexión si el Operador Solicitante se encontrara en mora en el pago de cualquier factura correspondiente a los servicios y facilidades de interconexión que se encuentren habilitados con anterioridad.

10. FACTURACION Y PAGO – FALTA DE PAGO – PUNITORIOS

10.1. Facturación y Pago 10.1.1. TELEFÓNICA facturará los conceptos previstos en la presente Oferta, cuando corresponda, según los valores acordados. 10.1.2. Cuando se produzca una llamada que una de las partes, en su carácter de OLD Solicitante, entrega a la otra parte en su carácter de OLD Solicitado y ésta se la entrega a un Operador Independiente para ser completada en su red local, el OLD Solicitado facturará al OLD Solicitante el cargo correspondiente al Servicio de Transporte de Larga Distancia brindado, más el cargo de terminación local correspondiente. 10.1.3. Desde el quinto día hábil siguiente a la finalización de cada mes calendario, se informará la cantidad de unidades que se facturarán al Operador Solicitante, discriminadas como mínimo, por POI, por tipo de servicio y por período de consumo, a efectos de conciliar sus mediciones. 10.1.4. La conciliación que se realice se cerrará de modo tal que la fecha de vencimiento de las facturas sea el día diez (10) de cada mes o el día hábil inmediato posterior. 10.1.5. Las facturas emitidas serán entregadas con una anticipación mínima de diez (10) días de la fecha prevista para su vencimiento. 10.1.6. Las facturas se emitirán en pesos o en dólares, y los importes detallados en tales facturas le serán abonados en la moneda que figura en las mismas y conforme las condiciones previstas en la presente cláusula. Cuando las facturas sean emitidas en pesos por montos valuados en dólares estadounidenses, se utilizará el valor del dólar tipo de cambio transferencia promedio (comprador - vendedor) del Banco de la Nación Argentina a la hora de cierre correspondiente al día hábil anterior al cierre del proceso de facturación. 10.1.7. Las facturas deberán ser abonadas hasta el día del vencimiento consignado en la respectiva factura, en el lugar allí indicado. 10.1.8. El derecho de TELEFÓNICA a percibir los importes resultantes de la aplicación del presente es independiente de la percepción por parte del Operador Solicitante de los importes que le deban abonar sus clientes. 10.1.9. En caso de tratarse de facturación de consumos no mensurables (p. ej: energía primaria, servicios de vigilancia y demás consumos generados por la coubicación, etc.) y/o cargos fijos facturables por única

Page 12: Oferta de Interconexión de referencia

- 12 -

vez (p. ej: puertos, adecuación de locales, etc.) y/o cargos fijos facturables mensualmente (p. ej: coubicación, etc), correspondientes a servicios contratados por la PARTE deudora, la misma será emitida por la PARTE acreedora por mes adelantado.

10.2. Falta de pago 10.2.1. La falta de pago en término por parte Operador Solicitante producirá la mora de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna y dará derecho a TELEFÓNICA a: 10.2.1.1. Reclamar el pago de las sumas adeudadas con más los intereses que correspondan conforme lo indicado en el punto 10.3 de la presente cláusula, y / o 10.2.1.2. En virtud de lo establecido en el punto 9.2, rechazar solicitudes de nuevos servicios de interconexión presentadas por el Operador Solicitante que se encuentre en mora en el pago de la facturación emitida por TELEFÓNICA, y / o 10.2.1.3. Dejar sin efecto la interconexión a la red de TELEFÓNICA, por culpa del Operador Solicitante procediendo, transcurridos noventa (90) días de producida la mora y previa intimación fehaciente al Operador Solicitante con diez (10) días de anticipación, a inhabilitar los puertos de acceso.- 10.2.2. En el supuesto previsto en el punto 10.2.1.3, TELEFÓNICA deberá comunicar a la AA tal decisión a fin que ésta le otorgue la autorización que corresponda a TELEFÓNICA para efectuar la inhabilitación de los puertos de acceso. 10.2.3. Los supuestos previstos en los puntos 10.2.1.1; 10.2.1.2 y/o 10.2.1.3 son independientes del derecho de TELEFÓNICA a optar, además, por resolver el convenio, toda vez que cuente para ello con la autorización previa de la AA. 10.2.4. En todo supuesto de corte, suspensión o cese por cualquier causa de los servicios objeto de este convenio, el Operador Solicitante deberá asumir el pago de los servicios recibidos hasta ese momento, con ajuste a las condiciones pactadas en la presente Oferta. 10.3. Punitorios 10.3.1. En caso de mora en el pago por parte del Operador Solicitante, y sin perjuicio de lo expuesto en los puntos 10.2.3 y 10.2.4 de la presente cláusula, Operador Solicitante deberá abonar a TELEFÓNICA intereses punitorios, los que se calcularán conforme el siguiente procedimiento: 10.3.1.1. Facturas en pesos: 10.3.1.1.1. Entre el día primero y el día 30 de producida la mora, sobre los montos adeudados por Operador Solicitante en pesos y por el número de días efectivamente transcurridos entre la fecha de producida la mora y la fecha de su efectivo pago a TELEFÓNICA, se utilizará la tasa de descuento de documentos comerciales a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina, sobre una base anual de trescientos sesenta y cinco (365) días. 10.3.1.1.2.Con posterioridad al día 30 de producida la mora, sobre los montos adeudados por el Operador Solicitante en pesos y por el número de días efectivamente transcurridos entre la fecha de producida la mora y la fecha de su efectivo pago a TELEFÓNICA, se utilizará la tasa de descuento de documentos comerciales a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina, incrementada en un cincuenta por ciento (50%), sobre una base anual de trescientos sesenta y cinco (365) días. 10.3.1.2 Facturas en dólares: 10.3.1.2.1. Entre el día primero y el día 30 de producida la mora, sobre los montos adeudados por el Operador Solicitante en dólares estadounidenses y por el número de días efectivamente transcurridos entre la fecha de producida la mora y la fecha de su efectivo pago a TELEFÓNICA, se utilizará la tasa LIBOR (London Interbank Offering Rate) de treinta (30) días publicada, correspondiente al día de inicio de la mora, sobre una base anual de trescientos sesenta y cinco (365) días. 10.3.1.2.2. Con posterioridad al día 30 de producida la mora, sobre los montos adeudados por el Operador Solicitante en dólares estadounidenses y por el número de días efectivamente transcurridos entre la fecha de producida la mora y la fecha de su efectivo pago a TELEFÓNICA, se utilizará la tasa LIBOR (London Interbank Offering Rate) de treinta (30) días publicada correspondiente al día de inicio de la mora, incrementada en un cien por ciento (100%) sobre una base anual de trescientos sesenta y cinco (365)

Page 13: Oferta de Interconexión de referencia

- 13 -

días. 10.4. Objeción de facturas 10.4.1. Si el Operador Solicitante tuviera objeciones a la factura que TELEFÓNICA le envíe, se las deberá notificar en un plazo de diez (10) días hábiles desde la recepción de la misma. En caso contrario, la deuda se tendrá por líquida y legalmente exigible, por ser de aplicación el artículo 474 del Código de Comercio. 10.4.2. Si la objeción consistiera en una diferencia igual o inferior al dos por ciento (2%) del monto total de la factura, el Operador Solicitante deberá pagarla como si no tuviese reparos. Si la diferencia fuese superior al dos por ciento (2%), el Operador Solicitante pagará el importe correspondiente al total facturado, procediendo las PARTES a analizar sus cuentas y conciliarlas dentro de un plazo de diez (10) días hábiles de formulada la objeción, término que podrá ser prorrogado por igual lapso por acuerdo de las PARTES. 10.4.3. En caso que el diferendo resulte favorable al Operador Solicitante, TELEFÓNICA procederá a devolver al Operador Solicitante el importe correspondiente a la diferencia que surja de la aplicación del punto 12.4.2 del presente convenio, ajustado con la tasa LIBOR (London Interbank Offering Rate) de treinta (30) días publicada por el Banco Central de la República Argentina, correspondiente al día de vencimiento de la factura en cuestión, incrementada en un cien por ciento (100%) sobre una base anual de trescientos sesenta y cinco (365) días. Dicho pago será efectivo en la fecha de vencimiento de la factura inmediata posterior al acuerdo de las PARTES, aplicándose hasta la fecha de efectivo pago los intereses precedentemente determinados. 10.4.4. En caso que el diferendo resulte favorable a TELEFÓNICA, ésta no tendrá derecho a reclamar intereses punitorios. 10.4.5. En todo caso, para que cualquier objeción sea procedente, la misma deberá referirse exclusivamente al número o tipo de unidades en que se midan los servicios de interconexión y errores matemáticos, de cálculo o de actualización y no a los precios y condiciones pactados en el Convenio de Interconexión, y necesariamente acompañarse de: 10.4.5.1. el pago total de los servicios o cargos, y 10.4.5.2. las pruebas que justifiquen las objeciones. 10.4.6. Queda claramente entendido por las PARTES que las objeciones que no reúnan los requisitos precedentes no tendrán efecto o validez alguna, y, en consecuencia, las facturas correspondientes se tendrán por consentidos por el Operador Solicitante. De este modo, a los treinta (30) días de la fecha de vencimiento de la factura emitida por TELEFÓNICA, ésta tendrá derecho a ejecutar la garantía acordada entre las PARTES, previa notificación fehaciente al Operador Solicitante, al menos diez (10) días previos a dicha ejecución. 10.5. Refacturación y ajustes No obstante lo dispuesto en los incisos precedentes, se podrá presentar facturas complementarias o nuevas facturas por servicios efectivamente prestados, omitidos o incorrectamente facturados. En estos casos y durante el período en que TELEFÓNICA haya omitido facturar los servicios efectivamente prestados o haya facturado incorrectamente los mismos, no se aplicarán intereses punitorios. Será de aplicación el párrafo tercero del artículo 474 del Código de Comercio.

11. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE LA OFERTA DE INTERCONEXION

Todos los servicios complementarios previstos a continuación deben ser solicitados por escrito con 60 (sesenta) días de anticipación a la fecha de habilitación del servicio. Para otros servicios no previstos en la presente Oferta TELEFÓNICA informará por escrito respecto a su viabilidad, y en su caso, las condiciones y el plazo de disponibilidad del servicio solicitado.

Page 14: Oferta de Interconexión de referencia

- 14 -

11.1. Facturación por cuenta y orden del Operador Solicitante 11.1.1. En caso que el Operador Solicitante lo solicite, TELEFÓNICA brindará al Operador Solicitante el Servicio de Facturación y Cobranza por su cuenta y orden para las comunicaciones indicadas en el punto 4.2.1. del presente y cuyos registros de llamadas sean aceptados en el proceso de validación y se encuentren en condiciones de facturarse. El Operador Solicitante deberá remitir a TELEFÓNICA la solicitud del servicio de facturación y cobranza con treinta (30) días de anticipación, previos al comienzo de la prestación del servicio. 11.1.2. El Servicio de Facturación y Cobranza se desarrollará conforme lo establecido en el Anexo VIII de la presente Oferta. 11.1.3. La facturación y cobranza para otros servicios del Operador Solicitante deberá ser previamente convenida entre las PARTES. 11.1.4. TELEFÓNICA facturará al Operador Solicitante, en concepto de Servicio de Facturación previsto en el Anexo VIII del presente, el valor correspondiente al cinco con veinticinco por ciento (5,25%) sobre el total de los montos correspondientes a las llamadas facturadas por cuenta y orden del Operador Solicitante, netos de IVA. En ningún caso dicha retribución podrá ser inferior a uno con treinta centavos de dólar estadounidenses (U$S 0,013) para cada una de las llamadas facturadas. Por el Servicio de Cobranza y Liquidación de los Montos Recaudados, previsto en el Anexo VII del presente, TELEFÓNICA facturará al Operador Solicitante el valor correspondiente al uno con diez por ciento (1,10%) sobre el total de los montos efectivamente cobrados, correspondientes a las llamadas facturadas por cuenta y orden del Operador Solicitante. Asimismo, TELEFÓNICA facturará al Operador Solicitante, en concepto de Servicio de Transferencia de los Montos Impagos, previsto en el Anexo VIII del presente, el valor correspondiente a cero con cincuenta por ciento (0,50%) sobre el total de los montos impagos transferidos, correspondientes a las llamadas facturadas por cuenta y orden del Operador Solicitante. 11.1.5. El Operador Solicitante asume total responsabilidad por la información que suministre para la facturación, obligándose a asumir en forma directa y exclusiva, ante quien corresponda (incluso ante los clientes de TELEFÓNICA), toda consecuencia derivada de su eventual falta de veracidad y/o de exactitud y/o de ajuste a derecho. 11.1.6. El Operador Solicitante deberá contar con un servicio de consulta e información TELEFÓNICA gratuito a clientes y usuarios, que cumpla con las siguientes funciones: 11.1.6.1. Atención de consultas de clientes de TELEFÓNICA, sobre los conceptos y el detalle de llamadas facturados por cuenta y orden del OLD Solicitante; 11.1.6.2. Atención y substanciación de reclamos efectuados por clientes de TELEFÓNICA, sobre las llamadas facturadas por TELEFÓNICA por cuenta y orden del Operador Solicitante. 11.1.7. El Operador Solicitante comunicará por escrito, y autoriza a TELEFÓNICA a incluir en la factura de sus clientes, la numeración TELEFÓNICA y días y horarios de atención, correspondientes al servicio de consulta indicado en el punto 11.2. 11.1.8. El Operador Solicitante deberá implementar un mecanismo que permita saldar los montos adeudados por los clientes cuya deuda haya sido transferida por TELEFÓNICA en concepto de morosidad. 11.1.9. Sin perjuicio de lo acordado en el punto 11.1.4, hasta tanto las PARTES hayan implementado los sistemas y procesos correspondientes, TELEFÓNICA facturará al Operador Solicitante, en concepto de Servicio de Facturación y Cobranza el valor correspondiente al seis por ciento (6%) sobre el total de los montos correspondientes a las llamadas facturadas por cuenta y orden del Operador Solicitante, netos de IVA. 11.2. Servicio de Atención de Consultas y Reclamos 11.2.1. En caso que el Operador Solicitante solicite a TELEFÓNICA el Servicio de Facturación y Cobranza previsto en la cláusula 11.1, este último brindará al Operador Solicitante los siguientes servicios, conforme los procedimientos previstos en el Anexo X. 11.2.2. Atención de consultas de usuarios, que requieran aclaraciones relativas a la facturación emitida por

Page 15: Oferta de Interconexión de referencia

- 15 -

cuenta y orden del Operador Solicitante. Se entiende por “consultas” todas las realizadas por los clientes a través de cualquiera de los canales comerciales TELEFÓNICA (Centros Comerciales, 112, medios escritos, Internet y otros que surgieran), que estén referidas al formato de la factura, los totales por concepto y prestador, fechas desde/hasta la facturación, cálculos impositivos o toda otra consulta relacionada con la facturación realizada por cuenta y orden del Operador Solicitante. 11.2.3. Gestión operativa de los reclamos que se originen con motivo de la facturación emitida por cuenta y orden del Operador Solicitante, de acuerdo al tratamiento previsto en el Anexo X que forma parte integrante del presente. Se entiende por reclamo a todo cuestionamiento realizado por los clientes, por cualquier canal comercial, respecto del consumo total o parcial facturado, según lo dispuesto en el Reglamento General de Clientes del Servicio Básico Telefónico. 11.3. Por la atención de cada uno de los reclamos registrados, TELEFÓNICA percibirá una retribución por parte del Operador Solicitante de dólares estadounidenses cincuenta (U$S 50), excluido el IVA. Se entenderá por registrado a todo reclamo realizado formalmente por un cliente de TELEFÓNICA con relación a los conceptos facturados por cuenta y orden del Operador Solicitante, siempre que estos sean acordes con la información provista por éste. 11.4. TELEFÓNICA se reserva el derecho de integrar como parte de su servicio de información detallada, el detalle de las llamadas facturadas por cuenta y orden del Operador Solicitante con ajuste a la información suministrada por éste. 11.5. Las Partes podrán acordar en un futuro otras condiciones para el tratamiento de reclamos efectuados por los usuarios del Operador Solicitante.

12. BLOQUEO DEL ACCESO A LOS SERVICIOS DE LARGA DISTANCIA 12.1. TELEFÓNICA dispondrá el bloqueo de acceso a llamadas de Larga Distancia, cuando sea técnicamente factible, en cualquiera de las siguientes circunstancias: 12.1.1. Sobre las líneas para las cuales sus clientes se lo soliciten voluntariamente, a título oneroso para el cliente con la tarifa de bloqueo correspondiente; 12.1.2. Sobre líneas que el Operador Solicitante solicite al Administrador de la Base de Datos de clientes del servicio de larga distancia, en los términos vigentes en cada oportunidad (conforme Resolución SC N° 2724/98). En este caso, el Operador Solicitante deberá abonar a TELEFÓNICA por cada línea que resulte bloqueada, el cargo establecido en el Artículo 27 de la Resolución SC N° 2724/98. 12.2. El bloqueo de acceso a llamadas de larga distancia dispuesto sobre un abonado siempre implicará para éste la imposibilidad del acceso a la totalidad de los operadores de larga distancia. 12.3. Los bloqueos inherentes a cada solicitud viable, se realizarán de acuerdo a lo establecido por el Artículo 27 de la Resolución SC N° 2724/98. 12.4. Atento las implicancias del bloqueo, el Operador Solicitante asumirá total responsabilidad por la solicitud en sí y por la información que al efecto suministre, obligándose a asumir en forma directa y exclusiva, ante quien corresponda (incluso ante los abonados y ante los otros Operadores de larga distancia), toda consecuencia derivada de su eventual falta de veracidad y/o de exactitud y/o de ajuste a derecho. 12.5.TELEFÓNICA será el responsable por la información de morosidad que suministre al Operador Solicitante.

13. CALIDAD, CONFIABILIDAD Y DISPONIBILIDAD DE LA INTERCONEXIÓN 13.1. El Operador Solicitante, deberá dimensionar e implementar su interconexión con la otra parte, para

Page 16: Oferta de Interconexión de referencia

- 16 -

soportar su tráfico cursado a través de la interconexión demandada –tráfico entrante y saliente– según los tipos de interconexión indicados en el punto 4 de la presente Oferta, garantizando los parámetros de calidad especificados en el Anexo V. 13.2. En cada AL, el Operador Solicitante se hará cargo de la capacidad inicial necesaria para todos los tipos de interconexiones indicados en el punto 4 de la presente. A partir de los tres (3) meses de establecida la Interconexión en cada AL, se revisarán los valores de tráfico cursados. En caso de superar el tráfico correspondiente a TELEFÓNICA el valor de 90.000 minutos mensuales dirigidos a la numeración local del Operador Solicitante, TELEFÓNICA proveerá sin cargo los puertos de interconexión correspondientes a este tráfico. 13.3. En caso que TELEFÓNICA detecte un desvío en los parámetros de calidad citados en el punto 13.1, notificará tal circunstancia al Operador Solicitante, quien deberá comunicar, dentro de un plazo de quince (15) días, las acciones que tomará a fin de solucionar dicha situación. A tal efecto, las PARTES utilizarán el procedimiento de medición de tráfico descripto en el Anexo V o aquel que acuerden con el objeto de procurar realizar las ampliaciones que correspondan con la antelación necesaria para mantener los parámetros de calidad convenidos. 13.4. El Operador Solicitante deberá utilizar equipamientos compatibles con los actuales estándares de la Red Telefónica Pública (RTP) y con capacidad para interconectarse a nivel de E1 (según Norma G703) con una central de tránsito digital mediante el sistema de señalización SCCN7, los que deberán adaptarse a los eventuales cambios tecnológicos que sea necesario efectuar con motivo de la maduración de la RTP, al Plan Fundamental de Señalización Nacional aprobado por la Resolución N° 47/97 de la Secretaría de Comunicaciones, o los que en su caso apruebe la AA. 13.5. Se deberá mantener en correcto estado de funcionamiento y operatividad los equipos que afecten a la interconexión de redes objeto del presente, asumiendo las responsabilidades por la incidencia que eventuales desperfectos puedan tener en la continuidad o normalidad de los servicios a su cargo. Será de aplicación lo indicado en el Anexo V. 13.6. Se deberá utilizar el protocolo de intercambio de dígitos y las locuciones de red permitidas que se indica en el Anexo IV. 13.7. Se deberá utilizará el protocolo de señalización que se indica en el Anexo VI.

13.8. Corte o suspensión de la interconexión: 13.8.1. En cualquier caso, cualquiera de las partes podrán adoptar medidas de protección, para evitar que el o los servicios a cargo de la otra parte afecten el normal desenvolvimiento de sus servicios o de su red, previo aviso a la otra parte y a la AA. 13.8.2. En el supuesto de que el problema inherente al o a los servicios a cargo de alguna de las partes llegue a generar una situación de emergencia para los servicios de la otra parte, o de su red, en grado tal que justifiquen la adopción urgente e impostergable de medidas que acoten o neutralicen tal situación crítica, la parte afectada podrá interrumpir o suspender total o parcialmente, hasta que cese tal emergencia, las facilidades comprometidas en este convenio, interrupción o suspensión que estará limitada únicamente a los servicios a cargo de la otra parte que hubieren generado dicha situación de emergencia, debiendo notificarlo de inmediato a la otra parte y a la AA. 13.8.3. En todos los casos, el operador que haya efectuado el corte de emergencia deberá restablecer en el mínimo tiempo posible dichas facilidades, cuando cesen las causas que motivaron la medida de suspensión, y ésta no generará en favor de la otra parte, derecho a compensación ni indemnización

Page 17: Oferta de Interconexión de referencia

- 17 -

alguna.

14. GARANTIAS 14.1. El Operador Solicitante deberá acreditar, concomitantemente con la solicitud de cualesquiera de los servicios contemplados en la interconexión, a entera satisfacción de TELEFONICA, la contratación de una garantía de cumplimiento de todas las obligaciones a su cargo en los términos de los mismos. Asimismo, se obliga a mantener constituida y en pleno rigor, durante toda la vigencia del convenio de interconexión que se firme con el Operador Solicitante y de su eventual prórroga, la referida garantía. El monto de la garantía debe cubrir, al menos, un estimado de contraprestaciones equivalentes al período de un tercio de la vigencia acordada en el convenio, incluyendo inversiones, accesorios y cualquier otro cargo, como así también por un monto mínimo estimado por TELEFONICA para cubrir cualquier otro incumplimiento por parte del Operador Solicitante, en los términos previstos en el convenio. En caso que los ingresos del Operador Solicitante resulten significativos, a criterio de TELEFONICA, el monto de la garantía podrá establecerse por un monto menor a satisfacción de este último. Será de aplicación, ante el incumplimiento del Operador Solicitante, la compensación como medio extintivo de las obligaciones (conf. Arts. 818 y sgs. del Código Civil), a cuyo fin serán tenidas por liquidas y exigibles las estimaciones que realice TELEFONICA, debidamente notificadas al Operador Solicitante. 14.2. Las PARTES de común acuerdo fijarán inicialmente el monto de la garantía en dólares estadounidenses

14.3. Sin perjuicio de lo acordado precedentemente, las PARTES, adecuarán el monto de la garantía, dentro del plazo que se determine al efecto, revisándolo a la luz de la efectiva facturación emitida por los servicios que TELEFONICA le brinde al Operador Solicitante, en los términos del convenio de interconexión a firmarse. 14.3.1. Si una vez realizada la verificación indicada en el punto 14.3. anterior, el monto de la garantía estuviese subvaluado a criterio de TELEFONICA, notificada la decisión en tal sentido al Operador Solicitante, éste deberá modificar y aumentar el monto garantizado en el marco del convenio. 14.3.2. Si el monto de la garantía estuviese sobrevaluado a criterio de TELEFONICA, el Operador Solicitante –con la previa aprobación por escrito del primero- podrá proceder a reducir el monto de la garantía contratada en los términos del convenio. 14.4. En caso que el Operador Solicitante no cumpliese en debido tiempo y forma con lo previsto en los puntos 14.1 y 14.3.1 anteriores, y sin perjuicio de lo acordado en el convenio, TELEFONICA estará facultada a suspender, demorar o interrumpir –hasta tanto sea subsanado el incumplimiento en cuestión- toda solicitud de servicios, contemplados en el respectivo convenio, que se encuentre en trámite de cumplimiento. Tal incumplimiento será considerado falta grave a todos los efectos contractuales y normativos. 14.5. La garantía prevista en el punto 14.1 será ejecutable, ante el incumplimiento de cualesquiera de los compromisos asumidos por el Operador Solicitante en el convenio. 14.6. La garantía podrá adoptar, a exclusivo criterio de TELEFONICA, algunas de las siguientes formas: 14.6.1. Fianza bancaria, emitida por un banco a total satisfacción de TELEFONICA, en la que dicho banco asuma el carácter de fiador liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, con arreglo de los artículos 2013 del Código Civil y 480 del Código de Comercio, y renuncia a la interpelación judicial previa del deudor prevista en el 2° párrafo del artículo 480 del Código de Comercio. Las firmas de los funcionarios bancarios que suscriban las garantías deberán encontrarse certificadas por el Banco Central de la República Argentina; 14.6.2. Depósito de títulos públicos nacionales por su valor de cotización de plaza a la fecha de la imposición. El monto de dicho depósito deberá ser suficiente para cubrir la garantía exigida a valor de

Page 18: Oferta de Interconexión de referencia

- 18 -

mercado de los títulos según la cotización del día anterior al del depósito en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, libre de todo gasto y comisión, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito; 14.6.3. Dinero en efectivo. El depósito de la suma correspondiente deberá efectuarse en dólares billetes estadounidenses en la Cuenta Corriente N° 000-15378/0 de TELEFÓNICA de Argentina S.A. del Banco Río – Casa Central, notificando tal circunstancia en forma escrita, a la Secretaría General de TELEFONICA, sita en la calle Tucumán 1, piso 1º, de la Ciudad de Buenos Aires y a la Administración de Fondos - Tesorería, sita en Suipacha 150, piso 8°, de la Ciudad de Buenos Aires, acompañando fotocopia de la correspondiente boleta de depósito, dentro de los tres (3) primeros días hábiles consecutivos de efectuado el mismo. El importe depositado en garantía no devengará interés alguno al momento de su devolución, en caso de corresponder, por parte de TELEFONICA. Asimismo, si por cualquier disposición bancaria o cambiaria ajena a TELEFONICA, esta se viera imposibilitada de devolver el importe en la misma moneda, dicha devolución se hará efectiva en función a las disposiciones, vigentes a ese momento, emitidas por el Banco Central de la República Argentina. 14.7. El Operador Solicitante estará obligado a exhibir, cada vez que TELEFONICA se lo requiera, toda documentación, contratos, constancias de pago, etc. que acredite suficientemente la efectiva constitución y mantenimiento, durante toda la vigencia del convenio y de su eventual prórroga, de la garantía prevista en el presente punto.

15. CONDUCTAS FRAUDULENTAS El Operador Solicitante y TELEFÓNICA trabajarán estrechamente y en forma conjunta para combatir el uso fraudulento de sus redes por parte de terceros. A tal efecto, desarrollarán equipos de trabajo conjunto con el propósito de mantener una estrecha vigilancia sobre productos, servicios y segmentos de usuarios, para identificar áreas de alto riesgo de fraude, valorando dicho riesgo y desarrollando e implementando políticas y prácticas para acotar el mismo. De manera enunciativa más no limitativa, el Operador Solicitante y TELEFÓNICA realizarán las actividades para la detección y prevención del uso fraudulento de sus redes.

16. JURISDICCION Y COMPETENCIA Sin perjuicio de las facultades que la normativa vigente otorga a la AA y para el caso de acudirse a la instancia judicial, para todos los derechos y obligaciones emergentes del Convenio de Interconexión que se celebre de acuerdo a lo establecido en el punto 2.3 de la presente Oferta, se fija la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en lo Civil y Comercial de la Capital, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.

17. CONFIDENCIALIDAD

17.1. Toda la información que sea intercambiada en virtud del presente, será tratada en forma confidencial. 17.2. En tal sentido, el Operador Solicitante y TELEFÓNICA se comprometen a tratar en forma confidencial toda información técnica y comercial, incluyendo, sin que ello implique una limitación, la referida a los sistemas, ingeniería o datos técnicos, registros comerciales, correspondencia, datos sobre costos, listas de clientes, estimaciones, estudios de mercado, secretos comerciales, dibujos, bocetos,

Page 19: Oferta de Interconexión de referencia

- 19 -

especificaciones, microfilms, fotocopias, faxes, cintas magnéticas, discos magnéticos, discos ópticos, muestras, herramientas, registros de empleados, mapas, reportes financieros y toda otra información que por su naturaleza deba ser considerada como tal, debiendo mantenerse y guardarse de manera apropiada atento su carácter reservado.

18. IMPUESTOS, TASAS, GRAVÁMENES Y/O CONTRIBUCIONES

18.1. Todos los impuestos, tasas o contribuciones nacionales, provinciales o municipales que gravaren la actividad de cada una de las PARTES serán exclusiva responsabilidad de cada una de ellas. 18.2. Los importes que figuran en la presente oferta, no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), ni otros impuestos, tasas, contribuciones y demás gravámenes, ya sean nacionales, provinciales o municipales, creados o a crearse en el futuro, los cuales serán oportunamente incluidos en las respectivas facturas y liquidaciones y deberán ser abonados por el Operador Solicitante. 18.3. TELEFÓNICA practicará las percepciones impositivas de gravámenes nacionales, provinciales o municipales, por las cuales haya sido designada agente de percepción que pudieran corresponder. 18.4. En el caso que con posterioridad a la fecha de la presente sean creados nuevos impuestos, tasas, contribuciones, y en general cualquier clase de tributos, ya sean nacionales, provinciales o municipales, o se modifiquen los existentes a dicha fecha, que aumenten o disminuyan el componente impositivo de los precios y tarifas establecidos en la presente, las respectivas variaciones serán trasladas en forma automática por TELEFONICA, a los referidos precios o tarifas y deberán ser abonadas por el Operador Solicitante. 18.5. Los importes que figuran en la presente Oferta de Interconexión no incluyen el impuesto sobre los débitos y créditos en cuentas bancarias (Ley 25.413), el cual será oportunamente incluido en las respectivas facturas y liquidaciones y deberá ser abonado por el Operador Solicitante. Cualquier modificación posterior del mencionado tributo será trasladada a los citados precios de acuerdo con lo establecido en el punto 18.4.

19. ANEXOS

19.1. Anexo I: Definiciones. 19.2. Anexo II: Centrales disponibles para la Interconexión. 19.3. Anexo III: Condiciones para la provisión de puertos de acceso y coubicación. 19.4. Anexo IV: Intercambio de Dígitos entre Operadores y Anuncios Grabados. 19.5. Anexo V: Parámetros de Calidad y Disponibilidad. 19.6. Anexo VI: Señalización y Protocolos de Aceptación. 19.7. Anexo VII: Precios de Acceso y Terminación Local, del Servicio de Tránsito Local y del Transporte de LD nacional.

Page 20: Oferta de Interconexión de referencia

- 20 -

19.8. Anexo VIII: Facturación por Cuenta y Orden del Operador Solicitante. 19.9. Anexo IX: Gestión de Registros entregados por el Operador Solicitante. 19.10. Anexo X: Tratamiento de Reclamos de facturación por cuenta y orden. 19.11. Anexo XI: Cargos de implementación de la facturación por cuenta y orden.

Page 21: Oferta de Interconexión de referencia

- 21 -

ANEXO I DEFINICIONES

A los fines de la presente Oferta, se utilizarán los conceptos que a continuación se indican: Aparato Telefónico de Uso Público (ATUP): Es todo teléfono capaz de tasar en forma automática, conectado a un sistema de supervisión o a un equipo de tarifación, accesible al público en general, pudiendo estar localizado en la vía pública y/o en inmuebles públicos o privados de libre acceso al público, independientemente de quién pueda ser su titular, conectado a la red TELEFÓNICA pública y que permite realizar o recibir llamadas telefónica. Área Local (AL): Son las áreas locales del operador existente. Área Múltiple Buenos Aires (AMBA): Área Múltiple Buenos Aires, cuyos límites se describen en el anexo VII.1 del Decreto Nº 62/90 y sus modificatorios. Autoridad de Aplicación (AA): Secretaría de Comunicaciones o la Comisión Nacional de Comunicaciones, según corresponda, de acuerdo a las facultades otorgadas a cada una de ellas, o los organismos que eventualmente los reemplacen. Operador Solicitado: Operador al que se le solicita la interconexión. Operador Solicitante: Operador que solicita la interconexión. Partes: Conjuntamente TELEFÓNICA y el Operador Solicitante Puerto de acceso: Es el dispositivo físico terminal en el cual se realiza la Interconexión obteniéndose la capacidad de entregar y recibir comunicaciones conmutadas. La interconexión se realiza como mínimo a nivel de un E1 (2.048 Kbits/seg.), según norma G703. Punto de interconexión (POI): Punto de acceso (presencia) de un Prestador donde se produce la interconexión con otro Prestador. Servicio de Larga Distancia, nacional e internacional: Servicio de telefonía por el que se cursa tráfico entre dos áreas locales diferentes, o entre un área local y un país extranjero y que requiere de la marcación de un prefijo de acceso al servicio de larga distancia –nacional e internacional- para su encaminamiento. Servicio de Telefonía Fija: Servicio de transmisión de voz, local y de larga distancia, nacional e internacional. Servicio de Telefonía Local: Servicio de telefonía fijo prestado en un área local en la cual las comunicaciones no tienen un precio diferencial según la distancia y no requiere la marcación de un prefijo de acceso al servicio de larga distancia, nacional e internacional, para su encaminamiento. Usuario: Respecto del Servicio de Facturación por Cuenta y Orden y del Servicio de Gestión de Cobranza, es la persona física o jurídica que utiliza los servicios del Operador Solicitante y a su vez es cliente del Servicio de Telefonía Local de TELEFÓNICA.

Page 22: Oferta de Interconexión de referencia

- 22 -

ANEXO II – Tabla I

ÁR EA LO CAL PO I D IRECC IÓ N CO UB IC ACIÓ N D ISPO NIB IL IDA D C O U BICA CIÓ N

AM BA CTN BAR RACAS Isabel la Católica 1324 SIAM BA CTN CUYO O ESTE --- ---AM BA CTN CUYO SUR --- ---AM BA CTN RAM O S M EJÍA Avellaneda 150 (Ram os M ejía) SIAM BA CTZ AVENIDA --- ---AM BA CTZ BARR ACAS Isabel la Católica 1324 SIAM BA CTZ C UYO --- ---AM BA CTZ FLO RES --- ---ARR ECIFES ARR EC IFES (trib .) Ram ón Lorenzo 35 SIAZUL CP AZUL H. Irigoyen 501 SIBAHÍA BLANC A CTN BAH ÍA BLAN CA Berutti 54 SIBARILO C HE CP BARILO C HE Elfle in 554 SIBO LIVAR BO LIVAR (trib .) G üem es 136 SIBRAG ADO BRAG ADO (trib .) Q uiroga 150 SIC . BRAN DSEN C. BRAND SEN (trib .) Ferrari 233 SIC . R IVADAVIA CTN C . R IVAD AVIA Rawson 1185 SIC . SUAR EZ C. SUAREZ (trib .) Brandsen 146 SIC AÑ UELAS CP CAÑ UELAS San M artín 337 SIC HASCO M U S CP CH ASCO M US Libres de l Sur 174 SIC HIVILCO Y CP CH IVILCO Y 9 de Ju lio (e) J.M . Paz y Arias SIC O LO N CO LO N (trib .) Ca lle 51 (e) 17 y 18 SIC O R DO BA CP CO R DO BA Diego Cala 370 NOESQ UEL CP ESQ UEL San M artín 861 SIG . CATAN G . C ATAN (trib .) Totoral y C uyo SIG LEW CP G LEW Alm afuerte 50 SIG RAL. P ICO CP G RAL. P ICO Calle 13 (e) 18 y San M artín SIG RAL. R O CA CP G RAL. R O C A Tucum an 838 SIG RAL. R O DRIG UEZ G RAL. R O D RIG UEZ (trib .) C . Pellegrin i 968 SIJ.C . PAZ CP J.C . PAZ M alvin Jones 5042 SIJ.M . G UTIERR EZ J.M . G UTIERREZ (trib .) Ca lle 52A s/n°, B° M arítim o ente 134 y 135. SIJU NIN CP JUN IN G ral. Paz 140 SILA PLATA CTN LA PLATA Calle 47 686 SILA PLATA CP RO C HA Calle 47 686 SILIBER TAD LIBERTAD (trib .) Los Patric ios (e) Pad illa y Vergara SIL IN CO LN CP LIN CO LN M itre 159 SILUJAN CP LUJAN San M artín 740 SIM AR DE AJO CP M AR D E AJO Fco de las Carreras 73 SIM AR DEL PLATA CTN M AR DEL PLATA Av. C olón 2542 SIM EN DO ZA CTN M ENDO ZA G ral. Paz 534 SIM ER CEDES CP M ER CEDES Calle 20 531 SIM ER LO CP M ER LO Riobam ba y Sarandí SIM IR AM AR M IRAM AR (trib .) Ca lle 28 1013 SIM O R ENO CP M O R EN O Pirovano 2743 SIN EC O CHEA CP NEC O C HEA Calle 61 2432 SIN EU Q UEN CTN NEUQ UEN J.B. A lberdi 243 SIN UEVE D E JU LIO CP NU EVE D E JU LIO Robbio 967 SIO LAVAR RIA CP O LAVARR IA España 2977 SIPEHU AJO CP PEHU AJO Rivaro la 560 SIPERG AM IN O CP PERG AM INO M itre 312 SIPILAR CP PILAR Vergani e Independencia SIPUER TO M ADRYN PUERTO M AD RYN (trib .) G dor. Fontana 25 NOPUN TA ALTA CP PUN TA ALTA Urquiza 66 SIR IO G ALLEG O S CP R IO G ALLEG O S Roca 631 SIR IO G RAND E CP R IO G RAND E Piedrabuena 787 SIR O SAR IO CP RO SARIO M itre 1435 NOSAN ANTO N IO de ARECO SAN ANTO NIO de ARECO (t G uido y A de l Valle SISAN JU AN CP SAN JUAN Rawson 1053 (centra l Rawson) SISAN LU IS CP SAN LU IS Colón 951 SISAN M AR TIN (M z)(*) CP SAN M ARTIN (M z)(*) L.N . A lem y R .E . de San M artín NOS.M . DE TUCU M AN CP TUC UM AN Crisóstom o Á lvarez 143 / 5 NOSAN RAFAEL CP SAN RAFAEL San Lorenzo 123 SISANTA RO SA CP SANTA RO SA Cnel G il 473 SITAND IL CP TAND IL San M artín 562 SITR ELEW CP TRELEW Av. R oca 49 SITR EN Q UE LAUQ U EN CP TREN Q U E LAUQ U EN 9 de Ju lio 55 SITR ES ARR O YO S CP TRES ARR O YO S Sarm iento 151 NOU SH UAIA CP USH UAIA San M artín 541 SIVIEDM A CP VIEDM A M itre 531 SIVILLA M ERC ED ES CP VILLA M ERCED ES Necochea 23 SIZAPALA CP ZAPALA Ita lia 248 NOÁreas locales del área norte del paísEn general, para in terconexión con Telefónica com o O perador de Larga D istanciaEn general, para in terconexión con Telefónica com o O perador Local

Page 23: Oferta de Interconexión de referencia

- 23 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU

AMBA Independientemente del POI ADROGUE 1 11 4294 AMBA Independientemente del POI ADROGUE 1-3 11 5034 AMBA Independientemente del POI ADROGUE 2 11 4293 AMBA Independientemente del POI ADROGUE 3 11 4214 AMBA Independientemente del POI AEROPUERTO 11 4480 AMBA Independientemente del POI AEROPUERTO 11 4617 AMBA Independientemente del POI ALEJANDRO BUSTILLO 11 4646 AMBA Independientemente del POI ALMIRANTE BROWN 11 4600 AMBA Independientemente del POI ALMIRANTE BROWN 1 11 4604 AMBA Independientemente del POI ALMIRANTE BROWN 2 11 4605 AMBA Independientemente del POI ALTO ALEGRE 11 4263 AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 4101 AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5775 AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5776 AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5777 AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5778 AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5779 AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5786 AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5787 AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5788 AMBA Independientemente del POI AMBA NORTE 11 5789 AMBA Independientemente del POI AVELLANEDA 1 11 4201 AMBA Independientemente del POI AVELLANEDA 1,2 11 4358 AMBA Independientemente del POI AVELLANEDA 2 11 4222 AMBA Independientemente del POI AVELLANEDA 3 11 4229 AMBA Independientemente del POI AVENIDA 11 4120 AMBA Independientemente del POI AVENIDA 1 11 4331 AMBA Independientemente del POI AVENIDA 2 11 4342 AMBA Independientemente del POI AVENIDA 2,3,5 11 4330 AMBA Independientemente del POI AVENIDA 3 11 4343 AMBA Independientemente del POI AVENIDA 4 11 4334 AMBA Independientemente del POI AVENIDA 5 11 4345 AMBA Independientemente del POI BANFIELD 1 11 4242 AMBA Independientemente del POI BANFIELD 2 11 4248 AMBA Independientemente del POI BANFIELD 2-4 11 5088 AMBA Independientemente del POI BANFIELD 3 11 4202 AMBA Independientemente del POI BANFIELD 4 11 4288 AMBA Independientemente del POI BARRACAS 1 11 4301 AMBA Independientemente del POI BARRACAS 1-3 11 4360 AMBA Independientemente del POI BARRACAS 2 11 4302 AMBA Independientemente del POI BARRACAS 3 11 4303 AMBA Independientemente del POI BARRIO BENQUEZ 11 4260 AMBA Independientemente del POI BARRIO GUADALUPE 11 4277 AMBA Independientemente del POI BARRIO LINDO 11 4297 AMBA Independientemente del POI BARRIO PAZ 11 4697 AMBA Independientemente del POI BELLA VISTA 1 11 4666 AMBA Independientemente del POI BELLA VISTA 2 11 4668 AMBA Independientemente del POI BERAZATEGUI 1 11 4256 AMBA Independientemente del POI BERAZATEGUI 1-3 11 4366 AMBA Independientemente del POI BERAZATEGUI 2 11 4226 AMBA Independientemente del POI BERAZATEGUI 3 11 4216 AMBA Independientemente del POI BERNAL 1 11 4252 AMBA Independientemente del POI BERNAL 1-3 11 4364 AMBA Independientemente del POI BERNAL 2 11 4251 AMBA Independientemente del POI BERNAL 3 11 4259

ANEXO II – Tabla II

Page 24: Oferta de Interconexión de referencia

- 24 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU AMBA Independientemente del POI BUEN ORDEN 11 4884 AMBA Independientemente del POI BUEN ORDEN 1 11 4304 AMBA Independientemente del POI BUEN ORDEN 2 11 4305 AMBA Independientemente del POI BUEN ORDEN 3 11 4306 AMBA Independientemente del POI BURZACO 11 5085 AMBA Independientemente del POI BURZACO 1 11 4299 AMBA Independientemente del POI BURZACO 2 11 4238 AMBA Independientemente del POI C.FR BARRACAS 1-3 11 5080 AMBA Independientemente del POI C.FR.AVELLANEDA 11 4229 AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4121 AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4332 AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4338 AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4339 AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4340 AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4341 AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4344 AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4346 AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4347 AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4348 AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 4349 AMBA Independientemente del POI C.FR.AVENIDA 11 5070 AMBA Independientemente del POI C.FR.BARRACAS 1-3 11 4126 AMBA Independientemente del POI C.FR.BARRACAS 1-3 11 4309 AMBA Independientemente del POI C.FR.BARRACAS 1-3 11 5030 AMBA Independientemente del POI C.FR.CUYO 11 4127 AMBA Independientemente del POI C.FR.CUYO 11 4959 AMBA Independientemente del POI C.FR.EL TRIANGULO 11 4272 AMBA Independientemente del POI C.FR.FCO.SOLANO 11 4365 AMBA Independientemente del POI C.FR.FLORES 11 4630 AMBA Independientemente del POI C.FR.FLORES 11 4670 AMBA Independientemente del POI C.FR.JUNCAL 11 4819 AMBA Independientemente del POI C.FR.JUNCAL 2,4 11 4129 AMBA Independientemente del POI C.FR.MITRE 1,3,7 11 4867 AMBA Independientemente del POI C.FR.MORON 11 4133 AMBA Independientemente del POI C.FR.PIÑEYRO 1,2 11 4135 AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 1-4 11 4320 AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 1-4 11 4323 AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 2-3 11 4130 AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 2-3 11 4321 AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 6,7,8 11 4131 AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 6,7,8 11 4132 AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 6,7,8 11 4324 AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 6,7,8 11 4329 AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA 6,7,8 11 5071 AMBA Independientemente del POI C.FR.REPUBLICA1-4 11 4333 AMBA Independientemente del POI C.FR.RIVADAVIA 11 4124 AMBA Independientemente del POI C.FR.SAN JUSTO 11 4125 AMBA Independientemente del POI C.FR.TALCAHUANO 11 4370 AMBA Independientemente del POI C.FR.TALCAHUANO 11 4378 AMBA Independientemente del POI C.FR.TALCAHUANO 11 4379 AMBA Independientemente del POI C.FR.VERNET 11 4909 AMBA Independientemente del POI CABALLITO 1 11 4901 AMBA Independientemente del POI CABALLITO 2 11 4902 AMBA Independientemente del POI CABALLITO 2,3 11 4900 AMBA Independientemente del POI CABALLITO 3 11 4903 AMBA Independientemente del POI CABALLITO 4 11 4904

ANEXO II – Tabla II (continuación)

Page 25: Oferta de Interconexión de referencia

- 25 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU AMBA Independientemente del POI CAPITAL NORTE 11 5770 AMBA Independientemente del POI CIUDAD GÜEMES 1 11 4620 AMBA Independientemente del POI CIUDAD GÜEMES 2 11 4487 AMBA Independientemente del POI CORIMAYO 11 4397 AMBA Independientemente del POI CORRALES 11 5091 AMBA Independientemente del POI CORRALES 1 11 4911 AMBA Independientemente del POI CORRALES 2 11 4912 AMBA Independientemente del POI CULPINA 11 4610 AMBA Independientemente del POI CULPINA 1 11 4611 AMBA Independientemente del POI CULPINA 2 11 4612 AMBA Independientemente del POI CULPINA 3 11 4613 AMBA Independientemente del POI CULPINA 4 11 4637 AMBA Independientemente del POI CULPINA 5 11 4619 AMBA Independientemente del POI CUYO 1 11 4951 AMBA Independientemente del POI CUYO 1-4 11 4950 AMBA Independientemente del POI CUYO 2 11 4952 AMBA Independientemente del POI CUYO 3 11 4953 AMBA Independientemente del POI CUYO 4 11 4954 AMBA Independientemente del POI DON ORIONE 11 4268 AMBA Independientemente del POI EL DORADO 11 4210 AMBA Independientemente del POI EL RECREO 11 4264 AMBA Independientemente del POI EL REFUGIO 1 11 4295 AMBA Independientemente del POI EL REFUGIO 2 11 5075 AMBA Independientemente del POI EL RINCON 11 4272 AMBA Independientemente del POI EL ROCIO 11 4221 AMBA Independientemente del POI EL TRIANGULO 11 4272 AMBA Independientemente del POI EZEIZA 1 11 4295 AMBA Independientemente del POI EZEIZA 2 11 4232 AMBA Independientemente del POI EZEIZA 3 11 4389 AMBA Independientemente del POI FCIO.VARELA 1 11 4255 AMBA Independientemente del POI FCIO.VARELA 1-3 11 5087 AMBA Independientemente del POI FCIO.VARELA 2 11 4237 AMBA Independientemente del POI FCIO.VARELA 3 11 4287 AMBA Independientemente del POI FCIO.VARELA 4 11 4355 AMBA Independientemente del POI FCO.SOLANO 11 4128 AMBA Independientemente del POI FCO.SOLANO 1 11 4250 AMBA Independientemente del POI FCO.SOLANO 1-3 11 4128 AMBA Independientemente del POI FCO.SOLANO 2 11 4200 AMBA Independientemente del POI FCO.SOLANO 3 11 4280 AMBA Independientemente del POI FCO.SOLANO OESTE 1 11 4212 AMBA Independientemente del POI FCO.SOLANO OESTE 2 11 4271 AMBA Independientemente del POI FLORES 11 4100 AMBA Independientemente del POI FLORES 11 4679 AMBA Independientemente del POI FLORES 11 5779 AMBA Independientemente del POI FLORES 11 4679 AMBA Independientemente del POI FLORES 1 11 4632 AMBA Independientemente del POI FLORES 2 11 4631 AMBA Independientemente del POI FLORES 3 11 4633 AMBA Independientemente del POI FLORES 4 11 4634 AMBA Independientemente del POI FLORESTA 11 4881 AMBA Independientemente del POI FLORESTA 1 11 4671 AMBA Independientemente del POI FLORESTA 2 11 4672 AMBA Independientemente del POI FLORESTA 3 11 4636 AMBA Independientemente del POI FLORESTA 4 11 4674 AMBA Independientemente del POI HAEDO 11 5069 AMBA Independientemente del POI HAEDO 1 11 4659

ANEXO II – Tabla II (continuación)

Page 26: Oferta de Interconexión de referencia

- 26 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU AMBA Independientemente del POI HAEDO 2 11 4650 AMBA Independientemente del POI HAEDO 3 11 4443 AMBA Independientemente del POI HAEDO 4 11 4460 AMBA Independientemente del POI HURLINGHAM 11 5072 AMBA Independientemente del POI HURLINGHAM 1 11 4665 AMBA Independientemente del POI HURLINGHAM 2 11 4662 AMBA Independientemente del POI HURLINGHAM 3 11 4452 AMBA Independientemente del POI INCLAN 11 4122 AMBA Independientemente del POI INCLAN 1 11 4941 AMBA Independientemente del POI INCLAN 1-4 11 4122 AMBA Independientemente del POI INCLAN 2 11 4942 AMBA Independientemente del POI INCLAN 3 11 4943 AMBA Independientemente del POI INCLAN 4 11 4308 AMBA Independientemente del POI INGENIERO BRIAN 11 4461 AMBA Independientemente del POI ISIDRO CASANOVA 1 11 4625 AMBA Independientemente del POI ISIDRO CASANOVA 2 11 4669 AMBA Independientemente del POI ISIDRO CASANOVA 3 11 4485 AMBA Independientemente del POI ISIDRO CASANOVA 4 11 4486 AMBA Independientemente del POI ISIDRO CASANOVA 5 11 4466 AMBA Independientemente del POI ITUZAINGO 11 5068 AMBA Independientemente del POI ITUZAINGO 1 11 4624 AMBA Independientemente del POI ITUZAINGO 2 11 4623 AMBA Independientemente del POI ITUZAINGO 3 11 4661 AMBA Independientemente del POI ITUZAINGO 4 11 4458 AMBA Independientemente del POI ITUZAINGO SUR 11 4692 AMBA Independientemente del POI JACARANDA 11 4395 AMBA Independientemente del POI JONTE 11 4649 AMBA Independientemente del POI JONTE 1 11 4566 AMBA Independientemente del POI JONTE 2 11 4567 AMBA Independientemente del POI JONTE 3 11 4568 AMBA Independientemente del POI JONTE 4 11 4639 AMBA Independientemente del POI JONTE 5 11 4648 AMBA Independientemente del POI JORGE LUIS BORGES 1 11 4696 AMBA Independientemente del POI JORGE LUIS BORGES 2 11 4645 AMBA Independientemente del POI JOSE DE AMENABAR 11 4213 AMBA Independientemente del POI JUNCAL 1 11 4811 AMBA Independientemente del POI JUNCAL 2 11 4812 AMBA Independientemente del POI JUNCAL 2-4 11 4810 AMBA Independientemente del POI JUNCAL 3 11 4813 AMBA Independientemente del POI JUNCAL 4 11 4814 AMBA Independientemente del POI JUNCAL 5 11 4815 AMBA Independientemente del POI JUNCAL 6 11 4816 AMBA Independientemente del POI LA SOFIA 11 4396 AMBA Independientemente del POI LA TABLADA 11 5073 AMBA Independientemente del POI LA TABLADA 1 11 4652 AMBA Independientemente del POI LA TABLADA 2 11 4655 AMBA Independientemente del POI LA TABLADA 3 11 4454 AMBA Independientemente del POI LA TABLADA 4 11 4453 AMBA Independientemente del POI LA UNION 11 4398 AMBA Independientemente del POI LAFERRERE 1 11 4626 AMBA Independientemente del POI LAFERRERE 2 11 4457 AMBA Independientemente del POI LAFERRERE 3 11 4467 AMBA Independientemente del POI LANUS 1 11 4241 AMBA Independientemente del POI LANUS 1-5 11 4357 AMBA Independientemente del POI LANUS 2 11 4247 AMBA Independientemente del POI LANUS 3 11 4240

ANEXO II – Tabla II (continuación)

Page 27: Oferta de Interconexión de referencia

- 27 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU AMBA Independientemente del POI LANUS 4 11 4249 AMBA Independientemente del POI LANUS 5 11 4225 AMBA Independientemente del POI LELOIR 1 11 4621 AMBA Independientemente del POI LELOIR 2 11 4481 AMBA Independientemente del POI LEZICA 11 4883 AMBA Independientemente del POI LEZICA 1 11 4981 AMBA Independientemente del POI LEZICA 2 11 4982 AMBA Independientemente del POI LEZICA 3 11 4983 AMBA Independientemente del POI LEZICA 4 11 4958 AMBA Independientemente del POI LINIERS 11 4882 AMBA Independientemente del POI LINIERS 1 11 4641 AMBA Independientemente del POI LINIERS 2 11 4642 AMBA Independientemente del POI LINIERS 3 11 4643 AMBA Independientemente del POI LINIERS 4 11 4644 AMBA Independientemente del POI LLAVALLOL 11 5092 AMBA Independientemente del POI LLAVALLOL 1 11 4298 AMBA Independientemente del POI LLAVALLOL 2 11 4231 AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 11 4239 AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 11 4352 AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 1 11 4243 AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 2 11 4244 AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 3 11 4245 AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 4 11 4292 AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 4 11 4352 AMBA Independientemente del POI LOMAS DE ZAMORA 5 11 4392 AMBA Independientemente del POI LOMAS DEL MIRADOR 11 4699 AMBA Independientemente del POI LONGCHAMPS 1 11 4297 AMBA Independientemente del POI LONGCHAMPS 2 11 4233 AMBA Independientemente del POI LORIA 11 4930 AMBA Independientemente del POI LORIA 1 11 4931 AMBA Independientemente del POI LORIA 2 11 4932 AMBA Independientemente del POI LORIA 3 11 4956 AMBA Independientemente del POI LORIA 4 11 4957 AMBA Independientemente del POI LOS POLVORINES 1 11 4660 AMBA Independientemente del POI LOS POLVORINES 2 11 4663 AMBA Independientemente del POI LOS POLVORINES 3 11 4456 AMBA Independientemente del POI MADAME CURIE 1 11 4450 AMBA Independientemente del POI MADAME CURIE 2 11 4459 AMBA Independientemente del POI MARILO 11 4468 AMBA Independientemente del POI MERCADO 1 11 4622 AMBA Independientemente del POI MERCADO 2 11 4442 AMBA Independientemente del POI MERCADO 3 11 4462 AMBA Independientemente del POI MERCADO 4 11 5082 AMBA Independientemente del POI MIGUEL CANE 11 4698 AMBA Independientemente del POI MITRE 1 11 4861 AMBA Independientemente del POI MITRE 1,3,7 11 4860 AMBA Independientemente del POI MITRE 1,3,7 11 4867 AMBA Independientemente del POI MITRE 2 11 4862 AMBA Independientemente del POI MITRE 2 11 5076 AMBA Independientemente del POI MITRE 3 11 4863 AMBA Independientemente del POI MITRE 4 11 4864 AMBA Independientemente del POI MITRE 5 11 4865 AMBA Independientemente del POI MITRE 6 11 4866 AMBA Independientemente del POI MONTE CHINGOLO 1 11 4246 AMBA Independientemente del POI MONTE CHINGOLO 1-3 11 5089 AMBA Independientemente del POI MONTE CHINGOLO 2 11 4230

ANEXO II – Tabla II (continuación)

Page 28: Oferta de Interconexión de referencia

- 28 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU AMBA Independientemente del POI MONTE CHINGOLO 3 11 4220 AMBA Independientemente del POI MONTE CHINGOLO 4 11 4289 AMBA Independientemente del POI MONTE GRANDE 1 11 4290 AMBA Independientemente del POI MONTE GRANDE 1,2 11 4367 AMBA Independientemente del POI MONTE GRANDE 2 11 4296 AMBA Independientemente del POI MONTE GRANDE 3 11 4281 AMBA Independientemente del POI MONTE GRANDE 4 11 4284 AMBA Independientemente del POI MORON 1 11 4629 AMBA Independientemente del POI MORON 1-5 11 4609 AMBA Independientemente del POI MORON 2 11 4628 AMBA Independientemente del POI MORON 3 11 4627 AMBA Independientemente del POI MORON 4 11 4489 AMBA Independientemente del POI MORON 5 11 4483 AMBA Independientemente del POI NUEVA CHICAGO 1(RODO 1) 11 4687 AMBA Independientemente del POI NUEVA CHICAGO 2(RODO 6) 11 4686 AMBA Independientemente del POI NUEVA CHICAGO 3 11 5086 AMBA Independientemente del POI ORTEGA 11 4235 AMBA Independientemente del POI PARANA 11 4274 AMBA Independientemente del POI PARRAL 11 5033 AMBA Independientemente del POI PARRAL 1 11 4431 AMBA Independientemente del POI PARRAL 2 11 4432 AMBA Independientemente del POI PARRAL 3 11 4433 AMBA Independientemente del POI PARRAL 4 11 4988 AMBA Independientemente del POI PASCO 11 4270 AMBA Independientemente del POI PIEDRAS 11 4369 AMBA Independientemente del POI PIEDRAS 1 11 4361 AMBA Independientemente del POI PIEDRAS 2 11 4362 AMBA Independientemente del POI PIEDRAS 3 11 4307 AMBA Independientemente del POI PIEDRAS 4 11 4300 AMBA Independientemente del POI PIEDRAS 5 11 4363 AMBA Independientemente del POI PIÑEYRO 1 11 4208 AMBA Independientemente del POI PIÑEYRO 1,2 11 4368 AMBA Independientemente del POI PIÑEYRO 2 11 4209 AMBA Independientemente del POI PIÑEYRO 3 11 4228 AMBA Independientemente del POI PIÑEYRO 4 11 4218 AMBA Independientemente del POI PLATANOS 11 4215 AMBA Independientemente del POI POMPEYA 11 4879 AMBA Independientemente del POI POMPEYA 1 11 4918 AMBA Independientemente del POI POMPEYA 2 11 4919 AMBA Independientemente del POI PRIDILIANO PUEYRREDON 11 4279 AMBA Independientemente del POI PROGRESO 11 4262 AMBA Independientemente del POI QUILMES 1 11 4253 AMBA Independientemente del POI QUILMES 1-4 11 4350 AMBA Independientemente del POI QUILMES 2 11 4254 AMBA Independientemente del POI QUILMES 3 11 4257 AMBA Independientemente del POI QUILMES 4 11 4224 AMBA Independientemente del POI QUINQUELA MARTIN 11 4695 AMBA Independientemente del POI RAFAEL CASTILLO 11 4690 AMBA Independientemente del POI RAMOS MEJIA 11 4102 AMBA Independientemente del POI RAMOS MEJIA 1 11 4658 AMBA Independientemente del POI RAMOS MEJIA 1-4 11 4608 AMBA Independientemente del POI RAMOS MEJIA 2 11 4654 AMBA Independientemente del POI RAMOS MEJIA 3 11 4656 AMBA Independientemente del POI RAMOS MEJIA 4 11 4469 AMBA Independientemente del POI RAMOS MEJIA 5 11 4464 AMBA Independientemente del POI RANELAGH 2 11 4258

ANEXO II – Tabla II (continuación)

Page 29: Oferta de Interconexión de referencia

- 29 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU AMBA Independientemente del POI RANELAGH 3 11 4223 AMBA Independientemente del POI RECREO 1,2 11 4359 AMBA Independientemente del POI RED LLAM.MASIV.TASA 11 4999 AMBA Independientemente del POI REGIMIENTO 11 4699 AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 1 11 4322 AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 1-4 11 4323 AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 1-4 11 4390 AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 2 11 4393 AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 3 11 4394 AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 4 11 4325 AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 6 11 4326 AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 7 11 4327 AMBA Independientemente del POI REPUBLICA 8 11 4328 AMBA Independientemente del POI RIVADAVIA 1 11 4381 AMBA Independientemente del POI RIVADAVIA 1-4 11 4380 AMBA Independientemente del POI RIVADAVIA 2 11 4382 AMBA Independientemente del POI RIVADAVIA 2 11 5081 AMBA Independientemente del POI RIVADAVIA 3 11 4383 AMBA Independientemente del POI RIVADAVIA 4 11 4384 AMBA Independientemente del POI ROBERTO ARLT 11 4698 AMBA Independientemente del POI RODO 11 4886 AMBA Independientemente del POI RODO 2 11 4682 AMBA Independientemente del POI RODO 3 11 4683 AMBA Independientemente del POI RODO 4 11 4684 AMBA Independientemente del POI RODO 5 11 4635 AMBA Independientemente del POI SAN ALBERTO 1 11 4694 AMBA Independientemente del POI SAN ALBERTO 2 11 4640 AMBA Independientemente del POI SAN FRANCISCO 11 4211 AMBA Independientemente del POI SAN JOSE 11 4269 AMBA Independientemente del POI SAN JUSTO 1 11 4651 AMBA Independientemente del POI SAN JUSTO 1,2 11 4616 AMBA Independientemente del POI SAN JUSTO 2 11 4441 AMBA Independientemente del POI SAN JUSTO 3 11 4484 AMBA Independientemente del POI SAN JUSTO 4 11 4482 AMBA Independientemente del POI SAN MIGUEL 11 5084 AMBA Independientemente del POI SAN MIGUEL 1 11 4667 AMBA Independientemente del POI SAN MIGUEL 2 11 4664 AMBA Independientemente del POI SAN MIGUEL 3 11 4451 AMBA Independientemente del POI SANTA CATALINA 1 11 4282 AMBA Independientemente del POI SANTA CATALINA 2 11 4283 AMBA Independientemente del POI SANTO TOMAS 11 4391 AMBA Independientemente del POI SANTOS VEGA 11 4213 AMBA Independientemente del POI SARANDI 1 11 4204 AMBA Independientemente del POI SARANDI 1-4 11 4354 AMBA Independientemente del POI SARANDI 2 11 4203 AMBA Independientemente del POI SARANDI 3 11 4205 AMBA Independientemente del POI SARANDI 4 11 4265 AMBA Independientemente del POI TALCAHUANO 1 11 4371 AMBA Independientemente del POI TALCAHUANO 2 11 4372 AMBA Independientemente del POI TALCAHUANO 2-5 11 4123 AMBA Independientemente del POI TALCAHUANO 3 11 4373 AMBA Independientemente del POI TALCAHUANO 4 11 4374 AMBA Independientemente del POI TALCAHUANO 5 11 4375 AMBA Independientemente del POI TOLEDO 11 4261 AMBA Independientemente del POI TRANSRADIO 11 4693 AMBA Independientemente del POI TRISTAN SUAREZ 1 11 4234

ANEXO II – Tabla II (continuación)

Page 30: Oferta de Interconexión de referencia

- 30 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU AMBA Independientemente del POI TRISTAN SUAREZ 2 11 4386 AMBA Independientemente del POI TRUJUI 1 11 4455 AMBA Independientemente del POI TRUJUI 2 11 4465 AMBA Independientemente del POI VERNET 1 11 4921 AMBA Independientemente del POI VERNET 1,2,4,5 11 4920 AMBA Independientemente del POI VERNET 2 11 4922 AMBA Independientemente del POI VERNET 3 11 4923 AMBA Independientemente del POI VERNET 4 11 4924 AMBA Independientemente del POI VERNET 5 11 4925 AMBA Independientemente del POI VERNET 6 11 4926 AMBA Independientemente del POI VIEJO BUENO 11 4270 AMBA Independientemente del POI VILLA ALBERTINA 1 11 4285 AMBA Independientemente del POI VILLA ALBERTINA 2 11 4273 AMBA Independientemente del POI VILLA ALFONSO 11 4275 AMBA Independientemente del POI VILLA CARAZA 1 11 4286 AMBA Independientemente del POI VILLA CARAZA 2 11 4267 AMBA Independientemente del POI VILLA CARAZA 3 11 4276 AMBA Independientemente del POI VILLA CIUDADELA 11 5074 AMBA Independientemente del POI VILLA CIUDADELA 1 11 4653 AMBA Independientemente del POI VILLA CIUDADELA 2 11 4657 AMBA Independientemente del POI VILLA CIUDADELA 3 11 4488 AMBA Independientemente del POI VILLA CIUDADELA 4 11 4647 AMBA Independientemente del POI VILLA DE MAYO 11 4463 AMBA Independientemente del POI VILLA DEL PLATA 11 4351 AMBA Independientemente del POI VILLA LUGANO 11 4887 AMBA Independientemente del POI VILLA LUGANO 1 11 4601 AMBA Independientemente del POI VILLA LUGANO 2 11 4602 AMBA Independientemente del POI VILLA LUGANO 3 11 4638 AMBA Independientemente del POI VILLA MARGARITA 11 4278 AMBA Independientemente del POI VILLA PALITO 11 4691 AMBA Independientemente del POI VILLA R.CALZADA 1 11 4291 AMBA Independientemente del POI VILLA R.CALZADA 2 11 4236 AMBA Independientemente del POI VILLA R.CALZADA 3 11 4219 AMBA Independientemente del POI VILLA SOBRAL 11 4278 AMBA Independientemente del POI WILDE 1 11 4207 AMBA Independientemente del POI WILDE 1,2 11 5066 AMBA Independientemente del POI WILDE 2 11 4206 AMBA Independientemente del POI WILDE 3 11 4227 AMBA Independientemente del POI WILDE 4 11 4217 AMBA Independientemente del POI WILDE 5 11 4353 AMBA Independientemente del POI YAPEYU 11 4463 AMBA Independientemente del POI ZEBALLOS 11 4275

ARRECIFES ARRECIFES (trib.) ARRECIFES 2478 45 AZUL CP AZUL AZUL 1 2281 42 AZUL CP AZUL AZUL 2 2281 43

BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA B.BLANCA 5,6 291 458 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BAHIA BLANCA 1 291 452 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BAHIA BLANCA 2 291 453 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BAHIA BLANCA 3 291 454 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BAHIA BLANCA 4 291 451 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BAHIA BLANCA 5 291 455 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BAHIA BLANCA 6 291 456 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BAHIA BLANCA 7 291 450 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA BARRIO PARQUE PATAGONIA 291 486 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA C.FR.BAHIA BLANCA 291 459 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA GRAL.DANIEL CERRI 291 484

ANEXO II – Tabla II (continuación)

Page 31: Oferta de Interconexión de referencia

- 31 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA INDEPENDENCIA 1 291 481 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA INDEPENDENCIA 2 291 482 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA INGENIERO WHITE 291 401 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA INGENIERO WHITE 291 457 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA MAYO 291 408 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA MAYO 291 488 BAHÍA BLANCA CTN BAHÍA BLANCA VILLA SERRA 291 452

BARILOCHE CP BARILOCHE BARILOCHE 1,2 2944 446 BARILOCHE CP BARILOCHE BARILOCHE 1,2 2944 447 BARILOCHE CP BARILOCHE BARILOCHE 1,2 2944 474 BARILOCHE CP BARILOCHE C.FR.BARILOCHE 2944 445 BARILOCHE CP BARILOCHE CERRO CATEDRAL 2944 460 BARILOCHE CP BARILOCHE CERRO OTTO 1 2944 441 BARILOCHE CP BARILOCHE CERRO OTTO 2 2944 442 BARILOCHE CP BARILOCHE CERRO OTTO 3 2944 443 BARILOCHE CP BARILOCHE DINA HUAPI 2944 468 BARILOCHE CP BARILOCHE HUEMUL 1 2944 461 BARILOCHE CP BARILOCHE HUEMUL 2 2944 462 BARILOCHE CP BARILOCHE HUEMUL 3 2944 463 BARILOCHE CP BARILOCHE LLAO LLAO 2944 448 BARILOCHE CP BARILOCHE LLAO LLAO 2944 470 BARILOCHE CP BARILOCHE LLAO LLAO 2944 472 BARILOCHE CP BARILOCHE LLAO LLAO 2944 477 BARILOCHE CP BARILOCHE NAHUEL HUE 1 2944 440 BARILOCHE CP BARILOCHE NAHUEL HUE 2 2944 449 BARILOCHE CP BARILOCHE SAN C.DE BARILOCHE 1 2944 42 BARILOCHE CP BARILOCHE SAN C.DE BARILOCHE 2 2944 43 BARILOCHE CP BARILOCHE VILLA ARELAUQUEN 2944 467

BOLIVAR BOLIVAR (trib.) BOLIVAR 2314 42 BOLIVAR BOLIVAR (trib.) SANTA ISABEL 2314 42

BRAGADO BRAGADO (trib.) BRAGADO 1 2342 42 BRAGADO BRAGADO (trib.) BRAGADO 2 2342 43

C. BRANDSEN C. BRANDSEN (trib.) CNEL.BRANDSEN 2223 44 C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA BARRIO CALETA CORDOVA 297 459 C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA BARRIO DON BOSCO 297 453 C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA BARRIO GRAL.MOSCONI 297 455 C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA BARRIO LAPRIDA 297 456 C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA BARRIO PROSPERO PALAZZO 297 454 C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA C.FR.COM.RIVADAVIA 297 449 C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA C.RIVADAVIA 1-3 297 440 C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA COM.RIVADAVIA 1 297 446 C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA COM.RIVADAVIA 2 297 447 C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA COM.RIVADAVIA 3 297 444 C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA RADA TILLY 297 445 C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA VILLA PUEYRREDON 297 441 C. RIVADAVIA CTN C. RIVADAVIA VILLA PUEYRREDON 297 448

C. SUAREZ C. SUAREZ (trib.) CNEL.SUAREZ 1 2926 42 C. SUAREZ C. SUAREZ (trib.) CNEL.SUAREZ 2 2926 43 CAÑUELAS CP CAÑUELAS CAÑUELAS 1 2226 42 CAÑUELAS CP CAÑUELAS CAÑUELAS 2 2226 43

CHASCOMUS CP CHASCOMUS CHASCOMUS 1 2241 42 CHASCOMUS CP CHASCOMUS CHASCOMUS 2 2241 43

CHIVILCOY CP CHIVILCOY CHIVILCOY 1 2346 42 CHIVILCOY CP CHIVILCOY CHIVILCOY 2 2346 43

COLON COLON (trib.) COLON 1 2473 42 COLON COLON (trib.) COLON 2 2473 43

ANEXO II – Tabla II (continuación)

Page 32: Oferta de Interconexión de referencia

- 32 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU CORDOBA CP CORDOBA C.FR.BARRIO JARDIN 1 351 410 CORDOBA CP CORDOBA C.FR.BARRIO JARDIN 2 351 412 CORDOBA CP CORDOBA CORDOBA 2 351 411 CORDOBA CP CORDOBA CORDOBA 4 351 413

ESQUEL CP ESQUEL ESQUEL 2945 45 ESQUEL CP ESQUEL ESQUEL 2945 462 ESQUEL CP ESQUEL ESQUEL 2945 463 ESQUEL CP ESQUEL ESQUEL 2945 464

G. CATAN G. CATAN (trib.) EL CEIBO 2202 45 G. CATAN G. CATAN (trib.) GONZALEZ CATAN 1 2202 42 G. CATAN G. CATAN (trib.) GONZALEZ CATAN 2 2202 43 G. CATAN G. CATAN (trib.) JOSE HERNANDEZ 2202 44

GLEW CP GLEW GLEW 1 2224 42 GLEW CP GLEW GLEW 2 2224 43 GLEW CP GLEW GLEW 3 2224 42

GRAL. PICO CP GRAL. PICO GRAL.PICO 2302 40 GRAL. PICO CP GRAL. PICO GRAL.PICO 1 2302 42 GRAL. PICO CP GRAL. PICO GRAL.PICO 2 2302 43

GRAL. ROCA CP GRAL. ROCA C.FR.GRAL.ROCA 2941 47 GRAL. ROCA CP GRAL. ROCA GRAL.ROCA 2941 41 GRAL. ROCA CP GRAL. ROCA GRAL.ROCA 1 2941 42 GRAL. ROCA CP GRAL. ROCA GRAL.ROCA 2 2941 43 GRAL. ROCA CP GRAL. ROCA PADRE A.STEFENELLI 2941 44

GRAL. RODRIGUEZ GRAL. RODRÍGUEZ (trib.) C.FR.GRAL.RODRIGUEZ 237 485 GRAL. RODRIGUEZ GRAL. RODRÍGUEZ (trib.) GRAL.RODRIGUEZ 1 237 484 GRAL. RODRIGUEZ GRAL. RODRÍGUEZ (trib.) GRAL.RODRIGUEZ 2 237 485 GRAL. RODRIGUEZ GRAL. RODRÍGUEZ (trib.) LA ESPERANZA(C.DE CAMPO) 237 484 GRAL. RODRIGUEZ GRAL. RODRÍGUEZ (trib.) LA FRATERNIDAD 237 486

J.C. PAZ CP J.C. PAZ HORACIO QUIROGA 1 2320 465 J.C. PAZ CP J.C. PAZ HORACIO QUIROGA 2 2320 466 J.C. PAZ CP J.C. PAZ HORACIO QUIROGA 3 2320 467 J.C. PAZ CP J.C. PAZ HORACIO QUIROGA 4 2320 468 J.C. PAZ CP J.C. PAZ HORACIO QUIROGA 5 2320 464 J.C. PAZ CP J.C. PAZ HORACIO QUIROGA 6 2320 469 J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 2320 500 J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 2320 501 J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 2320 530 J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 2320 531 J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 2320 534 J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 1 2320 42 J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 2 2320 43 J.C. PAZ CP J.C. PAZ JOSE C.PAZ 3 2320 44 J.C. PAZ CP J.C. PAZ NAMUNCURA 2320 45 J.C. PAZ CP J.C. PAZ VILLA ALTUBE 2320 45 J.C. PAZ CP J.C. PAZ VILLA ALTUBE 2320 460 J.C. PAZ CP J.C. PAZ VILLA ALTUBE 2320 461 J.C. PAZ CP J.C. PAZ VILLA ALTUBE 2320 462 J.C. PAZ CP J.C. PAZ VILLA ALTUBE 2320 463

J.M. GUTIERREZ J.M. GUTIERREZ (trib.) JUAN M.GUTIERREZ 1 2229 45 J.M. GUTIERREZ J.M. GUTIERREZ (trib.) JUAN M.GUTIERREZ 2 2229 44

LA PLATA Independientemente del POI ARTURO SEGUI 221 474 LA PLATA Independientemente del POI BERISSO 221 449 LA PLATA Independientemente del POI BERISSO 1 221 461 LA PLATA Independientemente del POI BERISSO 2 221 464 LA PLATA Independientemente del POI C.FR.ROCHA 4,7,8 221 412 LA PLATA Independientemente del POI C.FR.ROCHA 5,6 221 429

ANEXO II – Tabla II (continuación)

Page 33: Oferta de Interconexión de referencia

- 33 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU LA PLATA Independientemente del POI C.FR.ROCHA 5,6 221 439 LA PLATA Independientemente del POI CITY BELL 1 221 480 LA PLATA Independientemente del POI CITY BELL 2 221 472 LA PLATA Independientemente del POI EL CARMEN 221 486 LA PLATA Independientemente del POI ENSENADA 1 221 469 LA PLATA Independientemente del POI ENSENADA 2 221 460 LA PLATA Independientemente del POI LOS HORNOS 1 221 450 LA PLATA Independientemente del POI LOS HORNOS 2 221 456 LA PLATA Independientemente del POI LOS PORTEÑOS 221 475 LA PLATA Independientemente del POI MANUEL B.GONNET 221 493 LA PLATA Independientemente del POI MANUEL B.GONNET 1 221 484 LA PLATA Independientemente del POI MANUEL B.GONNET 2 221 471 LA PLATA Independientemente del POI MELCHOR ROMERO 221 478 LA PLATA Independientemente del POI PARQUE SAN MARTIN 1 221 470 LA PLATA Independientemente del POI PARQUE SAN MARTIN 2 221 479 LA PLATA Independientemente del POI PARQUE SAN MARTIN 3 221 414 LA PLATA Independientemente del POI PQUE.SAN MARTIN 221 416 LA PLATA Independientemente del POI PUNTA LARA 221 466 LA PLATA Independientemente del POI RED LLAM.MASIVAS TASA 221 499 LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 1 221 421 LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 2 221 483 LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 3 221 482 LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 4 221 424 LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 5 221 425 LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 5,6 221 426 LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 6 221 427 LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 7 221 422 LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 8 221 423 LA PLATA Independientemente del POI ROCHA 9 221 489 LA PLATA Independientemente del POI TACUARI 1 221 451 LA PLATA Independientemente del POI TACUARI 1-4 221 417 LA PLATA Independientemente del POI TACUARI 2 221 452 LA PLATA Independientemente del POI TACUARI 3 221 453 LA PLATA Independientemente del POI TACUARI 4 221 457 LA PLATA Independientemente del POI VILLA ELISA 1 221 487 LA PLATA Independientemente del POI VILLA ELISA 2 221 473 LA PLATA Independientemente del POI VILLA ZULA 221 462 LA PLATA Independientemente del POI ZONA FRANCA 221 468 LIBERTAD LIBERTAD (trib.) EL CORTIJO 220 495 LIBERTAD LIBERTAD (trib.) GABRIELA MISTRAL 220 493 LIBERTAD LIBERTAD (trib.) LIBERTAD 1 220 494 LIBERTAD LIBERTAD (trib.) LIBERTAD 2 220 497 LINCOLN CP LINCOLN LINCOLN 1 2355 42 LINCOLN CP LINCOLN LINCOLN 2 2355 43

LUJAN CP LUJAN C.FR.LUJAN 2323 441 LUJAN CP LUJAN LUJAN 2323 40 LUJAN CP LUJAN LUJAN 1 2323 42 LUJAN CP LUJAN LUJAN 2 2323 43 LUJAN CP LUJAN LUJAN 3 2323 440 LUJAN CP LUJAN LUJAN 4 2323 442 LUJAN CP LUJAN SANTA MARIA CLUB DE CAMPO 2323 43

MAR DE AJO CP MAR DE AJO MAR DE AJO 2257 42 MAR DE AJO CP MAR DE AJO MAR DE AJO NORTE 2257 42

MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA C.FR.MAR DEL PLATA 223 499 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA CENTRO 1 223 495 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA CENTRO 2 223 493

ANEXO II – Tabla II (continuación)

Page 34: Oferta de Interconexión de referencia

- 34 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA CENTRO 3 223 494 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA CENTRO 3-5 223 490 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA CENTRO 4 223 491 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA CENTRO 5 223 492 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA CENTRO 6 223 496 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA EL MARTILLO 1 223 482 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA EL MARTILLO 1-3 223 419 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA EL MARTILLO 2 223 481 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA EL MARTILLO 3 223 483 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA JORGE NEWBERY 223 487 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA LA JUANITA 1 223 477 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA LA JUANITA 1-3 223 418 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA LA JUANITA 2 223 478 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA LA JUANITA 3 223 470 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA NORTE 1 223 472 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA NORTE 2 223 473 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA NORTE 3 223 474 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA NORTE 3-5 223 462 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA NORTE 4 223 475 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA NORTE 5 223 476 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PLAYA GRANDE 1 223 451 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PLAYA GRANDE 1,2 223 420 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PLAYA GRANDE 2 223 486 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PUERTO 223 461 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PUERTO 1 223 480 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PUERTO 2 223 489 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PUNTA MOGOTES 1 223 484 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA PUNTA MOGOTES 2 223 485 MAR DEL PLATA CTN MAR DEL PLATA RED LLAM.MASIVAS NORTE 5 223 476

MENDOZA CTN MENDOZA AEROPARQUE 261 444 MENDOZA CTN MENDOZA BERMEJO 261 451 MENDOZA CTN MENDOZA C.FR.MENDOZA 261 441 MENDOZA CTN MENDOZA C.FR.MENDOZA 261 449 MENDOZA CTN MENDOZA CORREO 261 434 MENDOZA CTN MENDOZA DORREGO 1 261 431 MENDOZA CTN MENDOZA DORREGO 1,2 261 433 MENDOZA CTN MENDOZA DORREGO 2 261 432 MENDOZA CTN MENDOZA GODOY CRUZ 261 442 MENDOZA CTN MENDOZA GODOY CRUZ 1 261 422 MENDOZA CTN MENDOZA GODOY CRUZ 2 261 435 MENDOZA CTN MENDOZA GRAL.PAZ 2 261 425 MENDOZA CTN MENDOZA GRAL.PAZ 3 261 423 MENDOZA CTN MENDOZA GRAL.PAZ 4 261 438 MENDOZA CTN MENDOZA GRAL.PAZ 5 261 429 MENDOZA CTN MENDOZA GRAL.PAZ 5 261 459 MENDOZA CTN MENDOZA GRAL.PAZ 6 261 420 MENDOZA CTN MENDOZA GUAYMALLEN 261 445 MENDOZA CTN MENDOZA GUAYMALLEN 1,2 261 450 MENDOZA CTN MENDOZA HIPODROMO 1 261 427 MENDOZA CTN MENDOZA HIPODROMO 1,2 261 443 MENDOZA CTN MENDOZA HIPODROMO 2 261 428 MENDOZA CTN MENDOZA LA CARRODILLA 261 436 MENDOZA CTN MENDOZA LAS HERAS 261 412 MENDOZA CTN MENDOZA LAS HERAS 1 261 430 MENDOZA CTN MENDOZA LAS HERAS 2 261 437 MENDOZA CTN MENDOZA LORIA 1 261 439

ANEXO II – Tabla II (continuación)

Page 35: Oferta de Interconexión de referencia

- 35 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU MENDOZA CTN MENDOZA LORIA 2 261 440 MENDOZA CTN MENDOZA LOS ANDES 261 424 MENDOZA CTN MENDOZA LOS ANDES 261 458 MENDOZA CTN MENDOZA LUZURIAGA 261 452 MENDOZA CTN MENDOZA PANQUEHUA 1 261 448 MENDOZA CTN MENDOZA PANQUEHUA 2 261 447 MENDOZA CTN MENDOZA POSTA ANZORENA 261 429 MENDOZA CTN MENDOZA VILLA NUEVA 1 261 426 MENDOZA CTN MENDOZA VILLA NUEVA 2 261 421

MERCEDES CP MERCEDES MERCEDES 2324 400 MERCEDES CP MERCEDES MERCEDES 2324 401 MERCEDES CP MERCEDES MERCEDES 2324 404 MERCEDES CP MERCEDES MERCEDES 1 2324 42 MERCEDES CP MERCEDES MERCEDES 2 2324 43

MERLO CP MERLO MERLO 220 481 MERLO CP MERLO MERLO 1 220 482 MERLO CP MERLO MERLO 2 220 483 MERLO CP MERLO MERLO 3 220 485 MERLO CP MERLO MERLO 4 220 484 MERLO CP MERLO MERLO 5 220 486 MERLO CP MERLO PARQUE SAN MARTIN 1 220 480 MERLO CP MERLO PARQUE SAN MARTIN 2 220 487 MERLO CP MERLO RECONQUISTA 220 489

MIRAMAR MIRAMAR (trib.) MIRAMAR 1 2291 42 MIRAMAR MIRAMAR (trib.) MIRAMAR 2 2291 43 MORENO CP MORENO LAS CATONAS 1 237 481 MORENO CP MORENO LAS CATONAS 2 237 461 MORENO CP MORENO MOLINA CAMPOS 1 237 468 MORENO CP MORENO MOLINA CAMPOS 2 237 469 MORENO CP MORENO MORENO 237 464 MORENO CP MORENO MORENO 1 237 462 MORENO CP MORENO MORENO 2 237 463 MORENO CP MORENO MORENO 3 237 466

NECOCHEA CP NECOCHEA C.FR.NECOCHEA 2262 44 NECOCHEA CP NECOCHEA NECOCHEA 1 2262 42 NECOCHEA CP NECOCHEA NECOCHEA 2 2262 43 NECOCHEA CP NECOCHEA QUEQUEN 2262 45

NEUQUEN CTN NEUQUEN ALTA BARDA 299 433 NEUQUEN CTN NEUQUEN BARRIO VILLARINO 299 479 NEUQUEN CTN NEUQUEN C.FR.NEUQUEN 1 299 434 NEUQUEN CTN NEUQUEN C.FR.NEUQUEN 2 299 449 NEUQUEN CTN NEUQUEN CIPOLLETTI 1 299 478 NEUQUEN CTN NEUQUEN CIPOLLETTI 1-3 299 403 NEUQUEN CTN NEUQUEN CIPOLLETTI 2 299 477 NEUQUEN CTN NEUQUEN COLONIA VALENTINA 1 299 446 NEUQUEN CTN NEUQUEN COLONIA VALENTINA 2 299 445 NEUQUEN CTN NEUQUEN LAFINUR 299 444 NEUQUEN CTN NEUQUEN NEUQUEN 1 299 442 NEUQUEN CTN NEUQUEN NEUQUEN 1-3 299 430 NEUQUEN CTN NEUQUEN NEUQUEN 1-4 299 430 NEUQUEN CTN NEUQUEN NEUQUEN 2 299 443 NEUQUEN CTN NEUQUEN NEUQUEN 3 299 448 NEUQUEN CTN NEUQUEN NEUQUEN 4 299 447 NEUQUEN CTN NEUQUEN OCTAVIO PICO 299 447 NEUQUEN CTN NEUQUEN PARQUE INDUSTRIAL 299 441 NEUQUEN CTN NEUQUEN ROLDAN 299 440

ANEXO II – Tabla II (continuación)

Page 36: Oferta de Interconexión de referencia

- 36 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU NUEVE DE JULIO CP NUEVE DE JULIO NUEVE DE JULIO 1 2317 42 NUEVE DE JULIO CP NUEVE DE JULIO NUEVE DE JULIO 2 2317 43

OLAVARRIA CP OLAVARRIA BARRIO C.E.C.O 2284 45 OLAVARRIA CP OLAVARRIA OLAVARRIA 1 2284 42 OLAVARRIA CP OLAVARRIA OLAVARRIA 2 2284 43 OLAVARRIA CP OLAVARRIA OLAVARRIA 3 2284 44 OLAVARRIA CP OLAVARRIA PUEBLO NUEVO 1 2284 45 OLAVARRIA CP OLAVARRIA PUEBLO NUEVO 2 2284 45 OLAVARRIA CP OLAVARRIA PUEBLO NUEVO 3 2284 45

PEHUAJO CP PEHUAJO PEHUAJO 2396 47 PERGAMINO CP PERGAMINO PERGAMINO 2477 400 PERGAMINO CP PERGAMINO PERGAMINO 2477 401 PERGAMINO CP PERGAMINO PERGAMINO 2477 404 PERGAMINO CP PERGAMINO PERGAMINO 1 2477 42 PERGAMINO CP PERGAMINO PERGAMINO 2 2477 43 PERGAMINO CP PERGAMINO PERGAMINO 3 2477 44

PILAR CP PILAR PILAR 1 2322 42 PILAR CP PILAR PILAR 1,2 2322 450 PILAR CP PILAR PILAR 1,2 2322 456 PILAR CP PILAR PILAR 1,3 2322 451 PILAR CP PILAR PILAR 2 2322 43 PILAR CP PILAR PILAR 3 2322 40

PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN (trib.) PUERTO MADRYN 2965 476 PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN (trib.) PUERTO MADRYN 2965 478 PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN (trib.) PUERTO MADRYN 2965 479 PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN (trib.) PUERTO MADRYN 1 2965 471 PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN (trib.) PUERTO MADRYN 1 2965 472 PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN (trib.) PUERTO MADRYN 1 2965 473 PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN (trib.) PUERTO MADRYN 1 2965 474 PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN (trib.) PUERTO MADRYN 1 2965 475 PUERTO MADRYN PUERTO MADRYN (trib.) PUERTO MADRYN 2 2965 45

PUNTA ALTA CP PUNTA ALTA PUNTA ALTA 2932 460 PUNTA ALTA CP PUNTA ALTA PUNTA ALTA 2932 461 PUNTA ALTA CP PUNTA ALTA PUNTA ALTA 1 2932 42 PUNTA ALTA CP PUNTA ALTA PUNTA ALTA 2 2932 43 PUNTA ALTA CP PUNTA ALTA VILLA GRAL.ARIAS(P.ALTA3) 2932 493

RIO GALLEGOS CP RIO GALLEGOS C.FR.RIO GALLEGOS 2966 441 RIO GALLEGOS CP RIO GALLEGOS LAS HORQUETAS 2966 42 RIO GALLEGOS CP RIO GALLEGOS RIO GALLEGOS 1 2966 42 RIO GALLEGOS CP RIO GALLEGOS RIO GALLEGOS 1,2 2966 45 RIO GALLEGOS CP RIO GALLEGOS RIO GALLEGOS 2 2966 43 RIO GALLEGOS CP RIO GALLEGOS RIO GALLEGOS 3 2966 444 RIO GALLEGOS CP RIO GALLEGOS TEHUELCHES 2966 442

RIO GRANDE CP RIO GRANDE AUGUSTO LASERRE 1 2964 443 RIO GRANDE CP RIO GRANDE AUGUSTO LASERRE 2 2964 444 RIO GRANDE CP RIO GRANDE AUGUSTO LASERRE 3 2964 445 RIO GRANDE CP RIO GRANDE BARRIO AUSTRAL 2964 441 RIO GRANDE CP RIO GRANDE RIO GRANDE 2964 43 RIO GRANDE CP RIO GRANDE RIO GRANDE 2964 45 RIO GRANDE CP RIO GRANDE RIO GRANDE 1 2964 42

ROSARIO CP ROSARIO ROSARIO 1 341 410 ROSARIO CP ROSARIO ROSARIO 2 341 411 ROSARIO CP ROSARIO ROSARIO 3 341 483 ROSARIO CP ROSARIO ROSARIO 4 341 484

S.M. DE TUCUMAN CP TUCUMAN TUCUMAN 1 381 410 S.M. DE TUCUMAN CP TUCUMAN TUCUMAN 2 381 411

ANEXO II – Tabla II (continuación)

Page 37: Oferta de Interconexión de referencia

- 37 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU S.M. DE TUCUMAN CP TUCUMAN TUCUMAN 3 381 400

SAN ANTONIO de ARECO SAN ANTONIO de ARECO (trib.) SAN ANTONIO DE ARECO 2326 45 SAN JUAN CP SAN JUAN C.FR.SAN JUAN 264 429 SAN JUAN CP SAN JUAN CHIMBAS 264 431 SAN JUAN CP SAN JUAN COLONIA GUTIERREZ 264 425 SAN JUAN CP SAN JUAN COLONIAS UNIDAS 264 431 SAN JUAN CP SAN JUAN DESAMPARADOS 1 264 423 SAN JUAN CP SAN JUAN DESAMPARADOS 2 264 426 SAN JUAN CP SAN JUAN EL MOGOTE 264 4942 SAN JUAN CP SAN JUAN FERNANDO FADER 264 433 SAN JUAN CP SAN JUAN GREGORIO TORRES 264 434 SAN JUAN CP SAN JUAN RAWSON 1 264 424 SAN JUAN CP SAN JUAN RAWSON 2 264 428 SAN JUAN CP SAN JUAN SAN ISIDRO 2 264 4971 SAN JUAN CP SAN JUAN SAN JUAN 1 264 422 SAN JUAN CP SAN JUAN SAN JUAN 1-4 264 430 SAN JUAN CP SAN JUAN SAN JUAN 2 264 421 SAN JUAN CP SAN JUAN SAN JUAN 3 264 427 SAN JUAN CP SAN JUAN SAN JUAN 4 264 420 SAN JUAN CP SAN JUAN SANTA LUCIA 264 425 SAN LUIS CP SAN LUIS C.FR.SAN LUIS 1 2652 451 SAN LUIS CP SAN LUIS C.FR.SAN LUIS 2 2652 452 SAN LUIS CP SAN LUIS EL CHORRILLO 1 2652 459 SAN LUIS CP SAN LUIS EL CHORRILLO 2 2652 450 SAN LUIS CP SAN LUIS EL HORNERO 1 2652 455 SAN LUIS CP SAN LUIS EL HORNERO 2 2652 456 SAN LUIS CP SAN LUIS EL HORNERO 3 2652 457 SAN LUIS CP SAN LUIS EL HORNERO 4 2652 458 SAN LUIS CP SAN LUIS MUNICIPALIDAD DE CAROLINA 2652 44 SAN LUIS CP SAN LUIS SAN LUIS 1 2652 42 SAN LUIS CP SAN LUIS SAN LUIS 1-3 2652 46 SAN LUIS CP SAN LUIS SAN LUIS 2 2652 43 SAN LUIS CP SAN LUIS SAN LUIS 3 + BARRIO VIVA 2652 44

SAN MARTIN (Mz)(*) CP SAN MARTIN (Mz)(*) COLONIA ORFILA 2623 42 SAN MARTIN (Mz)(*) CP SAN MARTIN (Mz)(*) SAN MARTIN 1 2623 42 SAN MARTIN (Mz)(*) CP SAN MARTIN (Mz)(*) SAN MARTIN 2 + C.FR. 2623 43

SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL C.FR.SAN RAFAEL 2627 449 SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL CUADRO NACIONAL 2627 442 SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL RAMA CAIDA 2627 441 SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL SAN RAFAEL 2627 440 SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL SAN RAFAEL 2627 443 SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL SAN RAFAEL 2627 444 SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL SAN RAFAEL 2627 447 SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL SAN RAFAEL 1 2627 42 SAN RAFAEL CP SAN RAFAEL SAN RAFAEL 2 2627 43 SANTA ROSA CP SANTA ROSA SANTA ROSA 2954 46 SANTA ROSA CP SANTA ROSA SANTA ROSA 1 2954 42 SANTA ROSA CP SANTA ROSA SANTA ROSA 1-3 2954 46 SANTA ROSA CP SANTA ROSA SANTA ROSA 2 2954 43 SANTA ROSA CP SANTA ROSA SANTA ROSA 3 2954 45

TANDIL CP TANDIL TANDIL 1 2293 42 TANDIL CP TANDIL TANDIL 2 2293 400 TANDIL CP TANDIL TANDIL 2 2293 401 TANDIL CP TANDIL TANDIL 2 2293 404 TANDIL CP TANDIL TANDIL 2 2293 407 TANDIL CP TANDIL TANDIL 2 2293 43

ANEXO II – Tabla II (continuación)

Page 38: Oferta de Interconexión de referencia

- 38 -

ÁREA LOCAL POI NOMBRE CENTRAL LOCAL PI PU TANDIL CP TANDIL TANDIL 3 2293 44 TANDIL CP TANDIL VILLA ITALIA 2293 45

TRELEW CP TRELEW C.FR.TRELEW 2965 449 TRELEW CP TRELEW JUAN MANUEL DE ROSAS 1 2965 443 TRELEW CP TRELEW JUAN MANUEL DE ROSAS 2 2965 444 TRELEW CP TRELEW LOS COLONOS 1 2965 446 TRELEW CP TRELEW LOS COLONOS 2 2965 447 TRELEW CP TRELEW TRELEW 2965 441 TRELEW CP TRELEW TRELEW 1 2965 42 TRELEW CP TRELEW TRELEW 1,2 2965 445 TRELEW CP TRELEW TRELEW 1-3 2965 448 TRELEW CP TRELEW TRELEW 2 2965 43

TRENQUE LAUQUEN CP TRENQUE LAUQUEN TRENQUE LAUQUEN 1 2392 42 TRENQUE LAUQUEN CP TRENQUE LAUQUEN TRENQUE LAUQUEN 2 2392 43

TRES ARROYOS CP TRES ARROYOS TRES ARROYOS 1 2983 42 TRES ARROYOS CP TRES ARROYOS TRES ARROYOS 2 2983 43 TRES ARROYOS CP TRES ARROYOS TRES ARROYOS 2 2983 453 TRES ARROYOS CP TRES ARROYOS TRES ARROYOS 2 2983 454 TRES ARROYOS CP TRES ARROYOS TRES ARROYOS 2 2983 455

USHUAIA CP USHUAIA C.FR.USHUAIA 2901 441 USHUAIA CP USHUAIA MONTE GALLINERO 1 2901 443 USHUAIA CP USHUAIA MONTE GALLINERO 2 2901 444 USHUAIA CP USHUAIA MONTE GALLINERO 3 2901 445 USHUAIA CP USHUAIA MONTE GALLINERO 4 2901 440 USHUAIA CP USHUAIA USHUAIA 2901 442 USHUAIA CP USHUAIA USHUAIA 1 2901 42 USHUAIA CP USHUAIA USHUAIA 1,2 2901 450 USHUAIA CP USHUAIA USHUAIA 1,2 2901 451 USHUAIA CP USHUAIA USHUAIA 1,2 2901 454 USHUAIA CP USHUAIA USHUAIA 2 2901 43

VIEDMA CP VIEDMA C.FR.VIEDMA 1 2920 44 VIEDMA CP VIEDMA C.FR.VIEDMA 2 2920 44 VIEDMA CP VIEDMA CARMEN DE PATAGONES 2920 46 VIEDMA CP VIEDMA VIEDMA 1 2920 42 VIEDMA CP VIEDMA VIEDMA 1,2 2920 44 VIEDMA CP VIEDMA VIEDMA 2 2920 43

VILLA MERCEDES CP VILLA MERCEDES C.FR.VILLA MERCEDES 1 2657 440 VILLA MERCEDES CP VILLA MERCEDES C.FR.VILLA MERCEDES 2 2657 449 VILLA MERCEDES CP VILLA MERCEDES C.FR.VILLA MERCEDES 3 2657 445 VILLA MERCEDES CP VILLA MERCEDES VILLA MERCEDES 2657 441 VILLA MERCEDES CP VILLA MERCEDES VILLA MERCEDES 1 2657 42 VILLA MERCEDES CP VILLA MERCEDES VILLA MERCEDES 2 2657 43

ZAPALA CP ZAPALA AEROPUERTO ZAPALA 2942 43 ZAPALA CP ZAPALA BAJADA DEL AGRIO 2942 42 ZAPALA CP ZAPALA ZAPALA 1 2942 42 ZAPALA CP ZAPALA ZAPALA 2 2942 43

Áreas locales del área norte

del país

ANEXO II – Tabla II (continuación)

Page 39: Oferta de Interconexión de referencia

- 39 -

ANEXO II – Tabla III TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

ARRECIFES I-II TR CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 ARRECIFES I-II TR CTI X - - - Móvil STM / PCS 5 0 0 0 ARRECIFES I-II TR MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 ARRECIFES I-II TR UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 ARRECIFES I-II TR UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 AZUL I-II CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 AZUL I-II CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 AZUL I-II CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 AZUL I-II CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 AZUL I-II CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 AZUL I-II CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0

BAHIA BLANCA V-VI-CF CP COOP. CORONEL DORREGO X - - - Fija SBT 1 0 0 0

BAHIA BLANCA V-VI-CF CP COOP. CORONEL DORREGO - X - - Fija SBT 0 1 0 0

BARILOCHE I-II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 BARILOCHE I-II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 6 0 0 0 BARILOCHE I-II-CF CP MOVICOM X - - - Fija SBT 1 0 0 0 BARILOCHE I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 2 0 0 BARILOCHE I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 4 0 0 BARILOCHE I-II-CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 6 0 0 0 BARILOCHE I-II-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 BARILOCHE I-II-CF CP TECHTEL - X - - Fija SBT 0 2 0 0 BARILOCHE I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 BARILOCHE I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 BARILOCHE I-II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0 BOLIVAR I-II TR CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 BOLIVAR I-II TR CTI X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 BOLIVAR I-II TR UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 BOLIVAR I-II TR UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 BRAGADO I-II TR CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 BRAGADO I-II TR CTI X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 BRAGADO I-II TR UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 BRAGADO I-II TR UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0

CANUELAS I-II CF CP COOP. ELEC. DE MONTE X - - - Fija SBT 1 0 0 0

CANUELAS I-II CF CP COOP. ELEC. DE MONTE - - X - Fija SBT 0 0 1 0

CANUELAS I-II CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CANUELAS I-II CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 5 0 0 0 CANUELAS I-II CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CANUELAS I-II CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 CANUELAS I-II CF CP SES X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CANUELAS I-II CF CP SES X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CANUELAS I-II CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 CANUELAS I-II CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 CHASCOMUS I-II CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 6 0 0 0 CHASCOMUS I-II CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CHASCOMUS I-II CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CHASCOMUS I-II CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0

Page 40: Oferta de Interconexión de referencia

- 40 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

CHASCOMUS I-II CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 CHASCOMUS I-II CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 CHASCOMUS I-II CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 CHASCOMUS I-II CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0

CHIVILCOY I-II CP COOP. ELEC. SALADILLO X - - - Fija SBT 1 0 0 0

CHIVILCOY I-II CP COOP. ELEC. SALADILLO - - X - Fija SBT 0 0 1 0

CHIVILCOY I-II CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CHIVILCOY I-II CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 CHIVILCOY I-II CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CHIVILCOY I-II CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CHIVILCOY I-II CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 CHIVILCOY I-II CP PERSONAL - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CHIVILCOY I-II CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 5 0 0 0 CHIVILCOY I-II CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 CHIVILCOY I-II CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 11 0 CNEL. BRANDSEN CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CNEL. BRANDSEN CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 CNEL. BRANDSEN CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 CNEL. BRANDSEN CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 COLON I-II TR CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 COLON I-II TR CTI X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 CORDOBA CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CORDOBA CP-CF (TASA) UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 CORDOBA CP-CF (TASA) UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 CORDOBA CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 CORDOBA CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CORDOBA CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CORDOBA CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CORDOBA CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CORONEL SUAREZ I-II CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CORONEL SUAREZ I-II CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 CORONEL SUAREZ I-II CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CORONEL SUAREZ I-II CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 CORONEL SUAREZ I-II CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 CTN BAHIA BLANCA AT&T - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN BAHIA BLANCA COMSAT - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN BAHIA BLANCA CTI - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN BAHIA BLANCA CTI X - - - Móvil STM / PCS 13 0 0 0 CTN BAHIA BLANCA MOVICOM X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTN BAHIA BLANCA MOVICOM - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN BAHIA BLANCA MOVICOM - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN BAHIA BLANCA MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 8 0 0 0 CTN BAHIA BLANCA PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 CTN BAHIA BLANCA PERSONAL - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CTN BAHIA BLANCA TECHTEL X - - - Fija SBT 3 0 0 0 CTN BAHIA BLANCA TECHTEL - X - - Fija SBT 0 5 0 0 CTN BAHIA BLANCA UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 12 0 0 0 CTN BAHIA BLANCA UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 8 0 0 0 CTN BAHIA BLANCA UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 8 0

Page 41: Oferta de Interconexión de referencia

- 41 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

CTN BAHIA BLANCA UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0 CTN BARRACAS AT&T - X - - Fija SBT 0 5 0 0 CTN BARRACAS AT&T - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN BARRACAS COMSAT - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN BARRACAS COOP. V. GESELL - - X - Fija SBT 0 0 2 0 CTN BARRACAS CTI - X - - Fija SBT 0 5 0 0 CTN BARRACAS CTI - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN BARRACAS CTI - - X - Móvil STM / PCS 0 0 5 0 CTN BARRACAS DIVEO - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN BARRACAS DKA - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN BARRACAS DKA - X - - Fija SBT 0 4 0 0 CTN BARRACAS DKA - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN BARRACAS DSR - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN BARRACAS DSR - - X - Fija SBT 0 0 1 0 CTN BARRACAS EMBRATEL - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN BARRACAS IMPSAT - X - - Fija SBT 0 6 0 0 CTN BARRACAS IMPSAT - - - X Fija SBT 0 0 0 2 CTN BARRACAS METRORED - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN BARRACAS METRORED - - X - Fija SBT 0 0 1 0 CTN BARRACAS METRORED - - - X Fija SBT 0 0 0 2 CTN BARRACAS MOVICOM X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTN BARRACAS MOVICOM - X - - Fija SBT 0 7 0 0 CTN BARRACAS MOVICOM - X - - Fija SBT 0 7 0 0 CTN BARRACAS MOVICOM - - X - Fija SBT 0 0 1 0 CTN BARRACAS MOVICOM - - - X Fija SBT 0 0 0 2 CTN BARRACAS MOVICOM - - - X Fija SBT 0 0 0 2 CTN BARRACAS NSS - IPLAN - - - X Fija SBT 0 0 0 9 CTN BARRACAS PRIMA - - X - Fija SBT 0 0 1 0 CTN BARRACAS PRIMA - - X - Fija SBT 0 0 1 0 CTN BARRACAS TECHTEL - X - - Fija SBT 0 7 0 0 CTN BARRACAS TECHTEL - - X - Fija SBT 0 0 1 0 CTN BARRACAS TECHTEL - - - X Fija SBT 0 0 0 2 CTN BARRACAS TECOAR - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN BARRACAS TELECENTRO - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN BARRACAS TELEPHONE 2 - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN BARRACAS TELVISO - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN BARRACAS TELVISO - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN BARRACAS VISION SUR - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN C. RIVADAVIA CTI - X - - Fija SBT 0 4 0 0 CTN C. RIVADAVIA CTI X - - - Móvil STM / PCS 13 0 0 0 CTN C. RIVADAVIA MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN C. RIVADAVIA MOVICOM - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN C. RIVADAVIA TECHTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN C. RIVADAVIA UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 9 0 0 0 CTN C. RIVADAVIA UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 CTN C. RIVADAVIA UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0 CTN CUYO OESTE AT&T - X - - Fija SBT 0 4 0 0 CTN CUYO OESTE AT&T - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN CUYO OESTE COMPANIA DEL SUR - X - - Fija SBT 0 1 0 0

Page 42: Oferta de Interconexión de referencia

- 42 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

CTN CUYO OESTE COMSAT - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN CUYO OESTE CONVERGIA - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN CUYO OESTE CONVERGIA - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN CUYO OESTE DKA - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN CUYO OESTE DKA - X - - Fija SBT 0 4 0 0 CTN CUYO OESTE DKA - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN CUYO OESTE EMBRATEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN CUYO OESTE GLOBALSTAR X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTN CUYO OESTE IFFX - - X - Fija SBT 0 0 2 0 CTN CUYO OESTE IMPSAT - X - - Fija SBT 0 4 0 0 CTN CUYO OESTE IMPSAT - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN CUYO OESTE LOPEZ CAMELO - - X - Fija SBT 0 0 2 0 CTN CUYO OESTE METRORED - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN CUYO OESTE METRORED - - X - Fija SBT 0 0 1 0 CTN CUYO OESTE MOVICOM - X - - Fija SBT 0 7 0 0 CTN CUYO OESTE MOVICOM - X - - Fija SBT 0 7 0 0 CTN CUYO OESTE MOVICOM - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 CTN CUYO OESTE MOVICOM - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 CTN CUYO OESTE MOVICOM - - - X Fija SBT 0 0 0 6 CTN CUYO OESTE MOVICOM - - - X Fija SBT 0 0 0 6 CTN CUYO OESTE MOVICOM - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CTN CUYO OESTE MOVICOM - - X - Móvil STM / PCS 0 0 7 0 CTN CUYO OESTE MOVICOM - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 CTN CUYO OESTE NEXTEL - - - X Fija SBT 0 0 0 4 CTN CUYO OESTE NSS - IPLAN - - - X Fija SBT 0 0 0 7 CTN CUYO OESTE PERSONAL - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 CTN CUYO OESTE PERSONAL - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CTN CUYO OESTE SES - - X - Fija SBT 0 0 1 0 CTN CUYO OESTE TECHTEL - X - - Fija SBT 0 6 0 0 CTN CUYO OESTE TECHTEL - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN CUYO OESTE TELECENTRO - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN CUYO OESTE TELEPHONE 2 - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN CUYO OESTE TELVISO - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN CUYO OESTE UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 CTN CUYO OESTE UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CTN CUYO OESTE UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 CTN CUYO OESTE UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0 CTN CUYO OESTE UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTN CUYO OESTE UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTN CUYO SUR AT&T X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTN CUYO SUR AT&T - X - - Fija SBT 0 5 0 0 CTN CUYO SUR AT&T - - X - Fija SBT 0 0 4 0 CTN CUYO SUR AT&T - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN CUYO SUR COMSAT - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN CUYO SUR CTI - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN CUYO SUR CTI - - X - Móvil STM / PCS 0 0 5 0 CTN CUYO SUR DIVEO - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN CUYO SUR DKA - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN CUYO SUR DKA - X - - Fija SBT 0 4 0 0

Page 43: Oferta de Interconexión de referencia

- 43 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

CTN CUYO SUR DKA - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN CUYO SUR IMPSAT - X - - Fija SBT 0 6 0 0 CTN CUYO SUR IMPSAT - - - X Fija SBT 0 0 0 2 CTN CUYO SUR METRORED - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN CUYO SUR METRORED - - X - Fija SBT 0 0 1 0 CTN CUYO SUR METRORED - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN CUYO SUR MOVICOM - X - - Fija SBT 0 7 0 0 CTN CUYO SUR MOVICOM - X - - Fija SBT 0 7 0 0 CTN CUYO SUR MOVICOM - - - X Fija SBT 0 0 0 2 CTN CUYO SUR MOVICOM - - - X Fija SBT 0 0 0 2 CTN CUYO SUR NSS - IPLAN - - X - Fija SBT 0 0 1 0 CTN CUYO SUR NSS - IPLAN - - - X Fija SBT 0 0 0 8 CTN CUYO SUR TECHTEL - X - - Fija SBT 0 6 0 0 CTN CUYO SUR TECHTEL - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN CUYO SUR TELEPHONE 2 - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN CUYO SUR TELVISO - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN LA PLATA AT&T - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN LA PLATA AT&T - - - X Fija SBT 0 0 0 2 CTN LA PLATA AT&T X - - - Fija SBT 2 0 0 0 CTN LA PLATA COMPANIA DEL SUR X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTN LA PLATA COMSAT - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN LA PLATA CTI - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN LA PLATA CTI - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 CTN LA PLATA DKA - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN LA PLATA DKA - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN LA PLATA DKA - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN LA PLATA IFFX - - X - Fija SBT 0 0 1 0 CTN LA PLATA IMPSAT - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN LA PLATA IMPSAT X - - - Fija SBT 5 0 0 0 CTN LA PLATA IMPSAT - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN LA PLATA IMPSAT - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN LA PLATA MOVICOM - X - - Fija SBT 0 7 0 0 CTN LA PLATA MOVICOM - X - - Fija SBT 0 4 0 0 CTN LA PLATA NEXTEL X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTN LA PLATA NEXTEL - - - X Fija SBT 0 0 0 2 CTN LA PLATA NSS - IPLAN X - - - Fija SBT 9 0 0 0 CTN LA PLATA NSS - IPLAN - - - X Fija SBT 0 0 0 3 CTN LA PLATA PERSONAL - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CTN LA PLATA TECHTEL X - - - Fija SBT 6 0 0 0 CTN LA PLATA TECHTEL - X - - Fija SBT 0 6 0 0 CTN LA PLATA UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0 CTN M. D. PLATA CENTRO ARCOTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO ARCOTEL - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO ARCOTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO AT&T - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO COMSAT - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO CTI - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO CTI - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN M. D. PLATA CENTRO CTI X - - - Móvil STM / PCS 25 0 0 0

Page 44: Oferta de Interconexión de referencia

- 44 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

CTN M. D. PLATA CENTRO DKA - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO DKA - X - - Fija SBT 0 4 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO DKA - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO IMPSAT - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO MOVICOM X - - - Fija SBT 6 0 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO MOVICOM X - - - Fija SBT 6 0 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO MOVICOM - X - - Fija SBT 0 5 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO MOVICOM - X - - Fija SBT 0 5 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 16 0 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO NEXTEL X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO NEXTEL - - - X Fija SBT 0 0 0 8 CTN M. D. PLATA CENTRO PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 12 0 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO PERSONAL - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CTN M. D. PLATA CENTRO SES X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO TECHTEL X - - - Fija SBT 2 0 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO TECHTEL X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO TECHTEL - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO TECHTEL - X - - Fija SBT 0 6 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 21 0 0 0 CTN M. D. PLATA CENTRO UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 20 0 CTN MENDOZA ARCOTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN MENDOZA ARCOTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN MENDOZA ARCOTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN MENDOZA AT&T - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN MENDOZA AT&T - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN MENDOZA COMSAT - X - - Fija SBT 0 6 0 0 CTN MENDOZA CTI - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN MENDOZA CTI - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN MENDOZA CTI X - - - Móvil STM / PCS 18 0 0 0 CTN MENDOZA DKA - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN MENDOZA DKA - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN MENDOZA DKA - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN MENDOZA IMPSAT X - - - Fija SBT 20 0 0 0 CTN MENDOZA IMPSAT - X - - Fija SBT 0 4 0 0 CTN MENDOZA IMPSAT - - - X Fija SBT 0 0 0 4 CTN MENDOZA IMPSAT - X - - Fija SBT 0 4 0 0 CTN MENDOZA MOVICOM X - - - Fija SBT 6 0 0 0 CTN MENDOZA MOVICOM X - - - Fija SBT 10 0 0 0 CTN MENDOZA MOVICOM - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN MENDOZA MOVICOM - X - - Fija SBT 0 4 0 0 CTN MENDOZA MOVICOM - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN MENDOZA MOVICOM - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN MENDOZA MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 17 0 0 0 CTN MENDOZA MOVICOM - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CTN MENDOZA NEXTEL X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTN MENDOZA NEXTEL - - - X Fija SBT 0 0 0 6 CTN MENDOZA NSS - IPLAN X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTN MENDOZA NSS - IPLAN - - X - Fija SBT 0 0 1 0 CTN MENDOZA NSS - IPLAN - - - X Fija SBT 0 0 0 1

Page 45: Oferta de Interconexión de referencia

- 45 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

CTN MENDOZA PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 5 0 0 0 CTN MENDOZA PERSONAL - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 CTN MENDOZA SES X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTN MENDOZA TECHTEL X - - - Fija SBT 5 0 0 0 CTN MENDOZA TECHTEL - X - - Fija SBT 0 9 0 0 CTN MENDOZA TELEPHONE 2 - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN MENDOZA UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 12 0 0 0 CTN MENDOZA UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 CTN MENDOZA UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 7 0 CTN MENDOZA UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 CTN NEUQUEN AT&T - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN NEUQUEN CTI - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN NEUQUEN CTI X - - - Móvil STM / PCS 18 0 0 0 CTN NEUQUEN IMPSAT - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN NEUQUEN MOVICOM X - - - Fija SBT 4 0 0 0 CTN NEUQUEN MOVICOM - X - - Fija SBT 0 4 0 0 CTN NEUQUEN MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 9 0 0 0 CTN NEUQUEN MOVICOM - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN NEUQUEN PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 CTN NEUQUEN SES X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTN NEUQUEN TECHTEL - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN NEUQUEN UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 12 0 0 0 CTN NEUQUEN UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 7 0 0 0 CTN NEUQUEN UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 5 0 CTN NEUQUEN UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 CTN RAMOS MEJIA AT&T - X - - Fija SBT 0 4 0 0 CTN RAMOS MEJIA AT&T - - - X Fija SBT 0 0 0 2 CTN RAMOS MEJIA COMPANIA DEL SUR - X - - Fija SBT 0 2 0 0 CTN RAMOS MEJIA COMSAT - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN RAMOS MEJIA CONVERGIA - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN RAMOS MEJIA CONVERGIA - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN RAMOS MEJIA DKA - X - - Fija SBT 0 4 0 0 CTN RAMOS MEJIA IMPSAT - X - - Fija SBT 0 4 0 0 CTN RAMOS MEJIA IMPSAT - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN RAMOS MEJIA LOPEZ CAMELO - - X - Fija SBT 0 0 2 0 CTN RAMOS MEJIA METRORED - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN RAMOS MEJIA METRORED - - X - Fija SBT 0 0 1 0 CTN RAMOS MEJIA MOVICOM - X - - Fija SBT 0 7 0 0 CTN RAMOS MEJIA MOVICOM - X - - Fija SBT 0 7 0 0 CTN RAMOS MEJIA MOVICOM - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 CTN RAMOS MEJIA MOVICOM - - - X Fija SBT 0 0 0 6 CTN RAMOS MEJIA MOVICOM - - - X Fija SBT 0 0 0 6 CTN RAMOS MEJIA MOVICOM - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CTN RAMOS MEJIA MOVICOM - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 CTN RAMOS MEJIA MOVICOM - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 CTN RAMOS MEJIA MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 CTN RAMOS MEJIA NEXTEL - - - X Fija SBT 0 0 0 4 CTN RAMOS MEJIA NSS - IPLAN - - - X Fija SBT 0 0 0 7 CTN RAMOS MEJIA PERSONAL - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0

Page 46: Oferta de Interconexión de referencia

- 46 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

CTN RAMOS MEJIA PERSONAL - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CTN RAMOS MEJIA SES - - X - Fija SBT 0 0 1 0 CTN RAMOS MEJIA TECHTEL - X - - Fija SBT 0 6 0 0 CTN RAMOS MEJIA TECHTEL - - - X Fija SBT 0 0 0 1 CTN RAMOS MEJIA TELEPHONE 2 - X - - Fija SBT 0 3 0 0 CTN RAMOS MEJIA TELVISO - X - - Fija SBT 0 1 0 0 CTN RAMOS MEJIA UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 CTN RAMOS MEJIA UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CTN RAMOS MEJIA UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 CTN RAMOS MEJIA UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0 CTN RAMOS MEJIA UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 CTN RAMOS MEJIA UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTN RAMOS MEJIA UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA AT&T X - - - Fija SBT 9 0 0 0 CTZ AVENIDA AT&T X - - - Fija SBT 10 0 0 0 CTZ AVENIDA AT&T X - - - Fija SBT 9 0 0 0 CTZ AVENIDA COMPANIA DEL SUR X - - - Fija SBT 4 0 0 0 CTZ AVENIDA IMPSAT X - - - Fija SBT 13 0 0 0 CTZ AVENIDA IMPSAT X - - - Fija SBT 14 0 0 0 CTZ AVENIDA METRORED X - - - Fija SBT 8 0 0 0 CTZ AVENIDA MOVICOM X - - - Fija SBT 15 0 0 0 CTZ AVENIDA MOVICOM X - - - Fija SBT 14 0 0 0 CTZ AVENIDA MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 5 0 0 0 CTZ AVENIDA MOVICOM - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA MOVICOM - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 15 0 0 0 CTZ AVENIDA MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 8 0 0 0 CTZ AVENIDA MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 9 0 0 0 CTZ AVENIDA NSS - IPLAN X - - - Fija SBT 13 0 0 0 CTZ AVENIDA NSS - IPLAN X - - - Fija SBT 20 0 0 0 CTZ AVENIDA PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 5 0 0 0 CTZ AVENIDA PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 CTZ AVENIDA PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA TECHTEL X - - - Fija SBT 14 0 0 0 CTZ AVENIDA TELVISO X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTZ AVENIDA UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 7 0 0 0 CTZ AVENIDA UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 7 0 0 0 CTZ AVENIDA UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 CTZ AVENIDA UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 9 0 0 0 CTZ AVENIDA UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0

Page 47: Oferta de Interconexión de referencia

- 47 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

CTZ AVENIDA UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ AVENIDA UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS AT&T X - - - Fija SBT 8 0 0 0 CTZ BARRACAS AT&T X - - - Fija SBT 10 0 0 0 CTZ BARRACAS AT&T X - - - Fija SBT 8 0 0 0 CTZ BARRACAS COMPANIA DEL SUR X - - - Fija SBT 4 0 0 0 CTZ BARRACAS DSR X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTZ BARRACAS IMPSAT X - - - Fija SBT 14 0 0 0 CTZ BARRACAS IMPSAT X - - - Fija SBT 13 0 0 0 CTZ BARRACAS METRORED X - - - Fija SBT 8 0 0 0 CTZ BARRACAS MOVICOM X - - - Fija SBT 12 0 0 0 CTZ BARRACAS MOVICOM X - - - Fija SBT 11 0 0 0 CTZ BARRACAS MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 5 0 0 0 CTZ BARRACAS MOVICOM - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS MOVICOM - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 12 0 0 0 CTZ BARRACAS MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 15 0 0 0 CTZ BARRACAS MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 9 0 0 0 CTZ BARRACAS NSS - IPLAN X - - - Fija SBT 13 0 0 0 CTZ BARRACAS NSS - IPLAN X - - - Fija SBT 20 0 0 0 CTZ BARRACAS PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 5 0 0 0 CTZ BARRACAS PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 CTZ BARRACAS PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS TECHTEL X - - - Fija SBT 14 0 0 0 CTZ BARRACAS TELVISO X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTZ BARRACAS UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 7 0 0 0 CTZ BARRACAS UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 7 0 0 0 CTZ BARRACAS UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 CTZ BARRACAS UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 9 0 0 0 CTZ BARRACAS UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ BARRACAS UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO AT&T X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTZ CUYO AT&T X - - - Fija SBT 9 0 0 0

Page 48: Oferta de Interconexión de referencia

- 48 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

CTZ CUYO AT&T X - - - Fija SBT 10 0 0 0 CTZ CUYO AT&T X - - - Fija SBT 9 0 0 0 CTZ CUYO COMPANIA DEL SUR X - - - Fija SBT 4 0 0 0 CTZ CUYO COMSAT X - - - Fija SBT 2 0 0 0

CTZ CUYO CPS COMUNICACIONES X - - - Fija SBT 1 0 0 0

CTZ CUYO CPS COMUNICACIONES X - - - Fija SBT 1 0 0 0

CTZ CUYO CTI X - - - Móvil STM / PCS 22 0 0 0 CTZ CUYO DIVEO X - - - Fija SBT 3 0 0 0 CTZ CUYO IMPSAT X - - - Fija SBT 14 0 0 0 CTZ CUYO IMPSAT X - - - Fija SBT 14 0 0 0 CTZ CUYO METRORED X - - - Fija SBT 8 0 0 0 CTZ CUYO MOVICOM X - - - Fija SBT 10 0 0 0 CTZ CUYO MOVICOM X - - - Fija SBT 10 0 0 0 CTZ CUYO MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 6 0 0 0 CTZ CUYO MOVICOM - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO MOVICOM - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 CTZ CUYO MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 8 0 0 0 CTZ CUYO MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 9 0 0 0 CTZ CUYO MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 6 0 0 0 CTZ CUYO NEXTEL X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTZ CUYO NSS - IPLAN X - - - Fija SBT 12 0 0 0 CTZ CUYO NSS - IPLAN X - - - Fija SBT 19 0 0 0 CTZ CUYO PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 5 0 0 0 CTZ CUYO PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 CTZ CUYO PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO PRIMA X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTZ CUYO PRIMA X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTZ CUYO SES X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTZ CUYO TECHTEL X - - - Fija SBT 13 0 0 0 CTZ CUYO TECOAR X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTZ CUYO UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 CTZ CUYO UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 7 0 0 0 CTZ CUYO UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 CTZ CUYO UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 11 0 0 0 CTZ CUYO UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 8 0 0 0 CTZ CUYO UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0

Page 49: Oferta de Interconexión de referencia

- 49 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

CTZ CUYO UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ CUYO VISION SUR X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTZ FLORES AT&T X - - - Fija SBT 9 0 0 0 CTZ FLORES AT&T X - - - Fija SBT 10 0 0 0 CTZ FLORES AT&T X - - - Fija SBT 9 0 0 0 CTZ FLORES COMPANIA DEL SUR X - - - Fija SBT 4 0 0 0 CTZ FLORES COMSAT X - - - Fija SBT 2 0 0 0 CTZ FLORES CTI X - - - Móvil STM / PCS 23 0 0 0 CTZ FLORES DIVEO X - - - Fija SBT 3 0 0 0 CTZ FLORES IMPSAT X - - - Fija SBT 14 0 0 0 CTZ FLORES IMPSAT X - - - Fija SBT 14 0 0 0 CTZ FLORES METRORED X - - - Fija SBT 8 0 0 0 CTZ FLORES MOVICOM X - - - Fija SBT 10 0 0 0 CTZ FLORES MOVICOM X - - - Fija SBT 10 0 0 0 CTZ FLORES MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 7 0 0 0 CTZ FLORES MOVICOM - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES MOVICOM - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 8 0 0 0 CTZ FLORES MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 7 0 0 0 CTZ FLORES MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 CTZ FLORES MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 9 0 0 0 CTZ FLORES NEXTEL X - - - Fija SBT 1 0 0 0 CTZ FLORES NSS - IPLAN X - - - Fija SBT 12 0 0 0 CTZ FLORES NSS - IPLAN X - - - Fija SBT 19 0 0 0 CTZ FLORES PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 5 0 0 0 CTZ FLORES PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 CTZ FLORES PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES TECHTEL X - - - Fija SBT 14 0 0 0 CTZ FLORES UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 CTZ FLORES UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 7 0 0 0 CTZ FLORES UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 7 0 0 0 CTZ FLORES UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 11 0 0 0 CTZ FLORES UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 8 0 0 0 CTZ FLORES UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 CTZ FLORES UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0

Page 50: Oferta de Interconexión de referencia

- 50 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

ESQUEL CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 ESQUEL CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 ESQUEL CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 ESQUEL CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 ESQUEL CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 GLEW I-II CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 GLEW I-II CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 GLEW I-II CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 2 0 0 GLEW I-II CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 GLEW I-II CP TECHTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 GLEW I-II CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 GLEW I-II CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 GONZALEZ CATAN I TR COMPANIA DEL SUR X - - - Fija SBT 2 0 0 0 GONZALEZ CATAN I TR COMPANIA DEL SUR - X - - Fija SBT 0 2 0 0 GONZALEZ CATAN I TR CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 GONZALEZ CATAN I TR CTI X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 GONZALEZ CATAN I TR MOVICOM - X - - Fija SBT 0 3 0 0 GONZALEZ CATAN I TR MOVICOM - X - - Fija SBT 0 3 0 0 GONZALEZ CATAN I TR TECHTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 GRAL. PAZ CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 11 0 0 0 GRAL. PAZ CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0 GRAL. PAZ CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 7 0 0 0 GRAL. PAZ CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 GRAL. PICO I-II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 GRAL. PICO I-II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 GRAL. PICO I-II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0 GRAL. PICO I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 GRAL. ROCA I-II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 GRAL. ROCA I-II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 GRAL. ROCA I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 GRAL. ROCA I-II-CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 GRAL. ROCA I-II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 GRAL. ROCA I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 5 0 0 0 GRAL. RODRIGUEZ II TR CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 GRAL. RODRIGUEZ II TR CTI X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 GRAL. RODRIGUEZ II TR MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 GRAL. RODRIGUEZ II TR MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 GRAL. RODRIGUEZ II TR TECHTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0

INDEPENDENCIA I-II CP COOP. ELEC. DE PIGUE - - X - Fija SBT 0 0 1 0

INDEPENDENCIA I-II CP COOP. ELEC. DE PIGUE X - - - Fija SBT 1 0 0 0

INDEPENDENCIA I-II CP COOP. PUAN X - - - Fija SBT 1 0 0 0 INDEPENDENCIA I-II CP COOP. PUAN - X - - Fija SBT 0 1 0 0 INDEPENDENCIA I-II CP INFRACOM X - - - Fija SBT 1 0 0 0 JOSE C. PAZ I a III CF CP AT&T - X - - Fija SBT 0 1 0 0 JOSE C. PAZ I a III CF CP COMPANIA DEL SUR X - - - Fija SBT 3 0 0 0 JOSE C. PAZ I a III CF CP COMPANIA DEL SUR - X - - Fija SBT 0 3 0 0 JOSE C. PAZ I a III CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 JOSE C. PAZ I a III CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 JOSE C. PAZ I a III CF CP MOVICOM X - - - Fija SBT 1 0 0 0

Page 51: Oferta de Interconexión de referencia

- 51 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

JOSE C. PAZ I a III CF CP MOVICOM X - - - Fija SBT 5 0 0 0 JOSE C. PAZ I a III CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 2 0 0 JOSE C. PAZ I a III CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 JOSE C. PAZ I a III CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 JOSE C. PAZ I a III CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 JOSE C. PAZ I a III CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 JOSE C. PAZ I a III CF CP TECHTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 JOSE C. PAZ I a III CF CP TELVISO - - X - Fija SBT 0 0 6 0 JOSE C. PAZ I a III CF CP TELVISO X - - - Fija SBT 2 0 0 0 JOSE C. PAZ I a III CF CP TELVISO - X - - Fija SBT 0 2 0 0 JUAN M. GUTIERREZ I-II CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 JUAN M. GUTIERREZ I-II CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 JUAN M. GUTIERREZ I-II CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 JUNIN II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 10 0 0 0 JUNIN I-III CP AT&T - X - - Fija SBT 0 1 0 0 JUNIN I-III CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 JUNIN I-III CP CTI - - - X Fija SBT 0 0 0 1 JUNIN I-III CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 JUNIN I-III CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 2 0 0 JUNIN I-III CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 JUNIN I-III CP SES X - - - Fija SBT 1 0 0 0 JUNIN I-III CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0 JUNIN I-III CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 LIBERTAD I CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 LIBERTAD I CTI X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 LIBERTAD I MOVICOM - X - - Fija SBT 0 2 0 0 LIBERTAD I MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 LIBERTAD I TECHTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 LINCOLN I-II CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 LINCOLN I-II CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 LINCOLN I-II CP LOS TOLDOS - - - - Fija SBT 0 0 0 0 LINCOLN I-II CP LOS TOLDOS - - - - Fija SBT 0 0 0 0 LINCOLN I-II CP LOS TOLDOS - - - - Fija SBT 0 0 0 0 LINCOLN I-II CP LOS TOLDOS - - - - Fija SBT 0 0 0 0 LINCOLN I-II CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 LINCOLN I-II CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 LINCOLN I-II CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 LUJAN I-II-CF CP AT&T - X - - Fija SBT 0 1 0 0 LUJAN I-II-CF CP COMSAT - X - - Fija SBT 0 1 0 0 LUJAN I-II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 LUJAN I-II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 LUJAN I-II-CF CP MOVICOM X - - - Fija SBT 2 0 0 0 LUJAN I-II-CF CP MOVICOM X - - - Fija SBT 1 0 0 0 LUJAN I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 2 0 0 LUJAN I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 2 0 0 LUJAN I-II-CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 LUJAN I-II-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 LUJAN I-II-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 LUJAN I-II-CF CP PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0

Page 52: Oferta de Interconexión de referencia

- 52 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

LUJAN I-II-CF CP TECHTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 LUJAN I-II-CF CP TELVISO X - - - Fija SBT 1 0 0 0 LUJAN I-II-CF CP TELVISO - X - - Fija SBT 0 1 0 0 LUJAN I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 LUJAN I-II-CF CP UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 MAR DE AJO CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 MAR DE AJO CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 MAR DE AJO CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 MAR DE AJO CF CP NEXTEL - - - X Fija SBT 0 0 0 1 MAR DE AJO CF CP PERSONAL - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 MAR DE AJO CF CP TELPIN - - X - Fija SBT 0 0 3 0 MAR DE AJO CF CP TELPIN - - X - Fija SBT 0 0 10 0 MAR DE AJO CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 MAR DE AJO CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 MERCEDES I-II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 MERCEDES I-II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 MERCEDES I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 MERCEDES I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 MERCEDES I-II-CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 MERCEDES I-II-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 MERCEDES I-II-CF CP TECHTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 MERCEDES I-II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 MERCEDES I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 MERLO I-III-IV CP COMPANIA DEL SUR X - - - Fija SBT 3 0 0 0 MERLO I-III-IV CP COMPANIA DEL SUR - X - - Fija SBT 0 2 0 0 MERLO I-III-IV CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 MERLO I-III-IV CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 MERLO I-III-IV CP MOVICOM X - - - Fija SBT 3 0 0 0 MERLO I-III-IV CP MOVICOM X - - - Fija SBT 3 0 0 0 MERLO I-III-IV CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 2 0 0 MERLO I-III-IV CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 3 0 0 MERLO I-III-IV CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 MERLO I-III-IV CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 MERLO I-III-IV CP TECHTEL X - - - Fija SBT 2 0 0 0 MERLO I-III-IV CP TECHTEL - X - - Fija SBT 0 2 0 0 MERLO I-III-IV CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 MIRAMAR I-II CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 MIRAMAR I-II CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 MIRAMAR I-II CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 MIRAMAR I-II CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 MORENO I a III-CF CP AT&T - X - - Fija SBT 0 1 0 0 MORENO I a III-CF CP COMPANIA DEL SUR X - - - Fija SBT 3 0 0 0 MORENO I a III-CF CP COMPANIA DEL SUR - X - - Fija SBT 0 3 0 0 MORENO I a III-CF CP COMSAT - X - - Fija SBT 0 1 0 0 MORENO I a III-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 MORENO I a III-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 MORENO I a III-CF CP MOVICOM X - - - Fija SBT 2 0 0 0 MORENO I a III-CF CP MOVICOM X - - - Fija SBT 2 0 0 0 MORENO I a III-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 2 0 0

Page 53: Oferta de Interconexión de referencia

- 53 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

MORENO I a III-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 3 0 0 MORENO I a III-CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 MORENO I a III-CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 MORENO I a III-CF CP TECHTEL X - - - Fija SBT 2 0 0 0 MORENO I a III-CF CP TECHTEL - X - - Fija SBT 0 2 0 0 MORENO I a III-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 NECOCHEA I-II CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 NECOCHEA I-II CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 NECOCHEA I-II CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 NECOCHEA I-II CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 NECOCHEA I-II CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 NEUQUEN I a IV-CF CP COOP. SAN MARTIN - - X - Fija SBT 0 0 4 0 NEUQUEN I a IV-CF CP COOP. SAN MARTIN - - X - Fija SBT 0 0 4 0 NORTE III a V-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0 NORTE III a V-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 5 0 0 0 NUEVE DE JULIO I-II CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 NUEVE DE JULIO I-II CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 NUEVE DE JULIO I-II CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 NUEVE DE JULIO I-II CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 OLAVARRIA I a III CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 OLAVARRIA I a III CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 5 0 0 0 OLAVARRIA I a III CF CP INFRACOM X - - - Fija SBT 4 0 0 0 OLAVARRIA I a III CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 2 0 0 OLAVARRIA I a III CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 OLAVARRIA I a III CF CP PERSONAL - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 OLAVARRIA I a III CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 OLAVARRIA I a III CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 OLAVARRIA I a III CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 PEHUAJO I-II CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 PEHUAJO I-II CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 PEHUAJO I-II CP INFRACOM X - - - Fija SBT 2 0 0 0 PEHUAJO I-II CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 PEHUAJO I-II CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 PERGAMINO II-CF CP COMSAT - X - - Fija SBT 0 1 0 0 PERGAMINO II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 PERGAMINO II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 7 0 0 0 PERGAMINO II-CF CP INFRACOM - - X - Fija SBT 0 0 1 0 PERGAMINO II-CF CP INFRACOM X - - - Fija SBT 1 0 0 0 PERGAMINO II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 PERGAMINO II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 PERGAMINO II-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 PERGAMINO II-CF CP TECHTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 PERGAMINO II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 PERGAMINO II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 PILAR I-II-CF CP AT&T X - - - Fija SBT 1 0 0 0 PILAR I-II-CF CP AT&T - X - - Fija SBT 0 1 0 0 PILAR I-II-CF CP COMPANIA DEL SUR X - - - Fija SBT 2 0 0 0 PILAR I-II-CF CP COMPANIA DEL SUR - X - - Fija SBT 0 2 0 0 PILAR I-II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 2 0 0

Page 54: Oferta de Interconexión de referencia

- 54 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

PILAR I-II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 PILAR I-II-CF CP IMPSAT - X - - Fija SBT 0 1 0 0 PILAR I-II-CF CP IMPSAT X - - - Fija SBT 4 0 0 0 PILAR I-II-CF CP IMPSAT - X - - Fija SBT 0 1 0 0 PILAR I-II-CF CP MOVICOM X - - - Fija SBT 8 0 0 0 PILAR I-II-CF CP MOVICOM X - - - Fija SBT 1 0 0 0 PILAR I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 2 0 0 PILAR I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 3 0 0 PILAR I-II-CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 PILAR I-II-CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 PILAR I-II-CF CP NEXTEL X - - - Fija SBT 1 0 0 0 PILAR I-II-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 PILAR I-II-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 PILAR I-II-CF CP TECHTEL X - - - Fija SBT 2 0 0 0 PILAR I-II-CF CP TECHTEL - X - - Fija SBT 0 2 0 0 PILAR I-II-CF CP TELVISO - - - X Fija SBT 0 0 0 2 PILAR I-II-CF CP TELVISO X - - - Fija SBT 3 0 0 0 PILAR I-II-CF CP TELVISO - X - - Fija SBT 0 2 0 0 PILAR I-II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 PILAR I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 PUERTO MADRYN I-II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 PUERTO MADRYN I-II-CF CP CTI - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 PUERTO MADRYN I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 PUERTO MADRYN I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 PUNTA ALTA I a III CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 PUNTA ALTA I a III CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 PUNTA ALTA I a III CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 PUNTA ALTA I a III CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 PUNTA ALTA I a III CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 PUNTA ALTA I a III CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 PUNTA ALTA I a III CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 PUNTA ALTA I a III CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 RIO GALLEGOS I-II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 2 0 0 RIO GALLEGOS I-II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 RIO GALLEGOS I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 RIO GALLEGOS I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 RIO GALLEGOS I-II-CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 RIO GALLEGOS I-II-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 RIO GALLEGOS I-II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 RIO GALLEGOS I-II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 RIO GALLEGOS I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 RIO GALLEGOS I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 RIO GRANDE I-II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 RIO GRANDE I-II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 5 0 0 0 RIO GRANDE I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 RIO GRANDE I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 RIO GRANDE I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 ROCHA IV-VII-VIII CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 9 0 0 0 ROCHA IV-VII-VIII CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0

Page 55: Oferta de Interconexión de referencia

- 55 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

ROCHA IV-VII-VIII CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 ROCHA IV-VII-VIII CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 8 0 0 0 ROCHA V-VI-CF MOVICOM X - - - Fija SBT 12 0 0 0 ROCHA V-VI-CF MOVICOM X - - - Fija SBT 9 0 0 0 ROCHA V-VI-CF MOVICOM - - X - Móvil STM / PCS 0 0 14 0 ROCHA V-VI-CF MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 ROCHA V-VI-CF PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 ROCHA V-VI-CF PERSONAL - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 ROCHA V-VI-CF UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 ROCHA V-VI-CF UNIFON - - - - Móvil STM / PCS 0 0 0 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 ROSARIO CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 SAN ANTONIO DE ARECO TR CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN ANTONIO DE ARECO TR CTI X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 SAN JUAN I a IV-CF CP COMSAT - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN JUAN I a IV-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 2 0 0 SAN JUAN I a IV-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 8 0 0 0 SAN JUAN I a IV-CF CP IMPSAT X - - - Fija SBT 1 0 0 0 SAN JUAN I a IV-CF CP IMPSAT - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN JUAN I a IV-CF CP MOVICOM X - - - Fija SBT 1 0 0 0 SAN JUAN I a IV-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 2 0 0 SAN JUAN I a IV-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN JUAN I a IV-CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 9 0 0 0 SAN JUAN I a IV-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 SAN JUAN I a IV-CF CP TECHTEL - X - - Fija SBT 0 2 0 0 SAN JUAN I a IV-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 SAN JUAN I a IV-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 6 0 0 0 SAN JUAN I a IV-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 SAN LUIS I a III-CF CP AT&T - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN LUIS I a III-CF CP COMSAT - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN LUIS I a III-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN LUIS I a III-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 8 0 0 0 SAN LUIS I a III-CF CP IMPSAT - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN LUIS I a III-CF CP MOVICOM X - - - Fija SBT 1 0 0 0 SAN LUIS I a III-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0

Page 56: Oferta de Interconexión de referencia

- 56 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

SAN LUIS I a III-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN LUIS I a III-CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 SAN LUIS I a III-CF CP NEXTEL - - - X Fija SBT 0 0 0 2 SAN LUIS I a III-CF CP NEXTEL X - - - Fija SBT 1 0 0 0 SAN LUIS I a III-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 SAN LUIS I a III-CF CP TECHTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN LUIS I a III-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0 SAN LUIS I a III-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 6 0 0 0 SAN MARTIN CF CP (MZ) CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN MARTIN CF CP (MZ) CTI X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 SAN MARTIN CF CP (MZ) MOVICOM X - - - Fija SBT 1 0 0 0 SAN MARTIN CF CP (MZ) MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN MARTIN CF CP (MZ) MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN MARTIN CF CP (MZ) MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 SAN MARTIN CF CP (MZ) NEXTEL - - - X Fija SBT 0 0 0 1 SAN MARTIN CF CP (MZ) PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 SAN MARTIN CF CP (MZ) TECHTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN MARTIN CF CP (MZ) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 SAN MARTIN CF CP (MZ) UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 SAN MARTIN CF CP (MZ) UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 SAN RAFAEL I-II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN RAFAEL I-II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 5 0 0 0 SAN RAFAEL I-II-CF CP MOVICOM X - - - Fija SBT 1 0 0 0 SAN RAFAEL I-II-CF CP MOVICOM X - - - Fija SBT 1 0 0 0 SAN RAFAEL I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN RAFAEL I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN RAFAEL I-II-CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 SAN RAFAEL I-II-CF CP TECHTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SAN RAFAEL I-II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 SAN RAFAEL I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0

SANTA ROSA I a III-CF CP COOP. ELEC. SANTA ROSA - - - X Fija SBT 0 0 0 3

SANTA ROSA I a III-CF CP COOP. ELEC. SANTA ROSA X - - - Fija SBT 1 0 0 0

SANTA ROSA I a III-CF CP COOP. ELEC. SANTA ROSA X - - - Fija SBT 8 0 0 0

SANTA ROSA I a III-CF CP COSEGA (GRAL. ACHA) X - - - Fija SBT 1 0 0 0

SANTA ROSA I a III-CF CP COSEGA (GRAL. ACHA) X - - - Fija SBT 1 0 0 0

SANTA ROSA I a III-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SANTA ROSA I a III-CF CP CTI - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0 SANTA ROSA I a III-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SANTA ROSA I a III-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 SANTA ROSA I a III-CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 SANTA ROSA I a III-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 SANTA ROSA I a III-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0 SANTA ROSA I a III-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 6 0 0 0 TANDIL I-II-CF CP AT&T - X - - Fija SBT 0 1 0 0 TANDIL I-II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 TANDIL I-II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 8 0 0 0 TANDIL I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0

Page 57: Oferta de Interconexión de referencia

- 57 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

TANDIL I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 TANDIL I-II-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 TANDIL I-II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 TANDIL I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 6 0 0 0 TRELEW I-II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 TRELEW I-II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 7 0 0 0 TRELEW I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 TRELEW I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 TRELEW I-II-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 TRELEW I-II-CF CP TECHTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 TRELEW I-II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 5 0 TRELEW I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 7 0 0 0 TRENQUE LAUQUEN I-II CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 TRENQUE LAUQUEN I-II CP CTI - - X - Móvil STM / PCS 0 0 6 0 TRENQUE LAUQUEN I-II CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 TRENQUE LAUQUEN I-II CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0 TRENQUE LAUQUEN I-II CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 TRENQUE LAUQUEN I-II CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 TRENQUE LAUQUEN I-II CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 TRES ARROYOS I-II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 TRES ARROYOS I-II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 TRES ARROYOS I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 TRES ARROYOS I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 TRES ARROYOS I-II-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 TRES ARROYOS I-II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 TRES ARROYOS I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 TRES ARROYOS I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 TUCUMAN CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 TUCUMAN CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 TUCUMAN CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 TUCUMAN CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 4 0 TUCUMAN CP-CF (TASA) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 USHUAIA I-II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 2 0 0 USHUAIA I-II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 USHUAIA I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 USHUAIA I-II-CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 USHUAIA I-II-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 USHUAIA I-II-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 USHUAIA I-II-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 USHUAIA I-II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 USHUAIA I-II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 USHUAIA I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 USHUAIA I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 3 0 0 0 V. MERCEDES I-II-CF CP (SL) CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 V. MERCEDES I-II-CF CP (SL) CTI X - - - Móvil STM / PCS 4 0 0 0 V. MERCEDES I-II-CF CP (SL) IMPSAT - X - - Fija SBT 0 1 0 0 V. MERCEDES I-II-CF CP (SL) MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 V. MERCEDES I-II-CF CP (SL) MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 V. MERCEDES I-II-CF CP (SL) MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0

Page 58: Oferta de Interconexión de referencia

- 58 -

TIPO DE INTERCONEXIÓN

POI OPERADOR L-L L-LD LD-L LD-LD RED SERVICIO L-L L-LD LD-L LD-LD

V. MERCEDES I-II-CF CP (SL) TECHTEL - X - - Fija SBT 0 1 0 0 V. MERCEDES I-II-CF CP (SL) UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 V. MERCEDES I-II-CF CP (SL) UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 VIEDMA I-II-CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 1 0 0 VIEDMA I-II-CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 VIEDMA I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 VIEDMA I-II-CF CP MOVICOM - X - - Fija SBT 0 1 0 0 VIEDMA I-II-CF CP MOVICOM X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 VIEDMA I-II-CF CP PERSONAL X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 VIEDMA I-II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 2 0 VIEDMA I-II-CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 3 0 VIEDMA I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 2 0 0 0 VIEDMA I-II-CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 6 0 0 0 ZAPALA I-II CF CP CTI - X - - Fija SBT 0 2 0 0 ZAPALA I-II CF CP CTI X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 ZAPALA I-II CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 ZAPALA I-II CF CP UNIFON - - X - Móvil STM / PCS 0 0 1 0 ZAPALA I-II CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0 ZAPALA I-II CF CP UNIFON X - - - Móvil STM / PCS 1 0 0 0

Page 59: Oferta de Interconexión de referencia

- 59 -

ANEXO II – Tabla IV

Área local CooperativaDomicilio del POI (en cooperativa)

Centro de tránsito al que se conecta

Abasto COOP. TELEFONICA Y OTROS SERVICIOS Y CONSUMO DE ABASTO CALLE 208 E/515 Y 516 Rocha CAcevedo COOP. DE AGUA POTABLE Y SERV.PUBLICOS DE ACEVEDO AVDA. CENTENARIO Y CALLE 4 Pergamino BArenaza COOP. DE PROV. DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PUBL. DE ARENAZA LTDA. MENDIZABAL Y QUINQUELA MARTIN Lincoln BArribeños COOP. DE PROV. DE OBRAS Y SERV.PUBLICOS DE ARRIBEÑOS LTDA. SARMIENTO 40 Junín CArroyo Corto COOP. DE PROVISION DE SERV. ELECT. Y O/SERV. PUBL. DE PIGUE LTDA. URQUIZA 99 Independencia AArroyo Dulce COOP. TELEF. DE ARROYO DULCE LTDA. AV. GOWLAND S/N Pergamino BAscención COOP. DE PROV.DE AGUA POT. Y OTROS SERV.PUB. DE ASCENSION LTDA. AV. LIBERTAD 90 Junín CComod. Rivad COOP. POPULAR LIMITADA DE COMODORO RIVADAVIA SAN MARTIN 1641 C.Rivadavia BGral. Mansilla COOP. DE AGUA POT. Y OTROS SERV.PUB. DE GENERAL MANSILLA LTDA. 25 DE MAYO E/G.PAZ Y S. MARTIN Rocha CBatan COOP. BATAN DE OBRAS Y SERV. PUBLICOS LTDA. JULIAN RIOS 4209 M.D.P.Norte BBernasconi COOP. LTDA. DE SERV. Y OBRAS PUBLICAS DE BERNASCONI AMEGHINO 331 Bahía Blanca BLaguna Alsina COOP. DE PROV. DE AGUA POTAB. Y O/S. PUBL. DE LAGUNA ALSINA LTDA. EMPARANZA S/N Independencia ABordenave COOP. LTDA. DE ELECTRICIDAD Y SERV.ANEXOS DE BORDENAVE 9 DE JULIO Y PINCEN Independencia ACalafate COOP. TELEFONICA DE CALAFATE LTDA COMANDANTE TOMAS ESPORA 194 C.Rivadavia BCaleta Olivia COOP. MUNICIPALIDAD DE CALETA OLIVIA 25 DE MAYO 443 C.Rivadavia BCarlos Salas COOP. DE CONSUMO POPULAR,ELECTR. Y SERV. ANEXOS LA PRADERA LTDA. CORDOBA Y TUCUMAN Lincoln BCatriel COOP. TELEFONICA DE CATRIEL LTDA. LA PAMPA 499 Neuquén BChimpay COOP. SERVICIOS PUBLICOS LA CHIMPAYENSE LTDA. MARIANO MORENO S/N Gral Roca BClaromeco COOP. ELECTRICA DE CLAROMECO LTDA. PELLEGRINI 102 Tres Arroyos BCentenario COOP. TELEFONICA DE CENTENARIO LTDA. SAN MARTIN 275 Neuquén BComallo COOP. SERVICIOS TELEFONICOS Y OTROS SERV. PUBL. COMALLO SAN MARTIN Y PUEYRREDON S.C.de Bariloche AComodoro Py COOP. TELEF. DE VIVIENDA Y DE OBRAS Y SERV.PUBL. COMODORO PY LTDA AGUIRRE ESQ. ALBERRO Chivilcoy BConcaran COOP. TELEFONICA DE CONCARAN LTDA. SAN MARTIN 919 San Luis BCutral Co COOP. DE PROV. DE SERV. PUBL. CREDITO Y VIVIENDA CUTRAL CO LTDA. GRAL. ROCA Y GRAL. PAZ Neuquén BDarwin COOP. DE PROV. DE SERV. TELEF. Y OTROS SERV. PUBL. DE DARWIN LTDA TRAMONTI S/N Gral Roca BDe la Garma COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS DE LA GARMA LTDA. CASTRO BARROS Y BUSTAMANTE Tres Arroyos BDel Viso COOP. TELEFONICA DEL VISO BERUTTI 1381 Jose C Paz BDerqui COOP. DE PROVISION DE SERV. TELEFONICOS PRESIDENTE DERQUI LTDA. SARMIENTO 1164 Pilar BC. Rivadavia COOP. DE VIVIENDAS Y SERVICIOS PUBLICOS DIADEMA ARGENTINA LTDA. KM. 27 DIADEMA ARGENTINA C.Rivadavia BDuggan COOP.PROV. ELECTRICIDAD, OBRAS Y SERV.PUBL., CRED.Y VIVIENDA S.A.ARECO San Martín entre Brown y Laplacette Mercedes BEl Bolson COOP. TELEFONICA EL BOLSON LTDA. JUEZ FERNANDEZ 429 S.C.de Bariloche AMar del Plata COOP. DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y CONSUMO LTDA. UNION DEL SUD MARTINEZ DE HOZ Y 71 M.D.P.Norte BEl Hoyo COOP. TELEFONICA DE EL HOYO ISLAS MALVINAS S/N. S.C.de Bariloche AEl Pato COOP. DE OBRAS Y SERV.PUB.,VIV. Y CRED. TRES LIMITES LTDA. CALLE 611 E/537 Y 538(RUTA 2 KM. 38,5) Rocha CEl Socorro COOP. ELECTRICA, SERVICIOS PUBLICOS, VIV. Y CRED. EL SOCORRO LTDA ERNESTO ECHAGUE S/N Pergamino BEpuyen COOP. DE SERVICIOS TELEFONICOS Y OTROS SERVIC. PUBL. EPUYEN LTDA. LA ARAUCARIA S/n Esquel BErnestina COOP. DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE PEDERNALES Bv. Ernestina s/n Chivilcoy BEspartillar COOP. DE CONSUMO,ELECTR. LTDA. ESPARTILLAR EL ROSEDAL S/N Independencia AEstacion Camet COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. PUEBLO CAMET ESQUEL Y COMODORO RIVADAVIA M.D.P.Norte BGrand Bourg COOP. TELEFONICA DE GRAND BOURG SERV. PUBL. Y URBANIZACION LTDA. EL CALLAO 1331 Jose C Paz BEstación Viña COOP. DE PROV. DE ELECTR. Y SERV. PUBL. Y SOCIALES DE VIÑA LTDA. RUTA NAC. 8 KM. 190 Pergamino BFatima COOP. DE SERVICIOS FATIMA LTDA. ISLA BELGRANO 596 Pilar BFlandria COOP. TELEF. VILLA FLANDRIA LTDA. LOS TILOS 885 Lujan BFontezuela COOPERATIVA ELECTRICA RURAL LTDA. DE URQUIZA calle s/nombre (manzana 3) Pergamino BFortín Olavarria COOP. DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE FORTIN OLAVARRIA LTDA. SARMIENTO S/N Trenque Lauquen BFrench COOP. DE ELECTRICIDAD DE FRENCH LTDA. MARTIN GUEMES S/N Nueve de Julio BGahan COOP. CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE GAHAN AV. 33 S/N Pergamino BGeneral Gelly COOP. DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE GENERAL GELLY LTDA. ELIZALDE S/N Pergamino BGral Rivas COOP. DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE RIVAS SAN MARTIN S/N Mercedes BGral San Martin COOP. DE SERV. Y OBRAS PUB. DE GRAL. SAN MARTIN LTDA. VIRASORO Y 25 DE MAYO Bahía Blanca BGermania COOP. ELECTRICIDAD DE GERMANIA LTDA. BUENOS AIRES 627 Lincoln BGob.Ugarte COOP. DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD GOBERNADOR UGARTE LTDA. CORDOBA S/N Chivilcoy BGonzalez Moreno COOP. CAMARA DE COMERCIO, IND., PRODUC. Y SERV.DE GONZALEZ MORENO ANTARTIDA S/N Gral Pico BGorostiaga COOP. DE CONSUMO DE ELECTRIC. Y SERV. ANEXOS DE GOROSTIAGA LTDA. 11 SEPTIEMBRE S/N Chivilcoy BGoyena COOP. TELEFONICA DE GOYENA COOP. DE COMUNICACIONES LTDA. AVDA. A. DEL VALLE 288 Independencia AGuerrico COOP. TELEF. DE VIV. Y OTROS SERV.PUB. DE GUERRICO COSME ARGERICH S/N Pergamino BIriarte COOP. PROV. DE SERV.ELEC. Y O/ SERV.PUB. Y DE CRED. Y VIV.IRIARTE EL LAUREL S/N Junín CJuan B. Alberdi COOP. DE PROV.DE SERV. O/AGUA POT. Y O/SERV.DE J.B.ALBERDI LTDA. MARIANO MORENO 64 Junín CJ. N. Fernandez COOP. ELECTRICA, PROV.DE SERV. PUB.Y VIV. LTDA. DE J.N. FERNANDEZ PELLEGRINI 315 Necochea BJuan A. Pradere COOP. DE LUZ Y FUERZA JUAN A. PRADERE LTDA. CALLE 4 ESQUINA 14 Bahía Blanca BJacinto Arauz COOP. DE SERV. Y OBRAS PUBLICAS LTDA. DE JACINTO ARAUZ RIVADAVIA 140 Bahía Blanca BJeppener COOP. LTDA. DE ELECTRICIDAD Y SERV.ANEXOS JEPPENER M.MORENO Y B.SARGIOTTI Rocha CJuncal COOP. DE JUNCAL LTDA. DE PROV. DE SERV. ANEXOS Y OTROS SERV. PUBL BV. SAN FABIAN 300 Pergamino BLeandro N. Alem COOP. DE PROV. DE AGUA POTABLE Y O/SERV. PUBLICOS DE L.N.ALEM URIZAR 333 Junín C

Page 60: Oferta de Interconexión de referencia

- 60 -

ANEXO II – Tabla IV (continuación)

ANEXO III

CONDICIONES PARA LA PROVISIÓN DE PUERTOS Y COUBICACION

En el presente anexo se establecen los términos y condiciones de provisión al Operador Solicitante de la conexión a los puertos de propiedad de TELEFÓNICA y de Coubicación en edificios de propiedad de TELEFÓNICA.

Área local CooperativaDomicilio del POI (en cooperativa)

Centro de tránsito al que se conecta

La Lonja COOP. DE PROV. DE SERV.TELEF. LA LONJA LTDA. RUTA 8 KM. 47 Pilar BLa Niña COOP. USINA ELECTRICA POPULAR LA NIÑA LTDA. AVDA. A E/7 Y 9 Nueve de Julio BLa Toma COOP. TELEFONICA LA TOMA LTDA. AVDA. BELGRANO 702 San Luis BLas Armas COOP. TELEFONICA DE LAS ARMAS RUTA 2 KM. 300 M.D.P.Norte CLas Heras COOP. TELEFONICA MUNICIPAL DE LAS HERAS SAN MARTIN Y ROCA C.Rivadavia BLas Marianas COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS TELEFONICOS ALMASOL LTDA. RAMIREZ S/N Cañuelas BLas Toscas COOP. DE ELECTR. DE LAS TOSCAS LTDA. BOLIVAR S/n Lincoln BLos Menucos COOP. SERVICIO TELEFONICOS Y OTROS SERV. PUBL. LOS MENUCOS BUENOS AIRES S/N S.C.de Bariloche AManuel Ocampo COOP. DE SERV. ELECT. A/POT. Y O/SERV. PUBL. DE MANUEL OCAMPO LTD ITALIA S/N Pergamino BMaquinchao COOP. SERVICIOS TELEFONICOS Y OTROS SERV. PUBL. MAQUINCHAO SARMIENTO S/N S.C.de Bariloche AMariano Acosta COOP. TELEF. MARIANO ACOSTA LTDA. SUPERI 660 Merlo BMariano H. Alfonso COOP. DE PROV.DE ELECT. RURAL Y DE O/SERV. PUBL.LTDA. M.H.ALFONZO BELGRANO S/N Pergamino BMartinez de Hoz COOP. ELECTRICIDAD DE MARTINEZ DE HOZ LTDA. MANUEL GARCIA S/N Lincoln BMayor Buratovich COOP. TELEFONICA DE MAYOR BURATOVICH AVENIDA MITRE 1232 Bahía Blanca BMechita COOP. INTEGR. DE PROV. SERVICOS PUBLICOS MECHITA SAN MARTIN S/N Chivilcoy BMechongue COOP. TELEF. DE MECHONGUE LTDA. CALLE 4 ENTRE 3 Y 5 M.D.P.Norte BMerlo COOP. TELEFONICA DE MERLO LTDA. POETA AGUERO 770 San Luis BMonte Hermoso COOP. DE O.SANIT.,AGUAS CTES. Y SERV.PUB. DE MONTE HERMOSO PEDRO DE MENDOZA 268 Bahía Blanca BMoquehua COOP. DE PROV.DE ELEC. Y OTROS SERV.PUB. Y VIV. DE MOQUEHUA LTDA. SAN LORENZO 236 Chivilcoy BMorea COOP. DE AGUA POT.VIV. CONS. Y O/SERVICIOS PUBLICOS DE MOREA LTD CALLE 5 E/15 Y D Nueve de Julio BMtro. Ramos Mexía COOP. PROVISION DE SERV. TELEF.Y O/SERV.PUBLICOS RAMOS MEXIA SAN MARTIN S/N Viedma BO'Brien COOP. INTEGRAL DE SERV. PUBLICOS LTDA. DE O'BRIEN CHACABUCO 30 Chivilcoy BOhiggins COOP. INTEGRAL DE PROV. DE SERV. PUBL. O'HIGGINS BARTOLOME MITRE 16 Junín COriente COOP. DE PROV. DE AGUA POT.,VIV. Y OTROS SERV.PUBL.DE ORIENTE LTD SANTAMARINA 851 Tres Arroyos BParada Robles COOP. ELECTR. Y TECNIF.AGROP. PARADA ROBLES,ARROYO DE LA CRUZ LTD RUTA 8 KM. 77 Lujan BMdPlata COOP. TELEF. C.TEJEDOR DE PROV.DE SERV.PUBL,VIV. PROV. CONS.LTDA. CONSTITUCION 5141 M.D.P.Norte BPedernales COOP. DE AGUA POTAB. Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE PEDERNALES MALVINAS ESQ./FALUCHO Chivilcoy BPico Truncado COOP. MUNICIPALIDAD DE PICO TRUNCADO 9 DE JULIO ESQ. IRIGOYEN C.Rivadavia BPilcaniyeu COOP. SERVICIOS TELEFONICOS Y OTROS SERV.PUBLICOS PILCANIYEU SAN MARTIN S/N S.C.de Bariloche APinamar COOP. TELEFONICA DE PINAMAR JASON 1026 Mar de Ajó APinzon COOP. DE SERV.PUBLICOS, ASIST. Y DE VIVIENDA DE PINZON CALLE 1 Y 8 Pergamino BPipinas COOP. DE PROV. DE ELECT. Y OTROS SERV.PUB. DE PIPINAS LTDA. AVDA. 10 Y CALLE 5 Rocha CPlottier COOP. PROVINCIAL DE SERV. PUBL. Y COMUNITARIOS DEL NEUQUEN LTDA. BACHMAN 149 Neuquén BPolvaredas COOP. TELEF. Y OTROS SERV. PUB. DE POLVAREDAS LA MORERA S/N Chivilcoy BPomona COOP. SERVICIOS TELEFONICOS Y OTROS SERV.PUBL. DE POMONA SARMIENTO S/N Gral Roca BPueblo del Valle COOP. SOCIEDAD PRO FOMENTO PUEBLO DEL VALLE CALLE 10 E/1 Y 3 Chivilcoy BQuenuma COOP. ELECTRICA DE OBRAS Y DESARROLLO DE QUENUMA LTDA. AV. SAN MARTIN S/N Trenque Lauquen BQuines COOP. DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE QUINES LTDA. SAN JOSE 377 San Luis BQuiroga COOP. DE PROVISION DE OBRAS Y SERV. PUBL. FACUNDO QUIROGA LTDA. AV. GRAL. QUIROGA 493 Nueve de Julio BRafael Obligado COOP. INTEGRAL DE PROV. DE SERV. PUBLICOS DE RAFAEL OBLIGADO LTDA TORIBIO GORRAIS S/N Pergamino BRancagua COOP. ELECTRICA, TELEF.,VIV. Y DE O/SERV. PUBL. DE RANCAGUA LTDA. STA. ANA Y TIERRA DEL FUEGO Pergamino BRawson COOP. DE AGUA POTABLE Y OTROS SERV.PUB. RAWSON LTDA. 25 DE MAYO S/N Junín CRio Mayo COOP. "RIO MAYO" DE SERVICIOS PUBLICOS 9 DE JULIO 383 C.Rivadavia BRio Turbio COOP. TELEFONICA "OYIKIL" DE RIO TURBIO LTDA. S.PEÑA y AVDA.LOS MINEROS C.Rivadavia BS. M. de los Andes COOP. TELEFONICA DE SAN MARTIN DE LOS ANDES CAP. DRURY 761 Neuquén BS.F. del M. de Oro COOP. TELEFONICA DE SERV.PUBL. SAN FRANCISCO DEL MONTE DE ORO LTD SARMIENTO 720 San Luis BSalvador Maria COOP. TELEF. Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS SALVADOR MARIA LTDA. GERONIMO TOPA S/N Cañuelas BSan Bernardo COOP. DE ELECTR.,SERV. Y OBRAS PUBL. DE SAN BERNARDO MITRE 2660 Mar de Ajó ASan Manuel COOP. ELECTRICA Y SERVICIOS ANEXOS DE SAN MANUEL LTDA. H. YRIGOYEN 455 Necochea BSan Miguel Arcangel COOP. DE SERV. ELECT., OBRAS Y SERV. PUBL. DE SAN MIGUEL ARCANGEL 9 DE JULIO S/N Independencia ASanta Clara del Mar COOP. TELEFONICA Y OTROS SERVICIOS DE STA. CLARA DEL MAR LTDA. VENECIA 1101 M.D.P.Norte BSanta Maria COOP. ELECTRICA LTDA. "SAN JOSE" AVDA. ALEMANES DEL VOLGA S/N Independencia ASanta Rosa del Conlara COOP. TELEFONICA SANTA ROSA LTDA. URQUIZA 769 San Luis BSarmiento COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS DE SARMIENTO LTDA. GENERAL ROCA 663 C.Rivadavia BSierra Colorada COOP. SERVICIOS TELEFONICOS Y OTROS SERV. PUBL. SIERRA COLORADA PRIMEROS POBLADORES S/N S.C.de Bariloche ASolis COOP. ELECT. Y SERV. PUBL. CRED. Y VIV. SAN ANTONIO DE ARECO Ruta 8 Km 98,4 Mercedes BTilisarao COOP. TELEFONICA TILISARAO LTDA. SAN MARTIN 832 San Luis BTodd COOP. INTEGRAL DE PROV. DE SERV. PUBL. Y SOCIALES DE TODD RUTA 8 KM. Y SARMIENTO Pergamino BTortuguitas COOP. TELEFONICA DE PROVISION DE SERV. PUBLICOS TORTUGUITAS LTDA. MORENO 1160 Jose C Paz BUrquiza COOP. ELECTRICA RURAL LTDA. DE URQUIZA SAN LUIS S/N Pergamino BVela COOP. DE PROV. DE AGUA POT. Y O/SERV. PUBL. DE MARIA IGNACIA LTDA SAN MARTIN Y ROCA Tandil BVilla Fortabat COOP. DE PROV.DE SERV.TELEF. DE LA ZONA INDUST. DE OLAVARRIA LTDA AVDA. DE LOS INMIGRANTES 1426 Olavarría BVilla Gesell COOP. TELEFONICA VILLA GESELL LTDA. AV. 3 Y PASEO 113 Mar de Ajó AVilla Lia COOP. DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE VILLA LIA LTDA. SAN MARTIN 246 Mercedes BVilla Rosa COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS TELEFONICO PRESIDENTE DERQUI LTDA Santa Rosa y Moreno Pilar BVilla Ventana COOPERATIVA ELECTRICA LTDA. DE TORNQUIST Calle s/n Bahía Blanca BVirrey del Pino COOP. DE PROVISION DE SERV. TELEFONICOS DE VIRREY DEL PINO LTDA. MAXIMO HERRERA 6043 Merlo BWarnes COOP. TELEFONICA DE WARNES LTDA. ENTRE RIOS S/N Chivilcoy B

Page 61: Oferta de Interconexión de referencia

- 61 -

1. Premisas Generales 1.1.El Operador Solicitante solicitará a TELEFÓNICA y ésta le proveerá en los términos y bajo las condiciones que se indican en el presente Anexo, los puertos y la Coubicación. 1.2.Las PARTES acuerdan coordinar los trabajos, operaciones y toda otra actividad que sea necesaria realizar a los fines establecidos en el presente anexo, debiendo designar a sus representantes con facultades suficientes a tal efecto. 2. Destino 2.1. El Operador Solicitante se compromete a utilizar los espacios para la Coubicación, así como las futuras ampliaciones u otros nuevos espacios que solicite para la Coubicación, únicamente para la instalación de equipos de terminación de los enlaces de interconexión. 2.2. En los espacios señalados, TELEFÓNICA autorizará al Operador Solicitante a instalar el equipamiento técnico que cumpla con lo indicado en el punto 13.4 de la cláusula trece de la presente Oferta. Los equipos mencionados serán destinados por el Operador Solicitante para la terminación de los enlaces de interconexión con que efectuará la prestación del Servicio de Telefonía de Larga Distancia y/o del Servicio de Telefonía Fija Local, de conformidad a sus respectivas licencias, no pudiendo variarse dicho destino por ningún concepto. 2.3. Si el Operador Solicitante desea introducir cambios en el tipo o cantidad de equipamiento técnico que oportunamente detalle o necesitara disponer de espacios adicionales en los mismos domicilios o en otros, deberá comunicarlo fehacientemente a TELEFÓNICA, indicando el plazo necesario para efectuar los cambios o disponer de los nuevos espacios. TELEFÓNICA analizará la posibilidad de acceder al pedido y responderá por escrito. 3. Vigencia 3.1. El periodo de vigencia de la provisión de puertos y espacios para la Coubicación será el indicado en el respectivo Convenio de Interconexión que se firme entre las Partes. 3.2. Finalizado el plazo de vigencia y, en su caso la/s prórroga/s, el Operador Solicitante deberá retirar el equipamiento instalado, desocupando totalmente el espacio para la Coubicación contratado a TELEFÓNICA, dentro del plazo de treinta (30) a ciento ochenta (180) días en función de las prioridades de TELEFÓNICA. 4. Facultad de TELEFÓNICA - Reubicaciones 4.1. TELEFÓNICA tendrá derecho a cambiar la ubicación de los espacios para la Coubicación y los equipamientos instalados por el Operador Solicitante cuando ello fuere necesario por razones de Fuerza Mayor debidamente fundadas. 4.2. A los fines indicados en el punto 4.1, las PARTES acuerdan: 4.2.1. El cambio de ubicación de los espacios para la Coubicación y/o los equipamientos del Operador Solicitante podrán efectuarse en forma temporaria o permanente según las necesidades de TELEFÓNICA, 4.2.2. Dicha decisión deberá estar debidamente fundada, en cuyo caso, TELEFÓNICA se compromete a asignar otros espacios bajo las mismas condiciones y características que los provistos por esta Oferta. 4.2.3. El cambio de ubicación de los espacios para la Coubicación y/o los equipamientos del Operador Solicitante se deberá comunicar fehacientemente al mismo con una anticipación de ciento ochenta (180) días respecto a la fecha de la efectiva remoción. 4.2.4. Los trabajos de traslado y reinstalación de los equipamientos estarán a cargo de TELEFÓNICA, debiendo coordinarse los mismos con el Operador Solicitante, a fin de evitar la interrupción de los servicios que prestan las PARTES. 4.2.5. El incumplimiento por parte del Operador Solicitante de la obligación mencionada en el punto 4.2.4., otorgará derecho a TELEFÓNICA a efectuar los trabajos de traslado y reinstalación por sí o por terceros, a cargo del Operador Solicitante, lo que incluirá los gastos resultantes del depósito de los elementos retirados.

Page 62: Oferta de Interconexión de referencia

- 62 -

5. Precios 5.1. Coubicación. Los precios de arrendamiento mensual de los espacios para la coubicación serán los que se indican más abajo. Estos precios comprenden la disponibilidad de espacio en el estado que se encuentra y de energía primaria en el mismo. En caso de ser necesaria la adecuación del sitio, esta se realizará por presupuesto específico. 5.1.1. AMBA y localidades del interior con más de 100,000 líneas telefónicas fijas:

Ciento veinticinco dólares estadounidenses (U$S 125) por los primeros dos metros cuadrados. Quince dólares estadounidenses (U$S 15) por cada metro cuadrado adicional.

5.1.2. Resto de las localidades del Interior: Ochenta dólares estadounidenses (U$S 80) por los primeros dos metros cuadrados. Diez dólares estadounidenses (U$S 10) por cada metro cuadrado adicional.

11.1.1. 5.2. Puertos. El precio de conexión de cada puerto será de U$S 2.000 por única vez. 5.3. Enlaces Urbanos e Interurbanos. Enlaces Itx UrbanosCargo de Conexión ( incluye puerto)

1 2 a 4 5 a 8 9 o masU$S

Zona 1 3000 15% 20% 25%Zona 2 3000 15% 20% 25%Zona 3 3500 15% 20% 25%Zona 4 4000 15% 20% 25%

Descuento por concentración

Q enlaces

Abono mensual

1 2 3 4 a 7 8 a 11 12 a 17 18 a 25 26 a 31 32 a 39 40 a 47 48 a 55 56 a 63U$S

Zona 1 355 6,50% 10% 15% 30% 38% 48% 57% 62% 66% 69% 71,50%Zona 2 399 6,50% 10% 15% 30% 38% 48% 57% 62% 66% 69% 71,50%Zona 3 441 6,50% 10% 15% 30% 38% 38% 38% 38% 38% 38% 38%Zona 4 689 6,50% 10% 15% 30% 38% 38% 38% 38% 38% 38% 38%

Descuento por concentración

Q enlaces

Descuento por plazo

de contratación en AM1 año 0%3 años 15%5 años 20%

Page 63: Oferta de Interconexión de referencia

- 63 -

Enlaces Itx InterurbanosCargo de Conexión ( incluye puerto)

1 2 a 4 5 a 8 9 o masCorredor/clave U$SCorredor 1 3000 15% 20% 25%Corredor 2 3500 15% 20% 25%Corredor 3 4000 15% 20% 25%Corredor 4 4500 15% 20% 25%Claves 5000 15% 20% 25%

Abono mensual

1 2 3 4 a 7 8 a 11 12 o masCorredor/clave U$SCorredor 1 1180 2% 4% 6% 25% 35%Corredor 2 2925 2% 4% 6% 25% 35%Corredor 3 3820 6,50% 10% 15% 35% 45%Corredor 4 4675 2% 4% 6% 25% 35%Clave 1 2119 10% 22% 33% 45% 55%Clave 2 3270 10% 22% 33% 45% 55%Clave 3 4728 10% 22% 33% 45% 55%Clave 4 5966 10% 22% 33% 45% 55%Clave 5 7988 10% 22% 33% 45% 55%Clave 6 9599 10% 22% 33% 45% 55%Clave 7 a 12 11533 10% 22% 33% 45% 55%

1 año 0%3 años 15%5 años 20%

Descuento por plazo de contratación en AM

Descuento por

Descuento por concentración

Q Enlaces

Q enlaces

5.4. Aspectos técnicos de la Coubicación 5.4.1. Accesos de cables 5.4.1.1. Entrada a Cámara Básicamente existirán al menos una de estas tres posibilidades: 1) Entrada en cámara cero. 2) Entrada en cámara adyacente a la cámara cero. 3) Entrada en cámara aledaña (la más próxima posible al acceso de la cámara adyacente).

En todos los casos, para cada lugar de Coubicación deberá especificarse cuál es la cámara de entrada, brindando el domicilio del edificio de Coubicación y el de la cámara de entrada correspondiente. En el acceso a cámara, el Operador Solicitante dispondrá de uno o dos conductos de 90 ó 110 milímetros de diámetro. A través de los mismos, se instalarán los subconductos por donde ingresará la fibra óptica, colocándose los correspondientes obturadores. La cámara será reparada y sellada con hormigón.

Page 64: Oferta de Interconexión de referencia

- 64 -

Esquema de implantación

5.4.1.2. Ductos En caso de que se asigne una cámara aledaña deberá haber al menos un subducto dedicado

para cada Operador Solicitante entre ésta y la cámara cero. Además, deberá haber un subducto de reserva para maniobras de mantenimiento de uso compartido entre los Operadores Solicitantes.

5.4.1.3. Cables Los cables del ingreso a los edificios deberán cumplir con las normas de TELEFÓNICA y NO TENER EMPALMES en todo su recorrido por infraestructura del mismo hasta la sala de coubicación. Además deberán estar identificados con el nombre de la empresa dueña del cable, a lo largo del tendido.

5.4.1.4. Tendido Interno de los Cables TELEFÓNICA dispondrá de bandejas o escalerillas portacables de un ancho de 200 milímetros o más, desde el túnel de cables hasta la sala de coubicación. TELEFÓNICA entregará croquis o esquemas del recorrido de la herrería para posterior instalación de los cables, desde el Túnel de Cables hasta la sala de coubicación.

5.4.1.5. Conexionado Interno TELEFÓNICA será responsable de la instalación y mantenimiento de los cables puentes entre la sala de coubicación y la sala de transmisión o conmutación. La responsabilidad del Operador Solicitante se termina en la sala de coubicación. TELEFÓNICA terminará dichos cables en una regleta con conectores montada sobre un lugar a definir por TELEFÓNICA (Ver secuencia de Eventos). Dicha regleta será tipo SIEMENS con conectores DIN. (Series 1,6/5,6 de la Norma DIN 47295).

Corte esquemático de una central

CENTRAL

1 2 33

SALON EQUIPOS

LOCAL COUBICION

Page 65: Oferta de Interconexión de referencia

- 65 -

5.5.2. Locales

5.5.2.1. Dimensiones. Como ideal se establece 2,00 m x 2,00 m con una superficie mínima de 4m². En caso de no poder ofrecer dichas medidas se establece un lado mínimo de 1.50m.

5.5.2.2. Localización. Queda a criterio de TELEFÓNICA y de su disponibilidad de espacio, siendo preferentemente sitios independientes y de fácil acceso.

5.5.2.3. Condición de Entrega. En buenas condiciones, equipados de acuerdo con las normas y condicionantes que posea TELEFÓNICA en el edificio.

5.5.2.4. Cerramientos. El local deberá estar dispuesto delimitado con muros de material o zonificado con mamposterías livianas o mamparas metálicas, con al menos una puerta.

5.5.2.5. Solados. El local se entregará con el solado existente, en buenas condiciones. 5.5.2.6. Sistema de Climatización. Se podrá brindar servicio de climatización dentro de la sala de

coubicación. De no existir o necesitarse modificaciones a las instalaciones existentes, el Operador Solicitante entregará las especificaciones técnicas necesarias y condiciones de diseño.

5.5.2.7. Iluminación. Se dispondrá de una boca de iluminación. 5.5.3. Servicio de Energía

5.5.3.1. Para funcionamiento de los Equipos de Transmisión, el Operador Solicitante dispondrá de energía primaria corriente alterna a través de una llave termomagnética, dentro del local de coubicación y alimentada preferentemente, desde el tablero principal del edificio. En caso que resulte factible, TELEFÓNICA proveerá energía continua de 48 volts nominales, a través de un fusible NH de 6 A ó llave termomagnética. En caso contrario, las PARTES podrán acordar una alternativa viable.

5.5.3.2. Para equipos de mantenimiento e Instrumental Se podrá disponer de corriente alterna, de un tomacorrientes doble de 10 A (220 V) con puesta a tierra, protegidos por un disyuntor y llave térmica, conectados a la red de alterna disponible en el edificio.

Page 66: Oferta de Interconexión de referencia

- 66 -

Dichas llaves estarán identificadas y ubicadas en un tablero en el mismo piso donde esté el sitio de coubicación y será accesible para el operario que esté trabajando en dicho sitio.

5.5.3.3. Las sumas correspondientes a la energía consumida por el Operador Solicitante serán abonadas a TELEFÓNICA de acuerdo a lo que oportunamente convengan las PARTES.

5.5.3.4. En caso que el Operador Solicitante requiriese otro tipo de energía diferente a la especificada en los puntos 5.3.3.1. y 5.3.3.2, se considerará como presupuesto específico y se analizará dicha solicitud en función de la factibilidad y/o disponibilidad de TELEFÓNICA.

5.5.3.5. Puesta a Tierra TELEFÓNICA la proveerá de acuerdo a sus estándares.

5.6. Seguridad Industrial Los espacios de Coubicación deberán estar provistos de detectores contra incendio y todo otro elemento de seguridad con los que cuente TELEFÓNICA, conforme las reglas establecidas por el mismo. Además, deberá existir extintor o matafuego ubicado en un lugar de fácil acceso de acuerdo a las normas de seguridad al respecto.

6. Personal Autorizado 6.1. El ingreso a los espacios de TELEFÓNICA para la Coubicación, se realizará conforme las normas que

especifique TELEFÓNICA. El Operador Solicitante deberá acreditar debidamente, indicando en un listado el nombre, número de documento y ART a la que pertenece, a cada una de las personas designadas para el ingreso a los edificios de TELEFÓNICA. TELEFÓNICA comunicará al Operador Solicitante la aprobación o no del citado listado. El ingreso del personal autorizado por TELEFÓNICA dependiente del Operador Solicitante, se realizará durante el período de vigencia de la presente y con el objeto de proceder a realizar tareas de mantenimiento o reparación de su equipamiento, cuyos costos estarán a exclusivo cargo del Operador Solicitante. En caso de que se esté en etapa de obra, el personal que ingrese lo hará acompañado o autorizado por personal de TELEFÓNICA y los mecanismos de seguridad serán especificados en cada situación.

6.2. Los elementos a instalar por el Operador Solicitante y las tareas que en su consecuencia desarrolle, no deberán interferir en modo alguno con las de TELEFÓNICA, ni constituir obstáculo para el normal desplazamiento del personal de esta última. Asimismo, el Operador Solicitante realizará la conexión a la fuente de energía primaria correspondiente. Para el caso que dicha conexión se efectúe a la fuente de energía primaria de TELEFÓNICA, la misma no deberá afectar la prestación del Servicio Básico Telefónico brindado por esta última. Si resultara necesario efectuar modificaciones a fin de permitir que el Operador Solicitante acceda a la fuente de energía primaria de TELEFÓNICA, el Operador Solicitante tomará a su efectivo cargo los gastos que dichas modificaciones eroguen.

6.3. Prohibiciones No se permitirá el acceso a ninguna persona no autorizada en las nóminas correspondientes, o con el permiso vencido. Asimismo, no se permitirá el acceso o permanencia a ninguna persona fuera del horario para el cual se le ha autorizado o cuya autorización temporal se haya vencido. TELEFÓNICA se reserva el derecho de revisar y observar las respectivas nóminas del Operador Solicitante.

6.4. Movimientos de Personal Autorizado El Operador Solicitante deberá comunicar en forma inmediata, las altas y bajas producidas en la nómina de personal autorizado para ingresar en las respectivas instalaciones de TELEFÓNICA. Tal comunicación deberá ser efectuada mediante comunicación fehaciente a TELEFÓNICA.

Page 67: Oferta de Interconexión de referencia

- 67 -

7. Obligaciones de TELEFÓNICA TELEFÓNICA tendrá a su cargo las siguientes obligaciones: 7.1. Poner a disposición del Operador Solicitante los espacios definidos en la presente Oferta, autorizando al Operador Solicitante para la instalación de los equipamientos de su propiedad. 7.2. Permitir la conexión del Operador Solicitante a la energía indicada en el punto 5.3.,

disponible en los espacios para la Coubicación arrendados a TELEFÓNICA. 7.3. Permitir el acceso a sus espacios, del personal del Operador Solicitante o de sus contratistas,

debidamente autorizados por el Operador Solicitante y conforme al procedimiento que se establecerá a tal efecto.

7.3. El cumplimiento de la normativa que resulte aplicable. 8. Obligaciones del Operador Solicitante El Operador Solicitante tendrá a su cargo las siguientes obligaciones: 8.1. En forma previa a la instalación de los equipamientos, deberá realizar la verificación

técnica de los espacios puestos a su disposición por TELEFÓNICA. 8.2. Proveer los proyectos para el montaje e instalación de los equipamientos, debiendo

presentar los mismos en forma previa a TELEFÓNICA para su correspondiente aceptación, de conformidad a lo establecido en los puntos 12 y 13 del presente anexo.

8.3. Instalar equipamientos que sean compatibles con la Red Telefónica Pública, y que se adapten a los posibles cambios que pudieran surgir con motivo de los trabajos de desarrollo de los planes fundamentales.

8.4. Realizar la conexión a la fuente de energía primaria, sin afectar la prestación del Servicio Básico Telefónico brindado por TELEFÓNICA, debiendo abonar a TELEFÓNICA la energía consumida, de acuerdo a lo establecido en el punto 5.3.3 del presente anexo.

8.5. Teniendo en cuenta la necesidad de que cada espacio para la Coubicación deba tener un margen con relación a la capacidad máxima permisible, así como también la escasez de espacios en edificios disponible, en aquellos casos en que TELEFÓNICA a pesar de la circunstancia señalada autorice su utilización a fin de no demorar la correcta prestación del servicio del Operador Solicitante, TELEFÓNICA se compromete en el plazo de dieciocho (18) meses de notificado fehacientemente de tal circunstancia a realizar las ampliaciones de los espacios, que correspondan en relación a esa utilización. En este caso, serán aplicables todas las disposiciones del presente Anexo, sin perjuicio que para ello fuera necesario la firma de acta complementaria al Convenio de Interconexión entre las partes. Los gastos que demanden esos trabajos estarán a cargo del Operador Solicitante, en los términos indicados en la cláusula 6.3 del cuerpo principal de la presente Oferta.

8.6. Tomar las precauciones referentes a seguros, habilitación técnica, cargas sociales, normas de seguridad, etc., del personal a su cargo y de los bienes afectados a las tareas que se realicen en los espacios de TELEFÓNICA

8.7. El cumplimiento de la normativa que resulte aplicable. 9. Responsabilidades 9.1. Quedará establecido que TELEFÓNICA no será responsable frente al Operador

Solicitante por los reclamos que puedan interponer los abonados del servicio brindado por el Operador Solicitante o terceros, derivados del mal funcionamiento de los equipamientos instalados por el Operador Solicitante, ni por las infracciones que se cometan por el uso del mismo.

Page 68: Oferta de Interconexión de referencia

- 68 -

Tampoco será responsable por las perturbaciones provocadas a otros autorizados, ni a terceros por las consecuencias de dichas perturbaciones, ni por las interrupciones en el servicio prestado por el Operador Solicitante derivadas del mal funcionamiento o mantenimiento de los equipos. Asimismo, TELEFÓNICA no será responsable frente al Operador Solicitante por ningún daño y/o perjuicio que por cualquier causa, incluyendo el caso fortuito o la fuerza mayor, se produjera a los equipamientos o personal del Operador Solicitante afectados a la operación y mantenimiento de dichos equipamientos, salvo dolo o negligencia de TELEFÓNICA.

9.2. El Operador Solicitante asumirá plena responsabilidad frente a TELEFÓNICA y a terceros por las consecuencias derivadas de su actuación, quedando obligado a reparar íntegramente los daños provenientes inmediata o mediatamente del hecho de sus dependientes o de cualquier persona afectada a la realización de las tareas pertinentes y/o los perjuicios causados por negligencia, culpa o dolo de dicho personal, y/o por las cosas de que éste se sirve o que tiene a su cuidado. Sin perjuicio de lo expuesto, el Operador Solicitante deberá responder por los daños y perjuicios incluyendo los que resulten de la inobservancia de las leyes y reglamentaciones, debiendo en todos los casos, indemnizar y mantener indemne a TELEFÓNICA ante cualquier reclamo de pago que pudiera corresponder a los supuestos indicados precedentemente.

9.3. TELEFÓNICA asumirá las responsabilidades descriptas en el punto 5.3.1.5. con relación a los elementos que provee y asimismo por cualquier daño que produzca sobre el equipamiento del Operador Solicitante.

10. Instalación, Mantenimiento y Reparación El Operador Solicitante tendrá a su cargo la instalación, mantenimiento y reparación de los trabajos que se efectuarán a su exclusivo costo. A los fines establecidos en la presente cláusula, las PARTES acuerdan: 10.1. TELEFÓNICA se reserva el derecho de presenciar la instalación, mantenimiento y

reparación con la presencia del personal que a tal efecto designe, a fin de verificar la realización de las tareas. 10.2. Dichas tareas serán realizadas por el personal específicamente asignado y autorizado por el Operador Solicitante, para que éstos puedan acceder a los espacios para la Coubicación de propiedad de TELEFÓNICA. 10.3. Los elementos a instalar por el Operador Solicitante y las tareas que en su consecuencia desarrolle, no deberán interferir en modo alguno con la actividad normal de TELEFÓNICA, ni constituir obstáculo alguno para el normal desplazamiento del personal de esta última afectado al desarrollo de la misma. 10.4 El Operador Solicitante proveerá toda la mano de obra necesaria para la instalación, puesta en funcionamiento, operación y mantenimiento de sus equipamientos.

11. Verificación

TELEFÓNICA se reservará el derecho de verificar, en cualquier momento, el funcionamiento de los equipos instalados por el Operador Solicitante, participando de estas verificaciones el personal que específicamente asigne el Operador Solicitante, previa coordinación con éste.

Si en estas inspecciones se comprobaran fallas que afecten la prestación del Servicio Básico Telefónico, o algún tipo de interferencia o anomalías en su funcionamiento, el Operador Solicitante deberá normalizarlas de acuerdo a las pautas y plazos previstos por el Pliego del Servicio Básico y demás normas concordantes, y en la forma prevista en el punto 14 del

Page 69: Oferta de Interconexión de referencia

- 69 -

presente Anexo, sin perjuicio de la intervención que le pudiera corresponder a la Autoridad de Aplicación.

12. Procedimiento para la Instalación de los Equipamientos

A los fines de la instalación de los equipamientos por parte del Operador Solicitante se aplicarán los siguientes procedimientos:

12.1. En forma previa a la instalación de sus equipamientos, el Operador Solicitante hará un relevamiento en conjunto con TELEFÓNICA, del acceso a cámara, ductos, cables, tendido interno de los cables, etc. Con esta información el Operador Solicitante elaborará el respectivo proyecto de instalación.

12.2. Por cada punto de Interconexión donde se brinde coubicación y/o puertos al Operador Solicitante, TELEFÓNICA emitirá una nota de comunicación de instalación detallando el espacio utilizado, equipamiento instalado, energía y todo otro dato que fuera menester.

12.3. Sin perjuicio de lo expuesto en el presente punto, TELEFÓNICA por razones de urgencia podrá autorizar la instalación precaria de los equipamientos del Operador Solicitante, comprometiéndose las PARTES a regularizar la situación de acuerdo a lo establecido en el presente anexo.

13. Secuencia de Eventos Ambos Operadores acordarán los tiempos entre los hitos (Tn) de la siguiente secuencia:

A- Fecha de solicitud de Coubicación con fecha de entrega acordada. B- TELEFÓNICA entrega esquema con recorrido de bandejas/escalerillas y

espacio para la Coubicación con la ubicación de tableros eléctricos y regletas de conectores de cables puentes.

C- Relevamiento del local y del recorrido del cable en forma conjunta (Operador Solicitante y TELEFÓNICA).

D- Operador Solicitante entrega Proyecto de tendido de cable de F.O. e instalación del equipo de transmisión.

E- Visado del Proyecto por parte de TELEFÓNICA. F- Disponibilidad de la Coubicación.

14. Interferencias

Con respecto a las interferencias regirá lo siguiente: 14.1. El Operador Solicitante deberá adoptar todos los recaudos que fueran necesarios a fin

de que sus equipamientos no interfieran en la prestación del Servicio Básico Telefónico brindado por el TELEFÓNICA, así como tampoco en la correcta operación de los equipamientos utilizados para su prestación.

14.2 En el supuesto de producirse dichas interferencias, el Operador Solicitante deberá solucionar las causas de las mismas dentro de las veinticuatro horas (24 Hs) de haberse

A B CT1 T2 T3 T4 T5EE D F

Page 70: Oferta de Interconexión de referencia

- 70 -

comunicado el Operador Solicitante vía facsímil u otra vía convenida, y si éstas no fueren eliminadas dentro de las setenta y dos horas (72 Hs) subsiguientes, el Operador Solicitante deberá desconectar los respectivos equipamientos.

14.3. Vencidos dichos plazos, sin que se hubiera solucionado el inconveniente TELEFÓNICA podrá proceder a desconectar el respectivo equipamiento del Operador Solicitante, hasta tanto se subsane el inconveniente.

15. Daños a Bienes y Personas

El Operador Solicitante deberá tomar las precauciones necesarias y cumplir las disposiciones vigentes, para evitar que la realización de los trabajos destinados a la instalación de los equipos de su propiedad, puedan causar daños a personas, propiedades equipos y/o planteles que dependan de él, de TELEFÓNICA o de terceros. El incumplimiento de estas obligaciones y los daños ocasionados, lo harán responsable de los reclamos judiciales o extrajudiciales a que hubiere lugar, eximiendo de toda responsabilidad a TELEFÓNICA. 16. Seguro

En caso que el Operador Solicitante solicite coubicación, deberá mantener a su cargo durante la vigencia de la presente, y en su caso, de la prórroga, una póliza de seguro combinada limitada por daños físicos asegurando a TELEFÓNICA y al Operador Solicitante contra toda responsabilidad derivada del mal uso, ocupación y mantenimiento de los espacios locados y áreas linderas. Dicha póliza deberá ser endosada a favor de TELEFÓNICA, cuyo monto será determinado en su oportunidad.

17. Mejoras en las Infraestructuras

Las PARTES acuerdan que toda mejora construida o edificada por el Operador Solicitante en los espacios arrendados para Coubicación, que sean considerados inmuebles por accesión, se incorporarán a los bienes inmuebles de TELEFÓNICA, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes al respecto, salvo que TELEFÓNICA solicite expresamente al final del plazo contractual o su correspondiente prórroga, que los inmuebles les sean restituidos en su estado original. En tal caso, los costos incurridos correrán por cuenta del Operador Solicitante.

Page 71: Oferta de Interconexión de referencia

- 71 -

ANEXO IV INTERCAMBIO DE DÍGITOS ENTRE OPERADORES Y ANUNCIOS GRABADOS

1. Envío de Número de B 1.1. Llamadas Locales Cada Operador Local de Origen enviará la siguiente numeración como Número de B.

Servicio Número Marcado Número B en R2 (1)

Número B en #7 (1)

Nº B Nat. Address

Llamada Local Número de Abonado

Número de Abonado

Número de Abonado

Subscriber

Servicios Especiales del Operador Local

Código de Servicio (1XY)

Código de Servicio Ó Núm. de Abonado (2)

Código de Servicio Ó Núm. de Abonado (2)

Subscriber

Servicios No Geográficos 0 ABC DEF

GHIJ (3) 0 ABC DEF GHIJ (3)

ABC DEF GHIJ (3)

National

Llamada Local con modalidad CPP 15 + Núm. de

Abonado 15 + Núm. De Abonado

15 + Núm. de Abonado

Subscriber

Tabla I

(1) En el caso de interconexión indirecta entre el Operador Local de Origen y el Operador Local de Destino,

esta numeración será retransmitida hasta la red del Operador Local de Destino por el Operador Local que brinda el Servicio de Tránsito Local.

(2) En caso que un Operador Local acceda a un Servicio Especial brindado por otro Operador Local,

para los Servicios Especiales cuyo destino tengan asignada numeración de red (ej.: Servicio de Emergencia), será responsabilidad del primero realizar la traducción del Código de Servicio marcado por el usuario (dígitos 1XY) a dicho número de red.

(3) Los dígitos DEF de los Números No Geográficos corresponden a la característica asignada al

Operador Local que brinda el Servicio No Geográfico, conforme lo establece el Art. VI 3.2 del PFNN.

Page 72: Oferta de Interconexión de referencia

- 72 -

1.2. Originación de Llamadas de Larga Distancia

El Operador Local de Origen enviará la siguiente numeración.

Servicio Modalidad de Marcación

Número Marcado Número B en R2 (1) (2)

Número B en #7 (1)

N° B Nat. Address

Servicio de LD Nacional

Operador Preseleccionado

0 + Número Nacional

0 + PQR + Número Nacional

PQR + Número Nacional

National

Selección de Operador

17 + PQR + Número Nacional

17 + PQR + Número Nacional

17 + PQR + Número Nacional

Subscriber

Servicio de LD Internacional

Operador Preseleccionado

00 + Número Internacional

00 + PQR + Número Internacional

PQR + Número Internacional

International

Selección de Operador

18 + PQR + Número Internacional

18 + PQR + Número

Internacional

18 + PQR + Número Internacional

Subscriber

Servicios Especiales del Op. LD Nacional

Operador Preseleccionado

Código de Servicio

0 + PQR + 0 + Código de Servicio

PQR + 0 + Código de Servicio

National

Selección de Operador

17 + PQR + 0 + Código de Servicio

17 + PQR + 0 + Código de Servicio

17 + PQR + 0 + Código de Servicio

Subscriber

Servicio de Operadora Internacional

Operador Preseleccionado 000 00 + PQR + 000 PQR + 000 Internation

al

Selección de Operador

18 + PQR + 000 18 + PQR + 000 18 + PQR + 000 Subscriber

Servicios No Geográficos

Operador Preseleccionado 0 ABC DEF GHIJ

(3) 0 ABC DEF GHIJ (3)

ABC DEF GHIJ

National

Servicio de LD Nacional con modalidad CPP

Operador Preseleccionado

0 + Indicativo Interurbano + 15 + Número de Abonado

0 + PQR + Indicativo Interurbano + 15 + Número de Abonado

PQR + Indicativo Interurbano + 15 + Nº de Abonado

National

Page 73: Oferta de Interconexión de referencia

- 73 -

Selección de Operador

17 + PQR + Indicativo Interurbano + 15 + Número de Abonado

17 + PQR + Indicativo Interurbano + 15 + Nº de Abonado

17 + PQR + Indicativo Interurbano + 15 + Nº de Abonado

Subscriber

Tabla II (1) Los dígitos PQR corresponden al Operador de Larga Distancia al que se entrega la llamada en el Área

Local de Origen. (2) En el caso de interconexión indirecta entre el Operador Local de Origen y el Operador de Larga

Distancia al que se le entrega la llamada en el Área Local de Origen, esta numeración será retransmitida hasta la red de dicho Operador de Larga Distancia por el Operador Local que brinda el Servicio de Tránsito Local:

(3) Los dígitos DEF de los Números No Geográficos corresponden a la característica asignada al

Operador de Larga Distancia que brinda el Servicio No Geográfico, conforme lo establece el Art. VI 3.2 del PFNN.

Page 74: Oferta de Interconexión de referencia

- 74 -

1.3. Terminación de Llamadas de Larga Distancia en el Área Local de Destino

El Operador de Larga Distancia que entrega la llamada en el Área Local de Destino enviará la siguiente numeración.

Servicio Modalidad de Marcación Número B (1) (2) Número B en #7 (1)

N° B Nat. Address

Servicio de LD Nacional

Operador Preseleccionado

0 + PQR + Número Nacional

PQR + Número Nacional National

Selección de Operador

0 + PQR + Número Nacional

PQR + Número Nacional

National

Servicio de LD Internacional No aplicable 0 + PQR + Número

Nacional PQR + Número Nacional

National

Servicios No Geográficos Operador

Preseleccionado 0 + PQR + Número

Nacional (3) PQR + Número Nacional

National

Servicio de LD Nacional con modalidad CPP

Operador Preseleccionado

0 + PQR + Indicativo Interurbano + 15 +

Número de Abonado

PQR + Indicativo Interurbano + 15 + Nº de Abonado

National

Selección de Operador

0 + PQR + Indicativo Interurbano + 15 +

Número de Abonado

PQR + Indicativo Interurbano + 15 + Nº de Abonado

National

Tabla III (1) Los dígitos PQR corresponden al Operador de Larga Distancia al que se entrega la llamada en el Área

Local de Origen. (2) En el caso de interconexión indirecta con el Operador Local de Destino, esta numeración será

retransmitida hasta la red de éste último por el Operador que brinda el Servicio de Tránsito Local. (3) Los dígitos PQR corresponden al Código de identificación de Operador de Larga Distancia que brinda el

Servicio No Geográfico.

Page 75: Oferta de Interconexión de referencia

- 75 -

1.4. Interconexión entre Operadores de Larga Distancia

El Operador de Larga Distancia que entregue una llamada a otro Operador de Larga Distancia enviará la siguiente numeración:

Servicio Modalidad de Marcación

Número B (1) Número B en #7 (1)

N° B Nat. Address

Servicio de Larga Distancia Nacional

Operador Preseleccionado

0 + PQR + Número Nacional

PQR + Número Nacional

National

Selección de Operador

0 + PQR + Número Nacional

PQR + Número Nacional

National

Servicio de Larga Distancia Internacional

No aplicable 0 + PQR + Número Nacional

PQR + Número Nacional

National

Servicios No Geográficos (entrega al Operador de Larga Distancia que brinda el servicio (2) )

Operador Preseleccionado

0 ABC DEF GHIJ (3)

ABC DEF GHIJ National

Servicios No Geográficos (entrega del Operador de Larga Distancia que brinda el servicio para el completamiento de la llamada(2))

N.A. 0 + PQR + Número Nacional (4)

PQR + Número Nacional

National

Servicio de Larga Distancia Nacional con modalidad CPP

Operador Preseleccionado

0 + PQR + Indicativo Interurbano + 15 +

Número de Abonado

PQR + Indicativo Interurbano + 15 +

Número de Abonado

National

Selección de Operador

0 + PQR + Indicativo Interurbano + 15 +

Número de Abonado

PQR + Indicativo Interurbano + 15 +

Número de Abonado

National

Tabla IV (1) Los dígitos PQR corresponden al Operador de Larga Distancia al que se entrega la llamada en el Área

Local de Origen.

(2) Sólo para los Servicios No Geográficos que corresponda.

Page 76: Oferta de Interconexión de referencia

- 76 -

(3) Los dígitos DEF de los Números No Geográficos son los seleccionados por el usuario, los cuales

corresponden a la característica asignada al Operador que brinda el Servicio No Geográfico. (1) Los dígitos PQR corresponden al Código de identificación de Operador de Larga Distancia que brinda el

Servicio No Geográfico.

Page 77: Oferta de Interconexión de referencia

- 77 -

ANUNCIOS GRABADOS ENTRE OPERADORES DE LARGA DISTANCIA

1.1.Situaciones de Red con Anuncios Sin Señal de Respuesta (No Answer) # Situación de Red Anuncio Señalización Incumbencia 1 Abonado “A” disca

una característica Inexistente

Locución de Característica Inexistente

A3/B7 Sin Answer Central de Tránsit

2 Abonado “A” disca un número de directorio Inexistente (Abonado vacante)

Locución de número de directorio Inexistente o Abonado vacante

B5 Sin Answer Central Local Remota

3 Abonado “A” disca una característica que se encuentra congestionada momentáneamente

Locución de característica congestionada momentáneamente

B4 Sin Answer Central de Tránsit

4 Abonado “B” cambió su número de directorio, y no se proporciona el nuevo número

Locución Local de Cambio de Número (sin informar el nuevo número)

B2 Sin Answer Si se informa el nuevo número (B7 con Answer)

Central Local Remota

5 Abonado con línea fuera de servicio, en reparación

Locución de Abonado en Reparación

B8 Sin Answer Central Local Remota

6 Abonado móvil “B” Apagado o fuera del Área de Servicio

Locución de Abonado con tel. Apagado o fuera del Área de Servicio

A3/B7 Sin Answer Móvil

7 Cambio de Característica de una Central

Locución de Cambio de Característica, informando la nueva Característica

B6/7 Sin Answer Central Local Remota / Central dTránsito

8 Llamada sin ANI (pierde el ANI en el transito de la Red Pública)

Locución de llamada no Identificada

A3/B7 Sin Answer Móvil

Page 78: Oferta de Interconexión de referencia

- 78 -

1.2.Situaciones de Servicio con Anuncios Sin Señal de Respuesta (No Answer) # Situación de Servicio Anuncio Señalización Incumbencia 1 Abonado “A” disca

servicio no permitido Locución de Servicio no permitido

B6/7 Sin Answer Central Local Remota / Central dTránsito

2 Abonado “B” inhabilitado Temporalmente (Ej. mora)

Locución de Abonado inhabilitado Temporalmente

B6/7 Sin Answer Central Local Remota

3 Abonado “B” Ausente Locución de Abonado Ausente

A3/B7 Sin Answer Central Local Remota

4 Abonado “A” disca servicio no Implementado / Disponible

Locución de Servicio no Implementado / Disponible

Las locuciones difieren según la señalización

Central Local Remota / Central dTránsito

5 Abonado “B” Pre-pago sin crédito (Auto-Stop)

Locución de Abonado “B” sin Crédito

A3/B7 Sin Answer Móvil

6 Llamada desde Teléfonos Público a Abonado Pre-pago sin crédito

Locución de Abonado “B” sin Crédito

A3/B7 Sin Answer Móvil

7 Llamada a Red Inteligente no permitida desde ese origen

Locución indicando que la llamada no puede ser establecida desde ese origen/ubicación

A3/B6 ó A3/B7 Sin Answer

RI

8 Abonado B (de Red Inteligente) llamado se encuentra ocupado

Locución indicando que el Centro o Línea de Atención llamada se encuentra ocupada

A3/B6 ó A3/B7 Sin Answer

RI

9 Abonado B (de Red Inteligente) llamado no puede ser accedido en el día de la fecha

Locución indicando que el Abonado B llamado no puede ser accedido hoy

A3/B6 ó A3/B7 Sin Answer

RI

10 Llamada a Números Gratuitos Internacionales (sin acuerdo correspondiente)

Locución indicando que el número solicitado es gratuito únicamente en el país de destino y que la llamada internacional es con cargo

A3/B6 Sin Answer Centro Internacional

11 Llamada a Servicio Iridium

Locución indicando que el número marcado es de la red y que tiene un cargo adicional

A3/B6 Sin Answer Centro Internacional

Page 79: Oferta de Interconexión de referencia

- 79 -

ANEXO V

PARÁMETROS DE CALIDAD Y DISPONIBILIDAD

1. Calidad de transmisión digital

1.1.Calificación de los enlaces de interconexión

Cada parte calificará la porción de enlace relevante de su responsabilidad. Para la calificación del enlace de interconexión de extremo a extremo entre el conmutador de tránsito del Operador y el conmutador de TELEFÓNICA, es conveniente que cada parte pruebe la mitad de las tramas a calificar. Conforme a la recomendación M2100, 2101, 2110 de la UIT, se establecen los umbrales de calidad de los enlaces para la habilitación del mismo y su mantenimiento. Se designará un responsable técnico por cada parte para la coordinación y validación de las pruebas, sus datos serán comunicados a la otra parte. El responsable técnico será el punto de entrada único de TELEFÓNICA para las operaciones de calificación, y deberá poder ser ubicado durante las horas hábiles de 8h a 17h. Este responsable validará las mediciones. En vista de las pruebas, se programará una reunión de coordinación entre las PARTES antes de cada operación de calificación de un sitio, en los plazos compatibles con el arranque de las operaciones. En esta reunión se comunicarán las coordenadas de los responsables técnicos de cada parte. Se decidirá conjuntamente el reparto de enlaces a probar entre las PARTES, y de la organización práctica de las operaciones. Se formalizará un intercambio de información, que tendrá lugar como "acta de calificación".

1.2. Indisponibilidad de los enlaces de interconexión

1.2.1. Disponibilidad de circuitos Es el estado extremo – extremo ( end to end ) durante el cual un circuito se halla en condiciones disponible para su uso. Como una medida, la disponibilidad se calcula como la relación de la disponibilidad real con la esperada, expresada como un porcentaje. Para establecer un enfoque técnico TELEFÓNICA y el Operador Solicitante acuerdan que un circuito se encuentra en ¨ condición disponible ¨ cuando el mismo no presenta indisponibilidad en los términos definidos en las recomendaciones G826. La disponibilidad puede ser afectada por problemas en las instalaciones de TELEFÓNICA como del Operador Solicitante. TELEFÓNICA reconocerá solo aquellas fallas imputables a su plantel.

1.2.2. Duración de la interrupción La duración de la interrupción relacionada a una falla se calculará de la siguiente manera: 1 ) Comienza en el momento en que una de las PARTES registra el reclamo, Trouble

Ticket, en el centro indicado por la otra PARTE, en adelante Centro de Reclamos. Este registro va acompañado con un número de reclamo, que es el referente para cualquier consulta.

2 ) Una vez superado el inconveniente el Operador que recibió el reclamo comunicará a

Page 80: Oferta de Interconexión de referencia

- 80 -

la otra PARTE la reposición del servicio, garantizando los parámetros con los que fueran construidos los mismos. A su vez, la PARTE que reclama tomará nota del mismo como parte de la notificación.

3 ) El Operador que reclama contará con un tiempo máximo de dos (2) hs. para notificar cualquier desperfecto en el SERVICIO, de lo contrario se dará por aceptada la disponibilidad del servicio quedando el reclamo cerrado.

4 ) El tiempo computado será desde que el reclamo ingreso al Centro de Reclamos con número de registro, hasta que el Operador que reclama comunicó la disponibilidad del servicio sin observaciones por parte del operador.

Nota : El tiempo de interrupción se considerará válido si la causa de la falla es imputable al Operador que recibió el reclamo.

1.2.3. Centro de atención telefónica El centro de atención de reclamos técnicos tendrá personal las veinticuatro (24) hs. del día los siete (7) días de la semana y será el punto de entrada para todos los reclamos por falta de servicio imputables al Operador de dicho Servicio. Dicho Centro de Atención de Reclamos tendrá un número telefónico que será informado a la otra PARTE.

1.2.4. Proceso de registración del reclamo El Operador al reclamar deberá suministrar los siguientes datos:

− N° Ticket N°, fecha y Hora. − Tipo de Servicio − Número identificatorio del servicio y/o estructura del servicio (Nomenclatura Técnica) − Nombre del Operador − Nombre del contacto para prueba del servicio. − Número de teléfono del contacto. − Descripción de la falla. (Descripción en un primer tiempo y codificación en un segundo tiempo) − Disponibilidad de ingreso si fuera necesario.

1.2.5. Proceso de cierre del reclamo El Operador receptor del reclamo informará al cierre del mismo: − Causa de la falla. (Descripción en un primer tiempo y codificación en un segundo tiempo) − Nombre de la Persona que tomó el cierre.

1.2.6. Escalamiento en caso de averías mayores Las PARTES podrán escalar (nivel jerárquico) si las reparaciones no se ejecutan en los tiempos preestablecidos o las mismas son recurrentes. Cada una de las Partes le entregará a la otra un listado conteniendo nombre, apellido, jerarquía y medio de aviso de cada uno de los responsables que intervendrán, para los distintos tiempos abajo mencionados, en la solución de averías, conforme la tabla adjunta. Nivel Responsable Tiempo de

escalamiento Medio de aviso

1 Responsable 1 4 horas. Tel . 2 Responsable 2 (Aumento en la escala jerárquica

respecto del anterior) 6 horas

3 Responsable 3 (Aumento en la escala jerárquica respecto del anterior)

8 horas

Page 81: Oferta de Interconexión de referencia

- 81 -

1.2.7. Cortes por mantenimiento TELEFÓNICA informará al operador con siete (7) días de anticipación todo mantenimiento programado que afecte al servicio del Operador Solicitante, salvo situaciones de emergencias. En estas situaciones se lo informará a la persona que designe el operador.

1.2.8. Reuniones de seguimiento Las PARTES acuerdan implementar reuniones de seguimiento mensuales para revisar el comportamiento del servicio. Las reuniones de seguimiento mensuales deberán acordar la calidad de servicio brindada en el mes en curso. 2. Calidad del tráfico

2.1. Gestión del tráfico y calidad de servicio

2.1.1.Tasa de perdida y tráfico por circuito

2.1.1.1. Caso de los enlaces que no reciben tráfico de desborde El dimensionamiento de los enlaces debe respetar los dos puntos siguientes: - Tasa de pérdida: 1%, - Tráfico por circuito : 0,9 Erlang máximo.

2.1.1.2. Caso de los enlaces que reciben tráfico de desborde El dimensionamiento de los enlaces debe respetar los dos puntos siguientes: - Tasa de pérdida : 1%, - Tráfico por circuito : 0,7 Erlang máximo.

2.1.1.3. Mediciones Las mediciones de tráfico se realizarán considerando un tráfico normal, durante una semana (segunda semana del mes, de lunes a viernes) en el horario pico, preferentemente de 11:00 a 12:00 horas –o lo que las PARTES acuerden- y se toma para el cálculo el segundo pico. Las mediciones involucran cada uno de los enlaces de interconexión tanto sea Saliente o Entrante. Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo precedente, las PARTES podrán realizar mediciones adicionales a las pactadas. Para cada enlace de interconexión, se efectuara el cálculo siguiente para conocer el tráfico por circuito: Txxx T/Cxxx = --------- Nxxx Con : - T/Cxxx : Tráfico por circuito del enlace xxx - Txxx : Tráfico medido entre las 11.00 hs y las 12.00 hs sobre el enlace xxx - Nxxx : Número de circuitos del enlace xxx

Page 82: Oferta de Interconexión de referencia

- 82 -

2.1.2. La eficacia

2.1.2.1. Definiciones Son eficaces las llamadas para las cuales se recibió una señal de repuesta, especialmente en #7 después del mensaje de dirección completa. Son ineficaces las llamadas que caen: - por una dirección incompleta o falsa, - a nivel de las instalaciones de los clientes (congestión, ocupación, no contestación) - por un encaminamiento falso sobre un enlace de interconexión hacia una central que no

está previsto para encaminar el prefijo (PIPU) del llamado y para asegurar el transito para el mismo prefijo.

2.1.2.2.Tráfico terminal Se trata del tráfico que se termina en la Red de uno de los dos Operadores. Cada Operador se compromete a una tasa de eficacia global mínima (TTR) de 50% (con una revisión bimestral) obtenida a partir de mediciones realizadas durante una semana mes (segunda semana - de Lunes a Viernes-) de las 7.00 hs a las 23.00 hs media móvil tres meses. Para nombrar los indicadores y poder hablar con otro Operador sin posibilidad de equivocación hay que definir el sentido de los enlaces al respecto definimos que un enlace Operadora Informante Otro es saliente y un enlace Otro Operadora Informante es entrante. 2.1.2.2.1. Eficacia Entrante Sentido Otro Operadora Informante

Σ Tomas Intentos Entrantes Eficaces EFEU = 100 x ------------------------------------------

Σ Tomas Intentos Entrantes Eficacia Saliente Sentido Operadora Informante Otro

Σ Intentos Salientes Eficaces EFSU = 100 x ------------------------------------------

Σ Intentos Salientes

2.1.3. Elaboración de los indicadores A los efectos de del presente se tomarán los valores mensuales de medición. Para las tasas de eficacia se tomará el acumulado a nivel nacional sobre los últimos tres (3) meses.

11.1.2. 2.1.4. Sin perjuicio de lo acordado en los puntos precedentes respecto a objetivos de calidad de tráfico, las PARTES podrán revisar en forma semestral los indicadores acordados en el presente.

3. Sincronización entre las Redes Las características físicas de la conexión deberán estar conforme a la recomendación G823 de UIT-T. A fin de asegurar un interfuncionamiento correcto, los equipos de cada una de las PARTES deberán estar sincronizados conforme al punto 3 de la recomendación Q541 de UIT-T.

Page 83: Oferta de Interconexión de referencia

- 83 -

Para las características del ritmo en cada red, el objetivo es la conformidad a las recomendaciones ETS300 462-6 y G811 de UIT-T

Page 84: Oferta de Interconexión de referencia

- 84 -

ANEXO VI

SEÑALIZACION Y PROTOCOLOS DE ACEPTACIÓN

Condiciones de Señalización TELEFÓNICA proveerá sin cargo el primer Link de Señalización por CCN7 (Canal Común N°7) sobre el Canal 16 (u otro a acordar) perteneciente a un solo Enlace de Interconexión E1 determinado; en el primer POI acordado con el Operador Solicitante, para señalizar la totalidad de los Enlaces de Interconexión contratados. En este sentido, estará a cargo del Operador Solicitante tanto la solicitud de Links de Señalización adicionales para brindar el soporte de la señalización en función del número de canales de voz utilizados por el Operador Solicitante así como la solicitud de Acceso Directo a los Puntos de Transferencia de Señalización (PTS) de TELEFÓNICA.

Pruebas de SSCC Nº 7 para validación de interconexiones G.821 Pruebas de Nivel 1 Q781 Nivel 2 Enlace de señalización

1.3.1 Control de estado de enlace 1.1 Inicialización (encendido) 1.2 Temporizador T2 1.5 Alineación normal - Procedimiento correcto (FISU) 1.19 Fijar emergencia durante un estado “no alineado” 1.20 Ambos extremos fijan en emergencia 1.25 Desactivación durante alineación inicial 1.29 Desactivación de un enlace en servicio

1.4.

1.5.3 Falla en Transmisión 3.5 Enlace en servicio (corte de TX)

8 Control de transmisión y recepción (básico)

8.1 Transmisión y recepción de MSU 9 Control de transmisión y recepción (PCR)

9.1 Transmisión y recepción de MSU Q. 782 Nivel 3 Red de Señalización

Page 85: Oferta de Interconexión de referencia

- 85 -

1.6.

1.7.1. Mantenimiento de enlace de señalización 1.1 Primera activación de enlace de señalización. 1.2 Desactivación del conjunto de enlaces de señalización. 1.3 Activación del conjunto de enlaces de señalización.

1.8.

1.9.2. Manejo de mensajes de señalización 2.4.1 Reparto de carga en un grupo de enlaces – Todos los enlaces disponibles 2.5.1 Reparto de carga entre grupos de enlaces – Dos grupos de enlaces

3. Cambio

3.1 Cambio a enlace de reserva iniciado en un extremo (COO<->COA). 4. Retorno

4.1 Retorno al enlace de servicio dentro de un conjunto de enlaces. 7. Gestión de inhibiciones

7.1.1 Inhibición de un enlace - Enlace disponible. 7.1.2 Inhibición de un enlace - Enlace no disponible. 7.2.1 Inhibición no permitida - Rechazo local en un enlace disponible. 7.2.2 Inhibición no permitida - Rechazo local en un enlace no disponible. 7.6.1 Desinhibición manual de un enlace - Con retorno al enlace de servicio. 7.6.2 Desinhibición manual de un enlace - Sin retorno al enlace de servicio.

9. Gestión de ruta de señalización

9.1.1 Envío de una TFP en la ruta alternativa - Falla del conjunto de enlace de señalización. 9.2.1 Difusión de las TFP - En una falla del conjunto de enlace de señalización. 9.4.1 Envío de TFA en una ruta alternativa -Recuperación del conjunto de enlace de

señalización. 9.4.2 Envío de una TFA en una ruta alternativa - En la recepción de una TFA.

Q.784 Nivel 4 llamadas básicas 1. Supervisión de circuitos. 1.3.1.1. Recepción de CGB y CGU. 1.3.1.2. Emisión de CGB y CGU. 1.3.2.1. Bloqueo/desbloqueo de circuito BLO recibido 1.3.2.2. Bloqueo/desbloqueo de circuito BLO enviado 1.3.2.3 Bloqueo desde ambos extremos. Remover desde un solo extremo. 1.3.2.4. IAM recibido por un circuito bloqueado remotamente. 1.4.1. Chequeo de continuidad recibido. éxito 1.4.2. Chequeo de continuidad enviado. éxito 2. Establecimiento normal de llamada – Llamadas vocales ordinarias 2.1.1. Envío de IAM 2.2.1 Envío de llamada en bloque

Page 86: Oferta de Interconexión de referencia

- 86 -

2.3.1 Envío de una llamada ordinaria ( con varios ACM y ANM ). 2.3.2 Envío de una llamada ordinaria ( con ACM, CPG Y ANM ). 2.3.3 Llamada ordinaria (con diversas indicaciones en CON) 2.3.6 Bloqueo y desbloqueo durante una llamada (iniciado). 2.3.7 Bloqueo y desbloqueo durante una llamada (recibido). 3. Liberación de llamada normal 3.1 La parte llamante libera antes de dirección completa (ACM). 3.2 La parte llamante libera antes de la contestación. 3.3 La parte llamante libera después de la contestación. 3.4 La parte llamada libera después de la contestación. 3.5 Suspensión iniciada por la red (SUS) 3.7 La parte llamada libera y vuelve a contestar. 4. Llamadas infructuosas. 4.1 Validación de causas de liberación conocidas. 5. Situación anormal durante una llamada. 5.2.2 T9: esperando un mensaje de respuesta. 5.3.1 Reset de los circuitos durante una llamada – Circuito saliente. 5.3.2 Reset de los circuitos durante una llamada – Circuito entrante. 6. Establecimiento de llamada especial. 6.1.1 Requerimiento de chequeo de continuidad 6.1.2 COT aplicado en circuito previo 6.1.4 Retardo de transconexión 6.1.5 Fallo en COT NOTA 1: Las pruebas incluidas en este listado asociadas a la verificación de continuidad, serán efectuadas de acuerdo a la disponibilidad que cada Operador brinde de esa funcionalidad. NOTA 2: Se deberán verificar en el # MID, la disponibilidad de la identificación del usuario llamante (&LTE) , el envío de la señal F de fin de selección incluida en la señal de dirección del (&LDO), la correcta inclusión del indicador de naturaleza de la dirección ( numero de usuario nacional ó internacional ) en el &LDO y la codificación de las categorías del usuario llamante (usuario ordinario, operadora y teléfono de previo pago) en el &CAT.

11.1.3. NOTA 3: La prueba de Q781 Nivel 2 punto 9 (Control de transmisión y recepción (PCR)) quedará sujeta a la disponibilidad de cada Operador para las distintas técnicas.

Page 87: Oferta de Interconexión de referencia

- 87 -

ANEXO VII – PRECIOS I. Originación, Terminación, Tránsito Local

Tabla 1: Precios

Precios

(u$s/minuto o fracción)

Precios en áreas con menos de 5000 habitantes o con teledensidad menor

al 15% (u$s/minuto o fracción)

Originación Local1

0.00974 0.01151

Terminación Local2

0.00974 0.01151

Terminación LD3

0.00974 0.01151

Tránsito Local

0.00266 0.00266

Atención de Reclamos4 u$s 50, por reclamo

registrado N/A

Cargo mínimo por llamada4 u$s 0,02, por llamada N/A

1 Aplicable a originaciones bajo la modalidad de presuscripción y servicios No geográficos 2 Sólo aplicable respecto del cargo de terminación, previsto en el Convenio de Interconexión, de llamadas originadas y terminadas en el Servicio de Telefonía Fija en una misma área local. 3 Aplicable a tráfico de larga distancia nacional e internacional, a tráfico de llamadas efectuadas por plataformas de red inteligente o cualquier otro medio, en la modalidad de pago previo, prepaga o post-paga. 4 Correspondientes a la prestación de los Servicios de “Facturación por Cuenta y Orden” y “Atención de Consultas y Reclamos” por llamadas de Larga Distancia.

Tabla 2: Precios Transitorios

Precio Transitorio5

(u$s/minuto o fracción)

Precio Transitorio en áreas con menos de 5000 habitantes

o con teledensidad menor al

15%5

(u$s/minuto o fracción)

Originación Local 0,00617 0,00730

Terminación LD6 0,00617 0,00730

Tránsito Local 0,00169 0,00169

Terminación Local7

$ 0.00974 $ 0.01151

Atención de Reclamos4 u$s 32, por

reclamo registrado N/A

Cargo mínimo por llamada4

u$s 0,013, por llamada N/A

5 Los Precios Transitorios establecidos en la Tabla 2, son temporarios y se acuerdan hasta tanto se incremente el valor del PTFO vigente a la fecha de firma de la presente Acta o hasta que se produzca cualquier variación en el cuadro tarifario actualmente vigente que implique un incremento en la tarifa al usuario final del servicio de telefonía básica, lo que ocurra primero. 6 Aplicable a tráfico de larga distancia nacional e internacional, a tráfico de llamadas efectuadas por plataformas de red inteligente o cualquier otro medio, en la modalidad de pago previo, o post-paga.

Page 88: Oferta de Interconexión de referencia

- 88 -

7 Sólo aplicable respecto del cargo de terminación, previsto en el Convenio de Interconexión, de llamadas originadas y terminadas en el Servicio de Telefonía Fija en una misma área local. II. Tabla 3: Servicio de Transporte de Numeración No Geográfica

CLAVE PRECIO

(u$s/minuto o fracción)

1 0,0275 2 0,0430 3 0,0430 4 0,1000 5 0,1000 6 0,1450

7a12 0,1450 Los precios precedentemente determinados no incluyen la compensación por originación local en la red de origen y/o tránsito local. III. Tabla 4: Precio Servicio de Transporte de Larga Distancia

CLAVE PRECIO

(u$s/minuto o fracción) 1 0,0250 2 0,0400 3 0,0400 4 0,0750 5 0,0750 6 0,0875

7a12 0,0875 Los precios precedentemente determinados no incluyen la compensación por completamiento local en la red de origen y/o

tránsito local. IV Tabla 5: Precios de Puertos y Coubicación

Precios de Puertos de Acceso

Habilitación, cargo por única vez U$S 2.000 Precios de Coubicación

Cargo mensual para AMBA y Localidades del Interior Con mas de 100.000 líneas telefónicas fijas

Primeros 2 metros cuadrados U$S 125 Metro cuadrado adicional U$S 15

Cargo mensual para el resto de las Localidades del Interior

Primeros 2 metros cuadrados U$S 80 Metro cuadrado adicional U$S 10

Nota 1: Todos los precios y Precios Transitorios del presente Anexo I no incluyen el IVA.

ANEXO VIII

Page 89: Oferta de Interconexión de referencia

- 89 -

FACTURACIÓN POR CUENTA Y ORDEN DEL OPERADOR SOLICITANTE

El “Servicio de Facturación y Cobranza”, que comprende la Gestión de Facturación y Cobranza por Cuenta y Orden que TELEFÓNICA brindará al OLD Solicitante, se desarrollará con ajuste a las formas, tiempos, procedimientos y demás condiciones que se indican en el presente Anexo. Toda la información y documentación referida en el presente Anexo se deberá entregar separadamente, por servicio de Larga Distancia nacional y Servicio de Larga Distancia Internacional. 1. LÍQUIDO PRODUCTO

1.1. El segundo día hábil de cada mes, TELEFÓNICA entregará al Operador Solicitante un Líquido Producto (LP) emitido el último día del mes precedente, que contendrá la siguiente información:

1.1.1. El cien por cien (100%) de los montos de Llamadas de LD efectuadas por abonados del Operador Solicitante, que hayan sido facturados por el TELEFÓNICA y cuyo vencimiento se produzca entre el primer y el último día del mes de emisión del LP, incluyendo el impuesto al valor agregado.

1.1.2. El importe total neto gravado de los montos indicados en el punto 1.1.1. discriminados según las distintas alícuotas del IVA en función de la condición de cada cliente frente a este impuesto;

1.1.3. Los montos facturados discriminados por fechas de vencimiento para el pago; 1.1.4. Los importes que TELEFÓNICA deduzca en concepto de Llamadas de LD que haya

facturado en períodos anteriores y que se encuentren impagos. Estos importes también podrán ser incluidos en un documento denominado Nota de transferencia de morosos, sin formar parte del Liquido Producto. TELEFÓNICA remitirá al Operador Solicitante la información, cuyo contenido y fechas se indica en el punto 6 de este Anexo;

1.1.5. Los importes que TELEFÓNICA deduzca en concepto de Notas de crédito o reintegros efectuados como consecuencia de los importes facturados no reconocidos por sus abonados e imputables al Operador Solicitante, con la misma apertura indicada en el punto 1.1.1. Estos importes también podrán ser incluidos en un “liquido producto de ajuste” sin formar parte del Liquido Producto.

1.1.6. Los importes que TELEFÓNICA recupere de la morosidad oportunamente transferida con el detalle que se indica en el punto 5.1.3. de este Anexo. Estos importes también podrán ser incluidos dentro de la Nota de transferencia de morosos.

2. GESTIÓN DE FACTURACIÓN Y COBRANZA

TELEFÓNICA facturará mensualmente al Operador Solicitante por la Gestión de Facturación y Cobranza: 2.1. En concepto de “Servicio de Facturación”, el valor correspondiente al cinco con

veinticinco por ciento (5,25%) sobre el total de los montos correspondientes a las llamadas facturadas por cuenta y orden del Operador Solicitante, netos de IVA. En ningún caso dicha retribución podrá ser inferior a (U$S 0,013) para cada una de las llamadas facturadas.

2.2. En concepto de “Servicio de Cobranza y de Liquidación de los Montos Recaudados”, el valor correspondiente al (1,10%) sobre el total de los montos efectivamente cobrados correspondientes a las llamadas facturadas por cuenta y orden del OLD Solicitante, netos de IVA.

2.3. En concepto de “Servicio de Transferencia de los Montos Impagos”, el valor

Page 90: Oferta de Interconexión de referencia

- 90 -

correspondiente a cero con cincuenta por ciento (0,50%) sobre el total de los montos impagos transferidos correspondientes a las llamadas facturadas por cuenta y orden del OLD Solicitante, netos de IVA.

2.4. Conforme lo acordado en el punto 11.1.9. del cuerpo principal de la presente Oferta, hasta tanto las PARTES dispongan implementados los sistemas y procesos correspondientes, TELEFÓNICA facturará al OLD Solicitante, en concepto de Servicio de Facturación y Cobranza el valor correspondiente al seis por ciento (6%) sobre el total de los montos correspondientes a las llamadas facturadas por cuenta y orden del Operador Solicitante, netos de IVA. En ningún caso, dicha retribución podrá ser inferior a 1.3 centavos de dólar estadounidenses para cada una de las llamadas facturadas.

3. LIQUIDACION DE PAGO Y TRANSFERENCIA DE FONDOS

3.1. TELEFÓNICA emitirá una Nota de Liquidación de pago que pondrá a disposición del Operador Solicitante y contendrá:

3.1.1. Los montos netos resultantes del / los documento / s indicado / s en el punto 1. de este Anexo,

3.1.2. Nota de Débito o factura correspondiente al cargo por servicio de facturación y cobranza por cuenta y orden del Operador Solicitante;

3.1.3. Nota de Débito o factura correspondiente a los bloqueos realizados conforme lo especificado en la cláusula 12.1.2. de esta Oferta

3.1.4. Nota de Débito o factura correspondiente a la retribución por la atención de reclamos (punto 11.3. de esta Oferta).

3.1.5. Nota de débito o factura correspondiente a la retribución por detalle de llamadas según lo especificado en el punto 6 del Anexo X.

3.2. TELEFÓNICA pondrá a disposición del Operador Solicitante los fondos netos resultantes de la Liquidación de pago indicada en punto 3.1. de este Anexo, dentro de los 12 días hábiles a partir del último día del mes liquidado.

4. IMPUESTOS

Los montos cobrados emergentes de las percepciones emanadas de la Resolución General (DGI) Nº 3.337 y sus modificaciones, como cualquier otro régimen de percepción y/o tributo nacional, provincial o municipal que con similares efectos deba ser incluido en la facturación, serán declarados y depositados íntegramente por TELEFÓNICA dentro de los períodos y en los plazos establecidos en las normas vigentes.

5. INFORMACIÓN ADICIONAL AL LP 5.1. Conjuntamente con el LP, pero sin que forme parte del mismo, TELEFÓNICA

entregará la siguiente información al Operador Solicitante: 5.1.1. Los montos indicados en el punto 1.1.1. de este anexo, discriminados por

jurisdicción territorial, a efectos de determinar la competencia de los organismos recaudadores pertinentes;

5.1.2. Un listado, soporte magnético o información de la Web de TELEFÓNICA denominado “Facturado por cuenta y orden del Operador Solicitante”, con el detalle de la cantidad y el importe total de Llamadas de LD con vencimiento en dicho período discriminado por día en que se efectuaron dichas llamadas; y,

5.1.3. Un listado, soporte magnético o información de la Web de TELEFÓNICA con el detalle de los importes cobrados con posterioridad a la transferencia de la morosidad de sus abonados con el mismo detalle que el indicado en el punto

Page 91: Oferta de Interconexión de referencia

- 91 -

6.2. de este Anexo. 5.1.4. Cuando un cliente del OLD Solicitante presente un reclamo directamente en

las oficinas de dicho Operador, TELEFÓNICA le entregará al OLD Solicitante, a solicitud de este último, el detalle de llamadas de LD facturadas por TELEFÓNICA, por cuenta y orden del OLD Solicitante, en el período correspondiente objeto del reclamo. Tal solicitud deberá contener el número de línea, nombre del titular, fecha de vencimiento de la factura y la identificación del lote o Bill Date.

5.2. En caso de desacuerdo con los montos de alguna transferencia, el Operador Solicitante dentro de los treinta (30) días corridos de emitido el LP, deberá notificárselo a TELEFÓNICA; éste practicará los ajustes pertinentes o notificará al Operador Solicitante las razones por las cuales no proceden en su caso. Si dentro de igual plazo TELEFÓNICA detectare anomalías en alguna transferencia ya realizada, lo notificará al Operador Solicitante y practicará los ajustes que correspondan. Tales notificaciones entre las PARTES, deberán realizarse por vía escrita, fundada y con aviso de recibo. Las PARTES renuncian a presentar reclamos una vez transcurridos los plazos señalados.

5.3. Cuando sea técnicamente posible, o cuando algún organismo de control lo requiera, los montos indicados en los puntos 3.1.2 al 3.1.5. se discriminarán por jurisdicción territorial y los del 1.1.1. por jurisdicción municipal.

6. TRANSFERENCIA DE LOS MONTOS IMPAGOS POR ABONADOS DE TELEFÓNICA 6.1. TELEFÓNICA efectuará la gestión de cobranza sobre los montos facturados por

cuenta y orden del Operador Solicitante, durante el período comprendido entre el vencimiento original de la factura y los noventa (90) días corridos posteriores al mismo.

De ser técnicamente posible, y en el caso de estar las PARTES de acuerdo, la morosidad correspondiente a clientes de gobierno se transferirá en un plazo máximo de ciento ochenta (180) días. Por otra parte, TELEFÓNICA podrá transferir montos impagos de Llamadas de LD que TELEFÓNICA facture a sus abonados por cuenta y orden del Operador Solicitante con anterioridad a los 90 días previstos en el punto 6.1. de este Anexo en los siguientes casos:

6.1.1.Baja definitiva del cliente del Operador local; 6.1.2.Negativa de pago por parte del cliente del Operador local.

6.2. En el primer LP o Nota de Transferencia de Morosos que TELEFÓNICA emita al Operador Solicitante siguiente a transcurrido el plazo indicado en el punto anterior, se incluirán los montos de Llamadas de LD que TELEFÓNICA haya facturado por cuenta y orden del Operador Solicitante en períodos anteriores y que se encuentren impagos. TELEFÓNICA deberá justificar estos montos con la remisión al Operador Solicitante de la siguiente información, en soporte magnético con el formato que las PARTES acuerden:

6.2.1. Nombre o razón social y categoría del abonado de TELEFÓNICA; 6.2.2. Domicilio completo (calle, número, piso, departamento, localidad, código

postal, provincia); 6.2.3. Número asignado de numeración nacional al abonado de TELEFÓNICA; 6.2.4. Fechas de vencimiento original de la factura; y 6.2.5. Fecha, hora, duración, número de destino y monto de las llamadas, con la

discriminación y categoría del IVA;

Page 92: Oferta de Interconexión de referencia

- 92 -

6.2.6. Toda información adicional que sea acordada por las PARTES. 6.3 En el caso de pagos parciales o de planes de financiación caídos se informará el saldo

pendiente de cobro.

6.4 En caso que un abonado de TELEFÓNICA pagara a ésta el importe correspondiente a Llamadas de LD una vez transcurridos los noventa (90) días corridos del vencimiento original de la factura, TELEFÓNICA efectuará la cobranza y transferirá al Operador Solicitante el importe que haya percibido por su cuenta y orden y lo indicará en el LP o Nota de Transferencia de Morosos, conforme lo establecido en los puntos 1.1.6. y 5.1.3. de este Anexo.

7. ESTADO DE CUENTA

7.1 Se efectuará semanalmente un control sobre los totales de tickets enviados, rechazados y aceptados, por cada uno de los lotes enviados por el Operador Solicitante y Recibidos por TELEFÓNICA.

7.2 Adicionalmente a lo expuesto TELEFÓNICA confeccionará un “Estado de Cuenta” por mes de origen de llamada, donde se volcarán los datos correspondientes al total de tickets recibidos, el total aceptado por TELEFÓNICA y el total devueltos por errores al Operador Solicitante.

Del total de tickets aceptados se establecerá la cantidad de facturados y cuántos aún permanecen pendientes en el proceso de facturación de TELEFÓNICA. Cuando sea técnicamente posible se avanzará con información adicional de lo aceptado, facturado y pendiente, también orientado hacia el lote enviado por el Operador Solicitante.

8. - LLAMADAS NO LIQUIDADAS

8.1 Tomando en consideración las obligaciones correspondientes del servicio de facturación y cobranzas, luego de excedido el plazo de ciento cincuenta (150) días de recibido y aceptado un ticket por parte de TELEFÓNICA y no haber sido incluido dentro de su proceso de facturación, TELEFÓNICA le solicitará al Operador Solicitante la emisión de una factura que contenga los montos no facturados, efectuando un descuento del cinco con veinticinco por ciento (5,25%).

8.2 Los montos resultantes del punto precedente serán liquidados dentro de los treinta (30) días de recibida la factura.

9. SERVICIO DE FACTURACIÓN Y COBRANZA 9.1. El Servicio de Facturación y cobranzas comprende: 9.1.1. El Servicio de Facturación que implica:

9.1.1.1. La inclusión en la factura ordinaria que TELEFÓNICA emite a sus clientes del importe total sumarizado de todas las Llamadas de LD previstas en el punto 4.2. de la Oferta de Interconexión de Referencia, por cuenta y orden del OLD Solicitante, cuyos tickets sean aceptados en el proceso de validación y se encuentren en condiciones de ser facturados a los clientes del OL; 9.1.1.2. La impresión y emisión de las respectivas facturas; 9.1.1.2. El envío de tales facturas a los clientes del OL;

9.1.2. El “Servicio de Cobranza y de Liquidación de los Montos Recaudados”, que comprende:

9.1.2.1. la recepción del pago que efectúen los clientes del OL respecto de las Llamadas de LD previstas en el punto 4.2. de la Oferta que les haya sido facturadas;

9.1.2.2. la liquidación de los débitos y créditos que se generen entre las PARTES con motivo del presente punto; y,

9.1.2.3. La transferencia al OLD Solicitante de los montos cobrados por su cuenta y orden.

9.1.3. El “Servicio de Transferencia de los Montos Impagos” que comprende la

Page 93: Oferta de Interconexión de referencia

- 93 -

transferencia al OLD Solicitante de la nota de transferencia de morosos de acuerdo a la metodología establecida en punto 6 del presente anexo.

9.2. El OLD Solicitante entregará a TELEFÓNICA la información de las Llamadas de LD

previstas en el punto 2.2. de la Oferta - incluyendo su tasación y valorización final - que deba facturar por su cuenta y orden en los plazos y con la metodología que las PARTES acuerdan en el Anexo IX de la presente Oferta. Todo registro de llamada que TELEFÓNICA no pueda facturar será devuelto al OLD Solicitante según lo especificado en el Anexo X.

9.3. TELEFÓNICA incluirá en la facturación ordinaria siguiente a la recepción de los

registros enviados por el OLD Solicitante, bajo el concepto “Llamadas LD”, la siguiente información:

9.3.1. Nombre o Razón Social del OLD Solicitante y número de C.U.I.T.; 9.3.2. Cantidad de Llamadas LD incluidas en esa factura; 9.3.3. Tiempo facturado total de Llamadas LD; 9.3.4. Cargo total de Llamadas LD facturadas por cuenta y orden del OLD Solicitante. 9.4. El OLD Solicitante otorga autorización a TELEFÓNICA para identificar las Llamadas LD facturadas por

su cuenta y orden mediante la inclusión en la facturación ordinaria de TELEFÓNICA de la designación social, marca, nombre comercial y/o logotipo del primero, así como también su CUIT.

9.5. La facturación de las Llamadas LD a los clientes del OL, estará subordinada en su periodicidad, fechas

de emisión y vencimiento, al cronograma de facturación del OL según los criterios determinados únicamente por TELEFÓNICA. Las suspensiones fortuitas o por causa de fuerza mayor, o demoras, de algún ciclo de facturación o postergación de vencimientos por parte de TELEFÓNICA, no dará derecho a reclamo alguno por parte del OLD Solicitante. Sin perjuicio de ello y en el caso de tener conocimiento previo de alguna de estas situaciones, le corresponderá a TELEFÓNICA informar al OLD Solicitante de dicha situación a fin de que éste último tome las previsiones financieras del caso.

9.6. La mora de los clientes del OL en el pago de los conceptos que se le facture por cuenta y orden del

OLD Solicitante, no implicará para TELEFÓNICA obligación de perseguir la deuda, que deberá ser ejecutada o soportada exclusivamente por el OLD Solicitante. En consecuencia, una vez agotado el ciclo de cobranza a cargo de TELEFÓNICA, ésta transferirá la morosidad al OLD Solicitante, conforme el tratamiento establecido en la presente Oferta de Interconexión de Referencia y en sus Anexos.

Page 94: Oferta de Interconexión de referencia

- 94 -

ANEXO IX

GESTIÓN DE REGISTROS ENTREGADOS POR EL OPERADOR SOLICITANTE

1. Las PARTES acordarán la frecuencia de envío, soporte de transmisión y contingencia ante problemas de transmisión que se utilizará en el intercambio de información (incluyendo un aviso de recibo de lotes) de los tickets y los lotes cuyo formato defina TELEFÓNICA.

2. El diseño de los tickets incluirá el número nacional y categoría de línea del abonado llamante, el número nacional geográfico del abonado llamado, código Operador origen, código Operador destino, código Operador de larga distancia, la fecha y hora de inicio de la llamada, la duración real, la duración valorizada (en segundos), la valorización de la llamada, componente de larga distancia.

3. TELEFÓNICA realizará una validación de los tickets recibidos del Operador Solicitante, y procederá a rechazar aquellos que contengan fechas u horas inválidas, números de abonado llamante inexistentes, incompletos o inválidos, correspondientes a abonados de Operadores Independientes y aquellas llamadas de Larga Distancia con destino a numeración CPP efectuadas con anterioridad a los treinta (30) días de recibido dicho ticket, o el plazo que las PARTES acuerden, o cualquier otro criterio que oportunamente convengan las PARTES.

4. Hasta tanto se acuerde y defina lo indicado en los párrafos precedentes del presente Anexo, se aplicarán las siguientes condiciones:

5. Gestión de Registros 5.1. Circuito de intercambio de información 5.1.1. Envío de achivos a TELEFÓNICA El OLD Solicitante entregará a TELEFÓNICA los archivos con los tickets de los consumos a facturar por su cuenta y orden, mediante una transmisión a un server, en adelante y a los efectos del presente denominado “Terceros”, del TELEFÓNICA quien proporcionará la dirección IP y gestionará los permisos de acceso correspondientes. El server “Terceros” contará con un directorio identificado con el nombre del OLD Solicitante que además estará dividido en dos (2) subdirectorios, uno para dejar información, en adelante subdirectorio de depósito de información (A_FCO) y otro para retirarla, en adelante subdirectorio de retiro de información (DE_FCO). El OLD Solicitante dejará en el subdirectorio de entrada correspondiente del server “Terceros” (A_FCO) un archivo encriptado (.pgp) con la siguiente denominación: SPNA.SPDX.Znnnn.pgp donde:

SPNA: 4 dígitos que definen a TELEFÓNICA SPDX: identifica al Operador de L. Distancia con 4 letras. Z: Letra que indica el contenido del archivo. (N: Envío Normal)

nnnn: Número de secuencia de Lote incluido en Header y Trailer. La antigüedad de los tickets a ser dejados en el server ‘Terceros’ por el OLD Solicitante, será de treinta (30) días a partir de la fecha de generación de los mismos y hasta la fecha de recepción de los mismos por TELEFÓNICA;

Page 95: Oferta de Interconexión de referencia

- 95 -

La cantidad de registros a enviar en un archivo no debe superar el número de 1.000.000 (Un millón). NOTA: TELEFÓNICA no realizará un control de secuencialidad de lotes, solo chequeará duplicación. 5.1.2. Validación y Control de Lotes Al recibir los Lotes del OLD Solicitante TELEFÓNICA realizará el control de consistencia de Lote según los siguientes pasos:

a) Control de Desencriptado: el archivo se somete a un proceso de desencriptado para su transmisión y procesamiento en el Host de TELEFÓNICA. Este control se realizará en el server de dicho Operador. b) Control de Consistencia de Lote: a los archivos que son recibidos y desencriptados correctamente, TELEFÓNICA les podrá realizar un chequeo de consistencia de los datos. Si se detecta algún problema de consistencia de lote se envía al subdirectorio de salida del server “OLD” (DE_FCO) un archivo que contiene el código del error detectado. c) Control de Duplicidad: a criterio de TELEFÓNICA, los archivos que son recibidos y desencriptados correctamente podrán someterse a un chequeo de duplicidad por número de secuencia. Asimismo, el Operador Solicitante será responsable en el caso de existir números de secuencia duplicados. d) Control de Volumen de información: a criterio de TELEFÓNICA, los archivos que son recibidos y desencriptados correctamente podrán someterse a un chequeo de cantidad máxima de registros recibidos.

El resultado de este control se informará de dos maneras al Tercero, por E-Mail (según disponibilidad técnica) y dejándole en el Server en el Directorio DE_FCO un archivo “Resultado de Lote” de 1 registro con los datos básicos del Lote y del control realizado, con el siguiente nombre: SPNA.SPDX.Znnnn.L.pgp o SPNA.SPDX.Znnnn.pgp donde:

SPNA : 4 dígitos que definen a TELEFÓNICA. SPDX: identifica al Operador de L. Distancia con 4 letras.

Z: Letra que indica el contenido del archivo. (N: Envío Normal) nnnn: Número de secuencia de Lote incluido en Header y Trailer.

(*) L: Letra que indica el resultado de la validación del archivo según se detalla en el punto 2.2 del presente anexo. Nota: El citado archivo es considerado por TELEFÓNICA como constancia valida de procesamiento de un lote, tanto sea éste aceptado como rechazado. El Operador al tomar conocimiento del resultado del Control de Lote podrá corregir el error indicado y reenviar, con la excepción del error por duplicidad. 5.1.3. Validación y Control de Registros

Page 96: Oferta de Interconexión de referencia

- 96 -

A cada ticket de llamada recibido del OLD Solicitante se lo someterá a una serie de validaciones; de las mismas surgirán errores que podrán ser tipificados como; -errores de responsabilidad de los Operadores ó rechazos directos: son aquellos tickets que no serán procesados y serán puestos a disposición del Operador en el Subdirectorio de Salida (DE_FCO) del server “Terceros”. Las Validaciones relacionadas se detallan en la Tabla incluida en la Sección 3 con la denominación TERCEROS en la columna de Responsabilidad. Los archivos tienen la siguiente denominación:

SPNA.SPDX.Znnnn.pgp donde: SPNA: 4 dígitos que definen a TELEFÓNICA. SPDX: identifica al Operador de L. Distancia con 4 letras. Z: Letra que indica contenido del archivo. (E: Error)

nnnn: Número de secuencia de Lote incluido en Header y Trailer. Las Validaciones relacionadas se detallan más adelante. El plazo máximo de devolución de errores por parte del Operador que factura por Cuenta y orden será de siete (7) días a partir de la fecha de Acuse de Recibo del archivo de tickets a facturar. El mismo será vía e-mail o por medio del archivo de Control de Lote.

1.10.5.1.4. Envío de Datos al OLD Solicitante TELEFÓNICA envía al OLD Solicitante archivos que serán dejados en el Server “Terceros” en el Subdirectorio de Salida (DE_FCO). La denominación de los mismos corresponderá con las siguientes formas, dependiendo del contenido del archivo. a) Archivos de errores relacionados con un Lote enviado por el Operador: SPND.SPDX.Znnnn.pgp donde:

SPND : 4 caracteres que definen de TELEFÓNICA. SPDX: identifica al Operador de L. Distancia con 4 letras. Z: Letra que indica el contenido del archivo. (E: Error)

...nnnn: Número de secuencia de Lote incluido en Header y Trailer. b) Archivos informativos: SPDD.SPDX.Zaajjj.pgp

Page 97: Oferta de Interconexión de referencia

- 97 -

donde:

SPDD: 4 dígitos que definen a TELEFÓNICA. SPDX: identifica al Operador de L. Distancia con 4 letras. Z: Letra que indica contenido del archivo. (P= Parque de TELEFÓNICA) aa: corresponde al año de envío jjj: corresponde al día Juliano de envío

5.1.5. Contingencia En caso de dificultades en la transmisión ó recepción de los archivos al Server “Terceros”, el área responsable del Operador de Larga Distancia deberá comunicarse con el área de Operaciones de TELEFÓNICA, a fin de subsanar el inconveniente. Para informar y transmitir las contingencias se utilizará un CD, comando tar –cvf (device) (path-relativo). En el caso de que surja una Contingencia:

• El Administrador del Sistema informará al Tercero y a Operaciones Unix para activar la contingencia.

• El Tercero enviará a Operaciones Unix un CD con el archivo. • Operaciones Unix confirmará vía E-mail la correcta recepción / carga al Tercero y al

Administrador del Sistema. 5.1.6. Aspectos generales de seguridad 5.1.6.1. Procedimiento de transferencia Una vez realizada la conexión con TELEFÓNICA a través del Remote Access, debe ejecutarse un FTP a la dirección IP del servidor repositorio de archivos (al que ya nos hemos referido como ‘Terceros’). Para conectarse con este servidor se proveerá al Operador de un usuario (el mismo que se utilizará para el Remote Access) y una password de acceso. La gestión completa de accesos y permisos hacia el Operador estará a cargo de TELEFÓNICA. 5.1.6.1. Encriptación de archivos El software a utilizar es PGP. PGP es un sistema de encriptación de clave pública donde cada participante posee un par complementario de claves, una públicamente revelada y otra secreta ó privada. Esto nos provee de dos mecanismos: privacidad y autenticación. La privacidad significa que sólo la persona que recibe puede leer el mensaje encriptado y la autenticación tiene que ver con la seguridad de la procedencia real del mensaje. Para llevar a cabo todo esto primero se firma el mensaje con la clave secreta propia y luego se encripta con la clave pública del receptor. El receptor realiza el proceso inverso, desencriptando primero el mensaje con su clave secreta y chequeando luego la firma digital de quien envió el mensaje con la clave pública de esa persona. En el ANEXO A se describe detalladamente el funcionamiento del PGP.

Page 98: Oferta de Interconexión de referencia

- 98 -

5.1.7. Política de resguardo de lotes y control/depuración de espacios En función a que los archivos recibidos en el Server mediador de TELEFÓNICA desde Terceros como así también los archivos recibidos desde TELEFÓNICA se encuentran resguardados en el Mainframe, se procederá periódicamente y en forma automática con la depuración de todo archivo cuya vigencia desde su creación supere los 30 días. El OLD Solicitante deberá leer las novedades que TELEFÓNICA deja en el Server con la frecuencia adecuada según los plazos antes mencionados. La información enviada a través del Server será resguardada por el lapso de 3 años. Personal de Soporte Técnico tendrá a su cargo el monitoreo periódico del espacio disponible de este servidor a los efectos de garantizar y disponer del espacio necesario como consecuencia del posible crecimiento que este aplicativo demande (Capacity). 5.2. Diseños de registro 5.2.1. Envíos de novedades a Facturar por Cuenta y Orden Los Operadores de Larga Distancia entregarán a TELEFÓNICA los Lotes con los tickets con los consumos a facturar por Cuenta y Orden. Cada archivo / lote de registros que envíen los Operadores deberá incluir:

- Un registro Header - Registros o Tickets de las llamadas a ser facturadas por cuenta y orden de las LSB - Un registro Trailer

Serán denominados: SPNA.SPDX.Znnnn.pgp La frecuencia del envío será diaria. Estos Archivos son enviados desde el Operador hacia TELEFÓNICA y dejados en el subdirectorio de Entrada del Server “Terceros” (A_FCO)

Page 99: Oferta de Interconexión de referencia

- 99 -

Diseño de registro Header

Nro. Desde

Hasta Long. Tipo Descripción Observaciones

01 01 03 03 Alfanum.

Interfaz Record Type Code.

Para distinguir entre Header, trailer. ‘FDR’ Header ‘FTR’ Trailer.

02 04 06 03 Num. Inerface File Type Code. "001" Novedades de presuscripción. "002" para corrección presuscripción.

03 07 11 05 Num. UPS File Source Code. Ver tabla adjunta.(0) 04 12 15 04 Num. UPS File Sequence

Number. Número de lote del archivo.

05 16 21 06 Num. File Designator Record, File Effective Date.

Fecha Original de Proceso. DDMMYY

06 22 160 139 Alfanum.

Filler Primer 8 posiciones AAAAMMDD, en las siguientes 6 HHMMSS

(0) 00001 Movicom 00002 Miniphone 00003 CTI Sur 00004 Personal 00005 CTI Norte 00006 Unifon 00007 TELEFÓNICA 00008 TELEFÓNICA 00009 NEXTEL 00010 Directel 00011 Movilink 00012 AWT 00013 Unifon AMBA 00014 Personal AMBA 00015 CTI AMBA 00016 Impsat 00017 Comsat

Page 100: Oferta de Interconexión de referencia

- 100 -

Diseño de registro Tickets

Nro. Desde

Hasta Long. Tipo Descripción Observaciones

01 01 03 03 Num. Código de registro Tickets

“002” para presuscripción.

02 04 21 18 Alfanum.

Número Abonado llamante

Ej: “1149683729“

03 22 39 18 Alfanum.

Número Abonado llamado. Numero discado sin cod. de acceso (17/18) ni PQR.

Ej: “1141481577“

04 40 47 08 Num. Fecha inicio llamada AAAAMMDD 05 48 53 06 Num. Hora inicio llamada HHMMSS 06 54 60 07 Num. Duración real En segundos 07 61 67 07 Num Duración valorizada En segundos 08 68 74 07 Num. Valorización 5 enteros 2 decimales 09 75 90 16 Alfanu

m. Id ticket del O. Facturador

(*)

10 91 93 03 Num. Tipo de Destino Valores posibles: 00: sin código acceso (llamada tipo urbana) 01: inicial discado (tipo interurbana) 02: inicial discado (interurbano c/carrier opcional) 03: inicial discado (internacional) 04: inicial discado (internacional c/carrier opcional) 05: discado inicial (CPP urbano) 06: discado entre PI y PU (CPP interurbano) 07: Inicial discado con CPP (CPP interurbano con carrier opcional)

11 94 96 03 Num PQR TASA:123, TASA: 222, MOVI: 321, etc.

12 97 99 03 Num. Código País Para exposición en la Factura de Descripción del País. (2)

13 100 103 04 Num Número de Lote Actual Puede coincidir con el UPS File Sequence Number

Page 101: Oferta de Interconexión de referencia

- 101 -

14 104 119 16 Alfanum

Identificador único puesto por el Tercero

Nro. que identifica al ticket según el tercero.

15 120 125 06 Num Long. Prefijo Interurbano

Para exposición en la Factura de Descripción Destino.

16 126 126 01 Num Tipo de Línea Llamante

(3)

17 127 130 04 Num Número de Lote Original del Tercero

Solo es utilizado para reenvíos de consumos devueltos con error en caso de utilizar cierre de lotes con correcciones.

18 131 160 30 Alfanu Filler Descripción del país para exposición en factura.

Diseño de registro Trailer Nro. Desd

e Hasta Long. Tipo Descripción Observaciones

01 01 03 03 Alfanum.

Interfaz Record Type Code.

Para distinguir entre header, trailer. ‘FDR’ Header ‘FTR’ Trailer.

02 04 06 03 Num. Inerface File Type Code. Idem Header. 03 07 11 05 Num. UPS File Source Code. Idem Header. 04 12 15 04 Num. UPS File Sequence

Number. Idem Header.

05 16 24 09 Num. File Designator Record, Detail Record Count

Cantidad de registros del archivo, sin incluir Header y Trailer.

06 25 160 136 Alfanum.

Filler

(1) Valores posibles: 00: sin código acceso (llamada tipo urbana) 01: Llamada interurbana, el primer dígito discado es 0. 02: Llamada interurbana c/carrier opcional, los primeros dígitos discados son 17. 03: Llamada internacional, los primeros dígitos discados son 00 04: Llamada internacional c/carrier opcional, los primeros dígitos discados son 18. 05: Llamada CPP urbano, los primeros dígitos discados son 15. 06: Llamada CPP interurbano, los dígitos que se encuentran entre el PI y PU son 15. 07: Llamada CPP interurbano con carrier opcional, los dígitos que se encuentran entre el PI y PU son 15. (2) Ver tabla adjunta:

Page 102: Oferta de Interconexión de referencia

- 102 -

(3) 0 = Línea Normal 1 = Teléfono Público/CET (1 y 2 se obtienen del ANI enviado por la LSB) 3 = Celulares. Nota: El operador de LD puede optar por enviar la descripción del PAIS a mostrar en factura o bien adecuar el código de país según la tabla que usa TELEFÓNICA en sus sistemas. 5.2.2. Archivo Resultado de Control/Validación de Lotes Una vez finalizado el control/validación del Lote se envía este archivo. Será denominado: SPND.SPDX.Znnnn.L.pgp La frecuencia de envío será diaria. Estos Archivos serán enviados desde TELEFÓNICA hacia el Operador y dejados en el Subdirectorio de Salida del Server “Terceros” (DE_FCO)

Archivo de control de lote Nro. Desde Hasta Long Descripción Observaciones

01

01 03 03 Interfaz File Type Code "001" Novedades de presuscripción. "002" para corrección presuscripción.

02

04 08 05 UPS-File Source Code Según n tabla (0).

03

09 12 04 UPS File Sequence Number

Número secuencial que identifica el archivo

04

13 18 06 File Designator Record, File effective Date

Fecha Original de Proceso.DDMMYY

05

19 19 01 Código de Estado Código de Resultado del Lote

06

20 26 07 Cantidad de Tickets del Lote

07

27 38 12 Importe Total del Lote Pesos

08

39 50 12 Importe Total del Lote U$S

09

51 62 12 Importe Total del Lote FO

09 75 100 25 Filler Es un archivo conteniendo un único registro en cuya posición 19 se encuentra el código de error detectado según el siguiente detalle: "E" Inconsistencia en Header "F" Inconsistencia en Trailer

Page 103: Oferta de Interconexión de referencia

- 103 -

"D" No coincide la cantidad de registros con la informada en el Trailer "G" La secuencia informada en Header no coincide con la informada en Trailer "I" El archivo no posee registro Trailer "J" En el archivo no existen registros de detalle (Llamadas) "M" Existen registros con código de registro diferente a FDR, 002, FTR. "C" La secuencia informada en Header/Trailer ya ha ingresado en otro lote anterior (Lote Duplicado) “L” Error de Desencriptado. “K” Error en cantidad de registros recibidos. (Mayor a la cant. máxima establecida) “O” Control OK. Archivo a procesar 5.2.3. Envío de errores detectados por TELEFÓNICA

11.1.4. 5.2.3.1. Diseño de archivo de errores TELEFÓNICA dejará a los Operadores de Larga Distancia un archivo con los tickets que poseen errores con Responsabilidad del Tercero para que éstos sean corregidos y reenviados. Cada archivo / Lote de registros que la LSB envíe a cada una de los Operadores incluirá:

- Un registro Header - Registros o Tickets de las llamadas con error - Un registro Trailer

Serán denominados SPND.SPDX.Ennnn.pgp La frecuencia del envío será diaria. Estos Archivos son depositados por TELEFÓNICA en el Subdirectorio de Salida del Server “Terceros” (DE_FCO)

Diseño de registro Header Nro. Desd

e Hasta Long. Tipo Descripción Observaciones

01 01 03 03 Alfanum.

Interfaz Record Type Code.

Para distinguir entre Header, trailer. ‘FDR’ Header ‘FTR’ Trailer.

02 04 06 03 Num. Inerface File Type Code. "001" Novedades de presuscripción. "002" para corrección presuscripción.

03 07 11 05 Num. UPS File Source Code. Ver tabla (0) 04 12 15 04 Num. UPS File Sequence

Number. Número secuencial con el que serán generados los errores, no es el Nro. de Lote del archivo.

05 16 21 06 Num. File Designator Record, File Effective Date.

Fecha Original de Proceso. DDMMYY

Page 104: Oferta de Interconexión de referencia

- 104 -

06 22 517 496 Alfanum.

Filler Primer 8 posiciones AAAAMMDD, en las siguientes 6 HHMMSS

Diseño de registro Tickets Nro. Desd

e Hasta Long. Tipo Descripción Observaciones

01 01 16 16 Usage Record ID Id del ticket 02 17 17 01 Num Tipo de Registro Erróneo Fijo “1” 03 18 177 160 Num. Registro de Ticket 04 178 517 340 Alfanu

m Filler

Diseño de registro Errores Nro. Desd

e Hasta Long. Tipo Descripción Observaciones

01 01 16 16 Usage Record ID Id del ticket 02 17 17 01 Num Tipo de Registro

Erróneo Fijo “2”

03 18 21 04 Num Código de Error 04 22 53 32 Num. Nombre del campo con

error

05 54 517 464 Alfanum.

Filler

(1) Corresponde al Diseño del Registro de Tickets enviados por el OLD Solicitante a

TELEFÓNICA

Diseño de registro Trailer Nro. Desd

e Hasta Long. Tipo Descripción Observaciones

01 01 03 03 Alfanum.

Interfaz Record Type Code.

Para distinguir entre header, trailer. ‘FDR’ Header ‘FTR’ Trailer.

02 04 06 03 Num. Inerface File Type Code. "001" Novedades de presuscripción. "002" para corrección presuscripción.

Page 105: Oferta de Interconexión de referencia

- 105 -

03 07 11 05 Num. UPS File Source Code. Ver tabla (0) 04 12 15 04 Num. UPS File Sequence

Number. Número secuencial con el que serán generados los errores, no es el Nro. de Lote del archivo.

05 16 24 09 Num. File Designator Record, Detail Record Count

Cantidad de registros del archivo, sin Header ni Trailer.

06 25 517 493 Alfanum.

Filler

11.1.5. 5.2.3.2. Archivos de Morosidad

1.11.5.2.3.2.1.Transferencia Estarán a disposición de los Operadores cuatro (4) archivos de transferencia de morosidad, según el siguiente detalle: TM: contiene el detalle de llamadas que componen la deuda que se transfiere a los Terceros porque la deuda supera los plazos máximos definidos en la Oferta, respecto de la fecha de vencimiento original de factura. TP: contiene el detalle de llamadas que componen la deuda que se transfiere a los Terceros por eventos, situaciones puntuales como baja del acuerdo de facturación. TN: contiene el detalle de llamadas o conceptos que componen la deuda que se transfiere al Tercero, motivado por la negativa de pago del cliente ante la resolución desfavorable de su reclamo. TO: contiene el detalle de llamadas o conceptos que dentro de un plan de financiación de facturas impagas, se consideren como no financiables por TELEFÓNICA. Serán denominados: - SPND.SPDX.TMnnnn.pgp - SPND.SPDX.TPnnnn.pgp - SPND.SPDX.TNnnnn.pgp - SPND.SPDX.TOnnnn.pgp Donde:

SPND : identifica a TASA SPDX: identifica al Operador de L. Distancia con 4 letras.

nnnn es el número de secuencia La frecuencia de envío será mensual. Estos archivos se dejan a disposición del Operador en el subdirectorio de salida del Server “Terceros” (DE_FCO).

Page 106: Oferta de Interconexión de referencia

- 106 -

Diseño de Registro de Header NRO

NOMBRE FORM.

LONG D POS. OBSERVACIONES

INIC1 HD-TIPO-

REGISTO A 3 1 Distingue entre Header (FDR), trailer

(FTR) 2 HD-TIPO-

ARCHIVO N 3 4 "002" para presuscripción.

3 HD-INTERFACE N 5 7 Ver tabla (0).

4 HD-NUMERO N 4 12 Número secuencial del archivo correspondiente a la interfaces.

5 HD-FECHA N 6 16 Fecha de proceso en el sistema origen. File Effective Date: Fecha Original de Proceso YYMMDD.

6 FILLER A 330 22 TOTA

L 352

Page 107: Oferta de Interconexión de referencia

- 107 -

Diseño de Registro de Detalle NRO

NOMBRE FORM.

LONG D POS.OBSERVACIONES

INIC1 C-REGISTRO N 3 1 "002" para presuscripción. 2 FILLER A 10 4 Espacio para Código de producto 3 FILLER A 10 14 Espacio para Código de Operador 4 F-VENC N 8 24 Fecha Vto. factura - AAAAMMDD 5 F-BAJA N 8 32 Fecha Baja Ac. Factur. - AAAAMMDD 6 T-DOCUM A 3 40 Tipo de Documento 7 N-DOCUM N 11 43 Número de Documento 8 N-CUIT N 11 54 Número de Cuit 9 C-IVA A 2 65 Categoría de IVA (Ver tabla 4)

10 N-FACT A 15 67 Número de factura 11 C-CAT-CLI A 2 82 Código de categoría del Cliente 12 N-NUM-A A 10 84 Número de Línea (Abonado A) 13 D-NBRE A 40 94 Apellido y Nombre (Facturado) -

APELL-CLI, NOM-CLI (comprimidos) 14 D-DIREC A 50 134 Dirección (Facturada) - NOM-CALLE,

NUMERO-CALLE, PISO 15 D-LOCAL A 30 184 Localidad-NOM-CIUDAD 16 C-POST A 8 214 Código postal - PSTL-AREA-CD

17 C-PROV A 1 222 Código de Provincia (Ver tabla en FTIFACT)

18 C-MOT-TRAN A 3 223 Motivo de Transferencia (Ver tabla) 19 N-IDENT-FACT A 16 226 Nro. de identificación único de llamada

Oper. Facturador 20 F-LLAM N 8 24 Fecha llamada, AAAAMMDD 21 T-RESTO A 103 250 Redefinido según detalle adjunto

TOTAL

352

Redefine el campo T-

RESTO 1 C-PCION A 18 237 Nro. Abonado B 2 H-LLAM A 8 255 Hora de la llamada, HH:MM:SS 3 Q-MIN A 8 263 Duración o cantidad de minutos de la

llamada - MMMMM:SS 4 I-IMPORTE N 7 2 271 Consumo de la llamada

5 P-IVA N 2 4 280 Alícuota de IVA 6 I-IVA N 7 2 286 Ceros 7 P-IVA-AD N 2 4 295 Alícuota de IVA Adicional 8 I-VA-ADIC N 7 2 301 Ceros

Page 108: Oferta de Interconexión de referencia

- 108 -

9 I-TOT N 8 2 295 Ceros 10 WF-C-ID-LLAM-

ORIG A 16 16 Id llamada del Operador originante

11 WF-N-LOTE-ORIG

N 4 4 Id lote del Operador originante

TOTAL

103

Diseño de Registro de Trailer NRO

NOMBRE FORM.

LONG

D POS. OBSERVACIONES

INIC1 TR-TIPO-

REGISTO A 3 1 Para distinguir entre Header (FDR),

Trailer(FTR). 2 TR-TIPO-

ARCHIVO N 3 4 Idem Header

3 TR-INTERFACE N 5 7 Idem Trailer 4 TR-NUMERO N 4 12 Número de lote del archivo 5 TR-CANTIDAD N 9 16 Cantidad de registros del archivo, sin incluir

Header y Trailer.

6 TOTAL.-IMPORTE

N 15 2 25 Total Importe Transferido

7 TOTAL.-IVA N 15 2 42 Ceros 6 TOTAL.-IVA-

ADIC N 15 2 59 Ceros

6 TOTAL.-NETO N 15 2 76 Total Neto = campo 6 7 FILLER A 260 93 TOTA

L 352

1.12.5.2.3.2.2 Destransferencia Si bien hoy no se está informando en forma automática, se prevé que en el mediano plazo estará a disposición de los Operadores un archivo de destransferencia de morosidad, según el siguiente detalle: DM: contiene el detalle de pagos que ingresaron después de realizada la transferencia correspondiente. Será denominado: - SPND.SPDX.DMnnnn.pgp Donde: SPND: Identifica a TASA

SPDX: identifica al Operador de L. Distancia con 4 letras. nnnn es el número de secuencia

Page 109: Oferta de Interconexión de referencia

- 109 -

La frecuencia de envío será mensual. Este archivo se deja a disposición del Operador en el subdirectorio de salida del Server “Terceros” (DE_FCO).

Diseño de Registros de Header NRO. NOMBRE FORM. LONG. D POS. OBSERVACIONES

INIC1 HD-TIPO-

REGISTRO A 3 1 Distingue entre Header (FDR),

trailer (FTR) 2 HD-TIPO-

ARCHIVO N 3 4 "002" para presuscripción.

"019" para selección. 3 HD-INTERFASE N 5 7 Ver tabla (0)

4 HD-NUMERO N 4 12 Número secuencial del archivo correspondiente a las interfaces

5 HD-FECHA N 6 16 Fecha de Proceso en el sistema origen. File Effective Date: Fecha Original de Proceso DDMMYY

6 FILLER A 330 22 TOTA

L 352

Diseño de Registro de Detalle

NRO. NOMBRE FORM. LONG. D POS. OBSERVACIONES INIC

1 C-REGISTRO N 3 1 "002" para presuscripción. "019" para selección.

2 FILLER A 10 4 Espacio para Código de producto 3 FILLER A 10 14 Espacio para Código de Operador 4 F-VENC N 8 24 Fecha Vto. Factura - AAAAMMDD 5 F-BAJA N 8 32 Fecha Baja Ac. Factur. -

AAAAMMDD 6 T-DOCUM A 3 40 Tipo de Documento (Ver tabla) 7 N-DOCUM N 11 43 Número de Documento 8 N-CUIT N 11 54 Número de Cuit 9 C-IVA A 2 65 Categoría de IVA (Ver tabla en

FTIFACT) 10 N-FACT A 15 67 Número de factura 11 C-CAT-CLI A 2 82 Código de categoría del Cliente 12 N-NUM-A A 10 84 Número de Línea (Abonado A) 13 D-NBRE A 40 94 Apellido y Nombre (Facturado) -

APELL-CLI, NOM-CLI (comprimidos)

14 D-DIREC A 50 134 Dirección (Facturada) - NOM-CALLE, NUMERO-CALLE, PISO

15 D-LOCAL A 30 184 Localidad-NOM-CIUDAD

Page 110: Oferta de Interconexión de referencia

- 110 -

16 C-POST A 8 214 Código postal -

17 C-PROV A 1 222 Código de Provincia (Ver tabla en FTIFACT)

18 C-MOT-DES A 3 223 Motivo de destransferencia (Ver tabla)

19 N-IDENT-FACT A 16 226 Identificador único de llamada generado por Oper. Facturador

20 F-LLAM N 8 242 Fecha llamada, AAAAMMDD 21 T-RESTO A 103 250 Redefinido según detalle adjunto

TOTAL

352

Redefine del campo T-RESTO

1 N-NRO-B A 18 237 Número B 2 H-LLAM A 8 255 Hora de la llamada, HH:MM:SS 3 Q-MIN A 8 263 Duración o cantidad de minutos de la

llamada - MMMMM:SS 4 I-IMPORTE N 7 2 271 consumo de la llamada

5 P-IVA N 2 4 280 Alícuota de IVA 6 I-IVA N 7 2 286 Ceros

7 P-IVA-AD N 2 4 295 Alícuota de IVA Adicional 8 I-VA-ADIC N 7 2 301 Ceros

9 I-TOT N 8 2 310 Ceros N-IDENT-ORIGI A 16 Identificador de llamada generado

por el Oper. Originanate 10 N-LOTE-ORIG N 4 Nro. lote Oper. Originante

TOTAL

103

Diseño de Registro de Trailer NRO. NOMBRE FORM. LONG. D POS. OBSERVACIONES

INIC1 TR-TIPO-

REGISTRO A 3 1 Para distinguir entre Header (FDR),

Detail y Trailer (FTR),

Page 111: Oferta de Interconexión de referencia

- 111 -

2 TR-TIPO-ARCHIVO

N 3 4 Idem Header

3 TR-INTERFASE N 5 7 Idem Header

4 TR-NUMERO N 4 12 Número de lote del archivo

5 TR-CANTIDAD N 9 16 Cantidad de registros del archivo, sin incluir Header y Trailer.

6 TR-TOTAL.-IMPORTE

N 15 2 25 Total Importe Destransferido

7 TR-TOTAL.-IVA N 15 2 42 Ceros 8 TR-TOTAL.-IVA-

ADIC N 15 2 59 Ceros

9 TR-TOTAL.-NETO N 15 2 76 Total Neto ídem campo 6 10 FILLER A 260 93 TOTA

L 352

Nota: El diseño prevé el envío de la información a nivel de ticket. TELEFÓNICA lo hará a nivel de factura por lo que la información de ticket irá en blancos o ceros según el tipo de campo. En los campos de importes se enviará el importe global del concepto. 5.2.4. Archivo de Facturado: Este archivo está previsto a futuro. Los importes de IVA no serán suministrados dado que el cálculo se realiza a nivel de total del concepto y no ticket a ticket.

Diseño de Registro de Header NRO NOMBRE FOR LONG. LON DES OBSERVACIONES

ENT. DEC. TOT 1 HD-TIPO-REGISTO A 3 3 1 Distingue entre Header

(FDR), trailer (FTR) 2 HD-TIPO-ARCHIVO N 3 3 4 "002" para presuscripción

3 HD-INTERFACE N 5 5 7 Ver tabla (0)..

4 HD-NUMERO N 4 4 12 Número secuencial del archivo correspondiente a la interfaces.

5 HD-FECHA N 6 6 16 Fecha de proceso en el sistema origen. File Effective Date: Fecha Original de Proceso YYMMDD.

6 FILLER A 199 199 22 TOTAL 220

Page 112: Oferta de Interconexión de referencia

- 112 -

Page 113: Oferta de Interconexión de referencia

- 113 -

Diseño de Registro de Detalle

NRO. NOMBRE FOR LONG. LON. DES OBSERVACIONES ENT. DEC. TOT

1 WF-TIPO-REGISTO N 3 3 1 "002" para presuscripción. 2 FILLER A 10 10 4 Espacio para Código de

Producto 3 FILLER A 10 10 14 Espacio para Código de

Operador 4 WF-N-FACT A 15 15 24 Número de Factura 5 WF-F-EMISION N 8 8 39 Fecha de Emisión

AAAAMMDD 6 WF-F-VTO N 8 8 47 Fecha Vto. factura

AAAAMMDD 7 WF-ABDO-A A 10 10 55 Nro. de abonado 'A' 8 WF-CAT-IVA A 2 2 65 Categoría de IVA (Ver tabla

adjunta) 9 WF-C-PROV A 1 1 67 Código de Provincia (Ver

tabla adjunta) 10 WF-C-LOCALIDAD A 4 4 68 Código de Localidad (Ver

tabla adjunta) 11 WF-N-IDENT-FACT A 16 16 72 Identificador único de

llamada generado por Oper. Facturador

12 WF-F-CONS N 8 8 88 Fecha de consumo AAAAMMDD

13 WF-IMP-FACT N 9 2 11 96 Importe Total Facturado 14 WF-P-IVA-FACT N 2 4 6 107 Alícuota de IVA 15 WF-IVA-FACT N 6 4 10 113 Ceros 16 WF-P-IVA-AD-FACT N 2 4 6 123 Alícuota. de IVA Adic.

Facturado 17 WF-IVA-AD-FACT N 6 4 10 129 Ceros 18 WF—NUM-B A 18 18 139 Nro. de abonado 'B' 19 WF-H-CONS N 6 6 157 Hora de consumo 20 WF—DUR-REAL N 7 7 163 Duración Real 21 WF—DUR-VAL N 7 7 170 Duración Valorizada 22 WF-C-ID-LLAM-ORIG A 16 16 177 Ident. Llamada del Oper.

Originante 23 WF-N-LOTE-ORIG N 4 4 193 Lote del Oper. Originante 24 FILLER A 24 24 197 FILLER TOTAL 220

Page 114: Oferta de Interconexión de referencia

- 114 -

Diseño de Registro de Trailer NRO

. NOMBRE FOR LONG. LON

. DES OBSERVACIONES

ENT. DEC. TOT 1 TR-TIPO-REGISTO A 3 3 1 Para distinguir entre Header

(FDR), Trailer(FTR). 2 TR-TIPO-ARCHIVO N 3 3 4 "002" para presuscripción.

"019" para selección. 3 TR-INTERFACE N 5 5 7 Ver tabla (0) 4 TR-NUMERO N 4 4 12 Número de lote del archivo 5 TR-CANTIDAD N 9 9 16 Cantidad de registros del

archivo, sin incluir Header y Trailer

6 TR-TOT-IMP-FACT N 15 2 17 33 Total importe facturado 7 TR-TOT-IVA-FACT N 15 2 17 50 Ceros 6 TR-TOT-IVA-ADIC-

FACT N 15 2 17 67 Ceros

6 TR-TOT-NETO N 15 2 17 84 Total Neto = campo 6 7 FILLER A 140 140 224 TOTAL 220

Page 115: Oferta de Interconexión de referencia

- 115 -

5.2.5. Tablas Código Categoría de IVA Leyenda en Factura 00 Consumidor Final Consumidor Final 01 Responsable Inscripto IVA Responsable Inscripto 02 Sujeto No Categorizado Sujeto No Categorizado 03 No Responsable No Responsable IVA 04 Exento IVA IVA Exento 05 R.I. RG 3125 (DGI) IVA Responsable Inscripto 06 R.I. Reg. Promoción IVA Responsable Inscripto 07 R.I. RG 3125/3137 IVA Responsable Inscripto 08 Ent. Financ. L 21526 Ver nota (1) 09 Responsable a Tasa 0 Ver nota (1) 10 Res.Ins.CooOperador IVA Responsable Inscripto 11 Res.Ins.Cooprest.+5% IVA Responsable Inscripto 12 Regimen Simplificado Responsable Monotributo 13 Responsable No Inscripto IVA Respons. No Inscripto 5.2.6. Código de Provincia A SALTA B BUENOS AIRES C CAPITAL FEDERAL D SAN LUIS E ENTRE RIOS F LA RIOJA G SANTIAGO DEL ESTERO H CHACO I BUENOS AIRES NORTE J SAN JUAN K CATAMARCA L LA PAMPA M MENDOZA N MISIONES O BUENOS AIRES SUR P FORMOSA Q NEUQUEN R RIO NEGRO S SANTA FE

Page 116: Oferta de Interconexión de referencia

- 116 -

T TUCUMAN U CHUBUT V TIERRA DEL FUEGO W CORRIENTES X CORDOBA Y JUJUY Z SANTA CRUZ

1.13.5.2.7. Archivo de Reclamos: De implementación futura a coordinar. No se enviará nivel de ticket.

Diseño de Registro de Header Ord Campo For Lon Dde Hta Descripción

1 HD-TIPO-REGISTO

A 3 3 1 3 Distingue entre Header (FDR), trailer (FTR)

2 HD-TIPO-ARCHIVO

N 3 3 4 6 "002" para presuscripción. "019" para selección.

3 HD-INTERFACE N 5 5 7 11 Ver tabla (0) 4 HD-NUMERO N 4 4 12 15 Número secuencial del archivo

correspondiente a la interfaces. 5 HD-FECHA N 6 6 16 21 Fecha de proceso en el sistema origen. File

Effective Date: Fecha Original de Proceso YYMMDD.

6 FILLER A 303 303 22 324 TOTAL 324

Page 117: Oferta de Interconexión de referencia

- 117 -

Diseño de Registro de Detalle Ord Campo For Lon Dde Hta Descripción

1 Código de Registro N 3 3 1 3 "002" para presuscripción. "019" para selección.

2 Filler A 6 6 4 9 Código de Operador 3 Filler A 30 30 10 39 Nombre del Operador 4 Filler A 10 10 40 49 Código de Producto 5 Filler A 30 30 50 79 Descripción del Producto 6 Filler A 18 18 80 97 Prestación 7 Filler A 30 30 98 127 Descripción de la Prestación 8 Nro. de Factura A 15 15 128 1429 Nro. de Referencia A 15 15 143 157

10 Fecha de Vencimiento

N 8 8 158 165 (aaaa/mm/dd)

11 Nro. de Servicio A 20 20 166 185 Nro. de la línea de origen (sólo se informa la última para el corte de control por Operador, Producto, Prestación, Factura.

12 Indicador de Factura Paga / Impaga

A 1 1 186 186 "P" = Paga ; "I" = Impaga

13 Fecha de Registración

N 8 8 187 194 Fecha en que es dado de alta en el Sistema RyR (aaaa/mm/dd)

14 Nro. de Nota de Crédito

A 15 15 195 209

15 Fecha de Nota de Crédito

N 8 8 210 217 (aaaa/mm/dd)

16 Acreditación (SI/NO)

A 2 2 218 219 SI = Acreditado en próxima factura ; NO = No acreditado en próxima factura

17 Importe Facturado N 10,2

12 220 231 Importe facturado sólo por el concepto reclamado que no necesariamente es el total facturado para la factura.

18 IVA Facturado N 10,2

12 232 243 Importe del IVA facturado (sólo por el concepto reclamado que no necesariamente es el total facturado para la factura).

19 Tipo de Resolución A 1 1 244 244 F = Favorable ; D = Desfavorable ; P = Parcial20 Fecha Resolución. N 8 8 245 252 Fecha de Autorización de la Resolución

(aaaa/mm/dd) 21 Importe del Crédito N 10,

2 12 253 264 Importe Resuelto Favorable para el Cliente

22 IVA del Crédito N 10,2

12 265 276 IVA Resuelto Favorable para el Cliente

23 Importe Desfavorable

N 10,2

12 277 288 Importe Resuelto Desfavorable para el Cliente. Importe a pagar.

24 IVA Desfavorable N 10,2

12 289 300 IVA Resuelto Desfavorable para el Cliente. IVA a pagar.

25 Alicuota de IVA N 2,2 4 301 304 Del contribuyente, no del concepto.

Page 118: Oferta de Interconexión de referencia

- 118 -

26 Alicuota de IVA Adic,

N 2,2 4 305 308 Del contribuyente, no del concepto.

27 Filler A 16 16 309 324 id lote del Operador originante TOTAL 324

Diseño de Registro de Trailer Ord Campo For Lon Dde Hta Descripción

1 TR-TIPO-REGISTO

A 3 3 1 3 Para distinguir entre Header (FDR), Trailer(FTR).

2 TR-TIPO-ARCHIVO

N 3 3 4 6 "002" para presuscripción. "019" para selección.

3 TR-INTERFACE N 5 5 7 11 Ver tabla (0) 4 TR-NUMERO N 4 4 12 15 Número de lote del archivo 5 TR-CANTIDAD N 9 9 16 24 Cantidad de registros del archivo, sin incluir

Header y Trailer. 6 TR-TOT-IMP-

FACT N 15,

2 17 25 41 Total Importe Reclamado

7 TR-TOT-IVA-FACT

N 15,2

17 42 58 Total IVA

8 TR-TOT-IVA-ADIC-FACT

N 15,2

17 59 75 Total IVA adicional

9 TR-TOT-NETO N 15,2

17 76 92 Total Neto

10 FILLER A 232 232 93 324 TOTAL 324

1.14.

1.15.5.2.8. Envío del ‘parque’ de abonados El TELEFÓNICA a los Operadores TELEFÓNICA pondrá a disposición de los Operadores celulares la tabla correspondiente a sus Prefijos Interurbanos - Urbanos habilitados con la fecha de vigencia (desde / hasta) que correspondiera en cada caso. Las Operadoras utilizarán estos datos para identificar y seleccionar el conjunto de tickets de llamadas a ser enviadas a la LSB. En esta misma tabla se informarán los prefijos de los Operadores con el objeto de que se validen los abonados llamados a ser informados. Se denominará con el Nombre SPDD.SPDX.paajjj La frecuencia del envío será diaria. Estos Archivos serán enviados desde TELEFÓNICA hacia el Operador y dejados en Subdirectorio de Salida del Server “Terceros” (DE_FCO)

Page 119: Oferta de Interconexión de referencia

- 119 -

Archivo de TIOR para los Terceros con PFNNLongitud de Registro: 40 bytes

Tipo de Registro: HeaderNRO. NOMBRE FORM. LONG. POS.INIC. 1 OPER-H-CODIGO N 02 12 OPER-H-COD-OPER-ORG N 02 33 OPER-H-COD-TIPO-LOTE N 01 54 OPER-H-FECHA-GEN-LOTE N 08 65 OPER-H-HORA-GEN-LOTE N 06 146 FILLER X 21 20

Tipo de Registro: DetalleNRO. NOMBRE FORM. LONG. POS.INIC. 1 OPER-D-CODIGO N 02 12 OPER-D-PI X 04 33 OPER-D-PU X 04 74 OPER-D-RANGO-DESDE X 04 115 OPER-D-RANGO-HASTA X 04 156 OPER-D-FECHA-HABILITA N 08 197 OPER-D-FECHA-BAJA N 08 278 OPER-D-COD-OPER N 02 359 OPER-D-GTCS X 04 37

Tipo de Registro: TrailerNRO. NOMBRE FORM. LONG. POS.INIC. 1 OPER-T-CODIGO N 02 12 OPER-T-COD-OPER-ORG N 02 33 OPER-T-COD-TIPO-LOTE N 01 54 OPER-T-FECHA-GEN-LOTE N 08 65 OPER-T-HORA-GEN-LOTE N 06 146 OPER-T-CANT-REG-LOTE N 07 207 FILLER X 14 27

Page 120: Oferta de Interconexión de referencia

- 120 -

5.3. Validaciones Definidas

COD. ERROR

DESCRIPCION campo RESP.

1000 Algunos de los siguientes campos son no numéricos

duracion valorizada/n° de abonado llamante/n° de abonado llamado/duracion real/valorización

TERCERO

1001 Campos numéricos fuera de rango. numerico TERCERO 1002 Código inválido ó valor no esperado

en el campo correspondiente. pqr (distinto al definido)/ long. pi (mayor a 4 posiciones) / cod.reg.tickets (distinto a "002") / tipo linea (distinto a 0 ó 1)

TERCERO

1003 Long. del PI mayor a la esperada long-pref-iu TERCERO 1004 Fecha u hora no numérica hora/fecha inicio llamada TERCERO 1006 Hora inválida hora inicio llamada TERCERO 1008 Numero A no numérico n° de abonado llamante TERCERO 1009 Numero B no numérico n° de abonado llamado TERCERO 1010 Fecha del consumo inválida fecha inicio llamada (ej:

40/01/99) TERCERO

1011 Fecha fuera de los rangos establecidos

fecha inicio llamada TERCERO

1012 Duración real no numérica o cero TERCERO 1015 Tipo de línea invalida TERCERO 1016 Nro-lote-original inválido TERCERO 1048 El campo debe tener todos espacios

cuando es envío de novedades, ó números en reenvíos

n° de secuencia por error TERCERO

1052 Valorización con blancos, ceros o no numérica

TERCERO

1069 Abonado llamado no válido ( p.ej: longitud incorrecta)

nro. de abonado llamado TERCERO

1070 La longitud del nro. De servicio no esta entre 7/8 (desde prefijo urbano en adelante)

nro. de abonado llamante TERCERO

1073 Abonado llamante no válido ( p.ej: longitud incorrecta)

nro. de abonado llamante TERCERO

1075 Abonado ‘A’ inválido – Rango no figura en parque habilitado

nro. de abonado llamante TERCERO

2000 Formato de cualquiera de los campos del registro no definido en tabla, imposibilidad de validación

TERCERO

2004 Llega un valor no esperado en el campo

tipo de destino/tipo de llamada/tipo de servicio /rango numeración parque tasa

TERCERO

Page 121: Oferta de Interconexión de referencia

- 121 -

2206 Fecha Inválida por ser mayor a la fecha de la validación

fecha inicio llamada TERCERO

2018 Valorización Excesiva TERCERO 4000 Cliente no facturable nro. abonado llamante TERCERO 4011 Llamada inválida por pertenecer a

un servicio bloqueado por el cliente nro. abonado llamante TERCERO

4015 Llamada inválida por pertenecer a un servicio bloqueado por la Operadora Local

nro. abonado llamante TERCERO

4207 Por definición del Producto no esta habilitado el servicio.

nro. abonado llamante TERCERO

4301 Descripción de destino invalido TERCERO

4302 Cod-pais invalido TERCERO

7000 Llamada ya existente, ticket duplicado

TERCERO

Page 122: Oferta de Interconexión de referencia

- 122 -

ANEXO X TRATAMIENTO DE RECLAMOS DE FACTURACIÓN POR CUENTA Y ORDEN 1. Cuando un cliente de TELEFÓNICA presente un reclamo a TELEFÓNICA por la

existencia o por la duración de una Llamada de LD facturada por cuenta y orden del OLD Solicitante, TELEFÓNICA dará al cliente la información y las explicaciones que correspondan.

2. Si el cliente de TELEFÓNICA insistiera con su reclamo, TELEFÓNICA lo registrará en

sus sistemas, asociándolo con un número de trámite que lo identifique, y verificará la existencia de las Llamadas de LD facturadas por cuenta y orden del OLD Solicitante reclamadas, cotejando que el registro enviado por el OLD Solicitante concuerde con su correspondiente en la central de TELEFÓNICA de origen. TELEFÓNICA informará al cliente el resultado de la verificación, conforme los siguientes criterios:

2.1. Si no existiera la concordancia de registros indicada, el reclamo se declarará como “Favorable al Cliente”, TELEFÓNICA acreditará al cliente el importe reclamado y lo deducirá al OLD Solicitante mediante su inclusión en el siguiente LP de ajuste y en la siguiente liquidación de pago y Transferencia de Fondos que emita;

2.2. Si la concordancia de registros indicada existe, TELEFÓNICA dará al cliente la información y las explicaciones que correspondan.

3. Si el cliente desconociera la existencia de la llamada o está en desacuerdo con su duración,

TELEFÓNICA informará al cliente el detalle de las Llamadas de LD facturadas por cuenta y orden del OLD Solicitante efectuadas en el período de facturación correspondiente y declarará el reclamo como “Desfavorable al Cliente”, transfiriendo la gestión de cobro al OLD Solicitante según el proceso detallado en el punto 6 del Anexo VIII.

4. TELEFÓNICA facturará al OLD Solicitante Dólares Estadounidenses Cincuenta (U$S

50.-) por la gestión de cada reclamo que registre con un número de trámite, de acuerdo a lo indicado en el punto 2. de este Anexo.

5. TELEFÓNICA remitirá al Operador Solicitante la siguiente información:

5.1. Nro. de factura 5.2. Numeración nacional 5.3. Fecha de vencimiento de factura 5.4. Fecha de toma de reclamo 5.5. Monto del Reclamo 5.6. Fecha de resolución de reclamo 5.7. Motivo de resolución (Favorable o Desfavorable)

6. En caso que, de conformidad con lo establecido en el artículo 8° del Reglamento General

de Clientes del Servicio Básico Telefónico aprobado por Resolución SC 10.059/99, un cliente solicitare a TELEFÓNICA la información sobre la que está basada su facturación y que le sea entregada gratuitamente el respectivo detalle de llamadas, TELEFÓNICA se reserva el derecho de cobrar al Operador Solicitante la suma equivalente a U$S 0,08 por llamada detallada que haya sido facturada por su cuenta y orden.

Page 123: Oferta de Interconexión de referencia

- 123 -

ANEXO XI

CARGOS DE IMPLEMENTACIÓN DE LA FACTURACIÓN POR CUENTA Y ORDEN En el caso de que el Operador Solicitante solicite a TELEFÓNICA el servicio de Facturación por Cuenta y Orden, deberá hacerlo con una anticipación no menor a treinta (30) días y abonar el importe que corresponda por los conceptos que se indican a continuación: 1. Análisis de facturación por Cuenta y Orden

- Intercambio de Información - Facturación por Cuenta y Orden - Liquidación y Estados de cuenta de Facturación - Establecimiento de Acuerdos Técnicos y circuitos - Customización del Software para el Operador - Transferencia de morosidad - Control de facturados, facturables - Control de lotes - Establecimiento de circuitos de errores

2. Diseño

- Diseño Conceptual - Diseño Detallado

3. Aprobación de la propuesta

- Solución propuesta y plan de implantación 4. Asignación de Recursos Humanos y Técnicos 5. Logística 6. Construcción del Software 7. Pruebas

- Unitarias - Planificación de pruebas integrales - Ejecución de pruebas integrales - Test de Integridad con los Operadores

8. Conversión y Carga inicial de datos 9. Documentación 10. Capacitación del usuario 11. Soporte de Usuario 12. Puesta en marcha


Recommended