i
Equation Chapter 1 Section 1
Proyecto Fin de Carrera
Ingeniería de Organización Industrial
Estudio para Marcado CE de una mezcladora
horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
Autora: Nuria Isabel Mompín Dana
Tutor: Jesús Muñuzuri Sanz
Dep. Organización Industrial y Gestión de
Empresas II
Escuela Técnica Superior de Ingeniería
Universidad de Sevilla
Sevilla, 2018
iii
Proyecto Fin de Carrera
Ingeniería de Organización Industrial
Estudio para Marcado CE de una mezcladora
horizontal de piensos conforme a Directivas
europeas
Autora:
Nuria Isabel Mompín Dana
Tutor:
Jesús Muñuzuri Sanz
Catedrático
Dep. Organización Industrial y Gestión de Empresas II
Escuela Técnica Superior de Ingeniería
Universidad de Sevilla
Sevilla, 2018
v
Proyecto Fin de Carrera: Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a
Directivas europeas
a
Autora: Nuria Mompín Dana
Tutor: Jesús Muñuzuri Sanz
El tribunal nombrado para juzgar el Proyecto arriba indicado, compuesto por los siguientes miembros:
Presidente:
Vocales:
Secretario:
Acuerdan otorgarle la calificación de:
Sevilla, 2018
El Secretario del Tribunal
vii
A mi familia
A mis maestros
ix
Agradecimientos
legado este momento, no quiero dejar de acordarme de todos aquellos que me han apoyado a lo largo de
estos años, y agradecer su aliento para no dejar de luchar por finalizar estos estudios que inicié hace ya
varios años. Aunque conseguí con éxito compaginar trabajo y estudio, cuando solo faltaba por abordar
el trabajo final de la carrera, inicié un nuevo proyecto de vida, que con el paso de los años fue absorbiendo todo
mi tiempo.
Tras varios intentos frustrados, ha llegado el momento definitivo y mi última oportunidad de conseguirlo.
Agradezco a Jesús, mi tutor, el haber aceptado mi proyecto en este año tan complicado.
Y especialmente quiero dar las gracias a mi familia: papá, mamá, Jorge, por no dejar que me olvide de esta tarea
pendiente y darme toda su confianza. A mi marido y mi hi hijo Pablo por estar ahí. Y a mis amigos y compañeros
por prestarme ayuda incondicionalmente.
Sin ellos habría sido aún más complicado llegar hasta aquí, de modo que solo hay una palabra que cabe escribir
ahora y en letras muy grandes:
GRACIAS
.
Nuria Isabel Mompín Dana
Sevilla, 2018
L
xi
Resumen
a libre circulación de mercancías es uno de los pilares básicos de la Unión Europea. La existencia de
diferentes normativas aplicables a los productos industriales en los Estados Miembros, es uno de los
principales escollos para dicha libre circulación.
Para evitar estas trabas surge la Política de Nuevo Enfoque o Marcado CE de la Unión Europea que establece,
entre otras cosas:
una armonización legislativa de lo que se exige, desde el punto de vista legal, que cumpla cada producto,
para velar por la seguridad, salud e intereses económicos de los consumidores
la creación de un entorno técnico común que permita la confianza mutua entre los Estados Miembros,
de manera que los ensayos y certificados realizados en cualquiera de dichos países tengan la misma
validez legal.
El Marcado CE colocado sobre un producto, representa y supone una declaración de que cumple con los
Requisitos Esenciales de todas las Directivas que le aplican, y que ha seguido el procedimiento de evaluación
de la conformidad exigido por las mismas.
El presente documento muestra el resultado del estudio realizado a una máquina, para comprobar que es apta
para su función, regulación y mantenimiento en las condiciones previstas, sin exponer a peligros a las personas;
o verificar que se han tomado medidas para suprimir los riesgos o reducirlos en lo posible, y que, por tanto,
reúne las condiciones necesarias para el marcado CE. Esta máquina es una mezcladora horizontal de piensos.
Para realizar este estudio, previamente se deben conocer los requisitos técnicos de la máquina, identificando los
aspectos relativos a la seguridad del usuario. Así se trata de comprobar que la máquina satisface todos los
Requisitos Esenciales de Seguridad y Salud de todas las Directivas que le son de aplicación, una vez hayan sido
identificadas.
Esta comprobación se llevará a cabo a través de lo que se denomina Evaluación de la conformidad, y para ello
el fabricante podrá realizar los ensayos que considere pertinentes. Todo esto quedará registrado y aglutinado en
el Expediente Técnico de Construcción.
Si los resultados son positivos se podrá llevar a cabo la Declaración de CE de Conformidad del fabricante y el
posterior Marcado CE de la máquina. Todo el proceso hasta llegar a ese punto final, es lo que se describe en este
documento.
L
xiii
Abstract
ree movement of goods is one of the basic pillars of the European Union. The existence of different
regulations applicable to industrial products in the Member States is one of the main obstacles to this free
circulation.
To avoid these obstacles, the European Union's New Approach or Marking Policy establishes, among other
things,
• Legislative harmonization of what is required, from the legal point of view, to comply with each product, to
ensure the safety, health and economic interests of consumers
• the creation of a common technical environment that allows mutual trust between Member States, so that the
tests and certificates carried out in any of these countries have the same legal validity.
The CE Marking placed on a product represents and means a declaration that it complies with the Essential
Requirements of all the Directives that apply to it, and that it has followed the conformity assessment procedure
required by them.
This document shows the result of the study carried out on a machine, to verify that it is suitable for its function,
regulation and maintenance in the foreseen conditions, without exposing people to hazards; or verify that
measures have been taken to suppress the risks or reduce them as far as possible, and that, therefore, it meets the
necessary conditions for the CE marking. This machine is a horizontal feed mixer.
To carry out this study, the technical requirements of the machine must first be known, identifying aspects related
to user safety. This will try to verify that the machine meets all the Essential Health and Safety Requirements of
all the Directives that are applicable to it, once they have been identified.
This verification will be carried out through what is known as Conformity Assessment, and for this the
manufacturer may carry out the tests that he considers pertinent. All this will be registered and consolidated in
the Technical Construction File.
If the results are positive, the CE Declaration of Conformity of the manufacturer and the CE marking can be
carried out. The whole process to reach that final point, is what is described in this document.
F
xv
Índice
Agradecimientos ix
Resumen xi
Abstract xiii
Índice xv
Índice de Tablas xvii
Índice de Figuras xix
Notación xxi
1 Introducción y objeto del proyecto 1
2 ANTECEDENTES 3 2.1 Ámbito de aplicación 3
2.1.1 Productos sujetos a las directivas 3 2.1.2 Aplicación simultánea de directivas 4 2.1.3 Directiva 2001/95/CE relativa a la seguridad general de los productos 4
2.2 Responsabilidad 5 2.3 Cumplimiento de los requisitos 6 2.4 Procedimiento de evaluación de la conformidad 6
2.4.1 Módulos 6 2.4.2 Documentación asociada 7
2.5 Marcado CE 9
3 NORMAS Y REFERENCIAS 11 3.1 Análisis global 11 3.2 Análisis específico 12
3.2.1 Directiva 2014/35/UE “Material eléctrico con límite de tensión” 12 3.2.2 Directiva 2014/30/UE “Compatibilidad Electromagnética” 12 3.2.3 Directiva 2014/34/UE “Uso en atmósferas explosivas” 13 3.2.4 Reglamento (UE) nº 305/2011 “Productos de Construcción” 13 3.2.5 Directiva 2006/42/CE “Máquinas” 14 3.2.6 Directiva 2000/14/CE “Emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre” 14 3.2.7 Directiva 2014/68/UE “Equipos a presión” 16 3.2.8 Directiva 2001/95/CE “Seguridad general de productos” 16
4 REQUISITOS DE DISEÑO 17
5 ANALISIS DE SOLUCIONES 18 5.1 DIRECTIVA 2014/35/UE “Material con límite de tensión” 18
5.1.1 Análisis de Resultado: evaluación de descarte o aplicación. 18 5.2 DIRECTIVA 2014/30/UE “Compatibilidad Electromagnética” 18
5.2.1 Análisis de Resultado: evaluación de descarte o aplicación. 19
5.3 DIRECTIVA 2006/42/CE “Máquinas” 19 5.3.1 Análisis de Resultado: evaluación de descarte o aplicación. 20
6 RESULTADOS FINALES 21 6.1 Aplicación 21 6.2 Procedimiento de evaluación de la conformidad 21 6.3 Documentación Técnica 22 6.4 Declaración de conformidad 22 6.5 Placa 25 6.6 Ensayos 25
7 EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS 27 7.1 DESCRIPCIÓN DE LA MÁQUINA 27
7.1.1 DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA MÁQUINA 27 7.1.2 PLANO GENERAL 29 7.1.3 ESTRUCTURA Y FUNCIONES 29 7.1.4 CARACTERISTICAS 30 7.1.5 DEFINICIÓN DE LOS LÍMITES DE LA MÁQUINA 34
7.2 REQUISITOS ESENCIALES DE SEGURIDAD Y SALUD 34 7.2.1 REQUISITOS ESENCIALES DE SEGURIDAD Y SALUD 34 7.2.2 REQUISITOS ESENCIALES DE SEGURIDAD Y SALUD PARA ALGUNAS CATEGORIAS DE MÁQUINAS. MÁQUINAS AGROALIMENTARIAS 58
7.3 LISTADO DE NORMAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y METODOLOGÍAS UTILIZADAS PARA EL DISEÑO DE LA MÁQUINA 59
7.3.1 NORMATIVA Y LEGISLACIÓN DE APLICACIÓN PARA EL DISEÑO 59 7.4 DESCRIPCIÓN DE LAS SOLUCIONES ADOPTADAS PARA PREVENIR LOS RIESGOS PRESENTADOS POR LA MÁQUINA 61
7.4.1 GENERALIDADES 61 7.4.2 CUMPLIMIENTO DE LA DIRECTIVA 2014/35/UE DE BAJA TENSIÓN 78 7.4.3 CUMPLIMIENTO DE LA DIRECTIVA 2014/30/UE DE COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNÉTICA 79
8 CONCLUSIONES 80
Glosario 82
Bibliografía 83
Anexo A : MANUAL DE INSTRUCCIONES DE UTILIZACION Y MANTENIMIENTO 84
Anexo B: PLANOS 98
Anexo C: DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD 101
Anexo D: PRESUPUESTO 103
xvii
ÍNDICE DE TABLAS
TABLA 1: Módulos para la Evaluación de la Conformidad 6
TABLA 2: Resultado Análisis de Directivas para Mezcladora Horizontal de Pienso 17
TABLA 3: Módulo A-Control interno de fabricación 21
xix
ÍNDICE DE FIGURAS
ILUSTRACIÓN 1: Esquema general de la máquina 1
ILUSTRACIÓN 2: Esquema de posibles procedimientos de Evaluación de la Conformidad 7
ILUSTRACIÓN 3: Documentación técnica de fabricación de la máquina 9
ILUSTRACIÓN 4: Marcado CE 10
ILUSTRACIÓN 5: Ejemplo Declaración de Conformidad 24
ILUSTRACIÓN 6: Partes principales de la mezcladora horizontal de pienso 28
ILUSTRACIÓN 7: Estructura mezcladora 30
ILUSTRACIÓN 8: Motor 31
ILUSTRACIÓN 9: Reductor 32
ILUSTRACIÓN 10: Tornillo sin fin 32
ILUSTRACIÓN 11: Cilindros neumáticos 33
ILUSTRACIÓN 12: Tolva de recepción 34
ILUSTRACIÓN 13: Identificación de peligros y valoración del riesgo 63
ILUSTRACIÓN 14: Modelo de Placa 77
xxi
Notación
(CEM)
Db
Db(A)
Kg
kW
mm
Pa
PS
Rpm
V
Compatibilidad electromagnética
Decibelios
Decibelios ajustados con la ponderación A
Kilogramo
Kilovatio
Milímetro
Pascales
Presión Máxima Admisible
Revoluciones por minuto
Voltios
v.a.c Voltios corriente alterna
posiciones (“0/I”)
€
posición apagado/encendido
Euro
: Tal que
< Menor o igual
> Mayor o igual
\ Backslash
1
1 INTRODUCCIÓN Y OBJETO DEL PROYECTO
ara facilitar el libre comercio de los productos en general, se crea la Política de Nuevo Enfoque de la
Unión Europea o de Marcado CE. Este requerimiento, del Marcado CE, tiene una serie de consecuencias
de índole práctica: obligación del Marcado CE para muchos productos, libre acceso a los Mercados sin
necesidad de realizar ninguna homologación, y la posibilidad de que el fabricante realice los ensayos y
certificaciones que pudieran ser necesarios, en cualquier país de la Unión Europea.
La máquina para la que se realizará el estudio objeto de este proyecto se denomina Mezcladora Horizontal de
Piensos. Como se ha indicado en el apartado Resumen, se tratará de comprobar que la máquina cumple con los
Requisitos Esenciales de Seguridad conforme a las Directivas Europeas de aplicación, y, se describirán los pasos
hasta llegar a la Declaración de Conformidad por parte del fabricante y el posterior fijado del Marcado CE.
Los principales componentes de la Mezcladora Horizontal de Piensos son:
CUADRO DE CONTROL
ESTRUCTURA FIJA
SISTEMA DE TRANSMISIÓN
TORNILLO SINFIN
TAJADERAS
TOLVA DE RECEPCIÓN
Se muestran a continuación en este esquema general de la máquina:
ILUSTRACIÓN 1: Esquema general de la máquina
En el presente estudio se analizará el procedimiento a aplicar a este producto para que cumpla con todas las
obligaciones derivadas de las Directivas que le sean aplicables.
P
INTRODUCCIÓN Y OBJETO DEL PROYECTO
2
Para ello se procederá de la siguiente forma:
Se revisará la documentación de partida: planos, manuales, especificaciones técnicas, composición y
comprobación de las directivas, normas o ensayos que le son de aplicación.
Se emitirá un documento detallado, que recogerá :
- Descripción del producto
- Resultados del análisis de las posibles directivas aplicables
- Directivas finalmente aplicables al producto
- Pasos a seguir para cumplir con la directiva
- Relación de normas o ensayos que le son de aplicación
- Procedimientos para la incorporación del Marcado “CE”.
3
2 ANTECEDENTES
os objetivos de las primeras directivas de armonización se centraron en la supresión de barreras y en la
libre circulación de mercancías en el mercado único. Estos objetivos se han ido completando por una
política integral dirigida a garantizar que únicamente los productos seguros y conformes podrán llegar al
mercado, promoviendo así una protección eficaz de los consumidores y los usuarios profesionales de la UE, así
como un mercado único europeo competitivo. Las políticas y las técnicas legislativas han evolucionado a lo
largo de los últimos 40 años de integración europea, especialmente en el ámbito de la libre circulación de
mercancías, contribuyendo así al éxito del actual Mercado Único. Históricamente, la legislación de la UE relativa
a las mercancías ha progresado a través de cuatro fases principales:
el enfoque tradicional o Antiguo Enfoque
el Nuevo Enfoque, desarrollado en 1985 que limitaba el contenido de la legislación a “los requisitos
esenciales”, dejando los detalles técnicos a las normas europeas armonizadas. Por su parte, esto condujo
al desarrollo de la política de normalización europea para respaldar esta legislación,
el desarrollo de los instrumentos de evaluación de la conformidad
el Nuevo Marco Legislativo (NML) adoptado en julio de 2008, que se basaba en el nuevo enfoque y
que completaba al marco legislativo general con todos los elementos necesarios para una evaluación de
la conformidad, una acreditación y una vigilancia del mercado eficaces, incluido el control de los
productos procedentes de fuera de la Unión.
El NML, hace hincapié en la comercialización del producto, por lo que concede más importancia a lo que sucede
después de que el producto sea puesto a disposición por primera vez. Cobra importancia, por tanto, la vigilancia
del mercado.
En virtud del Reglamento (CE) nº 765/2008, las autoridades nacionales de vigilancia del mercado tienen
obligaciones claras de controlar proactivamente los productos comercializados, de organizarse entre sí y de
garantizar la coordinación entre sí a escala nacional, y de cooperar a escala de la UE. Todos los Estados
miembros deben adoptar medidas apropiadas para evitar la comercialización y el uso de productos no conformes.
Los agentes económicos tienen la obligación clara de cooperar con las autoridades nacionales de vigilancia del
mercado y de adoptar medidas correctoras si fuera necesario. Las autoridades nacionales de vigilancia del
mercado tienen la autoridad para imponer sanciones que podrían incluir la destrucción de productos.
2.1 Ámbito de aplicación
2.1.1 Productos sujetos a las directivas
Con la aplicación de la Política Comunitaria de Marcado CE o de Nuevo Enfoque, se brinda la oportunidad a
muchas empresas de acceder a todo el mercado de la Unión Europea a través del Marcado CE de sus productos,
evitando tener que realizar ensayos u homologaciones en los lugares de destino.
Esta Política se aplica a productos destinados a ser comercializados (o a entrar en servicio) por vez primera en
el mercado comunitario. Por consiguiente, las directivas se aplican a los nuevos productos fabricados en los
Estados miembros y a los productos nuevos, usados y de segunda mano importados de países terceros.
El concepto de producto varía entre una directiva y otra y es responsabilidad del fabricante comprobar si su
producto entra en el ámbito de aplicación de una o varias directivas.
Los productos que han sido objeto de modificaciones importantes pueden considerarse nuevos productos que
deben cumplir las disposiciones de las directivas aplicables al ser comercializados en el mercado comunitario y
entrar en servicio. Este extremo debe evaluarse caso por caso, a menos que se establezca lo contrario.
L
ANTECEDENTES
4
Los productos que han sido reparados sin cambiar sus prestaciones, finalidad o tipo originales no están sujetos
a la evaluación de la conformidad con arreglo a las directivas.
2.1.2 Aplicación simultánea de directivas
Los requisitos establecidos por las directivas de Marcado CE pueden coincidir o complementarse entre sí, en
función de los riesgos cubiertos por dichos requisitos relacionados con el producto en cuestión.
La comercialización y la puesta en servicio sólo pueden tener lugar si el producto cumple lo dispuesto en todas
las directivas aplicables y si se ha realizado la evaluación de la conformidad con arreglo a todas las directivas
aplicables.
En caso de que el mismo producto o riesgo esté cubierto por dos o más directivas, este deberá cumplir los
requisitos de ambas, complementando la más restrictiva. En ocasiones de no cumplimiento de los ámbitos, la
aplicación de las directivas podrá quedar excluida de acuerdo con un enfoque que incluye un análisis de los
riesgos del producto a la luz de su uso previsto definido por el fabricante.
2.1.3 Directiva 2001/95/CE relativa a la seguridad general de los productos
La Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de diciembre de 2001, relativa a la
seguridad general de los productos impone una obligación general de seguridad a cualquier producto destinado
a los consumidores, que se comercializan en la Unión Europea.
La obligación general de seguridad afecta a los productores, a los distribuidores y a todos los Estados miembros,
quienes tienen el deber de garantizar que los productos sean seguros.
Se aplica a los productos de consumo suministrados en el curso de una actividad comercial, siempre que:
el producto no esté cubierto por directivas de Nuevo Enfoque u otras disposiciones legales comunitarias,
(no existan disposiciones comunitarias específicas que regulen la seguridad del producto concreto) o
bien
todos los aspectos de seguridad o categorías de riesgo no estén cubiertos por directivas de Nuevo
Enfoque u otras disposiciones legales comunitarias (existan aspectos, riesgos o categorías de riesgo no
previstos en las disposiciones específicas).
Todos los Estados miembros tienen la obligación de transponer dicha Directiva a su ordenamiento jurídico
interno.
En España esa transposición se ha realizado a través del Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre
seguridad general de los productos.
Para evaluar si un producto es seguro se debe examinar:
que cumpla la normativa comunitaria específica para este tipo de productos
que cumpla la normativa nacional específica del estado miembro en cuyo territorio se comercializa
que cumpla las normas nacionales no obligatorias que sean transposición de normas europeas
armonizadas.
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
5
Se considera que un producto es seguro cuando en condiciones de utilización normales o razonablemente
previsibles, no presente ningún riesgo, o únicamente presente riesgos mínimos que sean compatibles con el uso
de producto y considerados admisibles, teniendo en cuenta los siguientes elementos:
las características del producto
el efecto sobre otros productos junto con los cuales sea previsible se pueda utilizar
la información que acompaña al producto
la presentación y publicidad del producto
las categorías de consumidores que estén en condiciones de riesgo en la utilización del producto, en
particular los niños y las personas mayores.
2.2 Responsabilidad
El Marcado CE lo fija el propio fabricante al finalizar la fase de control de producción, asumiendo toda
responsabilidad por el producto comercializado.
Se entiende por fabricante cualquier persona física o jurídica que es responsable de diseñar y elaborar un
producto para comercializarlo con su propio nombre en la Unión Europea.
Las responsabilidades de un fabricante también se pueden aplicar a cualquier persona física o jurídica que
ensambla, envasa, procesa o etiqueta un producto para comercializarlo con su propio nombre en la Unión
Europea.
El fabricante es el responsable de los procedimientos de certificación y, en su caso, de la certificación de la
conformidad de un producto que debe:
Garantizar el cumplimiento del producto con los requisitos esenciales de las Directivas de Aplicación.
Elaborar la documentación o Expediente Técnico
Firmar la Declaración “CE” de conformidad.
Fijar el marcado “CE”
El representante legal o mandatario, designado por el fabricante para actuar en su nombre y establecido en la
Unión Europea, puede ser el responsable para determinadas obligaciones previstas en las Directivas, como el
mantenimiento de la documentación técnica, presentación de la solicitud de Examen “CE” de tipo o la firma de
la Declaración “CE” de conformidad.
Tener un mandatario o representante legal es una opción del fabricante. En algunos procedimientos que
requieren certificación obligatoria, esta figura es imprescindible cuando el fabricante no reside en la Unión
Europea.
Cuando ninguno de los dos esté establecido en la Unión Europea, la persona que comercialice el producto en la
UE asume todas las responsabilidades y se convierte en fabricante.
Esta persona deberá asegurarse de que el producto es conforme con los requisitos esenciales y poder facilitar la
información pertinente (declaración de conformidad, documentación técnica, etc.) a efectos de control.
Un fabricante radicado en la Unión Europea no podrá acogerse a este sistema y traspasar de esta manera su
responsabilidad a terceros (revendedores, mayoristas, usuarios, etc.).
El fabricante asume la responsabilidad aunque pueda subcontratar parte o todo el diseño o la fabricación, siempre
y cuando sea responsable del producto final poniéndole la propia marca.
Cuando un producto es fabricado por varios fabricantes, es el último fabricante, el que realiza el ensamblaje final
antes de la comercialización o puesta en conformidad del producto, el responsable que debe de cumplir con los
ANTECEDENTES
6
requisitos esenciales de las directivas.
2.3 Cumplimiento de los requisitos
Las normas armonizadas son especificaciones técnicas de carácter no obligatorio, elaboradas por CEN-
CENELEC o ETSI, bajo mandato de la Comisión europea, publicadas en el D.O.C.E. de acuerdo con lo
establecido en la Directiva 83/189/CEE, y adoptadas por los Estados Miembros.
Estas normas armonizadas tienen en España, habitualmente la codificación UNE-EN.
Básicamente, son documentos normativos que recogen los requisitos esenciales de seguridad, confieren
presunción de conformidad con dichos requisitos y fijan el nivel de seguridad alcanzable y exigible al producto
en el momento de su fabricación.
Se considera que existen normas armonizadas en el sentido del Nuevo Enfoque cuando los organismos de
normalización europeos presentan formalmente a la Comisión las normas europeas elaboradas o determinadas
de conformidad con el mandato.
2.4 Procedimiento de evaluación de la conformidad
2.4.1 Módulos
La evaluación de la conformidad es el proceso llevado a cabo por el fabricante para demostrar si se cumplen o
no los requisitos específicos relativos a un producto.
Un producto está sujeto a evaluación de la conformidad tanto durante la fase de diseño como durante la de
producción.
La evaluación de la conformidad se subdivide en módulos que incluyen un número limitado de procedimientos
distintos aplicables a la mayor gama posible de productos. Los módulos se refieren a la fase de diseño de los
productos o a su fase de producción, o a ambas. Los ocho módulos básicos y sus ocho variantes posibles pueden
combinarse entre sí de diversas maneras a fin de establecer procedimientos completos de evaluación de la
conformidad.
Los módulos usados tanto para la fase de diseño como para la de producción, o para estas fases por separado,
pueden implicar o no a un organismo notificado.
Los organismos de evaluación de la conformidad internos acreditados deben demostrar el mismo nivel de
capacidad técnica y de imparcialidad que los organismos notificados.
Cada directiva de Marcado CE describe el alcance y contenido de los posibles procedimientos de evaluación de
la conformidad que se considera que otorgan el nivel de protección necesario. Asimismo, las directivas
establecen los criterios que regulan las condiciones con arreglo a las cuales el fabricante puede elegir en caso de
que se prevean varias opciones.
En la tabla siguiente se describen los ocho módulos básicos:
TABLA 1: Módulos para la Evaluación de la Conformidad
MO
DU
LO
S
A Control interno de la
producción
Abarca el control interno el diseño y la producción. Este módulo no
requiere la intervención de un organismo notificado.
B
Examen de tipo CE
Abarca la fase de diseño y debe ir seguido de un módulo que permita la
evaluación en la fase de producción. Un organismo notificado emite el
certificado de examen tipo CE.
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
7
C
Conformidad con el tipo
Abarca la fase de producción y sigue el módulo B. Se ocupa de la
conformidad con el tipo descrito en el certificado de examen de tipo CE
emitido con arreglo al módulo B. Este módulo no requiere la intervención
de un organismo notificado.
D
Aseguramiento de la
calidad de la
producción
Abarca la fase de producción y sigue el módulo B. Se deriva de la norma
de aseguramiento de la calidad EN ISO 9001, con la intervención de un
organismo notificado que será responsable de la aprobación y control del
Sistema de Calidad establecido por el fabricante.
E
Aseguramiento de la
calidad del producto
Abarca la fase de producción y sigue el módulo B. Se deriva de la norma
de aseguramiento de la calidad EN ISO 9001, con la intervención de un
organismo notificado que será responsable de la aprobación y control del
Sistema de Calidad establecido por el fabricante.
F
Verificación del
producto
Abarca la fase de producción y sigue el módulo B. Un organismo
notificado controla la conformidad con el tipo descrito en el certificado de
examen de tipo emitido con arreglo al módulo B y emite un certificado de
conformidad.
G
Verificación de
unidades
Abarca las fases de diseño y producción. Un organismo notificado
examina cada unidad del producto, controla la verificación unitaria del
diseño y producción de cada producto y emite un certificado de
conformidad.
H
Aseguramiento integral
de la calidad
Abarca las fases de diseño y producción. Se deriva de la norma de
aseguramiento de la calidad EN ISO 9001, con la intervención de un
organismo notificado que será responsable de la aprobación y control del
Sistema de Calidad establecido por el fabricante.
En el esquema siguiente se representa la disposición de los módulos anteriores:
ILUSTRACIÓN 2: Esquema de posibles procedimientos de Evaluación de la Conformidad
2.4.2 Documentación asociada
En relación con el Marcado CE de un producto, existen una serie de documentos que recogen diversa
información relacionada con él. La generación de esta documentación (con alguna excepción) no es una opción
para el fabricante, sino que debe existir en el momento de comercializar o poner en servicio el producto.
ANTECEDENTES
8
Los documentos considerados necesarios y asociados al Marcado CE son: expediente técnico de construcción o
dossier técnico, manual de instrucciones y declaración de conformidad.
2.4.2.1 Documentación técnica
El fabricante debe elaborar un expediente técnico (documentación técnica) que contenga la información
suficiente que permita demostrar la conformidad del producto en cuestión (mediante resultados de ensayos,
pruebas, planos, cálculos, etc.), así como la declaración de conformidad CE correspondiente.
Este expediente técnico es la justificación documental del cumplimiento de los Requisitos Esenciales aplicables,
y de haber seguido uno de los métodos de evaluación de la conformidad admitidos para el producto. La autoridad
competente puede solicitar al fabricante o su representante esta justificación.
La documentación técnica además, está destinada a facilitar información sobre el diseño, fabricación y
funcionamiento del producto.
Generalmente, las Directivas indican la documentación técnica que permitirá evaluar si el producto cumple los
requisitos pertinentes, e incluirá un análisis y una evaluación del riesgo adecuados incluyendo como mínimo lo
siguiente:
identificación del fabricante
una descripción general del producto
los planos de diseño y fabricación, así como los esquemas de los componentes, subconjuntos, circuitos,
etc.,
las descripciones y explicaciones necesarias para la comprensión de dichos planos y esquemas y de
funcionamiento del producto,
una lista de las normas armonizadas u otras especificaciones técnicas pertinentes cuyas referencias se
hayan publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, aplicadas íntegramente o en parte, así como
descripciones de las soluciones adoptadas para cumplir los requisitos esenciales del instrumento jurídico
en caso de que no se hayan aplicado dichas normas armonizadas. En caso de normas armonizadas que
se apliquen parcialmente, se especificarán en la documentación técnica las partes que se hayan aplicado
los resultados de los cálculos de diseño, controles efectuados, etc.,
los informes de los ensayos
2.4.2.2 Manual de instrucciones
Cada producto deberá ir acompañado de la documentación necesaria para que, utilizado en las condiciones
previstas por el fabricante, no ocasione ningún daño a los potenciales usuarios, y sea adecuado al uso que se le
prevé.
Cada Directiva define los contenidos que considera necesarios para los Manuales de Instrucciones de los
productos que regula.
En la práctica el formato puede variar entre una extensa colección de volúmenes, y unos sencillos esquemas
impresos sobre el envase (dependiendo del tipo de producto).
2.4.2.3 Declaración de conformidad CE
El fabricante o su representante autorizado establecido dentro de la Comunidad deben elaborar una declaración
de conformidad CE como parte del procedimiento de evaluación de la conformidad establecido en las Directivas
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
9
de Marcado CE.
Con este documento, el firmante “Declara bajo su responsabilidad” que el producto cumple con los Requisitos
Esenciales de las Directivas que le afectan, y que ha llevado a cabo los procedimientos de evaluación de la
Conformidad establecidos en las mismas.
La declaración de conformidad CE debe contener toda la información relevante para identificar las directivas
con arreglo a las cuales se emite, así como al fabricante, su representante autorizado, en su caso el organismo
notificado, el producto y, si está previsto, una referencia a las normas armonizadas u otros documentos
normativos.
Siempre que un producto esté regulado por varios textos de legislación de armonización de la Unión que
requieran una declaración UE de la conformidad, se requerirá una declaración de conformidad única.
La declaración de conformidad única puede estar formada por un expediente que contenga todas las
declaraciones de conformidad individuales pertinentes.
Algunas Directivas obligan a que el producto vaya acompañado de la Declaración de Conformidad, mientras
que otras obligan a que el fabricante la elabore y conserve a disposición.
ILUSTRACIÓN 3: Documentación técnica de fabricación de la máquina
2.5 Marcado CE
El marcado CE simboliza la conformidad del producto con todos los requisitos comunitarios impuestos al
fabricante.
El marcado CE colocado en los productos constituye una declaración por parte de la persona que la ha colocado
de que:
el producto se ajusta a todas las disposiciones comunitarias, y
se han llevado a cabo los procedimientos pertinentes de evaluación de la conformidad.
El marcado CE es obligatorio y debe colocarse antes de que un producto sujeto a la misma sea comercializado
o puesto en servicio, salvo en el caso de que una directiva específica disponga lo contrario.
Si los productos están sujetos a varias directivas, las cuales establecen el marcado CE, el marcado indica que se
presume que los productos son conformes con las disposiciones de todas estas directivas.
Fabricante,
Representante
o Importador
Análisis de
Directivas y
Normas
Armonizadas
Expediente
Técnico
Manual de
Instrucciones
Declaración de
Conformidad
CE
ANTECEDENTES
10
Un producto no puede llevar el marcado CE si no está amparado por una directiva que disponga su colocación.
El marcado CE debe ser colocado por el fabricante o su representante autorizado establecido dentro de la
Comunidad.
El marcado CE debe tener la forma que se muestra a continuación. Si se amplía o reduce el tamaño del marcado
CE, deben mantenerse las proporciones.
ILUSTRACIÓN 4: Marcado CE
El marcado CE debe colocarse de forma visible, legible e indeleble en el producto o en su placa de características.
Sin embargo, si esto no es posible o no puede hacerse debido a la naturaleza del producto, debe colocarse en el
embalaje, en su caso, y en los documentos de acompañamiento, si la directiva de que se trate prevé dicha
documentación.
Si un organismo notificado participa en la fase de control de la producción con arreglo a las directivas aplicables,
su número de identificación debe figurar a continuación del marcado CE. El número de identificación debe
colocarlo, bajo la responsabilidad del organismo notificado, el fabricante o su representante autorizado
establecido en la Comunidad.
Resulta habitual que una máquina tenga partes eléctricas e incluya componentes electrónicos en sus sistemas de
control y mando, por lo que resulta común que le afecten varias Directivas.
Esa circunstancia se traduce en varias obligaciones del fabricante:
cumplir con los requisitos de todas las Directivas
seguir los procedimientos de evaluación establecidos en ellas
elaborar el Expediente Técnico
elaborar el Manual de Instrucciones
emitir la Declaración de Conformidad para todas ellas
colocar el Marcado CE sobre el producto
11
3 NORMAS Y REFERENCIAS
3.1 Análisis global
Para iniciar el proceso de evaluación del producto con vistas a la obtención del Marcado CE se establece un
primer acercamiento a modo global. Para ello se presenta un listado de las posibles Directivas, enmarcándose la
primera referencia de búsqueda de aplicación para este producto, considerado producto industrial.
A continuación se relacionan las Directivas Europeas relativas a productos industriales que se han tenido en
cuenta, en un primer acercamiento, para la ejecución de los trabajos.
Directiva 2014/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la
armonización de las legislaciones de los estados miembros en materia de comercialización de material
eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión (“Material eléctrico con límite de
tensión”)
Directiva 2014/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la
armonización de las legislaciones en materia de compatibilidad electromagnética (refundición)
(“Compatibilidad electromagnética”)
Directiva 2014/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la
armonización de las legislaciones de los estados miembros en materia de aparatos y sistemas de
protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas (refundición) (“Uso en atmósferas
explosivas”)
Reglamento (UE) nº 305/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el
que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción
(“Productos de construcción)
Directiva 2006/42/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a las
máquinas y por la que se modifica la Directiva 95/16/CE (refundición) (“Máquinas”)
Directiva 2000/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a la
aproximación de las legislaciones de los estados miembros sobre emisiones sonoras en el entorno
debidas a las máquinas de uso al aire libre (“Emisiones sonoras al aire libre”)
Directiva 2014/68/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a la
armonización de las legislaciones de los estados miembros sobre la comercialización de equipos a
presión (“Equipos a presión”)
Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de diciembre de 2001, relativa a la
seguridad general de los productos (“Seguridad general de productos”)
Cualquier producto fabricado o importado en la Comunidad que provoque lesiones o daños materiales está
cubierto por la Directiva 85/374/CEE del Consejo, de 25 de julio de 1985, relativa a la aproximación de las
disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los estados miembros en materia de responsabilidad
por los daños causados por productos defectuosos. Así, esta Directiva se aplica igualmente a los productos que
entran en el ámbito de aplicación de una directiva de Marcado CE.
La Directiva sobre responsabilidad por productos defectuosos establece un régimen estricto de responsabilidad
de los fabricantes e importadores en la Comunidad.
Además también se han considerado las normas UNE y UNE-EN directamente implicadas.
NORMAS Y REFERENCIAS
12
3.2 Análisis específico
En referencia al contenido correspondiente al campo de aplicación de cada Directiva, anteriormente recogida,
se puede realizar de forma más específica el proceso de evaluación.
3.2.1 Directiva 2014/35/UE “Material eléctrico con límite de tensión”
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
El objetivo de la presente Directiva es asegurar que el material eléctrico comercializado cumpla los requisitos
que proporcionan un elevado nivel de protección de la salud y la seguridad de las personas, y de los animales
domésticos y de los bienes, y garantizar al mismo tiempo el funcionamiento del mercado interior.
La presente Directiva se aplicará al material eléctrico destinado a utilizarse con una tensión nominal
comprendida entre 50 y 1 000 V en corriente alterna y entre 75 y 1 500 V en corriente continua, con la excepción
de los materiales y fenómenos mencionados en el anexo II.
3.2.2 Directiva 2014/30/UE “Compatibilidad Electromagnética”
Artículo 1: Objeto
La presente Directiva regula la compatibilidad electromagnética de los equipos. Busca garantizar el
funcionamiento del mercado interior exigiendo que los equipos cumplan un nivel adecuado de compatibilidad
electromagnética.
Artículo 2: Ámbito de aplicación
1. La presente Directiva se aplicará a los equipos, tal como se definen en el artículo 3.
2. La presente Directiva no se aplicará a:
a) los equipos regulados por la Directiva 1999/5/CE;
b) los productos, componentes y equipos aeronáuticos mencionados en el Reglamento (CE) nº 216/2008 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación
civil y por el que se crea una Agencia Europea de Seguridad Aérea, y se deroga la Directiva 91/670/CEE del
Consejo, el Reglamento (CE) nº 1592/2002 y la Directiva 2004/36/CE
c) los equipos de radio utilizados por radioaficionados, en el sentido del Reglamento de Radiocomunicaciones
adoptado en el marco de la Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y el Convenio de la
Unión Internacional de Telecomunicaciones, salvo que los equipos sean comercializados;
d) los equipos cuyas características físicas sean tales que:
i) no puedan generar o contribuir a las emisiones electromagnéticas que superen un nivel que permita a los
equipos de radio y de telecomunicaciones, y a otros equipos funcionar de la forma prevista, y
ii) funcionen sin una degradación inaceptable en presencia de perturbaciones electromagnéticas normales
derivadas de su uso previsto
e) kits de evaluación, fabricados por encargo, destinados a ser usados por profesionales exclusivamente en
instalaciones de investigación y desarrollo para dichos fines.
A los efectos de la letra c) del párrafo primero, no se considerarán equipos comercializados los kits de
componentes para ser montados por radioaficionados y los equipos comercializados y modificados por y para
el uso de estos radioaficionados.
3. Cuando, en el caso de uno de los equipos a que se refiere el apartado 1, haya otra legislación de la Unión
que regule de una forma más específica todos o parte de los requisitos esenciales que se establecen en el anexo
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
13
I, la presente Directiva no se aplicará, o dejará de aplicarse, a ese equipo en lo que respecta a dichos requisitos
a partir de la fecha de aplicación de dicha legislación de la Unión.
4. La presente Directiva no afectará a la aplicación de la legislación de la Unión o nacional que regula la
seguridad de los equipos.
Artículo 3
Definiciones
1. A efectos de la presente Directiva, se entenderá por:
1) «equipo»: cualquier aparato o instalación fija.
3.2.3 Directiva 2014/34/UE “Uso en atmósferas explosivas”
Artículo 1
Ámbito de aplicación
1. La presente Directiva se aplicará a los siguientes, en lo sucesivo denominados, «productos»:
a) los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas;
b) los dispositivos de seguridad, control y reglaje destinados a utilizarse fuera de atmósferas potencialmente
explosivas pero que son necesarios o que contribuyen al funcionamiento seguro de los aparatos y sistemas de
protección en relación con los riesgos de explosión;
c) los componentes destinados a ser incorporados en los aparatos y sistemas de protección mencionados en la
letra a).
Artículo 2
Definiciones
A efectos de la presente Directiva, se entenderá por:
…
4) «atmósfera explosiva»: la mezcla con el aire, en las condiciones atmosféricas, de sustancias inflamables en
forma de gases, vapores, nieblas o polvos, en la que, tras una ignición, la combustión se propaga a la totalidad
de la mezcla no quemada;
5) «atmósfera potencialmente explosiva»: una atmósfera que puede convertirse en explosiva debido a
circunstancias locales y de funcionamiento;
3.2.4 Reglamento (UE) nº 305/2011 “Productos de Construcción”
Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento fija condiciones para la introducción en el mercado o comercialización de los productos
de construcción estableciendo reglas armonizadas sobre cómo expresar las prestaciones de los productos de
construcción en relación con sus características esenciales y sobre el uso del marcado CE en dichos productos.
Artículo 2
Definiciones
A efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
NORMAS Y REFERENCIAS
14
1) «producto de construcción»: cualquier producto o kit fabricado e introducido en el mercado para su
incorporación con carácter permanente en las obras de construcción o partes de las mismas y cuyas
prestaciones influyan en las prestaciones de las obras de construcción en cuanto a los requisitos básicos de
tales obras.
…
3) obras de construcción»: las obras de edificación y de ingeniería civil.
3.2.5 Directiva 2006/42/CE “Máquinas”
Artículo 1
Ámbito de aplicación
1. La presente Directiva se aplicará a los siguientes productos:
a) las máquinas;
…
Artículo 2
Definiciones
Se aplicarán las definiciones siguientes:
a) «máquina»:
— conjunto de partes o componentes vinculados entre sí, de los cuales al menos uno es móvil, asociados para
una aplicación determinada, provisto o destinado a estar provisto de un sistema de accionamiento distinto de
la fuerza humana o animal,
3.2.6 Directiva 2000/14/CE “Emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre”
De los artículos 12 y 13 de esta Directiva se extrae que el campo de aplicación es el siguiente:
Máquinas sujetas a límites de potencia acústica:
Carretillas elevadoras en voladizo accionadas por motor de combustión
Compactadoras de basuras tipo cargadoras (< 500 kW)
Cortadoras de césped(con exclusión de las máquinas agrícolas y forestales, así como los dispositivos
polivalentes cuyo principal componente motorizado tiene una potencia instalada superior a 20 kW)
Generadores de energía hidráulica
Grúas de torre
Grúas móviles
Grupos electrógenos (<400 kW)
Grupos electrógenos de soldadura
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
15
Máquinas para el acabado del césped/recortadoras de césped
Moto azadas (<3 kW)
Motocompresores (< 350 kW)
Motovolquetes (< 500 kW)
Niveladoras (< 500 kW)
Palas cargadoras (< 500 kW)
Palas hidráulicas y de cables (< 500 kW)
Pavimentadoras (quedan excluidas las pavimentadoras equipadas con guía para alta compactación
Topadoras (< 500 kW)
Tornos de construcción (con motor de combustión)
Trituradores de hormigón y martillos picadores de mano
Máquinas sujetas únicamente a marcado de emisión sonora
Aspiradores de hojas
Baldeadoras de alta presión
Barredoras mecánicas
Camiones hormigonera
Carretillas elevadoras en voladizo accionadas por motor de combustión (u ́nicamente las «otras
carretillas elevadoras en voladizo»)
Cintas transportadoras
Colocadores de tuberías
Contenedores de basura móviles
Contenedores de reciclado de vidrio
Cortadoras de juntas
Desbrozadoras
Equipo de manejo de pilotes
Equipos de bomba de agua (no sumergibles)
Equipos de carga / descarga de cisternas o silos en camiones
Equipos de perforación
Equipos de refrigeración en vehículos
Escarificadores
Flexadoras para carretera
Grupos electrógenos (≥400 kW)
Hormigoneras
Máquinas compactadoras (únicamente apisonadoras de explosión)
Máquinas de chorro de agua de alta presión
Máquinas de distribución, transporte y rociado de hormigón
NORMAS Y REFERENCIAS
16
Máquinas para el acabado de la hierba/recortadoras de hierba
Máquinas quitanieves con herramientas giratorias
Martillos hidráulicos
Montacargas para el transporte de materiales de construcción (con motor eléctrico)
Pavimentadoras (equipadas con guía para alta compactación)
Plataformas elevadoras con motor de combustión ́
Recortadoras de setos
Sierras de cadena portátiles
Sierras de cinta para obras
Tornos de construcción (con motor eléctrico)
Tractores oruga para nieve
Vehículos aspiradores
Vehículos baldeadores y aspiradores de alta presión
Vehículos recogebasuras
Zanjadoras
3.2.7 Directiva 2014/68/UE “Equipos a presión”
Artículo 1
Ámbito de aplicación
1. La presente Directiva se aplicará al diseño, la fabricación y la evaluación de la conformidad de los equipos
a presión y de los conjuntos sometidos a una presión máxima admisible PS superior a 0,5 bar.
3.2.8 Directiva 2001/95/CE “Seguridad general de productos”
Artículo 1
1. El objetivo de la presente Directiva es garantizar que los productos que se pongan en el mercado sean
seguros.
2. La presente Directiva se aplicará a todos los productos definidos en la letra a) del artículo 2.
...
Artículo 2
A efectos de la presente Directiva se entenderá por:
a) "producto": cualquier producto -incluidos los que entran en el marco de una prestación de servicios-,
destinado al consumidor o que, en condiciones razonablemente previsibles, pueda ser utilizado por el
consumidor aunque no le esté destinado, que se le suministre o se ponga a su disposición, a título oneroso o
gratuito, en el marco de una actividad comercial, ya sea nuevo, usado o reacondicionado.
17
4 REQUISITOS DE DISEÑO
eniendo en cuenta las Directivas vigentes y el producto objeto de análisis en este informe, los resultados
son los siguientes:
TABLA 2: Resultado Análisis de Directivas para Mezcladora Horizontal de Pienso
DIRECTIVA RESULTADO CRITERIO DE APLICACIÓN
DIRECTIVA 2014/35/UE “Material con
límite de tensión” APLICA
Contiene material eléctrico destinado a
utilizarse con una tensión nominal entre 50 y
1000 V en corriente alterna y entre 75 y 1500
V en continúa.
DIRECTIVA 2014/30/UE “Compatibilidad
Electromagnética” APLICA
Existen aparatos acabados que pueden
generar perturbaciones electromagnéticas y
cuyo funcionamiento puede verse afectado
por esas perturbaciones.
DIRECTIVA 2014/34/UE Uso en
atmósferas explosivas” NO APLICA
No es un aparato de protección para uso en
atmósferas explosivas.
Reglamento (UE) nº 305/2011 “Productos
de Construcción” NO APLICA No es un producto de construcción
DIRECTIVA 2006/42/CE “Máquinas” APLICA Dispone de un conjunto de piezas u órganos
unidos entre ellos, de los cuales uno por lo
menos es móvil. Es una máquina.
DIRECTIVA 2000/14/CE “Emisiones
sonoras en el entorno debidas a las
máquinas de uso al aire libre”
NO APLICA No es una máquina de uso en exterior ni se
contempla en la Directiva.
DIRECTIVA 2014/68/UE “Equipos a
presión” NO APLICA
El único aparato que requiere suministro de
aire a presión, es el cilindro neumático de las
tajaderas, pero la máquina no lleva
incorporado el sistema neumático de
suministro.
DIRECTIVA 2001/95/CE “Seguridad
general de productos” NO APLICA
Existe, en el marco de las normas
comunitarias, disposiciones específicas que
tengan el mismo objetivo y que regulan la
seguridad de los productos
T
18
5 ANALISIS DE SOLUCIONES
5.1 DIRECTIVA 2014/35/UE “Material con límite de tensión”
Transposiciones:
Real Decreto 187/2016, de 6 de mayo por el que se regulan las exigencias de seguridad del material eléctrico
destinado a ser utilizado en determinados límites de tensión.
Según se indica en el artículo 1 de la Directiva:
“La presente Directiva se aplicará al material eléctrico destinado a utilizarse con una tensión nominal
comprendida entre 50 y 1 000 V en corriente alterna y entre 75 y 1 500 V en corriente continua, con la excepción
de los materiales y fenómenos mencionados en el anexo II:
Material eléctrico destinado a utilizarse en una atmósfera explosiva.
Material eléctrico para radiología y para usos médicos.
Partes eléctricas de los ascensores y montacargas.
Contadores eléctricos.
Tomas de corriente (enchufes y clavijas) para uso doméstico.
Controladores de cercas eléctricas.
Interferencias radioeléctricas.
Material eléctrico especializado, destinado a utilizarse en buques, aeronaves y ferrocarriles, que
se ajuste a las disposiciones de seguridad establecidas por organismos internacionales de los que
formen parte los Estados miembros.
Kits de evaluación, fabricados por encargo, destinados a ser usados por profesionales
exclusivamente en instalaciones de investigación y desarrollo para dichos fines.
Según el Artículo 3:
“Solo podrá comercializarse el material eléctrico que, habiendo sido fabricado con arreglo a los criterios
técnicos vigentes en materia de seguridad en la Unión, no ponga en peligro, cuando su instalación y
mantenimiento sean los correctos y su utilización responda a la finalidad a que esté destinado, la salud y
la seguridad de las personas y de los animales domésticos, así como de los bienes.”
5.1.1 Análisis de Resultado: evaluación de descarte o aplicación.
El producto objeto de este estudio, MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS, se encuentra dentro del
campo de aplicación de la DIRECTIVA 2014/35/UE DE BAJA TENSIÓN, al tener tensiones de trabajo hasta
600 V, dentro de los límites de tensión mencionados.
5.2 DIRECTIVA 2014/30/UE “Compatibilidad Electromagnética”
Transposiciones:
Real Decreto 186/2016, de 6 de mayo, por el que se regula la compatibilidad electromagnética de los equipos
eléctricos y electrónicos.
En los artículos 1, 2 y 3 de la presente Directiva se indica:
“Artículo 1
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
19
Objeto ámbito de aplicación
La presente Directiva regula la compatibilidad electromagnética de los equipos. Busca garantizar el
funcionamiento del mercado interior exigiendo que los equipos cumplan un nivel adecuado de compatibilidad
electromagnética. La presente Directiva se aplica a los equipos, tal como se definen en el artículo 3.”
Artículo 2
Ámbito de aplicación
1. La presente Directiva se aplicará a los equipos, tal como se definen en el artículo 3.
[…]
Artículo 3
Definiciones
A efectos de la presente Directiva, se entenderá por:
1 ) «equipo»: cualquier aparato o instalación fija;
2) «aparato»: cualquier aparato acabado, o una combinación de ellos comercializada como unidad funcional
única destinada al usuario final, y que pueda generar perturbaciones electromagnéticas, o cuyo funcionamiento
pueda verse afectado por estas perturbaciones;
5.2.1 Análisis de Resultado: evaluación de descarte o aplicación.
El producto objeto de este estudio, MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS, se encuentra dentro del
campo de aplicación de la DIRECTIVA 2014/30/CE DE COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNÉTICA.
5.3 DIRECTIVA 2006/42/CE “Máquinas”
Esta Directiva deroga la directiva 98/37/CE de Máquinas, y entró en vigor a partir del 29 de Diciembre de 2009.
Transposiciones:
Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta
en servicio de las máquinas.
En los artículos 1 y 2 de esta Directiva, respectivamente, aparecen los siguientes ámbitos de aplicación y
definiciones:
1. La presente Directiva se aplicará a los siguientes productos:
a) las máquinas;
b) los equipos intercambiables;
c) los componentes de seguridad;
d) los accesorios de elevación;
e) las cadenas, cables y cinchas;
f) los dispositivos amovibles de transmisión mecánica;
g) las cuasi máquinas.
ANALISIS DE SOLUCIONES
20
A efectos de la presente Directiva, el término «máquina» designa los productos que figuran en el artículo
1, apartado 1, letras a) a f).
Se aplicarán las definiciones siguientes:
a) «máquina»:
— conjunto de partes o componentes vinculados entre sí, de los cuales al menos uno es móvil, asociados para
una aplicación determinada, provisto o destinado a estar provisto de un sistema de accionamiento distinto de
la fuerza humana o animal,
— conjunto como el indicado en el primer guión, al que solo le falten los elementos de conexión a las fuentes
de energía y movimiento,
— conjunto como los indicados en los guiones primero y segundo, preparado para su instalación que solamente
pueda funcionar previo montaje sobre un medio de transporte o instalado en un edificio o una estructura,
— conjunto de máquinas como las indicadas en los guiones primero, segundo y tercero, o de cuasi máquinas a
las que se refiere la letra g) que, para llegar a un mismo resultado, estén dispuestas y accionadas para funcionar
como una sola máquina,
— conjunto de partes o componentes vinculados entre sí, de los cuales al menos uno es móvil, asociados con
objeto de elevar cargas y cuya única fuente de energía sea la fuerza humana empleada directamente;
[…]
g) «cuasi máquina»: conjunto que constituye casi una máquina, pero que no puede realizar por sí solo una
aplicación determinada. Un sistema de accionamiento es una cuasi máquina. La cuasi máquina está destinada
únicamente a ser incorporada a, o ensamblada con, otras máquinas, u otras cuasi máquinas o equipos, para
formar una máquina a la que se aplique la presente Directiva;
5.3.1 Análisis de Resultado: evaluación de descarte o aplicación.
El producto objeto de este estudio, MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS, se encuentra dentro del
campo de aplicación de la DIRECTIVA 2006/42/CE DE MÁQUINAS.
21
6 RESULTADOS FINALES
n este apartado, se desarrollan específicamente las acciones a acometer por el fabricante derivadas del
cumplimiento de las obligaciones exigidas por cada una de las Directivas que le son de aplicación, para
poder incorporar el marcado CE antes de su puesta en servicio.
Para llegar a los resultados se han analizado los diferentes conceptos sobre el marcado CE, ámbitos de aplicación,
exclusiones, procedimientos de evaluación de la conformidad, etc., completamente justificado y analizado en
los apartados anteriores.
A continuación se desarrollan las acciones a acometer:
6.1 Aplicación
DIRECTIVA 2014/35/UE “Material eléctrico con límite de tensión”
DIRECTIVA 2014/30/UE “Compatibilidad Electromagnética”
DIRECTIVA 2006/42/CE “Máquinas”
6.2 Procedimiento de evaluación de la conformidad
Según las directivas implicadas, se permite el procedimiento de evaluación de la conformidad del MÓDULO
A, según Decisión 768/2008/CE del Consejo:
Módulo A: Control Interno de fabricación
TABLA 3: Módulo A-Control interno de fabricación
El control interno de la fabricación es el procedimiento por el cual el fabricante o su representante establecido
en la Comunidad, cumplen las obligaciones fijadas en las directivas implicadas, asegura y declara que el
producto cumple los requisitos pertinentes de cada Directiva. El fabricante o su representante establecido en la
Comunidad deben colocar el marcado «CE» en los productos y extender una declaración de conformidad.
E
RESULTADOS FINALES
22
El módulo A abarca el control interno del diseño y la producción y no requiere la intervención de un organismo
notificado.
El fabricante debe elaborar la documentación técnica; el fabricante, o su representante establecido en la
Comunidad, debe conservarla a disposición de las autoridades nacionales, a efectos de inspección, durante un
plazo de diez años a partir de la fecha de fabricación del último equipo.
Cuando ni el fabricante ni su representante estén establecidos en la Comunidad, la obligación de conservar
disponible la documentación técnica incumbirá a la persona que comercialice el equipo en el mercado
comunitario.
El fabricante, o su representante establecido en la Comunidad, debe conservar, junto con la documentación
técnica, una copia de la declaración de conformidad.
El fabricante debe tomar todas las medidas necesarias para que el procedimiento de fabricación garantice la
conformidad del equipo fabricado con la documentación técnica y con los requisitos de la Directiva que le son
aplicables.
6.3 Documentación Técnica
Las directivas implicadas exigen que este módulo deba contener, al menos, la siguiente documentación:
Descripción general de la máquina
Análisis de riesgos
Lista de requisitos esenciales de las directivas
Lista de normas aplicadas
Informes técnicos con los resultados de los ensayos efectuados o certificados obtenidos de un organismo
o laboratorio competente. Tales informes de ensayo serán necesarios si el fabricante declara
conformidad con una norma armonizada y podrán ser efectuados por él mismo o bien por un organismo
o laboratorio competente
Manual de instrucciones
Planos detallados y completos
Planos de conjunto y planos de los circuitos de mando
Una vez finalizado el Expediente Técnico de Construcción, se debe elaborar la Declaración CE de Conformidad.
Toda la documentación detallada anteriormente debe estar redactada en una de las lenguas oficiales de la
Comunidad, con excepción del manual de instrucciones, el cual debe estar redactado en la lengua del país de
venta de la máquina.
El hecho de no presentar la documentación en respuesta a un requerimiento debidamente motivado de las
autoridades nacionales competentes podrá constituir razón suficiente para dudar de la presunción de
conformidad con las disposiciones de la Directiva.
6.4 Declaración de conformidad
La Declaración CE de Conformidad debe estar redactada en el idioma del país destino. El fabricante, su
mandatario, el distribuidor o persona que introduzca la máquina en dicho país será el responsable de traducir
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
23
dicha Declaración CE de Conformidad. La Declaración CE de Conformidad exigida debe comprender los
siguientes elementos:
Nombre y dirección del fabricante o de su representante establecido en la Comunidad. En caso de
máquinas fabricadas fuera de la Comunidad, se debe indicar tanto el nombre del fabricante como el
nombre del representante legal.
Descripción de la máquina, incluyendo marca y modelo.
Un número que identifique al producto. Este número no debe ser único para cada producto. Puede hacer
referencia a un producto, un lote, un tipo o una serie. Esto se deja al criterio del fabricante.
Una afirmación de que la declaración de conformidad se expide bajo la exclusiva responsabilidad del
fabricante.
Todas las disposiciones pertinentes a las que se ajuste la máquina. Referencia a las Directivas de
aplicación de la máquina en cuestión. Aunque no es obligatorio, también se pueden incluir las
referencias a las transposiciones nacionales, es decir, referencia a los Reales Decretos que transponen
las Directivas de aplicación.
Referencia a las normas armonizadas que proporcionan al equipo una presunción de conformidad con
los requisitos esenciales de la Directiva.
Identificación del signatario apoderado para vincular al fabricante o a su representante. Es necesario
mencionar el nombre del signatario, ya que es una señal de autenticidad. Aunque no es obligatorio,
también se suele incluir el lugar y fecha de la firma.
El nombre y el número de identificación del organismo notificado cuando ha participado en el
procedimiento de evaluación de la conformidad, y la referencia al certificado pertinente, en su caso.
RESULTADOS FINALES
24
ILUSTRACIÓN 5: Ejemplo Declaración de Conformidad
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
25
6.5 Placa
“Cada máquina llevará, de forma legible e indeleble, como mínimo las indicaciones siguientes:
La razón social y la dirección completa del fabricante y, en su caso, de su representante autorizado.
La designación de la máquina.
El marcado CE.
La designación de la serie o del modelo.
El número de serie, si existiera.
El año de fabricación, es decir, el año en el que finaliza el proceso de fabricación.
Está prohibido indicar una fecha anterior o posterior en la máquina al aplicar el marcado CE.”
Indicaciones específicas:
“Además, la máquina diseñada y fabricada para utilizarse en una atmósfera potencialmente explosiva debe llevar
el marcado correspondiente.”
Indicaciones para el empleo seguro:
“En función del tipo de máquina, esta deberá llevar también todas las indicaciones que sean indispensables para
un empleo seguro. Dichas indicaciones deberán cumplir los requisitos establecidos en el punto 1.7.1. de la
Directiva de Máquinas”
Si bien la evaluación de la conformidad debe ser responsabilidad del fabricante, sin ninguna necesidad de recurrir
a un organismo independiente de evaluación de la conformidad, el fabricante podrá recurrir libremente a los
servicios de un organismo de este tipo.
En ese caso, el organismo notificado revisa la documentación técnica y evalúa si dicha documentación
demuestra debidamente que se han cumplido los requisitos de la Directiva que debe evaluar. Si se confirma el
cumplimiento del producto, el organismo notificado presenta una declaración al fabricante o a su representante
autorizado en la Comunidad que confirme el cumplimiento del producto. Esta declaración se limita a aquellos
aspectos de los requisitos esenciales evaluados por el organismo notificado.
Reuérdese que cuando un organismo notificado participa en la fase de control de la producción de conformidad
con la legislación de armonización de la Unión aplicable, su número de identificación debe figurar junto al
marcado CE.
6.6 Ensayos
El cumplimiento por parte de producto de las normas armonizadas pertinentes, cuyas referencias se hayan
publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, crean la presunción, por parte de los Estados miembros, de
conformidad con los requisitos esenciales de las directivas Europeas a los que dichas normas hagan referencia.
Esta presunción de conformidad se limita al ámbito de las normas armonizadas aplicadas y a los requisitos
esenciales pertinentes cubiertos por tales normas armonizadas.
Tras el estudio de las normas UNE que aplican a la MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS, además
de normas UNE de referencia para el diseño, se relacionan a continuación los ensayos según normas UNE que
RESULTADOS FINALES
26
intervienen en la presunción de conformidad de este producto y que serán necesarios realizar para el marcado
CE:
Ensayo de compatibilidad electromagnética según norma UNE EN- 61000
27
7 EXPEDIENTE TÉCNICO DE
CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA
HORIZONTAL DE PIENSOS
7.1 DESCRIPCIÓN DE LA MÁQUINA
7.1.1 DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA MÁQUINA
La directiva de máquinas es de aplicación a los conjuntos de máquinas, como es el caso de la MEZCLADORA
HORIZONTAL DE PIENSO objeto de este expediente, con lo que deberán cumplirse todas las prescripciones
de esta directiva.
Las máquinas que componen la MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSO, se encuentran vinculadas entre
sí para llegar a un mismo resultado y están dispuestas y accionadas para funcionar como una sola máquina, cuya
función es homogeneizar el pienso en grano.
Por lo tanto se considera que la MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSO es una máquina, haciendo
mención al término “máquina” para hacer referencia al mismo, en este documento.
A continuación se detallan las partes principales de la MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSO:
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
28
ILUSTRACIÓN 6: Partes principales de la mezcladora horizontal de pienso
1. SOPORTE TOLVA ESPERA
2. RESGUARDO PROTECCIÓN CADENAS DE TRANSMISIÓN
3. CORONA
4. PIÑON-TENSOR
5. PIÑON-REDUCTOR
6. CADENA
7. MOTORREDUCTOR
8. RODAMIENTOS TORNILLO SIN FIN
9. TORNILLO SIN FIN
10. CILINDRO DESCARGA RÁPIDA
11. PIQUERA DE ENSAQUE
12. JUNTA COMPUERTA MEZCLADORA
13. FUNDAS RESPIRADERO
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
29
14. CANASTILLA
15.MIRILLA DE INSPECCIÓN
16. FUNDA PEQUEÑA MEZCLADORA
7.1.2 PLANO GENERAL
Los planos de conjunto y esquema de principio se detallan en el Anexo B al presente documento.
7.1.3 ESTRUCTURA Y FUNCIONES
Una mezcladora de piensos es un sistema mediante el cual el cereal molido es homogeneizado en el interior de
un cilindro.
El sistema estará formado por una tolva receptora de piensos situada en la parte superior de la máquina, por la
cual se irá suministrando el grano. Cuando el producto entra en dicha tolva, se ve sometido a un movimiento
que ayuda a la homogeneización del pienso y que obliga a realizar varios recorridos en la cavidad interior, el
cuál no permite al producto mezclarse sin permanecer tiempo para una completa homogeneización.
El pienso es mezclado con ayuda de un tornillo sin fin de filete ancho que es solidario a un motor eléctrico
situado en la parte lateral de la máquina y que transmite su movimiento a través de una cadena y un sistema de
engranajes.
El sistema mantiene un nivel constante en su compartimento.
El vaciado del compartimento interior, se realiza por la parte inferior de la máquina, mediante una tajadera
hidráulica.
Toda la maniobra y puesta en marcha del sistema, se instalará conforme al manual de usuario del fabricante.
A continuación se describen los principales elementos a tener en cuenta en la MEZCLADORA HORIZONTAL
DE PIENSO para la obtención del marcado CE:
CUADRO DE CONTROL:
Cuadro de mando para el control del motor principal y las electroválvulas que accionan las tajaderas.
ESTRUCTURA FIJA:
Es la base de todo el sistema. Está formado por un paralelepípedo metálico de acero, unido entre sí
mediante soldadura. Consta de patas sobre las cuales descansa el sistema y una boca para llenado de
sacos de descarga manual.
SISTEMA DE TRANSMISIÓN:
Situada en la parte lateral, se trata de un compartimento cerrado que transmite el movimiento mediante
cadena doble desde el motor al tornillo sin fin. Dicho sistema está protegido mediante un resguardo de
protección que forma una pieza montada sobre tornillos.
TORNILLO SINFIN:
Tornillo de filete ancho helicoidal situado en el cesto de la cavidad interior, que unido a la cadena de
transmisión, le da movimiento y bate el pienso mediante cuatro pasos de hélice, dos a la derecha y dos
a la izquierda.
El sinfín está definido en función de las características de trabajo, como pueden ser cantidad de material
a homogeneizar y velocidad de batido.
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
30
TAJADERAS:
Orificio en la parte inferior de la mezcladora para la descarga rápida a granel del pienso y comunicación
de la tolva de recepción con la mezcladora.
TOLVA DE RECEPCIÓN:
Se encuentra comunicada a la mezcladora mediante una tajadera. La tolva de recepción lleva un registro
de inspección (protegido por una rejilla), para poder volcar directamente aditivos a la mezcladora. Lleva
incorporados sacos anti polvo depresores.
7.1.4 CARACTERISTICAS
ESTRUCTURA MEZCLADORA
MARCA: FABRICANTE
MODELO: LH1000
DIMENSIONES GENERALES (mm): 1025 x 3420 x 1911
CAPACIDAD (Kg.) 1000
ILUSTRACIÓN 7: Estructura mezcladora
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
31
TRANSMISIÓN
MOTOR:
MARCA: SIEMENS
MODELO: SIMOTICS GP VSD4000
POTENCIA: 7,5KW
TENSIÓN: 230/400V
RPM 1500
ILUSTRACIÓN 8: Motor
REDUCTOR:
MARCA: SITI
MODELO: MNHL-60
PAM: 38*300
BRIDA B5
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
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ILUSTRACIÓN 9: Reductor
TORNILLO SINFIN
MARCA: FABRICANTE
MODELO: LH1000
LONGITUD (mm): 3309
DIÁMETRO DE GIRO (mm): 890
ILUSTRACIÓN 10: Tornillo sin fin
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
33
TAJADERAS
CILINDROS NEUMÁTICOS:
MARCA: IMI NORGREN, S.A.
MODELO: PRA/182063/M
MATERIAL: ALUMINIO
DIAMETRO: 63mm
DIÁMETRO DEL PISTÓN: 20mm
CARRERA: 500mm
ELECTROVÁLVULA ¼” 5 VIAS/2 pos. (retorno)
BOBINA 24 v.a.c.
PRESIÓN AIRE COMPRIMIDO 8 bares
ILUSTRACIÓN 11: Cilindros neumáticos
TOLVA DE RECEPCIÓN
MARCA: FABRICANTE
MODELO: LH1000
ALTURA ESTRUCTURA TOLVA
(mm):
2307
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
34
ILUSTRACIÓN 12: Tolva de recepción
7.1.5 DEFINICIÓN DE LOS LÍMITES DE LA MÁQUINA
La Mezcladora Horizontal de Pienso es una máquina que tiene como función homogeneizar el pienso bien para
ensacado y comercialización o para su posterior trituración.
La finalidad de la máquina, las características de la máquina y accesorios a usar con la misma, junto con el resto
de límites de utilización, se recogen en el Manual de Instrucciones (Instrucciones Operativas), anexo del presente
documento (Anexo A).
Además, también se recogen en este anexo los despieces y listados de componentes necesarios para un adecuado
conocimiento de la máquina por parte de sus operadores y mantenedores.
7.2 REQUISITOS ESENCIALES DE SEGURIDAD Y SALUD
Los requisitos esenciales definen los resultados que se pretende alcanzar, o los peligros a los que se hará frente,
pero no especifican las soluciones técnicas para lograrlo.
7.2.1 REQUISITOS ESENCIALES DE SEGURIDAD Y SALUD
Este capítulo contiene los requisitos esenciales de seguridad y de salud exigidos en el apartado 1 del Anexo I
del Real Decreto 1644/2008. Se ha omitido el punto correspondiente a definiciones.
1. Requisitos esenciales de seguridad y de salud.
Generalidades.
Definiciones
//OMITIDO//
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35
Principios de integración de la seguridad.
a) “Las máquinas se deben diseñar y fabricar de manera que sean aptas para su
función y para que se puedan manejar, regular y mantener sin riesgo para las
personas cuando dichas operaciones se lleven a cabo en las condiciones
previstas, pero también teniendo en cuenta cualquier mal uso razonablemente
previsible. Las medidas que se tomen deberán ir encaminadas a suprimir
cualquier riesgo durante la vida útil previsible de la máquina, incluidas las
fases de transporte, montaje, desmontaje, retirada de servicio y desguace.”
b) “Al optar por las soluciones más adecuadas, o su representante autorizado
aplicará los principios siguientes, en el orden que se indica:
- eliminar o reducir los riesgos en la medida de lo posible (diseño y
fabricación de la máquina inherentemente seguros),
- adoptar las medidas de protección que sean necesarias frente a
los riesgos que no puedan eliminarse,
- Informar a los usuarios acerca de los riesgos residuales debidos
a la incompleta eficacia de las medidas preventivas adoptadas,
indicar si se requiere una formación especial y señalar si es
necesario proporcionar algún equipo de protección individual.”
c) “Al diseñar y fabricar una máquina y al redactar el manual de instrucciones,
el fabricante o su representante autorizado deberá prever no solo el uso
previsto de la máquina, sino también cualquier mal uso razonablemente
previsible.
Las máquinas se deben diseñar y fabricar de manera que se evite su utilización
de manera incorrecta, cuando ello pudiera generar un riesgo. En su caso, en
el manual de instrucciones se deben señalar al usuario los modos que, por
experiencia, pueden presentarse en los que no se debe utilizar una máquina.”
d) “Las máquinas se deben diseñar y fabricar teniendo en cuenta las molestias
que pueda sufrir el operador por el uso necesario o previsible de un equipo de
protección individual.”
e) “Las máquinas deberán entregarse con todos los equipos y accesorios
especiales imprescindibles para que se puedan regular, mantener y utilizar de
manera segura.”
Materiales y productos.
Materiales y productos empleados:
“Los materiales que se hayan empleado para fabricar la máquina, o los productos que se
hayan utilizado o creado durante su uso, no originarán riesgos para la seguridad ni para
la salud de las personas.”
Riesgos causados por los fluidos:
“Especialmente cuando se empleen fluidos, la máquina se diseñará y fabricará para
evitar los riesgos provocados por el llenado, la utilización, la recuperación y la
evacuación.”
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
36
Iluminación.
Alumbrado adaptado a las operaciones:
“La máquina se suministrará con un alumbrado incorporado, adaptado a las
operaciones, en aquellos casos en que, a pesar de la presencia de un alumbrado ambiental
de un valor normal, la ausencia de dicho dispositivo pudiera crear un riesgo.
La máquina se debe diseñar y fabricar de manera que no se produzcan zonas de sombra
molesta, deslumbramientos molestos, ni efectos estroboscópicos peligrosos en los
elementos móviles debidos al alumbrado.”
Alumbrado de inspección, regulación y mantenimiento:
“Los órganos internos que deban inspeccionarse y ajustarse con frecuencia, así como las
zonas de mantenimiento, llevarán los adecuados dispositivos de alumbrado.”
Diseño de la máquina con vistas a su manipulación.
Manipulación de la máquina o sus elementos:
“La máquina o cada uno de sus diferentes elementos:
Se debe poder manipular y transportar con seguridad
Estará embalada o diseñada para que pueda almacenarse sin riesgos ni
deterioro.”
Durante el transporte de la máquina o de sus elementos, no deberán poder
producirse desplazamientos intempestivos ni peligros debidos a la
inestabilidad si la máquina o sus elementos se manipulan según el manual
de instrucciones.”
Desplazamiento no manual de la máquina o sus elementos:
“Cuando la masa, tamaño o forma de la máquina o de sus diferentes elementos no
posibiliten su desplazamiento manual, la máquina o cada uno de sus diferentes elementos
deberá:
- llevar accesorios que posibiliten la prensión por un medio de elevación, o
- estar diseñada de tal manera que se la pueda dotar de accesorios de este
tipo, o
- tener una forma tal que los medios normales de elevación puedan
adaptarse con facilidad.”
Desplazamiento manual de la máquina o sus elementos:
“Cuando la máquina o uno de sus elementos se transporte manualmente, deberá:
- ser fácilmente desplazable, o
- llevar medios de prensión con los que se la pueda desplazar con total
seguridad.”
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37
Manipulación de partes peligrosas:
“Se establecerán medidas específicas respecto a la manipulación de las herramientas y/o
partes de máquinas, por ligeras que sean, que puedan ser peligrosas.”
Ergonomía.
“En las condiciones previstas de utilización, habrán de reducirse al mínimo posible la
molestia, la fatiga y el estrés físico y psíquico del operador, teniendo en cuenta principios
ergonómicos como los siguientes:
- Adaptarse a las diferencias morfológicas, de fuerza y de resistencia de los
operadores.
- Proporcionar espacio suficiente para los movimientos de las distintas partes
del cuerpo del operador,
- Evitar un ritmo de trabajo determinado por la máquina.
- Evitar que la vigilancia requiera una concentración prolongada.
- Adaptar el interfaz hombre-máquina a las características previsibles de los
operadores.”
Puestos de mando.
“El puesto de mando se debe diseñar y fabricar de manera que se evite cualquier riesgo debido
a los gases de escape y/o a la falta de oxígeno.
Si la máquina está destinada a ser utilizada en un entorno peligroso, que presente riesgos para
la salud y la seguridad del operador, o si la propia máquina origina un entorno peligroso, se
deben proveer los medios adecuados para que el operador disponga de buenas condiciones de
trabajo y esté protegido contra todo peligro previsible.
Siempre que resulte apropiado, el puesto de mando dispondrá de una cabina adecuada
diseñada, fabricada y/o equipada para cumplir los requisitos antes mencionados. La salida
deberá permitir una evacuación rápida.
Además, en su caso, deberá proveerse una salida de emergencia en una dirección distinta de
la salida normal.”
Asientos.
“Cuando resulte adecuado y las condiciones de trabajo lo permitan, el puesto de trabajo que
forme parte integrante de la máquina deberá estar diseñado para la instalación de asientos.
Si se ha previsto que el operador esté sentado durante el funcionamiento y el puesto de mando
forma parte integrante de la máquina, esta deberá disponer de un asiento.
El asiento del operador le garantizará la estabilidad de su posición. Además, el asiento y la
distancia entre este y los órganos de accionamiento órganos de accionamiento deberán poder
adaptarse al operador.”
Maquina con vibraciones:
“Si la máquina está sujeta a vibraciones, el asiento se debe diseñar y fabricar de tal
manera que se reduzcan al mínimo razonablemente posible las vibraciones que se
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
38
transmitan al operador. El anclaje del asiento deberá resistir todas las tensiones a que
pueda estar sometido. Si no hubiere suelo bajo los pies del operador, este deberá disponer
de reposapiés antideslizantes.”
Sistemas de mando.
Seguridad y fiabilidad de los sistemas de mando.
“Los sistemas de mando se deben diseñar y fabricar de manera que se evite cualquier situación
peligrosa. En particular, se deben diseñar y fabricar de manera:
- Que resistan los esfuerzos previstos de funcionamiento y las influencias externas.
- Que un fallo en el soporte material o en el soporte lógico del sistema de mando no
provoque situaciones peligrosas.
- Que los errores que afecten a la lógica del sistema de mando no provoquen situaciones
peligrosas.
- Que un error humano razonablemente previsible durante el funcionamiento no provoque
situaciones peligrosas.
Deberá prestarse especial atención a los siguientes aspectos:
- Que la máquina no se ponga en marcha de manera intempestiva.
- Que no varíen los parámetros de la máquina de forma incontrolada, cuando tal variación
pueda dar lugar a situaciones peligrosas.
- Que no se impida la parada de la máquina si ya se ha dado esa orden.
- Que no se pueda producir la caída o proyección de ningún elemento móvil de la máquina
o de ninguna pieza sujetada por ella.
- Que no se impida la parada automática o manual de los elementos móviles, cualesquiera
que estos sean.
- Que los dispositivos de protección permanezcan totalmente operativos o emitan una
orden de parada.
- Que las partes del sistema de mando relativas a la seguridad se apliquen de forma
coherente a la totalidad del conjunto de máquinas y/o de cuasi máquinas.”
Mandos de radio control:
“En caso de radio control, deberá producirse una parada automática cuando no se
reciban las señales correctas de mando, incluyendo la pérdida de la comunicación.”
Órganos de accionamiento.
Diseño de los órganos de accionamiento:
“Los órganos de accionamiento:
- Serán claramente visibles e identificables y, si fuera necesario, irán marcados de forma
adecuada.
- Estarán colocados de tal manera que se pueda maniobrar con seguridad, sin vacilación
ni pérdida de tiempo y de forma inequívoca.
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
39
- Se diseñarán de tal manera que el movimiento del órgano de accionamiento sea coherente
con el efecto ordenado.
- Estarán colocados fuera de las zonas peligrosas excepto, si fuera necesario, ciertos
órganos, tales como una parada de emergencia, una consola de aprendizaje.
- Estarán situados de forma que el hecho de accionarlos no acarree riesgos adicionales.
- Estarán diseñados o irán protegidos de forma que el efecto deseado, cuando pueda
acarrear un riesgo, solo pueda conseguirse mediante una acción deliberada.
- Estarán fabricados de forma que resistan los esfuerzos previsibles; se prestará una
atención especial a los dispositivos de parada de urgencia que puedan estar sometidos a
esfuerzos importantes.”
Órganos de accionamiento de acción no unívoca:
“Cuando se diseñe y fabrique un órgano de accionamiento para ejecutar varias acciones
distintas, es decir, cuando su acción no sea unívoca, la acción ordenada deberá
visualizarse de forma clara y, si fuera necesario, requerirá una confirmación.”
Configuración de los órganos de accionamiento:
“Los órganos de accionamiento tendrán una configuración tal que su disposición, su
recorrido y su esfuerzo resistente sean compatibles con la acción ordenada, habida cuenta
los principios ergonómicos.”
Dispositivos de señalización e indicación:
“La máquina deberá estar equipada con los dispositivos indicadores que sean necesarios
para que pueda funcionar de manera segura. Desde el puesto de mando, el operador
deberá poder leer las indicaciones de dichos dispositivos.”
Visibilidad de las zonas peligrosas durante la puesta en marcha:
“Desde cada puesto de mando, el operador deberá estar en situación de asegurarse de
que nadie se halle en las zonas peligrosas, o bien el sistema de mando se debe diseñar y
fabricar de manera que se impida la puesta en marcha mientras haya alguien en la zona
peligrosa.
De no poder aplicarse ninguna de estas posibilidades, deberá producirse una señal de
advertencia sonora y/o visual antes de que la máquina se ponga en marcha. Las personas
expuestas deberán disponer de tiempo suficiente para abandonar la zona peligrosa o
impedir la puesta en marcha de la máquina.
En caso necesario, la máquina deberá disponer de los medios para que solamente pueda
controlarse desde puestos de mando situados en una o varias zonas o emplazamientos
predeterminados”
Varios puestos de mando:
“Cuando haya varios puestos de mando, el sistema de mando se debe diseñar de tal forma
que la utilización de uno de ellos impida el uso de los demás, excepto los dispositivos de
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
40
parada y de parada de emergencia.
Cuando la máquina disponga de varios puestos de mando, cada uno de ellos deberá estar
equipado con todos los órganos de accionamiento necesarios sin que los operadores se
molesten ni se pongan en peligro mutuamente.
Puesta en marcha.
Puesta en marcha de la máquina:
“La puesta en marcha de una máquina sólo deberá poder efectuarse mediante una acción
voluntaria ejercida sobre un órgano de accionamiento previsto a tal efecto”.
Este requisito también será aplicable:
- a la puesta en marcha de nuevo tras una parada, sea cual sea la causa de esta última,
- a la orden de una modificación importante de las condiciones de funcionamiento.”
Puesta en marcha tras una parada o modificación de las condiciones de
funcionamiento:
“No obstante, la puesta en marcha de nuevo tras una parada o la modificación de las
condiciones de funcionamiento podrán efectuarse por una acción voluntaria sobre un
dispositivo distinto del órgano de accionamiento previsto a tal efecto, siempre que ello no
conduzca a una situación peligrosa.”
Puesta en marcha de instalación automática tras una parada:
“En el caso de funcionamiento automático de una máquina, la puesta en marcha de nuevo
tras una parada o la modificación de las condiciones de funcionamiento podrán
producirse sin intervención si ello no conduce a una situación peligrosa.”
Máquinas con varios órganos de accionamiento para puesta en marcha:
“Cuando la máquina disponga de varios órganos de accionamiento para la puesta en
marcha y los operadores puedan por tanto ponerse en peligro mutuamente, deberán
existir dispositivos adicionales que eliminen tales riesgos. Si por motivos de seguridad es
necesario que la puesta en marcha y/o la parada se realicen con arreglo a una secuencia
concreta, existirán dispositivos que garanticen que esas operaciones se realicen en el
orden correcto.”
Parada.
Parada normal:
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
41
“Las máquinas estarán provistas de un órgano de accionamiento que permita su parada
total en condiciones seguras.
Cada puesto de trabajo estará provisto de un órgano de accionamiento que permita parar,
en función de los peligros existentes, la totalidad o parte de las funciones de la máquina,
de manera que la máquina quede en situación de seguridad.
La orden de parada de la máquina tendrá prioridad sobre las órdenes de puesta en
marcha.
Una vez obtenida la parada de la máquina o de sus funciones peligrosas, se interrumpirá
la alimentación de energía de los accionadores afectados.”
Parada operativa:
“Cuando por razones de funcionamiento se requiera una orden de parada que no
interrumpa la alimentación de energía de los accionadores, se supervisarán y
conservarán las condiciones de parada.”
Parada de emergencia:
“Las máquinas estarán provistas de uno o varios dispositivos de parada de emergencia
por medio de los cuales se puedan evitar situaciones peligrosas que puedan producirse
de forma inminente o que se estén produciendo.
Quedan excluidas de esta obligación:
- las máquinas en las que el dispositivo de parada de emergencia no pueda reducir el
riesgo, ya sea porque no reduce el tiempo para obtener la parada normal o bien porque
no permite adoptar las medidas particulares que exige el riesgo,
- las máquinas portátiles y/o las máquinas guiadas a mano.
Este dispositivo deberá:
- tener órganos de accionamiento claramente identificables, muy visibles y rápidamente
accesibles,
- provocar la parada del proceso peligroso en el menor tiempo posible, sin crear nuevos
riesgos,
- eventualmente, desencadenar o permitir que se desencadenen determinados movimientos
de protección.
Cuando deje de accionarse el dispositivo de parada de emergencia una vez que se haya
dado la orden de parada, esta orden deberá mantenerse mediante el bloqueo del
dispositivo de parada de emergencia hasta que dicho bloqueo sea expresamente
desactivado; el dispositivo no deberá poderse bloquear sin que genere una orden de
parada; solo será posible desbloquear el dispositivo mediante una acción adecuada y este
desbloqueo no deberá volver a poner en marcha la máquina, sino solo permitir que pueda
volver a arrancar.
La función de parada de emergencia deberá estar disponible y ser operativa en todo
momento, independientemente del modo de funcionamiento.
Los dispositivos de parada de emergencia deben servir para apoyar otras medidas de
protección y no para sustituirlas.”
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
42
Conjuntos de máquinas:
“Si se trata de máquinas o de elementos de máquinas diseñados para funcionar
conjuntamente, se deben diseñar y fabricar de manera que los dispositivos de parada,
incluidos los dispositivos de parada de emergencia, puedan parar no solamente la
máquina, sino también todos los equipos relacionados si el hecho de que sigan
funcionando pudiera constituir un peligro.”
Selección de modos de mando o de funcionamiento.
Prioridad del selector:
“El modo de mando o de funcionamiento seleccionado tendrá prioridad sobre todos los
demás modos de mando o de funcionamiento, a excepción de la parada de emergencia.”
Niveles de seguridad:
“Si la máquina ha sido diseñada y fabricada para que pueda utilizarse según varios
modos de mando o de funcionamiento que requieran distintas medidas de protección y/o
procedimientos de trabajo, llevará un selector de modo de mando o de funcionamiento
enclavable en cada posición. Cada una de las posiciones del selector debe ser claramente
identificable y debe corresponder a un único modo de mando o de funcionamiento.”
Sustitución por otros medios de selección:
“El selector podrá sustituirse por otros medios de selección con los que se pueda limitar
la utilización de determinadas funciones de la máquina a determinadas categorías de
operadores.”
Funcionamiento con dispositivos de seguridad neutralizados:
“Si, en determinadas operaciones, la máquina ha de poder funcionar con un resguardo
desplazado o retirado o con un dispositivo de protección neutralizado, el selector de modo
de mando o de funcionamiento deberá, a la vez:
- Desactivar todos los demás modos de mando o de funcionamiento.
- Autorizar el funcionamiento de las funciones peligrosas únicamente mediante órganos de
accionamiento que requieran un accionamiento mantenido.
- Autorizar el funcionamiento de las funciones peligrosas solo en condiciones de riesgo
reducido y evitando cualquier peligro derivado de una sucesión de secuencias.
- Impedir que funcione cualquier función peligrosa mediante una acción voluntaria o
involuntaria sobre los sensores de la máquina.
Si no pueden cumplirse de forma simultánea estas cuatro condiciones, el selector de modo de
mando o de funcionamiento activará otras medidas preventivas diseñadas y fabricadas para
garantizar una zona de intervención segura.
Además, desde el puesto de reglaje, el operador deberá poder controlar el funcionamiento de
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los elementos sobre los que esté actuando.”
Fallo de la alimentación de energía.
“La interrupción, el restablecimiento tras una interrupción o la variación, en el sentido que
sea, de la alimentación de energía de la máquina no provocarán situaciones peligrosas.
Deberá prestarse especial atención a los siguientes aspectos:
- Que la máquina no se ponga en marcha de manera intempestiva.
- Que no varíen los parámetros de la máquina de forma incontrolada, cuando tal variación
pueda dar lugar a situaciones peligrosas.
- Que no se impida la parada de la máquina si ya se ha dado la orden.
- Que no se pueda producir la caída o proyección de ningún elemento móvil de la máquina
o de ninguna pieza sujetada por ella.
- Que no se impida la parada automática o manual de los elementos móviles, cualesquiera
que estos sean.
- Que los dispositivos de protección permanezcan totalmente operativos o emitan una
orden de parada.”
Medidas de protección contra peligros mecánicos.
Riesgo de pérdida de estabilidad.
Estabilidad propia:
“La máquina, así como sus elementos y equipos, deberán ser suficientemente estables
para que se pueda evitar el vuelco, la caída o los movimientos incontrolados durante el
transporte, montaje, desmontaje y cualquier otra acción relacionada con la máquina.”
Medios de fijación:
“Si la propia forma de la máquina o la instalación a que se destina no permiten garantizar
la suficiente estabilidad, habrá que disponer unos medios de fijación adecuados, que se
indicarán en el manual de instrucciones.”
Riesgo de rotura en servicio.
Resistencia de las partes y conexiones de la máquina:
“Tanto las partes de la máquina como las uniones entre ellas tendrán que poder resistir
a las solicitaciones a las que se vean sometidas durante la utilización.”
Materiales:
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44
“Los materiales utilizados tendrán una resistencia suficiente, adaptada a las
características del entorno de utilización previsto por el fabricante o su representante
autorizado, en particular respecto a los fenómenos de fatiga, envejecimiento, corrosión y
abrasión.”
Inspecciones, mantenimiento y sustitución de piezas:
“El manual de instrucciones debe indicar los tipos y la frecuencia de las inspecciones y
mantenimientos necesarios por motivos de seguridad. En su caso, indicará las piezas que
puedan desgastarse, así como los criterios para su sustitución.”
Riesgos de estallido o rotura:
“Si, a pesar de las medidas adoptadas, persistiera un riesgo de estallido o rotura, los
elementos afectados estarán montados, dispuestos y/o provistos de protección de modo
que se retenga cualquier fragmento evitando así situaciones peligrosas.”
Conductos con fluidos a alta presión:
“Los conductos rígidos o flexibles por los que circulen fluidos, especialmente a alta
presión, tendrán que poder soportar las solicitaciones internas y externas previstas;
estarán sólidamente sujetos y/o provistos de protección para garantizar que no existan
riesgos en caso de que se produzca una rotura.”
Avance automático del material hacia la herramienta
“En caso de avance automático del material que vaya a trabajarse hacia la herramienta,
deberán darse las condiciones que figuran a continuación para evitar riesgos a las
personas:
- cuando la herramienta y la pieza entren en contacto, la herramienta tendrá que haber
alcanzado sus condiciones normales de trabajo,
- en el momento en que se produzca la puesta en marcha y/o la parada de la herramienta
(voluntaria o accidentalmente), el movimiento de avance y el movimiento de la
herramienta deberán estar coordinados.”
Riesgos debidos a caídas y proyecciones de objetos.
“Se deberán tomar precauciones para evitar las caídas o proyecciones de objetos que puedan
presentar un riesgo.”
Riesgos debidos a superficies, aristas, ángulos.
“Los elementos de la máquina que sean accesibles no presentarán, en la medida que lo permita
su función, ni aristas, ni ángulos pronunciados, ni superficies rugosas que puedan producir
lesiones.”
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Riesgos debidos a las máquinas combinadas.
“Cuando la máquina esté prevista para poder efectuar varias operaciones diferentes en las
que se deba coger la pieza con las manos entre operación y operación (máquina combinada),
se debe diseñar y fabricar de modo que cada elemento pueda utilizarse por separado sin que
los elementos restantes constituyan un riesgo para las personas expuestas.
A tal fin, cada uno de los elementos, si careciera de protección, se deberá poder poner en
marcha o parar individualmente.”
Riesgos relacionados con las variaciones de las condiciones de funcionamiento.
“En el caso de operaciones en condiciones de utilización diferentes, la máquina se debe
diseñar y fabricar de forma que la elección y el reglaje de dichas condiciones puedan
efectuarse de manera segura y fiable.”
Riesgos relacionados con los elementos móviles.
Riesgos relacionados con los elementos móviles:
“Los elementos móviles de la máquina se deben diseñar y fabricar a fin de evitar los
riesgos de contacto que puedan provocar accidentes o, cuando subsistan los riesgos,
estarán provistos de resguardos o de dispositivos de protección.”
Riesgo de bloqueo de elementos móviles:
“Deberán tomarse todas las medidas necesarias para evitar el bloqueo inesperado de los
elementos móviles que intervienen en el trabajo. En caso de que la posibilidad de bloqueo
subsistiese a pesar de las medidas tomadas, deberán proporcionarse, cuando resulte
adecuado, los necesarios dispositivos de protección y herramientas específicos que
permitan desbloquear el equipo de manera segura.”
“El manual de instrucciones y, si es posible, una indicación inscrita en la máquina,
deberán mencionar dichos dispositivos de protección específicos y la manera de
utilizarlos.”
Elección de la protección contra los riesgos ocasionados por los elementos
móviles.
“Los resguardos o los dispositivos de protección diseñados para proteger contra los riesgos
debidos a los elementos móviles se elegirán en función del riesgo existente.
Para efectuar la elección deberán utilizarse las indicaciones siguientes.
A) Elementos móviles de transmisión:
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46
Los resguardos diseñados para proteger a las personas contra los peligros ocasionados
por los elementos móviles de transmisión serán:
- resguardos fijos según lo indicado en el punto 1.4.2.1, o
- resguardos movibles con enclavamiento según lo indicado en el punto 1.4.2.2.
Se recurrirá a esta última solución si se prevén intervenciones frecuentes.
B) Elementos móviles que intervengan en el trabajo:
Los resguardos o los dispositivos de protección diseñados para proteger a las personas
contra los riesgos ocasionados por los elementos móviles que intervienen en el trabajo
serán:
- resguardos fijos según lo indicado en el punto 1.4.2.1, o
- resguardos movibles con enclavamiento según lo indicado en el punto 1.4.2.2.
- dispositivos de protección según lo indicado en el punto 1.4.3, o
- una combinación de los anteriores
No obstante, cuando determinados elementos móviles que intervengan directamente en el
trabajo no se puedan hacer totalmente inaccesibles durante su funcionamiento debido a
operaciones que exijan la intervención del operador, esos elementos estarán provistos de:
- resguardos fijos o resguardos movibles con enclavamiento que impidan el acceso a las
partes de los elementos que no se utilicen para el trabajo, y
- resguardos regulables según lo indicado en el punto 1.4.2.3 que restrinjan el acceso a las
partes de los elementos móviles a las que sea necesario acceder.”
Riesgos debidos a movimientos no intencionados..
“Cuando se haya parado un elemento de una máquina, la deriva a partir de la posición de
parada, por cualquier motivo que no sea la acción sobre los órganos de accionamiento, deberá
impedirse o será tal que no entrañe peligro alguno.”
Características que deben reunir los resguardos y los dispositivos de protección.
Requisitos generales.
“Los resguardos y los dispositivos de protección:
- Serán de fabricación robusta.
- Deberán mantenerse sólidamente en su posición.
- No ocasionarán peligros suplementarios.
- No podrán ser burlados o anulados con facilidad.
- Deberán estar situados a una distancia adecuada de la zona peligrosa.
- Deberán restringir lo menos posible la observación del proceso productivo.
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
47
- Deberán permitir las intervenciones indispensables para la colocación y/o la sustitución
de las herramientas, así como para los trabajos de mantenimiento, limitando el acceso
exclusivamente a la zona donde deba realizarse el trabajo y, ello, a ser posible, sin
desmontar el resguardo o neutralizar el dispositivo de protección.
Además, los resguardos deberán, en la medida de lo posible, proteger contra la proyección o
la caída de materiales u objetos y contra las emisiones generadas por la máquina.”
Requisitos específicos para los resguardos.
1.4.2.1. Resguardos fijos.
“La fijación de los resguardos fijos estará garantizada por sistemas que solo se
puedan abrir o desmontar mediante herramientas.
Los sistemas de fijación deberán permanecer unidos a los resguardos o a la
máquina cuando se desmonten los resguardos.
En la medida de lo posible, los resguardos no podrán permanecer en su posición
si carecen de sus medios de fijación.”
1.4.2.2. Resguardos móviles con dispositivo de enclavamiento.
Los resguardos móviles con dispositivo de enclavamiento:
- Siempre que ello sea posible, habrán de permanecer unidos a la máquina
cuando se abran
- Se deben diseñar y fabricar de forma que solamente se puedan regular mediante
una acción voluntaria.
Los resguardos móviles con dispositivo de enclavamiento estarán asociados a un
dispositivo de enclavamiento de manera que:
- Impida la puesta en marcha de funciones peligrosas de la máquina mientras los
resguardos no estén cerrados, y
- Genere una orden de parada cuando dejen de estar cerrados.
Cuando sea posible para un operador alcanzar la zona peligrosa antes de que haya
cesado el riesgo que entrañan las funciones peligrosas de la máquina, los resguardos
móviles estarán asociados, además de a un dispositivo de enclavamiento, a un
dispositivo de bloqueo que:
- Impida la puesta en marcha de funciones peligrosas de la máquina mientras el
resguardo no esté cerrado y bloqueado, y
- Genere una orden de parada cuando dejen de estar cerrados.
Cuando sea posible para un operador alcanzar la zona peligrosa antes de que haya
cesado el riesgo que entrañan las funciones peligrosas de la máquina, los resguardos
móviles estarán asociados, además de a un dispositivo de enclavamiento, a un
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
48
dispositivo de bloqueo que:
- Impida la puesta en marcha de funciones peligrosas de la máquina mientras el
resguardo no esté cerrado y bloqueado, y
- Mantenga el resguardo cerrado y bloqueado hasta que cese el riesgo de sufrir
daños a causa de las funciones peligrosas de la máquina.
Los resguardos móviles con dispositivo de enclavamiento se deben diseñar de forma
que la ausencia o el fallo de uno de sus componentes impida la puesta en marcha o
provoque la parada de las funciones peligrosas de la máquina.”
1.4.2.3. Resguardos regulables que restrinjan el acceso.
“Los resguardos regulables que restrinjan el acceso a las partes de los elementos
móviles estrictamente necesarias para el trabajo:
- deberán poder regularse manual o automáticamente, según el tipo de trabajo
que vaya a realizarse.
- deberán poder regularse fácilmente sin herramientas.”
Requisitos específicos para los dispositivos de protección.
“Los dispositivos de protección estarán diseñados e integrados dentro del sistema de
mando, de tal manera que:
- Sea imposible que los elementos móviles empiecen a funcionar mientras el operador
pueda entrar en contacto con ellos.
- Ninguna persona pueda entrar en contacto con los elementos móviles mientras estén
en movimiento.
- La ausencia o el fallo de uno de sus componentes impedirá la puesta en marcha o
provocará la parada de los elementos móviles.
Los dispositivos de protección solamente se podrán regular mediante una acción
voluntaria.”
Riesgos debidos a otros peligros.
Energía eléctrica.
“Si la máquina se alimenta con energía eléctrica, se debe diseñar, fabricar y equipar de
manera que se eviten o se puedan evitar todos los peligros de origen eléctrico.
Los objetivos en materia de seguridad establecidos en la Directiva 2014/35/UE
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
49
(incorporada al ordenamiento jurídico español por el Real Decreto 187/2016, de 6 de
mayo) se aplicarán a las máquinas. No obstante, las obligaciones relativas a la
evaluación de conformidad y la comercialización y/o puesta en servicio de una máquina
con respecto a los peligros provocados por la energía eléctrica se regularán
exclusivamente por la Directiva 2006/42/CE, que traspone el presente real decreto.”
Electricidad estática.
“La máquina se debe diseñar y fabricar para evitar o restringir la aparición de cargas
electrostáticas que puedan ser peligrosas y/o dispondrá de medios para poder
evacuarlas.”
Energías distintas de la eléctrica.
“Si la máquina se alimenta con fuentes de energía distinta de la eléctrica, se debe diseñar,
fabricar y equipar para prevenir todos los posibles riesgos ligados a estas fuentes de
energía.”
Errores de montaje.
Errores de montaje:
“Los errores susceptibles de ser cometidos en el montaje o reposición de determinadas
piezas que pudiesen provocar riesgos deberán imposibilitarse mediante el diseño y la
fabricación de dichas piezas o, en su defecto, mediante indicaciones que figuren en las
propias piezas y/o en sus respectivos cárteres. Las mismas indicaciones figurarán en los
elementos móviles y/o en sus respectivos cárteres cuando, para evitar un riesgo, sea
preciso conocer el sentido del movimiento.
En su caso, el manual de instrucciones deberá incluir información complementaria sobre
estos riesgos.”
Conexión errónea de fluidos y de conductores eléctricos:
“Cuando una conexión defectuosa pueda originar riesgos, cualquier conexión errónea
deberá hacerse imposible por el propio diseño o, en su defecto, por indicaciones que
figuren en los elementos que deben conectarse o, cuando proceda, en los medios de
conexión.”
Temperaturas extremas.
“Se adoptarán medidas para evitar cualquier riesgo de lesión por contacto o proximidad
con piezas o materiales a temperatura elevada o muy baja.
Se adoptarán, asimismo, las medidas necesarias para evitar o proteger contra el riesgo
de proyección de materias calientes o muy frías.”
Incendio.
“La máquina se debe diseñar y fabricar de manera que se evite cualquier riesgo de
incendio o de sobrecalentamiento provocado por la máquina en sí o por los gases,
líquidos, polvos, vapores y demás sustancias producidas o utilizadas por la máquina.”
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
50
Explosión.
Riesgo de explosión producido por la máquina:
“La máquina se debe diseñar y fabricar de manera que se evite cualquier riesgo de
explosión provocado por la propia máquina o por los gases, líquidos, polvos, vapores y
demás sustancias producidas o utilizadas por la máquina.”
Máquina utilizada en atmósferas explosivas:
“En lo que respecta a los riesgos de explosión debidos a la utilización de la máquina en
una atmósfera potencialmente explosiva, la máquina deberá ser conforme a las
disposiciones de transposición de las directivas comunitarias específicas.”
Ruido.
“La máquina se debe diseñar y fabricar de manera que los riesgos que resulten de la
emisión del ruido aéreo producido se reduzcan al nivel más bajo posible, teniendo en
cuenta el progreso técnico y la disponibilidad de medios de reducción del ruido,
especialmente en su fuente.
El nivel de ruido emitido podrá evaluarse tomando como referencia los datos de emisión
comparativos de máquinas similares.”
Vibraciones.
“La máquina se debe diseñar y fabricar de manera que los riesgos que resulten de las
vibraciones que ella produzca se reduzcan al nivel más bajo posible, teniendo en cuenta
el progreso técnico y la disponibilidad de medios de reducción de las vibraciones,
especialmente en su fuente.
El nivel de vibraciones producidas podrá evaluarse tomando como referencia los datos
de emisión comparativos de máquinas similares.”
Radiaciones.
“Las radiaciones no deseadas de la máquina deberán eliminarse o reducirse a niveles
que no afecten perjudicialmente a las personas.
- Cualquier radiación ionizante funcional emitida por la máquina se limitará al nivel
mínimo necesario para garantizar el funcionamiento correcto de la máquina durante su
instalación, funcionamiento y limpieza.
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
51
- Cuando exista un riesgo, se adoptarán las medidas de protección necesarias.
- Cualquier radiación no ionizante funcional emitida durante la instalación,
funcionamiento y limpieza se limitará a niveles que no afecten perjudicialmente a las
personas.”
Radiaciones exteriores.
“La máquina se debe diseñar y fabricar de forma que las radiaciones exteriores no
perturben su funcionamiento.”
Radiación láser.
“Si se utilizan equipos láser, se deberán tener en cuenta las normas siguientes:
- Los equipos láser de las máquinas se deben diseñar y fabricar de forma que se evite
toda radiación involuntaria.
- Los equipos láser de las máquinas dispondrán de protección de forma que no
perjudiquen a la salud ni la radiación eficaz, ni la radiación producida por reflexión o
difusión, ni la radiación secundaria.
- Los equipos ópticos para la observación o el reglaje de equipos láser de las máquinas
deben ser tales que no den lugar a riesgo alguno para la salud debido a las radiaciones
láser.”
Emisiones de materiales y sustancias peligrosas.
“La máquina se debe diseñar y fabricar de manera que se puedan evitar los riesgos de
inhalación, ingestión, contacto con la piel, ojos y mucosas, y penetración por la piel, de
materiales y sustancias peligrosas producidos por ella.
Cuando resulte imposible eliminar este peligro, la máquina estará equipada para que
los materiales y sustancias peligrosos se puedan confinar, evacuar, precipitar mediante
pulverización de agua, filtrar o tratar mediante otro método igualmente eficaz.
Si el proceso no es totalmente cerrado durante el funcionamiento normal de la máquina,
los dispositivos de confinamiento y/o evacuación estarán situados de manera que
produzcan un efecto máximo.”
Riesgo de quedar encerrado en una máquina.
“La máquina se debe diseñar, fabricar o equipar con medios que impidan que una
persona quede encerrada en ella o si esto no es posible, que le permitan pedir ayuda.”
Riesgo de resbalar, tropezar o caer.
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
52
“Las partes de la máquina sobre las que esté previsto que puedan desplazarse o
estacionarse personas se deben diseñar y fabricar de manera que se evite que dichas
personas resbalen, tropiecen o caigan sobre esas partes o fuera de ellas. Cuando proceda,
dichas partes estarán equipadas de asideros fijos que permitan a los usuarios conservar
la estabilidad.”
Rayos.
“Las máquinas que requieran protección contra los efectos de los rayos durante su
utilización deberán estar equipadas con un sistema que permita conducir a tierra la carga
eléctrica resultante.”
Mantenimiento.
Mantenimiento de la máquina.
Operaciones de regulación, mantenimiento, reparación, limpieza y
conservación:
“Los puntos de reglaje y de mantenimiento estarán situados fuera de las zonas peligrosas.
Las operaciones de reglaje, mantenimiento, reparación, limpieza y las intervenciones
sobre la máquina deberán poder efectuarse con la máquina parada.
Si al menos una de las anteriores condiciones no pudiera cumplirse por motivos técnicos,
se adoptarán medidas para garantizar que dichas operaciones puedan efectuarse de
forma segura (véase, en particular, el punto 1.2.5)”
Máquinas automatizadas:
“Para las máquinas automatizadas y, en su caso, para otras máquinas, deberá preverse
un dispositivo de conexión que permita montar un equipo de diagnóstico de averías.
Los elementos de una máquina automatizada que deban sustituirse con frecuencia,
deberán poder desmontarse y volver a montarse fácilmente y con total seguridad. El
acceso a estos elementos debe permitir que estas tareas se lleven a cabo con los medios
técnicos necesarios siguiendo un modus operandi definido previamente.”
Acceso a los puestos de trabajo o a los puntos de intervención.
“La máquina se debe diseñar y fabricar con medios de acceso que permitan llegar con
total seguridad a todas las zonas en las que se requiera intervenir durante su
funcionamiento, reglaje y mantenimiento.”
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
53
Separación de las fuentes de energía.
Dispositivos de separación de la energía:
“La máquina estará provista de dispositivos que permitan aislarla de cada una de sus
fuentes de energía. Dichos dispositivos serán claramente identificables. Deberán poder
ser bloqueados si al conectarse de nuevo pudieran poner en peligro a las personas. Los
dispositivos también deberán poder ser bloqueados cuando el operador no pueda
comprobar, desde todos los puestos a los que tenga acceso, la permanencia de dicha
separación.
En el caso de máquinas que puedan enchufarse a una toma de corriente, la desconexión
de la clavija será suficiente, siempre que el operador pueda comprobar, desde todos los
puestos a los que tenga acceso, la permanencia de dicha desconexión.”
Disipación de la energía acumulada:
“La energía residual o almacenada en los circuitos de la máquina tras su aislamiento
debe poder ser disipada normalmente sin riesgo para las personas.”
Excepción:
“No obstante el requisito de los párrafos anteriores, algunos circuitos podrán
permanecer conectados a su fuente de energía para posibilitar, por ejemplo, el
mantenimiento de piezas, la protección de información, el alumbrado de las partes
internas, etc. En tal caso, deberán adoptarse medidas especiales para garantizar la
seguridad de los operadores.”
Intervención del operador.
“Las máquinas se deben diseñar, fabricar y equipar de forma que se limiten las causas
de intervención de los operadores.
Siempre que no pueda evitarse la intervención del operador, esta deberá poder efectuarse
con facilidad y seguridad.”
Limpieza de las partes interiores.
“La máquina se debe diseñar y fabricar de manera que sea posible limpiar las partes
interiores que hayan contenido sustancias o preparados peligrosos sin penetrar en ellas;
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
54
asimismo, si es necesario desbloquearlas, la operación deberá poder realizarse desde el
exterior.
Si fuese imposible evitar tener que penetrar en la máquina, esta se debe diseñar y fabricar
de forma que sea posible efectuar la limpieza con total seguridad.”
Información.
Informaciones y advertencias sobre la máquina.
“Las informaciones y advertencias sobre la máquina se deben proporcionar,
preferentemente, en forma de pictogramas o símbolos fácilmente comprensibles.
Cualquier información o advertencia verbal o escrita se expresará, cuando la máquina
se comercialice y/o ponga en servicio en España, al menos en castellano, acompañada, si
así se solicita, por las versiones en otras lenguas oficiales de la Comunidad que
comprendan los operadores.”
1.7.1.1. Información y dispositivos de información.
“La información necesaria para el manejo de una máquina deberá carecer de
ambigüedades y ser de fácil comprensión. No deberá ser excesiva hasta el punto
que constituya una sobrecarga para el operador.
Las pantallas de visualización o cualesquiera otros medios de comunicación
interactivos entre el operador y la máquina deberán ser de fácil comprensión y
utilización.”
1.7.1.2. Dispositivos de advertencia.
“Cuando la salud y la seguridad de las personas puedan estar en peligro por
funcionamiento defectuoso de una máquina que funcione sin vigilancia, esta
deberá estar equipada de manera que advierta de ello mediante una señal acústica
o luminosa adecuada.
Si la máquina lleva dispositivos de advertencia, estos no serán ambiguos y se
percibirán fácilmente. Se adoptarán medidas para que el operador pueda verificar
si estos dispositivos de advertencia siguen siendo eficaces.
Se aplicarán las prescripciones de las directivas comunitarias específicas sobre
colores y señales de seguridad.”
Advertencia de los riesgos residuales
“Si, a pesar de las medidas de diseño inherentemente seguro, de las medidas de
protección y de las medidas preventivas complementarias adoptadas, existen riesgos,
deberán colocarse las señales de advertencia necesarias, incluidos los dispositivos de
advertencia.”
Marcado de las máquinas.
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
55
“Cada máquina llevará, de forma legible e indeleble, como mínimo las indicaciones
siguientes:
- La razón social y la dirección completa del fabricante y, en su caso, de su
representante autorizado.
- La designación de la máquina.
- El marcado CE (véase el anexo III).
- La designación de la serie o del modelo.
- El número de serie, si existiera.
- El año de fabricación, es decir, el año en el que finaliza el proceso de
fabricación.
Está prohibido indicar una fecha anterior o posterior en la máquina al aplicar el marcado
CE.”
Indicaciones específicas:
“Además, la máquina diseñada y fabricada para utilizarse en una atmósfera
potencialmente explosiva debe llevar el marcado correspondiente.”
Indicaciones para el empleo seguro:
“En función del tipo de máquina, esta deberá llevar también todas las indicaciones que
sean indispensables para un empleo seguro. Dichas indicaciones deberán cumplir los
requisitos establecidos en el punto 1.7.1.”
Indicación de la masa de los elementos:
“Cuando un elemento de la máquina deba ser manipulado durante su utilización,
mediante aparatos de elevación, su masa deberá estar inscrita de forma legible, duradera
y no ambigua.”
Manual de instrucciones.
“Cuando se comercialice y/o se ponga en servicio en España, cada máquina deberá ir
acompañada de un manual de instrucciones, al menos en castellano. Dicho manual será
un «Manual original» o una «Traducción del manual original»; en este último caso, la
traducción irá acompañada obligatoriamente de un «Manual original».
No obstante, las instrucciones para el mantenimiento destinadas al personal especializado
habilitado por el fabricante o su representante autorizado podrán ser suministradas en
una sola de las lenguas de la Comunidad Europea que comprenda dicho personal
especializado.
El manual de instrucciones estará redactado según los principios que se enumeran a
continuación.”
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
56
1.7.4.1. Principios generales de redacción del manual de instrucciones:
a) El manual de instrucciones estará redactado en una o varias de las lenguas
oficiales de la Comunidad Europea.
La mención «Manual original» deberá figurar en la versión o versiones
lingüísticas comprobadas por el fabricante o por su representante autorizado.
b) Cuando no exista un «Manual original» en castellano, el fabricante o su
representante autorizado, o el responsable de la introducción de la máquina en la
zona lingüística de que se trate, deberá proporcionar una traducción al menos en
castellano. Las traducciones incluirán la mención «Traducción del manual
original».
c) El contenido del manual de instrucciones no solamente deberá cubrir el uso
previsto de la máquina, sino también tener en cuenta su mal uso razonablemente
previsible.
d) En el caso de máquinas destinadas a usuarios no profesionales, en la redacción
y la presentación del manual de instrucciones se tendrá en cuenta el nivel de
formación general y la perspicacia que, razonablemente, pueda esperarse de
dichos usuarios.
1.7.4.2. Contenido del manual de instrucciones:
“Cada manual de instrucciones contendrá como mínimo, cuando proceda, la
información siguiente:
a) La razón social y dirección completa del fabricante y de su representante
autorizado.
La designación de la máquina, tal como se indique sobre la propia máquina, con
excepción del número de serie (véase el punto 1.7.3).
c) La declaración CE de conformidad o un documento que exponga el contenido
de dicha declaración y en el que figuren las indicaciones de la máquina sin que
necesariamente deba incluir el número de serie y la firma.
d) Una descripción general de la máquina.
e) Los planos, diagramas, descripciones y explicaciones necesarias para el uso, el
mantenimiento y la reparación de la máquina, así como para comprobar su
correcto funcionamiento.
f) Una descripción de los puestos de trabajo que puedan ocupar los operadores.
g) Una descripción del uso previsto de la máquina.
h) advertencias relativas a los modos en que no se debe utilizar una máquina que,
por experiencia, pueden presentarse.
i) Las instrucciones de montaje, instalación y conexión, incluidos los planos,
diagramas y medios de fijación y la designación del chasis o de la instalación en
la que debe montarse la máquina.
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
57
j) Las instrucciones relativas a la instalación y al montaje, dirigidas a reducir el
ruido y las vibraciones.
k) Las instrucciones relativas a la puesta en servicio y la utilización de la máquina
y, en caso necesario, las instrucciones relativas a la formación de los operadores.
l) Información sobre los riesgos residuales que existan a pesar de las medidas de
diseño inherentemente seguro, de las medidas de protección y de las medidas
preventivas complementarias adoptadas.
m) Instrucciones acerca de las medidas preventivas que debe adoptar el usuario,
incluyendo, cuando proceda, los equipos de protección individual a proporcionar.
n) Las características básicas de las herramientas que puedan acoplarse a la
máquina.
o) Las condiciones en las que las máquinas responden al requisito de estabilidad
durante su utilización, transporte, montaje, desmontaje, situación de fuera de
servicio, ensayo o situación de avería previsible.
p) Instrucciones para que las operaciones de transporte, manutención y
almacenamiento puedan realizarse con total seguridad, con indicación de la masa
de la máquina y la de sus diversos elementos cuando, de forma regular, deban
transportarse por separado.
q) El modo operativo que se ha de seguir en caso de accidente o de avería; si es
probable que se produzca un bloqueo, el modo operativo que se ha de seguir para
lograr el desbloqueo del equipo con total seguridad.
r) La descripción de las operaciones de reglaje y de mantenimiento que deban ser
realizadas por el usuario, así como las medidas de mantenimiento preventivo que
se han de cumplir.
s) Instrucciones diseñadas para permitir que el reglaje y el mantenimiento se
realicen con total seguridad, incluidas las medidas preventivas que deben
adoptarse durante este tipo de operaciones.
t) Las características de las piezas de recambio que deben utilizarse, cuando estas
afecten a la salud y seguridad de los operadores.
u) Las siguientes indicaciones sobre el ruido aéreo emitido:
El nivel de presión acústica de emisión ponderado A en los puestos de trabajo,
cuando supere 70 dB(A); si este nivel fuera inferior o igual a 70 dB(A), deberá
mencionarse este hecho.
El valor máximo de la presión acústica instantánea ponderado C en los puestos de
trabajo, cuando supere 63 Pa (130 dB con relación a 20 μPa).
El nivel de potencia acústica ponderado A emitido por la máquina, si el nivel de
presión acústica de emisión ponderado A supera, en los puestos de trabajo, 80
dB(A).
Estos valores se medirán realmente en la máquina considerada, o bien se
establecerán a partir de mediciones efectuadas en una máquina técnicamente
comparable y representativa de la máquina a fabricar.
Cuando la máquina sea de muy grandes dimensiones, la indicación del nivel de
potencia acústica ponderado A podrá sustituirse por la indicación de los niveles de
presión acústica de emisión ponderados A en lugares especificados en torno a la
máquina.
Cuando no se apliquen las normas armonizadas, los datos acústicos se medirán
utilizando el código de medición que mejor se adapte a la máquina. Cuando se
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
58
indiquen los valores de emisión de ruido, se especificará la incertidumbre asociada
a dichos valores. Deberán describirse las condiciones de funcionamiento de la
máquina durante la medición, así como los métodos utilizados para ésta.
Cuando el o los puestos de trabajo no estén definidos o no puedan definirse, la
medición del nivel de presión acústica ponderado A se efectuará a 1 m de la
superficie de la máquina y a una altura de 1,6 metros por encima del suelo o de la
plataforma de acceso. Se indicará la posición y el valor de la presión acústica
máxima.
Cuando existan directivas comunitarias específicas que prevean otros requisitos
para medir el nivel de presión acústica o el nivel de potencia acústica, se aplicarán
estas directivas y no se aplicarán los requisitos correspondientes del presente
punto.
v) Cuando sea probable que la máquina emita radiaciones no ionizantes que
puedan causar daños a las personas, en particular a las personas portadoras de
dispositivos médicos implantables activos o inactivos, información sobre la
radiación emitida para el operador y las personas expuestas.”
1.7.4.3. Información publicitaria
“La información publicitaria que describa la máquina no deberá contradecir al
manual de instrucciones en lo que respecta a los aspectos de salud y seguridad. La
información publicitaria que describa las características de funcionamiento de la
máquina deberá contener la misma información que el manual de instrucciones
acerca de las emisiones.”
7.2.2 REQUISITOS ESENCIALES DE SEGURIDAD Y SALUD PARA ALGUNAS CATEGORIAS DE MÁQUINAS. MÁQUINAS AGROALIMENTARIAS
Esta sección contiene los requisitos esenciales de seguridad y de salud exigidos en el apartado 2.1. del Anexo
I del Real Decreto 1644/2008.
Las máquinas destinadas a la industria de productos alimenticios y materias de características físicas similares
deberán responder al conjunto de requisitos esenciales de seguridad y de salud descritos en la presente sección.
7.2.2.1 Generalidades:
“Deben observarse los siguientes requisitos:
a) Los materiales que entren o que estén destinados a entrar en contacto con los productos alimenticios,
cosméticos o farmacéuticos deberán cumplir la normativa específica de aplicación. La máquina se
debe diseñar y fabricar de tal modo que dichos materiales puedan limpiarse antes de cada utilización;
cuando esto no sea posible, se utilizaran elementos desechables.
b) Todas las superficies en contacto con los productos alimenticios, cosméticos o farmacéuticos que no
sean superficies de elementos desechables: Serán lisas y no tendrán ni rugosidades ni cavidades que
puedan albergar materias orgánicas. Se aplicara el mismo principio a las uniones entre dos superficies,
se deben diseñar y fabricar de manera que se minimicen los salientes, los rebordes y los repliegues de
los ensamblajes, deberán poder limpiarse y desinfectarse fácilmente, cuando sea necesario, previa
retirada de aquellas partes que sean fácilmente desmontables. Las curvas de las superficies internas
serán de radio suficiente para posibilitar una limpieza completa.
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
59
c) Los líquidos, gases y aerosoles procedentes de los productos alimenticios, cosméticos o farmacéuticos,
y de los productos de limpieza, desinfección y aclarado deberán poder ser completamente desalojados
de la maquina (si es posible, en una posición de ≪limpieza≫).
d) La máquina se debe diseñar y fabricar de manera que se pueda evitar toda infiltración de sustancias,
toda acumulación de materias orgánicas o penetración de seres vivos y, en particular, de insectos, en
las zonas que no puedan limpiarse.
e) La máquina se debe diseñar y fabricar de manera que los productos auxiliares que representen un
peligro para la salud, incluidos los lubricantes utilizados, no puedan entrar en contacto con los
productos alimenticios, cosméticos o farmacéuticos. En su caso, la maquina se debe diseñar y fabricar
de manera que pueda comprobarse el cumplimiento permanente de esta condición.”
7.2.2.2 Manual de instrucciones.
“En el manual de instrucciones de las maquinas previstas para ser utilizadas con productos alimenticios,
cosméticos o farmacéuticos se indicarán los productos y métodos de limpieza, desinfección y aclarado
aconsejados, no solo para las partes fácilmente accesibles sino también para las partes cuyo acceso fuera
imposible o estuviera desaconsejado.”
7.3 LISTADO DE NORMAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y METODOLOGÍAS UTILIZADAS PARA EL DISEÑO DE LA MÁQUINA
7.3.1 NORMATIVA Y LEGISLACIÓN DE APLICACIÓN PARA EL DISEÑO
El diseño y fabricación de la máquina objeto de este expediente se realizará de acuerdo a las especificaciones
contempladas en él, ajustándose así a los requerimientos de la siguiente legislación europea:
Directiva 2006/42/CE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los estados miembros sobre
máquinas.
Directiva 2014/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, que deroga a
la anterior Directiva 2006/95, de 12 de diciembre, sobre la armonización de las legislaciones de los
Estados miembros en materia de comercialización de material eléctrico destinado a utilizarse con
determinados límites de tensión.
Directiva 2014/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, que deroga a
la anterior Directiva 2004/108, de 15 de diciembre, sobre la armonización de las legislaciones de los
Estados miembros en materia de compatibilidad electromagnética.
Además, se han tomado como referencia las indicaciones de las siguientes normas armonizadas de aplicación,
cuyo cumplimiento supone la presunción de conformidad con los requisitos esenciales de seguridad de la
Directiva “Máquinas”:
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
60
UNE-EN61310-2:2008 Seguridad de las máquinas. Indicación, marcado y maniobra. Parte 2: Requisitos para el marcado.
UNE-EN ISO 12100:2012
Seguridad de las máquinas. Principios generales para el diseño. Evaluación del riesgo y reducción del
riesgo. (ISO 12100:2010)
UNE-EN1037:1996+A1:2008 Seguridad de las máquinas. Prevención de una puesta en marcha intempestiva.
UNE-EN ISO 13850:2016
Seguridad de las máquinas. Función de parada de emergencia. Principios para el diseño.
UNE-EN ISO 13849-1:2016
Seguridad de las máquinas. Partes de los sistemas de mando relativas a la seguridad. Parte 1: Principios
generales para el diseño. (ISO 13849-1:2015)
UNE-EN 292-1:1993
Seguridad de las máquinas. Conceptos básicos, principios generales para el diseño. Parte 1:
Terminología básica. Metodología. (Versión oficial EN 292-1:1991).
UNE-EN ISO 12100:2012
Seguridad de las máquinas. Principios generales para el diseño. Evaluación del riesgo y reducción del
riesgo. (ISO 12100:2010)
UNE-EN 894-1:1997+A1:2009
Seguridad de las máquinas. Requisitos ergonómicos para el diseño de dispositivos de información y
mandos. Parte 1: Principios generales de la interacción entre el hombre y los dispositivos de información
y mandos.
UNE-EN 894-3:2001+A1:2009
Seguridad de las máquinas. Requisitos ergonómicos para el diseño de dispositivos de información y
mandos. Parte 3: Mandos.
UNE-EN_ISO_11688-1:2010
Práctica recomendada para el diseño de máquinas y equipos de bajo nivel de ruido.
UNE-EN 61508-1:2011
Seguridad funcional de los sistemas eléctricos/electrónicos/electrónicos programables relacionados con
la seguridad. Parte 1: Requisitos generales.
UNE-EN 614-2:2001+A1:2008
Seguridad de las máquinas. Principios de diseño ergonómico. Parte 2: Interacciones entre el diseño de
las máquinas y las tareas de trabajo.
UNE-ENISO13857:2008 Seguridad de las máquinas. Distancias de seguridad para impedir que se alcancen zonas peligrosas con
los miembros superiores e inferiores (ISO 13857:2008).
UNE-EN ISO 14120:2016
Seguridad de las máquinas. Resguardos. Requisitos generales para el diseño y construcción de
resguardos fijos y móviles. (ISO 14120:2015).
UNE-EN60204-1:2007/A1:2009
Seguridad de las máquinas. Equipo eléctrico de las máquinas. Parte 1: Requisitos generales.
UNE-EN61000-6-2:2006
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
61
Compatibilidad electromagnética (CEM). Parte 6-2: Normas genéricas. Inmunidad en entornos
industriales.
UNE-EN ISO 4414:2011
Transmisiones Neumáticas. Reglas generales y requisitos de seguridad para los sistemas y sus
componentes. (ISO 4414:2010)
UNE-EN 10088-2:2015
Aceros inoxidables. Parte 2: Condiciones técnicas de suministro para chapas y bandas de acero
resistentes a la corrosión para usos generales.
UNE EN 13570:2006+A1:2010
Maquinaria para el procesado de alimentos. Amasadoras y mezcladoras. Requisitos de seguridad e
higiene.
Además, para los requisitos para los que no existen normas armonizadas de aplicación, se han tenido en cuenta
las especificaciones técnicas según las reglas del arte actualmente vigentes en el sector de la construcción de este
tipo de maquinaria que han venido siendo empleadas con éxito durante los años precedentes.
Desde la etapa de diseño de la máquina, ante cada peligro concreto identificado, se ha acudido a las distintas
normas armonizadas de aplicación de entre las indicadas.
7.4 DESCRIPCIÓN DE LAS SOLUCIONES ADOPTADAS PARA PREVENIR LOS RIESGOS PRESENTADOS POR LA MÁQUINA
7.4.1 GENERALIDADES
Se tratará en este apartado:
La identificación y localización de todos y cada uno de los peligros asociados a la máquina, siguiendo
las disposiciones establecidas por el R. D. 1644/2008.
La estimación de los riesgos asociados a estos peligros, teniendo en cuenta la gravedad del suceso y la
probabilidad de que éste tenga lugar.
La selección de las medidas encaminadas a eliminar y reducir dichos riesgos y la estimación del riesgo
residual tras las medidas adoptadas para solucionarlo.
Para la identificación de los peligros y la valoración del riesgo, se seguirá el siguiente proceso, según norma
UNE-EN ISO 12100:2012 Seguridad de las máquinas. Principios generales para el diseño. Evaluación del
riesgo y reducción del riesgo, y teniendo en cuenta los principios de la norma ISO 12100:2010 , la cual
especifica la terminología básica, los principios y una metodología para lograr la seguridad en el diseño de
máquinas. Además especifica los principios de evaluación del riesgo y reducción del riesgo para ayudar a los
diseñadores a alcanzar este objetivo. Estos principios están basados en el conocimiento y la experiencia en el
diseño, utilización, incidentes, accidentes y riesgos asociados con las máquinas. Asimismo se describen los
procedimientos para la identificación de peligros y la estimación y valoración de los riesgos durante las fases
relevantes del ciclo de vida de las máquinas, y para la eliminación de los peligros o la provisión de la reducción
del riesgo adecuada. También se proporcionan directrices sobre la documentación y la verificación de la
evaluación del riesgo y el proceso de reducción del riesgo.
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
62
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
63
ILUSTRACIÓN 13: Identificación de peligros y valoración del riesgo
7.4.1.1 Requisitos esenciales de seguridad y de salud.
En este apartado se describen las soluciones que se han adoptado para dar cumplimiento a los requisitos
esenciales impuestos por apartado 1 del Anexo I del Real Decreto 1644/2008. La estructura, numeración y título
de los distintos apartados es la misma que la existente en el mencionado apartado de dicho Real Decreto.
En este apartado se da justificación al cumplimiento de todos los requisitos esenciales de seguridad y de salud
aplicables, y se justifica el porqué de aquellos que no lo son.
1. Requisitos esenciales de seguridad y de salud.
Generalidades.
Definiciones
//OMITIDO//
Principios de integración de la seguridad.
En todo momento de la fase de diseño de la MEZCLADORA HORIZONTAL DE
PIENSO se han tenido en cuenta los principios de integración de la seguridad expuestos
en el apartado 1.1.2. de la Directiva 2006/42/CE, en lo que respecta a su funcionamiento,
reglaje y mantenimiento, así como en lo relativo a su construcción, montaje y desmontaje:
Por su misma construcción la máquina objeto de este documento es apta para realizar
su función como para su mantenimiento y reparación.
Las acciones realizadas en el diseño y fabricación de la máquina objeto de este
documento se basan en los siguientes principios:
I. Eliminar y reducir los riesgos en la medida de lo posible.
II. Tomar las necesarias medidas de precaución para los riesgos que puedan
eliminarse.
III. Informar a los usuarios de los posibles riesgos residuales.
La máquina se entrega con todos los elementos necesarios para su funcionamiento y
reparación sin riesgos.
Las medidas de diseño inherentes, evitan peligros o reducen riesgos mediante una
selección adecuada de características de diseño para la propia máquina y/o interacción
entre las personas expuestas y la máquina.
Para su uso, no es necesario adoptar otras medidas adicionales de protección que no
figuren en el Manual de Instrucciones que se entrega con la máquina.
Además, en el manual de instrucciones se indica la advertencia de observar todas las
instrucciones de seguridad para reducir los riesgos asociados a la máquina y la
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
64
obligatoriedad de leer y conservar dichas instrucciones.
Materiales y productos.
Materiales y productos empleados:
Los materiales utilizados en la fabricación de la MEZCLADORA HORIZONTAL DE
PIENSO son los habituales dentro de la buena práctica de equipos similares en
cumplimiento de las directivas europeas.
Se han realizado diferentes pruebas y estudios sobre los materiales para comprobar que
son aptos para la utilización en la mezcladora.
Los materiales utilizados para la fabricación de la máquina no causan riesgos para la
seguridad y salud de las personas expuestas, siendo lo suficientemente sólidos y
robustos para soportar los trabajos duros que se puedan esperar de un uso normal de la
misma.
Asimismo, los materiales empleados para la fabricación de la máquina no presentan en
ningún caso toxicidad o riesgo de emanación de gases o vapores durante el
funcionamiento.
Riesgos causados por los fluidos:
No se utilizan fluidos en la máquina tratada.
En lo que respecta a los materiales de embalaje, grasas y lubricantes a utilizar en la
máquina, sus características se indican en el Manual de Instrucciones que acompaña a
la misma.
Iluminación.
Alumbrado adaptado a las operaciones:
No se ha considerado necesario la instalación en la MEZCLADORA HORIZONTAL
DE PIENSO de alumbrado específico de las zonas de trabajo, ya que la iluminación
ambiental normal de la zona en la que se use debe ser, en cualquier caso, suficiente
para un funcionamiento sin riesgo.
Alumbrado de inspección, regulación y mantenimiento:
La máquina no cuenta con iluminación adicional para la realización de operaciones de
inspección, regulación y mantenimiento. Para el alumbrado de dichas zonas se deberán
utilizar lámparas portátiles cuyas características y modo de empleo se especifican a
continuación:
- Los dispositivos adicionales que se incorporen a la máquina para realizar trabajos
de inspección, regulación y mantenimiento deberán proporcionar niveles de
iluminación suficiente que garanticen la seguridad de los trabajos a realizar.
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
65
- La colocación de dichos dispositivos se realizará de forma que no produzcan zonas
de sombra y deslumbramientos molestos, efectos estroboscópicos peligrosos, riesgos
de quemaduras por contacto directo con la lámpara, etc.
- Asegurar la existencia de una toma de corriente próxima a la máquina que permita
la conexión de la lámpara adicional.
- Comprobar, antes de usar, que el equipo adicional de iluminación no presenta
conexiones defectuosas, empalmes, pérdidas de aislamiento, partes en tensión mal
aisladas, etc...
- Conectar dicho dispositivo a una toma de corriente cuyo circuito se encuentre
convenientemente protegido mediante magneto térmico y diferencial adecuados.
En cualquier caso, se deberá dar cumplimiento a la norma UNE-EN 60204-1, punto
15.2.3, sobre protección del alumbrado.
Diseño de la máquina con miras a su manutención.
Los procesos de montaje, embalaje, transporte, almacenaje, montaje y desmontaje de
algún elemento de la máquina serán realizados siempre por personal cualificado y
conforme a lo que queda claramente especificado en el Manual de Instrucciones que
acompaña a la misma.
Los distintos componentes de la Máquina han sido diseñados de forma que en las
operaciones de embalaje, transporte, almacenaje, montaje y desmontaje no se produzcan
riesgos ni peligros.
Mandos.
Seguridad y fiabilidad de los sistemas de mando.
Los mandos de control se han diseñado para que sean seguros y fiables basándose en
que resistan las condiciones lógicas del servicio así como la manipulación errónea de
los mismos no conlleve una situación de extremo peligro, utilizándose componentes
probados y de fabricantes de reconocida calidad.
Los distintos componentes integrados en el sistema de mando de la máquina disponen de
marcado CE según DIRECTIVA 2014/35/UE DE BAJA TENSIÓN, al tener tensiones de
trabajo de 220 V/380 V.
Cuando se conecta la alimentación no se produce ningún movimiento de la máquina.
Los circuitos de mando se encuentran instalados en un panel de control basado en una
automatización para el arranque y la parada. Las protecciones eléctricas son: Disyuntor,
guarda motor, contactor, pulsadores paro-marcha para arrancar o parar la máquina,
pulsador de emergencia y todos aquellos componentes eléctricos necesarios para que la
instalación eléctrica cumpla con todo lo que establece la DIRECTIVA 2014/35/UE DE
BAJA TENSIÓN.
Órganos de accionamiento.
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
66
Diseño de los órganos de accionamiento:
Todos los elementos de la interfaz “operador-máquina” tales como los órganos de
accionamiento, se han diseñado para que sean fácilmente comprensibles, de manera
que sea posible una interacción clara e inequívoca entre el operador y la máquina.
Se han identificado las actividades de gestión que son necesarios para asegurar que se
cumplen los objetivos de la seguridad funcional, tal como indica la norma UNE-EN
61511-1:2006.
Para el diseño se ha tenido en cuenta la norma UNE-EN ISO 13849-1:2016 Seguridad de
las máquinas. Partes de los sistemas de mando relativas a la seguridad. Parte 1: Principios
generales para el diseño.
Los elementos o mandos de control son fácilmente identificables estando situados fuera
de las áreas de peligro.
Los errores que afecten a la lógica del sistema de mando no provocan situaciones
peligrosas.
Un error humano razonablemente previsible durante el funcionamiento no provoca
situaciones peligrosas.
Visibilidad de las zonas peligrosas durante la puesta en marcha:
Desde el puesto de mando de la máquina, el operador encargado de realizar la puesta en
marcha dispone de visibilidad total de las zonas de riesgo para estar seguro de que no hay
personas expuestas en las zonas peligrosas.
Puesta en marcha.
Puesta en marcha de la máquina:
La puesta en marcha de la MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSO durante el
proceso de funcionamiento normal de la misma, se realizará desde el puesto de mando del
operador. Las operaciones para la puesta en marcha de la máquina se describen en el
manual de instrucciones.
Puesta en marcha tras una parada o modificación de las condiciones de funcionamiento:
La puesta en marcha de la máquina, tras una parada, se realiza actuando del mismo modo
que se describe en el apartado anterior, de forma voluntaria, de manera que se evita la
puesta en marcha espontánea de la máquina al restablecerse la alimentación de energía
después de una interrupción de ésta mediante elementos de seguridad como relés,
contactores o válvulas automantenidas tras comenzar una nueva acción o tras una parada
de emergencia.
Máquinas con varios órganos de accionamiento para puesta en marcha:
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
67
La máquina no dispone de varios órganos de accionamiento para la puesta en marcha, por
lo que este requisito no es de aplicación.
Parada.
1.2.4.1. Parada normal:
La parada de los distintos sistemas o equipos principales de la MEZCLADORA
HORIZONTAL DE PIENSO se podrá realizar utilizando los mandos designados
para ello en el panel de control, siendo su accionamiento mediante pulsador.
1.2.4.2. Parada operativa:
La máquina posee un modo de accionamiento MARCHA-PARO operado
directamente desde el cuadro de control general.
1.2.4.3. Parada de emergencia
La MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSO dispone de un modo de parada
de emergencia situado junto a la máquina, que permite, en caso de ser necesario, la
parada de emergencia en condiciones seguras.
El accionamiento de este modo de parada de emergencia provoca la parada de la
totalidad de los elementos de la máquina tal como indica la norma UNE-EN ISO
13850:2016 Seguridad de las máquinas. Parada de emergencia.
El desbloqueo del modo de parada de emergencia no supone la puesta en marcha
de la máquina, y en todos los casos es necesaria la confirmación de la misma para
poder reanudar la marcha.
1.2.4.4. Conjuntos de máquinas
La máquina no está diseñada para funcionar conjuntamente. En el caso de
incorporarse a una línea de producción, se tendrá en cuenta lo establecido en el
manual de instrucciones para un uso seguro en el entorno de la máquina.
Selector de modo de mando o de funcionamiento.
Por las características, funcionamiento e intervenciones a realizar, la máquina no requiere
la instalación de un selector de este tipo, con lo que este requisito no es de aplicación.
Fallo en la alimentación de energía.
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
68
Los órganos de accionamiento de la máquina cuentan con dispositivos que devuelven la máquina
al estado de paro, ante una interrupción del suministro eléctrico.
Por tanto, para la reanudación de la marcha de la máquina sería necesario volver a actuar sobre
los órganos de accionamiento de puesta en marcha.
Medidas de protección contra riesgos mecánicos.
Riesgos de pérdida de estabilidad.
Para prevenir los esfuerzos mecánicos, sobrecargas y fatiga, todos los elementos han sido
calculados, diseñados y fabricados para que, en las condiciones previstas de funcionamiento,
tengan la suficiente estabilidad para que puedan utilizarse sin peligro al vuelco, caída o rotura de
forma intempestiva.
Riesgo de rotura en servicio.
Resistencia de las partes y conexiones de la máquina:
La máquina se ha diseñado de manera que tenga la estabilidad suficiente para que se pueda
utilizar con seguridad en sus condiciones específicas de utilización.
En todos los casos se han utilizado materiales resistentes a la fatiga, envejecimiento,
corrosión y abrasión, y las uniones se han dispuesto para resistir los esfuerzos previstos.
Las partes sensibles unidas mediante soldadura han sido sobredimensionadas y
comprobadas por el fabricante.
Si se produjese la rotura del eje de la mezcladora, quedaría atrapada en el interior de la
cubierta que la protege. Quedando descrito su recambio en el manual de instrucciones.
La máquina no dispone de conductos por los que circulen fluidos ni sistemas de avance
automático del material a elaborar.
No se considera que el bloqueo externo del motor sea posible, ya que la fuerza de este es
superior a la resistencia de la mezcladora al intentar mezclar un material excesivamente
duro, por lo que se produciría antes la rotura de la hoja de la mezcladora y el motor dispone
de un fusible térmico que lo protege frente a sobrecalentamiento.
Materiales:
Los materiales utilizados para la fabricación de las distintas partes de la máquina han sido
seleccionados en base a la Normativa y Normas que se relacionan en el Capítulo 2 del
presente documento y a las especificaciones técnicas anexas al presente documento.
Se ha realizado ensayo mediante líquidos penetrantes según criterio de aceptación de la
norma UNE-EN ISO 23277 con resultado ACEPTABLE.
Inspecciones, mantenimiento y sustitución de piezas:
En el Manual de Instrucciones se especifica la frecuencia de inspecciones, el
mantenimiento requerido y la vida útil de aquellas piezas cuyo desgaste afecta a la
seguridad.
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
69
Conductos con fluidos a alta presión:
La interconexión de la mezcladora y el suministro de energía neumática, se describe en el
manual de instrucciones. El montaje de estos elementos se realizará de acuerdo a las
especificaciones de los fabricantes de estos materiales, ya que los únicos componentes que
precisan de suministro de aire comprimido son los cilindros NORGREN de las tajaderas,
no siendo de aplicación el suministro de energía neumática en el presente expediente
técnico de construcción.
En el cuadro de mando de la mezcladora, se instalará una electroválvula con las
características indicadas en el manual de instrucciones para limitar la presión en el circuito
del sistema a las condiciones necesarias de servicio.
Riesgos debidos a caídas y proyecciones de objetos.
La máquina dispone de resguardos fijos diseñados para recibir los impactos
razonablemente previsibles por sólidos o fluidos proyectados, así como de partes de las
máquinas o piezas de trabajo, etc. Las propiedades de los materiales se han seleccionado
de manera que garanticen la resistencia a la masa y la velocidad del objeto o material
proyectado.
Los resguardos han sido diseñados teniendo en cuenta los requisitos de la norma UNE-
EN ISO 14120:2016 Seguridad de las máquinas. Resguardos. Requisitos generales
para el diseño y construcción de resguardos fijos y móviles.
Riesgos debidos a superficies, aristas o ángulos.
Desde la etapa de diseño se ha evitado en la medida de lo posible la presencia de elementos
accesibles con aristas cortantes que puedan ser causa de lesiones, ángulos pronunciados o
superficies rugosas que pudieran producir lesiones a las personas. Ni aberturas que
permitan enganchar partes del cuerpo o ropa.
Riesgos debidos a las máquinas combinadas.
En la máquina no está previsto el funcionamiento descrito en este punto, puesto que cada
componente tiene una sola función para obtener el mismo resultado de producto final que
es el batido del pienso, por lo que tal requisito no es de aplicación.
Riesgos debidos a las variaciones de las condiciones de funcionamiento.
La máquina no está diseñada para efectuar operaciones en diferentes condiciones de
utilización.
Riesgos relacionados con los elementos móviles.
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
70
Existen partes móviles de la máquina susceptibles de provocar riesgos mecánicos, tales
como proyecciones, golpeo, etc. En todo momento se ha tenido en cuenta la norma UNE-
EN ISO 14120:2016 para el diseño y construcción de resguardos tanto fijos como móviles,
por lo que dispone de las envolventes adecuadas que eviten la posibilidad de atrapamiento
en sus partes móviles.
Elección de las protecciones contra los riesgos ocasionados por los
elementos móviles.
1.3.8.1. Elementos móviles de transmisión
Se han diseñado resguardos fijos en todos los casos de elementos móviles de transmisión,
tales como poleas, correas, engranajes o ejes. Ya que la frecuencia de acceso es baja en el
caso de ajustes de la máquina o mantenimiento, siendo la sustitución del resguardo fácil y
se sigue un procedimiento de trabajo seguro para quitarlo y volverlo a poner.
1.3.8.2. Elementos móviles que intervienen en el trabajo
En el apartado anterior, se ha dado una relación de los distintos puntos de riesgo con
elementos móviles, y de los resguardos previstos.
Riesgos debidos a movimientos no intencionados
Este riesgo no es de aplicación debido a que la máquina permanece fijada en su posición
de instalación y no se pueden producir movimientos no intencionados.
Características que deberán cumplir los resguardos y los dispositivos de
protección.
Requisitos generales.
Los resguardos utilizados en los distintos sistemas que forman la MEZCLADORA
HORIZONTAL DE PIENSOS son de fabricación sólida y resistente, no ocasionan
peligros suplementarios, no son fácilmente anulados o puestos fuera de servicio con
facilidad ya que para anularlos hay que utilizar una herramienta. Están situados a suficiente
distancia de la zona peligrosa y no limitan más de lo necesario la observación del ciclo de
trabajo.
Requisitos específicos para los resguardos.
1.4.1.1. Resguardos fijos.
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
71
Todos los elementos eléctricos de los distintos sistemas que forman la
MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS, así como los elementos
mecánicos, se encuentran convenientemente protegidos por resguardos fijos
que sólo se pueden anular con la ayuda de una herramienta. De esta forma, se
evita el acceso a las zonas peligrosas durante el funcionamiento normal del
mismo, o cuando éste se encuentra parado, cumpliendo con las distancias de
la norma UNE-ENISO13857:2008 para impedir que se alcancen las zonas
peligrosas con los miembros superiores e inferiores.
Para eliminar o retirar los resguardos fijos en las operaciones de
mantenimiento es necesario el uso de herramientas o útiles apropiados a tal
fin, además de que la máquina debe estar desconectada de su fuente de energía.
1.4.1.2. Resguardos móviles con dispositivos de enclavamiento.
El recorrido de la hoja en el eje de la mezcladora, se encuentra protegido por
una envolvente con dos puertas de acceso a la zona de batido con
enclavamiento de seguridad y bloqueo habiéndose considerado necesario
durante el diseño de la máquina la instalación de resguardos móviles con
dispositivos de enclavamiento.
1.4.1.3. Resguardos regulables que restrinjan el acceso.
Este requisito no es de aplicación al no haberse considerado necesario durante
el diseño de la máquina la instalación de resguardos regulables y que restrinjan
el acceso.
1.4.1.4. Requisitos específicos para los dispositivos de protección
Este requisito no es de aplicación al no haberse considerado necesario durante
el diseño de la máquina la instalación de dispositivos de protección.
Medidas de protección contra otros riesgos.
Energía eléctrica.
Todo el material eléctrico empleado en la fabricación de la máquina se encuentra
debidamente homologado. El equipo trabaja con una tensión de 220 V. y a una
frecuencia de 50 Hz por lo que le es de aplicación la Directiva 2006/95/CEE, relativa
a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el material
eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión.
Además, todos los conductores, conexiones y demás elementos eléctricos están
convenientemente protegidos por medio de envolventes adecuadas y resguardos de forma
que no hay peligros de contactos directos ni indirectos, cumpliendo en todo momento con
la norma UNE-EN60204-1:2007/A1:2009.
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
72
También existen conexiones de puesta a tierra de la red equipotencial en el cuadro de
mando y conexión con la máquina.
Electricidad estática.
Aunque no se considera como riesgo la aparición de cargas electrostáticas ya que la
mezcladora solo trabaja en corriente alterna, todo el conjunto de la máquina se ha diseñado
y construido para evitar en lo posible la aparición de cargas electrostáticas estando todas
las partes metálicas puestas a tierra y de originarse este riesgo se disiparía de inmediato.
Energías distintas de la eléctrica.
Energía Neumática
El suministro de aire comprimido de a los cilindros de las tajaderas, se ajustará a
las especificaciones de la norma UNE-EN ISO 4414:2011, siendo este requisito
indicado en el manual de instrucciones, ya que este requisito no es objeto del
presente expediente técnico de construcción, al suministrarse la máquina sin dicho
sistema.
Errores de montaje.
El montaje de la máquina será siempre realizado por el fabricante y/o por personal
debidamente cualificado, siguiendo para ello las instrucciones que aparecen detalladas en
los planos constructivos de la máquina.
El usuario no tiene que acceder a las conexiones de energía eléctrica, puesto que están en
el interior de la máquina, y cualquier modificación ha de llevarla a cabo el servicio técnico.
Un error en estas conexiones, como consecuencia más grave, provocaría un cortocircuito,
que no crearía peligro ya que el equipo debe instalarse en un punto con una protección
adecuada como se indica en el Manual de Instrucciones. En cuanto a la conexión de los
cables de tierra queda claramente identificada con el símbolo de tierra normalizado situado
en cada borne y el color del aislante de los cables.
En el Manual de Instrucciones se incluye toda la información necesaria para una adecuada
realización de tareas de mantenimiento, reparación o sustitución de componentes.
Temperaturas extremas.
Este peligro no se considera en la MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS,
objeto de este documento, ya que no existen posibles focos que puedan originar
temperaturas extremas.
No existe peligro de proyección de fluidos muy fríos o calientes.
Incendio.
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
73
Los materiales empleados para la fabricación de la máquina, así como los productos que
intervienen en el proceso, no son susceptibles de entrar en combustión.
La mezcladora no utiliza elementos tales como gases, líquidos o vapores que puedan
provocar peligro de incendio.
Además, los elementos eléctricos capaces de producir arcos o chispas y por tanto ser
origen de posibles incendios, se encuentran convenientemente aislados y protegidos por
interruptores magnetotérmicos ante el riesgo de cortocircuitos, por lo que se considera que
los mismos no son susceptibles de provocar tal riesgo.
Explosión.
Riesgo de explosión producido por la máquina
Las medidas tomadas son las mismas que las descritas en el punto anterior.
Máquina utilizada en atmósferas explosivas
La máquina no está destinada a utilizarse en atmósferas explosivas, por lo que no aplica
esta parte del requisito.
Ruido.
La máquina ha sido diseñada y fabricada para que los riesgos derivados por la emisión de
ruidos aéreos sea el más bajo posible.
Se ha tenido en cuenta en su diseño la norma UNE-EN_ISO_11688-1:2010 Práctica
recomendada para el diseño de máquinas y equipos de bajo nivel de ruido.
Vibraciones.
El modo de funcionamiento de la máquina no da lugar, en ningún caso, a la posibilidad de
aparición de vibraciones que puedan resultar peligrosas para los operarios.
Radiaciones.
La totalidad de los materiales eléctricos y electrónicos utilizados en la máquina están
convenientemente homologados y provistos del correspondiente marcado CE con lo que
se garantiza una protección suficiente y adecuada contra las perturbaciones
electromagnéticas producidas según la Directiva de Compatibilidad Electromagnética y
cumpliendo con la norma UNE-EN 61000-6-2:2006
Las perturbaciones electromagnéticas emitidas o generadas quedan limitadas a un nivel tal
que permite a los aparatos de radio y telecomunicaciones funcionar de acuerdo con el fin
para el que han sido previstas.
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
74
La máquina y sus componentes tienen un nivel adecuado de inmunidad intrínseca contra
las perturbaciones electromagnéticas que le permite funcionar de acuerdo con el fin para
el que ha sido previsto.
Riesgos debidos a las radiaciones exteriores.
Este peligro no se considera en la máquina, ya que no tiene cabida según el uso previsto
del mismo.
Radiaciones láser.
La máquina no incorpora ningún equipo láser, por lo que este requisito no es de aplicación.
Emisiones de materiales y sustancias peligrosas.
Este riesgo no se ha considerado, ya que ninguno de los productos o materiales de la
máquina son susceptibles de producir emisiones de polvo o gases.
Riesgo de quedar encerrado en una máquina.
Debido a las características y el modo de funcionamiento de la máquina no es posible
quedar atrapado en el interior de ella, por lo que este requisito no es de aplicación.
Riesgos de resbalar, tropezar o caer.
Debido a las características, al modo de funcionamiento de la máquina y a su forma de
instalación, no es posible la existencia de riesgo de caer, de resbalar o de tropezar, por lo
que este requisito no es de aplicación.
Rayos
La máquina no incorpora ningún equipo de protección contra rayos debido a que su
utilización no lo requiere, por lo que este requisito no es de aplicación.
Mantenimiento.
Mantenimiento de la máquina.
Operaciones de regulación, mantenimiento, reparación, limpieza y conservación:
Todas las operaciones para la conservación de la máquina deben realizarse siguiendo las
instrucciones recogidas en el manual de instrucciones de la misma, anexo al presente
documento.
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
75
Los elementos de la máquina que deben sustituirse con frecuencia por ser sensibles al
desgaste se pueden desmontar y montar con facilidad y total seguridad.
Todos los puntos de lubricación y reglaje son accesibles sin necesidad de retirar
resguardos.
Acceso a los puestos de trabajo o a los puestos de intervención.
La posible intervención de reparación en partes altas del sistema está prevista con el uso
de plataformas articuladas.
Separación de las fuentes de energía.
La máquina dispone de un dispositivo que permite separar su fuente de energía (eléctrica).
Dicho dispositivo es además bloqueable y se sitúa en un lugar fácilmente accesible y está
claramente señalizado, tantos sus posiciones (“0/I”) como su función “INTERRUPTOR
GENERAL” conforme a la norma UNE EN 60204-1:2007/A1:2009.
La tensión residual tras la desconexión se disipa sin peligro para las personas expuestas y
no existe la necesidad de que algún circuito no sea desconectado.
También dispondrá de una válvula de corte perteneciente a la instalación de la planta en
la que se instale para interrumpir el suministro de aire comprimido en caso necesario.
Intervención del operador.
La intervención del operador es necesaria durante operaciones de mantenimiento y
reparación de la máquina. El usuario, durante el funcionamiento de la máquina, sólo
realiza tareas de carga, en las que no puede evitarse su intervención. Tales tareas pueden
realizarse con facilidad y seguridad.
Como ya se ha indicado en este documento, los puntos de lubricación y reglaje son
accesibles sin tener que retirar ninguno de los resguardos instalados en los elementos
móviles de la máquina o cumpliendo lo establecido en la norma UNE-EN ISO
14120:2016
En el Manual de Instrucciones se detallan los procedimientos a seguir por el operador para
realizar estas operaciones en condiciones de máxima seguridad.
Limpieza de las partes interiores.
No existen en el interior partes que contengan sustancias peligrosas.
Para todas las operaciones de limpieza se deben seguir estrictamente los procedimientos
indicados en el Manual de Instrucciones.
Información.
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
76
Informaciones y advertencias sobre la máquina.
Todas las informaciones que se presentan sobre la máquina proporcionan la fácil comprensión
de lo indicado o lo advertido, de forma clara y no excesiva.
La mezcladora puede funcionar sin vigilancia, ya que para ello sólo se necesita un operador que
inicie el proceso de producción de pienso, lo que conlleva es un incremento de temperatura de
las distintas partes pero que alcanza unos valores estacionarios no peligrosos. El ruido del motor
advierten del estado de funcionamiento.
1.7.1.1. Información y dispositivos de información.
Todos los accionamientos de la máquina van acompañados de un rótulo, con
caracteres indelebles redactados en castellano, que indica de forma clara la
función de los mismos.
1.7.1.2. Dispositivos de advertencia.
Por las características y modo de funcionamiento de la máquina, no es
necesaria la instalación de dispositivos de advertencia.
Advertencia de los riesgos residuales.
Sobre la máquina se han colocado dispositivos de advertencia en forma de pictogramas y
carteles relativos a los posibles riesgos que se puedan presentar:
Riesgo eléctrico: cuadro de mandos.
Riesgo de atrapamiento: en el sistema de transmisión de la máquina y compuertas de
inspección al interior.
Todos los avisos de seguridad e indicaciones de peligro colocados sobre la máquina, deben
ser conservados por parte del personal y la empresa, en un estado completamente legible.
Marcado de las máquinas.
La máquina lleva marcada de forma legible e indeleble las indicaciones siguientes, de
acuerdo a la directiva de máquinas:
i. Razón social y dirección completa del fabricante (o en su caso, representante
autorizado).
ii. Designación de la máquina
iii. Marcado CE
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
77
iv. Designación de la serie o del modelo.
v. Número de la serie, si existiera
vi. Año de fabricación
LOGO DEL FABRICANTE
FABRICANTE
DIRECCIÓN FABRICANTE
SEVILLA
TELEFONO CONTACTO
MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
AÑO FABRICACIÓN 2015
Nº IDENTIFICACIÓN MHP-001
MODELO MHP
ILUSTRACIÓN 14: Modelo de Placa
Manual de instrucciones.
Con cada una de las máquinas que se fabriquen, se entrega un Manual de
Instrucciones que contiene toda la información que se detalla en el apartado 1.7.4
del R.D. 1644/2008. Dicho manual es un «Manual original» o una «Traducción del
manual original»; en este último caso, la traducción irá acompañada
obligatoriamente de un «Manual original». Al presente documento se le anexa una
copia de dicho manual de instrucciones.
EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN DE MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
78
7.4.1.2 Requisitos esenciales de seguridad y de salud para Algunas Categorías de Máquinas. Máquina Agroalimentarias
Esta sección contiene los requisitos esenciales de seguridad y de salud exigidos en el apartado 2.1. del Anexo I
del Real Decreto 1644/2008. La estructura, numeración y título de los distintos apartados es la misma que la
existente en el mencionado apartado de dicho Real Decreto:
2.1.1 Generalidades:
a) Las partes de la máquina que entran en contacto con los productos alimenticios están
fabricados con materiales aptos para este fin. Antes de cada utilización estas piezas
pueden limpiarse.
b) Las superficies no presentan rugosidad apreciable y no existen cavidades donde se
almacenen materias orgánicas que no puedan eliminarse con el lavado diario
c) Los ensamblajes se realizan por soldadura o partes fijadas con tuercas, bisagras o
métodos similares.
d) Las superficies y piezas que entran en contacto con alimentos pueden limpiarse
fácilmente tras desmontar los elementos. Las indicaciones de modo de limpieza se
detallan en el manual de instrucciones.
e) Los líquidos procedentes de alimentos o el agua para la limpieza, pueden desaguar sin
penetrar en el interior de la máquina.
f) En el interior de la máquina, dado el grado de protección que posee la envolvente, se
evita la infiltración de líquido en tareas de funcionamiento normal y la acumulación de
materias orgánicas.
g) El lubricante del motor va en el interior de la envolvente de éste, y por tanto no puede
entrar en contacto con los alimentos durante el funcionamiento.
2.1.2 Manual de instrucciones.
Se indican los productos, métodos de limpieza y aclarado aconsejados para las partes que
van a entrar en contacto con los productos alimenticios. Para el interior de la envolvente no
se considera este supuesto debido al grado de protección que presenta y a que el usuario no
tiene por qué acceder a esas zonas.
7.4.2 CUMPLIMIENTO DE LA DIRECTIVA 2014/35/UE DE BAJA TENSIÓN
Con respecto a la Baja Tensión:
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
79
El montaje del conjunto de los distintos elementos eléctricos del equipo se ha realizado de acuerdo a las
especificaciones de la norma EN 60204-1 y a las recomendaciones de sus distintos fabricantes, y siempre dentro
de sus límites de utilización. Se obtiene de este modo la conformidad de la máquina a los apartados 2 (Protección
contra los peligros provenientes del propio material eléctrico) y 3 (Protección contra los peligros causados por
efecto de influencias exteriores sobre el material eléctrico) del anexo I de esta Directiva. El Manual de
Instrucciones contiene la información necesaria sobre la instalación eléctrica de la máquina y su funcionamiento,
según el apartado 1 (Condiciones generales) de este anexo.
Teniendo en cuenta estos puntos podemos concluir que la MEZCLADORA HORIZONTAL DE
PIENSOS se encuentra dentro del campo de aplicación de la DIRECTIVA 2014/35/UE DE BAJA
TENSIÓN, al tener tensiones de trabajo de 220 V/380 V dentro de los límites de tensión mencionados.
7.4.3 CUMPLIMIENTO DE LA DIRECTIVA 2014/30/UE DE COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNÉTICA
Con respecto a la Compatibilidad Electromagnética
Los distintos componentes integrados en la MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS cumplen las
disposiciones expuestas en la Directiva sobre Compatibilidad Electromagnética, por lo que se considera, en base
a la Guía de Aplicación de esta Directiva, la conformidad de la MEZCLADORA HORIZONTAL DE
PIENSOS, ya que se emplean dentro de sus límites de aplicación, en las condiciones establecidas por sus
respectivos fabricantes.
Teniendo en cuenta estos puntos podemos concluir que la MEZCLADORA HORIZONTAL DE
PIENSOS se encuentra dentro del campo de aplicación de la DIRECTIVA 2014/30/UE DE
COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNÉTICA.
80
8 CONCLUSIONES
n este trabajo fin de proyecto se ha realizado el estudio y análisis pertinentes para llevar a cabo el marcado
CE de una máquina agroalimentaria, concretamente de una mezcladora horizontal de pienso.
Para ello, es necesario comprobar que la máquina cumple con todos los requisitos esenciales de seguridad
recogidos en las Directivas de aplicación.
Por tanto, en primer lugar, lo que se ha hecho es presentar un listado de las posibles Directivas que le puedan
ser de aplicación, y se han analizado una por una hasta concluir que la mezcladora horizontal de piensos se
encuentra dentro del campo de aplicación de las siguientes:
2014/35/UE “Material eléctrico con límite de tensión”
2014/30/UE “Compatibilidad Electromagnética”
2006/42/UE “Máquinas”
Resulta muy habitual que una máquina tenga partes eléctricas e incluya componentes electrónicos en su sistema
de control y mando. En estas circunstancias, es normal que a una máquina le afecten las Directivas arriba citadas.
Determinadas ya las Directivas que le son de aplicación, se procede a definir las acciones a abordar por el
fabricante que se deriven del cumplimiento de las obligaciones exigidas por cada una de ellas, y que le permitan
incluir el marcado CE para la puesta en servicio de la máquina.
Cuando se procede al marcado CE, lo que está haciendo el fabricante es declarar conformidad con los requisitos
esenciales de todas y cada una de las Directivas de aplicación.
La verificación de que el producto cumple con los requisitos esenciales se hace a través de la evaluación de la
conformidad.
Se han establecido diversos procedimientos de evaluación de la conformidad, los cuales se encontraban
armonizados inicialmente en la Decisión del Consejo 93/465/CEE, que quedó derogada por la Decisión
768/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, sobre un marco común para la
comercialización de los productos.
Cada directiva de Marcado CE describe el alcance y contenido de los posibles procedimientos de evaluación de
la conformidad que se considera que otorgan el nivel de protección necesario. Los procedimientos de evaluación,
como ya se ha indicado en este documento, se dividen en módulos y hacen referencia a los controles que se
deben realizar en la fase de diseño y/o en la fase de fabricación del producto.
Concretamente en el caso de la mezcladora horizontal de piensos, según las Directivas que la regulan, se permite
el procedimiento de evaluación de la conformidad del Módulo A: Control Interno de fabricación, según Decisión
768/2008/CE del Consejo.
Por otra parte, para lograr el cumplimiento de los requisitos esenciales el fabricante puede acudir a criterios
técnicos contenidos en las Normas Armonizadas, que establecen presunción de conformidad con los requisitos
esenciales de las correspondientes Directivas.
Como todas las demás normas, no son obligatorias y el fabricante es libre de utilizar otros medios para satisfacer
los requisitos esenciales.
En el presente documento se incluye una relación de las normas armonizadas de aplicación en este caso.
Tras estudiar las normas UNE que aplican a la máquina objeto de nuestro estudio, además de normas UNE de
referencia para el diseño, se identifica el ensayo que se hace imprescindible realizar sobre la misma para ejecutar
E
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
81
el marcado CE:
Ensayo de compatibilidad electromagnética según norma UNE EN- 61000
Los resultados de este ensayo también son registrados documentalmente.
Además, dado que el fabricante, antes de la comercialización de la máquina, debe asegurar que ésta es conforme
a los requisitos esenciales de seguridad y salud contenidos en el anexo I del Real Decreto 1644/2008, en este
documento se ha recogido también el análisis de cada uno de los puntos de dicho Anexo.
Se ha verificado si las características, estructura y funciones de la máquina cumplen con los requisitos exigidos
para los distintos aspectos recogidos en dicha legislación.
La comprobación del cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad por parte de la máquina, se ha
acompañado también de una estimación de los posibles riesgos derivados del uso del producto.
En aquellos casos, en los que se ha detectado un riesgo, se han presentado también las soluciones propuestas por
el fabricante, que minimizan esos riesgos.
También se ha comprobado el cumplimiento de la Directiva de Baja Tensión, y de Compatibilidad
Electromagnética y la conformidad de la mezcladora respecto a las mismas.
Así, tras el análisis de las características de la máquina y sus componentes, se ha concluido que:
- La mezcladora horizontal de piensos se encuentra dentro del campo de aplicación de la DIRECTIVA
2014/35/UE DE BAJA TENSIÓN, al tener tensiones de trabajo hasta 600 V, dentro de los límites de tensión
mencionados.
El montaje de los distintos elementos eléctricos del equipo se ha hecho conforme a las especificaciones de la
norma, y siempre dentro de sus límites de utilización. Así se obtiene la conformidad de la máquina respecto a la
protección contra los peligros provenientes del propio material eléctrico y contra los peligros causados por
efecto de influencias exteriores sobre el material eléctrico.
- La mezcladora horizontal de piensos se encuentra dentro del campo de aplicación de la DIRECTIVA
2014/30/CE DE COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNÉTICA
Los componentes que la integran cumplen las disposiciones de esta Directiva sobre Compatibilidad
Electromagnética, por lo que se considera, en base a la Guía de Aplicación de esta Directiva, la conformidad de
esta máquina.
Todo ello, queda incluido en la documentación técnica elaborada, a través de la que se demuestra que el producto
cumple con todos los requisitos técnicos exigidos. Esta documentación constituye el Expediente Técnico de
Construcción, en el que se han incluido la descripción general de la máquina, análisis de los riesgos, lista de los
requisitos esenciales de las Directivas mencionadas, informes de los ensayos, planos, manual de instrucciones.
Registrada toda esa información en la documentación técnica, y tras el análisis del cumplimiento de los
requisitos, la valoración de los posibles riesgos y las soluciones aportadas (normalmente basadas en el diseño
de medidas de protección, o en instrucciones de uso), se concluye que el fabricante ya puede garantizar la
conformidad de la máquina.
La mezcladora horizontal de piensos cumple todos los requisitos esenciales de seguridad establecidos en las
Directivas de aplicación, y se le han aplicado las medidas necesarias para eliminar los riesgos detectados, por lo
que el fabricante está en disposición de realizar la Declaración de Conformidad, como paso previo a la
colocación del marcado CE sobre la mezcladora horizontal de piensos.
82
Glosario
CEN-CENELEC: Comité Europeo de Normalización – Comité Europeo de Normalización Electrotécnica
D.O.C.E: Diario Oficial de la Comunidad Europea
ETSI: European Telecommunications Standards Institute-Instituto Europeo de Normas de
Telecomunicaciones
ISO: International Organization for Standardization
UNE: Una Norma Española
UNE-EN: Una Norma Española-Norma Europea
83
Bibliografía
AENOR (2016). AENOR-Marcado CE. Disponible en: https://www.aenor.es
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (n.d.).BOE.es-Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Disponible en https://www.boe.es.
Arribas Blanco, JL y ME Moral Marín (2005, 1ª Edición- 2008 2ª Edición). Guía para realizar
correctamente el marcado CE de productos. Castilla y León. Consejería de Economía y Empleo.
Consejería Innovación, Ciencia y Empresa. Junta de Andalucía (2006).Guía para el entendimiento y
aplicación de las Directivas de Marcado CE.Andalucía
DEKRA Testing and certification SAU (2017). Marcado CE. Disponible en: https://www.marcado-
ce.com/
Diario Oficial de la Unión Europea (n.d.). Guía azul» sobre la aplicación de la normativa europea
relativa a los productos. Disponible en : http://eur-lex.europa.eu.
Europamills Instalaciones Industriales, S.L. Fábrica de piensos y molinos de martillos.
Junta de Andalucía. (2003).Guía de aplicación de la Directiva de Máquinas. Andalucía
Nuevo Enfoque y Enfoque Global-Punto de Información sobre reglamentación de Seguridad Industrial
(n.d.).Conceptos básicos sobre el Nuevo enfoque y el Enfoque Global. Disponible en :
http://www.jmcprl.ne
84
ANEXO A : MANUAL DE
INSTRUCCIONES DE UTILIZACION Y
MANTENIMIENTO
MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
85
LEA ESTAS INSTRUCCIONES CON ATENCIÓN.
Lea estas instrucciones con atención, contienen reglas importantes en lo que atañe a la seguridad de la
instalación, mantenimiento y uso del equipo.
Se recomienda que guarde estas instrucciones para poder consultarlas en caso necesario.
El alcance del presente Manual de Instrucciones corresponde a una Mezcladora Horizontal de Piensos.
ANEXO A : MANUAL DE INSTRUCCIONES DE UTILIZACION Y MANTENIMIENTO
86
CONTENIDO:
Inicio 85
I PARTE:
Descripción General de la Máquina 87
Descripción puesto operador 88
Instalación y montaje 88
Utilización 89
Mantenimiento y Limpieza 89
Advertencias y precauciones de Seguridad. 90
II PARTE:
Riesgos específicos de la máquina 95
Nivel de ruido aéreo 97
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
87
I PARTE:
Descripción General de la Máquina
Una mezcladora de piensos es un sistema mediante el cual el cereal molido es homogeneizado en el interior de
un cilindro.
El sistema estará formado por una tolva receptora de piensos situada en la parte superior de la máquina, por la
cual se irá suministrando el grano. Cuando el producto entra en dicha tolva, se ve sometido a un movimiento
que ayuda a la homogeneización del pienso y que obliga a realizar varios recorridos en la cavidad interior, el
cuál no permite al producto mezclarse sin permanecer tiempo para una completa homogeneización.
El pienso es mezclado con ayuda de un tornillo sin fin de filete ancho que es solidario a un motor eléctrico
situado en la parte lateral de la máquina y que transmite su movimiento a través de una cadena y un sistema de
engranajes.
El sistema mantiene un nivel constante en su compartimento.
El vaciado del compartimento interior, se realiza por la parte inferior de la máquina, mediante una tajadera
hidráulica.
En la siguiente figura se muestra un esquema general indicando los principales componentes:
ANEXO A : MANUAL DE INSTRUCCIONES DE UTILIZACION Y MANTENIMIENTO
88
1. SOPORTE TOLVA ESPERA
2. RESGUARDO PROTECCIÓN CADENAS DE TRANSMISIÓN
3. CORONA
4. PIÑON-TENSOR
5. PIÑON-REDUCTOR
6. CADENA
7. MOTORREDUCTOR
8. RODAMIENTOS TORNILLO SIN FIN
9. TORNILLO SIN FIN
10. CILINDRO DESCARGA RÁPIDA
11. PIQUERA DE ENSAQUE
12. JUNTA COMPUERTA MEZCLADORA
13. FUNDAS RESPIRADERO
14. CANASTILLA
15.MIRILLA DE INSPECCIÓN
16. FUNDA PEQUEÑA MEZCLADORA
Descripción puesto operador
El personal encargado del control y manejo de la MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS, recibirá la
formación e información sobre los métodos de trabajo y sobre los riesgos a los que están expuestos los
trabajadores en cada puesto de trabajo. El adiestramiento y la formación deben realizarse de manera periódica y
actualizada.
El puesto de mando definido para la MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS es:
Operador de panel de control de MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
Este equipo únicamente debe ser utilizado por personal autorizado y debidamente instruido, con una formación
específica adecuada. No ponga en marcha la máquina, ni accione los mandos si no se encuentra ubicado en el
puesto del operador.
Instalación y montaje
Estas Máquinas se suministran completamente montadas para su funcionamiento.
La máquina irá superpuesta sobre el suelo de la nave (no se debe montar a la intemperie), sin ningún tipo de
anclaje. Solo debe estar el asiento firme y bien nivelado. Esta máquina llevará conectado al cuadro de mandos
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
89
el motor principal y los motores o elctro-válvulas que accionan las tajaderas automáticas.
El servicio de aire comprimido limpio y seco suministrado por las instalaciones del usuario para el sistema
neumático de las tajaderas deberá regularse a 8 bares.
Utilización
La función de la unidad está gobernada por un cuadro eléctrico basado en una automatización para el arranque
y la parada. Las protecciones eléctricas son: Disyuntor, guarda motor, contactor, pulsadores paro-marcha para
arrancar o parar la máquina y pulsador de emergencia.
Mantenimiento y Limpieza
Las revisiones de mantenimiento se realizarán con periodicidad anual, antes del comienzo de utilización de la
máquina y tras la finalización del uso de la misma.
Algunas operaciones de mantenimiento se realizaran con carácter quincenal o diario una vez comenzada la
utilización de la máquina según la criticidad del equipo.
(D) DIARIO
(S) SEMANAL
(Q) QUINCENAL
(M) MENSUAL
(A) ANUAL
a) Sistema eléctrico:
- CUADROS DE BAJA TENSIÓN
COMPROBACIÓN DEL BUEN ESTADO DE LIMPIEZA, CONTACTO Y
APRIETE DE LAS CONEXIONES
COMPROBAR EL FUNCIONAMIENTO DE MAGNETOTERMICOS Y
DIFERENCIALES MEDIANTE EL BOTÓN DE TEST (REALIZAR AL
COMIENZO DE CADA TRABAJO)
LIMPIEZA DE CUADROS POR MÉTODOS DE ASPIRACIÓN O
SOPLADO.
COMPROBAR CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE ARRANQUE
ESTRELLA-TRIANGULO DE MOTORES
COMPROBACIÓN INDICADORES LUMINOSOS.
(A)
(D)
(A)
(A)
(D)
(D)
ANEXO A : MANUAL DE INSTRUCCIONES DE UTILIZACION Y MANTENIMIENTO
90
COMPROBACIÓN DE LA PARADAS DE EMERGENCIA
b) Motor:
INSPECCIONE EL MOTOR A INTERVALOS REGULARES. (Q)
MANTENGA EL MOTOR LIMPIO Y ASEGÚRESE DE QUE TIENE UNA
BUENA VENTILACIÓN.
(Q)
COMPRUEBE EL ESTADO DE LAS CONEXIONES Y DE LOS PERNOS
DE MONTAJE.
(Q)
COMPRUEBE EL ESTADO DE LOS RODAMIENTOS, ESCUCHANDO SI
HAY RUIDOS EXTRAÑOS, MIDIENDO LA VIBRACIÓN, LA
TEMPERATURA DEL RODAMIENTO, INSPECCIONANDO LA GRASA
UTILIZADA O CON MONITORIZACIÓN SPM DEL RODAMIENTO.
(D)
SUSTITUIR JUNTAS DE PLATOS (A)
c)Mezcladora:
LIMPIEZA MEDIANTE AIRE A PRESIÓN A 6 BAR. (D)
COMPROBAR NIVELES DE ACEITE DEL REDUCTOR (M)
LAVADO CON AGUA DE FUNDAS RESPIRADERO (S)
- La máquina nunca debe parase, ni arrancarse cargada y dependiendo del tipo de fórmula se calcula entre
3 y 4 minutos el tiempo de mezcla.
- No se puede utilizar melaza como aditivo
- Realizar la limpieza con aire a presión seco. En caso necesario de realizar limpieza con agua, secas
posteriormente con aire y no poner en funcionamiento hasta que esté completamente seca.
- No utilizar agentes corrosivos para la limpieza
Advertencias y Precauciones de Seguridad
IMPORTANTE
EL FABRICANTE en la fase de diseño de sus máquinas y tras analizar los riesgos potenciales,
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
91
introduce aquellas medidas de seguridad que minimizan dichas situaciones de riesgo.
Es por ello que cuenta con todas aquellas protecciones y aislamientos que hacen que, usando el sistema
de acuerdo a las instrucciones de este manual, y realizándose las operaciones de mantenimiento así
mismo descritas en el manual y con la periodicidad en él establecida, la seguridad de la maquina sea
segura y fiable.
A pesar de lo anteriormente dicho el uso indebido, la falta de atención, el desorden, en las inmediaciones
de la máquina y posibles negligencias, podrán producir situaciones de riesgo no previstas con los
consecuentes daños personales y/o materiales, por lo que el usuario debe tener en cuenta y poner en
práctica las instrucciones de seguridad que se detallan más adelante en este capítulo.
INSTRUCCIONES GENERALES DE SEGURIDAD
- Mantenga limpios los rótulos de seguridad instalados en la máquina y reemplace los que falten.
-Antes de la puesta en marcha de la máquina lea las instrucciones del fabricante.
ATENCIÓN
Estas disposiciones afectan a todos y cada uno de los componentes que constituyen el
sistema, siendo obligatorio su cumplimiento sin exclusiones de ningún tipo.
Siempre que el equipo se encuentre en funcionamiento el usuario no debe acceder al
interior del mismo, ya sea al cuadro eléctrico, por riesgo de sufrir cualquier riesgo de
electroshock o quemadura, ni al interior de la maquina por disponer de elementos
mecánicos en movimiento, existiendo el riesgo de atrapamiento. sólo personal
cualificado debe acceder al mismo y con la unidad totalmente des energizada.
Los puestos de trabajo, así como los pasos de circulación, deberán
mantenerse despejados y limpios.
Mantenga su máquina limpia de grasa y aceite y en especial los accesos a
la misma.
Previo a iniciar cualquier operación manual deberá comprobarse la no existencia de ninguna persona
en el radio de acción de la máquina.
Nunca salte de la máquina. Utilice los medios instalados para tal fin y, emplear ambas manos para
sujetarse.
Las operaciones de inspección no deberán realizarse más que cuando la maquina este parada.
Todas las regulaciones y mantenimiento en general deberán ser efectuadas por operarios debidamente
cualificados y autorizados.
ANEXO A : MANUAL DE INSTRUCCIONES DE UTILIZACION Y MANTENIMIENTO
92
En ningún caso deberá operarse si alguna de las protecciones no está
colocada o se encuentra deteriorada, debiendo ser esta reemplazada
inmediatamente.
No usar ropa de trabajo contaminada por aceite lubricante.
Usar siempre piezas y componentes genuinos en la maquina
Usar siempre ropa protectora y equipos de protección individual.
No realice modificaciones, ampliaciones o montajes de equipos adicionales en la máquina, que
perjudiquen la seguridad.
PRECAUCIONES DURANTE LA EXPLOTACION
No utilizar la máquina para un destino distinto de aquel para el que ha sido diseñado, ni en condiciones
distintas de las previstas en este manual de instrucciones.
No introducir las manos ni los miembros superiores en las zonas en las que puedan quedar atrapados
por algún elemento móvil de la máquina.
Utilizar siempre los equipos de protección individual.
Las reparaciones deberán efectuarse por personal competente y designado a tal efecto con la maquina
parada.
Tener sumo cuidado si las reparaciones de emergencia se tienen que hacer en condiciones adversas.
Comunicar todas las reparaciones necesarias.
No se debe usar ropa holgada ni alhajas que se puedan enganchar en partes de la máquina.
Usar siempre ropa protectora.
Realizar un mantenimiento preventivo de toda la maquinaria para mantenerla en condiciones óptimas
de funcionamiento, y prever posibles averías o mal funcionamiento.
Formar e informar a los trabajadores sobre el funcionamiento en condiciones normales de la máquina,
y sobre las medidas de emergencia, así como los posibles riesgos que se generen y las medidas
preventivas propuestas para corregirlos.
La instalación debe tener conexión a tierra y protegerse de cortocircuitos por medio de fusibles en todas
las fases.
Nunca anule ni manipule los dispositivos de seguridad
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
93
PRECAUCIONES DURANTE EL MANTENIMIENTO Y LA REPARACIÓN
El trabajo de mantenimiento y reparación será solamente efectuado bajo la supervisión de persona
cualificada a tal fin.
Todo el trabajo de mantenimiento, reparación, ajuste, o comprobación no rutinaria que no sea el
rutinario de supervisión será solamente llevado a cabo con la maquina parada.
Abrir y bloquear el interruptor separador de energía eléctrica antes de manipular la máquina que se
alimente mediante energía eléctrica.
Colocar una señal de advertencia que indique “atención maquina en reparación“ o una advertencia
similar .
ATENCIÓN MÁQUINA EN REPARACIÓN
Nunca haga funcionar la máquina por debajo o encima de sus límites
Mantenga las puertas en las máquinas que dispongan de estas, cerradas. Solo pueden abrirse durante un
breve periodo de tiempo para supervisión o control del proceso en comprobaciones rutinarias
Nunca use disolventes inflamables para limpiar las piezas y tome medidas de seguridad contra vapores
tóxicos de líquidos de limpieza
Si requiere la inspección en el interior de un dispositivo, no utilice nunca una fuente de iluminación de
llama libre
Se debe de poner particular atención en contener el vertido del fluido durante la inspección, el
mantenimiento, las pruebas, las regulaciones y las reparaciones de la máquina.
Preparar recipientes adecuados cuando se abre un compartimiento o se desmontan elementos que
contienen fluidos. Eliminar fluidos gastados respetando las normas vigentes.
Si no existiese una normativa específica, informarse en el proveedor de lubricantes, combustibles, anti-
hielo, disolventes de limpieza, por lo que se refiere a los efectos de estos productos en el hombre y en
la naturaleza y sobre las modalidades para su conservación, utilización y eliminación
En general hay que evitar el contacto cutáneo con cualquier tipo de combustible, lubricante, ácido,
disolvente, etc. Porque la mayor parte de ellos contiene sustancias que pueden ser nocivas para la salud.
Los modernos aceites lubricantes contienen aditivos. No quemar combustibles contaminados y/o aceites
gastados.
MOTORES
El servicio y el mantenimiento del motor, así como el tratamiento de las soluciones a los problemas que
pudiesen surgir debe estar en manos de personas cualificadas, que tengan las herramientas y los equipos
necesarios.
ANEXO A : MANUAL DE INSTRUCCIONES DE UTILIZACION Y MANTENIMIENTO
94
Arrancar el motor por un breve periodo de tiempo para comprobar que el sentido de giro es el adecuado.
Si no fuera así, hay que cambiar la polaridad del motor.
Siempre hay que prestar especial atención a los rodamientos. Hay que quitarlos con extractores y
montarlos por calentamiento, utilizando herramientas especiales para tal propósito.
Los acoplamientos y las poleas deben montarse utilizando equipos y herramientas adecuados que no
dañen los rodamientos.
Nunca se debe montar un acoplamiento o una polea golpeándola con un martillo. Tampoco debe
quitarse con una palanca haciendo presión sobre el cuerpo del motor.
Engrase mientras el motor está funcionando
Abrir los orificios o válvulas de salida de grasa, si el motor dispone de ellos.
Comprobar que el conducto de lubricación está abierto.
Introducir la cantidad de grasa especificada en el rodamiento.
Dejar funcionar el motor 1 ó 2 horas para asegurar que todo el exceso de grasa ha salido del rodamiento.
Cerrar los orificios o la válvula de salida, si existe.
Engrase cuando el motor está parado
Hay que reengrasar los motores mientras están en funcionamiento. Si esto no es posible, se puede llevar
a cabo el engrase mientras el motor está parado.
En tal caso, utilice sólo la mitad de la cantidad de grasa, a continuación haga funcionar el motor unos
minutos a toda velocidad.
Cuando el motor se pare, introducir la cantidad restante de grasa especificada en el rodamiento.
Después de 1 ó 2 horas de funcionamiento, cierre los orificios o válvula de salida, si existe.
Con lubricación automática, los orificios o válvula de salida de grasa, si existen, deben permanecer
abiertos de forma permanente.
Al solicitar recambios, debe especificarse toda la designación del tipo y el código del producto, según
se indica en la placa de características.
Si el motor presenta un número de fabricación de serie, éste debe indicarse también.
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
95
II PARTE:
Riesgos específicos de la máquina
Para obtener el mejor uso de la MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSO, y evitar su uso incorrecto, hay
que tener en cuenta las siguientes reglas:
NO INTRODUCIR LAS MANOS, NI NINGUNA PARTE DEL CUERPO, EN PARTES
MÓVILES DE LA MÁQUINA
LAS SOLENOIDES NO SON APTAS PARA ATMÓSFERAS DE SEGURIDAD
EXPLOSIVA, SALVO QUE ESTÉN FABRICADAS Y MARCADAS PARA DICHAS
ATMÓSFERAS
RIESGO ELÉCTRICO:
El conductor de neutro, nunca debe unirse al conductor de tierra. (aislamiento 1000v.)
Debe existir una única conexión a la fuente de alimentación
El borne de tierra de protección (primera conexión a tierra del equipo) deberá designarse con las letras
PE y el resto de conductores de tierra de protección de color verde-amarillo
El equipo deberá ser instalado junto con un diferencial
Alejamiento de las partes activas, sometidas a tensión.
Interponer obstáculos entre el trabajador y la zona bajo tensión para evitar entrar en contacto.
Aislamiento de las fuentes con materiales aislantes.
Utilización de tensiones de seguridad en circunstancias especiales, donde hay exceso de humedad, etc.,
y de cableado homologado.
Aún con el motor parado, puede haber tensión en la caja de bornes con el fi n de alimentar a las
resistencias calefactoras o al bobinado para su propio calentamiento.
ANEXO A : MANUAL DE INSTRUCCIONES DE UTILIZACION Y MANTENIMIENTO
96
PUESTA EN MARCHA:
Antes de la puesta en marcha de la máquina inspecciónela. No la ponga en marcha si está averiada o no
funciona correctamente.
Compruebe que los dispositivos de control y parada están instalados y funcionan correctamente
INCENDIO Y EXPLOSIÓN:
Compruebe la instalación eléctrica y no guarde líquidos inflamables en la máquina.
No guarden líquidos inflamables, ni trapos sucios de grasa en la máquina.
Tomar las acciones oportunas para prevenir las chispas por electricidad estática. Pueden producir
explosiones o fuego especialmente cuando se vehiculan líquidos inflamables.
MOTORES
Los motores están diseñados para funcionar en aplicaciones de accionamiento industrial.
Los límites normales de temperatura ambiente son de -20 °C a +40 °C. Altitud máxima es de 1000 m
por encima del nivel del mar.
Los motores pequeños, conectados directamente a la fuente de tensión a través de relés térmicos, pueden
arrancar automáticamente.
La temperatura de la cubierta externa del motor puede llegar a ser demasiado caliente al tacto durante
su funcionamiento normal.
MEZCLADORA
Nunca se debe trabajar por la trampilla superior sin la rejilla de protección. Solo en caso labores de
limpieza y mantenimiento, asegurarse del corte total de suministro eléctrico tanto del motor como de
accionamientos de las tajaderas.
Nunca se debe acceder al interior de la mezcladora por la boca de ensaque manual
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
97
Nivel de Ruido
En el lugar de trabajo de la MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS se prevé nivel de sonido que
alcance o exceda 8 dB(A), las personas que permanezcan en la zona deben usar protectores auditivos.
La mayoría de nuestros motores tienen un nivel de presión sonora que no sobrepasa los 82 dB(A) referidos a
una alimentación sinusoidal de 50 Hz, con tolerancia de ± 3 dB(A).
98
ANEXO B: PLANOS
Estudio para Marcado CE de una mezcladora horizontal de piensos conforme a Directivas europeas
99
ANEXO B: PLANOS
100
101
ANEXO C: DECLARACIÓN DE
CONFORMIDAD
ANEXO C: DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD
102
Declaración “CE” de conformidad
El fabricante
FABRICANTE
DIRECCIÓN
C.P. LOCALIDAD
PROVINCIA
Declara, que el producto designado a continuación:
Denominación: MEZCLADORA HORIZONTAL DE PIENSOS
Descripción: SISTEMA DE MEZCLADO DE PIENSO ANIMAL
N/Identificación: MHP-001
Modelo: MHP
Año de fabricación: 2015
Expediente técnico de construcción TFG/01/2015
Cumple las disposiciones de la Directiva de Máquinas Directiva 2006/42/CE y las Reglamentaciones Nacionales que la
transponen (R.D.1644/2008), la Directiva 2014/35/UE, relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros
sobre el material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión y la Directiva 2014/30/UE relativa a la
aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros relativas a la compatibilidad electromagnética. Cumple las
disposiciones de las normas siguientes:
UNE-EN 61310-2:2008
UNE-EN ISO 12100:2012
UNE-EN 1037:1996+A1:2008
UNE-EN ISO 13849-1:2016
UNE-EN 292-1:1993
UNE-EN 894-3:2001+A1:2009
UNE-EN ISO 13850:2016
UNE-EN ISO 13857:2008
UNE-EN ISO 11688-1:2010
UNE-EN 61508-1:2011
UNE-EN 614-2:2001+A1:2008
UNE-EN ISO 14120:2016
UNE-EN 61000-6-2:2006
UNE-EN 60204-1:2007/A1:2009
UNE-EN ISO 4414:2011
UNE-EN 10088-2:2015
UNE-EN 13570:2006+A1:2010
Hecho en _________________, el ____ de ___________ de 20__
Firmado:
Signed
Gerente / Manager
103
ANEXO D: PRESUPUESTO
ANEXO D: PRESUPUESTO
104