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REGLAMENTO INTERNO - Amazon Simple Storage Service · Ley de la Reforma Magisterial N°29944...

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1 1 2016 INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA Bartolomé Herrera RDZ 0276-79 / 285-82 REGLAMENTO INTERNO
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2016

INSTITUCIÓN EDUCATIVA

PRIVADA

Bartolomé Herrera

RDZ 0276-79 / 285-82

REGLAMENTO

INTERNO

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“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU”

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 130-2016-DIEPR“BH”/UGEL02

Los Olivos, 12 de abril del 2016.

Proyecto del Reglamento Interno de la Institución Educativa Privada VISTO:

Visto el Reglamento Interno 2016 de la Institución Educativa Privada Bartolomé

Herrera, con 28 folios. CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en D.S Nº 007-2001-ED, normas para la organización y desarrollo de los Centro Educativos, la R.M. Nº 572-2015- MINEDU, que aprueba las orientaciones para el desarrollo de las actividades educativas del año escolar 2016, la Ley General de Educación Nº 28044 el D.S 011-2012.E.D, aprueba el reglamento de la ley 28044, Ley de Centros Educativos Privadas Nº 26549 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 009-2006-ED.

SE RESUELVE: 1. Aprobar el Reglamento Interno 2016 de la Institución Educativa Privada

Bartolomé Herrera, que cuenta con X capítulos y 171 artículos.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE

Lic. Venuslava Luna Vásquez

Directora

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PRESENTACIÓN …………………………………………...………………………………............................................................ 5

CAPITULO I:

DISPOSICIONES GENERALES ….……………………………………......………………………………………………………………….…. 5

1.1 Alcances …….….……………………………………………………………………………………………….…………………………………... 5

1.2 Bases Legales ..…………………………………………………………………………………………………………….……………………….. 6

CAPITULO II: OBJETIVOS, MISIÓN Y VISIÓN ……………………………………………………………………………………………. 6

OBJETIVOS, MISIÓN Y VISIÓN …….……………………………..………………………………………………………………………………… 6

CAPITULO III: DEBERES Y DERECHOS …..……………………………………………………….………………………..………………. 7

3.1 Deberes y derechos:…………………………………………………..…………………………………………………………………………. 7

Del Personal Directivo …………………………………………………………………………………………………………………….. 7

De la Subdirectora …………………………………………………………………………………………………………………………… 8

De los Coordinadores ……………………………………………………………………………………………………………………… 8

Del personal docente …………………………………………………………………………………………………………………….... 9

Del personal administrativo .…………….…………………………..…………………………………………………………………. 9

Derechos del personal Directivo, Docente y administrativo …………………………………………………………….. 10

3.2 De los estudiantes ………………………………………………………………………………………………………………………………… 10

Deberes de los estudiantes …………………………………………………………………………………………………………….. 10

Derechos de los estudiantes ……………………………………………………………………………………………………………. 11

Consideraciones importantes …………………………………………………………………………………………………………. 12

CAPITULO IV:

DEL RÉGIMEN ACADÉMICO …………………………………………..………………………………………………….……………………. 12

4.1 Académico ……………………………………………………………………………………………………………………………………………. 12

4.2 Calendarización …………………………………………………………………………………………………………………………………….. 13

4.3 Periodos vacacionales ………………………………………………………………………………………………………………………….. 13

4.5 Supervisión educativa .………………………………..………………………………………………………………………………………… 14

4.5 Control de asistencia y Permanencia …………………………….………………………………………………………………………. 14

Del personal docente, administrativo y de servicio ………………………………………………………………………… 14

De las tardanzas, inasistencias y justificaciones ……………………………………………………………………………… 15

De los permisos y justificaciones al personal ………………………………………………………………………………….. 15

De las licencias y permisos ……………………………………………………………………………………………………………… 15

CAPITULO V: DEL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO……………………………................................................................................. 16 5.1 De la organización de IEP………………………………………………………………………………………………………………………. 16

5.2 Planificación………………………………………………………………………………………………………………………………………….. 17

5.3 Del proceso de matrícula, evaluación, promoción, repitencia y certificación …......................................... 17

De la matrícula ……………………………………………………………………………………………………………………………….. 17

De la Evaluación ……………………………………………………………………………………………………………………………… 18

De la promoción y repotencia………………………………………………………………………………………………………….. 18

De la certificación …………………………………………………………………………………………………………………………… 19

ÍNDICE

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CAPITULO VI:

DEL RÉGIMEN ECONÓMICO….………………………….……………………………………………………………………………………. 19

6.1 Fuentes de financiamiento……………………………………………………………………………………………………………………. 19

Recursos propios.……………………………………………………………………………………………………………………………. 19

Pensiones y otros ingresos……………………………………………………………………………………………………………… 20

CAPITULO VII:

ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES:………………………………………………………………………………………………………… 21

7.1 Del Personal directivo…………………………………………………………………………………………………………………………… 21

7.2 Del Personal docente……………………………………………………………………………………………………………………………. 21

7.3 Del personal administrativo………………………………………………………………………………………………………………….. 21

7.4 De los estudiantes…………………………………………………………………………………………………………………………………. 22

CAPITULO VIII:

DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES……………………….………………………………………………………………………. 23

8.1 Con los Padres de familia ……………………………………………………………………………………………………………………… 23

8.2 Con las instituciones de la local …………………………………………………………………………………………………………….. 23

8.3 Con otras instituciones …………………………………………………………………………………………………………………………. 23

CAPITULO IX:

REGIMEN LABORAL: ..…………………………………………………………………………………………………………………………… 24

9.1 Selección, contratación y escalafón …..…………………………………………………………………………………………………. 24

9.2 Personal no docente …………………………………………………………………………………………………………………………….. 25

9.3 Jornada laboral del personal no docente y no docente…………………………………………………………………………. 25

9.4 Becas …………………………………………………………….……………………………………………………………………………………… 26

CAPITULO X: DISPOSICIONES FINALES…………………………………………………………………………………………………….. 27

Anexo N° 1 Organigrama estructural de la I.E.P………………………………………………………………………………………. 28

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PRESENTACIÓN

La Institución Educativa Bartolomé Herrera busca asegurar el aprendizaje de todos los estudiantes, brindando una educación

enmarcada dentro del desarrollo humano integral que comprende la dimensión de lo físico, lo intelectual y lo moral. La

convivencia armónica es un medio para lograr dicho desenvolvimiento, pues promueve el desarrollo de la autonomía y

facilita la realización de las actividades de aprendizaje.

Para lograr este objetivo es necesario contar con lineamientos claros que nos conlleven al logro de relaciones armoniosas, es

por ello que el órgano de Dirección de la Institución Educativa Privada Bartolomé Herrera, con participación de la comunidad

educativa, ha consensuado el presente Reglamento Interno teniendo en cuenta las últimas disposiciones legales que se

vienen promulgando en el sector educación.

El presente Reglamento Interno, responde a la Política del Sistema Educativo Nacional y a los objetivos estratégicos del PEI de

la institución, considerando los aspectos de gestión administrativa, pedagógica e institucional, normando fundamentalmente

los deberes y derechos de quienes integran nuestra institución.

Todas las normas incluidas en el presente Reglamento Interno deben ser practicadas por todos los miembros de la comunidad

educativa: directivos, personal docente, personal administrativo, estudiantes y padres de familia.

El cumplimiento razonado de lo que se expresa en los diferentes artículos del presente documento de gestión nos va a permitir

armonizar nuestras tareas en beneficio de la educación de nuestros estudiantes.

CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1° El presente reglamento tiene por finalidad normar el funcionamiento y la organización de la IE,

estableciendo las responsabilidades de los miembros integrantes y de esta manera orientarlos en el ejercicio de

sus funciones, de conformidad con los dispositivos legales vigentes.

1.1 ALCANCES

Artículo 2º El presente Reglamento Interno tiene alcance para toda la comunidad de la IEP Bartolomé

Herrera integrada por el personal directivo, jerárquico, docente, administrativo, auxiliar, servicio, estudiantes,

padres de familia y/o apoderados.

Artículo 3° Para efectos del presente reglamento, las expresiones que se señalan a lo largo del documento tendrán los

siguientes significados.

a. La IE: Institución Educativa Bartolomé Herrera.

b. Trabajador: Toda persona que labora como directivo, docente, administrativo o de servicios en la corporación, así como

los participantes o aprendices de los programas de formación laboral juvenil y de prácticas pre-profesionales.

c. Usuario: Toda persona que requiera de los servicios que ofrece la IE.

d. Reglamento o RIT: Reglamento Interno de Trabajo de la IE.

e. Promotoría: Directorio, Gerencia General, Gerencia Administrativa y Gerencia Académica.

f. Alta Dirección: Dirección General y Subdirección General de la IE.

g. Caso fortuito: Hecho imprevisible e inesperado que no puede evitarse ni resistirse y que, generalmente, proviene de la

acción de la naturaleza. Ejemplos: una inundación, un aluvión, un sismo, un incendio, etc.

h. Fuerza mayor: Acontecimiento imprevisible que no puede resistirse ni evitarse y que, casi siempre, proviene de la acción

de la persona o de un tercero. Ejemplos: un tumulto, un acto terrorista, un asalto, un accidente de tránsito y otros hechos

similares.

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i. Coordinador de nivel: Es el funcionario encargado de monitorear el desarrollo y el desempeño de los profesores, auxiliares

y asistentes de su nivel.

j. Proveedor: Es la persona natural o jurídica que abastece de productos necesarios para el desarrollo de las diversas

actividades en la IE.

k. Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: Es el órgano bipartito y paritario conformado por representantes del

empleador y de los trabajadores. Encargado de analizar y evaluar el avance de los objetivos y metas establecidas en el

programa anual de seguridad y salud en el trabajo para identificar las causas de los accidentes y analizar estadísticas de

seguridad emitiendo las recomendaciones pertinentes, evaluando el cumplimiento del programa.

l. Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo: Es un conjunto de herramientas lógicas centrada en los peligros y riesgos

generales o específicos asociados a la labor en la IE.

1.2 BASES LEGALES

Artículo 4°

Ley General de Educación Nº 28044

R.M. N°572-2015- MINIEDU

Ley de la Reforma Magisterial N°29944

Reglamento de la Ley N°29944. Decreto supremo N° 004-2013-ED

Ley 26549, Ley de las Institución Educativas Privadas

D.S. 009-2006-ED, Reglamento de Centros Educativos Privados

D.S. 007-01-ED, Normas para la Gestión y Desarrollo en los Centros y Programas Educativas

D.L. N° 882 De la promoción de la inversión Privada

Ley de Protección a la Economía Familiar N° 26549

Ley N° 27665 de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en Centros y programas educativos

privados

CAPITULO II: OBJETIVOS, MISION VISION

OBJETIVOS, MISIÓN Y VISIÓN

Artículo 5º La IE brinda servicio educativo en los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria de

menores.

Artículo 6º Son fines de la IE:

a) Contribuir a la socialización de los estudiantes y prepararlos para que sean capaces de transformar y crear

cultura, de asumir sus roles y responsabilidades como ciudadanos.

b) Coayudar a la labor primordial de los padres de familia mediante acciones pedagógicas con sentido

humanista, favoreciendo su inserción a la sociedad del conocimiento.

c) Promover el desarrollo autónomo y crítico de los estudiantes.

d) Desarrollar una cultura de responsabilidad social sustentada en valores éticos, sociales y religiosos.

e) Comprometer a los estudiantes en el respeto y cuidado del medio ambiente.

Artículo 7º Son objetivos de la IE:

a) Desarrollar una gestión eficaz para la calidad educativa

b) Promover docentes de calidad

c) Currículo flexible, articulado y pertinente

d) Instaurar una cultura de investigación

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e) Impartir una educación para el conocimiento científico humanístico, pragmático así como habilidades y

destrezas para el desarrollo personal y social, en concordancia a los lineamientos del Proyecto Educativo

Actual.

f) Incentivar permanente los valores cívicos, patrióticos, artísticos y religiosos.

g) Cultivar y fortalecer la fe cristiana de los educandos, educadore s, padres de familia, personal directivo,

jerárquico, docente, administrativo y de servicio de la institución.

h) Promover el desarrollo integral y la personalidad del estudiante.

i) Contribuir al progreso de la comunidad local.

j) Incentivar la participación de los padres de familia en el desarrollo de las acciones educativas.

k) Promover y desarrollar la capacidad para el trabajo.

l) Priorizar el proceso de mejoramiento de la calidad de la educación.

Artículo 8º La IE tiene las siguientes funciones:

a) Planificar, organizar, ejecutar, evaluar las acciones y servicios educativos, que programe la Dirección y

personal docente de la institución.

b) Desarrollar, supervisar y evaluar las programaciones curriculares de Educación Inicial, Primaria y Secundaria

de menores.

c) Brindar servicio de consejería y bienestar del educando en función de su realidad socioeconómica.

d) Orientar a los padres de familia en el rol que les corresponde para con sus hi jos y de éstos para con sus

padres.

e) Propiciar la autoafirmación de los valores.

Artículo 9°

Nuestra misión:

Somos una institución líder en Los Olivos que brinda un servicio educativo de calidad basado en una óptima

formación integral, promoviendo la investigación, el pensamiento crítico y el cuidado del medio ambiente.

Artículo 10°

La visión de la IE es:

Proyectamos ser una institución educativa líder en Lima Norte, a través de una sólida propuesta pedagógica,

sustentada en una cultura de evaluación de la calidad institucional .

CAPITULO III: DEBERES Y DEREHOS

3.1 DEBERES Y DERECHOS:

DEBERES DEL PERSONAL DIRECTIVO

Artículo11º La Directora, es la primera autoridad de la Institución Educativa Privada Bartolomé Herrera, es

su representante legal y responsable de la IE- Asimismo, es la líder de la comunidad educativa. Asegura

mecanismos para garantizar la calidad del servicio educativo, el clima institucional favorable para el

aprendizaje y las relaciones con la comunidad.

Artículo 12º El cargo de Directora es de confianza, designado por la Promotora y se ejerce de acuerdo a las normas del

régimen laboral de la actividad privada.

Artículo 13º La Directora está obligada a enviar a la Unidad de Gestión Educativa Local las nóminas de matrícula;

nóminas complementarias (en caso de traslados); actas de evaluación, convalidación subsanación y recuperación oficiales,

así como el Informe de Gestión Anual (IGA), y demás documentos de gestión

Artículo 14º Velar por la observancia de la axiología, fines, principios, objetivos y lineamientos de política institucional

especificados en el Proyecto Educativo, en el presente Reglamento Interno y demás normas educativas compatibles con la

naturaleza de la IE.

a) Difundir el Proyecto Educativo Institucional, el Proyecto Curricular Institucional y el Reglamento Interno de la IE a toda la

comunidad educativa.

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b) Monitorear, asesorar, coordinar, dirigir, evaluar y orientar los procesos de planificación, organización, ejecución, supervisión

y control.

c) Supervisar el cumplimiento de los horarios de trabajo, aplicando los correctivos en forma oportuna a fin de superar las

deficiencias. En caso de incumplimiento de las normas laborales, aplicar las sanciones establecidas por las disposiciones

legales vigentes.

d) Supervisar el estricto cumplimiento de los dispositivos específicos sobre matrícula, pago de pensiones y concesión de

becas a los educandos.

e) Firmar los certificados de estudios, constancias de servicios prestados a la IE, Certificado de Trabajo, así como las

constancias de pagos del personal a su cargo.

f) Dirigir y suscribir la correspondencia oficial.

g) Disponer la publicación de las directivas y demás documentos informativos de la IE.

h) Supervisar el cumplimiento de los instrumentos normativos, planes de trabajo, reglamentos y otros documentos internos de

la IE.

i) Resolver los asuntos administrativos que son de su competencia y que no se contemplan en el presente reglamento.

j) Dirigir y orientar el proceso de planificación académica.

k) Aprobar proyectos y programas de capacitación profesional de los docentes.

l) Monitorear permanente y sistemáticamente el proceso educativo y preparar oportunamente los informes que son de su

competencia.

m) Mantener el principio de autoridad y velar por la responsabilidad y funcionalidad entre los organismos de la IE.

n) Aplicar los correctivos y disponer las sanciones que cada caso lo requiera.

o) Las excursiones o viajes de estudio no excederán los 5 días calendarios; su realización estará autorizada notarialmente por

los padres de familia.

Artículo 15º La Directora está obligada a informar periódicamente a la Entidad Promotora sobre la marcha académica

y administrativa de la IE. Es responsable del fiel cumplimiento del presente Reglamento.

Artículo 16º En caso de ausencia temporal, la Directora es reemplazada por la Subdirectora de la IE.

Artículo 17º La Subdirectora de la IE es la colaboradora inmediata de la Directora, y conjuntamente con ella,

responsable ante las autoridades del Ministerio de Educación.

Artículo 18º La subdirectora planea, organiza, ejecuta, controla y evalúa el desarrollo académico de la institución

acompañando al personal docente en los diseños de actividades, estrategias, metodologías y criterios de evaluación.

DEBERES DE LA SUBDIRECTORA

Artículo 19º Son funciones de la Subdirectora:

a) Representar a la Directora en caso de ausencia en la institución y ante el órgano de control.

b) Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades técnico-pedagógicas de los tres niveles, en coordinación con la

dirección.

c) Presidir las reuniones técnico – pedagógicas en caso de ausencia de la Directora.

d) Coordinar, asesorar, supervisar, y evaluar la labor del personal docente y administrativo de la IE.

e) Desarrollar, revisar los documentos de gestión juntamente con la Directora y Coordinadores de cada nivel (PAT, PEI, RIT,

MF, PT, PSC; PL, POV, PCMA, Programas de Innovación).

f) Programar con los coordinadores jornadas de actualización y capacitación pedagógicas.

g) Informar periódicamente a la dirección de la IE sobre el desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje o académico.

h) Supervisar el desarrollo de las actividades del calendario cívico escolar.

i) Supervisar el cumplimiento de la calendarización del año escolar.

j) Coordinar, supervisar y evaluar la labor de las coordinaciones e informar a la Dirección.

k) Elaborar y difundir directivas que normen las acciones relacionadas con el cumplimiento de las funciones del personal

docente y de apoyo.

l) Monitorear el plan de supervisión planificado por los Coordinadores.

m) Apoyar las acciones de la directora de la IE según requerimiento y las prioridades pertinentes.

Artículo 20º En caso de ausencia temporal, la Subdirectora es reemplazada por los Coordinadores Académicos.

Artículo 21º Los Coordinadores Académicos de los niveles Inicial, Primaria y Secundaria apoyan y complementan las

acciones de la Directora y Subdirectora de la IE.

Artículo 22º A los Coordinadores les corresponde la administración académica de su nivel a cargo, a fin de que con su

actividad de orientación y supervisión, contribuya para llevar a feliz término los objetivos en cada una de las actividades

académicas.

DEBERES DE LOS COORDINADORES

Artículo 23º Son funciones de los Coordinadores Académicos:

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a) Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades técnico-pedagógicas de su nivel en coordinación con la

directora y subdirectora.

b) Monitorear el trabajo de los docentes, brindándoles el asesoramiento correspondiente y haciéndoles conocer las

disposiciones vigentes.

c) Programar y realizar jornadas de actualización para los docentes en coordinación con la subdirección.

d) Establecer los horarios, jornadas y turnos de trabajo del personal docente del nivel respectivo.

e) Controlar la asistencia y puntualidad del personal a su cargo y disponer el reemplazo de los ausentes e informar a la

Subdirección, Dirección y jefatura de RR.HH.

f) Establecer los lineamientos técnico-pedagógicos de planificación, organización, ejecución y control que se aplicarán en

la IE.

g) Informar periódicamente a la Directora y Subdirectora de la IE a sobre el desarrollo del proceso de enseñanza-

aprendizaje.

h) Organizar y dirigir las actividades de nivelación y de recuperación de los educandos a lo largo del periodo lectivo y

vacacional.

i) Supervisar las actividades de calendarización del año escolar de su nivel.

j) Elaborar y difundir directivas que normen las acciones relacionadas con el cumplimiento de sus funciones.

k) Elaborar y ejecutar el plan de supervisión técnico-pedagógica de los docentes y personal a su cargo.

l) Participar en la elaboración de los documentos de gestión.

m) Desempeñar otras funciones por delegación de la Directora y/o subdirectora de la IE.

n) Elaborar y enviar los informes a la Dirección sobre estímulos o sanciones del personal a su cargo.

o) Brindar información a los padres de familia sobre el desempeño y el avance académico de sus hijos.

p) Apoyar las acciones de la dirección de la IE según los requerimientos y las prioridades pertinentes.

q) Orientar sobre la correcta elaboración de la programación curricular y verificar su estricto cumplimiento: programación

anual, unidades de aprendizaje, proyectos y actividades diarias.

DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE

Artículo 24º Es el funcionario que realiza el trabajo de educar a las estudiantes, de interactuar con los

padres y acudientes y de actuar en el marco de las orientaciones y criterios establecidos por los organismos de

dirección y administración de la IE.

Artículo 25º El docente es la máxima autoridad en el salón de clases. Dirige, coordina y controla las

actividades de enseñanza y aprendizaje en su respetiva área y en su entorno esc olar

Artículo 26º Son deberes del personal docente:

a) Desarrollar sus funciones con dignidad, eficiencia, profesionalismo, alto sentido de responsabilidad y la

ética.

b) Respetar los derechos de los estudiantes y demás agentes de la comunidad educativa.

c) Cumplir y hacer cumplir las normas contenidas en el presente Reglamento.

d) Acudir a la Institución Educativa con puntualidad registrando su entrada y salida en el sistema de

control.

e) Elaborar y entregar oportunamente, la programación curricular, unidades de aprendizaje y sesiones de

clase a la coordinación respectiva.

f) Participar como agente activo del proceso enseñanza-aprendizaje siendo reflexivo y autocrítico en su

labor, retroalimentando el desarrollo curricular.

g) Participar en la elaboración y ejecución del Plan Anual de Trabajo (PAT, PCI y otros)

h) Programar, desarrollar y evaluar las actividades cur riculares de su aula.

i) Integrar comisiones de trabajo y colaborar con los diferentes órganos de la IE para el logro de los

objetivos y metas trazadas para el año escolar en curso, dando ejemplo de trabajo solidario y

cooperativo.

j) Atender a los padres de familia en sus respectivos horarios de atención establecidos o previa cita,

absolviendo con cordialidad y en forma oportuna, las consultas y/o reclamos.

k) Cumplir con el desarrollo de sus sesiones de aprendizaje en los horarios establecidos.

l) Utilizar métodos adecuados, técnicas y estrategias pedagógicas interactivas y eficaces, que aseguren

la calidad y eficiencia en el servicio educativo que brinda la institución.

m) Velar por la seguridad personal y emocional del estudiante, creando un clima propicio de confianza y

tolerancia.

n) Organizar y apoyar la realización de certámenes de carácter académico, artístico, deportivo, religioso

y social, concordante con la línea axiológica de la Institución Educativa.

o) Utilizar adecuadamente el cuaderno de control del estudiante, como instrumento de información a los

padres, sobre aprovechamiento y conducta y/o nivelación académica.

p) Proponer clases de recuperación o nivelación académica con sus estudiantes, cuando lo requieran o

disponga las coordinaciones académicas.

q) Asistir oportunamente a las jornadas de capacitación y actualización, organizadas por la I.E.

r) En la hora de salida y recreos los tutores o profesores de aula son responsables de la organización y

correcto desplazamiento de sus estudiantes.

s) Cumplir las funciones establecidas de acuerdo al cronograma de responsabilidades del día con el rol

de turnos a fin de cuidar y enriquecer la disciplina del estudiante de inicial, primaria y secundaria.

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DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

Artículo 27° El personal administrativo de la IE está formado por el equipo administrativo, tesorería, secretaría, personal de

portería, personal de apoyo, jefatura de normas, monitores y auxiliares.

Artículo 28° Son deberes del personal administrativo:

a) Cumplir sus funciones con dignidad, eficiencia y alto sentido de responsabilidad.

b) Respetar a los alumnos, padres de familia, compañeros de trabajo y directiva.

c) Cuidar su presentación y actitudes personales compatibles con la naturaleza del centro de

trabajo.

d) Cumplir y hacer cumplir las normas contenidas en el presente reglamento.

e) Asistir a la IE con toda puntualidad para cumplir con sus obligaciones.

DERECHOS DEL PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE

Artículo 29º Son derechos del personal docente:

a) Recibir un trato digno y respetuoso, compatible con la función que desempeña.

b) Recibir puntualmente sus remuneraciones de conformidad con los acuerdos tomados.

c) Ser escuchado personalmente en caso de estar involucrado en algún problema de tipo pedagógico o

administrativo.

d) A recibir reconocimiento verbal o escrito de sus superiores por acciones destacadas.

e) Y los demás derechos contenidos en el Capítulo III y en el artículo 12 del reglamento de trabajo de

colegios peruanos.

3.2 DE LOS ESTUDIANTES

DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 30° Son deberes de los estudiantes:

a) Todo estudiante herreriano debe conocer y cumplir las normas del presente Reglamento Interno, respetando a todo el

personal que labora en el plantel.

b) Cumplir estrictamente las disposiciones que se señalan en los apéndices de presentación, asistencia y puntualidad y

conducta.

c) Portar siempre su agenda escolar con el registro de firmas de los padres y tareas al día.

d) Entregar oportunamente a sus padres los comunicados que el colegio envía en la agenda de control.

e) Permanecer en el aula o ambiente de trabajo durante las horas de clase.

f) Cumplir las normas de convivencia y disposiciones dadas por la Dirección, Coordinaciones y docentes.

g) Conducir con respeto y amabilidad con sus compañeros y personal de la IE.

h) Participar en forma activa en el desarrollo de las actividades y reforzamiento en clase, para lograr las competencias

propias de cada área.

i) Traer los materiales educativos para el desarrollo de clases según el horario de clase.

j) Los estudiantes deberán asistir debidamente uniformados.

A. De la asistencia y puntualidad

a) Asistir con puntualidad y respetar su permanencia en la I.E. en el siguiente horario:

Turno Mañana:

Inicial 08:00 a.m. – 13:00 p.m.

Primaria 07:45 a.m. – 14:00 p.m.

Secundaria

07:45 a.m. – 14:25 p.m.

Turno Tarde:

Inicial 01:30 p.m. – 17:00 p.m.

Secundaria 14:30 a.m. – 18:30 p.m.

b) Entregar oportunamente los comunicados que la IE envía a sus padres mediante la agenda.

c) Permanecer en el ambiente escolar durante las horas de clase.

d) El 30% de inasistencias a clases impide su promoción de grado, por lo que el estudiante será considerado como

retirado en las actas por límite de inasistencias no justificadas.

e) Las inasistencias de los estudiantes deberán ser debidamente justificadas, previa documentación sustentada por los

padres a través de la agenda, dirigida a la Coordinación respectiva, en el término de las horas siguientes.

f) Solo serán justificadas las inasistencias motivadas por enfermedades u otras debidamente comprobadas como

duelo o razones que sean consideradas válidas por Subdirección o Dirección y refrendadas por los documentos

sustentatorios.

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g) Solo la coordinación académica podrá autorizar la salida de algún estudiante por lo siguiente:

Urgencia médica, previa coordinación con la doctora de la IE y comunicación al padre o apoderado.

Graves problemas familiares y de urgente necesidad, previa presentación de solicitud de salida u otro similar.

El estudiante debe presentar la autorización de salida al personal de seguridad para el registro correspondiente.

Las justificaciones por inasistencia las hará el padre o apoderado, sea personalmente o mediante el empleo de

la libreta de control en el término de las 48 horas siguientes.

En los casos de faltas que hayan sido justificados, la jefatura de normas procederá a colocar el sello

correspondiente (falta justificada) para conocimiento de los profesores de sección.

Toda solicitud para que el estudiante se ausente de clases o falte a la IE, llegue más tarde de lo establecido o

salga antes de la hora, por motivo de fuerza mayor, deberá ser presentada ante la Dirección del colegio por el

padre de familia, por lo menos con un día de anticipación.

El estudiante que llegue tarde en forma reiterada por tercera vez, llevará un comunicado escrito al padre donde

se indique que éste perderá treinta minutos de clase.

A) Del recreo

a) El recreo está diferenciado para los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria según horarios y supervisados por el personal

de disciplina y los respectivos tutores.

b) Al toque del timbre y con autorización del profesor, todos los estudiantes sin excepción saldrán al patio.

c) Los estudiantes mantendrán limpios los patios, servicios higiénicos, escaleras, etc. Usarán los depósitos colocados para

arrojar desechos.

d) Los estudiantes que acuden al kiosco, mantendrán el orden y respeto por sus compañeros mientras son atendidos.

e) Al finalizar el recreo los estudiantes suspenderán sus actividades recreativas e inmediatamente deberán formar para

ingresar a las aulas.

B) Del trabajo escolar

a) Portar el cuaderno de control o agenda durante todas las clases.

b) Permanecer en aula durante los periodos de clase durante los periodos de clase.

c) Demostrar buena disposición para el trabajo.

d) Trabajar con orden, limpieza y responsabilidad.

e) Realizar solo las actividades relacionadas con las asignaturas de cada clase.

f) Portar los útiles y materiales necesarios para el trabajo de cada clase, los que deben estar bien presentados y rotulados

con el nombre, apellidos, asignatura, grado y sección.

g) Cumplir plenamente con la entrega de trabajos asignados.

h) Abstenerse de dialogar con los compañeros interrumpiendo la clase.

i) Colaborar con el orden y limpieza en el aula, ubicando las mochilas en los lugares asignados y ordenando las carpetas.

j) Solicitar autorización para desplazarse a los SS.HH. o al departamento médico.

k) La pérdida del cuaderno de control es considerada una falta que afectará su calificación de conducta.

l) Respetar los libros, cuadernos, útiles escolares de sus compañeros o profesores, no maltratándolos ni escondiéndolos.

C) De los paseos o visitas culturales

a) El estudiante debe presentarse a la hora señalada, portando los implementos que le serán solicitados con anticipación

(alimentos, cuadernos, útiles, etc.)

b) Debe respetar y obedecer las indicaciones que imparte el profesor, monitores o los encargados de la visita de estudio.

c) En el interior del vehículo debe mantener el orden, limpieza y una buena conducta.

d) Debe respetar las indicaciones de los guías y el reglamento de cada recinto que se visite.

D) De los valores

a) Respetar la firma, correspondencia, citación u otro reporte remitido a sus padres.

b) Respetar los símbolos patrios, guardando la debida conducta en las ceremonias cívico-patrióticas y entonando con fervor

patrio el Himno Nacional.

c) Participar en forma responsable en las actividades de índole cultural, deportiva, social, etc. Que organice la IE,

respetándolas con honor y disciplina.

d) Cuidar la imagen del colegio demostrando un comportamiento adecuado fuera y dentro de este, evitando participar en

actos de indisciplina que perjudiquen el prestigio de la IE.

e) Respetar las pertenencias ajenas.

f) Demostrar honestidad en el desarrollo de sus trabajos y exámenes.

g) Mostrar respeto hacia sus compañeros y personal de la institución sin hacer diferencias de índole racial, religiosa, cultural,

física u otra.

DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 31º

a) Los estudiantes tienes derecho a recibir una educación integral de calidad basada en los principios fundamentales

de la persona, de acuerdo al proyecto educativo, en concordancia de los valores institucionales

b) Ser Respetado en una integridad y dignidad personal sin discriminación alguna

c) Participar en el desarrollo de las diversas actividades, ya sean culturales, deportivas, sociales y recreativas

programadas por la IE.

d) Recibir estímulos de tipo verbal o de cualquier otra índole en reconocimiento a su esfuerzo.

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e) Ser escuchado de forma imparcial cuando se vea implicado en una situación de conflicto antes de que se le

aplique alguna medida disciplinaria.

f) Ser evaluados permanentemente, recibiendo las recomendaciones necesarias que contribuyan a su educación

integral

g) Recibir una educación que contribuya a su sólida formación ética, moral, científica y técnica en un ambiente de

democracia y seguridad para su desarrollo personal.

h) Solicitar la exoneración de la práctica del área de Educación Física en caso de impedimento físico, adjuntando la

documentación debidamente acreditada por prescripción médica.

i) Solicitar la exoneración del área de educación religiosa sólo en caso que el padre de familia o apoderado lo solicite

en forma escrita al momento de realizar la matricula, por tener una confesión religiosa diferente a la católica.

j) Solicitar por escrito a la dirección, adelantos o postergaciones de evaluaciones en caso de viajes oficiales,

enfermedad prolongada, accidentes, cambio de residencia al extranjero y otros, debidamente sustentables.

k) Ser informado oportunamente sobre las normas y disposiciones que le concierne a su labor educativa.

l) Ser informado de sus evaluaciones oportunamente.

CONSIDERACIONES IMPORTANTES

Artículo 32° Son consideraciones importantes para los estudiantes:

a) Al ingresar al colegio, deben mostrar su agenda escolar firmada diariamente por el padre o apoderado, para el registro

correspondiente de asistencia.

b) El caso de permisos y justificaciones, se anotarán en la agenda y se presentará al tutor, tutora y/o auxiliar.

c) En las formaciones de los lunes o viernes u otras ceremonias, deberán formar con rapidez, disciplina, respeto, obedecer las

voces de mando y las indicaciones que se brinden.

d) Para las prácticas de Educación Física, Computación, Danza y/o laboratorio, esperarán al profesor dentro del aula y

saldrán con él al lugar de trabajo.

e) El estudiante es responsable de la conservación de la carpeta asignada. Cualquier maltrato o deterioro será notificado a

sus padres, para la subsanación correspondiente.

f) No se recepcionarán de los familiares, materiales, útiles y otros olvidados en casa por los estudiantes, ello con el objetivo

de fortaleces su nivel de responsabilidad.

g) Las citaciones personales u otros documentos de necesidad administrativa, académica o conductual, van engrampadas

en la agenda y deberán ser entregadas oportunamente a sus padres o apoderados.

h) Después de la salida, los estudiantes no deberán permanecer en los alrededores del colegio con el uniforme.

i) Tener en cuenta que los policías escolares, brigadieres, brigadistas de defensa civil y brigada ecológica cumplen

funciones de apoyo, disciplina, seguridad, y por lo tanto deben ser respetados y obedecidos por sus compañeros.

j) Está prohibido traer al colegio equipos electrónicos de cualquier tipo, joyas u objetos de valor. Caso contrario, estos serán

confiscados (previa sanción, con la posibilidad de devolverlos a fin de semana a sus padres o apoderados). La IE no se

responsabiliza por la pérdida de alguno de estos objetos.

k) No usar lenguaje soez y gestos groseros dentro y fuera de la IE.

CAPÍTULO IV: DEL REGIMEN ACADEMICO

4.1 ACADÉMICO

Artículo 33º El trabajo anual comprende los siguientes periodos:

a) Periodo de planificación

b) Período lectivo o del desarrollo del trabajo académico

c) Período de consolidación y clausura

Artículo 34º El periodo de planificación y organización comprende los meses de enero y febrero, donde se

realizan las siguientes actividades:

d) Planificación del Trabajo Anual

e) Programación Curricular

f) Matrícula y ratificación de matrícula

g) Evaluación de recuperación y subsanación

h) Implementación y Actualización docente

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Artículo 35º El periodo lectivo comprende de cuarenta semanas (40) de trabajo académico para la

ejecución de las siguientes actividades:

i) Desarrollo de los contenidos curriculares

j) Evaluación permanente del educando

k) Actividades educativas complementarias

l) Vacaciones Bimestrales

4.2 CALENDARIZACIÓN

Artículo 36° El periodo lectivo 2016, está distribuido de la siguiente manera :

Artículo 37º El trabajo educativo en los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria se desarrolla

todos los días útiles de lunes a viernes.

Artículo 38° La organización de la IE se da en función de los elementos de sus órganos, conforme se refleja

gráficamente en los diagramas estructurales y funcionales.

Artículo 39º La organización interna de la IE determina una adecuada planificación y el cumplimiento del

Plan de Trabajo.

4.3 PERIODOS VACACIONALES

Artículo 40° Los periodos de vacaciones. Están distribuidos en 3 días de descanso después de las evaluaciones bimestrales, y

15 días, entre el fin de mes de julio e inicios de agosto. Clausurando el año escolar el día 30 de diciembre, dando paso así a

las vacaciones de verano.

Bimestre Mes Entrega de Reportes

I Abril 21/04

Mayo 26/05

VACACIONES: Del 11 de mayo y 13 de mayo

II Junio

16/08

Julio

VACACIONES: Del 25 de julio al 07 de agosto

III Setiembre

25/10

Octubre

BIMESTRE

DURACIÓN PROYECTOS / UNIDADES

Semanas Días Duración

I 9

Semanas 2 días

47 días 07/03 al 07/04

08/04 al 10/05

II

9 semanas

4 días 49 días

16/05 al 16/06

17/06 al 22/07

III

9 semanas 1 días

46 días 08/08 al 08/09

09/09 al 11/10

IV

8 semanas 3 días

43 días 17/10 al 17/11

18/11 al 20/12

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VACACIONES: Del 12 de octubre al 14 de octubre

IV Noviembre

30/12 Diciembre

CLAUSURA : 30 DE DICIEMBRE

4.4 SUPERVISIÓN EDUCATIVA

Artículo 41° La Supervisión educativa, tiene la finalidad de identificar varios aspectos que contribuirán con la mejora de los

aprendizajes de nuestros estudiantes.

Monitoreo del uso y la organización de los materiales y recursos educativos para que sean utilizados en las unidades

didácticas de forma articulada y pertinente.

Organización del tiempo para optimizar el aprendizaje y contribuir mayores posibilidades de desarrollo humano e integral de

los estudiantes.

Asesoramiento y acompañamiento a las docentes en el aspecto técnico pedagógico y en su desempeño en el aula.

Artículo 42° La supervisión educativa, se desarrollará bajo dos enfoques el cualitativo y cuantitativo; a través de ambos se

busca verificar con la mayor confiabilidad y validez el desempeño docente en el aula y el cumplimiento de funciones del

personal docente y de apoyo a la labor pedagógica dentro de la institución.

Con el enfoque cualitativo se tiene la intensión de categorizar, valorar y discriminar las cualidades del desempeño docente

con fines de mejora y estímulo.

Mediante el enfoque cuantitativo se busca establecer la frecuencia del cumplimiento de las funciones del personal docente

y de apoyo, asignándole una valoración a los instrumentos de medición que nos permitan tener resultados en términos

numéricos con fines de estímulos.

Artículo 43° Cabe resaltar que las supervisiones se desarrollaran tanto de forma opinada (bajo cronograma interno, y de forma

inopinada, es decir cuando la autoridad del plantel lo crea conveniente.

4.5 CONTROL DE ASISTENCIA Y PERMANENCIA

DEL PERSONAL DOCENTE, ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO

Artículo 44° El control de asistencia del personal docente, administrativo y de servicio se centraliza en la Jefatura de

Recursos Humanos, la cual cuenta con el área de Control de Personal, la misma que es responsable de organizar y mantener

actualizado el registro de control de asistencia.

Artículo 45° Los trabajadores tienen la obligación de registrar su hora de ingreso y salida del centro de labores mediante el

sistema de control vigente, a excepción del personal calificado, de Dirección y de confianza.

El sistema de control es el siguiente:

a) Registro de control de asistencia electrónico mediante huella digital o, en su defecto, con código numérico

generado a cada trabajador, el cual deberá realizar diariamente en la Oficina de Secretaría.

b) Registro de asistencia manual solo en caso de fuerza mayor, cuando se verifique que por algún desperfecto

técnico, el registro electrónico no funcione o cuando la autoridad pertinente así lo crea necesario.

c) Las causales para solicitar permiso o licencia son las que establecen las normas l egales vigentes.

d) Al momento de salir del IE, dentro del horario de jornada laboral, deberán hacerlo con una papeleta de

permiso que le otorgará la Dirección con su respectiva visación.

e) Los casos de tardanzas e inasistencias imprevistas se justificarán con la respectiva papeleta de autorización

debidamente presentada a la Dirección con la documentación probatoria pertinente, dentro de las 24 horas

siguientes.

Artículo 46º Los docentes laborarán 36.15 horas semanales (salvo excepción), permaneciendo en la

institución durante el horario de trabajo de conformidad con las normas legales vigentes, no pudiendo

abandonar la misma hasta la hora de salida, salvo permiso expreso de la Dirección de la IE.

Artículo 47º El registro de control de asistencia o el sistema empleado para este fin será el sustento para la elaboración

de la Planilla de Pago de Haberes.

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Artículo 48° Es responsabilidad del trabajador concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos.

Artículo 49° La permanencia del personal docente, administrativo y de servicio en el lugar de trabajo es responsabilidad

expresa del jefe inmediato, sin excluir al trabajador.

DE LAS TARDANZAS, INASISTENCIAS Y JUSTIFICACIONES

Artículo 50° Tardanza es el ingreso al centro de trabajo después del horario establecido por la institución. Tres (3) tardanzas

acumuladas en el mes equivalen a un día de descuento.

Artículo 51° Los descuentos por tardanzas e inasistencias injustificadas no tienen naturaleza disciplinaria, pero no eximen

de la aplicación de la sanción de acuerdo a la Ley.

Artículo 52° Constituyen inasistencias: la no concurrencia al Centro de Trabajo sin causa justificada, el retiro antes de la

hora de salida sin causa justificada, la omisión del registro de ingreso y salida y la acumulación de tres tardanzas en el periodo

de 30 días.

Artículo 53° La Dirección deberá informar mensualmente, hasta el 25 de cada mes (o al siguiente día útil), a la Gerencia

de Recursos Humanos acerca de la asistencia y permanencia de los docentes, a fin de efectuar el control y evaluación

correspondiente.

Artículo 54° La Jefatura de Recursos Humanos, en caso de inasistencia del trabajador por dos (02) días consecutivos,

deberá coordinar con el jefe inmediato sobre la existencia de reporte; de no ser así, se hará la verificación respectiva.

Artículo 55° Los trabajadores, que por razones de fuerza mayor se encuentran impedidos de concurrir al centro de trabajo,

deberán de informar a la Jefatura de Recursos Humanos en el término de dos (02) horas posteriores al ingreso del mismo día.

Artículo 56º La Directora de la IE deberá hacer conocer los dispositivos legales vigentes a todo el personal

para su cumplimiento correspondiente.

Artículo 57º Las justificaciones de inasistencia se deberán de realizar en el transcurso de las 24 horas.

DE LOS PERMISOS Y JUSTIFICACIONES DEL PERSONAL

Artículo 58° El permiso es la autorización para ausentarse por horas del centro de trabajo. El uso del permiso se inicia a

petición de parte y está condicionado a las necesidades del servicio y a la autorización del jefe inmediato o inmediato

superior.

Artículo 59° Los permisos se otorgarán por las siguientes causas:

A. Con goce de haberes

Por enfermedad

Por gravidez

Por lactancia

Por capacitación oficializada

Por citación expresa: judicial, militar o policial

Comisiones oficiales

Otros de acuerdo a ley

B. Sin goce de haberes

Motivos particulares

Capacitación no oficializada

Artículo 60° El permiso se iniciará después de la hora de ingreso, excepcionalmente el trabajador o registrará su ingreso

siempre y cuando se trate de casos debidamente justificados o solicitados con veinticuatro (24) horas de anticipación.

Artículo 61° En casos de emergencia y de no encontrarse el jefe inmediato o inmediato superior, los permisos serán

autorizados por la Jefatura de Recursos Humanos.

Artículo 62º El docente no podrá abandonar la IE sin autorización de la Dirección, en caso de hacerlo será

sancionado de acuerdo a este reglamento.

DE LAS LICENCIAS Y PERMISOS

Artículo 63° Licencia es la autorización para no asistir al centro de trabajo uno o más días. El uso de este derecho se

inicia a petición de la parte interesada y está condicionada a las necesidades institucionales.

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Artículo 64º Las licencias tienen las siguientes modalidades:

A. Con goce de haberes

Por enfermedad

Por enfermedad de familiar directo (papá, mamá, hermanos, hijos y cónyuge), los requisitos y condiciones se

verificarán en el Reglamento Interno de Trabajo (RIT)

Por gravidez

Por fallecimiento de familiar directo (papá, mamá, hermanos, hijos y cónyuge), los requisitos y condiciones se

verificarán en el Reglamento Interno de Trabajo (RIT)

Por capacitación oficializada

Por nacimiento de hijo (trabajador varón) sujeto a condiciones y requisitos del Reglamento Interno de Trabajo (RIT)

B. Sin goce de haberes

Por motivos particulares

Por capacitación no oficializada

C. A cuenta del periodo vacacional

Por motivos particulares

Por matrimonio

Artículo 65° En el caso de los docentes, el trámite de las licencias se inicia con la presentación de solicitud de la parte

interesada dirigida a la Dirección; en el caso de los trabajadores administrativos y personal de servicio, al jefe inmediato

superior. En el caso de licencia con goce de haberes, deberán adjuntarse los documentos necesarios que justifiquen la

ausencia y sujetarse a las condiciones y requisitos que establece el Reglamento Interno de Trabajo (RIT).

Artículo 66° Los Coordinadores de cada nivel académico y jefe inmediato superior deberán tramitar las solicitudes de

licencia del personal a su cargo ante la Jefatura de Recursos Humanos, previo informe favorable; de no ser así, en el

transcurso de las veinticuatro (24) horas siguientes de presentada la solicitud, deberán contestar por escrito al solicitante,

explicándole el motivo por el cual no se puede otorgar la licencia. La Jefatura de Recursos Humanos emitirá la Resolución

Jefatura, otorgando la licencia.

Artículo 67° En el caso de docentes que soliciten licencia mayor de diez (10) días, las solicitudes seguirán el mismo trámite

descrito en los Artículos 28° y 29° del presente reglamento, para su aprobación por el Directorio.

Artículo 68° Para solicitar licencia a cuenta de vacaciones o sin goce de haberes, el trabajador deberá coordinar con su

jefe inmediato y/o inmediato superior, de acuerdo a las necesidades del servicio y con la debida anticipación y éste deberá

comunicar a las 24 horas como máximo a la Jefatura de Recursos Humanos. No se podrán justificar faltas con licencia a

cuenta de vacaciones.

Artículo 69° Las Licencias por enfermedad y por gravidez deben estar acompañadas del respectivo Certificado Médico

visado por el Ministerio de Salud o por el Certificado de Incapacidad Temporal de ESSALUD.

Artículo 70° En caso de licencias a cuenta de vacaciones, se computan los días sábados, domingos y feriados.

CAPITULO V REGIMEN ADMINISTRATIVO

5.1 DE LA ORGANIZACIÓN IEP

(anexo N° 1)

Artículo 71º La IE funciona en el turno de mañana y tarde en los tres niveles de Educación Inicial, Primaria y

Secundaria de menores.

Artículo 72º El personal docente de Educación Inicial, Primaria y Secundaria tiene la obligación de

permanecer en la IE un mínimo de 36.15 horas cronológicas semanales con 45 minutos diarios de refrigerio.

Artículo 73º El personal administrativo laborará 48 horas semanales a razón de 8 horas diarias con una (1)

hora de refrigerio.

Artículo 74º Solo habrá suspensión de labores por orden expresa de las autoridades superiores, por motivo

de fuerza mayor para planificar acciones de carácter administrativo, técnico o pe dagógico.

Artículo 75º La atención a los padres de familia se realizará de forma previa con coordinación académica,

de acuerdo con el rol establecido para tal efecto.

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Artículo 76º El personal de servicio trabajará de acuerdo con las necesidades de la IE y/o disposición

expresa de la Dirección de la institución.

Artículo 77°: El organigrama de IEP, Bartolomé Herrera es el siguiente:

(anexo N°1)

5.2 PLANIFICACIÓN

Artículo 78° Esta se ejecuta en los meses de noviembre, diciembre, enero y febrero. Los Documentos de gestión, son

documentos oficiales del colegio y tienen por finalidad ordenar y organizar de modo planificado los procesos pedagógicos,

metas a futuro que garantice la mejora de los aprendizajes.

Artículo 79° En periodo de planificación es que se revisa, evalúan y elaboran los documentos de gestión que normaran de

forma interna la institución educativa. Este proceso se desarrolla con la participación de directivos, docentes, administrativos,

recogiendo mediante encuestas la opinión del Padre de familia y de los estudiantes.

5.3 DEL PROCESO DE MATRÍCULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN

DE LA MATRÍCULA

Artículo 80°

La matrícula de los estudiantes se realiza según las normas establecidas por ley y por el presente Reglamento Interno. Debe ser

efectuada por los padres de familia o apoderados.

Artículo 81°

La matrícula para nivel inicial se realizará teniendo en cuenta la edad cronológica al 31 de marzo y con la presencia del

padre, madre, tutor legal o apoderado (en estos casos se debe acreditar tal condición según corresponde)

A) Estudiantes antiguos:

La presencia de padre, madre o apoderado.

Libreta de notas del año anterior.

Estar al día en el pago de las pensiones.

Firmar la Declaración Jurada.

Haber abonado la matrícula.

B) Estudiantes nuevos:

La matrícula se realiza en las fechas establecidas cada año por la Institución y es necesaria la presencia de la

madre, padre o apoderado del estudiante. Son requisitos para la matrícula:

Copia de Partida de Nacimiento estudiante (original en Inicial).

Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del estudiante.

Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) de los padres.

Copia de la cartilla de vacunas (sólo inicial).

Ficha Única de matrícula original generada por el SIAGIE.

Libreta de notas del colegio de procedencia.

Certificados de estudios originales del colegio de procedencia.

Certificado de conducta del colegio de procedencia (sólo primaria y secundaria).

Certificado de no adeudo del colegio de procedencia.

2 fotografías a color tamaño carné actualizadas.

Recibo de servicios del domicilio (agua, luz o teléfono).

Resolución Directoral de Traslado.

Constancia de Vacante del SIAGIE.

Firma de la Declaración de Padre de Familia.

Haber abonado la cuota de ingreso

Haber abonado la matrícula.

Artículo 81º

Son requisitos para la matrícula de nivel inicial la presentación de los siguientes documentos:

a) Partida de Nacimiento

b) DNI, pasaporte o carnet de extranjería

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c) Carnet de vacunas o constancia de salud

d) Constancia de SIAGIE(a partir de cuatro años si fuera el caso)

e) Constancia de No Adeudo del colegio anterior

f) Recibo de agua, luz, teléfono que sustente el domicilio de ambos

La falta de alguno de estos documentos puede ser regularizado en un plazo máximo de treinta días calendarios posteriores a

la matrícula.

Artículo 82°

Para la continuidad de los estudios en el primer grado de nivel primaria y secundaria se requiérela presencia de padre,

madre, tutor legal o apoderado (el que debe acreditar tal condición según corresponde). Siendo los requisitos de matrícula:

a. Partida de Nacimiento

b. DNI, pasaporte o carnet de extranjería del estudiante y del padre de familia o apoderado.

c. Carnet de vacunas o constancia de salud

d. Certificados de estudios del grado anterior o nivel

e. Ficha única de matrícula generado por SIAGIE

f. Resolución de traslado si fuera el caso

g. Constancia de No Adeudo del colegio anterior

h. Recibo de agua, luz, teléfono que sustente el domicilio de ambos

DE LA EVALUACIÓN

Artículo 83º

La evaluación se realiza mediante criterios e indicadores de logro que especifican y evidencian los aprendizajes

que desarrollan los estudiantes

Artículo 84º

Los criterios de evaluación en los niveles de inicial y primaria corresponden a los niveles del área y en nivel secundaria, a las

capacidades del área, según disponen la R.M. N° 0234-2005-ED Los estudiantes promovidos de grado a grado de un

nivel a otro recibirán los Certificados Oficiales de Estudios.

DE LA PROMOCIÓN Y REPITENCIA

Artículo 85°

Todos los estudiantes de nivel inicial son promovidos sin excepción. Los que no hayan cursado educación inicial podrán

acceder al primer grado de educación primaria, siempre que tengan la edad requerida, de acuerdo a las disposiciones

vigentes

Artículo 86°

Para los estudiantes del nivel inicial no hay repitencia.

Artículo 87°

Son promovidos al grado superior en nivel primaria, en los siguientes casos:

a) Los estudiantes de primer grado son promovidos al grado superior de forma automática

b) Cuando al término del año escolar los estudiantes obtienes: “A” En todas las áreas o talleres.

c) Los estudiantes de 2°, 3° y 4° grados, obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares de: Comunicación Integral,

Lógico Matemática y como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares.

d) Los estudiantes de 5° y 6° grados, obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación Integral,

Lógico Matemática, Personal Social y Ciencia y Ambiente y como mínimo “B” en las otras áreas y talleres.

Artículo 88°

a) Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2°, 3°, 4°, 5° y 6° grados que al término del año escolar

obtienen “C” en dos áreas curriculares: Lógico Matemática y Comunicación Integral.

b) Repiten de grado los estudiantes que en el programa de recuperación o en la evaluación de recuperación no

alcanzan los calificativos requeridos en el Artículo 97 y 96.

Artículo 89°

La promoción en nivel secundaria se da de la siguiente manera:

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a) Cuando al término del año escolar aprueban todas las áreas curriculares, incluyéndose los talleres y el área

pendiente de subsanación.

b) Cuando al término del programa de recuperación pedagógica o la evaluación de recuperación aprueban todas

las áreas curriculares o desaprueban como mínimo un área o taller.

Artículo 90°

La repitencia se produce:

a) Cuando al término del año escolar desaprueban cuatro o más áreas curriculares, incluíos los talleres y el área

curricular pendiente de subsanación.

b) Cuando al término del programa de recuperación pedagógica o a la evaluación de recuperación desaprueban

dos o más áreas curriculares.

DE LA CERTIFICACIÓN

Artículo 91°

La directora es la responsable de extender, oficial y oportunamente la certificación correspondiente que acredite los

resultados de la evolución final (anual) de los estudiantes de los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria. Asimismo, extiende

otros certificados y constancias a solicitud de los padres de familia o apoderados

Dichos documentos, son extendidos a solicitud del padre que firma la matrícula del estudiante y está sujeta al cumplimiento

de los pagos de las pensiones de enseñanza correspondiente, pudiéndose retener los certificados de los estudiantes que

tengan pagos pendientes. Conforme a lo establecido en la ley N° 26549.

APITULO VI: DEL RÉGIMEN ECONÓMICO

6.1 FUENTES DE FINANCIAMIENTO

Recursos propios

Artículo 92° Son ingresos de la IE los derechos de inscripción, matrículas, pensiones de enseñanza, cuotas de ingreso,

asociación de padres de familia, donaciones, ingresos financieros y cualquier otro concepto cobrado por el servicio

educativo a que se contrae el numeral del ANEXO 1 del Decreto Supremo N° 046-97-EF, reglamentario del Decreto Legislativo

882.

Artículo 93º Durante el proceso de matrícula, la IE está obligada a brindar en forma escrita, veraz, suficiente y

apropiada la información sobre las condiciones económicas a que se ajustará la prestación del servicio educativo. Dicha

información constará en un documento que será suscrito por el padre de familia y por la Dirección de la IE.

Artículo 94º La pensión de enseñanza es anual y se divide en diez cuotas mensuales. La fecha de vencimiento es el

último día del mes, a excepción del mes de diciembre. Por cada día de atraso se aplica un interés moratorio establecido por

el Banco Central de Resera del Perú para las operaciones entre personas ajenas al Sistema Financiero.

Artículo 95º La IE tiene la facultad de no ratificar la matrícula de los estudiantes que no han pagado la pensión de

enseñanza del año anterior.

Artículo 96º Las pensiones de enseñanza, las cuotas de ingreso y los otros ingresos son fijados por la Entidad Promotora,

en coordinación con la Dirección de la IE.

Artículo 97º No es procedente la devolución de pagos por concepto de matrícula, inscripción, pensiones de

enseñanza, cuotas de ingreso, donaciones u otros efectuados a la IE en el acto de matrícula o su ratificación en los casos

que el estudiante trasladado a otra institución.

Artículo 98º En caso de incumplimiento de pago de las pensiones escolares y de acuerdo a las disposiciones legales

vigentes, la IE tiene la facultad de:

a) Retener los certificados de estudios correspondientes a períodos no cancelados.

b) No ratificar la matrícula del estudiante para el año siguiente (es decir, no convenir en la prestación del servicio educativo

para el año siguiente), en el caso de que habiendo sido citado el padre o apoderado del estudiante a reunión para tratar

el incumplimiento en el pago del costo del servicio educativo de dos o más meses, no se logre ningún entendimiento de

pago de lo adeudado o no se cumpla con el cronograma de pago establecido en el convenio o acuerdo de pago.

c) De informar las deudas a las centrales de riesgo en caso de incumplimiento de pago de las pensiones.

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Artículo 99º El mantenimiento, conservación y renovación del patrimonio de la IE es permanente y abarca

infraestructura, mobiliario, materiales educativos, biblioteca, laboratorios, talleres, salas especializadas, vehículos y otros

implementos necesarios para la gestión educativa.

Artículo 100° Los gastos de operación de la IE se cubren con los ingresos de las pensiones de enseñanza.

Artículo 101º Los gastos derivados por los daños o pérdidas causados por usuarios del servicio educativo, serán cubiertos

por quien los origine.

Artículo 102º En caso de eventualidades derivadas de ajustes por inflación o disposiciones de Ley que afecten los gastos

de operación de la IE o en situaciones de emergencia, o si se diera un incremento general de sueldos por disposición del

gobierno u otra situación que no haya podido ser prevista al inicio del presente año escolar, se dará un reajuste de las

pensiones de enseñanza que la Institución Educativa determine los mismos que se darían a conocer con anticipación de

forma escrita mediante comunicados y vía intranet. (d) Declaración Jurada

Artículo 103º El terreno y patrimonio inmobiliario de la IE pertenecen a la Asociación Promotora.

Artículo 104º La IE, de acuerdo con el principio de contabilidad abierta, pone a disposición de las autoridades

educativas, ONP, SUNAT y Ministerio de Trabajo los libros y documentos de contabilidad, siempre que exista petición escrita

sustentando debidamente la razón de lo solicitado.

Artículo 105º Los bienes adquiridos por los padres de familia, los provenientes de donaciones, los recibidos de los

miembros de la comunidad, debidamente inventariados, constituyen patrimonio de la Asociación Promotora, que serán

necesariamente puestos al servicio de la IE.

Artículo 106º La Dirección de la IE, en coordinación con la Promotora aprueban el presupuesto anual de operación e

inversión antes del inicio del año escolar.

Artículo 107º Los padres de familia podrán acreditar mediante poder por escritura pública e inscrita en Registros Públicos

de Lima o carta poder con firma legalizada suscrita por ambos padres o mandato judicial y/o acuerdo extrajudicial, a la

persona o personas (Tutor y/o Apoderado)que lo representaran ante la Institución Educativa y están obligadas al pago de la

cuota de matrícula, pensiones de enseñanza y otros.

Artículo 108º El acceso al sistema SIEWEB y las libretas de notas solo será facilitado a los padres de familia o apoderados

que se encuentren al día con el pago de las pensiones de enseñanza.

Artículo 109º De acuerdo con las disposiciones legales vigentes, dentro del marco de la diversificación curricular y la libre

disponibilidad del tercio curricular de horas a que está facultada la Institución Educativa, durante el año lectivo puede

variarse el cuadro de Reglamento Interno y distribución de horas en procura de optimizar el servicio educativo, asegurando

que se cumpla las horas mínimas establecidas para cada nivel.

Pensiones y otros ingresos

Artículo 110º Los costos de las pensiones de enseñanza y otros ingresos se describen en el cuadro siguiente:

NIVEL

CUOTA DE

INGRESO

(SOLO

ESTUDIANTES

NUEVOS)

MATRÍCULA

PENSIÓN 1/2 BECA 1/4 BECA

Inicial s/.120.00 s/.270.00 s/.290.00 s/.150.00 s/.225.00

Primaria s/.150.00 s/.295.00 s/.310.50 s/.165.00 s/.235.00

5º Primaria a 3º

Secundaria s/.150.00 s/.295.00 s/.330.50 s/.170.00 s/.255.00

4º y 5º

Secundaria s/.150.00 s/.295.00 s/.360.50 s/.185.00 s/.280.00

Certificados de

estudios s/.50.00 - - - -

Artículo 111º La política de estímulos de la IE la establece el Dpto. de RR.HH.

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CAPITULO VII: ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES:

7.1 DEL PERSONAL DIRECTIVO

Artículo 112º Son estímulos para el personal directivo:

a) Agradecimiento y felicitación pública.

b) Felicitación por oficio, por dedicación eficiente y que sobrepase el normal desarrollo de las funciones de su cargo.

c) Diploma de Honor de la Promotoría.

d) Felicitaciones por Resolución Directoral por desempeño y trabajo extraordinario en la institución o premio pecuniario.

Artículo 113º Constituyen sanciones para el personal directivo:

a) Los descuentos en sus remuneraciones por tardanzas o inasistencias.

b) La llamada de atención verbal o por escrito de parte de la Dirección y/o Promotoría según la falta.

c) Aquellas contempladas en el D.S. Nº 019-90-ED., en lo que corresponda.

7.2 DEL PERSONAL DOCENTE

Artículo 114º Son estímulos para el personal docente:

a) Agradecimiento y felicitación pública.

b) Felicitación por oficio, por dedicación eficiente y que sobrepase el normal desarrollo de las funciones de su cargo.

c) Diploma de Honor de la Dirección.

d) Felicitaciones por Resolución Directoral por desempeño y trabajo extraordinario en la institución o premio pecuniario.

Artículo 115º Son prohibiciones del personal docente:

a) Realizar cualquier tipo de castigo corporal o actos de humillación en público e individual a los

estudiantes.

b) Esconder, modificar o alterar el parte de asistencia con malas intenciones.

c) Dictar clases particulares pagadas a sus propios estudiantes dentro o fuera de la institución.

d) Realizar algunos trámites administrativos sin orden expresa de la Dirección de la Institución.

e) Fomentar escándalos, riñas o insultos en contra de los trabajadores.

f) Realizar labores de propaganda política y religiosa.

g) Realizar cobros indebidos a estudiantes y/o padres de familia.

Artículo 116º Constituyen sanciones para el personal docente:

a) Los descuentos en sus remuneraciones por tardanzas o inasistencias.

b) La llamada de atención verbal por la Dirección y/o por escrito en caso de falta grave.

c) La llamada de atención por escrito en caso de reincidencia.

d) La amonestación escrita, para su archivo personal en caso de falta grave.

e) Aquellas contempladas en el D.S. Nº 019-90-ED., en lo que corresponda.

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7.3 DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

Artículo 117º Son estímulos para el personal administrativo:

a) Reconocimiento de la labor sobresaliente.

b) Otros estímulos que el colegio disponga.

Artículo 118º Constituyen sanciones para el personal administrativo:

a) Los descuentos en sus remuneraciones por tardanzas o inasistencias.

b) La llamada de atención verbal o por escrito por parte de la Dirección.

c) La amonestación escrita, para su archivo personal en caso de falta gr ave.

7.4 DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 119º Las medidas correctivas tienen por finalidad lograr un cambio de conducta el estudiante que presente

dificultades y mejorar así la convivencia escolar.

Artículo 120º La aplicación de las medidas correctivas tienen por finalidad generar un cambio de conducta basado en el

tratamiento y el compromiso de los padres de familia y de realizar una orientación psicológica que promueva una mejor

convivencia y clima familiar.

Artículo 121° La aplicación de medidas correctivas será de forma gradual, de acuerdo a la naturaleza de la acción u

ocurrencia y será de la siguiente manera:

a) Llamado a la reflexión mediante el servicio de consejería, dpto. Psicopedagógico y/o tutoría con la finalidad que el

estudiante reconozca su accionar o la incidencia a mejorar.

b) Convocatoria a los padres de familia a la coordinación y/ o subdirección , para informarles el hecho que será registrado

en el cuaderno de incidencias, con el compromiso de ayuda a sus hijos a reflexionar y tomar conciencia del hecho que

causa a sí mismo y a sus compañeros.

c) Consejería y orientación por parte de la Dirección y Dpto. Psicológico del plantel a los estudiantes y padres de familia

con el fin de propiciar un cambio de conducta y convivencia escolar

d) La Dirección y Dpto. Psicológico harán firmar al padre, una carta de compromiso, de ser el caso, derivar a recibir

terapias externas con el compromiso de los padres de enviar a la Institución los informes periódicos y el compromiso de

la I.E de difundirlas y aplicarlas con el personal docente.

e) Las reincidencias en las inconductas del estudiante, a pesar de las medidas correctivas anteriores descritas y las

recomendaciones pertinentes a los padres de familia, el caso pasará a la Comisión de Disciplina con el informe

correspondiente; quienes se reunirán y analizarán las acciones con el fin de repararlas y resarcirlas, finalmente se citarán

a los padres, le comunicarán la decisión frente a los hechos y levantarán una Acta donde firmarán todos los integrantes

del Comité de Disciplina y los padres de familia.

f) f. El Padre de familia es el responsable de la conducta de su hijo/hija por lo tanto, el padre de familia, participará de la

acción reparadora por la inconducta de su hijo.

Artículo 122° Se entiende por FALTA el quebrantar una norma y orden establecido que dificulta o entorpece al proceso

educativo individual o colectivo, el orden normal o social.

Artículo 123° Se consideran faltas de los estudiantes:

A. Faltas leves, son las que dificultan a la IE en el plano personal, colectivo, físico y académico.

a) Deteriorar, manchar o pintar las paredes y el mobiliario de la IE.

b) Salir del local de la IE en horas de clase sin la autorización de las personas designadas para ellos.

c) Reincidir en llegar tarde a la IE.

d) No portar y/o no hacer firmar su libreta de control.

e) Salir del aula sin permiso del profesor.

f) Asistir sin el uniforme correspondiente.

g) Portar y utilizar cosméticos en la IE.

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h) No recortarse el cabello (varones) y no usar lazo y la falda encima de las rodillas (mujeres).

i) Uso de aparatos electrónicos, material pornográfico y otros ajenos a la labor educativa.

j) Insultar a sus compañeros de manera individual o grupal en la IE o a través de las redes sociales (Facebook, Hotmail, etc.)

B. Faltas graves, son aquellas que atentan notoriamente contra el proceso educativo.

a) Fomentar comentarios e injurias contra las autoridades, profesores, padres de familia y sus compañeros.

b) Apropiarse de objetos y útiles ajenos.

c) Realizar actividades económicas lucrativas entre los estudiantes sin conocimiento ni autorización de la dirección de la

Institución educativa.

d) Participar en juegos de azar, consumir drogas o manifestar palabras soeces.

e) Fomentar, portar y utilizar instrumentos y armas punzocortantes.

f) Agredir de palabras o hechos a sus compañeros y demás personas dentro y/o fuera de la IE.

g) Levantarse o desplazarse sin permiso interrumpiendo la clase.

h) Fraude durante las evaluaciones, falsificación de firmas o adulteración de notas y comunicados escritos por la I. E.

i) Ofender gravemente la dignidad del prójimo.

CAPITULO VIII: DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES

8.1 CON LOS PADRES DE FAMILIA

Artículo 124º Es deber de la IE crear y estrechar lazos y adecuados canales de comunicación con los padres de familia, a través de

los cuales estos puedan conocer la política educativa de la IE, los procedimientos de la labor pedagógica, así como expresar

quejas y reclamos en el momento y lugar oportunos. Por ello se precisan las siguientes acciones que fomentan la estrecha relación

entre la IE y los padres de familia:

a) Se realizarán reuniones bimestrales con los padres de familia para la entrega de reportes académicos.

b) Los tutores deberán reunirse periódicamente con los padres, ya sea convocando a una reunión de aula o entrevista personal.

c) Los docentes de las diversas áreas citarán a los padres de familia de forma personal para informar sobre alguna dificultad

presentada a nivel académico/o conductual.

d) Se desarrollarán escuelas para padres de forma periódica, siguiendo el Plan de Trabajo del Dpto. Psicopedagógico, previo aviso

mediante la agenda escolar. La asistencia de los padres a estas reuniones es de carácter obligatorio.

8.2 CON LAS INSTITUCIONES DE LA LOCALIDAD

Artículo 125º La Dirección coordinará con las instituciones de la localidad en las diversas actividades que se

programen, sin desvirtuar los fines, objetivos y principios que rigen a la IE.

Artículo 126º La IE procurará las más cordiales relaciones con las diferentes instituciones de comunidad local

de manera general, procurando el respeto recíproco de sus axiologías.

Artículo 127º La IE procurará cercana vinculación con los otras instituciones de su ámbito con el objetivo de

complementar la labor educativa.

8.3 CON OTRAS INSTITUCIONES

Artículo 128º La IE procurará cordiales relaciones con las instituciones sociales, culturales, de salud y deportivas de la comunidad local,

que brindan servicios complementarios a la labor educativa y cuyos objetivos sean similares compatibles a los de la IE .

Artículo 129º La IE también brinda servicios complementarios a sus estudiantes y trabajadores como:

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A. Departamento Psicopedagógico: Analiza y trata desde el punto de vista clínico y escolar problemas de conducta y problemas

de nivel emocional y de salud física. Busca optimizar el rendimiento escolar.

B. Departamento Médico: Diagnostica problemas de salud y dolencias suscitadas durante la permanencia de los estudiantes y

trabajadores en la IE y promueve campañas de salud y de prevención mediante talleres con estudiantes y padres.

CAPITULO IX REGIMEN LABORAL:

9.1 SELECCIÓN, CONTRATACIÓN Y ESCALAFÓN

Artículo 130º La I.E. reconoce que el profesorado es agente fundamental de la educación, por eso exige rigurosa

selección, preparación adecuada y permanente. Actitud y conducta irreprochables para su misión católica y especial

tolerancia con los demás docentes.

Artículo 131º El personal docente y no docente de la I.E., en lo laboral, se sujeta exclusivamente a la normatividad

establecida para el Sector Privado.

Artículo 132º El ingreso a la I.E. se produce con la celebración de un contrato de trabajo a plazo fijo o a tiempo

determinado, de acuerdo a las necesidades del Plantel y a las disposiciones legales vigentes.

Artículo 133º Corresponde al Área de Recursos Humanos la selección y contratación del personal.

Artículo 134º Todo postulante a un puesto de trabajo deberá cumplir con presentar los siguientes documentos:

a. Certificados de Estudios, Diplomas, Títulos, etc.

b. Certificado de antecedentes policiales, judiciales y penales

c. Certificado de Trabajo emitido por sus anteriores empleadores.

d. Constancia de Aptitud Psicosomática otorgado por la Clínica de Medicina Ocupacional acreditada por el

MINSA. e. Partida de Nacimiento.

f. Ficha de Datos del personal.

Artículo 135º El trabajo en horas extraordinarias o sobre tiempo necesaria y obligatoriamente requerirá de la aceptación del

trabajador y la autorización escrita de la I.E.

La I.E. está obligado a registrar el trabajo prestado en sobre tiempo mediante la utilización de medios adecuados seguros y

confiables.

Artículo 136º La extinción del contrato del personal docente, administrativo o de servicio se hará solamente por las causales

contempladas en la legislación laboral y la política laboral de la I.E. , aplicable al personal sujeto al régimen de la

actividad privada. Se tendrá en cuenta los factores que atenten contra la formación integral del educando, en su aspecto

intelectual, emocional, psíquico y/o físico, según los fines educativos de la I.E.

Artículo 137º Las causas de la extinción del contrato de trabajo son las siguientes:

a. El fallecimiento del trabajador;

b. Renuncia o retiro voluntario del trabajador;

c. La terminación de la obra o servicio, el cumplimiento de la condición resolutoria y el vencimiento del plazo en los

contratos legalmente celebrados bajo modalidad;

d. El mutuo disenso entre trabajador y empleador;

e. La invalidez absoluta permanente;

f. La Jubilación

g. El despido, en los casos y forma permitidos por ley;

h. En caso de fuerza mayor ocasionada por alguna decisión gubernamental que ordene la suspensión o cancelación

del año escolar antes de la fecha prevista para su culminación.

i. La terminación de la relación laboral por causa objetiva, en los casos y forma permitida por ley.

Artículo 138° Las medidas disciplinarias tienen por objeto dar la debida oportunidad al trabajador docente, administrativo y

de servicio para corregir su conducta en lo que se refiere a las obligaciones de trabajo, teniéndose en cuenta el principio

de autoridad como único medio de encausar su comportamiento.

Artículo 139º Cualquier trabajador que por la aplicación del presente Reglamento se considere afectado en sus

derechos, podrá formular las reclamaciones pertinentes por escrito ante la I.E. , sin perjuicio de poder recurrir ante las

Autoridades de Trabajo.

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Artículo 140º Los haberes del personal de la I.E. sólo estarán afectos a las retenciones y descuentos establecidos por

disposición expresa de la Ley (ESSALUD, ONP, AFP, impuesto a la Renta de 5ta. Categoría), así como por mandato judicial.

ESCALAFON DEL PERSONAL DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

Artículo 141º El escalafón del colegio está conformado por un conjunto de normas e instrumentos que sistemáticamente

registran y proporcionan información valida y confiable sobre el acceso, desplazamiento, evaluación y promoción de

quienes laboran el colegio. El propósito del escalafón es determinar el grado de excelencia profesional en la labor que se

cumple en la I.E. y mantener actualizados los datos de cada profesional o trabajador.

Artículo 142° La I.E. asigna a cada trabajador una carpeta personal, donde se acumulan las copias del contrato de trabajo

y los documentos personales como: capacitación, cursos de especialización y perfeccionamiento, m é r i t o s , deméritos así

como la hoja de servicios donde se anotan los resultados de la evaluación del trabajo educativo.

Artículo 143º Para ser registrado debidamente en el escalafón del Colegio, son necesarios los siguientes requisitos:

a. Título profesional.

b. Certificado de antecedentes penales, policiales y judiciales.

c. Constancia de Aptitud Ocupacional

d. Documento de Identidad (copia del DNI o carnet de extranjería de ser el caso).

e. Certificado domiciliario.

f. Currículum Vitae.

g. Ficha de solicitud de trabajo docente.

Artículo 144º Toda la documentación debe ser entregada obligatoriamente, dentro de los treinta (30) días de haber

asumido el cargo.

EVALUACION DEL PERSONAL

Artículo 145º La evaluación la organiza y dirige la Dirección de la I.E.

Artículo 146º Para la evaluación del personal docente, se tiene en cuenta los siguientes criterios:

a. Títulos y certificados de capacitación académica.

b. Tiempo de servicio.

c. Calidad de la actividad pedagógica.

d. Identificación con la axiología, fines y objetivos de la I.E.

e. Calidad en las relaciones interpersonales, con docentes, estudiantes, padres de familia personal administrativo, de

mantenimiento y de servicio.

f. Espíritu de colaboración, iniciativa, disponibilidad, dedicación.

g. Producción intelectual o literaria, creatividad e investigación profesional.

h. Actividad extra-curricular.

i. Méritos y deméritos.

Artículo 147 La evaluación del personal docente:

a. Se realiza permanentemente, la misma que es informada a los interesados.

b. Se lleva a cabo por la labor desempeñada durante el año en los diferentes equipos y comisiones asignadas.

Artículo 148º Son Profesores del Colegio, quienes ejercen labor docente en la I.E., aceptando las dimensiones del Ideario y

el Reglamento Interno, integrándose al Proyecto Educativo Institucional.

Artículo 149º Para postular a la docencia del Colegio se requiere:

a. Presentar Currículum Vitae documentado.

b. Participar en el proceso de selección, de acuerdo a su especialidad y nivel.

c. Identificarse con los fines de la I.E. y asumir el compromiso de honor de cumplir con sus deberes en el marco de la

axiología de la I.E.

d. No tener antecedentes penales, judiciales ni policiales

9.2 PERSONAL NO DOCENTE

Artículo 150º Se considera personal no magisterial, a quienes integran de modo permanente o eventual el Cuadro de

Servicios Profesionales, Administrativos, Técnicos, Auxiliares de Educación, Obreros y de Servicios Generales. El personal no

docente cumple funciones distintas a la docencia.

Artículo 151º El personal no docente se integra a la familia educativa de la I.E. , tiene el deber y el derecho de

conocer y asumir responsablemente el Ideario y Proyecto Educativo del Plantel.

Artículo 152º El personal no docente tiene con los estudiantes, mantiene el trato estrictamente requerido.

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Artículo 153° Las d i s p o s i c i o n e s e s t a b l e c i d a s p a r a e l p e r s o n a l m a g i s t e r i a l , s e r á n de aplicación al

personal no docente, solo en lo pertinente y conforme a las precisiones y especificaciones contenidas en el presente

Reglamento.

9.3 JORNADA LABORAL DEL PERSONAL NO DOCENTE Y NO DOCENTE

Artículo 154º El P l antel funciona en horar i o continuo diu rno con personal di rect i vo , administrativo, docente,

de apoyo y de servicio, el mismo que cumple los siguientes horarios:

a. Personal Directivo, Docente y Administrativo: de lunes a viernes, de 7.45 A 15.45 p.m.

b. Auxiliares de Educación de lunes a viernes, de 7.30 a.m. a 15.45 (mañanas) y turno tarde de

2:00 pm a 7:00 pm

c. Personal de Apoyo: Horarios establecidos de acuerdo al cargo que desempeña el trabajador, pero siempre de 8

horas diarias.

d. Personal d e S e r v i c i o s G e n e r a l e s de l u n e s a v i e r n e s , e n t u r n o asignado por su Jefatura y sábados de

7.30 a.m. a 1.00 p.m., debiendo completar la jornada laboral establecida para su cargo (48 horas semanales).

Para turno tarde de 1:00 pm a 8:00 pm.

Artículo 155º La jornada laboral está establecida por la naturaleza de la labor desempeñada por el trabajador:

a. Personal Directivo 40 horas semanales - mensual

b. Personal Docente 40 horas semanales - mensual

c. Personal Administrativo y Apoyo 40 horas semanales - mensual

d. Personal Auxiliar de Educación 40 horas semanales - mensual

e. Personal de Mantenimiento, Servicio

y Portería 48 horas semanales - mensual

Artículo 156º El año lectivo tendrá una duración mínima de 38 semanas, divididos en cuatro bimestres para los niveles de

inicial, primaria y secundaria, con un período vacacional para los estudiantes al final de cada bimestre.

Artículo 157º El control de asistencia y permanencia del personal de la I.E. está a cargo de la Secretaría Académica.

El trabajador deberá registrar su ingreso y salida del Colegio marcando su huella digital o clave en los relojes eléctricos

instalados para tal fin; en caso de suspensión de energía eléctrica, se utilizará cuaderno de asistencia manual.

Artículo 158º Los profesores que trabajan tiempo parcial, ingresan a la I.E. de acuerdo al horario concertado con la

Dirección del Plantel.

Artículo 159º Las justificaciones por inasistencias, tardanzas o salidas se presentan al área de Recursos Humanos con

documento probatorio, dentro de las 48 horas. Toda inasistencia injustificada o no avisada se descuenta conforme a Ley.

Artículo 160º Se considera abandono de puesto, la inasistencia injustificada por tres días consecutivos, sin previo aviso.

Artículo 161º Después d e l o s c i n c o ( 05) m i n u t o s c o m p u t a d o s c o m o t o l e r a n c i a , l a s tardanzas que

siguen son consideradas injustificadas y ocasionan además del descuento de las remuneraciones y sanciones de acuerdo a

ley.

Artículo 162º Después de dos amonestaciones escritas y dos suspensiones, sin goce de remuneraciones, por inasistencias o

tardanzas injustificadas, procede el despido de acuerdo a ley.

Artículo 163º La modificación de jornadas, horarios y turnos de trabajo así como la ampliación de las jornadas de trabajo las

efectuará la Directora de la I.E., de acuerdo a las necesidades o conveniencias institucionales, en coordinación con la

Entidad Promotora, observando lo establecido en la Ley N° 27671 y el Texto Único Ordenado de la Ley de jornada

de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo, aprobado por decreto Supremo N°007-2002-TR.

Artículo 164º El refrigerio no está comprendido en el horario de trabajo y tendrá una duración de cuarenta y cinco (45’)

minutos para los profesores y administrativos y de 1 hora para el personal que labora cuarenta y ocho horas semanales.

9.4 BECAS

Artículo 165° Corresponde a la Dirección General en coordinación con la Promotoría el otorgamiento en forma voluntaria

de becas de estudio por razones económicas.

Artículo 166° Para el otorgamiento de las becas se tendrá en cuenta los siguientes factores:

a) Situación de orfandad

b) Situación Económica Familiar

Artículo 167° Las becas otorgadas se supeditan a las siguientes condiciones:

a) Cubren únicamente el pago de pensiones.

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b) Están sujetas a evaluación trimestral

Artículo 168° La I.E. otorga las becas en los siguientes casos:

a) Por fallecimiento, incapacidad o pena privativa de la libertad del padre, tutor o persona encargada de pagar

la pensión de enseñanza de acuerdo a Ley.

b) Por falta de recursos económicos, debidamente acreditado del ´padre o apoderado.

Artículo 169° Para el otorgamiento de bacas deberá presentarse una solicitud a la Dirección General de la I.E. por ambos

padres o apoderado del e, adjuntando:

a) Declaración Jurada que demuestre que carece de recursos para cubrir las pensiones de enseñanza.

b) Copia de la declaración jurada de impuesto a la renta del año anterior a la fecha de solicitud de la beca.

c) Copia de la declaración jurada de autovalúo o en su defecto copia de recibo y contrato de alquiler de

vivienda.

d) Constancia de trabajo con expresa indicación de sueldos y salarios del mes anterior a la fecha de la solicitud.

e) Certificado Domiciliario

f) Otros documentos que la Dirección General solicite.

Artículo 170° Para otorgar la beca, la I.E. le asiste el derecho de efectuar los estudios necesarios respecto a la veracidad

de la petición de beca y de requerir información adicional necesaria.

La I.E. otorga becas a solicitud de los padres de familia, aplicando criterios y procedimientos señalados en la Política de

Becas vigente.

Artículo 171° Los trabajadores de la I.E. podrán recibir ¼ beca para sus hijos durante la permanencia del personal en la

institución. El estudiante pierde la beca si no mantiene un buen rendimiento académico, de conducta y de esfuerzo. En

caso de desvinculación del trabajador las becas pierden su vigencia.

CAPITULO X: DISPOSICIONES FINALES

El presente Reglamento Interno es adecuado y aprobado por la Dirección del colegio y entra en vigencia a partir del primer

día de enero de 2016.

El presente Reglamento pretende dinamizar operativamente todo el quehacer educativo inherente a los fines del colegio en

todas las áreas y niveles.

La directora del colegio, como representante legal es responsable del cumplimiento de dicho Reglamento.

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Anexo N° 01

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL I.EP.BARTOLOMÉ HERRERA 2016

DRELM - UGEL 02- RÍMAC


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