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RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

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RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO Universidad hública de El Alto E
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RESOLUCIONES DELII CONGRESO ORDINARIO

Universidad hública de El Alto E

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II Congreso Ordinario

RESOLUCION N¡O OU2OO7

ElAlto, 22de Noviembre de2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, en el marco del Estatuto Orgánico de la UPEA, y por mandato del Art.28 ha sido convocado el II Congreso Ordinario de la UPEA y siendo que, la

comisión de organización que ha presentado una propuesta de convocatoria yreglamento para el Congreso.

Que, se ha realizado la sesión inaugural del II Congreso Ordinario de la UPEA enfecha 20 de noviembre del 2007 y que en la misma con presencia de invitadosespeciales, docentes y estudiantes delegados de las carreras y la comunidaduniversitaria en general el Rector de la Universidad, Lic. Rafael Gutiérrez haprocedido ha inaugurar el evento tal como consta en el acta del mencionadodía.

Que, de acuerdo después de la inauguración del evento, se ha procedido a la

elección de la comisión de poderes del II Congreso Ordinario en el marco delArt. 31 del Estatuto Orgánico de la UPEA, que permite que cada estamento elijaa sus representantes en la comisión.

Que, el estamento docente ha elegido a los señores docentes Ing. CamiloMarin, Lic. David Quispe y Lic. Naldy Sanjinez como miembros de la comisión.

Que, en representación del estamento estudiantil han sido elegidos losestudiantes Univ. Juan Carlos Velásquez Heredia, Univ. Rodolfo Efraín BerdejaOvidio y Univ. Frank Reynaldo Acarapi Mamani,

Que, la comisión de poderes ha iniciado su actividad y para lo cualse ha acordadorealizar un cuafto intermedio hasta el día jueves 22 para la acreditación de lasdelegaciones de carrera.

Que, luego del retorno del cuarto intermedio mediante llamado de listascompletas se ha verificado el quórum reglamentario.

poR Lo TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUS ATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO ÚUICO.- Aprobar la instalación del II Congreso Ordinario de laUniversidad Pública y Autónoma de El Alto.

Universidad Riblica de ElAlto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN Nlo O2I2OO'

El Alto, 22 de Noviembre de 2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, el II Congreso Ordinario ha sido instalado con el quórum reglamentario deacuerdo al llamado de listas completas de las delegaciones y acreditados por la

comisión de poderes.

Que, el Estatuto Orgánico de la UPEA en su At. 31 establece que el Presídiumse cofirpone por 3 docentes y 3 estudiantes.

Que, las delegaciones de las carreras y los estamentos docente estudiantil hansolicitado que en la composición del Presídium se incorpore a 2 delegadosadicionales, 1 docente y 1 estudiante garantizando la participación de todas lasáreas de la Universidad.

Que, los estamentos en el marco del Estatuto Orgánico de la UPEA se hanreunido por separado para nombrar a sus representantes en el Presídium.

Que, en el marco del cogobierno paritario la FUL ha solicitado al plenario de quetodos los cargos del Presídium sean compuestos por 1 docente y 1 estudiante,lo cual ha sido ampliamente apoyado por los miembros del Congreso.

POR TANTO, EL PLENARTO DEL rr CONGRESO ORDINARTODE LA UPEA, RESUETVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la incorporación de dos vocales en elPresídium del Congreso, siendo uno docente y otro estudiante.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Aprobar la conformación del Presídium delCongresocon los siguientes cargos y personas:

a) Dos Presidentes: Lic. Rafael Gutiérrez Gutiérrez y Univ. Alexey Paz

Arandab) Dos Vicepresidentes: Ing. Edwin Callejas Pinto y Univ. Bosco Catari

Yujrac) Dos Secretarios de Actas: Lic. Iván Toro Terán y Univ. Francisco

Quispe Roqued) Dos Secretarios Relatores: Lic. Rosio Ovando Tarifa y Univ. Daniel

Condori Guarachie) Dos Vocales: Dr. Nelson Pereira Mamani y Univ. Jenny Felipez Mita.

Universidad Riblica de ElAlto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NIo O3/2OO7

ElAlto, 22de Noviembre de2OO7vIsTos

Que, el II Congreso Interno de la Universidad Pública de El Alto, es un eventomagno que representa los más altos intereses de la comunidad universitaria yse ha instalado en fecha 20 de noviembre de 2007.

Que, la participación de los docentes y estudiantes en dicho evento es defundamental impoftancia, siendo que en la misma se elaborarán las normasque regirán la vida institucional universitaria por los siguientes años.

CONSIDERANDO

Que, la posible ausencia de los congresistas en las sesiones de comisión yplenarias del Congreso puede perjudicar el desarrollo normal del evento y quelos diferentes congresistas se han pronunciado por establecer normas quegaranticen una asistencia regular de los mismos.

Que, las actitudes irresponsables por parte de docentes y estudiantes inasistentesdeben ser sancionadas con severidad en virtud de la implicancia del eventopara la vida institucional,

poR Lo TANTO, EL rr CONGRESO ORDINARTOEN USO DE SUS ATRTBUCIONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la sanción a las inasistencias a las sesionesde comisión o plenarias del II Congreso Ordinario de la UPEA, a docentes yestudiantes.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Las sanciones establecidas para el estamentodocente son:

a) Por la falta a una sesión, será pasible a descuento de un día de haber desu salario.

b) Por la falta a tres sesiones inmediato cambio por el delegado suplente, asícomo el descuento de ley. Debiendo el delegado suplente asumir latitularidad de congresista.

c) El docente que pierda la titularidad no podrá presentarse a ningunaconvocatoria interna de la Universidad en la siguiente gestión,

ARTÍCULO TERCERO.- Las sanciones establecidas para los Estudiantes son:

Universidad Rública de ElAlto

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a) La falta a tres sesiones obligará a su inmediato cambio por el delegadosuplente el cual debe asumir la titularidad de congresista.

b) El estudiante que pierda la titularidad no podrá acceder a ayudantías,becas y otros beneficios que otorga la universidad en la siguiente gestión.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y de El Alto, a los veintidósdías del mes de noviembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, com u n íq uese, cú m plase y arch ívese.

Por !a Autonomía y elCogobierno paritario Docente - Estudiantil

Universidad Priblica de El Alto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NIo O4l2OO'

El Alto, 22 de Noviembre de 2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, los congresistas se han pronunciado con respecto a garantizar la presenciade los delegados docentes y estudiantes en las distintas sesiones de comisión yplenarias del II Congreso Ordinario de la UPEA.

Que, los docentes y estudiantes asistentes al Congreso tienen que cumplir suslabores académicas de manera regular.

Que, su actividad institucional de representación en el II Congreso Ordinario esde vital importancia para la Universidad.

POR LO TANTO, EL II CONGRESO ORDINARIOEN USO DE SUS ATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Declarar en comisión a los delegados titulares ysuplentes de los estamentos docentes, estudiantes y administrativos oficialmenteacreditados en el II Congreso Ordinario de la UPEA.

ARTÍCULO SEGUNDO. Disponer que las direcciones de Carrera, flexibilicen laasistencia a clases por parte del estamento docente, permitiéndoseles recuperarlas clases en otros horarios de manera coordinada con sus estudiantes.

ARTÍCULO TERCERO. Instruir a las direcciones de carrera, y docentes de lasmaterias correspondientes la flexibilidad en la entrega de prácticas, exámenes yotras actividades académicas para los delegados estudiantiles de su Carrera.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los veintidósdías del mes de noviembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, comu níquese, cú m plase y archívese.

Por la Autonomía Universitaria y elCogobierno paritario Docente -Estudiantil.

Universidad hibüca de El Alto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NrO 05/2OO7

El Alto, 22de Noviembre de2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, la comisión de organización ha presentado al HCU una propuesta dereglamento interno del II Congreso Ordinario, la cual fue aceptada para sutratamiento en la primera sesión plenaria del evento.

Que, después de haberse elegido el Presídium del II Congreso se ha procedidoa la lectura del reglamento interno del evento.

Que, el procedimiento de aprobación se ha realizado en sus tres fases, siendoanalizada, debatida y resuelta por el plenario del Congreso en presencia delquórum reglamentario.

POR LO TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARIOEN USO DESUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO UNICO.- Aprobar el Reglamento Interno del II Congreso Ordinarioen sus 40 Artículos y 22 incisos.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los veintidósdías del mes de noviembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, comu n íq uese, cú m plase y a rchívese.

Por la Autonomía Universitaria y elCogobierno Paritario Docente - Estudiantil.

Universidad hiblica de El Alto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NIo O5.A/2OO?

E! Alto, 22de Noviembre de2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, se ha aprobado el Reglamento Interno de funcionamiento del II CongresoOrdinario mediante Resolución N'. 05/2007.

Que, el reglamento interno del II Congreso Interno de la UPEA, en su Aftículo3 prevee la suspensión temporal de las sesiones del Honorable ConcejoUniversitarío, en consecuencia durante la vigencia del Congreso no puedeconvocarse ninguna Asamblea General Docente Estudiantil, estableciéndose alCongreso Universitario, como máximo nivel de decisión de acuerdo al Aftículo28 del Estatuto Orgánico de la UPEA.

POR LO TANTO, EL II CONGRESO ORDINARIOEN USO DE SUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO ÚnfCO.- El II Congreso Ordinario, asume además todas lasprerrogativas y atribuciones establecidas en el Estatuto Orgánico de la UPEA,conferidas a las instancias de decisión y gobierno universitario inferiores alCongreso, como la Asamblea General Docente Estudiantil, y Honorable ConcejoUniversitario.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los veintidósdías del mes de noviembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, com u n íq uese, cúmplase y archívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno Paritario Docente - Estudiantil.

Universidad híblica de ElAlúo

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NIo 06/200-

El Alto, 22de Noviembre de2OO7VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, la comisión de organización del II Congreso Ordinario de la UPEA, hainformado a la plenaria con respecto al cronograma de actividades programadapara las sesiones de comisión y plenarias del evento, aprobada por el HCUpara las fechas: del 20 de noviembre al7 de diciembre de 2007, tanto para lassesiones de comisión como plenarias de conclusión.

Que, los congresistas han evaluado dicho cronograma y se han pronunciado porsu ampliación en virtud de amplitud de temas a ser abordados en el Congreso,con los recaudos que debe tomar cada comisión para concluir con los respectivostrabajos.

Que, por otro lado, los delegados al II Congreso Ordinario, han consideradoel esfuerzo que representa pafticipar de este magno evento, tanto paradocentes, estudiantes y administrativos; los mismos que tienen que recuperarlas clases perdidas en otros horarios para no perjudicar el normal desarrolloy aprovechamiento de las actividades académicas, lo que en suma implicaduplicar esfuezos de todos los congresistas asistentes, lo que debe merecer elreconocimiento del II Congreso Ordinario.

poR Lo TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Ampliar el cronograma de actividades del II CongresoOrdinario de la UPEA, aprobado por el Honorable Concejo Universitario, hasta lafinalización de la gestión académica 2007.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Emitir una ceftificación honorífica del II CongresoOrdinario, con valor curricular y vida universitaria, a todos los delegadoscongresistas docentes, estudiantes y administrativos que hayan cumplido conlas sesiones de comisión y plenarias establecidas en el reglamento de debatesdel mismo.

Es dado en el Auditórium de la Universidad PÚblica y de El Alto, a los veintidósdías del mes de noviembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, comu n íq uese, cú m plase y a rchívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno paritario Docente - Estudiantil

Universidad hública de ElAlto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN Nrc O-l20O7

El AIto, 22 de Noviembre de 2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 30 del Estatuto Orgánico dela Universidad Pública de El Alto, que establece que cualquier miembro de lacomunidad universitaria puede participar del Congreso Ordinario, y siendo quelos delegados al II Congreso Ordinario de la UPEA han manifestado su deseode hacer que el trabajo de las comisiones sean abieftas al resto de la comunidaduniversitaria y por consiguiente deben ser de conocimiento general.

Que, algunas personas ajenas y miembros al II Congreso, se dan a la tarea deamedrentar a los delegados al mismo.

Que, la normativa vigente en nuestro país, asícomo el Estatuto Orgánico de laUPEA establece los derechos y garantías para los miembros de la comunidaduniversitaria, mismos que no pueden ser vulnerados por otros.

Que siendo el Congreso un evento de trascendencia institucional, los delegadosal mismo deben gozar de amplias garantías y la seguridad correspondientepara realizar el trabajo en el mismo.

Que, los delegados al II Congreso Ordinario han expresado su preocupacióncon respecto a los últimos acontecimientos ocurridos en la sede de la AsambleaConstituyente, donde la acción racista de la oligarquía y los partidos políticosque representan a las clases dominantes del país se han dado la tarea deagredir a nuestros hermanos constituyentes que representan a los pueblosoriginarios.

Que, los congresistas han evaluado y analizado la situación política del país,manifestándose por unanimidad que la UPEA no debe ni puede estar almargen de la actual coyuntura del país, por lo que se hace imprescindibleemitir un pronunciamiento público y realizar acciones necesarias frente a losacontecimientos.

poR Lo TANTO, EL Ir CONGRESO ORDINARTOEN USO DE SUSATRIBUCTONES, RESUELVE :

ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar sesiones abiertas en el trabajo de comisiones

Universidad Riblica de EIAIúo

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del II Congreso Ordinario de la UPEA en cuanto se refiere al trabajo decomrsrones.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer que todos los miembros del II Congresogozan de todas las mas amplias garantías y la seguridad correspondientedurante la vigencia y sesiones del evento.

ARTÍCULO TERCERO.- Declarar en estado de emergencia a la UniversidadPública de El Alto, y emitir un pronunciamiento público con respecto a la

conyuntura nacional.

ARTÍCULO CUARTO.- Conformar la comisión de movilización con lossiguientes compañeros :

. Lic, Jhonny Alfredo Alcón Condori . Univ. Pablo Merma Yujra

. Ing. Marcelino Ramírez Quisberth . Univ. Lourdes Lima

. Lic. Gladys Ergueta Miranda . Univ. Elmer Gallardo Condori

. Sr. Antonio Carani

ARTÍCULO QUINTO.- La comisión de movilización debera redactar elpronuncamiento público de la UPEA, plantear una estrategia de movilizacióncoordinando con las organizaciones sociales de la ciudad de El Alto

Es dado en el Auditorium de la Universidad Pública de El Alto, a los veintidósdías del mes de noviembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, com u n íq uese, cú m plase y a rch ívese.

Por la Autonomía Universitaria y elCogobierno Paritario Docente -Estudiantil.

Universidad Prública de ElAlto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIÓN NIq 08/2OO'

El Alto, 28 de Noviembre de2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, el reglamento de funcionamiento del II Congreso Ordinario aprobadomediante resolución Nro.05/2007, en su Aft. 3 establece la suspensión delfuncionamiento de la Asamblea General Docente Estudiantil y del HonorableConsejo Universitario, asumiendo el Congreso todas las atribuciones yprerrogativas establecidas en el Estatuto Orgánico para los órganos de decisióny gobierno universitario, mientras dure el II Congreso, tal como establece laresolución Nro. 05-4/2007.

Que, la conducta, determinaciones y acciones de todos los miembros quecomponen la comunidad universitaria de la UPEA, es decir autoridades,docentes, estudiantes y administrativos, deben estar enmarcadas dentro de loestablecido en nuestras normas universitarias, para precautelar la convivenciapacifica y armónica de los mismos.

Que, la comunidad universitaria en general durante la gestión del Rector Lic.Rafael Gutiérrez, ha sufrido una serie de atropellos y avasallamientos que nopudieron ser sancionados, en principio por la falta de existencia de una normadisciplinaria universitaria y posteriormente por la falta de su aplicación a paftirde la existencia del mismo.

Que, en fecha 11 de septiembre de 2006 se ha aprobado el Reglamento deProcesos Universitarios, que rige el comportamiento de todos los miembros dela comunidad universitaria y que, en el mes de Julio de 2007 a propósito dealgunos hechos irregulares acaecidos en la institución, el Honorable ConsejoUniversitario ha procedido a elegir por votación a los miembros de la ComisiónUniversitaria Sumarial y de Procesos/ en las siguientes personas: Ing. EdwinCallejas Pinto, Lic. Naldy SanjinezLanza, Dr. Lucio Escobar Alcón, Univ. FideliaMedina Espejo, Univ. Grover Luna Moya y Univ. Efraín MamaniQuispe, habiendosido designados para cumplir la función establecida en el reglamento.

Que, los delegados al Congreso de diferentes carreras de la UPEA han expresadosu molestia por la falta de agilidad en los procesos universitarios puestos enconocimiento de la Comisión, siendo que esto perjudica el normalfuncionamientode las unidades académicas, vulnera la ética universitaria y asimismo va en

Universidad Priblica de El Alúo

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contra del principio de celeridad e inmediatez que debe tener todo proceso,

siendo que ésta no ha emitido opoftunamente los fallos correspondientes.

Que, miembros de la Comisión Universitaria Sumarial y de Procesos que estánparticipando del II Congreso Ordinario han dado a conocer los motivos por los

cuales el trabajo de la comisión se hubiese estancado, siendo en primer lugarla inceftidumbre generada por el Rector Lic. Rafael Gutiérrez, por la situaciónde la comisión, puesto que no se ha procedido con la firma respectiva de la

resolución del HCU, no se ha extendido las designaciones a sus integrantes,ncionamientoexistencia derios aprobadorespecto a la

designación de la Comisión Universitaria Sumarial y de Procesos, lo que

obviamente ha obstaculizado su funcionamiento.

Que, a partir del informe presentado por los miembros de la comisión, los

congresistas han expresado la necesidad de subsanar las obseruacionesy gárantizar que a partir de la ratificación de los miembros de la ComisiónUniversitaria Sumarial y de Procesos elegidos en el HCU se proceda arealizar las acciones disciplinarias pertinentes contra todos aquellos hechos ypersonas que se encuentren al margen de la normativa universitaria.

Que, además los congresistas han dado a conocer que el Reglamento deProcesos Universitarios se encuentra en análisis de la Comisión 2 del II

previamente establecido por el Honorable Consejo Universitario.

poR Lo TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el Artículo 26 del reglamento de procesos

universitarios referido a las incompatibilidades, en los siguientes términos:

Art. 26.- "Las funciones de cualesquier miembro de la ComisiónSumarial y de Procesos Universitarios, son incompatibles con los defuncionario administrativo de apoyo."

ARTÍCULO sEGuNDo.- Modificar el Artículo 48 en su parágrafo II del

Reglamento de Procesos Universitarios, en los siguientes términos:

Universidad RÍblica de Fll Alto

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Aft. 48-II.- Recibidas las declaraciones informativa y ratificatoria, asícomo ofrecidas las pruebas de cargo y descargo, la Comisión emitiráresolución fundamentada y deberá establecer la reserva correspondiente,no pudiendo brindarse información sobre el caso. De no existir causalesde procesamiento, la Comisión Sumarial y de Procesos dispondrá elarchivo de obrados mediante resolución fundamentada e informaráal respecto al HCU. En caso de notoria gravedad, el acusado podráser suspendido temporalmente en precaución de los altos intereses dela institución, por una instancia de decisión o Gobierno Universitario,de acuerdo al Artículo 23-II y Art. 24-a) del Estatuto Orgánico de laUPEA.

ARTÍCUtOTERCERO.- Designara los miembros de la Comisión UniversitariaSumarial y de Procesos, en las personas de:

. Ing. Edwin Callejas Pinto.

. Lic, Naldy SanjinezLanza

. Dr. Lucio Escobar Alcón

. Univ. Fidelia Medina Espejo

. Univ, Grover Luna Moya

. Univ. Efraín Mamani Quispe

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los veintiochodías del mes de noviembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, com u n íq uese, cú mplase y arch ívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno Paritario Docente - Estudianti!.

Universiriad hiblica de ElAl0o

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NEO O9/2OO7

El Alto, 28 de Noviembre de 2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, la Universidad Pública de El Alto (UPEA) es una institución de EducaciónSuperior, científica productiva, autónoma democrátíca, pública, laica, gratuita,multinacional y pluricultural, que forma parte del Sistema de la UniversidadBoliviana en igualdad de derechos, en condiciones y jerarquía con las restantesuniversidades estatales y autónomas de conformidad a los artículos 185, 186,187,y 189 de la Constitución PolÍtica del Estado.

Que, el artículo 185 de la CPE, establece que las universidades públicas puedenelaborar, aprobar, sus estatutos, planes de estudio, y presupuestos anuales.

Que, el artículo 28 del estatuto orgánico de la Universidad Pública de ElAlto, dispone que el máximo nivel de decisión es el Congreso Interno de laUniversidad Publica de El Alto, y que la misma es obligatoriamente convocadacada tres años de manera ordinaria y/o extraordinaria cuando lo determinen almenos dos tercios de las carreras.

Que, frente a los últimos acontecimientos generados a paftir de un intentode intromisión directa por parte de sectores que pretenden poner en duda lalegalidad del congreso y posibilitar su fracaso.Que, a paftir de estos hechos, también se dieron a la tarea de desinformar a lacomunidad universitaria generando un ambiente de incertidumbre.

Que, todo el congreso y los miembros cong n de lasgarantías individuales, respetando la libre opiniónen estricto cumplimiento del artículo 13, y , b, y c.Orgánico de la Universidad y de las normas internas de la misma.

POR LO TANTO, EL II CONGRESO ORDTNARTOEN USO DESUSATRIBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Ratificar la vigencia legal y legitima del II CongresoOrdinario de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto por ser un mandatoimperativo.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Aplicar el veto Universitario a todos aquellos queatenten contra la Autonomía Universitaria garantizada y protegida por el Aftículo185 CPE, previo proceso universitario,

Universidad híblica de EIAIúo

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ARTÍCULO TERCERO.- Rechazar y repudiar cualquier acto o acción queperjudique a la realización y normal desenvolvimiento del Congreso de la UPEA,por considerarla de alta traición a los intereses de la institución y un atentado ala Autonomía Universitaria y violando la CPE.

ARTÍCULO CUARTO.- Ordenar el inicio de proceso universitario y suspensiónde funciones académico y/o administrativas a cualquier miembro de la comunidaduniversitaria que. realice actos contrarios, acciones,. atentados, persecuciones,amenazas, coacción, amedrentamiento u otros hechos que pongan en peligrola integridad de los congresistas o promuevan el perjuicio del desarrollo normaldel Congreso Universitario.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los veintiochodías del mes de noviembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, com un íq uese, cú mplase y arch ívese.

Por la Autonomía UnivercitariaPor e! Cogobierno paritario docente - estudiantil.

Universidad Riblica de ElAlto

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II Congreso Ordinario

RESOIUCTóN Nfq 10/200-

E! Alto, 28 de Noviembre de 2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, el Dr. Román Castro Quisbeft ha interpuesto un recurso Extraordinariode Amparo Constitucional en fecha 20 de noviembre, ante el Juzgado Tercero

de Paftido en lo Civil y Comercial, en contra de los miembros de HonorableConcejo Universitario y miembros de la comunidad universitaria de la UPEA.

Que, el mencionado recurso legal solicita la anulación de todas las Resoluciones

dispuestas por el HCU desde la fecha 9 de julio de 2007, y que dicha actitud se

constituye en un atentado directo a la vida institucional de la UPEA.

Que, la Resolución Nro. 432107 de fecha 26 noviembre de 2007, del recursode amparo constitucional planteado por el Dr. Román Castro Quisbert, fuedeclarado procedente; y siendo que, esta es de cumplimiento inmediato se harestituido en su c;¡rgo al mencionado profesional como Director de Carrera deDerecho de la UPEA.

Que, los congresistas se han pronunciado por el atropello que involucra la

presentación del Amparo Constitucional por parte del Dr. Román Castro puestoque, independientemente del resultado, es rechazado de manera unánime, laintención deliberada de dañar a toda la Institución solicitando maliciosamentela anulación de todas las resoluciones del HCU desde el 9 de julio del 2007, yque dicha actitud se constituye en un atentando directo a la vida institucionalde la UPFA

Que, la actifud demostrada por parte del Dr. Castro fue totalmente irresponsabley reprochada de manera unánime por parte de todos los congresistas en elplenario del congreso, y que también se ha pronunciado unánimemente porsu sanción mediante el proceso universitario debiendo llegar inclusive al VETO

Universitario.

Que, los congresistas en la plenaria extraordinaria han observado la ausencia

del mencionado Director de Carrera de Derecho, siendo que debería habersepresentado en la Universidad y en particular a la plenaria del II CongresoOrdinario a dar explicaciones del caso por la solicitud interpuesta, que fue

Universidad Riblica de Fl Alto

Page 18: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

considerada por el plenario, contrario a los intereses institucionales.

poR Lo TANTO, EL rI CONGRESO ORDTNARTOEN USO DESUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Iniciar proceso universitario con suspensión inmediatade funciones administrativas y académicas sin goce de haberes al Dr. RománCastro Quisbeft.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Ordenar que el Dr. Román Castro Quisbert pase enforma inmediata a la Comisión de Procesos Universitarios del HCU, facultándoseel ejercicio de la acción, a cualquier miembro de la Comunidad Universitaria.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los veintiochodías del mes de noviembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, com u n íq uese, cú m plase y a rch ívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno paritario docente - estudiantil.

Universidad hiblica de EI Alúo

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II Congreso Ordinario

RESOLUCION NEq 11/2OO7

EIAlto, 28 de Noviembre de2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, el Dr. Román Castro Quisbert, ha interpuesto un recurso Extraordinariode Amparo Constitucional en fecha 20 de noviembre, ante el juzgado Tercerode Patido en lo Civil y Comercial a cargo del Dr. Humbefto Pinto, en contra delos miembros del Honorable Consejo Universitario y miembros de la ComunidadUniversitaria de la UPEA.

Que, el Recurso de amparo constitucional planteado por el Dr. Román Castro

Quisbert, determino la procedencia en fecha 26 noviembre de 2007 medianteResolución Nro. 432107 y siendo que, esta es de cumplimiento inmediato harestituido en su cargo al mencionado profesional como Director de Carrerade Derecho de la UPEA, vulnerando de esta manera la CPE y la AutonomíaUniversitaria en contra de la voluntad y el derecho de los estamentosuniversitarios a elegir y revocar a sus autoridades.

Que, de un tiempo a esta pafte varios miembros y ex miembros de la ComunidadUniversitaria se han dado a la tarea de demandar a la UPEA y a sus instanciascon respecto a una serie de problemáticas referidas al ámbito institucional,administrativo, económico o académico, sin haber agotado todas las instanciasprevistas al interior de la universidad. Que, los recursos de Amparo Constitucionaly otros, son recursos extraordinarios que proceden únicamente cuando noexiste otro medio o recurso para hacer valer el ejercicio de supuestos derechosconculcados. Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 19 señalacon claridad que "la autoridad judicial concederá el amparo solicitado, siempreque no existiere otro medio o recurso", por lo que se deduce que en el caso delos miembros de la Comunidad Universitaria es necesario que estos agoten lavía administrativa. Que, las actitudes mencionadas por parte de los tribunalesexternos se entienden como una intromisión directa a la Autonomía Universitariasiendo que definen situaciones por encima de las normas internas, del EstatutoOrgánico de la UPEA y del Artículo 185 de la CPE, entendiéndose esto como unatentado a la Autonomía Universitaria de la UPEA.

Que, la Carrera de Derecho de la UPEA ha sido perjudicada académica yadministrativamente por el fallo del Juez Dr. Humberto Pinto.

Que, los delegados al congreso se han pronunciado contra este fallo, censurandola actitud del Dr. Román Castro.

Que, hasta la fecha el Dr. Román Castro no se ha presentado en la carrera para

Universidad Riblica de EI AIúo

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resolver la problemática generada por su persona,

Que, debido al estado de inceftidumbre por parte de la Comunidad Universitariade la carrera de Derecho los consejeros de carrera, docentes y estudiantes hanconvocado a una Asamblea de Emergencia para el día martes 27 de noviembrea horas 18:30 con la finalidad de tratar la situación institucional de la carrera.

Que, dicha instancia de gobierno ha emitido su posición y resolución, solicitandoal plenario del congreso las sanciones de rigor mediante la suspensión,procesamiento y consecuente VETO Universitario al Dr. Román Castro y otros,los mismos que han conspirado en contra de los intereses de la carrera deDerecho; que, por otra pafte han solicitado también se de por bien hecholas actividades académicas y tramites administrativos en favor de la carrerarealizadas durante el periodo de interinato que ejerció el Dr. Samuel Tola comodirector de carrera; que, asimismo se ha solicitado que para evitar mayoresperjuicios a la carrera a paftir de la suspensión del Dr. Román Castro comoDirector de Carrera se ratifique al Dr. Samuel Tola como Director de Carrera.

Que, el plenario del II Congreso Ordinario de la UPEA ha determinado medianteresolución 1012007 la suspensión del Dr, Román Castro en sus funcionesacadémicas y administrativas, habiendo dejado acéfala la dirección de carrerade Derecho.

POR LO TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTOEN USO DESUSATRIBUCIONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Instruir a las instancias competentes y Rector de laUniversidad inicien una demanda de inconstitucionalidad y prevaricato en contrade la injusta resolución Nro.432107 emitida por el Juez Tercero de Partido en loCivil - Comercial de El Alto, Dr. Humbefto L. Pinto Alarcón por el fallo atentatorioy contrario a la CPE y la Autonomía Universitaria.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Emitir un pronunciamiento público declarandoenemigos de la UPEA a todos aquellos jueces que hayan emitido resolucionescontrarias a la CPE y a'la Autonomía Universitaria.

ARTÍCULO TERCERO.- Refrendar la resolución de la Carrera de Derechodando por bien hecho todas las actividades académicas y administrativas quehayan contribuido al normal desarrollo de la Carrera de Derecho durante elperiodo ejercido por el Dr. Samuel Tola como Director de Carrera.

ARTÍCULO CUARTO.- Aprobar la Resolución de la Asamblea general docente -estudiantil de la Carrera de Derecho, con referencia a la Dirección de Carrera.

ARTÍCULO QUINTO.- Repudiar y sancionar el inicio de acciones judiciales

Universidad Ríblica de El'Alto

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en contra de la Universidad y sus instancias, sin haber agotado la víaadministrativa interna y otros que la norma franquea, para resguardar losderechos supuestamente conculcados.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los veintiochodías del mes de noviembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, comu níq uese, cú mplase y a rchívese.

Por Ia Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno paritario docente - estudiantil.

Universidad Riblica de El Alúo

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II Congreso Ordinario

RESO LUCIóN N - -!2J-;2092

EI Alto, 28 de Noviembre de 2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, elArt. 28, 29 del Estatuto Orgánico de la UPEA, establece como el nivel dedecisión más alto al Congreso Interno de la universidad y que fija la políticauniversitaria en todos los niveles. Que, las acciones, determinaciones yactitudes de todos"los miembros que componen la Comunidad Universitariade la UPEA, es decir autoridades, docentes, estudiantes y administrativos,deben estar enmarcadas dentro de lo establecido en nuestras normasuniversitarias,

Que, delegados al congreso han expresado su molestia por la falta de agilidaden los procesos universitarios puesto que se han presentado las denunciasdel caso ante la Comisión de Procesos Universitarios y esta no ha emitidoopoftunamente los fallos correspondientes.

Que, miembros de la Comisión de Procesos Universitarios han dado a conoceracerca de una incongruencia entre el reglamento de Procesos Universitariosen su Artículo 26, y la Resolución de designación de los mismos lo que haobstaculizado su funcionamiento, Que, este hecho habría sido planteado anteel HCU para su corrección y que hasta el inicio del II Congreso Ordinario, nofue resuelto.

POR LO TANTO, EL rr CONGRESO ORDINARTOEN USO DESUSATRTBUCIONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el Aftículo 26 del reglamento de procesosuniversitarios referido a las incompatibilidades, en los siguientes términos:Aft. 26.- "Las funciones de cualesquier miembro de la comisión de procesosuniversitarios son incompatibles con los de funcionario administrativo deapoyo."

ARTÍCULO SEGUNDO.- Ratificar a los miembros de la Comisión de ProcesosUniversitarios en las personas de:

. Ing. Edwin Callejas Pinto

. Lic. Naldy Sanjinez L

. Dr. Lucio Escobar

. Univ. Fidelia Medina

Universidad Riblica de El Alto

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. Univ. Grover Moya

. Univ. Efraín Mamani

ARTÍCULO TERCERO.- Iniciar proceso universitario, a todas las autoridades,docentes, estudiantes, y administrativos involucrados en los hechos y actosque atentan la autonomía universitaria, denunciadas en la plenaria del 28 denoviembre de2007.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a losveintiocho días del mes de noviembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, comu n íq uese, cú m plase y a rch ívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor e! Cogobierno Paritario Docente - Estudiantil.

Por e! II Congreso Ordinario

Universidad hiblica de El AIúo

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ACLARARACION Y ENMIENDA

A, 29 de noviembre de 2007

Habiéndose cometido un error en la trascripción de los Artículos Primeroy Segundo de la Resolución 7212007 del II Congreso de la UPEA, y a fin deevitar confusión y/o mal interpretación de la misma, se aclara y enmienda dela siguiente manera:

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el Artículo 26 del Reglamento de ProcesosUniversitarios referido a las incompatibilidades, en los siguientes términos:

Artículo 26. Incompatibilidades."Las funciones de cualesquier miembro de la Comisión Sumarial yde Procesos Universitarios, son incompatibles con los de funcionarioadministrativo de apoyo."

ARTÍCULO SEGUNDO.- Ratificar a los miembros de la "Comisión UniversitarioSumarial y de Procesos" en las personas de:

. Ing. Edwin Callejas Pinto

. Lic. Naldy Sanjinez Lanza

. Dr. Lucio Escobar Alcon

. Univ. Fidelia Medina Espejo

. Univ. Grover Luna Moya

. Univ. Efraín Mamani Quispe

Universidad híblica de ElAlúo

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN N*-J3!2992

El Alto, 28 de Noviembre de2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, los delegados al II Congreso Ordinario de la UPEA han denunciado ala comisión de hechos y actos contra la autonomía universitaria, al EstatutoOrgánico de la UPEA y al Estatuto Orgánico del Sistema Universitario Nacionalpor parte de autoridades, docentes, estudiantes y administrativos de launiversidad y gue, han estado atentando contra la vida institucional de lamisma, cometiendo una serie de acciones de hecho y derecho, caracterizadaspor un exagerado abuso de poder, maltrato, amedrentamientos, persecuciones,coacciones, chantajes, y otros; así como de interponer acciones de carácterjudicial; anteponiendo intereses personales y sectarios, antes que el de lainstitución.

Que, dichas acciones ha sido repudiadas y rechazadas por parte de losdelegados al Congreso y por toda la Comunidad Universitaria de la UPEAexigiendo la aplicación de las sanciones peftinentes de acuerdo a cada caso,las mismas que deben ser investigadas por las instancias correspondientes paraque dichos actos no queden en la impunidad, ni se debe dejar sin sanción a losresponsables, autores o cómplices.

Que, los delegados al congreso han expresado su total repudio ante la actituddesleal por parte del Ing. Manuel Vásquez Vásquez en su calidad de SecretarioGeneral de la universidad, asícomo atribuirse funciones fuera de su competenciaen el caso del Dr. Román Castro emitiendo certificaciones en desconocimientodel Rector y del HCU.

Que, otros delegados además han denunciado la actitud abusiva y discriminatoriapor parte del Ing. Manuel Vásquez en contra de docentes y estudiantes contrariosa su posición polÍtica.

Que, además se ha denunciado que en el cargo de Secretario General el Ing.Manuel Vásquez, nunca fue designado, siendo solo nominado de manerainterina en fecha 13 de mayo de 2005 conforme lo establece elArt. 2do.- de laResolución HCU Nro. 4812005,1o que todos los congresistas han repudiado porromper toda normatividad existente en el país.

Que, por otra pafte se ha denunciado también que el Ing. Vásquez se ha dadoa la tarea de conformar grupos de choque y amendrentamiento conformadopor docentes, estudiantes y administrativos con nefastos antecedentes demaltrato a directores de carrera, centros de estudiantes, estudiantes de base y

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personal administrativo, ejerciendo violencia física y psicológica, lo que ha sidoconsiderada de extrema gravedad en contra de la Autonomía Universitaria, losprincipios, fines y objetivos establecidos en el Estatuto Orgánico de la UPEA, porlo que debe ser procesado y sancionado inclusive con el VETO Universitario.

Que, los miembros de la Comisión de Procesos Universitarios han dado a conocerque el mismo se encuentra procesado con anterioridad por casos similares yotras denuncias.

Que, de acuerdo a los considerandos de las resoluciones Nro 10/2007 y Nro.7U2007 del II Congreso Ordinario de la UPEA y de acuerdo a lo resuelto por laAsamblea General Docente Estudiantilde la carrera de Derecho, denunciado porel Dr. Samuel Tola a nombre de la Asamblea, ha denunciado a varios docentesentre ellos al Dr. Andrés Franz Zabaleta, Dr. Omar Blanco Fuentes, Dr. Willy V.

Rojas Cazas, Dr. Jorge Muriel y Dr. Nuguer Gutiérrez Quisbert, han sido partedel amparo presentado por el Dr. Román Castro en contra de los intereses dela universidad lo que ha generado un ambiente de inceftidumbre en el normaldesarrollo del Congreso y en particular en la carrera de Derecho.

Que, asimismo se ha denunciado que los mencionados docentes y otros,sistemáticamente se han dado a la tarea de generar caos y anarquía en contrade la carrera de Derecho, desconociendo abiertamente las determinaciones delas instancias de Gobierno Universitario.

Que, el delegado congresista de la carrera de Economía Lic. Dionisio Mamaniha denunciado al Dr. Omar Monasterios Alarcón por haber atentado contra losintereses de la UPEA al declarar en contra del HCU en elAmparo Constitucionalpresentado por el Lic. Rafael Gutiérrez en la gestión 2006.

Que, estudiantes de la Carrera de Administración de Empresas han hecho llegaral Presidium del II Congreso Ordinario una denuncia por escrito en contra del Lic.Freddy Cruz Segovia con respecto a su proceso irregular de contratación docenteen la gestión 2004,1o que le habría permitido posteriormente presentarse alcargo de Director de Carrera y conducir la misma.

Que los delegados estudiantes congresistas de la carrera de Administracionde Empresas han denunciado además una serie de atropellos cometidos porparte del Director de Carrera Lic. Freddy Cruz, siendo su conducta autoritariay avasalladora de los derechos de los docentes y estudiantes, lo cual fuerepudiada por el plenario del Congreso y exigiendo además las sanciones queel caso amerite. Que, además otros congresistas han observado con respectoa la designación del Llc. Freddy Cruz como Director de Carrera, puesto quemediante Resolución HCU 7412007 se aprobó que no podía ser posesionado porcontravenir al Estatuto Orgánico de la UPEA, y mediante Resolución 1712007se lo posesiono sin cumplir con los 213 de los Consejeros requerido para lareconsideración de dicha resolución.

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Que, los delegados congresistas de la carrera de Ingeniería de Sistemas handenunciado el tráfico de influencias por pafte del Ing. Dante Sáenz a cargo delUPEATIC puesto que hubiese accedido al cargo sin procedimiento alguno. Que,

representantes de la Carrera además han denunciado que el Ing.pate de los grupos de choque conformados por el Ing. Manuelse han dado a la tarea de perjudicar a la Universidad.

Que, diversos congresistas han denunciado a varios estudiantes que cumplenfunciones administrativas en la UPEA, siendo que anteriormente conformabanlos grupos de choque establecidos por las autoridades y que aparentementeen premio a dicha actitud fueron designados en dichos cargos. Que, hasta lafecha las autoridades no han convocado a los cargos administrativos mediantenormas avaladas por instancias de Gobierno Universitario, siendo este hechoirregular.

poR to TANTO, Et rr CoNGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Anular la Resolución HCU 4812005, y destituir delcargo de Secretario General de la UPEA al Ing. Manuel Vásquez Vásquez.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Suspendersin goce de haberes al Ing. ManuelVásquezVásquez de manera inmediata en sus funciones académicas que estuvieraejerciendo dentro de la universidad y ordenar la prosecución del procesoinstaurado en su contra, y disponer el inicio de otros que fuesen necesarios.

ARTÍCULO TERCERO.- Suspender de manera inmediata y sin goce dehaberes de las funciones académicas que estuvieren ejerciendo en la UPEA entanto dure el proceso universitario a las siguientes personas: Dr. Andrés FranzZabaleta C., Dr. Jorge Muriel, Dr. Omar Blanco Fuentes, Dr. Willy Vidor RojasCazas, y Dr. Nuguer Gutiérrez Quisbert, ordenando su procesamiento en lainstancia correspondiente.

ARTÍCULO CUARTO.- Suspender de manera inmediata y sin goce de haberesde las funciones académicas que estuviere ejerciendo en la UPEA en tanto dureel proceso universitario al Dr. Omar Ramiro Monasterios Alarcón.

ARTÍCULO QUINTO.- Suspender de manera inmediata y sin goce de haberesde las funciones administrativas al Lic. Freddy Cruz Segovia en tanto dure elproceso universitario.

ARTÍCULO SEXTO.- Destituir del cargo de jefe de UPEATIC al Ing. DanteSáenz de manera inmediata.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- Destituir de los cargos administrativos de manera

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inmediata, a todos aquellos estudiantes y ex_estudiantes que cumplen funcionesadministrativas a paftir del 23 de marzo del 2005.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los veintiochodías del mes de noviembre de dos mil siete años.

Regístrese, com uníquese, cú mplase y archívese.

Por !a Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno paritario docente - estudiantil.

Universidad Riblica de ElAlto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NIq 14l2OO7

E! Alto, 28 de noviembre de2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, los congresistas estudiantes han denunciado una serie de irregularidadesque se hubieran cometido en algunas carreras en el proceso de institucionalizaciónde docentes realizado en la gestión 2004. Que, los congresistas docentes handado a conocer que dicha situación ya ha sido analizada y resuelta en instanciasdel HCU y que la resolución expresa que el Rector de la universidad debe enviartoda la documentación del proceso incluyendo los informes de Auditoria Internade la Universidad a la Contraloría General de la República para su validación.

POR LO TANTO, EL II CONGRESO ORDINARIOEN USO DESUSATRIBUCIONES, RESUELVE:

ARTÍCULO Úru¡CO.- Aprobar el envió de toda la documentación del procesode institucionalización Docente de las diferentes carreras realizada en lagestión 2004, incluyendo los informes de Auditoría Interna de la Universidada la Contraloría General de la República para su análisis correspondiente,instruyendo al Rector realizar esta tarea a la brevedad posible.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, a losveintiocho días del mes de noviembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, comun íq uese, cúmplase y archívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno paritario Docente - Estudiantil.

Univcnúdad hiblica de E Alúo

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN Nto 15/2OO7

El Alto, 1O de diciembre de2OOl

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, el II congreso Ordinario de la Universidad Pública de ElAlto, se constituyeen el máximo nivel de decisión, conforme lo establece elAft. 28 de su EstatutoOrgánico, la misma que a la fecha viene desarrollando su trabajo con todaregularidad.

Que, el día de hoy de manera intempestiva el Lic. Rafael Gutiérrez Gutiérrez,presentó RENUNCIA IRREVOCABLE al cargo de Rector de la Universidad Públicade El Alto, mediante nota escrita con hoja de tramite Rectorado No 1064, confecha 10/1212007, ante el II Congreso Ordinario de la UPEA, Direcciones deCarrera, studiantes, y Comunidad Universitaria, con copia alC.E.U,B.,Ministeri ión, Universidades del Sistema, medios de comunicación yorganiza les de El Alto.

Que, el Estatuto Orgánico de la Universidad Pública de El Alto, en su Aft.39 parágrafo II, establece textualmente: "En caso de ausencia. temporal odefinitiva del Rector, el Vicerrector lo sustituirá".

Que, asimismo el Aft, 40 que refiere sobre las atribuciones del Vicerrector,que en su inc. a) señala: "Reemplazar al Rector en caso de ausencia temporaly asumir su cargo en el caso de ausencia definitiva hasta la conclusión delmandato".

Que, la plenaria del II Congreso Ordinario de la UPEA ha analizado y determinadoque la Universidad no puede quedar sin la Máxima Autoridad Ejecutiva, todavez que debe desarrollar sus actividades con absoluta normalidad.

Que, la Universidad Pública de El Alto tiene sus autoridades legalmenteconstituidas, siendo el Ing. Johnny Angulo Pacheco, Vicerrector de la misma.

Que, el Art. 22 del II Congreso Ordinario de la UPEA en su inc. a) establece lacelebración de Sesiones Sólemnes de Acontecimientos importantes.

POR LO TANTO, EL rI CONGRESO ORDINARIOEN USO DESUSATRIBUCIONES, RESUELVE:

ARTÍCULO ÚrufCO.- Designar como Rector de la Universidad Pública de ElAlto al Ing. Johnny Angulo Pacheco, en aplicación del Art. 39 parágrafo II, y Art,

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40 inc. a) del Estatuto Orgánico de la UPEA.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los diez díasdel mes de diciembre del año dos mil siete.

Regístrese, comuníq uese, cúm plase y archívese.

Por !a Autonomía Universitaria y e!Cogobierno paritario Docente -Estudiantil.

Univemidad Pública de ElAlto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCTON N.o L6l2OO7

El Alto, t7 de diciembre de 2007

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, debido a la renuncia irrevocable del Lic. Rafael Gutiérrez, al cargo deRector de la UPEA, varias resoluciones del II Congreso Ordinario, no llevan lafirma del entonces Presidente, contraviniendo las determinaciones del Conclaveuniversitario, en flagrante boicot al mismo.

Que, de acuerdo a la Resolución 7512007 del II Congreso Ordinario de la UPEA,el Ing. Johnny Angulo Pacheco, asume el cargo de Rector, y se constituye en elnuevo Presidente del máximo evento.

Que, los congresistas han observado la ausencia permanente de la dirección deasesoría jurídica de la Universidad en las plenarias del Congreso, para orientaren el uso de la terminología jurídica adecuada al momento de aprobar y emitirlas resoluciones, pudiendo ocasionar mal interpretaciones u omisiones.

Que, a paftir de la fecha deberán coadyuvar la labor del II Congresopor determinación de la plenaria, y que para subsanar las obseruacionesmencionadas, se ha planteado que las Resoluciones anteriores/ sean sometidasa revisión de forma.

Que, el nuevo presidente ha sugerido que a partirde la revisión de las resoluciones,pudiese refrendar las mismas con su firma, rubrica y si fuese necesario connueva asignación, habiéndose pronunciado el plenario favorablemente a losolicitado.

poR Lo TANTO, EL rI CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUSATRTBUCIONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la revisión y modificación de forma, ynueva signación de las Resoluciones del II Congreso Ordinario de la UPEA,emitidas hasta la fecha, encomendándose la labor al Presídium del Congreso encoordinación con la Dirección de Asesoría Jurídica de la Universidad.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorizar al Ing. Johnny Angulo Pacheco, actualRector de la UPEA, la firma de todas las resoluciones del II Congreso, anterioresque no lleven la firma y rubrica del ex Rector Lic. Rafael Gutiérrez, incluidas lasde nueva signación.

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Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, a losveintiocho días del mes de noviembre de dos mil siete años,

Reg ístrese, com u n íq uese, cú m plase y a rch ívese.

Por la Autonomía Universitaria y elCogobierno paritario Docente -Estudiantil.

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN Nfg 17l2007

ElAlto, 19 de diciembre de2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, en sesión del HCU del 5 de septiembre de 2005, se resolvió de manerairregular y arbitraria el Veto al Lic. Federico Zelada sin previo proceso universitario,en la cual de los 54 asistentes solo votaron 11 supuestamente a nombre decada carrera, violando lo establecido en el Estatuto Orgánico de la UPEA yno reconocido en ninguna instancia. Que, de acuerdo al Ad, 60 del EstatutoOrgánico cualquier tratamiento de Veto Universitario debe ser solicitado porresolución de AGDE de una carrera, hecho que tampoco existió.

Que la resolución HCU 067/05 de Veto al Lic. Zelada nunca fue publicada ytampoco fue de conocimiento por la Comunidad Universitaria de la UPEA yque solo se tomo conocimiento tres meses después a propósito del amparoconstitucional presentado por el Lic. Zelada, por haberse vulnerado susderechos.

Que, en Asamblea General Docente estudiantil de fecha 19 de diciembre de2005 se decidió "... dejar sin efecto el VETO al Lic. Federico Zelada Bilbao,Strio, Ejecutivo de la FUD-UPEA, por constituirse en un acto arbitrario e ilegal",determinación que fue desconocida por el ex-Rector Lic. Rafael Gutiérrezdesobedeciendo a la máxima instancia de decisión de Ia UPEA después delCongreso Interno.

Que, el Ing. Johnny Angulo Pacheco asumió el cargo de Rector en fecha 11de diciembre de 2007, dejando en acefalía el cargo de Vicerrector. Que, deacuerdo al reglamento interno del II Congreso Ordinario en vigencia, el Rectorde la UPEA se constituye en Presidente del mismo.

Que, el estatuto Orgánico de la UPEA, en su Art, 39-III, contempla que "Encaso de ausencia, temporal o definitiva del Vicerrector, le sucederá en el cargoel Director de Carrera en ejercicio con mayor años de antigüedad en el cargo".Que, al presente, de acuerdo al informe de asesoría jurídica, se evidencia queel Lic. Leonardo Laurani, Director de la Carrera de Economía, es actualmente elDirector de Carrera en ejercicio con más tiempo de antigüedad en el cargo.

Que, la Carrera de Enfermería mediante Resolución del Honorable Consejode Carrera, resuelve denunciar sobre las constantes persecuciones yamedrentamientos en estado de ebriedad de lo cual fueron victimas laDirectora y una estudiante de la Carrera que fue pafte del Comité Electoral

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para las elecciones de la FUL. Hechos cometidos por el universitario GerónimoMedrano.

POR rO TAilTO, EL II CONGRESO ORDTNARTOEN USO DESUSATRIBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCUIO PRIMERO.- Dejar sin efecto el Veto Universitario al Lic, FedericoZelada Bilbao, restituyéndole todos sus derechos.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Designar al Lic. Leona rdo Lauran i Callisaya, en e! cargode Vicerrector a.i. de la UPEA, hasta el 23 de marzo de 2008 de conformidadcon el plazo establecido en la elección para las autoridades jerárquicas de launiversidad.

ARTÍCULO TERCERO.- Iniciar el proceso universitario al UniversitarioGerónimo Medrano

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los diecinuevedías del mes de diciembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, com u n íquese, cú m plase y arch ívese.

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II Congreso Ordinario

RESOLUCION NIg 18/2OO7

El Alto, 19 de diciembre de2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, el Estatuto Orgánico de la Universidad Pública de El Alto, en su Aftículo7, parágrafo I inc. 4), establece la elaboración, y aprobación de sus EstatutoOrgánico, Reglamentos y Planes.

Que, la Universidad Pública de ElAlto, como Institución de Educación Superiorrequiere de ingresos económicos para su normal funcionamiento tanto en laparte académica, como en infraestructura, equipamiento, laboratorios, y otros.

Que, las diferentes carreras tienen diferentes necesidades y requerimientosindispensables para su desarrollo, las mismas que han presentado oportunamenteen sus presupuestos y POAs para la gestión anual 2008.

Que, el presupuesto Institucional y POA 2008 de la UPEA debe ser presentadoopoftunamente cada gestión anual al ministerio de hacienda.

poR Lo TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO ÚnfCO.- Aprobar el Presupuesto Institucionaly el POA de la UPEApara la gestión 2008, disponiendo quq el Rector de la Universidad Publica de ElAlto, Ing. Johnny Angulo, en coordinación con la Dirección respectiva, presenteal Ministerio de Hacienda.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los diecinuevedías del mes de diciembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, comu n íquese, cú m plase y archívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno paritario docente - estudiantil.

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II Congreso Ordinario

RESOIUCTóN Nrq 19/200?

El AIto, 19 de diciembre de2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, al presente nos encontramos en vísperas de las fiestas de fin de año, y talcomo se ha previsto en el calendario académico se prevé el inicio del descansopedagógico para todos los miembros de la Comunidad Universitaria. Que, elCongreso Ordinario tiene la facultad de determinar el receso universitario. Que,de manera excepcional algunas actividades institucionales no pueden cesar ensus funciones laborales, caso de la Dirección Administrativa Financiera, y laUnidad de Infraestructura.

Que, el II Congreso Ordinario ha iniciado su funcionamiento en fecha 22 denoviembre de 2007 de acuerdo a resolución Nro. 01/2007 del mismo. Que, deacuerdo a la propuesta presentada para ejecución del evento y en el marco desu Reglamento Interno se tiene previsto la realización de sesiones de comisióny sesiones plenarias de conclusión.

Que, de acuerdo al informe presentado por las comisiones se ha constatadoque algunas de ellas todavía no han concluido con su trabajo, lo que imposibilitala conclusión del evento dentro de las fechas programadas, por lo que loscongresistas se han pronunciado por la reprogramación de fechas hasta elsiguiente año 2008, para garantizar los resultados que espem toda la ComunidadUniversitaria de la UPEA.

poR to TANTO, EL II COilGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el receso universitario de las actividadesacadémico y administrativas de la UPEA a paftir deljueves 20 de diciembre de2007 hasta el 12 de enero de 2008. Con excepción de las carreftis que tienenactividades programadas en este periodo y de las prácticas en los diferentescentros de salud, debiendo regularizarse las actividades a partir del 14 de enerode 2008.

ARúCULO SEGUNDO.- Declarar receso y vacación colectiva para losDirectores y Sub Directores de Carrera, docentes y personal administrativo dela Universidad, a partir del 20 de diciembre de 2007 hasta fecha 11 de enerode 2008, con excepción de personal de vigilancia y de emergencia, debiendoregularizarse todas las actividades a partir del 14 de enero de 2008.

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ARTÍCULO TERCERO.- El receso otorgado será considerado a cuenta devacación del personal docente y administrativo, tomandose en cuenta para talefecto los días hábiles conforme establece la norma laboral.

ARTÍCULO CUARTO.- Para el personal sujeto a contrato a plazo fijo yeventuales se concede tolerancia por los días 24 de diciembre de 2007 y 31 dediciembre de2007.

ARTÍCULO QUINTO.- En el área administraiva los trabajos prioritarios sonde la Unidad de Infraestructura, inventarios, Estados Financieros de la presentegestión, Planificación del Presupuesto Universitario gestión 2007 y auditoría.La Dirección Administrativa Financiera y la Unidad de Recursos Humanosestablecerá el Plan de Trabajo y personal responsible de cada actividad.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los diecinuevedías del mes de diciembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, com u n íq uese, cú m plase y a rch ívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno paritario docente - estudiantil.

Universidad Pública de EIAIúo

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NII 2OI2OO7

El Alto, 21de diciembre de2OO7

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, al presente nos encontramos en vísperas de las fiestas de fin de año, ytal como se ha previsto en el calendario académico se ha previsto el inicio dereceso universitario para el descanso pedagógico de todos los miembros de lacomunidad universitaria.

Que, el II Congreso Ordinario ha iniciado su funcionamiento en fecha 22 denoviembre de 2007 de acuerdo a resolución Nro. 0U2007 del mismo. Que, deacuerdo a la propuesta presentada para ejecución del evento y en el marco desu Reglamento Interno se tiene previsto la realización de sesiones de comisióny sesiones plenarias de conclusión.

Que, de acuerdo al informe presentado por las comisiones se ha constatadoque algunas de ellas todavía no han concluido con su trabajo, lo que imposibilitala conclusión del evento dentro de las fechas programadas, por lo que loscongresistas se han pronunciado por la reprogramación de fechas hasta elsiguiente año 2008, para garantízar los resultados que espera toda la ComunidadUniversitaria de la UPEA.

poR Lo TANTO, EL II CONGRESO ORDTNARTOEN USO DESUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Ampliar el plazo de sesiones del II Congreso Ordinariode la UPEA hasta su culminación, debiendo los congresistas realizar los esfuerzosnecesarios para reducir el tiempo de trabajo.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Declarar cuafto intermedio en las sesiones delPlenario del II Congreso Ordinario, debiendo reiniciarse el mismo a paftir del16 de enero de 2008.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los diecinuevedías del mes de diciembre de dos mil siete años.

Reg ístrese, comu níquese, cúmplase y a rchívese.

Por !a Autonomía UniversitariaPor e! Cogobierno paritario docente - estudiantil.

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NIe 01/2OO8

El Alto, 16 de enero de 2008

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, la Constitución Polltica del Estado en su Art. 2L garantiza la inviolabilidaddel domicilio y asimismo en su Art. 185 establece y garantiza la AutonomíaUniversitaria y gue, dentro de los principios fundamentales del SistemaUniversitario Boliviano se contempla la Autonomía Universitaria en su EstatutoOrgánico.

Que, el Estatuto Orgánico de la UPEA en su Art. 6, inciso h) establece la "Lainviolabilidad de los recintos universitarios', asícomo en el Aft. 16 inciso a) yb), además los incisos c) y d) del Art. 16 se establece el rechazo a toda acciónde fuerza externa en contra la institucionalidad autonómica universitaria y gue,asimismo se condena, rechaza y combate toda interuención al interior de laUPEA de los órganos de represión del estado.

Que, el Dr. Román Castro en compañía de algunos docentes y estudiantes dela carrera de Derecho, en fecha 15 de enero de 2008 se han constituido enla Secretaría de la Dirección de la Carrera de Derecho coadyuvados por uncontingente Policial y que, los mismos habrían instalado un supuesto Consejo deCarrera, hechos de total desconocimiento de las autoridades de la Universidady del II Congreso Ordinario. Que, los congresistas de la carrera de Derechohan denunciado ante la plenaria del II Congreso estos hechos extremos queconstituyen un claro y gravísimo atentado a la Autonomía Universitaria, a losprincipios de la UPEA y del Sistema Universitario Boliviano, asimismo se dio aconocer que estudiantes de base de la carrera de Derecho en el día mencionadohan observado y denunciado dicha acción exigiendo el respeto a los recintosuniversitarios y el retiro del contingente policial.

Que, respaldando la denuncia verbal de los congresistas además se hapresentado un video que demuestra algunos de los hechos ocurridos en lacarrera de Derecho, lo que ha indignado a todos los miembros del II CongresoOrdinario, por lo que han solicitado se aplique la máxima sanción a los infractorescomo ser el Veto Universitario,

Que, estudiantes universitarios de la ex-unidad académica de Villa Dolores(Gestión de lavier Tito) han presentado al II Congreso Ordinario en fecha 6de diciembre de 2007, un proyecto de Resolución con 6 aftículos, proponiendola abrogación de las Resoluciones 008/2008 y 009/004 del Primer CongresoInterno de la UPEA.

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Que, congresistas han denunciado el incumplimiento de las resoluciones00812007 y 00912007 del Primer Congreso Interno de la UPEA, por parte dedocentes y administrativos de la ex-unidad Académica de Villa Dolores quienesestuvieren trabajando al interior de la Universidad y que, de la misma manerase ha denunciado acerca de que estudiantes universitarios estarían ejerciendocargos de representación, haciendo caso omiso de las mencionadas resolucionesen complicidad con algunas autoridades universitarias, lo cual fue rechazado yrepudiado por los congresistas.

Que la carrera de Medicina Veterinaria, mediante nota escrita CITE CMVZ No00212008, presentada al Congreso, y la participación oral de sus delegadosal mismo, ha informado al magno evento, referente a su proceso deinstitucionalización del año 2004, indicando que en este proceso se habríancometido irregularidades, las cuales fueron detectadas mediante la revisiónrealizada por las comisiones conformadas por la carrera y explicitadas por losinformes de fecha 22 de marzo de 2007 presentada al HCC e informe de fecha22 de agosto de 2007 de la Asamblea general Docente Estudiantil.

Que, la carrera de Medicina Veterinaria y Zootecnia, mediante Resolución No02-A12007, de fecha 22 d.e agosto de2007 de su Asamblea Docente Estudiantil,resolvió en su Artículo Unico: anular el proceso de institucionalización de lacarrera de Medicina Veterinaria y Zootecnia en base a los informes anteriormentemencionados, por lo que solicitaron la ratificación de dicha resolución, basadosen los informes.

poR Lo TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTOEN USO DESUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCUIO PRIMERO.- Aplicar el VETO UNIVERSITARIO previo proceso alDr. Román Castro Quisberth, por los actos en contra de los principios de laUPEA y la Autonomía Universitaria.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorizar la investigación y ordenar el inicio de ProcesoUniversitario a todos los docentes y estudiantes que hubiesen participado de loshechos ocurridos atentatorios ocurridos en la carrera de Derecho en fecha 15de enero de 2008 para establecer su responsabilidad

ARúCULO TERCERO.- Ratificar la vigencia de las resoluciones Nro. 008/2004y 00912004 emitidas por el Primer Congreso Interno de la UPEA, referentea docentes, estudiantes y administrativos de la ex-unidad académica de VillaDolores.

ARTÍCULO CUARTO.- Instruir proceso de investigación de: docentes,y estudiantes administrativos y autoridades que hubiesen infringido lasResoluciones 008/2004 V 00912004 del Primer Congreso Interno de la UPEA.

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ARTICULO QUINTO.- Remitir a la Contraloría General de la República, todala documentación del proceso de institucionalización de la Carrera de MedicinaVeterinaria y Zootecnia, conforme se establece en la Resolución Nro. 1412007del II Congreso Ordinario de la UPEA, asimismo respetar la Resolución No.02-A12007 de 22 de agosto de 2007 de la Asamblea Docente Estudiantil de laCarrera de Medicina Veterinaria y Zootecnia, debiendo la carrera asumir toda la

responsabilidad.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos dieciséis días del mes de enero de dos mil ocho años.

Reg ístrese, comu n íq uese, cú m plase y a rch ívese.

Por !a Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno paritario docente - estudiantil.

Universidad Priblica de ElAlto

Page 43: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NIo O2l2008

El Alto, 16 de enero de 2O08

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, trabajadores administrativos, despedidos en la gestión del ex-Rector dela UPEA Lic. Rafael Gutiérrez Gutiérrez han solicitado la reincorporación en susfuentes laborales, toda vez que ganaron un juicio laboral en primera instancia ala Universidad, por haber sido despedidos irregularmente, a lo que el plenario semanifestó en sentido favorable, pero que sin embargo los montos adeudados porla Universidad de acuerdo al informe de Asesoría Jurídica, son extremadamenteelevados, por lo que se ha sugerido llegar a un acuerdo conciliatorio para evitarmayores daños económicos a la institución.

Que, el Lic. Freddy Cruz Segovia fue suspendido del cargo de Director deCarrera de Administración de Empresas mediante el ART. 5 de la Resolución7312007 del II Congreso Ordinario de la UPEA, por una serie de observacíonespor parte de la propia carrera.

Que, el Lic. Freddy Cruz Segovia, en desacato a la disposición del Magnoevento; remite la nota con CITE 00512007 en calidad de Director de Carrera,adjuntando la Resolución No 003/2007 y una fotocopia slmple del Acta de laAsamblea Docente Estudiantil, en la que se rechaza la Resolución t312007 delII Congreso.

Que, los congresistas han observado la legalidad de la Asamblea GeneralDocente Estudiantil de la carrera de Administración de Empresas, por adveftirseuna serie de falencias tal como ser: el acta de la Asamblea es una fotocopiasimple sin valor legal alguno (Art.1311 CC), además se desconoce quien ladirigió, asimismo se desconoce los mecanismos legales de su convocatoria; lapafte resolutiva del acta de la Asamblea Docente Estudiantil no coincide conla parte resolutiva de la Resolución 003/2007, Que, la indicada resolución nolleva las firmas de los representantes legales de las instancias de cogobiernode la carrera.

Que, debido al conflicto institucional de la carrera de Odontología se ha generadoun ambiente de incertidumbre que no ha permitido dar continuidad regular alas actividades académicas e institucionales de la carrera.

Que, una de los sectores en conflicto a iniciado medidas de presión incluidauna huelga de hambre. Que, se ha denunciado que durante el conflicto hubiereexistido persecución política por parte de ambos sectores poniendo en riesgo

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la situación académica de los estudiantes. Que, para resolver la problemáticainterna de la carrera, representantes del Presídium del II Congreso han dialogadoy mediado entre los sectores en conflicto, logrando en última instancia enfecha 2L de diciembre de 2007 firmar un convenio conciliatorio, que puso final conflicto.

Que, la carrera de Ingeniería de Gas y Petroquímica fue creada ante la necesidadde contar con una carrera que forme profesionales en un rubro importante enla economía de nuestro país, mediante Resolución HCU Nro.024l2007 de fecha14 de mayo de2007.

Que, al presente la carrera viene desarrollando sus actividades académicascon relativa normalidad, sin embargo algunos congresistas han observado laexistencia de irregularidades en el proceso de admisión docente.

Que, a fin de evitar mayores susceptibilidades y posibles perjuicios a lá cárrerase ha determinado realizar un nuevo proceso de admisión docente para lagestión 2008, bajo la supervisión de Vicerrectorado y en coordinación con lascarreras de Ingeniería existentes en la UPEA.

Que, la creación de la Carrera de Historia en la Universidad Pública de El Alto,fue aprobada por el HCU mediante Resolución Nro. 07412005, de fecha 14 defebrero de 2005.

Que, al presente la Carrera de Historia no puede iniciar su funcionamientodebido a ciertas observaciones presentadas. Que, el plenario se pronunciopor viabilizar el funcionamiento de dicha carrera dentro de los parámetros ynormas establecidas.

POR LO TANTO EL II CONGRESO ORDINARIOEN USO DE SUS ATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Disponer la reincorporación de los trabajadoresadministrativos despedidos en la gestión del Ex Rector, Lic. Rafael Gutiérrez,previo acuerdo conciliatorio.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Dejar sin efecto legal alguno la Resolución No0031007 de la Asamblea Docente Estudiantil de la carrera de Administraciónde Empresas.

ARTÍCULO TERCERO.- Aprobar los puntos suscritos del convenio entre elPresidium del II Congreso Ordinario y los Representantes de la carrera deOdontología, de fecha 21 de diciembre de 2007, instruyéndose al Vicerrector dela Universidad realizar el proceso de admisión docente de la gestión en curso ylas tareas académicas previstas en el convenro.

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ARTÍCULO CUARTO.- Ratificar la Resolución HCU Nro. O24l2OO7, que disponela creación de la carrera de Ingeniería de Gas y Petroquímica.

ARTÍCULO QUINTO.- Disponer un nuevo proceso de Admisión Docente parala gestión 2008 de la carrera de Ingeníería de Gas y Petroquímica, bajo lasupervisión de Vicerrectorado y en coordinación con las carreras de Ingenieríade la UPEA.

ARTÍCUIO SEXTO.- Ratificar la Resolución HCU Nro. 014/2005, de fecha 14de febrero de 2005, que dispone la creación de la Carrera de Historia en la UPEA,instruyendo a Vicerrectorado viabilizar su funcionamiento, previo cumplimientode los requisitos establecidos.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos dieciséis días del mes de enero de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, com u n íq uese, cú m plase y a rch ívese.

Por la Autonomía Univercitaria y elCogobierno Paritario Docente - Estudiantil.

Univen*lad PriHica de E AIúo

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NIq 03/2008

EI Alto, L7 de enero de 2O08

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, en fecha 28 de noviembre de 2007 mediante resolución Nro. 13/2007, elIng. Manuel Vásquez Vásquez, fue destituido del cargo de Secretario General,por graves atentados en contra de la Universidad Pública de El Alto.

Que, dicho cargo no puede quedar acéfalo por mayor tiempo, dada la impoftanciade la misma al interior de la institución.

Que, se ha dado a conocer que no existe reglamento aprobado para la eleccióndel Secretario General de la UPEA.

Que, actualmente esta en vigencia el II Congreso Ordinario, en la cual se estánelaborando las normas universitarias incluidas el mencionado reglamento.

Que, el Lic. Miguel Vargas fue propuesto para el cargo de Secretario Generalen el plenario del congreso y existiendo el consenso necesario se ha procedidocon su designación.

Que, el Lic. Leonardo Laurani, asumió el cargo de Vicerrector a.i de la UPEA,dejando acéfalo el cargo de Director de la Carrera de Economía.

Que, la Asamblea General Docente Estudiantil de la Carrera de Economía defecha 20 de diciembre de 2007, ha resuelto designar al Lic. Dionisio MamaniAlvarado como director a.i. de la Carrera de Economía mediante resolución AGNro.04107, en la cual ratifican además al Lic. Edwin Maldonado en el cargo deSubdirector por el mismo periodo.

POR LO TANTO, EL Ir CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUSATRIBUCIONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Designar en el cargo de Secretario General a.i. al Lic.Miguel Ángel Vargas Castellón.-

ARTÍCULO SEGUNDO.- Refrendar la Resolución de la Asamblea GeneralDocente Estudiantil, de la Carrera de Economía de fecha 20 de diciembre de2002 que designa al Lic. Dionisio Mamani Alvarado, como Director a.i. de laCarrera de Economía.

Universidad Ribüca de ElAlto

Page 47: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los diecisietedías del mes de enero de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, com u n íq uese, cú m plase y a rch ívese.

Por Ia Autonomía UnivercitariaPor e! Cogobierno Paritario Docente - Estudiantil.

Universiriad Riblica de E Alto

Page 48: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NI! O4I2OO8

El Alto, 23 de enero de 2008

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, la Carrera de Administración de Empresas, mediante nota escrita ha dadoa conocer la Resolución No.00U0B del Honorable Consejo de Carrera de fecha18 de enero de 2008, por la cual designa de manera interina a la Lic. Sofía PomaGuaygua y al Lic. Juan Carlos Machicao Terrazas como Directora y Subdirectorrespectivamente, a lo que, el plenario se manifestó favorablemente.

Que, los congresistas han observado y reprochado el incumplimiento delARTICULO CUARTO de la Resolución Nro. 0U2008 del II Congreso Ordinariode la UPEA, que instruye la investigación de docentes, administrativos yestudiantes de la ex-unidad académica de Villa Dolores que han incumplido lasresoluciones 008/2004 V 00912004 del Primer Congreso Interno de la UPEA yque, para garantizar la tarea de investigación se debe conformar una comisiónde investigación que debe entregar los resultados al plenario del II Congresoantes de su finalización.

Que, el Ing. Johnny Angulo Pacheco, Rector de la UPEA ha informado al plenariodel congreso con respecto a la existencia de resoluciones del HCU pendientes dela gestión del ex-Rector Lic. Rafael Gutiérrez Gutierrez, los cuales obstaculizanel normal desarrollo de las diferentes unidades académicas y administrativasde la institución, por lo que ha solicitado se le autorice firmar lo pertinente yrevalidar lo que corresponda, evitando de esta manera mayores perjuicios a launiversidad.

Que, de acuerdo a denuncias realizadas por los congresistas y corroboradopor el informe verbal del Rector Ing. Johnny Angulo, existiría una serie dedocumentos, resoluciones del HCU, resoluciones rectorales de la gestión delex - Rector, Lic. Rafael Gutiérrez de dudosa legalidad, que los mismos nobeneficiarían a la universidad y que posiblemente atenten contra los interesesinstitucionales.

Que, el plenario se ha pronunciado por la revisión de todas las resoluciones delHCU y rectorales para determinar su vigencia y/o anulación.

poR Lo TANTO, EL rr CONGRESO ORDINARIOEN USO DESUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULo PRIMERo.- Refrendar la Resolución HCC 0oi/08 de la Carrera

Universidad híblica de ElAlto

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de Administración de Empresas, que designa a la Lic. Sofía Poma Guaygua,como Directora de Carrera a.i. y al Lic. Juan Carlos Machicao Terrazas comoSubdirector a.i.

Investigación enro.01/2008 del IIla investigación a

o como miembrosde la comisión a:

. Lic. Daniel Herrera Vargas

. Lic. David Quispe Alvarado

. Univ. Jhonny Mamani Callisaya

. Univ. Jhansen N. Luna Quisbefth

ARTÍCULO TERCERO.- Autorizar al Ing. Johnny Angulo Pacheco, actual Rectorde la UPEA la firma y revalidac uciones del Honorable ConsejoUniversitario, pendientes de la - Rector Lic. Rafael GutiérrezGutiérrez, que beneficien al nor e la institución.

ARTÍCULO CUARTO.- Autorizar a los miembros del Presidium del II CongresoOrdinario, la revisión de todas las resoluciones del Honorable ConsejoUniversitario y Resoluciones rectorales de la gestión del ex-Rector, Lic.RafaelGutiérrez Gutiérrez, en coordinación con Secretaria General de la universidad.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los veintitrésdías del mes de enero de los dos mil ocho años.

Regístrese, comun íquese, cú m plase y a rchívese.

Por !a Autonomía Universitaria y elCogobierno Paritario Docente -Estudianti!.

Universidad Eública de ElAIto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCTóN Nfo 05/2008

El Alto, 15 de febrero de 2008

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, el Ing. Johnny Angulo Pacheco, Rector de la Universidad ha presentadouna solicitud para la venta de matrícula universitaria para la gestión 2008 ycuya propuesta y cronograma ha sido explicada por el Director del DAf, a loque los congresistas se han pronunciado favorablemente.

Que, la resolución No0412007 de la Asamblea General Docente Estudiantilde la carrera de Derecho de fecha 27 de noviembre de 2007, legítimamentedesigna al Dr. SamuelTola Larico, como Director interino, y habiendo el mismosolicitado mediante nota escrita la posesión en el plenario del II Congreso, alo que el plenario se manifestó en sentido favorable habiéndosele posesionadosimbólicamente.

poR Lo TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTOEN USO DESUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Mantener el costo de la Matricula Universitaria parala gestión 2008, en 22Bsy se establece su venta a partir del 3 de marzo hasta31 de mayo de 2008,

ARTÍCULO SEGUNDO.- Respetar la legitimidad de la Resolución No O4\2OO7de la Asamblea General Docente Estudiantil, de la Carrera de Derecho de fecha27 de noviembre de 2007.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los quince díasdel mes de febrero de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, comu n íq uese, cú mplase y a rch ívese.

Por la Autonomía Universitaria y elCogobierno Paritario Docente -Estudiantil.

Universidad hiblica de ElAlto

Page 51: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NIo 06/2008

El Alto, 20 de febrero de 2008

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, al presente existen estudiantes egresados en las diferentes carreras dela Universidad Pública de El Alto, que han cumplido con todos los requisitosestablecidos para su correspondiente titulación y que, por la falta de laaprobación de valores universitarios se ven perjudicados.

Que, la carrera de enfermería en reiteradas ocasiones ha solicitado y exigidoal HCU y al II Congreso Ordinario, la aprobación de la venta de valoresuniversitarios.

Que, se ha propuesto una escala de costos provisionales de los valoresuniversitarios para la extensión de los Diplomas Académicos y Titulos enProvisión Nacional. Que la plenaria del II Congreso Ordinario se manifestóen sentido favorable, para evitar se siga perjudicando a los egresados de lasdistintas unidades académicas.

POR LO TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO Úrr¡fCO.- Aprobar los valores universitarios de manera provisional,para la extensión de Diplomas Académicos y Títulos en Provisión Nacional, deacuerdo a:

. Dlploma Académico ................200 bolivianos. Titulo en Provisión Naciona1........................300 bolivianos

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los veinte díasdel mes de febrero de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, com u níq uese, cú mplase y arch ívese.

Por la Autonomía Universitaria y elCogobierno Paritario Docente -Estudiantil.

Universidad Riblica de El Alto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCION NIo O7l2008

EI Alto, 20 de febrero de 2O08

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, la carrera de Derecho viene atravesando una aguda crisis debidoa pugnas internas de grupos que no permiten el avance del proceso deinstituciona lización.

Que, al presente el Lic. Samuel Tola, ejerce el cargo de Director a.i. de Carrerade Derecho en merito a la resolución No 0412007 de la Asamblea GeneralDocente Estudiantil de la carrera de Derecho de fecha 27 de noviembre de2007 y que, a solicitud del mismo por formalidad se le ha suministrado posesiónsimbólica en fecha 15 de febrero de 2008.

Que, mediante nota remitida por la Asociación de Docentes de la carrera deDerecho se ha hecho conocer al plenario del II Congreso las determinaciones deuna magna asamblea docente estudiantil de la carrera, en la que designan concarácter transitorio a otro director de carrera y conforman un comité electoralpara la elección del nuevo director de carrera, siendo los causales para dichasdeterminaciones cieftas actitudes arbitrarias del Dr. Tola que generan malestaral interior de la carrera.

Que, los congresistas han observado las actitudes asumidas por los dossectores en conflicto al interior de la carera de Derecho los mismos que generaninestabilidad, incertidumbre y perjuicio a la gran mayoría de su ComunidadUniversitaria.

Que, a fin de evitar mayores confrontaciones internas y velando por la buenasalud institucional de la Carrera de Derecho, la plenaria del II Congreso Ordinariose pronunció por que se conforme un comité electoral independiente para evitarsusceptibilidades de cualquier tipo, y que la misma debe ser conformada porDirectores y Secretarios Ejecutivos de los Centros de Estudiantes de las diferentescarreras de la UPEA. Que, la única función del Comité Electoraldesignado, debeser la de convocar a elecciones para la Dirección de Carrera de Derecho a labrevedad posible, sugiriéndose dentro de los siguientes 15 días hábiles,.

Que, los congresistas además se han manifestado que, a fin de evitar un vacíode autoridad que perjudicaría el normal desarrollo académico y administrativode la carrera, el Dr. Samuel Tola Larico, debería proseguir en el cargo de Directorde la Carrera.

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poR to TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la realización de las elecciones para elegir alDirector de Carrera de Derecho, en un plazo de 15 días a paftir de la fecha.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Desigrrar como miembros del Comité electoral para laelección de autoridades en la Carrera de Derecho, en las personas de:

. Ing. Camilo G. Marín Gutiérrez . Univ. Fidelia Medina Espejo

. Lic. Deysi Sosa Arenas . Univ. Juan Jesús Fernández Orozco

. Lic. Naldy Sanjines Lanza . Univ. Pablo Merma Yujra

ARTÍCULO TERCERO.- Designar al Dr. Samuel Tola Larico como Director a.i.de la Carrera de Derecho por el lapso de 15 días calendario a partir de lafecha,

Es dado en elAuditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los veinte díasdel mes de febrero de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, com u níquese, cú m plase y a rch ívese.

Por !a Autonomía Universitaria y elCogobierno Paritario Docente -Estudiantil.

Universidad Priblica de EI Alúo

Page 54: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NTO O8/2O08

El Alto, 3 de marzo de 2O08

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, al presente varias carreras de la Universidad Pública de El Alto, pese aexistir una disposición transitoria contemplada en el Estatuto Orgánico de laUPEA vigente desde el Primer Congreso de la Universidad, donde se establecelos requisitos para optar a los cargos de Rector, Vicerrector y Director de Carrera,de manera excepcional era suficiente peftenecer a la categoría de docentescontratado y autonomista.

Que, durante las gestiones 2005, 2006 y 2007 se ha elegido a los cargos dedirecciones de Carrera con la excepcionalidad contemplada en el EstatutoOrgánico, pero que sin embargo ha existido casos de algunas carreras nohan podido cumplir con el mencionado requisito por no contar con docentescontratados y que por lo mismo se ha posibilitado la electlón de sus autoridadescon carácter interino flexibilizando los requisitos de acuerdo a las particularidadesde cada carrera.

Que, debido a la conclusión de mandato de algunos Directores de Carrera, loscargos quedarían acéfalos, ppr lo que dichas carreras habrían iniciado un nuevoproceso electoral para evitar ausencia de poder en las mismas y además puestoque el II Congreso Ordinario de la UPEA se encuentra en vigencia en el mismose aprobará el nuevo Estatuto Orgánico y el Reglamento de Elecciones deAutoridades, los congresistas de las mencionadas carreras han solicitado llevaradelante sus elecciones con el Estatuto Orgánico y Reglamento de Elección deAutoridades anteriores, con la instructiva de que solamente elijan el cargo deDirector de Carrera, puesto que el cargo de Subdirector de Carrera queda sinvigencia a partir del II Congreso Ordinario.

Que, los congresistas representantes al II Congreso Ordinario de la UPEA, sehan manifestado favorablemente para que las carreras que se encuentren enproceso electoral realicen sus elecciones de Director de Carrera flexibilizandosus requisitos tal como ha ocurrido en las gestiones pasadas y además con laduración de mandato de un año calendario.

Que, el Lic. Rafael Gutiérrez Gutiérrez, ex Rector de la UPEA, habría suscritounilateralmente un convenio con la Universidad Mayor de San Andrés en lagestión 2006, por la cual la UPEA, se ha visto perjudicada en la participación delos recursos provenientes del IDH, todo esto a espaldas del Honorable ConsejoUniversitario tal como lo establece el inciso 0 del Art. X del Estatuto Orgánico de

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la UPEA por lo que dicho convenio carece de legalidad y legitimidad habiéndosesido vulnerado el Estatuto Orgánico por la mencionada autoridad, afectándosela institución en sus altos intereses,

poR Lo TANTO, Et rr CONGRESO ORDTNARTOEN USO DESUSATRIBUCIONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar a las carreras que se encuentren en procesoelectoral que de manera excepcional y mientras dure el II Congreso Ordinariode la UPEA, a efectuar sus elecciones de Dirección de Carrera, flexibilizando losrequisitos establecidos en el Primer Estatuto Orgánico de la UPEA de acuerdoa sus necesidades.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Instruir a las carreras que se encuentren en procesoelectoral mientras dure el II Congreso Ordinario elijan únicamente al Directorde Carrera, siendo su tiempo de mandato no mayor a un año calendario.

ARTÍCULO TERCERO.- Desconocer e invalidar elAcuerdo de Distribución delos Recursos Provenientes del IDH, suscrito entre el Ex Rector de la UPEA Lic.Rafael Gutiérrez Gutiérrez, con la Universidad Mayor de San Andrés, por seratentatoria a los altos intereses y no estar conforme al Estatuto Orgánico de laUniversidad Publica de ElAlto.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública de El Alto, a los tres díasdel mes de marzo de los dos mil ocho años.

Regístrese, comuníq uese, cúm plase y archívese.

Por la Autonomía Universitaria y elCogobierno Paritario Docente - Estudiantil.

Univeñdad Riblica de EIAIúo

Page 56: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NTO O9/2OO8

ElAlto, 14 de marzo de 20O8

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, la Constitución PolÍtica del Estado contempla a la Educación como la másalta función del Estado. Consecuentemente, los saberes universales y científicosson partes del conocimiento que toda sociedad contemporánea tiene derechode adquirir y la UPEA tiene el encargo social de cumplirlo.

Que, la Universidad Pública de ElAlto, es una institución de Educación Superior,cientÍfica, productiva, democrática, pública y gratuita, que está al servicio de supueblo, en ella estudian los hijos del mismo.

Que, varios estudiantes de la Universidad Pública de El Alto, hacen una seriede peripecias para cumplir con su sueño de ser profesionales, toda vez que enla actual coyuntura que vive nuestro país requiere mayor esfuerzo económico,intelectual y físico; y sin embargo son precisamente éllos, los que mejoresniveles académicos alcanzan, así como realizar una serie de proyectos, einvestigación científi ca.

Que, el esfuerzo de los estudiantes y docentes destacados debe ser reconocidopor la Universidad Pública de El Alto, como premio a ese sacrificio por alcanzarniveles académicos óptimos, lo que jerarquizará a la institución.

POR TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTO

EN USO DE SUS ATRIBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Otorgar un Premio Anual a los estudiantes y docentesdestacados de las diferentes carreras de la UPEA, como reconocimiento al buenrendimiento académico y por haber realizado trabajos de investigación u otrosapoftes científicos de relevancia para la institución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Instruir al Honorable Consejo Universitario larealización de un reglamento especifico para otorgar el premio anual, el mismoque debe establecer la fecha de premiación, la metodología y otros aspectos.

Es dado en elAuditórium de la Universidad Pública de ElAlto, a los catorce díasdel mes de marzo de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, comu n íq uese, cú m plase y a rch ívese.

Por la Autonomía Universitaria y el

Cogobierno Paritario Docente - Estudiantil.

Universidad Rública de ElAlto

Page 57: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NEO 1O/2O08

El Alto, 14 de mar:zo de 2OO8

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, mediante Resolución No. 0712008 de fecha 20 de febrero de 2008 emitidapor el II Congreso Ordinario de la UPEA, se ha dispuesto la elección para elcargo de Director en la Carrera de Derecho, la misma que debería efectuarseen un periodo de 15 días y que para lo mismo se ha designado un ComitéElectoral conformada por congresistas representantes de diferentes carrerasgarantizando así su neutralidad, imparcialidad y transparencia del procesoelectoral.

Que, el Comité Electoral designado para efectuar las elecciones para el Directorde Carrera de Derecho ha retrasado el cumplimiento de la tarea encomendadasiendo que los plazos fueron extremadamente cortos y debido a una serie deinconvenientes sufridos en el proceso, tales como la renuncia al comité dela Lic. Naldy Sanjinez por razones personales, el retraso en la entrega de losmemorandums de designación de Comité Electoral, en retraso en el desembolsoeconómico necesario para llevar a cabo las elecciones, entre las principalesrazones, por lo que la convocatoria a los comicios electorales en la carrerade Derecho ha sido demorada provocando un desfase en el cronogramapropuesto.

Que, la decisión del II Congreso Ordinario de la UPEA para llevar a cabo laselecciones en la Carrera de Derecho ha sido con el propósito de pacificar unaconfrontación existente al interior de la misma y siendo que los miembros delComité Electoral han expresado su voluntad por cumplir con el cometido, peroque sin embargo es necesario realizar los ajustes convenientes al cronogramade los comicios electorales y autorizar la flexibilización de cieftos requisitos,puesto que el Congreso de la UPEA como Máximo Nivel de Decisión conformea lo establecido en el Estatuto Orgánico tiene la potestad de subsanar lpsaspectos requeridos mediante medidas opotunas.

Que, debido a la renuncia de la Lic. Naldy Sanjinez el Comité Electoral hasolicitado la incorporación de otro delegado docente y siendo que el plenario hatomado conocimiento del mismo se ha expresado favorablemente para que elDr. Abel Lanza sea parte del Comité Electoral.

Que, los miembros del Comité Electoral para la elección de Director de Carrera deDerecho han dado ha conocer a cerca de cieftas actitudes de amedrentamientopor parte de ciedo sector de la comunidad universitaria de Derecho, por lo que

Universidad Riblica de ElAlto

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han solicitado el respaldo necesario del II Congreso Ordinario y las debidasgarantías para continuar con su trabajo.

POR LO TANTO, EL rI CONGRESO ORDINARIOEN USO DE SUSATRIBUCIONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Ratificar la decisión de efectuar las elecciones parael cargo de Director de Carrera de Derecho, ampliando los plazos establecidospara su cumplimiento.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Designar al Dr. Abel Lanza Antequera como miembrodel Comité Electoral en las Elecciones de la Carrera de Derecho, en sustituciónde la Lic.Naldy Sanjinez.

ARTÍCULO TERCERO.- Ratificar a los miembros del Comité Electoral de laCarrera de Derecho para la elección del Director de Carrera, con la incorporaciónde su nuevo integrante, en las personas de:

. Ing. Camilo Marín Gutiérrez . Univ. Fidelia Medina Espejo.

. Lic. Daysi Sosa Arenas . Univ. Juan Jesús Fernández Orozco

. Dr. Abel Lanza Antequera . Univ. Pablo Merma Yujra.

ARTÍCULO CUARTO.- Garantizar el trabajo del Comité Electoral para lasElecciones de Director de Carrera de Derecho, disponiendo el procesamiento ylas debidas sanciones en la instancia que corresponda, a todos los que ocasionenpedurbaciones y obstaculicen el normal desarrollo de las elecciones.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos catorce días del mes de marzo de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, com uníq uese, cú m plase y a rchívese,

Por la Autonomía Universitaria y e!Cogobierno Paritario Docente -Estudiantil.

Universidad híblica de ElAlto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NTO 11/2OO8

ElAlto, 18 de marzo de 2008

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, al presente s comisma que viene a vaen el máximo nivel uela misma que se halla en vigencia, y enmarcado en lo que establece el Artículo185-I, de la Constitución Política del Estado.

Que, el II Congreso Ordinario, mediante Resolución 05-A12007 de fecha 22de Noviembre de 2007 asume además todas las prerrogativas y atribucionesestablecidas en el Estatuto Orgánico de la UPEA, conferidas a las instanciasde decisión y Gobierno Universitario inferiores al Congreso, como la AsambleaGeneral Docente Estudiantil, y Honorable Concejo Universitario, por lo cualtiene atribuciones de determinar Resoluciones y asumir determinaciones sobretemas emergentes al interior de la Universidad.

Que, la gestión del Rector Ing. Johnny Angulo Pacheco concluye el día domingo23 de marzo de 2008, siendo el mismo un día inhábil, además estando envísperas del feriado de Semana Santa, la mencionada autoridad pidió a laplenaria del II Congreso, el tratamiento del tema , toda vez que la UniversidadPública de El Alto no puede quedar sin autoridad; la plenaria se manifestó porque se conforme un comité electoral, el mismo que debería llevar adelante elproceso eleccionario de autoridades en la Universidad.

Que, el Lic. Leonardo Laurani Callisaya, actual Vicerrector de la UPEA, puso enconsideración su cargo aduciendo que el plazo por el cual fue posesionado enel referido cargo estaría por concluir.

Que, los congresistas se manifestaron que en tanto dure el proceso eleccionario,el mismo que no debe exceder los tres meses calendario, se debería darcontinuidad a las actuales autoridades a fin de evitar incedidumbre institucionalal interior y exterior de la UPEA, en consecuencia la plenaria se manifestóporque el Rector, Vicerrector, y Secretario General continúen en los respectivoscargos, por un periodo no mayor a los tres meses calendario y de maneraimprorrogable.

Que, la plenaria del II Congreso Ordinario decidió conformar el comité electoralpara la elección de Rector y Vicerrector de la UPEA, la misma que debería estarintegrada por un docente y un estudiante de las carreras existentes al interiorde la universidad.

Universidad Riblica de ElAlúo

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Que, los congresistas manifestaron que en tanto dure el proceso eleccionario,el mismo que no debe exceder de tres meses, se debería dar continuidad a lasactuales autoridades a fin de evitar una suefte e inestabilidad e incertidumbreinstitucional al interior y exterior de la UPEA, en consecuencia la plenaria semanifestó por que el Rector, Vicerrector, y Secretario General continúen en losrespectivos cargos.

poR Lo TANTO, EL II CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUSATRTBUCIONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO .- Conformar el comité electoral para la elección deRector y Vicerrector de la UPEA por carreras, otorgandose para dicha tarea elplazo de tres meses.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Ampliar en sus funciones como autoridad al Ing.Johnny Angulo Pacheco en el cargo de Rector, al Lic. Leonardo Laurani Callisayaen el cargo de Vicerrector, y al Lic. Miguel Angel Vargas Castellón en el cargoSecretario General, de la UPEA hasta nuevas autoridades electas asuman sucargo.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos dieciocho días del mes de marzo de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, comu n íquese, cú m plase y a rch ívese.

Por !a Autonomía Universitaria y elCogobierno Paritario Docente -Estudiantil.

Universidad Pública de El Alto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIÓN NIo 11.A/2OO8

ElAlto, 18 de marzo de 2008

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, al presente el II Congreso Ordinario de la UPEA continua funcionandoy aprobándose la nueva normativa interna, y gue, además esta instancia dedecisión universitaria se constituye en el máximo nivel de decisión conformelo establece su Estatuto Orgánico enmarcado en el artículo 185-I, de laConstitución Política del Estado.

Que, el II Congreso Ordinario, mediante Resolución 05-N2007 de fecha 22de Noviembre de 2007 asume además todas las prerrogativas y atribucionesestablecidas en el Estatuto Orgánico de la UPEA, conferidas a las instanciasde decisión y gobierno universitario inferiores al Congreso, como la AsambleaGeneral Docente Estudiantil, y Honorable Concejo Universitario.

Que, la gestión del Rector Ing. Johnny Angulo Pacheco concluye el día domingo23 de marzo de 2008 y que asimismo el Lic. Leonardo Laurani C-allisaya, actualVicerrector de la UPEA, puso en consideración su cargo ante la plenaria delcongreso, aduciendo que el plazo por el cual fue posesionado en el referidocargo esta por concluir en la misma fecha de conclusión del Rector.

Que, los congresistas se manifestaron que en tanto dure el proceso eleccionario,el mismo que no debe exceder los tres meses calendario, se debería darcontinuidad a las actuales autoridades a fin de evitar incertidumbre instih.¡cionalal interior y exterior de la UPEA, en consecuencia la plenaria se manifestóporque el Rector, Vicerrector, y Secretario General continúen en los respectivoscargos, por un periodo no mayor a los tres meses calendario y de maneraimprorrogable.

Que, la plenaria del II Congreso Ordinario considerando la conclusión de !agestión de las autoridades, el plenario decidió conformar el C¡mité Electoralpara la elección de las nuevas autoridades Rector y Vicerrector de Ia UPEA y queluego de un análisis y debate se ha acordado que el mismo debe estar integradapor un docente y un estudiante representantes acreditados ante el II CongresoOrdinario de la UPEA, no debiendo ser los mismos nidirectores de carrera o ensu caso centro de estudiantes de cada carrera de la Universidad.

poR Lo TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

Univeñdad Pública de E Alúo

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ARTÍCULO PRIMERO.- Ampliar la gestión del Ing. Johnny Angulo Pacheco enel cargo de Re$or, al Lic. Leonardo Laurani Callisaya en el cargo de Vicerrector,y al Lic. Miguel Angel Vargas Castellón en el cargo Secretario General, de la UPEAhasta un plazo no mayor a los tres meses calendario y de manera improrrogable,a paftir de la fecha de conclusión de su mandato.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Conformar el comité electoral para la elección de Rectory Vicerrector de la UPEA conformada por los miembros delegados acreditadosal II Congreso Ordinario, designando a los siguientes docentes y estudiantesrepresentantes de las carreras:

. Lic. Luis Rojas Machicado

. Lic. Daniel Herrera

. Lic. Edilbefto Tarqui

. Dr, Néstor Santalla

. Lic. Mario Roque Quispe. Lic. Miguel Pérez

. Lic. Alex Chaman Poftugal

. Lic. Héctor Gutiérrez Torrico

. Lic. Salvador Quispe. Ing.Oscar Luna Luna

. Ing. Rubén Cerron Cahuaya

. Ing. Roberto Miranda Pareja

. Ing. Daniel Paredes Tarqui

. Dr. Saúl Calderón

. Lic. Julia Guaraya

. Univ. Patricia Ramos

. Univ. Edgar Fidel Cabrera. Univ. José Marcelo Herrera. Univ. Rubén Arias Carrasco

. Univ. Julio Chapi. Univ. Marlene Choque Canaviri. Univ. Juan Cesar Castañeta

. Univ. Ubaldina Vargas

. Univ. Octavio Pa§. Univ. José Camayo. Univ. Julio Gutiérrez Chavez. Univ. Marco Sáenz Martínez. Univ. Wilder Paucara

. Univ. Johnny Sangalli Chuima. Univ. Javier Cortéz. Dr. Juan Carlos Miranda

ARTÍCULO TERCERO.- Instruir al Comité Electoral cumplir con sus funcionesbasado en el nuevo Estatuto Orgánico y con el nuevo Reglamento de Eleccionesde Autoridades, debiendo realizar las elecciones a la brevedad posible y dentrode un plazo no mayor a los tres meses calendario.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de ElAlto, a losdieciocho días del mes de marzo de los dos mil ocho años.

Regístrese, com uníquese, cú mplase y arch ívese.

Por ta Autonomía Universitaria y elCogobierno Paritario Docente -Estudiantil.

Universidad Pribüca de ElAlto

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II Congreso Ordinario

RESOTUCIóN NIo 12I2OOS

EI Alto, 24 de marzo de 2OO8

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, el II Congreso Ordinario de la UPEA, ante la problemática interna generadaal interior de la Carrera de Derecho ha decido porque se realice elecciones paraelegir al Director de Carrera, tal cual se establece en el ARTICULO Prímero de laResolución Nro. 0712008, de fecha 20 de febrero de 2008, que a la letra señala:"Aprobar la realización de las elecciones para elegir al Director de Carrera deDerecho, en un plazo de 15 días a partir de la fecha."

Que, algunos docentes y estudiantes de la referida carrera, han cuestionadoaquella decisión aduciendo que la carrera de Derecho tiene la capacidad desolucionar sus problemas en las instancias de cogobierno establecidos en elEstatuto Orgánico de la UPEA, por lo que solicitaron se permita la realización deuna Asamblea General docente estudiantil de la carrera de Derecho para definirel tema de la Dirección de Carrera.

Que, otros representantes de la carrera de Derecho solicitaron que el Presídiumdel II Congreso Ordinario de la UPEA, sea la que dirija la referida asamblea, a finde evitar susceptibilidades de cualquier tipo; a lo que la plenaria se manifestófavorablemente.

Que, docentes y estudiantes, solicitaron se viabilice el curso pre-universitarioen la Carrera de Derecho.

Que, en el proceso de creación y consolidación, la Universidad Publica de ElAlto, ha sido perjudicada por diversas autoridades y personas, que por afanesmeramente personales y de grupo además de intereses económicos, hanobstaculizado su consolidación, llegando al extremo de iniciar juicios laboralesde los cuales obtuvieron montos elevados de dinero en desmedro de la entoncespaupérrima situación económica de la Universidad, constituyéndose dichoextremo una flagrante violación a la autonomía universitaria contemplada en laConstitución polftica del Estado en su ARTÍCULO 185, y siguientes.

Que, al presente una Comisión de Investigación, para determinar las personas,profesionales, ylo administrativos que atentaron contra la Autonomía dela Universidad Pública de El Alto, los mismos que no pueden desempeñaralegremente cargos dentro de la Institución luego de haber atentado contraélla.

Universidad Rública de ElAlúo

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POR TANTO, EL II CONGRESO ORDINARIOEN USO DE SUS ATRTBUCIONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Convocar a la Asamblea General docente estudiantilExtraordinaria de la carrera de Derecho para el día miércoles 26 de marzode 2008 a horas 18:30 en el Auditórium de la UPEA con el tema a tratar elde la Dirección de Carrera; la misma que será dirigida por el Presidium del IICongreso. Asimismo disponer que los miembros del II Congreso sean veedoresy fiscalizadores de la referida Asamblea, a cuyo efecto podrán coadyuvar en elingreso a la misma exigiendo la matrícula universitaria, y otras pertinentes parael normal desarrollo del evento.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Viabilizar el curso pre universitario en la carrera dederecho para la gestión anual 2008.

ARTÍCULO TERCERO.- Disponer la prosecución de las investigaciones paradeterminar a [os infractores dentro los parámetros establecidos en la Resolución01/2008 ARTÍCULO CUARTO del II Cohgreso Ordinario de la UPEA, ratificandoen consecuencia a los miembros de la referida Comisión contemplada en elARTÍCULO segundo de la Resolución0412008 del II Congreso de la Upfn.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos 24 días del mes de marzo de los dos mil ocho años.

Regístrese, comu n íquese, cúmplase y arch ívese.

Por la Autonomía Universitaria y elCogobierno Paritario Docente -Estudiantil.

Universidad RÍblica de ElAlto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NIo 13/2OO8

E! Alto, 25 de ma¡zo de 2OO8

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, el II Congreso Ordinario ha aprobado la metodología de solución delconflicto interno en la carrera de Odontología mediante Resolución 0212008,refrendando un convenio suscrito entre el Presidium y los representantes dela carrera, por la que el Vicerrectorado tiene la tarea de realizar el proceso deadmisión docente de la gestión 2008 y las tareas académicas previstas en elconvenio.

Que, al presente el Vicerrector de la UPEA, Lic. Leonardo Laurani, y miembrosde la comisión que se conformó para cumplir con el proceso de admisióndocente presentaron el informe a la plenaria sobre el trabajo realizado enel referido proceso y que se informó que las metas trazadas habrían sidocumplidas garantizándose la transparencia del proceso, con la participación deestudiantes, quienes certiñcaron que no existen observaciones y que ademásse dio solución a los otros puntos acordados en el convenio.

Que, la carera de Odontología ha solicitado la conformación del comité electoralpara la rcalización de elecciones para elegir al Director de Carrera, a lo que laplenaria del II Congreso Ordinario de la UPEA, se manifestó favorablementesiendo sus integrantes los miembros del II Congreso de la UPEA, peftenecientesa las diferentes carreras de la misma.

Que, los miembros de la Comisión de Investigación en cumplimiento delARTICULO CUARTO de la Resolución 0U2008, de fecha 16 de enero de 2008,presentaron el informe respecto a docentes, estudiantes, admÍnistraüvos yautoridades que hubiesen infringido Ias Resoluciones 008/2004 y 009120O4 delPrimer Congreso Interno de la UPEA.

Que, en el informe presentado por los miembros de la Comisión de investigaciónincluye el nombre del Lic. Max Yave, actual Director de Carrera de ComunicaciónSocial, quien de acuerdo al mismo informe estaría contemplado en las causalesque motivaron las Resoluciones 008/2004 y 009120M correspondiente alPrimer Congreso Interno de la UPEA, a lo que algunos miembros del Congresomanifestaron sobre el extremo siendo que no es posible i¡ue perconas que endeterminado momento atentaron contra de la Autonomía de la Universidad,estén cumpliendo funciones o ejerciendo cargos dentro de la universidad,en franca desobediencia a las resoluciones el Primer Congreso Intemo de laUPEA.

Univen*lad hit¡lica de El AIto

Page 66: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

Que, Ia plenaria escuchó los descargos del Lic. Max Yave, quien señalo que elinforme forma pafte de una vendetta polÍtica de sus detractores, por lo que supersona debería ser sometlda a un proceso universitario para determinar suresponsabilidad, pero que sin embargo acatará las determinaciones del máximoevento.

POR LO TANTO, EL II CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUSATRTBUCIONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el informe presentado por el Vicerrector ymiembros de la comisión, en el proceso de admisión docente de la Carrera deOdontología.

ARTIÍCULO SEGUNDO.- Aprobar la realización de otro proceso de admisióndocente para la carrera de Odontología en las asignaturas y paralelos que todavíase encuentran acéfalos, el mismo que debe ser realizado por el Vicerrectoradoy la comisión en el marco de la Resolución 0212008 del II Congreso Ordinariode la UPEA.

ARTÍCULO TERCERO.- Aprobar la realización de las elecciones para elegir alDirector de Carrera de Odontología.

ARTÍCULO CUARTO.- Designar como miembros del Comité electoral para laelección del Director de Carrera de Odontología en las personas de:

. Lic. Jhonny Alcon Condori

. Lic. Juan Torrez Chuquimia

. Lic. Rossya Geanine Rodríguez Villegas

. Univ. Lidia G. Choque Santalla

. Univ. Mónica Eva Copa Murga

. Univ. Rolando Ariel Gómez Quino

ARTÍCULO QUINTO.- Instruir el inicio del proceso universitario al Lic. MaxYave Miranda, debiendo ser suspendido de las funciones administrativas,Académicas y otras que estuviera ejerciendo al interior de la UPEA, mientrasdure el proceso universitario.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos 25 días del mes de marzo de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, com u n íq uese, cú m plase y a rch ívese.

Por la Autonomía Universitaria y elCogobierno Paritario Docente -Estudiantil.

Universidad hiblica de ElAlto

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II Congrcso Ordinario

RESOIUCIóN NIo 14l2OO8

E! Alto, 27 de marizo de 2OO8

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, el II Congreso Ordinario de la UPEA, velando por el normal desarrollo yactividad académica y administrativa de sus diferentes unidades académicas hatomado algunas determinaciones en uso de sus atribuciones contempladas deacuerdo a las resoluciones de la misma.

Que, docentes y estudiantes de la Carrera de Derecho han solicitado unaasamblea general docente estudiantil para solucionar el tema de la Direcciónde Carrera, siendo que la referida asamblea debería efectuarse el día miércoles26 de marzo dentro de los parámetros contemplados en el Artículo Primero dela RESOLUCION Nro. l2l2009 de fecha 24 de marzo de 2008.

Que, la Asamblea General Docente Estudiantil de la Carrera de Derecho nopudo efectuarse por varios factores como ser: a) La falta de garantías paralos miembros del Presidium del II Congreso y el ingreso violento de algunaspersonas quienes no portaban matrículas, b) La presencia de personas enestado de ebriedad, c) La detonación de cachorros de dinamita, d) La roturade vidrios, e) La propagación de químicos (gases) en el interior del auditórium,f) La presencia de personas ajenas a la Carrera de Derecho (incluido los preuniversitarios), g) La extrema beligerancia entre los grupos confrontados, yotros; que impidieron la realización de la mencionada Asamblea.

Que, luego de frustrarse la Asamblea por las causales señaladas precedentementese realizó una supuesta asamblea en el cual además estuvieron presentes lospreuniversitarios y otros ajenos a la universidad; posteriormente se produjeronuna serie de enfrentamientos violentos entre los seguidores de los señoresSamuel Tola, Marcelo Valdez, y otros que pedían elecciones, llegando al extremode enfrentarse violentamente en inmediaciones de la Universidad, alterando elorden público y dañando además la infraestructura de la institución.

Que, los actos vandálicos y enfrentamientos, no pueden pasar inadvertidospor la Comunidad Universitaria, porque se puso en riesgo la integridad físicade muchas personas, por lo que los responsables deben ser sancionadosdrásticamente.

POR TANTO, ELrr CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUS ATRTBUCTONES, RESUELVE:

Universidad hibüca de El Alto

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ARTICULO PRIMERO.- Declarar nulas las determinaciones asumidasen la supuesta Asamblea General Docente Estudiantil de la carrera deDerecho. Asimismo se instruye el inicio de proceso universitario y la sancióncorrespondiente, a los autores materiales e intelectuales (Docentes yestudiantes) y a aquellos involucrados en los enfrentamientos acaecidos el díamiércoles 26 de marzo en la mencionada carrera.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Prohibir toda forma de manipulación a los estudiantesdel Curso pre universitario y de los niveles inferiores en las diferentes carrerasde la Universidad, disponiendo las sanciones más drásticas a los responsablesu autores de dichos actos.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos27 días del mes de marzo de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, com u n íq uese, cú mplase y a rch ívese.

Por la Autonomía Universitaria y elCogobierno Paritario Docente -Estudiantil.

Universidad hibüc¿ de ElAIto

Page 69: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congreso Ordinario

RESOLUCTóN N¡o 15/2008

El Alto, l de abril de 20O8

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, conforme se establece en el aftículo quinto de la Resolución 13/2008 defecha 25 de mazo de 2008, pronunciada por el II Congreso Ordinario de laUPEA, el Lic. Max Yavé Miranda, fue suspendido de las funciones y/o cargosque estuviere ejerciendo dentro de la Universidad, dejando de esta maneraacéfala el cargo de Director de la Carrera de Comunicación Social.

Que, la carrera de Comunicación Social habría efectuado una Asamblea GeneralDocente Estudiantil, para tratar eltema de la Dirección de Carrera, en la que sedeterminó que el sub director Lic. Franz Moreno Valdivia, asuma la Direcciónde Carrera, por lo que mediante nota escrita hicieron llegar la Resolución dela carrera en donde se solicita dicho extremo; no existiendo objeciones porparte de !a plenaria a lo solicitado por la mencionada Carrera.

Que, al presente continúan las pugnas internas en la Carrera de Derecho,lo que obstaculiza e! normal desarrollo de las actividades académicas yadministrativas en !a misma; Siendo el Congreso el Máximo Nivel de Decisiónconforme lo establece el Artículo 28 del Estatuto Orgánico de la UPEA,ésta debe actuar como un buen padre de familia, en consecuencia se debeescuchar a las partes en conflicto, para posteriormente determinar lo quecorresponda.

POR TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTO

EN USO DE SUS ATRTBUCIONE+ RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la Resolución No 002/2008 de la carrera deComunicación Social de fecha 31 de marzo, en la cual se designa en el cargode Lic. Franz Moreno Valdivia como director de carrera; al Lic. Vladimir RaúlCruz Méndez, hasta el 5 de marzo de 2009

ARTÍCULO SEGUNDO.- Convocar a las partes en conflicto de la Carrerade Derecho para el día miércoles 2 de abril del año en curso, a fin de queexpongan sus ponencias frente al máximo Evento Universitario.

Univenidad hiblka de FlAlúo

Page 70: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos un días del mes de marzo de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, com un íq uese, cú mplase y a rch ívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor e! Cogobierno paritario docente - estudiantil.

Universidad Riblica de ElAlúo

Page 71: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congrcso Ordinario

RESOLUCTóN Nrq 16/2008

El Alto, 2 de abril de 2OO8

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, lamentablemente algunas personas en flagrante violación a los principiosde la Autonomía Universitaria, los fines y principios de la Universidad Públicade El Alto, se dan a la tarea de incitar y generar una suete de malestar eincertidumbre al interior de la Universidad y el II Congreso Ordinario de laUPEA, llegando a incitar al enfrentamiento y violencia al interior de la casa deestudios.

Que, estudiantes de la Carrera de Comunicación Social fueron víctimas deagresiones violentas por parte de algunas personas, quiénes de acuerdo a ladenuncia y solicitud efectuada por estudiantes de la referida carrera, deberíanser sancionados drásticamente por cuanto la UPEA, rechaza y condena todaforma de violencia la interior de la Universidad, toda vez que en élla se debedebatir ideas con idéas, por lo que resulta inadmisible el empleo de la fueza enla imposición de las mismas; los miembros del II Congreso se manifestaron porque se aplique sanciones drásticas en contra de los responsables.

Que, conforme se desprende de la Resolución 15/2008 del II Congreso de laUPEA, de fecha 1 de abril de 2008, el mismo decidió escuchar a las partesen conflicto conforme estaba programada; habiéndose hecho presente losinteresados a excepción del Lic. Samuel Tola, no obstante de ser convocado,en la oportunidad se dio la libeftad de que todos los interesados puedan emitirsus ponencias, siendo que esta era la última opoftunidad que el Máximo Eventoconcedía, para que las paftes puedan encontrar soluciones al conflicto; luegode escuchada a ambas paftes, el plenario debatió y analizó la situación de laCarrera de Derecho.

Que, los universitarios Pablo Merma Yujra, Fidelia Medina Espejo, miembrosdel Comité electoral para la elección de autoridades en la Carrera de'Derechopresentaron su renuncia irrevocable aduciendo cuestiones meramentepersonales.

Que, la plenaria se pronunció en sentido de que se debe completar las acefaliasen el mencionado Comité Electoral, así como de garantizar la ejecución ycumplimiento de dicha actividad, por lo que se sugirió que a fin de evitar algúntipo de susceptibilidad el mismo debería ampliar el plazo para la presentaciónde candidatos y en consecuencia modificar la fecha de la realización de la justaeleccionaria.

Universidad hiblica de ElAIto

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POR TANTO, EL rr CONGRESO ORDINARTOEN USO DE SUS ATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCU LO PRIM E RO.- Disponer el in icio de procesos u n iversita rios y sancionescorrespondientes a todas aquellas personas que propiciaron y pafticiparon enlos atentados contra el II Congreso Ordinario de la Universidad Pública de El

Alto y sus determinaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Ratificar la realización de las elecciones para elegiral Director, en la Carrera de Derecho. Asimismo se ratifica como miembros delComité Electoral para la elección de autoridades en la Carrera de Derecho, enlas personas de:

. Ing, Camilo G. Marín Gutiérrez.

. Univ. Juan Jesús Fernández Orozco.

. Lic. Deysi Sosa Arenas.

. Dr. Abel Lanza Antequera

ARTÍCULO TERCERO.- Complementar el Comité Electoral de la Carrera deDerecho con las siguientes personas: Univs. Jenny Apaza Gutiérrez y BenjamínYujra. Asimismo se faculta a los miembros del mencionado Comité Electoral,a efectuar las modificaciones correspondientes para el desarrollo de la justaelectoral.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos dos días del mes de abril de dos mil ocho años.

Reg ístrese, com u n íq uese, cú m plase y a rch ívese.

Por Ia Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno Paritario Docente - Estudiantil.

Universidad Rública de ElAIto

Page 73: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NP 1'/2OO8

ElAlto,9 de abril de 2O08

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, mediante nota escrita se ha denunciado ante el II Congreso Ordinario lap-ersecución polltica realizada en la gestión del ex Rector Lic. Rafael Gutiérrezcontra diferentes compañeros docentes y estudiantes.

Que, los congresistas han expresado su repudio contra las actitudesextremadamente violentas ejercidas por la anterior autoridad rectoral en contrade todos los estudiantes, docentes y administrativos que contrariaban su formade pensar y actuar, por las persecuciones y omisiones realizadas puesto quetambién en ocasiones cuando se ha agredido físicamente en predios del rectoradoy se ha denunciado a las autoridades para que tomen los recaudos peftinentesestos han hecho caso omiso de las solicitudes porque los denunciantes nofueron pafte del grupo del rector.

Que, asimismo se ha denunciado el caso de los estudiantes de la carrera deComunicación Social, que en julio delaño 2006 fueron brutalmente agredidos porreclamar sus derechos, los cuales fueron vulnerados por grupos de estudiantes,administrativos y otras personas extrauniversitarias contratadas por las exautoridades y como agravante los estudiantes de Comunicación Social fuerondenunciados y aprehendidos por los organismos policiales.

Luis Quenallata y la Dra. Soraya Vega, los mismos que realizaban un mitin deprotesta conjuntamente otros docentes y estudiantes de la Universidad.

Que, se ha denunciado al Sr. Benito Fernández, administrativo de la UPEA comomiembro integrante de los grupos de amedrentamiento y matonaje al serviciodel ex - rector Lic. Rafael Gutierrez, y que el mismo hubiese pafticipado de loshechos ocurridos en contra de los estudiantes de la Carrera de Ciencias de laComunicación Social, por lo que al día sigu los hechos, los estudiantesy docentes de la Universidad realizaron mi rotesta durante todo el día

én repudio a la politica de violencia que in izó el ex - rector.

Que, en instantes en los que se realizaba el mitin de protesta ha ocurrido

Universidad Pribüca de ElAlto

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un accidente en inmediaciones de la UPEA siendo damnificado el Sr. BenitoFernández, siendo involucrados el Univ. José Luis Quenallata y la Dra. Luz SorayaVega Zenteno, los mismos que paticipaban del motin de protesta, conjuntamentecon otros docentes y estudiantes de la Universidad, y aprovechando de suinfluencia, el Sr. Benito Fernández Quisbert ha logrado que la Dirección deAsesoría Jurídica de la Universidad sea patrocinante de un proceso legal encontra del Univ. Quenallata en una clara persecución polÍtica en su contra porpate del ex - rector Lic. Rafael Gutierrez por lo que los congresistas se hansolidarizado considerando que el estudiante mencionado carece de los recursoseconómicos que le permitan asumir su defensa, manifestado el apoyo moral alUniv. Jose Luis Quenallata.

Que, el plenario del II Congreso ha repudiado los hechos ocurridos durante elrégimen anterior y ha expresado su voluntad porque se investigue todos loshechos ocurridos de agresión física y psicológica realizadas por integrantes delos grupos de choque constituidos por las ex autoridades y que asimismo estosdeben ser procesados y en su caso expulsados de la Universidad considerandoque todos los miembros de la Comunidad Universitaria tienen derecho a lalibre expresión y a discrepar con las ideas de las autoridades y cualquier otromiembro de la Comunidad Docente estudiantil de la UPEA.

POR TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARIOEN USO DE SUS ATRTBUCIONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Respaldar moralmente al Univ. José Luís QuenallataQuenallata, por los hechos acaecidos en julio de 2006, ante las instancias enlos que fue denunciado.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Instruir el inicio de proceso universitario al Sr, BenitoFernández, administrativo de la Universidad Pública de El Alto, debiendo sersuspendido de las funciones administrativas que ejerce en la UPEA mientrasdure el proceso.

ARTÍCULO TERCERO.- Instruir la investigación para el esclarecimiento delos hechos ocurridos en julio de 2006 en los que fueron agredidos física ypsicológicamente los estudiantes de la carrera de Comunicación Social de laUPEA.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos nueve días del mes de abril de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, comu n íq uese, cú m plase y a rch ívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno Paritario Docente - Estudiantil.

Universidad Riblica de ElAlto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN Nrc 18/2008

El Alto, 1O de abril de 2OO8

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, el Congreso Ordinario de la UPEA es la máxima instancia de decisióny gobierno de la Universidad Pública de El Alto, de acuerdo con su EstatutoOrgánico, la misma que a la fecha se viene desarrollando con bastanteregularidad.

Que, la asistencia a las sesiones plenarias y a las sesiones de comisión porpate de los delegados al II Congreso Ordinario, es de vital impotancia para sunormal desarrollo y conclusión; por cuanto en este evento se vienen debatiendoy aprobando los Reglamentos Internos que regirán los destinos de la UPEAen los próximos años, por lo mismo la pafticipación de los congresistas esprimordial para la conclusión de este Congreso.

Que, mediante Resolución 0412008 del II Congreso Ordinario el mismo, haestablecido premiar a los delegados asistentes al evento con la extensión de uncedificado de asistencia,

Que, el presente Congreso contó con la participación valiosa de los delegadosa este Congreso, y tal cual se determinó por la Resolución mencionada enel considerando precedente los mismos se hacen acreedores al mencionadoreconocimiento, sin embargo toda vez que el evento se extendió más allá de loprevisto, algunos miembros del Congreso no pudieron participar en la totalidadde las sesiones del evento.

Que, los delegados a este Congreso manifestaron que no se puede premiar deigual manera a los delegados inasistentes, sino simplemente a aquellos quemínimamente hayan participado en el evento en un 50o/o, situación que debeser considerada a momento de la entrega de estos certificados.

POR TANTO, EL rr CONGRESO ORDINARTO

EN USO DE SUS ATRIBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Emitir la certificación a aquellos docentes, estudianteso administrativos que hubiesen asistido a un 50o/o de las sesiones establecidaspara el Congreso.

Universidad Rública de ElAlto

Page 76: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

Es dado en el auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos diez días del mes de abril de los dos mil ocho años.

Regístrese, comuníquese, cú mplase y archívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno paritario docente - estudiantil.

Universidad Riblica de El Alto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NrO 19¿2008

El Alto, 14 de abril de 20O8

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, el II Congreso de la Universidad Pública de El Alto, como máximo nivelde decisión ha decido el tratamiento del art. 69 pendiente, del nuevo EstatutoOrgánico aprobado por el II Congreso de la UPEA, el misryro que no habría sidotratado, faltando simplemente la aprobación de este ARTICULO, lo cual podríaser distorsionada por gente malintencionada, por lo que era preciso poner enclaro la situación jurídica del nuevo estatuto.

Que, el Congreso Ordinario es el máximo nivel de decisión al interior de laUPEA, siendo que el mismo está en plena vigencia, debe y puede asumirdeterminaciones que viabilicen y/o esclarezcan cualquier duda en la aplicaciónde la nueva normativa interna.

Que, que el Froilan Apaza PaEi, aprovechándose de su calidad de miembro delSindicato Trabajadores Administrativos de la UPEA, a través actos y maniobrasfraudulentas fue acreditado como delegado del Sindicato ante la Central ObreraRegional de ElAlto.

Que, ante las irregularidades cometidas por el Sr. Froilan Apaza PaEi,atribuyéndose representación del Sindicato Trabajadores Administrativos dela UPEA ante la COR de El Alto, corresponde su procesamiento y solicitar sudestitución del Comité Ejecutivo.

POR TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUS ATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el art. 69 del nuevo Estatuto Orgánico delUniversidad Pública de El Alto, en los términos propuestos por la Plenaria, que ala letra señala: Aftículo 69. Los tipos y categorías de docentes se establecerán enel reglamento del régimen docente aprobado en el II Congreso de Ia Universidady, los parámetros de evaluación serán en función de la investigación, innovacióny producción,

ARúCUto SEGUNDo.- Instruir el inicio de un pKrceso universitario al Sr.Froilan Apaza PaUi y su inmediata suspensión mientras dure el proceso, ysolicitar su destitución del Comité Ejecutivo de la COR El Alto.

Es dado en el auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, a

Universidad Prúbüca de E AIúo

Page 78: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

los catorce días del mes de abril de los dos mil ocho años.

Regístrese, com u níq uese, cú m plase y arch ívese.

Por Ia Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno paritario docente - estudiantil.

Universidad Riblica de El Alto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NIo2O/2OO8

ElAlto, L4 de abril de 2OOB

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, el II Congreso de la Universidad, como máximo nivel de decisión ha decidomediante Resolución 7U2008, la realización de elecciones para elegir a lasnuevas autoridades de la UPEA, en tal sentido se conformó el Comité Electoral,de la cual pafticipan un docente y un estudiante de las Carreras existentes enla Universidad.

Que, los miembros del Comité Electoral mencionado en el considerandoprecedente, presentaron el cronograma de actividades para la realización de laselecciones de autoridades, síendo que la misma no tuvo mayores observacionesy/o cuestionamientos, los congresistas se manifestaron en sentido de que lasmisma debería proseguir debiendo aprobarse el cronograma propuesto.

Que, el Congreso Ordinario es el máximo nivel de decisión al interior de laUPEA, siendo que el mismo está en plena vigencia, debe y puede asumirdeterminaciones que viabilicen y/o esclarezcan cualquier duda en la aplicaciónde la nueva normativa interna.

Que, el II Congreso Ordinario de la UPEA, inaugurada el 20 de noviembredel año 2007 luego de un largo proceso de debate y análisis de la normativaal interior de la misma, está llegando a su conclusión y felizmente con la

aprobación de los nuevos reglamentos internos que tanta falta hacían a la

Universidad, y los mismos regirán en los siguientes años el accionar de toda la

Comunidad Universitaria de la UPEA.

Que, es preciso que la normativa aprobada en el Congreso sea sometida,como corresponde a una revisión de estilo y redacción, a fin de evitar erroresgramaticales y/o alguna dicotomía que genere susceptibilidades de cualquiernaturaleza.

PORTANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUS ATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la convocatoria y el calendario electoralpropuesto por el Comité Electoral para la realización de elecciones de Rector yVicerrector de la UPEA.

Universidad hlblica de El Alüo

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ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorizar la aplicación del Nuevo Estatuto y nuevoReglamento de elecciones de autoridades, para la elección de Rector yVicerrector para la gestión 2008 a 2011.

ARTÍCULO TERCERO.- Conformar la Comisíón de Estilo con la finalidadde revisar los aspectos gramaticales del nuevo Estatuto Orgánico, siendo susintegrantes: Lic. Federico Zelada Bilbao, Ing. Enrique Chávez Velásquez, Univ.Secundino Conde López y Univ. Víctor Mamani Mamani,

Es dado en el auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos catorce días del mes de abril de los dos mil ocho años.

Regístrese, comun íquese, cúmplase y a rchívese.

Por !a Autonomía Univercitaria y elCogobierno Paritario Docente -Estudiantil.

Universidad Prública de El Alto

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II Congreso Ordinario

RESOIUCTóN No 21l2008

El Alto, 16 de abri! de 2OOB

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, algunos miembros de la Comunidad Universitaria de la UPEA,pretenden el fracaso del II Congreso Ordinario de nuestra casa superiorde estudios, realizando una serie de actos y conductas reñidas conla moral y las buenas costumbres, como el hecho de amedrentar,amenazar y golpear a los miembros del máximo Evento Universitario,de manera particular a los miembros del Presídium del Congreso,

Que, esta conducta pone en riesgo el normal desarrollo y conclusión de esteMagno Evento, por lo que es inadmisible la tolerancia de este tipo de actosbeligerantes en contra de los miembros del congreso; toda vez que en estecongreso se viene debatiendo y aprobando la normativa interna que tantafalta nos hace a toda la Comunidad Universitaria.

Que, mediante resoluciones expresas con anterioridad se ha dispuesto lasanción drástica a los autores de dichos atentados en contra de este evento,por lo que los autores materiales e intelectuales deben ser sometidosinmediatamente a un proceso disciplinario

POR TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUS ATRTBUCTONES, RESUETVE:

ARTÍCUIO PRIMERO.- Instruir el inicio de procesos universitarios a todosaquellos docentes, estudiantes o y administrativos que amedrenten o realicenpersecuciones a cualquier miembro del II Congreso Ordinario y en particulara los integrantes del Presidium, debiendo ser suspendidos inmediatamentemientras dure el proceso.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Dejar sin efecto legalalguno, toda determinación osanción de cualquier índole efectuado por órganos inferiores al Congreso en

contra del mismo y en contra de cualquiera de sus miembros del II CongresoOrdinario de !a UPEA.

Es dado en el auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto,

úúv€rsidad Fiblica de El Alúo

Page 82: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

a los dieciséis días del mes de abril de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, com u n íquese, cú m plase y a rchívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno paritario docente - estudiantil.

Universidad Priblica de ElAIto

Page 83: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congreso Ordinario

RESOLUCTóN NIc 2212008

El Alto, L7 de abril de 2008

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, mediante nota escrita el Ing. Edgar Condori Cosme a nombre de losmiembros del ex - Presidium del Primer Congreso Extraordinario de la UPEA haefectuado el año 2006, se ha dirigido al II Congreso Ordinario de la UPEA aunen vigencia, solicitando un respaldo institucional del mismo en viftud de unaquerella penal auspiciada por los señores Dr. Jaime Villarroel Ferrer, Lic. RafaelGutiérrez Gutiérrez y Dr. Omar Monasterios por supuestos delitos de falsedadmaterial, asociación delictuosa y otros; lo que ha sido repudiado por la plenariadel congreso.

Que, los congresistas asistentes han expresado su solidaridad con los miembrosdel ex - Presidium puesto que, los mismos tal como manda los reglamentosactúan en aplicación de los mismos y en acatamiento de las determinacionesde la máxima instancia de decisión de la Universidad.

Que, asimismo los congresistas se han pronunciado reprochando la aplicaciónde las leyes y la administración de la justicia en nuestro país, puesto que lamisma es realizada en muchas ocasiones por trafico de influencias o corrupción,conocida y denunciada por diferentes instituciones y sectores sociales.

POR TANTO, EL rI CONGRESO ORDINARTOEN USO DE SUS ATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO.- Respaldar moral e institucionalmente a los miembrosdel ex - Presidium del Primer Congreso Extraordinario de la UPEA: Ing. EdgarCondori Cosme, Lic. Johnny Alcón y Lic. Gladys Ergueta, Univ. Bosco Catari,Univ. Porfirio Mamani y Univ. Alberto Condori.

ARTíCULO SEGUNDO.- Encomendar al Rector Ing. Johnny Angulo Pachecoinstruya a la Dirección de Asesoría Jurídica de la UPEA coadyuve en la defensade los derechos de los miembros del ex - Presídium del Primer CongresoExtraordinario,

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos"diecisiete días del mes de abril de dos mil ocho años.

Reg ístrese, comun íquese, cú m plase y arch ívese.

Por la Autonomía Universitaria elCogobierno Paritario Docente - Estudiantil

Universidad Rúbüca de El Alto

Page 84: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NIo 23l2OO8

El Alto, 22 de abril de 20OB

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, la carrera de Ingeniería Electrónica ha hecho llegar al plenario del IICongreso Ordinario una nota adjuntando la Resolución Nro. 2 de la AsambleaGeneral Docente Estudiantil, en virtud de la conclusión del mandato del directorde carrera.

Que, en la mencionada resolución se expresa la voluntad de la ComunidadDocente Estudiantil de la carrera de Ingeniería Electrónica, siendo que se hadesignado al director interino y al comité electoral para las elecciones.

POR TANTO, EL II CONGRESO ORDINARIOEN USO DE SUS ATRIBUCIONES, RESUELVE:

ARfrcUtO UNICO.- Refrendar la Resolución Nro. Zl200B de la AsambleaGeneral Docente Estudiantil de la Carrera de Ingeniería Electrónica, en la quese designa como Director interino al Ing. Carlos López Aguilar por un plazo nomayor a los tres meses calendario y asimismo se designa al Comité Electoralpara las elecciones de la Dirección de Carrera.

Es dado en el auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos veintitrés días del mes de abril de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, com u n íq uese, cú m plase y a rch ívese.

Por la Autonomía Universitaria y elCogobierno Paritario Docente - Estudiantil.

Univen*lad hihlica dc E Alúo

Page 85: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congreso Ordinario

RESOIUCTóN Ntq 2412008

E! Alto, 22 de abril de 2OO8

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, en la carrera de Economía de la Universidad Pública de El Alto, el Lic.Dionicio MamaniAlvarado alfrente de la Dirección de Carrera, quien fue elegidomediante Resolución Nro.04/07 de la Asamblea General Docente Estudiantil defecha 20 de diciembre de 2007.

Que, la Carrera de Economía ante la inminente conclusión del periodo deinterinato del Lic. Dionicio Mamani Alvarado, en su condición de Director a.i.decidió la conformación del Comité Electoral para llevar adelante las eleccionespara elegir al Director de Carrera para la gestión 2008 -2009; siendo quesegún el mencionado los miembros del Comité Electoral habrían cumplido conel cometido de llevar adelante las elecciones en fecha 18 de abril de 2008,cuyas actas de resultados del escrutinio hicieron llegar al II Congreso Ordinariomediante nota escrita suscrita por Lic. Daniel Cortez Aramayo Presidente. Univ.Daysi Velasco Nuñez Vicepresidente. y Univ. Gualberto Samo Cach Vocal, defecha 21 de abril de 2008, solicitando mediante élla la posesión del Lic. EloyArandia Arenas como Director de carrera por el periodo 2008-2009.

Que, Siendo el II Congreso el Nivel Máximo de decisión al interior de laUniversidad, el mismo puede asumir determinaciones, por lo que no existiendoobjeciones a lo solicitado por la carrera de Economía.

POR TANTO, Et II CONGRESO ORDINARIOEN USO DE SUS ATRIBUCIONES, RESUELVE:

ARTÍCULO ÚI{ICO.- Refrendar los resultados e informe del Comité Electoralde la carrera de Economía y designar en el cargo de Director de la Carrera deEconomía al Lic. Eloy Arandia Arenas por el periodo 2008 - 2009.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos diecisiete días del mes de enero de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, com u n íquese, cú mplase y arch ívese.

Por !a Autonomía UniversitariaPor e! Cogobierno paritario docente - estudianti!.

Universidad húbüca de ElAIto

Page 86: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congrcso Ordinario

RESOLUCIóN No.25/2008

El Alto, 28 de abri! de 2008

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, la UPEA se ha creado mediante Ley No. 2115 de fecha 5 de septiembredel año 2000, habiendo empezado regularmente las actividades académicas apaftir del año 2001 con las diez y nueve carreras.

Que, las actividades académicas se han desarrollado con normalidad, noobstante existir una serie de conflictos desde el mes de septiembre del año2002, tiempo en el cual se suceden hechos lamentables, que determinaron,entre otros asuntos, la deserción de algunos docentes de nuestra Universidad,con el consiguiente perjuicio para los estudiantes.

Que, no obstante los conflictos señalados, las actividades académicascontinuaron desarrollándose en las diferentes carreras, cumpliendo con la mallacurricular de las mismas.

Que, la Universidad también ha atravesado una serie de conflictos dentro delproceso de institucionalízación de docentes, por cuanto muchas carreras quehan convocado a esta institucionalización, hasta el presente algunas de lasCarreras no cuentan con docentes contratados y otras cuentan con un númeroreducido.

Que, para poder cumplir los requisitos que exige el Sistema Universitario y poderdar exámenes de excepción se requiere conformar Tribunales conformados pordocentes ordinarios y extraordinarios, de igual manera para poder acceder aoptar a algunas modalidades de Grado.

Que, a la fecha existen un gran número de estudiantes que tienen la condiciónde Egresados muchos de ellos datan desde la gestión 2005, quienes no puedenacceder a

obtener al grado de Licenciatura, precisamente por el aspecto de no poderconformar Tribu na les competentes.Que, la problemática de los compañeros egresados, que arriesgaron su vida porconsolidar esta Universidad no puede ni debe quedar en el olvido.

Que, al presente se viene realizando el II Congreso Ordinario de la Universidad,Organo que conforme dispone el artículo 28 del estatuto Orgánico de la UPEA,constituye el Máximo Nivel de Decisión.

Universidad hiblica de ElAIto

Page 87: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

Que, la Comunidad Universitaria se ha reunido en el II Congreso Ordinario conel objeto de considerar y aprobar su Estatuto Orgánico y otro ReglamentosUniversitarios toda vez que por la Ley 2555 la UPEA se constituye en unaInstitución Autónoma de Derecho Público.

Que, como está establecido en el Reglamento Interno del II Congreso Ordinario,la resolución fue aprobada en grande, en detalle y en su etapa de revisión.

PORTANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARIOEN USO DE SUS ATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERo.- Refrendar las resotuciones det HCU O4312OO5,O22l2006 y del CAU 010/2005, TOl2OOG para regularizar las notas de lasgestiones 200L,2002y 2003, en un plazo no mayor a sesenta (60) días, siendoresponsables el Director de Carrera, las Autoridades competentes ylos docentes responsables, por lo que su incumplimiento será causa!de proceso universitario,

ARTÍCULO SEGUNDO.- Extender certificados de notas de manera gratuitaa los estudiantes autonomistas que han sido participes en las gestiones 2001,2002 y 2003, en un lapso no mayor a sesenta (60) días.

ARTÍCULO TERCERO.- Aprobar las Becas para los egresados de las gestiones2005, 2006 y 2007 en su proceso de Graduación de acuerdo al "Reglamento deBeca para el Proceso de Graduación"; los estudiantes provenientes del sectorde Villa Dolores (Grupo Javier Tito) no podrán ser beneficiarios de estabeca según el Art. 1ro y 2do. del Primer Congreso Interno, Resolución No.00912004.

Es dado en el auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos veintiocho días del mes de abril de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, com u n íquese, cú m plase y arch ívese.

Por la Autonomía Universitaria y elCogobierno Paritario Docente -Estudiantil.

L'niversidad Rública de ElAlto

Page 88: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congreso Ordinario

RESOLUCTóN No.2612008

El Alto, 28 de abril de 2008

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, la Comunidad Universitaria de la UPEA se ha reunido en el II CongresoOrdinario Interno con el objeto de considerar y aprobar su Estatuto Orgánicoy otro Reglamentos Universitarios toda vez que por la Ley 2556 la UPEA seconstituye en una Institución Autónoma de Derecho Público.

Que, en nuestra institución es necesaria la difusión de la historia, principios ynormas de la Universidad Boliviana y de manera paticular de la UniversidadPublica y Autónoma de El Alto para el conocimiento de los nuevos estudiantesde la UPEA.

Que, es necesario implementar en los cursos pre-universitarios de la UniversidadPública de El Alto la materia de "Principios Universitarios" que dotara a losnuevos universitarios la información necesaria para su vida universitaria.

PORTANTO, EL II CONGRESO ORDINARIOEN USO DE SUS ATRIBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO ÚnfCO.- Disponer la implementación de una materia en la quese impartan los Principios universitarios, normativas e Historia de la UPEA, entodos los cursos pre-universitarios; delegándose dicha tarea a los diferentesCentros de Estudiantes de la Carrera o Area y la FUL, como parte de laformación pre-profesional del estudiante,

En consecuencia las Direcciones de Carrera o Área deberán coadyuvar y facilitarde los elementos necesarios para su ejecución.

Es dado en el auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos veintiocho días del mes de abril de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, comu n íq uese, cú m plase y archívese.

Por la Autonomía Universitaria y elCogobierno Paritario Docente -Estudiantil.

Universidad Riblica de EIAIto

Page 89: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congreso Ordinario

RESOLUCTóN No.2-l2OO8

El Alto, 29 de abril de 2008

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, la Universidad Publica de El ALto, es una institución de educación superior,cuyo principal reto es formar profesionales capaces de enfrentar los desafiosde la modernidad,por lo que la institución está en la obligación de brindarcondiciones apropiadas para lograr dicho propósito.

Que, el presente siglo exige del nuevo profesional cada vez, una mayor ymejor prepración, por lo que los estudiantes de la Universidad Publica de El

ALto deben estar lo suficientemente preparados para competir con cualquierprofesional de cualquier parte del mundo.

Que, actualmente la UPEA, adolece una seftie de falencias que impiden eldespegue institucional, entre las falencias se puede destacar la carencia dedeterminados departamentos que faciliten una adecuada preparación yformación de los universitarios de la Universidad.

Que, la carrera de linguistica mediante nota escrita presentóun proyecto para la implementación del Depatamentode ldiomas, arguyendo que la Universidad Pública de El

ALto al ser una istitución de formacion profesional que se desenvuelve enel contexto multiculturaf y multilingue, requÍere la implementación de dichodepartamento por que el,idioma se constituye en el instrumento de comunicaciónmás eficaz de la interrelación humana, y siendo que muchos estudiantesde la institución provine del area rural, estos tiene cieftas dificultades enel aprendizaje al no existir docentes bilinguies, y por otro lado también semenciona que el avance de la evolución dinamica del conocimiento universal yla transformacion de las sociedades originarias en el contexto latinoamericanorequiere en el presente profesionales con conocimientos holísticos de larealidad local, nacional, e internaional por lo que seria preciso formar recursoshumanos acorde al contexto de la diversidad cultural y linguísticas paracontribuir el desarrollo científico y tecnológico de la sociedad boliviana; siendoque el proyecto fue considerado por el plenario del II Congreso Ordinario dela UPEA, en atención a reiteradas soluciones desde gestiones pasadas a lasautoridades de turno.

Que, la Carrera de Línguistica, solicitó además ser la administradora deldepaftamento de ldiomas, siendo la solicitud acogida favorablemente por laplenaria del II Congreso Ordinario de la UPEA.

Universidad Ríblica de ElAlúo

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Que la Universidad Pública de El Alto al ser una institución de origen popular,acoge en sus filas a docentes, estudiantes y administrativos peftenecientes adiferentes grupos sociales y étnicos de nuestro país, sin embargo mucho deéllos al producirse el fenómeno de la migracion interna y otras circunstancias,han olvidado la lengua materna, asimismo dado el avance en el conocimiento anivel mundial se hace indispensable la implementación de un depaftamento deidiomas que posibilite ampliar al maximo las posibilidades de éxito de nuestrosestudiantes en el contexto internacional, haciendose necesario por consiguientebrindar una adecuada formación profesional.

PORTANTO, EL rI CONGRESO ORDTNARTOEN USO DE SUS ATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la implementación del Departamento deIdiomas en la Universidad Pública de ElAlto, el cual se regíra bajo un reglamentoespecífico aprobado por el Honorable Consejo Universitario.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer que la administración del Departamentode Idiomas en la Universidad Pública de El Alto esté a cargo de la Carrera deLinguística de la UPEA.

Es dado en el auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos veintiocho días del mes de abril de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, com u n íq uese, cú m plase y a rch ívese.

Por la Autonomía Universitaria y e!Cogobierno Paritario Docente -Estudiantil.

Universidad Ríblica de El AIto

Page 91: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congreso Ordinario

RESOLUCTóN N¡[ 28/2008

El Alto, 29 de abri! de 20O8

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, al presente las sesiones del II Congreso Ordinario de la UPEA, continúandesarrollándose, lo cual no permite la instalación del Honorable ConcejoUniversitario, u otros órganos de decisión inferiores al mismo, ya que el IICongreso Ordinario asume todas las prerrogativas de las instancias de gobiernoinferiores al mismo, tal cual establece la Resolución 05-Al20O7; y en vista deque varias carreras de la Universidad requieren la aprobación inmediata de lasrespectivas mallas curriculares.

Que, la carrera de Ciencias del Desarrollo, mediante nota escrita y la participaciónde sus representantes al II Congreso exigieron la inmediata aprobación de susPlanes de Estudio, a lo que la plenaria del máximo Evento Universitario semanifestó en sentido favorable, dejándose establecido no obstante que ésta,no era la instancia correspondiente para dicho cometido.

POR LO TANTO, Et II CONGRESO ORDTNARIOEN USO DESUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Disponer la aprobación transitoria de las mailascurriculares de las diferentes carreras de la UPEA, las mismas que seránratificadas en la primera sesión del Honorable Concejo Universitario luego definalizado el II Congreso Ordinario de la UPEA.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Aprobar el plan de estudios de la Carrera de Cienciasdel Desarrollo, debiendo el mismo ser ratificado por el Honorable ConcejoUniversitario en su 1ra sesión.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos veintinueve días del mes de abril de dos mil ocho años.

Reg ístrese, comu n íquese, cúmplase y arch ívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno paritario docente - estudiantil.

Universidad Prública de ElAIto

Page 92: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN NIq 29l2008

El Alto, 2 de mayo de 2OOB

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, el II Congreso Ordinario de la UPEA, inaugurada el 20 de noviembre de2007, mediante Resolución N'o 09-A12007, aftículos: segundo, tercero y cuafto,concordante con la Resolución 1612008 artículo segundo, dispone las sancionescorrespondientes a todos aquellos miembros de la Comunidad Universitaria queatenten contra el normal funcionamiento de la institución y en particular del IICongreso Ordinario.

Que, durante el desarrollo del II Congreso Ordinario de la UPEA, algunosmiembros de la UPEA, se han dado a la tarea de obstaculizar el normaldesenvolvimiento del máximo Evento Universitario, realizando una serie deacciones tendientes al fracaso del evento.

Que, lamentablemente el Lic. Filemón Tola, se ha dado a la tarea de instruirel retiro y repliegue de los docentes de las sesiones del II Congreso Ordinario,lo cual representa un gravísimo atentado contra los intereses de la Comunidaduniversitaria en general, toda vez que la misma espera la conclusión del MáximoEvento para poder tener los nuevos Reglamentos Internos. Asimismo el Dr.

Zenobio Nina, tomo actitudes de franca obstaculización del Evento Universitario,a instigando a los estudiantes de la Carrera de Medicina para boicotear elCongreso, llegando inclusive a propiciar cieftos enfrentamientos en contra delos miembros del II Congreso.

Que, el Comité Electoral encargada de llevar adelante el proceso eleccionariode las nuevas autoridades de la Universidad , ha presentado un informe verbalal II Congreso señalando que al presente se viene sopesando con algunasdificultades para cumplir con el mandato delegado, por lo que algunos frenteshabrían solicitado la ampliación en la presentación de candidatos para dicho actoeleccionario. A lo que la plenaria del máximo evento universitario se manifestópor dar viabilidad a lo solicitado, para de esta manera el presente acto sea elmás transparente posible y encuadrado dentro de los requisitos establecidospara ser autoridades de nuestra casa superior de estudios.

Que, producto de algunos detalles de forma y cuestiones administrativas, no sehabrían podido ejecutar y poner en vigencia los nuevos Reglamentos Internosaprobados por el II Congreso ordinario de la UPEA; situación que no puedeseguir dilatándose por más tiempo.

Universidad híblica de ElAlúo

Page 93: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

POR TANTO, EL rr CONGRESO ORDTNARTO

EN USO DE SUS ATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Instruir el inicio de proceso universitario del Lic.Filemón Tola Calizaya, debiendo ser suspendido de las funciones académicas,administrativas y otras, que estuviere ejerciendo al interior de la UPEA, en tantodure el proceso universitario.

ARTÍCUIO SEGUNDO.- Instruir el inicio de proceso universitario del Dr.Zenobio Nina Afteaga, debiendo ser suspendido de las funciones académicas,admínistrativas y otras, que estuviere ejerciendo al interior de la UPEA, en tantodure el proceso universitario.

ARTÍCUIO TERCERO.- Ampliar los plazos en la fecha de presentación decandidatos para la elección de nuevas autoridades de la UPEA, encomendándoseal Comité Electoral que en el marco de su autonomía determine las fechascorrespondientes.

ARTÍCULO CUARTO.- Disponer la vigencia plena y legal del nuevo EstatutoOrgánico de la UPEA, y todos los Reglamentos Internos aprobados en el IICongreso Ordinario, a paftir de la fecha.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos dos días del mes de mayo de los dos mil ocho años.

Reg ístrese, com un íq uese, cú m plase y a rchívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno paritario docente - estudiantil.

Universidad Riblica de ElAlto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCTON NIq 30/2008

El AIto, 5 de mayo de 2O08

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, pese a existir Resoluciones expresas en sentido de sancionar a todasaquellas personas que atenten en contra del II Congreso Ordinario, así comode la propia Autonomía Universitaria, que prohíbe hechos vandálicos y violenciaal interior de la UPEA, toda vez que las ideas deben ser rebatidas con ideas yno con actos de abierta confrontación y obstaculización al proceso que vienedesarrollando la Universidad Publica de El Alto mediante el presente Congreso.

Que, todos aquellos que realicen o adecuen su conducta en las causalesseñaladas en la normativa interna y resoluciones del II Congreso, merecen lasanción correspondiente; al presente el Lic. Eduardo Camacho, en compañía deotros sujetos, se ha dado a la tarea de realizar una serie de actos atentatoriosen contra, lo cual genera el rechazo y el repudio de la Comunidad Universitariaen general.

Que, al presente existen varias denuncias en sentido de que algunos miembrosde la Comunidad Universitaria habrían cometido una serie de atentados encontra de los intereses de la UPEA, los mismos que merecen ser investigados yposteriormente ser sometidos a proceso para determinar la responsabilidad oinocencia de los encausados.

Que, para la ejecución y cumplimiento de dichas tareas es necesario laconformación de tribunales y/o comisiones especiales, así por ejemplo se haceimprescindible la conformación de la Comisión Sumarial, y la Comisión deProcesos Universitarios.

Que, toda ves que las sesiones del II Congreso Ordinario de la UPEA, continúandesarrollándose, lo cual no permite la instalación del Honorable ConcejoUniversitario, ya que el II Congreso Ordinario asume todas las prerrogativas delas instancias de gobierno inferiores al mismo, tal cual establece la Resolución05-A12007; y en vista de que varias carreras de la Universidad requieren laaprobación inmediata de las respectivas mallas curriculares.

Que, a fin de dar viabilidad a los nuevos ordenamientos aprobados en elpresente congreso ordinario, y en vista de algunos errores gramaticales quepudiesen existir en los mismos, es necesario la conformación de la comisión deredacción y estilo.

Universidad Riblica de ElAlto

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POR TANTO, ELrI CONGRESOORDINARIOEN USO DE SUS ATRIBUCIONES, RESUELVE:

ARTÍCUIO PRIMERO.- Instruir el inicio de proceso universitario del Lic.Eduardo Camacho Coro, debiendo ser suspendido de las funciones académicas,administrativas y otras, que estuviere ejerciendo al interior de la UPEA, en tantodure el proceso universitario.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer la creación y conformación de la ComisiónSumarial, designándose en dichas funciones a las siguientes personas:

. Lic. Juan Herrera Quispe . Univ. Edgar Fidel Cabrera Huanca

. Lic. Reina Bustamante Paco . Univ. Roxana Condori Huanca

. Lic. Robeto Nery Choque Choque . Univ. Hugo Mullisaca Quelca

ARTÍCULO TERCERO.- Disponer la creación y conformación de la Comisiónde Procesos Universitarios, designándose en dichas funciones a las siguientespersonas:

. Dr. Renato Félix García Gonzáles . Univ. Secundino Conde López

. Lic. Jhonny Alcon Condori . Univ. Víctor Mamani Mamani

. Lic. Juan C. Torrez Chuquimia . Univ. Freddy Gutiérrez Apiez

. Ing. Edgar Condori Cosme . Univ. Apolinar Coria Portuguez.

ARTÍCULO CUARTO.- Disponer la aprobación de las mallas curriculares delas diferentes carreras de la UPEA, en la primera sesión del Honorable ConcejoUniversitario.

ARTÍCULO QUINTO.- Conformar la Comisión de redacción y estilo para larevisión de las nuevas normativas aprobadas en el II Congreso de la UPEA,encargándose dicha tarea a la Carrera de Lingüística de la UPEA; siendoresponsables directos el Director de Carrera y el Centro de Estudiantes.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, alos siete días del mes de mayo de dos mil ocho años.

Reg ístrese, com u n íquese, cú mplase y a rchívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno paritario docente - estudianti!.

Univeñdad Rlbüca de El Alto

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II Congreso Ordinario

RESOLUCIóN Nrq 31/2008

El Alto, 7 de mayo de 2008

VISTOS Y CONSIDERANDO

Que, la escala salarial en la Universidad Pública de El Alto, se ha mantenidoinvariable en el curso de los últimos años, el mismo que esta por debajo delo que los docentes del sistema universitario nacional perciben, por lo que alpresente se hace necesario un reajuste en la misma, a fin de que dicha medidapueda coadyuvar en la mejora de la calidad académica en la UPEA; sin embargoel reajuste planteado debe ser acorde con la realidad económica de nuestrasuperior casa de estudios, toda vez que siendo la UPEA una universidad enplena construcción y desarrollo, por lo que misma no debe significar ni afectargrandemente la economía de la institución

Que, al presente esta en plena etapa de preparación el proceso eleccionarioen la Carre alDirector de telas univers ataduciendo, u1.

del estamento docente, han presentado su renuncia irrevocable al comité electoralante la plenaria del II Congreso, la misma que fue aceptada, sugiriéndose enconsecuencia la designación de otras personas en dichas funciones, las mismasque se integrarán al comité ya con anterioridad; con ese propósitose sugirió a las universitarias uispe y Ernestina Chura, para quecumplan con las tareas mencio dentemente.

Que, lamentablemente al interior de la carrera de Medicina se han estadoatentan contra la seguridadsus miembros; los hechos y

II Congreso de la UPEA, quedes, docentes y estudiantes

de la mencionada carrera, manifestando además la necesidad de garantizara los docentes y estudiantes que estén apoyando el normal desarrollo delCongreso.

Que, mediante fecha 5 de mayoART. CUARTO, s de redacción y estencomendada a la plenaria propucomisión con la e, puesto que fuemanejo y taipeo del informe de las comisiones presentadas en las plenarias.

Universidad Riblica de ElAltr¡

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poR Lo TANTO, EL rI CONGRESO ORDTNARTOEN USO DESUSATRTBUCTONES, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la nueva escala salarial en la UniversidadPública de El Alto a partir del mes de junio del año 2008, en base al informe dela Comisión conformada en el II Congreso Ordinario y tomando en cuenta la

sugerencias realizadas por la plenaria del mismo.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Designar a las universitarias Neolinda QuispeHuanca y Zu I Comité Electoral,para la él Di sustitución de las

universita aE ueSantalla.

ARTÍCULO TERCERO.- Garantizar la estabilidad académica y administrativade los docentes y estudiantes de la carrera de Medicina que estuvierensiendo perseguidos políticamente por apoyar el II Congreso de la UPEA, enconsecuencia se deja sin efecto legal alguno cualquier tipo de sanción impuestaa los mismos.

ARTÍCULO la universitaria GabrielaLuque Artea la ón y Estilo, encargadade la revisió e inario de la UPEA.

Es dado en el Auditórium de la Universidad Pública y Autónoma de El Alto, a

los siete días del mes de mayo de dos mil ocho años.

Reg ístrese, com u n íq uese, cú m plase y a rchívese.

Por la Autonomía UniversitariaPor el Cogobierno paritario docente - estudianti!.

Universidad Ribüca de ElAlto

Page 98: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

CTASIFICADOR SALARIAL Y DE CARGOS

NIVEL NIVEL DE CARGOS CARGOS GENERALES HABERBASICO

1 RECTORADO Rector 11,390,82

2 VICERRECTORADO V¡cerrector 9,910,01

3 DIRECCION - A Secretario General y D¡rectorAdministrativo y Financiero

8,423,57

4 DIRECCION - B Decanatura 6,948,40

5 ]EFATURA - A Directores de CarreraDirectores de Departamento

5,809,32

5 ]EFATURA - B Jefaturas de División 5,140,68

7 PROFESIONAL I lefaturas de Unidades Profesional I 4,500,51

I PROFESIONAL II Profesional Tecnio IITecnicos de Presupuesto, Tesoreria,

3,246,38

9 TECNICO SUPERIOR I Profesional Tecnico III 2,572,05

10 TECNICO SUPERIOR II Profesional Tecnico IV 2,278,16

11 ADMINISTMTIVI I Secretaria 2,084,52

L2 ADMINISTRATIVO II Secretaria IIAuxiliares de Oficina y Chofer Mensajero

7959,22

13 AUXILI,AR DE SERVICIOS I Serenos, Mensajeros y Choferes t822,53

t4 AUXIUAR DE SERVIOO II Portero y Personal de Limpieza t,708,62,er nrver I ar ó oeDera presenlar Ia corresponoents I rtulos AGoemrcos y en Provtston Nactonal, de Ltcenciaturaleb¡damente leqlizados.

)el.nivel 9 al 10 deberá presentar los correspond¡entes titulos academ¡cos y en provición nacional, tecn¡cos superioreslebidamente legal¡zados.

il nivel 11 deberá presntar los corrspondientes titulos de Strretaria Ejcutiva deb¡damente Legalizados.

:l n¡vel 12 deberá presentar los correspond¡entes ütulos de Tecn¡co medio deb¡damente Legal¡zados.

DOCENCIA HORA ACADEMICA 60,00

BECA TMBAJO 750,00

AUXIUAR DOCENCIA 400,00

PERSONAL EVENTUAL.- El personal eventual a solicitud de la Maxima Autoridad será aprobado en el HCU.BONO ANTIGUEDAD,- El bono de antiguedad se contabilizara a partir de la fecha de ingreso a la UPFÁ.BONO A LA PRODUCCION INTELECTUAL.- La Universiadad como incentivo al aporte intelectual reconocéráun Bono a la Produccion Intelectual, según Reglamento Especifico.BONO DE PROVINCIA.- La Universidad pagará un Bono de Prov¡ncia a los Docentes que presten serviciosen las Sub Sedes Equivalentes a Bs. 0,30 por K¡lometro.

Universidad hibüca de EI AIto

Page 99: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

MANUAT DEL CLASIFICADOR SALARIAR

NML 1.- Rectorado, representa a la máxima Autoridad Ejecutiva (MAE), elegido en claustro.

NML 2.- Vicerrectorado, representa como segunda Autoridad máxima, elegido en claustro.

NML 3.- Dirección A ., Cargo designado por el HCU; Director Administrativo Financiero ySecretaria General.

NML 4.- Dirección B ., Decanatos por Áreas, elegido en claustro.

NML 5.- ustro, oentosteracción

NML 6,- Jefatura 8., Cargo de carrera Administrativa que corresponde a Jefes de Áreas comoser : Institutos de Investigac¡ón y Jefes de Proyectos.

NMt7.- Profesionales I., Cargos de Carrera Administrativa que corresponde acy Ique

ñ na'

NML 8.- Profesional II., Cargos de carrera Administrativa, que corresponde a ProfesionalesTécnnicos II, Técnicos de Unidades que realiza trabajos opertivos como ser:Presupuestos , Tesoreria, Contabilidad, Auditor Junior, Planillas, Responsable Academico. YResponsable de Sub Sedes

NML 9.- Tecnico Superior I, Cargos de Cgrrera Admin¡strativa que corresponde a desarrollarfuncioes como res o ser: Recursos Humanos, Boblioteca,Planillas, Técnicos erativo como ser : Procuradores, Caligrafos,Contabilidad y de

NML 10.- Tecnico Superior II, Cargos de Carrera Administrativa que corresponde a desarrollarfuniones operativas comb ser: Activos fijos, almacenes, Cotizador,Biblioteca, Jurídica,Cajero, Encargado de Laboratorios, Archivos, electrisista.

NML 11.- iva que corresponde a desarrollarde dirección Ejecutiva ( Rectorado,turas)

NML 12.- Administrativo II, Cargos de Carrera Administrativa que corresponde a desarrollartrabajos a nivel de Técnicos Medio delegadas en las funciones operativas como ser:Secretarias II, Auxil¡ares de Oficina y Chofer Mensajero.

NML 13.- Auxiliar de Serviciosl, Cargos de Carrera Administrativa que corresponde a desarrollartrabajos a nlvel de Serenos,Mensajerosy Choferes.

NMt 14.- Auxiliar de Servicios II, Cargos de Carrer¿ Administrativa que corresponde a desarrollartrabajos a nivel de Portero y Personal de Limpieza.

Universidad hiblica de ElAlto

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Page 101: RESOLUCIONES DEL II CONGRESO ORDINARIO

RESOLUCIéN NO O7I2OO7

RESOLUCIoN No oB/2007257259262264266269272276.n7

No 09/2007 .

No 10/2007No 11/2007No 1212007No 13/2007No 1412007 .

No 15/2007No 16/2007No L712007.No 18/2007No 19/2007No 2012007No 0u2008.No 02/2008.No 03/2008

..2',79..28r

.....283.. 284.. 286. 287

290

No 04/2008No 05/2008No 06/2008..

No 2712008No 2Bl2008No 2912008No 30/2008

293. 295.....297

298

312..314..3t6..318.320..322.324..326328330331.332JJJ335336338

RESOLUCI

RESOLUCI

No 0712008No 08/2008No 09/2008No 10/2008No 1u2008No 11-A/2008 .

No 1212008No 13/2008..No 1412008.No 15/2008No 16/2008,No 1712008No 18/2008No 19/2008No 2012008No 2112008No 2212008No 2312008 ..

No 2412008.No 2512008.No 2612008 ......

RESOLUCION NO 31/2OOBCI.ASIFICADOR SALARIAL Y DE CARGOS

Universidad Pública de El Alto


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