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CENTRO DE SALUD JUAN SOUERI NIT: 804.007.611-9 iresa Social del Estado - El Guacamayo Santand .S.E CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES No. 031-2017- CONTRATANTE CONTRATISTA C.C. No. OBJETO VALOR PLAZO FORMA DE PAGO E.S.E CENTRO DE SALUD JUAN SOLER), El Guacamayo Santander ERIKA DANIELA BARBOSA HOYOS 1.056.785.320 de Puerto Boyacá. PRESTAR LOS SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN COMO REGENTE DE DISPENSACIÓN Y FARMACIA ASI COMO SU FACTURACIÓN EN LA ESE CENTRO DE SALUD JUAN SOLERI. CINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS MCTE ($ 5.200.000) Tres (03) meses y 28 días calendario. Cuatro pagos parciales por la suma de UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($1.300.000.00), por mensualidad vencida, previa constancia de recibido a satisfacción por parte del supervisor de la comprobación deí cumplimiento de obligaciones y pago al Sistema General de Seguridad Social Integral (salud, pensión, riesgos y parafiscales); además de la presentación de la cuenta de cobro y del informe de actividades por parte de la contratista. Entre los suscritos a saber, JENNY PAOLA MEDINA VELASQUEZ, mayor de edad, identificada con !a cédula de ciudadanía No. 63.543.326, expedida en Bucaramanga, nombrada a través de resolución No. 043-2017 emanada por la alcaidía municipal de Guacamayo, quien en este acto obra como representante lega) de la E.S.E CENTRO DE SALUD JUAN SOLERI de E! Municipio de El Guacamayo, autorizada para contratar según acuerdo No. 006 de 2016, expedido por la Junta directiva de la E.S.E., quien para los efectos legales del presente documento se denominará EL CONTRATANTE, por otra parte ERIKA DANIELA BARBOSA HOYOS, identificada con la C.C. No 1.056,785.320 de Puerto Boyacá. quien en este acto se denominará EL CONTRATISTA. El cual se rige bajo el proceso de contratación administrativa según Ley 100 de 1993, orientado por las normas del derecho privado; en cuanto a transparencia de! proceso se tiene en cuenta el Manual de Contratación de la entidad y demás normas concordantes en la modalidad de contratación; consignado en las cláusulas que se pactan a continuación y con base en la Certificación de Disponibilidad Presupuestal: a) Que de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Interno de Contratación, ía ESE Centro de Salud Juan Soíeri podrá celebrar contratos de prestación de servicios para desarrollar actividades relacionadas con su administración o funcionamiento y esto sólo podrán celebrarse cuando dichas actividades no hay personal suficiente de planta, b) Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 195 de la Ley 100 de 1.993, el numeral 6 refiere que la contratación de (as ESE se realizaran por eí derecho privado pero podrá discrecionafmente utilizar las cláusulas exorbitantes previstas en el estatuto General de Contratación de la administración pública, lo cual se ratifica dentro del Estatuto Interno de Contratación de fa ESE. c) Que la contratación a realizar es una contratación prioritaria directa con una sola oferta, según lo establecido en el artículo 35 del Manual Interno de Contratación de la ESE. d) Que para la prestación de los servicios se requiere de una persona natural o jurídica que preste dichos servicios de conformidad a lo establecido en el estudio de oportunidad y conveniencia; e) Que la ESE Centro de Salud Juan Soíeri, no cuenta en la planta de cargos con personal suficiente disponible para realizar las actividades a contratar, haciéndose necesaria la contratación externa de dicho servicio; f) Que por lo anterior, previa realización de los estudios de conveniencia y oportunidad, para contratar las partes Calle 6 No. 3-13 Celular: 3138501609 E.mail [email protected]
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CENTRO DE SALUDJUAN SOUERI

NIT: 804.007.611-9iresa Social del Estado - El Guacamayo Santand.S.E

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES No. 031-2017-

CONTRATANTECONTRATISTAC.C. No.OBJETO

VALORPLAZOFORMA DEPAGO

E.S.E CENTRO DE SALUD JUAN SOLER), El Guacamayo SantanderERIKA DANIELA BARBOSA HOYOS1.056.785.320 de Puerto Boyacá.

PRESTAR LOS SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN COMOREGENTE DE DISPENSACIÓN Y FARMACIA ASI COMO SUFACTURACIÓN EN LA ESE CENTRO DE SALUD JUAN SOLERI.CINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS MCTE ($ 5.200.000)Tres (03) meses y 28 días calendario.Cuatro pagos parciales por la suma de UN MILLÓN TRESCIENTOS MILPESOS M/CTE ($1.300.000.00), por mensualidad vencida, previaconstancia de recibido a satisfacción por parte del supervisor de lacomprobación deí cumplimiento de obligaciones y pago al Sistema Generalde Seguridad Social Integral (salud, pensión, riesgos y parafiscales);además de la presentación de la cuenta de cobro y del informe deactividades por parte de la contratista.

Entre los suscritos a saber, JENNY PAOLA MEDINA VELASQUEZ, mayor de edad,identificada con !a cédula de ciudadanía No. 63.543.326, expedida en Bucaramanga, nombradaa través de resolución No. 043-2017 emanada por la alcaidía municipal de Guacamayo, quienen este acto obra como representante lega) de la E.S.E CENTRO DE SALUD JUAN SOLERIde E! Municipio de El Guacamayo, autorizada para contratar según acuerdo No. 006 de 2016,expedido por la Junta directiva de la E.S.E., quien para los efectos legales del presentedocumento se denominará EL CONTRATANTE, por otra parte ERIKA DANIELA BARBOSAHOYOS, identificada con la C.C. No 1.056,785.320 de Puerto Boyacá. quien en este acto sedenominará EL CONTRATISTA. El cual se rige bajo el proceso de contrataciónadministrativa según Ley 100 de 1993, orientado por las normas del derecho privado;en cuanto a transparencia de! proceso se tiene en cuenta el Manual de Contratación dela entidad y demás normas concordantes en la modalidad de contratación; consignadoen las cláusulas que se pactan a continuación y con base en la Certificación deDisponibilidad Presupuestal: a) Que de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Internode Contratación, ía ESE Centro de Salud Juan Soíeri podrá celebrar contratos de prestaciónde servicios para desarrollar actividades relacionadas con su administración o funcionamiento yesto sólo podrán celebrarse cuando dichas actividades no hay personal suficiente de planta, b)Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 195 de la Ley 100 de 1.993, el numeral 6refiere que la contratación de (as ESE se realizaran por eí derecho privado pero podrádiscrecionafmente utilizar las cláusulas exorbitantes previstas en el estatuto General deContratación de la administración pública, lo cual se ratifica dentro del Estatuto Interno deContratación de fa ESE. c) Que la contratación a realizar es una contratación prioritaria directacon una sola oferta, según lo establecido en el artículo 35 del Manual Interno de Contrataciónde la ESE. d) Que para la prestación de los servicios se requiere de una persona natural ojurídica que preste dichos servicios de conformidad a lo establecido en el estudio deoportunidad y conveniencia; e) Que la ESE Centro de Salud Juan Soíeri, no cuenta en la plantade cargos con personal suficiente disponible para realizar las actividades a contratar,haciéndose necesaria la contratación externa de dicho servicio; f) Que por lo anterior, previarealización de los estudios de conveniencia y oportunidad, para contratar las partes

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.S.ECENTRO DE SALUD

JUAN SOLER!NIT: 804.007.611-9

Empresa Social del Estado - El Guacamayo Santan

establecen las siguientes clausulas: PRIMERA- OBJETO: "PRESTAR LOS SERVICIOSDE APOYO A LA GESTIÓN COMO REGENTE DE DISPENSACIÓN Y FARMACIA ASICOMO SU FACTURACIÓN EN LA ESE CENTRO DE SALUD JUAN SOLERI.".PARÁGRAFO- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA-1). Garantizar el cumplimiento de losprocesos de Regencia de dispensación, recepción, almacenamiento de Farmacia, así comotambién de su facturación. 2). Mantener la farmacia en completo orden con las medidas dehigiene y salubridad. 3). E! contratista deberá cuidar los recursos de la entidad (física, técnica,económica) incluidos los elementos entregados por la ESE CENTRO DE SALUD JUANSOLERI para la debida ejecución de las actividades convenidas, a no utilizarlos para fines y enlugares diferentes ai contratado y a devolverlos a la terminación del presente contrato. Asímismo, se responsabiliza de los daños de pérdida que sufran estos, a excepción del deterioronatural por el uso o fuerza mayor. 4) Participar activamente en el cumplimiento deprocedimientos y pautas para la facturación diaria, permitiendo la optimización del recaudo conun mínimo riesgo bajo parámetros de efectividad y calidad 5). Participar activamente en loscomités y en todas las actividades administrativas y las que de ellas se derive para los cualessea designado el personal, asumiendo las obligaciones en el acto de designación sin perjuiciodel cumplimiento de sus obligaciones contractuales. 6). Respetar la confidencialidad de todainformación que !e sea entregada bajo su custodia o que por cualquier otra circunstancia debaconocer o manipular y responder patrimonialmente por los perjuicios y o utilización indebida. 7).El contratista debe cumplir con las exigencias legales, Éticas y normativas para el adecuadomanejo y control del inventario de medicamentos e insumes médicos dados por la ESECENTRO DE SALUD JUAN SOLERI para el proceso de dispensación a los diferentes serviciosatendidos por el servicio farmacéutico, garantizando que no se presenten fallantes o sobrantesen este. 8). Rendir tos informes que se le soliciten con el fin de cumplir oportunamente a losentes de control, secretaria de salud, Ministerio de Salud, Superintendencias. 9). Solicitarcódigos de autorización del servicio de urgencias de las Eps dei régimen contributivo ysubsidiado de lunes a viernes en jornada laboral y realizar el proceso de envió de remisiones(Correo Electrónico) de lunes a viernes hasta las 09:00 prn y fines de semana. 10). Facturardiariamente la consulta médica, terapia física, urgencias, entre otros.11).Prestar los primerosauxilios en caso de accidentes de tránsito, desastres naturales en magnitud cuando se requierael apoyo por la institución. 12).Brindar educación a los usuarios en los diferentes serviciosprestados a cerca de los cuidados que deben tener y estilos de vida saludable, teniendo encuenta su diagnóstico y pronóstico. 13). Llevar inventario mensual del control demedicamentos, materiales y Suministros y rendir su respectivo informe.14). Apoyo en elproceso de Referencia y contra-referencia de usuarios en los servicios de Urgencias yObservación 15). Velar por su Bioseguridad en la realización de sus actividades diarias y haceruna adecuada disposición de los residuos hospitalarios. 16). Cumplir con las actividadesdescritas en las obligaciones del objeto. 17) Cumplir con las actividades fijadas en el alcancedel objeto, ciñéndose a la naturaleza del contrato, la necesidad de la entidad y los principios deceleridad, transparencia, responsabilidad, eficacia y objetividad entre otros. 18). Contar con supropio material y herramientas de trabajo y prestará sus servicios de manera independiente yautónoma, en el evento que por algún motivo en especificó la entidad coloque a disposiciónelementos, bienes e información etc. para la ejecución del contrato, el contratista deberáresponder por los elementos, bienes, información, etc. que se pongan a su disposición para laejecución del presente contrato, propendiendo, en todo caso, por su conservación y usoadecuado. 19). Cumplir con el objeto de este contrato en defensa de los intereses jurídicos,económicos o de cualquier otra naturaleza del contratante y aportar sus capacidades,conocimientos y aptitudes con la debida diligencia, oportunidad y confidencialidad; 20)

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S _. CENTRO DE SALUDi"" JUAN SOLERI

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Presentar un informe mensual y/o semanal de actividades ejecutadas según se requiera , juntocon las evidencias escritas o magnéticas que demuestren el cumplimiento de las actividades ymetas pactadas, so pena de iniciarse el respectivo procedimiento para imponer las sanciones aque hubiere lugar. 21). No aceptar presiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la leyy comunicar oportunamente al contratante y a la autoridad competente, si ello ocurriere, sopena de que el contratante declare la caducidad del contrato, 22). Acreditar afiliación y pago asalud, pensión según lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002, 797 de 2003,Decreto 510 de 2003, ley 1150 de 2007, ley 1393 de 2010 y concordantes. 23). El contratistamanifiesta de manera clara y expresa su intención de afiliarse al sistema general de riesgosLaborales, de conformidad con las disposiciones contenidas en la ley 1562 de 2012 y Decreto723 del 2013. 24). Allegar dentro de los términos previstos en este acuerdo, ios documentos ygarantías en caso de requerirse para la ejecución del contrato. En el evento en que lostrabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio deTrabajo como de alto riesgo, el pago de esta afiliación será por cuenta del contratante. (Artículo2 ordinal a), numeral 5), 25). Cumplir en forma oportuna con las instrucciones impartidas por elsupervisor del contrato. 26). De conformidad con el artículo 18 del Decreto 723 del 15 de abrilde 2013, allegar ef certificado de examen pre ocupacíonal. 27). Participar activamente en lasactividades de tipo Lúdico-recreativas, culturales y demás programadas por la institución. 28).Las demás funciones encomendadas por el supervisor y/o gerente que contribuyan a darcumplimiento al objeto contractual.CLÁUSULA SEGUNDA - DURACIÓN Y TIEMPO: Elpresente contrato de prestación de servicios Profesionales, tiene una duración TRES (03)MESES Y 28 DÍAS, contados a partir del día que se suscriba el acta de inicio. CLÁUSULATERCERA - VALOR: El valor del presente Contrato de prestación de servicios es la suma deCINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS MCTE ($ 5.200.000), CLAUSULA CUARTA:FORMA DE PAGO: Cuatro pagos parciales por la suma de UN MILLÓN TRESCIENTOS MILPESOS M/CTE ($1.300.000.oo), por mensualidad vencida, previa constancia de recibido asatisfacción por parte del supervisor de la comprobación del cumplimiento de obligaciones ypago al Sistema General de Seguridad Social integral (salud, pensión, riesgos y parafiscales);además de la presentación de la cuenta de cobro y del informe de actividades por parte de lacontratista. CLÁUSULA QUINTA- ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL: El presente contrato deprestación de servicios profesionales; se imputa a la apropiación presupuesta! determinada delRubro No. 0,3,20,10,01 denominado: SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS - PLANESDE SALUD OPERATIVO, del presupuesto general de rentas y gastos de la vigencia fiscal deldos mil dieciséis (2017). CLÁUSULA SEXTA.- SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN: Todos lostrabajos que realice el contratista en cumplimiento del presente contrato, serán ordenados,supervisados, evaluados y liquidados por la Gerente de la E.S.E. Centro de Salud Juan Soleride El Guacamayo; PARÁGRAFO - CADUCIDAD: la E.S.E. Centro de Salud podrá dar porterminado el presente contrato en los eventos consagrados en la Ley 80 de 1993 y ademáspor baja calidad o mora en la prestación de los servicios por causas imputables ai contratista ocuando por autoridad competente, el contratista sea privado de ejercer su profesión u oficio.CLÁUSULA SÉPTIMA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: Ei presente Contrato deServicios Profesionales se entenderá perfeccionado y legalizado con la firma de las partes,previa comprobación de la documentación que legalmente requieran y la existencia de lasdisponibilidades presupuestal. CLÁUSULA OCTAVA - INHABILIDADES EINCOMPATIBILIDADES: El Contratista declara bajo la gravedad de juramento que no seencuentra incurso en las inhabilidades e incompatibilidades de que trata el artículo 8 de la Ley80 de 1993 y demás normas concordantes o complementarias. CLÁUSULA NOVENA -CLÁUSULA PENAL Los contratantes acuerdan como cláusula penal, que deberán pagar la

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parte que incumpla en todos o en parte del presente contrato de prestación de servicios, el diezpor ciento (10%) de su valor total. CLÁUSULA DÉCIMA -SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:No obstante lo dispuesto en las cláusulas anteriores, si en la ejecución del contrato y suliquidación surgieren diferencias, se podrán adoptar de común acuerdo, cualquiera de losmecanismos de solución negociada, tales como la amigable composición, la conciliación,transacción y el arbitraje técnico. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA CESIÓN; El presentecontrato es intuito personaey en consecuencia no podrá cederse sin autorización de la entidadcontratante, CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA «RELACIÓN LABORAL: El presente contratono genera relación laboral con el contratista; y en consecuencia tampoco el pago deprestaciones sociales, pero queda obligado afiliarse a alguno de ios sistemas de saludprevistos en ía ley 100 de 1993 y a permanecer afiliado durante toda la vigencia del contrato.CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA LIQUIDACIÓN: Al cumplimiento de las obligaciones delcontrato y/o dentro de los cuatro meses siguientes CLÁUSULA DÉCIMO CUARTAINDEMNIDAD: Es obligación del contratista mantener indemne a la ESE de cualquierreclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones del contratista.CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA. GARANTÍAS. En consideración a ia naturaleza del contrato,duración y forma de pago no se exigen pólizas de garantía para este servicio contratado.

Para constancia se suscribe el presente contrato en el Municipio de El Guacamayo, El Primero(01) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017).

MEDINA VELASQUEZGereníeuESEntro de saludJuan Soferi de Él Guacamayo

ERIKA DÁMELA BARBOSA HOYOSContratista

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