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Seguro de Desempleo Manual de Beneficios

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Seguro de Desempleo Manual de Beneficios State of Illinois Department of Employment Security
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Page 1: Seguro de Desempleo Manual de Beneficios

Seguro de DesempleoManual de Beneficios

State of Illinois

Department of Employment Security

Page 2: Seguro de Desempleo Manual de Beneficios

Tabla de Contenidos

Proteja Sus Beneficios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .3Beneficios del seguro de desempleo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .3Trabajo Asegurado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4Trabajo No Asegurado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4¿Es usted elegible para recibir beneficios? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .5Dónde y cuándo someter . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .7Información que necesita para solicitar los beneficios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .8Lo que significa estar “Capaz y disponible para trabajar" . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .8Buscando trabajo activamente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9Reclamando a los niños como dependientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9Reclamando al (a la) cónyuge como dependiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9¿Qué sucede cuando usted presenta un nuevo reclamo por beneficios? . . . . . . . . . . . .10Los beneficios pagados por semanas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .10Recibiendo los pagos de beneficios a través del Depósito Directo . . . . . . . . . . . . . . . .11Recibiendo pagos de beneficios a través de tarjetas de débitos . . . . . . . . . . . . . . . . . .11Certificarse para Obtener los Beneficios Usando “Tele-Serve” . . . . . . . . . . . . . . . . . .11Citas programadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .12Si usted informa por correo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .12Si usted no puede trabajar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .13Si usted se muda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .13Cuando usted regresa a trabajar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .13Cheques perdidos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .13Si a usted le pagan más de la cuenta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .13Información falsa o engañosa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .14Si su reclamo es cuestionado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .14Si su reclamo es denegado en cualquier momento – Sus derechos de apelación . . . . .14¿Qué sucederá con su apelación? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .14Los Derechos de Apelación del Empleador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .15Cómo se determinan sus beneficios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .16Su Período Base . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .16Total de Beneficios Semanales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .17Total de beneficios anuales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .17Beneficios parciales–Trabajo a tiempo parcial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .17Calculando los beneficios parciales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .18Beneficios Interestatales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .18Reclamo de salarios combinados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .18Empleados del gobierno de los EE.UU. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .19Los Veteranos Militares de los Estados Unidos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .20Beneficios de asistencia del intercambio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .21Servicios de preparación de perfiles y referidos para ser empleado nuevamente . . . . . .21Informe su regreso al trabajo ¡INMEDIATAMENTE! . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .22Sugerencias finales para los reclamos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .22Los beneficios pueden estar sujetos a impuestos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .22Se requiere su número de Seguro Social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .23Líneas de fax para los clientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .24Los Recursos en línea del IDES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .25

Page 3: Seguro de Desempleo Manual de Beneficios

Introducción

Esta publicación provee instrucciones detalladas para que las personas que buscantrabajo puedan solicitar los beneficios del seguro de desempleo. El Departamento deSeguridad del Empleo de Illinois recauda impuestos de seguro de desempleo provenientesde los aportes que realizan los empleadores responsables del estado, convirtiéndolos enfondos del seguro de desempleo, destinados a servir a los trabajadores de Illinois quecalifiquen. El IDES también opera un servicio de empleos y otros programas especialespara el desempleado y el empleado a menos que aparea las necesidades laborales delempleador con las destrezas de los que buscan empleo. Para conocer más sobre IDES o paraobtener copias adicionales de este folleto, visítenos en nuestro sitio de Internet alwww.ides.illinois.gov.

Dónde encontrar los Servicios del IDES

Todos los servicios del IDES están disponibles a través de las más de 70 oficinas localesde IDES a través de todo Illinois. Para encontrar una oficina de IDES cerca de usted, llameal (800) 244-5631.

Afirmación de No Discriminación

IDES es un empleador que brinda igualdad de oportunidad en el trabajo y cumple contodas leyes que impiden la discriminación en la administración de sus programas. Lasasistencias auxiliares y los servicios están disponibles a pedido de los individuos conincapacidades. Póngase en contacto con el Gerente de su oficina o con el Oficial deIgualdad de Oportunidad del IDES al (312) 793-9290 o TTY (888)340-1007.

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BENEFICIOS DEL SEGURO DE DESEMPLEO

Beneficios delseguro de desempleo

El seguro de desempleo es un programaoperado por el estado, diseñado paracompensarle a usted parcialmente por lapérdida del salario en caso de que usted sehalle sin trabajo. Como otros tipos deseguros contra incendio, accidentes o desalud, este seguro sirve en casos deemergencia: Cuando usted está temporaria opermanentemente sin trabajo o si usted noestá trabajando a tiempo completo debido ala falta de trabajo.El programa le asegura que si usted reúne

los requisitos de elegibilidad de la ley, tendráalgún ingreso mientras busca trabajo, hastapor un máximo de 26 semanas en unperíodo de un año. Sin embargo, el segurode desempleo no le puede y no le protege a

usted contra sueldos perdidos mientrasusted está ausente del trabajo debido aenfermedad o mientras está cesante por supropia elección.El seguro de desempleo no deberá

confundirse con el Seguro Social que esun programa federal que lo protege austed y a sus dependientes contra lapérdida de ingresos por haberse jubilado,por incapacidad permanente o porfallecimiento. Usted paga por el SeguroSocial parcialmente, a través de losdescuentos que se efectúan de sus sueldos;pero usted no paga ninguna parte de sussueldos, ya sea directamente o a través dedescuentos de nómina de pago, para elseguro de desempleo en Illinois. Losbeneficios del seguro de desempleo estáncosteados por los impuestos que pagan losempleadores de Illinois. �

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Proteja Sus Beneficios

Muchos trabajadores desempleados pierden sus beneficios de una semana o másporque no siguen las instrucciones en este folleto. Los errores que se cometen al presentarun reclamo pueden demorar el pago de sus beneficios. Si usted no entiende estasinstrucciones, pida ayuda en su oficina local del IDES. Usted tiene derecho a serrepresentado por una persona u organización de su elección, en todo asunto relacionadoa su reclamo. Su representante puede obtener información relacionada a su reclamo,siempre que muestre evidencia de que ha sido autorizado por uste

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Trabajo Asegurado

Si usted califica para el seguro dedesempleo, usted recibirá beneficios basadosen el trabajo asegurado. El trabajo aseguradoes el trabajo desempeñado para unempleador que está sujeto a la ley – uno alque se le requiere efectuar pagos al estado deacuerdo a la Ley del Seguro de Desempleode Illinois.

Los pagos quincenales que usted recibe seconocen como los beneficios. Para calificarpara beneficios, usted deberá cumplir conlos requisitos de elegibilidad. Si ustedcumple con ellos, a usted se le pagarán losbeneficios por tener derecho. Los beneficiosno están basados en la necesidad, ya que noconstituyen caridad o bienestar social.

En Illinois, el programa de seguro dedesempleo está administrado por elDepartamento de Seguridad de Empleo, ylos servicios se le proveen al público en lasoficinas locales del IDES por todo el estado.

Si usted pasa a estar desempleado, ustedpuede hacer un reclamo en su oficina deIDES más cercana o a través de la Internet alwww.ides.illinois.gov. Para encontrar laoficina más cercana a usted, llame al 1-888-367-4382.

Usted deberá presentar su reclamodurante la primera semana después de haberpasado a estar desempleado o tan prontocomo sea posible después de ello. Mientrasmás se demore usted en presentar sureclamo, más beneficios puede perder.

Trabajo No Asegurado

Hay algunos tipos de trabajo quepueden no estar asegurados en Illinois yotros tipos de trabajos que están aseguradospara algunos empleadores, pero no estánasegurados para otros. Los salarios pagadospor trabajos que no están asegurados nopueden ser usados como base para elreclamo de beneficios. Algunos ejemplos:

1. Los trabajadores agrícolas que estáncubiertos son aquéllos que han trabajadopara una unidad de empleo que hapagado salarios de al menos $20,000 enefectivo a esos empleados durante untrimestre calendario o que hayanempleado a 10 ó más individuos, dentrode un período de 20 semanas o más cadauno durante el año calendario presente oel anterior. Otros trabajadores agrícolasno están cubiertos.

2. Los trabajadores domésticos que estáncubiertos son aquéllos que hantrabajado para una unidad de empleoque ha pagado en salarios al menos$1,000 en efectivo por cualquierservicio doméstico durante cualquiertrimestre calendario, ya sea en el añocalendario presente o en el anterior.Otros empleados domésticos no estáncubiertos.

3. El trabajo del ferrocarril cubiertos porel Acta de Seguro de DesempleoFerroviario, no está asegurado.

4. Cierto empleo familiar, como el de unapersona que trabaja para un cónyuge,un padre/madre que trabaja para unhijo o una hija, o un hijo o hija menorde 18 años de edad que trabaja parauno de los padres, no está cubierto.

5. El trabajo de un agente de seguro orepresentante que recibe únicamentecomisiones por sus ventas, no estácubierto.

6. Cierto tipo de trabajo gubernamental,situaciones laborales especiales (oficialelecto) o quienes son contratados porun corto período de tiempo luego deocurrido un desastre pueden quedarexcluidos de recibir beneficios dedesempleo.

7. El adiestramiento para el trabajohumanitario, financiado por elgobierno federal, estatal o local, no estáincluido.

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BENEFICIOS DEL SEGURO DE DESEMPLEO

8. Tampoco están cubiertos losvendedores directos de productos parael consumidor basados en la compra yventa, por comisión directa o cualquiersituación similar que tenga lugar enuna casa o en un establecimiento queno sea un negocio establecidopermanentemente.Hay algunos otros tipos de trabajos que

no están asegurados bajo el programa deIllinois, pero si pueden estarlo en otroestado (ver la página 18) o bajo el gobiernofederal. Si usted tiene alguna pregunta,consulte con el personal local del IDES. �

¿Es usted elegible pararecibir beneficios?

El seguro de desempleo, como otrostipos de seguros, requiere que se cumplanciertas condiciones para ser elegible antesde que su reclamo sea pagado. Estascondiciones han sido diseñadas paradeterminar que usted ha estado empleadorecientemente, y que ahora estádesempleado debido a la falta de trabajo yno por ninguna otra razón.

ELEGIBILIDADUsted es elegible para recibir beneficios

solamente por las semanas durante lascuales usted cumplió con las siguientescondiciones y no está sujeto a serdescalificado:1. Usted estuvo desempleado durante esasemana.

2. A usted se le pagó $1,600 o mas ensalarios durante su periodo base por eltrabajo asegurado (por favor, vea lapágina 16).

3. A usted se le pagó al menos $440 desalario base, en cualquier momento,durante el periodo base, fuera deltrimestre en el cual usted recibió lacantidad máxima de su salario.

4. Durante la semana, usted pudo trabajar,estuvo disponible para trabajar y buscotrabajo activamente. (Por favor, vea lapágina 8).

5. Usted estuvo registrado para trabajarcon el IDES.

6. Usted hizo su reclamo por la semana,según programada, usando el sistemaautomatizado Tele-Serve de IDES, osegún le indicó su oficina local deIDES.

7. Usted ha pasado una “semana deespera”. La “Semana de Espera” es unperíodo de calificación, exigido por leyy los beneficios no son pagados poresta semana. Normalmente, ésta es laprimera semana, en la cual ustedpresentó su reclamo. Para que le denun crédito por esa semana de espera,usted deberá cumplir con todos losrequisitos enumerados anteriormente yno debe estar sujeto a descalificación.

DESCALIFICACIONESAunque usted haya reunido las

condiciones de elegibilidad mencionadasarriba, usted no será elegible para recibirbeneficios si usted es descalificado. Ustedserá descalificado si:1. Renuncia a su trabajo sin ningunabuena razón que pueda ser atribuida asu empleador, a menos que ustedrenuncie por una de estas excepciones:salud, aceptación de otro trabajo, falloen ejercer los privilegios del salto derango laboral, acoso sexual, ser víctimade la violencia doméstica o por ser untrabajo inadecuado.

2. Si usted fue despedido de su trabajopor mal comportamiento vinculadocon su trabajo.

3. Si usted falló en solicitar o aceptar untrabajo adecuado que le hubieranofrecido, sin una buena causa. Bajo laley, un trabajo no es adecuado si:

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a. La posición de empleo existe debidoa una disputa laboral.

b. Los salarias, horas u otrascondiciones laborales no son tanbuenas como aquéllas existentespara el mismo tipo de trabajo, en lamisma comunidad.

c. Su seguridad, salud o moral puedenponerse en peligro.

d. Usted tendría que renunciar a sermiembro de una unión laboral paraobtener o conservar el empleo.

e. Usted desplazaría a otro empleadobajo un acuerdo de negociacióncolectiva, provocando que esapersona pierda su trabajo.

4. Si usted fue despedido por habercometido un delito grave (felonía) opor haber robado en su trabajo. Austed le pueden denegar todos losbeneficios basados en los ingresosrecibidos hasta la fecha en que fuedespedido.

5. Si usted está desempleado debido auna disputa laboral que ha provocadouna huelga en el lugar donde ustedtrabaja. A usted le pueden negar losbeneficios hasta que la huelga finalice.Si usted puede demostrar que usted ytodos los demás trabajadores en suclase o clasificación no participaron ono estaban directamente interesados enla disputa laboral, a usted no se lenegarán los beneficios, aunque hayauna huelga.

6. En la misma semana para la cual ustedestá reclamando beneficios en Illinois,usted está recibiendo beneficios dedesempleo de otro estado o bajo la leyfederal, como en el caso del Acta deSeguro de Desempleo Ferroviario.

7. Para cualquier semana para la cualusted reclama beneficios, usted ha sidoo será pagado o su empleado estáobligado a pagar sueldos en la forma depaga de vacaciones, designación devacaciones o pago por estar en esperapor un cierre anunciado para propósitosde inventario o vacaciones o si, enconexión con su separación, elempleador realiza o va a realizar tal pagoy somete una designación a tiempo delperíodo cubierto por el pago o para elcual usted recibe sueldos en lugar de unaviso o concesión de pago atrasado.

8. En la misma semana en la cual ustedha reclamado beneficios, usted estárecibiendo compensación laboral porincapacidad total temporaria igual omayor que los beneficios del seguro dedesempleo que usted podría generarpara la semana. Si la cantidad es menosque los beneficios, a usted se le puedepagar la diferencia.

9. Desde el principio del año previo enque recibió beneficios (por favor, vea lapágina 16), usted no ha ganado lacantidad requerida para calificar paraun segundo año de beneficios.

10. A usted se le pagará o habrá recibidouna pensión de retiro u otro pagoperiódico similar (incluyendo elSeguro Social) para la semana por lacual usted reclamó los beneficios. Unamitad del pago de su pago del segurosocial o pensión de retiro (si estápagada en parte por su período base opor el empleador responsable porpagar) o todo su dinero de pensión deretiro (si el período base o elempleador responsable ha pagadotodos sus costos), se deduce de susbeneficios de seguro de desempleo.

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BENEFICIOS DEL SEGURO DE DESEMPLEO

La pensión de retiro/seguro social esdeterminada usando el siguientecálculo: la cantidad mensual de lapensión se divide entre treinta (30) yentonces se multiplica por siete (7), quees la cantidad de la pensión semanal. Siel empleado pagó cualquier parte de lapensión, entonces la cantidad semanalse divide entre dos (2) para determinaruna mitad (50%). Los beneficiosprimarios del seguro social siempre sondeducibles en un 50% de su cantidadde beneficios de seguro de desempleo.

Por ejemplo, un individuo recibe$1,030.50 por mes de dinero de supensión de retiro, de los cuales elempleador pagó parte de la pensión yla cantidad de beneficio semanal es$331.00. La fórmula es como sigue:

$1,030.50 ÷ 30 = $34.35. . . . . . Cantidad Diaria

$34.35 x 7 = $240.45. . . . . . . . Cantidad deRetiro Semanal

$240.45 ÷ 2 = $120.225. . . . . . . 50% de laCantidad Semanal

$331.00 - $120.225 = $210.775. .Redondear alpróximo dólarmás alto

Cantidad de Beneficios despuésde las Deducciones de Retiro. . . .$211.00

11. Su reclamo está basado en los salariesque ganó mientras trabajaba en unainstitución educativa como maestro,investigadora o administradora, ustedse halla entre un período académico, ode vacaciones o en un receso escolar yusted tiene cierta seguridad de regresaren el próximo período. Usted tambiénserá descalificado si ha trabajado parauna institución educativa comoconductor de un vehículo escolar,guarda escolar, en la cafetería, empleadoadministrativo, etc. y usted se halla entre

períodos académicos y tiene unacerteza razonable de que regresará altrabajo en el próximo período. Elpersonal académico podría también serdescalificado durante un período deausencia paga sabática.

12. Usted es un atleta profesional, se hallaentre temporadas deportivas y existeuna certeza razonable de que ustedregresará a los servicios atléticos.

13. Sus beneficios estarían basados en lossalarios ganados mientras usted era unextranjero que no era residentepermanente o no tenía permiso detrabajo.

Si cualquiera de estas descalificacionesaplican, usted no será elegible parabeneficios futuros hasta que usted encuentreotro empleo y gane una cantidad igual omayor que su cantidad de beneficio semanalen cada una de las cuatro semanas calendario(también hay unos pocos tipos de trabajoque no pueden ser usados para volver acalificar) y perder ese empleo por una razónno calificadora.

Dónde y cuándo someter

Solicite su reclamo para beneficios deseguro de desempleo durante la primerasemana después que usted pasa a estardesempleado.

Usted puede solicitar los beneficios enlínea al www.ides.illinois.gov o en unaoficina local de IDES. Si usted no tienecerteza acerca de sus beneficios deelegibilidad, pídale más información a suoficina local de IDES. Usted también deberáinscribirse para el servicio de colocación deempleo en una oficina de IDES o en línea alwww.illinoisjoblink.com.

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Información quenecesita para solicitarlos beneficios

• Verificación de su número de SeguroSocial

• Nombres y direcciones de empleadoresanteriores y el número de días quetrabajó para cada uno

• Récords que muestren los sueldosganados, incluyendo sueldos de despidoy paga de vacaciones

• Récords de cualquier pago de pensiónque usted esté recibiendo, incluyendoel Seguro Social

• Las ganancias de cualquier trabajoocasional o a tiempo parcial mientrasusted está desempleado

• La situación de empleo y el númerode seguro social de su cónyuge

• Los nombres y las fechas de nacimientode sus niños, incluyendo hijastros, niñosadoptados menores de los 18 años deedad, niños incapacitados sin importarla edad, y cualquier niño para el cualusted tenga una orden de custodia deltribunal (traiga consigo una copia de laorden del tribunal)

Si, dentro de los últimos dos años, ustedha trabajado (1) en un estado que no esIllinois, (2) para una ferrovía, (3) para elgobierno federal o (4) si usted ha servido enlas fuerzas armadas, dígaselo a la personaque le toma los datos del reclamo.

Nota: La ley provee sentencias de cárcel ymultas si usted intenta obtener beneficiosfraudulentamente al retener informaciónpertinente o al realizar declaraciones falsascon respecto a su reclamo. �

Lo que significa estar“Capaz y disponiblepara trabajar"

La ley dice que usted debe estardisponible y capaz para trabajar durantecualquier semana para la que usted reclamebeneficios. Esto significa que, durante lasemana, usted debe estar dispuesto, listo ycapaz de aceptar un trabajo adecuado.Normalmente, esto significa un empleo atiempo completo. Usted no está dispuesto ycapaz si:

1. Usted está enfermo y no puede trabajaralgún día.

2. Usted está de vacaciones.3. Usted debe quedarse en casa para

ocuparse de los quehaceres o de lafamilia.

4. Usted se ha jubilado y no aceptará untrabajo adecuado.

5. Después de perder su trabajo, usted semuda y se queda en una comunidaddonde las posibilidades de conseguirtrabajo no son tan buenas como en lacomunidad de donde viene.

6. Si lo que usted exige para trabajar encuanto el tipo de salarios, horas ocondiciones de trabajo es irrazonable ylimita las posibilidades de conseguir unempleo.

7. Si su principal ocupación es serestudiante o estar en vacaciones por elreceso escolar. Sin embargo, usted puedeser elegible para beneficios si usted estáasistiendo a un curso de adiestramientoaprobado que le ayude a conseguir unempleo bajo circunstancias específicas.Si usted está inscrito en un curso así,infórmeselo a un representante de IDESen la oficina local de IDES. �

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BENEFICIOS DEL SEGURO DE DESEMPLEO

Buscando trabajo activamente

La ley afirma que usted debe buscartrabajo activamente por su propiainiciativa. Usted deberá inscribirse con elServicio de Empleo de Illinois en laoficina local del IDES, o usted puedeinscribirse en nuestro sitio de internet alillinoisjoblink.com. Suspreferencias y destrezas de trabajo seránapareadas con las posiciones de empleodisponibles. El personal en las oficinas delIDES está disponible para proveerasistencia con su búsqueda de trabajo.Además, se espera que usted informeregularmente al IDES sobre:

1. Lo que usted está haciendo paraconseguir trabajo.

2. El tipo de trabajo que ha estadobuscando

3. Las perspectivas de ser contratado.

Lleve un récord de las fechas y lugaresdonde usted solicitó empleo. Usted recibiráen el momento en que usted reclame susbeneficios un documento para que ustedregistre sus esfuerzos por hallar trabajo. Sisu período de desempleo se extiende,usted puede tener que considerar enalterar sus requerimientos para mejorarsus posibilidades de encontrar un trabajo.

Reclamando a los niñoscomo dependientes

Usted puede reclamar a su niño comodependiente, si las siguientes condicionesse cumplen:

1. El niño no ha sido registrado ya comodependiente por nadie más durante elaño pasado.

2. El niño no es un miembro de la mismafamilia en la cual, otro niño ha sidopresentado como dependiente por elotro padre.

3. El niño menos de 18 años de edad, o,si es mayor, no has podido trabajar porrazones de enfermedad o discapacidaddurante los 90 días previos al primerdía de cada semana por la cual ustedestá solicitando los beneficios.

4. El niño es su hijo natural, su hijastro oes adoptado, o el niño está bajo sucustodia por orden de la corte.

5. Usted has sostenido al niño por más dela mitad de la manutención, en los 90días previos al primer día de cadasemana por la cual usted ha reclamadolos beneficios (o por la duración de larelación si existía de antes, por menosde 90 días) o usted proporciona uncuarto de la manutención, si usted y suesposo(a) contribuyen por más de lamitad para mantener juntos al niño yson miembros del mismo hogar.

Si usted estuviera impedido de mantenera su niña o niño por enfermedad o lesiones,durante un período de 90 días, perolegalmente está obligado a mantenerlo, seconsidera que usted ha estado a cargo de lamanutención del mismo.

Reclamando al (a la)cónyuge como dependiente

Usted puede reclamar a su cónyugecomo un dependiente, si el/ella no cuentacon suficientes ingresos para calificar por sucuenta para obtener beneficios y ustedprovee más de una mitad del aporte de suesposo(a) durante los 90 días previos alprimer día de cada semana por la cual ustedha solicitado sus beneficios.

Sin embargo, si su matrimonio ocurrióen menos de 90 días antes del primer díade la semana por la cual usted solicitólos beneficios, usted puede solicitar quesu esposo(a) sea incluido(a) como undependiente si él o ella no cuenta consuficientes ingresos para calificar para recibir

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los beneficios y usted ha aportado más de lamitad para la manutención desde el día delmatrimonio.Si usted estuviera impedido de mantener

a su esposo(a) por enfermedad o lesiones,durante un período de 90 días, perolegalmente está obligado a mantenerlo(a), seconsidera que usted ha estado a cargo de lamanutención del (de la) mismo(a).Usted no puede reclamar tanto a un

cónyuge dependiente como a un niñodependiente. �

¿Qué sucede cuando ustedpresenta un nuevo reclamopor beneficios?

1. Después que usted hace un reclamo, austed se le asignará un día para certificarlas semanas de los beneficios.

2. A usted se le pedirá que se registre paratrabajar con el Servicio del Empleo deIllinois.

3. Usted será informado de que deberábuscar activamente trabajo y mantenersus esfuerzos en la búsqueda laboral, deacuerdo con los modos provistos poresta agencia. Este documento debe serproducido, si ésta agencia lo pide.

Una determinación de que buscó trabajoactivamente durante la semana que estáreclamando está sujeta a la reconsideración.(La determinación puede ser reconsiderada apesar de que usted haya recibido beneficios ohaya vuelto al trabajo desde entonces). Parapreservar evidencia de que usted ha estadobuscando trabajo activamente, no elimine eldiario en el que lleva el registrado todo loque usted ha hecho en cada semana queusted ha reclamado para recibir beneficios,hasta que hayan pasado 53 semanas desde elfin de esa semana. Mas aún, si hay unaapelación pendiente respecto a su búsqueda

activa de trabajo por una semana, conserveel diario de búsqueda de trabajo que ustedha escrito hasta que se haya tomado unaresolución.Después que su reclamo haya sido

registrado, IDES le enviará una declaracióncon la decisión. Esta decisión muestra:1. Los salarios que cada empleador le hapagado a usted por cada trimestre de superíodo base por trabajo asegurado y eltotal de ingresos que le han pagado austed durante el período base.

2. La fecha de terminación de su año debeneficios.

3. La cantidad semanal de sus beneficios.4. La cantidad máxima a recibir en

beneficios.Si la decisión es correcta, consérvela. Si

no lo es, reporte el error inmediatamente alIDES. Por favor, esté preparado para mostrarprueba de los salarios pagados durante superíodo base (por ejemplo: declaración deW-2, comprobantes de cheques, etc.). �

Los beneficios pagadospor semanas

Los beneficios son pagados de acuerdoa las semanas calendario de desempleo.Una semana calendario de desempleocomienza el domingo y termina el sábado.Los beneficios se pagan por una semana dedesempleo, al final de la semana. Su díaasignado para cobrar, día de certificacióno el día de su cita siempre es el día despuésde su semana de desempleo. Usted nopuede recibir beneficios por una semanahasta que usted se haya sido certificadopor esa semana por teléfono o por correo,como se ha indicado, y haya cumplido contodos los requisitos de elegibilidaddurante esa semana. �

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Page 12: Seguro de Desempleo Manual de Beneficios

BENEFICIOS DEL SEGURO DE DESEMPLEO

Recibiendo los pagos debeneficios a través delDepósito Directo

Los reclamantes pueden optar porrecibir los pagos de beneficios por correo oa través del servicio de depósito directo delIDES. El depósito directo es una manerarápida, más conveniente y confiable derecibir pagos de beneficios. Típicamente,los pagos de beneficios son depositados enlas cuentas de banco de los reclamantesdentro de dos días hábiles después de queellos certifican los beneficios. Para inscribirsepara el depósito directo, los reclamantesdeberán completar y someterle a IDES unformulario de autorización para el depósitodirecto. Se puede obtener acceso alformulario en línea al www.ides.illinos.govo en la oficina del IDES más cercana.

Recibiendo pagos debeneficios a través detarjetas de débitos

Al 11 de diciembre de 2006, losreclamantes pueden solicitar una tarjeta dedébito para recibir sus pagos regulares debeneficios de seguro de desempleo. Almomento de la aprobación, se le envía latarjeta al reclamante y esta cantidad delpago de beneficios es descargada a latarjeta por el Illinois National Bank, quemaneja este programa conjuntamente conel IDES. La tarjeta puede ser usada encualquier lugar donde se acepte una tarjetaVisa y puede ser manejada fácilmente sinincurrir en tarifas de bancos.

Certificarse para Obtenerlos Beneficios Usando“Tele-Serve”

IDES le permite a usted registrarcertificaciones cada dos semanas porteléfono. IDES utiliza un servicio telefónicodigital activado por voz llamado “Tele-Serve”, el cual:1. Provee un modo rápido, confiable para

responder a preguntas relacionadas conla certificación de sus beneficios delseguro de desempleo.

2. Le permite reabrir su reclamo porteléfono, bajo condiciones específicas.

3. Provee información sobre el estado desu reclamo actual y le da la fecha en fueprocesado su último cheque debeneficios.

4. Le brinda información general sobre losservicios de empleo y desempleodisponibles a través de IDES.

5. Cuando usted entra su código postal, leprovee las localidades del IDES.

6. Permite que usted solicite (IRS 1099-G)información sobre la cantidad total debeneficios que IDES le ha pagado austed durante el pasado año y añoscalendario anteriores (hasta un límite desiete años).

Cuando usted registra su reclamo porseguro de desempleo, usted recibirá un folletode Tele-Serve que provee instruccionesdetalladas sobre cómo usar el servicio Tele-Serve y de cómo registrar su certificación dereclamo bisemanal por teléfono.

¿Qué necesita usted para certificarse yobtener beneficios a través del servicio deTele-Serve?

• Su número de Seguro Social y sunúmero de PIN.

• La cantidad bruta de sueldos recibidoso pago de días festivos que recibiódurante el período de certificación.

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Page 13: Seguro de Desempleo Manual de Beneficios

• Papel y lápiz para escribir lainformación que se provee durante sullamada telefónica.

Si usted tiene cualquier pregunta acercade Tele-Serve, póngase en contacto con suoficina local del IDES para evitar unademora.

Citas programadasDespués de registrar su reclamo, a usted

le puede pedir que regrese a su oficina deIDES local para una cita o coordinar unaentrevista telefónica. Cuando concrete lacita, recuerde hacer lo siguiente:1. Informe siempre a su oficina local del

IDES en la fecha y hora para la cualusted está programado. Si su entrevistaes telefónica, esté siempre disponiblepara aceptar la llamada en el número deteléfono que usted proveyó. Durante laentrevista telefónica, los reclamantesdeberán estar en un ambiente en el cualpuedan escuchar bien, tomar notas y noser distraídos. Si usted no está disponiblepara su cita, infórmeselo a su oficinalocal del IDES tan pronto como seaposible para explicar porqué usted noestuvo disponible. Si usted no tiene unabuena razón para no estar disponible,usted podría perder los beneficios.

2. Si usted debe asistir a su cita en persona,por favor traiga todos los demásformularios o documentos completadosque se le haya pedido traer.

3. En su entrevista, esté preparado adecirle a nuestro representante:• Acerca de cualquier trabajo queusted

haya desempeñado desde la últimavez que usted informó a la oficina.

• Acerca de cualquier pago devacaciones, pago de día festivo uotro tipo de ingreso que usted haya

recibido desde la última vez queusted reportó a la oficina.

• Si, por alguna razón, usted estuvoenfermo o no pudo trabajar otomar un trabajo desde la últimavez que reportó.

• Si usted renunció, rechazó o fuedespedido de un empleo.

• Si estuvo sin trabajar desde laúltima vez que se reporto en estaoficina, a consecuencia de unadisputa laboral.

• Si usted ha recibido o solicitado losbeneficios de desempleo de otroestado que no es Illinois, desde laúltima vez que usted reportó a estaoficina.

• Los lugares donde usted habuscado trabajo desde la últimavez que usted reportó. Mantengaun récord separado que refleje susesfuerzos por buscar trabajo, yaque se le puede pedir mostrar estainformación posteriormente.

• Si usted tuvo ingresos desde laúltima vez que usted reportó.Reporte las cantidades sindescontar los impuestos, no lacantidad que usted recibió luego delos descuentos. Los ingresos en laforma de alojamiento, comidas,mercancía o de cualquier otramanera deben ser incluidos.

Recuerde, usted debe reportar lossalarios cuando usted los gana, no cuandousted efectivamente los recibe (por favorvea la página 16).

Si usted informa por correo1. Averigue en su oficina de IDES local

para asegurarse de reunir lascondiciones específicas que permitanque a usted le asignen un expediente.

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Page 14: Seguro de Desempleo Manual de Beneficios

BENEFICIOS DEL SEGURO DE DESEMPLEO

2. Asegúrese que los formularios que ustedenvía por correo estén completos. Porfavor escriba con tinta negra.

3. Asegúrese de enviar por correo sucertificación de acuerdo con lasinstrucciones enlistadas en elformulario, a menos que el personal lehaya dado a usted otras instruccionesen su oficina local de IDES.

4. Asegúrese de firmar todos losformularios que requieren su firma.

5. No vacile en ponerse en contacto consu personal del IDES, si usted norecibe su próximo formulario decertificación para cuando se le dijo quelo esperara. �

Si usted no puede trabajarPor cada día laboral que usted está

enfermo o no disponible para trabajar, elpago de los beneficio de esa semana sereduce por una quinta parte de la suma quele corresponde recibir por sus beneficios deesa semana. Si usted no puede trabajar porcinco días de la semana, usted no recibiráningún beneficio por ella. Si usted seenferma por un período de tiempoindefinido, notifíquele a su personal de laoficina del IDES tan pronto como ustedpueda trabajar. �

Si usted se mudaNotifíquele al personal del IDES de su

nueva dirección y provea un aviso de sucambio de dirección a su Estación deCorreos de los EE.UU. local. A menos queusted lo haga, sus cheques de beneficios lesserán devueltos a la oficina central delIDES.

Nota: El Servicio Postal NO les harállegar los cheques de beneficios, aún siusted ha sometido un cambio de direccióncon el Servicio Postal. �

Cuando usted regresaa trabajarNotifíquele por correo a su oficina del

IDES local tan pronto como sea posible,pero no más tarde de 14 días después deldía en que usted estaba supuesto acertificarse. Al reportar su regreso al trabajopor correo, por favor incluya su número deSeguro Social.Si usted informa en persona, dígale al

representante de reclamos la fecha en queusted comenzó a trabajar y el nombre y ladirección de su empleador. �

Cheques perdidosCobre sus cheques con prontitud. Los

cheques de beneficios de desempleo sonválidos por sólo 30 días. Si un cheque sepierde, destruye o es robado, informe delhecho con prontitud a su personal de laoficina local del IDES. Si es lo apropiado,se emitirá un cheque de reemplazo. �

Si a usted le paganmás de la cuenta

Si a usted se le paga de más, la cantidadpodrá ser recuperada de los beneficiospagaderos a usted. Si el sobrepago es debidoa razones que no sean fraude, por ejemplo, sidio información falsa o engañosa asabiendas, la cantidad recuperada podrá serno más de un 25% de su cantidad debeneficio semanal por cada semana en queusted es elegible para los beneficios. Elsobrepago podría resultar en unacompensación para el contralor de los pagosestatales (tales como reembolsos deimpuestos estatales y ganancias de la lotería).Si el sobrepago no es su culpa y usted puededemostrar su difícil situación financiera,usted podrá solicitar que ese sobrepago nosea descontado temporeramente de los

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Page 15: Seguro de Desempleo Manual de Beneficios

beneficios que usted tiene derecho a recibir.Aunque el estado decida temporeramenteno descontarle el dinero que le pagaron demás, usted sigue siendo responsable por esacantidad que recibió de más. �

Información falsa o engañosaEl proporcionar información falsa o

engañosa, como el esconder informaciónpara obtener beneficios a los cuales usted notiene derecho, es penalizada bajo la ley deIllinois. Usted podría ser obligado a pagaruna sanción de hasta $500 o permanecer 6meses en la cárcel o padecer ambaspenalidades. Además de las penalidadescriminales, usted podría estar sujeto a perderlos beneficios, por un cierto número desemanas (o dos años hubieran pasado desdeel tiempo que comenzó su elegibilidad) yusted haya devuelto la cantidad de dineropor los beneficios recibidos durante el fraudeo esa cantidad de dinero haya sidorecuperada de los beneficios que usted recibe.Cada empleador para los cuales usted

haya trabajado registra el historial de lossalarios que se han le han pagado a usted ylas fechas en que fueron pagados. Su reclamoes verificado de acuerdo a esa informaciónregistrada por los empleadores.Cuando usted presenta su reclamo,

toda la información que usted provee esverificada por investigadores. Su últimoempleador y en algunos casos, empleadoresanteriores son notificados de su reclamo. Lainformación que se obtiene puede afectar losbeneficios que usted está solicitando. �

Si su reclamo escuestionadoA usted se le dará una oportunidad para

presentarle los hechos a un adjudicador dereclamos del IDES. Si se requiere que hayatestigos que presenten su caso, usted debe

coordinar para que puedan atender a lareunión. Los beneficios serán pagados conprontitud si el adjudicador de reclamosdetermina que usted es elegible parabeneficios. �

Si su reclamo es denegadoen cualquier momento –Sus derechos de apelación1. Usted puede apelar cualquierdeterminación que tienda a negarle susbeneficios.

2. Pídale al miembro del personal delIDES en su oficina local del IDES quele explique a usted sus derechos deapelación y le ayude a usted a someterla apelación.

3. La ley fija los límites para lasapelaciones. Usted debe someter suapelación dentro de 30 días después quese le haya enviado a usted por correouna carta de denegación. Si el últimodía para la presentación de la apelaciónes sábado, o cualquier otro día la oficinaestá cerrada, la apelación puede serpresentada en el próximo día en que laoficina esté abierta. Si usted enviara laapelación por correo, el sobre deberátener el matasellos marcado dentro deltiempo límite.

4. Usted puede enviar su apelación porfax al número de fax que aparece en sudeterminación, dentro del período detiempo establecido. �

¿Qué sucederá con suapelación?

1. Su apelación será asignada a un árbitroimparcial para una audiencia. A ustedse le notificará del día y la hora dedicha audiencia.

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Page 16: Seguro de Desempleo Manual de Beneficios

BENEFICIOS DEL SEGURO DE DESEMPLEO

2. En la audiencia, usted tendrá laoportunidad para presentar su caso.Éste es el momento para presentar loshechos que apoyan su reclamo. Si serequieren testigos para la presentaciónde su caso, usted deberá ocuparse paraque ellos también atiendan.

3. En la audiencia, usted tiene el derecho atener a un representante – un abogadou otra persona que usted elija – para quele ayude. El estado contrata con firmasde abogados que proveen servicioslegales limitados gratuitos en los casosde apelación del IDES durante lasaudiencias de apelación para losreclamantes y ciertos empleadorespequeños. La representación en suaudiencia no es automática y dependede los hechos de su caso. Aún si ustedno califica para obtener representaciónlegal, un abogado hablará con ustedsobre su caso. Si usted está interesadoen este servicio, llame al 1-800-884-6591. Para obtener este servicio, usteddebe llamar inmediatamente después dehaber recibido una determinación en sucontra o una notificación de apelación.Cualquier demora en recibir su llamada,puede resultar en que usted no puedaobtener este servicio.

4. Si el árbitro decide en su contra,usted tiene el derecho de apelar antela Comisión Revisora, un cuerpoindependiente compuesto por cincopersonas, nombradas por elGobernador. Usted tiene 30 días paraapelar, desde el día en que el árbitrotomó la decisión para someter estaapelación. Su oficina local del IDESpuede ayudarle.

5. Si usted no está de acuerdo con ladecisión de la Comisión Revisora,usted puede presentar una apelaciónen la Corte del Circuito del condadoen el cual usted vive, si vive en Illinois,o en la Corte del Circuito del Condado

de Cook, si usted vive en otro estado.Usted no será responsable de pagar loscostos de la corte. Sin embargo, a ustedse le puede pedir que pague el servicio denotificación de una demanda y por latranscripción del récord.Continúe la certificación regularmente e

informe a su oficina local del IDES, según sele ha indicado, por el tiempo que estépendiente su apelación y por el tiempo queusted permanezca desempleado. Si ladecisión final es a su favor, usted podrárecibir los beneficios sólo por las semanaspor las que usted ha reclamado los beneficiosy para las cuales usted ha sido elegible. �

Los Derechos deApelación del Empleador

Cuando usted presenta su primerreclamo para obtener beneficios, su últimoempleador y, en algunos casos, otrosempleadores son notificados. Ellos tienen elderecho a someter información al IDESsobre su elegibilidad para beneficios. Si estainformación es provista dentro del períodode tiempo especificado, un empleador tieneel derecho bajo la ley de Illinois de apelar ladecisión que otorga sus beneficios.A usted se le pagarán los beneficios,

basados en la decisión que los autorizó,aunque el empleador haya apelado. Si elempleador gana la apelación y el árbitrosostiene que los beneficios no deberíanhabérsele pagado a usted, se tomará laacción necesaria para recuperar esosbeneficios. Como a usted le ha pedido quedevuelva los beneficios recibidos por error,es importante que usted participe en laaudiencia con el árbitro acerca de laapelación del empleador, para que ustedpueda presentar su posición en este caso.Si un empleador ha apelado, a usted se

le notificará de la fecha y hora de laaudiencia. �

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Page 17: Seguro de Desempleo Manual de Beneficios

Si el año de sus beneficios comienza: Su período base será:

Este año entre el: El año pasado entre el:

1 de enero y el 31 de marzo 1 de enero y el 30 de septiembre yel año anterior entre el1 de octubre y el 31 de diciembre

Este año entre el: El año pasado entre el:

1 de abril y el 30 de junio 1 de enero y el 31 de diciembre

Este año entre el: El año pasado entre el:

1 de julio y el 30 de septiembre 1 de abril y el 31 de diciembre yeste año entre el1 de enero y el 31 de marzo

Estte año entre el: El año pasado entre el:

1 de octubre y el 31 de diciembre1 de julio y el 31 de diciembre yeste año entre el1 de enero y el 30 de junio

Cómo se determinansus beneficiosLa fecha efectiva de su primer reclamo

válido da comienzo a su año de beneficios.Normalmente este día es el domingo de lasemana en la cual usted presentó su primerreclamo. Su año de beneficios es el añocompleto que comienza en esa fecha. Porejemplo, si la fecha de su reclamo válido esen marzo, usted comenzará a recibir losbeneficios en ese mes y continuará hastamarzo del año siguiente.La suma de los beneficios semanales y la

suma total de beneficios que puedenpagarle a usted anualmente, dependen de lacantidad de dinero recibida por trabajoasegurado durante su período base. �

Su Período BaseEl período base consiste de los primeros

cuatro de los últimos cinco trimestrescalendario completados inmediatamenteprecedentes al principio de su año debeneficios. Hay cuatro trimestres calendario:Enero-marzo, abril-junio, julio-septiembre yoctubre-diciembre.Usando la tabla que aparece arriba: Si su

año de beneficios comienza en diciembre de

2006, su período base son los cuatrotrimestres calendario desde el 1 de julio de2005 hasta el 30 de junio de 2006. Ustedpuede someter un reclamo válido ycomenzar su año de beneficio en diciembresolamente si, durante su período base del 1de julio hasta el 30 de junio, a usted se lepagaron sueldos de por lo menos $1,600 portrabajo asegurado y, fuera de su trimestremás alto de ganancias por trabajo asegurado,y que a usted se le pagó por lo menos $440.Si usted cumple con estos requerimientos desueldos para el período base y comienza suaño de beneficios en diciembre, susbeneficios semanales y la cantidad total debeneficios que se le pueden pagar a usteddurante su año de beneficios dependerán dela cantidad de sueldos por el trabajoasegurado pagado a usted durante superíodo base (del 1 de julio de 2005 hasta el30 de junio de 2006). Si a usted se le hanconcedido beneficios de incapacidad totaltemporeros bajo una ley de compensaciónpara los trabajadores u otras leyes similares osi usted solamente ha trabajado dentro delos últimos pocos meses pasados, su períodobase puede ser determinado de diferentemanera. Póngase en contacto con la oficinade IDES local para más información. �

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Page 18: Seguro de Desempleo Manual de Beneficios

BENEFICIOS DEL SEGURO DE DESEMPLEO

Total de BeneficiosSemanales

Ésta es la suma de beneficios que austed le pagarán por semana durante suaño de beneficios si usted está desempleadoy ha cumplido con los requisitos deelegibilidad (a menos que usted ya hayausado todos sus beneficios). La dimensiónde los beneficios depende de la cantidad deingresos por trabajo asegurado, que le hanpagado a usted, durante los dos trimestresde su período base en los que usted recibiólos ingresos más altos.

Además de la cantidad de sus beneficiossemanales, si usted tiene un niño quedepende de usted o su cónyuge no trabaja,usted recibirá una suma de dinero adicionalpara los dependientes. Una asignaciónmonetaria para los dependientes, si existealguno, más el pago por los beneficiossemanales equivale al total de beneficios apagar por la semana.

El total de dinero que usted recibe porsemana no puede exceder el máximo dedinero establecido por ley, sin importar lacantidad que a usted le hayan pagadodurante los dos trimestres en que obtuvolos ingresos más altos.

El personal de su oficina local del IDESpuede proveerle a usted una tabla paraconfirmar el cálculo de sus beneficios.Usted puede confirmar el cálculo de susbeneficios en el sitio web del IDES:www.ides.illinos.gov.

Total de beneficios anuales

La cantidad total de beneficios que austed le pagarán durante su año debeneficios es 26 veces la cantidad de subeneficio semanal, más la asignaciónmonetaria por dependientes o una cantidadigual al total de los ingresos obtenidos por

trabajo asegurado que le pagaron durante superíodo base, cualquiera que sea menor.

Beneficios parciales–Trabajo a tiempo parcial

Usted puede reclamar para obteneralgunos beneficios por una semana, si ustedtrabaja menos que a tiempo completodebido a la falta de trabajo. Sus ingresos porla semana deben ser menores a la cantidaddel beneficio semanal que usted recibiría, siusted estuviera totalmente desempleado porla semana (esta cantidad no incluye laasignación para el dependiente).

Si, por falta de trabajo, usted trabajamenos que a tiempo completo en unasemana calendario para su empleador (paraquien haya trabajado a tiempo completo oespere regresar a trabajar a tiempocompleto), a ese empleador se le requieredarle a usted un Reporte de Ingresos Bajos,si sus ganancias son menores a la cantidad desu beneficio semanal. Usted puede reclamarpara beneficios reducidos por la semana encualquier momento hasta por cinco semanasdesde el final de semana en la cual recibió elReporte de Ingresos Bajos. Si su empleadorno le da a usted un Reporte de IngresosBajos, presente su reclamo de todas manerase informe a su personal local del IDES. Laagencia requerirá un Reporte de IngresosBajos a su empleador.

Si usted trabaja a tiempo parcial paraalguien que no es su empleador regular– porejemplo, en un trabajo temporero–y susingresos por una semana son menores que sucantidad de beneficios semanales, usted debepresentar su reclamo inmediatamente comosi estuviera completamente sin trabajo. Laregla de las cinco semanas mencionadaanteriormente no se aplica a usted.

Usted deberá reportar todos sus ingresospor sus trabajos a tiempo parcial.

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Page 19: Seguro de Desempleo Manual de Beneficios

Calculando losbeneficios parciales

Los beneficios parciales equivalen a ladiferencia entre la parte de sus ingresosque exceden el 50% del total de susbeneficios semanales y el total de sucantidad de beneficios semanales por eldesempleo. Si la cantidad por beneficiosparciales no llega a un número redondo, seredondea a la siguiente cantidad más alta,siempre que no exceda la cantidad de losbeneficios semanales.

Por ejemplo:Si su cantidad semanal de los beneficios(no incluye la asignación monetaria porlos dependientes) es..................$110.00

50% de esa cantidad es......................55.00Si sus ingresos son.............................76.50

La cantidad que excede el 50% dela cantidad de su cantidad debeneficios semanales es.................21.50

La diferencia entre lacantidad semanal de losbeneficios...................................110.00

Y la cantidad de sus ingresosque exceden el 50% de lacantidad de sucantidad de beneficios..................21.50

Le da la cantidad por elbeneficio parcial de.......................88.50

Redondeado al total en dólares,próximo...............................89.00

Nota: La cantidad completa del pago pordías festivos o vacaciones será descontadade su cantidad de beneficios semanales. �

Beneficios Interestatales

Cualquier estado a donde usted setraslade a vivir brindará ayuda para registrar

su reclamo contra el Estado de Illinois y leproveerá el mismo servicio y asistencia queusted recibiría en Illinois. Esto también esverdad en el Distrito de Columbia, PuertoRico, Las Islas Vírgenes y Canadá. El estadoen el cual usted reclama actúa como suestado agente. Presente su reclamo en laoficina de seguro de desempleo que sirve elárea en la que usted vive.Cuando usted presente el reclamo contra

Illinois, Illinois determinará los beneficiosque usted recibirá si es elegible. Laafirmación de los ingresos de su período basey la notificación de las decisiones sobre sureclamo serán enviadas directamente austed. Usted debe cumplir con los requisitosde la ley de Illinois, sin importar a dondeusted presentó el reclamo y la decisión finalsobre su reclamo será tomada en Illinois.El agente estatal le dirá el día y la hora en

que usted deberá reportarse a una oficina, sifuera necesario.El agente estatal también lo registrará

para conseguir trabajo.Si usted está recién llegado en Illinois,

usted podría presentar su reclamo parabeneficios en su estado de origen.En tales instancias, Illinois actúa como

agente, al aceptar su reclamo en contra delestado contra el cual se le están reclamandolos derechos. �

Reclamo desalarios combinados

Existe un acuerdo a nivel nacional que lepermite a usted, bajo ciertas circunstancias,combinar los sueldos que usted ha ganadoen más de un estado, ya sea para que ustedcalifique para beneficios o para queincrementen sus beneficios.Si usted ha trabajado en otros estados

durante los dos últimos años, asegúrese deinformar al representante, en el momentode presentar el nuevo reclamo. A usted le

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Page 20: Seguro de Desempleo Manual de Beneficios

BENEFICIOS DEL SEGURO DE DESEMPLEO

dará información completa sobre susderechos, para someter un Reclamo deSueldos Combinados. �

Empleados del gobiernode los EE.UU.

Si usted ha trabajado como un empleadocivil para el gobierno federal en los últimosdos años, usted podrá ser elegible pararecibir los beneficios de seguro dedesempleo, basado en los sueldos que elgobierno le haya pagado.Informe al representante de reclamos

sobre este tipo de empleo y muestre suFormulario 8 Standard y el Formulario 50de Acción del Personal o cualquier otrodocumento que pruebe que usted trabajópara el gobierno federal.Los ingresos que el gobierno federal le

pagó a usted como empleado civil, calificanpara que usted reciba beneficios, deacuerdo al acta del seguro de desempleo decualquier estado, como si los ingresosfueran pagados por un empleador privadoque contribuye al fondo de seguro dedesempleo de ese estado. Sus derechos a losbeneficios serán determinados por la ley delestado, en contra del cual usted hapresentado su reclamo. Informe a la oficinalocal del seguro de desempleo que sirva alárea en que usted vive. El representante dereclamos de esa oficina le dirá cómopresentar un reclamo y contra cuál estadodicho reclamo debe presentarse. Si sureclamo es registrado en contra del estadode Illinois, sus derechos a los beneficios,serán determinados por el Acta de Segurode Desempleo de Illinois y debe cumplircon los requisitos que exige la ley pararecibir los beneficios.Si su reclamo es presentado contra otro

estado, sus derechos a recibir beneficiosserán determinados por la ley de ese estado.Illinois actuará como su agente, al tomar elreclamo en contra del otro estado.

El servicio civil federal y los salarios sonasignados al estado en donde estuvolocalizada su última obligación oficial. Sinembargo, si usted hubiera trabajado (porejemplo: es empleador haya contribuido alfondo de seguro de desempleo) con unempleador que no haya sido federal y enotro estado, que no es en el cual, usted hacumplido su última obligación oficial, suservicio civil federal será asignado al estado,en donde usted trabajo para un empleadorque no era federal, después de haber dejadoel servicio federal. El servicio y los salariosson asignados al estado donde usted,siguiendo su separación del servicio civilfederal, estableciendo un reclamo por segurode desempleo, cuyos beneficios puedan serpagados. Este estado en particular, tiene elcontrol sobre el servicio civil federal y lossalarios.Por haber sido previamente un

empleado del servicio civil federal, ustedpuede poseer derechos para volver a serempleado por su previo empleador (agenciafederal) dependiendo de su condiciónlaboral, al momento de haberse separadodel trabajo:

Situación de la Carrera: Si usted ha sidoseparado por haber habido unareducción en la fuerza, a usted se le daráprioridad para ocupar cargos vacantescon el gobierno federal por un períodode dos años, desde la fecha de lareducción de la fuerza.

Estado Condicionado de la Carrera: Siusted no ha servido por un períodoprobatorio de un año, su nombrepermanecerá en la lista por un año.

Para proteger sus derechos y su reclamopor los beneficios del seguro de desempleo,usted debe aplicar a la Comisión delServicio Civil de los Estados Unidos y/oponerse en contacto con el personal de laoficina de la agencia federal en la cual ustedha servido.

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Page 21: Seguro de Desempleo Manual de Beneficios

Las leyes estatales proveen el derecho deapelación a la persona que presenta elreclamo a quien los beneficios le seandenegados por cualquier razón. En muchoscasos, sus derechos de apelación son losmismos que los de cualquier otro reclamanteen el estado. Sin embargo, la ley federalestablece que las decisiones del serviciofederal y la estación en la cual se presto elservicio deben ser concluyentes.Si usted cree que la información

reportada por su agencia federal esincorrecta, usted tiene el derecho a solicitaruna revisión por parte de esa agencia.Las apelaciones o las solicitudes de

revisiones deben presentarse en la oficina deseguro de desempleo local donde usted hayapresentado su reclamo. �

Los Veteranos Militaresde los Estados Unidos

Como ex-militar, usted tiene derechospotenciales de volver a ser empleado por suempleador anterior a haber servido en elservicio militar. Las solicitudes pararecuperar su trabajo, sin embargo, deben sercompletadas dentro de un periodo detiempo posterior a haber finalizado suservicio en la fuerza militar. Si ustednecesita más asistencia con relación a laprotección de estos derechos, póngase encontacto con el Departamento de Trabajopara el Empleo y Servicio de Capacitaciónpara los Veteranos de los Estados Unidos al312-793-3433.Si usted ha servido activamente en las

fuerzas Armadas, usted podría recibirbeneficios de seguro de desempleo basadoen el pago y las asignaciones familiaresaplicables a su nivel de pago en el momentoen que usted se separó del servicio militaractivo.Para calificar para recibir beneficios de

seguro de desempleo, usted debe haber sido

dado de alta de las fuerzas armadas bajocondiciones honorables y, si usted fue unoficial, usted no debe haber renunciado alservicio.Presente su reclamo de beneficios de

seguro de desempleo y regístrese paratrabajar en la oficina local del IDES máscercana. Por favor, traiga consigo la CuartaCopia de su formulario DD 214, su tarjetade Seguro Social y su récord de todo empleocivil, si alguno, durante los dos últimosaños.La ley federal requiere que el servicio

militar y los salarios sean asignados al estadodonde usted presentó su reclamo de segurode desempleo por primera vez, después dehaberse separado del servicio militar activo.Una vez asignado, el servicio militar federaly los salarios quedan asignados a ese estado.El Centro Federal de Control de

Reclamos (FCCC), operado por LockheedMartin Information Technology (LMIT),es el encargado de asignar su servicio military los salarios, para evitar una duplicación deasignaciones provenientes de otro estado.La duplicación de la asignación de suservicio y salarios, resultará en una demoraen el pago de sus beneficios. Por lo tanto,si usted ha presentado un reclamo (sinimportar si usted ha recibido o no el pagopor los beneficios) en otro estado desde suseparación de las fuerzas armadas, déle esainformación al representante de reclamosdel IDES que lo atiende a usted.Sus pagos por beneficios están basados

en sus sueldos militares, los cuales estándeterminados por la tabla de remuneracionesestablecida por el Secretario de Trabajo delos Estados Unidos. Esta tabla contiene eldesglose equivalente en dólares de como sedistribuye el dinero por día, por semana ypor mes, de acuerdo a cada escalafón de lasfuerzas armadas. Su nivel de ingreso en elmomento en que usted deja el serviciomilitar activo, determinará la cantidad desus beneficios.

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Page 22: Seguro de Desempleo Manual de Beneficios

BENEFICIOS DEL SEGURO DE DESEMPLEO

Sus derechos a los beneficios estarándeterminados por la ley del estado en el cualusted presentó su reclamo para obtener elseguro de desempleo y donde estableció suaño de beneficios, después de su últimaseparación del servicio militar activo. Paraestablecer el año de sus beneficios, usteddebe haber acumulado un cierto nivel deservicio activo en las fuerzas armadas, dentrodel periodo base aplicable a ese año debeneficios (por favor vea la página 16). Si suprimer reclamo estableciendo un año debeneficios es sometido en Illinois, usteddebe cumplir con todos los requisitos de laley de Illinois. Además, la ley federal proveeque sus beneficios no pueden comenzardurante un período en el cual usted estárecibiendo asignaciones de subsistenciafederal bajo el Acta de RehabilitaciónVocacional o asistencia educacional bajo elActa del Huérfanos de Guerra y el Acta deAsistencia Educacional de las Viudas.Todas las leyes estatales del seguro de

desempleo proveen el derecho de apelaciónpara las personas a las cuales se les hayannegado los beneficios por cualquier razón.En la mayoría de los casos, sus derechos deapelación son los mismos que poseecualquier otro reclamante en su estado. Sinembargo, la ley federal provee que ladeterminación de la agencia federalapropiada correspondiente a su serviciomilitar activo, su pago de acuerdo al rangoque tenía en el momento de dejar el serviciomilitar y el modo en que usted se separó detal servicio, el que será final o concluyente.Si usted cree que la información queaparece en el documento de separación delservicio es incorrecta, usted puede solicitaruna revisión de la misma por parte de laagencia federal apropiada.Las apelaciones o las solicitudes de

revisiones deben presentarse a la oficinalocal del IDES donde usted hayapresentado su reclamo. �

Beneficios de asistenciadel intercambio

Los trabajadores que pierden su trabajo oque experimentan una reducción en lashoras de trabajo y salarios como resultadodel incremento de productos importados opor el traslado de sus trabajos al exterior,podrían calificar para recibir beneficiosadicionales bajo el Acta de Reforma delComercio del 2002 (El grupo detrabajadores debe estar certificado comoelegible por el Departamento de Trabajofederal).Los beneficios administrados por el

IDES incluyen la asistencia salarial, elCrédito Impositivo de Cobertura de Salud yla asistencia alternativa para los trabajadoresde más edad.Los individuos deberán ponerse en

contacto con la oficina local del IDESdonde sometieron su reclamo de desempleo.O, para encontrar la oficina más cercana,llame al 1-888-367-4382. �

Servicios de preparación deperfiles y referidos para serempleado nuevamente

De acuerdo con la ley federal, todas laspersonas que formulan un reclamo porbeneficios de desempleo son evaluados,basándose en varias característicasrelacionadas con el trabajo, para determinarla probabilidad de que agotaran todos susbeneficios y que necesitaran más ayudapara encontrar trabajo. Estos individuospueden ser recomendados para otrosservicios más intensivos que les ayuden aconseguir trabajo. Estos servicios incluyenuna evaluación personal de sus necesidadesy de las actividades recomendadas paramejorar su búsqueda laboral, como

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escribiendo el resumé, prepararle para unaentrevista de trabajo y el referido paraobtener adiestramiento disponible ointegrarse a clubes de trabajos locales.Si a usted lo refieren a los servicios para

regresar al trabajo y usted se niega aparticipar sin una buena razón, a usted se lepueden denegar los beneficios de desempleohasta que acepte participar. �

Informe su regreso al trabajo¡INMEDIATAMENTE!

Los empleadores están obligados areportar a todos sus nuevos empleados alIDES. Estos reportes son usados paraidentificar a los individuos que estánrecibiendo Beneficios de Desempleo,después de que hayan regresado al trabajo.El fallo en reportar su regreso al trabajo otodos los salarios brutos recibidos por variassemanas cubiertos por su certificación,resultará en un sobrepago de beneficios ypotencialmente la determinación defraude, lo cual conlleva a semanas depenalidades, como los pagos para lacompensación de pagos estatales alcontrolador (tal como los reembolsos deimpuestos o de los premios de lotería) y lapersecución por fraude a los beneficios delestado. �

Sugerencias finalespara los reclamos

Si usted recuerda hacer lo siguiente, susolicitud de seguro de desempleo seráprocesada sin problemas y requerir untiempo mínimo para llenar los documentos.1. Siempre proporciones su nombre,

domicilio y número de Seguro Socialcuando usted escriba al personal delDepartamento de Seguridad delEmpleo.

2. Preséntese a la hora asignada. Elpropósito de fijar las citas consiste enpoder distribuir el trabajo parejamenteen la semana, para que usted reciba elservicio con un mínimo de demoras.

3. Conozca los procedimientos de laoficina. El personal de IDES desempeñamuchas tareas diferentes y lleva a caboprocedimientos de oficina para asegurarque a todos los clientes se les sirve en elorden en que han llegado. Si ustedobserva que el personal está ocupadotrabajando individualmente en susescritorios, es muy probable que esténanotando información sobre el reclamodel cliente previo, el cual debe sercompletado antes que se llame a lapróxima persona.

4. Espere pacientemente por su primercheque de beneficios. El IDES pagalos beneficios debidamente a tiempo.De acuerdo a los estándares federales,un cheque es enviado por correo atiempo y si es enviado por correo dentrode los 21 días posteriores, luego dehaber completado la primera semana,por la cual se le pagaran los beneficios.Después de esto, los cheques debeneficios deberán llegar regularmentecada dos semanas, siempre y cuandousted recuerde certificar su reclamo enel día que se le ha asignado. �

Los beneficios puedenestar sujetos a impuestos

Sus beneficios de seguro de desempleopueden estar totalmente sujetos a impuestosen sus planillas de contribuciones estatales yfederales. El Acta de Reforma del Impuestode 1986 enmendó la ley para que losbeneficios de seguro de desempleo esténsometidos a impuestos, si a usted le solicitanque radique su planilla de contribuciónde impuestos estatales o federales. Usted

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BENEFICIOS DEL SEGURO DE DESEMPLEO

puede elegir que los impuestos federales y/o del estado de Illinois sean deducidos y retenidos de sus pagos de los beneficios de seguro de desempleo. Las deducciones se realizan a niveles predeterminados: 10% por los impuestos sobre ingresos federales y 4.95% por los impuestos sobre ingresos Sestatales.i usted no elige que se le descuenten y retengan los impuestos sobre ingresos federales y/o del Estado de Illinois de sus pagos de beneficios del seguro de desempleo, a usted se le puede requerir que realice pagos de impuestos sobre ingresos estimados usando el Formulario 1040ES del Servicio de Rentas Internas y el Formulario 1040ES del Departamento de Ingresos de Illinois.IDES le entrega a usted el formulario

1099-G , una declaración de los beneficios pagados a usted al final de cada año calendario.Si usted eligió que se descontaran los

impuestos federales de su ingreso y que sean retenidos del pago de los beneficios del seguro de desempleo, el formulario 1099-G reflejará la cantidad total deducida y retenida para ese año calendario. Al Servicio de Rentas Internas y el Departamento de Ingresos de Illinois se les darán la misma información.

Se requiere su númerode Seguro Social

A usted le pedirán que provea sunúmero de cuenta de Seguro Social en losformularios del reclamo. Su número deSeguro Social se pide bajo la autoridad delcódigo de Rentas Internas del 1986 (26U.S.C. 85, 6011(a), 6050B, y 6109(a). Elexhibir su número de Seguro Social paraeste propósito es obligatorio y debe serentrado en los formularios que ustedpresenta para obtener los beneficios deseguro de desempleo. La validez del númerode Seguro Social que usted provee seráverificada con la Administración del SeguroSocial.Su número de Seguro Social será usado

para reportar los beneficios del seguro dedesempleo al IRS, como ingreso que estápotencialmente sujeto a la aplicación deimpuestos. También será utilizado como unnúmero que servirá para procesar sureclamo, con propósitos estadísticos y paraverificar su elegibilidad para recibir el segurode desempleo y otros servicios de asistenciapública. Si usted decide no dar su númerode Seguro Social, su reclamo de seguro dedesempleo no será procesado. �

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Los Recursos en línea del IDES

Visite el sitio de Internet del IDES en el www.ides.illinois.gov para todos losservicios.

Los empleadores enlistan sus posiciones abiertas y los que buscan empleodespliegan sus resumés y solicitudes en el www.illinoisjoblink.com.

Para encontrar una oficina cerca de usted, utilice el localizador de oficina en www.ides.illinois.gov/page.aspx?module=13&item=31.


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