Date post: | 08-Dec-2015 |
Category: |
Documents |
Upload: | carlos-castillo |
View: | 23 times |
Download: | 3 times |
Requerimientos normativos para el transporte de materiales peligrosos
REGLAMENTO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL Y SERVICIOS AUXILIARES
NOM-002-SCT/2011 NOM-003-SCT/2008 NOM-004-SCT/2008
Disposiciones legales.
Requisitos documentales
• Permiso o alta de vehículo para la operación del servicio de Autotransporte federal de pasajeros, turismo, carga y transporte privado de personas y carga.
a) Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a tercerosb) Póliza de daños ecológicos por 900 mil pesos.c) Original del listado de productos a transportar con número UN (NOM-
002-SCT/2011).d) Tarjeta de circulación y placas metálicas de identificación del vehículo,
expedidas por la autoridad local que corresponda (copia).e) La capacitación y adiestramiento de conductores del servicio de
autotransporte federal y transporte privado
a) Todos los envases y embalajes destinados a transportar materiales o residuos peligrosos
cuya masa neta o capacidad no exceda de 400 kg o 450 litros, respectivamente, deben
portar una etiqueta o etiquetas (primarias y secundarias, según sea el caso) adheribles,
impresas o rotuladas que permitan identificar fácilmente, mediante apreciación visual,
los riesgos asociados con su contenido.
b) Todos los envases y embalajes destinados al transporte de materiales y residuos
peligrosos cuya masa neta o capacidad exceda de 400 kg o 450 litros, deberán portar,
cuando así lo permita el envase y embalaje, una etiqueta o el (los) cartel(es) de
identificación, establecidos en la norma correspondiente.
c) En el caso del transporte de envase(s) y embalaje(s) con diferentes materiales o residuos
peligrosos compatibles, pero con diferentes riesgos, el envase y embalaje exterior,
deberá portar las etiquetas de riesgo primario y cuando se requiera identificar el riesgo
secundario, también deberán portar la etiqueta correspondiente a ese riesgo.
Requerimientos de señalización
SIMBOLOS BASICOS
a) - Bomba explotando (peligro de explosión).
b) - Flama (peligro de incendio).
c) - Calavera y tibias cruzadas (peligro de envenenamiento).
d) - Trébol esquematizado (peligro de radiactividad).
e) - Líquidos goteando de dos tubos de ensayo sobre una mano y un metal
(peligro de corrosión).
SIMBOLOS COMPLEMENTARIOS
f) - Flama sobre un círculo (oxidantes o peróxidos orgánicos).
g) - Cilindro de gas (gases comprimidos no inflamables, no tóxicos).
h) - Tres medias lunas sobre un círculo (substancias infecciosas).
i) - Siete franjas verticales (substancias peligrosas varias).
Requerimientos de señalización
Grado de riesgo del material peligroso, de acuerdo a la norma 002-
sct
Requerimientos de señalización
Nombre y descripción Clase o división No. ONU
GASOLEO o COMBUSTIBLE PARA MOTORES DIESEL o
ACEITE MINERAL PARA CALDEO,
LIGERO
3 1202
Requerimientos de señalización
Las unidades de transporte, de substancias, materiales o residuos peligrosos deben portar carteles de identificación como señalamientos de seguridad, para advertir que los productos que transportan son peligrosos y presentan riesgos.
• Los carteles deben indicar el riesgo primario, el número de Naciones Unidas que lo identifica y, en su caso, el riesgo secundario asociado con la substancia, material o el residuo peligroso transportado
• Deberán colocarse en la parte media superior de las vistas laterales, anterior y posterior de las unidades de autotransporte, en el caso de unidades tipo tractocamión o camión se debe colocar en la parte frontal, siempre y cuando no se obstruya la visibilidad del operador, para combinaciones vehiculares de doble semirremolque, los carteles se colocarán en ambos remolques
Requerimientos de señalización UBICACIÓN DEL CARTEL
Por la clase de riesgo
Requerimientos de señalización
El número ID de 4 dígitos puede ser mostrado sobre el cartel en forma de diamante o sobre una placa naranja puesta a los extremos y a los lados de un autotanque, vehículo o carrotanque.
EJEMPLO
Requerimientos de señalización
Nombre y descripción
Clase o
división
No. ONU
GASOLEO o COMBUSTIBLE
PARA MOTORES DIESEL o
ACEITE MINERAL PARA CALDEO,
LIGERO
3 1202
Para el transporte de diesel