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UNIVERSIDAD J.F. KENNEDY MANUAL DO ALUNO PÓS...

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UNIVERSIDAD J.F. KENNEDY MANUAL DO ALUNO PÓS DOUTORADO EM PSICOLOGIA 2014
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U N I V E R S I D A D J . F . K E N N E D Y

M AN U A L D O AL U N O

P Ó S D O U T O R AD O E M P S I C O L O G I A

2 0 1 4

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1. INFORMAÇÕES GERAIS

1.1 – A Universidade

Acercándose a su cincuentenario, la Universidad Argentina John F. Kennedy se encuentra

hoy abocada a la renovación de su oferta y al desarrollo y coordinación de la informatización

institucional a fin de optimizar sus servicios, a tono con las exigencias de los tiempos. No

menos importante es la tarea que la lleva a seguir profundizando la misión formativa e

investigativa de la institución en pos de un mundo más centrado en valores, a un mundo

más justo y sobre todo, a un mundo más solidario y en paz.

La Universidad Argentina John F. Kennedy es una universidad privada, de las denominadas

de primera generación. El proyecto se inicia en 1960 y en 1964 comienza sus actividades,

logrando el reconocimiento definitivo en 1981 por decreto nº 543 del Poder Ejecutivo

Nacional.

Su creación no fue un acto azaroso ni tampoco fortuito. Fue una empresa espiritual que se

impuso a las limitaciones originales, fundada en la labor de transformación del hombre por

los valores trascendentales. De inicio modesto, en cuanto a aspectos materiales se refiere,

la universidad concitó desde sus comienzos a un grupo excepcional de intelectuales entre

los que se destacó como figura central y por muchos años don Miguel Herrera

Figueroa como su Rector, por el esfuerzo y el talento de su liderazgo junto con su

producción intelectual.

Con el nombre de la Universidad no hay equívocos. “Argentina” por pensarla al servicio del

país; “John F. Kennedy”, porque así como el Presidente había llevado a graduados de las

mejores universidades de su país a cooperar en su gobierno, se pensaba que esta naciente

institución podría crear universitarios capaces de transformar la patria, el Estado y la

comunidad, al tiempo que la cooperación entre los países del continente comenzaba a

perfilar su importancia.

Su emblema: “Trinus et unus. Vita, spiritus et societas” es la manifestación de una institución

que busca en forma dinámica mantener un equilibrio de esfuerzos en la formación de la

persona en sus dimensiones vital, espiritual y valorativa a través del cumplimiento de las tres

misiones esenciales: Investigar, Enseñar y Servir a la Comunidad.

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Desde sus orígenes, su impronta la definió no elitista y de fuerte compromiso socio-

comunitario. No confesional, aunque humanista, integrativa y existencial. Abierta al saber,

sin sectarismos ideológicos, religiosos o raciales. Con una concepción educativa centrada

en el estudiante, concretada a través del rol del docente, que no conduce ni dirige, sino que

facilita e incentiva en los distintos niveles: Pregrado (Escuela de Ciencias, Artes y Técnicas);

Grado (Escuelas Especiales); y Posgrado (Escuela de Graduados).

UK implicó para su época una importante innovación en el ámbito de la enseñanza superior

del país con la estructura departamental y la creación de una Escuela de Ciencias, Artes y

Técnicas: ciclo básico común a las diversas Escuelas, sedes de carreras nuevas como

Demografía y Turismo, Servicio Social, Relaciones Públicas, Ciencias del Teatro, Publicidad

que junto a Sociología y Psicología venían a dar respuesta a las demandas de la época. La

oferta se fue ampliando con Abogacía y Arquitectura, entre otras, hasta llegar en las últimas

décadas al desarrollo del área de las Ciencias de la Salud con las Escuelas de Química,

Bioquímica, Farmacia, Odontología, y Ciencias de la Nutrición.

En este medio siglo asumió los grandes cambios que se dieron en la esfera universitaria en

nuestro país en los últimos años -la masividad de la educación universitaria, el cambio en

las metodologías, los contenidos curriculares, los procesos de autoevaluación, de

evaluación externa y de acreditación-; amplió la infraestructura y mejoró los servicios de

apoyo administrativo, lo que se refleja en datos objetivos:

Más de 110.000 estudiantes pasaron por sus aulas, de los cuales se graduaron

30.000 y 20.000 recibieron asistencia económica.

1 Escuela Especial de Pregrado estimula la conformación de verdaderos

estudiantes universitarios.

Se dictan 29 carreras de Grado.

2 doctorados, 1 maestría y 3 especialidades, todas carreras de posgrado

acreditadas por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria

(CONEAU).

1 Profesorado Universitario forma profesionales de distintas ramas disciplinares,

con firme vocación docente.

1.100 docentes nos acompañan en la labor de enseñanza y aprendizaje de

saberes y actitudes.

26 edificios propios en la ciudad de Buenos Aires, Lanús y San Isidro.

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Una biblioteca actualizada permanentemente opera como centro de actividades

de docencia y de investigación.

Muy activa en la cultura y el deporte a través del Coro Kennedy que, aunque

independiente fue concebido y es apoyado por nuestra Universidad; de 1 Taller y

2 grupos de Teatro; y de la participación deportiva en torneos internos e inter-

universitarios, éstos últimos organizados por la Asociación del Deporte Amateur

Universitario (ADAU).

Consciente de la necesidad de prestar un servicio a la comunidad, el Departamento de

Extensión Universitaria proporciona en el nivel post-secundario oportunidades de formación

continua y realiza actividades de actualización, capacitación y perfeccionamiento para

estudiantes universitarios y público en general. La Unidad Académica Asistencial en salud

mental y la Escuela de Odontología, así también como otras escuelas, brindan asistencia

profesional a la comunidad en la mayoría de los casos, gratuita. Diversos programas de

apoyo a comunidades postergadas son llevados a cabo con la participación de estudiantes y

personal de la institución.

1.2 - Sobre o curso -

POSDOCTORADO EN PSICOLOGÍA

La Universidad Argentina J.F. Kennedy desarrolla desde su fundación diferentes propuestas

de formación para estudios de posgrado: especializaciones, maestrías y doctorados,

actualmente todos acreditados. El desarrollo de estos estudios ha generado un interés en la

continuación de las investigaciones dentro del marco académico, razón por lo cual

proponemos este Proyecto de Posdoctorado en Psicología.

El objetivo del Programa Posdoctoral en Psicología es favorecer nuevos desarrollos

académicos de los graduados de doctorados, tanto nacionales como extranjeros. Nuestra

convocatoria tiene entre sus principales objetivos, el de crear un ámbito estimulante para la

investigación y el intercambio científico en pos de la formación contínua.

El Programa tendrá una duración máxima de un año, con posibilidad de extensión.

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Requisitos de admisión

Solicitud de admisión

Currículum Vitae Completo

Documentación que acredite el título Doctoral

Propuesta temática para el trabajo Posdoctoral

Requisitos del plan de trabajo:

Los candidatos del Programa de Posdoctorado en Psicología deberán desarrollar su trabajo

de Investigación Posdoctoral o Ensayo, bajo la dirección de un Profesor con título doctoral.

Dicho plan deberá incluirse en el marco de una estancia en el programa posdoctoral.

En esa estancia postdoctoral los candidatos deben participar de una semana intensiva de

trabajo en los siguientes seminarios:

1. Sujeto, cultura y sociedad = 8 hs. áulicas presenciales

2. Ps. Social y Política = 8 hs. áulicas presenciales

3. Ps. Jurídica= 8 hs. áulicas presenciales

4. Psicología Culturalista y Existencial = 8 hs. áulicas presenciales

5. Desarrollos en Psicoanálisis = 8 hs. áulicas presenciales

6. Coloquio final = 4 hs. (Declaración de temas de investigación)

Presupuesto total de horas áulicas = 44 hs.

El curso se lleva adelante a través del cursado intensivo de 5 jornadas y media

consecutivos, debiendo cumplimentarse con un plan de asesoría tutorial individual personal.

La declaración temática y rasgo específico debe de la Investigación Posdoctoral debe

presentarse en el sexto día de trabajo, en el “Coloquio final”.

Otros requisitos:

1) Durante el período comprendido entre la finalización del curso y la entrega final del

trabajo investigativo, cada 3 meses, el posdoctorando deberá presentar una síntesis

de informe de avance, avalada por el director.

2) El Plan de trabajo debe organizarse con un cronograma de 6 meses a un año.

3) El del trabajo investigativo o ensayo puede presentarse a partir de los 3 meses de

finalizado el curso y hasta un año (con posibilidad de extensión)

4) El trabajo final deberá tener una extensión mínima de 70 páginas y máxima de 140

pág.

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CONTENIDOS MÍNIMOS DE LOS SEMINARIOS DE ACTUALIZACIÓN

1.- SEMINARIO: “ SUJETO-CULTURA Y SOCIEDAD”

Sujeto, cultura y sociedad desde distintos puntos de vista en las corrientes psicológicas. El

concepto de sujeto para diversas disciplinas, entre ellas Psicología, Psicoanálisis, Sociología

y Derecho. Relación de la Psicología individual y la Psicología Social. La cultura y su

función: Terceridad simbólica. Diversidad cultural. El lugar de la ley en la organización

sociocultural y política. La crisis del orden jurídico. Los estados de excepción y sus

consecuencias. La legitimación de lo ilegítimo. El integrativismo en Psicología. La tradición,

el sujeto y la cultura. El valor de los mitos y los ritos en la constitución del sujeto. El Sujeto y

lo Social-Triple atravezamiento: lenguaje, inconsciente, ideología. Genealogía y Filiación,

sus efectos en la constitución del Sujeto y lo Social. Resistencia cultural: una forma de

sostener la dignidad subjetiva. Las rupturas del cuerpo social y sus consecuencias

subjetivas. Abordaje de las nuevas formas de violencia y violación a los Derechos Humanos.

Construcción de ciudadanía y responsabilidad.

2.- SEMINARIO: PSICOLOGÍA SOCIAL Y POLÍTICA

Desarrollo histórico de la psicología social y política. Su desarrollo histórico en América

Latina. La psicología social y política en las décadas del 40 a los 60, de los 70 a los 90 y de

los 90 al siglo XXI. Aspectos metodológicos de la psicología social. El entramado teoría-

práctica-realidad. Formas de investigación. Propuestas metodológicas. Lo cuantitativo y lo

cualitativo. La participación directa e indirecta. El análisis del discurso. El método

experimental: el conocimiento a través de la intervención. El método correlacional: el

conocimiento a través de la observación. Aspectos éticos de la investigación psicosocial y

política. El Constructivismo y las representaciones sociales. El Grupo, diversas

conceptualizaciones. Liderazgo. La Representación Social como modo de procesos

cognitivo-emocionales individuales y grupales según diferentes contextos históricos. Las

representaciones sociales y su influencia en los procesos educativos. Socialización.

Endoculturación. Introducción al concepto de grupo. La importancia del análisis de los

grupos en el marco de la Psicología Social. Consecuencias de la pertenencia. Roles. Status.

Normas y cohesión. Toma de decisiones en grupo. Corrientes dinamista, interaccionista y

psicoanalítica. La teoría de Pichón Rivière y su impronta en Latinoamérica y Europa. Las

variables del status y rol en Estados Unidos. Influencia social en la construcción de actitudes

y valores.El grupo y las normas. La opinión pública y los medios de comunicación. El

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integrativismo en Psicología Social y Política. Problemáticas psico-axio-sociales actuales.

Campos de aplicación de la Psicología social y política. Intervención psicosocio-política y

cuestiones éticas Revisión de conceptualizaciones y reformulaciones. La educación para la

salud integral. El diagnóstico de situaciones socio comunitarias y la construcción de

planificaciones estratégicas. Metodología participativa y de inserción comunitaria. Los

escenarios de intervención. Prevención y salud pública. Políticas en salud mental y

Derechos Humanos. Marcos legislativos e institucionales. El individuo y la comunidad.

Estilos de vida y cambio de discurso. Criterios de salud-enfermedad en la actualidad. La

promoción de la salud en la sociedad actual. La prevención, tácticas actuales. Programas de

salud comunitaria. Ámbitos de intervención en la sociedad globalizada: familia, escuela,

trabajo, jurídico, comunidad. Las problemáticas actuales y los efectos en la cultura: ruptura

del lazo social, impulsiones, violencia, vulnerabilidad, exclusión social, desamparo,

consumo, adicciones, sectas urbanas, amenazas sobre el medio ambiente, precarización

laboral, las nuevas subjetividades de la ciber cultura, el declive de la función parental,

multiculturalidad, inmigración, migraciones. La violencia como consecuencia de una crisis

jurídico social según P. David.

3.- SEMINARIO: PSICOLOGÍA JURÍDICA.

Concepto de sujeto desde las diferentes corrientes de la Psicología y Psicología Jurídica. El

sujeto y lo social. El sujeto del discurso jurídico. El sujeto del discurso de la Psicología

Jurídica. Discriminación de discursos: Psicológico- Jurídico. Pedagógico- Social-

Psicoanalítico. El Derecho y las Ciencias Sociales. La interdisciplina y la conformación de

equipos de trabajo. Programas de trabajo. La comunicación. El lenguaje. La

intersubjetividad. Responsabilidad subjetiva. Imputabilidad e inimputabilidad, diferencias y

convergencias en diferentes discursos. Castigo y sanción, sus diferencias y convergencias.

Criminología. La clínica del Derecho. Prevención del delito y justicia penal. La situación de la

delincuencia juvenil. Situación en América Latina respecto del Derecho y la Psicología

Jurídica.

4.- PSICOLOGÍA CULTURALISTA Y EXISTENCIAL

Surgimiento de la Psicología Existencial. Aportes de las filosofías fenomenológicas

existenciales de Jean Paul Sartre, Martin Heidegger, Albert Camus, Kierkegaard, Husserl,

Merleau Ponty, Martín Buber y otros. Aportes a los fundamentos psicológicos y culturales a

la teoría de la personalidad. La teoría de la personalidad en la psicología comprensiva de K.

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Jaspers. Las teorías psicosociales de la personalidad: Hall y Lindzey. La teoría humanista

de la personalidad en C. Rogers y Maslow. La teoría culturalista de K. Horney. Formación de

la personalidad desde el concepto de libertad de E. Fromm. La voluntad de sentido en V.

Frankl. El devenir de la vida. El ser humano como constante evolución y desarrollo. El lugar

de los conceptos de movimiento y procesos. El Dasein y Mitsein. La Weltanschauung. El

concepto de cuidado y cura. La finitud. El reconocimiento de la temporalidad. El tiempo

como vida y el futuro como la posibilidad de existir. La libertad. Etica y estética. El sentido de

la vida. Los aportes de Ludwig Binswanger , Víctor Frankl, Alejandro Jodorowsky, Rollo May,

Irvin Yalom, Emmy van Deurzen, Hans Cohn y Ernesto Spinelli. Aportes de autores de

América Latina: Pablo Rispo y Susana Signorelli (Argentina), Emilio Romero (Brasil), Alberto

Castro (Colombia) Miguel Jarquín y Yaqui Andrés Martínez (México), entre otros.

5.- SEMINARIO: DESARROLLOS EN PSICOANÁLISIS

La metapsicología clásica, interrogación por su vigencia. Revisión de sus antecedentes.

Revisión de los conceptos fundamentales. La construcción de la realidad psíquica y la

constitución del sujeto. Diversas concepciones sobre lo inconsciente. Diferenciación entre

“ello” e inconsciente. Las teorías sobre los sueños. Concepción del síntoma. Función de la

angustia. El concepto de pulsión y sus diversas clasificaciones. Consecuencias teóricas y

clínicas del giro de 1920. Los tabúes fundamentales. La prohibición del incesto y del

parricidio, su lugar en la organización social. Pasaje de la endogamia a la exogamia

.Psicología de las masas e identificación. Escritos sociales.. Los motivos de la guerra. La

construcción de la praxis freudiana. Revisión de los aportes de Melanie Klein y Donald

Winnicott. Antecedentes: Karl Abraham y Anna Freud. Teoría de las relaciones de objeto.

Aportes de la Escuela Francesa. Jacques Marie Emile Lacan. Contexto histórico. Espacio de

configuración psicoanalítico. Jacques Lacan y el retorno a Freud. La cosa lacaniana.

Antecedentes. Efectos del significante y la letra. Pre-existencia del lenguaje. Estructuras

elementales de la cultura. Concepción ternaria de la condición humana: naturaleza,

sociedad y cultura. Reversión del algoritmo lingüístico. El registro simbólico. Introducción

del gran Otro. El yo como construcción imaginaria. El otro semejante. El lugar de a. El

sujeto y el Otro. El soporte corporal del sujeto. Reformulación de los cuatro conceptos

fundamentales del psicoanálisis freudiano. El concepto de goce. Diversos aportes clínicos.

Una nueva clínica: el advenimiento del sujeto.

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6.- COLOQUIO FINAL

Con la participación de todos los cursantes y los profesores, se realizará un coloquio final,

con el objeto de:

1.- debatir algunas ideas principales y concluyentes del curso,

2.- declarar tema y rasgo investigativo.

3.- en lo posible, el postdoctorando declarará su director de trabajo (sino lo podrá hacer en

un plazo de 30 días). El director puede ser interno o externo a la Universidad Kennedy.

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1.3 – Resolução CONEAU 160/2011

Ministerio de Educación

EDUCACION SUPERIOR

Resolución 160/2011

Apruébanse los estándares y criterios a considerar en los procesos de acreditación de

Carreras de Posgrado.

VISTO los artículos 45 y 46, inciso b), de la Ley Nº 24.521, el Acuerdo Plenario Nº 6 del

CONSEJO DE UNIVERSIDADES, la Resolución del entonces MINISTERIO DE CULTURA Y

EDUCACION Nº 1168 del 11 de julio de 1997 y el Acuerdo Plenario Nº 100 del CONSEJO

DE UNIVERSIDADES de fecha 31 de agosto de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 45 y 46, inc. b), de la Ley Nº 24.521 disponen que corresponde a este

Ministerio establecer en consulta con el CONSEJO DE UNIVERSIDADES, los estándares

que se deberán aplicar en los procesos de acreditación de las carreras de posgrado.

Que en cumplimiento de los referidos artículos, se dictó la Resolución Ministerial Nº 1168/97,

que estableció los estándares para las carreras de posgrado presenciales, dejando

expresamente sentado la conveniencia de que dichos estándares fueran revisados en un

plazo no mayor a UN (1) año.

Que habiendo transcurrido más de una década de vigencia de la RM Nº 1168/97 se hacía

imperiosa su revisión a fin de contemplar situaciones antes no previstas o que ahora

resultaban novedosas con el desarrollo de las nuevas tecnologías.

Que mediante Acuerdo Plenario Nº 100 de fecha 31 de agosto de 2011, el CONSEJO DE

UNIVERSIDADES elevó una nueva propuesta, en reemplazo de la RM Nº 1168/97, que

contiene los criterios y estándares mínimos a tener en cuenta en los procesos de

acreditación de carreras de posgrado a dictarse bajo la modalidad presencial o a distancia.

Que en dicha propuesta se encuentran plasmadas las valiosas contribuciones que realizaron

el CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL (CIN), el CONSEJO DE RECTORES DE

UNIVERSIDADES PRIVADAS (CRUP) y la COMISION DE EVALUACION Y

ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU).

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Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le

compete.

Que las facultades para dictar el presente acto resultan de lo dispuesto en los artículos 45 y

46, inc. b), de la Ley Nº 24.521.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACION

RESUELVE:

Artículo 1º — Aprobar el documento que obra como ANEXO de la presente resolución, como

propuesta de estándares a aplicar en los procesos de acreditación de carreras de posgrado,

en reemplazo de la Resolución del entonces MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION Nº

1168 de fecha 11 de julio de 1997.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO

OFICIAL y cumplido, archívese. — Alberto E. Sileoni.

ANEXO

ESTANDARES Y CRITERIOS A CONSIDERAR EN LOS PROCESOS DE ACREDITACION

DE CARRERAS DE POSGRADO

INTRODUCCION

El artículo 46 de la Ley Nº 24.521 dispone que el proceso de acreditación de las carreras de

posgrado se desarrollará conforme con los estándares que establezca el Ministerio de

Educación en consulta con el Consejo de Universidades.

Por ello, en el año 1997, se fijaron estándares que se plasmaron en la Resolución Ministerial

1168 de dicho año y que hoy se consideran necesarios de actualizar.

Tal como entonces, y con el mismo afán de asegurar la calidad de la oferta educativa, se

expresa que los estándares y criterios que se proponen deberán aplicarse en un marco

amplio y flexible que posibilite la consideración de las diferencias regionales, institucionales,

disciplinares y profesionales y ser considerados como estándares mínimos que se

emplearán respetando los principios de autonomía y libertad de enseñanza.

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TITULO I: CARACTERIZACION GENERAL DE CRITERIOS

1. TIPOS DE CARRERA

1.1. Especialización

La Especialización tiene por objeto profundizar en el dominio de un tema o área determinada

dentro de un campo profesional o de diferentes profesiones.

En aquellas Especializaciones en las que el área a profundizar sea la práctica profesional se

incluirá un fuerte componente de práctica intensiva.

Para el egreso, requiere la presentación de un trabajo final individual de carácter integrador

cuya aprobación conduce al otorgamiento del título de “Especialista”, con especificación de

la profesión o campo de aplicación.

1.2. Maestría

La Maestría tiene por objeto proporcionar una formación académica y/o profesional.

Profundiza el conocimiento teórico, metodológico, tecnológico, de gestión, o artístico, en

función del estado de desarrollo correspondiente a una disciplina, área interdisciplinaria o

campo profesional de una o más profesiones. Para el egreso, requiere la presentación de un

trabajo final individual y escrito que podrá realizarse a través de un proyecto, estudio de

casos, obra, producción artística o tesis, según el tipo de Maestría, cuya aprobación

conduce al otorgamiento del título de “Magister”, con especificación precisa de una sola de

estas posibilidades: una disciplina, un área interdisciplinar, una profesión o un campo de

aplicación.

Existen dos tipos de Maestría:

1.2.1. Maestría académica

La Maestría académica se vincula específicamente con la investigación en un campo del

saber disciplinar o interdisciplinar.

A lo largo de su desarrollo, profundiza tanto en temáticas afines al campo como en la

metodología de la investigación y la producción de conocimiento en general y en dicho

campo.

El trabajo final de una Maestría Académica es una tesis que da cuenta del estado del arte en

la temática elegida y de la implementación de una metodología de investigación pertinente a

la misma.

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1.2.2. Maestría profesional

La Maestría profesional se vincula específicamente con el fortalecimiento y consolidación de

competencias propias de una profesión o un campo de aplicación profesional.

A lo largo de su proceso de formación profundiza en competencias en vinculación con

marcos teóricos disciplinares o multidisciplinares que amplían y cualifican las capacidades

de desempeño en un campo de acción profesional o de varias profesiones.

El trabajo final de una Maestría Profesional es un proyecto, un estudio de casos, una obra,

una tesis, una producción artística o trabajos similares que dan cuenta de una aplicación

innovadora o producción personal que, sostenida en marcos teóricos, evidencian resolución

de problemáticas complejas, propuestas de mejora, desarrollo analítico de casos reales,

muestras artísticas originales o similares y que estén acompañadas de un informe escrito

que sistematiza el avance realizado a lo largo del trabajo.

1.3. Doctorado

El Doctorado tiene por objeto la formación de posgraduados que puedan lograr aportes

originales en un área de conocimiento —cuya universalidad deben procurar—, dentro de un

marco de excelencia académica, a través de una formación que se centre

fundamentalmente en torno a la investigación desde la que se procurará realizar dichos

aportes originales. El doctorado culmina con una tesis de carácter individual que se realiza

bajo la supervisión de un Director. La tesis debe constituirse como un aporte original al área

del conocimiento de la que se trate, y demostrar solvencia teórica y metodológica relevante

en el campo de la investigación científica. La tesis es evaluada por un jurado que incluye al

menos un miembro externo a la institución universitaria y excluye al Director.

Conduce al otorgamiento del título de “Doctor” con especificación precisa de una disciplina o

área interdisciplinar.

2. TITULACIONES

Las carreras que otorguen el título de “Especialista” deben especificar una profesión o

campo de aplicación.

Las carreras que otorguen el título de “Magister” deben especificar una disciplina, un área

interdisciplinar o un campo de aplicación profesional según se trate de Maestría Académica

o Profesional.

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Las carreras que otorguen el título de “Doctor” deben especificar una disciplina o un área

interdisciplinaria.

Las denominaciones de los títulos excluirán el uso del punto seguido, los paréntesis y se

corresponderán con el nombre dado a la carrera.

Las titulaciones de posgrado no habilitarán a nuevas actividades profesionales ni

especificarán actividades para las que tengan competencia sus poseedores.

Las titulaciones de Especialización en el área de la salud que no se correspondan con las

denominaciones habilitadas para matricularse en el MINISTERIO DE SALUD DE LA

NACION requerirán una consulta previa que deberá realizarse por escrito ante el

MINISTERIO DE EDUCACION en la cual se fundamentará la pertinencia de la solicitud. La

respuesta que se reciba al respecto será incorporada a la presentación y no será de carácter

vinculante.

3. ESTRUCTURAS CURRICULARES Y CARGAS HORARIAS

3.1. Estructura del Plan de Estudio

3.1.1. Estructurado: el plan de estudio está predeterminado por la institución y es común

para todos los estudiantes.

3.1.2. Semiestructurado: el plan de estudio ofrece actividades curriculares predeterminadas

por la institución y comunes a todos los estudiantes y un trayecto o trayectos que

seleccionan la institución o el estudiante en el que el itinerario se define para cada uno sobre

la base del área de conocimiento, campo profesional o tema del trabajo final.

3.1.3. Personalizado: el plan de estudio no incluye actividades curriculares preestablecidas y

se define para cada estudiante sobre la base del área de conocimiento y tema del trabajo

final. Esta modalidad puede proponerse sólo para Maestrías Académicas y Doctorados.

3.2. Modalidad

3.2.1. Carreras presenciales: las actividades curriculares previstas en el plan de estudio

— cursos, módulos, seminarios, talleres u otros espacios académicos— se desarrollan en

un mismo espacio/tiempo, pudiendo incorporar el uso de tecnologías de información y

comunicación como apoyo y/o complemento a las actividades presenciales sin que ello

implique un cambio en la modalidad.

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La carga horaria mínima presencial no podrá ser inferior a las 2/3 partes de la carga horaria

total, pudiendo el tercio restante ser dictado a través de mediaciones no presenciales.

En aquellos casos en que se opte por no cumplir con el 100% de las horas presenciales, se

harán explícitas en el plan de estudios, las previsiones de índole metodológica que

garanticen la cobertura de las horas no presenciales con actividades académicas.

Del mismo modo, en aquellos casos en que el cumplimiento del 100% de las horas

presenciales se concrete bajo un formato intensivo, concentrando varias horas de dictado en

un mismo día, se harán explícitas las previsiones metodológicas que se han tenido en

cuenta para garantizar en el desarrollo de las clases la participación atenta y activa de los

alumnos.

3.2.2. Carreras a Distancia: las actividades curriculares previstas en el plan de estudio —

cursos, módulos, seminarios, talleres u otros espacios académicos, a excepción de

prácticas— no requieren la presencia del estudiante en ámbitos determinados

institucionalmente, incluyendo todas las propuestas que con denominaciones diferentes se

refieran a ello, tales como: educación abierta, educación asistida, enseñanza

semipresencial, enseñanza no presencial, aprendizaje por medios electrónicos (e-learning),

aprendizaje combinado (b-learning), educación virtual, aprendizaje en red (n-learning),

aprendizaje mediado por computadora (CMC), cibereducación, etc. o todas aquéllas que

reúnan características similares a las indicadas precedentemente.

3.3. Organización

3.3.1. Carreras Institucionales: carreras pertenecientes a una institución universitaria con un

único proceso formativo.

3.3.2. Carreras Interinstitucionales: carreras en las que participan dos o más instituciones

universitarias o centros de investigación asociados, tal lo expuesto en el artículo 39 de la

Ley Nº 24.521, con el fin de compartir el potencial académico, científico y tecnológico propio.

Para que una carrera se considere “Interinstitucional” deben confluir aportes, —aunque no

necesariamente equivalentes— de todas las instituciones involucradas, existir una

cooperación y corresponsabilidad académica real, efectiva y significativa y formalizar la

asociación con la firma de los convenios respectivos, que estarán aprobados por cada

institución según la normativa y el estatuto de cada una de las intervinientes. El carácter de

interinstitucional se extiende a aquellas carreras en las que la institución universitaria se

asocia con instituciones dedicadas a la investigación y/o vinculación tecnológica y/o artística,

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tal las previsiones realizadas en el artículo 39º de la LEY Nº 24.521, y cuyas características

ameriten la cooperación propuesta. En este último caso la responsabilidad académica en

cuanto a admisión de estudiantes, evaluación, promoción y titulación corresponderá

exclusivamente a la/s institución/es universitaria/s firmante/s del convenio.

Existirán dos tipos de carreras interinstitucionales:

a) Conveniadas con diferentes procesos formativos: son carreras interinstitucionales

que mantienen más de un proceso formativo paralelo y que, en consecuencia, se

desarrollan en varias sedes académicas. En este caso, la acreditación y el

reconocimiento oficial del título se solicitarán para cada una de las instituciones por

separado, siendo responsabilidad de cada una de ellas, presentarse para ser

evaluada y requerir el reconocimiento oficial del título. Los diplomas que se expidan

podrán incluir los logos y hacer referencia a la totalidad de las instituciones

participantes, aunque será una sola institución la que haya registrado la admisión y,

consecuentemente, otorgue el título a un estudiante que se gradúe.

b) Conveniadas con un único proceso formativo: son carreras interinstitucionales con un

único proceso formativo y que, en consecuencia, se desarrollan en una sola sede o

en más de una pero con una oferta única y común para todos los estudiantes. El

título será otorgado por la Universidad donde se inscribió el estudiante. En este caso,

la acreditación y el reconocimiento oficial del título se solicitarán para todas las

instituciones conjuntamente. Los diplomas que se expidan podrán incluir los logos y

hacer referencia a la totalidad de las instituciones participantes, aunque será una

sola institución la que haya registrado la admisión y, consecuentemente, otorgue el

título a un estudiante que se gradúe.

3.4. Cargas horarias

Las carreras de Especialización tendrán un mínimo de 360 horas reloj, sin sumar las

dedicadas al trabajo final, e incluirán horas de formación práctica.

Las carreras de Maestría tendrán al menos 700 horas reloj de las cuales un mínimo de 540

deberán destinarse a cursos, seminarios y otras actividades de esa índole y las restantes,

podrán ser asignadas al trabajo final u otras actividades complementarias.

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En las carreras de Doctorado la carga horaria será determinada por cada institución

universitaria.

4. INSTANCIAS DE ACREDITACION

4.1. Carreras nuevas: son aquellas carreras que aún no han sido puestas en práctica y que

no cuentan con alumnos.

4.2. Carreras en funcionamiento: son las carreras que estando en funcionamiento se

presentan a acreditación cumplimentando la convocatoria realizada por la CONEAU.

5. ACREDITACION Y CATEGORIZACION

Las carreras de posgrado, sean de Especialización, Maestría o Doctorado, tendrán que ser

acreditadas por la CONEAU o las entidades privadas que se constituyan con fines de

evaluación y acreditación tal lo previsto en el artículo 45º de la Ley 24.521. La acreditación

será el resultado del cumplimiento de los criterios y estándares explicitados en la presente.

La categorización de las carreras de posgrado será opcional y requerirá cumplimentar con

las siguientes condiciones:

a) acreditar como carrera cumplimentando los criterios y estándares genéricos explicitados

en la presente;

b) alcanzar los perfiles de calidad específicos que fije el Consejo de Universidades.

TITULO II: CARACTERIZACION GENERAL DE ESTANDARES

A los efectos de evaluar la presentación realizada por las instituciones universitarias se

tendrá en cuenta los estándares que a continuación se listan, los que serán considerandos

de forma diferenciada, en lo referido a su amplitud, según se trate de una carrera nueva o

una carrera en funcionamiento, primera acreditación o sucesivas y/o posgrados que se

vinculen con carreras de grado incluidas en el artículo 43º de la Ley 24.521 o no.

6. INSERCION Y MARCO INSTITUCIONAL DE LA CARRERA

6.1. Normativa institucional: las reglamentaciones, las resoluciones, las ordenanzas vigentes

de la institución universitaria y de la carrera de posgrado en particular y copia del acto

administrativo autenticado que aprueba la creación de la carrera emitido por la autoridad

correspondiente según el Estatuto de la institución universitaria.

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6.2. Ubicación en la estructura institucional: Unidad/es Académica/s a la que pertenece la

carrera; en caso de haberlos, vinculación con las carreras de grado, con otros posgrados,

con los proyectos y programas de investigación y con convenios de cooperación; relevancia

de la carrera respecto de su inserción en el medio local y regional.

7. PLAN DE ESTUDIO

7.1. Identificación curricular de la carrera

7.1.1. Fundamentación: se refiere a enunciar el posicionamiento epistemológico desde el

cual se realiza su presentación en el/las área/s disciplinar/es a la/s cual/es pertenece,

explicar su inserción como proyecto en un campo profesional y/o académico, y las razones

que motivan ofertarla bajo la modalidad de educación presencial o a distancia.

7.1.2. Denominación de la carrera

7.1.3. Denominación de la titulación a otorgar

7.2. Objetivos de la carrera: se explicitarán los objetivos propuestos para la carrera

considerando la dimensión de “lo social” (se refiere fundamentalmente a los aportes

científicos, tecnológicos o artísticos que por la actividad académica propia de la carrera se

realizarán a la comunidad inmediata y mediata) y “lo institucional” (se refiere

fundamentalmente a los logros institucionales que se esperan alcanzar con el desarrollo de

la carrera y que no se expresan como logros de los estudiantes).

7.3. Características curriculares de la carrera

7.3.1. Requisitos de ingreso: se enunciarán las condiciones exigidas para anotarse como

aspirante a ingresar a la carrera para lo cual se atenderá especialmente a la

correspondencia entre el perfil de la carrera y el campo disciplinar que constituye la

formación previa requerida.

7.3.2. Modalidad: se especificará si la carrera es de modalidad presencial o a distancia.

7.3.3. Localización de la propuesta: se indicará la/s localización/es institucional/es y

geográfica/s en la/s que se llevará a cabo la actividad académica de la carrera. Si la misma

está prevista para su desarrollo, total o parcial, en sede de otra institución, se adjuntará el

convenio correspondiente y se describirán las condiciones institucionales, académicas y de

infraestructura en las que se prevé dictar la misma; se especificará la correspondencia con

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el CPRES de pertenencia de la institución o, caso contrario, se adjuntará el dictamen

favorable del CONSEJO DE UNIVERSIDADES (CU) o la documentación pertinente que

habilite el dictado fuera del mismo de acuerdo con la normativa vigente.

7.3.4. Asignación horaria total de la carrera: expresada en horas-reloj (excepto Doctorados).

7.3.5. Trayecto estructurado del plan de estudio:

7.3.5.1. Asignaturas: se entiende por “asignatura” a aquellas instancias curriculares que,

adoptando distintas modalidades o formatos pedagógicos, forman parte constitutiva del plan

de estudios y deben ser acreditadas por los estudiantes. Así, se denomina “asignatura” a,

por ejemplo, cada una de las materias, seminarios módulos, talleres, etc.

7.3.5.2. Asignación horaria semanal y total de cada asignatura expresada en horas-reloj.

7.3.5.3. Régimen de cursado de cada asignatura: se especificará el tiempo mínimo que

implique la cursada de cada asignatura: anual, cuatrimestral, etc.

7.3.5.4. Modalidad de dictado de cada asignatura: presencial o a distancia.

7.3.5.5. Formación práctica: si la índole de la carrera lo requiere se explicitarán las

modalidades, las instituciones y los convenios que permitan cumplimentar las actividades

académicas de índole prácticas, actividades de campo o similares. Del mismo modo se

indicarán las formas de seguimiento que se implementarán para la realización de dichas

actividades. En Especializaciones y Maestrías Profesionales especialmente, se procurarán

ámbitos de práctica o dispositivos institucionales que garanticen el desarrollo de las

habilidades y destrezas con que se intenta formar a los estudiantes.

7.3.5.6. Otros requisitos si los hubiera: niveles de idioma, pasantías, etc.).

7.3.5.7. Contenidos mínimos de cada asignatura.

7.3.6. Trayecto no estructurado del plan de estudio: para los planes de estudio cuya

estructura sea semiestructurada o personalizada, se deberá informar tanto en el caso de las

carreras nuevas como de las carreras en funcionamiento, la oferta de cursos propios que la

unidad académica está en condiciones de implementar, independientemente de que sean

tomados o no por algunos de los estudiantes del posgrado.

7.3.7. Propuesta de seguimiento curricular: se explicará la propuesta que, desde la

estructura institucional en la que se inserta la carrera, se realice para hacer el seguimiento

del desarrollo de la misma. Se incluirán como componentes de la propuesta de seguimiento

curricular aspectos tales como: las previsiones realizadas para evaluar la calidad y

pertinencia de la estructura curricular propuesta y los contenidos formativos implicados en la

misma; las previsiones realizadas para la evaluar la actualización de los materiales,

biblioteca, laboratorios y/o de los soportes tecnológicos de los mismos; las previsiones

realizadas para evaluar el parecer de los estudiantes y los docentes con el desarrollo de la

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carrera; las previsiones referidas al desarrollo académico de los docentes que participen de

la carrera.

8. EVALUACION FINAL

8.1. Trabajos finales

Las carreras de posgrado admitirán distintos tipos de trabajos finales según se detalla en los

párrafos siguientes. La decisión respecto a qué tipo de trabajo final se propone, será

fundamentado a partir de los objetivos y el perfil específico de la carrera.

Las carreras de Especialización culminan con la presentación de un trabajo final individual

de carácter integrador que puede ser acompañado o no por la defensa oral del mismo. Las

características que adquirirá este trabajo final se centrarán en el tratamiento de una

problemática acotada derivada del campo de una o más profesiones, bajo el formato de

proyecto, obra, estudio de casos, ensayo, informe de trabajo de campo u otras que permitan

evidenciar la integración de aprendizajes realizados en el proceso formativo. La

presentación formal reunirá las condiciones de un trabajo académico. Cada Especialización,

en su reglamento, incluirá los requisitos específicos y formales que se exigirán en relación

con el trabajo final a presentar.

Las Carreras de Maestría de tipo Profesionales culminan con un trabajo final, individual y

total o parcialmente escrito que podrá adquirir formato de proyecto, obra, estudio de casos,

ensayo, informe de trabajo de campo u otras que permitan evidenciar la integración de

aprendizajes realizados en el proceso formativo, la profundización de conocimientos en un

campo profesional y el manejo de destrezas y perspectivas innovadoras en la profesión. El

trabajo final se desarrollará bajo la dirección de un Director de trabajo final de Maestría.

Las Carreras de Maestría de tipo Académicas culminan con trabajo final en un campo

disciplinar o interdisciplinar, individual y escrito con formato de tesis que evidencie el estudio

crítico de información relevante respecto del tema o problema específico y el manejo

conceptual y metodológico propio de la actividad de investigación. La tesis se desarrollará

bajo la dirección de un Director de tesis de Maestría.

Las Carreras de Doctorado culminan con un trabajo final en un campo disciplinar o

interdisciplinar, individual y escrito con formato de tesis que evidencie el manejo conceptual

y metodológico propio de la actividad de investigación y cuya culminación evidencia haber

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alcanzado niveles de excelencia académica y de originalidad dentro del campo científico

correspondiente. La tesis se desarrollará bajo la dirección de un Director de tesis de

Doctorado.

El trabajo final de las Maestrías y Doctorados, bajo cualquiera de los formatos enunciados,

será evaluado por un jurado integrado como mínimo por tres miembros, debiendo al menos

uno de éstos ser externo a la institución universitaria y excluye al Director del mismo. La

escritura del trabajo será realizada en lengua española y su defensa será oral y pública,

realizada también en lengua española y concretada en una sede física perteneciente a la

institución universitaria, preferentemente donde la carrera fuera dictada. A los efectos de

evaluar su calidad, se deberán enviar por lo menos los dos últimos trabajos finales

aprobados.

8.2. Dirección de los trabajos finales

Los directores —y co-directores cuando los hubiera— de tesis en Maestrías y Doctorados

deberán tener antecedentes en el campo de la investigación que los habiliten para la

orientación y dirección de dichos trabajos. Un mismo trabajo final podrá incluir dos directores

o un director y un co-director. La figura del co-director o de un segundo director de tesis o

proyecto, será exigible en los casos en que el director y el doctorando y/o maestrando no

tengan el mismo lugar de residencia o cuando las características del trabajo de investigación

a realizar así lo requieran.

Cuando el trabajo final no requiera ser elaborado bajo el formato de tesis, el director y co-

director deberán tener méritos suficientes en el campo científico, tecnológico o artístico que

corresponda.

Preferentemente, se priorizará la elección de directores con pertenencia institucional y salvo

excepciones justificadas y debidamente fundamentadas, no tendrán un título inferior a la

carrera en la que el trabajo final se inscribe.

En los proyectos y carreras que tengan como trabajo final la realización de una tesis, se

deberá brindar información sobre el banco de directores.

9. REGLAMENTO

Se adjuntará el reglamento propio de la carrera y/o el reglamento de posgrado de la

institución en el que se precisará, entre otras, las características específicas de los trabajos

finales y las instancias de elección y designación de los directores y co-directores.

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10. ESTUDIANTES

En el plan de estudio de la carrera de posgrado y/o en el reglamento de funcionamiento se

explicitarán claramente:

si fueran necesarias de acuerdo a las particularidades de la carrera, las

características que adquieren los cursos u otras actividades académicas de

nivelación;

las políticas, los procesos y las condiciones de admisión;

las políticas y los procesos de seguimiento de estudiantes y graduados;

las políticas y los procesos tendientes a aumentar gradualmente la tasa de

graduación.

los requisitos de permanencia, promoción y graduación;

el régimen y el porcentaje máximo de equivalencias admitido.

11. CUERPO ACADEMICO

11.1. Gestión académica de la carrera

La reglamentación institucional hará explícita las funciones de gestión académico-

administrativa de la carrera. En todos los casos la estructura mínima para el cumplimiento

de esas funciones incluirá un director —o cargo equivalente— que será el responsable

académico juntamente con una comisión académica que colaborará con él.

El director —o cargo equivalente— de Maestrías y Doctorados no tendrá un título inferior a

la carrera que dirija. Excepcionalmente, cuando se tratara de posgrados referidos a áreas

sin tradición académica de posgraduación, se permitirá un director con menos antecedentes

de titulación caso en el cual el currículum vitae del nombrado, ameritaría la excepcionalidad.

11.2. Cuerpo académico

Se considera como cuerpo académico al director de la carrera, los miembros de la comisión

académica de la carrera, el cuerpo docente, los directores y codirectores de tesis, según las

condiciones que defina la reglamentación institucional. Los integrantes del cuerpo

académico deberán poseer formación de posgrado equivalente a la ofrecida por la carrera y

acorde con los objetivos de ésta o, si el caso lo amerite, una formación equivalente

demostrada por sus trayectorias como profesionales, docentes o investigadores (de acuerdo

a las características de las carreras).

El cuerpo docente a cargo del dictado y la evaluación de cursos, seminarios, talleres u otros

estará compuesto por lo menos en un 50% por docentes con trayectoria institucional y que

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formen parte del plantel estable de la institución universitaria que ofrece la carrera. Podrá

considerarse un porcentaje inferior para zonas del interior del país o áreas formativas con

escasa tradición de propuestas de posgrados. Asimismo, el restante 50% podrá estar

integrado por docentes invitados que asuman eventualmente parte o todo el dictado de una

actividad académica de la carrera.

Especialmente en Maestrías académicas y Doctorados se propenderá gradualmente a

contar con un porcentaje adecuado de docentes estables con dedicación exclusiva o

semiexclusiva o equivalentes.

12. ACTIVIDADES DE INVESTIGACION Y TRANSFERENCIA VINCULADAS A LA

CARRERA

En las carreras de Maestrías Académicas y Doctorados se explicitará el detalle, de acuerdo

con los requerimientos de la carrera, de los ámbitos institucionales de investigación y

desarrollos tecnológicos previstos para la ejecución de los trabajos, proyectos, obras o

actividades propios de la institución universitaria o en convenio, haciendo referencia

particular a centros, e institutos. De igual modo, se detallarán los programas, proyectos y

líneas de investigación consolidadas en vinculación con la temática propia de la carrera y las

previsiones realizadas para sostener y aumentar gradualmente las mismas.

13. INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO Y RECURSOS FINANCIEROS

13.1. Espacio físico y equipamiento: disponibilidad y acceso a instalaciones, laboratorios,

equipos, equipamiento informático y redes de información y comunicación, y recursos

didácticos adecuados para las actividades que desarrollan, en relación directa con las

necesidades generadas en el desempeño de dichas actividades con explícita mención a

cuáles de estos recursos forman parte de la institución universitaria o no.

13.2. Recursos bibliográficos: disponibilidad y acceso a bibliotecas (físicas y virtuales) y

centros de documentación equipados y actualizados cuanti y cualitativamente, para

satisfacer las necesidades de la carrera y de las investigaciones que genere. Se preverá la

existencia y el mejoramiento del espacio físico, equipamiento y recursos bibliográficos con

criterio de gradualidad en el seguimiento de las carreras a través de las sucesivas

acreditaciones y acorde a los respectivos presupuestos de posgrado, y a los requerimientos

académicos de la carrera.

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13.3. Informe acerca de la sustentabilidad académica de la carrera.

13.4. Instituciones vinculadas: otros convenios que se hayan suscripto con instituciones no

universitarias (o si lo fueran, aquellos que no le confieren el carácter interinstitucional a la

carrera) no descriptos en ítems anteriores y con relación al rubro infraestructura,

equipamiento y recursos. Deberá tenerse en cuenta que para que un ámbito sea

considerado como perteneciente a la carrera, deberá suscribirse el correspondiente

convenio específico en el que se establezca claramente cuáles son las facilidades que se

ponen a disposición de los estudiantes y docentes de la carrera y las condiciones de

accesibilidad establecidas para ellos.

Título III: EDUCACION A DISTANCIA

Además de los criterios y estándares explicitados en los Títulos I y II, las carreras nuevas o

en funcionamiento con modalidad a distancia considerarán los siguientes:

14.1. Sistema institucional de educación a distancia.

14.1.1. Usuario y claves de acceso a la plataforma: para las carreras en funcionamiento, y a

los efectos de poder visualizar la plataforma que se utiliza, se facilitará un usuario y clave de

acceso. Para las carreras nuevas, sólo se realizará una descripción detallada que permita

evaluar las características de la plataforma tecnológica a utilizar, pero la misma deberá estar

activa al momento de solicitar el reconocimiento oficial del título, tramitación para la cual, se

deberá facilitar entonces, un usuario y claves de acceso.

14.1.2. Se presentará la fundamentación del modelo educativo de educación a distancia por

el que se ha optado y a partir del cual se pueda comprender la descripción que se realiza de

cada uno de los restantes componentes que describen el sistema institucional respectivo

incluyendo la consideración del acceso integral a la plataforma que se utilice.

14.1.3. Se detallará la reglamentación propia del sistema de educación a distancia y/o del

uso de la plataforma, la infraestructura y el personal no docente que será afectado a la

propuesta; se describirán las funciones de cada tipología de docente que intervenga en el

sistema institucional de educación a distancia, tales como autores, tutores, responsables de

la interactividad, docentes invitados, etc.; se explicará la metodología propuesta para el

seguimiento y evaluación del sistema de educación a distancia previsto para el desarrollo de

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la carrera; se justificará la suficiencia de los recursos y personal docente y no docente, que

siendo compartidos con otras propuestas, permitan cumplir con los objetivos de la carrera

que se presenta a evaluación.

14.2. Procesos de enseñar y aprender.

14.2.1. Se enunciarán las características pedagógicas (formatos, diseños, interactividad,

etc.) de los diferentes materiales y los medios de acceso provistos a los estudiantes.

14.2.2. Se explicará las formas previstas para que los estudiantes se vinculen con la

bibliografía y los medios de acceso para ello.

14.2.3. Cuando en el reglamento de la carrera así se lo haya previsto, se describirán las

formas de concretar las evaluaciones finales garantizando un vínculo temporalmente

sincrónico en la relación docente-alumno para la resolución de la misma ya sea porque se

exija la presencia del estudiante en la institución universitaria o porque se utilicen medios

tecnológicos que garanticen la comunicación a la vista, tal el caso de las teleconferencias.

14.2.4. Se explicará cómo se garantiza que las instancias de evaluación parciales y finales

sean tomadas exclusivamente por los docentes de la institución universitaria que integran el

cuerpo docente de la carrera, preferentemente por aquellos que estén a cargo de la

asignatura dictada.

14.2.5. En caso que la carrera incluya asignaturas que impliquen prácticas, éstas deberán

desarrollarse integralmente bajo instancias en las que la situación de práctica comprometa

la presencia directa y efectiva del estudiante en ella. Se justificará y explicará en detalle, en

dicho caso, los modos en que se garantiza el desarrollo presencial de instancias de

aprendizaje que impliquen prácticas, residencias, tutorías y pasantías y la supervisión

docente institucional al respecto.

14.2.6. En caso que la carrera incluya asignaturas semipresenciales, se describirá, en dicho

caso, los modos en que la institución universitaria llevará a cabo la semipresencialidad

explicando las formas de desarrollo de la asignatura desde su componente presencial y los

modos de desarrollo desde su componente no presencial.

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14.3. Unidades de apoyo (sólo para los casos en que se prevean unidades de apoyo

institucionalizados):

14.3.1. Unidades de apoyo tecnológico: se entenderá como Unidad de Apoyo Tecnológico a

aquellas unidades que fuera del ámbito físico de la institución universitaria, brindan

exclusivamente soporte tecnológico a disposición de los estudiantes y/o capacitación para el

uso de la tecnología virtual. En caso de haberse previsto las mismas, se las enunciará, se

adjuntarán los convenios respectivos y se los inscribirá en el Registro de Convenios previsto

por Resolución Ministerial Nº 1180/07.

14.3.2. Unidades de apoyo académico: se entenderá como Unidad de Apoyo Académico a

aquellas unidades en las que, fuera del ámbito físico de la institución universitaria, se lleven

a cabo algunas de las actividades académicas de la carrera, tales como clases presenciales,

tutorías de acompañamiento a cargo de docentes universitarios, sedes de prácticas o

similares. En caso de haberse previsto las mismas, se las enunciará y se explicará

detalladamente la actividad académica que en ellas se realizará con expresa indicación de

la cobertura de docentes y la vinculación administrativa y académica con la institución

universitaria, se adjuntarán los convenios respectivos y se los inscribirá en el Registro de

Convenios previsto por Resolución Ministerial Nº 1180/07.

14.3.3. Unidades de apoyo mixto: se entenderá como Unidad de Apoyo Mixto a aquellas

unidades en las que, fuera del ámbito físico de la institución universitaria, se realizan

actividades académicas y se brinda soporte tecnológico a los estudiantes. En caso de

haberse previsto las mismas, se las enunciará, se explicará lo solicitado en el punto 14.3.2,

se adjuntarán los convenios respectivos y se los inscribirá en el Registro de Convenios

previsto por Resolución Ministerial Nº 1180/07.

En el caso de las carreras nuevas, se adjuntarán los modelos de convenio los que incluirán

las especificaciones académicas y técnicas completas y las notas de compromiso por parte

de las futuras unidades de apoyo. Una vez iniciada la carrera, se firmarán los convenios

respectivos, se inscribirán a los mismos en el Registro de Convenios previsto por Resolución

Ministerial Nº 1180/07 y se los remitirá a la DNGU para anexar al Expediente. De requerirse

nuevas unidades de apoyo durante la marcha de la carrera, se seguirá igual procedimiento.

14.4. Materiales presentados: Para las carreras en funcionamiento se presentará, como

mínimo, el material que utilizarán los estudiantes en el primer año. Para las carreras nuevas,

se demostrará que se poseen las capacidades tecnológicas y de recursos humanos

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suficientes para confeccionar el material a utilizar por los estudiantes, el que deberá estar

totalmente desarrollado al menos para el primer semestre, al momento de solicitar el

reconocimiento oficial al título.

14.5. Para las instituciones universitarias que cuenten con una carrera de modalidad

presencial que ya haya obtenido acreditación y presenten un proyecto de la misma carrera

de modalidad a distancia, sólo se evaluarán los ítems listados en este Título.

Título IV: PROCEDIMIENTO DE LA ACREDITACION

15. ALCANCES DE LA ACREDITACION

La acreditación debe alcanzar tanto a carreras en funcionamiento, tengan o no egresados,

como a carreras nuevas. La validez temporal de la acreditación será la establecida por la

normativa vigente y hasta tanto la carrera tenga egresados, dicha acreditación deberá

hacerse cada TRES (3) años.

16. DESARROLLO DE LA ACREDITACION

16.1. Comité de Pares y Comisiones Asesoras: Los miembros de los Comité de Pares y de

las Comisiones Asesoras deberán tener una formación de posgrado equivalente o superior a

la exigida al cuerpo académico a evaluar (con las consideraciones previstas en el punto

11.2) y ser reconocida su competencia en un todo de acuerdo con el artículo 44 de la Ley

24.521.

Las Universidades propondrán evaluadores a la CONEAU o a las agencias privadas de

evaluación y acreditación para la integración de los Comité de Pares y Comisiones

Asesoras.

Para la conformación de dichos Comité se tendrá en cuenta la representación de las

diversas regiones, así como las distintas corrientes científicas, filosóficas, metodológicas o

de interés tecnológico.

Para la conformación de los Comité de Pares y las Comisiones Asesoras la Universidad que

presenta la carrera a evaluar, propondrá cuál Comisión disciplinaria estima debe entender

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en la evaluación o, en caso de tratarse de carreras multi o interdisciplinarias, cuáles son las

áreas comprendidas para integrar dicha Comisión.

Deberá existir una etapa que posibilite la eventual recusación y excusación de los miembros

del Comité.

16.2. Entrevistas y visitas: El proceso de acreditación de una carrera de posgrado debe

prever la realización de entrevistas y visitas que complementen la presentación.

16.3. Resoluciones: Si la CONEAU o la agencia privada de evaluación y acreditación

emitiesen un dictamen desfavorable sobre una carrera nueva o en funcionamiento, se dará

vista a la institución en forma previa a la resolución de “no acreditación” con el objeto que la

institución proponga cursos de acción encaminados a salvar las deficiencias observadas. Si

se tratara de una carrera en funcionamiento, acompañará a su propuesta un cronograma de

las mejoras a realizar, así como de los medios que se emplearán para lograrlas. Dichos

elementos serán evaluados y tenidos en cuenta para resolver el juicio final referido a la

acreditación o no de la presentación realizada.

Los dictámenes de la CONEAU o de la entidad privada de evaluación y acreditación serán

remitidos a la institución, y deberán indicar claramente debilidades y fortalezas de las

carreras, a fin que la institución pueda solicitar su reconsideración o diseñar estrategias y

políticas adecuadas para la elevación de su desempeño académico.

16.4. Reconsideración: Podrá solicitarse la reconsideración de las resoluciones de la

CONEAU o agencia privada de evaluación y acreditación. Estas presentaciones deberán

acompañarse de elementos puntuales que complementen la presentación formal realizada

previamente. Dichos elementos se referirán principalmente a las debilidades señaladas en la

resolución previa.

El resultado de la reconsideración agotará la vía administrativa y sólo puede aumentar o

conservar la acreditación y categorización obtenida previamente.

Sólo se dará publicidad al listado de Carreras Acreditadas, una vez que las respectivas

resoluciones queden firmes.

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16.5. Procedimiento de Acreditación y Reconocimiento Oficial

El procedimiento para la acreditación y reconocimiento oficial de las carreras nuevas y

carreras en funcionamiento para la modalidad presencial se regirá por lo normado en la RM

51/2010 y entendiendo que donde en la misma dice “proyectos de carrera” se refiere en esta

norma a “carreras nuevas”.

El procedimiento para la acreditación y reconocimiento oficial de las carreras nuevas y

carreras en funcionamiento para la modalidad a distancia, seguirán el mismo procedimiento,

atendiendo a las consideraciones explicitadas en 14.1 y 14.4. Una vez recibidos los Exptes.

en la CONEAU, y en forma previa a la evaluación de la propuesta, ésta los remitirá a la

DNGU para que allí se realice la evaluación técnica de los aspectos referidos a la

modalidad. Con el informe respectivo, la DNGU remitirá el Expte, nuevamente a la CONEAU

para que continúe el procedimiento pautado en la RM 51/2010.

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PROJETO DE TESE – INFORMAÇÕES GERAIS

REGULAMENTO GERAL DE FUNCIONAMENTO DA ESCOLA DE GRADUADOS

INSTRUÇÕES DO PROJETO DE TESE

1. Dados Pessoais: Fornecer os dados pessoais do doutorando e do Doutorado que vai

cursar.

2. Dados do Diretor da Tese: nome completo, endereço, telefone, matéria e cargo. Caso o

tutor não faça parte do corpo docente da Escola de Graduados deve ser anexado seu

curriculum vitae.

3. Identificação do Projeto

3.1. Denominação do Projeto: Indicar o título do Projeto de Tese de modo tal que fique clara

e inequívoca a sua identificação.

3.2. Resumo do Projeto: Resumir as características do Projeto de Tese, utilizando no

máximo, 200 palavras.

3.3. Duração do Projeto: Indicar o tempo previsto de duração do Projeto em meses.

3.4. Características classificatórias do Projeto:

- Disciplina/s: será designada a ou as disciplinas básicas nas quais vão ser inscritas no

Projeto. Ex: Psicologia, Ciências Penais, etc.

4. Descrição do Projeto:

4.1. Apresentação da temática a ser tratada: Serão indicados os temas e as questões

centrais que fazem parte do projeto e as necessidades em questão que fazem relevante a

pesquisa da temática.

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4.2. Atual Estado de Conhecimento: Será indicado o grau de avanço atual de conhecimento

sobre o tema a ser pesquisado.

4.3. Problema e Hipótese: 1) Estabelecer o problema referente à pesquisa. 2) O tipo de

estudo e de desenho envolvido. 3) Indicar as hipóteses específicas do projeto e a finalidade

do trabalho.

4.4. Relevância do Projeto: Resultados e contribuições desejadas do mesmo em termos de

avanço científico para a disciplina.

4.5. Metodologia: Indicar a metodologia que será utilizada no desenvolvimento do Projeto

para atingir a demonstração da hipótese. Verificar a informação que será requerida, a forma

de obter e a análise à qual será submetida. Estabelecer o/os procedimentos e a/as técnicas

a serem utilizadas conforme a temática do projeto. Incluir o marco teórico de referência.

4.6. Planejamento das Atividades: Estabelecer um cronograma de trabalho. Determinar,

conforme o mesmo, as atividades a serem realizadas. Ex: Recolher dados primários = 1

mês.

4.7. Bibliografia e referências: as mesmas deverão se ajustar às pautas referidas no Anexo

A do Regulamento Geral da Escola de Graduados.

4.8. Extensão: a extensão do projeto apresentado não poderá ser superior a 5 laudas. O

texto deverá ser apresentado por escrito ‘com espaço duplo’, em folha tipo A4 (210 mm. x

297 mm.), utilizando somente um lado da mesma. Deverá ser utilizado um tipo de letra de

tamanho equivalente ao da máquina de escrever, corpo 12, caso utilize um processador de

palavras. As folhas deverão estar numeradas na margem superior direita, exceto a primeira

página, onde o número deverá estar centrado na margem inferior.

OBSERVAÇÕES: O Projeto deverá vir acompanhado pelo Relatório do Diretor de Tese

encaminhado ao Comitê Acadêmico o qual deverá destacar que aceita a orientação do

mesmo e fundamenta sobre a viabilidade temporal e científica do projeto, ainda deverá

anexar ao requerimento a Apresentação e Aprovação do Projeto de Tese.

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REFERÊNCIAS BIBLIOGRÁFICAS

FORMATO APA – QUINTA EDIÇÃO

1. -O estilo APA é o estilo de citação bibliográfica da Associação Psicológica Americana

(APA), cuja principal característica é que a notação do autor vai dentro do texto, entre

parêntese.

2.1- A citação no texto fornece informação, normalmente o nome do autor e a data de

publicação, que leva ao leitor à entrada bibliográfica correspondente.

A fonte de uma citação deverá aparecer completa: autor, ano e número de página no texto.

Logo nas “Referências” (ao final) será realizada uma referência completa na bibliografia.

Para se referir a uma obra de um autor único, escreve-se o sobrenome do autor, uma

vírgula e as suas iniciais, antes do ano de publicação entre parêntese.

Exemplo: (Breslau, J. 1990, p. 8).

2.2.- Nas fontes que têm mais de três autores, a primeira vez que se faz a citação, deverão

ser nomeados todos, logo, é possível reduzir a citação ao autor principal, seguida pela

expressão “et als.”, “y cols” ou “y otros”, antes do ano de publicação.

Para se referir à obra de dois autores, estes se escrevem no mesmo formato, mas ligados

por um “y ” ipsilon, se a obra estiver em espanhol, ou bem por um “&” se a obra consultada

estiver em inglês.

Exemplo:

(Breslau, Cazador & Colombre, 1993, p.10)

(Breslau et als, 1993, p. 10)

Se fizer o uso de “et als.” pode trazer confecções entre dois grupos de autores, citarem

todos os autores em cada menção.

Exemplo: (Hunt, Hartley & Davies, 1993) e (Hunt, Davies & Baker, 1993), neste caso não

utilizar “et als”

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2.3.- No caso de citar as obras completas de Freud, escreve-se entre parêntese, o

sobrenome do autor, uma vírgula, suas iniciais e antes do ano de publicação do livro, o ano

em que foi publicado o trabalho original.

Exemplo: (Freud, S. 1930/ 2001, p. 84).

Logo nas “Referências” (ao final) se realizará uma referência completa da bibliografia,

incluindo a data de publicação do trabalho original.

Exemplo:

Freud, S. (2001). O mal estar na cultura. Em Obras Completas (Vol. XXI, p. 84). Buenos

Aires: Amorrortu Editores. (Trabalho original publicado em 1930).

2.4 Quando é citado um autor que tenha mais de uma publicação no mesmo ano,

acompanha-se o ano da publicação original com uma letra minúscula. Inicia-se com a letra:

a, para a primeira publicação; b, para a segunda e assim sucessivamente.

Exemplo: (Freud, S. 1896a/ 2001, p. 279).

Exemplo: (Freud, S. 1896b/ 2001, p. 288).

Logo em “Referências” (no final) será realizada uma referência completa da bibliografia,

incluindo a data de publicação do trabalho original e a letra minúscula correspondente à

citação realizada no texto.

Exemplo:

Freud, S. (2001). A herança na etiologia das neuroses. Em Obras Completas (Vol. III, p.

279). Buenos Aires: Amorrortu Editores. (Trabalho original publicado em 1896a).

Freud, S. (2001). Novas observações sobre neuropsicose de defensa. Em Obras Completas

(Vol. III, p. 288). Buenos Aires: Amorrortu Editores. (Trabalho original publicado em

1896b).

2.5. No caso de citar textos de J. Lacan se procederá da mesma forma na qual foi

especificada anteriormente para as citas de Freud.

No caso das citas de obras de J. Lacan deve observar as considerações a seguir:

Livro completo:

Lacan, J. (1993). Seminário 2. O eu na teoria de Freud e na técnica psicanalítica. Buenos

Aires: Ed. Paidós. (Trabalho original publicado em 1955)

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Sendo uma edição diferente da original, deverá dizer:

Lacan, J. (2008). Escritos I (2da. ed. rev.). Buenos Aires: Ed. Siglo XXI. (Trabalho original

publicado em 1966)

Nota: Neste caso, a cita direta no corpo do trabalho deveria ser: (Lacan, 1966/2008). Aplicar

em todos os exemplos.

Capítulo de livro:

Lacan, J. (1984). Introdução teórica às funções da psicanálise em criminologia. Em

Suplementos de Escritos (pp. 31-59). Buenos Aires: Argot. (Trabalho original publicado

em…)

Se a data não estiver disponível, deverá se escrever: (s.f.) sem data entre parêntese.

Trabalho não publicado:

Autor, (ano). Título (em cursiva). Manuscrito não publicado

3.- A informação completa sobre cada fonte citada no texto, será fornecida numa lista

chamada “Referências”, localizada no final do relatório da pesquisa.

Exemplo:

Referências

Breslau, N., Kilbey, M., & Andresky, P. (1993). Nicotina dependence and major depression:

New evidence from a prospective investigation. Archives of General Psychiatry, 50, 31-35.

4.- O estilo APA requer espaço duplo para tudo (títulos, textos, referências, etc.). Utiliza-se

um estilo de redação claro e contínuo.

5.- Podem ser utilizados até três níveis de títulos:

a.- principal escrito em negrito e centrado,

b.- secundário escrito em cursiva e na margem esquerda,

c.- terciário escrito em cursiva mas com o texto que continua na mesma linha. Os parágrafos

que seguem ao título terciário não necessitam ter a sangria mas todos os outros deverão tê-

la.

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Exemplo:

Método

Sujeitos Controle.

Grupo de controle. Atuaram como grupo controle, alguns pacientes de cirurgia de curta

permanência, de igual idade e sexo…..

5.- Os textos devem ser redigidos na terceira pessoa ou, ainda melhor, no infinitivo. Por

exemplo: ‘o autor considera’ ou ‘considera-se’

6.- Nas oportunidades em que uma mesma idéia seja fornecida por múltiples autores, as

citas correspondentes deverão estar em ordem alfabético, separadas cada uma por um

ponto e vírgula.

Exemplo:

As pesquisas baseadas em determinada teoria (Buss & Barnes, 1986; Howard, Blumstein &

Schwartz, 1987) tratam da existência de diferenças significativas….

7.- Quando utilizar a idéia de um mesmo autor, tomada de diferentes fontes no tempo,

estas devem ser mencionadas em ordem cronológica.

Exemplo:

Jones mantém a idéia da psicologia como disciplina em amplo desenvolvimento (1990,

1993a, b).

8.- Caso a referência incluir publicações de dois ou mais autores do mesmo sobrenome,

Então é válido dar as iniciais dos seus nomes em cada uma das citas, para evitar um mal

entendido.

9.- Cite uma página, tabela, figura, etc. no ponto apropriado do texto.

Exemplo: (Hunt, 1997, pp. 251-253).

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10-- As referências citadas no texto deverão aparecer na lista de referências ao final

do trabalho (e vice-versa).

11.- Autor citado e não citado no texto. Um autor pode estar citado no texto de forma

direta ou não.

Exemplo:

1.- “Como metáforas na forma de proceder da natureza, Darwin utilizou as figuras da árvore

da vida e do rosto da natureza (Gould, 1989)”.

2.- Gould (1989) atribui o êxito de Darwin a sua habilidade de fazer metáforas apropriadas.

12.- As citas curtas, que não superarem as 40 palavras, poderão ser incorporadas no texto

utilizando aspas simples para indicá-las.

13.- As citas que superarem as 40 palavras deverão ser separadas do texto por 5

espaços a cada extremo e são tabulados do mesmo jeito cada vez que utilizar este recurso.

Não há necessidade de utilizar aspas.

14.- Em cada cita deve-se respeitar a pontuação, escrita e ordem, que deve corresponder

exatamente ao texto original.

15.- Quando omitir algum tipo material das citas se indica com uma colcheia […].

16.- Quando citar um autor com várias obras do mesmo ano, coloca-se o sobrenome do

autor, a data e uma letra: a, b, c (ordenadamente). Exemplo: 1993, a.

17.- Citas secundárias: Muitas vezes, será necessário expor a idéia de um autor, revisada

em outra obra, diferente da original na qual foi publicada. Nas referências, somente é

acrescentada a entrada correspondente à fonte consultada.

Exemplo, uma idéia de Watson (1940) lida em uma publicação de Lazarus (1982):

“O condicionamento clássico tem muitas aplicações práticas (Watson, 1940, citado em

Lazarus, 1982).

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Ou bem, Watson (citado em Lazarus, 1982) detém a versatilidade de aplicações do

condicionamento clássico.

18.- Rodapé. O rodapé deve ficar restrito ao máximo. Utilize números super-índices no texto

para indicar a referência a um rodapé especifico.

19.- Números. Como regra geral, as cifras de um a nove se escrevem em palavras e todas

as superiores se escrevem com numerais.

Utilizar números ao escrever qualquer unidade de medida, ou se expressar porcentagens:

2%, 27 m., $4, 4 anos, etc. Usar números para: escala Likert de 5 itens, 7 pontos, etc.

Utilizar um zero antes do ponto decimal quando os números forem menores de um, exceto

quando este não puder ser maior a unidade, ex. níveis de significação estatística,

correlações e proporções. (r = -.86; p < .01)

20.- As tabelas deverão complementar e esclarecer o texto, com números indos-arábigo

(p.e. Tabela 2) sobre a tabela propriamente dita. Utilize linhas horizontais e espaços

verticais para separar os itens na tabela.

Nas tabelas ou figuras pode-se utilizar uma Nota debaixo: justifica-se se explicar ou

fornecer informação relativa à tabela como um todo. As notas gerais serão designadas pela

palavra Nota (em cursiva), seguida de um ponto.

21.- Figuras, gráficos e ilustrações. Estas também deverão estar numeradas

consecutivamente com números indos-arábigo (p.e. Figura 1, Figura 2) debaixo da figura.

Se for necessário colocar uma clave para seu entendimento, esta deverá estar incluída em

uma nota.

22.- REFERÈNCIAS

Forma geral

Autor, A. A. (1999). Título do trabalho. Localização: Editora.

Exemplo

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Nagel, P. C. (1992). The lees of Virginia: Seven generations of an american familiy. New

York: Oxford University Press

As referências devem ser escritas em ordem alfabética pelo sobrenome do (primeiro) autor.

As referências múltiples do mesmo autor (ou de um grupo idêntico de autores) são

ordenadas pelo ano de publicação, tendo primeiro a mais antiga. Caso o ano da publicação

também é o mesmo, deverá diferenciá-los escrevendo uma letra a, b, c etc. Após o ano.

Quando um sobrenome seja composto (ex. de Gaulle), deverá ordenar o mesmo conforme o

prefixo e verificando que esteja incluído também na cita. Caso o autor seja uma razão social,

deverá ordená-la conforme a primeira palavra significativa do seu nome (ex. The British

Psychological Society vai debaixo da "B").

23.- Uso de itálicas. Para nome de Revista ou livro, ou de Obras completas.

Gould, S. J. (1989). The wheel of fortune and the wedge of progress. Natural History, 89(3),

14-21

24.- Nos casos em que se fala de obras do mesmo autor ou grupo de autores, que tenham

sido publicadas no mesmo ano, estas serão diferenciadas nas citas oferecendo letras

anexas ao ano de publicação (2000a, 2000b) e ordenando as mesmas cronologicamente na

seção de referências.

25. Abreviaturas.

Exemplos nos quais são utilizadas no estilo APA.

chap. Chapter cap. Capítulo

Rev. Ed. Revised edition Ed. Rev. Edição revisada

Ed. (Eds) Editor (Editors) Ed. (Eds.) Editor (Editores)

n.d. No date s.f. Sem data

Vol. Volume (como vol. 3) Vol. Volume

Suppl. Supplement Supl. Suplemento

Ed. Edition Ed. Edição

2nd ed. Second edition 2° ed. Segunda Edição

Trans. Translated by Trad. Tradução de

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p. (pp.) Page (pages) p. pp. Página (páginas)

Vols. Volumes (como em 10 vols.)

Vols. Volumes

Pt. Part Pt. Parte

Tech. Rep. Technical report Rep. Téc. Relatório técnico

et al. “et alia” e cols e colaboradores

26. Cita de jornais, revistas científicas, etc.

Exemplos:

Autor, A. A., Autor, B. B., y Autor, C. C. (ano). Título do artigo. Título do jornal ou revista, xx,

xxx-xxx.

Um autor

Paivio, A. (1975). Perceptual comparisons through the mind’s eye. Memory & Cognition, 3,

635-647.

De dois a seis autores em uma revista com páginas numeradas por cada edição

Klimoski, R. & Palmet, S. (1993). The ADA and the hiring process in organizations.

Consulting Psychology Journal: Practice and Research, 45(2), 10-36.

(NOTA: se incluir o número de edição entre parêntese sem cursivas, logo a continuação do

número de volume somente se cada número enumera suas páginas por separado –se

começar em cada número de 1-. Caso todos os números de um volume tenham as páginas

de forma continua, não incluir o número de edição)

Artigo de revista-magazine

Henry, W. A., III. (1990, Abril 9). Beyong the melting pot. Time, 135, 28-31

Revisão de um livro

Carmody, T. P. (1982). A new look at medicine form the social perspective Revisão do livro

Social Context of health, illness, and patient care]. Contemporary psychology, 27, 208-209.

Artigo de jornal+ sem autor + páginas descontínuas

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40

Generic Prozac debuts. (2001, Agosto 3). The Washington Post, pp. E1, E4.

Editorial de jornal

Stress, cops and suicide [Editorial]. (1993, Dezembro 1). New Cork Times, p. A22.

Editor + Edição completa ou seção especial

Barlow, D. H. (Ed.). (1991). Diagnoses, dimensions, and DSM-IV: The science of

classification [Edição especial]. Journal of Abnormal Psychology, 100(3).

Autor corporativo + publicado pelo seu autor

American Psychiatric Association. (1994). Diagnostic and statistical manual of mental

disorders (4ª. Ed.). Washington, DC: Autor.

Autor anônimo

Guidelines and application form for directors, 1990 summer seminar for school teachers.

(1988). Washington, DC: National Endowment for the humanities.

Artigo de um livro

Burghardt, G. M. (1984). On the origins of play. Em P. K. Smith (Ed.), Play in animals and

humans (pp. 5-42). Oxford, Inglaterra: Basil Blackwell.

Documento ERIC

Mead, J. V. (1992). Looking at old photographs: Investigating the teacher tales that novice

teaches bring them (Reporte No. NCRTL-RTR-92-4). East Lansing, MI: National Center for

Research on Teaching Learning. (Serviço de Reprodução de Documentos ERIC No. ED 346

082)

Relatório + Escritório Governamental de Documentos

National Institute of Mental Health. (1990). Clinical training in serious mental illness

(Publicação DHHS No. ADM 90-1679). Washington, DC: U. S. Government Printing Office.

Programa de televisão

Crystal, L. (Produtor executivo). (1993, Outubro 11). The MacNeil/Lehrer news hour.

[Programa televisivo]. New York and Washington, DC: Serviço de televisão aberta.

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Fita de vídeo

National Geographic Society (Produtora). (1987). In the shadow of Vesuvius. [Vídeo].

Washington, DC: National Geographic Society.

Tese e memórias

Beck, G. (1992). Bullying amongst incarcerated young offenders. Tese de Mestrado não

publicado, Birkbeck College, University of London.

Apresentações e palestras

Beck, G. & Ireland, J. (1995). Measuring bullying in prisons. Trabalho apresentado na Fifth

Annual Division of Criminological and Legal Psychology Conference, Setembro, Londres.

Artigos não publicados (apresentados/em preparação)

Black, P. T. (1998). Educational level as a predictor of success. Manuscrito não publicado.

Black, P. T. (1998). Educational level as a predictor of success. Manuscrito apresentado

para publicação. Black, P. T. (1998). Educational level as a predictor of success. Manuscrito

em preparação.

Artigo completo obtido de uma base de dados de subscrição

Senior, B. (1997, Setembro). Team roles and team performance: Is there really a link?

Journal of Occupational and Organizational Psychology, 70, 241-258. Obtido em 6 de Junho

de 2001 da base de dados global ABI/INFORM (Proquest). Dykeman, B. F. (1994, Junho).

The effects of motivational orientation, self-efficacy, and feedback condition on test anxiety.

Journal of Instructional Psychology, 21(2), 114-120. Obtido em 4 de Junho de 2001 da base

de dados EBSCOHost Academic Search Elite. Garza, A. (1999, Março 17). Siesta put to

rest: Mexican tradition under siege. Boston Globe, p. A2. Obtido em 3 de Junho de 2001 da

base de dados Newsstand (Proquest). Stevenson, W., Maton, K. I. and Teti, D. M. (1999,

Fevereiro). Social support, relationship quality, and well-being among pregnant adolescents.

Journal of Adolescence, 22(1), 109-121. Obtido em 3 de Junho, 2001 da base de dados

IDEAL.

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Artigo de domínio público, revista eletrônica ou base de dados livre.

(Nota: são oferecidas as URLs completas de revistas eletrônicas de domínio público e/ou

bases de dados livres, quando servirem para guiar mais sessões em linha para encontrar o

mesmo artigo. Veja que não há um ponto final no fim de uma referência que inclui uma

referência URL). Lodewijkx, H. F. M. (2001, Maio 23). Individual-group continuity in

cooperation and competition under varying communication conditions.

Current Issues in Social Psychology, 6(12), 166-182. Extraído em 14 de Setembro de 2001

de http://www.uiowa.edu/~grpproc/ crisp/crisp.6.12.htm Jacobson, J. W. Mulick, J. A., &

Schwartz, A. A. (1995). A history of facilitated communication: Science, pseudoscience, and

antiscience: Science working group on facilitated communication. American Psychologist, 50,

750-765. Extraído em 6 de Junho de 2001 de http://www.apa.org/journals/jacobson.html

Documento independente, em linha

NAACP, (2001, 25 de Fevereiro). NAACP calls for presidential order to halt police brutality

crisis. Extraído em 3 de Junho de 2001 de http://www.naacp.org/president/

releases/police_brutality.htm

(Nota: um endereço URL que continue na linha de baixo, pode ser dividido após o slash ou

um signo de pontuação. Não é válido inserir, ou permitir que o processador insira um traço

para dividi-lo).

Documento em linha independente + sem autor + sem data de publicação

GVU’s 8th WWW user survey. (n.d.). Extraído em 13 de Setembro de 2001 de

http://www.gvu.gatech.edu/user_surveys/survey-1997-10/

Comunicações por e-mail citadas entre parêntese:

As comunicações por e-mail devem ser mencionadas como comunicações pessoais. Por

exemplo, um e-mail de Jean Phinney deveria ser mencionado no texto: Esta informação foi

verificada alguns dias depois (J. S. Phinney, comunicação pessoal, 5 de Junho de 2000).

Não é necessário colocar uma entrada no apartado “referências”; embora este e-mail fizer

parte de uma lista de discussões, já não será considerado como comunicação pessoal e

deverá ser incluído nas referências, da seguinte forma: Dodwell, C. (31 de Agosto, 2001).

Comentário da resposta de Smith [Mens 16]. Mensagem enviada a

http://www.wpunj.edu/studentarchive/ msg0088.html

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Web sites em citações entre parêntese

Para citar uma web site completa (mas não um documento específico dentro dela), será

suficiente dar a URL do site no texto e não será necessário acrescentar uma entrada em

“referências”. Kidpsych é uma excelente web site para as crianças pequenas.

(http://www.kidpsych.org)

Apêndices

Os apêndices devem ser escritos em folhas separadas de papel, após as referências e

numerados com números arábigos, caso sejam mais de um.

Tatiana Canales Opazo Digitally signed by Tatiana Canales Opazo DN: cn=Tatiana Canales

Opazo, c=CL Date: 2002.05.14 13:00:46 -04'00' Signature Not Verified

EXEMPLOS NA OBRA DE LACAN

Exemplos:

Livro completo:

Lacan, J. (1993). Seminário 2. O eu na teoria de Freud e na técnica psicanalítica. Buenos

Aires: Ed. Paidós. (Trabalho original publicado em 1955)

Si for uma edição diferente da original, designa-se:

Lacan, J. (2008). Escritos I (2da. ed. rev.). Buenos Aires: Ed. Siglo XXI. (Trabalho original

publicado em 1966)

Nota: Neste caso a referencia direta no corpo do trabalho deveria ser: (Lacan, 1966/2008).

Aplicar para todos os exemplos.

Capítulo de livro:

Lacan, J. (1984). Introdução teórica às funções da psicanálise em criminologia. Em

Suplementos de Escritos (pp. 31-59). Buenos Aires: Argot. (Trabalho original publicado

em…)

Caso a data não esteja disponível, escreve-se: (s. f.) sem data entre parêntese.

Trabalho não publicado:

Autor, (ano). Título (em cursiva). Manuscrito não publicado

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2 - Diretrizes para orientandos de tese

Seguem algumas orientações e diretrizes genéricas que julgo prudentes para este

momento:

1. Em nenhuma universidade argentina existe uma norma oficial para apresentação da tese.

Não existe lá nada parecido com as nossas regras da ABNT. Eles aceitam, em princípio, o

padrão ABNT, o sistema ISO, o francês, o APA, o de Vancouver, etc... o importante é que o

doutorando comece a tese e termine valendo-se de um só padrão! É como eles costumam

dizer: valorizam mais o conteúdo do que a forma. Use a formatação de sua preferência, a

menos que lhe tenha sido solicitada alguma particularidade em especial!

2. Procure observar rigorosamente os termos propostos no projeto de tese previamente

aprovado.

3. A tese deve ser vista como uma produção científica de alto nível, nos termos do que já

conhecemos – originalidade, linguagem clara, uso da norma culta, cada afirmação seguida

da fundamentação respectiva, honestidade absoluta em dar crédito às ideias alheias, isto é,

nas citações e referências, etc.

4. A universidade recomenda sempre, também, que o doutorando não fique parado

aguardando o seu orientador se manifestar. Aliás, eles esperam que o doutorando tome a

iniciativa e avance, recorrendo ao orientador somente em casos de dúvida fundada. Se não

receber nenhuma orientação contrária, o doutorando deve enviar para o orientador o seu

texto quando já houver alguma parte relativamente consistente. Qualquer eventual

modificação de estrutura, sugerida a posteriori pelo orientador, não invalidará o trabalho

como um todo. Serão no máximo pequenos retoques.

5. Normalmente as pessoas preferem dar corpo à tese a partir de uma introdução ao tema, e

na sequência fazem uma ligeira referência ao projeto, falam da metodologia, do marco

teórico, do estágio atual da discussão do problema...

Depois geralmente vem um capítulo histórico, algo de Direito Comparado, segue-se uma

referência às opiniões divergentes sobre o assunto – explicitam-se didaticamente cada uma

delas – sem exprimir sua opinião pessoal.

Se for o caso, faz-se referência a eventuais pesquisas de campo produzidas, tabulando

regularmente os dados e só na Conclusão é que se permite ao doutorando expressar o seu

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posicionamento, e entrar, por assim dizer, no mérito da questão. Ali sim, se avalia, julga-se

tudo, confrontam-se posições, mostram-se as vantagens e desvantagens de cada ponto de

vista exposto anteriormente e apresenta-se com entusiasmo e destaque a novidade que se

terá descoberto com a tese, isto é, a inovação e a posição pessoal do doutorando sobre o

assunto central da investigação. Se necessário pode-se fechar com alguma recomendação,

com alguma proposta de anteprojeto de lei, com alguma sugestão de política

social/governamental, etc.

6. Por derradeiro vem a bibliografia, claro! seguida eventualmente de algum apêndice: algo

produzido pelo próprio doutorando, que por alguma razão entendeu-se que devia vir à parte,

coisas como questionários, atas de entrevistas, relatórios, etc., bem como os anexos: ideias

de terceiros, como dados oficiais, termos de consentimento, fotografias, mapas, etc., que

eventualmente se entenda como conveniente juntar.

3. PROCEDIMENTOS DE LEGALIZAÇÃO DE DIPLOMAS NO BRASIL.

A ESJUS/ESLA assegura que os cursos oferecidos por nossa instituição atendem aos

requisitos objetivos exigidos pela CAPES/MEC, a saber:

1. “A comprovação da validade jurídica do documento no país de origem.” Nossos cursos

são acreditados pela CONEAU (órgão argentino equivalente à CAPES no Brasil) e possuem

extenso histórico de excelência.

2. “A comprovação de que os estudos se desenvolveram, efetivamente, no exterior e não no

Brasil.” Nossos cursos são presenciais, realizados em modalidade intensiva, nas férias de

Janeiro e Julho na sede das Universidades na Argentina.

3. “O estabelecimento de correspondência do título ou grau no sistema brasileiro.” A ESJUS

possui relação nominal de instituições de ensino brasileiras aptas para revalidar o título de

forma administrativa.

4. “A verificação da duração mínima, presencial, do curso realizado”. A carga horária dos

Programas de Doutorado é de 360 horas/aulas e 540 horas/aulas para os Programas de

Mestrado, atendendo perfeitamente as exigências do MEC.

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Os cursos ministrados no âmbito do MERCOSUL são amparados pelo protocolo de

integração educacional para prosseguimento de estudos de pós-graduação nas instituições

de ensino superior dos países membros do MERCOSUL, realizado em 1996. Este acordo,

promulgado pelo Decreto n.º 3.196/1999, orienta aos estudantes a revalidação do título

conforme o previsto no Decreto n.º 800/2003, promulgado pelo Decreto n.º 5.518/2005.

Para o reconhecimento dos títulos de pós-graduação obtidos nos Estados Partes do

MERCOSUL também é considerado o Parecer CNE/CES nº. 106/2007.

Por isso, os títulos terão validade automática no Brasil para fins acadêmicos (docência) e

para aqueles que desejarem convalidá-los no Brasil, bastará, apenas, submetê-los a

processo administrativo numa instituição brasileira que tenha um curso similar e receber a

chancela do MEC. A exemplo de vários precedentes de validação realizados pela UFF –

Universidade Federal Fluminense; (título validado anexo); UNB/ PUC-RS, dentre outras.

A ESJUS/ESLA disponibiliza aos seus alunos sua assessoria acadêmica, administrativa e

jurídica para orientações, assistência e detalhamento no momento da convalidação do

título.

Estejam tranqüilos e juntem-se aos milhares de brasileiros que tem optado por nossas

modalidades de Mestrados e Doutorados, dada a validade do título no país de origem e aqui

no Brasil, a excelência no ensino e na pesquisa, a conciliação de tempo e todos os demais

diferencias agregados.

4.1 - Como funciona a revalidaçao dos titulos/diplomas

1. A Lei nº 9.394/96, a chamada Lei de Diretrizes e Bases da Educação Nacional, LDB,

prevê que diplomas de mestrado e doutorado obtidos no estrangeiro podem ter perfeita

validade no Brasil. O artigo 48, especificamente, determina que tais diplomas devam ser

objeto de reconhecimento em alguma universidade brasileira que ministre curso na mesma

área de conhecimento e em nível de titulação igual ou superior.

2. Centenas de brasileiros têm feito, assim, cursos de mestrado e doutorado em inúmeras

universidades mundo afora. Geralmente se conseguem o reconhecimento/revalidação de

todos os títulos aqui no Brasil, atendidos determinados critérios. Em respeito à autonomia

técnico-científica e administrativa das universidades, é praxe não se

questionar a modalidade em que o curso é oferecido, a menos que se tenham fundadas

razões para se suspeitar de fraudes – não se aceitam, por exemplo, pós-graduações stricto

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sensu ministradas por universidades estrangeiras em solo brasileiro; cursos por

correspondência; cursos com número ínfimo de aulas, cursos que sabidamente não

atendam ao rigor científico de nossas escolas; diplomas oriundos de países que não tenham

um órgão fiscalizador das universidades, nos moldes da nossa CAPES e da argentina

CONEAU, etc. Justificados, evidentemente, os cuidados do MEC em relação a títulos do

estrangeiro.

3. Claro que os títulos oriundos da Argentina também têm sido aceitos aqui da mesma forma

– mediante revalidação.

4. Dada a intenção de se formar um bloco de nações entre os países do MERCOSUL e em

um gesto de aproximação, os países signatários do pacto firmaram o Acordo de Admissão

de Títulos e Graus Universitários. O Congresso Nacional o aprovou, inserindo-o na nossa

legislação interna nossa através do Dec. Legislativo nº 800, de 2003,

resultando, a posteriori, no Decreto Presidencial nº 5.518, de 23 de agosto de 2005,

obedecendo-se integralmente as disposições dos arts. 49, I, e 84, VIII, da Constituição da

República Federativa do Brasil. Este Tratado Internacional, privilegiando a qualidade de

ensino e o intercâmbio internacional, prevê nos seus considerandos, dentre outros:

Que o intercâmbio de acadêmicos entre as instituições de ensino superior da Região

apresenta-se como mecanismo eficaz para a melhoria da formação e da capacitação

científica, tecnológica e cultural e para a modernização dos Estados Partes;

Que da ata da X Reunião de Ministros da Educação dos Países Signatários do Tratado do

Mercado Comum do Sul, realizada em Buenos Aires, Argentina, no dia vinte de junho de mil

novecentos e noventa e seis, constou a recomendação de que se preparasse um Protocolo

sobre a admissão de títulos e graus universitários para o exercício de atividades acadêmicas

nas instituições universitárias da Região;

Que a conformação de propostas regionais nessa área deve ser pautada pela preocupação

constante em salvaguardar os padrões de qualidade vigentes em cada País e pela busca de

mecanismos capazes de assimilar a dinâmica que caracteriza os sistemas educacionais dos

Países da Região, que correspondem ao seu contínuo aperfeiçoamento ...

O Tratado ainda prevê, especificamente no artigo 3º, que para valer em outro país o diploma

deve, primeiramente, ser válido no Estado originário; equipara, no artigo 4º, a validade dos

títulos estrangeiros, para os fins que menciona, aos nacionais de cada Estado; e o artigo 5º

limita a validade automática do título, que “somente conferirá direito ao exercício das

atividades de docência e pesquisa”, devendo se proceder ao “reconhecimento dos títulos

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para qualquer outro efeito” – por exemplo, diríamos, para o exercício de outra profissão

regulamentada que exija diploma de mestre ou doutor.

5. Vez que os Tratados Internacionais incorporados ao nosso ordenamento jurídico guardam

relação de paridade normativa com as leis ordinárias, no que se refere à validade, eficácia e

autoridade (ADI 1.480 MC/DF, DJ 18/05/01, rel. Min. Celso de Mello), sendo princípio básico

de hermenêutica, que quando uma lei faz remissão adispositivos de outra lei da mesma

hierarquia, estes se incluem na compreensão daquela, passando a constituir parte

integrante do seu conceito (art. 2º da LICC e STJ – RT 720/289), resta evidente que o art.

48, § 3º, da LDB, enquanto lei ordinária que exigia reconhecimento de qualquer diploma

estrangeiro para emprestar-lhe validade no Brasil, se acha modificado pela norma posterior

– o Acordo Internacional. Dessa forma é que se tem entendido que os diplomas obtidos nos

países do MERCOSUL têm validade automática no Brasil, se destinados aos fins

acadêmicos de docência ou pesquisa.

6. A CAPES, mesmo sendo constituída basicamente por dirigentes de Instituições de Ensino

Superior – até mesmo particulares (http://www.capes.gov.br/sobre-a-capes/conselho-

superior) tem manifestado, inúmeras vezes, esse mesmo entendimento.

7. Na mesma esteira o então Secretário de Educação Superior do MEC expediu o Ofício

Circular n° 152/2005/MEC/SESu/GAB, destinado aos dirigentes das Instituições de Ensino

Superior brasileiras orientando sobre a validade automática dos títulos oriundos do

MERCOSUL, onde se lê in literis:

1. A Secretaria de Educação Superior do Ministério da Educação informa a Vossa

Magnificência sobre a ratificação e incorporação ao ordenamento jurídico nacional do

Acordo de Admissão de Títulos e Graus Universitários para o Exercício de Atividades

Acadêmicas nos Estados Partes do MERCOSUL, por meio do Decreto Presidencial

n° 5.518, de 23 de agosto de 2005.

2.

2. O referido Acordo trata da admissão automática de títulos e graus universitários

dos Estados Partes do MERCOSUL para o exercício de atividades acadêmicas nas

instituições definidas em seu Artigo Primeiro.

8. O STJ já se manifestou positivamente em relação à validade automática no Brasil dos

diplomas de doutorados argentinos, para fins de docência, afirmando literalmente que:

[…] Tratando-se de revalidação como registro apenas para fins de docência, é de se

prestigiar o Acordo Internacional, haja vista o depósito de sua ratificação expressa pelos

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países participantes. [...] Quanto aessa matéria, registro do diploma exclusivamente para

fins de docência, resta aplicável o Tratado de Assunção (Decisão no Resp nº 1.126.731 - PR

(2009/0042475-3), Rel. Min. Herman Benjamin, Recte. Univ. Federal do Paraná, UFPF,

Recdo. Vilson José Masutti, publ. DJE 31/08/2009).

9. O Acordo para Admissão de Títulos e Graus Universitários foi firmado com o status de

tratado internacional, e prevê em seu artigo doze que somente “A reunião de Ministros de

Educação emitirá recomendações gerais para a implementação deste Acordo”. Todavia, em

oito de dezembro de 2009, o Conselho do Mercado Comum, reunido em Montevidéu, emitiu

uma “Decisão” a que deram o número 29, e que estipula, no seu artigo 5º que “Os Estados

Partes promoverão o intercâmbio acadêmico e científico”, mas ao final acaba por restringir o

entendimento anterior, sugerindo que “A admissão de títulos e graus acadêmicos, para os

fins do acordo, não se aplica aos nacionais do país onde sejam realizadas as atividades de

docência e de pesquisa”, fixando a data de 01/07/2010 para implementação da nova regra,

deixando clara a posição de que os títulos do MERCOSUL, para ter validade no Brasil,

devam ser revalidados formalmente.

10. Ora, o Acordo já está regularmente inserido no ordenamento jurídico brasileiro, não

sendo crível que uma “Decisão” de um órgão inferior venha pôr em dúvida as relações

jurídicas de Direito Público Internacional do país ou tenha o condão de rever a vontade

política do povo brasileiro, identificada nos atos legais do Chefe da Nação e do Congresso

Nacional. Como sabemos, o mecanismo de controle para inserção de normas e acordos

internacionais não pode ser encurtado e nem se dá mediante atalhos. Assim, enquanto o

Poder Legislativo e o Executivo nacional não se manifestarem oficialmente sobre a pretensa

alteração, nosso modesto entendimento é que os diplomas de mestre e doutor obtidos

validamente nos Estados Partes firmatários do Acordo em questão são admitidos e

plenamente válidos no Brasil, sem a necessidade de qualquer procedimento de

reconhecimento ou revalidação – unicamente para as atividades de docência e pesquisa

nas IES.

1. Vários doutores em direito formados na Argentina tem autorizado a ESJUS/ESLA a relatar

seus casos de sucesso no uso “automático” de seus diplomas no Brasil, isto é, sem que

tenham se dado ao trabalho de proceder a uma revalidação formal de seu título.

12. Há quem deseje, todavia, revalidar os títulos obtidos na Argentina. A primeira pergunta

que pode surgir então é: “Um diploma de doutor ou de mestre, obtido na Argentina, pode ser

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revalidado no Brasil?” ou “Há algo a temer?” - O entendimento expressado é que não se tem

à vista qualquer óbice a esta pretensão.

13. Primeiro porque temos vários precedentes. Assim como se revalidam diplomas de

mestre e doutor obtidos em Portugal, na Espanha, na Itália ou nos Estados Unidos,

revalidam-se, naturalmente, diplomas obtidos na Argentina. As revalidações têm acontecido

na UNB, na UFBA, na PUC-RS, dentre outras. O procedimento é simples e se dá mediante

um requerimento formal instruído com cópia do diploma, da tese, da ata de defesa e da

documentação pessoal do interessado. As Federais cobram, ainda, uma taxa de cerca de

R$ 200,00. Com a revalidação o diploma passa a ter validade inquestionável em quaisquer

instâncias em todo o território nacional.

14. Em segundo lugar, afirmar-se-ia que as negativas de revalidação, se injustificadas,

podem ser revertidas mediante ordem judicial em ações pleiteadas pelo

interessado, como já aconteceu em alguns casos cujas cópias de sentenças estão

arquivadas na ESJUS/ESLA.

15. Finalmente, uma vez de posse do diploma, sugere-se que o interessado procure o

departamento jurídico da ESJUS/ESLA para se inteirar da correta orientação e para sanar

quaisquer dúvidas e equívocos, encaminhando corretamente seu procedimento.

Joaquim Miranda.

ESJUS/ESLA

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3.2 – Resolução CES/CNE, nº 3 de 1º de fevereiro de 2011

SIC 16/2011*

Belo Horizonte, 02 de fevereiro de 2011.

PÓS GRADUAÇÃO. STRICTO SENSU. TÍTULOS OBTIDOS NOS ESTADOS PARTES DO

MERCOSUL. RECONHECIMENTO. RESOLUÇÃO Nº 3, DE 1º DE FEVEREIRO DE 2011.

CÂMARA DE EDUCAÇÃO SUPERIOR. CONSELHO NACIONAL DE EDUCAÇÃO.

Parecer CES/CNE nº 218, de 05/11/2008; Decisão do Conselho do Mercado Comum-CMC

nº 29, de07/12/2009; texto da CAPES MERCOSUL: Admissão de diplomas tem nova

regulamentação (disponibilizado em dezembro de 2009 no endereço abaixo); Parecer

CES/CNE nº 118, de 07/05/2010. http://www.capes.gov.br/images/stories/download/

diversos/ Mercosul_NOVAS_REGRAS.pdf.

Esse é um dos assuntos que discutiremos em São Paulo, nos dias 14 e 15 de fevereiro, no

XIII Curso sobre Processo e Registro de Certificados e Diplomas de IES.

Resolução nº 3, de 1º de fevereiro de 2011. Câmara de Educação Superior. Conselho

Nacional de Educação.

Dispõe sobre o reconhecimento de títulos de pós-graduação stricto sensu, mestrado e

doutorado, obtidos nos Estados Partes do MERCOSUL.

O Presidente da Câmara de Educação Superior do Conselho Nacional de Educação, no

uso de suas atribuições legais, e tendo em vista o disposto na Lei nº 4.024, de 20 de

dezembro de 1961, com redação dada pela Lei nº 9.131, de 24 de novembro de 1995, na

Lei nº 9.394, de 20 de dezembro de 1996, considerando o Decreto Legislativo nº 800, de 23

de outubro de 2003, promulgado pelo Decreto nº 5.518, de 23 de outubro de 2005, que

instituiu a admissão de títulos e graus universitários para o exercício de atividades de

pesquisa e docência nos Estados Partes do MERCOSUL, de acordo com a regulamentação

contida na Decisão do Conselho do Mercado Comum - CMC nº 29, de 7 de dezembro de

2009, e com fundamento no Parecer CNE/CES nº 118, de 7 de maio de 2010, homologado

por Despacho do Senhor Ministro de Estado da Educação, publicado no DOU de 9 de

Dezembro de 2010, resolve:

Art. 1º O Decreto Legislativo nº 800/2003, promulgado pelo Decreto nº 5.518/2005, instituiu

a admissão de títulos e graus universitários para o exercício de atividades de pesquisa e

docência nos Estados Partes do MERCOSUL, para parcerias multinacionais, de caráter

temporário.

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Art. 2º A admissão de títulos e graus acadêmicos, instituída pelo Decreto Legislativo nº

800/2003, promulgado pelo Decreto nº 5.518/2005, que instituiu a admissão de títulos e

graus universitários para o exercício de atividades de pesquisa e docência nos Estados

Partes do MERCOSUL, para parcerias multinacionais, de caráter temporário, não se aplica

aos nacionais do país onde sejam realizadas as atividades dedocência e pesquisa,

conforme regulamentado no Conselho do Mercado Comum pela Decisão

MERCOSUL/CMC/DEC nº 29/2009.

Art. 3º A admissão do título universitário obtido nos Estados Partes do MERCOSUL, para o

exercício de atividades de pesquisa e docência, em caráter temporário, no País, não implica

a sua validação ou reconhecimento e não legitima o exercício permanente de atividades

acadêmicas, para o qual se exige o reconhecimento do título.

Art. 4º A admissão do título de pós-graduação stricto sensu, mestrado e doutorado, não é

automática e deve ser solicitada a uma universidade, reconhecida pelo sistema de ensino

oficial, e que conceda título equivalente, especificando as atividades de docência e pesquisa

a serem exercidas, sua duração e instituição receptora.

Art. 5º A admissão do título universitário de mestrado e doutorado implica:

I - a comprovação da nacionalidade do requerente;

II - a comprovação da validade jurídica no país de origem do documento apresentado para

admissão do título;

III - a comprovação de que os estudos se desenvolveram, efetivamente, no exterior e não no

Brasil;

IV - o estabelecimento de correspondência do título ou grau no sistema brasileiro;

V - a verificação da duração mínima, presencial, do curso realizado; e

VI - a destinação da aplicação do diploma, essencialmente acadêmica e em caráter

temporário.

Art. 6º A admissão do título universitário de mestrado e doutorado obtido nos Estados Partes

do MERCOSUL, outorgada por universidade brasileira, somente conferirá direito ao

exercício das atividades de docência e pesquisa nas instituições nela referidas e pelo

período nela estipulado.

Art. 7º A validade nacional do título universitário de mestrado e doutorado obtido por

brasileiros nos Estados Partes do MERCOSUL exigereconhecimento conforme a legislação

vigente.

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Art. 8º Esta Resolução entrará em vigor na data de sua publicação.

PAULO SPELLER

(DOU de 02/02/2011 – Seção I – p.5)


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