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La Casa de Nuestra Señora de la Misericordia y la preocupación asistencial valenciana:...

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488 Ester Alba Pw ,�an

ríos a la ba¡a y aumentar la riqueza particular y pública mediante la generalización del trabajo, variando este proyecto según su aplicación local. En Valencia, la fun­dación de la Casa de Misericordia tiene lugar a fines del siglo XVII, más concreta­mente en 1670, cuando el Consell General debate por primera vez la posibilidad de levantar la Casa. En 1673 se hallaban ya concluidos los trabajos de edificación y finalmente en 1675 se daba la primera orden de recogimiento de pobres en el nuevo hospicio. La deliberación del Consejo General celebrado el dfa 3 de Julio de 1670, supuso que: "Los Ilustríssims Señors Jurats, Racional y Syinclich, juntament ab los elets de este insigne Consell General tinguen una o mes conferencias per a donar forma a lo que convinga o sia del servici ele Nostre Senyor Deu, pera que a lkve el escándalo que es causa en anar divagant per la present Ciutat, ab titol de pobres algunes persones que poden fer faena ele ses mans; y sería menester es crideu per a elites juntes

persones de don cell, y temeroses ck Deu, pera qe aconsellen lo que mes conviga, y de lo que es resaldrá es Jasa relació a este insigne Consell, pera qe ele/libere lo que mes con­vinga, nomenant, con ab lo present nomena per instaclors de dit negosi a Diunís Luna,-Francisco Herrero, consellers del present Consell"·'.

CONSTRUCCIÓN Y REGLAMENTACIÓN INTERNA

El 18 del mismo mes, se volvió a reunir el Consejo y delibení se edificase una Casa donde fueran recogidos los pobres que iban mendigando por b ciudad, y des­pués de discutir varios dicLámenes sobre la conveniencia de edificar la Casa en el Hostal de la Sangre (hoy Ayuntamiento), Junto al Convento de San Francisco, o en la Morería, cerca de los tintes de la Corona; en 7 de octubre de 1670 el ConseJO General deliberó que dich:::i. construcción se hiciera en la Morerfa, por ser esta pro­posición apoyada por el Ar:obispo que era quién mc1s había de contrit'tuir en sub­vencionar esta obra con sus limL)S118.S y, además 1 porque este sitio era el más conve­niente por hallarse fuera de la Ciudad''. El Marqués de Cruilles indica que el establecimiento fue fundado por el Arzobispo D. Luis Alfonso de los Cameros, colocando la primera piedra el 4 de agosto de 1670, según Esclapés, aunque Ore­llana con referencia a un manuscrito y a lo que dice Ballester, autor coetáneo a la fundación, se inclina a que se trata de un error y que la puso en e! año 1671 el

Arzobispo D. Ambrosio Ignacio de SpinoL/ º . Sin embargo, el ReglHmento de esta

.� A.H.M.V. (Archivo Histórico lvfunicip·a[ de Vc1lenci8). Manual del Conseju, rnmo 202. A .. 3 Je julio de 1670.

,J J.V REQUENA, La Casa de Nuestra S ra. de la Misericordia y todos los Santos. ValencÜl,

enero de 1942. Archlvo de la Diputación de Valencia D. 1 .1.7 .2. 10 Mmqués de CRUILLES, Guía urbana de Valencia Antigua y mcxlerna, cleclicac!d a la Sociedad

Económica de Amigos del jJCIÚ jJor el centencirio de su instalación, Tomo II, VA.lencia, Imp. José Ríu>, 1876, p. 73.

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Alba Pagán

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La c ·.1.,a de Nuestra Señora de la Misericordia)' la preocupación asistencial valenciana.,. 489

institución respalda la primera hipótesis: "La extrema miseria que en 1670 reduJo a triste y desconsolada mendiguez a un considerable número ele familias de este Reino, mouió el ánimo del Ayuntamiento de esta ciudad para establecer un Hospicio público de cardad bajo el nombre de Nuestra Señora de la Misericordia y todos los Santos, que sir­

viese ele asilo a los pobres de ambos sexos ele la provincia, que llenos de miseria y desnu­

dez movían a compasión y lástima 11 11•

Se compraron dos grandes patios, una casa y un huerto sobre cuyos terrenos se e,litkó la Casa con todas las dependencias necesarias para el fin que se le había de dar y por acuerdo del Conse;o General de 11 de marzo de 1675 se le dio el nom­bre ele Casa de Nuestra Sra. de la Misericordia. El domingo día 25 del mismo mes fuerun conducidos a ella en solemne procesión todos los pobres que se recogieron por la Ciudad". Según el Marqués de Cruilles ya el 11 de mayo de 1673 había comenzado a funcionar este instituto, acabándose la obra de la Iglesia en el año 167

5 y dando principio a albergar y asistir pobres, el 31 de mayo de dicho año 13• Se le procuraron algunas rentas, y para tan importante institución, se concedieron numerosas limosnas, entre ellas la venta de agua en la ciudad de Valencia el 19 de juni., de 1674, para aumentar los ingresos del establecimiento. Después para mayor estabilidad de la Ciudad se nombró patrón perpetuo al Arzobispo de esta diócesis, D. Juan Tomás de Rocaberti, con escritura que autorizó el escribano de Sala on 28 de febrero de 1687, sobre lo que recayó la Real aprobación: "Este esta­b/ecirmento mereció desde luego la aprobación del Rey Carlos TI según Real cédula expe­dida ¿n 1 de agosto de 1676" 1 .f. Como era de esperar

1 ante la Real protección,

algu· nos l:Z.R. Arzobispos de esta Diócesis y otros fieles le hicieron cuantiosas limosnas parn cnsanchar el edificio y aumentar su renta. Un nuevo impulso se produce en el siglo XVIII cuando la Casa de Ntra. Sra. de la Misericordia fue ampliada por el Arzobispo Mayoral en 1740 15 . Para la administración y gobierno de la Casa, el Consejo General nombró primer Administrador al Sr. Arzobispo de esta Diócesis, D. Luis Alfonso de los Cameros, y, en segundo lugar, un Canónigo de la Seo, nombrado por el Cabildo y completaba la junta de Administrndores, un ilustre Noble, un Jurado, el Síndico del Consejo General, cuatro caballeros (dos nobles y dos generosos) y seis ciudadanos. La primera reunión de esta Junta se

celebró en 22 de mayo de 1675 16 . Las constituciones para su régimen y

1 i Reglamento de la Real Casa Hospício ele pobres de Ntra. Sra. ele la Misericordia y todos los Santos

de Vakncia. AfJrobado por el Rey D. Fernando VII en 23 de abril Je 1824, Imp. B. Monfort, Cap. 1, ''De las causa� de la fundación de este Establecimiento". Archivo de la S.E.A.P.V., pág. 2

1' REQUENA, (1942), p.2." CRUILLES, (1876), p. 731' Reglamenw, ( 1824) A.S.E.A.P.V 1' E LLORENTE, Valencia, sus monumentos y artes. Su naturaleza e historia. Tomo II, Valencia

1887. 1" REQUENA. (1942), p. 2.

490 Este, Alba paga11

gobierno se imprimieron en Valencia por Antonio Bordazar en 1719, la titula Casa y Hospital de N tra, Sra, de la Misericordia y todos los Santos 17 modificán�dose la Junta de Administradores quedando de la manera siguiente: un canónigo Delegado del Sr, Arzobispo, un Regidor nombrado por la Ilustre ciudad, un canó: nigo elegido por el Cabildo, el Jurídico General, el Padre Prepósito de la Casa Pro­fesa de la Cía, de Jesús, dos sacerdotes, cuatro caballeros y seis ciudadanos,

Para el régimen de la Casa se elegía cada año un Clavario y con carácter per­manente había un Capellán, un escribano, un alguacil, un "padre de Sala" y una "madre de sala", despensera, cocinera y bayetero, El Clavario se elegía por la Junta de Administradores, recayendo el nombramiento en uno de los dos Eclesiásticos en los cuatro caballeros ó seis ciudadanos que formaban parte de la dicha juma, El número de pobres que había que recoger el Clavario obedecía al caudal de la Casa, Por orden del Clavario, el Alguacil recogía cuantos pobres encontraba mendi­gando por la Ciudad e Iglesias, y todos los que estaban aptos para el trabajo, tanto hombres como mujeres, después de 8 días de alimentación y disciplina eran despe, didos; si se les encontraba por segunda vez, eran castigados a un mes a pan y agua y disciplina; y a la tercera eran llevados y entregados a la Justicia para que fueran castigados por vagos, según las reales pragmáticas. El Alguacil tenía además la obligación de llevar una memoria de los niños y niñas que se habían puesto a ({aprender oficio o a servir", con expresión de las casas y de sus amos a quienes visi­taba para ver si aprovechaban los nifios, Si reconocía descuido en la debida crianza en que se les debía tener o alimentar, lo avisaba al Clavario para que tornara las providencias convenientes l8 _ El padre y madre de salas, eran nombra, dos por el Clavario, El padre de sala, era condición indispensable que fuera casado y la madre de sala soltera y tenían a su cargo la ropa y camas de los hombres y wujeres, así como el aseo y limpieza de las salas, cuidaban de la vigilancia de los asilados, acompañándoles a los actos religiosos y procurando que cada uno traba, jase en lo que supiera,

La casa se edificó de manera que estaban divididos los hombres de las muje­res, y a los nifios de las niñas, con distintas escaleras y cuartos separados y así esta­ban divididos en siete salas: tres para hombres: los impedidos, viejos y convale, cientes en una, los útiles para el trabajo en otra y los niños en la otra; y en la misma forma estaban las mujeres y si había matrimonios pobres se les daba cuarto separado a cada uno. Los niños y las niñas recibían una educación orientada al aprendizaje de un oficio, mientras que los adultos eran ocupados en distintas tareas y labores en las fábricas de tejidos y otras ocupaciones destinadas a la obtención de fondos para su sostenimiento, En este aspecto la Casa de la Misericordia recogía la

11 CRUILLES, (1876), p, 73, 18 REQUENA (1942), p, 3

La �'t!J,, _!,: 1\/ucstra Señura ele la Misericordia y la prcocut)ación r..isistencial mlenciana,. 493

miserknrdia, sino también de educación, por lo que hubo que nombrarse maestrosde In,�rrucción. Para favorecer la integración social de las inclusas, Carlos IV, porReal C1rta de 16 de febrero de 1807 concedió al artesano que se casase con huér·fana n expósita de la Casa de Misericordia la gracia de hacerse maestro sin gastoalgun<> . A lo largo del siglo XVIIl, el establecimiento de Valencia, alcanzó fama penim1 :Lu por el régimen interno que lo gobernó y por el alto número de indigen­tes que ·;ocorrió (al parecer) nunca inferior a los 300 indigentes). Pronto las estruc�turas de dicho centro se mostraron poco permeables a las oscilaciones de la indi�oencici uchana. En pleno siglo XIX, la Casa de Misericordia sólo era uno más de losb

instrun1cntos que la oligarquía local disponía para contener la desocupación queresultaba de la desintegración social de los antiguos oficios gremiales. Así, lo queen prin�:Lrio fue un mecanismo regulador del desempleo y del mercado de trabajo1 acabó rur cnnvertirse en un recurso marginal contra la desgracia pública. En cum,plimient,, de la Ley Desamortizadora de los Bienes de Beneficenc ia, la entrega a la Hacienda Pública de las fincas que adquirió la Casa de la Misericordia a lo largo de su existencia, le privó de las rentas destinadas a su mantenimiento y para poderdesarrolbr los fines de su fundación se recoge desde el afio 1858 en el presupuestode la Ü!p'.ltación Provincial el déficit del establecimiento. Para asegurar el buengobiernu, b Junta Directiva, en 4 de nnviemhre de 1857, acord6 poner al frentedel cstc1hi1�·-::imienLo a las Hermanas escorialesas y terciarias de Ntra. Sra. delCarmen, cnnocidas como Carmelitas de la Caridad, y expuesta a los superiores laneceskhd que experimentaba la Casa, tanto en lu moral, como en lo econ6min\de ser gr,1h -:-rnada por dtcha congregación religiosa, el Guhierno de su .f\/fajestactpor R.O. de 4 de mayo de 1858 y aclaratoria de 18 de Jun io, autorizó el estableci­miento l!c -.::ficha cmnunidad en la Casa Hospicio de Ntra. Sra. de la Misericordi:1 .Tradic1urrnlmente

1 la caridad era cjerckb por las clases acomodadas, el clero yla noble:a y r1lgunos sectores de la burguesía, en lo que se ha dado en llamar eliipaternalismu de las clases dominantes',. Además habfo que contar con las comi,das repartiLL,ls en las puertas de los conventos o el tradicional asilo que éstos otar�gahan n. las personas necesitadas1 por distintos rnotivos2-f. Será en el siglo XVIII,durante el remado de Carlos III, cuando se forme en Espafüi un verdadero plan de asistencia. El aparato del Estado se responsabiliza, cada vez mc'is1 de la asistencia2S.

!\u, " Sin 1 ccemn cjemplu el caso de la fundación del rnnvenro de clar isa'. ddos Ange les de.. �zifa (Valt_nc :,1), tundado en el siglo XVU pur el ar:uhtspo de V::tl.enc1a, Mart1n Lope: de Onttve�tos, C()n el tin . !"' ·\ustentar doncellas nnbles y virtuosc1s a quien pur su pobreza faltr1ssc dote para�1'.�ar estad()" . \. ALEJOS, "Nuestra Scfiora de los Á ngelcs de Ru:afa, cnnvento de origen barrnco",· ichr�''.J ele: Arte' V'.ilmciano, 1985, n9 66, p. 68. ¡. ¡ _) .· SA,'iT,é1,.NA (1996). p. 343. Con el tlempo todas las personas que creyeron tener llereclK, a'',J'-ene:ficenc1:1 ¡•1d1ernn asistencia. Los ciegos, lns sordrnnudos, l(1s veteranos mutihidos de guerra[le tan clVL1,[·1 ' · [ ¡-· · , · l [ · · 1 · 1

' , , . Lc1 Jene 1cenc1a comenztJ a serv1r un ¡1royecrn l ua , aststcncm a os neccsnac os yrec F ºªtens ,_1 ,1 !._-·:., ¡ 1at-ríu1:as herldos. G. ROSEN, ''Hnspit,ils, medical rnre and social P(,!tcy in therenq Rev<dui-1,1n", Bulletm l--iistury Meclical, r/' 30, Londres, 1956, pp. 135-140.

496 Ester Alha Pagán

Si a finales del siglo XVIII la situación de la industria de la seda era prohle.mática, en el siglo XIX esta situación se agrava debido a la perdida de las cosechas,esto junto a la epidemia del cólera

Joan

supuso un incremento de las bolsas de desocu­pación permanente, junto a un incremento de la criminalidad. A principios de siglo el general Elío intenta controlar la situación por medio de dos vías de actua­ción: la policía de pobres, como persecución del delito, lo que supone una crimi­nalización de la mendicidad, y la creación de la Casa de Beneficencia29• Es el pri­mer intento regulador de la asistencia a la verdadera pobreza y la criminalización de la falsa indigencia. La Casa de Beneficencia conjugó la simple asistencia o auxi­lio, con el control social institucional de encerramiento, como pedía la sociedad burguesa. Esta cuestión social es un debate permanente durante todo el siglo XIX, la distinción entre la falsa miseria y la indigencia verdadera, aparece como un debate permanente desde la crisis de la baja edad media 3°. La ley liberal de 1822 fue el primer texto contemporáneo que trata de regular la caridad pública en el seno de la monarquía. Dotó a los municipios de una función primordial en esta tarea. Sin embargo el retorno del absolutismo suspendió durante diez años su vigencia. Cuando se publicó la ley de 1822, "en España no había más que, o grandes ñas establecimientos

fundaciones de en pueb

beneficencia, situados en la capitales de los antiguos reinos o peque­los subalternos a los cuales apenas podía alcanzar el gobierno. Sin embargo el legislador se encontró con la dificultad de concentrar la acción para hacer de toda

la beneficencia pública un fondo que asistiese proporcionalmente la necesida­des'131.

El artículo 321 de la Constitución de 1812 atribuía a los ayuntamientos la responsabilidad de los establecimientos asistenciales, corroborado en el decreto del 23 de junio de 1813. Con el restablecimiento en 1836 de la ley liberal de 1822, estas respuestas se acomodan al nuevo marco legislativo. AsC el estado mantiene una prescripción tutelar en materia de beneficencia que tiene como consecuencia la pérdida de autonomía financiera y administrativa de los centros asistenciales. La política de beneficencia discurrió, en la primera mitad del siglo XIX, entre las alternativas municipalizadora y provincializadora. La aprobación de la nueva ley29 Elío crea esta institucü'in en 1815, recngiendo los antecedentes del slg[o XVIII de la

RSEAP. O'DonnelL

Como tal no tardó en desaparecer aunque, años más tarde fue recuperada por el general10

Lluís Surgen Vives,

en que

el distingue contex1:o

entre valenciano

pobrc:a y publicaciones como De �ubventione pauperum ( 1526), demendicidad profesional. La pobreza (o la miseria) esproducto involuntario de unas circunstancicJ.s adversas; la men.dicidad l) falsa indigencia, es la expre­sión indolente del rechazo al trabajo y la atracción por el ocio, así la legislación liberal alterna la rer,secucit'in de !a mendicidad y el auxilio a la indigencia. M. CALVO Y PELARDA, El Hospital General'l la Le'V de Beneficencia, Valencia 1865. " il F. DÍEZ RODRÍGUEZ, La sociedad desasistida. El sistema benéfico a.sistencial en la Valencia cidsiglo XIX, Valencia, 1993, p. 35

id casa Je Nuestra Señora de la iviistricorclia y la [m�ocufx.ición asist,.mcial valenciana .. 497

Je beneficencia del 20 de junio de 1849, supone el reconocimiento de la asistencia pública como competencia del Estado, la provincia, y el municipio. Anterior� mente el intento abortado de las Cortes de Cádiz abría camino hacia la atribución Jd sistema de beneficencia a la esfera municipal, apoyada por la ley de beneficen­cia de 1822. Por último, la Ley de Beneficencia de 1849 vendrá a reordenar el sis­rema de beneficencia para armonizarlo con las leyes orgánicas de ayuntamientos y cliputaciones de 1845, reforzando las tendencias municipalistas y provincializa­

dora 12• La ley de 1849 clasifica los establecimientos de beneficencia públicos en generales, provinciales y municipales. Los primeros son los destinados a asistir incapacidades permanentes o que requieren una especial atención: locos, sordo� mudos, ciego, etc., los provinciales tienen primacía sobre instituciones de régimen cerrado: hospitales, asilos, inclusas, etc., insistiendo que lo propio de la beneficen­cia municipal es el socorro pasajero a los necesitados (albergues de mendicidad, hospitalidad en tránsito ... ). Sin embargo, en esta ley no se estableció el modo de administrar inmediatamente los hospitales y casas de caridad.

Hubo que esperar al reglamento de 14 de mayo de 1852 para la ejecución de .Jicha ley. En su artículo 58 se previene que: "todos los establecimientos de beneficencia, salvo los casos en que por su poca importancia acuerden otra cosa, los gobernadores

o el gobierno, a propuesta de las Juntas respectivas tendrán un director y un secretariocontador con sueldo fijo, y un administrador con el tanto por ciento que determinen losestatutos especiales)'. Los patronos1 bien ejerzan este cargo por sí, bien por razón de oficio o por representación de alguna corporación legítima (herederos), conservarán sobre los establecimientos de su patronato los derechos que les corresponden por fundación o por ¡¡posesión inmemorial)). Este contenido se amplía en el párrafo º

5 de dicho artículo: ((Por ningún establecimiento de beneficencia, seu JJúblicu o parti� cular, ni por sus patronos, podrá oponerse la menor dificultad o entorpecimiento a las

vi.sitas que el presidente de la Junta general o los jefes políticos por sí o por delegcu:los espe­ciales suyos girasen a los mismos. La autoridad de inspección de estos representantes delgobierno e.s omnímoda en el acto de visita sobre cuanto tenga relación con examinar elestado económico del establecimiento, de la regularidad ele su administración y el cumpli­miento de las obligaciones a que por reglamento se halla consagrado".

Así la ley de Beneficencia de 1849 y su Reglamento de 1852 son los textos legales básicos que configuran definitivamente el sistema de beneficencia español, en el que las ordenes religiosas femeninas jugarán un papel fundamental. Establece ,ma clara diferenciación entre la beneficencia pública y la privada o particular, reconociendo a esta última un papel y lugar autónomos. Supone una importante diferencia respecto a la ley de 1822 que forzaba a las instituciones privadas a inte­g,rarse en un lmíco sistema regido por las Juntas Municipales de Beneficencia. En

" DÍEZ RODRÍGUEZ, (1993), p. 36.

' '

498 Ester Alba Pa,�án

el artículo 4, del mismo reglamento expone que: "son establecimientos municipales de beneficencia los destinados a socorrer enfermedades accidentales, etc. , a esta clase perte­necen las casas de hospitalidad pasajera". Una vez esclarecidas las obligaciones de los patronos, ya sean instituciones públicas o privadas y el derecho del Estado, provincia o municipio a realizar inspección, se pasa en el reglamento a esclarecer las obligaciones y atribuciones de las ¡untas, artículo 96: "Las juntas se ocuparán desde luego en reconocer todas las fundaciones, bienes títulos, derechos y acciones propias de la beneficencia general, provincial y municipal que radiquen dentro de sus respectivas demarcaciones". Mientras que en el artículo 97, esclarece que: "a medida que kis juntas adelantasen estos trabajos, propondrá al gobierno, la general directamente y las provinciales, y municipales, por conducto de los gobernadores, la reorganización yclasi­ficación de los actuales establecimientos con arreglo a la ley y presente reglamento".

Tras publicar este reglamento, en la Real orden de 7 de Agosto de 1854, se decía que el gobierno de Su Majestad, en vista de la confusión que se observaba respecto a la legislación de beneficencia, establecía que: "mientras las Cortes, en su día determinen lo conveniente, continúen en su fuerza y vigor la ley de beneficencia ele 20 de junio de 1849 y el reglamento para su ejecución aprobado por real decreto de 14 ele mayo de 1852, conservándose en consecuencia las Juntas que en ellas se designan, aun­que con las variaciones que en su personal se contemplen necesarias, y reduciendo el de sus secretarios a lo puramente indispensable, según lo demanda la economía que el gobierno se propone introducir en todos los ramos del Estado"33

. Esta ley intentaba regular tanto la iniciativa asistencial pública, como la privada, realizando un reparto del socorro público. Fundadas antes que la legislación municipal las asuma como propias 1 tas Casas de Misericordia y de Beneficencia serán centros destina­dos preferentemente al socorro permanente 34 . De este modo estas dos institucio� nes se revelarán poco permeables a las bruscas oscilaciones de la desocupación. Su actividad, fundamentalmente, iba dirigida al auxilio de la indigencia irremediable, dirigiéndose, esencialmente, a la infancia abandonada, a los pobres impedidos 35 y a los ancianos desamparados. El perfil social más representativo de los auxiliados por estas instituciones son huérfanos o abandonados procedentes de familias asala­riadas o del servicio doméstico sumidos en la indigencia. En la Casa de Bendicen· cia casi el 50% de los varones en el periodo de J 826-18.31 y más del 65 % en 1865,

ll CALVO Y PELARDA, (1865)."l4 La fundación de la Casa de Mlsericordia en AMV, Manuals de ConselL� 8 A� 202, 1670, fols.

92 - 123. Respecto a la creación de la Casa de Beneficencia, AMV, Llibres Capitulars, D- 248, 1846, 5-5, 1826.

15 Esto contrasta con algunas instituciones privadas corno es el caso del Asilo de San JuanBautista, en cuyos estatutos esclarece que se encarga de hospedar huérfanos (sobre todo del ámhiw sedero, pues el Marqués de San Juan es un importante industrial de la seda), pero: "que no padezcan

enfermedad alguna habitual, crónica ni contagiosa por mds leve que sea, ni tengan defecto alguno fr.�ico o

corporal o falta de algún miembro" (articulo 4 7, párrafo 69 ),

500 fütcr Alha Pugcín

En 1855 la Real Sociedad Económica de Amigos del Pa(s crea en Valencia la Escuela de párvulos de los Niños de San Vicente, en 1862 el marqués ,le Campo crea el Asilo que lleva su mismo título, en 1866 se crea la Gran Asociación de Nuestra Señora de los Desamparados, en 1873 el Colegio asilo de San Juan Bau" tista por Juan Bautista Romero, marqués de San Juan y finalizado pur su esposa a la muerte de éste, y finalmente en 1908 el Asilo de la lactancia, fundado por el rey Amadeo de Sabaya, y otros muchos edificios, todos ellos baJo la custodia de las Hermanas de la Caridad. Estos centros benéficos son: "instituciones que ayudan a evitar los escollos que la amenazan iluminando con su razón la ley de la inteligencia"39

. De esta manera, la redención de la pobreza se basa en el ejercicio de las virtudes, aproximándose a los criterios de los higienistas, se considera a la pobreza como algo que debe combatirse, pues " si se estudian racionalmente las causas que reconoce el crimen, con el fin ele albergar y asistir pobres, pronto vendremos en conocimiento de que la falta ele educación ha hecho imposible el análisis de lo Justo y de lo injusto, de lo bueno y

de lo malo, y por consiguiente las pasiones se han desarrollado sin dique a su corriente impetuosa. De otro modo no se comprende que el hombre fuese malo sin más razón que por no querer ser bueno. La eclucación es por lo tanto el equilibrio social y los fundadores del asilo que baJo la inmcación ele Nuestra señora de los Desamparados se trata ele construir así lo han comprendido haciendo extensible a la clase que por razón de su situación precaria necesita más ele ella ( . .. ) . Amparo clel clesvaliclo, maestro de las costumbres, administraclor del pan ele la caridad, fuente inagotable ele sanos preceptos y ele educación moral e intelectual, el asilo ele Beneficencia, lo repito, se encomienda por sí solo

y cuanto en su pro pueda clecirse en nada aumenta el valor que por sí tiene adquirido la sola idea basada en el mas sólido de los cimientos: la religión".

Así los cimientos en que se basan la construcción de estos edificios benéficos son la moraL la educación y la religión corno redención del pobre y el mendigo, insistiendo en que nadie es malo por naturaleza y se debe corregir su conducta lle� vándolo por el buen camino. Estos criterios los veremos insistentemente en los estatutos y reglamentos de estas instLtuciones. Los Estatutos del Asilo de S::m Juan Bautista recogen en su artLculn 4 u : "el objeto exclusivo ele la misma, que nunca podrá mudarse, es el de dar una educación sólidamente cristiana Católica y Apostólica Romana y al tiempo social, acomoclacla a su clase a ciento cincuenta /Jabres huérfanos". Pero aunque se pone gran insistencia en la educación religiosa, también 'Je pone ahfnco en una educación social, de manera que los huérfanos han de recibir toda la instrucción necesari8. para que sean personas 1 'ütiles a si mismos y cxccl�ntes miembros de la sociedacl1140 . Todas estas instituciones recogen la labor de la Casa

19 S. MONLEÓN ESTELLÉS, Memoria para la construcción del edificio ele la Gran Asocii,cúín eleNuestra Señora de los Desam/)arados, 1864 .

.JO A. LLE(\ Estatutos de la benéfica y [Jiadnsa Fundación denominada Asilo de San Juan Bdutisw,Valencia, 1899. Capitulo IX: De la educación literaric1 y social t.fr los huérfanns, articult-1 61.

502 Ester A/ha. Pa[;án

con expresión de las casa y de sus amos a quienes visitaba para ver si se aprovechaban de los niños y si reconocía descuido en la debida crianza en que se les debía tener o alimen­tar, lo avisaba al Clavario para que tomará las medidas convenientes"4S.

Todas estas ideas recogidas en las me1norias 1 estatutos o reglamentos de los centros benéficos recogen las ideas de un neocatolicismo, latente en la sociedad decimonónica y que tendrá sus mayores seguidores dentro de la sociedad burguesa. Esta tendencia político-religiosa pretende profesar un catolicismo integro asocián­dolo a una ideología conservadora. Es la clase burguesa la que toma el relevo sncial a la nobiliaria en la consecución de estas instituciones de beneficenda. Estos cató� licos íntegros sacan de la fe todas sus respuestas a todas las cuestiones de la vida privada y pública, sometiendo todos los ámbitos de la vida a la potestad directa de la Iglesia. Por ello el régimen interno ele estas instituciones se dejaba en manos ele ordenes religiosas. Así la Junta Directiva de la Casa de Misericordia para asegurar el buen gobierno: "en 4 de Noviembre de 1857, acordó poner al frente del Estableci­miento a las Hermanas Escoliarenses y Terciarias de Nuestra Señora del Carmen y expuesta a la Superioridad la necesidad que experimentaba la Casa, tanto en lo moral como en lo económico de ser gobernada por dichas hermanas, el gobierno de S.M. Por R. C. De 4 de Mayo de 1858 y aclaratoria de 18 de Junio, autorizó el establecimiento ele

dicha comunidad en la Casa Hospicio ele Nuestra Señora de la Misericordia"46.Otros establecimientos como el Asilo de Párvulos, el Asilo del Marqués de

Campo, la Casa de Beneficencia y el Asilo de San Juan Bautista estaban bajo

gobierno ele las I lijas de la Caridad de San Vicente de Paul47. En los estatutos del Asilo de San Juan Bautista, se recoge: "El régimen interior y económico del Estableci­miento, estará siempre a cargo ele algún Instituto Religioso ele Señoras, aprnbado por la

Santa Sede, que tenga por objeto el atender a fines benéficos como los que constituyen el ele esta Fundación, confiándose con preferencia, siempre que pueda ser a las muy apre­ciables Hijas de la Caridad ele San Vicente de Paul. Estas hermanas ocuparán las habita­ciones que tienen señaladas en el edificio y su número será proporciorwdo a las necesida­de.s ele lo casa, ele cuyas rentas serán mantenidas. A la Reverenda Madre Superiora ele dicho, Instituto corresponderá la.Jefatura en el indicado orden y a ella estarán

suborclina­do.s todos los empleados del Asilo"18. Junto a estos planteamientos neocatólicos, prevalecerán también los

higienistas y funcionalistas, sobre todo a la hora de determinar como debe ser la construcción1 ubicación y distribución de los nuevos edificios

+i REQUENA, (1942), p. 346 REQUENA, (1942), p.ll+7 Esta orden serí:1 conocida por el Marqués de Campo en un viaje a Paris, donde m1cit'i es[c1

orden en e! siglo XVI y tenía una gran difusión, y les encargaría el gobierno de su asilu hacia 1862, fecha de su construcción. De aquí tuvieron una amplía difusilln encargándose del gublcrnn de ca�i todos los establecimientos benéficos.

+ti LLEÓ, (1899), Capitulo IIl. Del régimen y gobierno de la Fundación, Articulo l.S

La casa de Nuestra Señora de la Misericordia y la preocupación asistencial valenciana ... 503

1sistenciales. Las teorías higienistas plantean que estos edificios deben ser ubica­dos extramuros, fuera de la aglomeración de la ciudad, para permitir la aireación ,le los mismos. Mientras que los funcionalistas resaltaban la separación del edificio r:n sectores según su función. Así, en todos estos edificios prevalecerá la distribu­c,ón en claustros separando sexos, enfermos y edades. La planta más sencilla a ;eguir es la del asilo de San Juan Bautista, con dos patios laterales, uno para niños v orro para nifias, separados por el eje principal, el más destacado de la construc­ción: la capilla. Esta preocupación que no sólo es funcionalista sino también mora­iista se recoge claramente en los estatutos de esta institución privada: " Final­

mente, como principio muy importante de educación moral ha de guardarse la más ,.:ompleta separación de sexos dentro y fuera del asilo entre los huérfanos amparados en ¿/"49. También este planteamiento se observaba en la Casa de la Misericordia: "La

Casa se edificó de manera que estaban divididos los hombres de las mujeres, los niños de /c1s niñas, con distintas escaleras y cuartos separados, y así estaban divididos en siete salas: tres para hombres; los impedidos, viejos y convalecientes en una, los útiles para el n·abajo en otra y los niños en otra; y en la misma forma estaban las mujeres y si había

matrimonios pobres se les daba cuarto separado a cada uno" 5º. Esto era aplicable a

tndos los edificios, el Asilo de párvulos tenía dos patios uno para nifias y otro para nu'ios, el asilo del Marqués de Campo, tenía una distribución separando sexos, y la C�asa de Beneficencia tenfa ocho patios con las mismas separacíones.

En la sociedad española la burguesía adinerada comienza a tener un impor­tante peso tras la pérdida de los fueros en 1707, produciéndose una reorganización Je la oligarquía local, promocionando nuevos grupos de poder, llevando al gc:;hierno a sectores no privilegiados gracias a vías de :::iscenso como el ennoblecirnientu51 , como es el caso de los industriales de la seda y del ferrocarril, Juan Bautista Romero Almenar, marqués de san Juan, y José Campo y Pérez, marqués de Campo por nombramiento de Alfonso XII, respectivamente. El crecimiento del sector comercial de la sedería tradicional creó uno de los sectores mas enriquecidos de la Valencia del S. XVIII. Esta burguesía sedera será uno de los vértices poblacionales más activos en la vida ciudadana, desplazando a las dinastías nobiliarias más antiguas del reino. Son ahora los miembros más activos de la oligarquía loc1l los que mayor celo muestran en sus actos caritativos. Entre ellos destacan financieros, cmnerciantes dedicados al comercio exterior, incluso políticos de! gobierno municipal, como el Marqués de Campo, que fue durante un tiempo

+\) LLEÓ, (1899), Capitulo VIII: De la educación moral y religiosa de los huérfanos. Articulo 60.

" REQUENA, (1942), p. 4 ir E. GARCÍA MONERRIS, "Las vfas de acceso al poder local en la Valencia del s. XVIII",

en R,�1Jista de Historia Moderna. Anales de la Universidad de Alicante, Alicante, 1988.

504 Ester Alba Pagán

.

alcalde de la ciudad de Valencia 12. Para entender los problemas coyunturales de paro y pobreza del siglo XIX que hicieron necesario un incremento de la labor asis­tencial, por parte de esta nueva oligarquía ciudadana ) es necesario entender que el final del Antiguo Régimen en Valencia fue conflictivo. Sobre todo el reinado de Carlos IV inicia una época convulsiva y el inicio de una problemática social, acentuada por el anquilosamiento de las estructuras gremiales sobre todo de la sedería valenciana, incapaz de hacer frente a la firme competencia de otras sede� rías europeas que se modernizan incorporando los avances de la industrializadón 1

que tendrá su expresión local en un aumento de la desocupación y de los conflic­tos sociales de naturaleza diversa, junto a un notable aumento de la mendicidad.

La incapacidad de instituciones tradicionales de control y de asistencia como la Casa de la Misericordia o la beneficencia parroquial, fue evidente ante el incre­mento de la problemática desocupacional. La oligarquía valenciana intento alige­rar este fenómeno mediante la organización de la Sociedad Económica de Amigos del País de Valencia, fundada en 1776, y que será un importante centro de discu­sión de alternativas53 En esta sociedad participaron los más importantes miembros de la oligarquía valenciana, incluyendo los benefactores que edificaron estos cen·· eros asistenciales y benéficos a partir de la segunda mitad del siglo XIX, así como algunos de los arquitectos que los construyeron. La Sociedad Económica estimuló y promovió en 1801 la fundación de una Junta de Beneficencia54 cuyo objetivo era la ampliación de las estructuras asistenciales tradicionales y proporcionar ocupa­ción al grueso de "velluters" desocupados. En principio la experiencia fue un fra. caso financiero, pero contribuyó a la renovación del discurso asistencial de la oli­garquía. Entre los proyectos que se llevaron a cabo para proporcionar trabajo a los desempleados, sobre todo del ramo de la sedería en crisis, destacan la recolocación en los telares públicos y sobre todo la aplicación en el trabajo de obras municipa, les, desde la construcción del puerto de Valencia, hasta en el derribo de las mura, llas55 .

Entre todas e.stas instituciones destaca la Gran asociación de Beneficencia domiciliaria de Nuestra Sefiora de los Desamparados, por plantear una original solución a los problemas del pauperismo dejando de lado la tradicional asistencia

:,2 J. SERNA, "La desocupación y el control social", en Batlia, nº- 9, 1980, p. l.Jl J. SERNA y A. PONS, "La Sociedad Económica de Amigos del País y la organl:ación

benéfica pública en Valencia: I 810� 18 l 5", en Les cspagnols et Napoleón. Aix-en�Provence, 1984, pp. 455-4 72.

14 Los antecedentes históricos de [a Casa Je Beneficencia remontc1.n hasta el siglo XVIII enrelación con !a Real Socied8.d Econórnlca de Amigos Je! País, consolid-ándose más tarde con el asilufundado en 1815 por el general Ello, que bajo la denominación de Casa de Beneficencia, estuvo ubi­cado primero en el co!e,gio eclesicístico Je San Pío V, luego en la antígua casa del marqués de Angulo en la plaza de San Est.eban y flmilmente en el convento del Carmen a partir de l 84 l.

" SERNA, (1980), p. 3, (ll).

506 Ester Alba Pagcín

raciones y/ o acogida en asilos y hospicios60-, y de aplicación laboral forzosa de los desocupados en obras públicas, principalmente en terraplenar L, Albereda, cons­

truir el nuevo puerto en el Grao, o en el derribo de las murallas.

El momento clave que hizo patente la falta de recursos asistenciales en Valencia y que llevó a la creación de nuevas instituciones , fue el verano de 1854, en el que confluyeron una serie de factores. La pérdida reiterada de las cosechas sederas, debido a la epidemia de pebrina, la elevada mortandad como consecuen­

cia del cólera, la especulación en el mercado del arroz, que supuso un aurnento del precio de este producto básico, provocó una crisis de subsistencia, que junto al aumento de la desocupación, hizo que ante tal magnitud de problemas las auturi, dades se vieran desbordadas. Una vez más fue la oligarquía local la que aportó soluciones con la creación de una 11comisión de subsistencias" integrada por nobles

(como el conde de Rótova, el marqués de Cruilles61 , barón de Zenija, etc.), y por miembros destacados de la burguesía comercial (Santiago García, Joaquín Forés, Francesc de Llano) y con la apertura de suscripciones públicas, cubiertas por las dinastías comerciales de fuerte asentamiento entre la oligarquía local (Campo, Trénor, y Beltrán de Lis). El resulta,fo fü1al fue la organización de un socorro público, que intervino en ayuda del Ayuntamiento de Valencia y de la Gran Asociación de Nuestra sefiora de los Desamparados, mediante el reparto de sopas económicas y trabajo provisional. Es de destacar que de los 194 pobres que tomaron sopa en los locales habilitados, todos eran velluters, y más del 90% trabajaban en talleres ajenos , y la ernn mayoría residían en los bn.rrios más miserables del qu:1rter de Sant Vicent, tradicional ubicación sedera62 . La extrema situación de 1854 _ruso de manifiesto la falta de recursos benéficos y la incapacidad de los organism.os públicos asistenciales (Casa de Beneficencia y Casa de Misericordia) de hacer frente a la crisis. Por ello h1 oligarquí-a local que había participado creando comisiones de subsistencias o mediante suscripciones públicas, se lanzaní a la creación de instituciones privadas y se hi:o necesaria la remodelacíón de los inmuebles públicos.

De los establecimientos que se iurnhrn a partir de 1860, le mayoría -cinco- se crearon con una explícita vocación de asistencia a la infancia y juvcn�

mendicichd organt:ada. Tudns estos (1bjetivus tenfon 1mn finnlldmi la exrlndón de la mendiddctLf rnedlant·e el urden público y el contrn! de la de.�ocup8ción.

i,c La c1Sistencic1 benéfica de:;arrollacfa de rnancn1 espec[·,1C1.1lar �n la segund,1 mitad del sü.!1(1 XIX, se tradujo en la creaclón de nuevos inmuebles asistenciales rrivadus comu d Asil1i de 11ií.rvu!,1s, el de I'v·[arques de Cam¡,o, el de San Juan Bautisrn y la cre,Ki(ín de la Grnn Asoci,1ci0n de benefo.:L'11-cin Lfomicilioria de Nuestra Sell.ma de h; Desnm�>nrncbs, juntn ·J. remndd·c1Clones de edificius hen1�t'i­cos pCtblicos como la Cnsa de Beneficencia y b de Misericordia.

(>I Miembru muy activn den.tru de b u!igLH"quL.1 loc,1! , en la hcneficcnda asistencial. Fue miembro de b RSEAPV, director de l,1 Cas;-1 de Misericurdia en !·,1 déc:,1Ja Je kis 70, y de Ll l fr·:in Asc1ci:1cil'in de beneficencia domictliaria Je Nuestra Sell.urn de k1s Desnmpar;1dos de 189) a 1,:;;9)_

"' SERNA, (1980), p. 8 (16)


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