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Tratados de los delitos y las penas.

Date post: 24-Jan-2023
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I. TRAYECTORIA DELA TESIS PUNITIVA Todo empieza en un periodo donde la ley del tailon reina o común mente llamado “ojo por ojo y diente por diente”, con esto cada persona se valía por si misma para decidir la pena o el castigo al sujeto que haya cometido una falta moral a su sociedad o simplemente el mas fuerte o de mayor rango imponía con la violencia sus decisiones a cualquier persona. Toda esta clase de castigos inquisitorios se die ron generalmente en la era medieval, después vino el renacimiento que de alguna forma puso fin o logro un momento en que el daño de las penas innecesarias de disminuyera. Después de haber pasado un periodo con menos penas injustas en el renacimiento, viene a nosotros la edad moderna en la que volvemos o se vuelve a vivir un derecho represivo en toda la sociedad en general ya que por la fuerza de sus leyes o decretos imponen, como ya lo habíamos mencionado un sistema represivo en la que hay toda clases de penas, como el aprisionamiento de personas que no han cometido delitos, se le infringen castigos sin antes hacer una investigación o llevar a cabo un proceso para demostrar el crimen cometido, muerte civil sin motivos, fusilamiento de rehenes, toda la injusticia que en cierta forma ya se había suspendido en la era del renacimiento vuelve por la acción de minorías a la edad moderna. Todos estos sucesos despierta el interés del milanés Cesar Bonessana, marques de Beccaria, su idea central es el delito y la pena, de cómo a través de la concepción, de la forma de pensar del sigo XVIII vuelve a repercutir en el presente. A partir de los estudios de Beccaria se logró en nuevo derecho penal y como el lo decía “se hizo la escritura de bellas paginas que humanizaron la penología”.
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I.

TRAYECTORIA DELA TESIS PUNITIVA

Todo empieza en un periodo donde la ley del tailon reina ocomún mente llamado “ojo por ojo y diente por diente”, conesto cada persona se valía por si misma para decidir la penao el castigo al sujeto que haya cometido una falta moral a susociedad o simplemente el mas fuerte o de mayor rango imponíacon la violencia sus decisiones a cualquier persona. Todaesta clase de castigos inquisitorios se die ron generalmenteen la era medieval, después vino el renacimiento que dealguna forma puso fin o logro un momento en que el daño delas penas innecesarias de disminuyera.

Después de haber pasado un periodo con menos penas injustasen el renacimiento, viene a nosotros la edad moderna en laque volvemos o se vuelve a vivir un derecho represivo en todala sociedad en general ya que por la fuerza de sus leyes odecretos imponen, como ya lo habíamos mencionado un sistemarepresivo en la que hay toda clases de penas, como elaprisionamiento de personas que no han cometido delitos, sele infringen castigos sin antes hacer una investigación ollevar a cabo un proceso para demostrar el crimen cometido,muerte civil sin motivos, fusilamiento de rehenes, toda lainjusticia que en cierta forma ya se había suspendido en laera del renacimiento vuelve por la acción de minorías a laedad moderna.

Todos estos sucesos despierta el interés del milanés CesarBonessana, marques de Beccaria, su idea central es el delitoy la pena, de cómo a través de la concepción, de la forma depensar del sigo XVIII vuelve a repercutir en el presente. Apartir de los estudios de Beccaria se logró en nuevo derechopenal y como el lo decía “se hizo la escritura de bellaspaginas que humanizaron la penología”.

Beccaria observaba que generalmente la sanción, castigo opena no era dirigida contra el delincuente común, con lapersona que realmente había cometido los crímenes, sino quese le aplicaba a gente inocente, que para el sufren en carnepropia los hechos de otros o lo que es peor presuntos hechos,sin fundamentos para castigar a dicha persona, llevándonosasí a una injusticia.

II.

DE NUEVO, EL OCASO DEL DERECHO

Ya han transcurrido mas de tres décadas desde que Beccariaescribiera su obra lo que ha hecho que ya se haya olvidado,se hayan borrado esas paginas de humanización penológica acausa de nuestro mundo llenos de injusticias. Llegamos a unpunto donde en la amplitud de los crímenes, el odio, elllanto, donde la gente ya solo lucha por sobrevivir frente auna sociedad injusta y la arbitrariedad que existe. Son losmismos métodos que se empleaban en la edad media solo queahora se usan un poco mas disfrazados, como por ejemplo estala pena de muerte que sin mas ni menos se ejecutan sin previoproceso.

Las ideas o conceptos que ya se habían tomado comoimperecederos, que siempre se iban a regir por esosprincipios, vas desapareciendo y sustituyéndose por normas osistemas donde el proceso es a base de fuerza, miedo yterror. Se ejecutaba a la gente por el simple hecho de creeren el gran arquitecto del universo “Dios” eran sacrificados

solo por tener unas creencias distintas. Toda esta claseinjusticias no solo se quedo en el poder de la soberanía, seiba haciendo un circulo vicioso, un ejemplo de esto es enEspaña con los Durruti, Jover, Ascaso, García Oliver y otrosideólogos guiados por la anarquía, lo grave de sus métodos esque para llegar a cumplir su fin se requería privar a lapersonas de la vida, para ellos era el precio para dar con eltriunfo, para tener una nueva concepción de la justicia y unorden social mas justo, cuando se hacia todo lo contrario.

Se les ha llamado “iluminados de la violencia” a los quepredican el nuevo evangelio de la destrucción y el terror,atacando el orden constituido de creando su propia justiciarevolucionaria, como por ejemplo los terroristas, simplementese olvidan que la sangre llama a mas sangre nuevamentellevándonos al circulo vicioso, llegando a un momento en quepor reacción, la victima se convierte también en victimario.Adoptan sus propias creencias y normas que solo aplican porla fuerza, “los que hacen justicia por sus propias mano,vuelven al estado primitivo de la humanidad”.

III.

CESAR BONESSANA, MARQUES DE BECCARIA

Cesar Bonessana nació en Milán el 15 de marzo entre el año de1735 y 1738. En sus primeros años de su vida su padre Marquesde Beccaria, le implemento una fuerte disciplina. Bonessana

fue internado de un colegio de jesuitas, en Parma, en la cualestuvo ocho años cursando diversos estudios, principalmenteen matemáticas, aun en esa época sus estudios tenían que seren monasterios. Mientras tanto Beccaria inicia un movimientode rebelión contra el sistema punitivo imperante, más queotro motivo se debe al tratado de los delitos y de las penasa una reacción juvenil, Beccaria contaba con 25 años cuandoinicio su obra.

Cuando Bonessana tenía 22 años disputo con su padre conmotivo de su proyecto enlace consumado con Teresa De Blasco,la oposición fue tan violenta que su padre Beccaria solicitoy obtuvo el aprisionamiento de su hijo. Fue así que duranteel tiempo que permaneció preso que pudo darse cuenta laarbitrariedad del sistema penitenciario, “lo debo todo alibros franceses, ellos fueron los que desarrollaron en miespíritu los sentimientos de humanidad “con esto hacereferencia los ocho años que estuvo en el colegio dejesuitas. La obra de Helvecio fue su inspiración con fuerza,por el camino de la verdad y quien despertó mi atención antesque nadie sobre la guerra y los errores de la humanidad.

En ese entonces Beccaria hace un viaje a Francia, donde sereintegraría a su ciudad natal donde es asignado profesor deciencias en economía en 1768, posteriormente fue consejerodel supremos consejo de economía y mas tarde magistradocameral para, por ultimo poco antes de su muerte, sernombrado miembro de la junta por la reforma del sistemajudiciario civil y penal. Es desempeñado este cargo cuandofallece el 28 de noviembre de 1793 contando con 55 añosaproximadamente.

De Beccaria se ha dicho que no es un penalista, sino a losumo un publicista afortunado. Lo primero, desde luego, escierto, por que cuando se escribió “Dei Delitti e Delle Pene”no existía propiamente del derecho penal y al no ser su

creador, imposible es que se le de tal denomina miento.Beccaria no fue en realidad un científico, pero si uno deesos nobilísimos espíritus que sienten el dolor ajeno y lainjusticia humana.

IV

LA OBRA DE BECCARIA

La primera obra escrita por Beccaria, lo realizo cuandocontaba con 24 años de edad, lleva por titulo “Del disordineo dei remedi ella monete nello stato di Milano” que significadel desorden de la moneda y su remedio en el estado de Milán.

Su primera obra se trata de un breve estudio económico sobrela moneda en que se hace alusión a las diversas tarifas quese regían en ese entonces, y a la verdadera evaluación quedebería de establecerse.

En 1780 publica “Della riduzione delle misure de lunghezzaall uniformita per lo stato di Milano” donde aboga por elfraccionamiento decimal de las medidas, siendo un precursordel sistema métrico decimal, que habrá de aplicarse mas tardeen el mundo externo. En cuanto al derecho penal es necesarioestablecer su obra básica “De los delitos y de las penas”.Mientras que consagrado accidentalmente al campo del derechopenal ha de obtener en él fama imperecedera, en el de laeconomía, que constituyo sin lugar a duda su mayor y mejorespecialización.

Es curioso observar que, excepción hecha de pequeños estudiosde Dei Delitti, los restantes trabajos de Beccaria hanquedado incompletos, ellos afirma a quienes señalan al condede Verri como el verdadero autor de esta obra. Si bien lapopularidad de Beccaria se ha debido principalmente a suactividad como penalista, las últimas décadas han visto unarevalorización de sus investigaciones en el campo de laeconomía.

Las dificultades para valorar las contribuciones de Beccariaa la ciencia económica se ven agudizadas por el hecho de queen gran parte de tales trabajos se encuentra en los informesde carácter oficial, redactados en ocasión del cumplimientode sus funciones públicas.

V

“Dei Delitti E Delle Pene”

La obra Dei Delitti E Delle Pene fue escrita por CésarBonesana en 1764 y la primera edición fue publicadaanónimamente por Coltillini, ya que tenía el temor que fueraenjuiciado por la Santa Inquisición debido a las ideas quesostiene. El libro fue traducido a veintidós idiomas. Conrapidez esta obra se extendió en las capitales europeas.

Llega una carta escrita por Roederer dirigida a la hija deCésar Beccaria, la cual tiene como objetivo hacerle notar elgran hombre que es su padre y decirle que se hicieron

homenajes por los hombres más célebres de Francia. Tambiénle comentó que esta gran obra cambio el espíritu de losantiguos tribunales criminales de Francia. Puntualiza datosimportantes de la obra, los cuales señala que es fundamentalla razón a los problemas planteados, pero al mismo tiempo sedebe tener en cuenta los vicios, corregir errores y marcarorientaciones.

Las ideas de Montesquie se vieron reflejadas en elpensamiento de César Bonesana en esta obra, y también las deRousseau, materializando ese pensamiento dando por sentada laexistencia de un “Contrato Social” posterior al estado de lanaturaleza. Este concepto es lo que se ve plasmado a lolargo de Dei Delitti E Delle Pene. Por su parte elpensamiento de Rousseau nos dice que vivir en una sociedadimplica sanciones si no se acatan las reglas, siempre ycuando el poder social los juzgue necesarios. Respecto a losbeneficios, es válido gozar de ellos, siempre que uno mismocontribuya para ganarse dichos beneficios.

Beccaria no es un creador, sino el que hace adaptar susconceptos al medio., por lo que fue el primer promotor de laabolición de la pena de muerte, argumentando que esta no essuficiente para eliminar a ciertos delincuentes. Supensamiento se traduce en que surte mayor efecto una pena, nopor la intensidad, sino por la extensión que dure. El mayorejemplo para otras personas, no es el que muera el condenado,sino que por tiempo prolongado se vea privado de su libertad.

En las jaulas de hierro se termina la esperanza y la ilusióny la muerte se observar con serenidad y firmeza. El tiempo yel tedio son más insufribles que la violencia de los máscrueles dolores.

VI

ESTA EDICION “DE LOS DELITOS”

La primera edición de “De los Delitos” fue traducida por JuanAntonio de las Casas, bajo el seudónimo de Campomanes,cayendo en el Indice de los libros prohibidos hasta fin dediciembre de 1789. Se acogió esta obra en Italia y lesiguieron 32 ediciones.

En el año de 1955 en Buenos Aires se publica un estudiopreliminar de la obra y un año después en México, CostancioBernaldo hizo una buena traducción, precedida de un prólogo:Si volviera Beccaria…..

Diez años más tarde se publica una nueva edición en Madrid yen 1969 aparece la última edición.

NOTICIA SOBRE BECCARIA

César Bonesana, nació en Milán en 1735. Fue un joven de unarara sabiduría y saliendo del colegio anunció lo que iba aser: un amigo de la razón y de la Humanidad.

Manifesto su reconocimiento por los grandes escritores yfilósofos como son: Montaigne, Buffon, Rousseau, Montesquieu,Voltaire, El conde de Verri, entre otros.

Se casó y posteriormente concibió el plan de su gran obrainmortal, sobre los delitos y las personas. Esta obra fuemuy reconocida por el gobierno milanés. Beccaria. Realizóuna pequeña obra titulada “Pesquisas sobre la naturaleza delestilo”

A los 26 años concluyo la obra El Libro De los Delitos y delas Penas y el éxito fue creciendo a medida que fue conocido.

Tuvo la gran satisfacción antes de morir de que se cumplieransus deseos y que su libro fuera la salvaguardia de lasvíctimas de la justicia humana.

Ante de eso un fraile de Valombreuse lo atacó y altero suobra para acusarlo de ateo y de blasfemo pero el joven tuvola protección del conde Firmiani. Nuevamente fue atacada suobra por Linguet y lo calumnió diciendo que estaba tan malescrito, como débilmente pensado.

Sin embargo las críticas no nos han privado de su obramaestra. En algún momento dijo que los hombres son ingratosy que es muy peligroso ocuparse de su felicidad.

En el año de 1795 murió Beccaria a la edad de sesenta años deapoplejía

Las ideas de Beccaria han tenido gran repercusión en lalegislación penal de varios países.

Su obra parecería hoy superada, pero retoma gran importanciacuando se le examina en su totalidad.

PROLOGO DEL AUTOR

Tres son las vertientes desde donde se derivan los principiosmorales y políticos: La Revelación, La ley natural, y lospactos establecidos de la sociedad. Cada una de estas notiene comparación a su final, pero se asemejan en que lastres nos llevan a la felicidad de esta vida mortal.

Hay tres clases de vicio y de virtud: Religiosa, natural ypolítica. Estas tres clases no deben nunca tenercontradicciones entre sí.

Sería un gran error imputar cualquier delito a un escritorque considera las emanaciones del pacto social, el noadmitirlas antes del pacto mismo.

INTRODUCCION.

Las leyes deben ser pactos considerados de hombres libres yhan sido pactos de una necesidad pasajera, por lo que debendictados por desapasionado examinador de la naturalezahumana, es decir por alguien imparcial. Por ello son dichososlos países que logran llevar a cabo unas leyes que se hagancumplir.

Pocos han sido los ciudades de Europa que han examinadominuciosamente la severidad de las penas y no han servido denada que los sacrificados que se en la incertidumbre de susuerte, muevan los pensamientos de los magistrados avalorizar las penas.

Por ello, nos hacemos varias preguntas al respecto: ¿Es lapena de muerte, verdaderamente útil?, ¿Son justos lostormentos y las torturas? ¿Cuáles son los mejores medios deimpedir los delitos?, entre otras.

Todos estos problemas que aquejan a la sociedad, merecen unaexhaustiva meditación y reflexión.

Capítulo I

ORIGEN DE LAS PENAS

Las leyes se formularon a partir de que la gente estabacansada y harta de vivir siempre en un estado de guerra. Paraello, implementaron sanciones o mejor conocida como “motivos

sensibles” para los que delinquen contra las leyes y asígozar de una verdadera libertad.

Capítulo II

DERECHO DE CASTIGAR

Sobre la base de Montesquieu, de que un Soberano está en suderecho para castigar cualquier delito, sobre la premisa dedefender la salud pública, siempre cuando esté fundada enlas leyes máximas del hombre y que nunca se separe de ellas.

Se vieron en la necesidad de castigar para salvaguardar laintegridad de una sociedad, implementando castigos justos ytodo lo demás se define como abuso y no justicia.

Capítulo III

CONSECUENCIAS

El facultado a castigar recae en el Legislador, quienrepresenta a una sociedad y ningún magistrado (que es partede esa sociedad) puede ejercer o decretar a su voluntad uncastigo a un individuo de la misma sociedad, o bien, tampocopuede aumentar la pena o castigo a su consideración a ningúnciudadano.

Otra consecuencia es que si un miembro de una sociedadmantiene contrato con otro, se obligan a cumplirlo y elsoberano es el único que puede formar leyes para que lascumplan todos los miembros, pero nunca juzgar cuando alguienen particular violó el contrato y en caso necesario unatercer juez es quien decidirá las sentencias, las cuales soninapelables.

Capítulo IV

INTERPRETACION DE LAS LEYES

La interpretación de las leyes puede adjudicarse a losjueces, ya que por ninguna razón son Legisladores..

Lo implacable de la ley resulta de la buena o mala lógica deun juez, dependerá necesariamente la su carácter, flaqueza,entereza y decisión, así como de todos los panoramas posiblesque se le presenten como pruebas. Se ven innumerables casosen los que el ofendido tiene un juicio con falsos raciociniosante la interpretación confusa de un juez.

Sin embargo, un códice fijo de leyes que se observen al piela de la letra permitirá un juicio y raciocinio que no dejamás facultad al juez que examinar y juzgar bajo los preceptosde la ley.

SUPLEMENTO AL CAPITULO IV

En las primeras sociedades, los hombres en la época creyeronque tenían visualizado y examinado todos los casos y quetenían todas las mejores leyes y dejaron claro que dichasleyes serían irrevocables y prohibieron todo examen minuciosode ellas y muchos impusieron la pena de muerte a quienintentara alterarlas. Alguno que quisiera proponer un cambioa las leyes, lo tenía que presentar a la asamblea del pueblo,pero tenía que ir con una soga al cuello y no autorizaban talpropuesta, inmediatamente le ahogan con la cuerda.

Capítulo V

LA OSCURIDAD DE LAS LEYES

Cuando la interpretación de las leyes no es clara, mayor esla consecuencia que se arrastra con ello, es decir entremayor sea el número de los que entienden el códice de lasleyes, serán menores los delitos que se cometan.

Las leyes deben ser escritas para que la sociedad lo tomecomo una manera fija de gobierno.

Capítulo VI

PROPORCION ENTRE LOS DELITOS Y LAS PENAS

Más fuertes deben ser los motivos que retraigan a los hombresde los delitos, a medida que son contrarios al bien público,y a medida de los estímulos que los inducen a cometerlos.Debe por esto haber una proporción entre delitos y las penas.

Si la geografía fuese adaptable a las infinitas y oscurascombinaciones de las acciones humanas, debería haber unaescala correspondiente de penas. Y en caso de haber unaexacta y universal escala de las penas y de los delitos,tendríamos una probable medida de los grados de tiranía ylibertad.

Las pasiones de un siglo son la base de la moral de lossiglos que le siguen, es por eso que las nociones de honor yvirtud se ven modificadas con el tiempo.

Capítulo VII

ERRORES EN LA GRADUACION DE LAS PENAS

Los más conveniente sería hacer una ley para cada ciudadanoen particular, según el daño, ya que algunas veces loshombres causan un mayor daño que tienen la menor intención yviceversa, algunos hombre con la peor intención causan elmenor daño.

Por otro lado, algunos piensan que la gravedad del pecado seaconsiderado por la medida o graduación de los delitos.

Otros más miden la dignidad de una persona ofendida que porla importancia del delito.

Capítulo VIII

DIVISION DE LOS DELITOS

Tenemos claro que la verdadera medida de los delitos es eldaño hecho a la sociedad.

Se deben examinar y diferenciar los diferentes tipos dedelitos y con ello imponer el modo de castigarlos, pero aveces existen panoramas muy diferentes o diversascircunstancias tanto de época y siglo, como de lugar lo quehace formar un criterio desagradable.

Algunos delitos destruyen a la sociedad o quien larepresenta, otros son los delitos mayores, que se llaman IesaMajestad.

En general, cualquier delito, aunque sea privado ofende a lasociedad, pero no todos los delitos imperan en la inmediatadestrucción de ella.

Capítulo IX

DEL HONOR

Existe una contradicción entre las leyes civiles o bienes decada ciudadano y las leyes de que se llama honor, está haservido para fundar brillantes razonamientos. Las primerasleyes y magistrados nacieron para reparar los desórdenes deldespotismo de cada hombre, lo cual quería decir que era elúnico medio de obtener de los otros bienes y separar de sílos males que no eran suficiente para las leyes.

Por ello, en la libertad extrema política y el de extremadependencia desaparecen las ideas de honor.

Capítulo X

DE LOS DUELOS

Los duelos privados vienen de la necesidad de impartirjusticia y bajo la anarquía de las leyes. Esta costumbretiene como fundamento no al temor de la muerte, sino al honorde un hombre o a ser el blando de los insultos y de lainfamia. En estos duelos se veían más en la nobleza, ya quela plebe aparte de estar desarmados no se veían con recelo ysospecha como en la nobleza.

Capítulo XI

DE LA TRANQUILIDAD PUBLICA

Entre otros delitos están los que alteran la tranquilidadpública y en consecuencia la paz de los ciudadanos. En ellospodemos nombrar a las huelgas en los pasos públicos, lossermones donde acude la muchedumbre o una gran masa de

hombres. En estos actos públicos, se pueden ver guardiassiempre protegiendo la Nación.

Es en estos actos en donde el magistrado debe obrar bajo laley para todos los ciudadanos, ya que si no la cumple, abrela puerta a la tiranía.

Capítulo XII

FIN DE LA PENAS

El fin de las penas no es afligir a una persona sensible ydeshacer un delito que ya cometió, sino impedir que vuelva acausar otro daño a los ciudadanos y se le haga cumplir laley, así como se le impondrá un castigo de acuerdo a sudelito.

Capítulo XIII

DELOS TESTIGOS

Cualquier hombre racional y fiel a sus ideas puede sertestigo y solo el interés que tiene en decir o no la verdad.En cada caso siempre debe haber mas de un testigo, ya queprevalece el derecho de cada quien a que sea creído o no. Enalgunos casos hay hasta tres testigos.

Capítulo XIV

INDICIOS Y FORMAS DE JUICIOS

En un caso cuando se presentan pruebas dependientes una de laotra, es menor la probabilidad de un indiciado, porque elantecedente que faltaría en la primera prueba, seguramente

faltaría en la segunda, ya que dependen de una sola y cuandolas pruebas son totalmente independientes, tienen mayorprobabilidad, ya que una prueba no influye en otra.

Para buscar las pruebas de un delito se necesita muchahabilidad y destreza.

Capítulo XV

ACUSACIONES SECRETAS

Existen acusaciones secretas y en muchas naciones admitidascomo necesarias, costumbre tal, que hace a los hombresfalsos. Por lo tanto cualquiera que ve en otra persona a undelator, ve en él a un enemigo. Por lo consiguiente loshombres se acostumbran a ocultar sus propios dictámenes yesconderlos, lo que los hace hombres sin principios, pensandosiempre en ocultarse o salvarse de otros hombres, volviéndoseinseguros y pasan el resto de su vida en incertidumbre.

Capítulo XVI

DEL TORMENTO

Mientras se realiza un proceso a algunos reos se le torturapara obligarlo a confesar un delito o para dar con elparadero de cómplices.

Un hombre no se le puede llamar reo cuando no existesentencia por parte de un juez, sin hasta que se tenga lacerteza para imponer una pena.

El fin político de las penas es demostrar terror a otroshombres. También queda claro que todo delito público no quedesin castigo.

Es abominable que el motivo de una tortura a un hombrejuzgado por una infamia con tal de librarse de ella, confirmela verdad con la dislocación de sus huesos. La torturaocasiona una infamia a quien la padece y después de estemétodo se quitará la infamia, pero causando otra infamia.

Otro motivo de tormento que se da a los reos es cuando caenen contradicciones, como si fuera esto una certeza paraenjuiciar, ya que normalmente se cae en dicha contradicciónpor la misma presión o temor.

Cuando una persona es inocente y es sometido a tortura, sellamará reo si cree que con esto van a dejar de atormentarlo.No hay ciudad, país o nación en donde no se presenten actosde tortura. En todo examen de un reo es difícil conocer laverdad, lo que hace más difícil de conocer a una personatorturada.

Un inocente se hace de peor condición que un reo, ya que elprimero confiesa el delito y es condenado, pero el reoresiste a la tortura y es absuelto como inocente y cambia unapena mayor por una menor.

Capítulo XVII

DEL ESPIRITU DE FISCO

El juez era más bien un abogado del fisco o un agente delerario fiscal, más que un protector y ministro de las leyes.Por lo tanto el confesarse delincuente era confesarse deudordel fisco.

Capítulo XVIII

DE LOS JURAMENTOS

Existe una contradicción entre las leyes respecto a losjuramentos que se piden a los reos, que diga la verdad cuandoel mayor interés es en encubrirla y que no sea juzgado. Unreo no va a jurar y contribuir a su destrucción.

Capítulo XIX

PRONTITUD DE LA PENA

Se considera la cárcel como custodia de un ciudadano hasta noser declarado reo y esta custodia debe durar lo menosposible y no puede ser más que la necesaria, bien paraimpedir una fuga o para que no se oculten pruebas de losdelitos, por lo que el proceso debe ser lo más breve posiblepero sobre todo debe ser eficaz.

Cuando se hace con prontitud, menor el es tiempo entre lapena y el delito y es más fuerte el ánimo entre estas dosideas delito y pena.

Capítulo XX

VIOLENCIAS

No hay libertad cuando a veces las leyes permiten que unapersona se convierta en una cosa.

Capítulo XXI

PENAS DE LOS NOBLES

Las penas de los nobles deben ser exactamente igual acualquier ciudadano, no debe haber desigualdad en cuanto alos procesos y no debe haber distinción alguna.

Capítulo XXII

HURTOS

En caso de hurto sin violencia, se debe castigar con penapecuniaria. Pero cuando la pena es con violencia la penadeber ser igualmente mixta, tanto corporal como servil.

Capítulo XXIII

INFAMIA

Quien declara infames a las acciones, disminuye la infamia delo que es verdadero, ya que una infamia es una señal de ladesaprobación pública y priva al reo de los votos públicos.

Capítulo XXIV

OCIOSOS

El que altera la tranquilidad pública y no obedece las leyesdebe ser excluido de la sociedad. Se llama ocio político aaquel que no contribuye a la sociedad ni con su trabajo ni

con la riqueza, por ello las leyes deben definir cuál ocio esdigno de castigo.

Cuando un ciudadano de un atroz delito, no concurre lacertidumbre, pero si gran probabilidad de haberlo cometido,deberá aplicarse la pena de destierro.

Capítulo XXV

DESTIERROS Y CONFISCACIONES

A una persona que es desterrada de la sociedad, deberá serprivado de todos sus bienes. Las confiscaciones hacen sufriral inocente la pena del reo y conducen a los inocentes a ladesesperada necesidad de cometer los delitos.

Capítulo XXVII

DULZURA DE LAS PENAS

La atrocidad de las penas hace que se ponga mayor esfuerzo enevitarlas o eludirlas o hacen que se cometan muchos delitos,para huir la pena de uno solo.

Cuando los castigos son más crueles, los ánimos de loshombres se endurecen. Para que una pena surta efecto, bastaque el mal de la pena, exceda al bien que nace del delito. Laimpunidad nace de la atrocidad de los castigos.

Capítulo XXVIII

DE LA PENA DE MUERTE

Esta pena nunca ha hecho mejores hombres. No hay necesidadalguna de destruir a un ciudadano, a menos que su muertefuera el único que frene a otros a cometer delitos.

No es lo intenso de la pena, sino su extensión de la misma.No ha sido el freno contra los delitos, ya que con serprivado de su libertad, recompensa de alguna manera a lasociedad ofendida.

Para que una pena surta efecto debe ser justa y no debe serintensa a menos en los casos que lo ameriten separar a loshombres de los delitos.

Cualquier ejemplo de pena de muerte que se da a la naciónsupone un delito, y en la pena de esclavitud perpetua, unsolo delito da muchísimos y durables ejemplos.

Capítulo XXIX

DE LA PRISION

La prisión es una pena que se debe dar cuando precede a undelito. Cuando existe pruebas suficientes y el cuerpo deldelito, son causas que ameritan prisión, pero estas penasdeben establecerse por la ley y no por los jueces.

Cuando un hombre es acusado de un delito, preso yposteriormente absuelto, no deberá tener nota alguna deinfamia.

Las penas no deben ser proporcionadas a los delitos entre síen la fuerza, sino también en el modo de ejecutarse. El

derecho de hacer castigar no es de un solo ciudadano o delsoberano.

Capítulo XXX

PROCESOS Y PRESCRIPCIONES

Una vez que se conocen las pruebas del delito se le da al reoel tiempo oportuno para justificarse, pero el tiempo debe serbreve para que no perjudique la prontitud de la pena. Lasleyes deben fijar el tiempo para la defensa del reo, perocuando el delito es atroz y si está probado, no debe deprescribir dicho delito, pero los delitos que sean leves yaun no sean probados debe haber prescripción.

Con ello deberá disminuir el tiempo de examen y aumentar elde la prescripción, pero no dejando de lado la clase dedelitos, que pueden ser mayores o menores.

En el cado de un acusado de quien no se tenga la certeza desu inocencia, se le debe volver de nuevo a la prisión ysujetarse a nuevos exámenes si aparecen nuevos indiciosseñalados por la ley, hasta que haya pasado el tiempo a laprescripción de su delito.

Capítulo XXXI

DELITOS DE PRUEBA DIFICIL

Hay algunos delitos que son frecuentes en la sociedad y sonde prueba difícil y por lo tanto tiene lugar a la inocencia.Por lo tanto vemos que los adulterios, el deleite griego sondelitos de prueba tan difícil. Este tipo de delitos se tienela dificultad de la prueba y se tiene lugar a la probabilidadde la inocencia, llegando a la impunidad.

Capítulo XXXII

SUICIDIO

Al delito de suicidio una vez cometido, es imposibleaplicarle pena y el hacerlo antes es castigar la voluntad delos hombres, no sus acciones.

Así aunque el suicidio sea una culpa que Dios castiga, porquesólo él puede castigar después de la muerte, no es un delitopara con los hombres, puesto que la pena en lugar de caersobre el reo mismo, cae sobre su familia.

Capítulo XXXIII

CONTRABANDOS

El contrabando es un delito que afecta al Soberano y a lanación pero su cometido no produce infamia en la opiniónpública. Las consecuencias del contrabando hacen impresionessobre los hombres, no ven el daño que pueden hacer, pero sigozan de sus utilidades.

Capítulo XXXIV

DE LOS DEUDORES

El fallido fraudulento debería ser castigado con la mismapena que el monedero falso, porque falsificar es un mayordelito de las obligaciones. Pero el fallido inocente porquédebería ser encerrado y privado de su libertad?, ya que porla malicia de otros o por su desgracia le han despojado desus bienes

Capítulo XXXV

ASILOS

Las leyes deberían seguir a todo ciudadano como su sombra, yaque los asilos a otros países no son justos y cualquierciudadano debe pagar por un delito y no refugiarse en laimpunidad y los reos entre naciones deben entregarserecíprocamente.

Capítulo XXXVI

DE LA TALLA

Se pone en tela de juicio si es justo señalar un precio alque entregue la cabeza de un hombre declarado reo. En vez deevitar un delito hace hacer otros tantos.

Capítulo XXXVII

ATENTADOS, COMPLICES, IMPUNIDAD

Todo delito merece un castigo y la importancia de estorbar unatentado autoriza la pena. También cuando haya cómplicesdeberán tener una pena. Algunos tribunales ofrecen impunidadal cómplice de un grave delito y que descubra a los otrospero esto todavía esta en debate.

Capítulo XXXVIII

INTERROGACIONES SUGESTIVAS Y DEPOSICIONES

Las leyes reprueban el proceso de las interrogaciones que sellaman sugestivas. Estas, según los criminalistas, deberabrazar y rodear el hecho espiralmente, pero nunca dirigirsea él por la línea recta.

Si una interrogación especial hace confesar a un reto, contrael derecho de la naturaleza, se conseguirá más fácilmente losdolores, pero los hombres se gobiernas más por la diferenciade los hombres, que por la que resulta de las cosas.

Capítulo XXXIX

DE UN GENERO PARTICULAR DE DELITOS

Debe haber una uniformidad de pensamientos para la correctaaplicación de las leyes en cuanto a los delitos.

Capítulo XL

FALSAS IDEAS DE UTILIDAD

Se consideran falsas ideas de los legisladores que anteponenlos inconvenientes particulares al inconveniente general, nollegando a la razón.

Capítulo XLI

COMO SE EVITAN LOS DELITOS

Es mejor evitar los delitos que castigarlos esta es lapremisa. Pero desafortunadamente las leyes por si solas no

pueden impedirlos y prohibir a una muchedumbre de accionesindiferentes no es evitar los delitos, sino crear otrosnuevos. Esto sería privar al hombre de sus sentidos y esimposible.

Pero si queremos evitar los delitos, hay que hacer que lasleyes sean claras y simples y que toda la fuerza de la naciónquiera defenderlas y hacer que los hombres las teman.

Capítulo XLII

DE LAS CIENCIAS

Los progresos en la ciencias contraponen muchos dictámenes.Por ello, no es cierto que las ciencias sean siempre dañinasa la sociedad, ya que gracias a ellas se dio paso a lafilosofía y a un mejor entendimiento, en esta caso de lasleyes.

Capítulo XLIII

MAGISTRADOS

Otro paso importante para combatir los delitos es que losMagistrados estén más interesados en la ejecución de lasleyes que a su corrupción. No permitir las quejas injustasde los que se juzgan ofendidos.

Capítulo XLIV

RECOMPENSAS

Otro medio de evitar los delitos es recompensar la virtud delos ciudadanos.

Capítulo XLV

EDUCACION

Por último, el medio más eficaz para evitar los delitos esperfeccionar la educación, es guiar a la juventud al caminofácil del dictamen.

Capítulo XLVI

DEL PERDON

Se resume en algo muy sencillo: “A media que las penas sonmás dulces, la clemencia y el perdón no menos necesarios”.Pero hay que considerar que la clemencia es virtud solamentedel legislador y fomentar la impunidad.

Capítulo XLVII

CONCLUSION

A medida que los ánimos se hacen más suaves y livianos en elestado de sociedad, crece la sensibilidad y creciendo ésta,disminuye la fuerza de la pena.


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