MONOGRAFIAEL SEGURO REGULAR
INTEGRANTES
MAYTA NINAHUAMAN EVELYNRAMOS HERRERA ERIKA
DOCENTE:ARROYO MORALES ROSA VICTORIA
Ciclo:VI
Lima – Perú2015
El Seguro Regular
DEDICATORIA
Este trabajo está dedicado a Dios quien
nos guía en todo lo que hacemos y da
fuerzas para seguir luchando en la vida, y a
nuestros queridos padres, por brindarnos
su apoyo incondicional día a día y al
docente por educarnos con esfuerzo y
entusiasmo, para lograr nuestros objetivos
y agradecerle por su dedicación.
USMP – FCCEF Página 2
El Seguro Regular
INDICE
INTRODUCCIÓN.............................................................................................................4
CAPITULO I.....................................................................................................................6
LA SEGURIDAD SOCIAL................................................................................................6
1.1. PROBLEMÁTICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL..................................................6
1.2. ACCESO A SERVICIOS DE SALUD....................................................................7
1.3. DEFINICIONES DE SEGURIDAD SOCIAL:.......................................................11
1.4. EL DERECHO SOCIAL Y SU IMPORTANCIA EN LA SOCIEDAD....................12
1.5. OBJETIVOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL:.......................................................12
1.6. AMBITO DE APLICACIÓN:................................................................................13
1.7. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL:.....................14
1.8. CAMPO DE ACCION DE LA SEGURIDAD SOCIAL :........................................15
CAPITULO II..................................................................................................................16
EL SEGURO REGULAR...............................................................................................16
2.1. EL SEGURO REGULAR DEFINICION...............................................................16
2.2. ESSALUD...........................................................................................................16
2.3. SON ASEGURADOS DEL SEGURO REGULAR…...........................................18
2.4. REGISTRÓ DE ENTIDAD EMPLEADORA........................................................18
CAPITULO III.................................................................................................................35
CONCLUSIONES..........................................................................................................35
RECOMENDACIONES.................................................................................................36
BIBLIOGRAFÍA..............................................................................................................37
ANEXOS........................................................................................................................38
USMP – FCCEF Página 3
El Seguro Regular
INTRODUCCIÓN
Mediante el presente trabajo monográfico se pretende hacer una revisión
bibliográfica sobre el seguro en sentido global, desde sus inicios, hasta la
actualidad. Para ello, es necesario entender que el contrato de seguro, es
aquel mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de
una suma de dinero, conocida como prima, a indemnizar a otra llamada
asegurado o a la persona que este designe, por un perjuicio o daño que pueda
causar un suceso incierto.
A partir de este concepto podemos establecer que los sujetos que intervienen
en el contrato de seguro son: el asegurador, el asegurado y el beneficiario.
Dentro de la actividad económica general, la que se deriva de
las operaciones aseguradoras se enmarca dentro del sector servicios.
El servicio que justifica la existencia de la actividad aseguradora es el de
"seguridad", y como cualquier otro responde a una necesidad: la de
protección frente a la posibilidad de que por azar se produzca un evento,
futuro e incierto, susceptible de crear una necesidad patrimonial. En otras
palabras, la necesidad de protección frente al riesgo.
El contrato de seguro: es consensual, bilateral y aleatorio. Es consensual
porque se perfecciona por el mero consentimiento de las partes y produce sus
efectos desde que se ha realizado la convención; es bilateral toda vez que
origina derechos y obligaciones recíprocas entre asegurador y asegurado, y es
aleatorio porque se refiere a la indemnización de una pérdida o de un daño
producido por un acontecimiento o un hecho incierto, pues no se sabe si se va
USMP – FCCEF Página 4
El Seguro Regular
a producir y en el caso contrario – como ocurre con la muerte – no se sabe
cuándo ello ha de acontecer.
Los Beneficios Pensionarios en el Perú nacen desde la concepción de que los
trabajadores durante sus años de actividad laboral realizan aportaciones a
diferentes sistemas pensionarios con la finalidad de que en un futuro puedan
gozar de beneficios que le permitan tener una vida digna.
Los objetivos de nuestra investigación son el de poder conocer primero en qué
estado se encuentra el sistema de seguros del Perú y seguidamente analizar la
situación actual de la atención y el derecho de salud en el Perú.
La principal importancia de este estudio es poder sacar nuestras propias
conclusiones de cómo se desenvuelve el sistema del seguro regular que da
ESSALUD, como conocer a quienes está destinado y los pasos a seguir para
obtenerlo, y sobre todo quienes pueden tener acceso ale.
Justificamos nuestro trabajo a la necesidad de que conozcamos más sobre el
tema muy importante en la actualidad ya que muchas personas no pueden
acceder a este seguro o tienen dudas de como poder utilizarlo o gestionarlo.
Este trabajo está dividido en una parte introductoria que habla del tema de
estudio con sus objetivos e importancia, luego está dividido en 2 capítulos en lo
cual se da una amplia información sobre el tema, finalizando en un grupo de
conclusiones a criterio grupal, y dejando unas pequeñas recomendaciones
acordes a la exigencia del tema.
USMP – FCCEF Página 5
El Seguro Regular
CAPITULO I
LA SEGURIDAD SOCIAL
1.1. PROBLEMÁTICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
El desarrollo económico en un país implica avanzar hacia sociedades
integradas que potencien la formación del capital humano, generen
empleo productivo y espacios de participación ciudadana. En este marco,
la protección social debe operar con enfoque universal, eficiencia en el
uso de recursos, solidaridad en sus criterios y capacidad para articular
urgencias de corto plazo, con inclusión social a futuro.
La exclusión en salud, definida como la falta de acceso de algunos
individuos y/o grupos de la sociedad a las oportunidades, bienes y
servicios de salud que otros miembros de la sociedad disfrutan, es un
problema que, en sus diferentes manifestaciones, afecta a un elevado
porcentaje de habitantes del mundo, esta exclusión tiene consecuencias
sobre la duración y calidad de vida de las personas, sus familias y sus
comunidades, pero además, afecta de manera crucial la capacidad de los
países para generar riqueza y mejorar las condiciones de vida para todos
sus habitantes.
“Cuando las personas o las familias no encuentran los medios para
resolver de manera adecuada sus problemas de salud y a causa de ello
se encuentran inhabilitadas de generar sus propios medios de
USMP – FCCEF Página 6
El Seguro Regular
subsistencia y aportar a la vida diaria de su comunidad, sus problemas de
salud dejan de ser personales y se convierten en un problema colectivo,
lo que impacta la economía de los países y puede causar estragos en el
funcionamiento de las instituciones y de la sociedad en su conjunto.”
(Andersson, Acuña, y Rosenberg, 2006:3).
“Los retos que hoy enfrentan los sistemas de salud en América y
particularmente el Perú, obedecen a diferencias y carencias históricas y a
la dificultad de adecuarse a los cambios generados por la demanda a raíz
de las dinámicas demográficas, epidemiológicas y tecnológicas, que
requieren nuevas prestaciones y tratamientos, lo que incrementa los
costos y gastos en dichos servicios y por consecuencia limita la cobertura
efectiva y uso de servicios de salud adecuados, acceso real a servicios
oportunos y de calidad, existe escasez de recursos humanos y
financieros, problemas de gestión, etc.” González, (2007).
1.2. ACCESO A SERVICIOS DE SALUD
En el Perú hasta la década del setenta existía exclusión de servicios de
salud de amplios sectores de la población, como consecuencia de su
marginación ciudadana, ya que fue a finales de esa década en que se
instituye la universalidad de los derechos ciudadanos en la constitución
política del país. Incluso la constitución vigente es contradictoria e
insuficiente en la institución de derechos en salud; así, establece que la
seguridad social es universal pero a la vez progresiva y que el Estado
sólo garantiza el libre acceso a los servicios, restringiendo la ciudadanía a
una condición de clientes de servicios en un libre mercado, sin instaurar el
derecho a la atención de salud.
Es por ello, que el desarrollo de los servicios primarios recién se inicia
desde esa década; sin embargo, un serio problema era la escasez de
personal en los establecimientos rurales, especialmente de profesionales,
debido a la falta de asignación de plazas; los establecimientos
funcionaban con personal no profesional y con poco entrenamiento. Es
USMP – FCCEF Página 7
El Seguro Regular
recién en la década del noventa que se dota de profesionales a estos
establecimientos; sin embargo, la cobertura de atención primaria ha
crecido lentamente, 26 con limitaciones en los ámbitos rurales a pesar de
la importante expansión de infraestructura producida.
El Misnisterio de Salud (2014) establece que: “Sólo una cuarta parte de la
población tiene un seguro de salud: 20.1% en ESSALUD (seguro público);
2% en seguros privados y 1.3% en la sanidad militar o policial; habiendo
decaído la cobertura discretamente en la última década. Esto ocurre
debido a la gran informalidad en el empleo y a la pobreza extendida,
porque el aseguramiento depende de contribuciones en la planilla de
pago de los trabajadores. A este problema hay que agregar que sólo el
57% de los asegurados en ESSALUD usa sus servicios de atenció n
ambulatoria. Por su lado, las Entidades Prestadoras de Salud (EPS), de
carácter privado y creadas en 1998 con la “modernización de la seguridad
social”, tienen una cobertura insignificante (1.3%).”
En 1998, el gasto total del sector salud fue de US $ 2,651.2 millones,
representando US $100 por habitante y el 4.4% del PBI, menor al
promedio de América Latina y el Caribe (7.2%).
Sin embargo, este gasto no es equitativo; así, mientras que ESSALUD
asigna US $ 108 por asegurado, los seguros privados efectúan un gasto
de US $ 200. Del total del gasto, 63% se dedica a servicios de salud, 32%
a medicamentos y 5% a inversión. La distribución por prestador fue la
siguiente: 27.9% en el Ministerio de Salud; 0.4% en otro servicio público;
25.1% en ESSALUD; 3.8% en la sanidad militar y policial; 20.3% en el
sector privado y 22.5% en las farmacias. Ministerio de Salud (2014)
Actualmente el sistema de salud peruano es fragmentado, desorganizado
e injusto, organizado en función de la condición social de los grupos
sociales, existiendo atención y gastos marcadamente diferenciados y una
gran iniquidad en la distribución del subsidio público, que margina a los
grupos más desposeídos; lo que obedecía a un estado excluyente que
establecía categorías de ciudadanos con derechos diferenciados. El
USMP – FCCEF Página 8
El Seguro Regular
problema de la exclusión en salud es también compartido en otras áreas
como educación, justicia y demás derechos de carácter social y político.
Esta organización del sistema de salud tiene consecuencias importantes:
Existe una importante derivación del subsidio público hacia los otros
subsectores: el 21.5% de los asegurados en ESSALUD, el 29.3% de los
asegurados de pólizas privadas individuales, el 14.2% de los de póliza
privada colectiva y el 13.5% de los de la sanidad militar y policial usan los
servicios del MINSA.
Los servicios del MINSA constituyen el principal proveedor para todos los
grupos socioeconómicos, especialmente de los más pobres (quintiles I, II
y III), siendo para el más pobre casi el único. ESSALUD cubre a los
quintiles III, IV y V, al igual que los establecimientos privados.
Existe un serio problema de acceso a servicios de salud para los pobres,
en especial en zonas rurales, pese a tener mayores necesidades de salud
por presentar mayor morbimortalidad, debido a su escasa capacidad
adquisitiva y la carencia de un seguro de salud.
Sin embargo, el acceso a los hospitales del MINSA es perverso: éste se
incrementa de acuerdo al nivel de ingreso, mientras que disminuye para la
atención primaria. En la práctica existen dos modelos de atención: uno
basado en atención primaria para los más pobres y otro hospitalario de
mayor gasto y que concentra la mayor parte del subsidio público para la
población de ingresos medios y altos. Así, el 75% del subsidio al quintil de
mayores ingresos de las zonas urbanas es para atención hospitalaria,
siendo mayor que el otorgado a las zonas rurales.
Situación de salud
La salud de la población peruana es un reflejo de su realidad social: se ha
alcanzado una importante mejora en algunos indicadores de salud del
país, sin embargo, las grandes diferencias que enmascaran los promedios
nacionales ocultan las inequidades existentes en la salud. La mayor o
menor probabilidad de muerte y enfermedad está en función de factores
USMP – FCCEF Página 9
El Seguro Regular
como el estrato socioeconómico, la condición de ruralismo, el género y el
nivel educativo en que se encuentren las personas y las comunidades.
Así, en las últimas décadas se ha producido una mejoría en la salud de la
población peruana, debido al proceso de urbanización, al aumento del
nivel de instrucción y acceso a servicios de saneamiento básico, los
cambios en los estilos de vida de la población, los cambios demográficos
y el desarrollo de servicios en el primer nivel de atención. Este último
permitió incrementar el acceso de grupos marginados a ciertos servicios
de salud y mejorar algunos indicadores de salud, en especial la
mortalidad infantil de las zonas urbanas, mediante el control de las
enfermedades diarreicas e inmuno-prevenibles; sin embargo, en las
zonas rurales persisten altas tasas de mortalidad infantil, perinatal y
materna (que no se ha modificado sustancialmente en las últimas dos
décadas.)
Sin embargo, considerando el contexto latinoamericano, la situación de
salud en el Perú es bastante insatisfactoria e inicua, comparada con
países de similar o inclusive menor desarrollo económico. Así, la
mortalidad infantil en el Perú es una de las más altas de América Latina,
sólo superada por la República Dominicana, Nicaragua, Bolivia y Haití,
países con un ingreso per cápita bastante menor; aquellos países con un
ingreso per cápita similar al de Perú tienen tasas mucho menores: la
mitad en Colombia, cuatro veces menor en Costa Rica y cinco veces
menor en Cuba. Asimismo, en las últimas décadas la razón de muerte
materna no ha variado sustancialmente en el país, siendo de 185 por
100,000 nacidos vivos entre 2005 y el 2014, una de las más altas de
América Latina, sólo superada por Haití y Bolivia; aquellos países con
similar ingreso per cápita tienen tasas mucho menores: la cuarta parte en
Colombia y cinco veces menor en Costa Rica y Cuba.
Adicionalmente, la situación de la salud del Perú es muy heterogénea,
existiendo grandes diferencias relacionadas con el nivel de pobreza. Las
desigualdades sociales, las malas condiciones de vida y el escaso acceso
USMP – FCCEF Página 10
El Seguro Regular
a servicios explican las enormes brechas que existen entre la población
urbana y la rural.
1.3. DEFINICIONES DE SEGURIDAD SOCIAL:
La Seguridad Social es entendida y aceptada como un derecho que le
asiste a toda persona de acceder, por lo menos a una protección básica
para satisfacer estados de necesidad. Es así como la concepción
universal respecto del tema ha llevado a cada nación a organizarse con el
objeto de configurar variados modelos al servicio de este objetivo.
En este contexto siempre se concibió al Estado como el principal, si no el
único promotor de esta rama de la política socioeconómica puesto que los
programas de seguridad social están incorporados en la planificación
general de este. Sin embargo, no siempre se logró a través de tales
políticas desarrollar e implementar un sistema de seguridad social justo y
equitativo, en el cual la persona tuviera la gravitación que amerita. Se
suma a ello el vertiginoso avance de la economía mundial. En otras
palabras, no hubo un desarrollo paralelo de ambas áreas, condición vital
para lograr un crecimiento equilibrado.
Es un sistema de seguros perteneciente al Estado que proporciona
recursos financieros y servicios médicos a las persona impedidas por
enfermedad o por accidente. Los sistemas sanitarios se coordinan a
menudo con otros mecanismos de seguridad social como programas de
pensiones de subsidio al desempleo y de compensaciones laborales.
El Departamento de Seguridad Social de la Oficina Internacional del
Trabajo (OIT), Ginebra, en conjunto con el Centro Internacional de
Formación de la OIT, con sede en Turín y la Asociación Internacional de
la Seguridad Social (AISS), en Ginebra publicaron en 1991 un interesante
documento titulado "Administración de la seguridad social". De este
documento se transcribe una definición de Seguridad Social ampliamente
aceptada que es la siguiente:
USMP – FCCEF Página 11
El Seguro Regular
"Es la protección que la sociedad proporciona a sus miembros
mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones
económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la
desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de
enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad
laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte y también la
protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las
familias con hijos". Fajardo M. (1980)
1.4. EL DERECHO SOCIAL Y SU IMPORTANCIA EN LA SOCIEDAD
En los puntos anteriores, se conceptuó el Derecho Social como un
derecho de integración y de una comunidad, diferente al Derecho Privado
que regula las relaciones entre particulares y del Derecho Público donde
aparecen vínculos del Estado y los particulares; ya Mendieta y Núñez, lo
definen como un derecho de clases y grupos protegidos frente al Estado,
frente a otros grupos y clases y frente a la misma sociedad.
También se señaló en párrafos anteriores que el Derecho Social son
disposiciones que benefician a los económicamente débiles, a las clases
desprotegidas, por lo que en toda sociedad actual se requiere del
Derecho Social para establecer un conjunto normativo especifico, que
contribuya a la obtención del bien común y de justicia social, que permita
a esa sociedad igualdad de oportunidades de desarrollo para todos sus
miembros, independientemente de la situación económica, cultural y
social.
En el momento que el Estado reconoce un derecho y se obliga a
protegerlo, se debe hacer la distinción en la nomenclatura que recibirá a
partir de ese momento tal derecho, pues pasará de ser un derecho
humano a ser un derecho fundamental (en el caso peruano una garantía
individual) pues se recogerá tal derecho en el texto constitucional,
sufriendo el proceso de transformación de derecho humano a derecho
fundamental, que en realidad hablamos de derechos humanos
USMP – FCCEF Página 12
El Seguro Regular
constitucionalizados, en donde el Estado queda vinculado al mismo, en la
medida que es responsable de proporcionar directa o indirectamente, las
condiciones necesarias para el ejercicio del mismo (Beltrán, 2007).
1.5. OBJETIVOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL:
La Seguridad Social en el país tiene como fin proteger a los habitantes de
la República, de las contingencias de enfermedades y accidentes, sean o
no de trabajo, cesantía, desempleo, maternidad, incapacidad temporal y
parcial, invalidez, vejez, nupcialidad, muerte, sobrevivencia y cualquier
otro riesgo que pueda ser objeto de previsión social, así como de las
cargas derivadas de la vida familiar y las necesidades de recreación que
tiene todo ser humano.
La Seguridad Social debe velar porque las personas que están en la
imposibilidad física sea temporal o permanente de obtener un ingreso, así
como de aquellos que han desarrollado diferentes actividades laborales a
lo largo del tiempo y que llegado a una determinada edad tengan una
pensión digna y justa que les permita vivir tranquilos por el resto de sus
días.
En el artículo 10º de la Constitución Política del Perú se establece que: “El
Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la
seguridad social, para su protección frente a las contingencias que
precise la ley y para la elevación de su calidad de vida”.
Así como también en el artículo 11º se establece que: “El Estado
garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través
de entidades públicas, privadas o mixtas. Supervisa asimismo su eficaz
funcionamiento”. La ley establece la entidad del Gobierno Nacional que
administra los regímenes de pensiones a cargo del Estado.*
USMP – FCCEF Página 13
El Seguro Regular
1.6. AMBITO DE APLICACIÓN:
Estarán protegidos por el sistema los habitantes de la República que
cumplan con el requisito de afiliación. La protección social que garantiza
el sistema requiere de la afiliación del interesado y el registro de sus
beneficiarios calificados. Corresponde al empleador la afiliación de sus
trabajadores y quienes no tengan relación de dependencia lo harán
directamente (independientemente en forma facultativa o
potestativamente).
1.7. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL:
LOS PRINCIPIOS BASICOS SON: a) Principio de Universalidad.- Es la garantía de protección para todas
las personas amparadas por esta Ley, sin ninguna discriminación y en
todas las etapas de la vida.
Está destinada a todo individuo sin distinción ni limitación alguna.
Ejemplo: las vacunas, hepatitis B, (el programa está dirigido a la
población).
b) Principio de Solidaridad.- Es la garantía de protección a los menos
favorecidos en base a la participación de todos los contribuyentes al
sistema; se aplica el dicho “hoy por ti, mañana por mí”.
c) Principio de Integralidad.- Es la garantía de cobertura de todas las
necesidades de previsión amparadas dentro del Sistema. Referido a las
prestaciones que imparte la seguridad social tratando de cubrir la
totalidad de las necesidades, riesgos propios de la vida. Deben cumplir
tres condiciones: ser suficientes, oportunas y completas. Se debe prestar
mayor prestación para cubrir las necesidades básicas.
d) Principio de Unidad.- Es la articulación de políticas, instituciones,
procedimientos y prestaciones, a fin de alcanzar su objetivo. Se busca la
unidad jurídica, económica y política de la seguridad social ya sea a
entidades públicas y privadas.
USMP – FCCEF Página 14
El Seguro Regular
e) Principio de Internacionalidad.- Para Martín Fajardo este principio
consiste en la garantía que tiene toda persona de que los derechos
adquiridos o en curso de adquisición le sean reconocidos en el país en
que se encuentre ya sea prestando actividad laboral o de tránsito1.
Asimismo el Autor Fajardo (1980) indica lo siguiente: “Como los derechos
de la Seguridad Social son inherentes al hombre, éste los lleva consigo
en cautela de su salud y su vida a cualquier lugar al que se desplace, ya
que de otro modo haría ilusoria su efectividad y radicaría al hombre a un
determinado lugar o país, lo cual implicaría un cofinanciamiento y
estrechez del ámbito territorial al efecto de sus beneficios, cuando antes
bien, es hombre quien condiciona y proyecta la acción de la Seguridad
Social según sus necesidades.”
1.8. CAMPO DE ACCION DE LA SEGURIDAD SOCIAL :
Es netamente laboral, por estimarse que, es deber de la sociedad el
proteger a sus trabajadores, asimismo, cubre las contingencias con
relación al desempleo, accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales, y en forma extensiva a las de enfermedad e invalidez
común, maternidad y muerte.
Su ámbito de aplicación comprende a:
a) Los trabajadores que realizan actividades dependientes y sus
derechohabientes.
b) Los trabajadores que realizan actividades independientes y sus
derechohabientes.
c) Los trabajadores del campo y del mar y sus derechohabientes.
d) Las poblaciones afectadas por siniestros o catástrofes.
e) Los pensionistas y sus derechohabientes.
f) Las personas con discapacidad física y mental.
g) Las personas que carecen de ingresos.
h) Las personas que se afilien voluntariamente.
i) Las personas que sufren pena privativa de la libertad.
j) Los trabajadores que prestan servicio al Estado en el extranjero.
USMP – FCCEF Página 15
El Seguro Regular
k) Los extranjeros que ingresan al país en calidad de turistas.
l) Las personas que prestan servicios voluntarios no remunerados a favor
de la comunidad, incluyendo a quienes integran organizaciones
sociales que brindan apoyo a la población de escasos recursos.
m) Los escolares, universitarios y estudiantes de institutos superiores no
universitarios.
n) Las personas dedicadas exclusivamente a las tareas de su hogar.
o) Los artistas.
p) Otras que pueden ser comprendidas mediante ley.
USMP – FCCEF Página 16
El Seguro Regular
CAPITULO II
EL SEGURO REGULAR
2.1. EL SEGURO REGULAR DEFINICION
El SEGURO es el seguro regular al cual se encuentran afiliados
obligatoriamente todos los trabajadores activos que laboran bajo relación
de dependencia o como socios de cooperativas de trabajadores.
También son afiliados a este seguro los pensionistas que reciben
pensión de jubilación, por incapacidad y de sobrevivencia.
La entidad reguladora de este seguro es ESSALUD.
2.2. ESSALUD
EsSalud es un organismo público descentralizado, con personería
jurídica de derecho público interno, cuya finalidad es dar cobertura a los
asegurados a sus derechohabientes a través del otorgamiento de
prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación,
prestaciones económicas y prestaciones sociales que corresponden al
régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, en un marco
de equidad, solidaridad, eficiencia y facilidad de acceso a los servicios
de salud.
USMP – FCCEF Página 17
El Seguro Regular
EsSalud otorga a los asegurados y a sus derechohabientes las
siguientes prestaciones:
Prestaciones de prevención y promoción de la salud: Comprende la
educación para la salud, evaluación y control de riesgos e inundaciones.
Prestaciones de recuperación de la salud: Comprende la atención
médica, medicinas e insumos médicos, prótesis y aparatos ortopédicos
imprescindibles y servicios de rehabilitación.
Prestaciones de bienestar y promoción social: Comprende actividades
de proyección, ayuda social y de rehabilitación para el trabajo.
Prestaciones económicas (Solo en caso de titulares): Comprende los
subsidios por incapacidad temporal, maternidad, lactancia y
prestaciones por sepelio.
Prestaciones de maternidad: Consiste en el cuidado de la salud de la
madre gestante y la atención del parto, extendiéndose al periodo del
puerperio y al cuidado de la salud del recién nacido.
En este caso es el empleador quien afilia a sus trabajadores en este
sistema. La empresa asume totalmente el pago del 9% por el seguro
regular de todos los trabajadores que se encuentran en planilla y hayan
optado por este servicio.
El seguro independiente puede ser solicitado por una persona sóla o con
su familia (hijos hasta los 18 años de edad y a los hijos mayores con
incapacidad física).
Son asegurados del seguro regular:
Los trabajadores activos que laboran bajo una relación de dependencia
o en calidad de socios de cooperativas de trabajadores, los trabajadores
del hogar así como los pensionistas que perciben pensión de jubilación,
incapacidad o sobrevivencia.
También son asegurados regulares los trabajadores. pescadores
artesanales y trabajadores agrarios dependientes e independientes,
existiendo una normatividad especial por cada sector.
USMP – FCCEF Página 18
El Seguro Regular
En el caso de las microempresas, los trabajadores y conductores
(persona natural propietaria de la unidad económica) están
comprendidos como asegurados regulares.
Los familiares de los trabajadores llamados derechohabientes
comprenden al cónyuge (esposo, esposa) o concubino(a). (Artículo 326
del Código Civil), los hijos menores de edad o mayores de edad
incapacitados en forma total y permanente para el trabajo, siempre que
no sean afiliados obligatorios.
Actualmente Seguridad Social brinda prestaciones de salud,
aproximadamente al 30% de la población peruana, teniendo previsto
ampliar su cobertura. Las prestaciones asistenciales se brindan a través
de los órganos desconcentrados: Hospitales Nacionales, Institutos y
Gerencias Departamentales.
2.3. SON ASEGURADOS DEL SEGURO REGULAR…
Los trabajadores activos que laboran bajo una relación de dependencia o
en calidad de socios de cooperativas de trabajadores, los trabajadores del
hogar así como los pensionistas que perciben pensión de jubilación,
incapacidad o sobrevivencia.
También son asegurados regulares los trabajadores pescadores,
procesadores pesqueros artesanales y trabajadores agrarios
dependientes e independientes, existiendo una normatividad especial por
cada sector.
En el caso de las microempresas, los trabajadores y conductores
(persona natural propietaria de la unidad económica) están comprendidos
como asegurados regulares.
Los familiares de los trabajadores llamados derechohabientes comprenden al cónyuge (esposo, esposa) o concubino(a). (Artículo 326
del Código Civil), los hijos menores de edad o mayores de edad
incapacitados en forma total y permanente para el trabajo, siempre que no
sean afiliados obligatorios.
USMP – FCCEF Página 19
El Seguro Regular
2.4. REGISTRÓ DE ENTIDAD EMPLEADORAEl registro de la entidad empleadora se realiza mediante el Programa de
Declaración Telemática – PDT 600 a través de la página web de la
SUNAT o del Formulario Nº 402, el cual puede adquirirse en la SUNAT o
en las entidades bancarias.
PROCESO DE AFILIACIÓN DEL TRABAJADOR
La afiliación de los trabajadores se realiza a través del Programa de
Declaración Telemática - PDT, si la entidad empleadora cuenta con 5 a
más trabajadores, y en el Formulario Nº 402, si cuenta con menos de 5
trabajadores, siempre y cuando no esté obligado a utilizar PDT. Esta
declaración, así como el pago correspondiente, deberá realizarse
mensualmente en las entidades bancarias autorizadas, conforme a la
fecha establecida por SUNAT, my estará a cargo de la entidad
empleadora.
Asimismo, a través de esta declaración, el empleador consignará como
contribución el 9% de su sueldo total percibido, el cual no deberá ser
menor al 9% de la Remuneración Mínima Vital vigente. En los casos de
empresas que presenten PDT, deberán declarar a los derechohabientes a
través de este programa.
En los casos de empresas que declaran con formulario Nº 402, deberán
realizar el registro de los derechohabientes ante EsSalud conforme a los
requisitos señalados.
Una vez realizada la declaración de los trabajadores se podrá consultar,
en la página web de EsSalud www.essalud.gob.pe o en cualquier
agencia de EsSalud, el centro asistencial asignado a cada uno de ellos.
¿Qué información se debe consignar en la declaración de los trabajadores?
Los datos que se deben consignar en el PDT son los datos personales del
trabajador y de los derechohabientes como: apellido paterno, apellido
USMP – FCCEF Página 20
El Seguro Regular
materno, nombres completos, Nº DNI, fecha de nacimiento, entre otros,
que se indican en el mismo
¿En qué centro asistencial se atiende un asegurado?El centro asistencial se asigna de acuerdo a la dirección domiciliaria
indicada en el DNI.
¿Qué cobertura tiene este seguro?Este seguro otorga cobertura por:
Prestaciones de prevención y promoción: comprende la educación
para la salud, evaluación y control de riesgos e inmunizaciones.
Prestaciones de recuperación de la salud: comprende la atención
médica, tanto ambulatoria como de hospitalización, medicinas e
insumos médicos, prótesis y aparatos ortopédicos imprescindibles,
servicios de rehabilitación.
Prestaciones de Bienestar y promoción social: Comprende
actividades de proyección, ayuda social y de rehabilitación para el
trabajo, orientadas a la promoción de la persona y protección de su
salud.
Prestaciones económicas: Es el monto de dinero que EsSalud
otorga, para compensar una pérdida económica derivada de la
incapacidad temporal para el trabajo (enfermedad o accidente), del
parto, así como para contribuir al cuidado del recién nacido.
Asimismo, se otorga a la persona que demuestre haber efectuado
los gastos de los servicios funerarios por la muerte del asegurado
titular.
Prestaciones de maternidad: consiste en el cuidado de la salud de
la madre gestante y la atención del parto, extendiéndose al período
de puerperio y al cuidado de la salud del recién nacido.
¿La familia también tiene derecho a este seguro?Si, este seguro le brinda atención médica a sus derechohabientes que
son:
1. La (el) cónyuge ó concubina.
USMP – FCCEF Página 21
El Seguro Regular
2. Hijos menores de edad.
3. Hijos mayores de edad incapacitados en forma total y permanente
para el trabajo.
4. Madre gestante de hijo extramatrimonial.
¿Qué trabajadores comprende este seguro?
Trabajadores dependientes
Trabajadores del hogar
Trabajadores de construcción civil
Trabajador portuario
Pescador y Procesador artesanal independiente
Trabajadores pesqueros y pensionistas ex afiliados a la Caja de
Beneficios y Seguridad Social del Pescador (CBSSP)
Pensionista
Contrato Administrativo de Servicios (CAS)
¿Quiénes son Trabajadores Dependientes?Es aquel que tiene relación de dependencia con uno o varios
empleadores. Su registro y declaración mensual se realiza a través del
Programa de Declaración Telemática o Formulario Nº 402. Estos
documentos se presentan en la red de bancos, o a través de SUNAT
virtual. En el caso de las empresas consideradas Principales
Contribuyente (PRICO) lo presentan en las dependencias de SUNAT).
Las fechas para la presentación mensual lo establece SUNAT.
¿Quién está a cargo de los aportes de los trabajadores?La declaración y pago de los trabajadores está a cargo del empleador.
¿Quiénes son Trabajadores del Hogar?Se consideran como trabajadores del hogar a aquellas personas que
efectúan labores de aseo, cocina, lavado, asistencia, cuidado de niños y
demás propias de la conservación de una residencia o casa-habitación y
el desenvolvimiento de la vida de un hogar, que no importen lucro o
USMP – FCCEF Página 22
El Seguro Regular
negocio para el empleador o sus familiares. Deben laborar un mínimo de
4 horas diarias.
¿Dónde se registra al empleador y trabajador del hogar?El registro del empleador y trabajador del hogar se realiza en las
Intendencias, Oficinas Zonales o en los Centros de Servicios al
Contribuyente de Sunat. El trámite deberá hacerlo personalmente el
empleador, presentando el documento de identidad del empleador y
trabajador.
¿En qué formularios se realiza la declaración y pago de aportes de los trabajadores del hogar?La declaración y pago de aportes se realiza mensualmente utilizando el
Formulario Nº1076 y se presenta en la red de bancos.
¿Quiénes no pueden afiliarse como trabajadores del hogar?Aquellos que tengan alguna familiaridad con el empleador, según el grado
de parentesco de consanguinidad o afinidad:
Por consanguinidad hasta el cuarto grado:
En línea recta
1º grado- padres/ hijos
2º grado- abuelos/ nietos
3º grado- bisabuelos/ bisnietos
En línea colateral
2º grado- hermanos
3º grado- tíos/ sobrinos
4º grado- primos, sobrinos, nietos tíos, abuelos
Por afinidad (Parientes políticos) hasta el segundo grado:En línea recta
1º grado- suegros/ yernos- nuera
2º grado- abuelos del cónyuge
En línea colateral
USMP – FCCEF Página 23
El Seguro Regular
2º grado- hermanos del cónyuge (cuñados)
Asimismo, no puede existir relación laboral como trabajador del hogar entre los cónyugesBase Legal: Ley Nº 27986 (03.06.03) y su Reglamento D.S. Nº 015-2003-
TR (20.11.03) y Resolución de Superintendencia Nº 191-2005/SUNAT,
¿A quiénes se les llama Trabajadores de Construcción Civil?Son trabajadores que prestan servicios en la actividad constructora
caracterizados por la temporalidad de sus servicios supeditados a la
ejecución de la obra.
Su registro y declaración mensual se realiza a través del Programa de
Declaración Telemática o Formulario Nº 402. Estos documentos se
presentan en la red de bancos, o a través de SUNAT virtual. En el caso
de las empresas PRICO lo presentan en las dependencias de SUNAT.
Las fechas para la presentación mensual lo establece SUNAT.
¿Quién es el empleador del trabajador de construcción civil?El empleador puede ser el contratista, sub contratista o el propietario de la
obra.
¿Quién está a cargo de los aportes de los trabajadores?La declaración y pago de los trabajadores está a cargo del empleador.
Base legal: Los trabajadores de Construcción Civil son afiliados regulares.
No tienen una norma especial en lo que respecta a EsSalud. Por tanto se
rigen a través de la Ley Nº 26790 (17.05.97) y su Reglamento D.S. Nº
009-97- SA (09.09.97) y las normas modificatorias: : Ley Nº 28791
¿Quién está a cargo de los aportes de los trabajadores?La declaración y pago de los trabajadores está a cargo del empleador.
¿Quién es el empleador portuario?Es la persona jurídica debidamente autorizada para operar en
determinado puerto y contratar trabajadores portuarios
USMP – FCCEF Página 24
El Seguro Regular
¿Qué labores se consideran trabajo portuario?Se considera trabajo portuario al conjunto de labores efectuadas en los
puertos privados de uso público y en los puertos públicos de la República,
para realizar las faenas de carga, descarga estiba, desestiba, trasbordo
y/o movilización de mercancías, desde o hacia naves mercantes, entre
bodegas de la nave y en bahía, incluyendo el consolidado y
desconsolidado de contenedores, efectuados dentro del área operativa de
cada puerto.
¿Quién es el Pescador y Procesador artesanal independiente?Pescador artesanal independiente: Son aquellas personas que realizan
labores de pesca de forma independiente en el ámbito marítimo y / o
continental, con o sin embarcación.
Procesador pesquero artesanal independiente: Son aquellas personas
que realizan el procesamiento de los recursos hidrobiológicos para el
consumo humano directo en forma independiente, empleando
instalaciones y técnicas simples, con predominio del trabajo manual.
¿Quién los declara a estos trabajadores?Estos trabajadores se afilian a una Organización Social quien tendrá la
responsabilidad de declararlos ante EsSalud.
2.5. RESUMEN DEL ASEGURADO REGULAR
El Seguro Social de Salud administra diversos tipos de seguro, los cuales
están agrupados en tres marcas: Seguro, Salud y Protección.
La primera marca, Seguro, agrupa a los siguientes seguros de carácter
obligatorio:
Seguro Regular
Seguro de Salud Agrario Dependiente
El Seguro Regular le corresponde a:
Trabajadores dependientes en actividad
Socios de cooperativas de trabajadores
USMP – FCCEF Página 25
El Seguro Regular
Trabajadores pesqueros activos y pensionistas de la Caja de
Beneficios de Seguro Social del Pescador (CBSSP)
Trabajadores del hogar
Trabajadores portuarios
Pensionistas
Pescadores y procesadores pesqueros artesanales
independientes
Trabajador Activo, Socios de Cooperativas, Trabajador Portuario y Pensionistas
1. Alcance Trabajadores dependientes en actividad, socios de cooperativas
de trabajadores, trabajadores portuarios así como los
pensionistas.
Asegurado titular
Derechohabientes: Cónyuge o concubino(a)
Hijo(a) menor de edad
Hijo(a) mayor de edad incapacitado
Madre gestante de hijo extramatrimonial
2. Cobertura Prestaciones:
- Prevención y promoción de la salud.
- Recuperación de la salud.
- Bienestar y promoción social.
- Asegurados afiliados a una Entidad Prestadora de la Salud
(EPS), solo atenciones de capa compleja a cargo de Es
Salud.
Exclusiones: No cubre cirugía plástica, odontología estética,
lentes de contacto, daños derivados por autoeliminación,
entre otros.
3. Contribución o Aporte mensual
USMP – FCCEF Página 26
El Seguro Regular
Trabajador activo y socio de cooperativa: 9% de la
remuneración o ingreso mensual. A cargo de la entidad
empleadora.
Pensionista: 4% de la pensión. A cargo del pensionista.
Trabajador del Hogar1. Alcance
Trabajadores que efectúan labores de aseo, cocina, lavado,
asistencia, cuidado de niños y demás propias de la conservación
de una residencia o casa-habitación, que laboren una jornada
mínima de 4 horas diarias.
Asegurado titular
Derechohabientes: Cónyuge
Hijo(a) menor de edad
Hijo(a) mayor de edad incapacitado
Madre gestante de hijo extramatrimonial
2. Cobertura Prestaciones:
- Prevención y promoción de la salud.
- Recuperación de la salud.
- Bienestar y promoción social.
- Subsidios por incapacidad temporal, maternidad y lactancia.
- Sepelio, hasta S/.2, 070.
- Asegurados afiliados a una Entidad Prestadora de la Salud
(EPS), solo atenciones de capa compleja a cargo de Es Salud.
Exclusiones: No cubre cirugía plástica, odontología estética,
lentes de contacto, daños derivados por autoeliminación, entre
otros.
3. Contribución o Aporte mensual
USMP – FCCEF Página 27
El Seguro Regular
El 9% de la remuneración mínima vital como mínimo. A cargo del
empleador del trabajador del hogar.
Pescador y Procesador Pesquero Artesanal Independiente1. Alcance
Trabajadores pesqueros artesanales independientes o
procesadores pesqueros artesanales independientes.
Asegurado titular.
Derechohabientes: Cónyuge o concubino(a)
Hijo(a) menor de edad
Hijo(a) mayor de edad incapacitado
Madre gestante de hijo extramatrimonial
2. Cobertura Prestaciones:
- Prevención y promoción de la salud.
- Recuperación de la salud.
- Bienestar y promoción social.
- Subsidios por incapacidad temporal, maternidad y
- lactancia.
- Sepelio, hasta S/.2, 070.
Exclusiones: No cubre cirugía plástica, odontología estética,
lentes de contacto, daños derivados por autoeliminación, entre
otros.
3. Contribución o Aporte mensual Pescador artesanal independiente con embarcación
artesanal: 9% del Valor del producto comercializado (VPC) en el
punto de desembarque. A cargo del comercializador, armador
artesanal y pescador artesanal independiente (4%, 3% y 2% del
VPC, respectivamente). No podrá ser inferior al 9% de la
remuneración mínima vital.
Pescador artesanal independiente sin embarcación y procesador pesquero artesanal independiente: 9% de la
remuneración mínima vital. A cargo del asegurado titular.
USMP – FCCEF Página 28
El Seguro Regular
Trabajador pesquero y Pensionista de la CBSSP1. Alcance
Trabajadores pesqueros que laboran bajo relación de
dependencia y pensionistas pesqueros de la CBSSP que
perciben pensión de jubilación, pensión de sobrevivencia (viudez
y orfandad).
Asegurado titular
Derechohabientes: Cónyuge o concubino(a)
Hijo(a) menor de edad
Hijo(a) mayor de edad incapacitado
Madre gestante de hijo extramatrimonial
2. Cobertura Prestaciones:
- Prevención y promoción de la salud.
- Recuperación de la salud.
- Bienestar y promoción social.
- Subsidios por incapacidad temporal, maternidad y
- lactancia.
- Sepelio, hasta S/.2, 070.
- Asegurados afiliados a una Entidad Prestadora de la
- Salud (EPS), solo atenciones de capa compleja a cargo de Es
Salud.
Exclusiones: No cubre cirugía plástica, odontología estética,
lentes de contacto, daños derivados por autoeliminación, entre
otros.
3. Contribución o Aporte mensual Trabajadores pesqueros: El 9% de la remuneración o ingreso
mensual devengado, el cual no podrá ser menor a la base
imponible mínima equivalente a 4.4 de la Remuneración mínima
vital vigente. A cargo obligatorio del armador que debe declararlos
y pagarlos mensualmente. En caso de afiliados a EPS: 6.75% a
EsSalud y 2.25% a EPS.
Pensionistas: Al 4% de la pensión mensual devengada. A cargo
del pensionista.
USMP – FCCEF Página 29
El Seguro Regular
PROCEDIMIENTOS
Trabajador Activo, Socios de Cooperativas, Trabajador Portuario y Pensionistas
1. Inscripción Asegurados titulares mediante:
Planilla Electrónica (PDT 601), cuando la entidad empleadora
cuente con 4 o más trabajadores.
Formulario 402 o PDT 601, cuando la entidad empleadora cuente
con menos de 4 trabajadores.
Derechohabientes con Formulario 6052. Transitoriamente se
realiza agencias de Seguros u Oficinas de Aseguramiento de
Es Salud.
En el caso de concubino(a) presentación de:
Documento de identidad.
Declaración Jurada de Relación de Concubinato
En el caso de cónyuge presentación de:
Documento de identidad.
Partida de matrimonio.
En el caso de Hijo(a) menor de edad presentación de:
Documento de identidad o partida de nacimiento.
En el caso de Hijo(a) mayor de edad incapacitado, presentación
de:
Documento de identidad.
Resolución Directoral de Incapacidad, otorgada por EsSalud.
2. Declaración y Pago Mensual Los principales contribuyentes mediante PDT, en SUNAT.
Las entidades empleadoras con 4 o más trabajadores mediante
PDT en bancos autorizados de Sunat.
Las entidades empleadoras con menos de 4 trabajadores,
mediante PDT o formulario 402, en bancos autorizados de Sunat.
USMP – FCCEF Página 30
El Seguro Regular
Entidades empleadoras que hayan contratado con una EPS
deben declarar mediante PDT.
3. Acreditación Haber laborado durante 3 meses consecutivos o 4 no
consecutivos en el semestre inmediatamente anterior al mes en
que se produjo la contingencia.
Tener vínculo laboral vigente al momento de la contingencia.
Excepto el trabajador portuario, quien no requiere continuidad
laboral, a menos que hayan transcurrido más de 3 meses sin
prestar labor alguna. Durante estos 3 meses, se considerará que
el trabajador portuario se encuentra en baja temporal, luego de
este plazo se le considerará cesado y con latencia de
corresponder.
Carencia: 3 meses, con excepción de los pensionistas que no
están sujetos a período de carencia.
Excepción: Si proviene de un seguro de EsSalud o se encuentra
en período de latencia o en caso de accidentes.
Si el derechohabiente de este seguro se asegura como afiliado titular del
mismo.
Espera: No aplicable.
4. LactanciaSeguro de salud hasta por 1 año, para el asegurado titular y sus
derechohabientes. Mínimo: 5 meses de contribución consecutiva o no
consecutiva dentro de un período de tres años precedentes a la fecha
cese o suspensión perfecta de labores.
Trabajador del Hogar1. Inscripción
Asegurados titulares en la Intendencia u Oficina Zonal o en los
Centros de Servicios al Contribuyente en donde se encuentre el
Centro Laboral (lugar donde presta servicios el TH), a cargo del
empleador del trabajador del hogar.
USMP – FCCEF Página 31
El Seguro Regular
Derechohabientes con Formulario 6052. Transitoriamente se realiza
en las Agencias de Seguros u Oficinas de Aseguramiento de
EsSalud.
En el caso de concubino (a) presentación de:
Documento de identidad.
Declaración Jurada de Relación de Concubinato.
En el caso de cónyuge presentación de:
Documento de identidad.
Partida de matrimonio.
En el caso de Hijo(a) menor de edad presentación de:
Documento de identidad o partida de nacimiento.
En el caso de Hijo(a) mayor de edad incapacitado, presentación
de:
Documento de identidad.
Resolución Directoral de Incapacidad, otorgada por EsSalud.
2. Declaración y Pago MensualSe efectúa con Formulario 1076, en bancos autorizados de Sunat.
3. Acreditación Haber laborado durante 3 meses consecutivos ó 4 no
consecutivos en el semestre inmediatamente anterior al mes
en que se produjo la contingencia.
Tener vínculo laboral vigente al momento de la contingencia.
Carencia: 3 meses.
Excepción: Si proviene de un seguro de EsSalud o se encuentra en período de
latencia o en caso de accidentes.
Si el derechohabiente de este seguro se asegura como afiliado titular
del mismo.
Espera: No aplicable.
4. Lactancia: Seguro de salud hasta por 1 año, para el asegurado
titular y sus derechohabientes. Mínimo: 5 meses de contribución
consecutiva o no consecutiva dentro de un período de tres años
precedentes a la fecha cese o suspensión perfecta de labores.
USMP – FCCEF Página 32
El Seguro Regular
Pescador y Procesador Pesquero Artesanal Independiente1. Inscripción:
Asegurados titulares mediante:
PDT, a cargo de la entidad responsable.
Derechohabientes con Formulario 6052. Transitoriamente se
realiza en las Agencias de Seguros u Oficinas de Aseguramiento
de EsSalud.
En el caso de cóncubino (a) presentación de:
Documento de identidad.
Declaración Jurada de Relación de Concubinato.
En el caso de cónyuge presentación de:
Documento de identidad.
Partida de matrimonio.
En el caso de Hijo(a) menor de edad presentación de:
- Documento de identidad o partida de nacimiento.
En el caso de Hijo(a) mayor de edad incapacitado, presentación
de:
Documento de identidad.
Resolución Directoral de Incapacidad, otorgada por EsSalud.
2. Declaración y Pago MensualSe efectúa mediante PDT en Banco de la Nación, a cargo de la
entidad responsable.
En forma previa a la declaración y pago mensual, el armador
artesanal, el pescador y procesador pesquero artesanal
independiente deberán efectuar el depósito de contribuciones, en la
cuenta de la entidad responsable, en el Banco de la Nación.
3. AcreditaciónAtención si cuenta con 3 meses de contribuciones consecutivas
previas al mes en que se produce la contingencia.
Carencia: 3 meses.
Excepción:
USMP – FCCEF Página 33
El Seguro Regular
Si proviene de un seguro de EsSalud o se encuentra en período de
latencia o en caso de accidentes.
Si el derechohabiente de este seguro se asegura como afiliado titular
del mismo.
Espera: No aplicable.
4. Lactancia: No aplicable.
Trabajador pesquero y Pensionista de la CBSSP1. Inscripción:
Asegurados titulares mediante:
Planilla Electrónica (PDT 601), a cargo del armador
(trabajadores pesqueros) o de la CBSSP (pensionistas).
Derechohabientes con Formulario 6052. Transitoriamente se
realiza en las Agencias de Seguros u Oficinas de Aseguramiento
de EsSalud.
En el caso de cóncubino (a) presentación de:
Documento de identidad.
Declaración Jurada de Relación de Concubinato.
En el caso de cónyuge presentación de:
Documento de identidad.
Partida de matrimonio.
En el caso de Hijo(a) menor de edad presentación de:
Documento de identidad o partida de nacimiento.
En el caso de Hijo(a) mayor de edad incapacitado,
presentación de: Documento de identidad.
Resolución Directoral de Incapacidad, otorgada por EsSalud.
2. Declaración y Pago Mensual Los principales contribuyentes mediante PDT, en SUNAT.
Los medianos y pequeños contribuyentes mediante PDT, en
bancos autorizados de Sunat.
Entidades empleadoras que hayan contratado con una EPS
deben declarar mediante PDT.
3. Acreditación:
USMP – FCCEF Página 34
El Seguro Regular
Atención si cuentan con 2 aportaciones mensuales
consecutivas o no consecutivas canceladas en los 6 meses
previos a la contingencia y además tener vínculo laboral en
el mes de la contingencia.
Tener vínculo laboral vigente al momento de la contingencia.
En caso el trabajador pesquero no tenga vínculo laboral
(baja temporal) en el mes de la contingencia, sólo tendrá
cobertura por prestaciones de salud y subsidio por lactancia
y prestación por sepelio.
En el caso de los pensionistas y sus derechohabientes:
Tener 3 contribuciones consecutivas mensuales canceladas
hasta el mes previo a la contingencia.
Carencia: 3 meses.
Excepción: Si proviene de un seguro de EsSalud o se encuentra en período
de latencia o en caso de accidentes.
Si el derechohabiente de este seguro se asegura como afiliado
titular del mismo.
Espera: No aplicable.
4. Lactancia: Seguro de salud hasta por 1 año, para el asegurado No
aplicable. titular y sus derechohabientes. Mínimo: 5 meses de
contribución consecutiva o no consecutiva dentro de un período de
tres años precedentes a la fecha cese o suspensión perfecta de
labores.
USMP – FCCEF Página 35
El Seguro Regular
CAPITULO III
CONCLUSIONES
Como conclusión principal veremos que el seguro que ofrece EsSalud es
interesante pero no cubre las expectativas que necesita la población
peruana, ya que vemos que es solo para los asegurados por medio de un
centro laboral, o los que por su cuenta pueden crearse un seguro, lo que
hace que la población más pobre del país no tenga acceso a este tipo de
seguro.
El estado es el que debe encargarse de velar por la creación de más
seguros sobre todo para los más pobres y las personas sobre todo que se
encuentran en extrema pobreza,
En la actualidad existen también casos de seguro para los pobres en el
caso de los niños y personas pobres como es el SIS, pero el cual aveces
no se abastece y no cubre al 100% los gastos de una persona enferma
que se encuentra en extrema pobreza.
Los trabajadores o afiliados regulares cuentan con la Cobertura Especial
por Desempleo, para que se puedan atenderse en cualquier centro de
salud.
RECOMENDACIONES
USMP – FCCEF Página 36
El Seguro Regular
En el Perú deberían de existir más tipos de seguros que atiendan a las
personas más necesitadas.
El gobierno debe velar en crear más infraestructuras destinadas a la
salud ya que el desarrollo económico que se está dando en el país podría
permitir mejorar en el plano social.
Si el asegurado sufre un accidente pero no cuenta aún con los tres meses
de aportación, tendrá que atenderse en cualquier centro asistencial por el
servicio de emergencia ya que solo basta la afiliación al seguro para
contar con este servicio.
Si el contrato de trabajador se vence y se queda desempleado, los
asegurados regulares pueden contar con la Cobertura Especial por
Desempleo. Esta cobertura le permitirá atenderse en EsSalud durante un
periodo máximo de hasta 12 meses dependiendo del número de aportes
que cuente dentro de los 3 últimos años anteriores a la fecha del cese.
Los empleadores o afiliados al declarar sus datos personales en el
programa de declaración o en los formatos de pagos, deben ser veraces
para que no haya errores o algún inconveniente, en caso de incapacidad
temporal o maternidad.
BIBLIOGRAFÍA
1. Andersson, Bernt. Acuña, y Cecilia y Rosenberg Hernán (2006). Guía
Metodológica para la caracterización de la exclusión social en salud.
Unidad de Desarrollo de Políticas y Sistemas de Salud Área de
Fortalecimiento de los Sistemas de Salud. OPS/OMS, Organización
USMP – FCCEF Página 37
El Seguro Regular
Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud. Agencia
Sueca para el Desarrollo Internacional (ASDI).
2. Beltrán, Gaos Mónica (2007). Salud y Derechos Humanos: Binomio.
Problemas Actuales del Derecho Social Mexicano Vol. II. Editorial Porrúa
3. Fajardo Martín, “Derecho de Seguridad Social” T.I. Idem Lima. Pág. 30
4. González, Pierre Eduardo (2007). Perspectivas sobre el futuro de la
protección social en salud en México. Secretaría de Salud Panel Salud y
protección social. Foro Internacional sobre Políticas Públicas para el
Desarrollo de México. BID, CEPAL, CIDE, OCDE, PNUD 7 de febrero de
2007. Ciudad de México.
5. Ministerio de Salud (2014). Plan Esencial de Aseguramiento en Salud – PEAS.
Ley N° 29344 – Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud. Dirección
General de Salud de las Personas. Lima, Perú.
http://www.sbs.gob.pe/app/stats/Estadística. Boletín Estadístico de AFP.
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Mayo 2010.
6. Rendón, J. (2006).LEGISLACION LABORAL. REGIMEN DE LA ACTIVIDAD
PRIVADA. (3a. Ed.). Lima: Jurídica Grijley E.I.R.L.
7. Rodríguez, F. (2008). OBLIGACIONES LABORALES DEL EMPLEADOR. Lima:
Gaceta Jurídica S.A.
8. Romero F. (2001). V Congreso Regional Americano de Derecho del trabajo y
Seguridad Social. Publicado: Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la
Seguridad Social, Sociedad Internacional de Derecho del Trabajo y de Seguridad
Social, Lima.
9. Toyama, J. y Vinetea, L. (2010). GUIA LABORAL. (4ª. Ed.). Lima: Gaceta
Jurídica S.A.
USMP – FCCEF Página 38
El Seguro Regular
ANEXOS
MICROEMPRESA
Régimen Especial de Salud para la Microempresa
Los trabajadores y conductores de la Microempresa serán afiliados al
Componente Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud que comprenderá a
sus derechohabientes. Su costo será parcialmente subsidiado por el Estado,
condicionado a la presentación anual del certificado de inscripción o
USMP – FCCEF Página 39
El Seguro Regular
reinscripción vigente del REMYPE, y a la relación de trabajadores, conductores
y sus derechohabientes, quienes tendrán derecho a atención de salud con
cobertura limitada (Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias establecido
en el D.S. Nº 004-2007-SA o las que determine la normatividad vigente en
materia de aseguramiento público en salud) en los establecimientos de salud
del Ministerio de Salud con la presentación de su DNI o carné de extranjería. El
empleador deberá efectuar un aporte mensual equivalente a la mitad del aporte
total que será complementado por un monto igual por parte del Estado.
Sin embargo, el microempresario puede optar por afiliarse y afiliar a sus
trabajadores como afiliados regulares del Régimen Contributivo de Essalud, no
subsidiado por el Estado, sin que ello afecte su permanencia en el RLE. En
este caso, el microempresario asume el íntegro de la contribución respectiva.
PEQUEÑA EMPRESA
Régimen Laboral Especial de la Pequeña Empresa
La Pequeña Empresa –al igual que la Microempresa- puede acogerse al RLE
de la Mype que comprende: remuneración, jornada máxima de trabajo, horario
de trabajo y trabajo en sobretiempo, descansos remunerados (semanal,
vacacional–15 días y feriados) y protección contra el despido arbitrario (20
remuneraciones diarias por cada año completo de servicios con un máximo de
120 remuneraciones diarias). Además, los trabajadores de la Pequeña
Empresa –a diferencia de los de la Microempresa- sí tienen derecho a SCTR,
Seguro de Vida, Derechos Colectivos, Participación en las Utilidades, CTS (15
remuneraciones diarias por año completo de servicios, hasta alcanzar un
máximo de 90 remuneraciones diarias) y Gratificaciones de Fiestas Patrias y
Navidad (media remuneración cada una).
Seguro Social en Salud para la Pequeña Empresa
Los trabajadores de la Pequeña Empresa serán asegurados regulares de
Essalud y el empleador aportará la tasa correspondiente de acuerdo a lo
USMP – FCCEF Página 40
El Seguro Regular
dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la
Seguridad Social en Salud. En consecuencia, no podrán afiliarse al
Componente Semisubsidiado del SIS.
Régimen de Pensiones para la Pequeña Empresa
Los trabajadores de la Pequeña Empresa deberán obligatoriamente afiliarse al
SNP (ONP) o al SPP (AFP), pero no podrán afiliarse al Sistema de Pensiones
Sociales (SPS) que es de carácter exclusivo de la Microempresa.
PREGUNTAS
Si el asegurado sufre un accidente pero no cuenta aún con los tres meses de aportación, ¿Podría atenderse en EsSalud?
Sí, en caso de accidente el asegurado podrá atenderse en cualquier centro asistencial
por el servicio de emergencia ya que solo basta la afiliación al seguro para contar con
este servicio.
Si mi contrato de trabajo se vence y me quedo desempleado, ¿Puedo seguir atendiéndome en EsSalud?
En caso de desempleo los asegurados regulares pueden contar con la Cobertura
Especial por Desempleo. Esta cobertura le permitirá atenderse en EsSalud durante un
periodo máximo de hasta 12 meses dependiendo del número de aportes que cuente
dentro de los 3 últimos años anteriores a la fecha del cese.
TIEMPO DE APORTACION PERIODO DE ATENCION
Para contar con este seguro deberá presentar los
siguientes documentos en las Agencias u Oficinas de
Aseguramiento:
• DNI del titular
• Solicitud para Derecho de Cobertura por Desempleo,
original y una (01) copia simple.
USMP – FCCEF Página 41
Entre 05 y 09 meses 02
meses de Latencia
Entre 10 y 14 meses 04
meses de Latencia
Entre 15 y 19 meses 06
meses de Latencia
Entre 20 y 24 meses 08
meses de Latencia
Entre 25 y 29 meses 10
meses de Latencia
Entre 30 y 36 meses 12
meses de Latencia
El Seguro Regular
• Documentos que acrediten vínculo laboral con sus ex- entidades empleadoras (copia
simple)
• Formulario Nº 1022 (*) debidamente llenado.
ESSALUD ENTIDAD DE ATENCION DEL SEGURO REGULAR
USMP – FCCEF Página 42
El Seguro Regular
USMP – FCCEF Página 43