8/3/2019 Seminario Minam Cal
1/112
Normatividad Ambientalpara el desarrollo de
actividades mineras21 de oc tubre de 2009
MINISTERIO DEL AMBIENTECOLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
8/3/2019 Seminario Minam Cal
2/112
I. El Marco General Ambiental y el desarrollo de laregulac in ambiental en minera
II. ECA, LMP y Evaluac in del Impac to Ambiental
III. Regulac in Ambiental Explorac in MineraIV. Regulac in Ambiental Explotac in, Benefic io y
Almac enamiento Minero
V. Cierre de Minas
TEMARIO
8/3/2019 Seminario Minam Cal
3/112
El Marco General Ambiental y el desarrollo
de la regulac in ambiental en minera
8/3/2019 Seminario Minam Cal
4/112
MARCO GENERAL AMBIENTAL
REGULACINAMBIENTAL
MINERA
8/3/2019 Seminario Minam Cal
5/112
Constituc in Poltica del Per de 1993 Ley General del Ambiente (Ley N 28611) Ley Orgnica para el Aprovecham iento Sostenible de los
Recursos Naturales (Ley N 26821) Poltica Nac ional del Ambiente (D.S. N 012-2009-MINAM) Ley del Sistema Nac iona l de Gestin Ambiental (Ley N
28245) y Reglamento (D.S. N 005-2005-PCM)
Ley del Sistema Nac ional de Evaluac in de Impac toAmbienta l (Ley N 27446) y su Reglamento (D.S. N 019-2009-MINAM)
Dec reto Leg islativo que aprueba la Ley de Creac in,Organizac in y Func iones del Ministerio del Ambiente(Dec reto Legislativo N 1013)
Ley del Sistema Nac iona l de Eva luac in y Fiscalizac inAmbiental (Ley N 29325)
Cdigo Penal Ttulo XIII (DL N 635)
MARCO GENERAL AMBIENTAL
8/3/2019 Seminario Minam Cal
6/112
Ley d e Rec ursos Hd ric os (Ley N 29338) Estnda res de Ca lidad Amb ienta l pa ra Agua (D.S. N 002-2008-
MINAM); Aire (D.S. N 003-2008-MINAM) y Reg lamento de est nd aresnac iona les d e c a lidad amb ienta l del a ire (DS N 074-2001-PCM); Ruido(DS N 085-2003-PCM).
Ley Foresta l y d e Fauna Silvestre (Ley N 27308) y Reg lamento (DS N014-2001-AG)
Ley sob re la c onservac in y ap rovec hamiento sostenib le d e lad iversidad b iolg ic a (Ley N 26839) y Reg lamento (DS N 068-2001-PCM)
Ap rueb an c a teg orizac in d e espec ies amenazadas de fa una silvestre(D.S. N 034-2004-AG) y flora silvestre. (D.S. N 043-2006-AG)
Ley de reas Natura les Proteg idas (Ley N 26834) y Reg lamento (DS N038-2001-PCM)
Ley Genera l de Residuos Slidos (Ley 27314) y Reg lamento (DS N 057-2004-PCM)
Ley que Regula el transporte terrestre de materia les y residuospelig rosos (Ley N 28256) y su Reg lamento (D.S. N 021-2008-MTC)
Ley Genera l de Sa lud (Ley N 26842) Ley Genera l del Pa trimonio Cultura l de la Nac in (Ley N 28296) Ley d e la inversin p rivada en e l desarrollo de las ac tividades
ec onmic as en las tierras del territorio na c iona l y en las c omunidadesc ampesinas y na tiva s (Ley N 26505 y su mod ific a toria Ley N 26570)
8/3/2019 Seminario Minam Cal
7/112
1993 1996 1998 2002 2003 2005 2009
Reg lamento Ambiental Ac tividad es Minero Metalrgic as
LMP para efluentes y emisiones
Reg lamento Ambiental Actividades de Explorac in Minera
Reg lamento Participac in Ciudada na
Responsabilidad social
Cierre de Minas
CdigoMedioAmbiente
Ley del SEIA LGA
Pasivos Ambientales
Ley Gral. ResiduosSlidos
Ley deTierras
Ley deANP
LeyPatrimonioCultural
DESARROLLO DEL MARCO NORMATIVO AMBIENTAL MINERO
LRH
Ley Forestal yFauna Silvestre
2008
ECA(s)
8/3/2019 Seminario Minam Cal
8/112
1993: Reglamento para la Proteccin Ambiental enla Actividad Minerometalrgica (D.S. N016-93-EM y MODIFs): Obligacin de contar
con PAMA y EIA aprobados. 1996: Se establecieron los LMP para emisiones
gaseosas minerometalrgicas (R.M. N315-96-EM/VMM).
1996: Se establecieron los LMP para efluentes(R.M. N 011-96-EM/VMM).
1998: Se regularon las actividades de exploracinminera (D.S. N 038-98-EM - DEROGADO).
2002: Adecuacin de la pequea minera y mineraartesanal (Ley 27651 y D.S.013-2002-EM).Reglamento de participacin ciudadana(antes 1996 / 1999) - DEROGADO
8/3/2019 Seminario Minam Cal
9/112
2003: Ley que regula el cierre de minas (Ley
28090 / minado subterrneo y a cielo abierto).Establece el Compromiso Previo para eldesarrollo sostenible de las actividades mineras
2004: Ley que regula los pasivos ambientales
(Ley 28271 y Dleg 1040) 2005: Reglamento de cierre de minas (D.S. 033-2005-
EM y MODIFs) y Reglamento de pasivosambientales mineros (D.S. 059-2005-EM)
2008: Reglamento Ambiental Exploraciones Mineras(D.S. 020-2008-EM y R.M 167-2008-EM/DM)Nuevo Reglamento de Participacin Ciudadana(D.S. 028-2008-EM y R.M. 304-2008-EM/DM)
2009: Modificacin Reglamento de PasivosAmbientales Mineros (D.S. 003-2009-EM)D.S. 078-2009-EM Medidas de remediacin
ambiental y Modif. D.S. 016-93-EM
8/3/2019 Seminario Minam Cal
10/112
ECA, LMP y Eva luac in del Impac to
Ambiental
8/3/2019 Seminario Minam Cal
11/112
Lmites Mximos Permisibles - LMP
EMISIONES EFLUENTES
ESTNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL - ECA
Art. 31 LGA
Art. 32 LGA
8/3/2019 Seminario Minam Cal
12/112
LMP
LMP
ECA
ECA
LMP Y ECA
8/3/2019 Seminario Minam Cal
13/112
LMP
LMP
ECA
ECA
LMP Y ECA
ECA
ECA
8/3/2019 Seminario Minam Cal
14/112
EMPRESA XXX SA
EFLUENTEINDUSTRIAL
EFLUENTEDOMSTICO
PUNTO DE CONTROLO MONITOREO
1
2
3
4
5
6
7
8
9
ECA
LMP
ECA
ECA LMP
ECA
ECASH
LMP
ECA
8/3/2019 Seminario Minam Cal
15/112
Lmites Mximos Permisibles en el Sec tor Minero
R.M. N 011-96-EM/VMM, fija LMP para
efluentes. Las sustancias reguladas son pH,s lidos suspendidos, plomo, cobre, zinc, fierro,arsnico, cianuro total.
R.M. N 315-96-EM/VMM, fija LMP paraemisiones. Las sustancias reguladas sonanhdridos sulfuroso, partculas en suspensin,
plomo y arsnico.
8/3/2019 Seminario Minam Cal
16/112
LA EIA COMO INSTRUMENTO DE GESTIN AMBIENTAL
Los instrumentos de gestin ambiental son mecanismosorientados a la ejecucin de la poltica ambiental, sobre labase de los principios establecidos en la Ley, y en losealado en sus normas complementarias y reglamentarias.
Constituyen medios operativos que son diseados,normados y aplicados con carcter funcional ocomplementario, para efectivizar el cumplimiento de laPoltica Nacional Ambiental y las normas ambientales querigen en el pas.
QUES UN INSTRUMENTO DE GESTIN AMBIENTAL?
Ley General del Ambiente (Art. 16)
DE LA EVALUACIN DEL IMPACTO AMBIENTAL
8/3/2019 Seminario Minam Cal
17/112
LA EIA COMO INSTRUMENTO DE GESTIN AMBIENTAL
QUES UN INSTRUMENTO DE GESTIN AMBIENTAL?
POLTICA NACIONAL AMBIENTAL
INSTRUMENTOSDE
GES
TIN
AMBIENTA
L
DE LA EVALUACIN DEL IMPACTO AMBIENTAL
8/3/2019 Seminario Minam Cal
18/112
LA EIA COMO INSTRUMENTO DE GESTIN AMBIENTAL
TIPOS DE INSTRUMENTOS DE GESTIN AMBIENTAL
Planificacin, Promocin,
Prevencin, Control, Correccin, Informacin, Financiamiento, Participacin, Fiscalizacin,entre o tros.
- Sistem as de gestin ambienta l;- El ordenamiento te rritoria l amb ienta l;- La evaluac in del imp ac to amb iental;- Los Planes de Cierre;- Los Planes de Contingenc ias;- Los ECA;
- La c ertific ac in am bienta l, las garantas ambienta les;- Los sistemas de informac in a mb ienta l;- Los instrumento s ec on mic os, la c ontab ilidadamb ienta l, estra teg ias, planes y p rog ramas deprevenc in, adec uac in, c ontrol y remed iac in;
- Los mec anismos de p artic ipac in c iuda dana;- Los p lanes integra les de gestin d e residuos;- Los instrumentos orienta dos a c onserva r los rec ursosnaturales;- Los instrumentos de fisc a lizac in amb ienta l y sanc in;- La c lasific ac in de espec ies, ved as y reas deprotec c in y c onservac in; ETC.
DE LA EVALUACIN DEL IMPACTO AMBIENTAL
8/3/2019 Seminario Minam Cal
19/112
OBLIGATORIEDAD DE LA CERTIFICACIN AMBIENTAL
DE LA EVALUACIN DEL IMPACTO AMBIENTAL
No podr iniciarse la ejecucin de proyectos ni actividades
de actividades, construcciones, obras, y otras actividadescomerciales y de servicios que puedan causar impactoambientales negativos significativos, y ninguna autoridadnacional, sectorial, regional o local podr aprobarlas,autorizarlas, permitirlas, concederlas o habilitarlas si nocuentan previamente con la certificacin ambientalcontenida en la Resolucin expedida por la respectiva
autoridad competente.
Ley del SEIA (Art. 3)
8/3/2019 Seminario Minam Cal
20/112
CATEGORIAZACIN DE PROYECTOS DE ACUERDO AL RIESGOAMBIENTAL
DE LA EVALUACIN DEL IMPACTO AMBIENTAL
CATEGORA I
Dec larac in de Impac to
Ambiental (DIA)
CATEGORA IIEstudio de Impac to
Ambiental Semidetallado(EIA-sd)
Inc luye aquellos p royec tos c uya e jec uc in no orig ina impac tosambienta les neg ativos de c a rc ter signific a tivo
Inc luye los p royec tos c uya e jec uc in pued e orig inar impac tosambienta les moderados y cuyos efec tos neg a tivos pued en sereliminados o m inimizados med iante la adop c in d e med idasfc ilmente a p lic ab les.
8/3/2019 Seminario Minam Cal
21/112
CATEGORIAZACIN DE PROYECTOS DE ACUERDO AL RIESGOAMBIENTAL
DE LA EVALUACIN DEL IMPACTO AMBIENTAL
CATEGORA III Estudio de Impac toAmbiental Detallado (EIA-d)
Incluye aquellos proyectos cuyas caractersticas,envergadura y/o localizacin, pueden producir impactosambientales negativos significativos, cuantitativa ocualitativamente, requiriendo un anlisis profundo para
revisar sus impactos y proponer la estrategia de manejoambiental correspondiente.
8/3/2019 Seminario Minam Cal
22/112
DE LA EVALUACIN DEL IMPACTO AMBIENTAL
LOS ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL
Los EIA son instrumentos de gestin que contienen una
descripcin de la actividad propuesta y de los efectosdirectos o indirectos previsibles de dicha actividad en elmedio ambiente fsico y social, a corto y largo plazo, ascomo la evaluacin tcnica de los mismos. Deben indicar las
medidas necesarias para evitar o reducir el dao a nivelestolerables e incluir un breve resumen del estudio paraefectos de su publicidad. La ley de la materia seala losdems requisitos que deban contener los EIA.
Ley General del Ambiente (Art. 25)
8/3/2019 Seminario Minam Cal
23/112
CICLO DE VIDA DE LA MINA
InvestigacinDetallada d elSitio y DiseoEstimadopa ra Cierre
Construccin
2 3
Tpic am ente 1-3 aos
SuspensinTrmino
1A
Exploracin
1
1-10 ao s
SuspensinTrmino
2A
Operacin
4
2-100 aos
Rehabilitacin
Progresiva
CierreTemporal
4A
Cierre Final
5
1-5 ao s
Post-Cierre
6
Permanentemente
Evaluac in del impac to amb iental
Planes de Cierre
8/3/2019 Seminario Minam Cal
24/112
EXPLORACIN
EXPLOTACIN
PROCESAMIENTO CIERREEXPLORACIN
EXPLOTACIN
PROCESAMIENTO CIERREEstudio de ImpactoAmbiental
Programa de Adecuacin
y Manejo Ambiental
Plan de Cierre deMinas
Declaracin de ImpactoAmbiental
Estudio de ImpactoAmbiental Semidetallado
PEQUEA MINERAMINERA ARTESANAL
Plan de Cierrede PasivosAmbientales
Declaracin de ImpactoAmbiental
Estudio de Impacto
Ambiental Semidetallado
8/3/2019 Seminario Minam Cal
25/112
Regulac in Ambiental
Exp lorac in Minera
8/3/2019 Seminario Minam Cal
26/112
MARCO NORMATIVO
Decreto Supremo N 020-2008-EM,
Reglamento Ambiental para las Actividades deExploracin Minera.
R.M. N 167-2008-MEM/DM, que apruebaTrminos de Referencia Comunes para lasactividades de exploracin minera Categora Iy Categora II.
C
8/3/2019 Seminario Minam Cal
27/112
DISPOSICIONES GENERALES
OBJETO Y MBITO DE APLICACIN
REGULAR la p revenc in, minimizac in, mitigac in y control delos riesgos y efectos que pudieran derivarse de las
actividades de exploracin minera sobre la salud, laseg uridad de las personas y el ambiente, as c omo larehabilitacin ambiental al trmino de las mismas,propendiendo a un adecuado relacionamiento entre los
titulares de actividades mineras y la poblacin asentada ensu mbito de influencia, a fin de contribuir al desarrollosostenible .
NO APLICA a los pequeos productores mineros y minerosartesanales que se rigen por la Ley N 27651
APLICACIN SUPLETORIA la Ley N 28611; Ley N 27446; Ley N28090; y la Ley N 27444.
DISPOSICIONES GENERALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
28/112
DISPOSICIONES GENERALES
- concesiones mineras- reas de no admisin de denuncios- terrenos cercados o cultivados
- zonas urbanas o de expansin urbana- zonas reservadas para la defensa nacional- zonas arqueolgicas y sobre bienes de uso pblico.
Salvo autorizacin previa del titular, propietario, o de laentidad competente.
CATEOPROSPECCIN
NO
DISPOSICIONES GENERALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
29/112
DISPOSICIONES GENERALES
No requieren la previa aprobacin de un estudio ambiental,las actividades de cateo y prospeccin, que causan ningunao ligera alteracin a la superficie, tales como estudiosgeolgicos, geofsicos, geoqumicos, levantamientos
topogr ficos, la recoleccin de pequeas cantidades demuestras de rocas y minerales de superficie, utilizndose enestas actividades mineras instrumentos o equipos quepueden ser transportados a mano sobre la superficie y sin
causar mayor alteracin que la originada por el trnsitoordinario de las personas. No se incluyen dentro de estasactividades la realizacin de trincheras.
CATEOPROSPECCIN
DISPOSICIONES GENERALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
30/112
DISPOSICIONES GENERALES
Las actividades de cateo y prospeccin debendesarrollarse respetando los derechos de la
poblacin local y adoptando las medidasnecesarias para evitar o minimizar cualquierperturbacin que se pudiera generar sobre lasactividades socioeconmicas y culturales de la
zona.
CATEOPROSPECCIN
DISPOSICIONES GENERALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
31/112
DISPOSICIONES GENERALES
El titular est obligado a contar con los siguientesinstrumentos, antes de iniciar sus actividades de exploracinminera:
a) El estudio ambiental correspondiente aprobado, de acuerdo
a lo sealado en el presente reglamento.b) Las licencias, permisos y autorizaciones que son requeridosen la legislacin vigente, de acuerdo con la naturaleza y
localizacin de las actividades que va a desarrollar.c) El derecho de usar el terreno superficial correspondiente al rea en donde va a ejecutar sus actividades de exploracin
minera, de acuerdo a la legislacin vigente.
OBLIGACIONES DEL TITULAR MINERO PARA EXPLORAR
DISPOSICIONES GENERALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
32/112
DISPOSICIONES GENERALES
PARTICIPACINCIUDADANA
DS 028-2008-EMRM 304-2008-EM-DM
DOCUMENTOSEN LOS ESTUDIOS
CONSTITUYENDECLARACIN JURADA
ACTIVIDADESEN ANP
OPININ DELSERNANP
MANEJO DEEFLUENTES
Cumplimiento LMPMonitoreo de c uerpos deagua
8/3/2019 Seminario Minam Cal
33/112
BOFEDALESHUMEDALES
No a travesarlos c onc aminos de ac c eso.No d isponer residuos osusta nc ia sobre ellos
8/3/2019 Seminario Minam Cal
34/112
PLATAFORMAS EN BOFEDALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
35/112
ACCESOS DE MADERA
DISPOSICIONES GENERALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
36/112
DISPOSICIONES GENERALES
PATRIMONIOARQUEOLGICOProhib ida en reas deMonumentos ArqueolgicosPrehispnicos o MonumentosHistricos Coloniales y Republicanosa los que se refiere el Decreto
Supremo 004-2000-ED.Salvo autorizacin de INC
TERRENOSUPERFICIAL
TERRENOSUPERFICIAL
CONCESINMINERA
La aprobacin de un estudiosambiental no otorga al titular de laactividad minera derecho a usar,
poseer, disfrutar, disponer o ejercercualquier otro derecho sobreterrenos superficiales de propiedadde terceros, los cuales se rigen porla legislacin de la materia.
8/3/2019 Seminario Minam Cal
37/112
Las plataformas de perforacin consideradas en elestudio ambiental aprobado, deben ser instaladas en laubicacin aprobada por la DGAAM, pudiendo el titular
variar su ubicacin a una distancia no mayor de 50metros lineales, sin requerir la aprobacin de la autoridad
VARIACINX
OPERATIVIDAD
DISPOSICIONES GENERALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
38/112
DISPOSICIONES GENERALES
INFORME DE
ACTIVIDADES
Comunicacin de INICIO deactividadesInforme de actividades a travsde la DEM
OBSTACULIZACINDE LA EXPLORACIN
- Responsabilidad de quienintencional o negligentementeobstaculice las actividades.
- Comunicar a Osinergmin y DGAAM- Comunicar el reinicio de actividades
DISPOSICIONES GENERALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
39/112
PLANTAS PILOTO
Las actividades de exploracin podrn incluir
la puesta en marc ha de una Planta Piloto, c onla finalidad de realizar estudios que permitanprobar, experimentar o ensayar, con muestrasrepresentativas de mineral, tecnologas deprocesamiento de mineral que permitandeterminar los parmetros metalrgicosptimos de la futura operacin a tamao
industrial.
DISPOSICIONES GENERALES
DISPOSICIONES GENERALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
40/112
VIGENCIA DE LA RESOLUCIN QUE APRUEBA ELESTUDIO AMBIENTAL
DISPOSICIONES GENERALES
R
Ejec uc in d e c ronog rama X
12 meses03 mesesEjec uc in d e c ronograma
VIGENCIA DE LA RD
DISPOSICIONES GENERALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
41/112
RECURSOS IMPUGNATIVOS
S OS C O S G S
Contra lo resuelto por la DGAAM se podrinterponer rec urso de revisin ante elConsejo de Minera , sin p erjuic io de lafac ultad de interponer rec urso de
reconsideracin, en ap lic ac in de la Ley N27444. El p lazo pa ra la interposic in d elrec urso impugnativo es de quinc e d as
hb iles desde la notific ac in del ac toadministrativo.
EXPLORACIN, CATEGORAS Y ESTUDIOS AMBIENTALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
42/112
DEFINICIN DE EXPLORACIN MINERA(D.S. N 014-92-EM TUO)
Poza de sedimentacinPerforacin diamantina
La exp lorac in es la ac tividad minera tend iente a demostra r
las dimensiones, posicin, caractersticas mineralgicas,reserva s y va lores de los yac imientos minera les.
EXPLORACIN, CATEGORAS Y ESTUDIOS AMBIENTALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
43/112
Evaluar la viabilidad ambiental de las actividades minerasorientadas a demostrar las dimensiones, posicin,caractersticas mineralgicas, reservas y valores delyac imiento de minera les.
Su aprobac in certific a la viab ilidad amb ienta l delproyecto de exploracin, pero no autoriza actividades dedesarrollo minero o de extraccin de los minerales
contenidos en el yac imiento con fines c omerc ia les
OBJETO DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES PARAEXPLORACIN MINERA
EXPLORACIN
=DESARROLLO
COMERCIALIZACIN
EXPLORACIN, CATEGORAS Y ESTUDIOS AMBIENTALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
44/112
Los estudios ambientales para las actividades de exploracinminera, pueden ser elaborados por personal especialista enmedio ambiente del propio titular o por cualquier entidad o
profesionales especializados en la materia. En los estudiosambientales deber consignarse el nombre completo,especialidad y colegiatura profesional de los profesionales queparticiparon en su elaboracin.
CATEGORAS Y TIPO DE ESTUDIO
CATEGORA I
CATEGORA II
EXPLORACIN, CATEGORAS Y ESTUDIOS AMBIENTALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
45/112
CATEGORA I
20.1 Categora I: Comprende proyectos que impliquenc ua lquiera de los siguientes aspec tos:
a ) Un mximo de 20 p la ta formas de perforac in;
b) Un rea efectivamente disturbada menor a 10hec treas considerando en c onjunto d ic has p la ta formas,trinc heras, insta lac iones auxilia res y ac cesos;
c) La construccin de tneles de hasta 50 metros delongitud, en c onjunto.
EXPLORACIN, CATEGORAS Y ESTUDIOS AMBIENTALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
46/112
La DIA debe incluir la informacin que se consigne como
Trminos de Referencia Comunes para la Categora I,aprobados mediante Resolucin Ministerial del Ministerio deEnerga y Minas, en aplicacin de lo dispuesto por el artculo 9de la Ley N 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacin
de Impacto Ambiental.
DECLARACIN DE IMPACTO AMBIENTAL
APROBACIN AUTOMTICA
EVALUACIN PREVIA
SILENCIO NEGATIVO
EXPLORACIN, CATEGORAS Y ESTUDIOS AMBIENTALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
47/112
En caso el proyecto se localice en reas naturales protegidaso su zona de amortiguamiento, o cuando la exploracin tengapor objeto determinar la existencia de minerales radiactivos.Asimismo, la DIA estar sujeta a un procedimiento deevaluacin previa cuando las plataformas, perforaciones,trincheras, tneles, calicatas, u otros componentes se vayan alocalizar en los siguientes lugares:
31.1 A menos de 50 metros de un bofedal, canal de conduccin,pozos de captacin de aguas subterrneas, manantiales opuquiales.31.2 En glaciares o a menos de 100 metros del borde del glaciar.31.3 En bosques en tierras de proteccin y bosques primarios.31.4 En reas que tengan pasivos ambientales mineros o labores deexploracin previas no rehabilitadas, que excedan el nivel de
intervencin que configura la Categora I.
Eva luac in Previa
EXPLORACIN, CATEGORAS Y ESTUDIOS AMBIENTALES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
48/112
Proc ed imiento de eva luac in
Proc ed imiento de eva luac in
8/3/2019 Seminario Minam Cal
49/112
PROYECTOS VINCULADOS
En e l c aso que el mismo titula r minero o titula res
mineros asociados o vinculados, proyectenrea liza r ac tividades de exp lorac in en la mismazona, sobrepasando de manera conjunta los
parmetros que configuran la Categora I; elestud io amb ienta l c orrespond iente ser elEIAsd .
8/3/2019 Seminario Minam Cal
50/112
PRINCIPALES DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO AMBIENTAL
PARA LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACIN MINERA:
III EN SIMPLIFICACIN ADMINISTRATIVA
Se establece que la evaluacin del estudio ambiental que haga laautoridad deba sujetarse al cumplimiento de los trminos dereferencia comunes previamente aprobados por sta, con una solaoportunidad para observar.
No se requiere recurrir ante la autoridad y tramitar procedimientos demodificacin del estudio ambiental por cada variacin en elproyecto, dado que:- Se prev que en la realizacin de las actividades de exploracinaprobadas se pueda variar la ubicacin de las plataformas deexploracin a una distancia no mayor de 50 metros lineales, sinrequerir la aprobacin de la autoridad.
8/3/2019 Seminario Minam Cal
51/112
- Se establece un plazo de hasta doce meses para que el titularminero de inicio las actividades de exploracin consideradas en elestudio ambiental aprobado, a partir del cual correr el cronograma
de ejecucin del plan de trabajo.- En caso que el titular requiera extender la ejecucin de susactividades aprobadas, por un plazo no mayor a 3 meses respectodel que fuera aprobado por la autoridad, podr ejecutarlas conprevio aviso a la DGAAM y al OSINERGMIN.
- Para el caso de los EIAsd, no se requerir aprobacin previa de lamodificacin del proyecto que est referida a la localizacin de loscomponentes auxiliares incluidos en dicho estudio, cuando la nuevaubicacin de dichos componentes no se encuentran en reassensibles precisadas en el reglamento, y se localicenexclusivamente dentro de los distritos, comunidades, centrospoblados o cuencas considerados en el EIAsd aprobado. S se debetan solo comunicar previamente a la DGAAM y al OSINERGMIN, lamodificacin a ejecutar.
PRINCIPALES DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO AMBIENTAL
PARA LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACIN MINERA:
8/3/2019 Seminario Minam Cal
52/112
- Se conserva la aprobacin autom tica para proyectos deexploracin minera en la categora I, siempre que por sudimensin y por el entorno en el que se desarrolle no constituyanun mayor riesgo ambiental y siempre que el estudio (DIA) contenga
la informacin requerida por la autoridad en los trminos dereferencia comunes.
Se prev el establecimiento de plantas pilotos como parte de lasactividades de exploracin minera. Deber plantearse en el EIAsd.
PRINCIPALES DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO AMBIENTALPARA LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACIN MINERA:
8/3/2019 Seminario Minam Cal
53/112
Regulac in AmbientalExp lotac in, Benefic io y
Almacenamiento Minero
8/3/2019 Seminario Minam Cal
54/112
Artculo 8.- La exp lorac in es la ac tividad minera tend iente ademostrar las dimensiones, posicin, caractersticas mineralgicas, reservas
y va lores de los yac imiento minerales.
La exp lotac in es la ac tividad de extrac c inde los minera les c ontenidos en un yac imiento.
Desarrollo es la operac in q ue se rea liza parahac er posib le la exp lotac in del minera l
c ontenido en un yac imiento .
EXPLOTACIN
TUO LGM, DS 014-92-EM
Minado Subterrneo y/ o a Tajo Abierto
8/3/2019 Seminario Minam Cal
55/112
BENEFICIO
8/3/2019 Seminario Minam Cal
56/112
Artculo 17.- Benefic io es el c onjunto de p roc esosfsic os, qumic os y/ o fsic o-qumic o que se rea lizanpara extraer o c onc entra r las partes va liosas de unagregado de minera les y/o para purific a r, fund ir orefina r meta les; c omprende las siguientes etapas:1. Prep arac in Mec nic a .- Proc eso por el c ua l se red ucede tamao, se c lasifica y/o lava un minera l.
2. Meta lurg ia .- Conjunto de proc esos fsic os, qumicos y/ ofsic o-qumico que se rea lizan para c onc entra r y/ o extraerlas sustancias valiosas de los minerales.3. Refinac in.- Proc eso para purific a r los meta les de los
produc tos ob tenidos de los p roc ed imientos meta lrg ic osanteriores.
TUO LGM, DS 014-92-EM (Definic iones, Dec . Leg. N 109, mod ific ado por elArt. 20, inc . b ), Dec . Leg . N 708)
BENEFICIO
Concentracin de M inerales y/ o Tratamiento Hidrometalrgico
8/3/2019 Seminario Minam Cal
57/112
y/ g
8/3/2019 Seminario Minam Cal
58/112
Lixiviacin
Fundicin de Concentrados y/ o Metales
8/3/2019 Seminario Minam Cal
59/112
Fundicin de Concentrados y/ o Metales
8/3/2019 Seminario Minam Cal
60/112
CICLO DE VIDA DE LA MINA
InvestigacinDetallada d elSitio y DiseoEstimadopa ra Cierre
Construccin
2 3
Tpic am ente 1-3 aos
SuspensinTrmino
1A
Exploracin
1
1-10 ao s
SuspensinTrmino
2A
Operacin
4
2-100 aos
Rehabilitacin
Progresiva
CierreTemporal
4A
Cierre Final
5
1-5 ao s
Post-Cierre
6
Permanentemente
Evaluac in del impac to amb iental
Planes de Cierre
8/3/2019 Seminario Minam Cal
61/112
MARCO NORMATIVO AMBIENTAL SECTORIALExp lotac in y Benefic io Minero
8/3/2019 Seminario Minam Cal
62/112
MARCO NORMATIVO
Decreto Supremo N 016-93-EM, Reglamentode Proteccin Ambiental para las ActividadesMinero Metalrgicas y Modificaciones.
D.S. 078-2009-EM.
Dec reto Supremo N 016-93-EM Reglamento de Protec c in
8/3/2019 Seminario Minam Cal
63/112
1993
ACTIVIDADES EN
OPERACIN NUEVAS OPERACIONES
PAMA EIA
Dec reto Supremo N 016 93 EM, Reglamento de Protec c in
Ambiental para las Ac tividades Minero Metalrgicas.
Dec reto Supremo N 016-93-EM Reglamento de Protec c in
8/3/2019 Seminario Minam Cal
64/112
PAMA
Dec reto Supremo N 016 93 EM, Reglamento de Protec c in
Ambiental para las Ac tividades Minero Metalrgicas.
Lmites MximosPermisibles
PROYECTOS
Dec reto Supremo N 016-93-EM, Reglamento de Protec c in
8/3/2019 Seminario Minam Cal
65/112
ACTIVIDADES
ENOPERACIN
PAMA
Dec reto Supremo N 016 93 EM, Reglamento de Protec c in
Ambiental para las Ac tividades Minero Metalrgicas.
Lmites MximosPermisibles
5 aos
10 aos
8/3/2019 Seminario Minam Cal
66/112
LA EVALUACIN DEL IMPACTO AMBIENTAL EL EIA
Dec reto Supremo N 016-93-EM, Reglamento de Protec c in
8/3/2019 Seminario Minam Cal
67/112
1993
NUEVAS OPERACIONES
EIA
p , g
Ambiental para las Ac tividades Minero Metalrgicas.
DE LA EVALUACIN DEL IMPACTO AMBIENTAL
8/3/2019 Seminario Minam Cal
68/112
Ley del SEIA (Art. 10)
El estudio de impacto ambiental deber ser elaborado porentidades autorizadas que cuenten con equipos de
profesionales de diferentes especialidades con experienciaen aspectos de manejo ambiental y social, cuya eleccin esde exclusiva responsabilidad del titular o proponente de laaccin, quien asumir el costo de su elaboracin y
tramitacin.
REGISTRO DE ENTIDADES AUTORIZADAS A ELABORAR
EIA
DE LA EVALUACIN DEL IMPACTO AMBIENTAL
8/3/2019 Seminario Minam Cal
69/112
CONTENIDO DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTIN AMBIENTAL
Los estudios de impacto ambiental y, segn corresponda, losdems instrumentos de gestin ambiental, debern contener:
a)Una descripcin de la accin propuesta y los antecedentesde su rea de influencia;
b) La identificacin y caracterizacin de las implicaciones y losimpactos ambientales negativos, segn corresponda, en todaslas fases y durante todo el perodo de duracin del proyecto.Para tal efecto, se deber tener en cuenta el ciclo de vida del
producto o actividad, as como el riesgo ambiental, en loscasos aplicables y otros instrumentos de gestin ambientalconexos;
Ley del SEIA (Art. 10)
DE LA EVALUACIN DEL IMPACTO AMBIENTAL
8/3/2019 Seminario Minam Cal
70/112
CONTENIDO DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTIN AMBIENTAL
c) La estrategia de manejo ambiental o la definicin de metasambientales incluyendo, segn el caso, el plan de manejo, el
plan de contingencias, el plan de compensacin y el plan deabandono o cierre;
d) El plan de participacin ciudadana de parte del mismo
proponente;e) Los planes de seguimiento, vigilancia y control;
f) La valorizacin econmica del impacto ambiental;
g) Un resumen ejecutivo de fcil comprensin; y,h) Otros que determine la autoridad competente.
Ley del SEIA (Art. 10)
Obligac in de hacer un manejo integral y prevenir el
8/3/2019 Seminario Minam Cal
71/112
El titular de operaciones debe adoptar prioritariamente
medidas de prevencin del riesgo y dao ambiental en lafuente generadora de los mismos, as como las demsmedidas de conservacin y proteccin ambiental quecorresponda en cada una de las etapas de sus operaciones,
bajo el concepto de ciclo de vida de los bienes que produzca olos servicios que provea, de conformidad con los principiosestablecidos en el Ttulo Preliminar de la presente Ley y lasdems normas legales vigentes.
dao ambiental en la fuente en c ada una de lasetapas de las operac iones
Art. 75 Ley General del AmbienteLey N 28611
Responsabilidad general en materia ambiental
8/3/2019 Seminario Minam Cal
72/112
El titular de la actividad minero - metalrgica, es responsablepor las emisiones, vertimientos y disposicin de desechos al
medio ambiente que se produzcan como resultado de losprocesos efectuados en sus instalaciones. A este efecto es suobligacin evitar e impedir que aquellos elementos y/osustancias que por sus concentraciones y/o prolongada
permanencia puedan tener efectos adversos en el medioambiente, sobrepasen los niveles mximos permisiblesestablecidos.
Responsabilidad general en materia ambiental
Art. 5 del Reglamento para la Proteccin Ambiental en la ActividadMinero-Metalrgica - Decreto Supremo N 016-93-EM
Minado Subterrneo y/ o a Tajo Abierto
8/3/2019 Seminario Minam Cal
73/112
Mineral aconcentrar
Agua de mina
Maquinaria
Energa
Ruidos y VibracionesPartculas ensuspensin Gases
Material dedesecho
Insumos
AguaAgua de Mina
Partculas en
Concentracin de M inerales y/ o Tratamiento Hidrometalrgico
8/3/2019 Seminario Minam Cal
74/112
Ruidos
Partculas en
suspensin Gases
Mineral
Energa
Insumos y Reactivos
Concentrado
Relaves
Aguasindustriales
Agua
Lixiviacin
8/3/2019 Seminario Minam Cal
75/112
Mineral
Energa
Reactivos
Agua
Lixiviados
Solucin sangrad
Recirculacin
Partculas en Gases
Fundicin de Concentrados y/ o Metales
8/3/2019 Seminario Minam Cal
76/112
Ruidossuspensin CO2 SO2 CO
Concentrados
Energa
Fundentes
Metal arefinar
Escorias
Aguasindustriales
Obligac in de c ontar con programas de
8/3/2019 Seminario Minam Cal
77/112
El tipo, nmero y ubicacin de los puntos de control estarnde acuerdo a las caractersticas geogrficas de cada regindonde se encuentra ubicado el centro productivo. Estosregistros estarn a disposicin de la autoridad competente
cuando lo solicite, bajo responsabilidad.
Obligac in de c ontar con programas deprevisin y c ontrol contenidos en el EIA
Art. 6 del Reglamento para la Proteccin Ambiental en la ActividadMinero-Metalrgica - Decreto Supremo N 016-93-EM
8/3/2019 Seminario Minam Cal
78/112
OTRAS OBLIGACIONESExp lotac in y Benefic io Minero
Obligac in de c ontar con la autorizac in de uso
8/3/2019 Seminario Minam Cal
79/112
La concesin minera otorga a su titular el derecho a laexploracin y explotacin de los recursos minerales
concedidos, que se encuentren dentro de un slido deprofundidad indefinida, limitado por planos verticalescorrespondientes a los lados de un cuadrado, rectngulo opoligonal cerrada, cuyos vrtices estn referidos acoordenadas Universal Transversal Mercator (UTM).
La concesin minera es un inmueble distinto y separado del
predio donde se encuentre ubicada.(...)
del pa rte del titular del terreno superfic ial
Art. 9 Texto nico Ordenado de la Ley General de Minera
8/3/2019 Seminario Minam Cal
80/112
TERRENO
SUPERFICIAL
CONCESINMINERA
La aprobacin de unestudios ambiental nootorga al titular de la
actividad minera derecho ausar, poseer, disfrutar,disponer o ejercercualquier otro derecho
sobre terrenos superficialesde propiedad de terceros,los cuales se rigen por lalegislacin de la materia.
Presentac in de la Dec larac in Jurada Anual de
8/3/2019 Seminario Minam Cal
81/112
Los titulares de la actividad minera debern presentar:1. Los titulares de concesiones mineras y/o concesiones debeneficio, de labor general y de transporte minero que se
encuentren en la etapa de produccin u operacin, en su caso,debern presentar anualmente al Ministro de Energa y Minas,adjunta a la Declaracin Anual Consolidada, antes del 30 de junio, lainformacin contenida en Anexo No. 1, suscrita por un Auditor
Ambiental registrado en el Ministerio de Energa y Minas. Dichainformacin tendr carcter de declaracin jurada, y en ella sedescribir las operaciones de su actividad que involucren emisionesal ambiente, y el seguimiento que los titulares realizan al Estudio de
Impacto Ambiental y/o Programa de Adecuacin y Manejo Ambientalaprobados.(...)
Ac tividades de desarrollo sostenible
Establecen compromiso previo como requisito para el desarrollo deactividades mineras y complementarias
Decreto Supremo N 042-2003-EM
Obligac in de manejar los residuos slidos de
8/3/2019 Seminario Minam Cal
82/112
El manejo de residuos slidos realizado por toda personanatural o jurdica deber ser sanitaria y ambientalmenteadecuado, con sujecin a los principios de prevencin deimpactos negativos y proteccin de la salud, as como a los
lineamientos de poltica establecidos en el Artculo 4.
manera sanitaria y ambientalmente adec uada
Art. 13 Ley General de Residuos SlidosLey N 27314
Obligac iones del generador de residuos slidosdel mbito no munic ipal
8/3/2019 Seminario Minam Cal
83/112
El generador de residuos del mb ito no munic ipa l est ob ligado a :(...) 2. Carac teriza r los residuos que g eneren segn las pauta s ind ic adasen e l Reg lamento y en las normas tc nic as que se emita n para este fin;3. Ma neja r los residuos pelig rosos en fo rma separada del resto de
residuos;(...)5. Almac ena r, ac ond ic iona r, tra ta r o d isponer los residuos pelig rosos enforma seg ura , sanita ria y amb ienta lmente a dec uada , conforme seesta b lec e en la Ley, el Reglamento y, en las normas espec fic as queemanen de ste;
6. Ante una situac in de emergenc ia , p roc ed er de a c uerdo a losea lado en el a rtc ulo 36 del Reg lamento;7. Brinda r las fac ilidades nec esa rias para que la Auto ridad de Sa lud y lasAutoridades Sec toria les Competentes pued an c ump lir c on las func ionesesta b lec idas en la Ley
y en el p resente Reg lamento.8. Cum p lir c on los otros requerimientos p revistos en e l Reg lamento y o trasd isposic iones emitid as a l amparo de ste; etc
Art. 25 Ley General de Residuos Slidos
Ley N 27314
Otras obligac iones que se generan en la
8/3/2019 Seminario Minam Cal
84/112
- Obligacin de incluir plan de minimizacin en los estudiosambientales.
- Capacitacin a los trabajadores sobre la disposicin de desechos.
- Obligacin de almacenar o encapsular desechos industriales.- Obligacin de acondicionar y almacenar adecuadamente los
residuos slidos.- Obligacin de realizar el tratamiento previo a la disposicin final de
residuos slidos.- Prohibicin para la disposicin final en lugares no autorizados.- Deber de contratar a una EPS-RS cuando el tratamiento y/o
disposicin de residuos slidos se realice fuera de las
instalaciones del generador.- Etc, etc, etc.
legislac in de Residuos Slidos
Ley General de Residuos SlidosLey N 27314
Otras ob ligac iones de acuerdo a lascarac tersticas del Proyec to
8/3/2019 Seminario Minam Cal
85/112
- Permiso de Operacin Especial para el servicio de TransporteTerrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos por Carretera
- Certificado de habilitacin vehicular especial para transporte demateriales y/o residuos peligrosos
- Plan de Contingencia; etc.
- Constancia de Registro de consumidor directo; etc.
- Requerimiento de concesin elctrica; Requesitos para la solicitud deAutorizacin para desarrollar las actividades de generacintermoelctrica; Servidumbres elctricas; etc.
- Autorizaciones requeridas para el uso y manejo de fuentes deradiacin ionizante; etc.
- Deber de proteccin de los bienes integrantes del Patrimonio Culturalde la Nacin; etc.
8/3/2019 Seminario Minam Cal
86/112
Regulac in AmbientalCierre de Minas
MARCO NORMATIVO ESPECFICO DEL CIERRE DEMINAS
8/3/2019 Seminario Minam Cal
87/112
LEY QUE REGULA EL CIERRE DE MINASLey 28090 (14/10/2003)
Modificada por Leyes 28234 y 28507
REGLAMENTO DE LEY QUE REGULA EL CIERRE DE MINASDecreto Supremo N 033-2005-EM (15/08/2005)
Modificado por Decreto Supremo N 035-2006-EM y N 045-2006-EM
REGLAMENTO DEL REGISTRO DE CONSULTORASRegistro consultoras por D.S. 016-2005-EM y D.S. 039-2005-EM
GUIA PARA LA ELABORACIN DEL PLAN DE CIERRE DEMINAS
PRINCIPALES DISPOSICIONES NORMATIVASDEL CIERRE DE MINAS
8/3/2019 Seminario Minam Cal
88/112
OBJETO
El objetivo de la Ley N 28090, Ley que Regula el Cierrede Minas y del presente Reglamento es la prevencin,minimizacin y el control de los riesgos y efectos sobrela salud, la seguridad de las personas, el ambiente, elecosistema circundante y la propiedad, que pudieranderivarse del cese de las operaciones de una unidadminera.
Art. 1 del Reglamento
PRINCIPALES DISPOSICIONES NORMATIVASDEL CIERRE DE MINAS
8/3/2019 Seminario Minam Cal
89/112
DEFINICIONES
- 7.12. Plan de Cierre de Minas: Es un instrumento degestin ambiental conformado por acciones tcnicas ylegales, que deben ser efectuadas por el titular de
actividad minera, a fin de rehabilitar las reas utilizadaso perturbadas por la actividad minera, para que stasalcancen caractersticas de ecosistema compatible conun ambiente saludable y adecuado para el desarrollo dela vida y la conservacin del paisaje.
Art. 7 del Reglamento
PRINCIPALES DISPOSICIONES NORMATIVASDEL CIERRE DE MINAS
8/3/2019 Seminario Minam Cal
90/112
EXIGIBILIDAD DEL PCM
Es una obligacin exigible a todo titular de actividad minera, quese encuentre en operacin sea en la fase de desarrollo minero ode produccin, que inicie operaciones mineras o las reiniciedespus de haberlas suspendido o paralizado antes de lavigencia de la Ley, y no cuente con un Plan de Cierre de Minasaprobado
Art. 8 del Reglamento
Exploracin con labores subterrneas que impliquen laremocin de ms de diez mil (10,000) toneladas de material oms de mil (1,000) toneladas de material con una relacin de
potencial de neutralizacin (PN) sobre potencial de acidez (PA)menor a tres (PN/PA < 3), en muestras representativas delmaterial removido.
PRINCIPALES DISPOSICIONES NORMATIVASDEL CIERRE DE MINAS
8/3/2019 Seminario Minam Cal
91/112
PRESENTACIN DEL PCM AL MEM
El Plan de Cierre de Minas debe ser presentado deacuerdo a los trminos sealados en el presenteReglamento, por los titulares de nuevos proyectos deactividad minera en el plazo mximo de un ao a partir de
la aprobacin del respectivo EIA y de la vigencia de estanorma, para los titulares de actividades mineras enoperacin.
Art. 9 del Reglamento
PRINCIPALES DISPOSICIONES NORMATIVASDEL CIERRE DE MINAS
8/3/2019 Seminario Minam Cal
92/112
OBJETIVOS DEL PLAN DE CIERRE
Debe ser ejecutado en forma progresiva durante la vida til de la
operacin minera, al trmino de la cual se debe cerrar el resto dereas, labores e instalaciones que por razones operativas nohubieran podido cerrarse durante la etapa productiva o comercial,de forma tal que se garantice el cumplimiento efectivo de los
siguientes objetivos:a) Estabilidad fsica a largo plazo.b) Estabilidad qumica a largo plazo.c) Rehabilitacin de las reas afectadas.
d) Uso alternativo de reas o instalaciones, de conformidadcon lo establecido en el artculo 18.
e) Determinacin de las condiciones del posible uso futurode dichas reas o instalaciones.
PRINCIPALES DISPOSICIONES NORMATIVASDEL CIERRE DE MINAS
8/3/2019 Seminario Minam Cal
93/112
CONTENIDO DEL PLAN DE CIERRE
Medidas y montos de rehabilitacin. Garantas. Cronograma anualizado de ejecucin. Medidas relativas a:
El cierre progresivo de reas, labores o instalaciones. Eventuales suspensiones temporales de operaciones.
El cierre final de la unidad minera.
El post cierre.
Contenido detallado en el Anexo I.
USO ALTERNATIVO DE INSTALACIONES
8/3/2019 Seminario Minam Cal
94/112
Para fines de uso o inters pblico se puede solicitar el usode alguna instalacin o infraestructura, en cuyo caso se
excluye del PC. Presentacin del Acuerdo Regional o Local u otra
documentacin sustentatoria.
S lo si dichas instalaciones no representan peligro para lasalud humana o el ambiente. Los beneficiarios asumen la responsabilidad ambiental por
dichas instalaciones.
MODIFICACIN DEL PC
8/3/2019 Seminario Minam Cal
95/112
Una primera actualizacin luego de transcurridos tres (3)aos desde su aprobacin y posteriormente despus de
cada cinco (5) aos desde la ltima modificacin oactualizacin aprobada.
Cuando lo determine la DGM, en ejercicio de sus funciones
de fiscalizacin.A solicitud del titular cuando varen las condiciones legales,tecnolgicas u operacionales.
EJECUCIN DEL PC
8/3/2019 Seminario Minam Cal
96/112
Ejecucin inmediata de las medidas de cierre progresivo,al cese de las operaciones correspondientes. S lo sernmateria de cierre final aquellas que por razones operativas
no puedan cerrarse antes. Informes semestrales. Responsabilidad del que obstaculiza la ejecucin del Plan
de Cierre.
Responsabilidad compartida entre el cesionario y elcedente; entre el transfiriente y el adquiriente.
Aviso previo sobre el cese de operaciones y cronogramadetallado del cierre final y post cierre.
Certificados de cumplimiento.
Ejecucin de las medidas del Cierre Progresivo
8/3/2019 Seminario Minam Cal
97/112
El titular de actividad minera est obligado a cumplir demanera eficaz y oportuna, con las medidas de cierreprogresivo establecidas en el Plan de Cierre de Minasaprobado, durante la vida til de su operacin minera,debiendo ejecutarlas en forma inmediata cuando cesen lasoperaciones mineras en las reas o instalaciones que
corresponda, conforme al cronograma aprobado por laautoridad competente. Slo podrn ser objeto de cierre final,las labores, reas e instalaciones, que por razonesoperativas, no hayan podido cerrarse durante la etapa
productiva o comercial.Art. 25 Reglamento de la Ley que regula el cierre de
minasDS N 033-2005-EM
Obligacin de presentar Informes Semestralesde ejecucin del Plan de Cierre de Minas
8/3/2019 Seminario Minam Cal
98/112
La Todo titular de actividad minera debe presentar ante laDireccin General de Minera, un informe semestral, dando
cuenta del avance de las labores de rehabilitacin sealadasen el Plan de Cierre de Minas aprobado y con informacindetallada respecto de la ejecucin de las medidascomprometidas para el semestre inmediato siguiente. El
primer reporte se presentar adjunto a la Declaracin AnualConsolidada y el segundo durante el mes de diciembre.
Subsiste la obligacin de presentar los informes semestrales
luego del cese de operaciones hasta la obtencin delCertificado de Cierre Final.
Art. 29 Reglamento de la Ley que regula el cierre de minasDS N 033-2005-EM
TRANSFERENCIA O CESIN DE LA UNIDAD
MINERA MATERIA DE CIERRE
8/3/2019 Seminario Minam Cal
99/112
MINERA MATERIA DE CIERRE Si el titular transfiere o cede la unidad minera, el
adquirente o cesionario estar obligado a ejecutar elPC aprobado.
El adquirente o cesionario debe constituir garanta,en reemplazo o en forma complementaria a las
garantas otorgadas por el transferente o cedente. La responsabilidad relativa al cierre de minas podr
extenderse al transfiriente y al adquiriente o en su
caso al cedente y al cesionario.
INTERRUPCIONES TEMPORALES
El titular debe continuar implementando las medidas de
8/3/2019 Seminario Minam Cal
100/112
El titular debe continuar implementando las medidas de
manejo ambiental y de cierre.
La garanta se mantiene vigente durante el perodo de la
suspensin o paralizacin. Para efectos del PC, la suspensin o paralizacin no
podr exceder a 2 aos.
Cumplido este plazo o si se desmantelan instalacionesfijas, se implementarn todas las medidascomprometidas en el PC.
S lo por excepcin se autorizar la interrupcin de laejecucin del PC. Nunca en caso de peligro a la salud oal ambiente.
DEL PRESUPUESTO DEL PC
El presupuesto del PC debe incluir todos los
8/3/2019 Seminario Minam Cal
101/112
El presupuesto del PC debe incluir todos losmontos directos e indirectos, supervisin,contingencias, contrataciones de terceros, ascomo los dems montos complementarios y sus
reajustes. Incluye un cronograma de actividades y los
desembolsos por pa rtidas.
El monto deb e ser p rop uesto por el t itula r, c on elrespaldo de una consultora. Es admisible unad iferenc ia de hasta el 20%.
En c aso de que una c onsultora p resente ms de
dos (02) PC c on montos que d ifieran de eseporc entaje, pod r ser inhab ilitada para p resentarotros PC.
DE LAS GARANTAS
El tit l d b tit i t
8/3/2019 Seminario Minam Cal
102/112
El titula r debe constituir una garanta c ondep sitos anuales, luego de la aprobac in delPC.
No podr opera r si no las estab lec e. Si est en operac in y no c onstituye la ga ranta se
le pa ra liza y en un p lazo mximo de 2 aos se leexije el c ierre inmed ia to.
Las med idas de c ierre p rogresivo no est n sujeta sa garanta , sa lvo q ue se incump la sucronograma.
El MEM podr c eleb ra r c onvenios c on otrasentidades esta ta les para la eva luac in de losmontos y la sup ervisin de las garantas.
CLCULO DEL MONTO ANUAL DE LA GARANTA
Monto tota l del PC menos importe ac tualizado de las
8/3/2019 Seminario Minam Cal
103/112
Monto tota l del PC menos importe ac tualizado de lasgarantas constituidas, montos ejecutados y loscorrespondientes al cierre progresivo, dividido entre
el nmero de aos de la vida til que le restan a launidad minera . Si se incumplen las medidas de cierre progresivo, el
importe to ta l de las mismas se inc luye en el monto dela garanta anual.
La vida til estar en func in d e la p rod ucc in a nua ly las reserva s p robadas, segn la DAC.
En exp lorac in minera se c onsidera r c omo vida tilun plazo mximo d e 5 aos, a menos que e l titula rac red ite un p lazo mayor.
Obligacin de constituir anualmente la garanta
El titula r de a c tividad minera c onstituir garantas de importe
8/3/2019 Seminario Minam Cal
104/112
La garanta se constituir a partir del ao siguiente a la fechade aprobacin o modificacin del Plan de Cierre de Minas,dentro de los primeros doce (12) das hbiles de cada ao..
El titula r de a c tividad minera c onstituir garantas de importesufic iente y rea lizac in oportuna para el c umplimiento del Plande Cierre de Minas, en b ase a l estima do de montos aprob adode c onformidad c on lo estab lec ido en e l Ca ptulo anterior, en
la forma , va lor y op ortunidades que a prueb e la autoridadc ompetente en b ase a lo estab lec ido en el p resente
Reglamento y otras normas espec fic as que se d ic ta ren pa raeste efec to.
Art. 25 Reglamento de la Ley que regula el cierre deminas
DS N 033-2005-EM
GARANTA PROVISIONAL POR DESAPROBACIN O
NO PRESENTACIN DEL PC
8/3/2019 Seminario Minam Cal
105/112
NO PRESENTACIN DEL PC
El titular cuyo PC haya sidodesaprob ado, est ob ligado a c onstituiruna garanta provisional equivalente al2% del valor de sus ventas anuales, o a
200 UIT, el monto que sea mayor. Queda sin efecto cuando se constituyala ga ranta anua l c orrespond iente a l PC.
De igual forma se p roc ed er en caso d eincumplimiento en la presentacin delPC.
CARACTERSTICAS DE LA GARANTA
8/3/2019 Seminario Minam Cal
106/112
CARACTERSTICAS DE LA GARANTA
Debe ser lquida o permitir una conversin
senc illa en d inero. Debe contar con documentacin legal
saneada.
No deb e rec aer en b ienes que estn a fec tos aobligaciones previas, que pudieran disminuir suva lor en relac in a l monto ga rantizado.
Su valor esta r permanentemente ac tualizado.
Deb e estar respa ldada por entidad financ iera .
TIPOS DE GARANTASC t fi t i fi i
8/3/2019 Seminario Minam Cal
107/112
Cartas fianza u otros mecanismos financierosequivalentes, emitidos por un banco de primernivel.
Plizas de caucin y otros seguros, sin beneficiode excusin, emitidos por entidades de primernivel.
Fideicomiso en garanta en efectivo,administracin de flujo, bienes muebles einmuebles distintos a las concesiones objeto delPC.
Valores negociables excluyendo aquellosemitidos por el titula r. Fianza solidaria de tercero sin beneficio de
excusin.
OTROS ASPECTOS DE LAS GARANTAS
8/3/2019 Seminario Minam Cal
108/112
El MEM podr amplia r los tipos de garantas ydefinir moda lidades para titula res que c ump lan
c on espec ific ac iones c omunes. La va lua c in de las garantas c onstituidas, se
basar en e l va lor neto de rea lizac in.
Si se inc ump le el PC se ejec utan las garantas(tercerizacin). Las garantas se podrn libera r en p roporc in a
las medidas de cierre ejecutadas, manteniendo
el monto necesario para la realizacin de laslabores de c ierre y post c ierre que c orresponda .
REBAJA DE LA GARANTA
Hasta un 30% si se c umple c on:
8/3/2019 Seminario Minam Cal
109/112
Hasta un 30% si se c ump le c on:a ) Solvenc ia c orpora tiva a nivel nac iona l: Ma yor
o igua l a BBB (Clasific adora de riesgos, c on
c ontra tos espac iados por lo menos durante 1ao).
b ) Buena s p rc tic as amb ienta les ac red itadasc on Sistema de Gestin Ambienta l c ertific ado-ISO 14001, EMAS u o tros-.(aud ito ra ac red itadac on c ontra tos espac iados por lo menosdurante 1 ao).
c ) Cumplimiento de las med idas de c ierreprogresivo en los p lazos y cond ic ionesestab lec idos en e l Plan d e Cierre de Minasaprobado.
DESAPROBACIN DEL PLAN DE CIERRE
8/3/2019 Seminario Minam Cal
110/112
Los titulares que no cuenten con el PC aprobado
estn impedidos de iniciar operaciones mineras.
Tratndose de los que tengan operaciones en
marcha o suspendidas o paralizadas, la DGAAM
designar a una entidad consultora para que se
encargue de elaborar un nuevo PC. Constitucin de garanta provisional.
Los montos que demande la elaboracin y
aprobacin del nuevo PC estarn a cargo del titular.
POST CIERRE
La ejecucin de obras de ingeniera y construccin no
8/3/2019 Seminario Minam Cal
111/112
La ejecucin de obras de ingeniera y construccin noestn comprendidas en el post cierre. S las medidasde tratamiento, monitoreo y mantenimiento.
Est a cargo del titular hasta por 5 aos, siempre quedemuestre que con el mantenimiento, se lograr laestabilidad fsica y qumica.
Vencido ese plazo, se detraer de las garantas unmonto a valor presente por el tiempo de post cierreadicional proyectado (de ser necesario a perpetuidad).
Con dicho monto el Estado, directamente o a travs de
tercero, continuar las medidas de post cierre. Los montos restantes de la garanta sern devueltos al
titular.
8/3/2019 Seminario Minam Cal
112/112
Muchas gracias!!