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Superintendencia de Industria y Comercio
CONTENIDO
1. ANTECEDENTES, FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
2. PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL
3. SUJETOS DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL
4. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES
5. MODALIDADES DE SELECCIÓN
6. RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
7. FORMA Y CONTENIDO DEL CONTRATO ESTATAL
8. TIPOLOGÍA CONTRACTUAL
9. RESPONSABILIDAD
10. ASPECTOS FISCALES DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL
11. REGÍMENES ESPECIALES DE CONTRATACIÓN ESTATAL
1. ANTECEDENTES
1
2
3
4
5
Antecedentes Jurídicos en la Contratación Pública
Fundamentos Constitucionales
Fundamentos Legales
Estatuto General de Contratación Estatal y Normativa Vigente
Planes de Desarrollo
1. ANTECEDENTES
El Ministerio Público y la Contraloría General de la República son órganos de control.
El Ministerio Público será ejercido por el Procurador General de la Nación, por el Defensor del Pueblo, por los procuradores delegados y los agentes del ministerio público, ante las autoridades jurisdiccionales, por los personeros municipales y por los demás funcionarios que determine la ley.
Funcón Administrativa. No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley oreglamento, y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contempladosen la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente.
Los servidores públicos no podrán celebrar, por sí o por interpuesta persona, o en representación de otro, contrato alguno con entidades públicas o con personas privadas que manejen o administren recursos públicos, salvo las excepciones legales.
Arts. 117 y 119
Art. 118
Art. 122
Art. 127
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
2
La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.
El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación.
En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadasa diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos yprocedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga laley, la cual podrá establecer excepciones y autorizar la contratación dedichos servicios con empresas privadas colombianas.
1. ANTECEDENTES
Art. 209
Art. 267
Art. 269
2
Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional. En la parte general se señalarán los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que serán adoptadas por el gobierno.
El Gobierno formulará anualmente el Presupuesto de Rentas y Ley de Apropiaciones que deberá corresponder al Plan Nacional de Desarrollo y lo presentará al Congreso, dentro de los primeros diez días de cada legislatura.
Además de lo señalado en esta Constitución, la Ley Orgánica del Presupuestoregulará lo correspondiente a laprogramación, aprobación, modificación, ejecución de los presupuestos de laNación, de las entidades territoriales y de los entes descentralizados de cualquiernivel administrativo, y su coordinación con el Plan Nacional de Desarrollo, asícomo también la capacidad de los organismos y entidades estatales paracontratar..
1. ANTECEDENTES
Art. 339
Art. 346
Art. 352
2
1. ANTECEDENTES3
Normas total o parcialmente vigentes.
• Ley 80 de 1993
• Ley 361 de 1997
• Ley 816 de 2003
• Ley 905 de 2004
• Ley 996 de 2005
• Ley 1150 de 2007
• Ley 1450 de 2011
• Ley 1474 de 2011
• Decreto Ley 4170 de 2011
• Decreto Ley 019 de 2012
• Ley 1508 de 2012
• Decreto 0734 de 2012
1. ANTECEDENTES4
• Ley 80 de 1993 – 28 de octubre de 1993
• Estatuto General de Contratación de laAdministración Publica
• Art. 1º. Tiene por objeto disponer las reglas ydisposiciones que rigen los contratos de lasentidades estatales
• Art. 2º. Define Entidades Estatales, ServidoresPúblicos y Servicios Públicos
Ley 80 de 1993
1. ANTECEDENTES4
•Se denominan entidades estatales:
•a) La Nación, las regiones, los departamentos, lasprovincias, el distrito capital y los distritosespeciales, las áreas metropolitanas, las asociacionesde municipios, los territorios indígenas y los municipios;los establecimientos públicos, las empresas industrialesy comerciales del Estado, las sociedades de economíamixta en las que el Estado tenga participación superioral cincuenta por ciento (50%), así como las entidadesdescentralizadas indirectas y las demás personasjurídicas en las que exista dicha participación públicamayoritaria, cualquiera sea la denominación que ellas
adopten, en todos los órdenes y niveles.
Ley 80 de 1993
1. ANTECEDENTES4
Ley 80 de 1993
Se denominan entidades estatales:
b) El Senado de la República, la Cámara de
Representantes, el Consejo Superior de la Judicatura, la
Fiscalía General de la Nación, la Contraloría General de la
República, las contralorías departamentales, distritales y
municipales, la Procuraduría General de la Nación, la
Registraduría Nacional del Estado Civil, los ministerios, los
departamentos administrativos, las superintendencias, las
unidades administrativas especiales y, en general, los
organismos o dependencias del Estado a los que la ley
otorgue capacidad para celebrar contratos.
1. ANTECEDENTES4
Ley 80 de 1993
2o. Se denominan servidores públicos:
a) Las personas naturales que prestan sus servicios
dependientes a los organismos y entidades de que trata este
artículo, con excepción de las asociaciones y fundaciones de
participación mixta en las cuales dicha denominación se
predicará exclusivamente de sus representantes legales y de
los funcionarios de los niveles directivo, asesor o ejecutivo o
sus equivalentes en quienes se delegue la celebración de
contratos en representación de aquéllas.
b) Los miembros de las corporaciones públicas que tengan
capacidad para celebrar contratos en representación de éstas.
1. ANTECEDENTES4
Ley 80 de 1993
3o. Se denominan servicios públicos:
Los que están destinados a satisfacer necesidades
colectivas en forma general, permanente y continua, bajo la
dirección, regulación y control del Estado, así como aquellos
mediante los cuales el Estado busca preservar el orden y
asegurar el cumplimiento de sus fines.
1. ANTECEDENTES4
Ley 80 de 1993
ARTICULO 3o. DE LOS FINES DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL.
Las entidades buscan el cumplimiento de los fines
estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios
públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los
administrados que colaboran con ellas en la consecución de
dichos fines.
Los particulares, por su parte, tendrán en cuenta al celebrar y
ejecutar contratos con las entidades estatales que, además de
la obtención de utilidades cuya protección garantiza el
Estado, colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen
una función social.
1. ANTECEDENTES4
Ley 80 de 1993
ARTICULO 4o. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LAS ENTIDADES
ESTATALES. Para la consecución de los fines de que trata el artículo
anterior, las entidades estatales:
1o. Ejecución idónea y oportuna del objeto contratado
2o. Reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que
hubiere lugar.
3o. Actualización y revisión de precios.
4o. Supervisión, de la calidad del contrato.
5º. Exigir la calidad de los bienes y servicios adquiridos.
1. ANTECEDENTES4
Ley 80 de 1993
ARTICULO 4o. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LAS ENTIDADES
ESTATALES.
6º. .Adelantar acciones conducentes a posibles indemnizaciones de los daños
que sufran en desarrollo o con ocasión del contrato celebrado.
7º. Sin perjuicio de garantía, repetir contra el contratistas o servidores
públicos para alcanzar indemnizaciones.
8º. Medidas de control y supervisión para la adecuada ejecución del
contrato.
9º Acción eficiente para mitigar riesgos o una mayor onerosidad en el
cumplimiento de las obligaciones.
1. ANTECEDENTES4
Ley 80 de 1993
ARTICULO 5o. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS
CONTRATISTAS. Para la realización de los fines de que trata el artículo 3º .
de esta ley, los contratistas:
1o. Recibir oportunamente la remuneración pactada.
2o. Colaborarán con las entidades contratantes en lo que sea necesario
para que el objeto contratado se cumpla
3o. Podrán acudir a las autoridades con el fin de obtener la protección de
los derechos derivados del contrato
4o. Garantizarán la calidad de los bienes y servicios contratados y
responderán por ello.
1. ANTECEDENTES4
Ley 80 de 1993
Consorcio:
Cuando dos o más personas en forma conjunta
presentan una misma propuesta para la
adjudicación, celebración y ejecución de un
contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada
una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del
contrato. En consecuencia, las actuaciones, hechos y
omisiones que se presenten en desarrollo de la
propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros
que lo conforman.
1. ANTECEDENTES4
Ley 80 de 1993
Unión Temporal:
Cuando dos o más personas en forma conjunta
presentan una misma propuesta para la
adjudicación, celebración y ejecución de un
contrato, respondiendo solidariamente por el
cumplimiento total de la propuesta y del objeto
contratado, pero las sanciones por el incumplimiento de
las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato
se impondrán de acuerdo con la participación en la
ejecución de cada uno de los miembros de la unión
temporal.
1. ANTECEDENTES4
Ley 80 de 1993
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR.
a) Inhabilitados para contratar por la Constitución y la ley.
b)Quienes participaron estando inhabilitados.
c) Quienes dieron lugar a la declaratoria de caducidad.
d) Quienes hayan sido condenados a la pena de interdicción de
derechos y funciones públicas y quienes sancionados
disciplinariamente con destitución.
1. ANTECEDENTES4
Ley 80 de 1993
e) Se nieguen a suscribir el contrato estatal adjudicado.
f)Los servidores públicos.
g) cónyuges o compañeros permanentes y quienes se encuentren
dentro del segundo grado de consanguinidad o de afinidad con
cualquier otra persona que formalmente haya presentado propuesta
para una misma licitación o concurso.
h) Sociedades abiertas, en las cuales el representante legal o
cualquiera de sus socios tenga parentesco en segundo grado de
consanguinidad o de afinidad de una sociedad que haya presentado
propuesta.
1. ANTECEDENTES4
Ley 80 de 1993
i) Quienes fueron miembros de la junta o consejo directivo o
servidores públicos de la entidad contratante, por el término de un
(1) año.
j) Las personas que tengan vínculos de parentesco, hasta el segundo
grado de consanguinidad, de afinidad o primero civil con los
servidores públicos de los niveles directivo, asesor, ejecutivo o con
los miembros de la junta o consejo directivo, o con las personas que
ejerzan el control interno o fiscal de la entidad contratante.
k) El cónyuge, compañero o compañera permanente del servidor
público en los niveles directivo, asesor, ejecutivo, o de un miembro
de la junta o consejo directivo, o de quien ejerza funciones de control
interno o de control fiscal
1. ANTECEDENTES4
Ley 80 de 1993
l) Los miembros de las juntas o consejos directivos. Esta
incompatibilidad sólo se predica respecto de la entidad a la cual
prestan sus servicios y de las del sector administrativo al que la
misma esté adscrita o vinculada.
1. ANTECEDENTES4
Ley 80 de 1993 ARTICULO 39.- DE LA FORMA DEL CONTRATO ESTATAL- Parágrafo:
No habrá lugar a celebración de contrato con formalidades plenas, en
función de los presupuestos anuales de las entidades y expresados en
SMLMV.
DE A CUANTÍA MÍNIMA
6.000.000 MAS 2.500
4.000.000 6.000.000 1.000
2.000.000 4.000.000 300
1.000.000 2.000.000 50
500.000 1.000.000 40
250.000 500.000 30
120.000 250.000 20
0 120.000 15
1. ANTECEDENTES4
Ley 361 de 1997
Por la cual se establecen mecanismos de integración social de la
personas con limitación y se dictan otras disposiciones.
Artículo 24-
Los particulares empleadores que vinculen laboralmente personas con
limitación tendrán las siguientes garantías:
A que sean preferidos en igualdad de condiciones en los procesos de
licitación, adjudicación y celebración de contratos, sean estos públicos o
privados si estos tiene en sus nóminas por lo menos un mínimo del
10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas
en la presente ley debidamente certificadas por la oficina de trabajo de
la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad de un
año; igualmente deberán mantenerse por un lapso igual al de la
contratación.
1. ANTECEDENTES4
Ley 361 de 1997
Prelación en el otorgamiento de créditos subvenciones de organismos
estatales, siempre y cuando estos se orienten al desarrollo de planes y
programas que impliquen la participación activa y permanente de
personas con limitación.
El Gobierno fijará las tasas arancelarias a la importación de maquinaria
y equipo especialmente adoptados o destinados al manejo de personas
con limitación. El Gobierno clasificará y definirá el tipo de equipos que
se consideran cubiertos por el beneficiario.
1. ANTECEDENTES4
Ley 816 de 2003
Por medio de la cual se apoya a la industria nacional a través de la
contratación pública. Comprende 4 artículos básicos.
ARTÍCULO 1o. Las entidades de la administración pública que, de
acuerdo con el régimen jurídico de contratación que le sea
aplicable, deban seleccionar a sus contratistas a través de
licitaciones, convocatorias o concursos públicos, o mediante cualquier
modalidad contractual, excepto aquellas en que la ley no obligue a
solicitar más de una propuesta, adoptarán criterios objetivos que
permitan apoyar a la industria nacional.
1. ANTECEDENTES4
Ley 816 de 2003
Parágrafo. Parágrafo modificado por el artículo 51 del Decreto 19 de
2012. El nuevo texto es el siguiente:
Se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos
bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha
negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos
países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se
les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios
nacionales. La acreditación o demostración de tal circunstancia se hará
en los términos que señale el reglamento
1. ANTECEDENTES4
Ley 905 de 2004
Promoción del desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa
colombiana
Estimular la promoción y formación de mercados altamente
competitivos mediante el fomento a la permanente creación y
funcionamiento de la mayor cantidad de micro, pequeñas y medianas
empresas, Mipymes.
1. ANTECEDENTES4
Ley 996 de 2005
Artículo 33. Restricciones a la Contratación Pública. Durante los cuatro
(4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la realización de
la elección en la segunda vuelta, si fuere el caso, queda prohibida la
contratación directa por parte de todos los entes del Estado.
Queda exceptuado lo referente a la defensa y seguridad del Estado, los
contratos de crédito público, los requeridos para cubrir las emergencias
educativas, sanitarias y desastres, así como también los utilizados para
la reconstrucción de vías, puentes, carreteras, infraestructura
energética y de comunicaciones, en caso de que hayan sido objeto de
atentados, acciones terroristas, desastres naturales o casos de fuerza
mayor, y los que deban realizar las entidades sanitarias y hospitalarias.
1. ANTECEDENTES4
Ley 1150 de 2007
Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la
transparencia en la ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones
generales sobre la contratación con recursos públicos.
Modalidades de la Contratación:
• Licitación pública
• Selección abreviada,
• Concurso de méritos
• Contratación directa
1. ANTECEDENTES4
Ley 1150 de 2007
Licitación pública:
Según lo dispuesto por la Ley 80 de 1993 “se entiende por licitación
pública el procedimiento mediante el cual la entidad estatal formula
públicamente una convocatoria para que, en igualdad de
oportunidades, los interesados presenten sus ofertas y seleccione entre
ellas la más favorable”.
Cuando procede la licitación pública:
* Objeto complejo y de mayor cuantía
* Obra pública de mayor cuantía
* Consultoría acompañada de diseño y construcción
* Concesión.
1. ANTECEDENTES4
Ley 1150 de 2007
Selección abreviada:
La Selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva
prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a
contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación
del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para
garantizar la eficiencia de la gestión contractual.
1. ANTECEDENTES4
Ley 1150 de 2007
Concurso de méritos:
Corresponde a la modalidad prevista para la selección de consultores o
proyectos, en la que se podrán utilizar sistemas de concurso abierto o de
precalificación. En este último caso, la conformación de la lista de
precalificados se hará mediante convocatoria pública, permitiéndose
establecer listas limitadas de oferentes utilizando para el efecto, entre
otros, criterios de experiencia, capacidad intelectual y de organización de
los proponentes, según sea el caso.
1. ANTECEDENTES4
Ley 1150 de 2007
Contratación directa:
La modalidad de selección de contratación directa, solamente procederá
en los siguientes casos:
a) Urgencia manifiesta
b) Contratación de empréstitos
c) Contratos interadministrativos
1. ANTECEDENTES4
Ley 1150 de 2007
Subasta:
La Ley 1150 de 2007 estableció el mecanismo de subasta inversa para la
adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas
uniformes y de común utilización por parte de las entidades, que
corresponden a aquellos que poseen las mismas especificaciones
técnicas, con independencia de su diseño o de sus características
descriptivas, y comparten patrones de desempeño y calidad objetivamente
definidos.
1. ANTECEDENTES4
Ley 1150 de 2007
La subasta puede adelantarse de manera electrónica o presencial y en
cualquiera de los casos deben ser publicados los documentos en el
Secop. Para esta modalidad de selección y de acuerdo con los
documentos que deben ser publicados los estados en el sistema son los
siguientes:
• Convocado
• Celebrado
• Adjudicado
• Liquidado
• Terminado sin liquidar
1. ANTECEDENTES4
Ley 1150 de 2007
El Gobierno Nacional tendrá la facultad de estandarizar las condiciones
generales de los pliegos de condiciones y los contratos de las entidades
estatales, cuando se trate de la adquisición o suministro de bienes y
servicios de características técnicas uniformes y de común utilización por
parte de las entidades.
El Secop será administrado por el organismo que designe el Gobierno
Nacional, sin perjuicio de la autonomía que respecto del SICE confiere la
Ley 598 de 2000 a la Contraloría General de la República.
1. ANTECEDENTES4
Ley 1150 de 2007
ARTÍCULO 8o. De la publicación de proyectos de pliegos de
condiciones, y estudios previos.
Con el propósito de suministrar al público en general la información que le
permita formular observaciones a su contenido, las entidades publicarán
los proyectos de pliegos de condiciones o sus equivalentes, en las
condiciones que señale el reglamento. La información publicada debe ser
veraz, responsable, ecuánime, suficiente y oportuna.
La publicación de los proyectos de pliegos de condiciones o sus
equivalentes no genera obligación para la entidad de dar apertura al
proceso de selección.
1. ANTECEDENTES4
Ley 1150 de 2007
Junto con los proyectos de pliegos de condiciones se publicarán los
estudios y documentos previos que sirvieron de base para su elaboración.
Las Entidades deberán publicar las razones por las cuales se acogen o
rechazan las observaciones a los proyectos de pliegos.
1. ANTECEDENTES4
Ley 1150 de 2007
Pasos para el proceso de la Contratación Estatal.
* Estudios previos.(Conducente, pertinente, conveniente)
* Registro Único de Precios de Referencia, RUPR
* Establecer los ítems
* Determinar los permisos, licencias y autorizaciones requeridos (Si
hay lugar)
* Determinar el impacto social ambiental (Si hay lugar)
* Consulta sobre impuestos
* Análisis del mercado
* Elaboración del presupuesto
* Determinación del Sistema de Precios
1. ANTECEDENTES4
Ley 1150 de 2007
* Selección de la forma de pago
* Estimación de los costos por ajustes e imprevistos
* Determinación y procedimiento de selección del contratista
* Verificación de la apropiación presupuestal
* Programación de la contratación
* Programación del desarrollo del contrato.
1. ANTECEDENTES4
Ley 1150 de 2007
Principios de la Contratación Estatal:
Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se
desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y
responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función
administrativa. Igualmente, se aplicarán en las mismas las normas que
regulan la conducta de los servidores públicos, las reglas de
interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y
los particulares del derecho administrativo.
1. ANTECEDENTES4
Ley 1450 de 2011
Artículo 12. Promoción del desarrollo en la Contratación Pública.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 13, 333 y 334 de la
Constitución Política, el Gobierno Nacional definirá las condiciones y los
montos de acuerdo con los compromisos internacionales vigentes, para
que en desarrollo de los procesos de selección, las entidades estatales
adopten en beneficio de las Mipymes, convocatorias limitadas a estas en
las que, previo a la Resolución de apertura del proceso respectivo, se
haya manifestado el interés del número plural de Mipymes que haya sido
determinado en el reglamento.
1. ANTECEDENTES4
Ley 1450 de 2011
Asimismo, el reglamento podrá establecer condiciones preferenciales en
favor de la oferta de bienes y servicios producidos por las
Mipymes, respetando los montos y las condiciones contenidas en los
compromisos internacionales vigentes.
En todo caso, se deberá garantizar la satisfacción de las condiciones
técnicas y económicas requeridas en la contratación y, realizarse la
selección de acuerdo con las modalidades de selección a las que se
refiere el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
1. ANTECEDENTES4
Ley 1450 de 2011
De igual forma, en los pliegos de condiciones las entidades
estatales, dispondrán, de mecanismos que fomenten en la ejecución de
los contratos estatales la provisión de bienes y servicios por población en
pobreza extrema, desplazados por la violencia, personas en proceso de
reintegración y, sujetos de especial protección constitucional en las
condiciones que señale el reglamento; siempre que se garanticen las
condiciones de calidad y cumplimiento del objeto contractual.
Parágrafo 1°.
En los procesos de selección que se desarrollen con base en el primer
inciso, las entidades podrán realizar las convocatorias limitadas que
beneficien a las Mipymes del ámbito municipal o departamental
correspondiente al de la ejecución del contrato.
1. ANTECEDENTES4
Decreto Ley 4170 de 2011
Por el cual se crea la Agencia Nacional de Contratación Pública –
Colombia Compra Eficiente.
El país genera una política clara y unificada en materia de compras y
contratación pública, con lineamientos que sirvan de guía a los
administradores públicos en la gestión y ejecución de recursos, que
permita que su quehacer institucional pueda ser medido, monitoreado y
evaluado y genere mayor transparencia en las compras y la contratación
pública.