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Prescripción Adquisitiva
Dra. Salomé Jó Luza
Registradora Pública
Base Legal
Código Civil. Art. 950. Código Procesal Civil Art.486 y ss. Ley 27157 D: 008-2000 MTC Ley 27333
Concepto
Se adquiere la propiedad inmueble por prescripción mediante: Posesión continua Pacífica Pública como propietario durante 10 años
Se adquiere a los cinco años cuando median justo título y buena fe
Tipos de Prescripción
Prescripción Adquisitiva vía Judicial Código Civil Código Procesal Civil
Prescripción Adquisitiva vía Notarial Ley 27157 Ley 27333
Prescripción Adquisitiva Judicial
Declaración de Prescripción
Quien adquiere un bien por prescripción puede entablar juicio para que se le declare propietario.
La sentencia es título para la inscripción de la propiedad y para cancelar el asiento en favor del antiguo dueño.
Interrupción del Término Prescriptorio
Si el poseedor pierde la posesión o es privado de ella,
Cesa ese efecto si la recupera antes de un año o si por sentencia se le restituye.
Competencia Facultativa Art. 24 CPC
Juez del domicilio del demandado A elección del demandante: El Juez del
lugar en que se encuentre el bien o bienes.
Si la demanda versa sobre varios inmuebles situados en diversos lugares será competente el Juez de cualquiera de ellos.
SaneamientoArt. 486 CPC: Proceso Abreviado - Impulso de parte
El propietario de un bien que carece de documentos que acrediten su derecho: Título Supletorio
El poseedor para que se le declare propietario por prescripción: Prescripción
El propietario o poseedor para que se rectifiquen el área o los linderos: Rectificación de Áreas y linderos
Requisitos EspecialesArt. 505 CPC
Tiempo de posesión del demandante y la de sus causantes;
Fecha y forma de adquisición; La persona que tenga inscritos
derechos sobre el bien; y Nombres y lugar de notificación de los
propietarios de los bienes colindantes.
Requisitos Especiales
Descripción del bien. PU – P Perimétrico - edificación; certificación municipal de quien figure como propietario / poseedor
El Juez podrá exigir la acreditación del pago de los tributos.
Copia literal de últimos 10 a. (urbanos) o 5 a. (rústicos), o Certificado Negat. de inscripción.
Declaración testimonial 3-6 personas mayores de 25 años
CalificaciónArt. 32 último párrafo RGRP
Adecuación con los antecedentes del registro
Formalidad que debe revestir Competencia de la autoridad judicial Naturaleza inscribible del acto o
derecho Solo se puede solicitar aclaración del
mandato judicial
Mandatos Judiciales
La anotación de demanda permite retrotraer la fecha de la sentencia a la fecha de la anotación de demanda
Puede exigirse el cumplimiento de actos previos, indispensables para la inscripción del mandato: Ej. La Independización
Partes Judiciales
En los partes judiciales se debe describir el inmueble (áreas, medidas...) para que éste quede identificado con los antecedentes
Los partes judiciales: Oficio del Juez (rogatoria) y copias certificadas de los actuados pertinentes
Prescripción Adquisitiva Notarial
Ley 27157
D.S 008-2000-MTC
Ley 27333
Prescripción Notarial
Se tramita exclusivamente ante el Notario de la provincia en que se ubica el inmueble
Es considerado un asunto no contencioso
Dentro del trámite de regularización de edificaciones
Prescripción Notarial
Sobre Terrenos construidos: art. 21 de la Ley 27157
Sobre Terrenos sin construcción: literal k) art. 5. Ley 27333. Amplía el ámbito de aplicación de la prescripción adquisitiva notarial
Resolución Nº 307-2005
No es facultad de Registrador ni del Tribunal Registral cuestionar el fondo ni la motivación de la declaración notarial de prescripción adquisitiva de dominio, siendo que en todo caso, es el Notario quien asume la responsabilidad... Si constituye función del Registrador el verificar que dicho titulo sea compatible con las inscripciones de la partida registral
Trámite Notarial La solicitud debe tener los mismos
requisitos del art. 505 CPC inc. 1,2,3 La solicitud es suscrita por 3-6 testigos,
que declararán que conocen al solicitante y el tiempo de posesión
Publicación de solicitud 3 veces (c/3d) en El Peruano y otro de circulación nacional
Trámite Notarial
Solicitará la anotación preventiva RRPP Notificar a los interesados y
colindantes y poner carteles en el inmueble
Acta de presencia: el Notario se constituye en el inmueble (obligatorio)
Trámite Notarial
Transcurridos 25 días de la última publicación, sin oposición, el Notario completará el formulario registral o elevará a escritura pública la solicitud declarando adquirida la propiedad por prescripción
Oposición
Si existe oposición el Notario da por concluido el tramite, notificando al solicitante, al Colegio de Notarios y a la oficina registral correspondiente.
Inscripción
El instrumento público notarial o el formulario registral suscrito por el Notario que declara adquirida la propiedad por prescripción es título suficiente para su inscripción
Es posible la prescripción de terrenos sin construcción – zona urbana
Regularización
La prescripción adquisitiva notarial está vinculada a una regularización de edificación. Norma de excepción
La Ley 27157 es aplicable para inmuebles ubicados en zonas urbanas, o que cuenten con la primera etapa de la habilitación urbana aprobada
Directiva N° 013-2003-SUNARP/SN
Uniformiza criterios de calificación, establece la procedencia de la prescripción de inmuebles situados en zonas urbanas, aunque no cuenten con la habilitación urbana. Se requiere de Certificación Municipal
Aspectos Relevantespara la inscripción
Efectos de la Prescripción
La prescripción es declarativa y no constitutiva, no crea un derecho, solo reconoce tal derecho
La declaración de prescripción tiene efectos retroactivos, que alcanzan hasta el momento en que llegó a usucapirse
Datos importantes
Registralmente, la prescripción adquisitiva es un acto invalorado.
Es importante la determinación del estado civil del usucapiente.
No se acredita en el Registro el pago del impuesto predial
Necesidad de Independización
Cuando el área materia de prescripción se halla dentro de un área de mayor extensión es necesario cumplir con los trámites adicionales de independización.
Informe de Oficina de Catastro Planos y memoria de Independización /Modif. A
Si el predio es de condición urbana, para la primera de dominio (inmatriculación) debe presentarse plano catastral municipal.
Departamentos
Unidad inmobiliaria sujeta a régimen de propiedad exclusiva y común.
¿A quienes consideramos colindantes? ¿Al prescribir también se adquieren
derechos sobre las zonas comunes? ¿Si la prescripción es del Dpto del
último piso e implica la ampliación de 1 nivel?
Muchas gracias porsu atención
cjo_lima@sunarp.gob.pesalomeluza@gmail.com