REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

Post on 08-Jan-2016

33 views 0 download

description

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE EDUCACION ESPECIALIZADA (IUNE) MATERIA: INTRODUCCION AL DERECHO PROF: ABG. JESSICA I. MARIN B. INTRODUCCION AL DERECHO. - PowerPoint PPT Presentation

transcript

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE EDUCACION ESPECIALIZADA (IUNE)MATERIA: INTRODUCCION AL DERECHO

PROF: ABG. JESSICA I. MARIN B.

Blog: http://jessicamarin.soup.io E-mail: jessica.marin.b@gmail.com

INTRODUCCION AL DERECHO

HOMBRELIMITES

REGLAS TECNICAS: Pautas o criterios que nos indican cuales son los medios idoneos para lograr un fin determinado, pero no imponen un deber de modo absoluto.

NORMAS: Reglas de conducta de observancia obligatoria

CLASIFICACION DE LAS NORMAS

CONVENCIONALISMOS SOCIALES

MORALES

RELIGIOSAS

JURIDICAS

DERECHO

NOCION

Vulgar

Etimológica

ACEPCIONES

Norma

Facultad

Ciencia

Principio Superior

“Sistema de normas que, coexistiendo con otras normas diferentes, limitan la libertad del hombre y ordenan su comportamiento en la sociedad, con miras a conseguir un orden social indispensable para su desarrollo y perfeccionamiento”

“Colección de principios, preceptos y reglas a que están sometidos todos los hombres en cualquier sociedad civil , para vivir conforme a justicia y paz; y a cuya observancia pueden ser compelidos por la fuerza”

“Un conjunto de normas destinadas a regir la conducta de los hombres en sociedad”

DEFINICIONES

“Dícese del conjunto de leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter permanente y

obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden social”

“Es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter”

“Conjunto de normas que rigen la vida de la nación, cuyo incumplimiento es susceptible de

ser castigado”

DEFINICIONES

RAMAS DEL DERECHO

Derecho Publico

Derecho Privado

Derecho Social

DERECHO PÚBLICO

Es el conjunto de normas jurídicas que regula las relaciones

del Estado con los demás Estados, organizaciones públicas,

los individuos y a su vez regula las relaciones de los

individuos con la sociedad a la que pertenecen, y las

relaciones de los mismos entre si.

Derecho Público Interno.

Derecho Administrativo.

Derecho Comunitario de

Nacionalidades.

Derecho constitucional.

Derecho de Familia y del Menor.

Derecho del Trabajo ó Laboral.

Derecho Financiero.

DIVISIÓN DEL DERECHO PÚBLICO

Derecho Municipal.

Derecho Tributario.

Derecho Penal.

Derecho Externo.

Derecho Comunitario Estatal.

Derecho Ecológico.

Derecho Internacional Público.

DERECHO PRIVADO

Es el conjunto de normas jurídicas que

regula las relaciones entre los

particulares, e incluso entre el Estado

y los particulares, en los casos en los

cuales el Estado se comporta como un

particular.

 

Derecho Interno.

Derecho Agrario.

Derecho Civil.

Derecho Mercantil ó Comercial.

Derecho Empresarial.

Derecho Minero

Derecho Externo.

Derecho internacional Privado.

Derecho de Internet o

telecomunicaciones

DIVISIÓN DEL DERECHO PRIVADO

DIFERENCIAS ENTRE EL DERECHO PUBLICO Y EL PRIVADO

DERECHO PÚBLICO

Contiene las normas de

organización de la sociedad.

Va dirigido al Estado

El interes esta centrado en

el Estado

Es irrenunciable

Es imperativo

DERECHO PRIVADO

Contiene las normas de

conducta del ser humano

Va dirigido a las

personas

El interes esta centrado

en el individuo

Es facultativo

Se impone la voluntad

La rama del derecho social nace en el derecho público a partir

de los cambios en las formas de vida.

Su objetivo es ordenar y corregir las desigualdades que existen

entre las clases sociales, con la intención de proteger a las

personas ante las distintas cuestiones que surgen en el día a

día.

El derecho social, comprende: el derecho laboral, el derecho a la

seguridad social, el derecho agrario, el derecho ecogologico o

ambiental y el turistico.

DERECHO SOCIAL

Derecho Positivo: es el conjunto de normas emanado de la

autoridad competente y cuya aplicación es efectiva en tiempo

y lugar

Derecho Natural: es el conjunto de principios normativos

esenciales al orden social que se fundan en la naturaleza

humana, se conocen por la luz de la razon natural y se

imponen a los hombres por fuerza de la misma naturaleza

CLASIFICACION

Derecho Interno: conjunto de normas jurídicas que rigen los

actos de los individuos cuando se realizan dentro de un

territorio nacional o estado.

Derecho Externo: conjunto de normas jurídicas que rigen las

relaciones entre estados. 

CLASIFICACION

Derecho Sustantivo: aquellas normas que establecen los

derechos y obligaciones de los sujetos vinculados por el

ordenamiento juridico

Derecho Adjetivo: Son las normas destinadas a garantizar

el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las

obligaciones consagradas por el derecho sustantivo

CLASIFICACION

Derecho Objetivo: Conjunto de normas imperativo-

atributivas que rigen la conducta humana en la vida social.

Derecho Subjetivo: Es el poder o facultad concedido a una

persona por el derecho objetivo para hacer, poseer o exigir

algo.

CLASIFICACION

FUENTES DEL DERECHO

Es el principio u origen de una cosa, el lugar donde nace o se

produce algo. Es el principio, el fundamento, el origen, la

causa o la explicación de una cosa.

Cuando hablamos del origen de la norma jurídica, nos

referimos a los hechos que le dan nacimiento, a las

manifestaciones de la voluntad humana, a los usos o

prácticas sociales que la generan.

Fuentes Históricas: Son documentos históricos que

hablan o se refieren al Derecho. Serán históricas las fuentes

que han perdido su vigencia y se sitúan en la historia del

Derecho Positivo.

CLASIFICACION

Fuente Originaria: Las que crean derecho ex nihilo,

sin un sistema jurídico precedente. Característico de los

procesos revolucionarios

Fuente Derivativa: Las que crean derecho usando los

métodos procedimentales establecidos en un régimen

jurídico preexistente

CLASIFICACION

Fuentes Formales: Aquellos hechos o actos a los cuales

se les atribuye una especifica aptitud para crear normas

jurídicas.

Fuentes Materiales: Son los problemas que surgen

de la realidad histórica de cada pueblo y que son

regulados por el Derecho.

CLASIFICACION

Fuentes Directas: cuando encierran en sí las normas

jurídicas aplicables (ley, costumbre). Se refiere a las

fuentes jurídicas según que estas contengan la norma en si

mismas.

Fuentes Indirectas: cuando, sin contener en si mismas

las normas jurídicas, ayudan a interpretarlas, aplicarlas,

producirlas, coadyuvan a su explicación a su explicación y

sirven para su conocimientos.

CLASIFICACION

La Constitución

La Ley

La Costumbre

Los Principios generales del

Derecho

La Jurisprudencia

Los Reglamentos

La Doctrina

El negocio jurídico

FUENTES DEL DERECHO INTERNO

Los tratados

La costumbre internacional.

Los Principios generales del Derecho.

Las opiniones de la Doctrina.

Los actos unilaterales de los Estados.

La Jurisprudencia de los Tribunales Internacionales

Los actos y resoluciones de las Organizaciones internacionales.

FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL

VALIDEZSuele entenderse como la existencia jurídica de la norma

CONDICIONESCreada por el órgano competente

Cumplimiento del procedimiento de creación

No haber sido derogada

No contradictoria con normas y principios superiores

EFICACIA

Es eficaz cuando los destinatarios ajustan su

comportamiento a lo prescrito en la norma o, al menos,

en los casos en que esto no ocurre, cuando la misma

tiene fuerza bastante para imponer la consecuencia en

ella prevista como reacción al incumplimiento

ESCALA PARA MEDIR LA EFICACIA

100%

60%

30%

0%

Se cumple espontaneamente sin necesidad de recurrir a sanciones

Se obedece por temor a ser sancionados

Se incumple a pesar de aplicarse sanciones

Se incumplen sin que ni siquiera el aparato coactivo sea capaz o tenga interes en imponer la sancion

FINES DEL DERECHO

JUSTICIA

Virtud fundamental de dar a cada quien lo que le corresponde

BIEN COMUN

Posibilidad de los integrantes de la sociedad de alcanzar sus fines

individuales sin atentar contra la expectativa de sus semejantes

SEGURIDAD JURIDICA

Garantia que tienen los integrantes de la sociedad de acudir a los

organos del estado para asegurar sus bienes y su humanidad