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Complejo Petroquímico Morelos Subgerencia de Adquisiciones Superintendencia de Recursos Materiales LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL BTLC No. 18578019-507-12 Número Interno 2008465 VERSIÓN FINAL DE BASES LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL DIFERENCIADA PRESENCIAL No. 18578019-507-12 Bajo la cobertura de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguientes: TLC México-América del Norte, TLC México-Nicaragua, TLC México-Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), TLC México-Unión Europea (TLCUE) y TLC- México-Japón y Bajo la reserva transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguientes: TLC México Chile. EL OBJETO DE LA LICITACIÓN ES: “EQUIPOS PARA LABORATORIO” Bajo la modalidad de Contrato a precio fijo En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 51, 53, 54, 55 fracción I, II y III de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 45, 50 Fracción I, 53 Fracción II, 55, 56 y 57 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”); 1, 3, 14, 15, y 16 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”), PEMEX PETROQUÍMICA Complejo Petroquímico Morelos a través de la SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES, ubicada en Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México, Teléfono 01 (921) 21 14000 ext. 34,630 y 34138; correo electrónico: [email protected] y [email protected] ; en adelante “Convocante” o PEMEX PETROQUÍMICA, emite las Bases de Licitación en las que se desarrollará la Licitación Pública Internacional diferenciada presencial numero 18578019-507-12, (en adelante “Bases”), Solicitud de Pedido Núm. 430-43000-B-1024859, que tiene por objeto la adquisición de los bienes Bases de Adquisición de Bienes. (VERSION FINAL 01 DE AGOSTO DE 2012) Página 1
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Complejo Petroquímico MorelosSubgerencia de Adquisiciones

Superintendencia de Recursos Materiales

LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL BTLC

No. 18578019-507-12Número Interno 2008465

VERSIÓN FINAL DE BASESLICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL DIFERENCIADA

PRESENCIALNo. 18578019-507-12

Bajo la cobertura de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguientes: TLC México-América del Norte, TLC México-Nicaragua, TLC México-Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), TLC México-Unión Europea (TLCUE) y TLC-México-Japón y Bajo la reserva transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguientes: TLC México Chile.

EL OBJETO DE LA LICITACIÓN ES:

“EQUIPOS PARA LABORATORIO”Bajo la modalidad de Contrato a precio fijo

En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 51, 53, 54, 55 fracción I, II y III de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 45, 50 Fracción I, 53 Fracción II, 55, 56 y 57 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”); 1, 3, 14, 15, y 16 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”), PEMEX PETROQUÍMICA Complejo Petroquímico Morelos a través de la SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES, ubicada en Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México, Teléfono 01 (921) 21 14000 ext. 34,630 y 34138; correo electrónico: [email protected] y [email protected]; en adelante “Convocante” o PEMEX PETROQUÍMICA, emite las Bases de Licitación en las que se desarrollará la Licitación Pública Internacional diferenciada presencial numero 18578019-507-12, (en adelante “Bases”), Solicitud de Pedido Núm. 430-43000-B-1024859, que tiene por objeto la adquisición de los bienes muebles consistentes en: “EQUIPOS PARA LABORATORIO” (en adelante “Bienes”), que se describen en el Documento 01. Estas Bases constan de 22 Documentos.

Bases de Adquisición de Bienes. (VERSION FINAL 01 DE AGOSTO DE 2012) Página 1

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Complejo Petroquímico MorelosSubgerencia de Adquisiciones

Superintendencia de Recursos Materiales

LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL BTLC

No. 18578019-507-12Número Interno 2008465

Cronograma del Procedimiento de Contratación.

Actos Fecha Hora Sala/Dirección

Fecha límite para adquirir las bases 01-Agosto-2012 ______Visita(s) a instalaciones -NO APLICA-

____________ ______

Sala de juntas de Licitaciones, localizada en el Edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Ejido Pajaritos S/N SC C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México

Junta de aclaraciones.

31-Julio-2012 10:00 hrs

Sala de juntas de Licitaciones, localizada en el Edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México

Acto de presentación y apertura de proposiciones.

13-Agosto-2012 10:00 hrs.

Sala de juntas de Licitaciones, localizada en el Edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende Coatzacoalcos, Veracruz, México

Plazo para que la convocante solicite aclaraciones a las propuestas presentadas y/o para que los licitantes subsanen omisiones en los términos previstos en el segundo párrafo del artículo 29 de las DAC´S.

14-Agosto-2012 a

27-Agosto-2012 ----------

Sala de juntas de Licitaciones, localizada en el Edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Ejido Pajaritos S/N SC. C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México

Junta Pública para dar a conocer el Fallo de la licitación (Fecha estimada).

31-Agosto-2012 14:00 hrs.

Sala de juntas de Licitaciones, localizada en el Edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México

Formalización del contrato (Fecha estimada). 14-Septiembre-

2012 ______

Sala de juntas de Licitaciones, localizada en el Edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales, Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México

REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS.- Los representantes de los licitantes que ingresen a los centros de trabajo e instalaciones de Pemex petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de Seguridad, salud y Protección Ambiental que deben cumplir los contratis -tas y/o proveedores dentro de las instalaciones de PEMEX Petroquímica, sin el cumplimiento de lo anterior, no le será per-mitido el acceso a las instalaciones.

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LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL BTLC

No. 18578019-507-12Número Interno 2008465

DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO01 Especificaciones Técnicas.02 Aspectos Administrativos.03 Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante

03-AEscrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada e intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de propuestas.

04 Documentos que deberán ser firmados autógrafamente por el apoderado o representante

05 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la convocante en el acto de presentación y apertura de propuestas.

06 Formato de propuesta Técnica.06-A Formato de propuesta Económica.

06-B Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios

07 Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S.

08Formato de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Proveedor(es) adjudicado(s) para:

Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos

08-A

Modelo de Carta de Crédito STANDBY confirmada que presentará(n) el (los) Proveedor(es) adjudicado(s) para:

Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos Garantizar la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o

la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

08-BFormato de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Proveedor(es) adjudicado(s) para:

Garantizar la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

09 Formato de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Proveedor(es) adjudicado(s) para: Garantizar la debida inversión, aplicación, amortización, deducción o devolución del anticipo otorgado. –NO APLICA-

10 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante.

11 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.–NO APLICA-

12 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios. –NO APLICA-13 Formato del documento de “Compromisos con la Transparencia”.14 Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal.15 Modelo-Guía del Contrato.16 Causas de desechamiento17 Niveles de inspección de bienes.18 Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial y Protección Ambiental.19 Formato de manifestación escrita de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones

fiscales.20 Formato de manifestación para los residentes en el extranjero que no estén obligados a

presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, referente al último párrafo regla 1.2.1.16 de la resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, (diario oficial de la federación publicado el 28 de diciembre 2011).

21 Formato de solicitud de emisión de comprobantes fiscales por concepto de compra de bases de licitaciones.

22 Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados, emitido por la Subdirección de la unidad de Desarrollo de Proveedores, Contratistas y Contenido Nacional de Petróleos Mexicanos, con fundamento en el articulo decimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos.

22-A Formato que deben presentar los licitantes que oferten bienes nacionales, de acuerdo al apartado 3.3 del documento 22 “cálculo, acreditación y declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados”.

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Superintendencia de Recursos Materiales

LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL BTLC

No. 18578019-507-12Número Interno 2008465

DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO22-B Formato que deben presentar los licitantes que oferten bienes de importación cubiertos por

tratados, de acuerdo al apartado 4.1 del documento 22 “cálculo, acreditación y declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados”.

22-C Formato de declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes que deberá presentar el proveedor, de acuerdo al apartado 6.1 del documento 22 “cálculo, acreditación y declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados”.

22-D Formato de declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes que deberá presentar el fabricante del bien, de acuerdo al apartado 6.2 del documento 22 “cálculo, acreditación y declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados”.

Para mejor conducción de esta licitación preferentemente se deberán utilizar los formatos integrados a estas bases de licitación, los cuales contienen los datos mínimos necesarios.Podrán utilizar documentos membretados de su empresa los cuales deberán cumplir cuando menos con los datos solicitados en cada formato.

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LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL BTLC

No. 18578019-507-12Número Interno 2008465

DOCUMENTO 01

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

PDA. CANTIDAD UNIDAD DESCRIPCIÓN

1 7 PIEZA

ESPECTROFOTOMETRO ULTRAVIOLETA VISIBLE

SISTEMA DE ESPECTROSCOPIA UV-VIS CON SISTEMA ÓPTICO DE ARREGLO DE DIODOS, DE UN SOLO HAZ (MUESTRA Y REFERENCIA). DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS:

RANGO DE LONGITUD DE ONDA DE 190 A 1100 NANÓMETROS, ANCHO DE BANDA DE 1 A 5 NANÓMETROS, EXACTITUD DE LONGITUD DE ONDA DE POR LO MENOS +/- 0.8 NANÓMETROS, EXACTITUD FOTOMÉTRICA DE POR LO MENOS 0.005 AMSTRONS, CADA EQUIPO DEBE INCLUIR UNA ESTACIÓN DE TRABAJO Y SOFTWARE DE PROPÓSITO GENERAL, EL CUAL DEBERÁ SER CAPAZ DE REALIZAR TAREAS ESTÁNDAR PARA FIJAR LONGITUDES DE ONDA, SPECTROS/PICOS, CUANTIFICACIÓN DE COMPONENTES SIMPLES Y RELACIÓN DE ECUACIONES, PRUEBAS PARA VERIFICACIÓN Y DIAGNOSTICO, VERIFICACIÓN DE DESEMPEÑO Y DIAGNÓSTICOS DEL INSTRUMENTO, SISTEMA DE AYUDA EN LÍNEA, ADEMÁS, PARA LA VERIFICACIÓN DE LA LONGITUDES DE ONDA DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE.

CADA EQUIPO DEBERÁ INCLUIR:UNA CELDA DE OXIDO DE HOLMIO CON TRAZABILIDAD AL NATIONAL INSTITUTE ESTÁNDAR Y TECNOLOGY (NIST), A UN ORGANISMO DE CERTIFICACIÓN NACIONAL O POR UN LABORATORIO DE ACREDITACIÓN RECONOCIDO POR LA ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACIÓN (EMA), CINCO CELDAS DE CUARZO DE UN CENTÍMETRO Y DOS CELDAS DE CUARZO DE CINCO CENTÍMETROS DE PASO DE LUZ PARA LA OPERACIÓN DEL EQUIPO ADEMÁS DEL SOPORTE NECESARIO PARA LA OPERACIÓN CON CELDAS DE UNO Y CINCO CENTÍMETROS DE PASO DE LUZ DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE.

FUENTE DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA 115 VOLTS.

2 2 PIEZA

CAMARA INFRARROJA PORTATIL

EL EQUIPO DEBE ESTERILIZAR POR CALOR INFRARROJO AGUJAS Y TUBOS DE CULTIVO CON RESPUESTA DE 5 A 7 SEGUNDOS, DEBE CONTAR CON UNA TEMPERATURA OPTIMA DE ESTERILIZACIÓN DE 815 GRADOS CELSIUS, UN INDICADOR LUMINOSO QUE A TRAVÉS DE UNA LUZ INDICA QUE EL EQUIPO ESTÁ EN FUNCIONAMIENTO, EL TUBO DEBE SER CONSTRUIDO DE CERÁMICA CON PROTECTOR DE ACERO INOXIDABLE DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE.

FUENTE DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA QUE DEBE SER DE 120 VOLTS.

3 2 PIEZA

MEZCLADOR DIGITAL TIPO VORTEX

CON CONTROL DE VELOCIDAD DE AGITACIÓN DE 500 A 3000 REVOLUCIONES POR MINUTO, DEBE CONTAR CON CONTROL DEFINIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE DE TIEMPO DE APAGADO AUTOMÁTICO.

FUENTE DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA QUE DEBE SER DE 120 VOLTS.

4 2 PIEZA

CONTADOR DE COLONIAS PARA CULTIVOS MICROBIOLOGICOS

CONTADOR DE COLONIAS DIGITAL PARA CAJAS PETRI DE 70 A 100 MILÍMETROS DE DIÁMETRO, DEBE CONTAR CON UNA PANTALLA DE CRISTAL LIQUIDO, ILUMINACIÓN A TRAVÉS DE UNA LÁMPARA FLUORESCENTE DE 40 WATTS SOBRE UN FONDO NEGRO, LENTE DE 113 MILÍMETROS CON 1.5X DE AUMENTO, UN CONTADOR TIPO LÁPIZ CON PUNTA DE ACERO INOXIDABLE DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE.

FUENTE DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA QUE DEBE SER DE 110 VOLTS.

5 6 PIEZADIGESTOR DE MUESTRAS EN LA DETERMINACION DE LA DEMANDA QUIMICA DE OXIGENO COLORIMETRICA

EL EQUIPO DEBE CONTAR CON AJUSTES DE TEMPERATURA DE:- 70 GRADOS CELSIUS (158 GRADOS FARENHEIT)

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Superintendencia de Recursos Materiales

LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL BTLC

No. 18578019-507-12Número Interno 2008465

- 100 GRADOS CELSIUS (212° FARENHEIT)- 120 GRADOS CELSIUS (248 GRADOS FARENHEIT), Y- 150 GRADOS CELSIUS (302 GRADOS FARENHEIT), CON UNA EXACTITUD DE + - 0.5 GRADOS CELSIUS DEBE CONTAR CON CAPACIDAD PARA 25 VIALES DE 16 X 125 MILÍMETROS, UN BLOCK DE GRADILLA PARA TUBOS DE 16 X 150 Y UN BLOCK DE GRADILLA PARA TUBOS 10 X 75 MILÍMETROS Y AJUSTE DE TIEMPO VARIABLE (TEMPORIZADOR) DE 30, 60, 120 MINUTOS.FUENTE DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA QUE DEBE SER DE 110 VOLTS

6 3 PIEZA

COMPARADOR DE COLOR PLATINO COBALTO (PT-CO) PARA MEDIR COLOR EN MUESTRAS ACUOSAS INCLUYE FUENTE DE ALIMENTACION ELECTRICA CADA EQUIPO DEBE CONTAR CON:

DOS DISCOS COMPARADORES DE COLOR PT-CO CON RANGOS DE MEDICIÓN DE 0-50 O DE 0-30 UNIDADES DE COLOR PT-CO Y DE 70-250 O DE 0-500 UNIDADES DE COLOR PTCO, DOS TUBOS NESSLER DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE, DOS ÉMBOLOS ÓPTICOS Y UNA LÁMPARA DE ILUMINACIÓN FUENTE DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA QUE DEBE SER DE 110 VOLTS.

7 9 PIEZA

MEDIDOR PARA DETERMINAR HUMEDAD RELATIVA Y TEMPERATURA

MEDIDOR DE HUMEDAD Y TEMPERATURA DIGITAL CADA EQUIPO DEBE CONTAR CON LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES:-RANGO DE MEDICIÓN DE PRESIÓN ATMOSFÉRICA DE 23.45 A 31.01 PULGADAS DE MERCURIO,-RESOLUCIÓN DE 0.03 PULGADAS DE MERCURIO,-EXACTITUD + 0.1 PULGADAS DE MERCURIO,-MEMORIA PARA LA CAPTURA DE LECTURAS POR 24 HORAS,-RANGO DE TEMPERATURA DESDE 0 GRADOS CELSIUS A 55 GRADOS CELSIUS CON UNA RESOLUCIÓN DE 0.5 GRADOS CELSIUS-EXACTITUD DE + 1 GRADOS CELSIUS,-MEDICIÓN DE HUMEDAD RELATIVA EN UN RANGO DE 10 A 98 % CON RESOLUCIÓN DE 1% Y EXACTITUD DE + 5%., DEBERÁ INCLUIR LAS BATERÍAS PARA SU OPERACIÓN.

9 3 PIEZA

ESTUFA PARA LABORATORIO

HORNO DE CONVECCIÓN POR GRAVEDAD (ESTUFA) CADA EQUIPO DEBE CONTAR CON:- FLUJO DE AIRE FORZADO PARA UN SECADO UNIFORME,-UN SISTEMA DE CONTROL MICROPROCESADOR QUE PROPORCIONE CON PRECISIÓN LA TEMPERATURA A TRAVÉS DE UN SENSOR DE TEMPERATURA PT 100 O DE ACUERDO AL FABRICANTE.-UNA PERILLA DE CONTROL DE SEGURIDAD,-EL INTERIOR DE CADA EQUIPO DEBE SER DE ACERO INOXIDABLE DE ACUERDO A DISEÑO DEL FABRICANTE CON UN VOLUMEN DE 175 +/- 5 LITROS.-RANGO DE TEMPERATURA DESDE AMBIENTAL HASTA 330 GRADOS CELSIUS,-AISLAMIENTO DE FIBRA DE VIDRIO Y CIERRE HERMÉTICO DE LA PUERTA PARA UNA MEJOR RETENCIÓN DEL CALOR EN LA CÁMARA.-DEBE INCLUIR COMO MÍNIMO 2 ENTREPAÑOS.FUENTE DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA QUE DEBE SER DE 120 VOLTS, 60 HERTZ.

11 4 PIEZA

PARRILLA MULTIPLE DE EXTRACCION CON 6 PARRILLAS CON CONTROLES INDIVIDUALES CON 12 PINZAS DE EXTRACCION Y SUJETADORES DE PINZAS 4 ESTRUCTURAS PARA PINZAS 2 DE 76.2 cm ESPECIFICACIONES ELECTRICAS DE 120 V 50/60 Hz Y 1800 w.

DE SEIS PLATOS DE CALIENTAMIENTO, DISEÑADO PARA DESTILACIÓN DE DIGESTIONES Y EXTRACCIONES, CADA EQUIPO DEBE CONTAR CON:

-UN PANEL DE CONTROL DE TEMPERATURA EN FORMA INCLINADA MONTADO EN CAJA DE ACERO INOXIDABLE DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE.-RANGO DE TEMPERATURAS DESDE 40 ° A 300 GRADOS CELSIUS, - 6 PLACAS DE ALUMINIO CON CONTROL INDIVIDUAL Y LUZ PILOTO PARA INDICAR QUE LOS CALENTADORES ESTÁN FUNCIONANDO,-CALEFACCIÓN INDEPENDIENTE PARA PERMITIR UN CALENTAMIENTO A DIFERENTES TEMPERATURAS PARA LAS MUESTRAS.-LAS PLACAS DEBEN CONTAR CON CALEFACCIÓN DE 300 WATTS.-UN RACK PARA LA EXTRACCIÓN QUE CONSTA DE DOS BARRAS HORIZONTALES Y DOS VERTICALES DE ACUERDO AL FABRICANTE ASÍ COMO 12 PINZAS Y 12 ABRAZADERAS.FUENTE DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA DEBE SER DE 120 VOLTS 50/60 HERTZ.

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12 5 PIEZA

AGITADOR MAGNETICO PARA MEZCLA DE SOLUCIONES VELOCIDADE DE 60 A 1200 RPM.AGITADOR INDIVIDUAL SIN CALENTAMIENTO, CADA EQUIPO DEBE CONTAR CON:-SUPERFICIE RESISTENTE A AGENTES QUÍMICOS, CON UN CIERRE HERMÉTICO Y CANAL DE SEGURIDAD PARA EVITAR QUE LOS DERRAMES PENETREN EN LA CARCASA,-LA SUPERFICIE DEL PLATO DEBE SER DE CERÁMICA,-CONTROL DE VELOCIDAD DE AGITACIÓN DE 60 A 1,200 REVOLUCIONES POR MINUTO PARA UNA CAPACIDAD DE AGITACIÓN DE 4 LITROS.-EL MATERIAL DE LA BASE DEBE SER DE ALUMINIO.FUENTE DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA QUE DEBE SER DE 120 VOLTS, 60 HERTZ.

14 1 PIEZA

MULTIAGITADOR PARA FLOCULACION EN TRATAMIENTO DE AGUAS

EL EQUIPO DEBE CONTAR CON:- 6 UNIDADES PARA VASOS DE PRECIPITADO DE 1 LITRO,- 6 PALETAS AJUSTABLES DE ACERO INOXIDABLE CON MOVIMIENTO SIMULTÁNEO.-CON UN MOTOR CON SISTEMA ELECTRÓNICO DE 1 A 300 REVOLUCIONES POR MINUTO Y LECTOR CON PANTALLA DIGITAL-6 VASOS DE ACRÍLICO CON LLAVE PARA TOMA DE MUESTRA CON CAPACIDAD DE 1 LITRO-LA BASE DEL MULTIAGITADOR DEBE TENER UNA ILUMINACIÓN FLUORESCENTE.-UN FUSIBLE DE 1.5 AMPERS.FUENTE DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA QUE DEBE SER DE 120 VOLTS

15 1 PIEZA

DESTILADOR DE AGUA TIPO I (ULTRAPURA)

EL EQUIPO DEBE SER CONSTRUIDO DE VIDRIO INERTE CON RESINA DE FLUOROPOLIMERO DEBE CONTAR CON:

-UN CONDENSADOR DE VENTILACIÓN VERTICAL PARA QUE PERMITA QUE LOS GASES VOLÁTILES SE ESCAPEN ANTES QUE SE CONDENSEN Y CONTAMINEN EL AGUA-UNA CÁMARA DE NIVEL CONSTANTE DE AGUA PARA EVITAR EL SOBRELLENADO-PARAR AUTOMÁTICAMENTE CUANDO EL NIVEL DE AGUA ES MUY BAJO.-INTERRUPTOR DE CORTE A ALTA TEMPERATURA PARA PROTEGER EL EQUIPO DE UN SOBRECALENTAMIENTO.-EL GABINETE DEL EQUIPO DEBE SER DE ALUMINIO CON RECUBRIMIENTO EPÓXICO-DEPÓSITO DE ALMACENAMIENTO DE VIDRIO DE 45 HASTA 50 LITROS Y UNA VÁLVULA SOLENOIDE PARA CONTROL DEL SUMINISTRO DE AGUA,-DES-IONIZADOR DE UN CARTUCHO,- 4 RESISTENCIAS BLINDADAS DE CUARZO,- VOLUMEN DE SALIDA DEBE SER DE 8 HASTA 13 LITROS POR HORAFUENTE DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA QUE DEBE SER DE 240 VOLTS 50/60HERTZ, 42 AMPERS.

18 1 PIEZA ESPECTROFOTOMETRO

ESPECTROFOTÓMETRO DE COLOR PARA PLASTICOS PARA MEDICIONES RÁPIDAS Y PRECISAS DE COLOR EN PLÁSTICOS (PELLETS, POLVO), CAPAZ DE PROPORCIONAR VALORES DE MEDICIÓN ABSOLUTOS Y DE DIFERENCIA PARA LOS SISTEMAS COLORIMÉTRICOS, TALES COMO : SISTEMA L*A*B*, SISTEMA CIE, SISTEMA XYZ, BLANCURA Y AMARILLEZ PARA CUMPLIR CON ASTM E-313.

EL EQUIPO DEBE CUMPLIR LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS MINIMAS:- DE ESFERA,- PORTATIL,- GEOMETRÍA ÓPTICA: DIFUSO/8° (GRADOS)-REPETITIVIDAD : 0.1 %-RANGO ESPECTRAL : 400 NANÓMETROS A 700 NANÓMETROS-INTERVALO DE LONGITUD DE ONDA: 10 NANÓMETROS-TEMPERATURA DE OPERACIÓN : 10 A 40 GRADOS CELCIUS-HUMEDAD RELATIVA: MINIMO 80 % NO CONDENSADA-TIEMPO DE MEDICIÓN MÍNIMO 2 SEGUNDOS-RANGO FOTOMÉTRICO: DESDE CERO HASTA 175% DE REFLECTANCIA-ILUMINANTES : MINIMO C, D50, D65, D75, A, F2

Bases de Adquisición de Bienes. (VERSION FINAL 01 DE AGOSTO DE 2012) Página 7

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Superintendencia de Recursos Materiales

LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL BTLC

No. 18578019-507-12Número Interno 2008465

-INTERFASE DE COMUNICACIÓN: RS232 O DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE.-OBSERVADOR 2°(GRADOS) Y 10°(GRADOS)-APERTURA DE MEDICIÓN: 11 A 14 MILIMETROS-LÁMPARA DE ILUMINACIÓN DE XENON O TUNGSTENO O DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE-ESTANDAR PARA CALIBRACIÓN DEL SISTEMA CIE, L, a, b.-MEDICION SIMULTÁNEA PARA COMPONENTE ESPECULAR INCLUIDO Y EXCLUIDO.-ESTACION DE TRABAJO SOPORTADO EN SISTEMA OPERATIVO QUE MUESTRE Y CONTROLE TODAS LAS FUNCIONES DEL EQUIPO CON EL SOFTWARE.- EL SOFTWARE DEBE SER CAPAZ DE REALIZAR PROCESAMIENTO DE COMPARACIONES DE COLOR, GRÁFICOS, TENDENCIAS Y REPORTES ESTADÍSTICOS DE LOS DIFERENTES SISTEMAS COLORIMÉTRICOS COMO MINIMO.- CON ACCESORIOS E INTERFACES NECESARIAS PARA LA OPERACIÓN, CONTROL Y MONITOREO DEL INSTRUMENTO.- CAPAZ DE REALIZAR MEDICIONES SIN CONEXION ELECTRICA MEDIANTE BATERIA RECARGABLE (INCLUIDA CON CARGADOR) Y CONTAR CON UN ADAPTADOR PARA CORRIENTE ALTERNA DE 115 VOLTS 50/60 HERTZ

19 1 PIEZA

DENSIMETRO AUTOMATICO PARA DETERMINAR LA DENSIDAD Y LA GRAVEDAD ESPECIFICA DE MUESTRAS LIQUIDAS

DE PRODUCTOS QUÍMICOS ORGÁNICOS, TALES COMO CLORURO DE N-BUTILO Y NBUTANOL, E INORGÁNICOS (PROCESO DE SÍNTESIS DE CATALIZADOR ZIEGLER NAFTA: ALUMNIO, MAGNESIO Y CLORO), DEBERÁ CUMPLIR COMO MÍNIMO CON EL MÉTODO DE LA NORMA ASTM-D-4052.

EL EQUIPO DEBE CUMPLIR COMO MINIMO CON LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES:- RANGO DE MEDICIÓN DE 0 - 3 GRAMOS POR CENTÍMETRO CÚBICO (G/CM3).- RANGO DE TEMPERATURA DE 0-90 GRADOS CENTÍGRADOS (°C) COMO MINIMO.-MEDIR DENSIDAD EN MUESTRAS LIQUIDAS CON EXACTITUD Y REPRODUCIBILIDAD DE HASTA 0.00005 GRAMOS POR CENTÍMETRO CÚBICO (G/CM3),-TEMPERATURA CON EXACTITUD Y REPRODUCIBILIDAD DE HASTA +/- 0.03 GRADOS CENTÍGRADOS.-CON UN SISTEMA CAPAZ DE CALCULAR LA TEMPERATURA DE COMPENSACIÓN Y REALIZAR AUTOCONVERSIÓN Y ESTADÍSTICA DE RESULTADOS.- PANTALLA, TECLADO Y SISTEMA DE REPORTE DE DATOS DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE QUE FACILITE LA OPERACIÓN DEL EQUIPO, CAPAZ DE EDITAR, ALMACENAR E IMPRIMIR LOS RESULTADOS DE: DENSIDAD, GRAVEDAD ESPECÍFICA, TEMPERATURA Y REGISTRAR LAS MEDICIONES DE CALIBRACIÓN.-CON INTERFASE RS-232 C.-DEBE CONTAR CON SISTEMA DE CONTROL DE TEMPERATURA, SISTEMA DE CONTROL DE TIEMPO, SISTEMA DE SECADO.-DEBE CONTAR CON 5 TUBOS DE DRENADO, 5 TUBOS DE MUESTREO O DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE PROPORCIONAR LO NECESARIO PARA 5 REEMPLAZOS.-SISTEMA INTEGRADO CON BOMBA DE MUESTREO Y 2 RECIPIENTES DE PURGA QUE FACILITEN EL ENJUAGUE Y SECADO DE LA CELDA Y LOS ACCESORIOS NECESARIOS PARA SU OPERACIÓN DE ACUERDO AL DISEÑO DE FABRICANTE.-CON BIBLIOTECA NECESARIA PARA LA AUTO CONVERSIÓN DE RESULTADOS CON TABLAS Y FUNCIONES INTEGRADAS.QUE PERMITA MEDIR DIFERENTES CONDICIONES DE TEMPERATURA.-FUENTE DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA DE 110 VOLTS, 50/60 HERTZ.

20 1 PIEZA TITULADOR PARA LA DETERMINACION DEL CONTENIDO DE AGUA EN PRODUCTOS DERIVADOS DEL PETROLEO.

TITULADOR COULOMETRICO KARL FISHER PARA LA DETERMINACIÓN DE BAJAS CONCENTRACIONES DE AGUA EN HIDROCARBUROS Y SUS DERIVADOS: DISOLVENTES ORGANICOS TALES COMO HEXANO, 1-HEXENO E ISOPENTANO. DEBERA CUMPLIR CON EL METODO DE REFERENCIA ASTM-D-1064. (METODO PARA DETERMINACION COLOUMETRICA)

EL EQUIPO DEBE CUMPLIR COMO MINIMO CON LAS SIGUIENTES

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CARACTERISTICAS: -REALIZAR LA VALORACIÓN COULOMÉTRICA KARL FISHER.- CAPAZ DE DETERMINAR CONCENTRACIONES DE MEDICIÓN EN EL RANGO DE 10 MICROGRAMOS A 100 MILIGRAMOS DE AGUA EN DISOLVENTES ORGÁNICOS (HIDROCARBUROS Y SUS DERIVADOS) CON UNA RESOLUCIÓN DE 0,1 MICROGRAMOS DE AGUA, CON REPETIBILIDAD MINIMA DE ±0,3% A CONCENTRACIONES DE 1000 MICROGRAMOS DE AGUA- COMPENSACIÓN DE DERIVA Y POLARIZACIÓN AUTOMATICA O DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE CON RESOLUCIÓN 0.1 MILIAMPERS.- UNA PANTALLA DONDE MUESTRE LOS RESULTADOS DE LA TITULACIÓN, ASI COMO EL GRAFICO DE LA CURVA DE TITULACIÓN RESPECTO AL TIEMPO EN SEGUNDOS.-SISTEMA DE REPORTE DE RESULTADOS DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE.- 2 VASOS TITULADOR DE VIDRIO TRANSPARENTE CON SISTEMA DE SELLADO PARA TITULACIÓN COULOMETRICA DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE.- SISTEMA DE AGITACIÓN MAGNÉTICA.- DOS SENSORES ELECTRODO DE PLATINO Y TRES CELDAS CON DIAFRAGMA PARA LA MEDICIÓN DE BAJAS CONCENTRACIONES DE HUMEDAD O 3 SENSORES DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE QUE CUBRAN AMBOS REQUISITOS.- UN SISTEMA AUTOMÁTICO DE DOSIFICACIÓN Y VACIADO DE SOLUCIONES, CON BURETA CON CAPACIDAD DE 10 A 20 MILILITROS.

- FUENTE DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA 110- A 220 VOLTS 50/60 HERTZ.

21 2 PIEZA

TAMIZADOR VIBRATORIO (CRIBA) PARA DETERMINACION DE DISTRIBUCION DE TAMAÑO DE PARTICULA EN POLVOS AGLOMERADOS CON CONTROLADOR DE TIEMPO, MOTOR Y FUENTE DE PODER.

EL EQUIPO DEBE CUMPLIR COMO MINIMO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS :- CAPACIDAD MINIMA DE TRABAJO PARA 6 TAMICES ASTM DE DIMENSIONES: 20.3 CENTÍMETROS DE DIÁMETRO Y 5.1 CENTÍMETROS ALTURA.-EL EQUIPO DEBE MANTENER UN MOVIMIENTO UNIFORME DE OSCILACIÓN Y/O VIBRACIÓN EN LA COLUMNA DE TAMICES PARA REMOVER LA MUESTRA- CONTROLADOR DE TIEMPO HASTA 30 MINUTOS MÍNIMO- MOTOR DE 1/4 DE HP (CABALLOS DE FUERZA) MÍNIMO,- CUBIERTA INTEGRAL PARA DISMINUCIÓN DE RUIDO DE 85 A 78 DECIBELES (DB) O SISTEMA DE ABATIMIENTO DE RUIDO DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE.- SISTEMA DE SUJECIÓN DE LOS TAMICES PARA UN AJUSTE SEGURO,- FUENTE DE PODER ELÉCTRICA DE 110-120 VOLTS. .

23 1 PIEZA

BAÑO CON CIRCULACION Y REFRIGERACION

EL EQUIPO DEBE CONTAR CON UN RANGO DE TEMPERATURA DE TRABAJO -35 A 200 GRADOS CELSIUS CON ESTABILIDAD DE TEMPERATURA ± 0.1GRADOS CELSIUS MÁXIMO, DEBE CONTAR CON UN SISTEMA DE CIRCULACIÓN DE AGUA A TRAVÉS DE UNA BOMBA DE CIRCULACIÓN PARA EL CONTROL DE TEMPERATURA EXTERNO, LA BOMBA DEBERA PROPORCIONAR UN GASTO DE 14 A 30 LITROS POR MINUTO, LA CAPACIDAD DEL BAÑO DEBE SER DE 6 A 14 LITROS, DEBE CONTAR CON UNA PANTALLA DE CRISTAL LIQUIDO (LCD) DONDE MUESTRE LA TEMPERATURA DEL SISTEMA, ASI COMO LA TEMPERATURA DE AJUSTE. DEBE CONTAR CON UN SISTEMA DE ALARMA AUDIBLE PARA INDICAR BAJO NIVEL DE AGUA O DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE. DEBE CONTAR SISTEMA CON VÁLVULA PARA PERMITIR EL DRENADO, LA FUENTE DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA DEBERÁ SER DE 110-120 VOLTS 50/60 HERTZ.

24 2 PIEZA

BAÑO DE TEMPERATURA CONSTANTE PARA LABORATORIO

BAÑO DE ACEITE DE CALENTAMIENTO CON AGITACIÓN INTEGRADA,DEBE CONTAR CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS MINIMAS: CAPAZ DE CONTROLAR LA TEMPERATURA DEL BAÑO DESDE TEMPERATURA AMBIENTE HASTA 150 GRADOS CENTÍGRADOS COMO MINIMO, ESTABILIDAD DE TEMPERATURA DE 0.1°C, CON CAPACIDAD DEL BAÑO DE 5 A 10 LITROS, DEBERÁ CONTAR CON UN CONTROLADOR DIGITAL DE TEMPERATURA Y UNA PANTALLA QUE MUESTRE LA TEMPERATURA REAL CON RESOLUCIÓN DE 0.1°C Y EL PUNTO DE AJUSTE. ALIMENTACIÓN ELECTRICA DE 120 A 240 VOLTS 50/60 HZ.

25 1 PIEZA ESPETROFOTOMETRO DE INFRARROJO POR TRANSFORMADA DE FOURIER

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PARA MEDICIONES DE BARRIDO RÁPIDO EN INFRARROJO CERCANO Y MEDIO EL EQUIPO DEBE CONTAR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS MÍNIMAS:

-SISTEMA ÓPTICO DE UN SOLO HAZ, CON SUPERFICIE DE ALTA REFLECTIVIDAD Y ÓPTICA DE ORO, LA CUAL DEBE ESTAR SELLADA, DESECADA Y CON UN INDICADOR DE HUMEDAD DE ACUERDO AL DISEÑO DE CADA FABRICANTE.-UN INTERFERÓMETRO DE MICHELSON, CON ALINEACIÓN AUTOMÁTICA Y DIVISOR DE HAZ DE FLUORURO DE CALCIO Y UN SEGUNDO DIVISOR DE HAZ DE BROMURO DE POTASIO, CAPAZ DE EFECTUAR ANALISIS DE MUESTRAS SOLIDAS, LIQUIDAS Y POLVOS EN INFRARROJOS CERCANO Y MEDIO, EL INTERFERÓMETRO DEBERA SER SELLADO Y DESECADO, DE ACUERDO AL DISEÑO DE CADA FABRICANTE DEBERA CONTENER LOS ADITAMENTOS NECESARIOS PARA SU CORRECTA OPERACIÓN.-FUENTE DE LUZ DE ALTA INTENSIDAD DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE CAPAZ DE ANALIZAR EN EL INFRARROJO CERCANO Y MEDIO.-RANGO DE LONGITUD DE ONDA PARA TRABAJAR COMO MINIMO DE 12500 A 400 CENTÍMETROS A LA MENOS UNO (cm-1), CON UNA RESOLUCIÓN DE 0.5 CENTÍMETROS A LA MENOS 1 COMO MÍNIMO Y HASTA 64 CENTÍMETROS A LA MENOS UNO, CON SEÑAL/RUIDO NO MAYOR QUE 50000:1 RAÍZ MEDIA DE LA SEÑAL.- DETECTOR CON CONTROL DE TEMPERATURA PARA MEDICIONES EN INFRARROJO CERCANO SEGÚN DISEÑO DEL FABRICANTE.- DETECTOR CON CONTROL DE TEMPERATURA PARA MEDICIONES EN INFRARROJO MEDIO SEGÚN DISEÑO DEL FABRICANTE.- MUESTREO DE DATOS POR MEDIO DE LÁSER He-Ne- ACCESORIO ATR DE SELENURO DE ZINC, COMO MINIMO PARA ANÁLISIS DE MUESTRAS SÓLIDAS, LÍQUIDAS Y POLVOS. EN EL RANGO DE INFRARROJO CERCANO Y MEDIO (RANGO MÍNIMO DE 12,500 A 400 CENTÍMETROS A LA MENOS UNO) DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE.- JUEGO DE ACCESORIOS Y ADITAMENTOS NECESARIOS PARA EL ANÁLISIS DE MUESTRAS SÓLIDAS, LIQUIDAS Y POLVOS EN EL RANGO DE INFRARROJO CERCANO Y MEDIO (RANGO MÍNIMO DE 12,500 A 400 CENTÍMETROS A LA MENOS UNO) SEGÚN DISEÑO DEL FABRICANTE.- UNA UNIDAD DE CONTROL CON SOFTWARE Y CUALQUIER OTRO ELEMENTO DE ACUERDO AL DISEÑO DE CADA FABRICANTE SOPORTADO CON EL SISTEMA OPERATIVO WINDOWS MÁS ACTUALIZADO AL MOMENTO DE LA ENTREGA DEL BIEN Y COMPATIBLE CON EL ESPECTROFOTÓMETRO, DEBIENDO GARANTIZAR LA CORRECTA OPERACIÓN DEL EQUIPO DE ACUERDO AL DISEÑO DE CADA FABRICANTE.PARA CONTROLAR TODAS LAS FUNCIONES DEL EQUIPO, CAPAZ DE REALIZAR CORRECCIONES ATMOSFÉRICAS PARA ELIMINAR BANDAS DE CO2 Y AGUA EN FASE VAPOR DE ACUERDO AL DISEÑO DE CADA FABRICANTE, PROCESAMIENTO DE DATOS, ANÁLISIS CUANTITATIVO, BÚSQUEDA DE ESPECTROS, BIBLIOTECA COMPARATIVA DE ESPECTROS, GENERADOR DE REPORTES E IMPRESIONES (IMPRESORA DE INYECCIÓN DE TINTA A COLOR DESKJET INCLUIDA).- INTERFACES NECESARIAS PARA LA OPERACIÓN, CONTROL Y MONITOREO DEL INSTRUMENTO.- TODOS LOS EQUIPOS PERIFÉRICOS NECESARIOS PARA LA OPERACIÓN OPTIMA DEL EQUIPO INFRARROJO: COMO REGULADOR DE VOLTAJE, DESHUMIDIFICADOR Y CUALQUIER OTRO QUE EL DISEÑO DEL FABRICANTE REQUIERA.- CABLES NECESARIOS PARA ESTABLECER LA COMUNICACIÓN Y OPERACIÓN CONTINUA DEL EQUIPO, CON SET DE FUSIBLES.- JUEGO DE ESTÁNDARES DE VERIFICACIÓN DE DESEMPEÑO DEL EQUIPO CON DATOS DE CALIBRACIÓN Y CERTIFICADO DE CALIDAD CON TRAZABILIDAD AL NATIONAL INSTITUTE ESTÁNDAR Y TECNOLOGY (NIST, O A UN ORGANISMO DE CERTIFICACIÓN NACIONAL O POR UN LABORATORIO DE ACREDITACIÓN RECONOCIDO POR LA ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACIÓN (EMA). CON FUENTE DE PODER ELÉCTRICA DE 110-120/220V, 50/60 HZ.

27 1 PIEZA TITULADOR AUTOMATICO

EQUIPO CAPAZ DE PROPORCIONAR ACCESO DIRECTO A TODAS LAS TAREAS RUTINARIAS DE ANALISIS PARA SU OPERACIÓN COMO SON: REDOX, COMPLEXOMETRICAS Y MEDICIONES DE ION SELECTIVO COMO MINIMO, CAPAZ DE REALIZAR PARA LAS DETERMINACIONES DE CLORO, ALUMINIO Y MAGNESIO EN SOLUCIONES ACUOSAS, Y DEBERÁ CUMPLIR CON LOS MÉTODOS DE

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REFERENCIA DE LAS NORMAS ASTM-D-512-10 Y ASTM-D-511-09.

EL EQUIPO DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES MINIMAS:-UN SISTEMA SOPORTADO EN METODOS Y BASES DE DATOS QUE PERMITAN SU OPERACIÓN, ASI COMO EL MANEJO DE DATOS Y ESTADISTICA.-ESTACION DE TRABAJO O UNA PANTALLA DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE PARA INGRESO DE DATOS Y VISUALIZACION DE RESULTADOS Y GENERADOR DE REPORTES MEDIANTE IMPRESIÓN DEL REPORTE FINAL DEL ANALISIS DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE PARA REALIZAR LA VALORACIÓN AUTOMATICA.-DOS SISTEMAS AUTOMATICOS DE DOSIFICACION PARA EL VACIADO Y LLENADO DE SOLUCIONES VALORANTES.-2 BURETAS: UNA DE 10 MILILITROS Y UNA DE 20 MILILITROS-SISTEMA DE AGITACIÓN Y VASO DE TITULACION DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE.- SENSORES ESPECIFICOS Y ACOPLAMIENTO SEGURO AL TITULADOR CAPAZ DE REALIZAR LAS DETERMINACIONES DE CLORO, ALUMINIO Y MAGNESIO EN SOLUCIONES ACUOSAS.-LOS SENSORES DEBEN CONTAR CON DATOS DE CALIBRACIÓN Y CERTIFICADOS DE CALIDAD TRAZABLES A UN ORGANISMO NACIONAL (CENTRO NACIONAL DE METROLOGÍA) O INTERNACIONAL (NATIONAL INSTITUTE OF STANDARDS AND TECHNOLOGY).

EL EQUIPO DEBE CONTAR CON 2 SENSORES PARA MAGNESIO, 2 SENSORES PARA ALUMINIO, 2 SENSORES PARA CLORO O DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE PROPORCIONAR DOS UNIDADES PARA LAS TRES DETERMINACIONES.-2 VASOS DE TITULACION DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE EL EQUIPO DEBE CONTAR CON TODOS LOS ACCESORIOS COMPLEMENTARIOS PARA SU OPERACIÓN DE ACUERDO AL DISEÑO DEL FABRICANTE FUENTE DE ALIMENTACION ELECTRICA DEBE SER DE 110 A120 VOLTS.

NOTAS ESPECÍFICAS:

1.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA EVALUACION TECNICA

1.1 MANIFESTAR EN SU OFERTA TECNICA:

1.1.1 QUE LOS BIENES QUE PROPONE SON NUEVOS, DE NO HACERLO SERA MOTIVO DE DESECHAMIENTO DE LA OFERTA.

1.1.2 PARA LAS PARTIDAS 18 Y 19 INCLUYE SUMINISTRO Y CAPACITACION. PARA LAS PARTIDAS 25 Y 27 INCLUYE EL SUMINISTRO, INSTALACION, PUESTA EN MARCHA Y CAPACITACION; DICHAS ACTIVIDADES QUEDARAN COMPRENDIDAS DENTRO DEL TIEMPO DE ENTREGA. LA ACEPTACION DEL BIEN ESTARA SUPEDITADA AL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS.

LA CAPACITACIÓN DEBE CONTEMPLAR EL USO Y MANEJO DEL SISTEMA Y SUS ACCESORIOS, IMPARTIDO EN IDIOMA ESPAÑOL, EN SESIONES DE 8 HORAS POR DÍA EN HORARIO DE 08:00 A 16:00 HRS, EN LAS INSTALACIONES DEL LABORATORIO DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS, CON DURACION DE:

PARTIDA 18: 24 HORAS (6 PERSONAS)PARTIDA 19: 24 HORAS (6 PERSONAS)PARTIDA 25: 40 HORAS (8 PERSONAS)PARTIDA 27: 24 HORAS (8 PERSONAS)

1.2 PARA LA EVALUACION DE LA PROPUESTA TECNICA, LOS LICITANTES DEBERÁN ENTREGAR ORIGINAL O COPIA SIMPLE LEGIBLE DE LOS CATALOGOS O FICHAS TECNICAS EN DONDE SE ESPECIFIQUEN LAS CARACTERISTICAS DE LOS BIENES PROPUESTOS A EFECTO DE COMPARAR LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS SOLICITADAS, ASÍ COMO UNA TRADUCCIÓN SIMPLE AL ESPAÑOL DE LOS BIENES OFERTADOS, EN CASO DE PRESENTAR INFORMACION TECNICA EN UN IDIOMA DISTINTO AL ESPAÑOL.

2.- DOCUMENTACION REQUERIDA PARA LA ENTREGA-RECEPCION DE LOS BIENES EN EL ALMACEN.

2.1 EN EL CASO DE BIENES DE IMPORTACIÓN, COPIA DEL PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN A FIN DE ACREDITAR LA PROCEDENCIA E INTERNACIÓN LEGAL DE LOS BIENES.

2.2 COPIA SIMPLE DE LA GARANTÍA POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES CON EL SELLO DE LA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES.

2.3 MANUAL ORIGINAL DE CADA UNO DE LOS EQUIPOS SUMINISTRADOS EN IDIOMA INGLES O ESPAÑOL.

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2.4 PARA LA PARTIDA 1: ORIGINAL O COPIA DEL CERTIFICADO DE LAS CELDAS DE OXIDO DE HOLMIO CON TRAZABILIDAD AL NATIONAL INSTITUTE ESTÁNDAR Y TECNOLOGY (NIST), A UN ORGANISMO DE CERTIFICACIÓN NACIONAL O POR UN LABORATORIO DE ACREDITACIÓN RECONOCIDO POR LA ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACIÓN (EMA). PARA LA PARTIDA 27: ORIGINAL DEL CERTIFICADO CON TRAZABILIDAD AL NATIONAL INSTITUTE ESTÁNDAR Y TECNOLOGY (NIST) Y DATOS DE CALIBRACIÓN.

PARA LA PARTIDA 27: ORIGINAL DEL CERTIFICADO CON TRAZABILIDAD AL NATIONAL INSTITUTE ESTÁNDAR Y TECNOLOGY (NIST) Y DATOS DE CALIBRACIÓN.

3.- NOTAS GENERALES

3.1 EL SERVIDOR PUBLICO RESPONSABLE DE ADMINISTRAR LOS CONTRATOS PARA LAS PARTIDAS 1-7, 9, 11, 12, 14, 15 ES LA ING. GRISELDA JIMENEZ, PARA LAS PARTIDAS 18-21, 23-25 Y 27 LA ING. LUDIVINA RUIZ RIVERA.

3.2 SE ELIMINARON LAS PARTIDAS 8, 10, 13, 16, 17, 22 Y 26.

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DOCUMENTO 02

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

1.- Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación1.1 Para consulta1.2 Pago de Bases.

2.- Información General sobre el Procedimiento2.1 Condiciones Generales de la Licitación.

3.- Eventos previos a la presentación de propuestas3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes. –NO APLICA-.3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación. 3.3 Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación.3.4 Etapa de precalificación.

4.- Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica. –NO APLICA-.

4.2 Indicaciones generales para el desarrollo de los actos4.3 Acto de presentación y apertura de propuestas4.4 Métodos y Criterios de evaluación de propuestas

4.4.1 Criterios de evaluación de aspectos técnicos y legales.4.4.2 Criterios de evaluación de aspectos económico

4.4.2.1. Margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación –NO APLICA-..

4.4.3 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.4.5 Negociación de precios–NO APLICA-.

5.- Criterios de adjudicación.5.1 Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-

6.- Casos en que se declarará desierta la licitación.7.- Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.8.- Causas de desechamiento de propuestas.9.- Fallo.10.- Inconformidades.11.- Compromisos con la transparencia.12.- Firma del contrato.13.- Aspectos contractuales básicos.

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13.1 Contrato abierto. –NO APLICA-13.1.1 Vigencia.13.1.2 Cantidad(es) del Contrato. –NO APLICA-13.1.3 Ordenes de suministro. –NO APLICA-

13.2 Condición, plazo y lugar de entrega de los Bienes.13.3 Inspección de los Bienes

13.3.1 Devolución y Reposición de Bienes13.4 Garantías

13.4.1 Devolución y Reposición de Bienes13.5 Anticipo –NO APLICA-

13.5.1 Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado -

13.6 Condiciones y forma de pago13.6.1 Ajuste de precios –NO APLICA-

13.7 Facturación13.7.1 Facturación por compra de bases de licitación.

13.8 Penalizaciones13.9 Recisión Administrativa del Contrato13.10 Información Reservada y Confidencial13.11 Seguros13.12 Fuentes de Financiamiento –NO APLICA-13.13 Propiedad Industrial y Derechos de Autor

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Documento 02

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS.

Información General

Este procedimiento de contratación se convoca: Licitación Pública Internacional presencial, bajo la cobertura de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguientes: TLC México-América del Norte, TLC México-Nicaragua, TLC México-Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), TLC México-Unión Europea (TLCUE), y TLC-México-Japón, y Bajo la reserva transitoria del Capítulo de Compras del Sector Público del Tratado de Libre Comercio siguiente: TLC México Chile.

Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería.

1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación.

La publicación de las bases de la Licitación Pública, se realizará a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica (www.ptq.pemex.com), asimismo, la Convocante pondrá a disposición de los licitantes dichas bases, de acuerdo a lo siguiente:

1.1 Para consulta::

A) En las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:00 horas a las 16:00 horas en días hábiles, en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla No. 2 del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México

B) A través de la página electrónica de PEMEX Petroquímica en la dirección electrónica: http://www.ptq.pemex.com.

1.2 Pago de bases:

El pago de las Bases de la Licitación se deberá realizar a elección del licitante, utilizando cualquiera de las opciones que se indican a continuación:

A) A través del sistema de pago en Banco, mediante deposito en firme en BBVA Bancomer en la cuenta No. 0152025868, a nombre de Pemex Petroquímica Complejo Petroquímico Morelos y tienen un costo de $1,429.00 pesos (un mil cuatrocientos veintinueve pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A.

B) En transferencia electrónica en la cuenta BBVA Bancomer cuenta No. 0152025868, Clabe interbancaria No. 012180001520258689 a nombre de Pemex Petroquímica Complejo Petroquímico Morelos y tienen un costo de $1,429.00 pesos (un mil cuatrocientos veintinueve pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A.

Será obligatorio presentar el recibo de pago correspondiente para participar en cualquiera de los eventos de esta licitación. Las bases de licitación estarán disponibles en la página de Internet de la convocante, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido.

En el caso de propuestas conjuntas (consorcios), bastará que alguno de los integrantes del consorcio, realice el pago de bases de acuerdo a lo indicado en los párrafos anteriores.

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La fecha límite de pago de bases de licitación será el día: 01-Agosto-2012.

Pemex Petroquímica, no se responsabiliza de la devolución del importe de los pagos que se realicen con posterioridad a la fecha límite: 01-Agosto-2012.

Para el caso de pago a través del sistema en banco, Pemex Petroquímica se reserva el derecho de verificar que el pago que se haya realizado por el licitante cumpla con lo establecido en estas bases, caso contrario, será motivo para desechar la propuesta. La fecha de pago que conste en dicho comprobante, deberá ser como máximo la fecha límite de pago de bases, que se indica en las presentes bases.

2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1. Condiciones Generales de la Licitación.

No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC´S.

3. Eventos previos a la presentación de propuestas

3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes. –NO APLICA-

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.

La(s) junta(s) de aclaración a las Bases de Licitación se llevará a cabo el día 31 de Julio de 2012 a las 10:00 horas, en la sala de juntas de LICITACIONES, localizada en el EDIFICIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES, Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México, siendo optativa la asistencia de los licitantes a las reuniones que, en su caso, se realicen.

Las dudas, planteamientos y solicitudes de modificación relacionadas con las bases de licitación, se deberán acompañar de copia simple legible del recibo de pago correspondiente, pudiendo solicitarlas por cualquiera de los medios que se indican a continuación:

1. Enviarse por correo electrónico a las siguientes direcciones [email protected] y [email protected], a más tardar cuarenta y ocho horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones ó

2. Entregarlas personalmente en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, en el domicilio de la convocante ubicado en Ejido Pajaritos S/N, SC, C.P. 96380, sito en Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México, a más tardar cuarenta y ocho horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.

Solamente se atenderán las solicitudes de aclaración a las bases de la licitación, de las personas que hayan realizado el pago de bases de la licitación conforme a lo indicado en el párrafo anterior (punto 1 y 2) de las presentes bases, caso contrario, se les permitirá su asistencia sin poder formular preguntas ni aclaraciones. Por lo que, las preguntas presentadas con posterioridad a dicho plazo, no serán atendidas por considerarse extemporáneas. Concluida la última junta de aclaraciones, no se recibirán más preguntas.

Preferentemente indicar el numeral de las Bases de Licitación al que hacen referencia sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación.

Pemex Petroquímica podrá celebrar el número de juntas de aclaraciones que considere necesarias, por lo que al concluirse la primera junta se podrá señalar el lugar, fecha y hora para la celebración de la siguiente junta.

De cada junta de aclaraciones se levantará un acta, que contendrá la firma de los asistentes interesados y de los servidores públicos que intervengan, así como las preguntas formuladas por los licitantes, las respuestas de Pemex

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Petroquímica y, en su caso, se señalará la fecha, lugar y hora para la celebración de la siguiente junta de aclaraciones; debiéndose entregar copia a los interesados presentes y estará a disposición de los licitantes que no hayan asistido, en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 14:00 horas en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México, así como en la página www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido.

La falta de firma de algún licitante al acta, no invalidará su contenido y efectos.

La inasistencia de algún Interesado a la(s) junta(s) de aclaraciones, no lo relevará de su obligación de acatar las decisiones que de ellas se deriven, por lo cual podrá acudir con la debida oportunidad a las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 14:00 horas en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en Ejido Pajaritos S/N SC., C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México, o bien podrá consultar el acta de dicha junta en la página de Internet www.ptq.pemex.com.

Asimismo, los licitantes se darán por notificados del acta que se levante en la junta de aclaraciones de que se trate, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet www.ptq.pemex.com independientemente de que pueda acudir al domicilio de la convocante.

3.3 Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación.

Pemex Petroquímica podrá realizar modificaciones a los requisitos, documentación requerida, plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de licitación, en la forma dispuesta en estas últimas, haciendo del conocimiento de los participantes, dichas modificaciones en la(s) junta(s) de aclaraciones o a través de los mismos medios utilizados y bajo las mismas condiciones para su publicación.

El plazo entre la difusión de las modificaciones y la fecha en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, no podrá ser inferior a diez días naturales.

Cualquier modificación a la convocatoria y/o a las bases derivada de la(s) junta(s) de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases, por lo tanto los licitantes deberán considerarlas para la elaboración de su propuesta.

Pemex Petroquímica entregará una versión final de las bases de licitación a todos los licitantes, que contengan las modificaciones derivadas de las juntas de aclaraciones, el día hábil siguiente de la última junta de aclaraciones; o bien, en dicha junta se les informara la fecha en que se entregarán y estarán disponibles en el portal de Pemex Petroquímica, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com.

Los licitantes se darán por notificados de la versión final de las bases de licitación, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet www.ptq.pemex.com, independientemente de que pueda acudir a solicitarla al domicilio de la convocante.

3.4 Etapa de precalificación.

Para el presente procedimiento de licitación no habrá precalificación.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.

El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación:

A) Sólo podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros y, en su caso, los bienes a contratar sean de origen nacional o de países con los que, los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un tratado de libre comercio,

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los cuales serán los siguientes tratados: TLC México-América del Norte, TLC México-Nicaragua, TLC México-Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), TLC México-Unión Europea (TLCUE) y TLC-México-Japón.

Bajo la reserva transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguientes: TLC México Chile; es decir no podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros, que propongan bienes cuyo origen sea del país siguiente: Chile.

Acreditar su existencia y personalidad jurídica, mediante un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, escrito que deberá contener los datos que se citan en el Documento 03, deberá proporcionar una dirección de correo electrónico, en caso de contar con él.

El apoderado o representante que firme el Documento 03, deberá ser quien firme autógrafamente la proposición.

Los licitantes entregarán junto con el sobre cerrado, copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición.

Únicamente podrán participar licitantes que hayan pagado las bases de licitación, debiendo presentar copia simple legible del recibo de pago correspondiente dentro o fuera del sobre de su propuesta.

B) Elaborar y entregar la proposición; la documentación distinta a ésta; así como las manifestaciones requeridas en estas bases de licitación, deberán entregarse en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. La proposición deberá estar firmada autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que la contenga, mismos que se relacionan en el Documento 04.

La proposición se presentará dentro de sobre(s) cerrado(s), preferentemente identificado con la siguiente información:

Nombre o razón social y domicilio del licitante.Número de licitación.

Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar la propuesta foliada en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de la propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta.

C) Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07.

D) Elaborar su propuesta técnica, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Bienes que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01, y en su caso, lo que se haya asentado en el acta de la junta de aclaraciones, indicando el número de partida de que se trate, unidad de medida y cantidad, así mismo deberá manifestar el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone.

Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español.

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La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de estas bases de licitación.

Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

E) Elaborar su propuesta económica en pesos mexicanos o en dólares de los Estados Unidos de América, conforme al Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables.

F) Se podrán presentar propuestas conjuntas de conformidad con el artículo 24 de las DAC´S, observando los términos establecidos en estas Bases de Licitación.

F.1) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, bastará que alguno de los integrantes del grupo, presente copia simple del recibo de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, conforme al Documento 03-A.

F.2) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:

a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

c) Se requerirá la designación de un representante común para participar en la licitación y para suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran.

d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones,

e) Estipulación expresa de que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en forma solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente;

En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante Pemex Petroquímica. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor o Contratista y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios;

PEMEX PETROQUÍMICA no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 59 de la Ley.

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f) La propuesta deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos;

g) Aquellas entidades que controlen o se relacionen corporativamente, directa o indirectamente, con los integrantes de la propuesta conjunta, se obliguen en forma solidaria con éstos cuando su capacidad financiera no sea suficiente para garantizar el cumplimiento del contrato,

F.3) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta conjunta, conforme al Documento 03 de estas Bases de Licitación.

F.4) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

F.5) Presentar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

F.6) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentar en un sólo instrumento, la garantía de cumplimiento del Contrato, (calidad, defectos y vicios ocultos de los Bienes), la cual deberá otorgarse conforme al punto 13.4.

F.7) La declaración de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en el tercer párrafo del punto 12 deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del Contrato, debiendo contener como mínimo lo indicado en el Documento 20.

G) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de propuestas, preferentemente entregar el Documento 05, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en el acto de presentación y apertura de propuesta

H) Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería.

I) No aplica .

J) No aplica.

K) No aplica.

L) Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta, el tipo de empresa a la que corresponden.

Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los siguientes criterios:

Estratificación

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Tamaño SectorRango de número de

trabajadores

Rango de monto de ventas anuales

(mdp)Tope máximo combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6Pequeña Comercio Desde 11 hasta

30Desde $4.01 hasta

$100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50

Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01 hasta

$250 235Servicios Desde 51 hasta

100

Industria Desde 51 hasta 250

Desde $100.01 hasta $250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%.

El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.

Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una Base de información que coadyuven a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas conforme al Documento 06-B, MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la proposición.

M) Los bienes que el licitante proponga y entregue deberán ser nuevos.

N) Los bienes y/o servicios que integran las presentes bases no podrán ser subcontratados.

O) El licitante que oferte bienes nacionales, deberá entregar de manera obligatoria , un escrito original mediante el cual manifieste bajo protesta decir verdad, el Grado de Integración Nacional de los bienes que oferta. Esta manifestación podrá ser entregada en escrito libre o utilizando el Documento 22-A, de estas bases.

El licitante que oferte bienes de importación cubiertos por tratados, deberá entregar de manera obligatoria, un escrito original mediante el cual manifieste bajo protesta decir verdad, el Grado de Integración Nacional de los bienes que oferta. Esta manifestación podrá ser entregada en escrito libre o utilizando el Documento 22-B, de estas bases.

El licitante adjudicado o proveedor, a la entrega de los bienes, deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito original mediante el cual manifieste bajo protesta decir verdad, el cálculo del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados, debiendo entregar una copia al momento de presentar sus facturas para pago. Esta manifestación podrá ser entregada en escrito libre o utilizando el Documento 22-C, de esta convocatoria.

En caso de que el licitante adjudicado o proveedor del bien, no sea el fabricante del bien, adicionalmente al escrito indicado en el párrafo anterior, a la entrega de los bienes, deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito original en el que el fabricante manifieste bajo protesta decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien suministrado, debiendo entregar una copia al momento de

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presentar sus facturas para pago. Esta manifestación podrá ser entregada en escrito libre o utilizando el Documento 22-D, de esta convocatoria.

En el caso de los Bienes fabricados en el extranjero, en el escrito referido en el documento 21-C, el proveedor establecerá que el Grado de Integración Nacional del Bien es igual a cero, y no requerirá presentar el escrito del Fabricante del Bien que se indica en el documento 21-D.

Lo anterior, en cumplimiento a la estrategia para apoyar el desarrollo de proveedores y contratistas nacionales como parte del Plan Estratégico Integral de Negocios, establecida en el Documento 22 de esta convocatoria, denominado “Cálculo, acreditación y declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados”, emitido por la Subdirección de la unidad de Desarrollo de Proveedores, Contratistas y Contenido Nacional de Petróleos Mexicanos, con fundamento en el articulo decimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos.

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuesta por medios remotos de comunicación electrónica. –NO APLICA-

4.2 Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

A) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, bastará que el licitante, presente el recibo de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, conforme al Documento 3-A.

No será motivo de desechamiento la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las proposiciones, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente.

En caso de que el licitante presente el original del comprobante de pago de las Bases y no incluya copia del mismo, el comprobante original se le devolverá una vez concluido el acto de presentación y apertura de proposiciones, previa obtención de la copia correspondiente.

B) El acto de presentación y apertura de propuesta iniciará a la hora establecida en estas Bases de Licitación, por lo que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida , ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas, por lo que no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador.

C) Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta licitación, con el objeto de mantener orden y respeto.

D) El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta licitación, será el único facultado para recepcionar las proposiciones sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en los términos de la normatividad vigente.

E) En el acto de presentación y apertura de propuestas, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas. Por lo que no se desechará ninguna de ellas durante dicho acto.

F) Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de propuestas, y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma

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de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente o aviso de referencia en el tablero de la ventanilla de atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Morelos de PEMEX PETROQUIMICA, sito en Ejido Pajaritos S/N, SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México, por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA www.ptq.pemex.com, para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

A los actos del procedimiento de licitación pública podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.

4.3 Acto de presentación y apertura de propuestas.

El acto de presentación y apertura de propuestas se llevará a cabo de conformidad con lo que dispone el artículo 28 de las DAC´S, el día 13 de Agosto de 2012 a las 10:00 hrs., ubicada en la sala de juntas de LICITACIONES, localizada en el EDIFICIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES, sito en Ejido Pajaritos S/N SC. C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz México.

De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán las propuestas, las que para estos efectos constarán documentalmente.

Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión; procediéndose a su apertura.

Para este procedimiento se podrán solicitar aclaraciones a las propuestas presentadas, a fin de que los licitantes subsanen omisiones en los términos previstos en el 2° párrafo del artículo 29 de las DAC’S.

4.4 Métodos y Criterios de evaluación de las propuestas.

Todas las propuestas recibidas serán evaluadas técnica, legal y económicamente de la misma forma bajo el método Binario, el cual consiste en verificar si las propuestas recibidas cumplen o no cumplen con los criterios de evaluación que se indican en los puntos 4.4.1, 4.4.2 y 4.4.2.1 del Documento 02 de estas bases de licitación.

La evaluación se realizara para cada una de las partidas propuestas.

En términos del segundo párrafo del artículo 29 de las DAC’S, durante el periodo de evaluación, Pemex Petroquímica a través del área responsable de la contratación, podrá solicitar a los licitantes que aclare o subsane cualquier requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido, no afecte la solvencia de sus propuestas, dentro del término comprendido del 14-Agosto-2012 al 27-Agosto-2012.

Las solicitudes de aclaración deberán ser claras y precisas y señalar la parte de la propuesta sobre la cual se requiere. En este supuesto, la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos que puedan ser aclarados o subsanados a solicitud de la convocante, no será motivo para desechar sus propuestas. La convocante fijará un plazo para que se realicen las aclaraciones y para que en su caso se subsane la omisión que corresponda.

La solicitud que realice el área responsable de la contratación, deberá formularse por escrito y versará sobre las propuestas presentadas por los licitantes; asimismo, exigirán que las respuestas de los licitantes también sean por escrito y no podrán modificarse los términos y condiciones esenciales de las propuestas presentadas. En ningún caso la convocante solicitará que se subsanen omisiones o realicen aclaraciones respecto de requisitos que afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y alcances.

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4.4.1 Criterios de evaluación de aspectos técnicos y legales.

A) Se evaluarán técnicamente todas las propuestas recibidas, verificando que los bienes propuestos cumplan con lo solicitado en las presentes bases, y en su caso, lo que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración(es) a las bases y en la versión final de las bases que se haya emitido.

B) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 incisos A), B), C), D), M) y O) del Documento 02, así como con el Documento 06 de estas bases de licitación.

C) En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el inciso F) del punto 4, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada.

D) Satisfacer las condiciones y plazo de entrega, solicitada en el punto 4 inciso D).

4.4.2. Criterios de evaluación de aspectos económicos.

Los aspectos de evaluación contenidos en los incisos A) y B) de este numeral, se aplicarán a todas las propuestas recibidas y los aspectos de evaluación contenidos en los incisos C) y D), se aplicarán únicamente para las propuestas que cumplan con los requisitos técnicos solicitados.

A) La base para evaluar la oferta será el precio unitario (cuando se presente un error de cálculo en la oferta presentada, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. Si el licitante no acepta la corrección de la oferta, se desechara la misma).

B) La oferta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 incisos E), del Documento 02, así como con el Documento 06-A de estas bases de licitación.

C) En la evaluación de las proposiciones se verificará el precio no aceptable, según lo establece el artículo 2 Fracción XI de la LAASSP y 51 inciso A) de su Reglamento, para lo cual la convocante aplicará cualquiera de las siguientes opciones, en tal caso la propuesta será desechada.

Precio no aceptable: es aquél que la convocante puede dejar de considerar para efectos de adjudicación porque se ubica por arriba del precio calculado a partir de aplicar cualquiera de las siguientes opciones a elección de la convocante:

I. Cuando se considere como referencia el precio que se observa como mediana en la investigación de mercado, ésta se obtendrá de la siguiente manera:

a) Se considerarán todos los precios obtenidos de la investigación de mercado y se ordenarán de manera consecutiva del menor al mayor; b) En caso de que la serie de precios obtenidos resulte impar, el valor central será la mediana, y c) Si la serie de precios obtenidos es un número par, se obtendrá el promedio de los dos valores centrales y el resultado será la mediana.

II. Cuando se consideren como referencia los precios de las ofertas presentadas en la misma licitación pública, se deberá contar con al menos tres proposiciones aceptadas técnicamente y el promedio de dichas ofertas se obtendrá de la siguiente manera:

a) Se sumarán todos los precios ofertados en el proceso de licitación pública que se aceptaron técnicamente; b) El resultado de la suma señalada en el inciso que antecede se dividirá entre la cantidad de precios considerados en el inciso anterior, y

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c) El promedio será el resultado de la división a que se refiere el inciso anterior.

A las cantidades resultantes de las operaciones efectuadas en las fracciones anteriores se les sumará el porcentaje del 10%, cuando algún precio ofertado sea superior al resultado de esta última operación, éste será considerado como no aceptable.

D) Se verificará si los precios que cotice el licitante son convenientes, según lo que establece el artículo 2 de la Ley y 51 inciso B) de su Reglamento, para realizar el cálculo se aplicará la siguiente operación:

I. Los precios preponderantes de las proposiciones aceptadas en la presente licitación, son aquéllos que se ubican dentro del rango que permita advertir que existe consistencia entre ellos, en virtud de que la diferencia entre los mismos es relativamente pequeña.

Para la determinación de los precios convenientes conforme la fracción XII del artículo 2 de la LAASSP, se aplicará el procedimiento indicado en las fracciones I a IV del apartado B del artículo 51 del reglamento de la LAASSP.

II. De los precios preponderantes determinados, se obtendrá el promedio de los mismos. III. Al promedio señalado en la fracción anterior se le restará el cuarenta por ciento.IV. Los precios cuyo monto sea igual o superior al obtenido de la operación realizada en la

fracción III, serán considerados precios convenientes.

Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente podrán ser desechados por la convocante.

E) Para homologar las propuestas en moneda nacional se utilizará el tipo de cambio peso mexicano/dólar de los Estados Unidos de América que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación el día en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.

4.4.2.1. Margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación. –NO APLICA–

4.4.3. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuestas, se adjudicará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador, en presencia de los licitantes que asistieren.

4.5 Negociación de Precios. –NO APLICA–5. Criterios de adjudicación.

Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará a:

I. Aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

Si resultare que dos o más propuestas son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo.

II. La adjudicación del Contrato será por: partida completa.

5.1 Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-

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Se considerarán (indicar número) fuentes del suministro y un diferencial no mayor del 5% en el precio unitario respecto de la propuesta solvente más baja y la asignación será como sigue:

Se considerarán __ fuentes de suministro. FUENTESAl 1er. lugar se asignará el (50 o superior) % 1o.Al 2do. lugar se asignará el __% 2o.Al 3er. lugar se asignará el __% 3o.Al 4to. lugar se asignará el __% 4o.Al 5to. lugar se asignará el __% 5o.

6. Casos en que se declarará desierta la licitación.

La Convocante podrá declarar desierta la licitación cuando:

I.No se presenten propuestas;II.Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados;III.Las propuestas económicas no resulten aceptables, óIV.Se presente alguna otra causal o supuesto expresamente previsto en las presentes bases de licitación.

7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.

La Convocante podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, conforme a los supuestos siguientes:

a) Se podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, cuando se presente caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para adquirir los bienes, arrendamientos o servicios, o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia dependencia o entidad. La determinación de dar por cancelada la invitación, partidas o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.

b) Salvo en las cancelaciones por caso fortuito y fuerza mayor, la dependencia o entidad cubrirá a los licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan de acuerdo a lo siguiente:

c) Previa solicitud por escrito de los licitantes, el pago de los gastos no recuperables, será procedente cuando los mismos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación o el contrato no signado limitándose según corresponda, a los siguientes conceptos:

I. Costo de la preparación e integración de la proposición;II. Pasajes y hospedaje de la persona que haya asistido a la o las juntas de aclaraciones, al

acto de presentación y apertura de proposiciones, al acto de fallo y a la firma del contrato, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento;

III. Costo de la emisión de garantías, exclusivamente en el caso del licitante ganador, yIV. Los gastos en que el proveedor hubiera incurrido para cumplir con el contrato y los costos

de los bienes producidos y entregados, o los servicios proporcionados, hasta el momento en que el proveedor suspenda su suministro o prestación por falta de firma del contrato por causas imputables a la dependencia o entidad.

Los licitantes podrán solicitar a la dependencia o entidad el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la fecha de la cancelación de la licitación o la emisión del fallo respectivo, según corresponda.

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8. Causas de desechamiento de propuestas.

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa en el Documento 16 y que afecte la solvencia de la propuesta.

9. Fallo.

El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto en los artículos 33, 34 y 35 de las DAC´S, el día 31 de Agosto de 2012 a las 14:00 hrs., en la sala de Juntas de Licitaciones del Edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales localizada en el interno del Complejo Petroquímico Morelos, mismo que podrá ser diferido, siempre y cuando, el nuevo plazo no exceda de 20 días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente, sitio en la Jefatura de Adquisiciones, localizada en Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

Asimismo, se levantará el Acta de Fallo de la licitación que firmarán los asistentes, a quienes se les entregará copia de la misma. La falta de firma de algún Licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de notificación en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 14:00 horas en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México; siendo de la exclusiva responsabilidad de los interesados acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma.

Asimismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta incluyendo el fallo, en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA www.ptq.pemex.com , para efectos de su notificación, a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

10. Inconformidades.

En términos de lo establecido en el artículo 35, segundo párrafo de la Ley, la Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, serán competentes para conocer de las inconformidades, así como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales se substanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en el artículo 39 y el Título Séptimo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel C-1, a la atención del LIC. LUIS GUILLERMO PINEDA BERNAL, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO.

11. Compromisos con la Transparencia.

En el marco del Programa para la Transparencia y el Combate a la Corrupción emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su proposición, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia” conforme al Documento 13.

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El servidor público de PEMEX PETROQUÍMICA responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado.

La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la proposición presentada.

Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 15 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica:

http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf

12. Firma del Contrato.

La firma del Contrato se hará a mas tardar el día 14 de Septiembre del 2012, y en defecto de tales previsiones, dentro de los quince días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en la: Ventanilla de Atención a proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Morelos de PEMEX PETROQUIMICA localizada en Ejido Pajaritos S/N, SC. C.P. 96380, sito en Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México, y en el horario comprendido de las 8.30 hrs a las 14.30 hrs. El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados en el numeral 4 inciso A) de las presentes bases de licitación.

12.1. Para los efectos del Artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF),Conforme a la regla I.2.1.16, la persona adjudicada cuyo monto en el contrato a celebrar exceda de $300,000.00 M.N, sin incluir el IVA, deberá presentar previo a la formalización del contrato respectivo, lo siguiente:

a) Documento vigente a la firma del contrato, expedido por el SAT en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en sentido positivo de conformidad con la Regla II.2.1.11, de la “Resolución de la Miscelánea Fiscal para 2012”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2011”, oEscrito en el cual manifieste bajo protesta de decir verdad que el acuse de recepción fue obtenido de la página de internet del SAT utilizando su clave CIECF, derivado de la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos señalados en la regla I.2.1.16 (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2011, en apego al modelo de manifestación que se presenta en el documento 19.

a) Para los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre o utilizando el formato de manifestación que se presenta como Documento 20, que entregarán a la convocante, la que gestionará la emisión de la opinión ante la ALSC más cercana a su domicilio.

Para efectos de lo señalado en el inciso a), los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato deberán solicitar a las autoridades fiscales la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones en términos de lo dispuesto por la regla II.2.1.11 de la mencionada Resolución de la Miscelánea Fiscal para 2011.

En caso de que la persona adjudicada no entregue la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en sentido positivo dentro del plazo estipulado, no se procederá a formalizar el contrato.

12.2. PEMEX PETROQUIMICA podrá no llevar a cabo la formalización del contrato, por causas de fuerza mayor o casos fortuitos, o bien cuando existan causas justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de los bienes y que con su formalización, se le ocasione un daño o perjuicio. En este último supuesto, se considerará únicamente

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al licitante adjudicado, el reconocimiento de gastos no recuperables en los términos del artículo 101 del Reglamento de la LAASSP.

12.3 Cuando una proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato. Documento vigente a la firma del contrato, expedido por el SAT en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en sentido positivo, indicado en el numeral 12.1 de este apartado, deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del contrato.

Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio.

12.4 El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, podrá ser inhabilitado temporalmente para participar el procedimientos de contratación o celebrar contratos, conforme al artículo 59 de la Ley y el contrato podrá ser adjudicado al licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por la Administradora de Proyecto como solvente, conforme al artículo 52 de las DAC´S.

12.5 El licitante a quien se hubiere adjudicado el contrato no estará obligado a suministrar los bienes o prestar el servicio, si PEMEX PETROQUÍMICA, por causas imputables a la misma, no firmare el contrato. En este supuesto, PEMEX PETROQUIMICA, a solicitud escrita del licitante, cubrirá los gastos no recuperables en que hubiere incurrido para preparar y elaborar su proposición, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación de que se trate, limitándose a los siguientes conceptos, conforme a lo establecido en el numeral 6.30.2 de las Políticas, Bases y Lineamientos Generales de Suministros en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales:

- Pasajes y hospedaje debidamente comprobados, de una persona que haya asistido a la junta de aclaraciones, al acto de presentación y apertura de proposiciones y al fallo de la licitación. En pasajes clase turista en cualquier medio de transporte utilizado y en hospedaje hasta 15 salarios mínimos diarios vigentes en el Distrito federal, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento de contratación.

Los gastos no recuperables serán pagados dentro de un término que no exceda de 45 días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada del licitante.

13. Aspectos contractuales básicos.

Como Documento 15 se incluye el modelo-guía de contrato.

13.1. Contrato abierto. NO APLICA

13.1.1 Vigencia

La vigencia del contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

13.1.2 Cantidades del Contrato. NO APLICA

13.1.3. Ordenes de Suministro. NO APLICA

13.2 Condición, plazo y lugar de entrega de los bienes.

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Las Condiciones de Entrega que aplicarán serán DDP Delivery Duty Paid “Derechos pagados” (INCOTERMS 2010) para proveedores nacionales y DDP VAT UNPAID Delivered Duty Paid sin incluir el IVA “Derechos pagados sin incluir IVA” (INCOTERMS 2010) para proveedores extranjeros; el Proveedor nacional estará obligado a contemplar todos los costos hasta el destino final, incluyendo los trámites y aranceles de importación y PEMEX PETROQUÍMICA estará obligado a recibir los bienes en el destino convenido; y el proveedor extranjero a contemplar todos los costos hasta la aduana de importación; el puerto, aeropuerto o lugar de destino, y PEMEX PETROQUÍMICA a tramitar la importación a partir de este punto, hasta su destino final.

La Condición de Entrega que aplicará es DDP Delivered Duty Paid (INCOTERMS 2010) sin considerar la estipulación relativa a la exportación o importaciones, consecuentemente, el Proveedor estará obligado a:

Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato debe suministrar la mercancía y la factura comercial, de acuerdo con el contrato, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.

Contrato de transporte debe contratar, a sus propias expensas, el tipo de transporte más conveniente, de acuerdo a la naturaleza de los bienes y al lugar de entrega indicado en las presentes bases.

Entrega debe poner la mercancía a disposición de PEMEX PETROQUÍMICA, sobre los medios de transporte utilizada y no descargada, a su llegada al lugar destino convenido, en la fecha o dentro del periodo acordado para la entrega.

Transmisión de riesgos debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada conforme al párrafo anterior.

Gastos debe pagar los gastos relativos al transporte, empaque y embalaje de los bienes hasta el momento en que hayan sido entregados.

Aviso debe dar a PEMEX PETROQUÍMICA aviso suficiente de la expedición de la mercancía, así como cualquier otra información que precise PEMEX PETROQUÍMICA para adoptar las medidas normalmente necesarias que le permitan recibir la entrega de la mercancía.

Embalaje – marcado la forma de empaque que deberá utilizar será la que garantice a PEMEX PETROQUÍMICA que los bienes no sufran daño y/o avería alguna durante las maniobras de carga, transporte, terrestre, marítimo o aéreo y descarga, así como almacenaje, el embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

PEMEX PETROQUÍMICA estará obligado a:

Pago del precio debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato.

Recepción de la entrega debe recibir los bienes cuando se hayan entregado sobre los medios de transporte utilizado y no descargado, a su llegada al lugar de destino convenido en el contrato.

Transmisión de riesgos debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la Recepción de la entrega hasta su almacenamiento.

Gastos debe pagar todos los gastos relacionados con los bienes a partir de la Recepción de la entrega hasta su almacenamiento.

Inspección de los Bienes debe pagar los costes de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades.

El plazo de entrega será para las partidas 1 a 7, 9, 12, 14, 15, 18 a 21, 23 a 25 y 27 de 60 días naturales contados a partir del día natural siguiente de la firma del contrato.

El plazo de entrega será para la partida 11 de 45 días naturales contados a partir del día natural siguiente de la firma del contrato.

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En este plazo se considera los 07 (siete) días naturales que tiene Pemex Petroquímica para realizar la inspección de los bienes.

Los bienes serán entregados en el Almacén Local (430) del Complejo Petroquímico Morelos ubicado en Ejido Pajaritos S/N, SC. C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México, a la atención de Ing. Everardo Gómez Salazar, Jefe de Almacén, en días hábiles y en el siguiente horario: de 8:30 a 14:30 hrs.

El Proveedor deberá entregar los Bienes amparados en el Contrato, a más tardar el día (o en su caso hora) en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penalizaciones, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el Proveedor no entrega los Bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penalizaciones.

Previo a la entrega de los bienes muebles, el proveedor deberá presentar una solicitud de inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el número (s) de partida a inspeccionar, así como el número del contrato.

El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009.

13.3 Inspección de los Bienes.

La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los bienes amparados en el contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

El NIVEL DE INSPECCIÓN que aplicará será Nivel III de conformidad con lo indicado en el Documento 18. El área que realizará la Inspección será la Superintendencia de Control Químico. El lugar donde se llevará a cabo será el almacén local del Complejo Petroquímico Morelos.

La inspección de los bienes se realizará de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009.

Previo a la entrega de los bienes muebles, el proveedor de los bienes deberá entregar la solicitud de inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el número de partida a inspeccionar, así como el número del contrato, debiéndose entregar el escrito de solicitud directamente o a través de fax ó correo electrónico. Dicho documento debe contener el membrete, la razón social de la empresa, número de teléfono, nombre y firma de un representante, los datos para relacionar el bien, arrendamiento o servicio con el contrato especifico, así como indicar lugar, fecha, horario de atención, personal facultado por el proveedor para atender la inspección o supervisión en el lugar de entrega.

El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el procedimiento institucional para inspección de bienes muebles y supervisión de arrendamientos o servicios en petróleos mexicanos, organismos subsidiarios y en su caso, empresas filiales, con clave: PA-800-70600-01 rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009.

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Al realizar la inspección de bienes, el proveedor deberá entregar como mínimo, copia de la siguiente documentación:

a) Remisión o factura. “Aplica”b) Pedimento de importación. “Aplica”c) Certificado de origen. “No aplica”d) Garantía comercial. “No aplica”e) Certificados de calidad e informes de resultados de laboratorio. “Aplica”f) Resultado de las pruebas efectuadas durante el proceso. “Aplica”g) Protocolo de pruebas. “No aplica”h) Documentación técnica. “Aplica”i) Dos fotocopias del contrato y sus anexos. “Aplica”

13.3.1 Devolución y Reposición de Bienes.

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones que se requieran en un plazo no mayor a 30 días naturales, sin que las sustituciones impliquen su modificación lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.

Si el PROVEEDOR no lleva a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUÍMICA, podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR.

13.4 Garantías.

El proveedor a su elección podrá entregar cualquiera de los siguientes instrumentos de garantía: Fianza o Carta de Crédito.

13.4.1 Para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

La Fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 08, de estas bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México; en días hábiles y en horario comprendido de las 8:30 a las 15:30 hrs.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

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(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.(D) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones

garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

(E) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación, 6. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación7. Copia del finiquito8. Importe reclamado.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STAND BY

Carta de Crédito Stand-by emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10% del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más un plazo de 6 (seis) meses contados a partir de la entrega de los bienes o terminación de los servicios, a responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, más 90 (noventa) días naturales, a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

La Carta de Crédito Stand-by que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y a responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 08-A de estas bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México; en días hábiles y en horario comprendido de las 8:30 a las 15:30 hrs

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

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Superintendencia de Recursos Materiales

LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL BTLC

No. 18578019-507-12Número Interno 2008465

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Stand-by otorgada.

(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Stand-by será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

13.4.1.1 Para garantizar la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

Entregados los bienes o concluidos los servicios, el PROVEEDOR quedará obligado durante un plazo de 6 (seis) meses contados a partir de la entrega de los bienes o terminación de los servicios, a responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable. Por lo que dentro de los diez días naturales siguientes a la emisión del certificado de aceptación de los bienes o servicios, el PROVEEDOR, a su elección, deberá presentar póliza de fianza o carta de crédito stand-by por el equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total de los bienes entregados o servicios prestados, la misma deberá ser a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, conforme al documento 08-A o documento 08-B de estas bases y entregarse en la ventanilla del área de atención a proveedores de la Jefatura de Adquisiciones ubicada en el edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Morelos. Se entregará al proveedor una copia simple de la garantía con el sello de la Superintendencia de Recursos Materiales, misma que deberá integrarse a la documentación establecida en el contrato que deberá acompañarse con los bienes al momento de realizar el suministro.

CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA

Cuando la garantía se constituya mediante póliza de fianza, deberá ser emitida por institución afianzadora autorizada, y deberá emitirse en estricto apego al formato presentado en el Documento 08-B de las presentes bases.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUÍMICA para responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 (treinta) días naturales que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 (treinta) días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.

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No. 18578019-507-12Número Interno 2008465

En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 (treinta) días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto impugnado sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(D) Su aceptación para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

(E) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos

necesarios de identificación y descripción de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad y su cuantificación.

5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad en que incurra el fiado.

6. Notificación a la afianzadora de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad.

La fianza deberá entregarse en el siguiente domicilio Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México; en días hábiles y en horario comprendido de las 8:30 a las 15:30 hrs., aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

El PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

En caso de propuestas conjuntas, la fianza de cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STAND BY

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No. 18578019-507-12Número Interno 2008465

Cuando la garantía se constituya mediante carta de crédito stand-by deberá ser confirmada o emitida por institución bancaria autorizada para operar en la República Mexicana, y deberá emitirse en estricto apego al formato presentado en el Documento 08-A de las presentes bases y deberá contar con una vigencia de 6 (seis) meses más 90 (noventa) días.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de la obligación de responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, se hará efectiva parcial o totalmente la Carta de Crédito Stand-by otorgada.

(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Stand-by expedida para garantizar la obligación de responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

Si la garantía para responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad fue constituida mediante fianza, su liberación estará a lo previsto en la póliza de fianza que se otorgue. En el caso de Carta de Crédito el PROVEEDOR obtendrá de PEMEX PETROQUÍMICA la orden de cancelación correspondiente para su trámite ante la institución de que se trate.

Quedarán a salvo los derechos de PEMEX PETROQUÍMICA para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme a esta cláusula.

La Carta de Crédito STANDBY que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como los defectos y vicios ocultos de los bienes y la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, y sus documentos modificatorios, si los hubiere, se deberán otorgar en estricto apego al Documento 08-A, de estas bases y deberán entregarse en original en el domicilio siguiente: Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México; en días hábiles y en horario comprendido de las 8:30 a las 15:30 hrs.

La garantía correspondiente a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

En caso de propuestas conjuntas, la fianza de cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes.

13.5. Anticipo.

Para la adquisición de los Bienes objeto de esta licitación PEMEX PETROQUÍMICA NO otorgará anticipo.

13.6. Condiciones y forma de pago. (55 fracción III inciso e) de la Ley)

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PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los Bienes entregados y aceptados a los 20 días naturales siguientes máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el comprobante de recepción del área receptora de los Bienes, en el cual se asentará la fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos.

El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago.

Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se harán en pesos mexicanos y al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día en que se realice el pago.

Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (10) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta.

Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observaran las siguientes premisas:

a) Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor.b) Que los bienes y servicios hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX

PETROQUÍMICA.c) Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de anticipación a

la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla Única ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, en el horario de 9:00 a 13:00 hrs., y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.

d) Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c).

e) El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.

f) La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.

g) Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.

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Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-al-gobierno/programa-de-compras-del-gobierno -federal/cadenas-productivas.html.

13.6.1. Ajuste de Precios. –NO APLICA–

13.7. Facturación.

El Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en la Ventanilla Única de la Superintendencia de Recursos Financieros del Complejo Petroquímico Morelos de PEMEX PETROQUIMICA ubicado en: Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Coatzacoalcos, Veracruz, México, y en el horario comprendido de las 8:30 hrs a las 12:00 horas.

Debidamente requisitadas, en original y 2 copias, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los Bienes en los términos del Contrato.

El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la ORDEN –CUANDO APLIQUE-, a la (partida) que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los Bienes.

En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido de 20 días MAXIMO para pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.

En caso de que existan Bienes faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente.

13.7.1 Facturación Electrónica por compra de bases de licitación.

Los licitantes que requieran facturación por compra de Bases de licitación deberán solicitarlo en la misma fecha del día en que se realice el pago, en horario de 8:30 a 14:30 hrs; dicha solicitud deberá realizarse en forma electrónica a las direcciones: [email protected], [email protected], [email protected] y/o [email protected], de acuerdo al “FORMATO DE SOLICITUD DE EMISION DE COMPROBANTES FISCALES POR CONCEPTO DE “OTROS INGRESOS” anexo a estas bases, adjuntando el comprobante de pago.

Los licitantes que requieran Facturas, deberán estar registrados en el Sistema de Facturación, en caso contrario deberán solicitar su alta a los correos citados anteriormente, con 24 horas de anticipación al pago de las Bases.

En caso de recibir las solicitudes para la generación de la factura por la compra de bases de la presente licitación pública, posterior a la fecha en que se realice el depósito, dichas facturas serán emitidas por PEMEX Petroquímica, pero ya no se podrán incluir como deducibles de impuestos ante la SHCP.

13.8. Penalizaciones

Respecto de cada contrato, las penas convencionales a las que el Proveedor se haga acreedor por atraso en el plazo de entrega de los Bienes, se calcularán, a partir del día siguiente del plazo pactado para la entrega de los mismos, o en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas el valor de los bienes entregados con

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atraso, a razón de 0.5% para la partida 11 y a razón de 0.2% para las partidas 1 a 7, 9, 12, 14, 15, 18 a 21, 23 a 25 y 27, por cada día calendario de atraso y hasta el importe del 10% del contrato de que se trate.

PEMEX PETROQUÍMICA, podrá exigir la entrega de los Bienes con la aplicación de las penas convencionales que procedan.

Una vez transcurrido el plazo máximo de espera de aplicación de penas convencionales de una orden sin que el proveedor haya entregado los bienes PEMEX PETROQUÍMICA procederá a aplicar una deducción equivalente al 10% del valor de la misma y podrá generar una nueva orden.

Cuando la suma de las penas convencionales alcance el importe de la garantía de cumplimiento del Contrato, PEMEX PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del Contrato.

El pago de los Bienes quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el Proveedor deba efectuar por concepto de penas convencionales y/o deducciones.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al Proveedor.

De presentarse caso fortuito o fuerza mayor o por causas imputables a la convocante, se podrá otorgar una prórroga al cumplimiento de las obligaciones.

13.9. Rescisión administrativa del contrato.

PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el contrato y sus anexos o sin motivo justifica-do no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecu-ción del Contrato;

c) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura aná-loga;

d) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

f) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y dere-chos del contrato de cualquier forma;

g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes so-ciales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

h) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada na-cionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

i) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional” del contrato;

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j) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción” del contrato;

k) Si no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes;

l) Si no entrega a PEMEX PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garan-tía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modifi-caciones al Contrato” del contrato;

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUIMICA, en un plazo de 5 (cinco) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 (Veinte) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;

c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes.

13.10 Información reservada y confidencial.

Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. Se recomienda utilizar preferentemente para enumerar su documentación reservada y confidencial el formato del Documento 10.

13.11 Seguros

Los bienes deberán asegurarse por cuenta del proveedor, hasta su recepción de acuerdo a lo establecido en las condiciones de entrega.

13.12. Fuentes de financiamiento. –NO APLICA–

13.13. Propiedad industrial y derechos de autor

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El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta licitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero.

Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de 3 (tres) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUÍMICA para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.

DOCUMENTO 03

FORMATO DE INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE

Yo, (nombre del apoderado ó representante que firme la propuesta), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente licitación pública, a nombre y representación de: (nombre de la persona física o moral).

Clave del Registro Federal de Contribuyentes:Domicilio.-Calle y Número:Colonia: Delegación o Municipio:Código Postal: Entidad Federativa:Teléfonos: Fax: Correo electrónico: No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha:

Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que la protocolizó:Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s )Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional:

Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que las protocolizó:

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RFC y domicilio del apoderado o representante (que firma la propuesta): Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:Escritura pública número: Fecha:Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó:

Lugar y fecha

(Firma autógrafa original del apoderado o representante)Notas:1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden

indicado.2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en

lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.3.- Con la finalidad de agilizar la formalización del contrato, el licitante podrá integrar en su propuesta copia de la documentación indicada en este formato.

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DOCUMENTO 03 A

ESCRITO EN EL QUE SU FIRMANTE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SÍ O POR SU REPRESENTADA.

(Lugar y Fecha)

Pemex petroquímica Complejo Petroquímico Morelos P r e s e n t e.

Licitación Pública Internacional No.: _(indicar numero de convocatoria) .

Yo, (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), de

la empresa (denominación o razón social), y en cumplimiento de lo solicitado en el inciso A) del numeral 4.2 Indicaciones Generales para el desarrollo de los actos, manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que

cuento con facultades suficientes para comprometerme por sí o por mi representada, sin que resulte necesario

acreditar mi personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas de la presente

Licitación Pública.

Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA:

1 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 04

DOCUMENTOS QUE DEBERÁN SER FIRMADOS AUTÓGRAFAMENTE POR EL APODERADO O REPRESENTANTE.

Cons

. Descripción

1. Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante (Documento 03).2. Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes

para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas. (Documento 03-A).

3. Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07

4 De ser el caso, el convenio privado mediante el cual se conviene en presentar propuesta conjunta.5 Formato de propuesta (Técnica) Documento 066 Formato de propuesta (Económica) Documento 06-A7 Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de

Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Documento 06-B.8 De ser el caso, el documento Compromisos con la Transparencia (Documento 14).9 Formato que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación, para dar

cumplimiento a lo dispuesto en el documento 22 referente al “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”, emitido por la Subdirección de la unidad de Desarrollo de Proveedores, Contratistas y Contenido Nacional de Petróleos Mexicanos, con fundamento en el articulo decimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos (Documento 22-A o 22-B).

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DOCUMENTO 05

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

No. DOCUMENTO PUNTOS DE LA CONVOCATORIA ENTREGO

DONDE SE EXIGE SI NODentro o fuera del sobre de la propuesta a elección del licitante

1

Acreditación de la existencia y personalidad del licitante (Documento 03).Copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición.

4 INCISO A)

2 Copia de comprobante de pago de bases 4 INCISO A)

3Declaración escrita de no encontrarse en los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S (Documento 07).

4 INCISO C)

4 De ser el caso, el convenio privado tratándose de propuestas conjuntas.

5

Formato que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el documento 22 referente al “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”, emitido por la Subdirección de la unidad de Desarrollo de Proveedores, Contratistas y Contenido Nacional de Petróleos Mexicanos, con fundamento en el articulo decimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos (Documento 22-A o 22-B).

4 INCISO O)

La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la propuesta.

6Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada (Documento 03-A)

4.2 INCISO A)

7Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones (Documento 05).

4 INCISO G)

8Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (Documento 06-B)

4 INCISO L)

9 El documento denominado Compromisos con la Transparencia (Documento 14). 11

Documentación que deberá presentarse dentro del sobre de la propuesta.

10 Propuesta Técnica. (Documento 06). 4 INCISO D)

11 Propuesta Económica. (Documento 06-A). 4 INCISO E)

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la propuesta, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases de licitación será verificado y evaluado por la Convocante.La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.

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DOCUMENTO 06FORMATO DE PROPUESTA TECNICA

No.Partida Cantidad

Unidadde

Medida

Descripción y Especificaciones Técnicas de los Bienes(Incluir marca y modelo o Nombre del Fabricante, así como las normas con las

que cumplen los Bienes que propone)

1.- Plazo de entrega

2.- Lugar de entrega

3.- Condición de entrega D.D.P. (INCOTERMS 2010)

4.- Características y condiciones LOS BIENES OFERTADOS SON NUEVOS

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________

FIRMA: _____________________CARGO: ____________________FECHA: _____________________

Nota al Licitante: Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

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DOCUMENTO 06-AFORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA

No.Partida Cantidad

Unidadde

MedidaDescripción Genérica de los Bienes Precio Unitario

sin I.V.A. ($)Importe Total sin I.V.A. ($)

Condiciones Económicas

1.- Vigencia de proposición Mínimo 60 DÍAS NATURALES2.- Monto total de la proposición (sin IVA) (indicarlo con numero y con letra)(indicar la moneda)3.- Condiciones de precio PRECIO FIJO4.- Origen de los bienes

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________

FIRMA: _____________________CARGO: ____________________FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 06-BMODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

Información con carácter voluntario

De conformidad con el Acuerdo de Estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas publicado en el D. O. F. el 30 de diciembre de 2002, a continuación manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente, considerando los criterios de tamaño, sector y clasificación por número de empleados:

Razón social: ______________________________________________________

Favor de marcar sólo una opción:

¿Pertenece a alguna Cámara? SI ( ) No ( )

En caso de ser afirmativa la respuesta anterior indicar el nombre de la Cámara:

___________________________________________________________________________

Favor de indicar la Estratificación que corresponda a su empresa de acuerdo a la información indicada para cada Tipo de Empresa en el numeral

EstratificaciónTamaño Sector Rango del Número

de TrabajadoresRango de montos de

ventas anuales (mdp)

Tope Máximo Combinado *

Página en Internet_____________________________________________________________

(Lugar y fecha)

____________________________________________(Firma)

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DOCUMENTO 07

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCION V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS y 12 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACIÓN EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

(Lugar y Fecha)

Pemex petroquímica Complejo Petroquímico Morelos P r e s e n t e.

(Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que esté otorgando el mandato),

manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que mi representada, sus accionistas y asociados, no se

encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y

12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y

Servicios de las actividades sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA:

2 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 08

ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS.SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)________________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ___________________ DE FECHA _______________________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE______________________ Y NUESTRO FIADO(S).EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO __________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $_________________________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA). ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO.

EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.

ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS.EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA UEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

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A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS..B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO.D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACIONE) EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓNE) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓNF) IMPORTE RECLAMADO.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

A INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACIÓN PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORMEA LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LSO TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO.

ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA.LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA

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RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS:

FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO;

DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DELA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 08-A

MODELO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY CONFIRMADAMODELO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY CONFIRMADA QUE DEBERAN PRESENTAR (AN) EL(LOS) PROVEEDOR(ES) Y MODELO DE DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO.

Versión en español

*** INICIOMTxxx (SWIFT MESSAGE)

BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD, ESTADO Y PAIS)

BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN MEXICO, EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO).

BENEFICIARIO (PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL Y DOMICILIO FISCAL)

ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR Ó CONTRATISTA)

FECHA DE EMISION (FECHA DE EMISIÓN DE LA CARTA DE CRÉDITO)

FECHA DE VENCIMIENTO: (LUGAR, PAÍS Y FECHA ESPECÍFICA DE VENCIMIENTO, VIGENCIA DE LA OBLIGACIÓN A GARANTIZAR MÁS 90 DÍAS)

HEMOS ESTABLECIDO NUESTRA CARTA DE CRÉDITO STANDBY IRREVOCABLE Y CONFIRMADA (EN CASO DE QUE EL

EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) NO. ______________ POR ORDEN Y CUENTA DE ( NOMBRE DEL ORDENANTE ) A FAVOR

DE PEMEX PETROQUÍMICA POR LA CANTIDAD DE $ ( IMPORTE CON NÚMERO, LETRA Y MONEDA ) , EN RELACIÓN AL

CONTRATO O CONVENIO ( NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO O CONVENIO ) CELEBRADO ENTRE EL “ORDENANTE” Y EL

“BENEFICIARIO” PARA (DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACION QUE GARANTIZA).

DISPONIBLE A LA VISTA EN LAS INSTALACIONES DE (NOMBRE Y PLAZA DEL BANCO EMISOR O CONFIRMADOR , EN CASO DE

QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS EN

ORIGINAL:

1. DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO. SEGÚN FORMATO ANEXO MANIFESTANDO EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL

ORDENANTE.

2. CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, SI LOS HUBIESE.

CONDICIONES ESPECIALES:

1. CONFORME A ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE PERMITEN DISPOSICIONES PARCIALES, PERO EN NINGÚN

CASO PODRÁN EXCEDER DEL IMPORTE TOTAL DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

2. TODAS LAS COMISIONES Y GASTOS DERIVADOS DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SON POR CUENTA DEL

ORDENANTE, INCLUYENDO GASTOS DE CONFIRMACIÓN.

NOS COMPROMETEMOS IRREVOCABLEMENTE CON EL BENEFICIARIO A HONRAR A LA VISTA SUS PRESENTACIONES EN

ORDEN Y DE ACUERDO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, ANTES O EN LA FECHA DE

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VENCIMIENTO, POR LA CANTIDAD TOTAL DE SU DISPOSICIÓN, MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS

INMEDIATAMENTE DISPONIBLES DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES QUE EL BENEFICIARIO SEÑALE, A MÁS TARDAR A LAS

13:00 HORAS (TIEMPO DE LA CD. DE MÉXICO) DEL TERCER DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE LA PRESENTACIÓN.

EN CASO DE PRESENTACIONES QUE NO CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, EL

BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) DEBERÁ DAR AVISO POR

ESCRITO AL BENEFICIARIO DEL RECHAZO DE LA PRESENTACIÓN ESPECIFICANDO TODAS LAS DISCREPANCIAS EN LAS

CUALES HA BASADO SU RECHAZO. DICHO AVISO DEBERÁ SER ENTREGADO EN LAS OFICINAS DEL BENEFICIARIO INDICADAS

EN ESTA CARTA DE CRÉDITO O BIEN, EN EL DOMICILIO QUE EL BENEFICIARIO INFORME POR ESCRITO PARA TAL FIN AL

BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO), A MÁS TARDAR EL SEGUNDO

DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SE HAYA HECHO LA PRESENTACIÓN. EL BENEFICIARIO PODRÁ VOLVER A

HACER NUEVAS PRESENTACIONES QUE CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO.

ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE SUJETA A LAS REGLAS ISP98 PRÁCTICAS INTERNACIONALES PARA STANDBY

PUBLICACIÓN ICC 590 Y EN TANTO NO EXISTA CONTRADICCIÓN CON ISP98 ESTA CARTA DE CRÉDITO SE REGIRÁ E

INTERPRETARÁ DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES FEDERALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. CUALQUIER

CONTROVERSIA QUE SURJA CON MOTIVO DE LA MISMA DEBERÁ RESOLVERSE EXCLUSIVAMENTE ANTE LOS TRIBUNALES

FEDERALES COMPETENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO

FEDERAL.

SÍRVANSE AGREGAR SU CONFIRMACIÓN (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) A LA PRESENTE CARTA

DE CRÉDITO STANDBY.

FIN DEL TEXTO***

DOCUMENTO 08-B

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ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) Y SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)__________________________ LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO _____________________ Y DE SUS ANEXOS, CELEBRADO ENTRE ______________________________________ Y NUESTRO FIADO(S), REFERENTES A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO NUESTRO FIADO(S).

LA FIANZA GARANTIZA ASÍ MISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS.

ESTA FIANZA GARANTIZA LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE RECIBAN LOS BIENES O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO.

EN EL SUPUESTO DE QUE NUESTRO FIADO NO REPARE O REPONGA LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE LE SEAN REPORTADOS POR EL BENEFICIARIO, ESTA AFIANZADORA SE OBLIGA A PAGAR LOS GASTOS EN LOS QUE INCURRA EL BENEFICIARIO POR DICHAS REPARACIONES O REPOSICIONES HASTA POR LA TOTALIDAD DEL MONTO AFIANZADO.

EN LOS CASOS EN QUE EL MONTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN SEA SUPERIOR AL AFIANZADO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ÚNICAMENTE RESPONDERÁ HASTA POR EL 100% DEL MONTO GARANTIZADO.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONESEN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE SEIS MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES DERIVADAS DE DEFECTOSY VICIOS OCULTOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LA QUE HUBIERA INCURRIDO.

EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO.

LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.

B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO, SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.

C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOSY DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA

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RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN.

D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EL FIADO.

E) NOTIFICACIÓN A LA AFIANZADORA DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO IMPUGNADO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.

EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDADEN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR

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NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN,ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.

FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 09 (NO APLICA)

ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA GARANTIZAR LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS.

SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DEL ANTICIPO) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)_______________________________________ LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO QUE POR LA MISMA SUMA RECIBE DE: _________________________________, LO CUAL DEBERÁ HACER EN EL PLAZO PACTADO EN EL CONTRATO NO.________________________ DE FECHA __________________, QUE TIENE POR OBJETO __________________________________________________________.

ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS, Y GARANTIZA LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO, POR PARTE DE NUESTRO FIADO(S), LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO.

EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA GARANTIZAR LA DEBIDA, INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.

ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL DEL ANTICIPO RECIBIDO INCLUYENDO LOS INTERESES QUE SE CAUSEN, CONFORME A LA TASA ESTABLECIDA EN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN PARA EL SUPUESTO DE PRÓRROGA EN EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES, SI EL PROPIO FIADO NO LO INVIERTE, APLICA O AMORTIZA, TOTAL O PARCIALMENTE, EN EL PLAZO Y PARA LOS FINES QUE LE FUE OTORGADO.

EL ANTICIPO GARANTIZADO DEBERÁ SER REINTEGRADO AL BENEFICIARIO CON CARGO A CADA UNA DE LAS FACTURAS QUE SE EMITAN POR ESE CONCEPTO DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO. ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN DE LA CANTIDAD NO AMORTIZADA DEL ANTICIPO Y SUS INTERESES, INDEPENDIENTEMENTE DEL MOTIVO POR EL CUAL DICHO ANTICIPO NO HUBIERA SIDO AMORTIZADO EN SU TOTALIDAD.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) (LOS) DOCUMENTO(S) QUE HAYA FIRMADO EL FIADO A LA RECEPCIÓN DEL (LOS) ANTICIPO(S), O

CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE ACREDITE FEHACIENTEMENTE LA RECEPCIÓN DEL MISMO.

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D) (LOS) DOCUMENTO(S) PAGADO(S) POR EL BENEFICIARIO DONDE SE HAGAN CONSTAR LAS AMORTIZACIONES REALIZADAS.

E) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACIONF) EN SU CASO, LA TERMINACION ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN.G) (LOS) DOCUMENTO(S) EN EL QUE EL BENEFICIARIO REQUIERA AL FIADO EL REINTEGRO DEL ANTICIPO

NO AMORTIZADO.H) EL FINIQUITO.I) IMPORTE DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO Y DE LOS INTERESES RESPECTIVOS.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.

EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO.

ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DEL FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA.

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO

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ESTABLECIDA EN EL CONTRATO O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARA LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA, ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON EL DOCUMENTO QUE EVIDENCIE LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.

FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 10

(MANIFESTACIÓN DEL CARÁCTER DE LA DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL LICITANTE) (Lugar y Fecha)

PEMEX PETROQUÍMICA.Complejo Petroquímico Morelos______________________

P R E S E N T E

Asunto: Manifestación de confidencialidad de documentos

(Nombre del representante Legal), en representación de (Nombre del Licitante o Propuesta Conjunta), con fundamento

en lo dispuesto en los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Gubernamental, manifiesto que la información y/o documentos que se listan más adelante, mismos que integran la

propuesta, presentadas en el proceso de Licitación Pública No. ____________, se entrega con carácter confidencial,

reservada o comercial reservada.

LISTA DE DOCUMENTOS

Documento Sección Carácter Fundamento Legal

Atentamente,

_______________________

[NOMBRE DEL LICITANTE] [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL]

La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.

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DOCUMENTO 11

DOCUMENTACION REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

NO APLICA

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DOCUMENTO 12

FORMATO DE CEDULA SOBRE EL PAIS DE ORIGEN DE LOS BIENES

NO APLICA

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DOCUMENTO 13

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ____________________________________________, QUE SUSCRIBEN PEMEX-PETROQUÍMICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _______________________________________, EN SU CARÁCTER DE ___________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX-PETROQUÍMICA Y _________________________________________________, REPRESENTADA POR ________________________________________ EN SU CARÁCTER DE _______________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS:

CONSIDERACIONESI. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN

OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.

II. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.

III. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.

IV. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.

V. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

VI. REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.

VII. LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA”, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DE LA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES:

19 COMPROMISOS

I.- DEL LICITANTE

1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.

2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.

3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION.

4. ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

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5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.

6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O LA NACIÓN.

7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.

II.- DE PEMEX-PETROQUÍMICA

1. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

2. PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

3. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.

4. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES.

5. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.

EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN _____________________________________, A ___________________________________ DE 2011.

POR PEMEX-PETROQUÍMICA

__________________________________ Nombre y Cargo del Servidor Público.

Nombre de la EmpresaPOR EL LICITANTE

___________________________________Nombre y Cargo.

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DOCUMENTO 14

NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.

La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.

Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su

cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y

extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.

Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.

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El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.

En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:

“Artículo 222Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.

Capítulo XICohecho a servidores públicos extranjeros

Artículo 222 bisSe impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales inter El representante del área solicitante de los bienes manifiesta que se analizará si dicho requisito podrá ser presentado por las empresas participantes..

, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

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III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.

Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”

* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

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DOCUMENTO 15

MODELO DE CONTRATO

CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES (EN ADELANTE “CONTRATO”) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE PEMEX PETROQUIMICA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PEMEX PETROQUIMICA”, REPRESENTADO POR __________________, EN SU CARÁCTER DE ________________ Y POR LA OTRA ____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”, (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) REPRESENTADA POR _________________ EN SU CARÁCTER DE _________________, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINCIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

1. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) declara, a través de su (representante/apoderado), que:

1.1 Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto llevar a cabo la exploración, la explotación y las actividades que le corresponden en exclusiva en el área estratégica del petróleo, demás hidrocarburos y la petroquímica básica, así como ejercer la conducción central y la dirección estratégica de la industria petrolera en los términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, la Ley de Petróleos Mexicanos y sus Reglamentos, y que cuenta con la capacidad para celebrar, entre otros, toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con dichos ordenamientos.

1.2 Acredita su personalidad y facultades en términos de la fracción XIII de Artículo Cuarto Transitorio del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos y mediante el testimonio de la Escritura Pública No. 141,536, de fecha 08 de agosto de 2008, otorgada ante la fe del Notario Público No. 116 de Ciudad de México, Distrito Federal Licenciado Ignacio R. Morales Lechuga, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable, así como la autorización de conformidad con los Lineamientos que establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos, otorgada mediante _____ de fecha____.

1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato.

1.5 El presente contrato se adjudicó mediante Licitación Pública Internacional Diferenciada, con fundamento en los artículos 51, 53, 54, 55 fracción I, II y III de la Ley de Petróleos Mexicanos, 50 Fracción I, 53 Fracción II, 55, 56 y 57 de su Reglamento y 14, 15 y 16 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es Ejido Pajaritos S/N, SC C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es PPE920716TS5.

2 El PROVEEDOR declara, a través de su (apoderado/representante), que:

2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES. NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE DEBERÁN ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS.Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la

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escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO:.___, ____ y ___ (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO:Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato.

2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO.Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE.Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.)

2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA.Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato.

B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.Es una persona de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de gobierno extranjero alguno bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos, todo derecho derivado de este contrato.

2.4 A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS O MEXICANAS . Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________.

B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS.Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con (señalar documento equivalente al RFC del país del PROVEEDOR).

2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia.

2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental.

2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de

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Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL: De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a PEMEX PETROQUÍMICA el “acuse de recepción” con el que comprueba que ha solicitado el informe de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.”

2.9 No ha cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional.

DEFINICIONES

Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación:

“Área Administradora del Proyecto”: Gerencia de Mantenimiento

“Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: Superintendencia de Planeación de Mantenimiento

Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del presente contrato es la adquisición de los bienes muebles (en adelante “bienes”) por parte de PEMEX PETROQUIMICA consistentes en: ________, de conformidad con los términos y condiciones que se especifican en el presente contrato y sus anexos.

EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN:Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben el presente contrato, se señalan en el Anexo ____ que forma parte del mismo.

SEGUNDA.- VIGENCIA

La vigencia del presente contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye con el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS SIN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC.El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de [número] (letra) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato por el PROVEEDOR y/o de acuerdo al programa que se incluye como Anexo ___ de este contrato. [TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL, POR EL SIGUIENTE: a partir [de la fecha de recepción] / [del día siguiente de la recepción] de la ORDEN por parte del PROVEEDOR. [TRATÁNDOSE DE CONTRATOS QUE INCLUYAN ANTICIPOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL, POR EL SIGUIENTE: a partir de la entrega del anticipo correspondiente]

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TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE SOLICITEN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC. SIN LOS QUE NO SEA POSIBLE INICIAR LA FABRICACIÓN DE LOS BIENES, APLICARÁ LO SIGUIENTE:El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato en un plazo de (número) (letra) días naturales, mismo que se contabilizará de acuerdo a las siguientes condiciones:

El PROVEEDOR a los (número) (letra) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato, se obliga a entregar los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.). Dichos planos deberán ser entregados al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

PEMEX PETROQUIMICA, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, se obliga a devolver al PROVEEDOR, los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.), debidamente autorizados o con las correcciones que correspondan, en un plazo de (número) (letra) días naturales a partir del día natural siguiente de su recepción.

El plazo de entrega de los bienes comenzará a contar a partir del día natural siguiente a la fecha de devolución de los planos autorizados, compensando, en su caso, los días que PEMEX PETROQUIMICA se haya retrasado en su entrega, para lo cual, se deberá celebrar el convenio modificatorio correspondiente en términos de la cláusula denominada “Modificaciones al Contrato”.

En el caso de que los planos sean rechazados o presenten observaciones atribuibles al PROVEEDOR que no hagan posible su autorización, el plazo de entrega de los bienes iniciará a partir del día siguiente de la fecha de su devolución y no se tomarán en cuenta revisiones posteriores para efectos de modificación del plazo.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO DEBERÁ INCLUIRSE EN CONTRATOS ABIERTOS: Cuando la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de entrega. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de entrega empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de PEMEX PETROQUIMICA según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por PEMEX PETROQUIMICA.

TÉRMINOS QUE DEBERÁN INCLUIRSE EN CUALQUIER SUPUESTOLos bienes objeto de este contrato, serán entregados en (señalar el domicilio, teléfono y fax, o en su caso, el lugar o los lugares que se especifican en el Anexo _____ que forma parte integrante del presente contrato –según aplique-), a la atención de ___________________________________, en días hábiles y en el siguiente horario: ______.

La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de PEMEX PETROQUIMICA, será a cargo del PROVEEDOR.

EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DEBERÁ SEÑALAR LA FORMA EN QUE RECIBIRÁ LOS BIENES, YA SEA POR PARTIDA O POSICIÓN COMPLETA, O ENTREGAS PARCIALESLos Bienes objeto del contrato deberán entregarse por: (partida o posición completa o entregas parciales)

CUANDO APLIQUECON LA FINALIDAD DE EVITAR CONFUSIONES EN ADQUISICIONES DE BIENES DE IMPORTACIÓN SE DEBERÁ SEÑALAR LA VERSIÓN DE INCOTERMS UTILIZADO.La condición de entrega que aplica para el presente contrato es (indicar INCOTERMS), consecuentemente, el PROVEEDOR estará obligado a: __________ y PEMEX PETROQUIMICA estará obligado a: _______.

3.1 Prórroga a la Fecha de Terminación

Las partes acuerdan que el plazo de ejecución no será motivo de modificación alguna en el caso de que se determine suspender total o parcialmente la ejecución del presente contrato, por cualquiera de las siguientes causas: i) por caso fortuito o fuerza mayor, ii) por suspensión ordenada por PEMEX PETROQUIMICA, o iii) por cualquier acto u omisión de PEMEX PETROQUIMICA o de otro contratista o proveedor que trabaje en el sitio, sin que se trate del PROVEEDOR o cualquiera de sus subcontratistas.

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Si se actualiza cualquiera de los supuestos señalados en el párrafo anterior, únicamente dará lugar a una prórroga a la fecha de terminación del contrato sin modificarse el plazo de ejecución. Lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en las cláusulas de “Modificaciones al Contrato” y “Suspensión” de este contrato.

CUARTA.- REMUNERACIÓNEL CONTRATO PODRÁ INCLUIR CUALQUIER FORMA DE PAGO QUE EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE CONVENIENTE DE ACUERDO AL MODELO ECONÓMICO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 55 DE LAS DAC.

4.1 Monto

El monto total de los bienes objeto del presente contrato es de $_________ (_________________ 00/100), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL ANTERIOR TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS:El presupuesto máximo que PEMEX PETROQUIMICA podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. Queda expresamente convenido que (PEMEX PETROQUIMICA no se obliga a agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato.

CUANDO APLIQUE: La cantidad máxima de bienes será: _____________.

NOTA: EN CASO DE QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE EL ESTABLECIMIENTO DE UN MONTO MÍNIMO O CANTIDADES MÍNIMAS, ADICIONALMENTE SE DEBERÁ INCORPORAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Queda expresamente convenido que PEMEX PETROQUIMICA no se obliga a agotar el presupuesto mínimo establecido en este contrato.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS: El precio unitario de los bienes es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por (posición/partida) en el Anexo __ de este contrato.

La(s) referencia(s) (MXP, USD o Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio unitario del Anexo __ de este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América, dólares canadienses, libra esterlina, etc.)

4.2 Facturación

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos, previa verificación de la recepción de los bienes en términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los montos autorizados mediante la codificación de pagos y descuentos o cualquier otra constancia que acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda.

La(s) factura(s) abarcará(n) [periodos de corte (semanales / quincenales / mensuales)] y serán consecuencia de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto. Las facturas deberán presentarse dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la fecha de corte.

Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de PEMEX PETROQUIMICA, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en la ventanilla única correspondiente, ubicada en _____.

El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo establecido para el pago.

FACTURACIÓN PARA EL CASO DE ANTICIPOS DEBERÁN ADICIONARSE LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS .Para el caso de anticipos, el PROVEEDOR deberá presentar previamente la factura que ampare el monto del anticipo, en forma electrónica o documental. .

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El atraso del PROVEEDOR en la entrega de la factura correspondiente al anticipo, no dará lugar a la reprogramación del plazo pactado en este contrato, sin embargo, si el atraso es por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA, se diferirá en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes.

4.3 Condiciones y forma de pago

PEMEX PETROQUIMICA pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la entrega de los bienes.

Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGODomingo Día hábil posteriorSábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posteriorViernes Día hábil anterior

CUANDO APLIQUEEn el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente.

Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a (PEMEX PETROQUIMICA. En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a PEMEX PETROQUIMICA a través de la ventanilla única ubicada en (ubicación de la ventanilla única), con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate.

Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá (número) (letra) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de PEMEX PETROQUIMICA, a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR.

El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.

Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con ___ (número____) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de PEMEX PETROQUIMICA bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUIMICA.

TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:

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Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de América, el porcentaje será el que resulte de aplicar la Tasa Prime Rate publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.

TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN EUROS, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Para los compromisos denominados en Euros, el porcentaje de descuento será el que resulte de aplicar la Tasa EURIBOR de un mes, multiplicada por 1.5, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.

PARA LOS CASOS DE CONTRATACIONES EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN MÉXICO EN MONEDA NACIONAL SE UTILIZARÁN LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS:Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación en la fecha en que se haga dicho pago.

Si el PROVEEDOR no entrega sus facturas en el plazo mencionado en el procedimiento antes referido, el pago que realice PEMEX PETROQUIMICA no cubrirá la diferencia cambiaria que, en su caso, resultare entre la fecha en que se debió pagar originalmente y el día en que el mismo se hizo efectivo.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, SIN QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. (Nombre de la persona miembro del consorcio) será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados del presente contrato.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA Y LOS PROVEEDORES HAYAN MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN:Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de proveedores, sin perjuicio del convenio de proposición conjunta señalado en la declaración 2.10 del presente contrato, han celebrado un contrato de asociación en participación, por lo que, con base en el mismo, en relación con el presente contrato y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, acuerdan que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el entendido de que PEMEX PETROQUIMICA no será responsable por la forma en que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), distribuya o participe de las utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con motivo del presente contrato.

CUANDO APLIQUE:EN CASO DE CONTRATACIONES CON PROVEEDORES EXTRANJEROS Y EL PAGO SE REALICE A TRAVÉS DE ITS:El pago al PROVEEDOR, se realizará en la moneda establecida en este contrato, a través de Integrated Trade Systems, Inc. (ITS), en las oficinas de Integrated Trade Systems, Inc. (I.T.S.), ubicadas en el 2500 de CityWest Blvd., Suite 2400, Houston, Texas, U.S.A: 77042-3020.

CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE PAGOS PROGRESIVOS:Los pagos se harán, previa verificación física del grado de avance de fabricación o de materiales en planta, de conformidad con el proyecto y el programa que se establece en el Anexo __ de este contrato.

En caso de rescisión administrativa o terminación anticipada del contrato, el PROVEEDOR deberá reintegrar el pago progresivo que se haya efectuado en un plazo no mayor a (número y letra) días naturales, contados a partir de la fecha en que sea notificada al PROVEEDOR la rescisión administrativa o terminación anticipada de este contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no reintegre dicha cantidad en el plazo señalado, deberá pagar los intereses conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales; los cargos se calcularán sobre el saldo no amortizado y se computarán por días naturales, desde que se venció el plazo para reintegrarlo y hasta la fecha en que se pongan las cantidades a disposición de PEMEX PETROQUIMICA, independientemente de lo anterior, se hará efectiva la garantía correspondiente.

4.4 Pagos en exceso

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En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de PEMEX PETROQUIMICA. PEMEX PETROQUIMICA procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

4.5 Ajustes de preciosEN CASO DE QUE EN LA CONTRATACIÓN SE CONTEMPLEN AJUSTES DE PRECIOS

La fórmula para determinar el ajuste a los precios de bienes objeto del contrato es el siguiente: NOTA: INDICAR LA FÓRMULA APLICABLE AL CASO ESPECÍFICO Y QUE DE ORIGEN PARA AJUSTAR EL PRECIO DE LOS BIENES OBJETO DEL CONTRATO.

_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

La forma y términos en la que el PROVEEDOR deberá presentar su solicitud de ajuste de precios será la siguiente:

El ajuste de precios aplicará previa solicitud por escrito del PROVEEDOR a partir de las fechas en que aplique el ajuste de que se trate, en los términos pactados en esta cláusula y PEMEX PETROQUIMICA notificará al PROVEEDOR la resolución que corresponda dentro de un plazo de 30 (treinta) días naturales a partir de que se publiquen los índices que apliquen. En el caso de que se presenten decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el PROVEEDOR se obliga a notificarlo a PEMEX PETROQUIMICA, y aún cuando el PROVEEDOR no lo hubiere notificado, si PEMEX PETROQUIMICA lo detecta, procederá el ajuste de precios en los términos de esta cláusula.

En los casos de atraso en el suministro de los bienes por causas imputables al PROVEEDOR, el ajuste de precios aplicará hasta la fecha de entrega originalmente pactada o modificada mediante el convenio correspondiente, en el entendido de que la penalización se calculará sobre el precio ajustado.

En caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, el ajuste de precios procederá durante el período de la prórroga.

Los ajustes por variación de precios de mercado de los insumos que forman parte de la remuneración se basarán en las siguientes variables:EL ÁREA ADMINISTRADORA DEBERÁ DETERMINAR LAS VARIABLES MEDIANTE LAS CUALES SE REALIZARÁN LOS AJUSTES, PUDIENDO CONSIDERAR:

I.- ÍNDICES E INFORMACIÓN PÚBLICA, GENERAL O ESPECÍFICA, NACIONAL O INTERNACIONAL, O UNA COMBINACIÓN DE LOS MISMOS;

II.- ÍNDICES Y CATÁLOGOS DE PRECIOS DE REFERENCIA APLICABLES A LA INDUSTRIA EN CUESTIÓN, ESTABLECIDOS POR INSTITUCIONES ESPECIALIZADAS DE RECONOCIDO PRESTIGIO, ASÍ COMO OTROS PARÁMETROS SIMILARES, Y

III.- CUALQUIER OTRA VARIABLE QUE (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ESTIME CONVENIENTE PARA LA EJECUCIÓN O CREACIÓN DE VALOR PARA EL PROYECTO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.

EN TODOS LOS CASOS DE AJUSTES A LAS REMUNERACIONES SE DEBERÁ INCLUIR EN EL CONTRATO EL PROCEDIMIENTO PARA TAL EFECTO.

QUINTA.- PENALIZACIONESNOTA: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PEMEX, LAS PENALIZACIONES SE PODRÁN PACTAR POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR. ADICIONALMENTE, CONFORME AL ARTÍCULO 60 DE LAS DISPOSICIONES, LAS PENALIZACIONES CONSIDERARÁN LOS INCUMPLIMIENTOS DE INDICADORES DE OPORTUNIDAD, TIEMPO Y CALIDAD, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES:

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I. ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES; II. INCUMPLIMIENTO DE FECHAS CONTRACTUALES;III. INCUMPLIMIENTO EN LA OBSERVANCIA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO;IV. INCUMPLIMIENTO CON LOS PLANES DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DE PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO;V. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A CONTENIDO NACIONAL;VI. INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN.

EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE QUÉ Y EN QUÉ PORCENTAJE SE CALCULARÁN LAS PENALIZACIONES Y HASTA QUÉ MONTO SE APLICARÁN, LO CUAL NO DEBE SUPERAR EL MONTO DEL CONTRATO.Las partes en el presente contrato, acuerdan que PEMEX PETROQUIMICA le aplicará penalizaciones en los siguientes supuestos:NOTA: A CONTINUACIÓN SE PRESENTAN MODELOS DE PENALIZACIONES POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR, DE ACUERDO A LA NATURALEZA Y MAGNITUD DEL CONTRATO SE SELECCIONARÁN LAS PENAS QUE RESULTEN CONVENIENTES.

I. Atraso en la entrega de los bienes

Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se hará acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día/hora siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o , en su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente a (valor total de los bienes/porcentaje sobre el valor de los bienes ejecutados con atraso/ una cantidad fija, etc.), por cada día/hora calendario de atraso y hasta _________.

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL PÁRRAFO ANTERIOR POR EL SIGUIENTE:Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la entrega de los bienes, se calcularán, a partir día/hora siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso a razón de ___ % por cada día/hora de atraso y hasta _____ % del valor de los bienes entregados con atraso de la ORDEN de que se trate (se deberá establecer porcentaje, cuota, fórmula o cualquier otro esquema distinto a los anteriores, en función del modelo económico).

II. Incumplimiento de las obligaciones relativas a la cláusula de Contenido Nacional

De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada “Contenido Nacional”, si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional de los bienes nacionales entregados por el PROVEEDOR se determina que dicho grado de integración nacional es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el Anexo _______ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el Anexo referido y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación.

LA SIGUIENTE PENALIZACIÓN DEBERÁ INCORPORARSE OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL PROVEEDOR REALICE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOSIII. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO “SSPA”

En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del Anexo “SSPA” del presente contrato, PEMEX PETROQUIMICA aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido Anexo “SSPA”, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del Anexo “SSPA” siguientes: “GUÍA DE LLENADO”, “REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA” y “CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO”.

El monto de las penalizaciones no podrá exceder de ____________. NO PODRÁ EXCEDER EL MONTO DEL CONTRATO

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El PROVEEDOR acepta, que PEMEX PETROQUIMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas.- Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con

PEMEX PETROQUIMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

SEXTA.- CONTENIDO NACIONAL

De acuerdo a lo establecido en el Anexo ____ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), al momento de la entrega, el PROVEEDOR deberá declarar bajo protesta de decir verdad el Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados.

Si durante el procedimiento de contratación el PROVEEDOR ofertó bienes nacionales en los términos del Anexo _____

(HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL

DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS

ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), PEMEX

PETROQUIMICA verificará documentalmente durante la vigencia del Contrato, de manera directa o a través de terceros, que

el grado de integración nacional del bien suministrado sea igual o mayor que el grado de integración nacional ofertado.

El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de “Penalizaciones” del presente contrato y podrá ser causal de rescisión de este acuerdo de voluntades.

SÉPTIMA.- CESIÓN

LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS APLICAN CUANDO SÓLO SE PERMITA AL PROVEEDOR CEDER LOS DERECHOS DE COBRO.El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la autorización de PEMEX PETROQUIMICA, con la intervención del área jurídica.

El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y PEMEX PETROQUIMICA otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”.

Para la cesión de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes.

LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL PRIMER PÁRRAFO DE ESTA CLÁUSULA CUANDO SE PERMITA AL PROVEEDOR LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATO:

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El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del presente contrato, sin la autorización previa y por escrito de PEMEX PETROQUIMICA, la cual deberá obtener con la intervención del área jurídica.

Con excepción de la cesión de los derechos de cobro, el PROVEEDOR deberá acreditar que la persona a la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del presente contrato preserve las capacidades técnicas, financieras y demás necesarias para cumplir adecuadamente con las obligaciones del PROVEEDOR y las consecuencias de dicha cesión se deberán formalizar mediante convenio modificatorio al presente contrato.

OCTAVA.- CLÁUSULA FISCALCUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES NACIONALES, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que PEMEX PETROQUIMICA realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO Y DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIAR:Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del PROVEEDOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que PEMEX PETROQUIMICA esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia.

CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO EL DEBERÁ ENTREGAR LA CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES:Las partes contratantes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y ____ (Nombre del País con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble tributación conforme al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta.

Para que al PROVEEDOR le sea aplicado el convenio señalado en el párrafo anterior, deberá entregar a PEMEX PETROQUIMICA el certificado de residencia para efectos fiscales, respecto del o los ejercicios fiscales comprendidos hasta el finiquito del contrato.

CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE ADQUISICIÓN DE BIENES DE IMPORTACIÓNEl PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley de la materia, esté sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los precios pactados.

NOVENA.- GARANTÍASPARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN CLAUSULADOS DIFERENTES A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE MODELO, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS, RESPECTO DE LAS GARANTÍAS QUE SE DEBAN CONTRATAR.

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL. Póliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS PLURIANUALES.

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ABIERTA No. 18578019-507-12

Número interno 2008465

Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el __% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente.

En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUIMICA.

F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. La rescisión del contrato y su notificación.6. Copia del finiquito7. Cuantificación del importe reclamado.

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más noventa días naturales adicionales, a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS PLURIANUALES. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el __% ( cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el __% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, y a favor

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de PEMEX PETROQUIMICA. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, más noventa días naturales adicionales, a favor de PEMEX PETROQUIMICA salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante, más noventa días naturales adicionales.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

B. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.

C. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, ÚNICAMENTE DEBERÁ INCORPORARSE EL SIGUIENTE TEXTO:EXENCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

PEMEX PETROQUIMICA exceptúa al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio del derecho de PEMEX PETROQUIMICA de reclamar por la vía judicial, los daños y perjuicios que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato y que resulten a cargo del PROVEEDOR.

ESTA CLÁUSULA SE INCLUIRÁ EN CASO DE QUE SE PACTE ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO ANTICIPADO. GARANTÍA DE [ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO ANTICIPADO]

El PROVEEDOR deberá, previo a la entrega del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], constituir una garantía por la totalidad del importe de dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A.).

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado] recibido por PEMEX PETROQUIMICA, debe presentar a PEMEX PETROQUIMICA una garantía, consistente en:

CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el importe total del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que

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se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

D. Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

E. Su conformidad para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o cualquier otro documento

que acredite fehacientemente la recepción del mismo.5. Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones realizadas. 6. Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no amortizado. 7. La rescisión del contrato y su notificación.8. Copia del finiquito9. Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY.Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el importe total del anticipo, sin incluir Impuesto al Valor Agregado, y su vigencia será equivalente al periodo de amortización pactado en el contrato más noventa días naturales adicionales, a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de _________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa,

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se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los bienes, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes al acta de entrega de los bienes, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de defectos o vicios ocultos en los bienes consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los bienes entregados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Que queda obligado ante PEMEX PETROQUIMICA para responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUIMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX PETROQUIMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUIMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUIMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX PETROQUIMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUIMICA.

B. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUIMICA.

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F. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los

elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.

5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBYCarta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los bienes entregados, con una vigencia de seis meses más noventa días naturales adicionales, a partir de la entrega de los bienes y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

TÉRMINOS APLICABLES PARA CUALQUIER SUPUESTOLa(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de _________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

DÉCIMA.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para PEMEX PETROQUIMICA, si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato.

La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE EXCEPTÚE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO:La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados contra defectos o vicios ocultos, sin perjuicio del derecho de PEMEX PETROQUIMICA de reclamar por la vía judicial que corresponda, los daños que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones de este género.

PEMEX PETROQUIMICA a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato realizará la inspección de los bienes objeto de este contrato. [CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE BIENES DE

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LARGO PROCESO DE FABRICACIÓN, ROPA DE TRABAJO U OTROS:.El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato llevará a cabo la inspección de la fabricación de los bienes, de conformidad con lo establecido en el Anexo ____] .Dicha inspección se llevará a cabo en: ____________.

Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato.

DECIMA PRIMERA.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada “Plazo y Lugar de Entrega de los Bienes”, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos.

Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de PEMEX PETROQUIMICA, lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de (partida/posición), indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos.

Cuando se presente nota de remisión, invariablemente deberá indicarse el número del contrato y la (partida/posición) correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los bienes entregados.

El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación de los bienes en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por PEMEX PETROQUIMICA.

LOS TEXTOS QUE A CONTINUACIÓN SE CITAN PODRÁN INCLUIRSE O ELIMINARSE EN RAZÓN DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES A ADQUIRIR POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO.Las refacciones o accesorios deberán portar en la parte externa, debidamente protegida, la lista de embarque que describa en forma completa el contenido de la caja, bulto o depósito, o en su caso el dibujo específico de la pieza, además ésta deberá venir marcada con el número de parte del fabricante, grabados de origen mediante lápiz eléctrico, chorro de tinta o bien identificarse con una etiqueta adherida, y en su caso, señalar las cantidades por peso o bulto.

En el caso de materias primas, materiales para construcción, aislantes y todos aquellos productos que por su naturaleza lo requieran, deberán ser empacados con un envase que los proteja adecuada y permanentemente que permita su identificación.

Cuando se trate de conductores eléctricos, juntas metálicas, barras y láminas, tuberías, válvulas y conexiones, estos productos deberán marcarse con colores estipulados con base en su composición química (especificaciones) y de acuerdo a las normas nacionales e internacionales establecidas.

El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente cláusula, originará el rechazo de los bienes correspondientes, sin responsabilidad para PEMEX PETROQUIMICA.

SI EN EL CONTRATO SE PACTA OTRA CONDICIÓN DISTINTA A LA ENTREGA EN DESTINO FINAL, DEBERÁ SUPRIMIRSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar por escrito, con ___ (letra) horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes.

En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de remisión así como del contrato.

Cualquier gasto en que incurra PEMEX PETROQUIMICA, por falta de documentación de embarque, será cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el PROVEEDOR.

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El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y reglamentarias que tengan conferidas autoridades mexicanas, se realice la verificación de los bienes adquiridos por PEMEX PETROQUIMICA bajo el presente contrato.

DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATOEL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO PODRÁ ESTABLECER REQUISITOS ADICIONALES PARA LAS MODIFICACIONES. LAS MODIFICACIONES DEL NUMERAL I DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO INMEDIATO SUPERIOR DE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO O POR EL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO O POR EL DIRECTOR CORPORATIVO, SEGÚN SEA EL CASO, CONFORME AL ARTÍCULO 58 DE LAS DISPOSICIONES. Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente:

I Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de:

a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto o plazo del contrato, yc. La incorporación de avances tecnológicos que tengan un impacto en los términos contractuales señalados en los dos incisos anteriores.

EL SIGUIENTE SUPUESTO SE INCLUIRÁ CUANDO EN LE CLÁUSULA DE CESIÓN, SE HAYA PREVISTO LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO.d. Las consecuencias derivadas de la cesión de los derechos y obligaciones del presente contrato.

II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, cuando se trate de:

a Prórroga a la fecha de terminación del plazo por suspensión en términos de la cláusula denominada “Suspensión”,,y, b Cualquier otra modificación no incluida en la fracción I de esta cláusula.

Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación.

El PROVEEDOR deberá entregar a PEMEX PETROQUIMICA, el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula.

DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR

Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor.

Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO PODRÁ INCLUIRSE, DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO:Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) _____________; o (ii) _____________.

La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba.

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En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Suspensión”.

En caso de terminación anticipada derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO14.1 Rescisión administrativa

PEMEX PETROQUIMICA podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación;

c) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin mo-tivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Eje-cución del Contrato;

d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

h) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

j) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional”;

k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”;

l) Si no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes;

m) Si no entrega a PEMEX PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”;

EN LOS CONTRATOS EN LOS QUE APLIQUE EL ANEXO “SSPA” SE DEBERÁN AGREGAR LAS SIGUIENTES CAUSALES DE RESCISIÓN:n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo “SSPA” de este contrato. Para efectos de esta cláusula, y conforme a lo establecido en el Anexo “SSPA”, se entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mis-mo evento;

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o) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales se-ñalados en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato;

p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obliga-ciones establecidos en el Anexo “SSPA”, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PEMEX PE-TROQUIMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PROVEEDOR, no obstante dicha determinación, PEMEX PETROQUIMICA valorará la decisión de rescindir;

q) Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del Anexo “SSPA”, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PEMEX PETROQUIMICA po-drá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental, no obstante dicha determinación, PEMEX PETROQUIMICA valorará la decisión de rescindir;

r) Cuando como resultado de las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño, el PROVEEDOR, obtenga consecutivamente tres calificaciones consecutivas menores a 90%, PEMEX PETROQUIMICA podrá ini-ciar el proceso de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del Anexo “SSPA”;ATENDIENDO A LAS CARACTERÍSTICAS, MAGNITUD Y COMPLEJIDAD DEL CONTRATO SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO.

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUIMICA, en un plazo de __ (____) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, PEMEX PETROQUIMICA, precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de bienes entregados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el saldo que resulte a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

PEMEX PETROQUIMICA podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PEMEX PETROQUIMICA hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PEMEX PETROQUIMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

14.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa

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El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que PEMEX PETROQUIMICA notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de (número y letra) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.

La determinación de PEMEX PETROQUIMICA de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior.NOTA: LOS PLAZOS ANTERIORES NO PODRÁN EXCEDER DE 20 DÍAS HÁBILES

En caso de que PEMEX PETROQUIMICA resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva.

La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por PEMEX PETROQUIMICA al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

14.3 Rescisión por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICAEl PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;

c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes.

DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA

Las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato, por las siguientes causas:

I. Por caso fortuito o fuerza mayor;II. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión;

III. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; IV. Cuando se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de

una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública o los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos, y

V. ___________ (DEPENDIENDO LA NATURALEZA Y LOS ALCANCES DEL CONTRATO, SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSALES QUE DEN LUGAR A LA TERMINACIÓN ANTICIPADA)

Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de PEMEX PETROQUIMICA, el pago por los bienes entregados hasta la fecha de terminación anticipada, así como los gastos que se originen por la terminación anticipada, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente:EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTABLECER LOS GASTOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA TERMINACIÓN ANTICIPADA.

En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma.

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PEMEX PETROQUIMICA podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PEMEX PETROQUIMICA hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PEMEX PETROQUIMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

DÉCIMA SEXTA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES

Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente:

Comunicaciones a PEMEX PETROQUIMICA:

Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: (Indicar domicilio y correo electrónico del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato).

Comunicaciones al PROVEEDOR:

Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.

Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral ( indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.

DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; por lo que en estos casos; PEMEX PETROQUIMICA podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega.

Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PEMEX PETROQUIMICA para la entrega de los bienes.

El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a PEMEX PETROQUIMICA por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados.

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato.

CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE CONTRATOS CELEBRADOS CON MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

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El PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.

DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTESPARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN TÉRMINOS DIFERENTES A LOS ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, PREVIO A SU MODIFICACIÓN, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS.

El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale PEMEX PETROQUIMICA y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de PEMEX PETROQUIMICA o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total/máximo del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones establecidas en el presente instrumento.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/ o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUIMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUIMICA en relación con el asunto.

Si se actualiza dicho supuesto, PEMEX PETROQUIMICA dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUIMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a PEMEX PETROQUIMICA respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUIMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

OPCIONAL DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL CONTRATOEn caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a PEMEX PETROQUIMICA.

Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios

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para la acreditación o constitución en favor de PEMEX PETROQUIMICA de los derechos de propiedad intelectual generados.

VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL

El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.

Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y PEMEX PETROQUIMICA.

Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PEMEX PETROQUIMICA o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, en cuanto éste así se lo solicite por escrito, cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados.

VIGÉSIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN

PEMEX PETROQUIMICA tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual PEMEX PETROQUIMICA, comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato.

Cuando PEMEX PETROQUIMICA determine la suspensión del contrato, las partes, a partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, suscribirán una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión, las fechas de reinicio y terminación de los trabajos, así como la prórroga a la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato, sin modificar el plazo de ejecución establecido originalmente en el mismo y el PROVEEDOR podrá solicitar el pago de los gastos en que haya incurrido durante el periodo de la suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente:EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTABLECER LOS GASTOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN.

Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes, y el pago de los gastos se limitará a lo siguiente:EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTABLECER LOS GASTOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN DERIVADA DE CASO FORTUITO.

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

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VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario.

VIGESIMA TERCERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES

PEMEX PETROQUIMICA, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será el (Director de proyecto / o la figura que se determine) dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene PEMEX PETROQUIMICA.

CUANDO APLIQUECuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, podrá establecerla con posterioridad al inicio del contrato.

El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público.

En cualquier momento, por causas justificadas, PEMEX PETROQUIMICA podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientes.

Dichos representantes tendrán las facultades para levar a cabo las modificaciones a que se refiere la fracción segunda de la cláusula denominada Modificaciones al Contrato.

VIGÉSIMA CUARTA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN

El PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato ni él, ni sus subcontratistas o empleados de éstos ofrecerán, prometerán o darán por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias.

En caso de que dichos actos sean decretados en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional, PEMEX PETROQUIMICA podrá optar por la rescisión conforme a lo establecido en la cláusula RESCISIÓN DEL CONTRATO.

Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministros de la Dirección Corporativa de Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

VIGÉSIMA QUINTA.- IDIOMA

La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones.

Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato.

VIGÉSIMA SEXTA.- CONCILIACIÓN

Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos.

En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva.

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VIGÉSIMA SEPTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO

Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del Contrato.

VIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOS DEL CONTRATO

Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. (SE RECOMIENDA QUE LOS ANEXOS SEAN FIRMADOS POR QUIEN SUSCRIBA EL CONTRATO EN EL APARTADO DE REVISIÓN TÉCNICA)

Anexo “____”.- “Especificaciones y Condiciones de los Bienes”Anexo “____”.- “Texto de la(s) garantía(s)” Anexo “SSPA” “Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios” (CUANDO APLIQUE)Anexo “____”.- “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” (CUANDO APLIQUE)Anexo “____”.- “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (CUANDO APLIQUE)Anexo “____” Propuesta Técnica – EconómicaAnexo “____”.- ____

Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.

VIGÉSIMA NOVENA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL

El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo.

Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.

El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.

El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.

TRIGÉSIMA.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía de vicios ocultos en términos de la cláusula denominada “Garantías” PEMEX PETROQUIMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.

En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUIMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUIMICA podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos exclusivos. EN CASO DE QUE EL PLAZO QUE SE ACUERDE CON EL PROVEEDOR SEA SUPERIOR A 30 DÍAS NATURALES, DEBERÁ DARSE AVISO A LA AFIANZADORA CUANDO SE HAYA GARANTIZADO EL CONTRATO CON FIANZA.

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TRIGÉSIMA PRIMERA.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o ejecución del contrato, el PROVEEDOR podrá efectuar, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, por razones debidamente motivadas y justificadas, las partes podrán acordar conocer y revisar el mismo.

El PROVEEDOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta cláusula.

Por cada controversia, el PROVEEDOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión.

Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, el PROVEEDOR contará con un plazo de (número y letra) días naturales para comunicar su rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su reclamo como discrepancia técnica o administrativa.

Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente.

Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato no es aceptada por el PROVEEDOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo.

Si el PROVEEDOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o sustituciones al reclamo original.

El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente manera:

El PROVEEDOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto, indicando los temas en discrepancia, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la fecha en que el PROVEEDOR hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo.

La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo:

a) Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la documentación que los compruebe;b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo;c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo.

El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área Administradora del Proyecto comunicará por escrito al

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PROVEEDOR el inicio del procedimiento de discrepancia, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir del vencimiento del plazo para que el PROVEEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones.

Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días naturales siguientes de la celebración de la primera reunión.

Si el PROVEEDOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes.

Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS

El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUIMICA.

TRIGÉSIMA TERCERA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓNEN CASO DE QUE SE DECIDA PACTAR EN EL CONTRATO OTRO MÉTODO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEBERÁ SOLICITARSE A LA OFICINA DEL ABOGADO GENERAL QUE PROPORCIONE EL TEXTO A INCLUIR.

El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de (indicar la ciudad), por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa.

LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS SON OPTATIVAS Y SE PODRÁN INCLUIR, ASÍ COMO AQUELLAS OTRAS QUE SE REFIERAN A CONDICIONES PARTICULARES O ESPECIFICAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE LE DIO ORIGEN Y QUE

RESULTEN NECESARIAS PARA PROTEGER LOS INTERESES DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO Y SE INCLUIRÁN AL CLAUSULADO CON EL NÚMERO QUE LE CORRESPONDA

_______________.- ÓRDENES DE SUMINISTROTRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS DEBERÁ INCLUIRSE EL TEXTO SIGUIENTE:

PEMEX PETROQUIMICA ejercerá este contrato a través de “órdenes de suministro” (en este contrato “ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia a este contrato.

La ORDEN que emita PEMEX PETROQUIMICA, será entregada al PROVEEDOR en (indicar área, lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.

El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser surtidas dentro de la vigencia del contrato.

Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato.

___________.- SUBCONTRATACIÓN

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EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, INVITACIÓN RESTRINGIDA O ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE ORIGEN AL CONTRATO:El PROVEEDOR podrá subcontratar lo siguiente:__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO NO SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, O DE INVITACIÓN RESTRINGIDA O EN SU CASO, EN LA SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE ORIGEN AL CONTRATO, LAS ACTIVIDADES QUE SE PODRÁN SUBCONTRATAR :En caso de que el PROVEEDOR requiera subcontratar cualquier parte del contrato, que no haya incluido en su propuesta, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto con (indicar número de días) días naturales de anticipación a la pretendida subcontratación, indicando: (i) el nombre del posible subcontratista; (ii) la parte del contrato a ser subcontratada; y (iii) la información suficiente para que PEMEX PETROQUIMICA esté en condiciones de evaluar la capacidad técnica del posible subcontratista. Asimismo, PEMEX PETROQUIMICA tendrá el derecho de solicitar al PROVEEDOR cualquier información adicional a la entregada por éste, a fin de autorizar la subcontratación en cuestión. PEMEX PETROQUIMICA tendrá un período de (indicar número de días) días naturales a partir de la fecha de recepción de la notificación, o a partir de la fecha de recepción de la información adicional solicitada, para aceptar o rechazar por escrito la celebración de dicho contrato. En caso de que transcurra el plazo antes referido sin que PEMEX PETROQUIMICA haya aceptado o rechazado por escrito la solicitud del PROVEEDOR, ésta se tendrá por no aceptada.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS: Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del PROVEEDOR de cumplir el grado de contenido nacional al que se comprometió en su propuesta de conformidad con el Anexo____.NOTA: ESTE ANEXO SE REFIERE A AQUEL EN DONDE SE INCLUYA LA PROPUESTA DEL PROVEEDOR.

En el supuesto de que el PROVEEDOR desee sustituir a un subcontratista, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto en los términos señalados en la presente cláusula, no siendo esto motivo de incremento en los precios pactados ni en el plazo de entrega.

No obstante cualquier subcontratación, el PROVEEDOR es y será el único responsable de las obligaciones del contrato. Los subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en contra de PEMEX PETROQUIMICA. Por lo tanto, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUIMICA de cualquier demanda o reclamación de cualquier tipo, incluyendo las de carácter laboral, que pudieran presentar los subcontratistas por la ejecución del contrato.

_________.- OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTALESTA CLÁUSULA APLICARÁ OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL PROVEEDOR REALICE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

El PROVEEDOR se obliga a cumplir y hacer cumplir por parte de su personal y subcontratistas, todos los requerimientos establecidos en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato, el cual contiene las obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

_________.- NORMAS DE CALIDADCUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN

El PROVEEDOR se obliga a que (los procesos de fabricación y/o distribución) de los bienes objeto del contrato que entregue a PEMEX PETROQUIMICA cuenten con una certificación normativa, conforme al (los) Certificado(s) de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación según el país de origen, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del PROVEEDOR).

CUANDO LA ADQUISICIÓN DE BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS.El PROVEEDOR se obliga a que la ejecución de los servicios asociados a los bienes esté bajo una certificación normativa, conforme a los Certificados de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación, misma que deberá corresponder a lo indicado en su oferta del PROVEEDOR).

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_________.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNOLA INCLUSIÓN O LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ VARIAR DE ACUERDO AL SISTEMA FINANCIERO O EL MECANISMO BAJO EL CUAL SE EMITA EL CONTRATO POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIOLos conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el Anexo __ del presente contrato, corresponden a datos de control interno de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR.

_________.- CONDICIÓN SUSPENSIVA ÚNICAMENTE PARA CONTRATOS CUYA VIGENCIA INICIE EN EL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE DE AQUÉL EN EL QUE SE FORMALIZAN. Este contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes.

_________.- CONFIDENCIALIDADLA CLÁUSULA APLICA CUANDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO LE PROPORCIONE AL PROVEEDOR INFORMACIÓN CONFIDENCIAL:

El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de PEMEX PETROQUIMICA, y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de PEMEX PETROQUIMICA. El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de PEMEX PETROQUIMICA. Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con PEMEX PETROQUIMICA para asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad.

De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los trabajos, así como aquella información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica.

No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación.

Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de (número de años) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo.

_________.- FUENTES DE FINANCIAMIENTOESTA CLÁUSULA APLICA A LOS CONTRATOS QUE CELEBREN PETRÓLEOS MEXICANOS, PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, PEMEX REFINACIÓN, PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA Y PEMEX PETROQUÍMICA CUYO MONTO TOTAL (LA SUMA DEL MONTO EN PESOS Y EL EQUIVALENTE EN PESOS DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA) SEA SUPERIOR A 100 MILLONES DE PESOS*.

* EN EL CASO DE CONTRATOS ABIERTOS EN LOS CUALES SE ESTABLECE UN MONTO MÍNIMO, DICHO MONTO MÍNIMO SE DEBERÁ CONSIDERAR COMO EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, PARA EFECTOS DE FIJAR EL UMBRAL A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR.

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PARA DETERMINAR EL IMPORTE EQUIVALENTE EN PESOS, DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA, SE DEBERÁ UTILIZAR EL TIPO DE CAMBIO VIGENTE PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA, PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA, QUE EL BANCO DE MÉXICO DETERMINE Y PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONESEl PROVEEDOR reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas, sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta cláusula.

La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como Anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato], en la inteligencia de que PEMEX PETROQUIMICA podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, El PROVEEDOR se obliga a hacerla del conocimiento de PEMEX PETROQUIMICA, inmediatamente después de que el PROVEEDOR tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato.

El PROVEEDOR se obliga a entregar al(a las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX PETROQUIMICA la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento (documentos y/o documentos electrónicos), que en su caso corresponda; la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el Anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato] denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” que le fue entregado previo a la firma de este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

Si el PROVEEDOR ha cumplido con la entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, el área responsable (“Módulo de Financiamiento”):

a) registrará en los sistemas sobre dicho cumplimiento, con lo que el PROVEEDOR podrá continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s), o

b) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación”, el cual formará parte de la documentación que el PROVEEDOR presente para continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s).

PEMEX PETROQUIMICA no estará obligado a dar trámite al pago de su(s) factura(s) cuando el PROVEEDOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.

PEMEX PETROQUIMICA podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PEMEX PETROQUIMICA le indique oportunamente.

___________.- FINIQUITOESTA CLÁUSULA SE PODRÁ INCLUIR DEPENDIENDO DE LA COMPLEJIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO O DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE SU CUMPLIMIENTO

Recibidos físicamente los bienes, PEMEX PETROQUIMICA a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de (número y letra) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado.

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El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

Si procede, PEMEX PETROQUIMICA solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PEMEX PETROQUIMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

_________.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOSCUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será quien realizará la supervisión del mismo. Dicha supervisión se llevará a cabo en: ________.

El PROVEEDOR acepta que el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato vigilará y revisará en todo tiempo los servicios relacionados con este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR.

La supervisión de los servicios que realice PEMEX PETROQUIMICA no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de los defectos o vicios ocultos que aparezcan posteriormente una vez concluidos los servicios. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato.

LOS TRES PÁRRAFOS SIGUIENTES DEBERÁN INCLUIRSE CUANDO SE TRATE DE SERVICIOS EN SITIO O CUANDO ASÍ SE HAYA SOLICITADO EN EL ACTO QUE DIO ORIGEN AL CONTRATO CORRESPONDIENTE.Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los servicios a que se refiere este contrato.

El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por PEMEX PETROQUIMICA quien determinará si reúne los requisitos señalados.

En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, PEMEX PETROQUIMICA podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula.

_________.- OBLIGACIÓN SOLIDARIAAPLICA EN CASO DE CONSORCIOSLas partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante PEMEX PETROQUIMICA.

De acuerdo a la propuesta conjunta, el PROVEEDOR ha designado a la compañía (indicar la denominación o razón social) como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el PROVEEDOR requiera cambiar a dicha compañía como Líder, deberá comunicar al Área Administradora del Proyecto, con por lo menos (número y letra) días naturales de anticipación, su decisión de designar a otro miembro del PROVEEDOR como la Compañía Líder, siempre que dicho miembro del PROVEEDOR, al momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe cumpliendo, con los requerimientos establecidos para ser Compañía Líder.

APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICOEl PROVEEDOR y sus Obligados Solidarios, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante PEMEX PETROQUIMICA.

______________.- ANTICIPO

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PEMEX PETROQUIMICA otorgará al PROVEEDOR un anticipo por el (Porcentaje con número) % (Porcentaje con letra) del monto de los bienes, correspondientes al (ejercicio o año contractual correspondiente), correspondiéndole por este concepto un importe de: (Importe del anticipo), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

El anticipo será otorgado (indicar fecha).

EN EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE DEBERÁ ESPECIFICAR LA FORMA DE AMORTIZAR LOS ANTICIPO. A MANERA DE EJEMPLO SE PROPONE EL SIGUEITNE PÁRRAFO:Los anticipos se descontarán del monto pactado, a partir de la fecha en que sean recibidos por el PROVEEDOR, y su importe deberá amortizarse proporcionalmente en cada uno de los pagos, comprometiéndose el PROVEEDOR a que el anticipo lo aplicará exclusivamente para los fines que le fue otorgado.

El PROVEEDOR invariablemente deberá entregar a PEMEX PETROQUIMICA, y a favor de éste, una garantía por el importe del anticipo, en los términos de la cláusula denominada “Garantías”.

_________________.- RETENCIONESESTA CLÁUSULA SÓLO APLICA CUANDO EL PROVEEDOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO CONVENIO CON LA AUTORIDAD FISCAL.El PROVEEDOR acepta que de las facturas que se le cubran se le retenga la cantidad o el porcentaje establecido en el convenio celebrado con las autoridades fiscales, señalado en la declaración 2.8 de este contrato

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____.

LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL CONTRATO Y LA MISMA DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES APLICABLES.

POR PEMEX PETROQUIMICA

_____________________________________

POR EL PROVEEDOR

________________________________

REVISIÓN JURÍDICAPOR PARTE DE LA OFICINA DEL ABOGADO GENERAL

______________________________________

SE RECOMIENDA INCLUIR LAS SIGUIENTES FIRMAS:

REVISIÓN TÉCNICA

___________________________

REVISIÓN ADMINISTRATIVA

___________________________

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DOCUMENTO 16

CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Se desecharán las proposiciones de los licitantes que incurran en una o algunas de las situaciones que a continuación se enlistan de manera enunciativa más no limitativa:

1. No presentar el DOCUMENTO 03 para acreditar la existencia y personalidad jurídica del licitante de conformidad con el punto 4 inciso A), del documento 02 de estas bases.

2. No presentar copia del comprobante de pago de bases. Para el caso de pago a través del sistema en banco, si que el pago de bases no se realizo en tiempo y forma, de conformidad con lo indicado en el inciso A), ultimo, penúltimo y antepenúltimo párrafo del punto 1.2 de estas bases de licitación.

3. Si la proposición no está firmada autógrafamente, por el apoderado o representante que firme el Documento 03, de conformidad con lo indicado el punto 4 inciso A), del documento 02 de estas bases.

4. No presentar su propuesta redactada en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras y firmada autógrafamente por persona facultada para ello, de conformidad con el punto 4 inciso B) del documento 02 de estas bases.

5. No entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, de conformidad con el punto 4 inciso C) del Documento 02 y Documento 07 de estas bases.

6. Si no satisface cualquiera de los requisitos técnicos establecidos en el DOCUMENTO 01, y en su caso las aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a la convocatoria.

7. Asimismo se desechará la propuesta que incurra en alguno(s) de los supuestos siguientes:

Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca” Que proponga más de una marca para un mismo bien Que no indique marca Que no manifieste el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone.

8. No elaborar su propuesta económica en pesos mexicanos o en dólares de los Estados Unidos de América, conforme al Documento 06-A. No cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato. Proponer precios condicionados o variables. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A.

9. Cuando el (los) precio(s) ofertado(s) por el licitante no fueren aceptables y convenientes de acuerdo al punto 4.4.2 incisos C) y D) del documento 02 de estas bases.

10. El señalar condicionantes dentro de sus proposiciones, a cualesquiera de los requisitos establecidos en estas bases, de conformidad con lo establecido en el punto 4 del documento 02 de estas bases.

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11. Manifieste la subcontratación en cualquiera de las partes bienes objeto de las presentes bases.

12. Cuando se compruebe que ha habido acuerdo entre los licitantes para elevar los precios de los bienes objeto de esta convocatoria o para obtener ventaja respecto a cualquier otro licitante.

13. Cualquier violación a la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento y demás disposiciones reglamentarias aplicables.

14. El No señalar dentro de su proposición, que los bienes que propone y entregará son nuevos, de conformidad con el punto 4 inciso M) del Documento 02 de estas bases.

15. Que proponga un plazo de entrega mayor al plazo máximo establecido en el punto 13.2 del Documento 02 de estas bases.

16. No ser claro, preciso y congruente en su propuesta, de acuerdo a lo solicitado.

17. No presentar los Documentos: 03, 06, 06-A, 07 y 22-A o 22-B, debidamente requisitados.

18. Entregar sin firma del representante indicado, cualquiera de los documentos que forman parte de su propuesta, incluyendo los documentos que pudiesen entregar fuera del sobre de la propuesta.

19. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en estas bases de licitación, así como a su versión final que afecte directamente la solvencia de su proposición.

20. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la proposición, solicitados en estas bases, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a la propia bases, y a su versión final.

21. Que proponga bienes cuyo origen sea de alguno de los siguientes países: Chile.

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DOCUMENTO 17

NIVEL(ES) DE INSPECCIÓN.

Nivel IIIAplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final.

En el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes:

1) Especificaciones contractuales. (APLICA PARA TODAS LAS PARTIDAS)

2) La revisión del cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos o especificaciones de los bienes terminados. (APLICA PARA TODAS LAS PARTIDAS)

3) Certificados de calidad de los bienes terminados. (APLICA PARA LAS PARTIDAS 1 Y 27)

4) Las pruebas finales. (APLICA PARA LAS PARTIDAS 18, 19, 25 Y 27)

5) El acabado y embalaje de los bienes terminados. (NO APLICA)

6) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica del bien y números de parte. (APLICA PARA TODAS LAS PARTIDAS)

7) La documentación que establece el contrato. (APLICA PARA TODAS LAS PARTIDAS)

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DOCUMENTO 18

Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial y Protección Ambiental

400-ACSIPA-RE-01 Rev. 01 Reglamento.

Identificación 400-ACSIPA-RE-01 Área emisora Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial

y Protección Ambiental

Revisión 01 Fecha de revisión: 19 de Junio del 2006

Nombre del documento: Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

Elabora Revisa Autoriza

Ing. Hugo Martiradoni Aguiñaga

Ing. Guillermo García Reynaga

Ing. Mario H. González Petrikowsky

1.- OBJETIVO.

Establecer las disposiciones generales de Seguridad, Salud y Protección Ambiental (SSPA), que deberán ser observadas por el personal de las Empresas Contratistas, Sub-contratistas y Terceros que presten servicios en las instalaciones de Pemex Petroquímica,

2.- PROPÓSITO.

La Seguridad Industrial, Salud y la Protección al Medio Ambiente, es compromiso de funcionarios y empleados de Pemex Petroquímica, buscando la eliminación de accidentes, enfermedades laborales y de todo aquello que afecte nuestro proceso productivo y medio ambiente, comprendiendo y respetando la Política de Petróleos Mexicanos la cual se menciona a continuación:

“Ser una empresa eficiente y competitiva que se distinga por el esfuerzo y compromiso de sus trabajadores con la Seguridad, Salud y Protección Ambiental, bajo los siguientes Principios: La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son valores con igual prioridad que la producción, el transporte, las

ventas, la calidad y los costos.

Todos los incidentes y lesiones se pueden prevenir.

La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son responsabilidad de todos y condición de empleo.

En PEMEX nos comprometemos a continuar la protección y el mejoramiento del medio ambiente en beneficio de la comunidad.

Los trabajadores estamos convencidos de que la Seguridad, Salud y Protección Ambiental son en beneficio propio y nos motivan a participar en este esfuerzo”.

Por lo que esta Política se hace extensiva a las compañías contratistas y/o proveedores, generando el presente Reglamento diseñado para que todo personal de Compañía Contratista que realice actividades para cualquier

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instalación de Pemex Petroquímica, cumpla con la normatividad en materia de Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

3.- ALCANCE

Este Reglamento se refiere a:

3.1. Las responsabilidades y obligaciones de los contratistas que proporcionan servicios de mantenimiento, reparación, construcción, desmantelamiento, modificación u otros trabajos, en las instalaciones de Pemex Petroquímica.

3.2. Los requerimientos mínimos de seguridad industrial que debe cumplir el personal contratista en el desarrollo de sus actividades, mecanismos de control correspondientes y las responsabilidades que debe asumir.

3.3. Así como de cuidar de su salud e integridad física y la de sus compañeros de trabajo, contribuyendo a prevenir y a evitar los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, accidentes con daño a la propiedad, al medio ambiente y/o a terceras personas.

3.4. Este Reglamento formará parte integrante de las Bases Técnicas de todos los Contratos de Pemex Petroquímica con Empresas Contratistas, Subcontratistas y Terceros, como también formará parte de cualquier Contrato de Servicios y Obras.

3.5. Este reglamento es de aplicación general y obligatoria para todas las Compañías Contratistas o personas que mediante contratos de obras públicas o de servicios efectúen trabajos de: instalación, ampliación, adecuación, remodelación, restauración, modificación, demolición, adaptación, conservación, mantenimiento, rehabilitación, reacondicionamiento, construcción, y todos aquellos de naturaleza análoga, en cualquier instalación de Pemex Petroquímica.

4.- REFERENCIA NORMATIVA.

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios de las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir. A continuación se listan las Normativas Legales más importantes, la cual no excluye otra legislación aplicable y las modificaciones posteriores

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 123, Apartado A, Fracciones XIII y XXXI.

Ley Federal del Trabajo, (Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de Abril de 1970, Ultima modificación 17 de Enero de2006) Artículo 132, Capítulo III BIS, Artículo 153-F.

Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento.

Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.

Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo,(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de Enero de 1997), Capítulo Segundo, “Obligaciones de los Patrones” Artículo 17 Fracción VII, Capítulo Tercero “Obligaciones de los Trabajadores” Fracción IV, Capítulo V “Capacitación” Artículo 135, 136, 137, 138, 139, 140 y 141.

Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.-Actualizado al 28-1I-03 y sus normas.

Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, 08/05/2006

Contrato Colectivo de Trabajo, PEMEX-STPRM 2005-2007.

Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos.

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Norma NO.03.0.03 “Acceso de personas a instalaciones de Petróleos Mexicanos” Abril, 1987.

Acuerdo por el que se fijan Criterios Generales y se establecen los formatos correspondientes para la realización de Trámites Administrativos en Materia de Capacitación y Adiestramiento de los Trabajadores, (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de Abril de 1997).

5. ACTUALIZACIÓN.

Las sugerencias para la revisión de este Reglamento, deben ser enviadas a la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, quien debe programar y realizar la actualización de acuerdo a la procedencia de las mismas y en su caso, este Reglamento debe revisarse y actualizarse por lo menos cada cinco años, o antes si las sugerencias de cambios o recomendaciones lo ameritan.

Las propuestas y sugerencias deben dirigirse por escrito a:

Subgerencia de Seguridad Industrial

Corporativo de Pemex Petroquímica.

Jacarandas no. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel B-2, Edificio Sede de Pemex Petroquímica, Coatzacoalcos, Ver, México.

Teléfono Directo: (01-921)-2-11-14-09, Conmutador: (01-921)-2-11-11-00, extensión 20-309.

6.- DEFINICIONES.

Para los fines del presente Reglamento se establecen las siguientes definiciones:

6.1. Accidente personal: Es cualquier lesión o enfermedad profesional sufrida por una persona, la cual resulta de y en el curso del trabajo, o en tránsito de ésta a casa o viceversa.

6.2. Accidente industrial: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones y/o de la industria causándoles averías graves, acompañado o no de daño al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.3 Análisis de Seguridad de Trabajos: Es la aplicación de controles Administrativos a los trabajos de mantenimiento en las áreas de proceso, no proceso y talleres, de manera que los riesgos del trabajo y los asociados con el mismo sean Identificados, minimizados y controlados para que las Lesiones e Incidentes puedan ser eliminados, enfocados a: la Planeación, Programación y Ejecución de los trabajos

6.4. Áreas de riesgo: Los lugares donde se puedan suscitar los eventos siguientes:

6.4.1. Existan de modo continuo o periódico concentraciones de gases, líquidos y sólidos de materiales peligrosos.

6.4.2. Se procesen, manejen o usen materiales peligrosos.

6.4.3. Exista la presencia de materiales combustibles o inflamables gaseosos, líquidos o sólidos que ofrezcan posibilidad de incendio y/o explosión.

6.4.4. Instalación y/o equipo que opere a altas presiones y/o temperaturas.

6.4.5. Instalaciones y/o equipos que se encuentren en reparación.

6.4.6. Instalación y/o equipo en que se manejen productos tóxicos o corrosivos.

6.4.7. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 10 metros de altura.

6.4.8. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 5 metros de altura de una plataforma o excavaciones de más de 1.20 metros de profundidad, drenajes, túneles y pozos en general.

6.4.9. Instalación y/o equipo que opere con alta tensión.

6.4.10. Instalación y/o equipo que genere ruido, radiaciones ionizantes y/o radiación térmica.

6.4.11. Interior de recipientes o equipos (espacios confinados).

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6.5. CCSIPA: Coordinación de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Morelos y el CP Cangrejera.

6.6. Contratista y/o proveedor: La persona que celebra contratos de Obras Públicas o de Servicios Relacionados con las Mismas, así como de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, incluyendo al personal empleado.

6.7. Centro de Trabajo: Instalación industrial de Pemex Petroquímica.

6.8. Derrame: Es toda liberación de materiales en el aire, suelo y agua de desechos industriales y otras materias.

6.9. Encargado en Seguridad Radiológica: Es la persona designada por el contratista como responsable de la ejecución de los trabajos radiológicos. Deberá estar acreditado como Perito en Seguridad Radiológica por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, en los términos del Título Séptimo Capítulo III, “Del permisionario, encargado de seguridad radiológica y personal ocupacionalmente expuesto”, del Reglamento General de Seguridad Radiológica.

6.10. Equipo generador de flama o chispa: Es aquél que en forma ocasional o continua, directa o indirectamente produce flamas o chispas o emite calor con energía suficiente para provocar la ignición de gases o vapores derivados de líquidos y sólidos inflamables o combustibles.

6.11. Incidente: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones, acompañado o no de daños a las instalaciones, al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.12. Pemex Petroquímica: Organismo Subsidiario de Petróleos Mexicanos,

6.13. Permiso para ejecución de trabajo con riesgo: Formato a través del cual, el jefe de operación de la instalación y el Ingeniero de Seguridad, otorgan de manera conjunta, la autorización correspondiente para que se realice el trabajo, condicionado a que se cumpla con las medidas preventivas establecidas en el propio formato.

6.14. Residuo peligroso: Todos aquellos residuos en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, tóxicas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas o infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente.

6.15. Reglamento General de Seguridad Radiológica: Corresponde al Reglamento General de Seguridad Radiológica emitido por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de Noviembre de 1988.

6.16 Superintendencia de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Pajaritos, el CP Cosoleacaque, el CP Escolín, el CP Independencia y el CP Tula.

6.17. SSPA: Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

6.18. Superintendente de Construcción: Persona física representante del Contratista ante Pemex Petroquímica.

6.19. Trabajo con riesgo: Es aquél que se realiza en un área de riesgo o cerca de ella, con equipo que produce calor, flama o chispa con energía suficiente para provocar la ignición de gases, vapores o líquidos inflamables; así como aquellos trabajos que por su naturaleza o por las condiciones del área de trabajo y sus alrededores y/o naturaleza de las substancias manejadas, generan una condición de peligro para quienes los efectúen.

6.20. Residente de Obra y/o supervisor de los servicios: Servidor Público designado por Pemex Petroquímica, para supervisar la correcta ejecución de los trabajos, inspeccionar servicios o bienes contratados o adquiridos y quien fungirá como su representante ante el contratista ó proveedor.

6.21. Supervisor de Seguridad: Persona asignada por el contratista y/o proveedor para llevar a cabo las funciones de supervisión de los aspectos de seguridad, salud y protección ambiental en los trabajos que se efectúen al amparo de un contrato.

6.22. Usuario: Personal quien solicita y hace uso de los servicios, obras o productos adquiridos y/o amparados en los contratos.

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7. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES.

7.1. DEL CONTRATISTAS Y/O PROVEEDOR.

7.1.1.- DEL ACCESO Y TRANSITO EN LAS INSTALACIONES.7.1.1.a. El acceso al personal de la Compañía Contratista a las instalaciones, deberá ser a través de las

entradas oficiales o por los lugares señalados por los centros de trabajo, para que los Departamentos de Seguridad Física mantengan un estricto control.

7.1.1.b. Los contratistas y/o proveedores antes de iniciar los trabajos objeto de cada contrato, deberá registrar a su personal en las oficinas de la Coordinación de Auditoría de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de cada centro de trabajo o a quien este último designe.

7.1.1.c. Este registro tiene entre otros objetivos, el que al personal de la Compañía Contratista y/o proveedor se le incluya en los planes de emergencia y/o evacuación, instruyéndolos con los lineamientos específicos a seguir.

7.1.1.d. Los contratistas y/o proveedores deben proporcionar a su personal, el pase que el centro de trabajo proporcione, para que pueda accesar a las instalaciones y exhibirlo cuando así se lo solicite.

7.1.1.e. Los contratistas y/o proveedores deben cumplir con el horario de labores que previamente al inicio de la obra o servicio se haya estipulado en el centro de trabajo.

7.1.1.f. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores que vayan a laborar, deberán cumplir con los puntos que a continuación se mencionan, para tener acceso a los centros de trabajo:

Exhibir en la puerta oficial de Vigilancia que se le indique, la(s) credencial(es) de su personal, que contendrán el nombre, firmas del trabajador y del Representante de la Compañía, No. de afiliación al I.M.S.S., y fotografía del trabajador de frente, así como nombre y R.F.C. de la compañía a la cual pertenece, vigencia y número del contrato, el área o lugar donde deba trabajar y nombre del Supervisor de Seguridad, en su caso.

Los contratistas y/o proveedores que terminen su relación contractual y laboral con cualquiera de sus trabajadores lo deberán notificar de manera simultánea a dicha terminación y por escrito al Departamento de Seguridad Física, de lo contrario serán responsables de lo que dicho trabajador realice en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filial.

Portar su equipo básico de protección personal desde el acceso al centro de trabajo, ropa de trabajo de algodón consistente en: pantalón, camisa de algodón u overol (color naranja) de manga larga, guantes de carnaza, zapatos de seguridad, casco (color naranja) protección ocular con lentes de seguridad, gogles y tapones auditivos, en el entendido de que la ropa y casco deberán ser color naranja, para su identificación, además la ropa deberá estar razonablemente ajustada al cuello, puños y parte baja de los pantalones, de tal forma que no se tengan partes colgantes.

Como excepción, para los operadores de autotanques ajenos a los Organismos Subsidiarios de Pemex, que deberán vestir ropa del tipo overol en color azul marino, confeccionado en algodón 100 %, portar casco de seguridad fabricado con polipropileno de color azul marino, calzar zapatos de seguridad y usar gogles contra salpicaduras químicas, y en su caso contar con guantes adecuados al tipo de producto que maneja.

7.1.2. DE LOS VEHÍCULOS.7.1.2.a. Los contratistas y/o proveedores que manejen vehículos en el interior de las instalaciones deberán

contar con licencias de manejo vigentes y utilizar en todo momento el cinturón de seguridad, asimismo deberán respetar la velocidad permitida (de acuerdo a los señalamientos) y todos los avisos de tránsito ubicados en el interior del centro de trabajo. El Contratista se obliga a tramitar ante el departamento de Seguridad Física, el pase de acceso para el vehículo y que deberá portar en

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lugar visible, el cual se expedirá siempre y cuando el mismo cuente con póliza de seguro emitida por compañía legalmente constituida y se encuentre en buenas condiciones de seguridad (frenos, llantas, sistema eléctrico y escape, matachispas, etc. previa inspección de las áreas de seguridad (CCSIPA o SCSIPA)

7.1.2.b. Así mismo, no es permitido estacionar vehículos en sitios donde obstruyan hidrantes o equipo contra-incendio y salidas de emergencia.

7.1.2.c. Será responsabilidad única y exclusivamente del contratista y/o proveedor la utilización de equipos y accesorios de maniobra (grúas, winches, diferenciales, estrobos, eslingas, montacargas, etc.) en buen estado y condiciones seguras de trabajo.

7.1.2.d. En el caso de la operación de grúas, el contratista debe de contar con personal entrenado, certificado de competencia laboral, certificado de salud satisfactorio, tener un mínimo de tres años de experiencia en la operación y maniobras, debe de contar con sus procedimientos escritos para tránsito, preparación del equipo, preparación de la carga, cálculos de la maniobra, de comunicación, de emergencia, listas de verificación, certificación de la grúa etc., todo movimiento que realice la grúa debe contar con una supervisión continua, los procedimiento deben ser aprobados por el Residente de Obra con visto bueno de CCSIPA o SCSIPA y Mantenimiento, estos están facultados para impedir el uso de este equipo en caso de que detecte que no reúne las condiciones de operación y seguridad requeridos. De lo anterior descrito se hace extensivo en lo que corresponda para tractocamiones, plataformas, plataforma baja, montacargas, autotanques, equipos presión vacío, motoconformadoras, tractores, trascabos, etc.

7.1.2.e. En el caso de que el contratista y/o proveedor considere indispensable efectuar algún bloqueo de las calles para realizar un trabajo o maniobra, debe solicitarlo con toda oportunidad al personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, para que tome las medidas pertinentes.

7.1.2.f. Los trabajadores no deberán transportarse en los sistemas y equipos destinados al traslado de materiales en general, materiales o sustancias químicas peligrosas, con excepción de aquellos que cuenten con las condiciones adecuadas de seguridad , higiene y ergonomía, así como cuando lo requiera la actividad específica.

Los vehículos de carga para transportes o equipos deben ser exclusivamente los designados para tales fines. Y se entenderá por vehículos de carga para materiales y equipo los: Camiones de redilas, remolques con plataforma, camiones-plataformas y remolques (o tráiler) con caja cerrada o de redilas y cama plana, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

Los camiones que se usen para el transporte de trabajadores deben estar dotados de asientos adecuados, así como de protección lateral y cabina, que de protección en caso de mal tiempo o accidentes de tránsito. Y en el caso de la actividad específica, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

7.1.2.g. Los vehículos y máquinas con motor de combustión interna de la compañía, deben contar con un dispositivo matachispas en el escape.

7.1.2.h. Manifestar en el formato que le proporcione el departamento de Seguridad Física de el total de equipo y herramientas que introduzcan a las instalaciones del centro de trabajo, de lo contrario no podrán retirar a su salida el equipo y herramientas que no estuviesen manifestados en dicho documento hasta en tanto no comprueben su propiedad.

7.1.2.i. Las lámparas a prueba de explosión de los contratistas deben registrarlas en el Departamento de Vigilancia desde su ingreso y presentarlas numeradas para su revisión, prueba y control por parte del personal de mantenimiento eléctrico del centro de trabajo.

7.1.3. DE LA CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL DE LAS COMPAÑÍAS CONTRATISTAS.

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7.1.3.a. El encargado responsable de la realización de los trabajos y del supervisor de seguridad de la compañía contratista y/o proveedor deben comprobar a satisfacción de las Coordinaciones de Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, que cuenta con los conocimientos y experiencia suficiente sobre seguridad industrial y protección ambiental, debiendo capacitar y/o entrenar al personal de la Compañía, sobre las recomendaciones de seguridad que deben ser observadas.

7.1.3.b. La Compañía Contratista debe establecer y mantener procedimientos efectivos para asegurar la competencia en cada función y nivel del personal que realiza las funciones, mediante programas de capacitación en materia de seguridad industrial, salud y protección ambiental, debe comprender los siguientes puntos como ejemplo, los cuales no son limitativos:

Trabajos con riesgo, básicamente en trabajos de corte y soldadura (en áreas riesgosas y/o en líneas y recipientes que hayan contenido o contengan productos inflamables), radiografiado, transporte de sustancias químicas, trabajos de altura, etc.

Programa de capacitación al personal en sus respectivas categorías, que incluya pláticas y prácticas de contra-incendio, pláticas de seguridad, primeros auxilios, uso del equipo de protección personal, manejo y disposición de residuos, rutas de evacuación, etc.

Para los efectos de la disposición anterior, el contratista debe contar con un registro por cada uno de sus trabajadores, en el cual se debe anotar cursos, pláticas y prácticas recibidas por el trabajador, con las fechas en las que se dieron dichos eventos así como las evaluaciones de los mismos.

El contratista y su personal deben asistir cuando sea convocado a presentaciones, pláticas y prácticas de seguridad, que organicen Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, se reservan el derecho de impedir la ejecución de los trabajos, al personal de la Compañía Contratista que no acuda a esta convocatoria, de la instrucción a que se refiere el párrafo anterior, en la inteligencia de que cualquier suspensión de los trabajos contratados, quedará bajo la responsabilidad del propio Contratista.

El programa de capacitación que debe implementar el contratista a su personal debe de abarcar los siguientes temas, antes del iniciar las actividades propias del contrato:

Inducción en materia de SSPA para trabajadores de nuevo ingreso.

Comunicación de riesgos.

Primeros auxilios.

Combate de incendios.

Protección contra caídas.

Permiso de Trabajo.

Protección respiratoria.

Uso de equipo de protección personal.

Trabajos en altura.

Trabajos en espacios confinados.

Riesgos y peligros de sustancias tóxicas.

Manejo, transporte y almacenamiento de cilindros con gases comprimidos.

Excavaciones, trincheras, ademes, barricadas, etc.

Plan de respuesta a emergencias.

Reglamento de tránsito vehicular.

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Residuos Peligrosos.

Pemex Petroquímica a través de la CCSIPA de los Centros de Trabajo, se reserva el derecho de realizar en el inicio y en cualquier tiempo, una evaluación de conocimientos de los puntos anteriores al personal contratista, así como verificar las evidencias documentales de la capacitación.

7.1.3.c. Los operadores de grúas y/o montacargas de la Compañía Contratista que ejecuten trabajos en los términos de este Reglamento, deberán tener su licencia vigente expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

7.1.3.d. Los operarios de la Compañía Contratista que ejecuten labores de soldadura, deben estar calificados de acuerdo con lo que especifica, la última edición del manual de la Sociedad Americana de Soldadura (A.W.S.) D.1.1. ó ASME Sección IX y presentar la documentación que los acredite.

7.1.4. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS AL MEDIO AMBIENTE.

7.1.4.a. El contratista y/o proveedor debe vigilar que sus trabajadores, los subcontratistas e incluso sus proveedores, no dañen el medio ambiente, respetando las normas que regulan las actividades, aplicando medidas que reduzcan la generación de residuos y sus impactos contaminantes sobre el ambiente, a las personas y los bienes. En especial, se debe cuidar que no se produzcan problemas de contaminación por generación de residuos peligrosos y/o emisiones al aire, agua, suelo y también por contaminación visual y acústica.

7.1.4.b. Protección de la flora y fauna. Flora: El contratista y/o proveedor y su personal no podrán, sin autorización previa de parte del

área administradora del contrato, del supervisor o la autoridad pertinente, cubrir o cortar ninguna especie vegetal. Tampoco podrá utilizarlas como combustible, particularmente aquellas reconocidas como raras o protegidas.

Fauna: Respecto de la fauna, estará expresamente prohibida la caza de cualquier especie dentro de los límites de los establecimientos y lugares donde se efectúen actividades industriales de Pemex Petroquímica, como también en terrenos de derecho de paso, servidumbre, privados y fiscales que Pemex Petroquímica atribuya legalmente a cualquier título. También estará expresamente prohibido capturar, molestar o maltratar a los animales. Se exigirá un respeto irrestricto de las temporadas de veda y las demás condiciones establecidas en la legislación con respecto a la pesca.

7.1.4.c. Protección del medio ambiente.

Aire: Los equipos de de combustión interna (Diesel y Gasolina), deberán contar con verificación vehicular. Cualquier infracción en este sentido dará lugar a que Pemex Petroquímica no permita la utilización de dichos equipos, o maquinarias. En los terrenos donde se lleva cabo algún trabajo o proyecto, no se permitirá quemas de neumáticos, aceites usados u otros lubricantes, solventes o productos que puedan liberar gases tóxicos.

Agua: Además de lo que estipula la legislación vigente, será causal de suspensión al contrato el vaciado de materiales o residuos peligrosos a los drenajes, cauces naturales o artificiales o a otras obras hidráulicas de conducción o acopio de aguas existentes, sean de aguas superficiales o subterráneas, tales como: tanques, pozos, lagunas, fosas, drenes, cauces secos, etc.

Se consideran materias nocivas, entre otras, las siguientes: Jabones y detergentes, materiales peligrosos, combustibles, lubricantes, solventes, aceites quemados, basuras domésticas y residuos sólidos industriales, aguas no tratadas en plantas o sin un sistema autorizado de evacuación a base de fosa séptica y pozo o drenes absorbentes, productos de movimiento de tierras y demoliciones, cualquier otra sustancia nociva.

En la ejecución de los trabajos en terreno abierto, el Contratista y/o proveedor deberá mantener inalterado el sistema natural de drenaje superficial existente, canalizando las aguas interceptadas por las obras provisorias y por sus instalaciones hacia los cursos originales, sin

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perjuicio de las autorizaciones administrativas que procedieren, de modo de evitar la formación de nuevos cauces y minimizar o controlar las erosiones asociadas.

Durante la ejecución de los trabajos está estrictamente prohibido a la Compañía Contratista y/o proveedor arrojar a los drenajes, materiales no biodegradables como los que se señalan a continuación: Cualquier tipo de plástico, incluyendo ropa sintética, trapos, vidrio, metales, botellas, loza, equipaje y materiales de recubrimiento, pinturas, solventes, así como todos aquellos materiales a que se refiere la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suelo: Los residuos de desechos o escombros provenientes de las actividades, así como los materiales del escarpes el excedentes de y de movimientos de la tierra, recolectados deberán de ser transportados por el contratista y/o proveedor en sitios autorizados para la disposición -- y asignados por la Autoridad correspondiente y bajo las condiciones que ésta señale, de acuerdo a los procedimientos y normas existentes para tales efectos.

En el caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor genere residuos peligrosos, deberá de manejarlos y almacenarlos de acuerdo a lo previsto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como a su Reglamento en la Materia y demás normas oficiales mexicanas. . En caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor derrame accidentalmente materiales peligrosos, estará obligada a reportarlo al centro de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de las Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental mediante el formato correspondiente.

7.1.5. DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL.7.1.5.a. Sin excepción, durante la ejecución de los trabajos, el personal Contratista y/o proveedor debe utilizar

el equipo de protección personal adecuado a la realización de sus actividades, en caso de que los trabajos tenga que ejecutarse dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica. Únicamente se le permitirá el acceso si lleva puesto el equipo de protección personal, que de manera enunciativa más no limitativa se indica a continuación:

Ropa de trabajo de algodón de color naranja, con el logotipo de la Compañía Contratista, casco de seguridad con barbiquejo, botas con suela antiderrapante con casquillo metálico de protección, protección auditiva, ocular y manos.

Además deberá utilizar durante el desarrollo de sus labores, el equipo de protección adecuado al riesgo al que se está expuesto, tal como: Guantes, protección ocular (lentes, gogles, o pantalla facial), equipo de protección respiratoria, cinturón de seguridad, equipo para soldador, (guantes, careta, polainas y peto), etc.

7.1.5.b. En el supuesto que algún (os) trabajador (es) de la Compañía Contratista, y/o proveedor esté (n) ejecutando algún trabajo y no cumpliese (n) con esta disposición se les impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente.

7.1.5.c. El contratista ó y/o proveedor es responsable de proporcionar y vigilar el uso por parte de su personal, de la ropa, calzado y del equipo de protección personal adecuados y en óptimas condiciones, de acuerdo a la normatividad vigente, para llevar a cabo las diferentes labores dentro de las instalaciones.

7.1.5.d. El contratista y/o proveedor es responsable de que su personal utilice correctamente el equipo de protección respiratorio necesario en espacios confinados (acceso a recipientes, en registros de drenaje, tanques de almacenamiento, etc.).

7.1.5.e. El contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones tendientes a proteger debidamente a su personal en aquellos trabajos que se efectúen en altura, para lo cual debe utilizar en forma segura y apropiada los andamios, barandales o escaleras, revisándolos para certificar sus adecuadas condiciones de armado o construcción, así como supervisar que su personal utilice los cinturones de

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seguridad y cables de vida requeridos para asegurar su integridad física. No se permitirá el uso de madera en la instalación de andamios.

7.1.6. DE LAS INSTALACIONES DEL CONTRATISTA O PRESTADOR DE SERVICIO.7.1.6.a. El área asignada por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica para la instalación provisional de

bodegas para resguardo del material, herramientas y/o equipo que requiere la Compañía Contratista y/o proveedor, según el caso y las condiciones particulares del lugar, debe estar cercada e identificada; así mismo colocar servicios sanitarios para su personal (letrinas móviles), extintores contra fuego y mantenerse limpia y ordenada.

7.1.6.b. El contratista y/o proveedor debe contar con un botiquín de primeros auxilios en el lugar de trabajo, con el fin de tratar lesiones leves que pudieran ocurrir a su personal, en el caso de que el contratista empleé a mas de 150 trabajadores deberá contar con una ambulancia y un médico o paramédico de base.

7.1.6.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe suministrar agua potable a sus trabajadores y contenedores para basura.

7.1.7. DEL PERMISO DE TRABAJO CON RIESGO.

7.1.7.a. El personal ejecutor y supervisor de la Compañía Contratista y/o proveedor que intervendrá directamente en la ejecución de trabajos con riesgo de cualquier naturaleza, deberá contar con la capacitación específica en trabajos con riesgo. Sus conocimientos y experiencias deberán estar evaluados y documentados por instructores certificados. El supervisor de la Contratista y/o proveedor será el responsable de la seguridad y deberá estar en coordinación con el Supervisor de Seguridad del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y este último tendrá la facultad de realizar auditorías.

7.1.7.b. El Contratista y/o proveedor debe observar las recomendaciones de seguridad que se establezcan en los permisos de trabajo correspondientes, obligándose a conocer y a cumplir con el procedimiento y reglamento respectivos, de los siguientes permisos:

Trabajo potencialmente No peligroso: Es aquel trabajo no operacional que por su naturaleza no representa un riesgo, al personal, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son barrer, toma de lecturas en los mantenimientos predictivos, rotulación de letreros a nivel de piso, etc.

Trabajo Potencialmente Peligroso: Son aquellos trabajos no operacionales que por su naturaleza representan un riesgo al trabajador, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son: entrada a espacios confinados, trabajos con posibilidad de fuga, trabajos con energía eléctrica, trabajo con fuego abierto, trabajos con vehículos de combustión interna, trabajos en altura, trabajos de excavación y trabajos con fuente radiactiva, etc.

Trabajos con Fuego Abierto: Son aquellos que al ejecutarse generan una fuente de ignición capaz de provocar incendio de vapores de hidrocarburos, de materiales combustibles, detonación o explosión.

Trabajos en Espacios Confinados: Son aquellos que se realizan en lugares parcialmente cerrados en los que además pueda existir una atmósfera contaminada y/o deficiente de oxigeno, y/o temperaturas extremas.

Trabajos con posibilidad de fuga de producto: Son trabajos con apertura (ruptura de hermeticidad) de líneas, recipientes, equipos dinámicos de proceso, envases/embalaje que contienen o hayan contenido sustancias tóxicas, corrosivas/reactivas/explosivas y/o que durante la apertura de las mismas, exista la posibilidad de fuga de éstas y trabajos en los que exista la posibilidad de contaminación del ambiente o en los que pueda haber temperaturas extremas. Nota: Para trabajos de instalación o retiro de juntas o tapas ciegas en líneas, equipos y accesorios conectados a los sistemas de desfogue donde descarguen más de 2 plantas, además se utilizará el Procedimiento GSIPA-SI-0901 vigente.

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Trabajos en Altura: Son aquellos trabajos que se ejecutan a diferentes niveles por arriba del nivel de piso terminado (dos metros) y que por las condiciones del lugar y la falta de plataformas y/o escaleras propias del equipo o instalaciones y/o trabajos que por las condiciones en que se realiza aunado a la altura, exista el riesgo de caída del (os) ejecutor (es).

Trabajos con Energía Eléctrica: Son aquellos trabajos que se ejecutan en equipos o accesorios que generen u operen con energía eléctrica, y/o que se realizan con las mismas instalaciones eléctricas, estando o no energizados al momento de efectuarse éstos.

Trabajos con vehículos de combustión interna: Son aquellos trabajos que requieren la entrada, salida y/o maniobra de una máquina de combustión interna en áreas de proceso, almacenamiento u otras, en donde se requiera una labor de prevención al entrar al área, durante la actividad, y al salir de ésta.

Trabajos de Excavación: Son aquellos trabajos que se llevan a cabo en el interior o en el perímetro del centro de trabajo, con posibilidad de afectaciones a instalaciones subterráneas o superficiales.

Trabajos con Fuente Radiactiva: Son aquellos trabajos que se ejecutan con o alrededor de fuentes generadoras o emisoras de radiaciones ionizantes, fijas o móviles. Estos trabajos así como el ingreso y permanencia de los trabajadores en el área de riesgo será controlada por el encargado se seguridad radiológica del centro de Trabajo.

AST: Como complemento elemental a los permisos anteriores es necesario contar con los conocimientos más amplio sobre los riesgos de trabajos que se planean ejecutar, y esto consiste en realizar un análisis de riesgos del trabajo sobre las tareas que ejecutaran las personas. Los factores que se deben considerar para asignar una prioridad para Análisis de Seguridad de un Trabajo, incluye:

1. Frecuencia y gravedad de accidentes: trabajos donde los accidentes ocurren frecuentemente o no muy frecuente pero que resultan en lesiones incapacitantes.

2. Potencial para lesiones o enfermedades graves: las consecuencias de un accidente, condiciones peligrosas, o exposición a sustancias nocivas son potencialmente grave.

3. Trabajos recientemente establecidos: debido a la falta de experiencia de nuestros trabajos los riesgos puede que no sean evidentes o anticipados.

4. Trabajos modificados: se pueden formar nuevos riesgos con los cambios en los procedimientos de trabajo

5. Trabajos desarrollados con poca frecuencia: los trabajadores pueden estar en riesgo mayor cuando realizan trabajos que no son rutinarios, un AST brinda un medio eficaz de revisar los riesgos.

6.

7.1.8. DE LA INTERVENCIÓN EN LOS EQUIPOS O INSTALACIONES.

7.1.8.a. Cualquier intervención en líneas o equipos de proceso que estén o hayan estado en operación, debe ser aprobada previamente por el personal responsable de la instalación.

7.1.8.b. Está estrictamente prohibido accionar, tocar, mover o manipular válvulas, conexiones, instrumentos y controles de los Centros de Trabajo, sin autorización previa del personal responsable del área en el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

7.1.8.c Está prohibido efectuar maniobras reteniéndose o apoyándose en tuberías, soportes, válvulas o equipos.

7.1.8.d. Todo trabajo que se efectúe en el sistema de drenajes debe contar con la autorización respectiva, previas pruebas que sean necesarias a juicio del encargado de la instalación.

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7.1.8.e. Las conexiones que se requieran para hacer uso de agua, aire, electricidad, u otros servicios, deben aprobarse previamente por el grupo técnico del sector o planta del centro de trabajo de Pemex Petroquímica si está estipulado en el contrato

7.1.8.f. Cualquier excavación que tenga que realizarse por la compañía, debe ser previamente autorizada por el personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y debe contar con los ademes necesarios para evitar derrumbes de las paredes de las mismas, así como el uso de líneas de vida y con señalizaciones adecuadas para evitar accidentes al personal.

7.1.9. DE LA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO.

7.1.9.a. El Contratista y/o proveedor debe conocer el área donde va a llevar a cabo sus trabajos, incluyendo los equipos y sistemas de protección contra incendio existentes en la misma, así como los de seguridad.

7.1.9.b. En los trabajos que requieran de protección contra incendio, el Contratista y/o proveedor, previo acuerdo con el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe contar con el personal y equipo contra incendio portátil propios para proporcionar dicha protección.

7.1.9.c. Está prohibido que el Contratista y/o proveedor haga uso de la red de agua de contra incendio, para servicios diferentes a los autorizados por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

7.1.10. DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS.

7.1.10.a. Todo trabajo en el cual se requiera intervenir equipos eléctricos (subestaciones, interruptores, alimentadores, líneas eléctricas, etc.), debe contar con la autorización previa del personal encargado de la instalación, para tomar las acciones pertinentes y evitar algún incidente.

7.1.10.b. Los cables de energía eléctrica que utilice el Contratista y/o proveedor, deben estar en buen estado (empalmes y conexiones debidamente aislados) y no estar cerca de registros de drenajes o materiales inflamables o combustibles. En las áreas industriales se utilizarán cables y conexiones a prueba de explosión.

7.1.10.c. La conexión a tierra de equipos de soldar, debe realizarse a un pozo de tierras y no debe ser a estructuras o tuberías cercanas a los trabajos.

7.1.10.d. El Contratista y/o proveedor le queda prohibido el violar la integridad de los sistemas eléctricos, y el uso de conexiones eléctricas provisionales y este deberá de cumplir con la clasificación de las áreas eléctricas de acuerdo a la especificada en el diseño y a las normas correspondientes.

7.1.11. DE LA SUSPENSIÓN DE TRABAJOS.

7.1.11.a. En el caso de suscitarse una emergencia en el área de trabajo o en sus proximidades, el Contratista y/o proveedor, debe suspender los trabajos y seguir las instrucciones del personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica encargado de la instalación, por lo que debe conocer previamente las rutas de evacuación para los casos de emergencia.

7.1.11.b. El Contratista y/o proveedor, debe suspender sus actividades cuando por razones de seguridad, el personal encargado de la instalación industrial así lo solicite, asentando en la bitácora de obra lo conducente.

7.1.12. DEL TRANSPORTE Y MANEJO DE CILINDROS DE GASES COMPRIMIDOS.

7.1.12.a. Los cilindros de oxígeno y acetileno utilizados para trabajos de corte y soldadura, por ningún motivo deben permanecer en el interior de tanques y/o recipientes, y deben estar siempre en posición vertical, soportados y asegurados adecuadamente para evitar que se caigan, así como manejados con el cuidado según lo indican las propias recomendaciones del proveedor o fabricante, esto se hace extensivo al uso de otros gases comprimidos utilizados o suministrados por el Contratista y/o proveedor.

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7.1.13. DE LOS SERVICIOS DE RAYOS X (RADIOGRAFIADO).

7.1.13.a. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de tomar, revelar e interpretar radiografías de uniones soldadas, así como reportar resultados de la inspección, deberá tener y presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado en inspección no destructiva de acuerdo a la práctica recomendada SNT-TC-IA de la Sociedad Americana de Pruebas no Destructivas (ASNT).

7.1.13.b. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de efectuar las inspecciones ultrasónicas deberá presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado de acuerdo al SNT-TC-IA de la ASNT.

7.1.13.c. Los certificados mencionados anteriormente, tiene una vigencia de tres años, por lo que el personal con las categorías mencionadas, deberán revalidarlos al vencimiento del período.

7.1.13.d. Cuando el Contratista y/o proveedor realice servicios de radiografiado con rayos X, el área será previamente delimitada, acordonada y marcada con letreros que indiquen: “¡PELIGRO! Altos niveles de radiación”.

7.1.14. DE LOS ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO.

7.1.14.a. Al lesionarse uno o más trabajador (es), el Contratista y/o proveedor debe trasladarlo (s) al centro de atención designado por ésta.

7.1.14.b. El Contratista y/o proveedor se obliga a reportar a Pemex Petroquímica, por conducto de las CCSIPA o SCSIPA y del Supervisor del centro de trabajo, dentro de los primeros cinco días de cada mes, sus estadísticas de accidentes relacionados con los trabajos, incluyendo los acontecidos en las instalaciones de Pemex Petroquímica y los sucedidos en tránsito; dicho reporte deberá realizarse mediante el llenado del anexo 1 (GS-1) del documento y se acompañará de las estadísticas relacionadas tales como:

Indice de frecuencia (I.F.):

IF= NUM. DE ACCIDENTES CON PERDIDA DE TIEMPO X 1´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Indice de gravedad (I.G.):

IG= NUM. DE DIAS PERDIDOS POR ACCIDENTE X 1´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Indice de fatalidad (FAR):

FAR=NUM. DE FATALIDADES X 10´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

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Número de Trabajadores:

Horas hombre de exposición al riesgo:

Días calendario sin accidentes:

Número de trabajadores lesionados con días perdidos.

7.1.14.c. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista y/o proveedor está obligada a realizar el reporte del accidente en el mismo día en que ocurra, llenando para tal efecto el anexo número 2 adjunto. En caso que el Contratista y/o proveedor permanezca contratada menor tiempo a un mes, deberá reportar sus estadísticas del período que haya durado el contrato.

7.1.14.d. El Contratista y/o proveedor deberá asumir totalmente la responsabilidad de los accidentes, lesiones o daños que ocurran tanto a su personal, instalaciones o equipos, como al del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, cuando éstos se motiven a consecuencia de los trabajos que directamente realiza la compañía.

7.1.14.e. Al ocurrir algún incidente imputable el Contratista y/o proveedor, ésta esta obligada a notificarlo inmediatamente al Supervisor de la empresa; así mismo deberá participar en el Análisis Técnico del mismo y cumplir o acatar las medidas correctivas y preventivas que se determinen con ello.

7.1.15. DEL RESPONSABLE DE SEGURIDAD POR PARTE DEL CONTRATISTA Y/O PROVEEDOR.

7.1.15.a. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para cumplir los requisitos referentes a la seguridad industrial dispuestos es este manual y aquellos que determine el centro de trabajo de Pemex Petroquímica y/o los encargados del área de trabajo.

7.1.15.b. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada el Contratista y/o proveedor.

7.1.15.c. Realizar los trabajos de acuerdo a las indicaciones del personal técnico encargado del área de trabajo.

7.1.16. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES.

7.1.16.a. El contratista y/o proveedor debe instruir a su personal, acerca del contenido y cumplimiento de las medidas de seguridad dispuestas en este Reglamento.

7.1.16.b. La Compañía Contratista y/o proveedor, debe contar en el sitio, con un Supervisor de seguridad, salud y protección ambiental como mínimo, por cada 50 trabajadores, que se responsabilice de SSPA y la conducta del personal de la Compañía dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

7.1.16.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe observar las disposiciones de seguridad, orden y limpieza, con el objeto de mantener en óptimas condiciones en lugar de trabajo. Por ello, se obliga a dejar el lugar en donde se ejecutaron los trabajos en las mismas condiciones en que la recibió. Por consiguiente, se entenderá como no terminada la obra ó servicio, hasta en tanto la Compañía Contratista y/o proveedor entregue el lugar limpio de escombros, basura, contaminación, etc. El tiempo que utilice la Compañía Contratista y/o proveedor en el cumplimiento de esta disposición, correrá por su cuenta.

7.1.16.d. En el supuesto de que la Compañía Contratista y/o proveedor se negara a hacer la limpieza del área, el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, por su conducto o mediante la contratación de terceros, llevará a cabo los trabajos de limpieza correspondiente, corriendo a cargo de la Compañía Contratista y/o proveedor el pago de los mismos, ya sea que se cubran directamente por éste, o mediante el descuento en el pago de sus facturas, quedando asentada esta circunstancia en la bitácora.

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7.1.16.e. El contratista y/o proveedor debe informar al personal de Pemex Petroquímica, cuando observe condiciones anómalas dentro del área en la cual se encuentre laborando (fugas, derrames, averías, etc.)

7.1.16.f. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con todas las disposiciones legales aplicables (Federales, Estatales y Municipales), en materia de protección ambiental y seguridad industrial.

7.1.16.g. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones adicionales que el centro de trabajo de Pemex Petroquímica especifique para la prevención y control de riesgos.

7.1.17. DE LOS PROCEDIMIENTOS.7.1.17.a. La Compañía Contratista durante la ejecución de los trabajos, deberá acatar todos los procedimientos

aplicables de acuerdo a la naturaleza y objeto del contrato, debiendo de ponerlos al alcance de sus trabajadores, especialmente aquellas actividades que generen un riesgo potencial como las que se describen de manera enunciativa, más no limitativa en los puntos siguientes:

7.1.17.b. Procedimiento para entrar a espacios confinados (recipientes que hayan contenido hidrocarburos).

7.1.17.c. Procedimiento para realizar trabajos de altura, excavaciones, eléctricos, plantas, civil, instrumentos, mecánico, etc.

7.1.17.d. Procedimiento para realizar trabajos de reparación de líneas de proceso. Procedimiento para realizar trabajos de soldadura o Hot Tapping sobre equipos que contienen productos inflamables.

7.1.17.e. Procedimiento para realizar trabajos de reparación y limpieza de recipientes atmosféricos y/o presurizados, etc.

7.1.17.f. Procedimiento para realizar maniobras con grúas.

7.1.17.g. PPQ revisará los procedimientos y/o protocolos de pruebas finales entre los que se encuentran: Procedimientos específicos de pruebas, Protocolos de Pruebas de Equipos (Separadores, motores, compresores, turbinas, bombas, generadores de energía eléctrica, recuperadores, detectores gas, fuego y humos, reguladores de presión, transmisores de presión, rociadores, relevadores, tableros de carga, tableros de mando y control local, extinguidores de CO2 etc.), Protocolos de Pruebas de Sistemas eléctricos, Protocolos de Pruebas de Sistemas electrónicos y de control, Protocolos de Pruebas de Sistemas estructurales, Protocolos de Pruebas de Sistemas en su conjunto: sistemas de emergencia, sistemas de separación, sistemas de detección y extinción de incendio, sistemas de medición, sistemas de proceso, etc.

7.1.17.h. Cada procedimiento deberá incluir la información necesaria para organizar, definir la participación y responsabilidades del personal, definir la secuencia, los parámetros a medir, la duración y los resultados esperados de las pruebas.

7.1.17.i. Corresponde al residente de obra y/o supervisor de los servicios vigilar que se cumplan las disposiciones del presente reglamento y de comunicar al Contratista, a través del Superintendente de Construcción de las disposiciones específicas de seguridad mencionadas en el párrafo anterior y las especificadas en el presente Reglamento, así como de gestionar lo correspondiente en caso de incumplimiento por parte del Contratista o del personal bajo su responsabilidad.

7.2. DE LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROQUIMICA

7.2.1. DEL PERSONAL TÉCNICO RESPONSABLE DEL ÁREA DE TRABAJO (Grupo Técnico).

7.2.1.a. Elaborar y analizar el o los permisos de trabajo correspondientes con los encargados del área involucrada, cuando el contrato de obra lo requiera.

7.2.1.b. Personal de mantenimiento, operación y seguridad industrial, debe participar en la supervisión de los trabajos del Contratista en el ámbito de su competencia, de tal manera que aseguren que dichas labores se efectúen en un ámbito de seguridad, orden y limpieza.

7.2.1.c. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para que los trabajos se desarrollen sin contratiempo por la Compañía.

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7.2.1.d. El personal técnico de CCSIPA o SCSIPA, tiene la responsabilidad de efectuar inspecciones no planeadas durante la ejecución de los trabajos, a fin de detectar actos y condiciones inseguras, así como de riesgos no previstos en las disposiciones antes mencionadas y notificará el resultado de las inspecciones al Residente de Obra y/o al Superintendente de Construcción, para que tomen acciones correctivas / preventivas.

7.2.1.e. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada la Compañía Contratista.

7.2.2. DE LAS BASES DE LA LICITACION Y OBRA.7.2.2.a. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra

que se elaboran en la entidad, se debe de incluir este Reglamento.

7.2.2.b. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se deben de incluir los procedimientos de seguridad, salud y protección ambiental, específicas y especiales; independientemente de las disposiciones generales de SSPA, contenidas en este Reglamento.

7.2. 3. DE LOS DAÑOS A LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUIMICA

7.2.3.a. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica no son responsables de daños por incendio, robo o fenómenos naturales que ocurran en las instalaciones o equipos de la Compañía, pero si por las afectaciones a Contratistas como consecuencia directa de sus operaciones.

7.2.3.b. Todo daño a las instalaciones imputable a los contratistas y/o proveedores será reparado inmediatamente por ellas mismas, sin cargo Pemex Petroquímica.

7.2.3.c. Cualquier trabajador de Pemex Petroquímica que tenga conocimiento de que los trabajadores de los contratistas y/o proveedores estén ejecutando labores riesgosas sin tomar en cuenta las medidas de seguridad necesarias, podrá ponerlo en conocimiento de su superior inmediato o de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, a fin de que se suspenda la ejecución del trabajo, mediante la intervención del Residente de Obra hasta que se adopten las medidas necesarias de seguridad, higiene y protección ambiental adecuadas, siendo el contratistas y/o proveedores responsable del retraso que con ello se genere, de conformidad en lo estipulado en el contrato del que se deriven dichos trabajos.

7.2.4. DE LOS ACCESOS A LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROUIMICA

7.2.4.a. Para el control de acceso a las instalaciones, la autoridad máxima de Seguridad Física del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe expedir pases firmados para cada uno de los trabajadores del Contratista, con vigencia establecida, especificando claramente el área o lugar donde debe laborar.

8. DISPOSICIONES GENERALES.

8.1. Para los trabajos a desarrollar, en la solicitud de pedido o de servicio, así como en el “ANEXO B” del contrato de obra, deberá incluirse un anexo en el cual se especifique que el contratista y/o proveedor se compromete a presentar una constancia sobre la capacitación de su personal en materia de seguridad industrial, salud y protección al medio ambiente certificada o autorizado por la Camara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC) u otra Organización de prestigio, certificada para poder otorgar capacitación en la materia.

8.2. Los contratistas y/o proveedores están obligados a capacitar, instruir y orientar a sus trabajadores sobre la manera más segura de ejecutar su trabajo y éstos de atender de manera obligatoria dichas indicaciones o recomendaciones.

8.3. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores deberán ejecutar sus labores de acuerdo a las normas que para la realización del trabajo contratado estén establecidas, y están obligados a acatar las instrucciones de seguridad, que se les indiquen en los permisos de trabajo correspondientes, de acuerdo al procedimiento 400-1100-ACSIPA-2400 vigente, emitido por la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección

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Ambiental de Pemex Petroquímica, así como de las Instrucciones Operativas Generales del Sistema de Administración Ambiental que apliquen.

8.4. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo que se dicten con la intervención de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, al igual que las medidas preventivas de seguridad, higiene y de protección al ambiente, que acuerden las autoridades competentes y las que indique Pemex Petroquímica, para protección personal de los trabajadores, instalaciones y ambiental.

8.5. Los contratistas y/o proveedores podrán contar con sistemas de gestión funcionando: de Calidad, Seguridad y Protección Ambiental bajo las normas o estándares que les apliquen. Y podrán demostrar que estos sistemas de gestión han sido implantados, lo que permite asegurar la calidad, seguridad y protección ambiental del servicio.

8.6. Los contratistas y/o proveedores serán responsables de que sus trabajadores utilicen el tipo de ropa y el equipo de seguridad adecuado, conforme se especifica en el numeral 7.1.5 de este reglamento, y según la obra de que se trate, además deberán proporcionarles a éstos los que a juicio del personal de CCSIPA o SCSIPA se requieran, esto último deberá estar especificado en el correspondiente permiso de trabajo.

8.7. Los contratistas y/o proveedores, deberán contar y llevar un programa de seguridad e higiene por escrito, durante el tiempo que dure el contrato o servicio, apegado a los programas de la instalación donde prestan dichos servicios o se lleva a cabo el contrato.

8.8. Los contratistas y/o proveedores deberán realizar previo al inicio de la obra o servicio y de la autorización de los permisos de trabajo peligrosos, un reconocimiento del área donde van a llevar a cabo sus trabajos, con el objeto de conocer e identificar la ubicación de los sistemas y equipos de protección, contra incendio y seguridad, así como los riesgos potenciales existentes en la misma, para ello contarán con la asesoría del responsable del área.

8.9. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo contenidas en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos vigente.

8.10. Las áreas donde se efectúen trabajos con riesgos, los contratistas y/o proveedores como mínimo deben ser acordonadas con cinta de barricada de 3.5” de ancho, fabricadas con polietileno de color amarillo, rojo o naranja de gran visibilidad, para impedir el paso a personas ajenas al área de trabajo y demás letreros alusivos a la seguridad necesarios.

8.11. Los contratistas y/o proveedores que se encuentren realizando labores en las instalaciones de Pemex Petroquímica, deberán identificarse cuando se le solicite ante cualquier trabajador técnico o supervisor de seguridad física de Pemex Petroquímica, exhibiendo para ello en todo momento su respectiva credencial y/o el pase de acceso personal.

8.12. Para los contratistas y/o proveedores, que ejecuten trabajos para Pemex Petroquímica y durante el tiempo que permanezcan en ésta, queda estrictamente prohibido lo siguiente:

a) El uso de ropa especificada para trabajadores de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios o Filiales.

b) No usar el equipo de protección personal ni adoptar las medidas preventivas de seguridad indicadas.

c) Dañar o alterar los avisos de seguridad o la propaganda alusiva fijada en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filiales

d) Fumar y encender fósforos dentro de las instalaciones, independientemente de que existan o no letreros indicando la prohibición.

e) Presentarse en las instalaciones en estado de embriaguez, con aliento alcohólico, bajo el influjo de drogas, enervantes y en general cualquier sustancia que altere los sentidos, Introducir o ingerir bebidas embriagantes, así como consumir narcóticos o drogas enervantes en el interior de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

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f) Portar armas de cualquier clase, se exceptúan los objetos punzantes y punzo cortantes que formen parte de las herramientas o útiles de trabajo.

g) Realizar bromas, fechorías, jugar y cualquier acto que altere el orden en el interior de las instalaciones.

h) Arrojarse herramientas o material para que lo reciba en el aire algún compañero.

i) Realizar trabajos sobre barriles o tambores de cualquier clase.

j) Pasar carretillas de mano, materiales, diablos, etc. sobre mangueras con aire comprimido o con agua de contraincendio, conductores o cables eléctricos o tuberías de gas o aire de alta presión, así como pisarlos o dejar caer objeto alguno sobre ellos, que impidan su adecuado funcionamiento.

k) Sujetar garruchas o diferenciales, de las estructuras de los techos para levantar o suspender maquinaria o piezas pesadas, si no están diseñadas para ello. Así como retenerse o apoyarse en soportes, tuberías, válvulas o cualquier clase de instrumento o equipo de las instalaciones, para efectuar maniobras.

l) Pasar por debajo de los autotanques, carrostanques o plataformas de ferrocarril, así como subirse y viajar en ellos si no son personal de la tripulación.

m) El uso de parrillas eléctricas, extensiones y cualquier dispositivo o aparato eléctrico que no sea a prueba de explosión.

n) Hacer fogatas o cualquier tipo de fuego en las proximidades de tanques de almacenamiento y/o equipos de líneas de proceso, salvo en los casos requeridos y previo trámite del permiso correspondiente.

o) Operar y manipular los hidrantes y monitores de la red de agua de Contraincendio para otro uso que no sea su fin.

p) Distraer a los demás trabajadores de sus ocupaciones.

q) Leer impresos durante las horas de labor.

r) Hacer inscripciones o dibujos en muebles o inmuebles de la compañía o de sus compañeros.

s) Ensuciar intencionalmente o por descuido o negligencia, los lugares donde prestan sus servicios, los baños, vestidores y demás locales de servicio.

t) Hacer propaganda de cualquier clase, vender o rifar mercancías dentro de las horas de labor.

u) Entrar o permanecer dentro de las instalaciones a horas que no les corresponde.

v) Escuchar radio en el lugar de trabajo.

w) Bañarse durante las horas de trabajo.

x) Ocupar el tiempo en cosas ajenas al trabajo.

y) Tomar alimentos fuera del lugar asignado y a la hora destinada para este fin.

z) Usar los sanitarios más tiempo del que normalmente se requiere.

aa) Efectuar operaciones de usura, apuestas o colectas durante las horas de servicio.

bb) Causar desorden dentro y a las puertas Pemex Petroquímica

cc) Mentir a sus superiores.

dd) Desobedecer las órdenes que reciban de sus superiores, aunque a juicio del trabajador sean equivocadas, salvo el caso que dichas órdenes contravengan Las Normas Básicas y los Procedimientos de Seguridad.

ee) Transportar en los estribos y parte exterior de los vehículos a trabajadores.

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ff) Estacionar vehículos fuera de las áreas autorizadas, así como obstaculizar el libre acceso a los extinguidores, equipo contraincendio y equipo de protección personal; bloquear maquinaria, materiales, salidas de emergencia y vías normales para el acceso del personal o el tránsito de vehículos.

gg) Utilizar vehículos que tengan los cristales de color oscuro o reflejantes.

hh) El uso de cámaras fotográficas ó vídeo, dentro de los Centros de Trabajo de Pemex Petroquímica sin la autorización expresa del Residente de Obra y/o Supervisor del centro de trabajo.

ii) Acceso de contratistas y/o proveedores, a las áreas industriales y de almacenamiento en operación, sólo podrán accesar con autorización expresa del personal encargado de los sitios.

jj) Todos aquellos actos u omisiones que a su juicio determine CCSIPA, en cada uno de los trabajos a realizar.

kk) Suspender el trabajo durante las horas del mismo, sin causa justificada.

ll) Abuso de confianza.

mm) Hacer mal trabajo, actuando con dolo.

nn) Provocar a riña o reñir dentro de los recintos de la Compañía.

oo) El deterioro intencional de propiedades de la Compañía, de compañeros o de tercera persona.

pp) Dormir dentro de las jornadas de trabajo.

qq) Perjuicio doloso a los compañeros en sus obras de labor, maquinaria, herramienta y útiles.

rr) No cumplir con los Procedimientos de Seguridad de Pemex Petroquímica.

ss) Robar materiales, útiles, herramientas, equipo, etc. propiedad de la compañía, vestuario y efectos personales, etc., propiedad de sus compañeros de trabajo o de terceras personas.

tt) Negarse el trabajador de manera manifiesta a adoptar las medidas preventivas de seguridad, a usar equipos de seguridad o a seguir los procedimientos indicados en general, para evitar accidentes o enfermedades.

uu) Operar o usar maquinaria o equipo que no le corresponde para sus labores o del que no haya recibido instrucciones acerca de su uso.

vv) Comunicar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación, de los cuales tenga conocimiento por razón del trabajo que desempeña.

8.13. En caso de incumplimiento a cualquiera de los artículos mencionados en el presente Reglamento, se procederá a la cancelación del pase y/o credencial de acceso a los trabajadores que hayan cometido la violación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

9.- DISCIPLINA.

9.1 Al encontrar a algún trabajador de la Compañía Contratista ejecutando actividades incumpliendo o violando las reglas de seguridad industrial, protección ambiental y/o higiene establecidas, se le impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente y amonestación, otorgándosele a la Compañía un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad y la exposición al riesgo que tenga su personal, para su corrección sin perjuicio de las sanciones en que incurra, de conformidad con los programas de trabajo.

9.2. Si algún trabajador de la Compañía Contratista es amonestado dos veces por la misma falta incumpliendo o violando las reglas de SSPA establecidas, se hará acreedor a no permitirle el acceso a la instalación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

9.1 Pemex Petroquímica, comunicará verbal y/o por escrito a la Contratista, las indisciplinas en que incurran sus trabajadores, a manera de que ésta proceda a corregir las anomalías en un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad.

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10. AUDITORIAS

10.1. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica se reservan el derecho de auditar el cumplimiento a lo estipulado en el presente reglamento, a través de las CCSIPA o SCSIPA, sin perjuicio de que los supervisores de dicha rama como representantes de Pemex Petroquímica hagan lo propio en el cumplimiento de su función, quedando facultados para suspender cualquier trabajo con riesgo que no se ejecute de conformidad con el presente documento.

10.2. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de los encargados en las instalaciones y/o equipos, tienen la facultad de prohibir el paso a sus instalaciones, a cualquier trabajador de la Compañía Contratista que carezca del equipo de protección personal mencionando en este reglamento, sin que esto represente un motivo de incumplimiento imputable a Pemex Petroquímica por el retraso de los trabajos, motivo de cada contrato.

10.3. Durante la realización de una auditoria por parte de Pemex Petroquímica, la Compañía Contratista brindará todas la facilidades y proporcionará la información que requiera el Auditor a efecto de que éste revise el cumplimiento de las normas contenidas en este reglamento, en el entendido de que cuando se detecte alguna anomalía, levantará un acta administrativa y pormenorizada en la que se describirá minuciosamente el incumplimiento. En dicha Acta, la Compañía Contratista asentará lo que en su derecho convenga, debiendo ser firmada por ambas partes y dos testigos. Si la Compañía se negara a firmar, se asentará este hecho. La falta de firma por parte de la Contratista, no invalidará este documento.

ANEXO 1RESUMEN ESTADISTICO MENSUAL SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO (GS-1)

a) Compañía

b) Dirección y teléfono

c) Informe correspondiente al mes del 200

d) Total mensual de accidentes de trabajo con pérdida de tiempo

e) Total mensual de accidentes de tránsito con pérdida de tiempo

f) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente

g) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente

h) Total mensual de casos pagados de muerte por accidente

i) Total mensual de días perdidos por incapacidad

j) Total mensual de días indemnizados por incapacidad parcial permanente y total permanente

k) Importe total mensual de salarios y prestaciones pagados por incapacidad

l) Importe total mensual de gastos por servicios médicos proporcionado a los trabajadores accidentados

m) Importe total mensual de las indemnizaciones pagadas por riesgos de trabajo

n) Total mensual de horas hombre laboradas

o) En la ciudad de a de del 200

p) Nombre, firma y cargo.

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ANEXO 2

REPORTE DE ACCIDENTES PERSONALES Y/O INDUSTRIALES DE COMPAÑIAS CONTRATISTAS

a) Lugar Fecha

b) Nombre N°. De identificación

c) Clasificación o categoría Edad

d) Nombre de la Compañía

e) Tiempo que tiene laborando en la Compañía

f) Relato del accidente

g) Se autorizó y supervisó el trabajo con riesgo SI NO

h) En caso afirmativo, nombre del Supervisor que autorizó el trabajo con riesgo:

A) Operativo:

B) Construcción y/o Mantenimiento:

C) S.I.P.A.:

i) Lugar donde ocurrió el accidente:

j) Daños a la instalación de Pemex Petroquímica

k) Lesiones al trabajador

l) Lugar donde se atendió al trabajador

m) Nombre del médico que atendió

n) Institución o servicio médico

o) Nombre del personal de Pemex Petroquímica (SIPA) que tuvo conocimiento del accidente

p) Cuantificación de daños

q) Fecha de reporte a S.I.P.A.

r) Representante de la Compañía:

Nombre: Cargo:

Forma de distribución:

ORIGINAL.-CCSIPA o SCSIPA

COPIA.-OPERATIVO

COPIA.-CONSTRUCCION Y/O MANTENIMIENTO.

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DOCUMENTO 19

MODELO DE MANIFESTACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES TRATÁNDOSE DE LICITANTES NACIONALES.

(Lugar y Fecha): ______________, a ___ de______________de__________.

PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOSPRESENTE

__________________________en mi carácter de (Apoderado o Representante Legal) con Registro Federal de Contribuyentes Clave _________________________y correo electrónico ______________de la Empresa denominada _____________________con Registro Federal de Contribuyentes clave ____________,cuya actividad Preponderante es _______________________y con domicilio Fiscal en _________________.Que como resultado de (señalar el procedimiento de Adjudicación utilizado) _______________________________respecto del contrato número _____________(adquisiciones de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obras públicas)_______,con un monto de (______________) sin incluir I. V. A., por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que mi representada:

A través de la página de Internet del SAT en la opción “Mi Portal” con la clave CIEF correspondiente, he obtenido el documento vigente respecto al cumplimiento de mis obligaciones fiscales (acuse de recepción) expedido por el SAT en los términos señalados en las Reglas 1.2.1.15 y II.2.1.12 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 01 de Julio de 2011 (Resolución Miscelánea Fiscal para 2011).

Asimismo me obligo a entregar a esta Entidad, la opinión emitida por el SAT.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

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DOCUMENTO 20

FORMATO DE MANIFESTACIÓN PARA LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE NO ESTÉN OBLIGADOS A PRESENTAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL RFC, NI LOS AVISOS AL MENCIONADO REGISTRO Y QUE NO ESTÉN OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIONES PERIÓDICAS EN MÉXICO, REFERENTE AL ULTIMO PARRAFO REGLA 1.2.1.16 DE LA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELÁNEA FISCAL PARA 2012, (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN PUBLICADO EL 28 DE DICIEMBRE 2011.

(Papel membretado del proveedor)

(Lugar y Fecha): _______________. a __de___________de____.

PEMEX PETROQUÍMICA______________________________:______________________________PRESENTE

[ Escribir el Nombre de Representante o Apoderado Legal ], R.F.C. [ Escribir el RFC del Representante o Apoderado Legal ] _, correo electrónico:_[del Representante o Apoderado Legal]_ en mi carácter de _____[cargo]_________, de la Empresa denominada (Nombre, Denominación o Razón Social), cuyo domicilio fiscal es: __(domicilio fiscal de la empresa)____, Clave de RFC: _(escribir el RFC de la empresa), cuya actividad preponderante es: , el contrato No.______________________ fue adjudicado por un importe máximo total de ____________________________________sin incluir I.V.A, tipo de moneda del contrato:________________, por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto lo siguiente:

Que mi representada no se encuentra obligada a presentar:

La solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro;

La declaración anual del ISR por los dos últimos ejercicios fiscales; así como de los pagos mensuales del IVA y retenciones de ISR de los últimos 12 meses anteriores al penúltimo mes a aquél en que se presente el escrito.

Declaraciones periódicas en México.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

La presente carta tendrá que actualizarse con los ajustes necesarios cuando: 1. El Proveedor se trate de una persona física, ajustando el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 21

SOLICITUD DE EMISIÓN DE COMPROBANTES FISCALES POR CONCEPTO DE COMPRA DE BASES DE LICITACIONES.

No. de Solicitud: _______(1)_________

Fecha: _______(2)__________

SOLICITANTE: ______________________________(3)______________________________________________R.F.C.: ______________________________(4)______________________________________________

DOMICILIO FISCAL:CALLE Y NÚMERO: __________________________(5)________________________________________________COLONIA: ___________________________________(6)_______________________________________________LOCALIDAD Y MUNICIPIO: ____________________(7)_________________________________________________ESTADO Y CÓDIGO POSTAL: ___________________(8)________________________________________________

NÚMERO DE LICITACIÓN Y DESCRIPCIÓN: __________________________(9)___________________________________________________________________________________________________________________________________

CANTIDAD: ______(10)__________ TIPO DE MONEDA: _____(11)_____IMPORTE SIN IVA: _______(12)_________ IMPORTE DEL IVA: ______(13)____IMPORTE TOTAL: ______(14)__________TIPO DE PAGO: ______(15)__________ CUENTA BANCARIA: ____(16)_____

DEBERÁN ANEXAR COPIA DE LOS DOCUMENTOS: REGISTRO FEDERAL DE CAUSANTES (RFC) COMPROBANTE DEL DEPÓSITO DE PAGO

CORREO ELECTRÓNICO DEL SOLICITANTE: _________________________________________________

LOS DATOS CONSIGNADOS EN ESTE DOCUMENTO SON DE EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE QUIÉN LOS PROPORCIONA

Autorizó: Recibe:

________(17)_________ ________(18)_________

NOTAS: LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REQUIERAN COMPROBANTE FISCAL DEBERÁN ESTAR REGISTRADAS EN EL CATALOGO DE CLIENTES DEL ORGANISMO, EN CASO CONTRARIO DEBERÁN SOLICITAR SU ALTA CON 24 HORAS DE ANTICIPACIÓN AL PAGO DE BASES.

DEBERÁN ENVIAR LA SOLICITUD Y DOCUMENTOS REQUERIDOS EN EL HORARIO DE 8:30 A 13:00 HORAS DEL DÍA EN QUE SE REALICE EL PAGO.

PARA SER LLENADO POR PEMEX-PETROQUÍMICA

Instructivo para el llenado del documento

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NUMERO DESCRIPCIÓN NUMERO DESCRIPCIÓN

1Anotar el número de solicitud empleando 6 dígitos, 3 para el foliador y 3 para el número consecutivo. Ejemplos: COS 001, CAN 003

10Se deberá indicar el número de licitaciones para la emisión del comprobante fiscal.

2 La fecha se pondrá con 2 dígitos para el día, 2 dígitos para el mes y 4 para el año; ejemplo: 15-04-2012. 11 Deberá de contener las abreviaturas para pesos (M.N.)

y para dólares (USD) según sea el caso.

3Nombre completo de la persona física o moral que solicita el comprobante fiscal. Ejemplo: CONSTRUCCIONES GRUPE VÉRTICE, S.A. DE C.V.

12Anotar el importe total por el que se elaborará el documento sin IVA.

4 Registro Federal de Contribuyentes de la persona física o moral completo. Ejemplo: CGV060808GH0. 13 Anotar el importe del IVA que debe contener la factura.

5Domicilio fiscal proporcionado por el cliente o proveedor que incluye calle, número exterior y en su caso, interior. Ejemplo: Carrillo Puerto #307 Interior 03.

14Anotar el total del importe de la operación que debe contener la factura.

6

Colonia en donde se ubica el domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Colonia Vistalmar. 15

Anotar el tipo de pago que realiza (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheques nominativos, tarjetas de débito, de crédito): INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT.

7

Localidad o Delegación Política y Municipio del domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Villa de Allende, Coatzacoalcos. 16

Deberá anotar los 4 últimos números de la cuenta o de la tarjeta con que la que se realiza el pago correspondiente: INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT.

8 Estado y código postal del domicilio del cliente. Ejemplo: Veracruz, C.P. 96529 17 Nombre y firma de la persona Física o Moral que

solicita la generación del documento.

9 Número de evento por el que se elabora el documento fiscal y deberá indicar la descripción del bien. 18 Nombre, firma y cargo del personal de Pemex-

Petroquímica que recibe la solicitud del documento.

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DOCUMENTO 22

Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados

1. Definiciones.

1.1. Bien Nacional: los Bienes de Fabricación Nacional y que cuenta con el Grado de Integración Nacional

previsto en el apartado 3.

1.2. Fabricación Nacional: el proceso productivo que consiste en realizar dentro del territorio nacional, la

Transformación Sustancial de Insumos, partes o componentes nacionales o importados para obtener

un bien final nuevo.

1.3. Fabricante del Bien: la persona física o moral que produce los bienes suministrados por el proveedor a

(PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO).

1.4. Grado de Integración Nacional: el grado específico de contenido nacional de los bienes adquiridos,

medido de acuerdo a lo establecido en el apartado 2 de este documento.

1.5. Insumos: las materias primas, partes y componentes utilizados en la fabricación de un bien.

1.6. Insumos Indirectos: los Insumos utilizados en la producción, verificación o inspección de un bien, pero

que no están físicamente incorporados a él; o los bienes que se utilizan para el mantenimiento u

operación de maquinarias y equipos relacionados con la producción de un bien, tales como:

1.6.1. Combustibles y energía.

1.6.2. Herramientas, troqueles y moldes.

1.6.3. Refacciones y materiales utilizados en el mantenimiento de equipo y edificios.

1.6.4. Lubricantes, grasas, materiales de mezcla y otros materiales utilizados en la producción o para

operar el equipo o los edificios.

1.6.5. Guantes, anteojos, calzado, ropa, equipo y aditamentos de seguridad.

1.6.6. Equipo, aparatos y aditamentos utilizados para la verificación o inspección de los bienes.

1.6.7. Catalizadores y solventes, y

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1.6.8. Cualesquiera otros bienes que no estén incorporados en el bien, pero cuyo uso en la producción

del bien pueda demostrarse razonablemente.

1.7. Material Fungible: el material que se consume con el primer uso.

1.8. Oferta de Bienes de Importación Cubiertos por Tratados. la propuesta mediante la cual se oferten

bienes originarios de algún país parte de dichos Tratados, de conformidad con las reglas de origen

aplicables.

1.9. Procesamiento Menor: las operaciones que no producen una Transformación Sustancial de un bien

tales como:

1.9.1. El ensamble simple, es decir el proceso de juntar cinco o menos partes, todas extrajeras

(excluyendo sujetadores tales como tornillos, pernos, etc.) por medio del atornillado, pegado,

soldado, cosido o por otros medios

1.9.2. La simple dilución en agua o en otra sustancia que no altere materialmente las características del

bien.

1.9.3. La limpieza, inclusive la remoción de óxido, grasa, pintura u otros recubrimientos.

1.9.4. La aplicación de revestimientos preservativos o decorativos, incluyendo lubricantes,

encapsulación protectora, pintura decorativa o preservativa, o revestimientos metálicos.

1.9.5. El rebajado, limado o cortado de pequeñas cantidades de materiales excedentes.

1.9.6. La descarga, recarga o cualquier otra operación necesaria para el mantenimiento del bien en

buena condición.

1.9.7. La dosificación, empaque, re-empaque, embalaje y re-embalaje.

1.9.8. Las operaciones de prueba, marcado, ordenado, o clasificado.

1.9.9. Las reparaciones y alteraciones, lavado o esterilizado.

1.10. Proveedor Directo del Fabricante: la persona que suministra al Fabricante del Bien las materias primas,

partes o componentes que integran el bien suministrado a (PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO).

1.11. Proveedor Indirecto del Fabricante: la persona física o moral que suministra a un Proveedor Directo del

Fabricante materias primas, partes o componentes las cuales se integran al bien suministrado a

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(PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO).

1.12. Tratados. Los acuerdos de libre comercio suscritos por México que contengan disposiciones que

regulen la participación de proveedores extranjeros en procedimientos de contratación realizadas por

las dependencias y entidades sujetas al cumplimiento de las obligaciones previstas por los mismos

para la compra de bienes.

Dentro de la definición anterior, quedan comprendidos los Tratados que a continuación se citan:

1.12.1.Tratado de Libre Comercio de América del Norte, Capítulo X, publicado en el Diario Oficial de la

Federación el 20 de diciembre de 1993;

1.12.2.Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la

República de Venezuela, Capítulo XV, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero

de 1995 (a partir del 19 de noviembre de 2006, Venezuela ya no participa en dicho tratado);

1.12.3.Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica,

Capítulo XII, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 1995;

1.12.4.Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de

Nicaragua, Capítulo XV, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 1998;

1.12.5.Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Estado de Israel, Capítulo VI,

publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2000;

1.12.6.Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos

Mexicanos y la Comunidad Europea y sus estados miembros, Título III, publicado en el Diario

Oficial de la Federación el 3 de abril de 2001;

1.12.7.Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la Asociación

Europea de Libre Comercio, Capítulo V, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de

junio de 2001;

1.12.8.Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el

Japón, Capítulo 11, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2005;

1.12.9.Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Chile, Capítulo 15-

bis, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de octubre de 2008.

1.13. Transformación Sustancial: a diferencia del Procesamiento Menor, implica la producción que da como

resultado un bien nuevo y diferente, con un nuevo nombre, nuevas características y nuevo uso.

2. Cálculo del Grado de Integración Nacional

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2.1. El Grado de Integración Nacional de los bienes estará dado por la siguiente fórmula:

GINB= ( 1 - ( VIB / VTB )) * 100

Donde:

GINB es el Grado de Integración Nacional del bien suministrado

VTB es el valor total del bien suministrado

VIB es el valor total de las importaciones utilizadas para la fabricación del bien, incluyendo Insumos y

corresponde a la suma de:

a) El valor de los Insumos importados por el Fabricante del Bien y que se incorporan al bien

suministrado a (PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO). Dicho valor será igual al valor

declarado al momento de realizar la importación adicionando, en caso de que no se

encuentren incluidos en el valor declarado, los siguientes rubros:

i. Los fletes, seguros y todos los demás costos en que se haya incurrido para el

transporte del Insumo hasta el punto de importación.

ii. Los aranceles, impuestos indirectos y gastos por los servicios de agencias aduanales.

b) El valor de los Insumos importados por Proveedores Directos del Fabricante, que los venden

al Fabricante del Bien en el mismo estado en que los importaron y que se incorporan al bien

suministrado a (PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO). Dicho valor será el precio pagado

por el Fabricante del Bien al Proveedor Directo del Fabricante, más impuestos indirectos. En

caso de que no estuviesen considerados en el precio, se incluirán los costos de seguros y

fletes incurridos al transportar dichos Insumos a la planta del Fabricante del Bien.

2.2. Los bienes fabricados fuera de territorio nacional tendrán un Grado de Integración Nacional igual a

cero.

2.3. La compra de los Insumos en territorio nacional no significa que los mismos hayan sido producidos en

territorio nacional.

2.4. Los Insumos cuyo origen no pueda acreditarse, deberán considerarse como importados.

2.5. Cualquier parte o componente producido fuera de territorio nacional será considerado como importado

en su totalidad, sin importar que en su proceso de elaboración se hayan utilizado Insumos nacionales.

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2.6. Los Insumos Indirectos utilizados en la fabricación de bienes en territorio nacional se considerarán

100% nacionales.

2.7. Si en la elaboración del bien se utilizan Materiales Fungibles, se deberá utilizar un método de manejo

de inventarios (PEPS, UEPS, etc.), para determinar si dichos Materiales Fungibles son nacionales o

importados.

2.8. Los accesorios, las refacciones y las herramientas entregados con el bien no se tomarán en cuenta

para efectos del Cálculo del Grado de Integración Nacional.

3. Acreditación de Bienes Nacionales

3.1. Para el caso en que los licitantes deseen ofertar Bienes Nacionales, los bienes deberán ser de Fabricación

Nacional y contar con un Grado de Integración Nacional (determinado de acuerdo a lo establecido en el

apartado 2 de este documento) de cuando menos sesenta y cinco por ciento (65%),

3.2. Las excepciones al apartado anterior se detallan en los apartados 3.5 y 3.6.

3.3. Los licitantes deberán acreditar todas las partidas que oferten Bienes Nacionales, incluyendo en sus

proposiciones un escrito en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que:

3.3.1. Los bienes que ofertan en las partidas respectivas y que entregarán, serán de Fabricación

Nacional y contendrán como mínimo el Grado de Integración Nacional establecido en el apartado

3.1.

3.3.2. Que están de acuerdo en que, en caso de ser requerido, exhibirán la información documental y/o

permitirán la inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes ofertados y

suministrados, a fin de que se compruebe el cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de

Integración Nacional de dichos bienes.

3.4. Los licitantes podrán presentar la manifestación prevista en el apartado anterior en escrito libre, o utilizando

el documento 22-A del presente documento.

3.5. Los casos de excepción al Grado de Integración Nacional mínimo requerido para acreditar Bienes

Nacionales, establecido en el apartado 3.2, son los siguientes:

GIN

Subsector: Aparatos y equipos electrónicos de audio y video.

Amplificadores, audífonos, auriculares, bocinas, cajas acústicas (bafles),

ecualizadores, micrófonos, preamplificadores, radios portátiles.30%

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GIN

Subsector: Aparatos y equipos electrónicos de audio y video.

Subsector: Equipos y aparatos para comunicaciones eléctricas

(telecomunicaciones).

Antenas parabólicas, aparatos telefónicos, centrales telefónicas, conmutadores

telefónicos, contestadores telefónicos, equipos carrier, equipos de facsímil, equipos

de microondas, equipos de ondas portadoras, equipos de transmisión y recepción

telefónicos, equipos receptores de VHF y UHF (radiolocalizadores), equipos

trasreceptores fijos o móviles en BLU, VHF y UHF, sistemas de transmisión de

microondas vía satélite.

35%

Subsector: Equipos de grabación.

Equipos de grabación profesional, radiograbadoras, videograbadoras. 30%

Subsector: Equipos y aparatos de electrónica industrial y científica.

Aparatos controladores de flama; balanzas; cargadores de baterías; equipos de

medición y control en general; equipos de ultrasonido; equipos rectificadores;

fuentes de alimentación; generadores de barrido y de señales de radio, audio y

video; manómetros; multímetros; osciloscopios; pirómetros; reguladores de voltaje;

sistemas de energía ininterrumpida; termómetros

30%

Subsector: Máquinas y equipos electrónicos para oficina y comercio.

Calculadoras, máquinas de escribir, fotocopiadoras, básculas, alarmas, sirenas,

timbres.30%

Subsector: Manufacturas eléctricas.

Conductores eléctricos de aluminio. 20%

Subsector:

Placas radiográficas. 40%

Tractores agrícolas. 30%

Tubos de acero al carbón con soldadura helicoidal en espesores mayores a 0.500

pulgadas.

20%

Tubos de acero al carbón con soldadura recta en diámetros de 20 y 24 pulgadas. 20%

3.6. Los vehículos automotores ligeros nuevos y los vehículos de autotransporte pesados nuevos serán

considerados como Bienes Nacionales aun cuando no acrediten los requisitos establecidos en el apartado

3.1, siempre y cuando los licitantes que los oferten incluyan en sus ofertas técnicas un escrito conjunto del

licitante y la empresa fabricante o ensambladora, en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad, en el

primer caso (vehículos automotores ligeros nuevos), que los modelos que ofertan y suministrarán se

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encuentran incluidos en el “Registro de Empresa Productora de Vehículos Automotores Ligeros Nuevos” y

en el segundo caso (vehículos de autotransporte pesados nuevos), que la empresa fabricante o

ensambladora cuenta con “Programa de Promoción Sectorial de la Industria Automotriz y de Autopartes”,

en el Sector XIX inciso a), en ambos casos, vigente ante la Secretaría de Economía al momento de

presentar su oferta. En el escrito conjunto referido deberán indicar los siguientes datos:

3.6.1. El número de registro o programa y la fecha de expedición del mismo;

3.6.2. Que los vehículos y modelos de que se trate están incluidos en el citado registro o programa, y

3.6.3. Que el Licitante y el Fabricante del Bien, cumplen con la legislación aplicable vigente.

4. Acreditación de Bienes de Importación Cubiertos por Tratados

4.1. Los licitantes con Oferta de Bienes de Importación Cubiertos por Tratados, deben incluir en sus

proposiciones un escrito en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad que cada uno de los bienes

de importación que ofertan en las partidas correspondientes son originarios de alguno de los países con

los que México ha suscrito cualesquiera de los Tratados a que se refiere el apartado1.12 del presente

anexo, por cumplir con las reglas de origen aplicable a dichos Tratados. Los licitantes podrán presentar

las manifestaciones en escrito libre o utilizando el documento 22-B del presente documento.

5. Aplicación del margen de preferencia en el precio de los Bienes Nacionales, respecto del precio de

los bienes de importación

5.1. No será aplicable el margen de preferencia

6. Declaración del Grado de Integración Nacional

6.1. Independientemente de que el proveedor haya ofertado Bienes Nacionales o no, deberá entregar de

manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual manifieste, bajo

protesta de decir verdad, el nombre del Fabricante del Bien y el resultado del cálculo del Grado de

Integración Nacional de los bienes suministrados. Esta manifestación deberá ser entregada en el

documento 22-C incluido en este documento.

6.2. En caso de que el proveedor no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito indicado en el

apartado anterior, el proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y

estadísticos, un escrito en el que el Fabricante del Bien manifieste, bajo protesta de decir verdad, el

Grado de Integración Nacional del bien suministrado. Esta manifestación deberá ser entregada en el

documento 22-D incluido en este documento.

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6.3. Las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a que hacen referencia los apartados 6.1 y 6.2,

deberán ser proporcionadas para cada una de las partidas suministradas y formarán parte de la

documentación que se entrega en la inspección de los bienes, debiéndose entregar también una copia

del escrito al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes.

6.4. En el caso de los bienes fabricados en el extranjero, en el escrito referido en el apartado 6.1, el

proveedor establecerá que el Grado de Integración Nacional del Bien es igual a cero y no requerirá

presentar el escrito del Fabricante del Bien que se indica en el apartado 6.2.

6.5. El proveedor está obligado a conservar durante seis meses a partir de la entrega de los bienes, la

información que le permita sustentar en todo momento el contenido y la veracidad de las

manifestaciones a las que se refieren los apartados 6.1 y 6.2 de este documento, incluso la

proporcionada por los Fabricantes de Bienes o comercializadores, para que dicha información sea

presentada cuando le sea requerida por motivo de una inspección.

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DOCUMENTO 22-A

FORMATO QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES PARA ACREDITAR BIENES NACIONALES, DE ACUERDO AL APARTADO 3.3 DEL DOCUMENTO 22 “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS”.

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________ PRESENTE.

Me refiero al procedimiento de _____(3)_____ número ___(4)___ en el que mi representada, la empresa ____________(5)____________ participa a través de la presente propuesta.

Sobre el particular, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, los bienes que oferto y suministraré en la(s) partida(s) ___(6)___ de mi propuesta, será(n) de Fabricación Nacional y contará(n) con un Grado de Integración Nacional de cuando menos el __(7)__% (o __(8)__% como caso de excepción).

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en dicho documento y en este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una comprobación del cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de los bienes aquí ofertados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los bienes.

Atentamente

_______________(9)_______________

Instrucciones para llenado

NUMERO DESCRIPCION1 Señalar la fecha de suscripción del documento2 Anotar el nombre de (PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO)3 Indicar el Procedimiento de Contratación de que se trate4 Indicar el número del Procedimiento de Contratación5 Citar el nombre o razón social del licitante6 Indicar los números de partida con oferta de bienes nacionales7 Indicar el porcentaje requerido en el apartado 3.1 del anexo referido8 Indicar el porcentaje correspondiente a las excepciones establecidas en los

apartados3.5y 3.6del anexo referido9 Anotar el nombre y firma del representante legal del licitante

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DOCUMENTO 22-B

FORMATO QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE OFERTEN BIENES DE IMPORTACIÓN CUBIERTOS POR TRATADOS, DE ACUERDO AL APARTADO 4.1 DEL DOCUMENTO 22 “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS”.

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________

PRESENTE.

Me refiero al procedimiento de _____(3)_______ número ___(4)___ en el que mi representada, la empresa ____________(5)____________ participa a través de la presente propuesta.

Sobre el particular, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto y suministraré en la(s) partida(s) ___(6)___ de mi propuesta, serán originarios de ______(7)______, país que tiene suscrito con México el Tratado de Libre Comercio _______(8)______, de conformidad con la regla de origen aplicable de dicho tratado, en materia de contratación pública.

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que ante una comprobación del cumplimiento de las reglas de origen de los bienes, me comprometo a proporcionar la información que me sea requerida por la instancia correspondiente y que permita sustentar en todo momento la veracidad de la presente, para lo cual conservaré dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los bienes.

Atentamente

_______________(9)_______________

Instructivo de llenado

NUMERO DESCRIPCION1 Señalar la fecha de suscripción del documento2 Anotar el nombre de (PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO)3 Indicar el Procedimiento de Contratación de que se trate4 Indicar el número del Procedimiento de Contratación5 Citar el nombre o razón social del licitante6 Señalar los números de partida que correspondan7 Indicar el nombre del país de origen de los bienes8 Indicar el nombre del tratado de libre comercio bajo la cobertura del cual

se realiza el procedimiento de contratación9 Anotar el nombre y firma del representante legal del licitante.

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DOCUMENTO 22-C

FORMATO PARA LA DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES QUE DEBERÁ PRESENTAR EL PROVEEDOR, DE ACUERDO AL APARTADO 6.1 DEL DOCUMENTO 22 “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS”.

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________

PRESENTE.

Me refiero al contrato No. _____(3)_____ que fue adjudicado a mi representada, la empresa ____________(4)____________ .

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 6.1 del documento referido, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes entregados cuentan con el Grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla:

Partida Descripción del Bien Fabricante del Bien GIN

(5) (6) (7) (8)

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una comprobación del Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información por seis meses a partir de la entrega de los bienes.

Atentamente

_______________(9)_______________

Instructivo para llenado

NUMERO DESCRIPCION1 Señalar la fecha de suscripción del documento2 Anotar el nombre de (PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO)3 Indicar el número de Contrato4 Citar el nombre o razón social del proveedor5 Señalar el número de partida que corresponda6 Indicar la descripción del bien suministrado7 Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien8 Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración

Nacional de acuerdo al apartado 2 de este anexo9 Anotar el nombre y firma del representante legal del proveedor

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Número interno 2008465

DOCUMENTO 22-D

FORMATO PARA LA DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES, QUE DEBERÁ PRESENTAR EL FABRICANTE DEL BIEN, DE ACUERDO AL APARTADO 6.2 DEL DOCUMENTO 22 “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS”.

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________

PRESENTE.

Me refiero al contrato No. _____(3)_____ que fue adjudicado a la empresa ____________(4)____________ .

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 6.2 del documento referido, el que suscribe ____________(5)____________manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los Bienes que hemos fabricado y suministrado a la empresa ____________(4)____________cuentan con el Grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla:

Partida Descripción del Bien GIN

(6) (7) (8)

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una comprobación del Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los bienes.

Atentamente

_______________(9)_______________

Instructivo para el llenado

NUMERO DESCRIPCION1 Señalar la fecha de suscripción del documento2 Anotar el nombre de (PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO)3 Indicar el número de Contrato4 Citar el nombre o razón social del proveedor5 Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien6 Señalar el número de partida que corresponda7 Indicar la descripción del bien suministrado8 Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración

Nacional de acuerdo al apartado 2 de este documento9 Anotar el nombre y firma del representante legal del

Fabricante del Bien.

Bases de Adquisición de Bienes. (VERSION FINAL 01 DE AGOSTO DE 2012) Página 142

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Materiales

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