+ All Categories
Home > Documents > ataci 112

ataci 112

Date post: 23-Jun-2015
Category:
Upload: marcos-eisenbeil
View: 216 times
Download: 11 times
Share this document with a friend
Popular Tags:
36
Transcript
Page 1: ataci 112
Page 2: ataci 112
Page 3: ataci 112

PPRROODDUUCCCCIIÓÓNN IINNTTEEGGRRAALL

[email protected]

IIMMPPRREESSIIÓÓNN

Mariano Mas S.A. Perú 555, C.A.B.A.

Los artículos firmados son responsabilidad de sus autores y no presume que ATACI ni susempresas integrantes compartan necesariamentesus opiniones. La reproducción de artículos es permitida con mención de la fuente. Nº 112 Mayo/Junio 2009 11

SSuummaarriiooANDESMAR CARGAS S.A.AVELLI S.A.BARTOLONI S.A.CARREÑO Y MOLINA S.R.L.C.D.C. S.A.DISTRIBUIDORA METROPOLITANA S.R.L.DON PEDRO S.R.L.EL AGUILA S.A.EL GAUCHO ARGENTINO S.A.EOS TRANSPORTE Y LOGISTICA S.R.L.EXPRESO EL AGUILUCHO S.A.EXPRESO MAGNONEEXPRESO RUTA 12 S.A.EXPRESO SAUER S.A.EXPRESO TRONADOR S.A.FURLONG S.A.F.J.W.S.A.T.KRAFT CARGO S.A.MANDERLY S.A.MESSINA S.A.T.OSVALDO GARCIA E HIJO S.A.PAÍS OLANO S.A.PETROVALLE S.A.T.RIGATOSSO HNOS. S.A.RYDER LOGISTICA LTDA.SAENZ ALBERTO O.SERVICARGO INTERNACIONAL S.A.TINMER S.A.TRADELOG S.A.TRANCER S.R.L.TTAMGO S.A.TRANSPORTE BOLIVIA S.A.TRANSPORTE LAURENZANO S.A.TRANSPORTES EDAR S.A.TRANSPORTES KÖNIG S.A.TRANSPORTES LO VUOLO S.R.L.TRANSPORTES MESSINA S.A.TRANSPORTES ORLANDO D. MENCONITRANSPORTES RAMON RODRIGUEZTRANSPORTES ROCE S.A.TRANSPORTES TAYARTRANSPORTES VERNAZZAVANAR S.A.

DM INTERNACIONALNTRA. SRA. DE ASUNCIÓN C.I.S.A.TNT MERCURIO

44XXXVII Reunión del Subgrupo deTrabajo N°5, realizado en Asunción,

Paraguay

EEmmpprreessaass aassoocciiaaddaass

Internacionales

Presidente:

EEdduuaarrddoo LL.. FFuurrlloonnggTTrraannssppoorrtteess FFuurrlloonngg SS..AA

Vicepresidente:

EEsstteebbaann CCaanntteerroossTTttaammggoo SS..AA..

Secretario:

KKuurrtt MMiicchhuulleettzz EEmmddeenn EExxpprreessoo TTrroonnaaddoorr SS..AA..

Tesorero:

JJuulliioo CCééssaarr SSaarrddiiVVaannaarr SS..AA..

Vocales Titulares:

AArriieell OOnngguuiinnooEExxpprreessoo EEll AAgguuiilluucchhoo SS..AA..

FFeerrnnaannddoo MMeennccoonniiTTrraannssppoorrttee OOrrllaannddoo DD.. MMeennccoonnii

SSiillvviiaa FFeerrnnáánnddeezzFFJJWW SSAATT

DDaanniieell ZZeeffffiirrooCCDDCC SS..AA..

Vocales Suplentes:

MMaarriioo BBaaddaalloonniiAAnnddeessmmaarr CCaarrggaass SS..AA..

JJoosséé SSiillvvaaPPeettrroovvaallllee SS..AA..TT..

Revisor de Cuentas Titular:

OOssvvaallddoo GGaarrccííaaTTrraannssppoorrttee OOssvvaallddoo GGaarrccííaa ee HHiijjoo SS..AA..

Revisor de Cuentas Suplente:

GGuussttaavvoo MMaaccííaassSSeerrvviiccaarrggoo IInntteerrnnaacciioonnaall SS..AA..

ATACI - Administración: Sanchez de Bustamante 54, 1º pisoC1173AAB Ciudad de Buenos Aires Tel: (54-11) 4860-7780Fax: (54-11) 4860-7785E-mail: [email protected]

CCoommiissiióónnDDiirreeccttiivvaa ddeeAA..TT..AA..CC..II..

NNºº 111122

MMaayyoo

JJuunniioo

22000099

1166Aduanas – Sistema InformaticoSintia– Resolución 2619

114434° Reunión del Condesur

2200Tiempo de conducción.Código Nacional de Tránsito de

Brasil

2222Aclarando dudas

1100VII Encuentro Iberoamericanode transporte, realizado en

Marbella, España

Rincón del Transportista

2244Tránsito en Argentina

2266Complejo Aduana de Uspallata

2288Registros aduaneros

Page 4: ataci 112

Editorial

Nº 112 Mayo/Junio 200922

Durante los últimos meses, se han venido con-cretando una serie de medidas diseñadas en

MERCOSUR, específicamente en el ComitéTécnico Aduanero (CT2), con el objetivo delograr una mayor comunicación entre losEstados Partes, y sin dudas, pensando en el futu-ro Código Aduanero regional, como así también,-esperamos-, considerando alcanzar en un plazono muy lejano, la tan anhelada “facilitación fron-teriza”, un objetivo largamente reclamado por lasEntidades del CONDESUR (Consejo Empresarialdel Transporte de Cargas por Carreteras delMERCOSUR).

En tal sentido, durante la XXXVII Reunión delSubgrupo de Trabajo Nº5 del MERCOSUR, lleva-da a cabo en la Ciudad de Asunción (Repúblicadel Paraguay), del 27 al 29 de mayo próximopasados, se produjo una Reunión Conjunta entreel CT2 y el Subgrupo de Trabajo Nº 5, (SGT 5), enla cual se plantearon un grupo de preguntas queinvolucran temas claves para el normal desarro-llo de los nuevos mecanismos aduaneros, y quenecesariamente deben ser coordinadas por lasautoridades de los dos ámbitos.

El día 2 de junio del corriente año se puso envigencia el Sistema Informático del TránsitoInternacional Aduanero (SINTIA), entre laRepública Argentina y sus vecinos Chile yParaguay. Este “test case” será un camino detransición hacia una implementación plenaentre todos los países del MERCOSUR en elmediano plazo.

Como todos los cambios, la implementación delSINTIA ha generado, - y genera aún- algunasresistencias “teóricas” y muchos problemasprácticos, los cuales esperamos vayan resolvién-dose en el más corto plazo. Aún así, debe desta-carse la muy buena predisposición de los funcio-narios de la Dirección General de Aduanas y dela Administración Federal de Ingresos Públicos, -especialmente del Área Informática-, para escu-char y responder las consultas, así como pararesolver los problemas operativos en fronteras.Del mismo modo, la Subsecretaría de TransporteAutomotor, que actuó como articulador entre losreclamos del sector privado y la negativa de laAduana en postergar la puesta en vigencia delnuevo Sistema.

EELL SSIINNUUOOSSOO CCAAMMIINNOO DDEELL TTRRAANNSSPPOORR

Con relación a la mencionada XXXVII Reunión delSGT 5, llevada a cabo en Asunción, no se hanproducido adelantos importantes con relación alos temas pendientes para el sector, aunque sídebe resaltarse que se siga enfatizando la pro-blemática del “tránsito y la seguridad vial” en laregión, jerarquizándose su tratamiento durantelos últimos encuentros.

Por otra parte, debe señalarse como muy positi-vas las medidas concretadas por las autoridadescorrespondientes de la República Oriental delUruguay y la República Federativa del Brasil encuanto a la internalización de la Resolución GMC/65/2008 “Acuerdo de Pesos y Dimensiones de losVehículos en el MERCOSUR”, una tarea aún pen-diente para la República Argentina, y la Re-pública del Paraguay, que esperamos cumplanen el más breve plazo con las formalidadesrequeridas para que se convierta en normativacomunitaria, y tenga plena vigencia en los cuatroEstados Parte.

En la columna más urgente del “debe” sectorialen el ámbito del MERCOSUR, están sin dudas lasproblemáticas producidas por los “excesos enlos controles”, en particular en algunas provin-cias argentinas; así como también, alcanzar unasolución para las empresas de transporte queson objeto de reclamos por parte de las Aduanas,por los tributos sobre las mercaderías robadasen tránsito, con garantías suspensivas”. Ambaspreocupaciones fueron expresadas en elDocumento final del CONDESUR, en Asunción,presentado a los Coordinadores Nacionales delos Estados Parte.

La nueva realidad sanitaria mundial, impuestapor la propagación de la pandemia por gripe AH1N1, y las imprescindibles medidas de preven-ción y seguridad establecidas por la

Page 5: ataci 112

Nº 112 Mayo/Junio 2009 33

Editorial

Organización Mundial de la Salud (OMS), y su parhemisférica (OPS), han alcanzado también a los pasosde fronteras entre los países del MERCOSUR. Sumadoa ello, la llegada de la temporada invernal, y los conse-cuentes reiterados cierres del Paso Cristo Redentor-Los Libertadores, debido a las típicas condicionesmeteorológicas estacionales repercuten de manerainmediata, prolongando los tiempos muertos en fronte-ra, y afectan de forma directa al transporte internacio-nal de cargas.

Por todo ello, y dado que la crisis económica mundialaún no muestra demasiadas señales de estar llegandoa un horizonte definido de resolución, sería muy propi-cio que las autoridades nacionales de los países delMERCOSUR y sus Estados asociados, no incrementenestas dificultades que resultan de imponderables de lanaturaleza, con medidas proteccionistas e impedimen-tos al comercio, cuya negativa repercusión encuentraun amortiguador de primera instancia en el transportede cargas, y que, en definitiva, contradicen la esenciadel espíritu de la integración regional.

Al respecto, y como es habitual en esta editorial, recu-rrimos a los Grandes Maestros de la Literatura, laFilosofía o de la Historia: “Las buenas costumbres y nola fuerza, son las columnas de las leyes; y el ejerciciode la justicia, es el ejercicio de la libertad” (SimónBolívar). “Cuando hay libertad, todo lo demás sobra”(San Martín).

Dra. Silvia Sudol. Gerente

TTEE IINNTTEERRNNAACCIIOONNAALL DDEE CCAARRGGAASS

Page 6: ataci 112

AATTAACCII

Internacional

Nº 112 Mayo/Junio 200944

XXXXXXVVIIII RREEUUNNIIÓÓNN DDEELLSSUUBBGGRRUUPPOO DDEE TTRRAABBAAJJOO NNºº 55““TTRRAANNSSPPOORRTTEESS””

SSee rreeaalliizzóó eenn llaacciiuuddaadd ddeeAAssuunncciióónn,,RReeppúúbblliiccaa ddeellPPaarraagguuaayy,, dduurraanntteellooss ddííaass 2277,, 2288 yy2299 ddee mmaayyoo ddee22000099,, llaa XXXXXXVVIIIIRReeuunniióónn ddeellSSuubbggrruuppoo ddeeTTrraabbaajjoo NNºº 55;;TTrraannssppoorrtteess ddeellMMEERRCCOOSSUURR,, ccoonn llaapprreesseenncciiaa ddee llaassddeelleeggaacciioonneess ddee llaaRReeppúúbblliiccaaAArrggeennttiinnaa,, llaaRReeppúúbblliiccaaFFeeddeerraattiivvaa ddeellBBrraassiill,, llaa RReeppúúbblliiccaaOOrriieennttaall ddeellUUrruugguuaayy,, llaaRReeppúúbblliiccaa ddee CChhiilleeyy llaa RReeppúúbblliiccaa ddeellPPaarraagguuaayy..

El encuentro contó con la presen-cia del Señor Viceministro de

Obras Públicas y Comunicaciones,Ing. Andrés Rivarola, quien resaltóla importancia del evento para elfortalecimiento regional. Previo a suintervención, fue dado lectura a laResolución del Consejo de la DINA-TRAN Nº 131/09 por la que sedeclara de Interés Institucional laXXXVII Reunión del SGT Nº 5.

El Coordinador por Paraguayante el SGT N° 5; TRANSPORTESdel MERCOSUR, Don Hugo DavidYinde, en ejercicio de la Presi-

dencia Pro Tempore, dio la bienve-nida a las delegaciones presentes,procediendo de ésa forma a laapertura del encuentro, resaltandola transcendencia de la reunión,formulando votos de que el trabajoa ser realizado en la oportunidadsea provechoso, atenuando asime-trías y buscando siempre la inte-gración y la facilitación del comer-cio y el transporte entre los pue-blos, a través de libre circulaciónde bienes y servicios, en atencióna los objetivos del Tratado deAsunción que creara el MercadoComún del Sur (MERCOSUR).

MMEERRCCOOSSUURR AACCTTAA NNºº 11//0099

DDEESSAARRRROOLLLLOO DDEE LLAA AAGGEENNDDAA1.- INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR(ITV)

Definición y consideraciones fina-les - Homologación de Certificados.

La Delegación Paraguaya infor-mó haber dado cumplimiento alcompromiso asumido en ocasiónde la Reunión Técnica Preparatoriaa la XXXVII Reunión del SGT 5 rea-lizada en abril del año en curso enAsunción. En tal sentido informóque por Nota DNT Nª 321/09 (VerAnexo VIII) había efectuado lassiguientes observaciones:

1.-EN EL CAMPO “MOTOR” DE LA

PARTE CENTRAL DERECHA. SE SUGIERE

AGREGAR EL LLAMADO O ASTERISCO (*)ASIGNANDO A LOS NUMERALES 32, 33Y 34, CARÁCTER DE “LLENADO NO

OBLIGATORIO”. ES DE CONSIDERAR

QUE EL MOTOR ES UNA PIEZA RECAM-BIABLE EN CASO DE DESPERFECTO.

2.- EN EL CAMPO DESTINADO A LAS

OBSERVACIONES AL PIE DEL FORMULA-

RIO PROPUESTO, SE SUGIERE DESTACAR

O PONER EN RESALTO CON ESCRITURA

MAS VISIBLE EL TEXTO QUE REZA “En eltransporte internacional el únicocampo de fiscalización por parte delos agentes de control de otros paí-ses será la fecha de vencimiento deeste documento”.

Page 7: ataci 112

Internacional

La Delegación Argentina manifes-tó que a la fecha no ha podido con-cluir la tarea oportunamente compro-metida en cuanto a la armonizaciónde un Modelo Único Certificado deInspección Técnica Vehicular, porcuanto que no todas las delegacio-nes han remitido los insumos nece-sarios para tal efecto en tiempo yforma, situación que queda comple-tada con la información precedentede la Delegación del Paraguay. En lapróxima reunión técnica se analizaraun nuevo documento a los efectosde su aprobación por el Subgrupo

La Delegación de Brasil insistióque debe seguirse con la presentetarea a partir del modelo ya consen-suado por dicho país y la Delegaciónde Uruguay, el cual consta comoAnexo IV del Acta de la ReuniónPreparatoria de Técnicos, el cualsolicitó sea agregado nuevamente alpresente acta, por lo que dichomodelo se agrega como Anexo IX.

Las delegaciones reiteraron sucoincidencia en acordar caracte-rísticas básicas inherentes alCertificado y su control talescomo: evitar la discrecionalidad delos agentes fiscalizadores en elmomento de tomar intervenciónfocalizando el control delCertificado especialmente en suvigencia, su autenticidad y lacorrespondencia con el vehículo.Asimismo se creyó convenientedefinir con cuidado los elementosde seguridad que deberá poseerel documento, utilizando hologra-mas, “marcas de agua” u otrasmedidas aplicadas en documentosanálogos, mencionándose tam-bién la conveniencia de que elCertificado ITV contenga un ins-tructivo de llenado que oriente lasacciones de los agentes de inter-vención y facilite su uso por partede los operadores.

La Delegación Paraguaya agre-gó igualmente a modo de Papel deTrabajo para avanzar en el tema, unProyecto de Recomendación a serelevado al GMC, una vez aprobadoel modelo definitivo por parte de lasdelegaciones, el cual consta comoAnexo X, de la presente Acta.

2.- LÍMITE DE RESPONSABILIDAD CIVIL

CONTRACTUAL EN EL TRANSPORTE DE

PASAJEROS.Definición y consideraciones.

La Delegación de Paraguay, almomento de manifestar su adhe-sión a lo acordado por las Dele-gaciones de Argentina, Brasil yUruguay en ocasión de la XXXVIReunión del SGT Nº 5 de octubrede 2008 en Maceió, en cuanto alvalor de los límites de responsabili-dad Civil por un valor de 30.000(treinta mil DEG) por persona y de700 (setecientos DEG) por equipajeen los servicios de transporte depasajeros, acercó a la mesa unapresentación conteniendo el Pro-yecto de Recomendación para laaprobación por parte del GMC delACUERDO SOBRE RESPONSABI-LIDAD CIVIL CONTRACTUAL ENEL TRANSPORTE INTERNACIO-NAL CARRETERO DE PASAJE-ROS, el cual consta como Anexo XIde la presente Acta.

Mencionó, entre otras cosas,que el contenido de su presenta-ción encuentra antecedentes en elActa de la XXXIV Reunión del SGT5 de octubre de 2007, ocasión enla que en el Punto 2 del Acta perti-nente firmada en Montevideo, fueaprobado el Proyecto de Acuerdoreferido elaborado a nivel de unaReunión Ad HOC, conforme puedeapreciarse en el Anexo XII que seacompaña, para una mejor ilustra-ción.

Llegado a esta instancia, laDelegación Brasileña informó que eltexto del Acuerdo de Respon-sabilidad Civil Contractual en elTransporte Carretero Internacionalde Pasajeros, inicialmente aprobadoen septiembre de 2007, no refleja lasdiscusiones posteriores acerca de la

materia, en especial, en cuanto alobjeto que debería tratar de estable-cer un valor referencial pasible de seradoptado en los pleitos derivados deaccidentes o daños a equipajes.

Agregó que el texto actual noencuentra amparo en las disposicio-nes constitucionales de Brasil, loque inviabilizaría el proceso de inter-nalización debido a que además,trata también de materias que extra-polan el ámbito del referido acuerdo,tales como el plazo de prescripciónque debe seguir el reglamento esta-blecido en cada país.

Por lo tanto, la DelegaciónBrasileña enviará una minuta paraser apreciada por las demás dele-gaciones, retratando específica-mente el objeto del Acuerdo, o sea,el establecimiento de un marco refe-rencial de valores a ser considera-dos en las acciones judiciales pro-venientes de accidentes, implicandopasajeros o equipajes.

La Delegación Argentina, mani-festó que la cuestión referida alfondo del acuerdo, que contienetodos aquellos aspectos jurídicosque se pretende tutelar y modificar,han sido discutidos y aprobados, yaque solo quedaba pendiente la deter-minación del monto de referenciacomo que fijaba los límites de res-ponsabilidad Civil, y que reveer eltema significa un retroceso significa-tivo en el tema que es un reclamopermanente del sector privado y quela necesidad del establecimiento delmarco jurídico, ha sido compartidapor los Países miembros de laregión, por lo que le solicitó a la dele-gación brasileña que analice la posi-bilidad de poder avanzar en la apro-bación del acuerdo, ya que el mismohabía sido discutido y consensuadopara su aprobación, y llegar a esta

Nº 112 Mayo / Junio 2009 55AATTAACCII

Page 8: ataci 112

AATTAACCII

Internacional

Nº 112 Mayo/Junio 200966

las identificadas en la reunión con-junta de los Sub Comités Técnicosde Procedimientos Aduaneros y deInformática Aduanera del CT Nº 2,realizada en Curitiba, Brasil, los días24 al 28 de noviembre de 2008, con-cretamente aquellas cuestionesreseñadas en el punto III del ActaConjunta Nº 8/08 “Cuestiones deTransporte Internacional resueltasdesde el punto de vista aduanero,pero pendientes de manifestaciónpor las Autoridades de Transporte delos Estados Partes”.

Durante la reunión se efectuó unintercambio de opiniones sobrealgunos puntos, acordándose queel SGT Nº 5 dará respuesta a lascuestiones presentadas en el docu-mento que se acompaña al presen-te y que fue objeto de la reunión.Dichas cuestiones constan in exten-so en la presente Acta, como AnexoXIII.

A los efectos de una mayor cla-ridad del alcance de las interro-gantes formuladas al SGT Nº 5,según se acordó, el CT Nº 2 com-plementó cada uno de los ítemsdel documento que se adjunta(Anexo XIII-reiteración), con unabreve explicación de la situaciónobjeto de la consulta.

Los Coordinadores del SGT Nº5 manifestaron que se comprome-ten a remitir por escrito sus res-puestas a la Presidencia ProTémpore Paraguaya de dichoSGT, en el plazo de 15 días. Unavez recibidas las respuestas laPPTP convocará al Grupo Técnicodel SGT Nº5 dentro del plazo de30 días subsiguientes a los efec-tos de analizar las manifestacio-nes de las diferentes delegacionesy en lo posible buscar los consen-sos necesarios que permitan al CTNº 2 avanzar en la implementacióndel Sistema SINTIA.

Los Coordinadores del CT Nº 2resaltan la importancia de dispo-ner de la opinión del SGT Nº 5 alos efectos de lograr la implemen-tación efectiva del Sistema SIN-TIA. En ese sentido manifiestanque se ponen a disposición de ese

SGT para proporcionar cualquierinformación que se considerenecesaria, así como mantener unareunión conjunta con el GrupoTécnico que el SGT Nº 5 conside-re necesario.

4.- TRANSPORTE DE PRODUCTOS PE-LIGROSOS. NUEVO RÉGIMEN DE IN-FRACCIONES Y SANCIONES. AJUSTES

IDIOMÁTICOS EN LA REDACCIÓN DE LA

REC. 01/08

Con el objeto de dar respuesta alo decidido sobre el presente temaen el seno de la LXXIV Reunión delGrupo Mercado Común celebradaen Brasilia en Noviembre de 2008(Anexo XXVII (MERCOSUL/LXX-IVGMC/DT N° 52/08 del ActaPertinente), las Delegaciones acor-daron elevar al GMC la nota dirigidaa la PPTP, que consta en el AnexoIV –Documentos Elevados al GMC-, conteniendo las versiones enespañol y portugués de la revisióndel Anexo III -Régimen deInfracciones y Sanciones delAcuerdo de Transporte deMercancías Peligrosas del MER-COSUR.

De esta forma se pretende acer-car a las instancias pertinentes delSM las versiones debidamentecompatibilizadas, a fin de permitir elavance que se espera con respectoa la normativa referida.

5.- COMISIÓN DE SEGURIDAD VIAL.RES. GMC 64/08 Y 65/08.Proceso de Internalización en losPaíses.Sitios en la Red (Página Web).Luces de Identificación.

Fue aprobada por parte de lasDelegaciones, el Acta de la VIIReunión del Consejo Permanente deSeguridad Vial del MERCOSUR, queconsta como Anexo XIV del presentedocumento, luego que fuera leída porel representante del MOPC deParaguay, Ing. Manuel Guzmán.

Las Delegaciones procedieron aefectuar las siguientes apreciacio-nes:

La Delegación Argentina manifes-

� MMeerrccoossuurr AAccttaaNN°°11//0099

instancia ha requerido un esfuerzoimportante de todos los países.

3.- REUNIÓN CONJUNTA CT 2 “ASUNTOS

ADUANEROS”- SGT Nº 5; TRANSPORTES

Los Señores Delegados partici-pantes expresaron su beneplácitopor la concurrencia al plenario de lapresente reunión, a los SeñoresDelegados de los distintos paísesparticipantes en la LVIII Reunión delComité Técnico Nº 2 “ASUNTOSADUANEROS” del CCM, para eltratamiento del presente tema.

Posteriormente, y efectuandouna transcripción del aporte efec-tuado por el sector aduanero, semenciona que en cumpliendo con lainstrucción impartida por el GMC ensu LXXIV Reunión, se llevó a cabola reunión conjunta entre el SGT Nº5 “Transporte” y el CT Nº 2 “AsuntosAduaneros”, a los efectos de dartratamiento a los temas relativos aldesarrollo del Sistema Integrado deTránsito Internacional Aduanero(SINTIA), con la participación de lasdelegaciones de Argentina, Brasil,Paraguay, Uruguay y Chile encarácter de observador.

Durante la reunión los Coor-dinadores del CT Nº 2 manifestaronque dicho Sistema tiene como finali-dad el seguimiento a través de losSistemas Informáticos Aduaneros delas operaciones de tránsito interna-cional entre los Estados Partes, conel objetivo de optimizar los controlesy agilizar el tránsito aduanero. Labase normativa que se tuvo en cuen-ta para el desarrollo de los trabajosfue considerar las disposiciones delAcuerdo de Transporte InternacionalTerrestre (ATIT), el cual prevé laposibilidad de informatización delMIC/DTA. Es por ello que los traba-jos realizados tienen en cuentatodos los campos que han sido iden-tificados para el MIC/DTA.

Las cuestiones a presentar fueron

Page 9: ataci 112

AATTAACCII

Nº 112 Mayo / Junio 2009 77

InternacionalAATTAACCII

� MMeerrccoossuurr AAccttaaNN°°11//0099

tó que seguirá implementado lasmedidas respecto a la restricción decirculación durante los días feriados,puntualizando que tal práctica hapermitido la reducción de los índicesde accidentalidad en su país desde elmomento de su implementación.Señaló que se han venido labrandoactas de carácter educativo a distin-tos operadores y recomendó a losdistintos países que difundan lasmedidas con el objeto que las empre-sas pueden programar su actividadteniendo en cuenta las restriccionesde transito, evitando trasponer lafrontera en tales periodos.

El representante de la PolicíaRodoviaria de Brasil señaló suapoyo a las medidas implementa-das por las autoridades argentinas,resaltando que resulta convenienteque los horarios de restricciones altránsito sean adecuadamente difun-didos. Agregó que adopta igual-mente medidas similares a la men-cionada por la Delegación Ar-gentina desde el año 2002, alcan-zando excelentes resultados losque se encuentran disponibles en elSitio Web de la Policía Rodoviaria.

La Delegación Chilena elogió elhecho de que efectivamente, lasmedidas restrictivas citadas han posi-bilitado la reducción de los índices deaccidentes, agregando que seríanecesario conciliar los intereses delsector operador privado y los usua-rios al momento de la aplicación deaquellas, agregando finalmente laDelegación de Paraguay la importan-cia de programar los viajes a fin deevitar dificultades durante la presta-ción de los servicios.

La Delegación Paraguaya haceconstar como Anexo XVIII, la notaDNT Nº: 357/09, dirigida a a laPPTP.

6.- PRINCIPIOS GENERALES DE ACCESO

A LA PROFESIÓN DE TRANSPORTISTA.

Resolución GMC N° 14/06.-Mandato de la Reunión de Maceio

La Delegación Paraguaya recor-dó que en oportunidad de la reu-nión anterior –entre otras cosas-,Brasil había informado haber avan-zado sobre este particular a partirde la elaboración de un reglamentocomplementario a la Ley 11.442/07que establece nuevos requisitospara el acceso del transportadorremunerado de carga que fuerapresentado en la XXXVI Reunióndel SGT Nº 5, específicamente laResolución 3065 de fecha 12 demarzo de 2009.

En líneas generales, las delega-ciones se ratificaron en las expre-siones formuladas en la ReuniónPreparatoria de abril de 2009, y secomprometieron a seguir analizan-do este tema a partir de puntos quecada una de las mismas considerencomo convenientes de ser discuti-das en una próxima Reunión deEspecialistas, por lo que remitiránen un plazo de (90) noventa días, ala PPTP (Presidencia Pro temporede Paraguay) lo que debe conside-rarse de relevancia para el accesode calidad de transportista interna-cional, teniendo en cuenta que losprincipios que se pretenden norma-tivizar deben reflejar criterios de ido-neidad y de responsabilidad frente alas obligaciones emergentes deldesarrollo de la actividad. Una vezrecopiladas por Paraguay la infor-mación de los demás países, seprocederá a la circularización de lamisma al resto de las delegaciones,a los fines se realizar una reunióntécnica que permita avanzar a partirde la misma, en la determinación delos requisitos para el acceso a pro-fesión de transportista internacional.

8.- DIRECTRICES PARA EL CONTROL

SANITARIO DE VEHÍCULOS TERRESTRES

DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASA-JEROS

En cuanto a la Resolución GMCNº 05/08 generada en el ámbito delSGT Nº 11 “Salud” del MERCO-SUR, que generara la preocupaciónde las delegaciones coincidentes enque de otros ámbitos ajenos al sec-

tor transporte, emergiesen normati-vas que conllevan requerimientosque podrían incidir o impactar en lasactuales prestaciones de serviciosen la región, la DelegaciónParaguaya sugirió elevar una nota alGMC vía la PPTP, mencionando laconveniencia de instruir al SGT 11“SALUD”, para coordinar con el SGT5; TRANSPORTES del MERCO-SUR, las negociaciones que apun-ten a la formulación de normas que,como se menciona mas arriba, inci-dan en el sector transporte, pudien-do superponerse además con otrasnormas operativas aplicadas en elsector actualmente vigentes

Dicho escrito dirigido a la PPTP,consta en el Anexo IV –DocumentosElevados al GMC- de la presenteacta. Lo anterior, sin perjuicio deque cada delegación profundice enun mayor análisis, la definición de lapresente materia.

La Delegación Brasileña entregócopia de fax dirigida a las distintasdelegaciones sobre aspectos de lanorma del SGT 5 que deben serobjeto de discusión para su opera-cionalización, que luce como AnexoXVI, de la presente Acta.

Asimismo la Delegación Ar-gentina manifestó, que con el fin deque los países miembros delSubgrupo V, se expidan sobre laResolución GMC Nº 05/08, seríaconveniente que cada país se reúnacon los Organismos Nacionalescompetentes miembros del SGT Nº11 “Salud” del MERCOSUR y deesta manera poder analizar los pre-ceptos consagrados en la norma,buscando que la misma, tutelandocuestiones tan importantes como lasalud pública, no altere la calidaddel servicio público que el estadodebe velar.

9- COOPERACIÓN TÉCNICA. PROGRAMA

MARCO DE CIENCIAS, TECNOLOGÍA E

INNOVACIÓN DEL MERCOSUR

La Delegación Brasileña reiteró loinformado vía notas dirigidas a losCoordinadores Nacionales cursadasen su momento, con relación a lacomunicación por parte de la ANTT al

Page 10: ataci 112

AATTAACCII

Internacional

Nº 112 Mayo/Junio 200988

Ministerio de Ciencias y Tecnología,respecto a su interés manifestado encuanto al área de Tecnología deInformación y Comunicación referen-te al Eje I – Dimensión Estratégica yel Eje IV- Dimensión SistemaNacional de Ciencias e Innovaciónen el Área de Infraestructura deCiencia, Tecnología e Innovación yCooperación Internacional en cuantoa la disponibilidad y unificación debancos de datos, con opciones deofrecer entrenamiento en el Brasil,para técnicos de los Estados Partesque tengan interés en conocer laexperiencia brasileña.

La Delegación Paraguaya, almomento de resalta la importanciade la capacitación de recursos huma-nos en general, y en particular en elámbito del sector transporte, existeactualmente en instancias de laUniversidad Nacional de Asunción,ofertas de Cursos de Capacitaciónsobre Gestión Logística y delTransporte Terrestre, el cual estádiseñado para capacitar y proporcio-nar una formación integral a los parti-cipantes en materia de logística ytransportes multimodales, desde unaperspectiva teórico-práctica global,profundizando en la conceptualiza-ción básica de las prestaciones delos servicios dedicados y vinculadosal transporte intermodal, el desarrollode sistemas de flujos de las cadenasy corredores logísticos y de transpor-te propiamente dichos, redes infor-máticas y de comunicación, legisla-ción comparativa y de integración,institucionalidad y regulaciones.

Las delegaciones resolvieron lapermanencia del presente tema enagenda de la próxima reunión.

10- PROPUESTA DE INTEGRACIÓN DE

LAS INFORMACIONES DE TRANSPORTE

DE PASAJEROS Y CARGAS – SISTE-MATIZACIÓN DE DATOS

La Delegación Brasileña propusopostergar el tratamiento del presen-te tema para una próxima reunióntécnica, en la que participen espe-cialistas que desarrollen tareas enel sector informático en las respec-tivas instituciones de transporte, loque fue aprobado por las distintas

delegaciones, quedando pendienteel tratamiento del punto para unapróxima reunión en la esfera delSGT Nº 5.

11- ASUNTOS VARIOS

11.1 Planteamientos de la Dele-gación Brasileña

La Delegación Brasileña propusoel tratamiento de los siguientes

reajuste tarifario.B) Cambio de Información y perio-

dicidad son relación a los reajustes

II-TRANSPORTE EN CIRCUITO CERRADO

A) Necesidad de cambio de infor-maciones sobre autorización de viajes;

B) Análisis y adopción de medi-das complementarias para la regu-lación de los servicios de transportede pasajeros en circuito cerrado,entre ellas la exigencia de repre-sentante legal o equivalente.

C) Mecanismos para la notifica-ción de infracciones para empresasde servicios de transporte de pasa-jeros en circuito cerrado.

III- ACCESIBILIDAD EN LOS VEHÍCULOS

DE TRANSPORTE DE PASAJEROS PARA

PORTADORES DE DEFICIENCIAS FÍSICAS:

IV- COMPLEMENTACIÓN DE DISCU-SIONES SOBRE PESOS Y MEDIDAS PARA

ÓMNIBUS DE PASAJEROS;

CARGAS PASAJEROSNormas disciplinarias complemen-

tarias para los servicios de transporteen regiones fronterizas-ciudades vin-culadas con el transporte con carac-terísticas urbanas y semiurbanas.

CARGASAdopción de mecanismos de

garantías para el pago de tributosaduaneros de forma a no sancionara las empresas transportadoras conla retención de los vehículos.

La Delegación Argentina manifes-tó que con referencia al tema de tari-fas, existe en casi todos los paísesacuerdos sobre las mismas, endonde se ha consensuado que elprecio de las tarifas internacionales,son el producto de la suma de lastarifas de cada país, desde el origendel servicio hasta el punto de fronte-ra; agregando que con referencia altema de permisos Ocasionales, esun tema de tratamiento en laComisión del Artículo 16 del A.T.I.T.,ya que la implementación de nuevasformas referentes a sus requisitospara la extensión, necesita un marcojurídico que así lo contemple.

11.4.- Participación del SectorPrivado.

En fecha 18 de mayo de 2009 fueaprobado un protocolo para enfrentarla denominada Pandemia de laInfluenza A (H1N1) elaborado por elGrupo Ejecutivo Interministerial deBrasil. De esta manera las empresasque operan en el transporte internacio-nal incluyendo empresas brasileñas yextranjeras deben obligatoriamenteadoptar procedimientos para evitar lacontaminación y diseminación del virusde la Influenza A dentro de los cualesse destacan:

A) El conductor debe informar a los pasa-jeros en el inicio del viaje los síntomas dela gripe el procedimiento a ser adoptadoen caso de sospecha.B) En caso de identificación de pasaje-ros con síntomas de la gripe los traba-jadores que realicen la atención direc-ta a los pasajeros deberá utilizar lossiguientes equipos: respirador particu-lado (PFF2, PFF3, N95, N99 o N100);guantes de protección; lentes de pro-tección; ropas especiales.C) Es necesario que los vehículos enoperación también dispongan de mas-caras de protección y guantes.

Informaciones detalladas sobre el con-tenido del protocolo puede ser encon-trado en el sitio

http://portal.saude.gov.br/portal/saude/ link: influenza A (H1N1)

CONSIDERACIONES DE BRASIL

SOBRE INFLUENZA A (H1N1)

temas en las próximas reunionesdel SGT 5, a saber:

I.- TARIFAS

A) Estudios sobre la base de cál-culo de tarifas y mecanismos de

Page 11: ataci 112

AATTAACCII

Nº 112 Mayo / Junio 2009 99

Internacional

LVIII REUNIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO N° 2 “ASUNTOS ADUANEROS” ACTA N° 2/2009

ANEXO VCUESTIONARIO AL SGT Nº 5

1. Teniendo en cuenta que los códigos actuales de registro del transportador interna-cional no resultan suficientes para los controles aduaneros de los tránsitos internacio-nales, sugerimos a las Agencias de Transporte considerar la posibilidad de:a) Agregar en sus registros nacionales, el IDENTIFICADOR FISCAL DEL TRANS-PORTADOR de su país de origen.b) Como consecuencia del punto anterior, solicitamos considerar el reempadrona-miento de los Agentes ya registrados para los que no se cuente con esta información.

2. Teniendo en cuenta la intención de las Agencias de Transporte de crear un PADRONUNICO DE TRANSPORTISTAS INTERNACIONALES TERRESTRES y considerandoque el mismo facilitaría la implementación del SISTEMA INFORMATICO DE TRANSITOADUANERO (SINTIA) y la operativa de los tránsitos aduaneros internacionales: c) Se le consulta si existe un cronograma de trabajo sobre el mismo o un plazo conel cual se estima su concreción.d) Se sugiere como código de identificación de los transportistas internacionalesterrestres habilitados la adopción de los identificadores fiscales en cada país habilitan-te como identificador único de los sujetos habilitados.

3. Teniendo en cuenta que el CAMPO 13 del formulario MIC/DTA se refiere a“Capacidad de Tracción”, se consulta si la declaración de este dato debe ser obligato-ria y si tal dato esta disponible en los padrones de las áreas de transporte.

4. Teniendo en cuenta que el transportista de un tránsito internacional aduanero puedeutilizar vehículos de transporte que no son de su propiedad, se consulta si el propie-tario de tales medios de transporte también debe estar habilitado como transportistainternacional.

5. Desde el punto de vista aduanero resulta importante estandarizar el formato delidentificador de los CRT (conocimientos rodoviarios terrestres), se pregunta si seobservan inconvenientes en generalizar esta medida de acuerdo al siguiente formato.

AAAAPPCCCCCCCCCCCCNNNNN, donde:AAAA: Año de emisión del CRTPP: País de partida (código ISO ALFA 2).CCCCCCCCCCCC:Identificador Fiscal del Transportador.NNNNNN: Número secuencial anual por país de partida.Se menciona como ejemplo la estructura utilizada actualmente por BRASIL.AAAAPPCCCCCNNNNN, donde:AAAA: Año de emisión del CRTPP: País de partida (código ISO ALFA 2).CCCCC: Código del Transportador.- si es regular, número de la licencia originaria o complementaria.- si es propio, 00999; - si es ocasional, 00998.NNNNNN: Número secuencial anual por país de partida.

6. Teniendo en cuenta la modalidad logística de transporte conocida como consolida-ción de cargas en un solo documento de transporte en las vías de transporte marítimay aérea, se consulta:e) Si existe algún impedimento para el procedimiento de consolidación para el trans-porte terrestre?f) Si los operadores que emiten los documentos de transporte desconsolidados (cono-cimientos terrestres “hijos”) deben estar habilitados como transportistas internaciona-les?

7. Existe impedimento para que el tránsito internacional sea operado en el tramonacional por vehículos no habilitados para el transporte internacional?

8. Se plantean los siguientes cuestionamientos:g) ¿Un MIC/DTA electrónico podrá contener 2 o más conocimientos rodoviariosterrestres (CRT) cargados en aduanas de origen (partidas) diferentes?h) ¿Un MIC/DTA electrónico podrá contener 2 o más conocimientos rodoviariosterrestres (CRT) a descargar en aduanas de destino diferentes?

9. Hay algún impedimento para emitir un CRT a la ORDEN?

10. Hay algún impedimento para endosar un CRT?

Acto seguido -atendiendo la pro-gramación acordada-, y conformees usual en las reuniones del SGT5, la Presidencia de la Reunión invi-tó al Sector Privado a intervenir enel foro, al momento de ser resaltadala importancia de la asistencia dedicho sector al encuentro, contribu-yendo permanentemente con suprotagonismo y aporte, para la inte-gración en la región.

En consecuencia, hizo uso depalabra el Señor Julio César HuespePin, quien se dirigió a los presentesen representación del ConsejoEmpresarial del Transporte deCargas por Carretera del MERCO-SUR, Bolivia y Chile (CONDESUR),así como también, en nombre deldenominado Foro de Empresariosde Transporte de Pasajeros porCarretera del MERCOSUR.

El mismo dio lectura e hizo entregaal plenario de sendas notas; una en laque resalta a manera de acápite“Consejo Empresarial de Transportede Cargas por Carretera del MERCO-SUR (CONDESUR) y otra dirigidaigualmente de forma expresa a losSeñores Coordinadores Nacionalesdel SGT Nº 5 emanada del “Foro deEmpresarios de Transporte dePasajeros por Carretera del MERCO-SUR”. Ambas notas fechadas el día26 y 27 de mayo de 2009, respectiva-mente, las que se agregan a la pre-sente Acta como Anexo XVII.

Finalizada la Reunión, todas lasdelegaciones visitantes expresaronsu complacencia por la realizaciónde la misma y agradecieron lasatenciones recibidas por parte de ladelegación paraguaya expresandoal mismo tiempo su reconocimientopor el buen desarrollo del encuen-tro, poniendo en resalto el espíritude fraterna cordialidad demostradopor todos los participantes.

Habiéndose agotado el desarro-llo del temario ser procedió al cierrede la Reunión, suscribiéndose elpresente documento.

Los anexos que forman del ActaFinal son los siguientes: Texto com-pleto de acta www.antt.gov.br

Page 12: ataci 112

AATTAACCII

Internacional

Nº 112 Mayo/Junio 20091100

VVIIII EENNCCUUEENNTTRROOIIBBEERROOAAMMEERRIICCAANNOO DDEETTRRAANNSSPPOORRTTEE

Por España participaron Dele-gados de la ASTIC y 30 Cáma-

ras regionales.

En representación de Ar-gentina, asistieron los señoresLuis Morales y Daniel R. Indart,Presidente y Secretario Generalde FADEEAC.

El tema considerado comopunto primero fue la “Crisis Eco-

nómica Global. Impacto sobre elsector Internacional de Transportepor Carretera”, donde los delega-dos presentes dieron un informesobre la situación en cada región.

Durante la Reunión se conside-raron además, la evaluación de lasmedidas adoptadas por los gobier-nos para el sector del transporte demercancías por carreteras; lareducción de costos para las

DDuurraannttee llooss ddííaass

2277 yy 2288 ddee mmaayyoo

ssee lllleevvóó aa ccaabboo

eell VVIIII EEnnccuueennttrroo

IIbbeerrooaammeerriiccaannoo

ddee TTrraannssppoorrttee,,

eenn EEssppaaññaa,, ddeell

qquuee ppaarrttiicciippaarroonn

llaass EEnnttiiddaaddeess

rreepprreesseennttaanntteess

ddee PPoorrttuuggaall yy

EEssppaaññaa,, ppoorr

EEuurrooppaa,, yy

AArrggeennttiinnaa,, BBrraassiill

yy CChhiillee ppoorr

AAmméérriiccaa..

�� El 90% del transporte se hace por camión.

�� EL 85% EN UN RADIO DE 150 KM.

�� 4.500.000 EMPLEADOS EN LA UE

�� 340 BILLONES DE EUROS = 12 AL 14% DEL PIB

�� 70% DE AUMENTO EN EL PEAJE EN ALEMANIA – 01-01-09

�� 2008: EL ÚLTIMO TRIMESTRE CAYÓ LA ACTIVIDAD EN UN

50% (22% EL TRIMESTRE ANTERIOR)

�� LOS COSTOS SUBIERON UN 40% EL 1ER. CUATRIMESTRE

Y NO HAY CRÉDITOS PARA EL TRANSPORTE.

�� FORMA DE PAGO A 30 DÍAS (PASÓ DE 90 A 210 DÍAS DE

PAGO CON RIESGOS).

�� BAJA DE PATENTAMIENTO A FEBRERO 39% TRANSPORTE

EN GENERAL

�� BAJA DE PATENTAMIENTO A ABRIL 70% EN PESADOS.

�� DESEMPLEO SUBIÓ 5% - 140.000 PUESTOS DE

TRABAJO

IInnffoorrmmee ssoobbrree llaa ssiittuuaacciióónn ddeell ttrraannssppoorrttee

Page 13: ataci 112

Internacional

empresas del sector; por vía decontratación de seguros, carta deporte, la formación obligatoria en elsector; la necesidad de promover y

facilitar instrumentos multilateralespara el sector del transporte porcarretera en momentos de crisis,entre otros temas.

Transcribimos un Informe sintéti-co de los datos más importantesacerca de lo tratado en las reunio-nes, brindado por FADEEAC.

Nº 112 Mayo/Junio 2009 1111

PPRROOPPUUEESSTTAA

1– Frenar la creación de nuevostributos.

Establecer nuevos mecanismosde crédito entidades financieras:

a) para moratorias de deudas. b) para nuevos créditos.

Adoptar medidas para empresascon iliquidez .Ser prudentes en la apertura delos mercados. Mejorar la formación profesionalpara facilitar la reinserción labo-ral de los desempleados.

2– Intensificar los esfuerzos paraeliminar la barrera neo proteccionis-ta al transporte internacional porcarreteras

3– Reducción de las tasas envigor - Frenar la puesta en prácticade cualquier carga discriminatoria alusuario del camino, si amenaza eldesarrollo económico y la competiti-vidad.

4– Frenar y/o reevaluar la legisla-ción ambiental innecesaria y restric-tiva que penalice al transporte de

cargas. (Carburantes para nuevastecnologías - Infraestructura)

5– Pasar costos al cliente.

6– Reducir al máximo los costos.

7– Proporcionar incentivos al nego-cio del transporte para permitir quecontinúen invirtiendo en vehículos connuevas tecnologías, para un mejoraprovechamiento de los combustibles.

8– Paquetes económicos de estí-mulo para inversión rápida en

��

Page 14: ataci 112

AATTAACCII

Internacional

Nº 112 Mayo/Junio 20091122

infraestructura del camino que agili-ce el tránsito y se bajen los costosinnecesarios que se producen pormala infraestructura.

–No se pueden analizar penaliza-ciones de gobiernos al transporte.

Se tiene que pedir al gobiernoque facilite el transporte.

TRANSPORTE FRIGORÍFICO 2008Costos – Tarifas – Tendencias:

1) Deducción Tributaria pormedio ambiente (se perdió 9% en2008 por no renovar)

2) Aumento de combustibles:aumentó y bajó el petróleo pero nobajó el gasoil.

3) Tacógrafos digitales: Se introdujo 4) Costos para 102.000 km.

Cargados en España:

En 2006: 1,15 EurosEn 2007: 1,16 EurosEn 2008: 1,28 Euros = 10,3% más

Participación en el Costo:

Combustible: 38,30%Personal: 20,99%Amortizaciones: 10,33%Vehículos:11,83%

Sin gastos generales y sin peajes:

2007: 1,12 Euros de costo enFrancia2008: 1,18 Euros de costo enFrancia

PPAARRQQUUEE VVEEHHIICCUULLAARR

España: 90% menos de 10camiones

Francia: Empresas grandes, confleteros chicos - 7000 / 8000 camiones

PROPUESTAS

1) Mesa Laboral - Relación deDependencia – Autónomos (pacta-do con el sindicato) Deberá centrar-se entre otras cuestiones en el estu-dio sobre la composición del sectorcon trabajadores asalariados yautónomos. Siendo crucial que eldesarrollo de su trabajo sirva dereferente para motivar los pactosentre los agentes sociales.

2) Mesa con el gobierno (Fiscal– Financiero):

Crear empleo

Pequeños que aparecen o des-aparecen

3) Dimensión empresarial: ana-lizar si la dimensión empresarialactual del sector es la adecuada yla influencia de este factor en laposición del sector en el mercado(la empresa en el mercado sobredi-mensionado o unificación)

4) Mesa de interrelación conotros medios de transporte paradesarrollar un sistema sostenible,que busque la eficiencia general detransporte.

5) Modelos de contratos en laComisión IRU :

I) Check List para el chofer II) Régimen del Contrato de

Seguros de Transporte y estableci-

miento de la carta de porte electrónica

Guía de recomendaciones altransporte (AIDA) Asociación deSeguros

RECOMENDACIONES:Realizar transporte solamente si

hay beneficio. Ejercer su actividadsolo si pueden repercutir los costosa los clientes y evitar los viajes “envacío”.

Estabilizar los precios del merca-do reduciendo la capacidad deltransporte y de manera temporalmantener inactivo al personal califi-cado – ya que se necesitará unavez que termina la crisis-, en lugarde despedirlo.

��

Mesa de trabajo durante el VII Encuentro Iberoamericano de Transporte

Page 15: ataci 112
Page 16: ataci 112

AATTAACCII

Internacional

Nº 112 Mayo/junio 20091144

3344ºº RREEUUNNIIÓÓNN DDEELLCCOONNDDEESSUURR

En la Ciudad de Asunción, Re-pública del Paraguay, se realizó

la 34º Reunión del CONDEUR,Consejo Empresario de Transportede Cargas por carreteras del MER-COSUR, Bolivia y Chile, y concluyósolicitar a las autoridades de losEstados Parte, lo siguiente:

Preste especial atención a lagrave problemática del robo devehículos y cargas, en tránsito congarantías aduaneras suspensivas, yel reclamo de los tributos sobreesas cargas por parte de las autori-dades pertinentes, cobrados a laempresa de transporte.

Para tal fin, solicitamos que lasDirecciones de Aduanas consideren

CCoonnsseejjoo

EEmmpprreessaarriiaall ddee

ttrraannssppoorrttee ddee

CCaarrggaass ppoorr

CCaarrrreetteerraass ddeell

MMEERRCCOOSSUURR,,

BBoolliivviiaa yy CChhiillee

SSuubbggrruuppoo ddee

TTrraabbaajjoo NNºº 55

““TTrraannssppoorrttee””

MMEERRCCOOSSUURR

1

Page 17: ataci 112

Internacional

el certificado de origen consignadopor los importadores y/o exportado-res, y que el reclamo se realicesobre los montos de tributos intra-zona( en los caso que así fuera), yno extra MERCOSUR, como suce-de actualmente.

En este mismo sentido, se haceimprescindible para el sector, contarcon pólizas de seguros, con el finde cubrir los eventuales tributosante los reclamos aduaneros enestas situaciones.

Se firme o ratifique, según loscasos, el Acuerdo sobre el Contratode Transporte y ResponsabilidadCivil del Porteador (CRT-C), ALADI,1995.

Es fundamental que los paísessignatarios del MERCOSUR armo-nicen e integren sus legislacionesrelativas a accidentes de tránsito yconsecuentes daños al medioambiente, e informen a los opera-dores adecuadamente sobre suspenalidades, exigencias y procedi-mientos eventualmente aplicables.

Es de importancia básica para elsector, que estas penalidades ten-gan carácter educativo y no confis-catorio, definiendo y limitando susalcances, porque la actual situaciónconvierte en inviable la operatividadde las empresas de transporte,mayoritariamente pequeñas y me-dianas.

Se respeten los acuerdos fir-mados entre los países, eliminandolas tasas consulares las cuales seconvierten en una barrera más a laagilización del transporte, y unincremento directo de los costosoperativos.

Se retome como tema perma-nente de la agenda de trabajo, la“facilitación fronteriza”, considerandolas enormes deficiencias en infraes-tructura, falta de personal y proble-mas operativos en los pasos de fron-teras, que ocasionan perjudicialesdemoras a los vehículos de cargas.

Asimismo, solicitamos que el tri-pulante reciba un tratamiento migra-torio vinculado a su profesión, y node turista como hasta el momento.

Reiteramos a las autoridadesde cada país, lo solicitado en laCiudad de Florianópolis, ( 29ºReunión, octubre 2006), en el sen-tido de garantizar la libre circula-ción de los vehículos de carga ensus respectivos territorios y en lospasos de frontera.

En razón de que con mayor fre-cuencia las compañías aseguradorasemiten las pólizas y certificados queporta el camión con firma electrónica,solicitamos que éstas sean aceptadasy reconocidas como válidas en todoslos países del MERCOSUR y EstadosAsociados, y se informe adecuada-mente a las autoridades de control,

dado que se están generando incon-venientes en los pasos de frontera.

Este Consejo considera im-prescindible conocer acerca de losavances del SINTIA, principalmenterespecto de nuevas responsabilida-des, términos y plazos de su puestaen vigencia.

Reiteramos las solicitudes reali-zadas en las últimas reuniones sobrelos abusos de la policía de laProvincia de Entre Ríos, RepúblicaArgentina, y solicitamos urgentesmedidas para evitar los mismos.Asimismo, queremos hacer públicolos agradecimientos a FADEEAC porlas gestiones que viene realizando,las cuales apoyamos enfáticamente,reiterando nuestro apoyo para quecontinúe representando la defensade las empresas de transporte auto-motor de cargas del MERCOSUR,Bolivia y Chile, en esta materia.

Nº 112 Mayo/Junio 2009 1155

Por CAPATIT : Julio HuespePinPor NTC & LOGÍSTICA: AdemirPozzaniPor ABTI: José Luis BeckerPor FADEEAC/ ATACI: SilviaSudolPor CATAC: Jorge LajePor CATIDU: Diego MartínezPaleoPor AGETICH: Carlos Torrealba G.

FIRMAN:

2

3

4

5

6

8

9

7

Page 18: ataci 112

AATTAACCII

Rincón del Transportista

Nº 112 Mayo/Junio 20091166

AATTAACCII

AADDUUAANNAASS:: SSIISSTTEEMMAA IINNFFOORRMMÁÁTTIICCOO SSIINNTTIIAAMMaanniiffiieessttoo IInntteerrnnaacciioonnaall ddee CCaarrggaass//DDeeccllaarraacciióónn ddee TTrráánnssiittooAAdduuaanneerroo ((MMIICC//DDTTAA)) EElleeccttrróónniiccoo ppaarraa TTrráánnssiittooss ddeeIImmppoorrttaacciióónn yy EExxppoorrttaacciióónn.. SSuu iimmpplleemmeennttaacciióónn..

Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDE-RAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE

INGRESOS BRUTOS

RESUELVE:

Art. 1º– Apruébase el procedi-miento de registro y seguimiento delManifiesto Internacional de Cargas /Declaración de Tránsito Aduanero(MIC/DTA), a través del SistemaInformático del Tránsito Inter-nacional Aduanero (SINTIA), cuyosaspectos generales se consignanen el Anexo que se aprueba y formaparte de la presente.

El registro del MIC/DTA electróni-co se efectuará de acuerdo con laspautas contenidas en el manual deusuario externo que se encuentradisponible en la página “web” deesta Administración Federal(http://www.afip.gob.ar).

Art. 2º– Los agentes de transpor-te aduanero y los depositariosdeberán utilizar los servicios“Gestión del ATA” y “GestiónDepositarios Manifiesto Inter-nacional de Carga (MIC/DTA)”, res-pectivamente, para el registro delMIC/DTA electrónico. Dichos servi-cios están disponibles en la página“web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar).

Art. 3º– En las operaciones detránsito que se realicen mediantetransporte internacional terrestre porcarretera, en el marco de las disposi-ciones del Acuerdo sobre TransporteInternacional Terrestre (ATIT), porcada destinación aduanera deberá

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-55-2009 del Registro de estaAdministración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT), puesto envigencia por la Resolución Nº 263 de la ex Subsecretaría de Transporte del 16 denoviembre de 1990, prevé la utilización de los avances tecnológicos para el inter-cambio de información, entre las aduanas de los países signatarios, a fin de facili-tar la aplicación de los procedimientos aduaneros y estrechar la cooperación.

Que la Resolución General Nº 1849 incorporó al ordenamiento jurídiconacional la Resolución Nº 17 del Grupo Mercado Común (GMC) del 25 dejunio de 2004, en virtud de la cual los Estados Partes del MERCOSUR acuer-dan la informatización del Manifiesto Internacional de Cargas / Declaración deTránsito Aduanero (MIC/ DTA) y el seguimiento de la operación entre el puntode partida y el de destino, mediante procesos de intercambio electrónico deinformación entre sus administraciones aduaneras.

Que en la VI Reunión Ordinaria del Grupo Ad Hoc sobre “AsuntosAduaneros” del Acuerdo de Complementación Económica Nº 35 (MERCO-SUR-Chile) del 24 de abril de 2008, se formuló oficialmente el ofrecimientopara que la aduana de la República de Chile se incorpore al esquema de trans-misión electrónica de los datos de los MIC/DTA.

Que la Nota Externa Nº 25 de la Dirección General de Aduanas del 17 demarzo de 2009 estableció, como lineamiento general, que en las operaciones deexportación que se realicen mediante transporte internacional terrestre por carre-tera, en el marco de las disposiciones del Acuerdo de Alcance Parcial deTransporte Internacional Terrestre (ATIT), por cada Carta de Porte Internacional-Conocimiento de Transporte Internacional (CRT) deberá corresponder una únicadeclaración aduanera.

Que en virtud de lo expuesto, se ha desarrollado el Sistema Informático delTránsito Internacional Aduanero (SINTIA), el cual se aplicará –en una prime-ra etapa– a las operaciones de importación y exportación entre la RepúblicaArgentina y las Repúblicas del Paraguay o de Chile.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección deLegislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, deRecaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones, Técnico Legal Aduanera y laDirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7ºdel Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Page 19: ataci 112

AATTAACCII

Nº 112 Mayo/Junio 2009 1177

Rincón del TransportistaAATTAACCII

corresponder una única Carta dePorte Internacional- Conocimiento deTransporte Internacional (CRT).

Están exceptuadas de la relaciónindicada en el párrafo anterior, lasoperaciones que:

a) Se efectúen bajo la modalidadde carga consolidada.

b) Comprendan los envases delas mercaderías a transportar,que por sus características parti-culares se registran separada-mente de ellas.

c) Determinará, en caso decorresponder, este Organismo einformará en su página “web”(http://www.afip.gob.ar).

Art. 4º– En esta primera etapa,con carácter obligatorio, deberáobservarse el procedimiento esta-blecido en la presente para la trami-tación de los MIC/DTA de las opera-ciones de tránsito de exportación,cuyo destino sea la República delParaguay o la República de Chile.

Art. 5º– Quedan exceptuados dela obligación establecida en el artí-culo precedente, y deberán trami-tarse conforme a la normativavigente en la materia, los MIC/DTAde las operaciones de tránsito deexportación que tengan las siguien-tes características:

a) La carga de las mercaderíasen la unidad de transporte seefectúe en puntos intermediosentre la aduana de partida y laaduana de salida del país de ori-gen del tránsito –RepúblicaArgentina—.

b) La descarga de las mercaderí-as se realice en puntos interme-dios entre la aduana de entrada yla aduana de destino del país definalización del tránsito.

c) Las mercaderías estén acon-dicionadas en contenedor.

d) Se produzcan trasbordos pro-gramados.

Art. 6º– Cuando el transporte dela mercadería se realice según lamodalidad de carga consolidada, eltransportista emisor del MIC/ DTAelectrónico deberá consignar en eldocumento de transporte, el nom-bre del agente consolidador contra-tante del servicio de transporte.

Art. 7º– En las operaciones detránsito de importación procedentesde la República del Paraguay o dela República de Chile, el agente detransporte aduanero podrá optar, almomento de efectuar el registro delmanifiesto del medio de transporteen el Sistema Informático MARIA(SIM), por recuperar en frontera lainformación remitida electrónica-mente por las aduanas de dichospaíses.

En caso contrario, deberá efec-tuar el registro del manifiesto en elSistema Informático MARIA (SIM)conforme al procedimiento previstoen la normativa vigente.

Art. 8º– Las consultas sobre elprocedimiento dispuesto en la pre-sente podrán ser canalizadas deacuerdo con lo previsto en elArtículo 7º de la Resolución GeneralNº 898 y sus modificatorias.

Art. 9º– Esta resolución generalentrará en vigencia a partir del día 2de junio de 2009, inclusive.

Art. 10– Déjase sin efecto laNota Externa Nº 25/09 (DGA), apartir de la fecha de entrada envigencia de la presente.

Art. 11– Regístrese, dése a laDirección Nacional del RegistroOficial para su publicación y publí-quese en el Boletín de la DirecciónGeneral de Aduanas. Remítasecopia al Grupo Mercado Común–Sección Nacional—, a laSecretaría Administrativa de laALADI (Montevideo R.O.U.) y a laSecretaría del Convenio Multilateralsobre Cooperación y AsistenciaMutua entre las Direcciones deAduana de América Latina, Españay Portugal (México D.F.). Cumplido,archívese. – Ricardo Echegaray.

AANNEEXXOO RREESSOOLLUUCCIIOONN

GGEENNEERRAALL NNºº 22661199

LINEAMIENTOS DEL PROCEDI-MIENTO DE REGISTRO Y SEGUI-MIENTO DEL MIC/DTA ELEC-TRONICO

I) DISPOSICIONES OPERATI-VAS para Agentes de TransporteAduanero y Depositarios

A) GESTION DEL ATA - REGIS-TRO DEL MIC/DTA DE SALIDA

1. El agente de transporte adua-nero ingresará al servicio “Gestióndel ATA”, disponible en la página“web” de este Organismo(http://www. afip.gob.ar). Para ello,deberá contar con “Clave Fiscal”,tramitada de acuerdo con el proce-dimiento dispuesto por laResolución General Nº 2239, sumodificatoria y sus complementa-rias, así como adherir a dicho servi-cio mediante la utilización de laherramienta informática denomina-da “Administrador de Relaciones”.

Asimismo, deberán observar laspautas contenidas en el manual deusuario externo.

2. La aplicación asignará unidentificador único e irrepetible alMIC/DTA electrónico, habilitará elingreso de los datos correspondien-tes a los documentos de transportepara el registro de las Cartas dePorte Internacional-Conocimientode Transporte Internacional (CRT) ypermitirá asociar los permisos deembarque a dichos documentos.Cuando se trate de un MIC/DTA enlastre no corresponderá el ingresode los datos de la CRT.

3. El sistema pasará al estadoregistrado el MIC/DTA electrónico,sólo si los permisos de embarqueinvolucrados se encuentran pre-cumplidos.

4. Cuando sea necesario efec-tuar una intervención previa en laCRT, el agente de transporte adua-nero podrá optar por generar dicho

Page 20: ataci 112

AATTAACCII

Rincón del Transportista

Nº 112 Mayo/Junio 20091188

documento a través de su propiosistema, antes de que el MIC/DTAelectrónico se encuentre en el esta-do registrado, en cuyo caso deberáreplicar los datos en el SistemaInformático del Tránsito Inter-

nacional Aduanero (SINTIA), sinque haya diferencias entre ambosregistros.

5. La aplicación mostrará losdatos que se encuentran registra-dos en el Sistema InformáticoMARIA (SIM) sobre las destinacio-nes de exportación, permitiendoasociarlos a las CRT.

De esta forma, facilitará al decla-rante la carga de ellos y, a su vez,para un conjunto permitido deéstos, le posibilitará modificarlos.

6. El exportador deberá prove-er al agente de transporte adua-

nero una copia del “Detalle deContenido” correspondiente acada permiso de embarque, indi-cando el número de ítem y subí-tem de la mercadería a ser trans-portada.

7. Cuando la aduana de registrodifiera de la aduana de salida, elagente de transporte aduanerodeberá validar, con la transacción“Control de Salida del MIC/DTA”, laoperación de salida del medio de

transporte. Dicha transacción gene-rará automáticamente la confirma-ción de salida de los permisos deembarque asociados a las CRT vin-culadas al MIC/DTA y trasmitiráelectrónicamente esta informacióna la aduana de destino.

B) REGISTRO DEL MANIFIESTODE ENTRADA PROVENIENTE DEUN MIC/DTA

1. Al momento de realizar elregistro del manifiesto del medio detransporte que efectuará la opera-ción de tránsito de importación, elSistema Informático MARIA (SIM)desplegará una opción mediante la

cual, permitirá recuperar en fronterala información remitida electrónica-mente por la aduana de la Re-pública del Paraguay o de laRepública de Chile, según corres-ponda.

2. El agente de transporte adua-nero, de considerarlo necesario,podrá modificar los datos recupera-dos. Asimismo, completará aquellosque no fueron registrados en ori-gen.

3. Si opta por no recuperar losdatos remitidos electrónicamente,deberá efectuar el registro del mani-fiesto en el Sistema InformáticoMARIA (SIM) de acuerdo con el pro-cedimiento actualmente vigente.

C) GESTION DEL DEPOSITARIO -SALIDA DEL MIC/DTA DEL DEPO-SITO DE EXPORTACION

1. Cuando la mercadería seencuentre en un depósito fiscal, laresponsabilidad de generar su sali-da informática recaerá en el deposi-tario.

2. El depositario ingresará al

� RReessoolluucciióónn GGeenneerraall 22661199

Page 21: ataci 112

AATTAACCII

Nº 112 Mayo/Junio 2009 1199

Rincón del Transportista

2. Efectuadas las operacionesque son de su competencia y loscontroles de rigor, el servicioaduanero autorizará la partida delmedio de transporte. A su vez,cuando dicha partida se realice enla planta habilitada por el exporta-dor, registrará la salida delMIC/DTA.

3. La transacción “Control deSalida del MIC/ DTA” inicia latransmisión del MIC/DTA electró-nico a la República del Paraguayy a la República de Chile, segúncorresponda (Eventos OFTAI yPATAI), momento a partir del cualno podrá ser rectificado. Dichatransacción estará a cargo delservicio aduanero cuando laaduana de registro y salida seanlas mismas.

4. En casos excepcionales ypor motivos fundados, medianteun acto dispositivo que autoriceintervenir en la base de datos, laDirección de Informática Adua-nera efectuará la rectificación delos datos necesarios en elSistema Informático MARIA (SIM),sin que dicha intervención impli-que una modificación de los datosdel MIC/DTA enviado electrónica-mente.

En tal caso, el servicio aduaneroinformará mediante correo electró-nico las novedades a las aduanasargentinas intervinientes en la ope-ración de tránsito, siendo responsa-bilidad de la aduana de salida infor-mar dicha novedad a la aduana delpaís limítrofe.

B) PROCEDIMIENTO EN LAADUANA DE SALIDA

1. El servicio aduanero contará–en esta primera etapa– con lastransacciones de “Consulta deMIC/DTA por arribar” y “Con-firmación de Arribo del MIC/DTA”.

2. Una vez arribada la carga ala aduana de salida, el servicioaduanero operará la transacción“Confirmación de Arribo delMIC/DTA” y, en un solo acto, con-

firmará el arribo de todos los per-misos de embarque asociados alas CRT vinculadas al MIC/DTAelectrónico.

3. La cancelación de la destina-ción de exportación para los permi-sos de embarque asociados se rea-lizará mediante la transacción“Cumplido del MIC/DTA

Electrónico”. Hasta tanto estédisponible dicha transacción, estacancelación deberá efectuarse con-forme a lo establecido en laResolución General Nº 898 y susmodificatorias.

III) DISPOSICIONES OPERATI-VAS PARA LOS OPERADORESCONFIABLES (SAOC)

El procedimiento de registro yseguimiento del MIC/DTA electróni-co, se regirá por las pautas estable-cidas en la presente, con lassiguientes particularidades:

1. Para el registro del MIC/DTAelectrónico deberá verificarse pre-viamente que todos los permisos deembarque asociados a las CRT,sean operaciones realizadas deacuerdo con lo previsto en laResolución General Nº 2350 y per-tenezcan al mismo operador.

2. La presentación del MIC/DTAelectrónico será efectuada por elexportador confiable. El SINTIAvalidará que los permisos deembarque asociados a las CRTcorrespondan al exportador queestá realizando la operación yhayan sido registrados en el marcode la resolución general citada en elpunto precedente.

3. La salida del MIC/DTA electró-nico será realizada por el exporta-dor confiable.

4. Cuando un mismo MIC/DTAasocie permisos registrados en elmarco de la Resolución General Nº2350 con permisos no registradosen dicho marco, la operación nopodrá efectuarse conforme alesquema de operador confiable.

servicio “Gestión DepositariosManifiesto Internacional de Carga(MIC/DTA)”, disponible en la pági-na “web” de este Organismo(http://www.afip.gob.ar). Para ello,deberá contar con “Clave Fiscal”,tramitada de acuerdo con el pro-cedimiento dispuesto por la Re-solución General Nº 2239, sumodificatoria y sus complementa-rias, así como adherir a dicho ser-vicio mediante la utilización de laherramienta informática denomi-nada “Administrador de Rela-ciones”.

Asimismo, deberán observar laspautas contenidas en el manual deusuario externo.

3. La aplicación permitirá generaruna salida por cada MIC/DTA elec-trónico. Al efectuar esta operaciónse generarán automáticamente lassalidas de los permisos de embar-que asociados a las CRT vinculadasal MIC/DTA.

II) DISPOSICIONES OPERATIVASPARA EL SERVICIO ADUANERO

El servicio aduanero accederá ala aplicación a través de la red“Intranet” de este Organismo.

A tal fin, se deberá ingresar alSistema Unico de Autenticación,completar los datos requeridos–Código Unico de IdentificaciónLaboral (CUIL) y clave—, seleccio-nar la opción “MARIA WEB V2” yluego el perfil de ingreso, a partirdel cual se visualizarán las trans-acciones específicas habilitadas,previa habilitación del sistema através de la Consola de Gestión deUsuarios (CGU).

Asimismo, se deberán observarlas pautas contenidas en el manualde agentes aduaneros.

A) PROCEDIMIENTO EN LA ADUA-NA DE REGISTRO / PARTIDA

1. El servicio aduanero exigirá laimpresión del MIC/DTA electrónicoa efectos de su presentación infor-mática.

Page 22: ataci 112

AATTAACCII

Rincón del Transportista

Nº 112 Mayo/junio 20092200

TTIIEEMMPPOO DDEE CCOONNDDUUCCCCIIÓÓNN

La sociedad acaba de recibir unimportante instrumento jurídico

para aumentar la seguridad en loscaminos y reducir los accidentes detránsito.

Después de estar en trámite en elCongreso Nacional por 13 años, final-mente fue aprobado el proyecto de ley2660/1996, que agrega un dispositivoen el Código de Tránsito Brasileroque reglamenta el tiempo de conduc-

En este sentido, el ejecutivo,autor del proyecto, y el legislativo,que lo aprobó, aciertan en dirigiresa reglamentación a la legisla-ción de tránsito, porque, sindudas, se trata de la seguridadpara todos los que transitan lascarreteras.

La ley disciplina la responsabili-dad que el profesional tiene con élmismo y con los demás usuarios dela carretera.

Y no podemos negar que unaccidente con la participación delcamión trae grandes proporciones yperjuicios de toda clase.

Entendemos que después de laLey Seca esta propuesta es una delas más importante en cuestión deseguridad en el tránsito porqueatañe directamente al comporta-miento de profesionales de unaactividad comercial responsable deaproximadamente el 60% de todolo que se produce y se consume enel país.

Por Flavio Benatti (Presidente NTC & Logística)

Un país que todavía dependemucho del modo carretero para eltransporte de largas distancias exi-girá de todos los involucrados,prestadores de servicios y contra-tantes, algunas adaptaciones, perotengo la certeza que esos cambiosresultarán en beneficio para el sec-tor productivo de toda la sociedadfbrasilera.

Ahora para que el tiempo de con-ducción se torne Ley en vigencia,depende sólo de la promulgacióndel Presidente de la República.

* Agradecemos el adelanto alsitio web de la NTC & Logística.Información publicada el día 22 dejunio de 2009

EEnn eell CCóóddiiggoo NNaacciioonnaall ddee TTrráánnssiittoo ddee BBrraassiill

Flavio Benatti

““EEll pprrooyyeeccttoo ddee lleeyy eessttaa--bblleeccee qquuee eell ccoonndduuccttoorrddeebbeerráá ddeessccaannssaarr ppoorr 3300mmiinnuuttooss ddeessppuuééss ddee ccoonn--dduucciirr 44 hhoorraass..””

ción del chofer de camión y de ómni-bus en los caminos brasileros.

En caso que necesite llegar aun lugar adecuado, el chofer podráprorrogar su parada por una horamás.

Page 23: ataci 112
Page 24: ataci 112

¿¿¿¿¿¿??????

AATTAACCII

Rincón del Transportista

Nº 112 Mayo/junio 20092222

AACCLLAARRAANNDDOO DDUUDDAASS

Análisis realizado sobre losTránsitos de Empresas de

Transporte Internacional de Cargaspor Automotor, de ATACI,(Asociación de TransportistasArgentinos de Carga Internacional)y APROCAM (Asociación de Pro-pietarios de Camiones de Men-doza), ambas Cámara de Base deFADEEAC (Federación Argentinade Entidades Empresarias delAutotransporte de Cargas), conposterioridad a una reunión llevadaa cabo el día 9 de junio en laSubsecretaría de TransporteAutomotor.

medios de transporte terrestre desalida. Cabe aclarar que los regis-tros informáticos MANI y MANE tie-nen estructura de datos similares alSINTIA

CCoonnssuullttaass pprreesseennttaaddaass aa llaa DDiirreecccciióónn NNaacciioonnaall ddee AAdduuaannaass,,ddeeppeennddiieennttee ddee llaa AAddmmiinniissttrraacciióónn FFeeddeerraall ddee IInnggrreessoossPPúúbblliiccooss ((AAFFIIPP)),, yy llaa SSuubbsseeccrreettaarrííaa ddee TTrraannssppoorrttee ddee llaa NNaacciióónn,,ccoonn rreellaacciióónn aa llooss pprroobblleemmaass ooppeerraattiivvooss ddeetteeccttaaddooss eenn llaaiimmpplleemmeennttaacciióónn ddeell SSIINNTTIIAA..

Las aduanas de los países inter-vinientes en la operación de tránsi-to internacional efectuarán el con-trol de los plazos en su tramonacional según las tablas de plazosque en cada caso correspondan.En nuestro país la tabla de plazoses la preexistente al SINTIA

CRT, Campo 16: desde elcomienzo de la implementa-ción del SINTIA, el día 2 dejunio, el- “Valor de la merca-dería” (en letras) aparece conerror de escritura.

Esta situación ya está resuelta

Operaciones costo y flete –MIC/DTA- Seguro y valor delflete: salen 00

Los datos salen en 00 cuando nose integran correctamente almomento de su registro

Empaques fraccionados ( elsistema emite un CRT porcada MIC/DTA)

Por ahora si, se analizará haciafuturo la posibilidad de recupera-ción de datos

Mesa de ayuda: Se solicitaatención las 24 horas.

Desde la vigencia de la Res.Gral. 898/00 existen mesas deayuda para la atención de las ope-raciones de tránsito que prestasevicios las 24 horas. Se recuerdacorreos electrónicos y teléfonos deestas mesas de ayuda:

¿El SINTIA se aplicará tam-bién a otros modos de trans-porte, por ejemplo al marítimoo aéreo, o sólo será puesto enpráctica para el transporteautomotor? La consulta estáreferida a la necesidad de quetodos los modos de transpor-te reciban similar tratamientoaduanero.

Los modos de transporte maríti-mo y aéreo tienen exigencias pro-pias de declaración informática desus cargas a través de losManifiestos de Importación yExportación (MANI y MANE). En elprimer caso (marítimo) estas obli-gaciones rigen desde 1995 y en elaéreo desde 1993.

Para el medio de transporteterrestre rige el registro informáticoMANI pero no el MANE. En esesentido el SINTIA viene a cubrir unanecesidad de información para los

¿La Dirección Nacional deAduanas está considerandoalgún procedimiento de des-cargos ante posibles futurosreclamos a las empresas detransporte, por no cumpli-miento de los plazos de lostránsitos, como consecuenciade los problemas que puedangenerar los inconvenientesoperativos actuales, durantela primera etapa de imple-mentación del SINTIA?

Cualquier inconveniente suscita-do en la logística de las operacio-nes terrestres atribuible a la AFIPdebe ser considerado justificado enla medida que tales inconvenientesse hubieran producido específica-mente por esas causas. Bienentendido que la relación causa yefecto debe ser clara y razonable

¿Los plazos de vencimientode los tránsitos continuaránrigiéndose con la normativaactual, o con la implementa-ción del SINTIA, se está con-siderando alguna nuevamodalidad al respecto? En laemisión del documento exis-ten dos campos a llenar“plazo de transporte (enhoras)” y fecha de arribo¿Cómo se debe interpretar elllenado de ambos campos?

Page 25: ataci 112

Rincón del Transportista

organismo están trabajando sobreel particular

ATA: su figura complica la ope-ratoria. Esa función podría sercumplida por un empleado dela propia empresa de transpor-te. ¿Sería posible obtener laautorización de parte de laDirección Nacional de Aduanaspara que el transportista sus-criba la documentación, talcomo hoy lo realiza el ATA?.

Se canalizará la inquietud a lasáreas pertinentes

Servicios aduaneros extraordi-narios. Cómo será su funcio-namiento a partir de la imple-mentación del SINTIA. Enalgunos casos, los Guardasno cuentan con el módulodentro de su Sistema paraoperar con SINTIA.

Los guardas tienen un manual deusuarios aduaneros a través delcual pueden resolver la situaciónplanteada y al igual que los agentesexternos la forma de canalizar losinconvenientes que se le presentan

Campo 15 y 14: Los montos deflete y valor aparecen sólo conun decimal, y no con 2; y nofigura la condición de venta. Nosalen impresas las operacionescon montos mayores a $100.000

El área de informática tomó notade la observación para su prontacorrección

No figura el Número de factu-ra en el Campo 17 (CRT) y 36(MIC/DTA)

Se esta analizando la necesidadde dicha incorporación ya que no seaportaron causales consistentesque justifiquen su inclusión

La sumatoria de los totalesacumulados, - hoja por hoja-,en los casos de MIC/DTA (con-solidado: un MIC, varios CRT);se realiza al revés.

El área de informática tomó notade la observación para su prontacorrección

¿Cómo debe procederse enuna operación que contengaconjuntamente, cargasexceptuadas por laResolución 2619/09 de utili-zación del SINTIA, con otrasque sí estén sujetas alnuevo Sistema. Cómo seprocede en el caso de atra-vesar también por Aduanasintermedias.

En esta situación correspondemantener la operatoria de lasexcepciones

El campo “documentación,permiso de embarque” tie-nen un cupo limitado decaracteres y complica laoperatoria.

Se necesita precisión del N° decampo y tipo de información que senecesita incorporar

Campo 24 del CRT: No salepre-impreso el nombre deldestinatario.

Se analizará su necesidad deincorporación.

Nº 112 Mayo/Junio 2009 2233

4347-2788 / 30804347-3091 / 2950 / [email protected]

Ayudat rans i tos2@af ip .gov.a [email protected]

Carga de nº de precinto.Presenta inconvenientes. a) seria prudente que el servi-cio aduanero sea quien tengaa su cargo la asignación y lle-nado del campo 37 del MIC-DTA ya que no es una funciónque le corresponda al trans-portista o su A.T.A.b) en caso de ser procedenteel punto “a” el campo 37podría ser llenado por eltransportista asignando sola-mente la palabra “DGA/MSANros” imprimir el mismo y elservicio aduanero lo comple-taría manualmente.

Se aclara que de la manera queestá instruido la integración dedicho dato y la posibilidad de modi-ficación al momento del registro dela salida, estaría resuelta la situa-ción planteada

Pre-cumplido, si se produceun error, se debe anular elMIC/DTA y realizar nuevamen-te la operación

Si, a los efectos de mantener lalógica de los controles del aplicativoresulta fundamental respetar dichacondición

Se produce una reiterada caídadel sistema, especialmente enlas operaciones de “impresión”de documentación.

Las áreas de Soporte Técnico del

SSRR CCOONNDDUUCCTTOORR:: EEVVIITTEE SSAANNCCIIOONNEESS,, RREETTEENNCCIIOONNEESS YY MMUULLTTAASSAA PPAARRTTIIRR DDEELL 11ºº DDEE AAGGOOSSTTOO DDEE 22000099 NNEECCEESSAARRIIAAMMEENNTTEE DDEEBBEERRÁÁ CCOONNTTAARR

CCOONN LLAA LLIICCEENNCCIIAA NNAACCIIOONNAALL HHAABBIILLIITTAANNTTEE PPAARRAA PPOODDEERR CCIIRRCCUULLAARR..

– La misma deberá ser llevada consigo, vigente y en perfecto estado de conservación.– Deberá ser exhibida ante la autoridad competente en materia de transporte cada vez que le sea requerida.– Para renovar la Licencia Nacional Habilitante y mantener la vigencia de la misma, el examen de renova-ción podrá efectuarse, entre los cuarenta (40) y sesenta (60) días corridos anteriores a su vencimiento.

Page 26: ataci 112

AATTAACCII

Rincón del Transportista

Nº 112 Mayo/Junio 20092244

TTRRÁÁNNSSIITTOOSS EENN AARRGGEENNTTIINNAA

Visto el Acuerdo de TransporteInternacional Terrestre, aproba-

do por Resolución Nº 263 de laSubsecretaría de Transporte defecha 16 de noviembre de 1990 y laResolución Nº 2382 (ANA) de fecha11 de diciembre de 1991, laResolución Nº 1649 (ANA) de fecha10 de junio de 1988, la ResoluciónGeneral Nº 1229 (AFIP), la Re-solución General Nº 709 (AFIP),sus modificatorias y normas com-plementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por las Resoluciones indica-das en el Visto se encuentran regu-ladas las exigencias que debencumplimentar los movimientos demercaderías entre el TerritorioNacional Continental (TNC) y elÁrea Aduanera Especial (AAE), pora vía terrestre.

Que los medios de transporteterrestres, por las características

topográficas y limítrofes, debenatravesar territorio de la hermanaRepública de Chile.

Que tanto nuestro país como laRepública de Chile han suscripto elAcuerdo de Alcance Parcial deTransporte Internacional Terrestre,puesto en vigencia por ResoluciónNº 2382/91 (ANA), modificatorias ycomplementarias.

Que por tal motivo, para las mer-

TTrráánnssiittooss AArrggeennttiinnaa -- AArrggeennttiinnaa eennttrree eell TTeerrrriittoorriioo NNaacciioonnaallCCoonnttiinneennttaall yy eell ÁÁrreeaa AAdduuaanneerraa EEssppeecciiaall..

Nota Externa N° 48/2009

Page 27: ataci 112

Rincón del Transportista

caderías documentadas según loprevisto en la Resolución GeneralNº 709, la Resolución General Nº1229 y la Resolución Nº 1649(ANA), que circulen entre el Te-rritorio Nacional Continental (TNC)y el Área Aduanera Especial (AAE),en tránsito por la República deChile bajo la modalidad denomina-da “Tránsito ARGENTINA - AR-GENTINA”, deben acompañar aldocumento aduanero respectivo elpertinente MIC/DTA, de acuerdo alo dispuesto por la Resolución Nº2382/91 (ANA).

Que el Servicio Nacional deAduanas de la República de Chile yla Dirección General de Aduanas dela República Argentina, en el marcode las reuniones mantenidas por elGrupo Permanente de TemasAduaneros Argentina-Chile, handecidido informatizar la operatoria

del Manifiesto Internacional deCarga/Declaración de TránsitoAduanero (MIC/DTA); por lo que setorna necesario instruir la obligato-riedad de emisión del MIC/DTA paralas destinaciones aduaneras ysubregímenes descriptos preceden-temente.

Por ello y en uso de las faculta-des conferidas por el Artículo 9,Apartado 2, Inciso a), b) y p) delDecreto Nº 618 del 10 de julio de1997, corresponde dejar estable-cido:

A) En las remisiones de merca-derías documentadas según loprevisto en la Resolución GeneralNº 709, la Resolución General Nº1229 y la Resolución Nº 1649(ANA), entre el Territorio NacionalContinental (TNC) y el ÁreaAduanera Especial (AAE), en trán-

sito por la República de Chile, bajola modalidad denominada “Trán-sito ARGENTINA-ARGENTINA”,se deberá presentar el documentoaduanero respectivo acompañadodel MIC/DTA, emitido de acuerdo alo normado en la Resolución Nº2382/91 (ANA).

B) La presente medida entraráen vigencia a partir de los (30)TREINTA días de la fecha de supublicación.

C) Durante el segundo cuatri-mestre del corriente año, y en elmarco de la informatización de laoperatoria del MIC/DTA, se incluiránlas operaciones de “TránsitoArgentina-Argentina”, a efectos desu registro y seguimiento.

Abogada: MARIASILVINA TIRABASSI,(Directora General de Aduanas).

Nº 112 Mayo/Junio 2009 2255

Page 28: ataci 112

AATTAACCII

Rincón del Transportista

Nº 112 Mayo/junio 20092266

CCOOMMPPLLEEJJOO AADDUUAANNAA DDEEUUSSPPAALLLLAATTAA

En horas de la mañana deldía 1º de junio pasado, en

presencia del Sr. DirectorRegional de Aduana de Mza IngJuan Ocampo, el Sr director de laDirección Regional Impositiva de

Mza Cdor Pablo Paturlane, el jefede la División Aduana deMendoza Ing Roberto Manias, elJefe de la sección GR de SistemaInt. Paso Cristo Redentor Sr.Adrián Matesanz, el jefe de la

IInnaauugguurraacciióónn ddee oobbrraass

Sistema Paso Cristo Redentor

sección Administrativa Financierade aduana Cdor. Cesar Sicilia, enrepresentación del coordinadorzonal intersectorial del PasoCristo Redentor el Alf José F.Salazar, en representación del

Page 29: ataci 112

Rincón del Transportista

dársenas cubiertas de verifica-ción y para escaner.

Concluida la misma se hizo elcorte de cintas de los sectores inau-gurados y se realizó un austero

brindis por las obras y además porser el día del trabajador aduanero.

Agradecemos la información anuestros Colegas de APROCAM,en particular a Eduardo Yaya.

Nº 112 Mayo/Junio 2009 2277

Sindicato de Choferes deMendoza el Sr Jorge Guirado, eldelegado Municipal de la In-tendencia de Las Heras en Us-pallata y por Aprocam los IngAndrés Dicesare y FranciscoAcosta, se dio lectura al Acta deCompromiso e inauguración deobras en el sector de Aduana deUspallata.

Todo ello responde en parte a loscompromisos contraídos por laAFIP en Acta del 23 de Octubre del2008 suscripta en sede de laDivisión de Aduana de Mendozaentre funcionarios de la AFIP y elSindicato de Choferes de Camionesde Mendoza.

Se comunicó también en la mis-ma que la AFIP dispuso oficialmen-te el nombramiento de 24 agentescon asiento en Uspallata para refor-zar la estructura del sector los queestarían en pleno funcionamientoaproximadamente el 1º de Julio delcorriente año.

Se informa oficialmente tam-bién de un procedimiento licitato-rio para ampliación del complejoabierto el 25 de Febrero pasado,en que se contempla un nuevorecinto para la ampliación de trá-mites aduanero-migratorios ydemás organismos de control,

�� UNA SALA DE ESPERA DE APROXIMADAMENTE 150 M2

PARA ESPERA DE DOCUMENTACIÓN, CON TODOS LOS

SERVICIOS DE CALEFACCIÓN EN EL SECTOR DE INGRESOS.

�� DOS MÓDULOS PARA BAÑOS ENTREGADOS POR LA

PROVINCIA DE MENDOZA.

�� DOS MÓDULOS PARA BAÑOS SUMINISTRADOS POR AFIP

DGA.

�� UN MÓDULO SANITARIO PARA TERMINAR EN LOS PRÓXIMOS

DÍAS.

�� UN MÓDULO SANITARIO PARA EL SECTOR PUNTA DE VACAS

PARA COLOCAR EN LOS PRÓXIMOS DÍAS.

�� NUEVOS CONTENEDORES DE BASURA Y TRATAMIENTO DE

AGUAS CLOACALES EN EL SECTOR.

LLaass oobbrraass iinnaauurraaddaass ssoonn llaass ssiigguuiieenntteess::

38 duchas individuales con agua caliente

28 lavamanos

34 inodoros

27 mingitorios

y un sector de uso para personal femenino incluído.

LAS NUEVAS INSTALACIONES

CONSTAN DE:

Page 30: ataci 112

AATTAACCII

Rincón del Transportista

Nº 112 Mayo/Junio 20092288

RREEGGIISSTTRROOSS EESSPPEECCIIAALLEESSAADDUUAANNEERROOSS

La Resolución General Nº 2.220 y sus

modificaciones, estableció el procedi-

miento aplicable para la actualización per-

manente del entonces Registro de

Importadores y Exportadores, entre otros

aspectos.

La Resolución General N° 2.570 imple-

mentó un sistema registral destinado a pro-

fundizar la transparencia de la relación fisco

contribuyente, mediante la incorporación de

servicios destinados a posibilitar a los contri-

buyentes y responsables la realización de

trámites mediante transferencia electrónica

de datos vía “Internet”.

En tal sentido, creó los “Registros

Especiales Aduaneros” que están com-

puestos por los “Operadores de Comercio

Exterior”, cuyos responsables deberán

observar lo establecido -entre otros aspec-

tos- en el Anexo “Manual del Usuario del

Sistema Registral”.

A efectos de facilitar la interpretación,

aplicación y cumplimiento de sus disposi-

ciones, se estima conveniente adecuar

ambas resoluciones generales y extender

hasta el 3 de agosto de 2009, el plazo pre-

visto en el Título II del Anexo de la

Resolución General Nº 2.570.

Han tomado la intervención que les

compete la Dirección de Legislación, las

Subdirecciones Generales de Asuntos

Jurídicos, de Recaudación y Técnico

Legal Aduanera y la Dirección General de

Aduanas.

La presente se dicta en ejercicio de

las facultades conferidas por el Artículo

7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de

1997, sus modificatorios y sus comple-

mentarios.

RReessoolluucciioonneess GGeenneerraalleess NN°° 22..222200 yy ssuuss mmooddiiffiiccaacciioonneess yy

NN°° 22..557700..

Por ello,EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACION FEDE-RAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

ART 1º. – Sustitúyese el Artículo2º de la Resolución General Nº2.220 y sus modificaciones, por elsiguiente:

ART 2°. – Los importadores yexportadores, según el grupo enque resulten ubicados -de acuerdocon el procedimiento previsto y porlos motivos establecidos en elAnexo I de la presente- tendrán eltratamiento que, para cada caso, seindica seguidamente:

a) Grupo “A” o “C”: no podránregistrar operaciones de importa-ción y/o exportación a partir de laCERO (0) hora del día inmediatoposterior al de la evaluación.

b) Grupo “B”: su inscripción en el“Registro Especial Aduanero” paraImportadores/Exportadores cadu-cará a partir de la CERO (0) horadel día inmediato posterior al de laevaluación.

A fin de normalizar su situaciónregistral deberán cumplir las obliga-ciones que se indican seguidamen-te, para cada uno de ellos:

1. Grupo “A”: regularizar su situa-ción tributaria de conformidadcon la normativa vigente.

2. Grupo “B”: solicitar una nuevainscripción en el “Registro

Especial Aduanero” paraImportadores / Exportadores, deacuerdo con la normativa vigente.

3. Grupo “C”: regularizar el domici-lio fiscal declarado.

Las evaluaciones para la actua-lización permanente del “RegistroEspecial Aduanero” para Im-portadores / Exportadores, confor-me al procedimiento dispuesto enel Anexo I de la presente, se efec-tuarán en forma permanente cuan-do se trate de los “Estado deSituación” Grupos “A” y “C” ydurante el primer fin de semanadel mes de enero de cada añopara el “Estado de Situación”Grupo “B”.

ART 2º. – Modifícase el Anexo -MANUAL DEL USUARIO DEL SIS-TEMA REGISTRAL - Versión 1.0-de la Resolución General Nº 2.570,en la forma que se indica a conti-nuación:

a) Sustitúyese el punto 9 de suTítulo I “Registros Especiales”,por el que se consigna en elAnexo I que se aprueba y formaparte de la presente.

b) Sustitúyese en el punto 10 desu Título I “RegistrosEspeciales” los cuadros corres-pondientes a los requisitos par-ticulares para Impor-tador/Exportador, Agente deTransporte Aduanero yUsuarios Directos de ZonaFranca, por los que se consig-nan en el Anexo II que seaprueba y forma parte de la pre-sente.

Actualización Permanente.

Page 31: ataci 112

Poseer alta en los impuestos al valor agregado (1), a las ganan-cias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contri-buyentes (RS), de corresponder (excepto para el EstadoNacional, las provincias y las municipalidades, así como lasdependencias de la administración pública nacional, provincial omunicipal, los entes autárquicos o descentralizados, inclusivelas sociedades del Estado y las empresas del Estado)

A

No encontrarse en estado de falencia A

No encontrarse concursado. Sólo para Auxiliares del Comercioy del Servicio Aduanero y demás sujetos

A

Tener firma, foto y huella dactilar registrada digitalmente en el“Sistema Registral” (2)

A

No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (3) A

Rincón del Transportista

c) Sustitúyese el punto 13 de suTítulo I “Registros Especiales”,por el que se consigna en elAnexo III que se aprueba y formaparte de la presente.

d) Sustitúyese el Título II “Pro-cedimiento para la ratificación y

rectificación de datos”, por el quese consigna en el Anexo IV quese aprueba y forma parte de lapresente.

ART 3º.– Regístrese, dése a laDirección Nacional del Registro

9. REQUISITOS GENERALES

Para la inscripción y permanen-cia en el “Registro EspecialAduanero” los “Operadores delComercio Exterior” deberán cumpli-mentar los requisitos generales queseguidamente se detallan, los quese acreditarán de acuerdo con loseñalado en los puntos 11 y siguien-tes del presente “Manual”.

Aclaraciones:–Observar las disposiciones de

las Resoluciones Generales Nº2.239, N° 2.390 y N° 2.449, y susrespectivas modificatorias y com-plementarias

–Domicilio Fiscal Electrónico(opcional)

Nº 112 Mayo / Junio 2009 2299AATTAACCII

Oficial para su publicación y publí-quese en el Boletín de la DirecciónGeneral de Aduanas.

Resolución General N° 2618Abog. Ricardo EchegarayAdministrador Federal

AANNEEXXOO II RREESSOOLLUUCCIIÓÓNN GGEENNEERRAALL NN°° 22661188

��

IMPORTADOR/EXPORTADOR

Aclaraciones:– Resultará de aplicación lo previsto en el Artículo 99, inciso

c) del Código Aduanero– No deberán cumplir con el requisito de acreditar solvencia

económica los que expresamente están exceptuados dehacerlo en la Resolución General N° 2.220 y sus modificacio-nes

– Mediante la gestión de autorizaciones electrónicas desig-narán:

1) A las personas autorizadas a suscribir documentaciónaduanera, quienes deberán tener registrada su firma, foto yhuella dactilar

2) A los despachantes de aduana, asignándoles autorizacio-nes generales o autorizaciones especiales

– Se aplicará lo establecido en la Nota Externa N° 65/06(DGA), a efectos de la determinación de su nivel de riesgo

(1) Deberá acreditar alguna condición frente al impuesto al valor agregado de acuerdo con su actividad.(2) Ver Artículo 17(3) En el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma

AANNEEXXOO IIII RREESSOOLLUUCCIIÓÓNN GGEENNEERRAALL NN°° 22661188

��

Acreditar solvencia económica oconstituir garantía

A

Declaración jurada manifestando noestar comprendido en los supuestosdel Artículo 94, Apartado 1, inciso d)del Código Aduanero. Para las perso-nas jurídicas el requisito se extiende asus directores, administradores osocios ilimitadamente responsables

I

Certificados de antecedentes expe-didos por autoridad policial Para laspersonas jurídicas el requisito seextiende a sus directores, adminis-tradores o socios ilimitadamente res-ponsables

D

Page 32: ataci 112

AATTAACCII

Rincón del Transportista

Nº 112 Mayo/Junio 20093300

– La inscripción como importador/exportador no habitual tendrá una vali-dez, improrrogable, de SESENTA (60) días corridos, al cabo de los cualesquedará sin efecto. La destinación aduanera autorizada, de importación o deexportación, en los términos del Artículo 92, Apartado 2 del Código Aduanero,será UNA (1) por año calendario, no acumulable, en uno u otro carácter

AGENTE DE TRANSPORTE ADUANERO

– Las personas jurídicas podránoficializar destinaciones de importa-ción y exportación, de acuerdo conlo establecido en la ResoluciónGeneral N° 333

Aclaraciones:- Mediante la gestión de autorizaciones electrónicas designarán a los apoderados y a los dependientes

Certificado de Capacitación (Título) A

Acreditar solvencia económica I

Garantía de Actuación A

Certificado de antecedentes expedido por autoridad policial.Para las personas jurídicas el requisito se extiende a sus direc-tores, administradores o socios ilimitadamente responsables

D

Declaración jurada manifestando no estar comprendido en lossupuestos del Artículo 58, Apartado 2, inciso e) del CódigoAduanero

I

Constituir domicilio especial en las Aduanas que operará I

USUARIOS DIRECTOS DE ZONA FRANCA

Estar inscripto comoImportador / Exportador

A

Autorización del usua-rio por la Aduana dejurisdicción de la ZonaFranca

D

Constituir DomicilioEspecial en las Aduanasque operará

I

13. Régimen de ActualizaciónPermanente en los “RegistrosEspeciales Aduaneros”

Para los Importadores / Ex-portadores se aplicará lo estableci-do en la Resolución General N°2.220 y sus modificaciones.

Los demás sujetos inscriptos enlos “Registros Especiales Adua-neros” serán evaluados por estaAdministración Federal en formaautomática y objetiva, en funciónde la información que posee en susbases de datos, y serán ubicadosen los siguientes grupos de “Estadode Situación”:

a) Grupo “A”: sujetos que no seencuentren inscriptos en los impues-tos al valor agregado, a las ganan-cias o en el Régimen Simplificadopara Pequeños Contribuyentes(RS), según corresponda.

AANNEEXXOO IIIIII RREESSOOLLUUCCIIÓÓNN GGEENNEERRAALL NN°° 22661188

��

b) Grupo “B”: sujetos que nohayan registrado destinaciones uoperaciones aduaneras informáti-camente en los últimos VEINTI-CUATRO(24) meses.

c) Grupo “C”: sujetos con domici-lio inexistente o desconocido segúnlo previsto en la ResoluciónGeneral Nº 2.109 y su modificación.

Las evaluaciones se efectuaránen forma permanente cuando setrate de los “Estado de Situación”Grupos “A” y “C” y durante el primerfin de semana del mes de enero decada año para el “Estado deSituación”

Grupo “B”.La ubicación de los sujetos en los

grupos mencionados, de acuerdocon el procedimiento descripto,determinará los efectos que, paracada caso, se indican seguidamente:

–“A” o “C”: no podrán efectuarregistraciones a partir de la CERO(0) hora del día inmediato posterioral de la evaluación.

–“B”: su inscripción en el“Registro Especial Aduanero” cadu-cará a partir de la CERO (0) horadel día inmediato posterior al de laevaluación.

Para regularizar o recuperar suinscripción deberán cumplir con lossiguientes requisitos:

a) Grupo “A”: regularizar su situa-ción tributaria de conformidadcon la normativa vigente.

b) Grupo “B”: solicitar una nueva ins-cripción en el “Registro EspecialAduanero” correspondiente, deacuerdo con la normativa vigente.

c) Grupo “C”: regularizar el domiciliofiscal declarado.PROCEDIMIENTO PARA LA

RATIFICACION Y RECTIFICACION

Page 33: ataci 112

AATTAACCII

Nº 112 Mayo / Junio 2009 3311

Rincón del Transportista

DE DATOS

REGISTROS ESPECIALES ADUANEROS

Los sujetos que a la fecha deentrada en vigencia de la presente,posean el alta en los registros adua-neros existentes serán dados dealta de oficio en los “RegistrosEspeciales Aduaneros”, previa apli-cación del proceso correspondienteal “Régimen de ActualizaciónPermanente”.

Por única vez los sujetos inscrip-tos deberán proceder, a partir delavigencia del sistema y hasta el 3de agosto de 2009, a:

1. Regularizar su situación paralos ubicados en los Grupos “A” y “C”.

2. Ratificar, rectificar y/o comple-tar los datos incorporados en el pro-ceso de “alta de oficio”.

3. Actualizar los domicilios espe-

ciales ante la Aduana donde operaconforme a lo previsto en laResolución General N° 2.574.

4. Actualizar los apoderados,dependientes y otros autorizadosante el Servicio Aduanero, mediantela herramienta informática “Gestiónde Autorizaciones Electrónicas”(Resolución General Nº 2.449 y sucomplementaria N° 2.572).

5. Ratificar los datos biométricos(foto y firma).

Vencido el plazo previsto en elsegundo párrafo del presente Tituloy verificada la falta de cumplimientode lo dispuesto en cualquiera de lospuntos 1.a 3. precedentes, se pro-ducirá la “Inhabilitación” automáticapara registrar operaciones.

A partir del 3 de agosto de 2009caducará la vigencia de todas aque-llas credenciales que tengan en supoder los apoderados, dependien-tes y otros autorizados comprendi-dos dentro del aplicativo de autori-

AANNEEXXOO IIVV RREESSOOLLUUCCIIÓÓNN GGEENNEERRAALL NN°° 22661188

��zaciones electrónicas, por lo cual deno dar cumplimiento a los puntos 4y 5 anteriores no podrán acreditartal representación ante el servicioaduanero.

El servicio aduanero, a los finesde constatar la identidad de estossujetos y su relación entre los distin-tos operadores de comercio exte-rior, verificará el otorgamiento,aceptación y revocación de autori-zaciones generales o especialesmediante el servicio informático deIntranet “Consulta de AutorizacionesElectrónicas”.

Entre los auxiliares del comercioy del servicio aduanero y demássujetos sólo serán evaluados por lacondición prevista para el Grupo “B”los Despachantes de Aduana,Agentes de Transporte Aduanero ylos Prestadores de ServiciosPostales PSP/Couriers.

Page 34: ataci 112

AATT

AACC

IIHumor

Nº 112 Mayo/Junio 20093322

REVISTA AA TT AA CC II - Números atrasados

CCoolleecccciióónn ccoommpplleettaa:: conserve los momen-

tos más importantes afrontados por el

transporte de carga de la Argentina y el MER-

COSUR, con documentación original y todos

los datos que le premitirán contar con un ele-

mento de consulta permanente y estar en

contacto con los protagonistas del sector.

VVaalloorr ddee llaa ccoolleecccciióónn:: $250.-

NNúúmmeerrooss aattrraassaaddooss:: $25 c/u

Pídalos en nuestra sede: Sánchez de

Bustamante 54, 1º piso, (C1173AAB)

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Tel. 005411 4860-7780.

E-mail: [email protected]

Page 35: ataci 112
Page 36: ataci 112

Recommended