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DIARIO OFICIAL - COnnecting REpositories · 2020. 1. 29. · 1.938. NUM.220 DIARIO OFICIAL de...

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Alio XXIII Madrid, 4 de octubre de 1928. ea/ DIARIO NUM. 220 ■41111~1111MID OFICIAL DEL MINISTERIO DE MARINA Las disposiciones insertas en este DIARIO tienen carácter preceptivo. Toda la corresponderitfá debe ser dirigida al Administrador del DIARIO OFICIAL DEL MINISTERIO DE MARINA SUMARIO Sección oficial. Real decreto-ley. PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS.— Dispone que, a partir de las primeras oposiciones que so convo ciuen,.las carreras Diplomática y Consular constituyan una sola especial, titulada Carrera Diplomática, refugiándose ambas, desde luego, y quedando a extinguir las dos tal co mo actualmente están constituida. Reales decretos. Autoriza adquisición de aparatos de señales submarinas.— 'dem id. de dos agujas «Anschutz».—Idem id. de dos hi droaviones de exploración táctica.—Aprueba gastos de ma terias lubrificadoras-adquiridas para el «Príncipe Alfonso». Reales órdenes. DIRECCION GENERAL DE CAMPAÑA.—Pasa a tercera si tuación el contratorpedero «Sánchez Barcáiztegui», que dando agregado a la flotilla de esa clase de buques que for ma parte integrante de la Escuadra. SECCION DEL PERSONAL.•Otorga calidad de beneficiario del Régimen dt Subsidio a las familias numerosas a don R. Alvargonzález.—Ascenso del C. de C. don G. Ferrer y del T. de N. don F.-Taviel de Andrade.—Destino al Capitán de Fragata don G. Ferrer. -- Idem al C. de C. don F. Taviel de Andrade.—Idem a los A. de N. don E. Barbudo y don A. López.– Ascenso de los A. de F. que expresa,---Concede licencia a varios Alféreces de Navío.—Resuelve consulta relativa a la forma de anunciar convocatoria para cubrir plazas de personal auxiliar de Observadores y Calcula dores. SECCION DEL MATERIAL.—Nombra Maestro mayor de Carpinteros de Ribera a don A. Baro.—Aprueba aumento en dos cargos. INTENDENCIA GENERAL—Señala fecha de presentación de pruebas de un submarino. Circulares y disposiciones. PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS.— Relación de individuos admitidos a un concurso. CONSEJO SUPREMO DE GUERRA Y MARINA.—Pensio nes concedidas por ese Alto Querpo. i•a7.• Seccion oficial REAL DECRETO-LEY ?residencia del Consejo deMinistros EXPOSICION SEÑOR : El servicio diplomático de los Estados va de día en día adquiriendo tal importancia y extensión, que impone la urgente necesidad de modificarlo en su organiza ción y funcionamiento para que responda a las misiones que le compete. Base esencial de la modificación ha de ser fun dir en ,una sola carrera la Diplomática y la Consular, es decir, formar un solo Cuerpo, el Diplomático, al que esté encomendada la representación y servicios políticos y co merciales en el extranjero, constituyendo una sola carrera, que tenga su comienzo en la categoría de Agregado y su término en la de Ministro Plenipotenciario de primera cla se, con preferencia recomendatoria, dentro de la omnímo (11 libertad de Vuestra Majestad para designarlos, de,ele gir entre ellos los que han de ocupar el elevado cargo de Embajador. Fundase este criterio en que gran número de los asuntos en que se ven obligados a intervenir los repre sentantes diplomáticos tiene la raíz de su conocimiento en las relaciones comerciales, en las estadísticas de emigración e inmigración, en la red tupida de los intereses nacionales díe. toda índole que contiene los de toda clase, que se multi plican cada vez más, pasando hoy a la esfera de las rela ciones internacionales asuntos que antiguamente quedaban dentro de las fronteras de cada país ; y también se basa el criterio expuesto en que la representación consular con la diplomática debe constituir en cada país extranjero un todo, encomendado a la dirección de quien en él ostente la más alta jerarquía de la representación jurídica del Estado. Se impone, yues, como consecuencia, modificar las con diciones de ingreso para la carrera única que se crea y fijar bien los turnos de alternativa en el ejercicio de las dos funciones que le competen, tanto en Europa como en los paises de América y de Asia y en los puestos que dicha carrera tenga en el Continente africano, todo ello para ga rantizar la necesidad práctica, base de la idoneidad nece saria para el ejercicio de las complejas funciones propras de dicha carrera, y también para la equitativa distribución de fatigas y responsabilidades. Por lo que antecede, el Presidente del Consejo de Mi nistro que suscribe, de acuerdo con éste, tiene la honra
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  • Alio XXIII Madrid, 4 de octubre de 1928.ea/

    DIARIO

    NUM. 220■41111~1111MID

    OFICIALDEL MINISTERIO DE MARINA

    Las disposiciones insertas en este DIARIO tienen carácter preceptivo.Toda la corresponderitfá debe ser dirigida al Administrador del DIARIO OFICIAL DEL MINISTERIO DE MARINA

    SUMARIOSección oficial.

    Real decreto-ley.PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS.— Disponeque, a partir de las primeras oposiciones que so convociuen,.las carreras Diplomática y Consular constituyan unasola especial, titulada Carrera Diplomática, refugiándoseambas, desde luego, y quedando a extinguir las dos tal como actualmente están constituida.

    Reales decretos.Autoriza adquisición de aparatos de señales submarinas.—'dem id. de dos agujas «Anschutz».—Idem id. de dos hidroaviones de exploración táctica.—Aprueba gastos de materias lubrificadoras-adquiridas para el «Príncipe Alfonso».

    Reales órdenes.DIRECCION GENERAL DE CAMPAÑA.—Pasa a tercera situación el contratorpedero «Sánchez Barcáiztegui», quedando agregado a la flotilla de esa clase de buques que forma parte integrante de la Escuadra.

    SECCION DEL PERSONAL.•Otorga calidad de beneficiariodel Régimen dt Subsidio a las familias numerosas a donR. Alvargonzález.—Ascenso del C. de C. don G. Ferrer ydel T. de N. don F.-Tavielde Andrade.—Destino al Capitánde Fragata don G. Ferrer. -- Idem al C. de C. don F. Tavielde Andrade.—Idem a los A. de N. don E. Barbudo y donA. López.– Ascenso de los A. de F. que expresa,---Concedelicencia a varios Alféreces de Navío.—Resuelve consultarelativa a la forma de anunciar convocatoria para cubrir

    plazas de personal auxiliar de Observadores y Calculadores.

    SECCION DEL MATERIAL.—Nombra Maestro mayor de

    Carpinteros de Ribera a don A. Baro.—Aprueba aumentoen dos cargos.

    INTENDENCIA GENERAL—Señala fecha de presentación depruebas de un submarino.

    Circulares y disposiciones.PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS.— Relaciónde individuos admitidos a un concurso.

    CONSEJO SUPREMO DE GUERRA Y MARINA.—Pensiones concedidas por ese Alto Querpo.

    i•a7.•

    Seccion oficial

    REAL DECRETO-LEY

    ?residencia del Consejo deMinistrosEXPOSICION

    SEÑOR : El servicio diplomático de los Estados va dedía en día adquiriendo tal importancia y extensión, queimpone la urgente necesidad de modificarlo en su organización y funcionamiento para que responda a las misiones quele compete. Base esencial de la modificación ha de ser fundir en ,una sola carrera la Diplomática y la Consular, esdecir, formar un solo Cuerpo, el Diplomático, al que estéencomendada la representación y servicios políticos y comerciales en el extranjero, constituyendo una sola carrera,que tenga su comienzo en la categoría de Agregado y sutérmino en la de Ministro Plenipotenciario de primera clase, con preferencia recomendatoria, dentro de la omnímo(11 libertad de Vuestra Majestad para designarlos, de,ele

    gir entre ellos los que han de ocupar el elevado cargo deEmbajador. Fundase este criterio en que gran número delos asuntos en que se ven obligados a intervenir los representantes diplomáticos tiene la raíz de su conocimiento enlas relaciones comerciales, en las estadísticas de emigracióne inmigración, en la red tupida de los intereses nacionalesdíe. toda índole que contiene los de toda clase, que se multiplican cada vez más, pasando hoy a la esfera de las relaciones internacionales asuntos que antiguamente quedabandentro de las fronteras de cada país ; y también se basael criterio expuesto en que la representación consular conla diplomática debe constituir en cada país extranjero untodo, encomendado a la dirección de quien en él ostente lamás alta jerarquía de la representación jurídica del Estado.

    Se impone, yues, como consecuencia, modificar las condiciones de ingreso para la carrera única que se crea y fijarbien los turnos de alternativa en el ejercicio de las dosfunciones que le competen, tanto en Europa como en lospaises de América y de Asia y en los puestos que dichacarrera tenga en el Continente africano, todo ello para garantizar la necesidad práctica, base de la idoneidad necesaria para el ejercicio de las complejas funciones propras dedicha carrera, y también para la equitativa distribución defatigas y responsabilidades.Por lo que antecede, el Presidente del Consejo de Mi

    nistro que suscribe, de acuerdo con éste, tiene la honra

  • 1.938. NUM. 220 DIARIO OFICIAL

    de someter a la sanción de Vuestra Majestad el adjuntoproyecto de derreto-ley de Bases.Madrid, 26 de septiembre de 1928.

    SEÑOR:A L. R. P. de V. M.,

    MIGUEL PRIMO DE RIVERA Y ORBANEJA

    REAL DECRETO-LEY

    Número 1.612.

    A propuesta del Presidente de Mi Consejo de Ministros,y de acuerdo con éste,Vengo en decretar lo siguiente:Base primera. A partir de las primeras oposiciones que

    se convoquen, las carreras Diplomáticas y Consular constituirán una sola especial, titulada Carrera Diplomática, refundiéndose ambas, desde luego, y quedando a extinguirlas dos .tal como actualmente están constituidas.

    Base segunda. Las categorías de la Carrera Diplomática serán: Ministros Plenipotenciarios de primera. segunday tercera clase ; Secretarios de primera y segunda clase yAgregados. Los Ministros de primera clase desempeñaránsiempre Jefaturas de Misión o el puesto administrativoequivalente, pero nunca funciones consulares. Los de segunda y tercera desempeñarán las Plenipotencias o los cargos de Consejero de Embajada correspondientes a su categoría, las Jefaturas de Sección dl Ministerio y los Consulados generales y de primera clase. Los Secretarios, conarreglo a sus categorías respectivas, desempeñarán, indistintamente, los cargos correspondientes en la Administración Central, en las Embajadas, en las Legaciones y enlos demás Consulados, así como los puestos de Vicecónsul que existan. Los Agregados, según indica su nombre,figurarán como adjuntos, y con arreglo a las plantillas queexistan . en las distintas organizaciones dependientes delMinisterio de Estado, pero haciendo un ario de servicio enla Administración Central.Los Embajadores constituirán; sin fijación die plantillas,

    la cabeza de la Carrera Diplomática, aunque no procedande ella, siendo de recomendar que su designación se hagaentre los Ministros Plenipotenciarios de primera clase aunen el caso de que hayan de ser acredlitados como tales Embajadores por Cartas Credenciales, sin que esto modifiquesu categoría administrativa.Las equivalencias jerárquico y administrativas serán

    las siguientes, quedando, en cuanto favorezcan, con lossueldos "señalados actualmente hasta que se regulen y unifiquen todas las categorías administrativas :Embajadores.—En funciones, Tenientes Generales con

    mando de Región en excedencia, Tenientes Generales.Ministro de primera.—Jefe superior de Administración,

    General de División.Ministro de segunda.—Jefe de Administración de pri

    me-ra clase. General de Brigada.Ministro de tercera.—Jefe de Administración de segun

    dia clase, Coronel.Secretaria de primera.—Jefe de Negociado de primera,

    Jefe de Ejército.Secretario de segunda. Jefe die Negociado de segunda,

    Capitán.Agregados.—Subalternos.Estas categorías servirán para la fijación de sueldos re

    gúiadoí-es con arreglo a los que se deriven del acuerdo queen su 'día adopte el Gobierno sobre el dictamen de la Comición interministerial, sin perjuicio de las obvenciones extraordinarias, con arreglo a los puestos que se ocupen ocar.rs qt!--2 se desempeñen.

    _

    Base tercera. El ingreso en la Carrera Diplomática sehará sólo por oposición y reuniendo las condiciones siguientes : Ser español, de intachable conducta, tener títulode Licenciado en Derecho y ser mayor de veintitrés años yMenor de treinta, y gozar de buena salud. El límite de edadde ingreso podrá rebajarse a* veintiún años, pero no ejerciendb funciones hasta los veintitrés.Las oposiciones se verificarán practicando en seis horas

    como máximo un ejercicio escrito sobre ternas relativos alas materias que se expresan a continuación, ejercicio queha de hacerse en español, francés y en otro idioma cualquiera que el opositor designe; un ejemplar del ejercicioha de ser escrito a mano, otro a máquina y otro en taquigrafía española. Los opositores tendrán a su disposiciónuna biblioteca adecuada y los ternas sobre los que tenganque hacer el ejercicio serán distrijimídos por sorteo.Además de este ejercicio escri0,-existirá otro oral en el

    que por sorteo de papeletas _contesten a las• preguntas queel Tribunal correspondiente les haga sobre los temas queconstituyan el programa; en el tiempo máximo- de treshoras.

    Programa. Geografía política y económica y mercantil,Derecho internacional e Historia de los Tratados, Organización política y diplomática mundial, Legislación y Estadística comercial, aduanera y de navegación, Historia universal y de España, Derecho diplomáticó y consular, Protocolo y régimen de pasaportes. ,

    Base cuarta.—Situaciones, y destinos.---En servicio activo, excedente de plantilla y excedente voluntario.A la primera corresponderá el sueldo entero y las ob

    venciones correspondlientes; a la segunda, los cuatro quintos del sueldo, y a la tercera, la mitad durante un aria, debiendo cesar en el cobro de haberes pasado este plazo.Los excedentes de plantilla tendrán preferencia para ser

    colocados con ocasión de vacantes, sin sujeción a. turnoalguno. -Los puestos que vaquen se darán dentro dle cada catego

    ría, a petición propia, siendo preferidos para ocuparlos losfuncionarios que reúnan más antigüedad de servicios yhayan dlesemperiado con buena nota y por más tiempo cargos diplomáticos y consulares, teniéndose también en cuenta el alejamiento de la metrópoli de los puestos que hayandesempeñado ; pero si razones especiales de servicio aconsejaran no cubrirlos con el de mejor derecho, se correráel turno dentro de la categoría.Las vacantes que resulten en cada una de éstas después

    de colocados los, excedentes de plantilla, si los hubiera, yde efectuados los traslados córrespondientes, se cubriráncon arreglo a los siguientes turnosPrimero. Entre los excedentes voluntarios de la misma

    categoría de la vacante que se hallen en aptitud para volver al servicio activo y en el orden en que par la presentación de su solicitud de reingreso figuren en esta relaciónque se hará al efecto.Segundo. Por ascenso por rigurosa antigüedad, entre

    los funcionarios de la categoría inferior inmediata, ya sehallen en el' servicio activo, ya en cualquiera de las otrassituaciones, siempre que tanto unos como otros hayan servido en la categoría que tengan, tres arios por lo menos.Tercéro. Por ascenso por elección entre los funciona

    rios de la categoría inferior inmediata que se hallen enservicio activo, siempre que figuren en el primer tercio delos colocados en la escala de- su categoría, siendo condiciónde preferencia las estab!ecidas en esta base, y, además,haber obtenido calificación especial. Esta se hará anualm?..nte, respecto a todo el personal, por un Tribunal presi'dido por el Ministro de Estado y compuesto además por el

  • DEL MINISTERIO DE MARINA 1.939. NUM 220.

    Secretario general y dos Ministros, con destino en el Ministerio, mediante el estudio de antecedentes e informaciones, siempre que se trate de MinistroA y Secretarios primeros; y por el mismo Tribunal, pero sin intervención delMinistro de Estado, que siempre se reservará la aprobación die las propuestas, cuando se trate de Secretarios segundos y Agregados. Estos Tribunales levantarán actasreservadas del concepto que merezcan los funcionarios.Este mismo Tribunal, incrementado con dos die la clasecorrespondiente, se reunirá con carácter extraordinariocada vez que proceda juzgar die la honorabilidad de algúnfuncionario de la carrera, procediendo con carácter reservado y elevando su información al Ministro, que si juzara procedente la baja definitiva, la -someterá al Consejode Ministros, cuya resolución no es apelable.Los cargos de Jefes ,de- 'Misión se proveerán siempre

    -,:revia propuesta a S.`-iM.Y.'Clel Ministro elle Estado, aproada por el Consejo de lei-iiidros.Base transitoria. Para que la fusión de ambas carreras

    ai_lualmente existentes, Diplomática y Consular, llegue ahacerse efectiva rápidamente, a partir de la publicación yreglamentación de este decreto-ley, se formará un escalafón provisional en que figuren mezclados, tenienido encuenta las categorías que quedan señaladas y, dentro deellas, las antigüedades del personal de ambas, cubriéndoseprecisamente lak„ cuarta parte dé las vacantes que vayan ocurriendo, a partir de la primera, con personal de la otra carrera, con carácter voluntario o forzoso, pero siendo preferidos los primeros ; y el resto con los de su origen. Sidurante los dos primeros años algún funcionario de una uotra carrera alegare al corresponderle destino distinto aide su origen no tener preparación para desempeñarlo, quedará excedente forzoso por un ario, al fin die cuyo plazo sele considerará habilitado para el desempeño integral desus funciones.En el plazo de un mes, a partir de la publicación de":

    este Real decreto-ley, será presentado a la aprobación de:S. M., por el Ministro die Estado, el Reglamento de laCarrera Diplomática refundida y sus plantillas orgánicas,y un mes después el programa de las primeras ¿posiciones, que han de tener lugar en marzo de 1929, y cuyo número de plazas se señalará oportunamente.Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan al •

    cumplimiento del presente decreta-ley de bases.Dado en San Sebastián a veintinueve de septiembre de

    mil novecientos veintiocho.

    ALFONSO1- El Presidente del Consejo de Ministros,

    MIGUEL PRIMO DE *RIVERA Y ORBANEJA.

    (De la Gaceta.)

    REALES DECRETOSA propuesta del Ministro de Marina, y de

    acuerdo con Mi Consejo de Ministros,Vengo en disponer se adquieran por gestión

    directa los aparatos de seriales submarinas condestino a los submarinos "C-3" y "C-4", cuyoservicio se exceptúa de las formalidades de subasta y concurso, como caso comprendido enel Real decreto de diez y ocho de septiembrede mil novecientos veintitrés.

    Dado en San Sebastián a veintinpeve deseptiembre de mil novecientos veintiocho.

    ALFONSOEl Ministro de Marina,

    HONORIO CORNEJO Y CARVAJAL.

    A propuesta del Ministro de Marina, y deacuerdo con Mi Consejo de Ministros,Vengo en disponer se adquieran por gestión

    directa dos agujas giroscópicas -Anschutz"con destino a los submarinos "C-3" ycuyo servicio se exceptúa de las formalidadesde subasta y concurso, como caso comprendidoen el Real decreto de diez y ocho de septiembre de mil novecientos veintitrés.Dado en San Sebastián a veintinueve de

    septiembre de mil novecientos veintiocho.ALFONSO

    El Ministro de Marina,

    HONORIO CORNEJO Y CARVAJAL.

    A propuesta del Ministro de Marina, y deacuerdo con Mi Consejo de Ministros,Vengo en autorizar al primero para la ad

    quisición por gestión directa de la Comisiónde Marina en Europa, y como caso comprendido en el punto cuarto del artículo cincuentay cinco de la ley de Hacienda pública, de doshidroaviones de exploración táctica "Fairey"tipo F. III, con los pertrechos y respetos precisos para su perfecta utilización.Dacio en San Sebastián a veintinueve de

    septiembre de mil novecientos veintiocho. 4ALFONSO

    El Ministro de Marina,

    HONORIO CORNEJO Y CARVAJAL.

    A propuesta del Ministro de Marina, y deacuerdo con Mi Consejo de Ministros,Vengo en decretar lo siguiente:Artículo único. Queda aprobado el gasto de

    cincuenta y siete mil trescientas sesenta pesetas ochenta y cinco céntimos, importe de materias lubrificadoras y otros efectos de consumo de máquinas, adquiridas unas y otros porgestión directa en Bilbao y con destino al crucero "Príncipe Alfonso".Dado en San Sebastián a veintinueve de

    septiembre de mil novecientos veintiocho.ALFONSO

    El Ministro de Marina,

    FIONORIO CORNEJO Y CARVAJAL

  • 1.940 NUM. 290 DIARIO OPICIAL

    REALES ORDENESExcmo. Sr.: S. M. el Rey (q. D. g.) se ha

    servido disponer lo siguiente:

    Dirección General de CampañaSituaciones de buques.

    Excmo. Sr.: En Real orden telegráfica, de 30 de septiembre último, se dijo al Capitán General del Departamento de Cartagena lo siguientei-, "Contratorpedero Sánchez Barcáiztegui queda en tercera situación a partir deldía de ayer, fecha de su entrega a la Marina."Lo que de Real orden traslado a V. E. para su conoci

    miento y efectos,. significándole que el citado contratorpedero queda desde dicha .fecha incorporado a la flotilla deesa clase de buques que forma parte integrante de la Escuadra.—Dios guarde a V. E. muchos años.—Madrid: 2de octubre de 1928.

    CORNEJO.Sres. Director General de Campaña y de los Servicios

    de Estado Mayor, Comandante General de la Escuadra eIntendente General del Ministerio.Señores...

    =O=

    Sudan del PersonalCuerpo General

    Excmo. Sr.: En Real orden de 26 de septiembre último,expedida por el Ministerio del Trabajo, Comercio e Industria, se dispone lo siguiente :

    'Excmo. Sr.: S. iM. el Rey (q. D. g.) ha tenido a bienotorgar la calidad de beneficiario del Régimen de Subsidioa las familias numerosas a D. Ramón Alvargonzález yPérez de la Sala, en concepto de funcionario y padre deocho hijos legítimos, menores, no emancipados, con losderechos establecidos en el artículo 9.° del Real decretode pi de diciembre de r926.Lo que de Real orden digo a V. E. para su conoci

    miento y efectos.—Dios guarde a V. E. muchos años.—Madrid, 3 de octubre de 15428.

    CORNEJO.Sres. General Jefe de la Sección del Personal y Almi

    rante Jefe de la Jurisdicción de Marina en la Corte.Señores...

    o

    Excmo. Sr. : Para cubrir la vacante producidta por pasea servicios de tierra por edad, del Capitán de Fragata clonPedro María Cardona y Prieto, que cumplió en 25 de septiembre próximo pasado la edad prefijada a dicho efecto,S. M. el Rey (q. D. g.) ha tenido a bien promover a su inmediato empleo. con antigüedad de, 26 de-dicho mes y sueldo a partir de la revista administrativa del actual, al Capitán (112 Corbeta D. Gabriel Ferrer y Otero, y Tenientede Navío D. Francisco Taviel de Andracle y Delgado, quereúnen las condiciones reglamentarias exigidas al efecto,quedando retardados, por carecer de las mismas, los Tenientes de Navío que en el escalafón preceden al mencionado que asciende, y no cubriéndose la vacante en el emileo de Teniente de Navío por no existir en el inferior

    pe:-sonal que reúna loS requisitos reglamentarios para ello.

    Lo que de 'Real orden digo a V. E. para su conocimiento y efectos.—Dios guarde a V. E. muchos años.Madrid. 3 de octubre de 1928.

    CORNEJO.Sres. General Tefe de la Sección del Personal, Almi

    rante Jefe die la jurisdicción de Marina en la Corte, Capitán General del Departamento de Cartagena e IntendenteGeneral del Ministerio.

    Excmo. Sr.1 S. M. el Rey (q. D. g.) ha tenido a biendisponer que el Capitán de Fragata D. Gabriel Ferrer yOtero continúe desempeñando e' destino de mi Ayudantepersonal.

    De Real orden lo digo a V. E. para su conocimientoy efectos.—Dios guarde a V. E. muchos años.—Madrid.3 de octubre de 1928.

    CORNEJO.Sres. General jefe de la Sección del Personal, Almi

    ra.nte Jefe de la judisdicción de Marina en la Corte e Intendente General del Ministerio.

    o

    Dispone que el Capitán de Corbeta D. Francisco Tavielde Andrade y Delgado continúe desempeñando el destinode Subdirector de la Escuela de Aeronáutica Naval.

    3 de octubre de 1928Sres. General Jefe de la Sección del Personal, Capitán

    General del Departamento de Cartagena, General jefe dela Sección del Material e Intendente General del Ministerio.

    Dispone desembarque del cañonero Lauria el Alférezde Navío D. Enrique Barbudo Duarte y pase destinado ala Escuadra a (Disposición del Comandante General de lamisma.

    3 de octubre de 1928.Sres. General Jefe de la Sección del Personal, Coman

    dante General de la Escuadra, Jefe de las Fuerzas Navales del Norte de Africa e Intendente General del IVIinisterio.

    Dispone desembarque del guardacostas Uad-Quert el Al-.férez de Navío D. Antonio López Costa y embarque en elcañonero Launa.

    3 de octubre de 1928.Sres. General Jefe de la Sección del Personal, Jefe de

    las Fuerzas Navales del Norte de Africa e 'IntendenteGeneral del Ministerio.

    CORNEJO.o

    Excmo. Sr.: Por haber sido aprobados en tocks las asignaturas que comprende la carrera para obtener el empleode Alférez: de. Navío los Alféreces dé Fragata alumnos quea continuación se expresan, S. M. el Rey (q. D. g.) hatenido a bien promoverlos al expresado empleo de Alférez de Navío, con antigüedad y sueldo de 1." de septiembre próximo pasado:D. Jesús Lasheras Marcadal, D. Fernando Pardo Suá

    rez, D. Francisco Buendía Pérez, D. Ignacio Martell Viniegra, D. Ricardo Chereguini Pardo, Di. Yuan ZancadaValverde, D. Emilio' Serra Armas, D. Félix FernándezFournier, D. Luis Peláez Fajardo, D. Antonio. Balan de

  • DEL MINISTERIO DE •i-kl.ZIN./-‘ 1.941. NUM.220

    Mesa, D. José Verdaguer Puimartí, D. José Yusti Pita,D. Vicente Planches Ripoll, D. Juan J. Haya González,D. Juan Vázquez Letp.ez, D. 'Antonio Ruiz González,

    don

    Tacobo Pedrosa Fontenla, D. Joaquín Cervera Abreu, don

    -José L. Barreda Aragonés, D. José Acebal Iñigo, D.Fabio

    J. Bueno Chereguini, D. José Garcés López,D. Luis Sán

    chez Pinzón, D. Juan J. Buhigas García, D. BuenaventuraSouto y López de Neira, D. Mariano González Requena,D. Juan Tornos Espelius, D. José L. Fernández-Peña yPineda y D. Edrnundo Balbontín de Orta.Lo que de Real orden digo a V. E. para su conoci

    miento y efectos.—Dios guarde a V. E. muchos años.—

    Madrid, 3 de octubre de 1928.CORNEJO.

    Sres. Genral Jefe de la Sección del Personal e Intendente General del Ministeri9..,,

    n•

    Dispone que los Alféreces de Navío promovidos a esteempleo por Real orden de esta fecha, continúen en usode licencia hasta que se les confiera destino.

    3 de octubre de 1928.Sres. General Jefe de la Sección del Personal e Inten

    dente General del Ministerio.Señores...

    o

    CORNEJO.

    Observadores y Celadores.

    Excmo. Sr.: Dada cuenta de la comunicación del Director del Instituto y Observatorio de Marina de SanFernando cursada a este Ministerio por el Capitán General del Departamento de Cádiz, en la que propone convocar oposiciones para cubrir cuatro plazas del personalauxiliar de observadores y. calculadores, en la forma queexpresa, S. M. el Rey (q. D. g.), de conformidad con loinformado por la Sección del Personal y Asesoría General de este Ministerio, ha tenido a bien disponer, que cuan& haya que anunciar convocatoria para cubrir vacantesde aspirantes a auxiliares de calculadores y observadores,se haga conforme a lo determinado en los artículos 55y 57 del Reglamento del citado Instituto, aprobado porReal decreto de 7 de febrero de 11924 (D. O. núm. 63).De Real orden lo digo a V. E. para su conocimiento

    y efectos.—Dios guarde a V. E. muchos años.—Madrid,29 de septiembre de 1928.

    CORN

    Sres. General Jefe de la 'Sección del Personal, Capitán General del Departamento de Cádiz e Intendente Gereral del Ministerio.

    Seccion del MaterialMaestranza.

    Excmo. Sr.: Como resultado de la instancia cursada porel Capitán General del Departamento de Cádiz, en 21 deagosto último, con el número 2.860, del primer Maestrodel taller de carpinteros de ribera del Arsenal de La Carraca, l). Antonio Baro Conejero, en la que expone quefué aprobado- en los exámenes que se celebraron para cubrir la plaza de Maestro mayor, vacante en dicho Arsenaly propuesto para ésta, no llegando a ser nombrado por

    haber sido retirado del servicio a causa de cumplir la edadreglamentaria para el retiro de los primeros Maestros y suplica se le conceda la mencionada plaza, en atención a noserle imputable la demora sufrida en la tramitación de lacitada propuesta, S. M. el Rey (q. D. g.), de acuerdo conlo informado por la Sección del Material y la Asesoría

    Ge

    neral y de conformidad con lo consultado porla Junta Su

    perior de la Armada, ha tenido a bien conceder la vueltaal servicio activo al solicitante, nombrándolo Maestro ma

    yor del taller de carpinteros de ribera del Arsenal de LaCarraca, con la antigüedad de 19 de marzo último, sin quetal resolución pueda alegarse corno precedente en otros'casos, a no ser que concurran en los mismos idénticas cir

    cunstancias'.De Real orden lo digo a V. E. para su conocimiento

    y efectos.—Dios guarde a V. E. muchos años.—Madrid,2 de octubre de iy8.

    CORNEJO'.

    Sres. General Jefe de la Sección del Material, CapitánGeneral del Departamento de Cádiz e Intendente Generaldel Ministerio.

    Señores../.

    Material y Pertrechos navales.Excmo‘ Sr. Visto el .escrito del Director de la Escue

    la de Aeronáutica naval, número 2.463, de 12 del actual,con el que remite relaciones de loS efectos que se proponen sean aumentados en el Inventario de la citada Es

    cuela, S. M. el Rey (q. D. g.), de conformidad con lopropuesto por la Sección del Material, ha tenido a bienaprobar el referido aumento, según expresa la relación quea continuación se inserta.

    De Real orden lo digo a V. E. para su conocimientoy efectos.—Dios guarde a V. E. muchos años.—Madrid,28 de septiembre de 1928.

    CORNEJO.Sres. General Jefe de la Sección del Material Di

    rector de la Escuela de Aeronáutica naval.

    Relación de referencia.AUMENTO AL INVENTARIO DE LA ESCUELA DE AERONÁUTICA

    Pesetas.

    Un nivel taquimétrico, Zeiss, con anteojo de30 diámetros de aumento y sensibilidad delnivel horizontal de 15 segundios por milímetro, coni estuche y trípode... ... ••• •••

    Dos reglas de nivelación, a 130 pesetas... •••Una docena de banderolas a 70 pesetas. ... • • •

    2.055,00260,00

    70,00

    Total... ... ••• • •• ••• • •• 2.385,00Asciende el importe de este presupuesto a la cantidad

    dr dos mil tresciewtas ochenta y cinco pesetas.

    o

    Excmo. Sr.: Visto el escrito del Comandante Generalde la Escuadra, número 434, de 25 de julio próximo pasado con el que remite relaciones de los efectos que propone sean aumentados en el cargo del Contramaestre delBlas de Uzo, S. M. el Rey (q. D. g.), de acuerdo con loinformado por las Secciones dtel Material e Ingenierosde este Ministerio, ha tenido a bien aprobar el referidoaumento, según expresa la relación que a continuación seinserta.

  • L942 l\1L,M. 220 DIARIO uF1C1AL

    De Real orden lo digo a V. E. para su conocimiento.—Dios guarde a V. E. muchos años.—Madrid, 28 de septiembre de 1928.

    CORNEJO.Sres. General jefe de la Sección del Material y Coman

    dante General de la Escuadra.

    Relación de referencia.Dos botes salvavidas de las dimensiones siguientes :Eslora, metros.Manga, 2,476 metros.Puntal, 6,864 metros.

    Dos cascos de botes... ...Accesorios de broncés y herrajes...Dos motores...

    ... ••• •••

    Pertrechos...... ••• ••• ••• •••

    • • •

    • • •

    Suma total... .

    Pesetas.

    • • • • • • • • • 19.501,20• • • • • • • • 18.007,30

    • • • • • • • • I1.802,00• • • • •

    • • • • 1.962,96

    •• •

    Asciende el importe de esta relacióncincuenta V Un mil doscientas setenta ycincuenta y dos céntimos.

    •■•■••

    —o==

    1

    51.273,52a la cantidad detres pesetas con

    Intendencia GeneralContrataciones.

    Excmo. Sr.: Tramitado expediente relativo a la fijaciónde la fecha de entrega del sumergible C-3;-y visto el escrito de la Sociedad Española de Construcción Naval, de8 de agosto último, solicitando aclaración a la Real ordende 28 de julio anterior (D. O. núm. 166), y vistas las Rea-./es órdenes de 5 de noviembre de 1927 y la de 24 de mayodel presente ario y visto, por último, el artículo 6.° de láorden de ejecución de los sumergibles de 20 de Octubredie 1922, S. M. el Rey (q. D. g.), de acuerdo con los informes emitidos por los distintos centros de este Ministerio y lo propuesto por la Junta Superior de la Armada,se ha dignado fijar, como fecha de presentación a pruebasdel submarino C-3, la de 24 de agosto del corriente ario.Lo que de Real orden digo a V. E. para su conoci

    miento y efectos.—Dios guarde a V. E. muchos años.—Madrid, 24 de septiembre de 1928.

    CORNEJO.Sres. Intendente General, Asesor General e Interventor

    Central del Ministerio, Presidente de la Comisión Inspectora del Arsenal de Cartagena, Director General de Campaña y de los Servicios de Estado Mayor, General Jefede la Sección de Ingenieros y Director Gerente de la Sociedad Española de Construcción Naval.

    Señores...

    ==0—

    Circulares y disposicionesPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

    JUNTA CALIFICADORA DE ASPIRANTES A DESTINOS PÚBLICOS

    . Concurso extraordinario del mes de agosto de 1928.Relación nominal de las clases del Ejército y de la Armada propuestas para tomar parte en las oposiciones anunciados en 11 de dicho mes (Gaceta número 224), paraIproveer una plaza de oficial tercero de la Diputaciónprovincial de Zaragoza, dotadas con el sueldo • anualde 3.000 pesetas.Sargento de activo, Lorenzo Belsué Sebastián, con

    treinta arios de edad, 9-8-23 de servicios y 6-7-0 deempleo.Otro, licenciado, Zenón Vidal Albajar, con veintinueve

    años de edad, 4-9-7 de servicios y 0-3-27 de empleo.Otro, para la reserva, Salvador Palem-ir Belenguer,

    con veintiséis años de edad, 5-5-8 de servicios y 2-7-29de empleo.Otro, ídem, José Aguarocl Carcavilla, con treinta anos

    de edad, 4-4-12 de servicios y o-lo-o de empleo.Sargento, licenciado, Pedro Burillo 1VIuniesca, con trein

    ta años de edad, 2-4-24 de servicios y 1-5-o de empleo.Otro, ídem, Adelino Andolz Aguilar, con veintinueve

    años de edad, 3-1-7 de servicios y 0-5-9 de empleo.Cabo, Argimiro Mateo Arnbel, con veintiocho años

    edad, 4-3-6 de servicios.Soldado, Antonio Morales Lozano, con veintiocho años

    de edad, 5-3-25 de servicios. ;-Otro, Arnesto Adolfo Herrero Escudero, con veinti

    nueve arios de edad, 3-3-8 de servicios.Otro, Felipe Carneo Delgres, con veintiocho años de

    edad, 3-0-20 de servicios.Otro, Manuel Urricelqui Cajal, con treinta y seis años

    de edad, 3-0-0 de servicios.Otro, Cástulo F. José Tremul Puertas, con veinticua

    tro arios de edad, 2-8-22 de servicios.Suboficial complemento, Luis Gonzalvo Baeta, con vein

    ticinco años de edad, 1-6-9 de servicios y 0-4-0 de empleo.Sargento de Idem, Antonio Balbín Cabanillas, con trein

    ta y cinco arios de edad, o-lo-o de servicios y 0-2-0 deempleo.Cabo de ídem, Dionisio Sancho Tejero, con veintio&io

    arios de edad, 1-0-6 de servicios.

    Relación de las clases no admitidas a concurso por 19'smotivos que se expresctn.

    Por no acompañar lo,s certificados de reconocimientofacultativo y de antecedentes penales requeridos en lascondiciones del concursoSuboficial de complemento, Di. Francisco Aznar Ma

    gallón.Sargento licenciado, Juan Jiménez Pérez.Cabo, ídem, Teodoro Soler Aragonés.Madrid, 27 de septiembre de 1928. El General Presi

    dente, José Villdba..

    CONSEJO SUPREMO DE GUERRA Y MARINAPensiones.

    Circular.—Excmo. Sr.: Por la Presidencia de este Consejo Supremo, se dice con esta fecha a la Dirección general de la Deuda y Clases pasivas, lo siguiente:"Este Consejo Supremo, en virtud de las facultades

    que le confiere la ley de 13 de enero de 1904, ha declarado con derecho a pensión a los, comprendidos en la unida relación, que empieza con doña Afina Belgrano y Zorrilla y termina con doña Antonia Blein Llinás, cuyos haberes pasivos se les satisfarán en la forma que se expresa en dicha relación, mientras conserven la aptitud legal para el percibo."Lo que por orden del Excmo. Sr. Presidente manifies

    to, a V. E. para su conocimiento y demás efectos.,----Diosguarde a V. E. muchos años.—Madrid, 22 de septiembrede 1928.

    Excmo. Sr. ...

    El General Eeeretario,

    Pedro Verdugo Castro.

  • 'II

    DEL MINISTERIO DE MARINA 1.943.--NU/v1.220.

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