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DMA14-363

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SHOUGANG HIERRO PERÚ S.A.A CODIGO R08-002-09 SEGUNDA EDICIÓN Pág. 1 de 10 FORMATO: “Inspección Ambiental” Día Mes Año Área: 29 05 2014 Mina X San Nicolás San Juan Emp. Contrat. Lugar Específico de la Inspección: TALLER ELÉCTRICO CAMIONES Superintendente General Mina Superintendente Mtto. Eléctrico Supervisor Mtto. Eléctrico Camiones Referencia: Fernando Zevallos Marco Aquino Julio Prudencio DMA14-0363 OBSERVACIONES RECOMENDACIÓN RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN PLAZO SEGUIMIENTO RESUEL SI 1. Se observó la falta de limpieza de los carteles informativos sobre el manejo de residuos sólidos y los contenedores en todos los almacenes intermedios para el manejo de residuos sólidos. 1.1 limpiar frecuentemente el cartel informativo y los contenedores, evitando así que la información del cartel, los rótulos de los contenedores se cubran por la presencia de polvo. 1.2 Concientizar al personal en temas sobre el manejo de residuos sólidos por medio de charlas de 5 minutos. NORMATIVIDAD J. Prudencio / J. Figueroa INMED IATO Se limpiaron todos los contenedores y el cartel x
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Page 1: DMA14-363

SHOUGANG HIERRO PERÚ S.A.A CODIGOR08-002-09

SEGUNDA EDICIÓN

Pág. 1 de 8FORMATO: “Inspección Ambiental”

Día Mes Año Área:29 05 2014 Mina X San Nicolás San Juan Emp. Contrat.

Lugar Específico de la Inspección:

TALLER ELÉCTRICO CAMIONES

Superintendente General MinaSuperintendente Mtto.

EléctricoSupervisor Mtto. Eléctrico

CamionesReferencia:

Fernando Zevallos Marco Aquino Julio PrudencioDMA14-0363

OBSERVACIONES RECOMENDACIÓNRESPONSAB

LE DE LA EJECUCIÓN

PLAZO

SEGUIMIENTO

RESUELTO

SI NO

1. Se observó la falta de limpieza de los carteles informativos sobre el manejo de residuos sólidos y los contenedores en todos los almacenes intermedios para el manejo de residuos sólidos.

1.1 limpiar frecuentemente el cartel informativo y los contenedores, evitando así que la información del cartel, los rótulos de los contenedores se cubran por la presencia de polvo.1.2 Concientizar al personal en temas sobre el manejo de residuos sólidos por medio de charlas de 5 minutos.

NORMATIVIDAD

Estos hallazgos nos ponen como infractores según: Infracción 7.1.1 del D.S. 007-2012-MINAM:

“No cumplir con las obligaciones en el manejo de residuos sólidos comprendidos en el ámbito de la gestión no municipal”

Sanción Pecuniaria: hasta 1 000 UIT

J. Prudencio /J. Figueroa

INMEDIATO

Se limpiaron todos los contenedores y el cartel informativo de manera inmediata, se realizó un cronograma de limpieza semanal con la intención de mantener limpio estos elementos.

x

Cartel informativo cubierto de polvo.

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SEGUNDA EDICIÓN

Pág. 2 de 8FORMATO: “Inspección Ambiental”

Referencia Legal Numeral 119.2 del Art. 119° de la Ley

General del Ambiente, Ley N° 28611, Artículo 16 Ley General de Residuos

Sólidos, Ley N°27314 Artículos 24 y 25 Reglamento de la Ley

General de Residuos Sólidos.

2. En los almacenes intermedios para el manejo de residuos sólidos los contenedores (cilindros) no cuentan con sus tapas.

2.1 Implementar tapas a los contenedores de sus almacenes intermedios para el manejo de residuos sólidos

NORMATIVIDAD

Estos hallazgos nos ponen como infractores según: Infracción 7.1.1 del D.S. 007-2012-MINAM:

“No cumplir con las obligaciones en el manejo de residuos sólidos comprendidos en el ámbito de la gestión no municipal”

Sanción Pecuniaria: hasta 1 000 UIT

Referencia Legal Numeral 119.2 del Art. 119° de la Ley

General del Ambiente, Ley N° 28611, Artículo 16 Ley General de Residuos

Sólidos, Ley N°27314

Artículos 24 y 25 Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos. D.S. 057-2004-PCM.

J. Prudencio /J. Figueroa

30 días

Se generó la orden de trabajo: 8114291 para la fabricación de tapas para los contenedores que a la fecha de hoy se encuentra en manos de facilidades mina CC: 1580.

x

Contenedores (cilindros) sin tapa

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SEGUNDA EDICIÓN

Pág. 3 de 8FORMATO: “Inspección Ambiental”

3. Dentro de las instalaciones del taller eléctrico camiones se observó un transformador (peligroso) almacenado fuera de una base impermeabilizada o un sistema de contención que evite la contaminación del suelo natural en caso de derrame de aceite dieléctrico.

3.1 Retirar el transformador a una zona impermeabilizada (dentro de la zona de almacenamiento de cables de arrastre) o colocarlo sobre una bandeja.

NORMATIVIDAD

Estos hallazgos nos ponen como infractores según: Infracción 7.2.16 del D.S. 007-2012-MINAM:

“No almacenar, acondicionar, tratar o disponer los residuos peligrosos en forma segura, sanitaria y ambientalmente se adecuada, conforme a la LGRS, el RLGRS y, en las normas que emanen de éste ”

Sanción Pecuniaria: hasta 3 000 UIT

Referencia Legal Artículo 25 numeral 5 del Reglamento de la

Ley General de Residuos Sólidos. D.S. 057-2004-PCM.

J. Prudencio /J. Figueroa

----

Se colocó bandeja anti-derrames para evitar una probable contaminación, así mismo se ubicó el transformador dentro de la loza del taller de cables de arrastre como indica la recomendación de la presente observación.

x

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Pág. 4 de 8FORMATO: “Inspección Ambiental”

4. En la caseta de almacenamiento de gases comprimidos se constató la ausencia de las hojas de seguridad (MSDS) del oxígeno y del acetileno así como también en el almacén de insumos químicos

4.1 Implementar las hojas de seguridad (MSDS) de los gases comprimidos (oxígeno y acetileno) y de los insumos químicos almacenados.

NORMATIVIDAD

Estos hallazgos nos ponen como infractores según: Infracción 9.2 del R:CD: 286-201-OS-CD :

“Etiquetas y hojas de seguridad de materiales”

Sanción Pecuniaria: hasta 300 UIT

Referencia Legal Artículo 312, 313, 314, 315 del Reglamento

de Seguridad y Salud Ocupacional y otras medidas complementarias en minería D.S. 055 -2010-EM

J. Prudencio /J. Figueroa

5 días

Se instaló caja contenedora de Hojas de seguridad (MSDS) de todos los materiales peligros que contiene la caseta de almacenamiento.

x

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SEGUNDA EDICIÓN

Pág. 5 de 8FORMATO: “Inspección Ambiental”

5. Se evidenció que la zona donde se realiza el secado de los hamers, antes de recuperar las piezas, no se encuentra impermeabilizada, por lo que los derrames de grasa caen directamente sobre suelo natural.

5.1 Impermeabilizar (geomembrana) la zona donde se realiza el secado de los hamers, que evite el contacto del aceite con el suelo natural.

NORMATIVIDAD

Estos hallazgos nos ponen como infractores según: Infracción 1.3 del D.S. 007-2012-MINAM:

“No adoptar medidas o acciones para evitar e impedir que, las emisiones, vertimientos, disposición de desechos, residuos y descargas al ambiente que produzcan como resultado de los procesos efectuados, puedan tener efectos adversos en el medio ambiente”

Sanción Pecuniaria: hasta 10 000 UIT

Referencia Legal Artículo 5 del Reglamento para la

Protección Ambiental en la Actividad Minero- Metalúrgica, D.S N° 016-93-EM

Artículo 74 de la Ley General del Ambiente, Ley N° 28611.

J. Prudencio /J. Figueroa

10 días

Se impermeabilizo colocando un jebe para evitar contacto al suelo y se colocó bandeja para evitar algunos derrames en el proceso de secado de harness.

x

Hamers secando sobre barandas metálicas, impactando el suelo

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SEGUNDA EDICIÓN

Pág. 6 de 8FORMATO: “Inspección Ambiental”

6. El taller y la zona de reparaciones de aire acondicionado no cuentan con un kit antiderrame.

6.1 Implementar kit anti derrame en la parte de los talleres y en la zona de reparaciones de aire acondicionado, el cual debe contar con material absorbente, bolsas, balde, trapos absorbentes.

NORMATIVIDAD

Estos hallazgos nos ponen como infractores según: Infracción 1.3 del D.S. 007-2012-MINAM:

“No adoptar medidas o acciones para evitar e impedir que, las emisiones, vertimientos, disposición de desechos, residuos y descargas al ambiente que produzcan como resultado de los procesos efectuados, puedan tener efectos adversos en el medio ambiente”

Sanción Pecuniaria: hasta 10 000 UIT

Referencia Legal Artículo 5 del Reglamento para la

Protección Ambiental en la Actividad Minero- Metalúrgica, D.S N° 016-93-EM

Artículo 74 de la Ley General del Ambiente, Ley N° 28611.

J. Prudencio /J. Figueroa

20 días Se fabricó dos kits anti-Derrames, se instalaron en la zona de Aire acondicionado y zona de reparación.

x

Ausencia de Kit Antiderrame en los puntos donde se almacena aceite usado

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SHOUGANG HIERRO PERÚ S.A.A CODIGOR08-002-09

SEGUNDA EDICIÓN

Pág. 7 de 8FORMATO: “Inspección Ambiental”

7. La zona de almacenamiento de aceite usado no se encuentra impermeabilizada.

7.1 Impermeabilizar la zona de almacenamiento de aceite usado colocando una geomembrana debajo de la bandeja de contención que es muy pequeña.

7.2 Capacitar al personal en el Manejo de Suelo Contaminado y manejo de derrames a través de charlas de 5 minutos.

NORMATIVIDAD

Estos hallazgos nos ponen como infractores según: Infracción 1.3 del D.S. 007-2012-MINAM:

“No adoptar medidas o acciones para evitar e impedir que, las emisiones, vertimientos, disposición de desechos, residuos y descargas al ambiente que produzcan como resultado de los procesos efectuados, puedan tener efectos adversos en el medio ambiente”

Sanción Pecuniaria: hasta 10 000 UIT

Referencia Legal Artículo 5 del Reglamento para la

Protección Ambiental en la Actividad Minero- Metalúrgica, D.S N° 016-93-EM

Artículo 74 de la Ley General del Ambiente, Ley N° 28611.

J. Prudencio / J. Figueroa

10 días

Se colocó jebe para impermeabilizar y evitar contacto con el suelo ante cualquier derrame del cilindro de residuos de hidrocarburos

x

Base donde está el cilindro no se encuentra impermeabilizada

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SHOUGANG HIERRO PERÚ S.A.A CODIGOR08-002-09

SEGUNDA EDICIÓN

Pág. 8 de 8FORMATO: “Inspección Ambiental”

8. En la parte exterior de la caseta de reparaciones de aire acondicionado se evidenció el inadecuado almacenamiento de residuos de aparatos eléctricos electrónicos (RAEE), los cuales se encuentran a la intemperie.

8.1 Delimitar, impermeabilizar y señalizar el área de almacenamiento de los RAEE de aire acondicionado.

8.2 Canibalizar y disponer los RAEE hacia el almacén N°5 San Nicolás.

8.3 Capacitar al personal en el procedimiento P39-002-12 “Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos Electrónicos en las áreas de Mina, San Nicolás y San Juan”, a través de charlas de 5 minutos

NORMATIVIDAD

Estos hallazgos nos ponen como infractores según: Infracción 7.1.1 del D.S. 007-2012-MINAM:

“No cumplir con las obligaciones en el manejo de residuos sólidos comprendidos en el ámbito de la gestión no municipal”

Sanción Pecuniaria: hasta 1 000 UIT

Referencia Legal Numeral 119.2 del Art. 119° de la Ley

General del Ambiente, Ley N° 28611, Artículo 16 Ley General de Residuos

Sólidos, Ley N°27314

Artículos 24 y 25 Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos

J. FIGUEROA

INMEDIATO

30 díasSe dispuso de los residuos generados por el sistema de AC con un R-12 dirigido a almacén de residuos peligrosos en san Nicolás, esta área se utilizara a partir de la fecha como mesa de trabajo para personal de R-13 Full Motors.

x

RAEE almacenados a la intemperie sobre mesas

RUTINARIA X

NO RUTINARIA O INOPINADA

Nombre: Julio PrudencioÁrea: Mtto. Eléctrico CamionesFirma:

Nombre: Víctor EtchebarneÁrea: Departamento Medio AmbienteFirma:


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