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Extracto - normativaconstruccio · 2016-01-29 · del Decreto Supremo N° 40 de 2012, del...

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Extracto Estudio de Impacto Ambiental: "Parque Eólico Calbuco" Energías Calbuco S.A. Rep. Legal: Luis Antonio Ljubetic Villanueva Región: Región de Los Lagos Tipología de Proyecto: c. Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW Extracto Estudio de Impacto Ambiental “Parque Eólico Calbuco” Titular: Energías Calbuco S.A. Representante Legal: Luis Ljubetic Villanueva Región: Región de Los Lagos Tipología de Proyecto: c. Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW Energías Calbuco S.A., RUT N°76.383.0063, con domicilio en Mar del Plata 2111, Providencia, Santiago, Región Metropolitana, representada por Luis Ljubetic Villanueva, Cédula Nacional de Identidad N° 9.039.1852, con domicilio en Séptima Avenida 1155, San Miguel, Santiago, Región Metropolitana, informa que ha presentado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto “Parque Eólico Calbuco” (en adelante el Proyecto), conforme a lo establecido en el artículo 10 letras b) y c) y artículo 11 letra b) de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N° 20.417, y por el artículo 3 letras b) y c) del Decreto Supremo N° 40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, por tratarse de un proyecto de central generadora de energía mayor a 3 MW y líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones. El Proyecto se localizará en Chile, en la X región de Los Lagos, en la comuna de Calbuco que se ubica administrativamente en la Provincia de Llanquihue, aproximadamente a 12,5 Km en línea recta al Noroeste de la localidad de Calbuco. Comprende una superficie predial de 257,64 ha y una superficie ocupada por las obras permanentes de 16,788 ha aproximadamente. La inversión del Proyecto es de 76,5 millones de dólares estadounidenses. El Proyecto contempla una vida útil de 20 años. Se estima que la construcción del Proyecto se iniciará en enero de 2017. La fase de construcción tendrá una duración aproximada de 12 meses empleando un promedio de 40 trabajadores por mes. Se estima que en la fase de operación se emplearán 5 trabajadores promedio. La fase de cierre empleará 20 trabajadores promedio. El proyecto considera la instalación de 17 unidades aerogeneradores de 2,5 MWp de potencia nominal cada una, totalizando una potencia nominal instalada de 42,5 MWp. Las unidades aerogeneradoras evacuarán la energía mediante una línea de media tensión (MT) subterránea hacia una línea aérea de 23 KV que se ubicará dentro del predio, la que enviará la energía a una subestación eléctrica (SE) ubicada dentro del predio, desde donde saldrá una línea aérea de 110 KV que se conectará al Sistema Interconectado Central (SIC) a través de una la línea de 110 KV existente (El EmpalmeCalbuco). El EIA caracterizó la situación actual del medio ambiente en el área de influencia del Proyecto determinada en el Capítulo 2. Se consideraron los siguientes elementos del medio ambiente: En el sistema físico: clima y meteorología, calidad del aire, niveles de ruido, luminosidad, geología, geomorfología, suelos, hidrología, hidrogeología, riesgos naturales. En el sistema biótico: suelo, fauna, vegetación y flora, hongos y algas. En el sistema antropizado, Paisaje,
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ExtractoEstudio de Impacto Ambiental: "Parque Eólico Calbuco"

Energías Calbuco S.A.Rep. Legal: Luis Antonio Ljubetic Villanueva

Región: Región de Los LagosTipología de Proyecto: c.­ Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW

Extracto

Estudio de Impacto Ambiental “Parque Eólico Calbuco”

Titular: Energías Calbuco S.A.

Representante Legal: Luis Ljubetic Villanueva

Región: Región de Los Lagos

Tipología de Proyecto: c.­ Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW

Energías Calbuco S.A., RUT N°76.383.006­3, con domicilio en Mar del Plata 2111, Providencia, Santiago, RegiónMetropolitana, representada por Luis Ljubetic Villanueva, Cédula Nacional de Identidad N° 9.039.185­2, con domicilioen Séptima Avenida 1155, San Miguel, Santiago, Región Metropolitana, informa que ha presentado al Sistema deEvaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto “Parque Eólico Calbuco”(en adelante el Proyecto), conforme a lo establecido en el artículo 10 letras b) y c) y artículo 11 letra b) de la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N° 20.417, y por el artículo 3 letras b) y c)del Decreto Supremo N° 40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema deEvaluación de Impacto Ambiental, por tratarse de un proyecto de central generadora de energía mayor a 3 MW y líneasde transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.

El Proyecto se localizará en Chile, en la X región de Los Lagos, en la comuna de Calbuco que se ubicaadministrativamente en la Provincia de Llanquihue, aproximadamente a 12,5 Km en línea recta al Noroeste de lalocalidad de Calbuco. Comprende una superficie predial de 257,64 ha y una superficie ocupada por las obraspermanentes de 16,788 ha aproximadamente. La inversión del Proyecto es de 76,5 millones de dólaresestadounidenses. El Proyecto contempla una vida útil de 20 años. Se estima que la construcción del Proyecto seiniciará en enero de 2017. La fase de construcción tendrá una duración aproximada de 12 meses empleando unpromedio de 40 trabajadores por mes. Se estima que en la fase de operación se emplearán 5 trabajadores promedio. Lafase de cierre empleará 20 trabajadores promedio.

El proyecto considera la instalación de 17 unidades aerogeneradores de 2,5 MWp de potencia nominal cada una,totalizando una potencia nominal instalada de 42,5 MWp. Las unidades aerogeneradoras evacuarán la energíamediante una línea de media tensión (MT) subterránea hacia una línea aérea de 23 KV que se ubicará dentro delpredio, la que enviará la energía a una subestación eléctrica (SE) ubicada dentro del predio, desde donde saldrá unalínea aérea de 110 KV que se conectará al Sistema Interconectado Central (SIC) a través de una la línea de 110 KVexistente (El Empalme­Calbuco).

El EIA caracterizó la situación actual del medio ambiente en el área de influencia del Proyecto determinada en elCapítulo 2. Se consideraron los siguientes elementos del medio ambiente: En el sistema físico: clima y meteorología,calidad del aire, niveles de ruido, luminosidad, geología, geomorfología, suelos, hidrología, hidrogeología, riesgosnaturales. En el sistema biótico: suelo, fauna, vegetación y flora, hongos y algas. En el sistema antropizado, Paisaje,

Patrimonio Arqueológico, cultural y paleontológico, Áreas protegidas y sitios prioritarios, Atractivos naturales oculturales, Usos del Territorio, Proyectos con RCA vigente, Medio humano y finalmente se analizó bajo la perspectivade ecosistemas las relaciones entre los sistemas físicos y bióticos del área de influencia. Respecto a poblaciónprotegida por leyes especiales, el Proyecto se emplaza en las cercanías de la comunidad de Huayún.

A partir de dicha caracterización y la descripción de las obras y actividades del Proyecto, se utilizaron metodologíasreconocidas por la Academia y de forma íntegra para evaluar el impacto ambiental del proyecto en todas sus fases. Deeste modo, se identificaron los siguientes impactos negativos significativos: VF­1: Pérdida de individuos de flora encategoría de conservación; Fau­1: Perturbación de hábitat de reptiles en categoría de conservación; PP­1: Presenciade elementos artificiales de gran magnitud en el en el paisaje cultural aledaño a la comunidad Huayún.

Considerando estos impactos negativos significativos, el Proyecto se somete al SEIA mediante un EIA por losefectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 señalados en los literales siguientes: b)Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo,agua y aire: d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para laconservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental delterritorio en que se pretende emplazar.

El Proyecto propone un Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación para hacerse cargo de losimpactos ambientales significativos identificados, presentando medidas de tipo general y medidas específicas. Lasmedidas generales dicen relación con exigencias y control a los contratistas de obras, el establecimiento de zonas derestricción para las faenas de construcción, la inducción de trabajadores, entre otras. Por su parte, las medidasespecíficas más relevantes para el caso de la vegetación y flora, son el rescate, trasplante y revegetación de especiesen categoría de conservación y restauración de áreas temporales utilizadas. Para el caso de la fauna, se presenta larelocalización de ejemplares de anuros, minimización de áreas de intervención, restricción de acceso y circulación detrabajadores a sitios de relevancia biótica, instalación de señaléticas en caminos de acceso, prohibición de cazar orecolectar huevos y crías e introducción de animales domésticos y prohibición de realizar fogatas y arrojar basurasfuera de los recipientes habilitados para dicho fin. Las medidas específicas para el impacto en la población protegidacorresponde al aporte al restablecimiento del paisaje cultural asociado al mejoramiento de la ruca de la comunidadHuayún Mapu. Se presentan además planes de emergencias y de prevención de riesgos y enfermedades laborales.Todas estas medidas contarán con un plan de seguimiento mediante el cual se verificará que las variables ambientalesrelevantes que dieron origen al EIA, evolucionan según lo establecido en el mismo.

Adicionalmente, el EIA analizó la consistencia del Proyecto con los lineamientos y objetivos señalados en lasPolíticas, Planes y Programas de Desarrollo de la Región de Los Lagos y de la comuna de Calbuco, concluyendo queel Proyecto es coherente con los objetivos estratégicos de dichos instrumentos.

El Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto se encuentra a disposición de los interesados, para su consulta, en lasoficinas del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, ubicadas en Avenida Diego Portales Nº2000Oficina 401, Puerto Montt., de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 hrs. y de 15:00 a 17:00 hrs.; en la GobernaciónProvincial de Llanquihue, ubicada en San Martín 80, 2º Piso, Puerto Montt, de lunes a viernes, entre las 08:30 y las17:30 hrs.; y en la Ilustre Municipalidad de Calbuco, ubicada en Federico Errázuriz # 210, Calbuco, de lunes a viernes,entre las 08:45 y 13:30 hrs., asimismo, se puede acceder al Estudio de Impacto Ambiental a través del portal Internetdel Servicio de Evaluación Ambiental (www.sea.gob.cl).

De acuerdo a lo establecido en los artículos 27 y 29 de la Ley N° 19.300, y el Título IV del DS N°40/12 Reglamentodel SEIA, cualquier persona natural o jurídica podrá formular sus observaciones por escrito al EIA del Proyecto, dentrodel plazo de 60 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación del presente extracto en el Diario Oficial y enun diario o periódico de la capital regional o de circulación nacional. Las observaciones deberán remitirse por escrito alServicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, indicando el nombre completo de la persona jurídica y desu representante, o de las personas naturales que la formulen, con la indicación de sus respectivos domicilios. En elcaso de las personas jurídicas, éstas deberán acreditar su respectiva personalidad jurídica y representación.

Energías Calbuco S.A.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

PARQUE EÓLICO CALBUCO

RESUMEN EJECUTIVO

i

CONTENIDO

1. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ................................................................................... 1

2. DETERMINACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA DEL

PROYECTO ................................................................................................................ 9

3. LÍNEA DE BASE AMBIENTAL .................................................................................... 10

4. PREDICCIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTOS Y RIESGOS AMBIENTALES ................. 14

5. DESCRIPCIÓN DE AQUELLOS EFECTOS, CARACTERÍSTICAS O

CIRCUNSTANCIAS DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY QUE DAN ORIGEN A LA

NECESIDAD DE ELABORAR UN EIA ......................................................................... 15

6. PLAN DE MEDIDAS AMBIENTALES.......................................................................... 16

7. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS ............................... 17

8. PLAN DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL ..................................................................... 19

9. PLAN DE CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL APLICABLE ................ 21

10. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS ..................................................... 29

1

1. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

1.1. INTRODUCCIÓN El Proyecto que se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante SEIA), mediante el

presente Estudio de Impacto Ambiental (en adelante EIA), denominado “Parque Eólico Calbuco” (en

adelante “El Proyecto”) es desarrollado por Energías Calbuco S.A., en adelante “El titular” consiste en la

construcción y operación de un parque eólico para la generación de energía eléctrica.

Tabla 1-1. Resumen de Características Generales del Proyecto Parque Eólico Calbuco

Nombre del Proyecto “Parque Eólico Calbuco”

Nº aerogeneradores 17

Potencia Nominal 42,5 MW

Monto de Inversión US$ 76.500.000

Región Involucrada X Región de Los Lagos

Comuna Involucrada Calbuco

Duración Construcción 1 año

Vida Útil Fase Operación 20 años

Duración fase cierre 6 meses

Fuente: Elaboración propia

1.2. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO

1.2.1. Objetivo General del Proyecto Generar energía eléctrica limpia a partir del potencial eólico presente en el área del Proyecto.

1.2.2. Tipología del Proyecto c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.

1.2.3. Tipologías Secundarias b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.

1.2.4. Monto Estimado de Inversión El proyecto considera una inversión de USD 76.500.000.

1.2.5. Vida Útil La vida útil del proyecto será de 20 años. No obstante, al término del periodo, se evaluará mantener en

operación el parque.

1.2.6. Fecha Estimada de Inicio de Ejecución 01 de enero de 2016.

1.2.7. Mano de Obra Tabla 1-2. Mano de obra por fase del proyecto

FASE MANO DE OBRA PROMEDIO MANO DE OBRA MÁXIMA

Construcción 40 40

2

FASE MANO DE OBRA PROMEDIO MANO DE OBRA MÁXIMA

Operación1 5 5

Cierre 20 20

Fuente: Elaboración propia

1.3. LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO

1.3.1. Localización según división político-administrativa El Proyecto se localizará en Chile, en la X región de Los Lagos, en la comuna de Calbuco que se ubica

administrativamente en la Provincia de Llanquihue, aproximadamente a 12,5 Km en línea recta al Noroeste

de la localidad de Calbuco.

A continuación, la Figura 1-1 muestra la ubicación general y local del proyecto.

Figura 1-1. Localización Proyecto Parque Eólico Calbuco.

Fuente: Elaboración propia.

1 Peor caso para la evaluación ambiental, pudiendo evaluarse posteriormente alternativas de operación remota automatizada.

3

1.3.2. Superficie Tabla 1-3. Superficie utilizada por obras

OBRA SUPERFICIE UTILIZADA POR OBRAS (ha)

Aerogeneradores (fundaciones) 0,578

Plataformas Aerogeneradores 4,08

Canalización cableado subterráneo interno 0,1

Linea de media tensión aérea interna (incluye franja de seguridad

de 10 m) 7,09

Línea de conexión de alta tensión 0,6

Caminos internos nuevos (incluye 1 metro en cada lado por franja

de trabajo) 3,3

Patio de acopio temporal de residuos 0,1

Paño de la Subestación 0,885

Sala de control 0,008

Bodegas 0,047

Obras temporales (Instalaciones de faena y acopios de material)2 0,98

TOTAL 16,788

Fuente: Elaboración propia

1.3.3. Caminos de Acceso Para acceder al Proyecto desde la ruta 5, se debe llegar hasta el cruce de dicha ruta con la ruta V-85 (cruce

hacia Calbuco), una vez en la ruta V-85, se debe seguir unos 10,5 Km hacia el sur para tomar la ruta V-891.

En la ruta V-891, se avanza unos 3 Km en dirección oeste para llegar al acceso del Proyecto.

1.4. DESCRIPCIÓN DE PARTES ACCIONES Y OBRAS FISICAS DEL PROYECTO Se presenta a continuación una sistematización de las obras, equipos y componentes permanentes que el

proyecto considera implementar para su operación:

Tabla 1-4. Sistematización de Obras del proyecto

OBRAS COMPONENTES PRINCIPALES

Aerogeneradores 17 unidades aerogeneradores.

2,5 MW de potencia cada unidad.

100 m de altura máxima por cada aerogenerador.

121 m de diámetro de aspas.

Fundaciones Fundaciones de hormigón armado.

Área basal 340 m2 por cada aerogenerador.

Profundidad de fundación de 3,3 metros para cada aerogenerador.

Plataformas Área de 2.400 m2 por cada aerogenerados

Localizadas cercanas a cada aerogenerador

Subestación eléctrica interna (S/E Subestación eléctrica de 110 kV ubicada dentro del predio

2 Esta área no se incluye en el total de superficie a intervenir del Proyecto, dado que corresponde a áreas temporales

que contemplan un proceso de restauración al final de la etapa de construcción.

4

OBRAS COMPONENTES PRINCIPALES

interna)

Línea de conexión interna aérea Línea de MT interna 23 kV entre aerogeneradores y S/E interna

Tendido aéreo

Faja de seguridad 10 metros

Longitud total aproximada de 7,09 Km

Líneas de conexión interna

subterránea

Conexión entre aerogeneradores y línea de conexión interna aárea

Media tensión

Excavación de una zanja de aproximadamente 1m de profundidad y 1m de

ancho

Línea de conexión de entrega al SIC Línea interna de 110 kV entre S/E interna y línea existente de 110kV

300 m de longitud

Faja de seguridad 20 metros

Camino internos Ancho de 6 m (considera un ancho de camino de 4 metros más una franja

de trabajo de un metro por cada lado del camino)

Largo total de caminos internos a construir 5,5 Km

Otros Cierre perimetral

Sala de Control (dentro del paño de la S/E interna)

Bodegas de almacenaje (dentro del paño de la S/E interna)

Patio de Acopio de Residuos

Solución Sanitaria

Fuente: Elaboración propia

1.5. DESCRIPCIÓN DE LA FASE DE CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO Durante la construcción del Proyecto se realizarán actividades para el correcto funcionamiento del parque

eólico. Para todas las actividades es necesario contar con la infraestructura temporal que permita la correcta

ejecución de las obras de montaje del parque eólico, por lo que se considera emplazar dos instalaciones de

faena, una en el bloque norte y otra en el bloque sur del parque eólico.

1.5.1. Partes, obras y acciones asociadas Para la construcción del proyecto se contempla la ejecución de las siguientes instalaciones y obras

temporales:

Instalaciones de faena

Instalación de manejo aguas servidas etapa de construcción

Áreas de acopio de materiales

Área lavado de camiones mixer

Por su parte, para la correcta ejecución de la fase de construcción del Proyecto se contempla la realizacion de las siguientes actividades

Movimiento de tierras

Construcción de fundaciones

Construcción de plataformas

Montaje de aerogeneradores

Habilitación de caminos internos

5

Construcción de líneas internas de media tensión (aérea y subterránea)

Construcción de Subestación

Construcción línea alta tensión (110 kV)

Construcción sala de control y bodega

Habilitación y uso de las instalaciones de apoyo (aguas servidas, residuos, lavado camiones)

Transporte de insumos, residuos y mano de obra fuera del area de emplazamiento del proyecto

Desmovilización de las instalaciones de apoyo y gestión de residuos.

El proyecto no considera la construcción de campamentos. El personal de construcción, será

preferentemente de la zona y se trasladará al lugar de construcción por medio de buses o minibuses

contratados a una empresa de transportes autorizada.

En los frentes de trabajo y en la instalación de faenas secundaria se instalarán baños químicos. El servicio de

instalación y mantención de los baños químicos en los frentes de trabajo será contratado a una empresa

autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos. La instalación de faenas principal contará con

un sistema de alcantarillado particular compuesto por una fosa séptica de 15 m3 con drenes de infiltración.

El agua potable será proporcionada mediante bidones sellados que serán adquiridos a una empresa

autorizada. El agua necesaria para las instalaciones sanitarias será suministrada por una empresa sanitaria

que cuente con autorización por parte de la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos, al igual que la

empresa de transporte de este insumo. En la instalación de faenas se contará con una copia de las

autorizaciones de extracción y expendio de agua potable e industrial de la empresa que preste dicho

servicio.

1.5.2. Emisiones del proyecto, formas de abatimiento y control Emisiones de polvo y gases

Las emisiones atmosféricas relevantes para el Proyecto, durante su fase de construcción, corresponderán a

material particulado (MP10 y MP2.5) y gases de combustión, las que provendrán principalmente de

actividades como movimiento de tierra, excavaciones, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y

la operación de grupos electrógenos. Asimismo, el proyecto producirá emisiones de gases provenientes de

la combustión de vehículos pesados y livianos, maquinaria pesada fuera de ruta y por grupos electrógenos,

en general. Para asegurar la minimización de cargas de estos gases, la empresa se compromete a exigir a los

contratistas la revisión técnica al día de todos sus vehículos y la operación de maquinaria en buen estado.

Aquellos vehículos que no posean la revisión técnica al día no ingresarán a las obras.

En consecuencia y considerando el aporte de cada uno de los emisores, el carácter puntual y el breve

periodo de las emisiones; la envergadura y extensión de las obras, la exposición al viento, las disposiciones

precautorias del titular, y la inexistencia de población adyacente a los frentes de trabajo, se considera poco

significativo el impacto de las emisiones atmosféricas del proyecto sobre el medio ambiente.

Emisiones sonoras

Tabla 1-5. Verificación cumplimiento D.S. Nº 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente

RECEPTOR NPS PROYECTADO (dB(A))

D.S. 38/11 MMA

ZONIFICACIÓN LÍIMITE MÁXIMO PERMISIBLE (dB(A))

CUMPLIMIENTO DIURNO

R1 41 Zona Rural 65 CUMPLE

6

RECEPTOR NPS PROYECTADO (dB(A)) D.S. 38/11 MMA

ZONIFICACIÓN LÍIMITE MÁXIMO PERMISIBLE (dB(A)) CUMPLIMIENTO

R2 41 Zona Rural 54 CUMPLE

R3 40 Zona Rural 55 CUMPLE

R4 28 Zona Rural 65 CUMPLE

R5 23 Zona Rural 65 CUMPLE

R6 39 Zona Rural 54 CUMPLE

R7 31 Zona Rural 65 CUMPLE

Fuente: Elaboración propia

Mediante el análisis de los antecedentes y las mediciones realizadas en terreno, se concluye que el PARQUE

EÓLICO CALBUCO, CUMPLE con los límites máximos permisibles de acuerdo al DECRETO SUPREMO Nº

38/11 DEL MMA para la etapa de construcción, no causando impacto acústico en la comunidad receptora

cercana.

Residuos líquidos

Domiciliarios: 4 m3/día, serán manejados con sistema de fosas sépticas y baños químicos.

Residuos líquidos industriales: 3,5 m3/dia manejados en piscina de decantación sin descarga.

1.5.3. Cuantificación y manejo de residuos y productos químicos Residuos

Tabla 1-6. Cuadro resumen cantidad y manejo de residuos. Fase de Construcción

TIPO DE RESIDUO CANTIDAD ALMACENAMIENTO TEMPORAL TIEMPO MÁXIMO

ALMACENAMIENTO DISPOSICIÓN FINAL

Residuos Domiciliarios 1,2 t/mes

Área almacenamiento temporal de residuos domiciliarios y/o asimilables

3 días Relleno Sanitario Autorizado

Residuos Industriales no Peligrosos

18,3 t/mes Área almacenamiento temporal residuos no peligrosos

30 días Relleno controlado autorizado

Residuos Peligrosos 14,3 Kg/mes Bodega de acopio temporal de residuos peligrosos (BAT)

5 meses Relleno de seguridad autorizado

Fuente: Elaboración propia

Productos químicos

Combustible (diésel) de los grupos electrógenos.

1.6. DESCRIPCIÓN DE LA FASE DE OPERACIÓN DEL PROYECTO

1.6.1. Partes, obras y acciones asociadas En la etapa de operación se considerarán las siguientes actividades:

Generación y transmisión de electricidad: El Parque Eólico Calbuco, generará un máximo de 112.200 MWh anuales

Contratación de mano de obra: Se estima una generación máxima de 5 puestos de trabajo

Mantenimiento preventivo: Limpieza e inspección de los equipos e instalaciones, ejecución de reaprietes en equipos y componentes de estructuras, mediciones de verificación y chequeo.

Mantenimiento contra fallas o correctivo: Reparaciones que se realizarán al sistema en el caso de

detectarse anomalías que puedan producir fallas.

1.6.2. Cuantificación y manejo de emisiones. Emisiones de polvo y gases

7

Debido a la naturaleza del proyecto, dado que la energía eólica no genera gases de efecto invernadero, y a

las características de operación del parque; se estima que las emisiones a la atmósfera de material

particulado, en la fase de operación del Proyecto, serán mínimas y despreciables, producto exclusivamente

del tránsito de vehículos livianos – y eventualmente pesados - por caminos no pavimentados para labores de

mantenimiento. El manejo de estas emisiones considera las revisiones técnicas al día de los vehículos y la

realización de las mantenciones exigidas por el fabricante.

Emisiones sonoras

Tabla 1-7. Verificación del cumplimiento del D.S. Nº 38/11 del MMA en Etapa de Operación. 3

RECEPTOR NPS PROYECTADO

(dB(A))

D.S. 38/11 MMA

ZONIFICACIÓN LÍIMITE MÁXIMO PERMISIBLE

(dB(A)) CUMPLIMIENTO (dB(A))

DIURNO NOCTURNO DIURNO NOCTURNO

R1 49 Zona Rural 65 50 CUMPLE CUMPLE

R2 48 Zona Rural 54 50 CUMPLE CUMPLE

R3 48 Zona Rural 55 50 CUMPLE CUMPLE

R4 44 Zona Rural 65 50 CUMPLE CUMPLE

R5 32 Zona Rural 65 50 CUMPLE CUMPLE

R6 47 Zona Rural 54 50 CUMPLE CUMPLE

R7 38 Zona Rural 65 42 CUMPLE CUMPLE Fuente: Elaboración propia

Mediante el análisis de los antecedentes y las mediciones realizadas en terreno, se concluye que el PARQUE

EÓLICO CALBUCO, CUMPLE con los límites máximos permisibles de acuerdo al DECRETO SUPREMO Nº

38/11 DEL MMA para la etapa de operación, no causando impacto acústico en la comunidad receptora

cercana.

Campos magnéticos

El proyecto generará campos magnéticos despreciables durante la operación. Se calcula la magnitud del

campo magnético -proveniente de la Línea de conexión al SIC- en un valor cercano < 0,002 μT, en tanto las

sugerencias de maximos permisibles de la Comunidad Europea son de 100 μT.

Shadow flicker

La operación de los aerogeneradores producirá el efecto de sombra parpadeante. A continuación, se

presenta a continuación los resultados y la evaluación del potencial impacto por shadow flicker para los

receptores sensibles del proyecto.

3 ADIV: atenuación debido a la divergencia geométrica / AATM: atenuación debido a la absorción atmosférica. / ASUELO: atenuación

debido al efecto de suelo. / ABAR: atenuación debido a una barrera. /AMISC: atenuación debido al efecto de otros varios. (Metodología

4.4.1. ISO 9613: ACÚSTICA – ATENUACIÓN DEL SONIDO DURANTE LA PROPAGACIÓN EXTERIOR )

8

Tabla 1-8. Valor de shadow flicker en receptores sensibles

RECEPTOR SHADOW FLICKER

(HR/AÑO) NORMATIVA ALEMANA4

(HR/AÑO) CUMPLIMIENTO

A 0:00 30 CUMPLE

B 1:29 30 CUMPLE

C 4:29 30 CUMPLE

D 6:09 30 CUMPLE

E 0:04 30 CUMPLE

F 4:19 30 CUMPLE

G 3:11 30 CUMPLE Fuente: Elaboración propia

Tal como se puede apreciar en la tabla anterior, de la evaluación presentada, se puede establecer que el

Proyecto cumple la normativa de referencia.

Residuos líquidos

Domiciliarios: 0,6 m3/día, serán manejados con sistema de fosa séptica.

Residuos líquidos industriales: No se generarán durante esta fase.

1.6.3. Cuantificación y manejo de residuos y productos químicos Residuos

Tabla 1-9. Cuadro resumen cantidad y manejo de residuos. Fase de Operación

TIPO DE RESIDUO CANTIDAD ALMACENAMIENTO TEMPORAL TIEMPO MÁXIMO

ALMACENAMIENTO DISPOSICIÓN FINAL

Residuos Domiciliarios 0,15 t/mes Área almacenamiento temporal de residuos domiciliarios y/o asimilables

3 días Relleno Sanitario Autorizado

Residuos Peligrosos 92,3 Kg/mes Bodega de acopio temporal de residuos peligrosos (BAT)

5 meses Relleno de seguridad autorizado

Fuente: Elaboración propia

Productos químicos

INSUMO CANTIDAD ANUAL POR TURBINA

Grasa rodamientos Pitch 3 kg

Grasa Pitch Gear 1 kg

Grasa Yaw Gear Manual 1 kg

Grasa rodamientos generador 0,5 kg

Grasa rodamiento principal 5 kg

Grasa rodamiento Yaw 3 kg

Aceite anillo colector 10 ml

Limpiador (JOBO DX-25) 3 l

Aceite Caja de Cambio Principal 68 l

1.7. DESCRIPCIÓN DE LA FASE DE CIERRE DEL PROYECTO Se cumplirán todas las exigencias legales y ambientales vigentes a la fecha del cierre del proyecto. Se

retirarán los elementos mecánicos y otros en desuso, se trasladarán para su reutilización, reciclaje o se

dispondrán conforme a la normativa vigente en un lugar autorizado. El titular se compromete a restaurar la

4 WEA-Schattenwurf-Hinweise

9

geoforma levemente alterada y dejar el sitio similar a las condiciones basales de suelo y geomorfológicas. No

se contempla restauración de vegetación debido a que los impactos sobre este componente ya habrán sido

compensados con las medidas detalladas en el Capítulo 6 del EIA.

Con el cierre del proyecto no se prevén emisiones futuras que puedan provocar afectación del ecosistema

terrestre y que por tanto deban ser prevenidas. Las operaciones constructivas de cierre son mucho menores

que las realizadas en la construcción del proyecto y básicamente tratan del desmonte de los

aerogeneradores. Los residuos líquidos corresponderán al generado por personal encargado del

desmantelamiento de las instalaciones. Los residuos y su manejo de presentan en la siguiente tabla:

Tabla 1-10. Cuadro resumen cantidad y manejo de residuos. Fase de Cierre.

TIPO DE RESIDUO CANTIDAD ALMACENAMIENTO TEMPORAL TIEMPO MÁXIMO

ALMACENAMIENTO DISPOSICIÓN FINAL

Residuos Domiciliarios

0,6 t/mes Área almacenamiento temporal de residuos domiciliarios y/o asimilables

3 días Relleno Sanitario Autorizado

Residuos Industriales no Peligrosos

133 m3/mes Área almacenamiento temporal residuos no peligrosos

30 días

Relleno controlado autorizado. Empresa de reciclaje autorizada

Residuos Peligrosos 0,98 t/mes Bodega de acopio temporal de residuos peligrosos (BAT)

5 meses Relleno de seguridad autorizado

Fuente: Elaboración propia

2. DETERMINACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO

A continuación en la Tabla 2-1 se define y se entrega una descripción del área de influencia para cada

elemento del medio ambiente

Tabla 2-1. Definición y descripción general del área de influencia del Proyecto.

ELEMENTO DEL MEDIO AMBIENTE

ÁREA DE INFLUENCIA

Calidad de aire Área de afectación o intervención directa del Proyecto más un buffer de 350 m.

Niveles de ruido Está determinada por la posible afectación a receptores cercanos a las fuentes de emisiones sonoras durante la construcción, operación y cierre. Se define como un buffer de 500 desde cada aerogenerador o frente de faena.

Luminosidad Determinada por potencial afectación de la sombre tintineante (Shadow Flicker) sobre los receptores más cercanos. Se define como un buffer de 500 desde cada aerogenerador.

Geomorfología Superficie donde se producirán las intervenciones de excavaciones del Proyecto.

Caracterización físico-químico del suelo

Área de afectación o intervención directa de las obras del Proyecto.

Hidrogeología Área de afectación o intervención del Proyecto relacionada con las excavaciones del Proyecto, fundamentalmente las fundaciones de los aerogeneradores.

Suelos Área de afectación o intervención directa de las obras del Proyecto.

Fauna Superficie donde se producirán las intervenciones del Proyecto y un buffer en función del ruido de 70 m, basado en la Norma de Referencia EPA "Effects of Noise un Wildlife and Other Animals" (1971).

Flora y Vegetación Superficie donde se producirán las intervenciones del Proyecto más un buffer de 50 m a cada lado.

Paisaje Umbral de visión lejana según Steinitz (1979), es decir un buffer de 2000 m en torno a las obras permanentes del Proyecto.

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ELEMENTO DEL MEDIO AMBIENTE

ÁREA DE INFLUENCIA

Patrimonio arqueológico, cultural y paleontológico

Área de afectación o intervención del Proyecto.

Dimensión geográfica, demográfica, antropológica, socioeconómica, bienestar social básico.

Se considerará el espacio sociocultural que rodea las acciones y obras del proyecto, con un buffer de 500 m. Durante la construcción y principalmente por el desplazamiento de carga sobredimensionada, el AI incorpora los siguientes sectores: San José, Punta Quihua, Puntilla de San Rafael, Canal Quihua, San Rafael Alto y El Yale. De la misma forma, el sector El Tambor en el Norte, Cruce Cárdenas y Huayún, más próximas a las obras de construcción. Durante la operación, se consideró para esta definición las sugerencias de la Guía de Hamburgo, Alemania, para parques eólicos, que define un área de influencia de 500 m. desde el aerogenerador a las casas, donde eventualmente podrían ser percibidos las afectaciones de un parque, por lo tanto, los El Tambor en el Norte, Cruce Cárdenas y Huayún.

Población Protegida Área de localización de las comunidades indígenas Huayún Mapu y Raimapu. Fuente: Elaboración propia

3. LÍNEA DE BASE AMBIENTAL

Calidad de aire

Las estaciones de calidad de aire halladas para la cuenca del área en análisis, se ubican en cercanías de la

ciudad de Puerto Montt y no en el área del proyecto que presenta una actividad industrial escaza en

comparación con Puerto Montt. Si bien las características geográficas y climáticas de este centro urbano

facilitan la dispersión de los contaminantes, las actividades urbanas son las grandes responsables de la

contaminación, sobretodo en periodos de frío entre abril y agosto, debido al consumo de leña para la

calefacción domiciliaria.

Niveles de ruido

El ruido de fonde se la zona donde se emplazará el proyecto, tiene valores NPSeq desde 44 a 58 dBA en

horario diurno y 32 y 62 dBA en horario nocturno. El ruido de fondo del sector se caracteriza por la

presencia de viento y el flujo de autos, también se constata la presencia de trabajos en el camino interior,

pero estos constituyen ruidos ocasionales durante el día. Ruido de aves y animales del sector son

característicos, al igual que las actividades que se realizan dentro de los hogares.

Suelos

El área de estudio presenta suelos de color pardo (andisoles). Esta propiedad se asocia a la gran cantidad de

materia orgánica que posee su horizonte superficial, los cuales han evolucionado a partir sedimentos glacio-

fluvio-volcánicos.

Las series de suelos identificados en el área de proyecto, corresponde a Alerce y Puerto Montt, la primera se

encuentra en terrazas fluvioglaciales planas, caracterizándose por poseer un suelo delgado y muy delgado,

desarrollado a partir de cenizas volcánicas depositadas sobre un substrato fluvioglacial, denominados Ñadis.

En la serie Puerto Montt, existen suelos moderadamente profundos, ubicándose en lomajes de moderada o

fuertemente ondulada, evidenciando un buen drenaje.

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Hidrogeología

El área de estudio se asocia a un acuífero que escurre a través de material de relleno o depósitos no

consolidados de origen glacial, manifestado en morrenas, evidenciando una alta permeabilidad. De los

pozos catastrados por INIA-DGA, existen7que se encuentran al interior del área de influencia del proyecto.

Estos pozos presentan niveles de agua que fluctúan entre los 5.7 y 60 m; las profundidades son altas, y van

desde los 75 a 100m. El pozo más cercano al área del proyecto corresponde a APR Huayún Bajo.

Fauna

En los ambientes identificados fue posible observar 48 especies de vertebrados distribuidos en tres de los

cuatro taxa objetivo (Aves, reptiles, mamíferos y anfibios). De estas observaciones 39 corresponden a Aves,

4 a anfibios, 4 mamiferos y una a reptiles.

Diez especies se encuentran en alguna de las categorías de conservación vigentes: 4 son aves, el choroy

(Enicognathus leptorhynchus) categorizado como “En Peligro”, la Becacina (Gallinago paraguaiae)

categorizada como “Vulnerable”, el Con con (Strix rufipes) categorizado como “Insuficientemente conocido)

y la Bandurria (Theristicus melanopis), categorizada como “Vulnerable” en la región donde se emplaza el

proyecto. La lagartija pintada (Liolaemus pictus) se halla categorizada como “Preocupación menor”. Las

cuatro especies de anfibios hallados se encuentran categorizados como: Rana de antifaz (Batrachyla

taeniata) categorizada como “Casi Amenazada”; Sapito de cuatro ojos (Pleurodema thaul) categorizada

como “Casi amenazada”, el sapo de Pugin (Eupsophus emiliopugini) categorizado como “Preocupación

Menor” y la rana de hojarasca austral (Eusophus calcaratus) categorizada como “Preucupación menor”.

Entre los mamíferos solo el Zorro colorado (Lycalopex culpaeus) se encuentra categorizadoen “Preocupación

menor”. Se registron dos especies endémica de Chile correspondiente al Choroy y la Perdiz chilena.

En mamíferos, los quirópteros de los resultados obtenidos en este estudio, se puede indicar que las especies

de murciélagos M. chiloensis, L. varius y T. brasiliensis registradas en el área de influencia del proyecto

tienen una amplia distribución en Chile y no presentan problemas de conservación (UICN 2014), por lo

tanto, la ejecución de las obras proyectadas no produciría un impacto negativo sobre sus poblaciones.

Flora y vegetación

Las áreas cubiertas de vegetación corresponden a una formación de Bosque donde fueron identificados 4

tipos vegetacionales: Bosque de Nothofagus nitida, Amomyrtus luma y Drimys winteri (131,67 ha), Bosque

de Amomyrtus luma y Drimys winteri (74,33 ha), Bosque de Pilgerodendron uviferum, Nothofagus nitida y

Tepualia stipularis (3,78 ha) y por último Bosque de Tepualia stipularis, Amomyrtus luma y Drimys winteri

(31,15 ha). La superficie total del área de influencia corresponde a 29,957 ha, de éstas el 93,96% está

cubierto por vegetación (28,15 ha) y el 6,04% está cubiertos por áreas residenciales rurales.

De los resultados obtenidos en flora vascular del área de influencia se puede señalar que las especies

registradas constan de 98 taxa, siendo 91 de ellas identificadas a nivel específico y 7 especies identificadas a

nivel genérico. El 70,41% de los taxa son de origen nativo, mientras que un 7,14% corresponde a origen

Endémico. Un 7,14% del total corresponde a indeterminado, ya que sólo fueron identificadas a nivel de

género y un 15,31% corresponde a origen Alóctono.

De acuerdo a las fuentes citadas en la minuta de prelación del Ministerio del Medio Ambiente (MMA) para

efectos del artículo 6° literal m) del Reglamento del SEIA (Memorandum DJ N°387/2008), en el área de

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estudio se registraron 13 especies en alguna categoría de conservación, todas ellas pertenecientes a la

división de las pteridophytas.

Paisaje

La valoración de la calidad paisajística evidenció niveles bajos y medios. Los puntos de observación que

presentan mayor calidad paisajística son el Cruce y el sector 2 de Huayún mientras que el resto de los puntos

de observación presenta calidad paisajística baja. En cuanto a la globalidad del paisaje que intervendrá el

proyecto se obtuvo un promedio de 2,4 lo que implica una zona con calidad visual media, con rasgos

comunes dentro la región fisiográfica.

En cuanto a la fragilidad visual en todos los puntos de observación fue calificada como media en casi todos

los puntos de observación exceptuando el sector residencial A, el sector residencial B y el Cruce Cárdenas.

En el promedio de todos los puntos de observación Se obtuve un resultado de 1,47 lo que equivale a una

fragilidad global Baja, implicando una alta capacidad para absorber los cambios o perturbaciones producidas

en el paisaje por el proyecto.

Patrimonio arqueológico, cultural y paleontológico

Como resultado de la prospección arqueológica del Proyecto Parque Eólico Calbuco, en el total del área a

cubrir por el proyecto solo se observó la presencia de hallazgo aislado, denominado HA01, consistente en

una lasca primaria de andesita ubicada a 45 metros de un camino proyectado y a 60 metros del área de

acopio de materiales del bloque sur.

Dimensión geográfica, demográfica, antropológica, socioeconómica, bienestar social básico

En cuanto a la dimensión geográfica del proyecto, y considerando los antecedentes recopilados y

presentados, es posible afirmar que el Parque Eólico Calbuco no presentará impactos significativos y/o

negativos en la medida que no producirá alteraciones en los recursos naturales (suelo, agua y aire) que

condicionan el sistema de vida de los grupos humanos de las áreas de estudio y de influencia, es decir, en los

habitantes de la comuna de Calbuco, especialmente de los sectores El Tambor, Cruce Cárdenas, Huayun, El

Yale, San Rafael Alto, Canal Quihua, Puntilla de San Rafael, Punta Quihua y San José.

En el caso de la comunidad indígena de Huayun Mapu, no se contempla la utilización de las rutas que pasan

directamente por su territorio, por lo que no se evidenciaría un impacto en sus caminos de acceso.

La dimensión demográfica de las áreas de estudio e influencia es una de las que presenta menos

alteraciones por la ejecución del proyecto. Esto se debe, en primer lugar, a que la instalación del parque

eólico no requiere reasentamiento de ningún grupo humano y, en segundo lugar, no habrá un aumento de

población flotante asociado a las actividades del proyecto, ya que no se requiere mucha mano de obra

durante la fase de construcción, y ésta disminuye aún más en la fase de operación y cierre.

Respecto a la dimensión antropológica, el proyecto no representaría mayores impactos, ya que su ubicación

y funcionamiento no alterarían las relaciones sociales, las prácticas, las tradiciones o los sentimientos de

arraigo de la población local. Si bien el proyecto está cerca de entidades pobladas, no alterará las labores

habituales de las personas, ya que una de las características de los parques eólicos es su complementariedad

con las actividades existentes, como la agricultura o la ganadería. La misma situación es válida para la

comunidad indígena Huayun Mapu, ya que el proyecto se emplaza en predios particulares que no se

relacionan con los territorios que ellos utilizan. Por otra parte, de acuerdo a la información proporcionada

13

por sus propios miembros, no existen sitios de significación cultural en las cercanías del polígono del

proyecto, como cementerios o espacios para ceremonias y/o rituales.

En cuanto al We Tripantu, única ceremonia de origen mapuche celebrada actualmente por las comunidades

indígenas Huayun Mapu y Raimapu, es posible afirmar que no verían afectada su realización.

En general, las alteraciones que podrían experimentar las actividades económicas de la población de

Calbuco en general y de los sectores del Tambor y Huayun serán leves y transitorias, insuficientes para

generar impactos significativos en la estructura de la localidad.

Finalmente, la dimensión de bienestar social básico no se verá alterada que el acceso a servicios como agua

o luz no sufrirá modificaciones. Del mismo modo, tampoco se alterará el funcionamiento habitual de los

servicios de salud o los establecimientos educacionales.

Considerando lo expuesto en los párrafos precedentes es posible afirmar que el proyecto Parque Calbuco no

generará:

- Pérdida, menoscabo y/o deterioro del espacio territorial común,

- Efectos sobre el sistema de vida que impidan o dificulten el desarrollo de relaciones sociales, económicas y

culturales,

- Condiciones que impidan o dificulten la manifestación de tradiciones, intereses comunitarios, sentimientos

de arraigo.

Por lo tanto, se concluye que la ejecución del proyecto no alterará significativamente los sistemas de vida y

costumbres de los grupos humanos ubicados tanto en el área definida como de estudio –comuna de

Calbuco- como de influencia – sectores El Tambor, Cruce Cárdenas, Huayún, El Yale, San Rafael Alto, Canal

Quihua, Puntilla de San Rafael, Punta Quihua y San José.

Población protegida

El 9 de mayo de 2001 se formó la Asociación Indígena HuayunMapu y diez años después se transformaron

en Comunidad quedando registrada en la Corporación de Desarrollo Indígena con el N°323. De acuerdo a la

información entregada por esta misma institución, la agrupación cuenta actualmente con 33 socios

pertenecientes a 22 familias y actualmente no se encuentra vigente porque no se ha renovado la directiva.

No obstante lo anterior, los miembros de la comunidad se siguen juntando de forma regular –una vez al

mes- y el último presidente, don Víctor Huenante, aún es la persona de contacto para convocar a la totalidad

de la agrupación.

En cuanto a la ubicación de la comunidad, la información levantada en terreno permite señalar que poseen

una sede social frente a la escuela del sector de Huayun, pero no se trata de un inmueble de uso exclusivo

de esta agrupación indígena sino que es compartida con otras organizaciones. Según lo informado por

funcionarios de Conadi existiría un título de merced que otorga propiedad a la comunidad con respecto al

territorio en que se ubican en el sector de Huayun. Al respecto, se hicieron las consultas pertinentes en el

Archivo Regional pero en esta repartición no contaban con mayores antecedentes de la comunidad.

Respecto a la filiación étnica de la agrupación, sus socios se identifican como mapuche de la rama huilliche,

es decir, habitantes del sector meridional del tradicional territorio de la Araucanía. En base a la información

levantada en terreno es posible afirmar que se trata de una comunidad que está en un proceso de

reconstrucción identitaria y en un aprendizaje respecto a sus propias prácticas tradicionales. Por ejemplo, no

se trata de personas hablantes de mapudungun ya que los socios sólo conocen algunas palabra aisladas.

Consultados respecto a la existencia de sitios sagrados, negaron la presencia de dichos espacios y al

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preguntarles específicamente por cementerios, sólo se refirieron al recinto municipal.

Con respecto a la comunidad indígena Raimapu se encuentra en un sector semi-rural de la ruta V-843,

llamado Puntilla de San Rafael, ubicado al noroeste del centro urbano de la comuna de Calbuco, y a

aproximadamente 12 kilómetros lineales del polígono donde se pretende emplazar el Parque Eólico

Calbuco. El principal recurso natural utilizado por los habitantes de la localidad se relaciona con la tala de

arboles, lo que ellos denominan “trabajar en la leña”. Se constató que la mayoría de los miembros de la

comunidad indígena Raimapu, especialmente las mujeres, desarrollan la agricultura a pequeña escala,

principalmente para el autoabastecimiento familiar, y en menor medida para la venta de frutas, hierbas

medicinales y hortalizas en mercados locales. Dado que la comunidad indígena Raimapu es una organización

funcional con personalidad jurídica otorgada por la CONADI, posee una estructura similar a la de otras

organizaciones funcionales no mapuche. Esto quiere decir que no corresponde a una organización

tradicional, con un lonco a la cabeza, sino que cuenta con una directiva que se elige democráticamente.

4. PREDICCIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTOS Y RIESGOS AMBIENTALES

A partir de la descripción detallada de cada una de las fases del Proyecto (Capítulo 1 del presente EIA), el

área de influencia (Capítulo 2 del presente EIA), la línea de base ambiental (Capítulo 3 del presente EIA) y

sobre la base del proceso de discusión con los desarrolladores del proyecto, especialistas y el equipo

evaluador, se determinaron las actividades, obras y acciones involucradas, que representan fuentes

potenciales de impacto o riesgo ambiental, considerando su interacción con los elementos del medio

ambiente del área de influencia para las fases de construcción, operación y cierre.

Una vez identificados los impactos se procedió a realizar la evaluación de los mismos por parte del equipo

encargado de la realización del EIA. A partir de la evaluación de impacto ambiental del Proyecto presentada

con detalle en el capítulo 4 del EIA, se concluye que el Proyecto presentará impactos de carácter negativo

significativo sobre las siguientes componentes (Tabla 4-1)

Tabla 4-1 Resumen impactos negativos significativos del Proyecto

COMPONENTE DEL AMBIENTE CÓDIGO IMPACTO FASE

Flora y Vegetación VF1 Pérdida de ejemplares de flora en categoría

de conservación. Construcción

Fauna Fau1 Perturbación de Micro hábitat de anuros en

categoría de conservación. Construcción

Población Protegida PP2

Presencia de elementos artificiales de gran

magnitud en el paisaje cultural aledaño a la

comunidad Huayún

Operación

Fuente: Elaboración propia

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5. DESCRIPCIÓN DE AQUELLOS EFECTOS, CARACTERÍSTICAS O

CIRCUNSTANCIAS DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY QUE DAN ORIGEN A LA

NECESIDAD DE ELABORAR UN EIA

El artículo 11 de la Ley N° 19.300 indica que deberán presentar un Estudio de Impacto Ambiental, los

proyectos que generan o presentan, a lo menos algunos de los efectos, características o circunstancias

indicados en los literales siguientes:

a) Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.

b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar .

e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de una zona.

f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

Del análisis pormenorizado realizado al artículo 11 de la Ley 19.300, el titular declara que las actividades del

Proyecto “Parque Eólico Calbuco” requiere ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental como

EIA ya que presenta efectos características o circunstancias señaladas en el artículo preceptuado.

Específicamente, el proyecto debe ingresar como un EIA por las siguientes causas:

b. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Los efectos adversos se manifiestan sobre ejemplares de especies de flora en categoría de conservación y

sobre microhábitats de anuros los cuales serán perturbados y/o modificados por las actividades del

proyecto.

d. Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

El proyecto presenta efectos ambientales negativos significativos sobre una población protegida, la

comunidad de Huayún Mapu, cuyos miembros pertenecen al pueblo Mapuche. La presencia de los

aerogeneradores implica una afectación al paisaje cultural ancestral–por el rango de visión- para los

miembros de esta población protegida ya que se trata de elementos artificiales de gran magnitud cuya

presencia se extenderá por un prolongado periodo de tiempo.

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6. PLAN DE MEDIDAS AMBIENTALES

El Plan de Medidas Ambientales tiene como objetivo principal, describir las medidas que se adoptarán para

eliminar o minimizar los efectos adversos del proyecto o actividad, y las acciones de mitigación, reparación

y/o compensación que se realizarán, cuando ello sea procedente. A través de este plan el Titular, se hará

cargo de los impactos ambientales negativos significativos, que resultan como consecuencia de la

interacción de los elementos del medio ambiente presentes en el área de influencia, con las actividades que

se desarrollarán en las fases de construcción, operación y cierre del proyecto.

NOMBRE DE LA MEDIDA

DESCRIPCIÓN JUSTIFICACIÓN DURACIÓN

MMVF-1: Rescate, viverización y trasplante de ejemplares en categoría de conservación.

Rescate, viverización y trasplante de ejemplares en categoría de conservación Como primera etapa se realizará un microruteo identificando específicamente el número de individuos que serán afectados por la construcción. A continuación, se realizará el rescate, viverización y replantación -directa o después del vivero- de los ejemplares en categoría de conservación afectados por el proyecto.

Esta medida tiene como eje central, al menos, generar una pérdida neta cero de biodiversidad de ejemplares en categoría de conservación en el área de influencia del proyecto. Para tal efecto, se propone extracción de segmentos vegetativos y esporas.

2 años

MCVF-1 Recuperación de zonas sin intervención.

Todos aquellos sectores intervenidos temporalmente (instalaciones de faena y áreas de acopio de materiales) serán restaurados a su condición original y se favorecerá el uso de vegetación nativa que permita la integración con el entorno natural del área intervenida.

El proyecto busca favorecer la recuperación de las estructuras ecológicas del bosque original mediante la prohibición de la intervención del mismo

20 años

MRVF-1 Restauración áreas de intervención temporal

Todos aquellos sectores intervenidos temporalmente (instalación de faenas, patios de acopio, frentes de trabajo, etc.) serán restaurados a su condición original y se favorecerá el uso de vegetación nativa que permita la integración con el entorno natural del área intervenida.

Dado que algunas áreas intervenidas temporalmente quedarán desprovistas de vegetación, éstas se restituirán con las principales especies constituyentes de la unidad vegetacional a la que corresponda, de modo de conservar la biodiversidad del sitio

1 años

MMFau1-a :

Rescate y

relocalización de

anuros en

categoría de

conservación.

Con el objetivo de disminuir el impacto por

mortalidad directa en aquellas especies presentes

en el área de intervención del Proyecto, que se

encuentren en alguna categoría de conservación y

tengan una movilidad reducida (y por tanto, una

baja capacidad de escape natural ante cambios en su

hábitat), se realizará un Plan de Rescate y

Relocalización. Este rescate y relocalización se

llevará a cabo en toda el área de localización de las

obras del proyecto, con un buffer de 50 m.

La medida de rescate y relocalización es

una medida recomendada por el SAG,

que permitirá evitar muertes de especies

de anuros.

6 meses

MMFau1-b:

Minimización de

áreas de

intervención.

Se establecerá una delimitación de las superficies mínimas necesarias para la construcción de obras y una clara demarcación de sus límites.

Una delimitación de las áreas

estrictamente necesarias para la

construcción disminuye el riesgo de

afectación de áreas aledañas a los frentes

de trabajo.

1 año

MRFau1:

Restauración de

hábitat de anuros

perdidos

El objetivo de la medida busca restaurar parte del hábitat perdido por el establecimiento del proyecto relocalizando rocas, troncos y cualquier otro elemento que sirva de refugio, en las zonas aledañas a las obras

La medida busca recrear el hábitat

perdido por la construcción utilizando

rocas, troncos y cualquier otro elemento

que brinde a estas especies oportunidad

1 año

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NOMBRE DE LA MEDIDA

DESCRIPCIÓN JUSTIFICACIÓN DURACIÓN

de refugios.

MCPP-2 Aporte al restablecimiento del paisaje cultural asociado al mejoramiento de la ruca de la comunidad Huayún Mapu.

Apoyar la restauración y el mejoramiento de la ruca localizada en la Escuela Rural Huayún Bajo para convertirla en una alternativa para el encuentro cultural preferente de la Comunidad Indígena Huayún.

Como consecuencia del diálogo sostenido por el titular con la Comunidad Huayún nace el requerimiento comunitario de restaurar y mejorar las condiciones constructivas actuales de la Ruca y potencias el paisaje cultural alterado por los aerogeneradores.

6 meses

Fuente: Elaboración propia

7. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

Medidas de prevención generales

La operación y mantención preventiva y correctiva de las maquinarias, materiales y equipos a utilizar en el Proyecto será realizada por personal calificado, debidamente capacitado y entrenado para ejercer estas funciones.

Se verificará sistemáticamente el cumplimiento de la normativa aplicable. Tanto el diseño de ingeniería como los programas de construcción considerarán el cabal cumplimiento de la normativa vigente aplicable en esta materia. Dicha normativa está referida a aspectos relacionados con las condiciones sanitarias y ambientales de los lugares de trabajo, accidentes y enfermedades, prevención de riesgos, salud y seguridad. En este contexto, el titular del Proyecto velará por que se cumpla cada una de las exigencias y condiciones que establece la normativa vigente.

El titular exigirá a sus contratistas de obras cumplir con lo establecido en el Plan Prevención de Contingencias y Emergencias.

Se presenta adicionalmente un Plan de Prevención de Incendios.

Se establecerá la prohibición de utilizar fuego en los frentes de trabajo. Por su parte, las actividades como soldaduras o las que requieran utilizar una fuente de calor o fuego directamente, dispondrán de extintores y elementos para el primer combate del fuego.

Riesgos identificados

CÓDIGO RIESGO IDENTIFICADO

RA-01 Riesgo de derrame de sustancias peligrosas.

RA-02 Riesgo de alteración accidental de sitios arqueológicos.

RA-03 Riesgo de generación de efluentes líquidos que puedan afectar suelos.

RA-04 Riesgo de incendio en el área de las faenas.

RA-05 Riesgo por accidentes de tránsito asociados al Proyecto.

RA-06 Riesgo de accidentes laborales y emergencias médicas.

RA-07 Riesgos por eventos naturales.

Fuente: Elaboración propia

Plan de Emergencias CÓDIGO TIPO DE EMERGENCIA

1 Emergencia con Sustancias Peligrosas ya sea derrame, fuga, contacto con sustancias químicas, o cualquier situación relacionada con materiales químicos.

2 Principio de Incendio o fuego incipiente

3 Emergencias eléctricas como electrocución o situaciones relacionadas a equipos energizados.

4 Accidente Grave en obra como caída de altura, amputación, pérdida de conciencia o alguna lesión que requiera reanimación.

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CÓDIGO TIPO DE EMERGENCIA

5 Accidente Fatal.

6 Accidentes de tránsito

7 Otras emergencias no clasificadas

Fuente: Elaboración propia

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8. PLAN DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL

El Plan de Seguimiento Ambiental del Proyecto, tiene por finalidad asegurar que las variables ambientales relevantes y los impactos negativos

significativos que dieron origen al Estudio de Impacto Ambiental (EIA) evolucionen según lo establecido en el Proyecto.

Desde el punto de vista operativo, el Plan de Seguimiento Ambiental se implementará mediante actividades de seguimiento al cumplimiento del

Plan de Medidas Ambientales y actividades de seguimiento para la verificación y prevención de afectaciones ambientales.

IMPACTO Y MEDIDAS SUJETAS A SEGUIMIENTO UBICACIÓN PARÁMETRO FRECUENCIA Y DURACIÓN

Impacto VF-1:.

Pérdida de ejemplares de flora en categoría de conservación.

Medida MMVF1:

Rescate, viverización y trasplante de ejemplares en categoría de conservación.

Red de caminos internos, subestación, líneas eléctricas internas, área de acopio de residuos, fundaciones y plataformas de aerogeneradores.

Número de ejemplares rescatados.

Número de ejemplares relocalizados.

Tasa de sobrevivencia.

Número de individuos vigorosos versus individuos muertos.

Monitoreos semanales durante el primer mes de relocalización.

Luego de estos cuatro monitoreos procederán monitoreo semestrales hasta completar 3 años.

Impacto VF-1:

Pérdida de ejemplares de flora en categoría de conservación.

MRVF1 Recuperación de zonas sin intervención.

Áreas excluidas de las obras del proyecto.

Número de especies en el contexto de la información registrada en los tipos vegetacionales descritos en la línea de base componente flora y vegetación del EIA.

Se realizará un estudio de biodiversidad y estado del bosque cada 2 años durante 4 años.

Impacto VF-1:

Pérdida de ejemplares de flora en categoría de conservación.

MRVF1 Restauración áreas de intervención temporal.

Restauración áreas de intervención temporal: Instalación de faena bloque norte, Instalación de faena bloque sur, área de acopio de materiales bloque norte y área de acopio de materiales bloque sur.

Tasa de sobrevivencia de individuos. Monitoreos semanales durante el primer mes de relocalización.

Luego de estos cuatro monitoreos procederán monitoreo semestrales hasta completar tres años.

Impacto Fau-1:

Perturbación de microhábitat de anuros en categoría de conservación.

Medida MMFau1-a:

Rescate y relocalización de anuros en categoría de conservación.

Red de caminos internos, subestación, líneas eléctricas internas, área de acopio de residuos, fundaciones y plataformas de

Indicadores cualitativos

Determinación de los rangos etáreos (juveniles, adultos, machos, hembras)

Indicadores cuantitativos

Índice de condición (relación entre longitud hocico-cloaca y peso)

A medida que avancen los frentes de trabajo durante toda la fase de construcción

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IMPACTO Y MEDIDAS SUJETAS A SEGUIMIENTO UBICACIÓN PARÁMETRO FRECUENCIA Y DURACIÓN

aerogeneradores. Áreas de intervención temporal: Instalación de faena bloque norte, Instalación de faena bloque sur, área de acopio de materiales bloque norte y área de acopio de materiales bloque sur.

Número de individuos/especies capturadas

Número de individuos/especies capturados

Proporción de ejemplares capturados en relación al total de ejemplares observados o densidades estimadas por especie.

Proporción de capturas en los diferentes períodos de muestreo en función de individuos relocalizados.

Impacto Fau-1:

Perturbación de microhábitat de anuros en categoría de conservación.

Medida MRFau1:

Restauración de hábitat de anuros

Zonas aledañas a las obras permanentes dentro del Área de Influencia (ver Plano 1-2 Anexo 9-1, Apéndice 1 PAS 146).

Número de anuros en las zonas restauradas A medida que avancen los frentes de trabajo durante toda la fase de construcción

Impacto PP-2:

Presencia de elementos artificiales de gran magnitud en el paisaje cultural aledaño a la comunidad Huayún.

MMPP-1: Aporte al restablecimiento del paisaje cultural asociado al mejoramiento de la ruca de la comunidad Huayún Mapu.

Ruca de la comunidad Huayún Mapu

Ruca reconstruida 6 meses de construcción

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9. PLAN DE CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL APLICABLE

9.1. Normas generales aplicables al Proyecto Nombre Texto Normativo

Constitución Política de la República de Chile

Forma de cumplimiento

El respeto de esta garantía constitucional se realiza precisamente con el cumplimiento de la normativa vigente y el reconocimiento de la institucionalidad creada al efecto. Al someter este proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) se consigue lo anterior, ya que el Estado, en uso de sus atribuciones y mediante los organismos creados para ello, evaluará ambientalmente el presente proyecto, velando porque el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación no sea afectado.

Indicador de cumplimiento

Resolución de Calificación Ambiental (RCA), fiscalización de Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

Nombre Texto Normativo

Ley Nº19.300, aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Fecha de Publicación: 9 de Marzo de 1994. MINSEGPRES.

Forma de cumplimiento

El proyecto da cumplimiento a estas disposiciones precisamente a través de su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), bajo la forma de un Estudio de Impacto Ambiental, ya que éste produce los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. En el Capítulo 5 del presente documento, se justifica la pertinencia de ingreso al SEIA de este Proyecto a través del presente EIA.

Indicador de cumplimiento

Resolución de Calificación Ambiental (RCA), fiscalización de Superintendencia del Medio Ambiente (SMA)

Nombre Texto Normativo

D.S. N°40/2012, Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Forma de cumplimiento

El proyecto da cumplimiento a estas disposiciones precisamente a través de su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), bajo la forma de una Estudio de Impacto Ambiental, ya que éste produce alguno de los efectos, características o circunstancias a que se refieren los artículos 5°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10 del Decreto en análisis, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. En el Capítulo 5 del presente documento, se justifica la pertinencia de ingreso al SEIA de este Proyecto a través de un EIA. Este proyecto en particular, ingresa al SEIA según lo indicado en la letra c) del artículo 3 de este Reglamento, “Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW”.

Indicador de cumplimiento

Resolución de Calificación Ambiental (RCA), fiscalización de Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

Nombre Texto Normativo

D.S. Nº 30, Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación. Fecha de Publicación: 11 de febrero de 2013. Ministerio de Medio Ambiente.

Forma de cumplimiento

El Proyecto dará cumplimiento a las disposiciones referentes a la Autodenuncia, en el caso improbable de incurrir en alguna infracción de aquellas de la competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente, y de optar por esta vía. Así mismo, se dará cumplimiento a las disposiciones referidas a los Programas de Cumplimiento y Planes de Reparación en el evento improbable de haberse iniciado un procedimiento sancionatorio, y en caso de optar por una de estas vías de solución.

Indicador de cumplimiento

Presentación de una Autodenuncia, Programa de Cumplimiento, y/o Plan de Reparación en caso de proceder.

Nombre Texto Normativo

D.S. Nº 31, Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones. Fecha de Publicación: 11 de febrero de 2013. Ministerio de Medio Ambiente.

Fase de Aplicación

Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre.

Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente (SMA)

Artículo y/o Materia

Este Reglamento establece las disposiciones por las cuales se regirá el SNIFA, así como los antecedentes por los cuales se conformará; y los registros públicos de RCA y sanciones. En ese sentido establece las funciones de la SMA, así como también el derecho de toda persona a acceder a la información que se encuentre en su poder, ya que la información será pública.

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Nombre Texto Normativo

D.S. Nº 31, Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones. Fecha de Publicación: 11 de febrero de 2013. Ministerio de Medio Ambiente.

El art. 8° establece que los sujetos obligados, entre ellos los titulares de RCA, deberán proporcionar a la SMA una serie de antecedentes, informaciones y datos, listados en el mismo, según corresponda.

Relación con el Proyecto

El Proyecto una vez obtenida su resolución de calificación ambiental favorable, deberá someterse a la fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA)

Forma de cumplimiento

El proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental.

Indicador de cumplimiento

Entrega de información a la SMA según corresponda

Nombre Texto Normativo

Resolución Exenta Nº 844/2012, Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental. Fecha de Publicación: 2 de enero de 2013. Ministerio de Medio Ambiente.

Forma de cumplimiento

El proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando la información requerida con la periodicidad y en la forma establecida en la RCA, ingresándola en el Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de haber cumplido con las disposiciones de la Resolución Exenta N° 1.518/2013.

Indicador de cumplimiento

Entrega de información señalada a la SMA, en la forma y plazos establecidos en la RCA.

Nombre Texto Normativo

Resolución Exenta Nº 1518, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 574 Exenta, de 2012. Fecha de Publicación: 6 de enero de 2014. Ministerio de Medio Ambiente.

Forma de cumplimiento

Una vez que se obtenga una RCA favorable, el titular dentro del plazo de 15 días desde que se le notifique la Resolución, ingresará a http://www.sma.gob.cl, y se realizarán las gestiones para obtener el usuario y contraseña y se completará el formulario presente en la plataforma web, del modo exigido por la Resolución.

Indicador de cumplimiento

Obtención de usuario y contraseña en el sistema web de la SMA y carga de la información requerida en la forma y plazos establecidos por la SMA.

Nombre Texto Normativo

Resolución Nº 276/2013, Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre el Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad, Normas de Emisión y Planes de Prevención y/o Descontaminación. Fecha de Publicación: 4 de abril de 2013. Ministerio de Medio Ambiente.

Forma de cumplimiento

Se dará cumplimiento a esta norma dando facilidades para las actividades de fiscalización ambiental, en caso de producirse y proporcionando la información requerida.

Indicador de cumplimiento

Permitir actividades de fiscalización y entrega de información a la SMA.

Nombre Texto Normativo

Resolución Nº 277/2013, Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre el Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Resoluciones de Calificación Ambiental y Deja Sin Efecto Resolución N° 769 Exenta, de 2012. Fecha de Publicación: 4 de abril de 2013. Ministerio de Medio Ambiente.

Forma de cumplimiento

Se dará cumplimiento a esta norma dando facilidades para las actividades de fiscalización ambiental, en caso de producirse, y proporcionando la información requerida, en todas las fases del mismo.

Indicador de cumplimiento

Permitir actividades de fiscalización y entrega de información a la SMA.

9.2. Normas de emisiones, descargas y residuos aplicables al Proyecto Emisiones atmosféricas

Nombre Texto Normativo

D.S. N°144, de 1961 establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de Cualquier Naturaleza. Fecha de Publicación: 18 de mayo de 1961. Ministerio de Salud

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Nombre Texto Normativo

D.S. N°144, de 1961 establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de Cualquier Naturaleza. Fecha de Publicación: 18 de mayo de 1961. Ministerio de Salud

Forma de cumplimiento

Las emisiones de material particulado y gases son menores y distribuidas en una extensión territorial acotada solamente al polígono del Proyecto y al camino de acceso, tal como se presentan en el Anexo 4-1 Adicionalmente, con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Titular considera las siguientes medidas:

Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones.

Se controlará la velocidad de los vehículos dentro del área de faena. Para el control de emisiones de gases el Proyecto considera las siguientes medidas:

Los grupos electrógenos utilizados en la etapa de construcción, tendrán sus revisiones técnicas al día, para que se desempañen de acuerdo con los parámetros del fabricante.

Los vehículos livianos, medianos, pesados y maquinaria de combustión interna contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas a cargo de las faenas de construcción y abandono del Proyecto.

Indicador de cumplimiento

Revisión y registro de cumplimiento de las medidas anteriores por parte del Titular.

Catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones.

Nombre Texto Normativo

D.S. N°138, establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica. Fecha de Publicación: 17 de Noviembre de 2005. Ministerio de Salud; Subsecretaría de Salud Pública.

Forma de cumplimiento

Previo al inicio de la etapa de construcción, el Titular entregará a la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos, los antecedentes necesarios para declarar con exactitud las emisiones provenientes de los grupos electrógenos del Proyecto.

Indicador de cumplimiento

Formulario ingreso de declaración de emisiones.

Nombre Texto Normativo

Decreto con Fuerza de Ley Nº1, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. Fecha de Publicación: 29 de Octubre de 2009. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Subsecretaría de Transportes; Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Justicia.

Forma de cumplimiento

Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les harán mantenimientos regulares. Se impedirá el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. Lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y cierre del Proyecto. De igual manera se exigirá a las camionetas encargadas del transporte de personal durante la fase de operación del proyecto.

Indicador de cumplimiento

Documentos de revisiones técnicas y mantenciones en los vehículos en obra.

Nombre Texto Normativo

D.S. Nº4, establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control. Fecha de Publicación: 29 de Enero de 1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. D.S. Nº279, aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna. Fecha de Publicación: 17 de Diciembre de 1983. Ministerio de Salud. D.S. Nº55/1994, establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Pesados. Publicación: 16 de abril de 1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. D.S. Nº54/1994, Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. D.S. Nº211/2011, establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Forma de cumplimiento

El Titular del proyecto cumple con las disposiciones del presente cuerpo normativo ya que exigirá que los vehículos motorizados pesados cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.

Indicador de cumplimiento

Documentos de revisiones técnicas y mantenciones en los vehículos en obra.

Nombre Texto Normativo

D.S. Nº75/1987, establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

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Nombre Texto Normativo

D.S. Nº75/1987, establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Forma de cumplimiento

El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Rachel), lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.

Indicador de cumplimiento

Revisión y registro de cumplimiento por parte de encargado de oficina de calidad, seguridad y medio ambiente.

Emisiones de ruido

Nombre Texto Normativo

D.S. 38/2011. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto Nº 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General De La Presidencia. Ministerio del Medio Ambiente.

Forma de cumplimiento

El análisis realizado en el estudio de impacto acústico del Anexo 4-2 del presente EIA indica que el proyecto cumple con los límites establecidos en el D.S. 38/2012 para todas las fases del proyecto.

Indicador de cumplimiento

Se mantendrá copia de las revisiones técnicas de los vehículos utilizados durante el Proyecto, las cuales se mantendrán en la faena y/o planta. Se mantendrá copia de las mantenciones realizadas a todo tipo de maquinaria utilizada en la construcción del Proyecto (que no requiera obligatoriamente mantener la revisión técnica). Monitoreo de Ruido in situ durante la construcción y operación del Proyecto, con frecuencia trimestral, durante la fase de construcción y con frecuencia semestral durante el primer año de operación del Proyecto.

Residuos líquidos

Nombre Texto Normativo

D.S. N°236/1926, Reglamento General de Alcantarillados Particulares Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias. Ministerio de Higiene; Asistencia; Previsión Social y Trabajo.

Forma de cumplimiento

Se dará cumplimiento a este cuerpo normativo porque el Titular realizará las siguientes acciones: Una vez obtenida la RCA favorable, el Titular realizará el trámite sectorial, correspondiente a la habilitación del sistema de alcantarillado particular ante la SEREMI Salud de la Región de Los Lagos. Los antecedentes para el cumplimiento del permiso ambiental sectorial N° 138, que es aplicable a esta obra, se presentan en el Anexo 9-1 del presente EIA.

Indicador de cumplimiento

Oficio de SEREMI de Salud que autoriza proyecto y funcionamiento de sistema de alcantarillado particular.

Nombre Texto Normativo

D.S. Nº594/1999, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Ministerio de Salud.

Forma de cumplimiento

Se dará cumplimiento a este cuerpo normativo porque el Titular realizará las siguientes acciones: Una vez obtenida la RCA favorable, el Titular realizará el trámite sectorial, correspondiente a la habilitación del sistema de alcantarillado particular de aguas servidas, ante la SEREMI Salud de la Región de Los Lagos Los antecedentes para el cumplimiento del permiso ambiental sectorial N° 138, se presentan en el Anexo 9-1 el presente EIA. Registro de construcción de piscinas de decantación Registros de utilización de agua. Supervisión de actividades de lavado por personal de oficina del titular en obra. El titular exigirá a la empresa contratista que se haga cargo de reacondicionar las áreas donde se instalarán los baños químicos y prohibirá todo tipo de descarga del contenido líquido de éstos en lugares no autorizados.

Indicador de cumplimiento

Oficio de SEREMI de Salud que autoriza proyecto y funcionamiento de sistema de alcantarillado particular y piscinas de decantación. Ausencia de aguas con restos de hormigón en faena. Registro visual de actividades de lavado Registros de recepción de aguas de baños químicos por parte de empresa sanitaria de la Región de Los Lagos

Residuos sólidos

Nombre Texto Normativo

D.F.L. Nº725/1967, Código Sanitario Decreto con Fuerza de Ley Nº725. Ministerio de Salud Pública.

Forma de cumplimiento

Una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto, el Titular solicitará ante la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos, la autorización de las siguientes instalaciones destinadas al manejo de residuos:

Patio de acopio residuos domiciliarios y asimilables; y residuos industriales no peligrosos;

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Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Los antecedentes ambientales del permiso de las obras de acopio temporal de residuos se entregan en el Anexo 9-1(cumplimiento PAS) del presente EIA, en los acápites correspondientes a los PAS N° 140 y 142.

Indicador de cumplimiento

Oficio de SEREMI de Salud que autoriza proyecto y funcionamiento de patio de residuos domiciliarios, asimilables e industriales no peligrosos. Oficio de SEREMI de Salud que autoriza proyecto y funcionamiento de bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Documento electrónicos de declaración de residuos peligrosos.

Nombre Texto Normativo

D.S. Nº594/1999, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Ministerio de Salud.

Forma de cumplimiento

Los residuos industriales no peligrosos serán almacenados temporalmente sobre el suelo y/o en contenedores, dentro del área demarcada con cerco perimetral. Para el transporte y la disposición final se contratarán los servicios de una empresa especializada y autorizada para este tipo de actividades. Los residuos sólidos industriales peligrosos, serán almacenados en tambores de 200 litros de capacidad, los que se ubicarán al interior de la bodega de acopio temporal (BAT). Estos residuos serán trasladados a un sitio de disposición final conforme a la legislación sanitaria vigente D.S. 148/2003 del Minsal “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. El transporte y disposición final será llevado a cabo por una empresa especializada que cuente con las autorizaciones respectivas. Los residuos peligrosos menores, huaipes, restos de pintura, diluyentes, brochas, etc., serán depositados en contenedores estancos y herméticos y serán llevados a la BAT en espera de su transporte y disposición final. Los antecedentes ambientales del permiso de las obras de acopio temporal de residuos se entregan en el Anexo 9-1 (cumplimiento PAS) del presente EIA, en los acápites correspondientes a los PAS N° 140 y 142. El titular dará cumplimiento a este cuerpo legal mediante la presentación, ante la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos, de los antecedentes que acrediten que la empresa contratista, seleccionada para realizar el transporte de residuos industriales no peligrosos, y el sitio de disposición final cuentan con autorizaciones sanitarias vigentes. Una vez obtenida la RCA favorable, el Titular presentará a la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagosa una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que generará, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos. La diferenciación de los residuos se realizará tomando en consideración lo prescrito en el presente artículo y lo establecido en el D.S. N°148/2004, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos.

Indicador de cumplimiento

Oficio de SEREMI de Salud que autoriza proyecto y funcionamiento de patio de residuos domiciliarios, asimilables e industriales no peligrosos. Oficio de SEREMI de Salud que autoriza proyecto y funcionamiento de bodega de almacenamiento temporal de residuos. Documento electrónicos de declaración de residuos peligrosos. Contrato o certificado con empresa o municipio dueño de sitio de disposición final autorizado. Contrato o certificado con empresa autorizada de transporte de residuos. Registros de recepción de residuos por parte de empresa encargada de disposición final. Documento electrónicos de declaración de residuos peligrosos. Registros de recepción de residuos por parte de empresa encargada de disposición final.

Nombre Texto Normativo

D. S. Nº148/2003 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fecha de Publicación: 16 de Junio de 2004. Ministerio de Salud.

Forma de cumplimiento

Los residuos peligrosos serán almacenados en contenedores de 200 l de capacidad, herméticos y debidamente rotulados de acuerdo a lo establecido en la NCh 2190 of. 93 “Sustancias Peligrosas-Marcas para Información de Riesgos”; los residuos peligrosos seran enviados y almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos cuyas características se presentan en mayor detalle en el Anexo 9-1(cumplimiento PAS) de la presente EIA, en los acápites correspondientes al PAS N° 142. Los residuos peligrosos serán ubicados en la bodega considerando la incompatibilidad de éstos. Además, la bodega estará emplazada en una zona alejada de fuentes de calor. La mayoría de los residuos peligrosos generados por el Proyecto corresponden a residuos que se encuentran en la lista I y II del artículo 18 del D.S. N°148/2003, por lo tanto su manejo cumplirá con las disposiciones del presente decreto. Las mantenciones serán realizadas en empresas que cuenten con autorización sanitaria y/o manejo de los residuos peligrosos de acuerdo al D.S. 148/2005 del MINSAL.

Indicador de cumplimiento

Oficio de SEREMI de Salud que autoriza proyecto y funcionamiento de bodega de almacenamiento temporal de residuos. Documento electrónico de declaración de residuos peligrosos SIDREP.

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Nombre Texto Normativo

D. S. Nº148/2003 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fecha de Publicación: 16 de Junio de 2004. Ministerio de Salud.

Contrato o certificado de empresa autorizada para el transporte de residuos peligrosos. Registros de recepción de residuos por parte de empresa encargada de disposición final.

Nombre Texto Normativo

Resolución Exenta N°359/2005, aprueba Documento de Declaración de Residuos Peligrosos. Fecha de Publicación: 05 de julio de 2005. Ministerio de Salud. Resolución Exenta N° 499/2006, Aprueba Documento Electrónico de Declaración de Residuos Peligrosos. Ministerio de Salud.

Forma de cumplimiento

Los residuos peligrosos generados serán declarados bajo el formato de alguna de las resoluciones indicadas.

Indicador de cumplimiento

Documento electrónico de declaración de residuos peligrosos.

9.2.1. Normas relacionadas con manejo de sustancias peligrosas

Nombre Texto Normativo

Resolución Exenta N° 427/2002, Restringe Uso de Vías para Vehículos que Transportan Cargas Peligrosas. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Forma de cumplimiento

Se exigirá a la empresa encargada de suministrar el diesel a los grupos electrógenos que transiten a través de las vías autorizadas en la presente normativa.

Indicador de cumplimiento

Contratos con cláusulas que indiquen cumplimiento a Resolución Exenta N° 427/2002

Nombre Texto Normativo

D.S. N° 160/2008, aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Fecha de Publicación: 7 de Julio de 2009. Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción

Forma de cumplimiento

Para el abastecimiento de combustibles se hará un convenio con la estación de combustible localizada en Calbuco o alguna otra cercana. De esta manera, se evitará la recarga de elementos orgánicos en el emplazamiento del proyecto. Se exigirá que los contratistas que proporcionen este insumo cumplan con las disposiciones del D.S. 160/2009 del Ministerio de Economía el cual estipula requisitos para seguridad y manipulación de combustibles.

Indicador de cumplimiento

Contrato o certificado con empresa autorizada de transporte y distribución de diésel.

Nombre Texto Normativo

D.S. Nº 594/2000, Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Ministerio de Salud.

Forma de cumplimiento

Los grupos electrógenos se emplazarán sobre un piso impermeable y no poroso con un borde para evitar fugas en caso de derrames (de preferencia lámina de HDPE). Se instalarán extintores de polvo químico seco para combatir oportunamente un siniestro. Habrá una carpeta con un listado y con las Hojas de Datos de Seguridad del petróleo diésel. A partir de estas Hojas de Datos de Seguridad se entregará la información de los aspectos asociados a riesgos inherentes a esta sustancia, indicando los elementos de seguridad y los cuidados que se deben mantener para resguardar la salud de las personas y la protección del medio ambiente.

Indicador de cumplimiento

Contrato con empresa autorizada para el transporte de diésel. Revisión y registro por parte de profesional de oficina del titular del estado de grupos electrógenos.

9.3. Normas relacionadas con componentes ambientales Flora, vegetación y fauna

Nombre Texto Normativo

Ley Nº20.283/2008 Ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal. Ministerio de Agricultura.

Forma de cumplimiento

El titular del Proyecto procederá a la presentación ante CONAF del respectivo Plan de Manejo de bosque nativo para la ejecución de Obras Civiles, para todas aquellas áreas en donde deba realizarse corta de bosque nativo y plantaciones forestales. En el Anexo 9-1 y su Apéndice 2 del presente EIA se adjuntan los antecedentes que acreditan cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial Mixto del artículo 148 del RSEIA

Indicador de cumplimiento

Documento Plan de manejo corta y reforestación de bosques nativos para ejecutar obras civiles, para efecto del Artículo 21º, Ley 20.283; aprobado por CONAF.

Nombre Texto Normativo

Ley Nº 19.473/1996, sustituye Texto de la Ley N°4.601, sobre Caza, y Artículo 609 del Código Civil. Ministerio de Agricultura. D.S. Nº5/1998, aprueba Reglamento de la Ley De Caza. Ministerio de Agricultura.

Forma de El Proyecto dará cumplimiento a los requerimientos de la normativa, mediante capacitaciones a su personal con

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Nombre Texto Normativo

Ley Nº 19.473/1996, sustituye Texto de la Ley N°4.601, sobre Caza, y Artículo 609 del Código Civil. Ministerio de Agricultura. D.S. Nº5/1998, aprueba Reglamento de la Ley De Caza. Ministerio de Agricultura.

cumplimiento respecto a dichos temas, exigiendo el cumplimiento de las prohibiciones señaladas en la normativa. Se especificará contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas. Por su parte, se implementarán señaléticas en caminos y otras medidas asociadas al tránsito de vehículos y maquinarias de construcción y a la capacitación del personal para una prudente conducción y protección de la fauna nativa existente.

Indicador de cumplimiento

Contratos con cláusulas especiales sobre protección de flora y fauna. Registro de implementación de señaléticas en caminos de acceso al proyecto

Nombre Texto Normativo

D.S. Nº5/1998, Aprueba Reglamento de la Ley De Caza. Ministerio de Agricultura.

Forma de cumplimiento

El Proyecto dará cumplimiento a los requerimientos de la normativa, mediante capacitaciones a su personal con respecto a dichos temas, exigiendo el cumplimiento de las prohibiciones señaladas en la normativa. Se especificará contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas. Por su parte, se implementarán señaléticas en caminos y otras medidas asociadas al tránsito de vehículos y maquinarias de construcción y a la capacitación del personal para una prudente conducción y protección de la fauna nativa existente.

Indicador de cumplimiento

Contratos con cláusulas especiales sobre protección de flora y fauna. Registro de implementación de señaléticas en caminos de acceso al proyecto

Nombre Texto Normativo

D.L. N°3557/1980, establece Disposiciones sobre Protección Agrícola. Ministerio de Agricultura.

Forma de cumplimiento

El Titular del Proyecto ha adoptado en el diseño de sus instalaciones y procesos las medidas necesarias para dar cumplimiento a las normativa ambiental vigente con lo cual da pleno cumplimiento a las disposiciones de resguardo de la agricultura, de manera de evitar e impedir la contaminación.

Indicador de cumplimiento

No aplica, no existen actividades agrícolas en las cercanías del proyecto

Nombre Texto Normativo

Resolución N°133/2005 Exenta, establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera. Ministerio de Agricultura; Servicio Agrícola y Ganadero.

Relación con el Proyecto

El Proyecto recibirá insumos y equipos con embalajes de madera provenientes del extranjero.

Indicador de cumplimiento

Registro fotográfico de embalajes con marcas de haber sido sometidos a alguno de los tratamientos fitosanitarios aprobados, señalados precedentemente.

Patrimonio Cultural

Nombre Texto Normativo

Ley N°17.288/1970, legisla sobre Monumentos Nacionales. Ministerio de Educación. D.S. 484/1991 Reglamento de la Ley N° 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Ministerio de Educación.

Forma de cumplimiento

El titular se compromete a ejecutar las siguientes medidas:

La realización de una inducción arqueológica (por un arqueólogo o licenciado en arqueología) al personal que ejecutará las obras, a los trabajadores de la empresa y/o subcontratistas, en que se informen sobre las características de los sitios arqueológicos de la zona y material cultural que presentan, con ilustraciones o fotografías, la protección legal que presentan, y los procedimientos a seguir frente a su hallazgo durante las labores del Proyecto.

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las actividades de excavación y movimientos de tierra, el Titular procederá según lo establecido en la Ley N° 17.288 (artículos 26 y 27) y en el D.S. N°484/90 (artículo 23); es decir, se dará aviso al Gobernador Provincial de Los Lagos quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de la vigilancia del hallazgo hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo del mismo.

Además, el Titular dará aviso inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, de cuya implementación será responsable el titular.

Indicador de cumplimiento

Mantener un registro de los sectores en que se realiza el movimiento de tierra y los eventuales hallazgos arqueológicos encontrados.

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Población Protegida

Nombre Texto Normativo

Ley N°19253, establece Normas Sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo. Fecha de Publicación: 05 de Octubre de 1993. Ministerio de Planificación y Cooperación.

Forma de cumplimiento

El titular considera entre sus medidas de mitigación, algunas relacionadas directamente con los potenciales impactos a la población protegida. Adicionalmente, se ha establecido un acercamiento y diálogo anticipado como forma de dar cumplimiento a las disposiciones legales y establecer beneficios consensuados para la población, disminuyendo o compensando los eventuales impactos.

Indicador de cumplimiento

Mantener de las acciones de mitigación, compensación y/o reparación específicos para la población protegida

Establecer un programa de desarrollo e implementarlo relacionado con la preservación de la cultura e identidad mapuche.

Nombre Texto Normativo

Reglamento que regula el procedimiento de consulta indígena del Ministerio de Desarrollo Social y Subsecretaría de Servicios Sociales

Forma de cumplimiento

El titular espera la realización de una consulta indígena en el marco del convenio OIT 169.

Indicador de cumplimiento

Consulta realizado y establecimiento de acuerdos entre el titular y la población protegida impactada

9.4. PERMISOS Y PRONUNCIAMIENTOS AMBIENTALES SECTORIALES

APLICABLES Tabla 9-1.Permisos Sectoriales

ARTÍCULO PERMISO COMENTARIO

138

Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza.

El Proyecto contempla la habilitación de fosas sépticas selladas y

enterradas para la recolección y tratamiento de las aguas servidas

generadas durante la fase de construcción y operación. Los antecedentes

se entregan en el Anexo 9-1 del presente EIA.

140

Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

El proyecto contempla la construcción de un lugar destinado a la acumulación de residuos industriales y domésticos en la etapa de construcción, operación y cierre del Proyecto. Los antecedentes se entregan en el Anexo 9-1 del presente EIA.

142 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.

El proyecto considera un sitio para la acumulación temporal de residuos peligrosos, durante la construcción, operación y cierre del Proyecto. Los antecedentes se entregan en el Anexo 9-1 del presente EIA

146

Permiso para la caza o captura de ejemplares

de animales de especies protegidas para

fines de investigación, para el

establecimiento de centros de reproducción

o criaderos y para la utilización sustentable

del recurso.

El Proyecto considera realizar rescate y relocalización de ejemplares de

anfibios en categoría de conservación por lo tanto requiere la

tramitación de este permiso. Los antecedentes se entregan en el Anexo

9-1 del presente EIA

148 Permiso para corta de bosque nativo. El Proyecto considera la intervención de bosque nativo. Los antecedentes se entregan en el Anexo 9-1 del presente EIA

160

Permiso para subdividir y urbanizar terrenos

rurales o para construcciones fuera de los

límites urbanos.

El Proyecto considera instalaciones de tipo industrial y se implementa en

suelo rural, por lo que debe solicitar el permiso para subdividir y

urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites

urbanos. Los antecedentes se entregan en el Anexo 9-1 del presente EIA.

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10. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS

En el marco de lo dispuesto por el artículo 13 bis de la Ley Nº 19.300 y el Artículo 18 del D.S. N°40/2012 del

Ministerio del Medio Ambiente, el Titular informa que no presenta compromisos ambientales voluntarios.


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