Date post: | 18-Feb-2016 |
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OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR
TEMA:
INTEGRANTES: CCASO CCASO, BENILDA PARI BURGOS, VANESSA TICONA MAMANI, ROSA
OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR
Se denominan operadores de comercio exterior a los despachadores de aduana, transportistas o sus representantes, agentes de carga internacional, almacenes aduaneros, empresas del servicio postal, empresas de servicio de entrega rápida, almacenes libres (Duty Free), beneficiarios de material de uso aeronáutico, dueños, consignatarios y en general cualquier persona natural o jurídica interviniente o beneficiaria, por sí o por otro, en los regímenes aduaneros previstos en la Ley General de Aduanas sin excepción alguna.
2. TRANSPORTISTAS O SUS REPRESENTANTES
Los transportistas o sus representantes y los agentes de carga internacional que cuenten con la autorización expedida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, deben solicitar autorización para operar ante la Administración Aduanera cumpliendo los requisitos establecidos en el Reglamento.EMPRESAS DE TRANSPORTES (Marítimo, Aéreo o terrestre)
Es toda persona natural o jurídica autorizada por la Aduana para realizar operaciones comerciales regulares de transporte internacional marítimo, aéreo o terrestre, de mercancías utilizando uno o más medios o unidades de transporte.
3. AGENTES DE CARGA INTERNACIONAL
El agente de carga es un intermediario, encargado de hacer las coordinaciones y documentación haciendo posible el traslado de su carga vía área o marítima
El agente de carga se responsabiliza de la carga desde que se le entrega en origen , hasta que presenta el manifiesto de carga a Aduanas, dentro de este lapso de tiempo se responsabiliza totalmente de la carga, debe realizar un adecuado manipuleo de la carga, además de embalar y paletizar correctamente la mercadería.
4. AGENTES MARÍTIMOS
El agente marítimo es un ente coordinador de servicios que en representación de su cliente son contratados para la asistencia del buque en puerto y de todas sus necesidades.
5. AGENTES AEROPORTUARIOS
FUNCIONES:
Salvaguardar a la aviación civil, nacional e internacional, a través de la vigilancia, verificación y control de instalaciones, vehículos, personas, equipajes, correo, cargas, mercancías y cosas transportadas así como de aeronaves y tripulaciones en el ámbito aeroportuario.
Fiscalizar y controlar el transporte, tenencia, portación de armas, explosivos y demás elementos de peligro potencial en el ámbito aeroportuario.
6. ALMACENES ADUANEROS
Los almacenes aduaneros son autorizados por la Administración Aduanera en coordinación con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidas en el presente Decreto Legislativo y su Reglamento. a) depósitos temporales
Son sitios donde se tienen mercancías para su custodia o depósito. Así mismo los Depósitos Temporales son almacenes autorizados por el Ejecutivo Nacional para la prestación de un servicio público, a personas naturales y jurídicas, domiciliadas o no en el país, que requieran almacenar mercancías o materias primas, cuyos gravámenes hayan sido suspendidos, o para realizar su tramitación aduanerab.)depósitos de aduana
Es el Régimen Aduanero que permite que las mercancías importadas se almacenen bajo el control de la administración aduanera, en lugares designados para este efecto, sin el pago de los tributos aduaneros y por el plazo que determine el reglamento
7. AEROPUERTOS, MUELLES Y PUERTOS
AEROPUERTOS: constituyen un importante activo de la infraestructura
logística, ya que posibilitan el comercio por carga aérea, que si bien
representa el medio más costoso, también ofrece niveles de servicio muy
altos en cuanto a tiempos de transportación.
PUERTOS: Actúan como intercambiadores entre los modos de transporte
marítimo y terrestres; los puertos han sobrepasado esta función y se han
convertido en centros logísticos de transporte intermodal de primer orden,
en los que se realizan muchas otras actividades de valor añadido
8. INTERMEDIARIOS DEL RÉGIMEN DE MENSAJERÍA ACELERADA O COURRIER Y TRAFICO POSTAL
Permiten la importación de los envíos de correspondencia, encomiendas, objetos postales, los demás envíos que lleguen al territorio aduanero nacional por la red oficial de correos y los envíos urgentes.
9. EMPRESAS DE SERVICIO DE ENTREGA RÁPIDA
Son empresas del servicio de entrega rápida las personas naturales o jurídicas que cuentan con la autorización otorgada por la autoridad competente y acreditadas por la Administración Aduanera, que brindan un servicio que consiste en la expedita recolección, transporte y entrega de los envíos de entrega rápida, mientras se tienen localizados y se mantiene el control de éstos durante todo el suministro del servicio.
10. ALMACENES LIBRES.
Son almacenes autorizados por la Aduana en la zona primaria de los puertos y aeropuertos internacionales del país en donde se venden mercancías a pasajeros que salen del país exentas del pago de impuestos.
11. IMPORTADOR / EXPORTADOR
Es la persona natural o jurídica que acredite su condición de tal, mediante la presentación del original de la factura comercial y/o el conocimiento de embarque marítimo, la carta de porte o la guía aérea en su caso y que cumple con las exigencias establecidas por la Corporación Aduanera y demás disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que regulan el comercio exterior.
12. ZONAS FRANCAS PERMANENTES Y TRANSITORIAS
Una zona franca es un lugar de tránsito o área provisional para mercancías o productos que provienen del exterior. Las zonas francas transitorias son áreas delimitadas del territorio nacional donde se celebran ferias, exposiciones, congresos y seminarios de carácter internacional
Beneficios:
El principal beneficio es el tratamiento especial en el régimen aduanero ya que se considera fuera del territorio aduanero nacional
No pago de tributos sobre mercancías extranjeras que sean exhibidas en la feria siempre y cuando salgan de nuevo al exterior
Las mercancías se pueden nacionalizar y salir al TAN (territorio aduanero nacional)
Ingreso de mercancías para uso o consumo dentro del recinto ferial sin pago de tributos. Adicionalmente se pueden ingresar los bienes por medio de la modalidad de importación temporal para re-exportación en el mismo estado, ya sea de corto o largo plazo.
A. USUARIOS OPERADORES DE ZONAS FRANCAS PERMANENTES
Encargados de dirigir, administrar, supervisar, promocionar y desarrollar una o varias ZF y calificar a sus usuarios.
B. USUARIOS INDUSTRIALES DE BIENES DE ZONAS FRANCAS
Son los encargados de producir, transformar o ensamblar bienes mediante el procesamiento de materias primas o de productos semi elaborados.
C. USUARIOS INDUSTRIALES DE SERVICIOS DE ZONAS FRANCAS
Funciones:
Logística, transporte, manipulación, distribución, empaque, reempaque, envase y clasificación.
Investigación científica y tecnológica Reparación, limpieza, o pruebas de calidad de bienes Soporte técnico, mantenimiento, y reparación de equipos, naves, aeronaves y
maquinaria.
D. USUARIOS COMERCIALES DE ZONAS FRANCAS
Su función se basa en mercadeo, comercialización, almacenamiento o conservación de bienes en una o
varias ZF.
E. USUARIOS ADMINISTRADORES DE ZONAS FRANCAS TRANSITORIAS
FUNCIONES:
Promover y dirigir los eventos internacionales para cuya realización se solicite la declaración de la Zona
Franca Transitoria
Administrar el área en donde se celebren los eventos y para la cual se solicite la declaración de Zona
Franca Transitoria
Desarrollar la infraestructura requerida por la Zona Franca Transitoria
Autorizar el ingreso de los Usuarios Expositores y celebrar con ellos los contratos a que haya lugar.
F. USUARIOS EXPOSITORES DE ZONAS FRANCAS TRANSITORIAS
Es un usuario de las zonas francas transitorias que con ocasión de la celebración de un evento de carácter
internacional realiza un contrato con el usuario administrador en calidad de expositor.
13. ZONAS ECONÓMICAS ESPECIALES DE EXPORTACIÓN
Interpretar y actuar como autoridad doctrinaria y estadística en materia de impuestos nacionales, aduanera, y de control de cambios por importación y exportación de bienes y servicios, gastos asociados a las mismas, financiación en moneda extranjera de importaciones y exportaciones, y subfacturación y sobrefacturación de estas operaciones; así como los atinentes a los Sistemas Especiales de Importación-Exportación, Zonas Francas, Zonas Económicas Especiales de Exportación y las Sociedades de Comercialización Internacional