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MINISTERIO DE EDUCACIN REPBLICA DE EL SALVADOR
2002
DRA. (c) ANA EVELYN JACIR DE LOVO MINISTRA DE EDUCACIN
ING. ROLANDO ERNESTO MARN COTO
VICEMINISTRO DE EDUCACIN
DR. ROBERTO RIVERA CAMPOS
PRESIDENTE COMISIN DE ACREDITACIN
ENERO DE 2002
MIEMBROS DE LA COMISIN DE ACREDITACIN
DE LA CALIDAD ACADMICA 2002
DR. ROBERTO RIVERA CAMPOS PRESIDENTE
DR. DAVID RICHARD REYES-GUERRA VICEPRESIDENTE
DR. ALBERTO CHIQUILLO ALAS SECRETARIO
DR. HCTOR LINDO PROSECRETARIO
DR. RAFAEL GUIDO BJAR VOCAL
ING. MARIO FREDY HERNNDEZ VOCAL
DR. KNUT WALTER VOCAL
Sentados de izquierda a derecha: Dr. David Reyes-Guerra; Dr. Roberto Rivera Campos y Dr. Alberto Chiquillo Alas. De pie, mismo orden: Ing. Mario Fredy Hernndez; Dr. Knut Walter; Dr. Hctor Lindo y Dr. Guido Bjar.
CONTENIDO DEL MANUAL DE ACREDITACIN DE INSTITUCIONES DE EDUCACIN SUPERIOR
No. de Pgina
INTRODUCCIN 9
POLTICAS SOBRE ACREDITACIN DE INSTITUCIONES
DE EDUCACIN SUPERIOR 1. Antecedentes 15 2. Marco de Poltica 17 3. Marco Conceptual 19 4. Polticas sobre Acreditacin Acadmica 22
II. MARCO DE REFERENCIA PARA LA ACREDITACIN DE INSTITUCIONES DE EDUCACIN SUPERIOR Introduccin 29 Categora de Anlisis I: Misin Institucional 31 Categora de Anlisis II: Gobierno y Administracin Institucional 32 Categora de Anlisis III: Estudiantes 33 Categora de Anlisis IV: Acadmicos 35 Categora de Anlisis V: Carreras y Otros Programas Acadmicos 37 Categora de Anlisis VI: Investigacin 38 Categora de Anlisis VII: Proyeccin Social 39 Categora de Anlisis VIII: Recursos Educacionales 39 Categora de Anlisis IX: Administracin Financiera 41 Categora de Anlisis X: Infraestructura Fsica 41 Categora de Anlisis XI: Integridad Institucional 42
III. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ACREDITACIN DE INSTITUCIONES DE EDUCACIN SUPERIOR Captulo 1: Disposiciones Generales 47 Captulo 2: Disposiciones sobre los sujetos del procedimiento 48 Captulo 3: Actos Procesales 50 Captulo 4: Actividad Procesal 52 Captulo 5: Disposiciones Generales 58
IV. REGLAMENTO ESPECIAL DE LA COMISIN DE ACREDITACIN DE LA CALIDAD ACADMICA INSTITUCIONES DE EDUCACIN SUPERIOR Captulo 1: Disposiciones Generales 61 Captulo 2: Integracin y Atribuciones de la Comisin 62 Captulo 3: Funcionamiento de la Comisin 64 Captulo 4: Del Proceso para Acreditacin 65 Captulo 5: Disposiciones Transitorias y Vigencia 67
V. REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIN DE ACREDITACIN DE LA CALIDAD ACADMICA INSTITUCIONES DE EDUCACIN SUPERIOR Justificacin 71 Captulo 1: Disposiciones Generales 73 Captulo 2: Atribuciones de la Comisin y de sus Miembros 74 Captulo 3: Rgimen Funcional de la Comisin 78 Captulo 4: Disposiciones Generales y Vigencia 80
VI. ANEXO Miembros de la Comisin de Acreditacin 83
Manual de Acreditacin de Instituciones de Educacin Superior de El Salvador 9
Introduccin a Asamblea Legislativa de El Salvador, por Decreto No. 522 de 30 de Noviembre de 1995, emiti la Ley de Educacin Superior (LES), la cual fue sancionada por el Presidente de la Repblica el 7 de diciembre de ese mismo ao y mandada a publicar en el Diario Oficial No. 236, Tomo 329 del 20 de diciembre de 1995,
entrando en vigencia ocho das despus. El Reglamento General de la Ley de Educacin Superior fue decretado por el Presidente de la Repblica el 9 de Agosto de 1996, segn Decreto No. 77, publicado en el Diario Oficial No. 157, Tomo 332 del 26 de agosto del mismo ao, entrando en vigencia ocho das despus. Ambos documentos sentaron las bases para la organizacin y funcionamiento de las instituciones de educacin superior (IES), tanto estatales como privadas. El Sistema de Supervisin y Mejoramiento de la Calidad de las instituciones de Educacin Superior, fue creado por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1642 del 11 de junio de 1997 emitido por el Ministerio de Educacin (MINED). Este Sistema, cuenta con tres Subsistemas: Calificacin, Evaluacin y Acreditacin; los dos primeros son de observancia obligatoria por parte de las IES, mientras que el de Acreditacin es completamente voluntario. El Consejo de Educacin Superior (CES) es el organismo consultivo y propositivo del MINED; entre sus funciones estn las de dictaminar sobre la autorizacin provisional y definitiva de instituciones de educacin superior, su disolucin y la creacin de dependencias acadmicas, as como la aprobacin de carreras y planes de estudio; elaborar y proponer polticas de mejoramiento de la educacin superior; apoyar las acciones de inspeccin y calificacin de las IES y actuar en coordinacin con el Ministerio, para llevar la evaluacin de las instituciones. La Comisin de Acreditacin de la Calidad Acadmica (CdA) est integrada por siete miembros, nombrados por un perodo de cuatro aos, de mutuo acuerdo entre el MINED y el CES7; tiene autonoma de accin en su cometido y para ello elabora un marco de poltica a aplicar, el cual se hace del conocimiento del Ministerio. Los miembros son acadmicos de notoria capacidad y honradez y no representan institucin alguna; deben ser de trayectoria reconocida nacional e internacional, con experiencia acadmica relevante en la enseanza o direccin de la educacin superior, y tener demostrado inters por la misma. La CdA tiene las funciones de decidir y aplicar las normas y procedimientos para la acreditacin a travs de instructivos avalados por el MINED, realizar los estudios de las solicitudes de acreditacin y resolver al respecto. De acuerdo con la LES, la acreditacin ser
7 El Dr. Albino Tinetti fungi como Presidente de la Comisin de Acreditacin hasta el 25 de septiembre de 2001 y la Dra. Dorothy Masey Mena fungi como vocal de la misma hasta diciembre de 2001.
L
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la evaluacin continua que utilizar la CdA para calificar la calidad acadmica de aquellas instituciones que llenen los requisitos establecidos en la misma Ley y que voluntariamente la soliciten. La bsqueda de un sistema para evaluar la calidad de la educacin que ofrece una entidad educativa ha sido un reto en todos los pases. Entre los varios mtodos propuestos, la acreditacin ha sido el que ha tenido mejor aceptacin. La acreditacin es una forma de evaluar que depende de varias variables: a) la autorizacin oficial de la institucin para ofrecer educacin; b) un perodo de estar trabajando como institucin acadmica que le permite tener egresados; c) una evaluacin interna de su oferta de servicios acadmicos; d) una evaluacin externa que ratifique y comente sobre lo apropiado de la evaluacin interna; e) una resolucin externa, con un lmite de vigencia, que le indique a la institucin su estado de calidad basado en estndares aceptados por la comunidad. La acreditacin ha sido llamada una auditoria acadmica, basada en el hecho que la educacin es una actividad que se rige por normas diferentes a las de una corporacin comercial; su producto es el conocimiento, sus clientes (estudiantes), buscan desarrollarse intelectualmente, ya sea a travs de una profesin a la que piensan incorporarse o de expandir sus conocimientos; o bien por una variedad de razones sociales, culturales, econmicas, polticas, sicolgicas, etc. que ameritan entrar a una institucin educativa. La Acreditacin es un proceso que se ha discutido y presentado en foros, conferencias y seminarios por muchos aos aunque en El Salvador es un concepto relativamente nuevo. La educacin es una responsabilidad del Estado, el cual debe velar y tratar de asegurar que sus ciudadanos tengan oportunidades de ser educados, y es quien emite una licencia o permiso para operar una institucin de educacin, siempre que cumpla previamente ciertas condiciones. En las instituciones de educacin superior el proceso es ms complejo, ya que por un lado, el gobierno desea garantizar al pblico la calidad de la misma, especialmente en cuanto a carreras profesionales, en tanto las instituciones estn interesadas en preservar su libertad acadmica o autonoma. En el mundo acadmico se han definido dos clases de acreditacin: la institucional y la programtica. La primera verifica que la institucin est cumpliendo su misin y las caractersticas globales de calidad para una institucin de educacin superior; esta acreditacin es como una auditoria acadmica, mediante la aplicacin de criterios comnmente aceptados. La acreditacin programtica o especializada, que no est contemplada en la LES, se refiere a la auditoria de los programas o carreras que ofrece la institucin y con los cuales prepara a los graduados para entrar a la prctica de la profesin. A medida que el sistema de educacin avance en nuestro mundo regional y global, la acreditacin de ambas clases ser ms aceptada y reconocida como una forma de dar un sello de garanta, tal como es reconocida en los pases considerados desarrollados e industrializados. Como una forma de reconocer a las instituciones que lo ameritan y que voluntariamente se presentan al proceso de acreditacin, ste provee varias ventajas que las instituciones pueden
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obtener al ser acreditadas. Los objetivos centrales de la acreditacin institucional son los siguientes:
1. Propiciar la mejora continua en la calidad de la educacin superior de El Salvador. 2. Ser un instrumento mediante el cual el Estado da fe pblica de la calidad de las
instituciones de educacin superior.
3. Servir de incentivo para que las instituciones verifiquen el cumplimiento de su misin, propsitos y objetivos en el marco de la Ley de Educacin Superior.
4. Brindar informacin confiable a los usuarios del servicio educativo del nivel superior
y alimentar el Sistema de Supervisin y Mejoramiento de la Calidad de la Educacin Superior.
5. Servir de mecanismo para que las instituciones de educacin superior rindan cuentas
ante la sociedad y el Estado sobre la calidad del servicio educativo que prestan.
6. Propiciar la idoneidad y la solidez de las instituciones que prestan el servicio pblico de Educacin Superior.
7. Generar una cultura de evaluacin permanente apoyando procesos de autoestudio en
las instituciones de educacin superior.
8. Servir de marco de referencia internacional que promueva e identifique la competitividad de los profesionales salvadoreos de instituciones acreditadas.
9. Crear oportunidades de reconocimiento universal basadas en criterios legalmente
aceptados y reconocidos de la calidad educativa de las instituciones acreditadas. El proceso de Acreditacin es estrictamente confidencial, se basa en evaluar el material derivado de los subsistemas de calificacin y evaluacin actualizados en procesos previos contra los criterios de acreditacin. El pblico recibir informacin sobre las instituciones que hayan sido acreditadas, y no se publicarn aquellas que no fueron acreditadas. Los Criterios en el Subsistema de Evaluacin son los mismos que se consideran en el Marco de Referencia para la Acreditacin de Instituciones de Educacin Superior, el cual ampla y explica estos criterios en una forma ms especfica. La obligacin de cumplir individualmente estos temas no est prescrita, ya que stos forman parte del razonamiento total al considerar las instituciones que se someten al proceso. Adems, no tienen peso o calidad cuantitativa, y son tpicos que se toman en cuenta en el proceso global de decisin sobre la acreditacin.
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La Ley de Educacin Superior ha dado origen a la acreditacin de instituciones de educacin terciaria, con las caractersticas de ser de acogimiento voluntario y estar referida a procesos de evaluacin continua, la cual emplear la Comisin de Acreditacin de la Calidad Acadmica de las Instituciones de Educacin Superior8 para calificar la calidad en aquellas instituciones que llenando los requisitos establecidos, lo soliciten. La ley establece tambin dos procesos de sometimiento obligatorio de las instituciones, como son la evaluacin de la calidad y la calificacin de los costos, infraestructura, calidad y requisitos de ingreso.
El Ministerio de Educacin, para viabilizar estos tres procesos, los ha incluido con enfoque integrador al disear el Sistema de Supervisin y Mejoramiento de la Calidad Acadmica de la Educacin Superior, el cual ha sido ya desarrollado y aplicado en dos subsistemas del mismo. Uno de ellos es el de Calificacin, el que por medio de lecturas de informacin aritmtica que proporcionan las instituciones bajo su responsabilidad, construye razones o ndices para reflejar el estado cuantitativo de la calidad, los costos, la infraestructura y la admisin de alumnos; de estas razones o ndices, quince se han hecho del conocimiento pblico.
El otro Subsistema es el de Evaluacin, que por medio de las etapas de autoevaluacin institucional, verificacin externa con pares evaluadores y la emisin de una resolucin especfica, se aboca al conocimiento y evaluacin de diez reas del hacer institucional. Cada una de estas reas es subdividida, para efectos de estudio, en componentes que facilitan la abstraccin y evaluacin requerida, llegando a un total de cincuenta componentes.
Estos dos sistemas se encuentran institucionalizados en la Direccin Nacional de Educacin Superior y el Consejo de Educacin Superior. El diseo de estos subsistemas se centra en las instituciones mismas, en la definicin de su propia misin, propsitos, polticas y procesos, as como en las medidas internas de correccin que ellas adopten.
De una aplicacin a otra de cada subsistema o en un anlisis cruzado de los resultados
de ambos, se debiera observar el grado de mejora en cada institucin y la sostenibilidad en el tiempo de determinadas caractersticas.
2 A la cual en este documento tambin se llamar La Comisin de Acreditacin, La Comisin o la CdA.
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Conceptualmente, el Subsistema de Evaluacin no tiene carcter punitivo, sus
ponderaciones lejos de ser sumativas para la formulacin de juicios finales o adopcin de medidas sancionatorias, deben perseguir un matiz formativo, que permita a la institucin identificar sus fortalezas y debilidades, sus aciertos y errores, e incorporar a su comunidad institucional en la adopcin de mecanismos de correccin, y por otro lado, externamente se procura alentar una cultura de evaluacin y el impulso de mejoras constantes en la institucin.
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El tercer Subsistema, es decir el de Acreditacin, se constituye en la sntesis del sistema mayor, ya que valindose de los productos de la calificacin y la evaluacin elabora un juicio donde se aprecie el compromiso de aseguramiento de la calidad que ha puesto en prctica la institucin. A diferencia de la evaluacin que se introduce en reas de anlisis independientes y concluye separadamente sobre cada una de ellas, en este caso, se hace un esfuerzo adicional de sntesis para juzgar sobre el todo institucional, lo que involucra la adopcin de una red de criterios de evaluacin que informe unitariamente sobre el estado de la calidad en la institucin.
El Reglamento Especial de la Comisin de Acreditacin de la Calidad Acadmica de Instituciones de Educacin Superior, establece que el subsistema de Acreditacin Acadmica estar constituido por los procedimientos establecidos en tal reglamento, las normas y los resultados de aplicacin de los subsistemas de calificacin y evaluacin y por las polticas y medidas que determine la Comisin. De estos cinco elementos, tres son determinados y fijos, en tanto los dos restantes son variables y estn bajo el rea de influencia de la Comisin.
El dictado de las polticas debe ser un ejercicio previo a la completacin del diseo y la puesta en marcha del subsistema de Acreditacin. Su objeto no deber vulnerar la iniciativa, enmarcar modos de gestin, ni mucho menos uniformizar instituciones. Tampoco impondr desde lo externo la adopcin de un sistema de calidad ni su plan de aseguramiento. Por el contrario, el juicio evaluativo ir encaminado a establecer si con tales instrumentos adoptados libremente, la institucin llena niveles de calidad previamente establecidos. Tampoco la definicin de esos niveles ir objetivada a fincar un procedimiento de control, ya que la esencia del subsistema de acreditacin deber ser la promocin de la calidad y la toma de acciones en esa direccin.
Las polticas debern entenderse como una pauta orientadora, como una ancha gama de posibilidades donde haya cabida para diversas rutas y direcciones, o como un paradigma que al ser explcito y compartido, genere un nivel aceptable de prediccin en el desarrollo del proceso. Las polticas, pueden desglosarse y desagregarse, tendrn varios elementos constitutivos como son: el marco jurdico y conceptual y las diversas reas estratgicas.
El citado reglamento establece que la Comisin evaluar el desarrollo de la gestin
educativa y especialmente la calidad de los procesos de seleccin de los estudiantes; los
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procesos de seleccin, actualizacin y especializacin de docentes; el proceso educativo; la pertinencia y actualidad de los planes y programas de estudio; los recursos bibliogrficos en sus diferentes medios; la investigacin institucional; la proyeccin social de la institucin; y, otros aspectos de naturaleza similar que la Comisin considere conveniente.
El Subsistema de Evaluacin, por su lado, ya se ha enfocado en un pronunciamiento evaluativo sobre: la misin institucional, el gobierno y administracin institucional, los estudiantes y acadmicos, las carreras y otros programas acadmicos, la investigacin y proyeccin social, los recursos educacionales, la administracin financiera, la infraestructura fsica; y, la integridad institucional. La Comisin debe fijar entonces los estndares que adoptar, sin que ello implique la creacin de un nuevo marco de criterios de evaluacin.
La acreditacin debe visualizarse como un proceso que radica en la evaluacin de aspectos que informen a plenitud sobre el estado de la institucin, sobre la misin, resultados, propsitos, polticas y procesos inherentes al hacer institucional, de un modo integrador de los otros subsistemas y diferente de ellos. La acreditacin demanda no slo de una labor de reflexin y anlisis, ya que tambin requiere una sntesis donde se refleje el estado de la calidad en la institucin.
El objeto es presentar una redaccin elaborada de las polticas que debern orientar el establecimiento y desarrollo del proceso de acreditacin, las cuales se han organizado en reas estratgicas as: El Subsistema de Acreditacin, el Proceso de Acreditacin; la Comisin de Acreditacin y los Criterios de Acreditacin.
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A continuacin se presentan una serie de conceptos que ayudarn a la comprensin de las polticas.
TTrrmmiinnooss CCoonncceeppttooss Acreditacin: Reconocimiento al cumplimiento de un conjunto de normas y estndares
de calidad previamente establecidos, de tal manera que con ello se permitan procesos eficientes y la generacin de resultados de alta calidad.
La acreditacin de una institucin es el reconocimiento pblico de su calidad, constituye la garanta de que cumple determinado conjunto de estndares de calidad igual o superior al establecido.
Actualidad Sincrona y adaptacin dinmica al avance del conocimiento.
Categora de anlisis:
Agrupamiento de elementos con caractersticas comunes, a los cuales se aplica un conjunto de criterios para la emisin de juicios de valor, tomando en cuenta que pueden abarcar una serie de parmetros y estndares.
Coherencia: Grado de correspondencia e integracin institucional entre misin, propsitos, polticas, estructuras, procesos y los medios con los que se cuenta.
Componentes: Son las partes parmetros y estndares- en que se subdividen las categoras de anlisis, mediante las cuales se busca encontrar la calidad de un aspecto o la totalidad a la que dan origen. Sobre ellos se realiza una evaluacin, de tal forma que por medio de la aplicacin de criterios se emitan los juicios respectivos.
Criterio: Es una norma para conocer la verdad, juzgar o estimar. Es el tipo, medida o modelo que se usa para tomar decisiones, hacer cosas o formular juicios acerca de algo. Es un juicio o discernimiento. Los criterios deben aplicarse para cada uno de los parmetros y estndares dentro de su respectiva categora de anlisis.
Eficiencia: Uso racional y ptimo de los recursos institucionales para garantizar el logro de los objetivos propuestos. En lo acadmico se refiere a como se utilizan los medios y recursos para el desarrollo ptimo de las funciones sustantivas, mientras que en lo administrativo se refiere a como se canalizan e integran los distintos recursos para garantizar el funcionamiento operativo y sustancial de la institucin.
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TTrrmmiinnooss CCoonncceeppttooss Equidad:
Sentido de justicia con que opera la institucin en el contexto social. La equidad en esta perspectiva, debe cumplirse no slo asegurando que los estudiantes que pertenecen a los sectores ms desfavorecidos tengan acceso a la educacin superior, sino que cuenten con las condiciones para permanecer en ella y que los servicios que reciban sean de una calidad satisfactoria. Internamente, se refiere a los procesos de toma de decisiones, polticas y normativa respecto a sistemas de admisin, evaluacin, promocin, reconocimiento de mritos acadmicos. En general considera la no-discriminacin en todos los rdenes, reconocimiento a la diversidad de cultura y pensamiento.
Estndar: Tipo, modelo, patrn, nivel. Es el nivel de calidad o excelencia alcanzado por alguien o algo. Nivel de calidad o excelencia aceptado como norma, o por el cual se juzgan los logros.
Impacto: Grado de influencia interna y externa que ejerce la institucin. En lo interno se refiere a los procesos de cambio o influencias observables que se realizan sobre los estudiantes y la interaccin resultante en los dems miembros de la comunidad institucional. En lo externo se refiere a los efectos inmediatos y mediatos que se producen en los destinatarios y la sociedad en general, expresado en el aporte real a la solucin de problemas especficos y al efecto multiplicador de la experiencia en la sociedad y el entorno.
Integralidad: Dimensin del desarrollo de la actividad educativa, que procura integrar las disciplinas especficas con otras reas cientficas, humansticas y tcnicas.
Integridad: Transparencia, responsabilidad y honestidad institucional en el cumplimiento de la misin y fines establecidos. Implica el respeto por los valores y referentes ticos universales que inspiran el servicio educativo.
Norma jurdica:
Significacin lgica creada segn ciertos procedimientos previamente establecidos, formalmente expresada a travs de un rgano o instancia productora, que regula la conducta humana, prescribiendo a las personas, frente a determinadas circunstancias condicionantes, deberes y facultades, y estableciendo una o ms sanciones coactivas para el supuesto que dichos deberes no sean cumplidos.
Norma: Regla que se debe seguir o a la que se deben ajustar las conductas, tareas, actividades, etc.
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TTrrmmiinnooss CCoonncceeppttooss Parmetro: Variable que en una familia de elementos sirve para identificar cada uno
de ellos, mediante su valor numrico. Es la medida o modelo con el que se confronta una conducta, producto, proceso, etc. para determinar su legitimidad, correccin, validez, etc.
Pertinencia: Correspondencia entre la misin, fines y principios perseguidos y los requerimientos de la sociedad y el entorno. Manifiesta la vinculacin de la institucin en la bsqueda de respuestas a los problemas y necesidades de una regin o pas. Expresa la conceptualizacin de la institucin, la satisfaccin de opciones curriculares, la consolidacin de los criterios educativos institucionales y la oportunidad socio-histrica.
Relevancia: Conexin sensible o lgica que debe existir entre las actividades, contenidos, etc. y la misin, fines y principios perseguidos. Concepto que se refiere al grado de satisfaccin que produce en el educando la formacin que recibe.
Suficiencia Amplitud o grado de cobertura requeridos para garantizar una buena calidad.
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rreeaa EEssttrraattggiiccaa PPoollttiiccaass 44..11.. SSuubbssiisstteemmaa ddee
AAccrreeddiittaacciinn AAccaaddmmiiccaa..
a) El subsistema se entender como el conjunto organizado de procesos de evaluacin y acreditacin de las instituciones de educacin superior. Por tanto, habr que buscar la complementariedad con los esfuerzos que se realizan en la fase de evaluacin por generar a esa instancia los elementos principales de su insumo.
b) La acreditacin est integrada adems con los criterios de
evaluacin, sus procedimientos de aplicacin y los recursos de la operacin, para cumplir el objetivo con una eventual cobertura total del universo y en forma peridica.
c) El subsistema deber ajustarse de manera dinmica, a fin de
suscitar compromisos reales, legtimos y efectivos de los implicados para alcanzar la excelencia; en tal razn los criterios evaluativos debern tener una escala variable en el tiempo, para que en la medida que la totalidad institucional progrese, se vayan adaptando a las realidades y exigencias del entorno.
d) Acorde con el principio de autonoma que caracteriza a los
procesos de produccin cientfica y acadmica de las instituciones de educacin superior, los ejercicios de acreditacin que se promuevan, respetarn la libertad acadmica y el carcter voluntario.
e) El ejercicio de acreditacin es separado de los que realizan las
instituciones de educacin superior con otras entidades nacionales e internacionales, pero ello no cierra las posibilidades de buscar el reconocimiento mutuo de estos sistemas y la promocin de la transfronterizacin de los servicios educativos de las instituciones de educacin superior.
f) Las instituciones de educacin superior podrn participar en la
revisin de lineamientos y determinacin de los estndares de calidad que se adopten, de igual manera podrn colaborar junto a los diversos sectores sociales, usuarios de los servicios educativos y especialistas del pas y del extranjero, en la adopcin de los criterios nacionales de calidad.
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rreeaa EEssttrraattggiiccaa PPoollttiiccaass g) La acreditacin deber estimular el desarrollo sostenido de las
instituciones, en conformidad con las exigencias que emanan de su misin y de las caractersticas que el mbito acadmico y social considere que deben reunir, segn su naturaleza y caractersticas de origen, ubicacin, tiempo y sector al que sirven.
h) La acreditacin deber verse no slo como un proceso que
estimula el desarrollo acadmico de las instituciones, sino como una referencia nacional e internacional hacia otros usos o fines, como los de apoyo financiero y la adjudicacin de incentivos.
i) La acreditacin deber tomar en cuenta la naturaleza del
subsistema, la tipologa de las instituciones a las que se aplique y la libertad que stas tienen de establecer una misin; y la adopcin de mecanismos para su logro. Por lo tanto se utilizarn estndares de calidad, que consideren los objetivos de las instituciones y el nivel de logro que ellas muestran en el tiempo por esfuerzo propio.
j) La acreditacin tendr como finalidad la elaboracin de un
pronunciamiento claro y pblico, que reconozca y de fe de la calidad con que una determinada institucin realiza sus funciones y alcanza sus propsitos. Para ello, apoyar su anlisis en los resultados previamente obtenidos en los procesos de autoevaluacin, informe de pares y dictamen resolutivo de evaluacin, as como en el plan de desarrollo que est siguiendo la institucin para superar las deficiencias identificadas y el grado de acierto con el que se viene corrigiendo y reorientando la accin institucional.
k) En la fase de planificacin, estructuracin, operacin,
evaluacin y ajuste del sistema se deber estimular la participacin del Estado, de los gremios profesionales, del sector productivo y de aquellas instituciones que muestren experiencia en la materia y un compromiso por el mejoramiento de la calidad de la educacin superior.
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rreeaa EEssttrraattggiiccaa PPoollttiiccaass 4.2 PPrroocceessoo ddee
AAccrreeddiittaacciinn a) Deber garantizarse el carcter acadmico de la acreditacin a
fin que se obtenga credibilidad de parte de las instituciones de educacin superior y los sectores estatal, social, acadmico y profesional.
b) Habr de buscarse la simplicidad de los procesos, la economa de costos; y la acreditacin deber ser ajena a toda idea de burocracia, control e influencias.
c) El otorgamiento de la acreditacin deber divulgarse como una condicin alcanzada que tiene una vigencia limitada y que, consiguientemente, el esfuerzo institucional deber seguir siendo sostenido y desarrollado.
d) El reconocimiento que implica la acreditacin deber hacerse pblico con fines de informacin y orientacin a los usuarios y a los sectores sociales interesados, pero ello no deber afectar la imagen y desempeo acadmico de las instituciones que no lo alcancen o que todava no se hayan acogido al proceso.
e) En la revisin y ajuste a los subsistemas de calificacin, evaluacin y acreditacin, deber haber una coordinacin entre la Comisin de Acreditacin, el Consejo de Educacin Superior y la Direccin Nacional de Educacin, con el objeto de ser odas las instancias y promovida la armona entre los procesos y productos de los subsistemas.
f) La acreditacin tiene como smbolo un sello de calidad, el cual deber posicionarse pblicamente por medio de una adecuada campaa de divulgacin de conceptos, polticas y procesos, para lo cual se mantendr una comunicacin abierta. No obstante ello, la naturaleza y amplitud de la informacin deber ajustarse a lo compartible y a lo resguardable, a fin de no daar la accin institucional.
g) Con la finalidad de fomentar la calidad y el acogimiento voluntario al proceso de Acreditacin, se mantendr un programa de promocin y divulgacin.
h) La acreditacin debe ser peridica y constituirse en servicio de gran valor para los estudiantes, padres de familia, las instituciones, la sociedad en general, sectores profesionales, empleadores, organismos financieros y para el gobierno; es decir, que deber ser el referente con credibilidad para todas esas instancias.
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rreeaa EEssttrraattggiiccaa PPoollttiiccaass i) La acreditacin deber ser de total imparcialidad, pragmtica, de
profundidad, sin prisa y con los elementos ms objetivos posibles para la emisin del dictamen correspondiente. Debe constituir una interpretacin lo ms fiel posible de los aspectos subjetivos de reflexin y de interpretacin del hacer institucional. Los juicios de valor se formularn en una lnea definida, fundamentada en bases comunes, lo ms homogneas posible.
j) La acreditacin se debe constituir en un instrumento gil,
confiable, eficaz, eficiente, de fcil interpretacin, sin que por ello se pierda la profundidad y el valor del anlisis de los aspectos ms importantes, que permitan determinar cundo una institucin se desempea satisfactoriamente, cumpliendo con normas y estndares esenciales de calidad.
44..33 CCoommiissiinn ddee AAccrreeddiittaacciinn
a) La comisin de Acreditacin debe ser una entidad colegiada, plural y autnoma, dotada de una amplia capacidad profesional y acadmica. Sus finalidades sern exclusivamente culturales y cientficas.
b) La Comisin adoptar una actitud de apertura hacia las instituciones, sabr escuchar, ser respetuosa y seria. Enmarcar su actuacin en principios de objetividad, igualdad de oportunidades confidencialidad, transparencia, equidad e integralidad.
c) La Comisin apoyar los esfuerzos de las instituciones de educacin superior, para consolidarse acadmicamente, como para superar sus deficiencias.
d) La Comisin asumir una actitud de autoevaluacin.
e) La Comisin no slo trabajar en el reconocimiento pblico de la calidad sino que desarrollar una funcin que la fomente en todo el sistema de educacin superior.
44..44.. CCrriitteerriiooss ddee AAccrreeddiittaacciinn
a) Los criterios deben motivar una reflexin amplia y profunda, que permita integrar programas institucionales que reflejen el nimo de superacin, la solidaridad, el consenso y la identificacin de posibilidades para alcanzar un desarrollo sostenible.
Polticas sobre Acreditacin
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rreeaa EEssttrraattggiiccaa PPoollttiiccaass b) La definicin y uso de una lnea clara y explcita de anlisis, debe
facilitar a la institucin un juicio responsable sobre su condicin interna y a su ponderacin externa, objetiva y estar sustentada respecto al estado de su calidad, nivel de compromiso interno y posibilidades de sostenibilidad de la calidad en el tiempo.
c) Los criterios a emplear sern aquellos que reflejen un perfil
idneo respecto al desempeo y la gestin acadmica. Para ello se enfocarn los anlisis en los insumos, procesos y productos del hacer institucional, tomando de los criterios del subsistema de evaluacin aquellos aspectos relevantes que informen sobre esta materia.
d) Al evaluar el hecho acadmico se tendr en cuenta la condicin
y ambiente docente, los procesos de seleccin, actualizacin y especializacin docente, la relacin docente-alumno, los procesos de seleccin de estudiantes, los apoyos y recursos acadmicos, la pertinencia, actualidad y relevancia de los planes y programas de estudio, el proceso educativo y el sistema curricular.
e) Para ponderar la esencia institucional se analizar su definicin
de misin y congruencia, ubicacin geogrfica, proyeccin social, duracin acadmica, infraestructura fsica, extensin cultural, vinculacin con el entorno, tamao poblacional y sus acciones de investigacin.
f) Respecto a los sistemas de gestin se har un anlisis del sistema
organizacional, la planificacin estratgica global, administracin acadmica, servicios al estudiante, administracin financiera y administracin del personal.
Marco de Referencia para la Acreditacin
Manual de Acreditacin de Instituciones de Educacin Superior de El Salvador 29
MMAARRCCOO DDEE RREEFFEERREENNCCIIAA PPAARRAA LLAA AACCRREEDDIITTAACCIINN
DDEE IINNSSTTIITTUUCCIIOONNEESS DDEE EEDDUUCCAACCIINN SSUUPPEERRIIOORR
IINNTTRROODDUUCCCCIINN
l Art. 3 del Reglamento Especial de la Comisin de Acreditacin de la Calidad Acadmica de Instituciones de Educacin Superior, establece que el Subsistema de Acreditacin Acadmica es un componente del Sistema de Supervisin y
Mejoramiento de la Calidad Acadmica de la Educacin Superior9 y estar constituido por los procedimientos establecidos en dicho Reglamento, la normativa y resultados de los Subsistemas de Calificacin y Evaluacin dictados por el Ministerio de Educacin (MINED) y las polticas y medidas que determine la Comisin. El citado Reglamento desarrolla en el Captulo IV el Procedimiento de Acreditacin y en el Art. 25 establece que la Comisin evaluar el desarrollo de la gestin educativa y especialmente:
la calidad de los procesos de seleccin de los estudiantes los procesos de seleccin, actualizacin y especializacin de docentes el proceso educativo la pertinencia y actualidad de los planes y programas de estudio los recursos bibliogrficos en sus diferentes medios la investigacin institucional la proyeccin social de la institucin otros aspectos de naturaleza similar que sta considere conveniente
En uso de la facultad antes descrita, la Comisin ha establecido en el documento sobre Polticas de Acreditacin, que para apreciar sobre el hecho acadmico se tendr en cuenta la condicin y ambiente docente, los procesos de seleccin, actualizacin y especializacin docente, la relacin docente-alumno, los procesos de seleccin de estudiantes, los apoyos y recursos acadmicos, la pertinencia, actualidad y relevancia de los planes y programas de estudio, el proceso educativo y el sistema curricular.
3 Creado por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1642 del 11 de junio de 1997.
E
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Se ha establecido adems, que para ponderar la esencia institucional se analizar su definicin de misin y congruencia, ubicacin geogrfica, proyeccin social, duracin acadmica, infraestructura fsica, extensin cultural, vinculacin con el entorno, tamao poblacional y sus acciones de investigacin. Para juzgar sobre los sistemas de gestin se har un anlisis del sistema organizacional, la planificacin estratgica global, administracin acadmica, servicios al estudiante, administracin financiera y administracin del personal. En razn de lo anterior, se ha elaborado el Marco de Referencia para la Acreditacin de Instituciones de Educacin Superior, el cual sigue la estructura de las once Categoras de Anlisis del Subsistema de Evaluacin. Al presentar cada categora, se expone un pensamiento genrico sobre el tpico y sigue con el desarrollo pormenorizado del aspecto. El Marco de Referencia expresa el pensamiento de la Comisin respecto a la calidad en cada una de la Categoras de Anlisis; se considera como la mejor muestra de lo que se puede tomar como el modelo de excelencia de una institucin de educacin superior; y su aplicacin estar basada en la realidad del ambiente acadmico del pas, y en la necesidad de tener un objetivo con metas alcanzables a futuro en las instituciones. La observancia del Marco de Referencia ser un ejercicio de ponderacin de la Comisin, que valindose de su experiencia y conocimiento de la realidad de nuestro pas y sus instituciones de educacin superior, formular un juicio acadmico independiente, responsable, imparcial y con un alto sentido de tica profesional.
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MMAARRCCOO DDEE RREEFFEERREENNCCIIAA PPAARRAA LLAA AACCRREEDDIITTAACCIINN
DDEE IINNSSTTIITTUUCCIIOONNEESS DDEE EEDDUUCCAACCIINN SSUUPPEERRIIOORR
CATEGORA DE ANLISIS I
MISIN INSTITUCIONAL La declaracin de misin es un instrumento que permite valorar la naturaleza de la institucin y explicar sus funciones y modos de actuacin. Ella es clara, concisa, realista, completa, til y expresada con integridad. Da cuenta del carcter, fines y objetivos; sirve de base para la autoevaluacin y planificacin institucional. Indica tanto en forma general como especfica, objetivos y metas que aducen su razn de ser, establece el carcter por el cual se distingue la institucin y sirve de gua a la comunidad acadmica, administrativa y pblico en general.
1. La institucin incluye en la declaracin de misin sus caractersticas especiales en cuanto a su enfoque, ideario y responsabilidad social.
2. La declaracin est basada en la realidad de sus recursos. 3. La misin refleja el compromiso fundamental de descubrir, preservar, producir y
diseminar conocimientos e informacin. 4. Se enfatiza el objetivo de preparacin del estudiante para una profesin o carrera
especializada o general, cuyos conocimientos bsicos slo se pueden adquirir dentro de un ambiente de educacin superior con la orientacin de profesionales en la materia actuando como docentes.
5. A los estudiantes se les posibilita incrementar su inters en adquirir nuevos
conocimientos, habilidades, ser personas comprometidas con valores morales, sociales, e intelectuales y con actitudes positivas en una vida dedicada a un proceso de educacin continua.
6. La declaracin de misin relaciona todos sus aspectos con el personal acadmico y
administrativo, con el objeto que stos comprendan claramente lo que les proporciona la institucin y lo que se espera de ellos.
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7. La misin es tomada como una gua para el presente y futuro de la institucin, sujeta a modificaciones en la marcha del tiempo, reflejando cambios ocasionados por nuevas modalidades en educacin, objetivos y metas.
8. Los objetivos y metas se expresan con claridad, en trminos apropiados a la educacin
superior, calidad elevada, amplios en su alcance y contenido, fcilmente identificados con la institucin correspondiente con los recursos disponibles en trminos de los resultados esperados y la forma en que obtienen.
CATEGORA DE ANLISIS II GOBIERNO Y ADMINISTRACIN INSTITUCIONAL
La institucin debe tener un sistema de gobernar y una administracin, que dentro de la autonoma de una institucin educativa, facilita la generacin de polticas coherentes con su misin y administradas en tal forma que su pblico comprende que el objetivo es el de asegurar el logro eficaz y eficiente de su misin educacional.
1. La estructura organizacional con una junta directiva o de gobierno quien origina, discute, y aprueba las polticas a seguir por los administradores de la institucin. Esta estructura es controlada por la junta directiva, la cual es independiente de la administracin y dicta las polticas, procedimientos, normativas, presupuestos, organizacin, y funciones. Los administradores estn en funciones bajo la potestad de la junta directiva.
2. La junta directiva aprueba los contratos referentes a ofertas de empleo a docentes,
administradores y otro personal de apoyo de la institucin; inversin y gastos en infraestructura; laboratorios y otras erogaciones necesarias con el objeto de cumplir con la misin.
3. El equipo administrativo debe tener su funcin claramente definida y sus integrantes
deben ser suficientes para mantener los servicios necesarios en administrar una institucin de educacin superior. Deben ser competentes en su conocimiento y prctica acadmica para poder ser responsables a las necesidades administrativas en un ambiente de educacin superior.
4. Los docentes participan en la toma de decisiones acadmicas con respecto a las carreras
que se ofrecen, los programas, cursos, reglamentos de admisin, planes de estudio, seminarios, programas de investigacin, y todas aquellas funciones en que los docentes tienen que participar en apoyo a los objetivos y misin de la institucin.
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5. Los Estatutos, Reglamento General, Reglamento de Alumnos, Reglamento de Docentes, Reglamento Especficos que cubren cada carrera, Reglamento de Evaluaciones y otros estn aprobados, publicados, distribuidos y cumplidos.
6. La institucin tiene la obligacin de mantener datos, tanto confidenciales como pblicos,
que incluyen sus recursos humanos, fsicos y financieros bajo un sistema que permita accesar estos datos con autorizacin de los implicados, para fines permitidos por las leyes de proteccin al individuo.
7. La institucin cuenta con un sistema de auditora para evaluar el desempeo de sus
funcionarios, administradores, docentes, personal de apoyo, y otros miembros de su organizacin, con el objeto de determinar si estn realizando de manera adecuada y eficiente, las tareas y responsabilidades asignadas.
CATEGORA DE ANLISIS III ESTUDIANTES
La Misin de la institucin establece que el estudiante se encuentra en el centro del proceso enseanza-aprendizaje y cuenta con criterios de admisin claramente establecidos, conocidos y apropiados a la carrera que el estudiante persigue. Dispone de una informacin clara, completa y oportuna acerca del plan de estudios y de la calendarizacin de los programas, as como tambin cumple los requerimientos legales establecidos para participar en los cursos de la carrera. Al estudiante se le informa de la existencia de servicios de orden acadmico, de salud, cultural y social.
1. La institucin realiza un examen de conocimientos, actitudes y habilidades basado en el perfil del aspirante a la carrera.
2. La institucin mantiene registros acadmicos completos y actualizados, archivados en
medios que garantizan su preservacin y privacidad individual de los documentos estudiantiles.
3. La institucin cuenta con normas adecuadas, para las homologaciones y convalidacin de
estudios previos. Los criterios y regulaciones de desempeo acadmico y los de titulacin estn claramente establecidos. Los reglamentos se rigen por el principio del debido proceso, contemplando rganos y procedimientos de apelacin.
4. La institucin est en condiciones de demostrar que los mecanismos de evaluacin
aplicados a los alumnos, garantizan la preservacin del nivel de enseanza superior. La institucin hace un seguimiento de sus procesos acadmicos (por ejemplo: tasas de retencin, aprobacin, graduacin y titulacin, as como de los niveles de exigencia), disea polticas e introduce cambios cuando es necesario. La carga acadmica est bien definida, de acuerdo a las exigencias del programa y existe tiempo disponible para la realizacin de su estudio personal.
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5. Los requisitos de admisin, permanencia y graduacin se dan a conocer a todos los estudiantes.
6. Los estudiantes contribuyen a la evaluacin de los docentes para mejorar la
metodologa de la enseanza. 7. Los estudiantes son responsables de cumplir los reglamentos de la institucin. 8. El conocimiento de VALORES como: la convivencia, la justicia, la paz, la libertad, la
tolerancia, la solidaridad, el dilogo, la concertacin, la comprensin, la equidad, el respeto a sus derechos, la obligacin de cumplir responsablemente con sus deberes, la honestidad, la tica, la moral, la verdad, el perdn y el olvido, son evidentes en todo el proceso de enseanza aprendizaje. La institucin tiene una oficina de Derechos Humanos.
9. La institucin promueve el pensamiento humanstico, cientfico, tecnolgico y social en
el contexto global y local; as como la educacin continua para toda la vida. Por medio de la historia se enlazan los acontecimientos pasados con los presentes para poder con lo aprendido efectuar decisiones ms acertadas.
10. El proceso educativo est diseado de tal manera que los estudiantes disfrutan la
investigacin desde el inicio de su carrera; aprenden a trabajar en un equipo multidisciplinario; saben identificar los problemas y convertirlos en oportunidades para progresar. Se estimula la creatividad de los estudiantes en todos los campos mediante premios a la innovacin.
11. La institucin promueve el debate con el fin de estimular en los estudiantes la
habilidad de expresar sus opiniones libre y pblicamente para desarrollar la comunicacin argumentativa, la persuasin, la concertacin, la aceptacin y el respeto de las opiniones de otros.
12. Se sistematiza la identificacin y desarrollo de talentos en programas especiales. 13. Se estimula el intercambio de estudiantes, personal docente y administrativo entre
instituciones locales, nacionales e internacionales.
14. La institucin evala peridicamente y mejora los servicios que presta a los estudiantes. 15. La formacin acadmica de la institucin se enlaza con el mundo laboral, la empresa, el
pas y el mundo; es cambiante y se actualiza de una manera dinmica de acuerdo a las nuevas ideas que van surgiendo.
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16. La institucin ofrece servicios adecuados de orientacin para fomentar las vocaciones profesionales.
17. La institucin ofrece distintos servicios de apoyo al estudiante de acuerdo a sus
necesidades individuales. Capacita a su personal docente y administrativo para que puedan comprender y atender a la diversidad de los estudiantes. Se orienta a estudiantes, docentes y personal administrativo con respecto a la sexualidad humana, la drogadiccin, el gnero y la violencia.
18. La institucin ofrece las condiciones para estimular el desarrollo de la vida estudiantil,
sus organizaciones y lderes estudiantiles. 19. La institucin presta la asistencia necesaria para que los alumnos tengan acceso a
materiales de apoyo a la docencia.
20. La institucin se adecua para el ingreso y mantenimiento de estudiantes discapacitados y les provee facilidades. Los estudiantes invierten horas sociales en prestar servicio a las personas discapacitadas.
21. La institucin se encamina a que sus estudiantes tengan un seguro adecuado que los
proteja durante su estancia en el campus y en actividades que se refieren a la actividad acadmica fuera del recinto.
22. Los procedimientos que rigen el otorgamiento de becas son adecuados, estn regulados
por escrito y son conocidos por los alumnos.
CATEGORA DE ANLISIS IV ACADMICOS
El xito de una institucin de educacin superior est ntimamente ligado a su personal acadmico, a la calificacin de ste, su desempeo y potencial de desarrollo.
1. El proceso y las decisiones sobre el ingreso, la permanencia y la promocin del personal acadmico estn reglamentados de manera que se cumplen los requisitos de calidad establecidos. Los mecanismos de promocin y los resultados de sta son del dominio pblico de la comunidad acadmica y sujetos a una amplia difusin para beneficio de la institucin.
2. La institucin proporciona los medios para que su personal acadmico cumpla con su obligacin de estar permanentemente actualizado, y cuenta con programas de formacin de personal, personal y equipo de apoyo logstico que proporciona al personal acadmico.
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3. La evaluacin del profesorado se realiza en forma peridica, por organismos colegiados, los alumnos u otras instancias, y sus resultados son conocidos por el profesor, asegurndose que los mecanismos utilizados tengan impacto en el mejoramiento del personal acadmico.
4. Los salarios y prestaciones sociales del personal acadmico a tiempo completo, as como sus incrementos y promociones, son tales que estimulan la dedicacin a la carrera acadmica y permiten un nivel de vida digna. El pago de los profesores en general corresponde al compromiso que estos adquieren con la institucin y est en funcin directa a la calificacin de sus mritos acadmicos y/o profesionales y de la evaluacin de su desempeo, en forma y bajo las consideraciones que al efecto establece la normativa institucional.
5. En la vinculacin de la institucin con el sector productivo existen procedimientos que regulan la participacin del personal acadmico, as como los ingresos y estmulos que los miembros de dicho personal puedan obtener como consecuencia de tal relacin.
6. La existencia de personal acadmico a tiempo completo en la institucin est reglamentada de acuerdo a criterios de productividad y eficiencia acadmicos y no slo administrativos, de tal manera que se garantiza una remuneracin que corresponda con el desempeo de sus funciones.
7. Se tiene claramente especificado al personal acadmico adscrito a los diferentes programas acadmicos o niveles de servicios. Se dispone de un currculo de cada uno de ellos y se mantiene actualizado, donde se sealan aspectos sobresalientes en cuanto a grados acadmicos obtenidos, experiencia profesional y docente, publicaciones, pertenencia a sociedades cientficas, premios y distinciones.
8. El personal acadmico idneo para la operacin de los programas de la institucin
garantiza una formacin profesional que cumpla con los estndares de calidad, pertinencia y actualidad requeridos.
9. Las ciencias bsicas de las carreras estn preferentemente a cargo de profesores de
tiempo completo y las materias aplicadas de profesores que cuenten con suficiente experiencia profesional y estn actualizados en el rea temtica correspondiente.
10. Los profesores de tiempo completo tienen estudios de postgrado o el equivalente de
desarrollo y prestigio profesional en el rea de su especialidad. 11. Existe un adecuado balance entre profesores nuevos con antigedad en la institucin;
as como experiencia profesional o acadmica, dependiendo del nivel de desarrollo de los programas acadmicos y de la magnitud de los mismos.
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CCAATTEEGGOORRAA DDEE AANNLLIISSIISS VV CARRERAS Y OTROS PROGRAMAS ACADMICOS
Cada programa de carrera que ofrece la institucin es diseado y planificado para formar en los egresados las competencias profesionales bsicas que le permitan incorporarse al mercado laboral de esa carrera o calificar para estudios de posgrado. Existe un razonamiento que justifica el establecimiento de cada carrera, que toma en cuenta las necesidades del pas, de la regin, de la profesin, y de los estudiantes.
1. Cada programa est diseado profesionalmente y es consistente con la misin de la institucin. El currculo refleja las necesidades de formacin de recursos humanos del pas, determinadas por la profesin en concierto con la institucin.
2. Cada carrera es estructurada como una secuencia coherente de asignaturas, cada una
con objetivos, contenidos, mtodos de evaluacin y prerrequisitos, que aseguren el desarrollo de un programa de calidad.
3. Cada programa acadmico y sus planes de desarrollo son sometidos peridicamente a
aprobacin y revisin y actualizados con los actores adecuados.
4. Las IES garantizan la vigencia de los programas acadmicos y su adecuacin de los cambios en el conocimiento.
5. Los requisitos y objetivos curriculares, incluyendo el tiempo necesario para completar
la carrera, son difundidos a los estudiantes y al pblico en general.
6. Los profesores cuentan con el grado acadmico que ofrecen y el conocimiento especfico de la materia que impartan.
7. La institucin administra con eficacia, eficiencia y equidad, previendo para cada
programa los apoyos materiales (equipo, laboratorios, bibliotecas, etc.) y otros recursos.
8. Cada programa tiene asignado un acadmico idneo cuya responsabilidad es la coordinacin de la misma.
9. Cada carrera tiene un grupo asesor que responde como consultor a las necesidades del
programa y sirve de relacin y vnculo entre el grupo acadmico y los profesionales en el mercado laboral.
10. Se organizan programas de postgrado y de especialidad para permitir a los alumnos
desarrollar un ciclo de formacin de alto nivel, dedicado al estudio y la investigacin de materias avanzadas para efectuar bajo la direccin de docentes de alta capacidad una contribucin original al conocimiento de materias relacionadas a la profesin.
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11. El personal acadmico de los postgrados, tiene calificaciones y cualidades adecuadas en relacin al programa, con reconocida experiencia en investigacin o en el cultivo de la disciplina o del arte.
CATEGORA DE ANLISIS VI INVESTIGACIN
La investigacin cientfica es un elemento fundamental del quehacer de las instituciones de educacin superior, porque es el medio a travs del cual pueden conocer y proponer cambios de la realidad de su entorno para alcanzar el progreso de las personas. Un ambiente apropiado para la investigacin es estimulado por los siguientes aspectos:
1. Existe una poltica al ms alto nivel institucional que promueve la investigacin y la publicacin de sus productos, ponindolos disponibles al pblico y a sus alumnos.
2. Un grupo de acadmicos est dedicado principalmente a la actividad investigativa. 3. Parte del tiempo de los investigadores es dedicado a la docencia y parte del tiempo de
los docentes es dedicado a la investigacin. 4. Existe una infraestructura apropiada que sirve de apoyo al desarrollo de las actividades
de investigacin.
5. Peridicamente se prepara una agenda que define las lneas principales de investigacin y los proyectos respectivos, se indica las fuentes de financiamiento de la investigacin y se determina el plan de trabajo de las unidades respectivas.
6. La institucin asigna personal de apoyo a los investigadores para el desarrollo de su
agenda.
7. La poltica de financiamiento se define apropiadamente para el desarrollo de las actividades que comprende la agenda de investigacin. La poltica de financiamiento define claramente los fondos propios que la institucin est asignando al rea de investigacin.
8. La institucin impulsa, al igual como ocurre con la docencia, la evaluacin del
desempeo de la investigacin.
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CATEGORA DE ANLISIS VII
PROYECCIN SOCIAL
La proyeccin social es el medio idneo para que una institucin de educacin superior
interacte su quehacer acadmico con la realidad social en la que est inmersa. Ello implica
contemplar en su definicin institucional. La finalidad de comprender las necesidades del
entorno, de poner en prctica mecanismos de aporte y facilitar los medios suficientes para
una interaccin trascendente para el proceso de enseanza-aprendizaje.
1. La institucin tiene una visin de la realidad que puede ser diferente a la de otra
institucin. Con base a la realidad define el tipo de proyeccin social.
2. La proyeccin social es el ncleo de la institucin y por ello debe estar integrada con la
investigacin institucional y la docencia.
3. La institucin brinda servicios para el desarrollo social, tecnolgico, social y
humanitario el cual contribuye con la realidad nacional.
4. La institucin se proyecta hacia a fuera por medio de la proyeccin social.
CATEGORA DE ANLISIS VIII RECURSOS EDUCACIONALES
La institucin proporciona recursos educacionales, tales como: biblioteca, recursos de apoyo, material didctico, laboratorios, centros de prctica, acceso a internet, etc., que son adecuados en cantidad y calidad y que satisfacen sus propsitos, actividades y proyectos de desarrollo. A. BIBLIOTECA El estudiantado y el personal acadmico tienen acceso a biblioteca con las caractersticas siguientes:
1. Administracin profesionalizada a cargo de bibliotecarios profesionales.
2. Libros y revistas pertinentes y al da para cada una de las reas de enseanza que se imparten en la institucin.
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3. Procedimientos adecuados para facilitar el acceso a los usuarios.
4. Presupuesto anual para su actualizacin, sustitucin y mantenimiento de equipo e instalaciones.
5. Espacios adecuados para lectura y estudio provistos de iluminacin, ventilacin y silencio.
6. Acceso y facilidades en el uso de internet.
7. Instalaciones para leer, grabar e imprimir documentos electrnicos.
8. Estadsticas del uso de instalaciones. B. RECURSOS DE APOYO
1. El personal acadmico cuenta con el material de apoyo que considera necesario para impartir los cursos que se encuentran en la currcula.
2. La IES cuenta con un inventario adecuado de material fungible y no fungible: mapas, proyectores de transparencias, videocaseteras, rotafolios, caones de proyeccin para presentaciones con asistencia de computadora, pantallas, etc. Las cantidades disponibles son consistentes con la cantidad de estudiantes y el nmero de cursos que se imparten.
3. La IES cuenta con laboratorios adecuados para las materias cientficas y tcnicas de acuerdo al nmero de estudiantes que atienden.
4. Existe una unidad especializada en asegurar que profesores y estudiantes cuenten con el material de apoyo cuando lo necesitan.
5. Existe suficiente acceso a computadoras personales conectadas al Internet.
6. Se cuenta con un plan adecuado de inversiones para el desarrollo de los recursos educacionales tanto en cantidad como en calidad.
7. La biblioteca y el centro de cmputo son adecuados para las ofertas de educacin que ofrece la institucin.
8. Los laboratorios y centros de investigacin tienen el equipo y las facilidades necesarias para cumplir sus contenidos. Dichos equipos reciben mantenimiento para conservarlo en funcionamiento.
9. Existe un programa que anticipa y detalla la sustitucin de equipo obsoleto es sustituido por equipo moderno.
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CATEGORA DE ANLISIS IX ADMINISTRACIN FINANCIERA
La administracin financiera de una institucin de educacin superior est orientada a determinar las condiciones de su operacin, el monto del financiamiento con que cuenta para el pago de personal acadmico y administrativo y para las inversiones y gastos de operacin, as como el equilibrio entre las partidas y las fuentes de donde stas provienen. Se considera indispensable tener establecidos mecanismos de planeacin financiera y administrativa que le permitan demostrar que puede cumplir a cabalidad con los requerimientos financieros que reclaman su declaracin de misin y proyecto de desarrollo, siendo capaz de reflejar estabilidad, viabilidad, y un intachable cumplimiento de la legislacin vigente.
1. La institucin tiene claramente definidos sus costos de operacin e inversiones.
2. Los resultados econmicos y las proyecciones financieras son suficientes y realistas para entregar un nivel adecuado de servicios, consistente con los propsitos institucionales establecidos en su misin y con su condicin de corporaciones de utilidad pblica sin fines de lucro.
3. Cuenta con una poltica de asignacin presupuestaria congruente con las necesidades
de desarrollo de cada rea de servicio y programas acadmicos que atiende.
4. Existen criterios claramente establecidos para la determinacin de gastos de mantenimiento y operacin de laboratorios, la planta fsica y talleres.
5. Se asignan recursos en los presupuestos para necesidades de investigacin y/o
desarrollo y para proyeccin social, que permitan al personal acadmico de carrera cumplir con estas funciones sustantivas.
6. La institucin valora la funcin administrativo-financiera y para ello observa que el
personal asignado cumpla con las capacidades comnmente requeridas para este tipo de funciones.
CATEGORA DE ANLISIS X INFRAESTRUCTURA FSICA
El xito constituye un elemento importante y necesario para que las actividades acadmicas se lleven a cabo de manera eficiente y brinden la oportunidad de lograr mayores desarrollos de la institucin.
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La infraestructura fsica incluye las instalaciones como edificios, aulas, salones, talleres, laboratorios, bibliotecas, oficinas, sistema de comunicacin interna y externa, lugares de estar, recreo y esparcimiento, campos experimentales, estacionamientos y todo lo necesario para proveer un ambiente seguro y adecuado que facilite el desarrollo de las actividades de educacin, docencia, investigacin y proyeccin social acorde con la misin de la institucin.
1. La institucin dispone de presupuesto para la adquisicin, mantenimiento, renovacin y conservacin de infraestructura fsica.
2. Los elementos de la infraestructura fsica estn accesibles en lo pertinente a:
estudiantes, docentes y personal; son adecuados a las necesidades de los programas que se ofrecen y con las caractersticas apropiadas a las funciones de las instituciones de educacin superior.
3. Se cuenta con un seguro y adecuado para proteger la propiedad, cubrir riesgos y
accidentes que puedan ocurrir a la estructura fsica. 4. Se dispone de un plan de contingencia ante la ocurrencia de desastres o casos fortuitos.
5. En la medida posible las facilidades fsicas estn equipadas para poder ser utilizadas por
discapacitados. 6. La institucin dispone de la infraestructura necesaria en propiedad o mediante
instrumentos jurdicos que garanticen el recurso.
CATEGORA DE ANLISIS XI INTEGRIDAD INSTITUCIONAL
La integridad es el compromiso tanto interno como externo de la institucin, de cumplir con todos los parmetros enmarcados dentro de su misin institucional pblicamente expresada. El funcionamiento de la institucin es coherente y congruente con su misin. La administracin y el gobierno de la institucin es absolutamente veraz en expresar su realidad. Distingue claramente las proyecciones de futuro desarrollo con la realidad existente.
1. La institucin se responsabiliza de mantener en toda su publicidad informacin clara, realista y precisa expresando fielmente la realidad de la misma.
2. La informacin dirigida a los estudiantes es completa, de fcil entendimiento y precisa.
Debe incluir en forma concisa, aspectos tales como propsitos educativos; carreras cubiertas; ttulos y grados ofrecidos y otorgados; recursos educacionales; costos; becas;
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servicios para el bienestar, desarrollo social, personal, y acadmico; normas reglamentarias; calendario de trabajo; nmina de autoridades, funcionarios, y de docentes; reglamentos y normas de comportamiento; requisitos de admisin, remocin, promocin, y graduacin.
3. Los trminos de los aranceles obligatorios incluyendo: matrcula, cuotas, derechos de
examen y otros, son claros, completos, publicados y conocidos por los estudiantes. La institucin respeta los derechos legales del estudiante.
4. La institucin proporciona a los estudiantes los servicios acadmicos ofrecidos,
respetando las condiciones implcitas bajo las cuales el alumno se matricula. 5. En caso que la institucin no pueda cumplir con sus obligaciones, proveer al
estudiante facilidades y medios para transferirse a otra institucin. 6. La institucin mantiene un mecanismo de comunicacin que le permite relacionarse
con sus egresados, manteniendo confidencialmente y slo para usos aprobados por el egresado, direcciones y otros datos personales.
7. La institucin mantiene un registro acadmico del alumno y slo autoriza su
divulgacin con el permiso o a solicitud del alumno.
8. La institucin se abstiene de realizar acciones que tiendan a provocar un menoscabo en el financiamiento y desarrollo de reas sustantivas para la educacin que ofrece.
9. La institucin mantiene una relacin con sus alumnos, respetando y tomando en
cuenta las opiniones de stos sobre la institucin y sus ofrecimientos. 10. La institucin responde con informes oportunos y veraces a la informacin que las
autoridades del Ministerio de Educacin solicitan, cuando sta es necesaria para el desempeo de las obligaciones bajo la Ley y Reglamentos vigentes.
Normas y Procedimientos para la Acreditacin
Manual de Acreditacin de Instituciones de Educacin Superior de El Salvador 47
CCAAPPTTUULLOO 11
DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS GGEENNEERRAALLEESS
Objeto Artculo 1. El presente documento tiene por objeto desarrollar el marco normativo referente al proceso de acreditacin, facilitar su interpretacin y aplicacin, y regular el procedimiento respectivo, como instrumento indispensable para el funcionamiento de la Comisin de Acreditacin de la Calidad Acadmica de Instituciones de Educacin Superior. Abreviaturas Artculo 2. En esta Normativa se podrn abreviar:
a) La Comisin de Acreditacin de la Calidad Acadmica de Instituciones de Educacin Superior, como la Comisin o la CdA y a su Presidente como el Presidente;
b) El Ministerio de Educacin, como el MINED o el Ministerio;
c) La Direccin Nacional de Educacin Superior, como la DNES;
d) Las Instituciones de Educacin Superior, como las IES a las que tambin se les podr llamar la Solicitante o las Solicitantes;
e) El Reglamento Especial de la Comisin de Acreditacin de la Calidad Acadmica de Instituciones de Educacin Superior, como el Reglamento Especial.
f) La Ley de Educacin Superior como LES.
g) El Consejo de Educacin Superior como CES. Principios Artculo 3.
En el procedimiento que regula esta Normativa, se debern observar los siguientes
principios: Completitud
a) Toda Solicitud deber cumplir los requerimientos de informacin que establecen estas
disposiciones. La CdA revisar en la fase de admisibilidad la satisfaccin de este
requisito.
Normas y Procedimientos para la Acreditacin
Manual de Acreditacin de Instituciones de Educacin Superior de El Salvador 48
Legalidad b) La tramitacin habr de realizarse actuando la Comisin de acuerdo a las normas que
rigen su actividad, las que no podrn ser alteradas por sta, ni por la voluntad de las
solicitantes;
Igualdad de derechos y deberes c) Toda Solicitante, sin diferenciacin alguna, dispondr de los mismos derechos y
obligaciones, posibilidades y requerimientos o cargos procesales;
Eficiencia del proceso d) Iniciado el procedimiento, ste deber impulsarse de oficio, bajo la direccin de la
Comisin, con la mayor celeridad y economa procesales;
Reserva de informacin e) El procedimiento ser reservado, en consecuencia (1) los terceros no tendrn acceso al
expediente ni a la informacin contenida en el mismo; (2) las sesiones de acreditacin
no sern pblicas y slo podrn participar en las mismas quienes contempla el
Reglamento Especial y en los momentos previstos por ste; (3) la publicidad de los
votos se rige por el rgimen establecido por el Reglamento Especial; y, (4) en lo que se
refiere a la resolucin de la solicitud, la Comisin slo podr divulgar los acuerdos que
concedan la acreditacin;
Veracidad f) Las Solicitantes debern acomodar su actuacin a los principios de veracidad y
probidad y ajustarn su comportamiento a la buena fe y a la lealtad. La Comisin
deber impedir toda conducta ilcita o dilatoria en el desarrollo del procedimiento,
tanto de su personal como de las Solicitantes.
CCAAPPTTUULLOO 22
DDIISSPPOOSSIICCIIOONNEESS SSOOBBRREE LLOOSS SSUUJJEETTOOSS DDEELL PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNTTOO
SSEECCCCIINN PPRRIIMMEERRAA DDEE LLAA CCOOMMIISSIINN
Responsabilidades en el anlisis de solicitudes. Pluralidad de asignaciones
Normas y Procedimientos para la Acreditacin
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Artculo 4.
Al miembro o miembros de la Comisin a quienes se asigne el estudio del expediente de
solicitud, adems de ello y de la formulacin del dictamen, les corresponder: sugerir a la
Comisin puntos sobre los cuales sea conveniente aclarar informacin durante la sesin de
acreditacin a quien represente a la Solicitante y al Presidente del ltimo equipo de
evaluadores; y, proponer a ella, si lo considera necesario, que solicite la presencia del Director
Nacional de Educacin Superior durante la sesin de acreditacin, para los efectos previstos
en el Art. 25 del Reglamento Especial.
Los restantes miembros de la Comisin que no elaborarn el dictamen, debern analizar el
expediente, antes de la celebracin de la sesin de acreditacin.
Principio colegiado
Artculo 5.
La Comisin actuar en forma colegiada en la deliberacin y en la toma de decisiones sobre
actos de acreditacin.
Recusacin y abstencin de conocimiento
Artculo 6.
Los miembros de la Comisin podrn ser recusados ante el Ministro o la Ministra de
Educacin, por la IES que solicite acreditacin, cuando exista motivo serio, razonable y
comprobable, de que su imparcialidad no est garantizada.
La recusacin se debe solicitar al presentarse la solicitud de acreditacin, salvo que los
motivos para recusar sucediesen con posterioridad a esa fecha. La recusacin deber expresar
los hechos en que se fundamenta y acompaarse de las pruebas pertinentes. Se mandar or
dentro del tercer da al miembro recusado y a la CdA y vencido dicho plazo, se resolver
dentro de uno igual, sin ms trmite, hacindolo del conocimiento a la Solicitante. Sobre
esta resolucin no se admitir recurso alguno.
Cuando un miembro de la Comisin considere que concurre respecto de l, algn motivo de
abstencin de conocimiento, lo har saber a los restantes miembros, mediante escrito
motivado, para que declaren si es procedente o no, que aqul se abstenga de conocer del
asunto de que se trate; lo que se resolver sin ms trmite, sin que sea necesario aportar
prueba.
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Si un miembro de la Comisin manifiesta su propsito de abstenerse del conocimiento de
un asunto, por los motivos aqu establecidos y la CdA as lo resuelve, dicho miembro ya no
podr conocer del mismo.
Desde la fecha en la que se presente el escrito de recusacin o de abstencin de
conocimiento, el miembro de la Comisin en quien se pretende o considera que concurren
esos motivos, no podr intervenir en la decisin del incidente ni el procedimiento de que se
trate, pero sern vlidos los actos realizados con anterioridad.
SECCIN SEGUNDA DE LAS SOLICITANTES
Legitimidad procesal
Artculo 7.
La solicitud de acreditacin deber ser suscrita por el representante legal de la IES que la
pretenda o quien est legitimado para actuar en nombre de sta en el procedimiento.
Intervencin de la IES en la audiencia de acreditacin
Artculo 8.
Para realizar la intervencin de la IES en la audiencia de acreditacin prevista en el
Reglamento Especial, el rector o director y el representante legal de sta, podrn hacerse
acompaar por un asesor, aunque ste no podr actuar por si mismo en el desarrollo de la
audiencia.
CCAAPPTTUULLOO 33 AACCTTOOSS PPRROOCCEESSAALLEESS
Lugar de realizacin de las actuaciones
Artculo 9.
Las actuaciones del procedimiento de acreditacin, excepto la presentacin de la solicitud
para pretenderla, se llevarn a cabo en la sede de la Comisin. Se exceptan los casos en los
que a criterio de sta, la naturaleza de la actuacin exija su realizacin en lugar distinto.
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Perodos para presentar solicitudes de acreditacin
Artculo 10.
Anualmente, durante el ltimo trimestre, la CdA establecer el o los perodos para presentar
vlidamente solicitudes de acreditacin del ao siguiente, lo cual se har del conocimiento
todas las IES.
Das y horas hbiles
Artculo 11.
La recepcin de solicitudes y todas las actuaciones del procedimiento de acreditacin se
realizarn en los das y horas que legalmente sean hbiles, pero la Comisin podr sesionar o
continuar el desarrollo de sus sesiones, en das y horas no hbiles.
Cmputo de plazos
Artculo 12.
Los plazos comprendern nicamente los das hbiles; sern perentorios e improrrogables
salvo casos fortuitos o de fuerza mayor habilitados por la Comisin.
Contenido de los actos de comunicacin
Artculo 13.
Las comunicaciones que durante el procedimiento dirija la Comisin, debern permitir a sus
destinatarios conocer claramente las actuaciones procedimentales que las afecten, o la
finalidad de la comunicacin y cuando sea preciso, se acompaarn de los anexos
correspondientes.
Forma de las comunicaciones
Artculo 14.
Las solicitantes debern manifestar el lugar en el que recibirn comunicaciones o indicar el
medio tcnico para recibirlas, que posibilite constancia por escrito y ofrezca garantas de
seguridad y confiabilidad.
Establecido ese medio la Comisin podr, por el mismo, notificarles sus resoluciones,
citarlas, solicitarles informes y, en general, efectuar cualquier comunicacin relativa al
procedimiento.
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CCAAPPTTUULLOO 44 AACCTTIIVVIIDDAADD PPRROOCCEESSAALL
SSEECCCCIINN PPRRIIMMEERRAA IINNIICCIIAACCIINN DDEELL PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNTTOO
Forma de iniciacin
Artculo 15.
Los procedimientos de acreditacin se iniciarn mediante solicitud escrita.
Requisitos para la solicitud
Artculo 16.
La solicitud deber presentarse de acuerdo al formato aprobado por la Comisin y deber
contener, sea en ella misma o en formularios que se proporcionarn al efecto:
a) Nombre, profesin y domicilio de quien la suscribe;
b) Denominacin y domicilio de la IES solicitante;
c) Declaracin de misin y fines institucionales;
d) Sntesis de su evolucin y desarrollo institucional debidamente documentado, desde
su fundacin hasta la fecha de presentacin, anexando datos globales de la IES;
e) Un plan de cinco aos y su correspondiente Plan de Accin, en los cuales se deben
incorporar las propuestas de mejoramientos de la calidad y cambio identificadas en
anteriores autoevaluaciones y en las resoluciones del MINED;
f) Explicacin de las razones que a juicio de la IES justifican la satisfaccin de los
estndares de calidad contemplados en el Marco de Referencia para la acreditacin y
respaldo de ellas mediante los datos y documentos disponibles.
g) Interpretacin de los resultados de las calificaciones, evaluaciones e inspecciones,
reporte del avance que se haya alcanzado en la satisfaccin de los sealamientos
formulados por el MINED y la recomendacin de la Comisin, si la hubiese.
h) La declaracin formal que no existen falsedades en la formulacin de la solicitud o
en la documentacin anexa y que no las habr en cualquier intervencin en el
procedimiento; que est cumplimiento con la Ley de Educacin Superior; que no est
vigente sancin alguna impuesta por el MINED; la autorizacin a la Comisin para
que compruebe esa veracidad y la aceptacin que el procedimiento terminar, si se
comprueba falsedades;
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i) Lugar para or notificaciones o cualquier tipo de comunicacin, en la ciudad de San
Salvador, o indicacin del medio tcnico para recibirlas;
j) Lugar y fecha de la solicitud y firma del peticionario.
Documentacin y anexos
Artculo 17.
Adems de la documentacin que segn el Art. 21 del Reglamento Especial, debe acompaar
a la solicitud, la documentacin que acredite la personera adicional, quien acta en
representacin de la IES.
Lugar de presentacin y atribuciones de quien reciba solicitudes de acreditacin
Artculo 18.
La solicitud de acreditacin deber ser presentada por la IES en la DNES del MINED.
Quien est encargado de recibirla, completar un formulario del cual se le entregar una
copia a la IES solicitante, conservar una copia y agregar el original a la solicitud presentada,
en el cual consignar:
a) Fecha y hora de presentacin;
b) Nombre del presentante de conformidad al documento de identificacin de ste,
cuya clase y nmero deber anotar;
c) Documentos y otros anexos que se acompaan y nmero de ejemplares;
d) La expresin de haber recibido la solicitud y anexos;
e) Las observaciones que considere necesario consignar.
Entrega de la solicitud y anexos a la Comisin Artculo 19. La DNES deber entregar la solicitud y anexos a la Comisin, dentro de los dos das
siguientes a su recepcin.
En los ejemplares del formulario de recepcin que conservar la DNES y en el que se agregue
a la solicitud, se consignar el da y hora de la entrega a la Comisin y la declaracin de haber
recibido sta, la solicitud y anexos detallados en el formulario.
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Solicitud de informe Artculo 20. Recibida la solicitud de acreditacin, la Comisin pedir a la DNES el informe previsto por
el Art. 22 del Reglamento Especial en el que, adems de los asuntos que aquella requiera, se
deber indicar si la IES cumple los requisitos establecidos por la Ley de Educacin Superior;
si est cumpliendo una sancin impuesta por el MINED, y en caso afirmativo proporcionar
todos los datos concernientes a esta ltima; y, si la Solicitante no hubiese cumplido, o no
hubiese evidenciado debidamente, progreso en el cumplimiento de las resoluciones de
evaluacin del Ministerio de Educacin.
El plazo para rendir este informe deber ser proporcional a la complejidad de la informacin
requerida y nunca exceder el establecido por el Reglamento Especial.
En caso de ser necesaria mayor informacin, le ser requerida a la DNES por los medios
correspondientes. Dictamen sobre admisibilidad y procedencia. Prevenciones. Declaracin de inadmisibilidad. Artculo 21. Recibida la solicitud de acreditacin, la CdA analizar el cumplimiento de presupuestos
procesales, la presencia en ella de toda la informacin requerida en el Artculo 16, la
satisfaccin de los requisitos formales, la ausencia de motivos de improcedencia y la
presentacin de toda la documentacin y anexos establecidos, y resolver lo correspondiente.
Si la Comisin establece alguna omisin o vicio subsanable en los aspectos sealados, se lo
har saber a la Solicitante, detallando los defectos en que, a criterio de la Comisin, se haya
incurrido y le conceder un plazo de tres a diez das hbiles, segn la naturaleza de aquellos,
para que realice alegaciones y subsane la omisin.
La Comisin declara no admisible la solicitud de acreditacin, si vence el plazo concedido
para subsanar las observaciones efectuadas por la misma o si los argumentos de las
alegaciones no son aceptados. Improcedencia Artculo 22. La Comisin declarar la improcedencia de la solicitud en cualquier momento, habiendo
mandado a or previamente a la Solicitante dentro de un plazo de diez das, cuando sta:
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a) No cumpliese los requisitos establecidos por la Ley de Educacin Superior;
b) Estuviese cumpliendo una sancin impuesta por el Ministerio de Educacin;
c) No hubiese cumplido, o no hubiese evidenciado debidamente, progreso en el
cumplimiento de las resoluciones de evaluacin del Ministerio de Educacin;
d) Hubiese quebrantado su declaracin formal de no incurrir en falsedades en la
formulacin de la solicitud, en la preparacin de la documentacin anexa, o en
cualquier intervencin en el procedimiento.
SECCIN SEGUNDA DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO
Asignacin del estudio del expediente Artculo 23. Admitida la solicitud de acreditacin, el Presidente har la designacin relativa al estudio del
expediente de la misma, de conformidad a lo establecido en el Reglamento Especial y en estas
Normas y Procedimientos.
Formulacin del dictamen Artculo 24. El dictamen consistir en una descripcin escrita del estado de la Solicitante, en lo que
respecta a los componentes de las categoras de anlisis, en relacin con los criterios de
evaluacin y se basar en los productos de los subsistemas de evaluacin y de calificacin, a
saber, los informes de autoevaluacin, los de pares evaluadores y datos recolectados por la
DNES; adems, en el informe de dicha Direccin.
El dictamen se limitar a dicha funcin descriptiva e informativa y l o los miembros
designados no debern emitir juicio previo sobre la acreditabilidad de la Solicitante.
El dictamen se orientar por el Marco de Referencia y el o los miembros designados debern
fundamentar debidamente cada una de las postulaciones de este y lo presentarn a la
Comisin.
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Cita a los intervinientes en la sesin de acreditacin
Artculo 25.
La Comisin formular la cita a quienes de conformidad al Art. 25 del Reglamento Especial,
deben o pueden asistir a la sesin de acreditacin, al menos con quince das de anticipacin
a la fecha sealada para escucharlos y les har saber los aspectos centrales sobre los cuales
versara la audiencia de acreditacin.
Audiencia de acreditacin
Artculo 26.
El Presidente dar la palabra a l o los miembros designados para que haga la presentacin de
su dictamen. Los restantes miembros de la Comisin debern haber recibido oportunamente
un ejemplar de la versin escrita del mismo, quienes al concluir la presentacin le podrn
formular preguntas.
Luego de ello, la Comisin escuchar separadamente, al o los representantes de la IES, y en
dado caso a su asesor, al Presidente del ltimo equipo de pares evaluadores y, de haberse
invitado, al Director Nacional de Educacin Superior.
La Comisin podr formular las preguntas que sean pertinentes a los invitados a la reunin.
A continuacin, los miembros de la Comisin debern deliberar en privado y luego emitirn
su voto, de acuerdo a lo establecido en el Artculo 16 del Reglamento Especial.
La Comisin prepara un Acta en la cual establecer los puntos determinantes de la audiencia
y el Presidente de la Comisin le notificar a la IES interesada la condicin de acreditada o
no acreditada, basada en la votacin de la Comisin, previo a la elaboracin final de la
resolucin.
La Comisin deber redactar y firmar la resolucin definitiva de la solicitud de acreditacin.
La que debe ser comunicada por escrito al MINED y la Solicitante, dentro de los tres das
siguientes a su pronunciamiento.