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“MARCO LEGAL – GESTION DE LOS RESIDUOS SOLIDOS HOSPITALARIOS" DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ECOLOGIA Y PROTECCION DEL AMBIENTE - DEEPA Ing. Vilma Morales Quillama Lima, 25 de noviembre del 2004
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“MARCO LEGAL – GESTION DE LOS RESIDUOS SOLIDOS HOSPITALARIOS"

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ECOLOGIA Y PROTECCION DEL AMBIENTE - DEEPA

Ing. Vilma Morales Quillama

Lima, 25 de noviembre del 2004

CONCEPTOS BASICOS®SALUD es un equilibrio entre los seres

humanos y los elementos que constituyen su medio ambiente.(OMS)

®DESARROLLO SOSTENIBLE es un proceso destinado a satisfacer las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus necesidades. (CNUMAD)

OBJETIVO FUNCIONAL

® PROPONER Y CONCERTAR LOS FUNDAMENTOS TECNICOS PARA LA FORMULACION DE LAS POLITICAS NACIONALES RELACIONADAS CON LA ECOLOGIA Y PROTECCION DEL AMBIENTE PARA LA SALUD.

® VIGILAR LA CALIDAD DE LOS RECURSOS AGUA, AIRE Y SUELO PARA IDENTIFICAR RIESGOS A LA SALUD HUMANA.

OBJETIVOS FUNCIONALES ESPECIFICOS® PREVENIR ENFERMEDADES DE ORIGEN AMBIENTAL

® FORTALECER EL SISTEMA NACIONAL DE VIGILANCIA SANITARIA ENSALUD AMBIENTAL

® CAPACITAR Y PROMOVER LA SALUD AMBIENTAL® ASEGURAR LA CALIDAD SANITARIA DE LOS RECURSOS NATURALES® PROMOVER LA GESTION RACIONAL DE RESIDUOS Y SUSTANCIAS

QUIMICAS® ASISTENCIA TECNICA Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIAS EN SALUD

AMBIENTAL A LOS NIVELES REGIONALES Y LOCALES® FOMENTAR CORESPONSABILIDAD ENTRE ESTADO, EMPRESA PRIVADA Y

COMUNIDAD EN LA PROMOCION Y PREVENCION DE LA SALUD® FACILITAR EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES ECONOMICAS DE

MANERA SOSTENIBLE

SUB PROCESOS

ü REGULACIÓN Y NORMASü PROMOCIÓN Y DIFUSIÓNü VIGILANCIAü CONTROLü PLANEAMIENTO Y CONCERTACIÓNü INVESTIGACIÓN

A la DIGESA, la legislación Ambiental y Sanitaria le otorga atribuciones de:

AUTORIDAD SANITARIAü Responsable de la Vigilancia y Control de los problemas

referidos a la Salud Ambiental y la prevención de dañosa la salud frente a riesgos derivados de los agentesambientales – Rol de Supervigilancia.

AUTORIDAD AMBIENTAL COMPETENTE DEL SECTOR SALUDü Parte del Sistema Nacional del Ambiente .

MARCO LEGAL

® Los Lineamientos de política en Salud Ambiental sedesarrollan en el Marco de la Legislación AmbientalNacional, la legislación del Sector Salud y loscompromisos internacionales asumidos por el país.

CONTEXTO GLOBAL® Agenda 21® Convenio de Basilea sobre el control de los

movimientos transfronterizos de residuos peligrosos® Convenio de Roterdam sobre el Consentimiento

fundamentado Previo para el Comercio de Sistancias Químicas y Plaguicidas peligrosos(CFP)

® Convenio de Estocolmo sobre la prohibición del comercio de Contaminantes orgánicos persistentes(COP´s)

® Convenio de Diversidadad Biológica® Foro Intergubernamental de Seguridad Química

• REGLAMENTO DE LEY GENERAL DE RESIDUOS SOLIDOS•REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINSA

•CONSTITUCION POLITICA DEL PERU •CÓDIGO DEL MEDIO AMBIENTE• CODIGO PENAL• LEY GENERAL DE SALUD•LEY MARCO PARA LA INVERSIÓN PRIVADA• LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES

•LEY DEL MINISTERIO DE SALUD• REGLAMENTO SANITARIO DE ALIMENTOS• LEY GENERAL DE RESIDUOS SÓLIDOS•TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - TUPA

MARCO LEGAL NACIONAL

ORGANIGRAMA

DIRECCION EJECUTIVA DE ECOLOGIA Y PROTECCION DEL AMBIENTE

DIGESA

DEEPA DESABDEHAZ

Protección de losRecursos Naturales

Flora y Fauna

Prevención y Controlde la Contaminación

Atmosférica

Protección de losRecursos Hídricos

Protección y Desarrollo

de la Biodiversidad

Vigilancia y Control de

Sustancias yResiduos Peligrosos

Vigilancia yMonitoreo de laCalidad del Aire

Vigilancia deEnfermedadesCausadas porContaminación

Atmosférica

Control de laContaminación

Atmosférica

Normalización,Vigilancia y

Monitoreo de laCalidad de los

Recursos Hídricos

Control deVertimientos

DESO

LÍNEAS DE ACCIÓN DEEPA

ü Fortalecimiento y consolidación de sistemas devigilancia integrado.

ü Articulación sectorial y multisectorial eficientemediante descentralización - Redes de Salud.

ü Promoción participativa de la población. Cambiode Actitud de las personas. Campaña de difusión

A partir de los lineamientos de Política del Sector Salud, losespecíficos que corresponden a la Salud Ambiental para suámbito de acción:

ESTRATEGIAS Y ACCIONES

• Protección del AmbienteEvaluar, controlar y/o disminuir los impactosocasionados en la salud pública y el medio ambiente,por las diversas actividades económicas

•Promover entornos saludables mejorando la calidadde vida de la población localizando la intervención enzonas de pobreza y alto riesgo sanitario y ambiental.

Ley General de Salud – Ley N° 26842® CAPITULO VI :DE LAS

SUSTANCIAS Y PRODUCTOS PELIGROSOS PARA LA SALUD

Artículo 98. La Autoridad de Salud competente dicta las normas relacionadas con la calificación de las sustancias y productos peligrosos, las condiciones y límites de toxicidad y peligrosidad de dichas sustancias y productos, los requisitos sobre información, empaque, envase, embalaje, transporte, rotulado …

Ley 27314 Ley de Residuos Sólidos

® Artículo 7o.- Competencia del Sector Salud

® El Ministerio de Salud está obligado a:

® 1. Regular a través de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA), lo siguiente:

® a) Los aspectos técnico-sanitarios del manejo de residuos sólidos, incluyendo los

® correspondientes a las actividades de reciclaje, reutilización y recuperación.

Ley 27314 (cont…)

® DISPOSICIONES PARA EL MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS PELIGROSOS

® Artículo 22o.- Definición de residuos sólidos peligrosos

Características CRETIB® Artículo 27o.- Empresas

Prestadoras de Servicios de Residuos Sólidos, con Registro de EPS-RS y EC-RS en la DIGESA

® Artículo 28o.- Obligaciones de las EPS-RS

DECRETO SUPREMO N° 057-2004-PCM REGLAMENTO DE LA LEY 27314, LEY GENERAL DE RESIDUOS SÓLIDOS

® Autoridad competente a nivel nacional DIGESA, a nivel regional las Direcciones de Salud (DISA o DIRESA).

® DIGESA:® Regular los aspectos técnico sanitarios previstos

en la Ley.® Aprobar EIA y PAMA® Emitir opinión técnica a los proyectos de

infraestructura.® Administrar los registros de manera exclusiva.

Art.32. Medidas necesarias para controlar la peligrosidad.

® El generador o poseedor de residuos peligrosos deberá bajo responsabilidad, adoptar antes de su recolección las medidas necesarias para eliminar o reducir las condiciones de peligrosidad que dificulten su transporte. En el caso que no fuera posible adoptar medidas, corresponde a la autoridad de salud indicar las acciones que el generador o poseedor del residuo debe adoptar.

Flujo de residuos en la operación del transporte

® ARt. 421) Las operaciones de transporte de residuos fuera de las instalaciones del generador deben realizarse solo por EPS y/o EC-RS registradas en la DIGESA.

NT-MINSA/DGSP VO.1 ...

® Del Acondicionamiento:® Todos los ambientes del estabelecimiento de

salud, deben comntar con los materiales e insumos necesarios para decartar los Residuos Sólidos de acuerdo a la actividad que ellos realizan.

NT-MINSA/DGSP VO.1 ...

® De la Segregación:® Todo el personal debe participar de manera activa

y conciente en colocar los residuos en el recipiente correspondiente.

® Todo residuo punzocortante debe ser depositado en recipiente rígido.

® Del Tratamiento:® Todo estableciemiento de salud debe implementar

un sistema de tratamiento de sus residuos sólidos acorde con su complejidad.

® En el tratamiento se deben verificar los parámetros críticos (presión, temperatura, humedad, etc.)

NT-MINSA/DGSP VO.1NormaTécnica de Manejo de Residuos Sólidos Hospitalarios

® De la Gestión® Todo establecimiento de salud, debe

implementar un sistema de gestión para el Manejo de Residuos Sólidos Hospitalarios.

® La Dirección del establecimiento de Salud implementará el Sistema de Gestión para el manejo de Resiudos Hospitalarios, designará al coordinador del Sistema.

D.S. 014-2002 SA, ROF del MINSA

® Art 57 DEEPA:f) Lograr el manejo y

control en la gestión ambiental de los residuos y sustancias peligrosas para la protección de la salud de la población.


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