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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO La Contaminación Ambiental por basura y escombros, en el Río Monjas, de la parroquia de Pomasqui, de esta ciudad de Quito, año 2016, vulnera los Derechos del Buen Vivir consagrados en la Constitución de la República del Ecuador Proyecto de investigación previo a la obtención del Título de: ABOGADA Autora: Benavides Velasco Amparo del Rocío Tutor: Msc. Dr. Diego Renato Galárraga Carvajal Quito, diciembre 2016
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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y

SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

La Contaminación Ambiental por basura y escombros, en el Río

Monjas, de la parroquia de Pomasqui, de esta ciudad de Quito,

año 2016, vulnera los Derechos del Buen Vivir consagrados en la

Constitución de la República del Ecuador

Proyecto de investigación previo a la obtención del Título de:

ABOGADA

Autora: Benavides Velasco Amparo del Rocío

Tutor: Msc. Dr. Diego Renato Galárraga Carvajal

Quito, diciembre 2016

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© DERECHOS DE AUTOR

Yo, Amparo del Rocío Benavides Velasco, en calidad de autora del trabajo de

investigación: “La Contaminación Ambiental por basura y escombros, en el Río Monjas,

de la parroquia de Pomasqui, de esta ciudad de Quito, año 2016, vulnera los Derechos del

Buen Vivir consagrados en la Constitución de la República del Ecuador”, autorizo a la

Universidad Central del Ecuador hacer uso de todos los contenidos que me pertenecen o

parte de los que contiene esta obra, con fines estrictamente académicos o de

investigación.

Los derechos que como autor me corresponden, con excepción de la presente

autorización, seguirán vigente a mi favor, de conformidad con lo establecido en los

artículos 5, 6, 8; 19 y demás pertinentes de la ley de Propiedad Intelectual y su

Reglamento.

También, autorizo a la Universidad Central del Ecuador para que realice la digitación y

publicación de este trabajo de investigación en el repositorio virtual de conformidad a lo

dispuesto en el Art. 144 de la Ley Orgánica de Educación Superior.

Firma:

………………………………………

Amparo del Rocío Benavides Velasco

C.C: 171217182-4

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APROBACIÓN DEL TUTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

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DEDICATORIA

El presente proyecto de investigación dedico a todas las personas que estuvieron a mi

lado caminando y apoyándome incondicionalmente durante este largo camino.

A la naturaleza por ser una muestra de vida, esperando que las futuras generaciones

puedan servirse de esta investigación como yo lo hecho.

A mis padres, quienes con su amor y apoyo me han incentivado en el camino del saber,

para llegar a ser una mujer de bien para la sociedad.

A mis hermanos, quienes, con su cariño y comprensión incondicional, me han apoyado a

lo largo de mi carrera.

Amparo del Rocío Benavides Velasco

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AGRADECIMIENTO

El presente trabajo en primer lugar agradezco a Dios por bendecirme para poder llegar a

culminar mi meta.

A la Gloriosa Universidad Central del Ecuador por darme la oportunidad de estudiar y ser

uno más de los excelentes abogados y abogadas que ha forjado.

A mi Tutor MSc. Doctor Diego Marcelo Galárraga, quien, con sus conocimientos,

experiencia, paciencia, experiencia y su motivación, ha logrado en mí que pueda terminar

mi investigación.

A los distinguidos catedráticos del Tribunal MSc. Dr. David Vela Lombeida y MSc. Dra.

María del Carmen Ojeda de Larco, quienes con sus amplios conocimientos han

despertado en mi la curiosidad por seguir en el apasionante mundo del Derecho.

A mis profesores, porque han depositado en mí todos sus conocimientos muy importantes

que me servirán en el momento de desempeñar mi profesión.

Son muchas las personas que han formado parte de mi vida profesional a las que me

gustaría agradecerles su amistad, consejos apoyo y compañía en los momentos más

difíciles de mi vida, algunas están aquí conmigo y otras en mi recuerdo, no importan

donde se encuentren quiero darles las gracias por formar parte de mi vida y por ultimo

darles las gracias por todas sus bendiciones.

Amparo del Rocío Benavides Velasco

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ÍNDICE CONTENIDOS

© DERECHOS DE AUTOR .................................................................................. ii

APROBACIÓN DEL TUTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN ................... iii

DEDICATORIA .................................................................................................... iv

AGRADECIMIENTO ............................................................................................ v

ÍNDICE DE CONTENIDOS.................................................................................. vi

LISTA DE TABLAS ............................................................................................. xi

LISTA DE GRÁFICOS ........................................................................................ xii

LISTA DE ANEXOS ........................................................................................... xiii

RESUMEN ........................................................................................................... xiv

ABSTRACT .......................................................................................................... xv

INTRODUCCIÓN .................................................................................................. 1

CAPÍTULO I ......................................................................................................... 2

1. Definición del problema ...................................................................................... 2

1.1. Antecedentes del Problema. ......................................................................... 2

1.2. Planteamiento, Descripción y Definición del Problema. ............................. 3

1.3. Formulación del Problema. .......................................................................... 6

1.4. Preguntas Directrices. .................................................................................. 6

1.5. Objetivos Generales y Específicos. .............................................................. 7

1.5.1. Objetivo General. ...................................................................................... 7

1.5.2. Objetivos Específicos. ............................................................................... 7

1.6. Justificación.................................................................................................. 7

CAPÍTULO II ..................................................................................................... 10

2. Marco Referencial. ............................................................................................ 10

2.1. Marco Teórico. ........................................................................................... 10

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TÍTULO I ............................................................................................................. 10

Derecho Ambiental. .............................................................................................. 10

Derecho. ............................................................................................................ 10

Medio Ambiente................................................................................................ 10

Derecho Ambiental. .......................................................................................... 11

Objetivos del derecho Ambiental. ..................................................................... 13

Características del Derecho Ambiental. ............................................................ 15

Etapas del derecho Ambiental. .......................................................................... 16

Relación del Derecho Ambiental con el Derecho Penal. .................................. 20

TÍTULO II ........................................................................................................... 22

La naturaleza. ........................................................................................................ 22

Definición de Naturaleza................................................................................... 22

La Naturaleza como Sujeto de Derechos. ......................................................... 22

Historia de los Derechos de la Naturaleza. ....................................................... 24

Quienes pueden exigir los Derechos de la Naturaleza. ..................................... 26

TÍTULO III ......................................................................................................... 27

Contaminación. ..................................................................................................... 27

Definición de Contaminación. .......................................................................... 27

Tipos de Contaminación. .................................................................................. 28

Impacto de la contaminación en el Ambiente. .................................................. 30

2.2. Marco Legal. .............................................................................................. 33

Constitución de la República el Ecuador 2008. ................................................ 33

Código Orgánico Integral Penal. ....................................................................... 36

Ley Orgánica de Salud Pública. ........................................................................ 38

2.3. Definición de Términos Básicos. ............................................................... 39

2.4. Diagnostico. ............................................................................................... 42

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viii

2.5. Estado de la Situación Actual del Problema. ............................................. 42

CAPÍTULO III .................................................................................................... 44

3. Metodología ...................................................................................................... 44

3.1. Diseño de la Investigación. ........................................................................ 44

3.1.1. Investigación Exploratoria. ..................................................................... 44

3.1.2. Jurídico Proyectivo.................................................................................. 44

3.1.3. Jurídico Comparativo. ............................................................................. 44

3.1.4. Jurídico Propósito. .................................................................................. 45

3.1.5. Jurídica Descriptiva. ................................................................................ 45

3.2. Métodos. ..................................................................................................... 45

3.2.1. Método Jurídico. ..................................................................................... 45

3.2.2. Método Inductivo. ................................................................................... 46

3.2.3. Método Deductivo. .................................................................................. 46

3.2.4. Método Histórico. ................................................................................... 47

3.2.5. Método Comparativo. ............................................................................. 47

3.3. Operacionalización de las Variables e Indicadores. ................................... 48

3.3.1. Variable Independiente. .......................................................................... 48

3.3.2. Variable Dependiente. ............................................................................. 48

3.4. Población y Muestra ................................................................................... 49

3.4.1. Población. ................................................................................................ 49

3.4.2. Muestra. ................................................................................................... 49

3.5. Instrumentos y materiales. ......................................................................... 51

3.5.1. Fichas. ..................................................................................................... 51

3.5.2. El Fichaje. ............................................................................................... 51

3.5.3. Fichas de observación. ............................................................................ 52

3.5.4. Encuesta. ................................................................................................. 52

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ix

3.5.5. Entrevista................................................................................................. 52

3.5.6. Formulario de Entrevista ......................................................................... 53

3.6. Discusión. ................................................................................................... 57

3.6.1. Procedimiento de la Ejecución de la Investigación................................. 57

CAPÍTULO IV .................................................................................................... 58

4. Análisis e interpretación de datos en función del enfoque conceptual. ............ 58

4.1. Formulario de Encuesta.............................................................................. 58

4.2. Interpretación de Datos .............................................................................. 61

4.3. Resultados del Plan de Intervención Acción. ............................................. 81

4.4. Conclusiones y Recomendaciones. ............................................................ 82

4.4.1. Conclusiones. .......................................................................................... 82

4.4.2. Recomendaciones. ................................................................................... 83

CAPÍTULO V ...................................................................................................... 84

5. Propuesta ........................................................................................................... 84

5.1. Datos Informativos. .................................................................................... 84

5.2. Antecedentes. ............................................................................................. 85

5.3. Justificación................................................................................................ 86

5.4. Objetivos. ................................................................................................... 87

5.4.1. Objetivo General. .................................................................................... 87

5.4.2. Objetivos Específicos. ............................................................................. 87

5.4.3. Ubicación Sectorial y Física. .................................................................. 88

5.5. Beneficiarios. ............................................................................................. 88

5.5.1. Beneficiarios Directos. ............................................................................ 88

5.5.2. Beneficiarios Indirectos. ......................................................................... 88

5.6. Factibilidad. ................................................................................................ 89

5.6.1. Factibilidad interna.................................................................................. 89

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x

5.6.2. Factibilidad externa. ................................................................................ 89

5.7. Proyecto de Ley.......................................................................................... 90

BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................. 93

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xi

LISTA DE TABLAS

Tabla N° 1: Variable independiente. ..................................................................... 48

Tabla N° 2: Variable dependiente. ........................................................................ 48

Tabla N° 3: Población.POBLACIÓN ................................................................... 50

Tabla N° 4: Actividad número uno. ...................................................................... 57

Tabla N° 5: Encuesta realizada a la población. ..................................................... 60

Tabla N° 6: Conocimiento Derecho Ambiental .................................................... 61

Tabla N° 7: Conocimiento del COIP .................................................................... 63

Tabla N° 8: Falta de aplicación a las normas penales ........................................... 65

Tabla N° 9: Conoce personas especialistas en materia ambiental ........................ 67

Tabla N° 10: Conocimiento de gases afectan el medio ambiente ......................... 69

Tabla N° 11: Aguas de los ríos del D.M.Q. son contaminadas ............................. 71

Tabla N° 12: Capacitación a moradores en materia ambiental ............................. 73

Tabla N° 13: Si se implementa vigilancia en las orillas de los ríos ...................... 75

Tabla N°14: Implementación de cámaras de vigilancia en los ríos y evitar

contaminantes ........................................................................................................ 77

Tabla N° 15: Colocar en las orillas de los ríos, vallas de información con la

sanción pertinente.................................................................................................. 79

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xii

LISTA DE GRÁFICOS

Gráfico N° 1: Conocimiento Derecho Ambiental ................................................. 61

Gráfico N° 2: Conocimiento del COIP ................................................................. 63

Gráfico N° 3: Falta de aplicación a las normas penales ........................................ 65

Gráfico N° 4: Conoce personas especialistas en materia ambiental ..................... 67

Gráfico N° 5: Conocimiento de gases afectan el medio ambiente ........................ 69

Gráfico N° 6: Aguas de los ríos del D.M.Q. son contaminadas ........................... 71

Gráfico N° 7: Capacitación a moradores en materia ambiental ............................ 73

Gráfico N° 8: Si se implementa vigilancia en las orillas de los ríos ..................... 75

Gráfico N° 9: Implementación de cámaras de vigilancia en los ríos y evitar

contaminantes ........................................................................................................ 77

Gráfico N° 10: Colocar en las orillas de los ríos, vallas de información con la

sanción pertinente.................................................................................................. 79

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xiii

LISTA DE ANEXOS

Anexo N° 1: Modelo de Encuesta ......................................................................... 97

Anexo N° 2: Modelo de Entrevista ....................................................................... 98

Anexo N° 3: Ubicación Sectorial .......................................................................... 99

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xiv

TEMA: “La Contaminación Ambiental por basura y escombros, en el Río Monjas, de la

parroquia de Pomasqui, de esta ciudad de Quito, año 2016, vulnera los Derechos del Buen

Vivir consagrados en la Constitución de la República del Ecuador”.

Autor: Amparo del Rocío Benavides Velasco

Tutor: Msc. Dr. Diego Renato Galárraga Carvajal

RESUMEN

El desarrollo industrial y tecnológico, así como el crecimiento de la humanidad trajo

consigo beneficios muy importantes para la sobrevivencia de las personas, pero de la

misma manera se produjo gran contaminación ambiental, la cual afectada hasta la

actualidad a la naturaleza y a la salud de la población. Es por esta razón que el presente

trabajo investigativo va encaminado a disminuir en la medida de lo posible la

contaminación ambiental, especialmente la contaminación por basura y escombros en el

Río Monjas, ubicado en la parroquia de Pomasqui, de la ciudad de Quito, para aquello se

realizará charlas en los barrios cercanos a este Río, así como se entregaran trípticos de

información a los moradores de estos barrios para evitar sanciones por el irrespeto de los

derechos de la naturaleza y la desprotección del ambiente, forjando de esta manera una

cultura de auto conservación que trascienda más allá de los valores de cada uno de los

ciudadanos.

PALABRAS CLAVE: CONTAMINACIÓN AMBIENTAL / DERECHOS DE LA

NATURALEZA / DERECHO AMBIENTAL / BUEN VIVIR / RÍO MONJAS /

BASURA Y ESCOMBROS.

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xv

TITLE: “Environmental Contamination due to garbage and debris, in Monjas

River, Pomasqui parish, of this city of Quito, year 2016, infringes Rights to Good

Living provided in the Constitution of the Republic of Ecuador”.

Author: Amparo del Rocío Benavides Velasco

Tutor: Msc. Dr. Diego Renato Galárraga Carvajal

ABSTRACT:

Industrial and technologic development, as well as growing of mankind, brought

very relevant benefits for people survival, but a great environmental

contamination occurred at the same time, which affects the Nature and

population’s health. Hence, the current investigation work is intended to decrease

environmental contamination in the maximum extent, mostly contamination due

to garbage and debris in Monjas River, Crossing Pomasqui parish of Quito city.

Chats shall be needed in quarters close to such river, as well as informational

triptychs delivered to dwellers of such neighborhoods, in order to prevent being

sanctioned for disregarding Nature’s rights and not-protecting the environment, in

order to build a self-conservancy culture that goes beyond values of each of

citizens.

KEYWORDS: ENVIRONMENTAL CONTAMINATION / NATURE’S

RIGHTS / ENVIRONMENTAL RIGHTS / GOOD LIVING / MONJAS RIVER /

GARBAGE AND DEBRIS.

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1

INTRODUCCIÓN

El Distrito Metropolitano de Quito se encuentra afectado drásticamente por la

contaminación de sus ríos, principalmente el río Monjas de la parroquia de Pomasqui,

causando daño e inestabilidad en los habitantes de sus orillas. En estudios realizados por

expertos en aguas residuales, manifiestan que las aguas de los ríos de Quito son

perjudiciales y no se recomienda su uso para la agricultura debido a que el ochenta y uno

por ciento de estas está contaminada por aguas servidas del Distrito Metropolitano.

La contaminación de las riberas de ríos y quebradas ha sido constante en las últimas

décadas, debido principalmente a los desechos arrojados y a las aguas residuales que

desembocan de forma directa o indirecta en los ríos y quebradas, especialmente en el

Distrito Metropolitano de Quito, sector de Pomasqui y San Antonio de Pichincha.

Pese a los nuevos lineamientos en materia de Gestión Ambiental y a las múltiples

Ordenanzas creadas por el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito en pro del

bienestar del Ambiente, las consecuencias de la contaminación se ven reflejadas en el

entorno natural, por ejemplo el Río Monjas que se encuentra ubicado al noroccidente de

la ciudad de Quito, debido a la creación de nuevos barrios y urbanizaciones y por ende al

crecimiento de la población residente en ellos, se ha visto afectado, principalmente en su

vegetación y su entorno natural.

Por esta razón existen grandes riesgos de deslaves por culpa de la inestabilidad del suelo

y por el crecimiento del cauce de este río por culpa de las lluvias, así mismo por la

generación de basureros y escombros que convierten a este río en un foco infeccioso que

genera grandes problemas ambientales, de salubridad y que frenan el desarrollo

económico y estructural de los barrios que se encuentran en sus alrededores.

En consecuencia, resulta necesario el estudio del tema planteado para conocer a fondo

cuales son los elementos, características y factores que ocasionan la contaminación del

Río Monjas, así como también es necesario analizar de qué manera la contaminación de

este río afecta la fauna y flora adyacentes al mismo.

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2

CAPÍTULO I

1. Definición del problema

1.1. Antecedentes del Problema.

Desde la antigüedad las diferentes actividades que realizaban los seres humanos, han

tenido inherentes la contaminación ambiental, la cual se la tomó en cuenta recientemente

en el siglo XX, ya que se produjo un aumento total en la frecuencia de la contaminación,

lo que produjo graves daños al medio ambiente y a la salud de las personas.

En épocas pasadas para generar energía se utilizaba el carbón, el cual era muy importante

en la Revolución Industrial, la cual constituye la base fundamental para el desarrollo

tecnológico que disfruta el ser humano en la actualidad. Pero, así como fue un avance y

desarrollo considerable para la humanidad también trajo consigo gran contaminación y

degradación del ambiente, los cuales se agravaron después de la Segunda Guerra

Mundial, por culpa del aumento del consumo de energía y el uso de sustancias químicas

dañinas para el medio ambiente y el ecosistema.

Por esta razón se iniciaron varias mediciones de la contaminación, así en el año 1965 el

Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) recomienda al

Director de esta entidad que se realicen investigaciones sobre la contaminación del agua y

del aire. Es necesario establecer que los diferentes países no estaban conscientes de la

verdadera magnitud de la contaminación ambiental.

En la actualidad la contaminación ambiental se ha incrementado, por lo que es necesario

concientizar a las personas de lo importante que es cuidar el medio ambiente y la

naturaleza, en especial concientizar a los moradores de los barrios cercanos al Río

Monjas, para que no lo contaminen con basura y escombros, así como para informales

que si lo hacen serán acreedores a una sanción penal por irrespetar los derechos de la

naturaleza y a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

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3

1.2. Planteamiento, Descripción y Definición del Problema.

Es necesario recordar que la naturaleza es sujeta de derechos, lo que precisa que todas las

personas deben cuidar y conservar el ambiente, no es solamente tarea del Ministerio del

Ambiente, del Ministerio de Salud, de la Secretaría del Ambiente del Distrito

Metropolitano de Quito o de otras dependencias encaminadas a la protección o

conservación del Medio Ambiente, sino que es tarea de todos los ecuatorianos y

extranjeros residentes en el país cuidar y proteger la naturaleza y todos los componentes

que la integran.

…la humanidad es la especie más importante del planeta.: de todas las cosas del

mundo, los seres humanos son lo más valioso. Ellos son los que promueven el

progreso social, crean riqueza social, desarrollan la ciencia y la tecnología, con su

duro trabajo, transforman continuamente el medio humano, lo que permite entender

por qué el derecho ambiental tiene muy poco que ver con la protección de la

naturaleza.”. (Murcia, Octubre, 2012, pág. 7).

El avance de la civilización ha traído el progreso de los pueblos, pero lastimosamente la

contaminación a avanzado a pasos gigantescos destrozando todo lo que a su paso se

encuentre, en la ciudad de Quito, el rio Monjas es un ejemplo de destrucción ya que las

aguas que corren por sus cauces lastimosamente no pueden ser reutilizadas, a no ser que

se cuente con un gigantesco presupuesto para traer de los países desarrollados la

tecnología suficiente para tratar aguas servidas.

Nuestra Carta Magna en el artículo 14 manifiesta lo siguiente: “Se reconoce el derecho

de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado que garantice

la sostenibilidad y el buen vivir, sumak Kawsay”, al decir que se reconoce un derecho de

vivir en un ambiente sano, un bien que le pertenece a todos los habitantes del planeta y

por ende tenemos el derecho de disfrutarlo a plenitud pero también tenemos el deber de

cuidarlo y su contaminación haría imposible el ejercicio de cualquier otro derecho,

inclusive el derecho a la vida como lo consagra la Constitución. (Constitución, 2008)

El sumak kawsay, palabra del idioma quechua que significa buen vivir, que según la

cosmovisión indígena esta palabra encierra todos los componentes de vida para poder

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4

desarrollarse amablemente y en plenitud en la naturaleza en cualquier parte donde se

encuentre la persona.

Es un principio ancestral que debería ser utilizado por la población para poder controlar la

contaminación en nuestra naturaleza y por qué no a nuestro planeta, el mismo que

proporciona a sus habitantes los siguientes elementos: sin conocimiento o sabiduría no

hay vida (Tucu Yachay), todos venimos de la madre tierra (Pacha Mama), la vida es sana

(Hambi Kawsay), la vida es colectiva (Sumak Kamaña) y por ultimo todos tenemos un

ideal o un sueño (Hatun Muskuy).

La filosofía andina también es partícipe de estos principios al manifestar que la

reciprocidad como solidaridad ente los seres humanos debe incluir los mandamientos de

no ser ladrón, ni mentiroso, ni flojo.

La contaminación de nuestros ríos es un problema constante que perjudica el desarrollo

de los pueblos, tanto, así como los asentamientos que se encuentran alrededor de los ríos

de la ciudad de Quito, como lo describo en líneas anteriores su contaminación es el foco

de contaminación que daría origen a nuevos virus que afectarían hasta llevar a la muerte a

sus habitantes.

En la conferencia de la ONU llevada en Estocolmo de 1972, sobre el medio ambiente se

argumentó que todas las personas tienen derecho a la libertad y a la igualdad, disfrutando

de satisfactorias condiciones de vida en un ambiente sano cuyas cualidades le permita

vivir en dignidad y bienestar, en esta se impuso que se cree el programa de las Naciones

Unidas para el Medio Ambiente el mismo que se encontrara radicado en Nairobi (Kenia)

que servirá para fomentar el desarrollo sostenible y cuidar coordinadamente el medio

ambiente.

El problema de la contaminación de las riberas de ríos y quebradas ha sido constante en

las últimas décadas, debido principalmente a los desechos arrojados y a las aguas

residuales que desembocan de forma directa o indirecta en los ríos y quebradas,

especialmente en el Distrito Metropolitano de Quito.

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Los lineamientos en materia de Gestión Ambiental y Ordenanzas creadas por el

Municipio del Distrito Metropolitano de Quito en pro del bienestar del Medio Ambiente,

no son impedimento para que la contaminación prolifere por lo que se ve reflejada en el

entorno natural, tanto es así que el Río Monjas que se encuentra ubicado al noroccidente

de la ciudad de Quito, se encuentra totalmente contaminado.

Los asentamientos de nuevos barrios, urbanizaciones y por ende el crecimiento de la

población residente asentados en las riveras de estos ríos por donde fluyen las aguas

servidas del Distrito Metropolitano de Quito, sus habitantes viven en peligro constante, ya

que son afectados por deslaves que causan inestabilidad del suelo por el crecimiento de

del cauce de este rio sin dejar de lado el daño causado principalmente a la vegetación y su

entorno natural.

La población que sin tomar conciencia arroja todo tipo de basura y escombros que

convierten a este río en un foco infeccioso que genera grandes problemas ambientales de

salubridad generando problemas de salud frenando el desarrollo de sus habitantes.

Uno de esos recursos necesarios es el agua, concretamente el agua dulce. Debido a

su escasez, unida a la necesidad creciente en necesario establecer una nueva

Cultura del agua: proceder de maneras nuevas, dado que el uso que se ha hecho

hasta ahora de ella no es posible mantenerlo con las condiciones actuales. Hay que

intentar buscar de qué manera se puede consumir menos agua, en lugar de tratar

de conseguir más agua para consumir más. Cada vez que la población humana se

duplica, la necesidad de agua de la población se triplica. Un dato impactante: el

60% del agua dulce disponible en el planeta es usado por el ser humano. (Murcia,

Octubre, 2012, pág. 27).

Entonces se diría que las aguas que llevan los ríos son fuente de vida, pero en nuestro

caso las aguas que nos servimos la estamos simplemente desechando contaminando de

manera discriminada y de esta manera aportando para la destrucción de la vegetación y su

entorno con el peligro que desaparezca la flora y fauna de sus alrededores.

El Distrito Metropolitano de Quito, al no tener problemas de inundaciones usa y abusa del

consumo de agua también arrojar todo tipo de desperdicios a los cause de los ríos sin

tomar en cuenta que se afecta a las poblaciones de las partes más bajas de nuestra

geografía por el hecho de estar a más de tres mil metros del nivel del mar.

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Por tales exposiciones, resulta necesario el estudio del tema planteado para conocer a

fondo cuales son los elementos, características y factores que ocasionan la contaminación

del Río Monjas, así como también es necesario analizar de qué manera la contaminación

de este río afecta la fauna y flora.

1.3. Formulación del Problema.

¿Cómo incide la contaminación ambiental por basura y escombros, en el Río Monjas, de

la parroquia de Pomasqui, de esta ciudad de Quito, año 2016, en la vulneración de los

derechos del Buen Vivir consagrados en la Constitución de la República del Ecuador?

1.4. Preguntas Directrices.

¿Cuáles son los Derechos del Buen Vivir?

¿Los habitantes del Distrito Metropolitano de Quito, tendrán conocimiento de que

existen habitantes en las orillas de sus ríos?

¿Las fábricas del distrito Metropolitano de Quito, contaran con la suficiente

información que les permita contaminar en menos cantidad los ríos?

¿Las aguas del Rio Monjas servirán para la agricultura y la ganadería?

¿De qué manera la contaminación del Río Monjas, afecta a los moradores de los

barrios cercanos a este río?

¿Serán lo suficientemente drásticas las sanciones que se les impone a las personas

que contaminan el medio ambiente?

¿Existe una alternativa de solución al problema investigado?

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1.5. Objetivos Generales y Específicos.

1.5.1. Objetivo General.

Demostrar que existe la necesidad de informar urgentemente que el Rio Monjas

de la parroquia de Pomasqui, no es un basurero peor aún botadero de escombros.

1.5.2. Objetivos Específicos.

Demostrar que no existe un sistema de información en las orillas del Río Monjas

de la parroquia de Pomasqui y sus alrededores.

Organizar en la parroquia de Pomasqui seminarios para dar información sobre los

peligros originados por la contaminación de los Ríos del Distrito Metropolitano

de Quito.

Elaborar trípticos para dar mayor información a los habitantes del Río Monjas de

la parroquia de Pomasqui.

Colocar vallas informativas en las proximidades de los ríos que se encuentran en

el Distrito Metropolitano de Quito.

Solicitar al Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito, que ubique vigilancia

Metropolitana y de esta manera sancionar a las personas que contaminan.

Aplicar de manera enérgica las sanciones penales a las personas que atentan en

contra de la naturaleza en especial a los que contaminan el Río Monjas de la

parroquia de Pomasqui.

1.6. Justificación.

El presente trabajo de investigación, se asegura que en su totalidad es original, no es

copia de otros trabajos investigativos se toma algunos artículos de la Constitución de la

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República del Ecuador para sustentar lo que se investiga y se considera que el tema

planteado con el título “La contaminación ambiental por basura y escombros, en el Río

Monjas, de la parroquia de Pomasqui, de esta ciudad de Quito, año 2016, vulnera los

derechos del Buen Vivir consagrados en la Constitución de la República del Ecuador”

merece ser catalogado como importante e innovador, ya que en la actualidad la

Constitución es la ley máxima del Ecuador y por lo tanto debemos respetarla y de manera

especial aplicarle ante cualquier norma de carácter inferior.

Aplicada que sea la Constitución de la República del Ecuador, en su totalidad lograremos

que los derechos en especial de la naturaleza no sean vulnerados por las personas que

atentan contra la seguridad y conservación de la misma.

Los beneficios en especial serian para las familias que habitan en las cercanías del Río

Monjas de Pomasqui, y por qué no decir la sociedad entera ya que, al recuperar nuestros

ríos evitaremos contaminación y las aguas de estos ríos serian productivas para los

agricultores ya que son quienes proveen de alimentos a nuestra población.

De esta manera se aportará para que de una manera u otra los habitantes del Distrito

Metropolitano de Quito, concienticen sobre el daño que se está generando a la naturaleza,

para cumplir dicho objetivo se dará charlas a todos los habitantes del sector del Río

Monjas de Pomasqui, una vez que se haya capacitado, las personas aportaran con su

experiencia y serán quienes a la par contribuirán con sus conocimientos.

El impacto creado será el resultado obtenido por la creación de talleres, charlas, trípticos

y vallas informativas en las proximidades de los ríos, las que marcaran un logro más,

creado por el aporte de una estudiante de la Universidad Central del Ecuador, Facultad de

derecho, y de esta manera hacer prevalecer los derechos de la naturaleza consagrados en

los artículos 71, 72, 73, y 74 de la Constitución en el que manifiesta el respeto a la

naturaleza y la vida, a la restauración integral que tiene el Estado y las personas de

indemnizar a las persona que sean afectadas, así también el Estado restringe las

actividades que permitan la extinción y destrucción del ecosistema y por último el Estado

garantiza a las personas a gozar de un ambiente sano que permita el buen vivir o Sumak

Kawsay.

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Durante el desarrollo de este proyecto se trabajará con algunos métodos y técnicas de

investigación que servirán como herramientas de apoyo los cuales considero apropiados,

que me permitirán analizar y obtener resultados favorables en esta investigación.

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CAPÍTULO II

2. Marco Referencial.

2.1. Marco Teórico.

TÍTULO I

DERECHO AMBIENTAL.

Derecho.

El diccionario jurídico de Guillermo Cabanellas manifiesta lo siguiente:

Del latín directus, directo; de dirigere, enderezar o alinear. La complejidad de esta

palabra, aplicable en todas las esferas de la vida, y la singularidad de construir la

fundamental en esta obra y en todo el mundo jurídico (positivo, jurídico y

doctrinal), aconsejan, más que nunca proceder con orden y detalle. (Cabanellas,

1993, pág. 119)

Como podemos apreciar el autor no realiza una conceptualización de manera referente al

derecho ambiental, pero establece que el derecho se refiere a realizar todas las actividades

cotidianas siempre enmarcadas dentro de la ley.

Medio Ambiente.

Es el conjunto de componentes físicos, y químicos de personas o de la sociedad en

su conjunto. Comprende el conjunto de valores naturales, sociales y culturales

existentes en un lugar y en un momento determinado, que influyen en la vida del

ser humano y en las generaciones futuras. Es decir, no se trata solo del espacio en

el que se desarrolla la vida, sino que también comprende seres vivos, objetos, agua,

suelo, aire y las relaciones entre ellos, así como elementos tan intangibles como la

cultura. (Wikipedia , 2016).

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Para tener referencia de lo que se va a tratar en este proyecto claramente queda

establecido con la cita anterior, donde se precisa que el medio ambiente es el entorno que

nos rodea y al cual debemos cuidar.

Derecho Ambiental.

Existen muchas definiciones de Derecho Ambiental, pero principalmente se toma lo que

manifiesta el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador, que

textualmente manifiesta lo siguiente:

Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y

ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak

kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación

de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del

país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales

degradados. (Constitución, 2008, pág. 7)

Es clara la disposición de la Carta Magna, al establecer para los ciudadanos el derecho a

vivir en un ambiente sano en el que se pueda realizar actividades para el desarrollo

productivo de la sociedad.

Los derechos de la naturaleza y la actividad realizada por las personas quienes son las

únicas que se aprovechan de los recursos naturales y que evidentemente son los autores

de la sobreexplotación de la misma causando el deterioro de la calidad ambiental y de

hecho la calidad de vida del ser humano.

Es así que el estudio para la defensa y protección de los derechos de la naturaleza y el

ambiente a llamado la atención de todos los habitantes de la tierra en especial de los

grupos que como objetivo tienen la conservación de la tierra, quienes de manera especial

fueron tomados en cuenta por la Constitución de la República del Ecuador del 2008 y

para tal efecto concede expresamente derechos para la naturaleza apoyando la defensa de

la naturaleza por sanciones penales integradas en el Código Integral Penal.

Al respecto el autor Pérez E, manifiesta que Derecho Ambiental es:

El conjunto de doctrinas, normas, instituciones y principios jurídicos que ordenan

los procedimientos y las actividades del Estado y los particulares en el control de la

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contaminación, la conservación y aprovechamiento sustentable de la biodiversidad,

así como la implementación del desarrollo sustentable” (Pérez, 2008).

La apreciación del autor va un poco más allá al dirigir su conceptualización al cuidado y

protección de la biodiversidad es decir el cuidado de la flora y la fauna ya que la

naturaleza requiere silenciosamente que se la cobije de derechos mas no de obligaciones.

El autor Raúl Brañez quien es citado por Echeverría y Suarez manifiesta lo siguiente de

derecho ambiental.

Es el conjunto de normas jurídicas que regulan las conductas humanas que pueden

influir de una manera relevante en los procesos de interacción, que tienen lugar

entre los sistemas de los organismos vivos, y sus sistemas de ambiente, mediante la

generación de efectos de los que se espera una modificación significativa de las

condiciones de existencia de dichos organismos”. En consecuencia, el derecho

ambiental se encarga de regular las actividades humanas que influyen y tienen

impactos sobre la naturaleza. Por esta razón es necesario establecer prohibiciones y

limitaciones a las actividades con el fin de que no se afecte a la naturaleza,

principalmente por procesos de contaminación o de aprovechamiento desmesurado

de los recursos naturales. (Echeverría, 2011)

Por esta conceptualización, es preciso citar lo que manifiesta textualmente el articulo 71

primer inciso, “La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene

derecho a que se respete íntegramente su existencia y el mantenimiento y regeneración de

sus ciclos vitales estructura, funciones y procesos evolutivos.”. (Constitución, 2008, pág.

17)

Con estos conceptos se abre una definición propia por lo cual se diría que Derecho

Ambiental es aquel que abarca todas las legislaciones, regulaciones y controles y que

tiene como objetivo único la conservación y preservación del ambiente por lo que debería

ser considerada como la casa grande donde el ser humano puede llevar acabo su

existencia.

Por esta conceptualización toda persona, comunidad pueblos indígenas, afros, mestizos,

montubios la población en general podrá exigir a las autoridades de turno el

cumplimiento del derecho de la naturaleza consagrados, así también para la aplicación de

estos se deberá cumplir con los principios que procedan, establecidos en la Constitución.

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Objetivos del derecho Ambiental.

El objetivo primordial es la protección a la naturaleza por medio de instrumentos

jurídicos que nos permitan sancionar y aplicar a las personas naturales y jurídicas que de

una u otra manera atenten contra la seguridad del ambiente.

Por esta razón el artículo 72 de nuestra Constitución manifiesta que:

La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente

de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de

Indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales

afectados. En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los

ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado

establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará

las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales

nocivas. (Constitución, 2008, pág. 17)

Para fortalecer la defensa a nuestro ambiente, en el Distrito Metropolitano de Quito,

existe la Ordenanza N° 0213, que debería ser aplicada rigurosamente a las personas que

creen que nuestros Ríos son botaderos de basura o escombros y que no les importa el

impacto que se ocasiona.

El efecto invernadero es el más perjudicial que en la actualidad se presenta, causando

daños irreparables para los habitantes de la tierra y más perjudicial aun para nuestra

naturaleza, provocando graves catástrofes en las poblaciones más vulnerables del mundo.

Para que no se vulnere el derecho de cuidado que tienen nuestros ríos se aplicara el

articulo II.357.2 de la Ordenanza N° 0213 que textualmente manifiesta lo siguiente: “4.

CONTRAVENCIONES DE CUARTA CLASE Y SUS SANCIONES. – será reprimido con la

multa de 1.5 RBUM dólares americanos, quienes cometan las siguientes contravenciones:

a) Arrojar escombros, materiales de construcción, basura y desechos en general a la red

de alcantarillas, quebradas y cauces de ríos.”. (Ordenanza, 2007, pág. 19).

A más de sancionar económicamente prevista a las personas que cometen este tipo de

contravención el Código Orgánico Integral Penal, sanciona penalmente el delito causado

a nuestra naturaleza de la siguiente manera.

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En primer lugar, la contaminación de las aguas de nuestros ríos se sancionará de la

siguiente manera:

…La persona que, contraviniendo la normativa vigente, contamine, deseque o

altere los cuerpos de agua, vertientes, fuentes, caudales ecológicos, aguas naturales

afloradas o subterráneas de las cuencas hidrográficas y en general los recursos

hidrobiológicos o realice descargas en el mar provocando daños graves, será

sancionada con una pena privativa de libertad de tres a cinco años. (COIP, 2014,

pág. 39)

Las autoridades competentes tienen en sus manos el poder de sancionar y castigar a estas

personas que pasan por encima de la ley, contaminando la naturaleza y hasta el momento

no se encuentran procesos en los que se castigue como manifiesta el mencionado artículo,

esto se debe por la falta de información que existe en las cercanías de nuestros ríos.

La contaminación de los ríos aledaños al Distrito Metropolitano de Quito, trae como

consecuencia la erosión de la tierra, debido a que las aguas que traen estos ríos son

sumamente contaminantes, es decir, no se las puede utilizar en la labor de la agricultura.

En segundo lugar, el daño y erosión de la tierra es sancionado de la siguiente manera, ya

que es el resultado de la contaminación de los ríos.

…La persona que, contraviniendo la normativa vigente, en relación con los planes

de ordenamiento territorial y ambiental, cambie el uso del suelo forestal o el suelo

destinado al mantenimiento y conservación de ecosistemas nativos y sus funciones

ecológicas, afecte o dañe su capa fértil, cause erosión o desertificación, provocando

daños graves, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

(COIP, 2014, pág. 39).

El Derecho Ambiental defiende la conservación de la vida, la diversidad biológica y la

materia impactada por la contaminación al ambiente, está en el hombre crear conciencia y

de esta manera trabajar en conjunto para frenar en algo el impacto causado a la

naturaleza. En consecuencia, se puede apreciar que existe falta de información en las

cercanías de los ríos aledaños a nuestra ciudad.

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Características del Derecho Ambiental.

El Derecho Ambiental a más de ser creado para defender la naturaleza es un derecho

social y no un derecho individual como se podría confundir, pasa de lo individual a lo

netamente patrimonial es decir es un derecho colectivo, este derecho protege a las

comunidades y poblaciones no solo a sus habitantes sino a todo ser vivo que se encuentra

en la tierra su ecosistema y componentes ya que es la base de la vida.

Carácter Interdisciplinario.

Es un derecho nuevo implementado en la Constitución del 2008, que, con el paso del

tiempo, ha evidenciado su validez, fundamentos y principios hasta fortalecerse como una

disciplina autónoma, sin embargo, su autonomía no excluye a las demás normas más bien

conlleva estrecha relación para fortalecer su aplicación, así como con el derecho penal,

laboral, civil etc.

La primera de éstas características resulta de la naturaleza interdisciplinaria de todo

lo que ocurre al medio ambiente. El Derecho, requiere en este caso, para establecer

las necesarias medidas de protección, las indicaciones y la asistencia de otras

disciplinas que estudian los aspectos físicos, químicos y biológicos del medio

ambiente y que describen los deterioros de la biosfera, los evalúan y proponen

soluciones que el legislador debe traducir al lenguaje jurídico teniendo en cuenta,

igualmente los datos que economistas y sociólogos pueden aportar. Esta

característica ratifica el carácter interdisciplinario del derecho ambiental que se

nutre de los principios de otras ramas del derecho. (Ambiental, 2016, pág. 1).

Carácter Dinámico.

Dinámico por el hecho de encontrarse en constante evolución de la ciencia y tecnología

ya que las puestas en práctica de estas tienden a desarrollar efectos contaminantes para el

planeta, es por esta razón que se compromete a los legisladores a adecuar la legislación

para frenar la contaminación con el fin de contrarrestar los efectos negativos.

Cabe decir también que el desarrollo del mundo depende de la ciencia y tecnología que

mucho bien le hace para la superación de sus habitantes de esta manera se puede

demostrar el dinamismo en el cual tiene un papel predominante el Derecho Ambiental.

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Carácter Normativo.

Normativa porque se acompaña de una gran cantidad de instrumentos jurídicos como la

Constitución, Convenios y Tratados Internacionales, Recomendaciones, Declaraciones y

Resoluciones, que como resultado tienden a crear una fuerte protección y seguridad

jurídica.

…la evolución de las normas ambientales ha seguido diversas etapas. La primera,

comprende los preceptos orientados en función de los usos de un recurso (riego,

agua potable, navegación, etc.). La segunda, más evolucionada, encuadra la

legislación en función de cada categoría o especie de recurso natural, coordinando

los distintos usos (aguas, minerales, forestales, etc.). La tercera, orienta la

normativa hacia el conjunto de los recursos naturales. Finalmente, la cuarta etapa

toma en consideración el entorno como conjunto global y atiende a los

ecosistemas. Esta última comprende las normas ambientales en sentido estricto.

Estas etapas de la evolución legislativa, aunque sucesivas, no se excluyen unas a

otras. (Menéndez, 2000 )

Carácter Preventivo.

El objetivo del derecho Ambiental principalmente es preventivo ya que conlleva a la

prevención y cuidado del ambiente, es una característica que traspasa las fronteras ya que

es de trascendental importancia.

La legislación nacional refleja este principio, ya que sus normas van dirigidas a adoptar

una serie de reservas que deben aplicarse cuando se trata de iniciar actividades como

requisito indispensable para que procedan las autorizaciones ambientales, como permisos,

licencias, concesiones, entre otros. Es deber del Estado intervenir para su correcto

funcionamiento.

Etapas del derecho Ambiental.

Durante mucho tiempo atrás El Derecho Ambiental ya se fue desarrollando a través de

etapas que cambiarían el modo de ver y tener respeto a la naturaleza.

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Primera Etapa.

En esta primera etapa del Derecho Ambiental se desarrolla con los primeros Instrumentos

Internacionales, que se originó en el fin de la segunda guerra mundial es aquí donde surge

la idea de crear un primer acuerdo para la conservación, la esencia de esta primera etapa

fue formar acuerdos entre distintos países entre los cuales se destacan:

La convención africana para la preservación de animales, aves y peces de la vida silvestre

la misma que fue impulsada por los gobiernos europeos con las colonias territoriales del

África con el propósito de contrarrestar los efectos de la cacería deportiva.

Una de los principales objetivos fue la iniciativa de conservar el Parque Nacional

Serengueti, el mismo que fue creado por las autoridades coloniales británicas, llego a ser

conocido a nivel mundial gracias al aporte del Científico Bernhard Grzimek, miembro de

una exploración de científicos europeos que trataban de preservar la fauna africana en vez

de destruirla.

El primer Tratado Ballenero Internacional, tratado que fue suscrito en el año 1946, fue

necesaria la creación ya que la casa oscilaba entre siete mil a ocho mil al año tasa que fue

peligrosa que de hecho causó la extinción de algunos ejemplares reduciendo estos a

treinta especies de ballenas en todo el planeta.

El propósito de este tratado fue proteger todas las especies de ballenas que existieran en el

planeta y proteger la sobreexplotación y salvaguardar la extinción de las especies

marítimas.

Segunda Etapa.

Esta etapa comprende a partir del final de la segunda guerra mundial hasta la Conferencia

de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Medio Ambiente realizado en Estocolmo

en el año 1972, en esta etapa se inicia la constitución de algunos tratados y convenios

entre las más importantes en relación a la conservación de la naturaleza se encuentran, la

firma de la primera convención global moderna de la naturaleza y la reunión de

Estocolmo.

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En la conferencia de Estocolmo de 1972 por primera vez a nivel mundial se manifiesta la

preocupación mundial por la problemática ambiental y fruto de esta nace la Declaración

de Estocolmo.

Esta declaración fue aprobada durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre

Medio Ambiente Humano que por primera vez se introdujo en la agenda política

internacional por el hecho de tener un crecimiento económico sumamente gigantesco por

el cual se estaba utilizando los recursos naturales de manera indiscriminada.

El mayor logro de esta conferencia fue tener la aceptación de una nueva visión ecológica

para la conservación del planeta en la que se reconoció al hombre como el mayor artífice

de todo lo que lo rodea gracias a la aceleración de la ciencia y tecnología considerando

que, la naturaleza y la ciencia artificial son esenciales para su bienestar, se constata el

desarrollo del hombre en muchas regiones del mundo en el que está causando niveles

peligrosos de contaminación del agua, el aire, la tierra y seres vivos, graves daños a la

biosfera, destrucción y reducción de los recursos naturales, así también las emisiones

nocivas que causan graves enfermedades a la salud física y psicológica del hombre

principalmente en el medio que se desarrolla es decir su trabajo.

Tercera Etapa

Luego de la conferencia de Estocolmo la Asamblea Nacional de las Naciones Unidas,

aprueba una serie de resoluciones referentes al medio ambiente el 19 de septiembre de

1972, en esta etapa se crea organizaciones gubernamentales y no gubernamentales

destinadas a tratar temas de naturaleza y prevención, así también comienza a modificarse

el derecho interno de los Estados vinculados a las políticas ambientales.

De esta manera nace la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza siendo

sus siglas UICN, la misma que es considerada como la Organización Ambiental más

grande y con gran trascendencia en el mundo, esta contribuye a encontrar soluciones a los

principales desafíos ambientales que el planeta enfrenta.

Así también tenemos el Fondo Mundial para la Vida Silvestre WWF siglas en ingles que

significa World Wildlife Fund, creada en 1986, es una de las organizaciones de

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conservación más respetadas y más grandes del mundo, registrada bajo la legislación

suiza, presente en los cinco continentes.

GREENPEACE, siglas que quiere decir Verde Paz, esta ONG ambientalista se fundó en

1971 en Vancouver Canadá, y su principal objetivo es proteger y defender el medio

ambiente encargada de intervenir en cualquier parte del planeta cuando se cometen

atentados contra ella.

Cuarta Etapa.

La cuarta etapa del Derecho Ambiental comprende la conferencia realizada por las

Naciones Unidas esta vez realizada en Brasil Río de Janeiro 1992 su origen se puede

encontrar en el informe Brundtland, se creó un comité abierto para todos los estados

integrantes miembros de la ONU, es decir se incluyó a todos los estados del mundo estas

reuniones duraron tres años las mayores negociaciones se dieron fuera de las reuniones.

Quinta Etapa.

Esta se desarrolla en la cumbre Mundial sobre desarrollo sostenible la misma que se

desarrolló en Johannes Burgo el 28 de abril del 2002 el objetivo de esta cumbre fue llegar

a un acuerdo en el que se siga practicando el desarrollo sostenible del planeta.

En esta conferencia se acordó una serie de objetivos para llevar a cabo la práctica del

desarrollo sostenible, al fin de la conferencia se aprobó un plan de acción y una

declaración netamente política entre los jefes de Estado.

Esta cumbre concluyó con el compromiso de los Estados miembros den el que

manifiestan, que, el continente africano, cuna de la humanidad, prometen a los pueblos

del mundo y a las generaciones que heredaran esta tierra, que mientras existan en la tierra

aseguran a la colectividad un desarrollo sostenible y este sea alcanzado.

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Relación del Derecho Ambiental con el Derecho Penal.

El Derecho Ambiental al tener estrecha relación con muchas normativas, tiene una

singular relación con el Derecho Penal ya que la Constitución de la República del

Ecuador a si lo manda y por tal razón está en la obligatoriedad de cumplir y hacer cumplir

las normas.

Se debe tomar en cuenta que el ambiente es el patrimonio común de la humanidad, el

Estado y su habitante deben participar en la preservación ya que este es de utilidad

pública y de interés social, el manejo y la preservación de los recursos que nos brinda la

naturaleza se los debe renovar constantemente, pero si esta regla no se la cumpliera las

autoridades deberán aplicar con rigurosidad la ley penal.

La Constitución de la República del Ecuador en el Capítulo séptimo manifiesta lo

siguiente:

Art. 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene

derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y

regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.

Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad

pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar

estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo

que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los

colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los

elementos que forman un ecosistema. (Constitución, 2008, pág. 17).

Entonces como se puede apreciar, “Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad

podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza”, la

normativa manda que se proteja los derechos consagrados a la naturaleza y para tal

mandato se aplicará el Código Orgánico Integral Penal, por lo tanto, su relación es muy

estrecha y se aplicara de la siguiente manera:

Art. 256.- … La Autoridad Ambiental Nacional determinará para cada delito

contra el ambiente y la naturaleza las definiciones técnicas y alcances de daño

grave. Así también establecerá las normas relacionadas con el derecho de

restauración, la identificación, ecosistemas frágiles y las listas de las especies de

flora y fauna silvestres de especies amenazadas, en peligro de extinción y

migratorias. (COIP, 2014, pág. 40)

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Como podemos observar tanto la Constitución y la normativa penal, se encuentran

ligados ya que el primero manda y el segundo ejecuta, entonces se podría decir que

dentro de sus principios rectores se encuentra la política social y económica la misma que

considera al ambiente como el objeto del derecho para que el colectivo disfrute y

conserve este, por otro lado al tener que aplicar la ley que castiga a las personas que

contaminan la naturaleza se impone el poder público el mismo que tiene el deber de velar

por la ejecución de la misma, esta regulación penal nace de la idea de que la protección

de los bienes creados por el hombre son sustituibles mientras que los creados por la

naturaleza no son renovables por lo cual exige su reparación integra, “Las sanciones

previstas en este capítulo, se aplicarán concomitantemente con la obligación de

restaurar integralmente los ecosistemas y la obligación de compensar, reparar e

indemnizar a las personas y comunidades afectadas por los daños.” Artículo 257. (COIP,

2014)

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TÍTULO II

La naturaleza.

Definición de Naturaleza.

La naturaleza es todo lo que nos rodea y está creada de forma natural en el planeta,

“esencia y propiedad característica de cada ser. Conjunto de los seres vivos que

componen el universo. Especie, genero clase.”. (Muñoz, 1999)

El vocablo naturaleza proviene del latín natura que quiere decir natural, como lo

manifiesto la naturaleza es todo lo que esta creado de manera natural en el planeta y se

relaciona con diferentes clases de seres vivos, animales y todas las especies de plantas, no

debemos dejar de lado el clima y algunos fenómenos que son parte fundamental para la

evolución de la tierra.

Considerando que todos los seres vivos somos parte de la naturaleza, también debemos

tomar en cuenta que la galaxia, los planetas, el sol la luna y todo lo que se encuentra fuera

de nuestro planeta, también es parte de la naturaleza, que viene a ser parte fundamental en

los cambios que ha venido sufriendo de forma natural nuestro planeta.

La Naturaleza como Sujeto de Derechos.

La naturaleza bondadosa ha servido como capital para todas las personas que la han

sabido utilizar como materia prima esta afirmación la realizo porque personas extranjeras

utilizan nuestra naturaleza para poder hacer riqueza, es así el caso de las petroleras

Chevron y Texaco dejando gran destrucción a nivel nacional como a nivel mundial, de

igual manera científicos utilizan las plantas de nuestro territorio crean medicinas y

descaradamente las patentan.

Al respecto la Constitución, manifiesta que la naturaleza tiene derecho a volver a su

estado de origen es decir a ser restaurada en su totalidad y para esto textualmente

manifiesta:

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Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será

independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o

jurídicas de Indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas

naturales afectados. En los casos de impacto ambiental grave o permanente,

incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no

renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la

restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las

consecuencias ambientales nocivas. (Constitución, 2008)

Estos derechos consagrados en la Constitución, responden a una nueva visión en el

contorno de la vida, surge de una necesidad social, cultural y religiosa distinta a la

relación humana con la naturaleza es decir tiene un sentido comunitario y sagrado pero no

en el sentido religioso como en la cultura occidental, más bien va más allá es decir el

respeto a la madre tierra como un ente sagrado, que es digno de nuestro respeto, de tal

manera que, estamos en la obligación de velar por su conservación como lo manifiesta el

siguiente artículo:

Art. 73.- EI Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las

actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de

ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales. Se prohíbe la

introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de

manera definitiva el patrimonio genético nacional. (Constitución, 2008)

La contaminación generada a nivel mundial ha permitido que desaparezcan especies que

al parecer no podrían ser indispensables en el entorno natural, pero como nos hemos

podido dar cuenta cada día nace un nuevo virus que al decir si estuviera la criatura que

impedía su reproducción este no existiera.

Se debe crear conciencia en la población que contamina a la naturaleza para que nuevas

bacterias que atacan nuestro ecosistema no destruyan principalmente a los nativos que

habitan sus bosques por tal motivo nuestra Carta Magna consagra lo siguiente:

Art. 74.- Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a

beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir.

Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción,

prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado. (Constitución,

2008).

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Los derechos de la naturaleza como podemos observar están contemplados en los

artículos 71 al 74 y estos deben cumplirse como Estado garantista de derechos.

Desde el punto de vista del derecho romano, “los recursos dela tierra, el agua los

yacimientos minerales, la flora, la fauna, los recursos panorámicos y el ambiente en si

son, en términos generales, “res communi” es decir cosas de la comunidad”. (Peronista,

2016).

Historia de los Derechos de la Naturaleza.

Como lo había manifestado en líneas anteriores los derechos de la naturaleza nacen en las

diversas conferencias, principalmente nace a partir del término de la segunda guerra

mundial, al observar la magnitud de destrucción que causa el ser humano con la

tecnología puesta en sus manos.

Al final de la segunda guerra mundial la ONU realiza una inspección a nivel del conflicto

en el que emite un angustioso informe en que se destaca el impacto causado al medio

ambiente en especial a la naturaleza es decir el lugar, el campo de batalla que fueron

escenarios y testigos mudos de innumerables masacres, donde la tierra había erosionado,

los ríos y el aire se encontraban contaminados de sustancias radioactivas que aunque se

había terminado la guerra seguía matando silenciosamente a los habitantes de sus

alrededores, se había devastado a la naturaleza.

Nuestro país ha sufrido a lo largo de la historia graves devastaciones, así por ejemplo

tenemos el caso Texaco, que por más de un cuarto de siglo derramo en nuestra Amazonia

virgen más de diez y ocho mil galones de crudo, contaminando los ríos, flora, fauna y

personas, todo esto por un supuesto proyecto de beneficencia, esta empresa nacida en

Texas celebro alianza con la Estándar Oil de propiedad del gran magnate petrolero

Rockefeller que a la larga paso a ser la famosa Chevron quien gano una demanda

millonaria al Estado ecuatoriano.

Se debe tener en cuenta la iniciativa de este gobierno al implementar derechos para la

conservación de la naturaleza consagrados en la Constitución del 2008, que para tal

efecto manifiesta el artículo 1 “Los recursos naturales no renovables del territorio del

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Estado pertenecen a su patrimonio inalienable, irrenunciable e imprescriptible.”

(Constitución, 2008).

Es necesario recordar que la naturaleza es sujeta de derechos, lo que precisa que todas las

personas deben cuidar y conservar el ambiente, no es solamente tarea del Ministerio del

Ambiente, del Ministerio de Salud, de la Secretaría del Ambiente del Distrito

Metropolitano de Quito o de otras dependencias encaminadas a la protección o

conservación del Ambiente, sino que es tarea de todos los ecuatorianos y extranjeros

residentes en el país cuidar y proteger la naturaleza y todos los componentes que la

integran.

El mundo ha experimentado de cerca los efectos del cambio climático, y por lo tanto sus

propuestas no recibieron una acogida tan amplia, sin embargo, sin hacerlo formalmente,

los pueblos indígenas, especialmente quienes habitan en el Ecuador, quienes tienen una

estrecha relación con la naturaleza, plantean como una forma cultural de vida, la

protección del bosque, del agua, la defensa y respeto de la naturaleza como un alguien y

no como un recurso, un algo a ser explotado.

Por lo tanto, considerando que esta nueva Constitución planteaba un cambio profundo

para el país, un cambio de modelo de desarrollo ya no basado en la explotación

indiscriminada de los recursos naturales sino en una relación armónica con la naturaleza,

se desarrolla un nuevo proyecto basado en el buen vivir y en mejorar la idea de reconocer

derechos a la naturaleza.

Tomando en cuenta que el Ecuador es uno de los países más biodiversos del mundo, sus

ecosistemas únicos como sus páramos, selva amazónica, ecosistemas marinos,

archipiélago de Galápagos, entre otros, hacen del Ecuador un país propicio para empezar

un proceso serio de protección del ambiente, tomando en cuenta que somos un país muy

vulnerable al cambio climático.

La naturaleza ecuatoriana ha sufrido mucho por la degradación ambiental, consecuencia

de la explotación de recursos naturales, especialmente del petróleo, es por eso que como

país nos destacamos por liderar el juicio ambiental más importante contra una gran

corporación, el caso Chevron.

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Es por todas esas razones y por la voluntad de sus soberanos nuestra Constitución incluye

valores reflejados en la visión indígena que se pensó principalmente en el reconocimiento

de los derechos de la naturaleza.

Quienes pueden exigir los Derechos de la Naturaleza.

Todas las personas que habitan el planeta, están en el deber de exigir que se respeten los

derechos de la naturaleza en especial las comunidades indígenas ya que como he dicho en

líneas anteriores, para estas personas es una persona más a quien se le debe respeto

sagrado.

La Constitución de la República del Ecuador al respeto manifiesta lo siguiente:

Art. 1.- El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social,

democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico.

Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada. La

soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se

ejerce a través de los órganos del poder público y de las formas de participación

directa previstas en la Constitución. Los recursos naturales no renovables del

territorio del Estado pertenecen a su patrimonio inalienable, irrenunciable e

imprescriptible. (Constitución, 2008)

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TÍTULO III

Contaminación.

Definición de Contaminación.

Guillermo Cabanellas, define a la contaminación de la siguiente manera:

Contagio. Corrupción. Perversión. Según la gravedad. Las diversas

contaminaciones pueden constituir delito o fala de falsedad, de corrupción de

menores, de escándalo público o de volver nocivas las aguas destinadas al consumo

de las personas. En otro enfoque higiénico, al finalizar el siglo XX se ha

emprendido por doquiera la lucha contra la contaminación atmosférica.

(Cabanellas, 1993)

Como manifiesta el autor la contaminación de las aguas para consumo humano pueden

ser causa para una sanción penal por el hecho de constituirse en delito.

De otra manera el concepto de contaminación, el diccionario Ilustrado Océano Uno

manifiesta lo siguiente:

“…Acción y efecto de contaminar o contaminarse. Inclusión en el medio ambiente o en

los animales, de microorganismos o sustancias nocivas que alteran el equilibrio ecológico

de, provocando trastornos en el medio físico y en los organismos vivos o del hombre.”

(Océano, 1990).

En la página web el significado de contaminación manifiesta lo siguiente:

La contaminación es la introducción de sustancias en un medio que provocan que

este sea inseguro o no apto para su uso.1 El medio puede ser un ecosistema, un

medio físico o un ser vivo. El contaminante puede ser una sustancia química,

energía (como sonido, calor, luz o radiactividad). Es siempre una alteración

negativa del estado natural del medio, y por lo general, se genera como

consecuencia de la actividad humana considerándose una forma de impacto

ambiental. (Wikipedia, 2016)

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Entonces la contaminación queda claramente explicada ya que se ha citado algunos

autores y con la ayuda de la tecnología se puede apreciar un concepto más amplio, pero

también se podría decir que, la contaminación es un acto que causado por un agente

humano en contra de la naturaleza con la intención de causar daño y que de este resultara

daños irreparables, el causante deberá recibir la máxima pena consagrada en los

instrumentos de justicia de cada país, en el caso de nuestro país la máxima pena es de

cinco años.

Tipos de Contaminación.

Para contaminar la naturaleza existen muchas maneras de contaminarla, pero para

descontaminar y volver a su estado original no las hay, así que se toma los principales

tipos de contaminación en contra de la naturaleza.

Contaminación del Agua.

La contaminación del agua es la que esta generalmente provocada por la mano del

hombre que la transforma a un estado peligroso para su consumo y a su vez para el

desarrollo de las especies que dependen de ella, por ejemplo: las aguas que contaminan

los ríos no son buenas para la agricultura ya que los productos que se generaran y se los

consumieran pondría en riesgo la salud de las personas.

Así también la contaminación producida principalmente en los ríos de una manera lenta

llega a los mares y manglares provocando que especies vulnerables desaparezcan y broten

infecciones incontrolables perjudiciales para el desarrollo de las personas, el artículo 251

del Código Orgánico Integral Penal, sanciona a quienes contaminan el agua de la

siguiente manera:

…La persona que, contraviniendo la normativa vigente, contamine, deseque o

altere los cuerpos de agua, vertientes, fuentes, caudales ecológicos, aguas naturales

afloradas o subterráneas de las cuencas hidrográficas y en general los recursos

hidrobiológicos o realice descargas en el mar provocando daños graves, será

sancionada con una pena privativa de libertad de tres a cinco años. Se impondrá el

máximo de la pena si la infracción es perpetrada en un espacio del Sistema

Nacional de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o

con métodos, instrumentos o medios que resulten en daños extensos y

permanentes. (COIP, 2014)

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Contaminación del Suelo.

La contaminación del suelo es una degradación de la calidad del suelo provocada por la

falta o ausencia de minerales nutritivos que lo mantienen con vida útil, la introducción de

elementos químicos como el derrame de petróleo, las filtraciones del agua de alcantarilla,

las aguas de las minas que se encuentran contaminadas de mercurio un elemento químico

que es catalogado como metal pesado, pesticidas y otros agentes que erosionan la tierra

debilitando el suelo causando graves catástrofes, en relación a la contaminación del suelo

el Código Orgánico Integral Penal sanciona de la siguiente manera:

…en relación con los planes de ordenamiento territorial y ambiental, cambie el uso

del suelo forestal o el suelo destinado al mantenimiento y conservación de

ecosistemas nativos y sus funciones ecológicas, afecte o dañe su capa fértil, cause

erosión o desertificación, provocando daños graves, será sancionada con pena

privativa de libertad de tres a cinco años. Se impondrá el máximo de la pena si la

infracción es perpetrada en un espacio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o

si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o

medios que resulten en daños extensos y permanentes. (COIP, 2014)

Contaminación del Aire.

También denominada contaminación atmosférica producida por la presencia de agentes

nocivos que implican un daño grave a las personas, animales y cosas que su contacto

podría producir la reducción de la visibilidad, deterioro de metales y olores

desagradables.

Los mayores contaminantes en la actualidad son las fábricas, el parque automotor por el

uso de combustibles que generan energía y emiten al aire plomo, monóxido de carbono,

óxido de azufre y óxido de nitrógeno que son perjudiciales para la salud.

Es muy importante saber que los contaminantes anteriormente mencionados, aunque se

encuentren en el aire regresan a la superficie de la tierra de forma peligrosa de forma

húmeda o seca impactando de manera directa a las personas, animales acuáticos y

terrestres, cosechas, bosques y ecosistema en general y para proteger este recurso no

renovable el Código Orgánico Integral Penal sanciona así:

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…contraviniendo la normativa vigente o por no adoptar las medidas exigidas en las

normas, contamine el aire, la atmósfera o demás componentes del espacio aéreo en

niveles tales que resulten daños graves a los recursos naturales, biodiversidad y

salud humana, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

(COIP, 2014)

Contaminación Radiactiva.

Esta contaminación ataca directamente a los tres elementos defendidos, agua, suelo y aire,

producida por el uso de sustancias radiactivas de origen natural o artificial estas derivadas

de la energía nuclear generadas por las centrales termonucleares, se puede contaminar

cuando el material radiactivo hace contacto con los alimentos contaminando

silenciosamente y exponiendo a graves daños la salud así también de la flora y fauna, por

esta razón nuestra normativa penal sanciona de la siguiente manera.

…contraviniendo lo establecido en la normativa vigente, desarrolle, produzca,

tenga, disponga, queme, comercialice, introduzca, importe, transporte, almacene,

deposite o use, productos, residuos, desechos y sustancias químicas o peligrosas, y

con esto produzca daños graves a la biodiversidad y recursos naturales, será

sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. 1. Armas químicas,

biológicas o nucleares. 2. Químicos y Agroquímicos prohibidos, contaminantes

orgánicos persistentes altamente tóxicos y sustancias radioactivas. Si como

consecuencia de estos delitos se produce la muerte, se sancionará con pena

privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años. (COIP, 2014)

Impacto de la contaminación en el Ambiente.

Se ha realizado evaluaciones al impacto ambiental los mismos que reportan que los

fenómenos naturales son un producto social y físico, así lo determina La Declaración de

Impacto Ambiental, que es el documento oficial que emite al final de su intervención.

La mayor contaminación en el ambiente proviene de los derivados del petróleo y del gas

natural debido a las emisiones de los vehículos, barcos, hornos etc. Y de los gases

naturales como el monóxido de níquel causante del calentamiento global por el efecto

invernadero.

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Por esta razón en la declaración de Estocolmo de 1972 se marca una línea de

pensamientos a la que todo derecho del ambiente debe responder y cristalizarse en por lo

menos en dos ideas fundamentales que aporten y sean de interés mundial, la primera idea

debe ser dirigida a la conservación de la humanidad que es la especie más importante del

planeta, como lo manifiesta la declaración número 5 de Estocolmo:

…El crecimiento natural de la población plantea continuamente problemas

relativos a la preservación del medio, y se debe adoptar normas y medidas

apropiadas, según proceda, para hacer frente a esos problemas. De cuando existe el

mundo, los seres humanos son lo más valioso. Ellos son los que promueven el

progreso social, desarrollan la ciencia y la tecnología, y, con su duro trabajo,

transforman continuamente el medio humano… (Estocolmo, 1972, pág. 2).

Esto permite que entendamos que el derecho ambiental tiene que ver muy poco por la

preservación de la naturaleza ya que esta disposición da mucha importancia a los seres

humanos aduciendo que ellos son los que generan actividad social.

La segunda cosa, es que solo alcanzaremos nuestro bienestar a través del desarrollo, pues

mientras que “en los países en desarrollo, la mayoría de los problemas ambientales están

motivados por el sub desarrollo”, es decir esta declaración da carta abierta a los países

desarrollados para que actúen de forma bondadosa a los subdesarrollados, permitiendo

que por medio de esta declaración se contamine de manera indiscriminada a las

poblaciones que carecen de los recursos necesarios para vivir de forma decente, “…Por

ello, los países en desarrollo deben dirigir sus esfuerzos hacia el desarrollo,…”(

declaración N°4) lo cual estoy totalmente en desacuerdo, ya que tendríamos que dejar en

paz a las poblaciones que se encuentran incomunicadas con el planeta ya que de una u

otra manera ellos han sabido salir adelante sin la ayuda de las nuevas tecnologías que

mucho mal han hecho al mundo. (Estocolmo, 1972)

Como manifiesto en líneas anteriores esta declaración en manera esta creada para

salvaguardar los recursos naturales, pero poniendo a los seres humanos en primer lugar y

a la naturaleza en segundo lugar, aduciendo que solo alcanzaremos nuestro bienestar a

través del desarrollo, aunque debería ser lo contrario, así lo establece la declaración en el

número 4 “…por ello, los países deben dirigir sus esfuerzos hacia el desarrollo, teniendo

presente sus prioridades y la necesidad de salvaguardar y mejorar el medio. Con el

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mismo fin, los países industrializados, los problemas ambientales están relacionados con

la industrialización y el desarrollo tecnológico.” (Estocolmo, 1972)

La ley Orgánica de Salud Pública en el artículo 147 manifiesta que: “la autoridad

sanitaria nacional, en coordinación con los municipios, establecerá programas de

educación sanitaria para productores, manipuladores y consumidores de alimentos,

fomentando la higiene, la salud individual y colectiva y la protección del medio

ambiente.”. (Salud, 2015). Como podemos observar la protección al ambiente

corresponde al Ministerio de Salud en conjunto con los Municipios, quienes son los

encargados de desarrollar campañas de educación con el propósito de crear una cultura de

preservación al medio ambiente.

Pero no se debe dejar, que solo las autoridades tomen cartas en el asunto, sino que

también depende de la población entera que tome conciencia ya que somos los

protagonistas de la vida en el planeta y los resultados depende tan solo de la humanidad.

Todas nuestras acciones que impactan el ambiente, a la corta o a la larga se van sumando

a las de las demás personas generando verdaderos problemas para el medio ambiente, que

hemos visto o vivido en el transcurso de nuestra vida los que alteraran directa o

indirectamente nuestro vivir diario.

La consecuencia del impacto ambiental nos afecta a todos los habitantes del planeta

generando desgracias leves o permanentes, por eso es que estos problemas deben ser

problemas de todos ya que estamos comprometidos en la solución o nos veremos

afectados si persistimos en no cuidarlo.

El mayor impacto ambiental generado por el mundo moderno se genera en las grandes

ciudades, la contaminación del aire a consecuencia de los escapes de gases de los motores

de vehículos de combustible fósil, es decir todos somos los causantes de la

contaminación, así también están los aparatos domésticos como calefones, calentadores

de agua, secadoras de ropa, etc. Gases que son liberados a la atmosfera, vapores o

partículas sólidas capaces de mantenerse en suspensión, los cuales perjudican la vida y la

salud del ser humano como de animales y plantas.

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Así también tenemos los residuos lanzados a las quebradas o cuencas de los ríos, creando

consecuencias directas de todo tipo que frenan el desarrollo del hombre en el planeta, por

el hecho de encontrarnos en una sociedad de consumo que genera una gran cantidad de

residuos y basura procedentes de un gran abanico de actividades, en las oficinas, hogares

mercados, hospitales e industrias producen residuos que es preciso recolectar para que

estos sean tratados eliminados o reutilizados adecuadamente.

2.2. Marco Legal.

Fundamentar de manera legal nos permitirá tener una idea de la materia que vamos a

resolver y también a defender y será de mucho beneficio para futuras investigaciones, el

Dr. Homero Burbano Mejía, manifiesta que: “si es necesario, caso contrario no.

Determinar el sustento legal de su investigación, respecto de la problemática, objeto de

su análisis y que se relaciona con leyes, reglamentos u otros instrumentos legales.”.

(Burbano, 2005)., para tal efecto es necesario sustentar legalmente con los instrumentos

necesarios y artículos con los que se trabajara.

Constitución de la República el Ecuador 2008.

Sección Segunda Ambiente Sano.

Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y

ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak

kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación

de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del

país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales

degradados. (Constitución, 2008)

La Constitución es clara ya que garantiza a todos los ciudadanos a vivir en un ambiente

sano en el cual se practique la sostenibilidad y el buen vivir, así también manifiesta que se

debe preservar y recuperar el ecosistema y proteger el patrimonio genético.

Art. 15.- El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías

ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo

impacto. La soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía

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alimentaria, ni afectará el derecho al agua. Se prohíbe el desarrollo, producción,

tenencia, comercialización, importación, transporte, almacenamiento y uso de

armas químicas, biológicas y nucleares, de contaminantes orgánicos persistentes

altamente tóxicos, agroquímicos internacionalmente prohibidos, y las tecnologías y

agentes biológicos experimentales nocivos y organismos genéticamente

modificados perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la soberanía

alimentaria o los ecosistemas, así como la introducción de residuos nucleares y

desechos tóxicos al territorio nacional. (Constitución, 2008)

Como se puede observar el estado manifiesta que se “promoverá, en el sector público y

privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no

contaminantes y de bajo impacto” en primer lugar no se ha promovido por ningún medio

la manera de cómo debemos cuidar al planeta o por lo menos una parte del entorno donde

habitamos, bueno, se podría decir que si existe información, pero de no utilizar energía

eléctrica por las noches ya que es un recurso no renovable, en segundo lugar en la historia

del Ecuador no se registra que haya formado parte en la construcción de armas químicas

peor aún bombas de destrucción masiva, lo que si se debe saber es que se contaminan los

ríos, se talan los bosques, se explota las montañas por la minería y se perfora el suelo para

sacar a diario petróleo y cómo podemos apreciar en realidad no se hace nada por salvar el

ambiente.

Capítulo Séptimo Derechos de la Naturaleza.

Art. 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene

derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y

regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.

Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad

pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar

estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo

que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los

colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los

elementos que forman un ecosistema. (Constitución, 2008)

La norma es clara al manifestar, “La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y

realiza la vida” por si, se entiende que se la debe respetar y cuidar para vivir en armonía

y de manera digna, tratando de no contaminar, pero la realidad es otra como podemos

observar o escuchar a diario en las noticias, que se ha derramado petróleo o existen

personas muertas por el ataque de persona de la amazonia a extranjeros, debemos darnos

cuenta y saber que por naturaleza las personas defendemos lo que es nuestro y las

personas de la amazonia Ashuar, Iwia, secoyas etc.

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Cuidan lo suyo y no quieren permitir que se mate a la naturaleza ya que ellos consideran

que sus tierras son sagradas fuentes de vida donde se practica el buen vivir de manera

pura.

Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será

independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o

jurídicas de Indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas

naturales afectados. En los casos de impacto ambiental grave o permanente,

incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no

renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la

restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las

consecuencias ambientales nocivas. (Constitución, 2008)

Es claro de que la naturaleza tiene derechos y se los debe respetar, pero como manifiesta

se “establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración” tuvimos un

litigio internacional el caso Chevron, como pudimos habernos dado cuenta no se pudo

conseguir la reparación integral de la parte afectada, digamos que se logró la reparación

integra, pero el daño hecho a la tierra por esto químicos naturales fue muy devastador.

Art. 73.- EI Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las

actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de

ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales. Se prohíbe la

introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de

manera definitiva el patrimonio genético nacional. (Constitución, 2008)

Me parece muy bien que el Estado cree medidas para precautelar la extinción de las

especies naturales y la destrucción del ecosistema, el legislador también precautelo con

este artículo que no se introduzca organismos ajenos a los naturales y de esta manera

mantener el equilibrio en la naturaleza.

Art. 74.- Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a

beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir.

Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción,

prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado. (Constitución,

2008)

Como manifiesto en líneas anteriores existe falta de información a la población, este

articulo trae algo bueno y todos deberíamos conocer para que no se derrame sangre,

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porque digo esto, este articulo manifiesta “su producción, prestación, uso y

aprovechamiento serán regulados por el Estado”, la ciudadanía debería conocer este

articulo para evitar conflictos con el gobierno.

Art. 411.- El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de

los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al

ciclo hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y

cantidad de agua, y el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y

zonas de recarga de agua. La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo

humano serán prioritarios en el uso y aprovechamiento del agua. (Constitución,

2008)

El derecho al agua es irrenunciable de tal manera que el Estado garantiza a sus habitantes

el acceso a este recurso de manera eficaz y que de esta manera ninguno de sus ciudadanos

pueda padecer por la falta de este.

Código Orgánico Integral Penal.

Delitos contra los Recursos Naturales.

Art. 251.- Delitos contra el agua. - La persona que, contraviniendo la normativa

vigente, contamine, deseque o altere los cuerpos de agua, vertientes, fuentes,

caudales ecológicos, aguas naturales afloradas o subterráneas de las cuencas

hidrográficas y en general los recursos hidrobiológicos o realice descargas en el

mar provocando daños graves, será sancionada con una pena privativa de libertad

de tres a cinco años. Se impondrá el máximo de la pena si la infracción es

perpetrada en un espacio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o si la

infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o medios

que resulten en daños extensos y permanentes. (COIP, 2014)

La sanción que establece el COIP, es pertinente debido a que sanciona un delito contra el

agua, por ejemplo: en el Yasuni, se autoriza a un cuerpo de ingenieros para que exploten

los recursos minerales de un determinado territorio, pero estos sin tomar las precauciones

correspondientes contaminan los ríos de los alrededores. En este caso se deberá aplicar

sin reparos este artículo.

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Art. 252.- Delitos contra suelo. - La persona que, contraviniendo la normativa

vigente, en relación con los planes de ordenamiento territorial y ambiental, cambie

el uso del suelo forestal o el suelo destinado al mantenimiento y conservación de

ecosistemas nativos y sus funciones ecológicas, afecte o dañe su capa fértil, cause

erosión o desertificación, provocando daños graves, será sancionada con pena

privativa de libertad de tres a cinco años. Se impondrá el máximo de la pena si la

infracción es perpetrada en un espacio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o

si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o

medios que resulten en daños extensos y permanentes. (COIP, 2014)

La norma es clara ya que el que por cualquier motivo erosione o desertifique la capa fértil

de la tierra recibirá la sanción que establece este artículo, por ejemplo: un grupo de

mineros establece explotar un determinado territorio en el cual existían especies únicas y

producto de esta explotación desaparecen las especies, la tierra fértil quedo erosionada y

además las aguas de los ríos fueron contaminadas, en este caso se sancionara como lo

determina este artículo.

Art. 253.- Contaminación del aire. - La persona que, contraviniendo la normativa

vigente o por no adoptar las medidas exigidas en las normas, contamine el aire, la

atmósfera o demás componentes del espacio aéreo en niveles tales que resulten

daños graves a los recursos naturales, biodiversidad y salud humana, será

sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. (COIP, 2014)

La contaminación del aire, como lo dice el viejo dicho, es pan de todos los días, podemos

observar a diario como un solo vehículo contamina el ambiente y las autoridades que esta

encargadas de sancionar no hacen nada, además para controlar las emisiones peligrosas

existir entidades de control como la CORPAIRE, en esta parte cave recalcar que esta

entidad no ha hecho nada ni aporta en la recuperación del ambiente, se podría decir que

es una entidad de control ambiental creada para sacar dinero de manera fácil con el

cuento de que controla el aire de Quito.

Art. 254.- Gestión prohibida o no autorizada de productos, residuos, desechos o

sustancias peligrosas.- La persona que, contraviniendo lo establecido en la

normativa vigente, desarrolle, produzca, tenga, disponga, queme, comercialice,

introduzca, importe, transporte, almacene, deposite o use, productos, residuos,

desechos y sustancias químicas o peligrosas, y con esto produzca daños graves a la

biodiversidad y recursos naturales, será sancionada con pena privativa de libertad

de uno a tres años. Será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco

años cuando se trate de:

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Armas químicas, biológicas o nucleares.

Químicos y Agroquímicos prohibidos, contaminantes orgánicos persistentes

altamente tóxicos y sustancias radioactivas.

Diseminación de enfermedades o plagas.

Tecnologías, agentes biológicos experimentales u organismos genéticamente

modificados nocivos y perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la

biodiversidad y recursos naturales. Si como consecuencia de estos delitos se

produce la muerte, se sancionará con pena privativa de libertad de dieciséis a

diecinueve años. (COIP, 2014)

Como podemos observar el artículo es claro y prohíbe la creación de elementos químicos

peligrosos que afecten a la población, por ejemplo: una empresa se propone a realizar un

producto químico que va a revolucionar el mercado, pero algo sale mal y deciden

deshacerse de este expulsando por el aire y el agua, producto de esto se contaminan las

aguas y mueren especies en peligro de extinción además causo una lluvia acida esta agua

fue consumida sin purificarla y mueren los habitantes de una comunidad, en este caso se

aplicara con rigurosidad lo estipulado en este artículo.

Ley Orgánica de Salud Pública.

Art. 147.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con los municipios,

establecerá programas de educación sanitaria para productores, manipuladores y

consumidores de alimentos, fomentando la higiene, la salud individual y colectiva y la

protección del medio ambiente.

Como podemos apreciar en el presente artículo las autoridades sanitarias con los

municipios son los encargados en realizar programas de control e información para

precautelar la salud de las personas, así también brindar información para la conservación

del ambiente.

CONTRAVENCIONES DE CUARTA CLASE Y SUS SANCIONES. – será reprimido

con la multa de 1.5 RBUM dólares americanos, quienes cometan las siguientes

contravenciones: a) Arrojar escombros, materiales de construcción, basura y desechos en

general a la red de alcantarillas, quebradas y cauces de ríos. (Ordenanza, 2007, pág. 19)

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2.3. Definición de Términos Básicos.

Contaminación:

Según Lilia Albert la contaminación es: “la acumulación indeseable de sustancias,

organismos o formas de energía en un sustrato”. (Albert, 1995, pág. 38) Así mismo

afirma que la contaminación es:

La introducción o presencia de sustancias, organismos o formas de energía en

ambientes o sustratos a los que no pertenecen o en cantidades superiores a las

propias de dichos sustratos, por un tiempo suficiente, y abajo condiciones tales, que

esas sustancias interfieren con la salud y la comodidad de las personas, dañan los

recursos naturales o alteran el equilibrio ecológico de la zona. (Albert, 1995, pág.

38).

Según Tyler Miller la contaminación es “Todo cambio indeseable en las características

del aire, agua, suelo o los alimentos, que afecta nocivamente la salud, la sobre vivencia o

las actividades de los humanos u otros organismos vivos”. (Miller, 1992, pág. 15).

La contaminación existe cuando, la sustancia contaminante está en cantidad relativa

suficiente para causar desequilibrio es decir debe tener gran volumen el mismo que

producirá gases nocivos perjudiciales para el ser humano y que contaminaran el medio

ambiente.

La contaminación es cualquier sustancia o forma de energía que puede provocar

algún daño o desequilibrio (irreversible o no) en un ecosistema, en el medio físico

o en un ser vivo. Es siempre una alteración negativa del estado natural del medio

ambiente, y, por tanto, se genera como consecuencia de la actividad humana.

(Aragones, 2002, pág. 45).

Desarrollo Sustentable es el:

…conjunto de mecanismos que conducen al crecimiento económico, a la elevación

de la calidad de la vida y al bienestar social, sin agotar la base de recursos naturales

renovables en que se sustenta ni deteriorar el medio ambiente o el derecho de las

generaciones futuras a utilizarlo para la satisfacción de sus propias necesidades.

(Ramírez Bastidas, El Derecho Ambiental, 1998).

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Derecho Ambiental:

Es “el conjunto de doctrinas, normas, instituciones y principios jurídicos que ordenan los

procedimientos y las actividades del Estado y los particulares en el control de la

contaminación, la conservación y aprovechamiento sustentable de la biodiversidad, así

como la implementación del desarrollo sustentable”. (Pérez E. , 2008).

Se denomina contaminación atmosférica o contaminación a la presencia en al

ambiente de cualquier agente (físico, químico o biológico) o bien de una

combinación de varios agentes en lugares, formas y concentración tales que sean o

puedan ser nocivos para la salud, para la seguridad o para el bienestar de la

población, o que puedan ser perjudiciales para la vida vegetal o animal, o que

impida el uso habitual de las propiedades y lugares de recreación a los cuerpos

receptores de sustancias sólidas, liquidas o gaseosas o de mezclas de ellas, siempre

que alteren desfavorablemente las condiciones naturales de los mismos o que

puedan afectar la salud, la higiene o el bienestar del público. (Wikipedia, 2016)

Constitución:

(del latín cum-con, en conjunto' y statuere 'establecer', a veces llamada también carta

magna) es la norma suprema, escrita o no, de un Estado de derecho soberano u

organización, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define

las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que, en los países occidentales

modernos, se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de estos con sus

ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las

instituciones en que tales poderes se asientan. Este documento busca garantizar al pueblo

sus derechos y libertades. (Rivera, 2012).

Derechos:

Los derechos implican facultades o atributos jurídicos de sus titulares. Los derechos en

cuanto se constitucionalizan en el texto escrito, expresa o implícitamente son declarados

como tales. (García Falconí, 2008).

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Buen vivir:

La Constitución de la República del Ecuador menciona muchas veces la palabra Buen

Vivir o Sumak Kawsay, en el tema del derecho al ambiente manifiesta lo siguiente: “se

reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente

equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay”.

(Constitución, 2008).

De esta forma, al ser un principio, es decir, una norma de carácter general que orienta la

acción social, el buen vivir se convierte en referente de la acción del Estado, es el

producto de una visión del mundo que postula la imperante necesidad de establecer

nuevas formas de relacionarnos como seres humanos.

Basura:

Suciedad o desecho que se recoge barriendo o limpiando. Estiércol y excrementos. Que

vale muy poco. Inmundicia, mugre, impureza, despojos. (LNS, 1999)

Escombros.

Desecho, broza y escote que queda de una obra de albañilería o de un edificio derribado.

Desechos de la explotación de una mina, o ripio de la saca y labra de las piedras de una

cantera. Pasa menuda y desmembrada que se separa de la buena. (Océano, 1990)

Río Monjas:

Río Monjas es una corriente en la provincia de Pichincha, con un código de región de

Américas, se encuentra a una altitud de 1.798 metros sobre el nivel del mar. Sus

coordenadas son: 0 grados 1minuto 160 segundos norte y 78 grados 21 minutos 0

segundos a este.

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2.4. Diagnostico.

La contaminación de la naturaleza es un problema que ha venido acrecentando con las

nuevas tecnologías, aduciendo que los países desarrollados deben ayudar a los sub

desarrollados, desde el momento que los países desarrollados comparten sus nuevas

tecnologías se genera contaminación en gran escala poniendo en riesgo el planeta ya que

su constante contaminación origina que la naturaleza cambie drásticamente como lo

podemos ver a diario, los fenómenos naturales que se los llama, no es otra cosa que

producto de la contaminación es así que se mueve la tierra a gran escala, también tenemos

huracanes, tifones, la misma destrucción de la capa de ozono causante del cáncer de piel.

En nuestro caso la contaminación del Río Monjas es muy preocupante ya que al transitar

por sus senderos claramente se puede evidenciar que su agua cambia de color a cada

momento van de color negro a verde vino y viceversa despidiendo diferentes olores muy

desagradables.

Mediante un estudio se ha llegado a la conclusión que las aguas de este río se encuentran

contaminadas el ochenta por ciento por esta razón no son aceptables para el uso del

hombre ya que su simple contacto es muy perjudicial para la salud humana.

Por esta razón es muy importante recuperar no solo el río Monjas, sino todos los ríos del

Distrito Metropolitano de Quito.

2.5. Estado de la Situación Actual del Problema.

La Constitución de la República del Ecuador en su artículo 14, establece el derecho “de la

población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado que garantice la

sostenibilidad y el buen vivir, sumak Kawsay”. (Constitución de la República del

Ecuador, 2008), para ello es necesario establecer parámetros básicos de bienestar, los

cuales deben estar enfocados al cuidado del ambiente y de sus elementos que son el agua,

la tierra, el aire.

Es necesario recordar que la naturaleza es sujeta de derechos, lo que precisa que todas las

personas deben cuidar y conservar el ambiente, no es solamente tarea del Ministerio del

Ambiente, del Ministerio de Salud, de la Secretaría del Ambiente del Distrito

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Metropolitano de Quito o de otras dependencias encaminadas a la protección o

conservación del Medio Ambiente, sino que es tarea de todos los ecuatorianos y

extranjeros residentes en el país cuidar y proteger la naturaleza y todos los componentes

que la integran.

Así mismo se debe precisar que existe normativa legal que va encaminada a la protección

de la naturaleza y del ambiente; como norma suprema está la Constitución de la

República del Ecuador, la cual en su Título VII establece el Régimen del Buen Vivir, así

mismo se tiene como normativa de protección de la naturaleza, la Ley de Gestión

Ambiental y la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, pero lo

negativo esta que las personas desconocen esta normativa lo que produce que cada día

más se contamine el ambiente, en especial los ríos y las quebradas, sobre todo el río

Monjas que se encuentra ubicado al noroccidente de la ciudad de Quito, el cual las

personas lo han hecho un basurero, lo que produce perjuicio para la salud de los

pobladores de este sector.

Por esta razón es importante proponer en la presente investigación la realización de

charlas y de trípticos con el objetivo de realizar una permanente socialización entre los

moradores de los sectores que se encuentran cerca de este río, de la importancia que tiene

el no botar basura ni escombros, para de esta manera en cierta medida contribuir en la

disminución de la contaminación del Río Monjas perteneciente a esta ciudad de Quito.

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CAPÍTULO III

3. Metodología

3.1. Diseño de la Investigación.

3.1.1. Investigación Exploratoria.

La investigación será realizada, precisamente en el lugar de los hechos, es decir se

explorará las características y los elementos del problema justamente en el lugar donde

estos suceden, esto es se recabará información mediante encuestas a las personas

directamente relacionadas con el tema de la contaminación ambiental por basura y

escombros, en el río Monjas, ubicado en la parroquia de Pomasqui, de esta ciudad de

Quito, es decir se encuetará a los moradores de los barrios cercanos al Río Monjas

ubicado en la parroquia de Pomasqui, de esta ciudad de Quito, a los Abogados

conocedores de Derecho Ambiental y a los estudiantes de los últimos semestres de la

carrera de derecho.

3.1.2. Jurídico Proyectivo.

El tipo de investigación proyecto jurídico, trata de realizar una proyección y predicción

acerca del futuro de alguna norma jurídica.

3.1.3. Jurídico Comparativo.

Este permitirá que se estudie dos, tres o más realidades de distintos lugres en el mismo

contexto social, de esta manera encontraremos alguna similitud y analizar las razones que

lo provocaron.

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3.1.4. Jurídico Propósito.

La investigación propósito tiene como objeto abrir camino para futuras investigaciones y

dejando precedentes.

3.1.5. Jurídica Descriptiva.

Esta metodología se la emplea al estudiar los hechos o acontecimientos en tiempo real y

para cumplir su objetivo se basará en las estadísticas que ayudaran al análisis cuantitativo

y cualitativo de los sucesos del fenómeno a investigar, procurando realizar una medición

exhaustiva, es así que en el estudio jurídico descriptivo se elige una serie de cuestiones

las que se procederán a ser medidas y de una manera exacta describir el fenómeno que se

investiga.

3.2. Métodos.

Según Bernal Torres “el método se inicia con el análisis de los postulados, teoremas,

leyes, principios, etcétera, de aplicación universal y de comprobada validez, para

aplicarlos a soluciones o hechos particulares”. (Bernal Torres, 2006).

3.2.1. Método Jurídico.

Para el investigador José Ramos Flores, la investigación Jurídica es: “un procedimiento

reflexivo, sistemático, controlado y crítico que tiene por finalidad descubrir o interpretar

los hechos o fenómenos, relación i leyes de un determinado ámbito de la realidad”

Mientras que el Dr. Santiago Valderrama manifiesta que: “la investigación es un proceso

que consiste en la búsqueda de nuevos conocimientos con el propósito de encontrar la

verdad o falsedad de conjeturas y coadyuvar al desarrollo de la ciencia, poniendo en

práctica el método científico”. Entonces podríamos decir que la investigación es un

método que sirve para descubrir más afondo un hecho o fenómeno suscitado o que esta

por suscitar con el propósito primero de obtener mayor conocimiento y segundo dar a

conocer lo que está ocurriendo.

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Según Flores el método jurídico es:

El proceso lógico que permite relacionar las dimensiones jurídicas y está orientado

tanto a la adquisición, sistematización y transmisión de conocimientos jurídicos

como a la solución de conflictos en el ámbito del derecho. Se trata de una forma de

acceso a la realidad jurídica. (Flores, 2014).

Así mismo Antonio Hernández Gil, establece que: “la teoría del método jurídico implica

una actitud previa ante el problema de la esencia, el origen y el fin del derecho, que será

determinada por la posición que se adopte ante el”. (Flores, 2014).

Gracias a este método se podrá encontrar cuales son los derechos y deberes en cuanto

tiene que ver a la protección de los derechos de la naturaleza, para evitar la

contaminación y reparar los daños causados, lo que se encuentra presupuestado dentro de

la Constitución de la República del Ecuador de 2008 y de las demás leyes pertinentes.

3.2.2. Método Inductivo.

Para Rodríguez Moguel el método inductivo es: “un proceso en el que, a partir del estudio

de casos particulares, se obtienen conclusiones o leyes universales que explican o

relacionan los fenómenos estudiados”. (Rodriguez Moguel, 2005, pág. 29).

Gracias a este método se estudiará el caso de la contaminación ambiental por basura y

escombros en el Río Monjas, ubicado en la parroquia de Pomasqui, de esta ciudad de

Quito, lo que nos permitirá obtener conclusiones que nos ayudará a precisar las causas

generales o universales de la contaminación.

3.2.3. Método Deductivo.

Según Rodríguez Moguel el método deductivo “consiste en obtener conclusiones

particulares a partir de una ley universal”. (Rodriguez Moguel, 2005, pág. 29).

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Gracias a este método podremos obtener información de la contaminación en general para

aplicarla en particular a la contaminación ambiental por basura y escombros en el Río

Monjas, ubicado en la parroquia de Pomasqui, de esta ciudad de Quito.

3.2.4. Método Histórico.

Para Rivera el método histórico es: “el método teórico que facilita estudiar las distintas

etapas por las que atraviesa el objeto o fenómeno en un orden cronológico, para poder

conocer su evolución desde su surgimiento y poder determinar sus tendencias”. (Rivera,

2012, pág. 52).

Gracias a este método se podrá analizar las etapas que ha atravesado durante el tiempo la

contaminación, para saber cómo se encuentra la contaminación en la actualidad. Así

mismo se podrá analizar la historia de los derechos de la naturaleza.

3.2.5. Método Comparativo.

Según Oscar Montoya Pérez el método comparativo “consiste en equiparar las

instituciones y acontecimientos de un país con otro, a efecto de trasladar o exportar a

otros países, instituciones, medidas y preceptos que hayan acreditado su bondad y

efectividad en un país dado”. (Montoya Pérez, 2011).

Gracias a este método se podrá comparar la legislación ecuatoriana ambiental con la de

otros países, para obtener las respectivas semejanzas y diferencias en cuanto tiene que ver

con la contaminación ambiental, especialmente con al de Ríos por basura y escombros.

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3.3. Operacionalización de las Variables e Indicadores.

3.3.1. Variable Independiente.

Tabla N° 1: Variable independiente.

VARIABLE

INDEPENDIENTE DIMENSIÓN INDICADOR

Contaminación

Ambiental por basura

y escombros en el Río

Monjas de la

Parroquia de

Pomasqui, de la

Ciudad de Quito.

1.- Falta de información

a los moradores del

sector

Desconocimiento de los

daños que causa al

Medio Ambiente

2.- Sancionar a las

personas que no acatan

las ordenanzas

Municipales

Falta de aplicación de

sanciones penales a las

personas que

contaminan

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

3.3.2. Variable Dependiente.

Tabla N° 2: Variable dependiente.

VARIABLE

DEPENDIENTE DIMENSIÓN INDICADOR

Vulneración de los

derechos del buen

vivir consagrados en la

Constitución de la

República del Ecuador

del 2008.

1.- Derecho

Constitucional.

Charlas de capacitación

a moradores del sector.

2.- Derecho penal y

Ordenanzas

Incorporación de vallas

de información, trípticos

y ojos de águila.

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

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3.4. Población y Muestra

3.4.1. Población.

Para el desarrollo de esta investigación es necesaria la colaboración de diferentes sujetos

de la población que a la vez forman parte del problema investigado, también se debe

considerar que la solución que se dé a este problema servirá de mucha ayuda para la

recuperación del Río Monjas de la parroquia de Pomasqui.

Para el doctor Fabián Mensías Pavón la aplicación del estudio a la población es muy

importante, por esta razón manifiesta lo siguiente; “Población es el conjunto de elementos

motivo de una investigación. Los parámetros: Se denomina a los valores numéricos que

corresponden a las características de la población.” (Pavón, 2005, pág. 150)

Como manifiesta el Doctor, si trabajamos con la población se logrará obtener resultados

satisfactorios y cien por ciento confiables que con el trascurso del tiempo tendrán validez

y no perderán su confiabilidad.

3.4.2. Muestra.

La muestra se tomará de una parte de la población, específicamente serán los pobladores

de las cercanías del Río Monjas, para tal efecto el investigador acudirá al sector y extraerá

información de un número indeterminado de informantes, para garantizar su eficacia los

que se demostrará en los informes estadísticos.

El método escogido para determinar la muestra es el pro balístico, método en el cual

todos los elementos de mi población tienen una probabilidad mayor a cero seleccionados

en la muestra, a los que me acercare personalmente para recabar información y cumplir

mi propósito.

De igual manera el Doctor Fabián Mensías Pavón en su libro Psicología del Testimonio,

manifiesta que:

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50

Muestra es una parte de la población, de cuyo análisis se puede obtener

características que corresponden a la población. Para una selección adecuada hay

que considerar lo siguiente: 1. Que la muestra sea representativa 2. Que el margen

de error esté dentro del límite aceptado por la estadística. 3. Que el tamaño de la

muestra sea conveniente para que sus resultados sean satisfactorios. (Pavón, 2005,

pág. 170)

Tabla N° 3: Población.POBLACIÓN Muestra

Moradores de los barrios cercanos

al Río Monjas, parroquia Pomasqui,

ciudad de Quito.

50

Abogados en libe ejercicio. 20

Estudiantes de los últimos semestres

de la carrera de derecho. 30

TOTAL 100

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Formula:

𝐧 =𝐍

(𝐄𝟐)(𝐍 − 𝟏) + 𝟏=

n= Tamaño de la muestra

N= Número de la población

𝐸2= Error máximo admisible en calculo muestral.

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51

Remplazando la formula con los valores correspondientes tenemos:

𝑛 =100

(0.052)(100 − 1) + 1=

𝑛 =100

(0.0025)(99) + 1=

𝑛 =100

0.25 + 1=

𝑛 =100

1.25=

𝑛 = 80

Para el desarrollo de la investigación se tomará como muestra a ochenta personas como

se presenta en el resultado de la formula a quienes se procederá a realizar las encuestas,

como se manifiesta en líneas anteriores servirá para dar mayor confiabilidad a la

investigación.

3.5. Instrumentos y materiales.

3.5.1. Fichas.

Son instrumentos que facilitan al investigador la recopilación, preparación y elaboración

así también para localizar información bibliográfica, muy importante al momento de que

crea pertinente su utilización en el desarrollo de su investigación, para lo cual se

emplearan fichas bibliográficas, que me permitirán dirigirme a un determinado libro y

pagina que sea necesario.

3.5.2. El Fichaje.

El fichaje es una técnica auxiliar de las otras técnicas. Se emplea el fichaje para registrar

los datos que se van obteniendo durante la investigación. Es decir, mediante los

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instrumentos que son las fichas (bibliográficas, hemerográfica, nemotécnicas, etc.) Se

recopila la información relevante para la investigación, por esta razón las fichas, son

instrumentos de gran valor que ahorran espacio, tiempo y dinero.

3.5.3. Fichas de observación.

Es el procedimiento de investigación que consiste en usar todos nuestros sentidos para

captar la realidad ya que la observación científica es metódica y ordenada buscando una

relación entre la Hipótesis y la realidad.

Por lo cual se utilizará la técnica de campo se llevará la agenda de apuntes y anotare los

momentos relevantes, nos servirá también como ayuda memoria y para esto nos

acompañaremos de un cuaderno de notas, grabadora, filmadora, cámara fotográfica.

3.5.4. Encuesta.

Es un estudio en el cual el investigador obtiene datos a partir de realizar un grupo de

preguntas dirigidas a una determinada muestra, para utilizar la técnica de investigación de

campo se pondrá en práctica este instrumento que nos permitirá recabar información

valiosa de un determinado número de población el que nos servirá para cotejar

información adquirida por otros instrumentos utilizados.

3.5.5. Entrevista.

“Sirve para obtener datos, es la más conocida dentro de las ciencias sociales y

fundamentalmente en el campo del Derecho, consiste en mantener un dialogo entre dos

personas: el entrevistador (investigador) y el entrevistado (informante) persona

seleccionada dentro de una muestra respectiva…” (Burbano, Métodos y Técnicas de

Investigación, 2005) este instrumento será de mucha importancia en el desarrollo de mi

investigación, porque me permitirá tener contacto con las personas que tienen algo que

ver o son participes dentro de la problemática.

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53

Para el desarrollo de esta investigación se utilizará los instrumentos mencionados

anteriormente, además, el registro de información se llevará en el cuaderno de notas, se

utilizará el diario de campo, los mapas, cámara fotográfica, grabadora de sonidos, video

filmadora, que serán muy importantes para la recopilación de información y para llevar

un orden cronológico de las actividades que realizo durante el proceso de investigación.

3.5.6. Formulario de Entrevista

Entrevistado numero 1

1.- ¿Considera usted que la ciudadanía conoce suficientemente las normas ambientales?

R. No, hay un conocimiento ni medio de información público sobre las normativas

ambientales.

2.- ¿Considera usted que el Estado ecuatoriano, a través de los gobiernos autónomos

descentralizados, ha tomado medidas necesarias para evitar la contaminación ambiental?

R. Se ha trasladado las competencias a los GAD, pero falta un manual de procedimiento

en muchos de los casos.

3.-. ¿Considera usted que existe suficientes campañas de información acerca de lo que es

la contaminación ambiental, especialmente de la contaminación por arrojar basura y

escombros en los ríos?

R. No, falta trabajo dentro de los diferentes establecimientos de educación, sobre todo en

los temas ambientales.

4.- ¿Considera usted que la contaminación ambiental, se produce por culpa del

desconocimiento que existe por parte de la ciudadanía acerca de la normativa vigente que

existe en materia ambiental?

R. Falta de conciencia

5.- ¿Considera usted que es necesario informar a la población mediante trípticos, vallas

publicitarias, seminarios, conferencias, talleres con las causas y consecuencias de la

contaminación ambiental?

R. Si, sobre todo a la comunidad y estudiantes en específico.

Nombres del entrevistado: Lenin Núñez

Numero de Cedula: 172064823-5

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54

Entrevistado numero 2

1.- ¿Considera usted que la ciudadanía conoce suficientemente las normas ambientales?

R. No conocen en forma adecuada ni cómo aplicar estas normas en sus vidas cotidianas.

2.- ¿Considera usted que el Estado ecuatoriano, a través de los gobiernos autónomos

descentralizados, ha tomado medidas necesarias para evitar la contaminación ambiental?

R. El Distrito Metropolitano de Quito, si está tomando acciones, algunos GAD, sobre

todo rurales (noroccidente) también. A los GAD, parroquiales les hace falta equipo

técnico ambiental y social.

3.-. ¿Considera usted que existe suficientes campañas de información acerca de lo que es

la contaminación ambiental, especialmente de la contaminación por arrojar basura y

escombros en los ríos?

R. No es suficiente se debe diseñar e implementar campañas informativas y mecanismos

de incentivos para quienes hacen bien las cosas por periodos de al menos de diez años.

4.- ¿Considera usted que la contaminación ambiental, se produce por culpa del

desconocimiento que existe por parte de la ciudadanía acerca de la normativa vigente que

existe en materia ambiental?

R. En parte si, pero también promover la cultura de que el Estado debe arreglar los

problemas de los ciudadanos, debido a que estas pagan impuestos.

5.- ¿Considera usted que es necesario informar a la población mediante trípticos, vallas

publicitarias, seminarios, conferencias, talleres con las causas y consecuencias de la

contaminación ambiental?

R. Si, en programas adicionalmente estructurales y sostenibles en periodos al menos diez

años, en evoluciones.

Nombres del entrevistado: Gustavo Mosquera

Numero de Cedula: 170672813-4

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55

Entrevistado numero 3

1.- ¿Considera usted que la ciudadanía conoce suficientemente las normas ambientales?

R. No, porque es una temática nueva que merece mayor difusión, toda vez que se está

tratando del Código Orgánico Ambiental.

2.- ¿Considera usted que el Estado ecuatoriano, a través de los gobiernos autónomos

descentralizados, ha tomado medidas necesarias para evitar la contaminación ambiental?

R. No porque muchas de ellas no han descentralizado su gestión y no han permitido su

aplicación.

3.-. ¿Considera usted que existe suficientes campañas de información acerca de lo que es

la contaminación ambiental, especialmente de la contaminación por arrojar basura y

escombros en los ríos?

R. No porque las personas, más miran los problemas mineros o petroleros y se olvidan de

la contaminación que causa estas actividades.

4.- ¿Considera usted que la contaminación ambiental, se produce por culpa del

desconocimiento que existe por parte de la ciudadanía acerca de la normativa vigente que

existe en materia ambiental?

R. Si, la falta de información y por ende el desconocimiento permite los delitos e

infracciones determinadas en el COIP, y ley ambiental.

5.- ¿Considera usted que es necesario informar a la población mediante trípticos, vallas

publicitarias, seminarios, conferencias, talleres con las causas y consecuencias de la

contaminación ambiental?

R. Si, de hecho, el MAE, a través de comunicación realizada a esta clase de información

para concientizar a la ciudadanía.

Nombres del entrevistado: Alex Troya

Numero de Cedula: 170550990-7

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56

Comentario

Como se puede apreciar en las diferentes entrevistas realizadas, el problema radica en la

falta de información que existe por parte de las entidades del gobierno en temas como

contaminación ambiental.

También so se han creado seminarios, charlas, talleres, casas abiertas que permitan dar

información a la colectividad, con esto provocando que el problema de la contaminación

a los ríos incremente llegando al punto de que sus aguas lleguen a ser toxicas y

perjudiciales para el desarrollo de la población.

Las personas entrevistadas sugieren que se creen programas de información en todos los

GAD, así también dar a conocer las sanciones civiles y penales por medio de trípticos y

vallas de información para en algo ayudar a la naturaleza a que recupero su estabilidad.

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57

3.6. Discusión.

3.6.1. Procedimiento de la Ejecución de la Investigación.

Tabla N° 4Actividad número uno.

Actividad N° 1 Donde Cuando Como Para qué

Acudir a

realizar las

encuestas.

1.- En los

Barrios

cercanos al Río

Monjas,

parroquia de

Pomasqui,

ciudad de

Quito.

2. Despachos

Jurídicos.

3. Universidad

Central del

Ecuador.

En los meses de

octubre y

noviembre del

2016.

1. Encuestar a

moradores de

los barrios

cercanos al Río

Monjas.

2. Encuestar a

Abogados en

libre ejercicio

3. Encuestar a

los estudiantes

de los últimos

semestres de la

carrera de

Derecho.

Para conocer las

opiniones de los

encuestados, en

lo que respecta

a la

contaminación

del Río Monjas

y el prejuicio a

la salud que esto

causa.

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

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58

CAPÍTULO IV

4. Análisis e interpretación de datos en función del enfoque conceptual.

El análisis y a presentación de los datos nos permite constatar la veracidad,

interpretación y valoración de la información relacionada con el hecho caso o

fenómeno, se llega a la real interpretación en base a un juicio crítico, coherente y

razonado sin llegar a parcializarse, sin más bien prima la honradez, verticalidad y

honestidad del investigador en la perspectiva de comprobar o rechazar… (Burbano,

Métodos y Técnicas de Investigación, 2005, pág. 126)

Como manifiesta el autor la veracidad de la investigación depende del investigador ya

que es la persona quien dirige la investigación y es quien utilizará las herramientas y

métodos antes descritos y será responsable de cumplir con éxito su objetivo.

Se elaborará cuadros con datos agrupados, en frecuencias simples y porcentajes. Se

interpretarán datos mediante gráficos de barra, de pasteles, histogramas de

frecuencias, análisis estadísticos transformados en resultados significativos.

Esto demuestra que el investigador puede seleccionar diferentes instrumentos en el

análisis y preparación de datos y obtener resultado con valides y precisión.

(Burbano, Manual de Metodos y Técnicas de Investigacion, 2005, pág. 126).

A continuación, se desarrolla la investigación realizando un cuadro de las preguntas que

se aplicara a la población.

4.1. Formulario de Encuesta.

El presente formulario esta realizado para conocer su opinión sobre la contaminación que

tienen los ríos del Distrito Metropolitano de Quito, su respuesta es muy importante para el

desarrollo de este proyecto, no es indispensable saber su nombre, es una encuesta

netamente académica, soy estudiante de la Universidad Central del Ecuador, Facultad de

Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales, Carrera de Derecho.

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59

Las preguntas son las siguientes:

Por favor marque con una X donde crea correspondiente.

1.- Conoce los derechos que tiene la naturaleza, consagrados en la Constitución de la

República del Ecuador.

Sí No

2.- Sabía usted que, ¿el Código Orgánico Integra Penal, sanciona de uno, tres y hasta

cinco años de privación de la libertad, la contaminación ambiental?

Sí No

3.- Cree usted que, la falta de aplicación de las normas penales, origine que las personas

arrojen basura, desechos y escombros a los ríos.

Sí No

4.- Conoce o sabe de Abogados en libre ejercicio que sean especialistas en materia

Ambiental.

Sí No

5.- ¿Sabe usted, que, los gases emanados por los ríos afectan el medio ambiente?

Sí No

6.- ¿Sabe usted que, las aguas de los ríos del Distrito Metropolitano de Quito, son

peligrosas para la agricultura y ganadería?

Sí No

7.- Considera usted, que, se debe dar charlas en materia ambiental a los moradores

cercanos a los ríos, y se entregue trípticos.

Sí No

8.- Si se implementa vigilancia en las orillas de los ríos, ¿cree usted que disminuirá la

contaminación?

Sí No

9.- ¿Considera usted que, si se implementa cámara de ojos de águila en los ríos

disminuirá la contaminación?

Sí No

10.- ¿Considera usted, que, es necesario colocar en las orillas de los ríos, vallas de

información con la sanción pertinente?

Sí No

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60

Tabla N° 5: Encuesta realizada a la población.

PREGUNTAS REALIZADAS SI NO TOTAL %

1.- Conoce los derechos que tiene la naturaleza,

consagrados en la Constitución de la República del

Ecuador.

57 23 80 100

2.- Sabía usted que, ¿el Código Orgánico Integra

Penal, sanciona de uno, tres y hasta cinco años de

privación de la libertad, la contaminación ambiental?

55 25 80 100

3.- Cree usted que, la falta de aplicación de las

normas penales, origine que las personas arrojen

basura, desechos y escombros a los ríos.

75 5 80 100

4.- Conoce o sabe de Abogados en libre ejercicio que

sean especialistas en materia Ambiental. 6 74 80 100

5.- ¿Sabe usted, que, los gases emanados por los ríos

afectan el medio ambiente? 14 66 80 100

6.- ¿Sabe usted que, las aguas de los ríos del Distrito

Metropolitano de Quito, son peligrosas para la

agricultura y ganadería?

12 68 80 100

7.- Considera usted, que, se debe dar charlas en

materia ambiental a los moradores cercanos a los

ríos, y se entregue trípticos.

75 5 80 100

8.- Si se implementa vigilancia en las orillas de los

ríos, ¿cree usted que disminuirá la contaminación? 68 12 80 100

9.- ¿Considera usted que, si se implementa cámara

de ojos de águila en los ríos disminuirá la

contaminación?

53 27 80 100

10.- ¿Considera usted, que, es necesario colocar en

las orillas de los ríos, vallas de información con la

sanción pertinente?

72 8 80 100

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

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61

4.2. Interpretación de Datos

Pregunta uno.

1.- ¿Conoce los derechos que tiene la naturaleza, consagrados en la Constitución de la

República del Ecuador?

Tabla N° 6: Conocimiento Derecho Ambiental

Respuesta Número Porcentaje

Sí 57 71%

No 23 29%

Total 80 100%

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Gráfico N° 1: Conocimiento Derecho Ambiental

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Sí71%

No29%

Pregunta 1

No

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62

Interpretación.

De la encuesta realizada a la población se desprende que el 71% de los encuestados

manifiesta que, si se respetan los derechos constitucionales, mientras que, el 29% opina lo

contrario.

Como se puede apreciar, la mayoría de los encuestados manifiestan que sí se reconocen

los derechos a la naturaleza en la Constitución, pero a mi criterio deduzco que existen los

derechos de la naturaleza, pero, no se los pone en práctica sino cuando existe un daño

grave al ambiente y de este se puede sacar partida.

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63

Pregunta dos.

2.- Sabía usted que, ¿el Código Orgánico Integra Penal, sanciona de uno, tres y hasta

cinco años de privación de la libertad, la contaminación ambiental?

Tabla N° 7: Conocimiento del COIP

Respuesta Número Porcentaje

Sí 55 69%

No 25 31%

Total 80 100%

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Gráfico N° 2: Conocimiento del COIP

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Sí69%

No31%

PREGUNTA 2

No

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64

Interpretación.

El 69% de la población encuestada manifestó que si se aplica las normas penales a las

personas que atentan contra el medio ambiente, en los últimos años se ha visto que las

sanciones son para las personas piro maniacas es decir aquellas que incendian los

bosques, mientras que el 31 % de la población manifiesta que, no se sanciona

drásticamente a las personas que contaminan el ambiente, se debe aumentar las penas.

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65

Pregunta tres.

3.- ¿Cree usted que, la falta de aplicación de las normas penales, origine que las personas

arrojen basura, desechos y escombros a los ríos?

Tabla N° 8: Falta de aplicación a las normas penales

Respuesta Número Porcentaje

Sí 75 94%

No 5 6%

Total 80 100%

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Gráfico N° 3: Falta de aplicación a las normas penales

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Sí94%

No6%

PREGUNTA 3

No

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66

Interpretación.

El desconocimiento de la ley no exime de culpa alguna, pero como se puede apreciar hace

falta una cultura jurídica en la población, como podemos ver las estadísticas demuestran

que la falta de aplicación de las sanciones penales repercute en que sus habitantes no

respeten la naturaleza, arrojando todo tipo de desperdicios, como basura, llantas, líquidos

contaminantes etc. Perjudiciales para la naturaleza y para el desarrollo de la humanidad.

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67

Pregunta cuatro.

4.- ¿Conoce o sabe de Abogados en libre ejercicio que sean especialistas en materia

Ambiental?

Tabla N° 9: Conoce personas especialistas en materia ambiental

Respuesta Número Porcentaje

Sí 6 7%

No 74 6%

Total 80 100%

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Gráfico N° 4: Conoce personas especialistas en materia ambiental

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Sí 7%

No93%

PREGUNTA 4

No

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68

Interpretación.

Como se puede apreciar en el cuadro estadístico los habitantes de la ciudad desconocen

que existan abogados especializados en la materia ambiental e incluso en las encuestas

realizadas a profesionales y estudiantes de la Carrera de Derecho, manifiestan que el

fuerte de su profesión está en otros tipos de problemas jurídicos es decir prefieren trabajar

o prestar sus servicios en temas civiles, penales, laborales, niñez o a su vez prestar sus

servicios en las instituciones públicas que a la vez dejaran buenos ingresos.

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69

Pregunta cinco.

5.- ¿Sabe usted, que, los gases emanados por los ríos afectan el medio ambiente?

Tabla N° 10: Conocimiento de gases afectan el medio ambiente

Respuesta Número Porcentaje

Sí 14 17%

No 66 83%

Total 80 100%

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Gráfico N° 5: Conocimiento de gases afectan el medio ambiente

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

17%

83%

PREGUNTA CINCO

No

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70

Interpretación.

Una gran cantidad de encuestados manifestó que no sabía que los ríos del Distrito

Metropolitano de Quito, despedían gases nocivos para el medio ambiente así también

para la salud de los seres humanos, en estudios realizados sobre contaminación al medio

ambiente se determina que los gases emitidos por los ríos hacia la atmosfera también

contribuyen para el deterioro de la capa de ozono, a esto se suma los gases de nuestros

vehículos y de las fábricas que llevan gran cantidad de elementos químicos afectando

cada vez con mayor fuerza y afectando la salud.

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Pregunta seis.

6.- ¿Sabe usted que, las aguas de los ríos del Distrito Metropolitano de Quito, son

peligrosas para la agricultura y ganadería?

Tabla N° 11: Aguas de los ríos del D.M.Q. son contaminadas

Respuesta Número Porcentaje

Sí 12 15%

No 68 85%

Total 80 100%

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Gráfico N° 6: Aguas de los ríos del D.M.Q. son contaminadas

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Sí15%

No85%

PREGUNTA 6

No

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72

Interpretación.

El problema de la contaminación de nuestros ríos se agudiza aún más, cuando

preguntamos si sabía, que, las aguas de los ríos del Distrito Metropolitano de Quito son

contaminantes, en estudios realizados por expertos de aguas, manifestaron que el ochenta

por ciento de las aguas de nuestros ríos se encuentran contaminadas y no pueden ser

utilizadas, perjudicando a la agricultura, forzando a que se utilice agua potable en grandes

cantidades.

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73

Pregunta siete.

7.- ¿Considera usted, que, se debe dar charlas en materia ambiental a los moradores

cercanos a los ríos, y se entregue trípticos?

Tabla N° 12: Capacitación a moradores en materia ambiental

Respuesta Número Porcentaje

Sí 75 94%

No 5 6%

Total 80 100%

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Gráfico N° 7: Capacitación a moradores en materia ambiental

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Sí94%

No6%

PREGUNTA 7

No

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74

Interpretación.

Como podemos observar la gran mayoría de los encuestados está de acuerdo a que se de

charlas a los moradores de las riveras de los ríos, por lo tanto, se debe preparar a las

personas, prepararlos para que contribuyan con la naturaleza, se debe tener en cuenta que

una persona que se prepara es quien aportara a futuro con sus conocimientos.

La entrega de trípticos es una manera de dar a conocer un tema es una manera de

informar, en este caso se dará a conocer que el rio Monjas, está siendo utilizado como

botadero de basura y escombros.

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75

Pregunta ocho.

8.- ¿Si se implementa vigilancia en las orillas de los ríos, ¿cree usted que disminuirá la

contaminación?

Tabla N° 13: Si se implementa vigilancia en las orillas de los ríos

Respuesta Número Porcentaje

Sí 68 85%

No 12 15%

Total 80 100%

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Gráfico N° 8: Si se implementa vigilancia en las orillas de los ríos

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Sí85%

No15%

PREGUNTA 8

No

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76

Interpretación.

El ochenta y cinco por ciento de los encuestados manifiesta su aceptación para que se

coloque vigilancia en los ríos de la ciudad de Quito, ya que de esta manera se lograra que

no se contaminen los ríos.

Pero el quince por ciento de la población no está de acuerdo argumentando que sería un

gasto en vano ya que se estaría utilizando recursos del <estado para lograr dicho

propósito.

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77

Pregunta nueve.

9.- ¿Considera usted que, si se implementa cámara de ojos de águila en los ríos

disminuirá la contaminación?

Tabla N° 14: Implementación de cámaras de vigilancia en los ríos y evitar contaminantes

Respuesta Número Porcentaje

Sí 53 66%

No 27 34%

Total 80 100%

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Gráfico N° 9: Implementación de cámaras de vigilancia en los ríos y evitar contaminantes

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Sí66%

No34%

PREGUNTA 9

No

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78

Interpretación.

Como podemos observar en el cuadro estadístico la población vuelve a manifestarse

sobre seguridad, la implementación de cámaras de seguridad en los alrededores de los

ríos ya que de esta manera se reduciría la contaminación y se evitara que los ríos sigan

siendo utilizados como botaderos de escombros y basura.

Pero de igual manera existe una pequeña cantidad de encuestados que no están de

acuerdo vuelven a manifestar su inconformidad ya que con la implementación de ojos de

águila solo se estaría gastando recursos del Estado, más bien este tiene que ser dirigidos a

otros proyectos.

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79

Pregunta diez.

10.- ¿Considera usted, que, es necesario colocar en las orillas de los ríos, vallas de

información con la sanción pertinente?

Tabla N° 15: Colocar en las orillas de los ríos, vallas de información con la sanción

pertinente

Respuesta Número Porcentaje

Sí 72 90%

No 8 10%

Total 80 100%

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Gráfico N° 10: Colocar en las orillas de los ríos, vallas de información con la sanción

pertinente

Fuente: Encuesta realizada a los habitantes del Barrio Monjas

Elaborado por: Amparo Benavides (2016)

Sí 90%

No10%

PREGUNTA 10

No

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80

Interpretación.

En el cuadro estadístico se puede observar que la gran mayoría de los encuestados está de

acuerdo de que se coloque vallas de información en las riveras delos ríos, pero que en las

vallas se especifique la sanción penal con la que se procederá a sancionar a quienes

arrojen basuras, escombros o contaminen.

Pero como era de esperarse la inconformidad de un pequeño grupo de encuestados

aduciendo de la misma manera que se está gastando innecesariamente recursos de Estado.

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81

4.3. Resultados del Plan de Intervención Acción.

La investigación realizada se ha desarrollado tomando en cuenta los parámetros

estipulados en los artículos pertinentes de los Lineamientos para la Elaboración de los

Trabajos de Titulación Bajo la Modalidad Proyecto de Investigación.

Se detalla el procedimiento realizado durante la investigación:

Presentación de la propuesta.

Aprobación de la propuesta.

Designación del Tutor.

Desarrollo del proyecto.

Presentación del proyecto.

Aprobación del proyecto.

Exposición ante el Tribunal.

Aprobación del proyecto por parte del tribunal.

Desarrollo del informe final de investigación.

Presentación del informe final de investigación.

Calificación del informe final de investigación por parte del tribunal de lectores.

Sustentación del informe final de investigación, ante el tribunal de grado oral.

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4.4. Conclusiones y Recomendaciones.

4.4.1. Conclusiones.

En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y subsidiará

para garantizar la salud y la restauración del Ambiente. Además de la sanción

correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad que produjo

el daño, y obligara la reparación integral y económica en las condiciones y con

los procedimientos que la ley establezca.

Es importante que el Estado controle la ejecución de las normas establecidas en

Derecho Ambiental a través de organismos creados por la misma para que estos

ejecuten la norma establecida en la legislación vigente y hagan conocer cuáles

serán las sanciones penales, los procesos ambientales al igual que el resto de

procesos, civiles, penales y administrativos, deben ser atendidos con la misma

celeridad para garantizar su reparación.

Es deber de todos los ciudadanos cuidar los ríos de nuestra ciudad tomando en

cuenta que se está contaminando y su deterioro afecta no tan solo a la naturaleza

sino también a la salud, es por esta razón que debemos fomentar una cultura de

conocimientos y trasmitirlos para que nuestras futuras generaciones lleguen a un

ambiente sano y puedan disfrutar de todos los beneficios que brinda nuestra

naturaleza.

No dependamos de cámaras y guardias de seguridad para conservar nuestro

planeta se debe crear conciencia de que el planeta es la casa de todos y como tal

debemos cuidarle, también se debe tomar en cuenta que el Ecuador es un país

privilegiado por toda la belleza natural por su flora y fauna que poseemos y

debemos aprovecharlo, cuidar y preservar los ríos de nuestro país.

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4.4.2. Recomendaciones.

Se recomienda que el Estado, tome cartas en el asunto haciendo respetar la

naturaleza, esto a través de los medios de comunicación mediante los cuales la

ciudadanía llegue a conocer la riqueza de la naturaleza manifestando que es un

bien que se debe cuidar y no es solo la responsabilidad del Estado, se lo debe

considerar como los pulmones de nuestro planeta, ayudando de esta manera a la

ciudadanía para que respire un aire más puro y saludable.

Recomiendo que la legislación ecuatoriana debe prever un marco normativo

mucho más riguroso en cuanto a lo que respecta a los daños y delitos ambientales

contemplados en el Código Orgánico Integral Penal, es importante valorar el

beneficio que puede acarrear en el proceso, el hecho que una herramienta

procesal como esta no se encuentre normada por completo puede acarrear vacíos

legales que no permiten abarcar delitos graves que destruyen a la naturaleza.

Recomiendo que, en cuanto a gestión ambiental por parte de las instituciones del

Estado, en consideración a los asuntos, problemas y situaciones de carácter

ambiental deban ser consideradas de manera prioritaria, de tal manera que,

ninguna autoridad se excuse de presentar su colaboración a la solución de

problemas ambientales.

Es recomendable hacer conocer las normas ambientales a todos los moradores de

las riberas del Río Monjas, de esta manera recibir apoyo y poder ejecutar una

legislación ambiental exigente para así saber cuáles son las obligaciones como

ciudadanos y poder exigir los derechos de la naturaleza. También incluir en la

malla curricular todo sobre los derechos del medio ambiente y sus principios para

contribuir al desarrollo sostenible y sustentable de la naturaleza.

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CAPÍTULO V

5. Propuesta

Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales

Carrera de Derecho

Autora: Amparo del Rocío Benavides Velasco

5.1. Datos Informativos.

El problema de la contaminación de las riberas de ríos y quebradas ha sido constante en

las últimas décadas, debido principalmente a los desechos arrojados y a las aguas

residuales que desembocan de forma directa o indirecta en los ríos y quebradas,

especialmente en el Distrito Metropolitano de Quito, sector de Pomasqui y San Antonio

de Pichincha.

Pese a los nuevos lineamientos en materia de Gestión Ambiental y a las múltiples

Ordenanzas creadas por el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito en pro del

bienestar del Medio Ambiente, las consecuencias de la contaminación se ven reflejadas

en el entorno natural, por ejemplo el Río Monjas que se encuentra ubicado al

noroccidente de la ciudad de Quito, debido a la creación de nuevos barrios y

urbanizaciones y por ende al crecimiento de la población residente en ellos, se ha visto

afectado, principalmente en su vegetación y su entorno natural.

Por esta razón existen grandes riesgos de deslaves por culpa de la inestabilidad del suelo

y por el crecimiento del cauce de este río por culpa de las lluvias, así mismo por la

generación de basureros y escombros que convierten a este río en un foco infeccioso que

genera grandes problemas ambientales, de salubridad y que frenan el desarrollo

económico y estructural de los barrios que se encuentran en sus alrededores.

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En consecuencia, resulta necesario aplicar el presente proyecto para recuperar las riveras

de del Río Monjas, así como también es necesario determinar de qué manera la

contaminación de este río afecta la fauna y flora adyacentes al mismo.

Así la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 14, establece el derecho

“de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado que garantice

la sostenibilidad y el buen vivir, sumak Kawsay”. (Constitución de la República del

Ecuador, 2008), para ello es necesario establecer parámetros básicos de bienestar, los

cuales deben estar enfocados al cuidado del ambiente y de sus elementos agua, tierra, y

aire.

5.2. Antecedentes.

Desde la antigüedad las diferentes actividades que realizaban los seres humanos, han

tenido inherentes la contaminación ambiental, la cual se la tomó en cuenta recientemente

en el siglo XX, ya que se produjo un aumento total en la frecuencia de la contaminación,

lo que produjo graves daños al medio ambiente y a la salud de las personas.

En épocas pasadas para generar energía se utilizaba el carbón, el cual era muy importante

en la Revolución Industrial, la cual constituye la base fundamental para el desarrollo

tecnológico que disfruta el ser humano en la actualidad. Pero, así como fue un avance y

desarrollo considerable para la humanidad también trajo consigo gran contaminación y

degradación del ambiente, los cuales se agravaron después de la Segunda Guerra

Mundial, por culpa del aumento del consumo de energía y el uso de sustancias químicas

dañinas para el medio ambiente y el ecosistema.

Por esta razón se iniciaron varias mediciones de la contaminación, así en el año 1965 el

Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) recomienda al

Director de esta entidad que se realicen investigaciones sobre la contaminación del agua y

del aire. Es necesario establecer que los diferentes países no estaban conscientes de la

verdadera magnitud de la contaminación ambiental.

En la actualidad la contaminación ambiental se ha incrementado, por lo que es necesario

concientizar a las personas de lo importante que es cuidar el medio ambiente y la

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naturaleza, en especial concientizar a los moradores de los barrios cercanos al Río

Monjas, para que no lo contaminen con basura y escombros, así como para informales

que si lo hacen serán acreedores a una sanción penal por irrespetar los derechos de la

naturaleza y a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

5.3. Justificación.

Este tema investigativo es importante ya que la contaminación del Río Monjas, es actual

y evidente, convirtiéndose en un foco infeccioso que perjudica a la salud de los

moradores de los alrededores de este Río en la parroquia de Pomasqui.

Hay que tener en cuenta que dicha contaminación se produce principalmente por la falta

de conciencia por parte de los moradores del lugar en cuanto a la preservación y cuidado

de este afluente natural, así como del desconocimiento que existe por parte de dichas

personas en cuanto tiene que ver con la normativa ambiental existente.

La presente investigación es factible, ya que existe el material académico como son,

libros, códigos, leyes, revistas judiciales, etc., necesarios para realizar una correcta

investigación; así como también existe normativa pertinente al tema, en especial la

Constitución de la República del Ecuador de 2008 que como norma suprema ampara y

otorga derechos a la naturaleza, así como protege al medio ambiente.

A pesar de que la contaminación ambiental es un problema que tiene varios años y siglos

de existencia, en el Ecuador la contaminación del Río Monjas es un problema latente que

necesita una solución urgente. Por esta razón el tema de investigación planteado es

novedoso y tiene un gran impacto sobre todo porque generará un mayor nivel de

concienciación en el cuidado del medio ambiente por parte de toda la población, en

especial de los moradores de los barrios cercanos al Río Monjas, en la parroquia de

Pomasqui, lo que se conseguirá con la realización de charlas y trípticos que serán

entregados a esta parte de la población, con el objetivo de que dichos moradores no

tengan la necesidad de acudir a instancias públicas para obtener información y lo

principal es de que se evite sanciones por el irrespeto de los derechos de la naturaleza y la

desprotección del medio ambiente, forjando de esta manera una cultura de auto

conservación que trascienda más allá de los valores de cada uno de los ciudadanos.

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Por lo tanto, el tema planteado está alineado al Plan Nacional del Buen Vivir

específicamente lo relacionado con el objetivo número 3 que se refiere a “mejorar la

calidad de vida de la población” y con el objetivo número 7 que se refiere a “garantizar

los derechos de la naturaleza y promover la sostenibilidad ambiental, territorial y global”.

5.4. Objetivos.

5.4.1. Objetivo General.

Realizar charlas de concienciación en el cuidado del medio ambiente y de los

derechos de la naturaleza, así mismo diseñar trípticos de información ambiental

que serán entregados a los moradores de los barrios cercanos al Río Monjas,

parroquia de Pomasqui, de la ciudad de Quito, implementar vallas informativas

donde se detalle la sanción pertinente para la infracción cometida y además se

colocar ojos de águila, con el propósito de evitar la contaminación ambiental por

basura y escombros en este río, se impulsara a las autoridades para que se aplique

todo el peso de la ley y de esta manera proteger los derechos de la naturaleza y la

protección del medio ambiente.

5.4.2. Objetivos Específicos.

Diagnosticar la situación ambiental en la que se encuentra el Río Monjas,

parroquia Pomasqui, de la ciudad de Quito, para conocer los principales

problemas ambientales y de salud que produce la contaminación por basura y

escombros en este río.

Detallar cada uno de los derechos y garantías que tienen las personas a vivir en

un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

Reconocer los factores que provocan la contaminación ambiental en el Río

Monjas, parroquia de Pomasqui, de la ciudad de Quito.

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Analizar la Constitución de la República del Ecuador, el Código Orgánico Integra

Penal y las Ordenanzas municipales correspondientes.

5.4.3. Ubicación Sectorial y Física.

Como punto de partida para la aplicación del presente proyecto será en la ciudad de Quito

provincia de Pichincha, en el sector de Pomasqui, en el Río Monjas, y será de mucho

beneficio para el territorio nacional.

5.5. Beneficiarios.

5.5.1. Beneficiarios Directos.

Las personas beneficiarias del presente proyecto de investigación son: todos los

moradores del sector de Pomasqui.

Además, se beneficiarán lo habitantes de las orillas del Río Monjas.

5.5.2. Beneficiarios Indirectos.

Los beneficiarios indirectos de este proyecto, en primer lugar, será el ambiente ya que

con la aplicación del mismo se disminuirá la contaminación a sus aguas por lo cual se

verán beneficiados los agricultores de las riveras de los ríos que a continuación se derivan

de este, así mismo se conservara la flora y fauna existente y se precautelara la extinción

de especies propias de este lugar.

También se verá beneficiada la sociedad y la ciudadanía en general estas gozaran de un

ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo de la humanidad ya que permitirá que

las actividades productivas que realizamos a diario las desarrollemos con más

tranquilidad con miras al desarrollo de las nuevas generaciones.

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5.6. Factibilidad.

5.6.1. Factibilidad interna.

La aplicación de este proyecto es de inmediata aplicación debido a que la propuesta

realizada se encuentra enmarcada dentro de las necesidades de una determinada

población, ya que se da una alternativa positiva a la conservación y recuperación de un

rio que se encuentra rodeado de una población que crece aceleradamente.

El presente proyecto de investigación será aplicado directamente en las riveras del Río

Monjas del sector de Pomasqui, provincia de Pichincha,

5.6.2. Factibilidad externa.

Los Organismos Competentes, deberán proporcionar a la sociedad una orientación basada

en el cuidado, protección y recuperación de la flora y fauna, así también desarrollar

formas sustentables y sostenibles para la recuperación de los ríos.

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5.7. Proyecto de Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La contaminación de ríos, riveras y quebradas del Distrito Metropolitano de Quito,

durante mucho tiempo ha sido contaminado con basura, escombros y químicos arrojados

a el agua de estos ríos, creándose un foco de infección no tan solo para los habitantes de

las sus riveras sino también para toda la población de San Antonio de Pichincha.

Los habitantes de las cercanías a este río no han recibido charlas de capacitación en

materia ambiental peor aún en materia que permita sancionar a las personas que vienen de

otros lugares a botar escombros y basura.

Existen grandes riesgos de deslaves, deslizamientos e inestabilidad del suelo otro

fenómeno es el crecimiento del cauce de este río por culpa de las lluvias, así mismo por la

generación de basureros y escombros que convierten a este río en un foco infeccioso que

genera grandes problemas ambientales, de salubridad y que detienes el desarrollo

económico y estructural de los barrios que se encuentran en sus alrededores.

Por este motivo se crea la necesidad de colocar en las entradas de este río vallas de

información con la respectiva norma que sanciona a las personas que contaminan, así

también se implementara de ojos de águila adicionalmente se situará vigilancia

municipal.

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La valla se detallará de la siguiente manera:

ORDENANZA METROPOLITANA N° 0213

CONTRAVENCIONES DE CUARTA CLASE Y SUS SANCIONES. – será reprimido

con la multa de 1.5 RBUM dólares americanos, quienes cometan las siguientes

contravenciones: a) Arrojar escombros, materiales de construcción, basura y desechos en

general a la red de alcantarillas, quebradas y cauces de ríos.

Y para que los ríos del Distrito Metropolitano de Quito ya no se vean afectados, se hará la

siguiente reforma al COIP.

LA ASAMBLEA NACIONAL:

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la República del Ecuador, ha establecido en el artículo 14 los

derechos de las personas, a vivir en un ambiente sano y el buen vivir, Sumak Kawsay.

Que, es preciso aplicar medidas que protejan el real cumplimiento del mandato

constitucional al referirse de los derechos de la naturaleza.

Que, la Constitución de la República del Ecuador, establece regímenes de derechos en lo

principal y dando prioridad a los derechos de la naturaleza.

Que, el Código Orgánico Integra Penal, no sanciona la contaminación de los ríos por

escombros y basuras es indispensable modificarlo en su parte pertinente.

Que, para evitar la persistencia de actos que atentan en contra de los derechos de la

naturaleza, a más de aplicar sanciones civiles y administrativas es menester implementar

sanciones penales que permitan castigar la comisión de delitos en contra de los derechos

de la naturaleza.

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Que, en uso de los derechos que faculta la Constitución de la República del Ecuador, a

sus ciudadanos el artículo 120 numeral 6 consagra; Expedir, codificar, reformar y derogar

las leyes, e implementarlas con el carácter generalmente obligatorio.

REFORMA AL ARTÍCULO 251 DEL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL

Articulo. 1.- Para preservar los derechos de la naturaleza y amparado en La Constitución

de la República del ecuador, impleméntese un segundo inciso al artículo 251 que dirá lo

siguiente:

Se impondrá la misma pena a la persona o personas que omitiendo una norma de

cuidado atente contra la naturaleza, arrojando basuras o escombros a los ríos y

quebradas.

La presente ley Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal, entrara en vigencia a

partir de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y suscrito, en la sede de la Asamblea Nacional, ubicado en el Distrito

Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, a los……días del mes de…………del

año…….

Lic. Gabriela Rivadeneira Burbano, Presidenta de la Asamblea Nacional.

Dra. Libia Ordoñez, Secretaria General

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CÓDIGOS O LEYES

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180 de 24 de enero de 2014.

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de 2015. Última reforma

Declaracion de Estocolmo sobre el Medio Ambiente Humano (1972).

Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano.

Celebrado en Estocolmo-Suesia.

Ordenanza Municipal del Distrito Metropolitano de Quito 213. Publicado

medinate informes del Consejo Municipal N° IC-2007–218 de 5 de abril

del 2007 de la Comisión de Medio Ambiente. 9/17/2007 10:41 AM -

16882944 ORDM-213 - MEDIO AMBIENTE.

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LINKOGRAFÍA

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realizada el 12 de noviembre de 2016.

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http://federacionuniversitaria71.blogspot.com/2008/09/historia-del-

derecho-ambiental.html. Consulta realizada el 20 de noviembre de 2016).

El Método Jurídico y la Metodología jurídica. Disponible en la URL:

https://prezi.com/fmt6rq_8nebe/el-metodo-juridico-y-la-metodologia-

juridica/. Consulta realizada el 07 de diciembre de 2016.

Gestion Ambiental. Disponible en la URL:

http://gestionambientalec.blogspot.com/p/sus-caracteristicas.html Consulta

realizada el Ambiental 28 de noviembre de 2016.

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ANEXOS

Anexo N° 1: Modelo de Encuesta

1.- Conoce los derechos que tiene la naturaleza, consagrados en la Constitución de la

República del Ecuador.

Sí No

2.- Sabía usted que, ¿el Código Orgánico Integra Penal, sanciona de uno, tres y hasta

cinco años de privación de la libertad, la contaminación ambiental?

Sí No

3.- Cree usted que, la falta de aplicación de las normas penales, origine que las personas

arrojen basura, desechos y escombros a los ríos.

Sí No

4.- Conoce o sabe de Abogados en libre ejercicio que sean especialistas en materia

Ambiental.

Sí No

5.- ¿Sabe usted, que, los gases emanados por los ríos afectan el medio ambiente?

Sí No

6.- ¿Sabe usted que, las aguas de los ríos del Distrito Metropolitano de Quito, son

peligrosas para la agricultura y ganadería?

Sí No

7.- Considera usted, que, se debe dar charlas en materia ambiental a los moradores

cercanos a los ríos, y se entregue trípticos.

Sí No

8.- Si se implementa vigilancia en las orillas de los ríos, ¿cree usted que disminuirá la

contaminación?

Sí No

9.- ¿Considera usted que, si se implementa cámara de ojos de águila en los ríos

disminuirá la contaminación?

Sí No

10.- ¿Considera usted, que, es necesario colocar en las orillas de los ríos, vallas de

información con la sanción pertinente?

Sí No

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Anexo N° 2: Modelo de Entrevista

1.- ¿Considera usted que la ciudadanía conoce suficientemente las normas ambientales?

R. No conocen en forma adecuada ni cómo aplicar estas normas en sus vidas cotidianas.

2.- ¿Considera usted que el Estado ecuatoriano, a través de los gobiernos autónomos

descentralizados, ha tomado medidas necesarias para evitar la contaminación ambiental?

R. El Distrito Metropolitano de Quito, si está tomando acciones, algunos GAD, sobre

todo rurales (noroccidente) también. A los GAD, parroquiales les hace falta equipo

técnico ambiental y social.

3.-. ¿Considera usted que existe suficientes campañas de información acerca de lo que es

la contaminación ambiental, especialmente de la contaminación por arrojar basura y

escombros en los ríos?

R. No es suficiente se debe diseñar e implementar campañas informativas y mecanismos

de incentivos para quienes hacen bien las cosas por periodos de al menos de diez años.

4.- ¿Considera usted que la contaminación ambiental, se produce por culpa del

desconocimiento que existe por parte de la ciudadanía acerca de la normativa vigente que

existe en materia ambiental?

R. En parte si, pero también promover la cultura de que el Estado debe arreglar los

problemas de los ciudadanos, debido a que estas pagan impuestos.

5.- ¿Considera usted que es necesario informar a la población mediante trípticos, vallas

publicitarias, seminarios, conferencias, talleres con las causas y consecuencias de la

contaminación ambiental?

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Anexo N° 3: Ubicación Sectorial

Parroquia de Pomasqui, Rio Monjas.

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La franja de color azul es el Río Monjas

Rio Monjas en la parroquia de Pomasqui.

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101

Dentro del Río Monjas.

Quito, oficialmente San Francisco de Quito, es la capital política de la República del

Ecuador, la más antigua de Sudamérica y de la Provincia de Pichincha, es la segunda

ciudad más grande y la segunda en población; cuenta con 1 60 7734 habitantes

(parroquias urbanas) y 2 239 191habitantes en todo el Distrito Metropolitano de Quito y

actualmente es considerada la capital económica del país.

La ciudad está dividida en 32 parroquias urbanas las cuales se subdivide en barrios. Quito

es el centro político de la República, alberga los principales organismos gubernamentales,

culturales, financieros al ser el hogar de la mayoría de bancos de la Nación.

Pomasqui, zona de pumas, es una ciudad fundada por los españoles el 27 de julio de

1573, tras conquistar, al poblado autóctono. Participaron en la ceremonia de fundación,

65 aborígenes, 7 españoles y 1 mulato, con lo que se demuestra la presencia de población

indígena en la zona. Es un valle donde se ubicaron colonias de mitimaes quechuas,

trasladados por los incas, procedentes de las provincias norteñas, recién conquistadas por

Huayna Cápac. Según Frank Salomon, en 1573 Pomasqui tenía dos clases de

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102

asentamientos: uno conformado por gente conducida por el Inca para cultivar tierras

estatales, y otro conformado por yanaconas, forasteros introducidos por los españoles.

Otras versiones indican la presencia de poblaciones indígenas en la zona, anteriores a los

incas, vinculadas con los quitus y los cayambis. (Wikipedia L. e., 2016)

Por ser uno de los primeros poblados fundados por los conquistadores, Pomasqui tuvo

influencia directa de la arquitectura colonial quiteña. La presencia de las canteras provocó

la construcción de edificaciones en piedra. De esa época data la construcción de San

Francisco, y de la Recoleta, edificios que sufrieron posterior abandono tras ser

deteriorados por terremotos. (Wikipedia, Wikipedia la enciclopedia libre., 2016)


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