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Planes de salud calificados de BMC HealthNet Plan/media/e3c0d4052fba4dab97c15b4e78e38… · Planes...

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Planes de salud calificados de BMC HealthNet Plan ConnectorCare Qualified Health Plan Platinum Qualified Health Plan Gold Qualified Health Plan Silver Qualified Health Plan Bronze Evidencia de Cobertura Este plan de salud cumple con las normas de Cobertura mínima acreditable y satisface la orden individual de que usted cuente con seguro médico. Consulte la página 4 para obtener más información. Boston Medical Center Health Plan, Inc. Two Copley Place Suite 600 Boston, Massachusetts 02116 Fecha de emisión y fecha de vigencia: 1 de enero de 2014 ● Formulario N.º BMCHP QHP2014ver.1
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Planes de salud calificados de

BMC HealthNet Plan

ConnectorCare

Qualified Health Plan Platinum

Qualified Health Plan Gold

Qualified Health Plan Silver

Qualified Health Plan Bronze

Evidencia de Cobertura

Este plan de salud cumple con las normas de Cobertura mínima acreditable y satisface la orden individual de que usted cuente con seguro médico.

Consulte la página 4 para obtener más información.

Boston Medical Center Health Plan, Inc.

Two Copley Place ● Suite 600 ● Boston, Massachusetts 02116

Fecha de emisión y fecha de vigencia: 1 de enero de 2014 ● Formulario N.º BMCHP QHP2014ver.1

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SERVICIOS DE TRADUCCIÓN

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INTRODUCCIÓN

Bienvenido a Boston Medical Center Health Plan. Boston Medical Center Health Plan, Inc., también conocido como BMC HealthNet Plan (“BMCHP”) es una

organización sin fines de lucro autorizada de servicios médicos de Massachusetts. Coordinamos la prestación de

servicios de atención médica a miembros a través de contratos con proveedores de la red de servicios. Los

proveedores de la red de servicios incluyen médicos, otros profesionales de atención médica y hospitales. Todos los

proveedores de la red se encuentran en nuestra área de servicio. Como miembro, usted acepta recibir toda su

atención médica (con algunas excepciones, como emergencias) de proveedores de la red de servicios que están

inscritos en la red de proveedores que se muestra en el Programa de Beneficios. Cuando usted se convierte en

miembro, debe elegir un Proveedor de atención primaria (PCP, por sus siglas en inglés) para que administre su

atención médica. Su PCP es un médico, asistente médico o una enfermera especializada de la red. Su PCP le

proporcionará servicios de atención primaria. Si fuera necesario, su PCP puede coordinar para que usted reciba

atención de otros proveedores de la red de servicios. El Programa del plan de salud calificado (“Programa del Plan de Salud calificado”) es un programa de seguro

médico supervisado por la Autoridad operadora de seguros médicos del Estado (el “Operador de la salud”). Plan de salud calificado BMC HealthNet Plan. A través de un acuerdo con el operador de salud, BMCHP ofrece el

Plan de salud calificado BMC HealthNet Plan, llamado en esta EOC como el “plan”. Los miembros grupales e

individuales que cumplen los requisitos de elegibilidad del plan y del operador de la salud para el Programa del Plan

de Salud Calificado, pueden inscribirse en nuestro plan. A cambio de una prima que el individuo o el Operador

pagan, aceptamos proporcionar la cobertura descrita en esta EOC a aquellos miembros inscritos durante el período

cubierto por la prima. Al enviar una solicitud de afiliación firmada y pagar las primas aplicables, los suscriptores

están de acuerdo con (en su nombres y, si corresponde, sus dependientes inscritos) todos los términos de esta EOC. Esta Evidencia de Cobertura (EOC), que incluye su Programa de Beneficios, es un documento legal importante.

Describe la relación entre usted y BMCHP. También describe sus derechos y obligaciones como miembro. Le indica

cómo el funciona el pan; describe los servicios cubiertos, los servicios no cubiertos y ciertos límites de beneficios y

condiciones; y le indica el costo compartido que usted debe pagar por los servicios cubiertos. También describe otra

información importante. Esperamos que lea esta EOC y la guarde para usarla en el futuro. El índice le ayudará a

encontrar lo que necesita saber. Definiciones: El significado de las palabras que aparecen en cursiva en esta EOC puede encontrarse en la

sección Definiciones (Apéndice A), hacia el final de la EOC. Si necesita ayuda para comprender esta EOC,

póngase en contacto con nosotros. ¡Estamos aquí para ayudarle!

COBERTURA MÍNIMA ACREDITABLE Y REQUISITOS DE SEGURO MÉDICO

OBLIGATORIO REQUISITO DE MASSACHUSETTS PARA UN COMPRAR SEGURO MÉDICO:

A partir del 1 de enero de 2009, la Ley de Reforma de Atención Médica de Massachusetts exige que los

residentes de Massachusetts, de dieciocho (18) años de edad o mayores, tengan una cobertura de salud que

cumpla con los estándares de Cobertura mínima acreditable establecidos por el Operador de Seguros Médicos

del Estado, a menos que sea exonerado del requisito de seguro médico con base en capacidad financiera o

dificultades económicas individuales. Para obtener información adicional llame al Operador de Salud al

1-877-MA-ENROLL o visite el sitio web del Operador de Salud (www.mahealthconnector.org ). Estándares de Cobertura mínima acreditable. Este plan de salud cumple con los estándares de Cobertura

mínima acreditable vigentes a partir del 1 de enero de 2014, como parte de la Ley de Reforma de Atención Médica

de Massachusetts. Si usted compra este plan, cumplirá el requisito legal de tener un seguro médico que cumple con

dichos estándares. ESTA DIVULGACIÓN ES PARA LOS ESTÁNDARES DE COBERTURA MÍNIMA ACREDITABLE

VIGENTES A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2014. DEBIDO A QUE ESTOS ESTÁNDARES PUEDEN

CAMBIAR, REVISE CADA AÑO EL MATERIAL DE SU PLAN DE SALUD PARA DETERMINAR SI SU

PLAN CUMPLE CON LOS ESTÁNDARES MÁS RECIENTES. Si tiene alguna pregunta sobre este aviso, usted puede: Comunicarse con la División de seguros al (617) 521-

7794; o visite su sitio web en www.mass.gov/ doi.

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DIRECTORIO DE NÚMEROS TELEFÓNICOS Y DIRECCIONES

Departamento de Servicios para Miembros: 1-855-833-8120 (llamada gratuita), de lunes a viernes de 8 a.

m. a 6:00 p. m.

Estamos aquí para ayudarle: El Departamento de Servicios para Miembros está disponible para ayudarle a

responder sus preguntas. Nos esforzamos por proporcionar un excelente servicio. Las llamadas a Servicios para

Miembros pueden ser supervisadas para asegurar la calidad del servicio. Le podemos ayudar con lo siguiente:

Cómo funciona el plan.

Elegir un proveedor de atención primaria (PCP).

Beneficios.

Elegibilidad, inscripción y reclamaciones.

Información del proveedor de la red.

Tarjetas de identificación, hacer llegar una duda, facturación y notificación sobre cambio de dirección.

Proceso de satisfacción del miembro (quejas o apelaciones).

Información sobre la revisión de la utilización: Llame a Servicios para Miembros si desea averiguar sobre el

estado de la decisión de revisión de la utilización (revisión de necesidad médica)

Miembros con pérdida total o parcial de la audición: Usted puede comunicarse con Servicios para

Miembros llamando a nuestro teléfono TTY al 1-866-765-0055.

Miembros que no hablan inglés: Un servicio gratuito de traducción está disponible para miembros a

petición. Este servicio le ayuda con alguna pregunta acerca de procedimientos administrativos del plan. Este

servicio le proporciona a usted acceso a intérpretes que pueden traducir más de 140 idiomas. Llame a

Servicios para Miembros.

Línea de Asesoría de Enfermería: 1-866-763-4695 (sin costo las 24 horas). Todas las llamadas son

confidenciales.

Los miembros pueden hablar por teléfono con una enfermera y obtener respuestas a sus preguntas relacionadas

con la salud. Llame cualquier día y a cualquier hora. Una enfermera registrada le ayudará. Luego de explicarle

sus síntomas, la enfermera puede: darle consejos sobre cómo cuidar de sí mismo en el hogar; sugerirle que vaya

a una sala de emergencia; o llame a su médico.

Para obtener atención médica de emergencia: En una emergencia, busque atención en el centro de

emergencias más cercano. Si es necesario, llame al 911 para obtener asistencia médica de emergencia. (Si el 911

no está disponible en su área, llame al número local para servicios médicos de emergencia).

Para obtener atención médica de rutina o urgente: Para atención de rutina y atención urgente dentro del área

de servicio, llame siempre a su PCP.

Para obtener servicios de salud mental y abuso de sustancias: El plan tiene contrato con Beacon Health

Strategies, LLC para administrar todos los servicios de salud mental y por abuso de sustancias. Si necesita estos

servicios, puede hacer cualquiera de las siguientes cosas:

Llame a la Línea gratuita de salud mental /abuso de sustancias las 24 horas (con personal de Beacon) al 1-

877-957-5600 para solicitar asistencia para encontrar un proveedor de la red.

Diríjase directamente a un proveedor de la red que brinde servicios de salud mental o por abuso de sustancias.

Llame a su PCP.

Visite el sitio web de Beacon (www.beaconhealthstrategies.com); o siga el enlace en el sitio web del plan en

(www.bmchp.org) para buscar proveedores de la red.

Para obtener el equipo médico duradero, prótesis, aparatos protésicos o materiales médicos (incluidos

fórmulas médicas y alimentos bajos en proteína): El plan tiene contratos con Northwood, Inc. para manejar la

mayoría de estos servicios. El plan seguirá administrando parte de este equipo y suministros. Si necesita estos

servicios, puede elegir realizar cualquiera de las siguientes opciones:

Comunicarse con nuestro Departamento de Servicios para Miembros al 1-855-833-8120.

Llamar a su PCP para que le ayude a encontrar un proveedor de la red.

Visitar nuestro sitio web (www.bmchp.org) para buscar proveedores de la red.

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Para obtener servicios de farmacia: El plan tiene contrato con EnvisionRx Options. Este es el administrador

de beneficios de farmacia del plan. EnvisionRx Options administra su beneficio de medicamentos con receta

médica. Si necesita ayuda con este beneficio, como información acerca de los medicamentos cubiertos o las

farmacias de la red, usted puede hacer cualquiera de las siguientes cosas:

Comunicarse con Servicios para Miembros o visitar nuestro sitio web (www.bmchp.org)

Póngase en contacto con EnvisionRx Options:

2181 East Aurora Road

Twinsburg, Ohio44087

Teléfono 1- 800-361-4542

Horario de Servicio al Cliente: Disponible las 24 horas, los 7 días de la semana.

Para obtener los medicamentos de pedido por correo: El plan tiene contrato con Orchard Pharmaceutical Services

(“Orchard”) para proporcionar servicios de medicamentos de pedido por correo. Antes de que usted puede utilizar el

programa de medicamentos de pedido por correo, debe haber surtido un suministro de 30 días de cada medicamento,

dos veces en una farmacia de venta al por menor dentro de los 3 meses anteriores. Sólo ciertos medicamentos de

mantenimiento están disponibles a través de pedidos por correo. Para utilizar el servicio de pedidos por correo

primero debe inscribirse en Orchard. Para inscribirse en este servicio y comenzar a recibir medicamentos por correo

debe comunicarse con Orchard por teléfono al 866-909-5170 o llenar el formulario de inscripción de pedidos por

correo que se haya incluido en su paquete de bienvenida de miembro y también está disponible en el sitio web de

Orchard. El proveedor que prescribe también puede llamar a Orchard al 1-866-909-5170 o enviar por fax su receta

médica a ellos al 1-866-909-5171. Una vez que se haya inscrito, usted puede resurtir las recetas médicas por correo,

teléfono, o en línea en www.orchardrx.com.

SITIO WEB DE BMCHP: www.bmchp.org

DIRECCIONES DE BMCHP: Oficinas corporativas de BMCHP:

Boston Medical Center Health Plan, Inc.

Two Copley Place

Suite 600

Boston, Massachusetts 02116

1-855-833-8120

Oficinas locales:

1350 Main Street – 13th

floor

One Financial Plaza

Springfield, MA 01103

Teléfono: 413-730-

4800

Bourne Counting House

One Merrills Wharf

New Bedford, MA 02740

Teléfono: 508-990-2400

PARA COMUNICARSE CON EL OPERADOR DE SALUD: Para obtener información acerca de elegibilidad

para el programa de atención médica calificado y opciones de inscripción, beneficios y primas, comuníquese con el

operador de salud:

Commonwealth Health Insurance Connector Authority

Qualified Health Care Program

PO Box 120089

Boston, MA 02112-9914

Teléfono 1-877-MA-ENROLL (1-877-623-6765).

Las personas con pérdida parcial o total de la audición deben llamar a TTY: 877-623-7773.

Horario de atención: de 8:00 a. m. a 6:00 p. m., de lunes a viernes.

Sitio web: www.mahealthconnector.org

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ÍNDICE

Servicios de traducción ............................................................................................................................................... 2

Introducción: .............................................................................................................................................................. 4

Directorio de números telefónicos y direcciones ....................................................................................................... 5

Capítulo 1. Información de los costos compartidos y el Programa de Beneficios ............................................... 10

Programa de Beneficios........................................................................................................................................ 10

Información de costo compartido ......................................................................................................................... 10

Año de beneficios ................................................................................................................................................. 13

Límites de beneficios............................................................................................................................................ 13

Capítulo 2. Cómo funciona el plan ........................................................................................................................... 14

Paquetes de beneficios.......................................................................................................................................... 14

Elegir un proveedor de atención primaria (PCP) .................................................................................................. 14

Visitar a su PCP.................................................................................................................................................... 14

Cómo cambiar su PCP .......................................................................................................................................... 14

Su PCP le proporciona y lo remite para atención médica..................................................................................... 15

Cuando necesita atención especializada ............................................................................................................... 15

Requisitos de autorización previa para visitas a especialistas de la red ............................................................... 15

Atención por parte de proveedores que no pertenecen a la red ............................................................................ 15

Atención en hospitales de la red u otros centros de la red ................................................................................... 16

Plan de ayuda para encontrar proveedores de la red ............................................................................................. 16

Si no puede comunicarse con su PCP ................................................................................................................... 16

Cancelar citas con proveedores ............................................................................................................................ 16

Sin limitaciones por período de espera o por condiciones preexistentes ............................................................. 16

La red de proveedores .......................................................................................................................................... 16

Servicios de emergencia ....................................................................................................................................... 17

Cobertura para atención cuando está temporalmente de viaje fuera del área de servicio ..................................... 18

Atención hospitalaria para pacientes hospitalizados ............................................................................................ 18

Continuidad de la atención .................................................................................................................................. 19

Servicios de conserjería ........................................................................................................................................ 20

Tarjetas de identificación de los miembros ......................................................................................................... 20

Capítulo 3. Servicios cubiertos ................................................................................................................................. 21

Introducción ......................................................................................................................................................... 21

Costos compartidos .............................................................................................................................................. 21

Autorización previa del revisor autorizado del plan ............................................................................................. 21

Requisitos básicos para la cobertura ..................................................................................................................... 22

Servicios para pacientes hospitalizados ................................................................................................................ 22

Atención hospitalaria para pacientes hospitalizados ..................................................................................... 22

Cirugía reconstructiva y procedimientos ................................................................................................ 22

Trasplante de órganos humanos ............................................................................................................. 23

Atención por maternidad ........................................................................................................................ 23

Salud mental y abuso de sustancias: servicios para pacientes hospitalizados ........................................ 23

Atención prolongada ..................................................................................................................................... 24

Servicios para pacientes ambulatorios .................................................................................................................. 24

Aborto ........................................................................................................................................................... 24

Servicios para alergias ................................................................................................................................... 25

Servicios de ambulancia ................................................................................................................................ 25

Servicios de trastorno de espectro de autismo ............................................................................................... 25

Rehabilitación cardíaca ................................................................................................................................. 25

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Quimioterapia y radioterapia ......................................................................................................................... 25

Atención quiropráctica .................................................................................................................................. 25

Labio leporino y paladar hendido .................................................................................................................. 25

Estudios clínicos............................................................................................................................................ 26

Servicios dentales ......................................................................................................................................... 26

Tratamiento de la diabetes............................................................................................................................. 27

Diálisis .......................................................................................................................................................... 27

Equipo médico duradero y aparatos protésicos (DME) ................................................................................. 28

Servicios de intervención temprana ............................................................................................................. 29

Servicios de emergencia ................................................................................................................................ 29

Servicios de planificación familiar ................................................................................................................ 30

Aparatos de corrección auditiva para niños ................................................................................................... 30

Exámenes de audición (Audiología) ............................................................................................................. 30

Atención médica en el hogar ......................................................................................................................... 30

Servicios de cuidados paliativos ................................................................................................................... 31

Visitas a domicilio......................................................................................................................................... 32

Vacunas ......................................................................................................................................................... 32

Servicios para la infertilidad para residentes de Massachusetts .................................................................... 32

Pruebas de laboratorio, radiología y otros procedimientos de diagnóstico para pacientes ambulatorios ...... 33

Alimentos bajos en proteínas ....................................................................................................................... 34

Servicios de maternidad: pacientes ambulatorios .......................................................................................... 34

Fórmulas médicas.......................................................................................................................................... 35

Suministros médicos ..................................................................................................................................... 36

Salud mental y servicios de abuso de sustancias (para pacientes hospitalizados, intermedios y

pacientes ambulatorios) ................................................................................................................................. 36

Bebés recién nacidos y servicios de hijos adoptivos ..................................................................................... 37

Orientación alimenticia ................................................................................................................................. 37

Aparatos protésicos ....................................................................................................................................... 37

Visitas a la clínica para pacientes ambulatorios para recibir atención médica .............................................. 37

Cirugía para pacientes ambulatorios ............................................................................................................. 37

Servicios de podiatría .................................................................................................................................... 38

Medicamentos con receta médica.................................................................................................................. 38

Servicios médicos preventivos ...................................................................................................................... 41

Aparatos de prótesis ...................................................................................................................................... 42

Servicios de radiología .................................................................................................................................. 42

Terapias de rehabilitación (para pacientes ambulatorios):

Terapia a corto plazo, terapias de rehabilitación física, ocupacional y pulmonar .................................... 42

Segundas opiniones ....................................................................................................................................... 43

Terapia del habla y lenguaje y servicios para trastornos de la audición ........................................................ 43

Manipulación de la columna ......................................................................................................................... 43

Trastorno de la articulación temporomandibular (TMJ) .............................................................................. 43

Servicios de la vista ....................................................................................................................................... 44

Exclusiones de los servicios cubiertos.................................................................................................................. 45

Capítulo 4. Elegibilidad, inscripción, finalización y pagos de primas ................................................................... 50

Plan de salud calificado ........................................................................................................................................ 50

Elegibilidad .......................................................................................................................................................... 50

Fechas de vigencia de la cobertura para suscriptores y dependientes .................................................................. 50

Niños recién nacidos y adoptivos: inscripción y cobertura .................................................................................. 50

Cambio en la categoría de elegibilidad................................................................................................................. 51

Si está hospitalizado cuando comienza la afiliación ............................................................................................ 51

Cobertura para los miembros que residen fuera del área de servicio ................................................................... 52

Pagos de primas .................................................................................................................................................... 52

Terminación de la cobertura del plan .................................................................................................................. 52

Terminación de operador de salud de grupo por falta de pago de la prima .......................................................... 52

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Cuotas de desafiliación voluntaria e involuntaria de los miembros ..................................................................... 53

Preguntas acerca de elegibilidad, inscripción y finalización ................................................................................ 53

Capítulo 5. Continuación de la cobertura de grupo ............................................................................................... 54

Continuación de la cobertura de grupo bajo la Ley Federal (COBRA) ................................................................ 54

Continuación de la cobertura de grupo bajo la Ley de Massachusetts ................................................................. 54

Cierre de la planta ................................................................................................................................................ 55

Divorcio o separación ........................................................................................................................................... 55

Cobertura bajo un contrato individual .................................................................................................................. 55

Capítulo 6. Proceso de satisfacción del miembro .................................................................................................... 56

Introducción ......................................................................................................................................................... 56

Proceso interno de consulta .................................................................................................................................. 56

Proceso interno de queja....................................................................................................................................... 56

Proceso interno de apelaciones ............................................................................................................................. 58

Proceso interno de apelación expedita.................................................................................................................. 60

Otra información importante ................................................................................................................................ 61

Proceso de revisión externa independiente ........................................................................................................... 62

Capítulo 7. Cuando usted tiene otra cobertura ....................................................................................................... 64

Coordinación de beneficios (COB) ...................................................................................................................... 64

Los derechos del plan para recuperar pagos de beneficios: Sustitución y reembolso .......................................... 64

Compensación laboral u otros programas del gobierno........................................................................................ 66

Capítulo 8. Otras disposiciones administrativas del plan ...................................................................................... 67

Oficina de protección al paciente ......................................................................................................................... 67

Administración de la utilización de servicios ....................................................................................................... 67

Administración de la atención .............................................................................................................................. 68

Administración Individual de Beneficios (“IBM”) .............................................................................................. 68

Proceso para desarrollar criterios de evaluación clínica y lineamientos ............................................................... 68

Programas de administración y mejoramiento de la calidad ............................................................................... 69

Proceso para evaluar tratamientos experimentales o investigativos ..................................................................... 69

Proceso para evaluar y tener acceso a la tecnología nueva................................................................................... 69

Desacuerdo con el tratamiento recomendado por proveedores de la red .............................................................. 70

Incentivos de calidad ............................................................................................................................................ 70

Confidencialidad de la información de salud personal ......................................................................................... 70

Facturas de los proveedores ................................................................................................................................. 70

Pagos de primas .................................................................................................................................................... 71

Limitaciones sobre las acciones ........................................................................................................................... 71

Relación entre BMCHP y los proveedores ........................................................................................................... 71

Aviso .................................................................................................................................................................... 71

Circunstancias que van más allá del control razonable del plan ........................................................................... 71

Ejecución de los términos ..................................................................................................................................... 71

Subcontratación .................................................................................................................................................... 71

Esta EOC: Cambios a esta EOC ........................................................................................................................... 71

Igualdad de salud mental ...................................................................................................................................... 73

Apéndice A: Definiciones .......................................................................................................................................... 74

Apéndice B: Derechos y responsabilidades del miembro ....................................................................................... 80

Apéndice C: Información de ERISA para los miembros del grupo ...................................................................... 81

Apéndice D: Servicios adicionales para miembros ................................................................................................. 84

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10

CAPÍTULO 1. INFORMACIÓN DE LOS COSTOS COMPARTIDOS Y EL PROGRAMA

DE BENEFICIOS

Programa de beneficios: Cuando usted se inscribe en el plan, usted recibe un Programa de beneficios y este

documento EOC. El Programa de beneficios para su paquete de beneficios seleccionado es un documento importante.

Contiene un resumen de los servicios cubiertos y cualquier límite de beneficio relacionado.

Le indica la cantidad de su costo compartido (deducibles, copagos y coseguro) y máximos de desembolso

directo.

Le indica la red de proveedores que usted debe utilizar para obtener sus servicios cubiertos.

Asegúrese de conservar su Programa de Beneficios con esta EOC.

Y, por favor asegúrese de leer sobre todos sus beneficios en detalle en el Capítulo 3 de esta EOC, incluidos los

servicios no cubiertos (exclusiones).

Información de costo compartido: Es posible que se le pida compartir los costos de los servicios

cubiertos. Consulte su Programa de beneficios para el costo compartido que se aplica al paquete de beneficios

en el que se inscribió. El costo compartido puede incluir uno o más de los siguientes:

Deducible: Su paquete de beneficios puede tener un deducible anual. El deducible es el monto que paga por

ciertos servicios cubiertos en un año de beneficios antes de que el plan tenga la obligación de pagar por los esos

servicios cubiertos. Una vez que alcanza su deducible, usted paga ya sea: nada, o el copago o coseguro aplicable

para aquellos servicios cubiertos durante el resto del año de beneficios. Consulte su Programa de beneficios.

Deducible individual: La cantidad que un miembro individual paga por ciertos servicios cubiertos antes de que

se haga cualquier pago por medio del plan para esos servicios.

Deducible por familia:

El deducible por familia se aplica a todos los miembros de la familia.

Todas las cantidades que cualquier miembro en una familia paga de sus deducibles individuales se aplican

al deducible de la familia. Sin embargo, lo máximo que una persona puede contribuir con el deducible de

la familia por año de beneficios es igual al monto deducible individual.*

Una vez que el deducible de familia se ha alcanzado durante un año de beneficios, todos los miembros en

una familia en lo sucesivo habrán satisfecho sus deducibles individuales por el resto del año de beneficios.

* Si su paquete de beneficios es una Cuenta de ahorros de salud (HSA)-Plan compatible, y usted selecciona

cobertura familiar, no existe ningún deducible individual. En tal caso, no hay beneficios pagaderos por cualquier

miembro individual inscrito de la familia hasta que el deducible de la familia haya sido satisfecho. Consulte el

Programa de beneficios para obtener más información.

Notas:

Los siguientes no están incluidos en el deducible: copagos; coseguro; deducibles por medicamentos con

receta médica (Rx) (si aplica); primas; costos de miembros que son mayores que el monto autorizado del

plan pagado a proveedores que no pertenecen a la red; y cualquier pago que usted hace por los servicios no

cubiertos.

Los pagos que usted hizo por servicios cubiertos recibidos antes de iniciar un año de beneficios no se

cuentan como parte su deducible en el actual año de beneficios. Al inicio de cada nuevo año de beneficios,

su acumulación de deducible comenzará en cero y usted empezará a acumular nuevamente hacia su

deducible para el nuevo año de beneficios.

La cantidad acreditada hacia el deducible de un miembro se basa en la el monto autorizado del plan en la

fecha de servicio. Vea el Apéndice A: Definiciones para obtener información adicional sobre cantidades

permitidas.

Algunos paquetes de beneficios pueden tener un deducible separado por medicamento con receta médica

(Rx). Lea el siguiente párrafo.

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Deducible por medicamentos con receta médica (Rx): Su paquete de beneficios puede tener un

deducible separado para algunos medicamentos con receta médica. Esto se llama un deducible Rx. Este es el monto

que paga por ciertos medicamentos con receta médica cubiertos en un año de beneficios antes de que el plan tenga la

obligación de pagar por los medicamentos cubiertos. Una vez que alcanza su deducible Rx, usted paga sólo el copago

o coseguro aplicable para esos medicamentos durante el resto del año de beneficios. Consulte su Programa de

beneficios.

Deducible Rx individual: La cantidad que un miembro individual paga por ciertos medicamentos con receta

médica antes de que se haga cualquier pago por el plan por esos medicamentos.

Deducible Rx por familia:

El deducible Rx por familia se aplica a todos los miembros de la familia.

Todas las cantidades que cualquier miembro en una familia paga hacia su deducible individual se aplican

para el deducible Rx por familia. Sin embargo, lo máximo que una persona puede contribuir con el

deducible Rx por año de beneficios es igual a la cantidad de deducible Rx individual.

Una vez que el deducible Rx por familia se ha alcanzado durante un año de beneficios, todos los

miembros en una familia en lo sucesivo habrán satisfecho sus deducibles Rx individuales durante el resto

del año de beneficios.

Notas:

Los pagos que usted hizo por medicamentos con receta médica cubiertos antes de iniciar un año de beneficio,

no se cuentan como parte de su deducible Rx en el actual año de beneficios. Al inicio de cada nuevo año de

beneficios, su acumulación de deducible Rx comenzará en cero y usted empezará a avanzar nuevamente

hacia su deducible Rx para el nuevo año de beneficios.

La cantidad acreditada hacia el deducible Rx del miembro se basa en el monto autorizado del plan en la

fecha de servicio. Vea el Apéndice A: Definiciones para obtener información adicional sobre cantidades

permitidas.

Copago: Una cantidad fija que usted debe pagar por ciertos servicios cubiertos. Los copagos se pagan directamente

al proveedor en el momento en que usted recibe la atención (a menos que el proveedor haga otros arreglos).

Nota: Los copagos que usted pagó por los servicios cubiertos recibidos antes de iniciar un año de beneficios no se

cuentan como parte de su máximo de desembolso directo por su año actual de beneficios. Al comienzo de cada nuevo

año de beneficios, su acumulación comenzará de cero y comenzará a acumularse nuevamente para alcanzar su

máximo de desembolso directo anual para el nuevo año de beneficios.

Coseguro: Una cantidad que usted debe pagar por ciertos servicios cubiertos, que se calcula como un porcentaje.

Usted paga el porcentaje aplicable del monto autorizado del plan en la fecha de servicio. Vea el Apéndice A:

Definiciones para obtener información adicional sobre cantidades permitidas.

Nota: El coseguro que usted pagó por servicios cubiertos recibidos antes de iniciar un año de beneficios no se contará

en su máximo de máximo de desembolso directo para su año actual de beneficios. Al comienzo de cada año de

beneficios, su acumulación comenzará de cero y usted empezará a acumular nuevamente para alcanzar su máximo de

desembolso directo para el nuevo año de beneficios.

Máximo de desembolso directo: Su paquete de beneficios puede tener un máximo de desembolso directo. Esta

es la cantidad máxima de costo compartido que usted debe pagar en un año de beneficios para la mayor parte de los

servicios cubiertos.

El máximo de desembolso directo consiste de todos los: 1 deducibles, copagos y coseguro.

Sin embargo, no incluye2:

primas;

costos de miembros que son más que el monto autorizado para los servicios cubiertos pagados por el plan a

proveedores que no pertenecen a la red; y

costos para los servicios no cubiertos.

1 A menos que su Programa de Beneficios indica lo contrario.

2 A menos que su Programa de Beneficios indique lo contrario.

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Una vez que usted alcanza su máximo de desembolso directo, ya no paga deducibles, copagos ni coseguro durante el

resto de ese año de beneficios.3

Máximo de desembolso directo individual: La cantidad máxima de costo compartido que una persona está

obligada a pagar en un año de beneficios para la mayor parte los servicios cubiertos.

Máximo de desembolso directo por familia:

Todas las cantidades que cualquiera de los miembros en un familia pagan como parte de su máximo de

desembolso directo se aplican al máximo de desembolso directo de la familia. Sin embargo, lo máximo que

una persona puede contribuir con el máximo de desembolso directo por año de beneficios es igual al máximo

de desembolso directo individual.4

Una vez que el máximo de desembolso directo por familia se ha alcanzado durante el año de beneficios,

todos los miembros de la familia habrán alcanzado de allí en adelante su máximo de desembolso directo por

el resto de ese año de beneficios.

Tenga en cuenta que:

Los deducibles, copagos y coseguro que usted pagó antes del comienzo de un año de beneficios no se

cuentan como parte de su máximo de desembolso directo por su actual año de beneficios. Al comienzo de

cada nuevo año de beneficios, su acumulación comenzará en cero y usted empezará a acumular nuevamente

para alcanzar su máximo de desembolso directo anual para el nuevo año de beneficios.

Máximo de desembolso directo de medicamentos con receta (“máximo de desembolso directo Rx”)

Su paquete de beneficios puede tener un máximo de desembolso directo Rx. Si es así, esta es la cantidad máxima de

costo compartido que usted debe pagar en un año de beneficios para los medicamentos recetados cubiertos.

El máximo de desembolso directo Rx consiste en: Deducibles Rx,5 copagos Rx y coseguro Rx.

Sin embargo, no incluye:

costos de miembros que son más que el monto autorizado para los medicamentos recetados cubiertos

pagados por el plan a proveedores farmacéuticos que no pertenecen a la red; y

costos para medicamentos con receta médica no cubiertos.

Una vez que usted alcanza su máximo de desembolso directo, usted ya no paga ningún deducible Rx, copagos Rx o

coseguro Rx por el resto del año de beneficios6.

Su paquete de beneficios puede contener solo un máximo de desembolso directo Rx individual, o un máximo de

desembolso directo Rx individual y familiar

Máximo de desembolso directo individual Rx: La cantidad máxima de costo compartido que una persona está

obligada a pagar en un año de beneficios para medicamentos cubiertos con receta médica.

Máximo de desembolso directo Rx por familia:

Todas las cantidades que cualquiera de los miembros en un familia pagan para su máximo de desembolso

individual Rx se aplican al desembolso máximo Rx por familia. Sin embargo, lo máximo que una persona

puede contribuir para el máximo de desembolso directo Rx por familia por año de beneficios es igual al

máximo de desembolso directo Rx individual.7

Una que el desembolso máximo Rx por familia se ha alcanzado durante el año de beneficios, todos los

miembros de la familia habrán alcanzado de allí en adelante su máximo de desembolso Rx individual para el

resto de ese año de beneficios.

3 A menos que su Programa de beneficios indique lo contrario.

4 * Si su paquete de beneficios es una Cuenta de ahorros de salud (HSA)-Plan compatible, y usted selecciona cobertura

familiar, no existe ningún máximo de desembolso directo individual En tal caso, todo el máximo de desembolso directo

debe pagarse antes de que cualquier miembro de familia individual inscrito reciba el beneficio del máximo de

desembolso directo. Consulte el Programa de Beneficios para obtener más información. 5 A menos que su Programa de beneficios indique lo contrario.

6 A menos que su Programa de beneficios indique lo contrario.

7 * Si su paquete de beneficios es una Cuenta de ahorros de salud (HSA)-Plan compatible, y usted selecciona cobertura

familiar, no existe ningún máximo de desembolso directo individual En tal caso, la totalidad del máximo de desembolso

directo debe alcanzarse antes de que cualquier miembro de familia individual inscrito reciba el beneficio del máximo de

desembolso directo Rx. Consulte su Programa de beneficios para obtener más información.

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Año de beneficios

El año de beneficios es el período de 12 meses consecutivos durante el cual: los beneficios se compran y se

administran; se calculan los deducibles, coseguro y los máximos de desembolso directo; y se aplican la mayoría de

los límites de beneficios.

Para suscriptores individuales: El año de beneficios es un año calendario. [Sin embargo, en algunos casos,

dependiendo de su fecha de vigencia de la cobertura, su primer año de beneficios no tendrá un total de 12 meses. Se

le notificará si ese es el caso. La notificación le indicará si sus deducibles y máximos de desembolso directo, si los

hubiere, se le prorratearán para ese año de beneficios corto.]

Para suscriptores inscritos a través de un contrato de grupo: Su año de beneficios se inicia en la fecha efectiva de

grupo (siempre el primero de un mes calendario) y continúa durante 12 meses desde esa fecha. (Por ejemplo, si la

fecha efectiva de grupo es el 1 de abril, su año de beneficios va desde el 1 de abril al 31 de marzo.) El año de

beneficios luego se renueva de allí en adelante por períodos de 12 meses. (Si usted fuese un nuevo empleado que se

hizo suscriptor después de la fecha efectiva de grupo, su año de beneficios es igual que el año de beneficios para

todos los suscriptores en su grupo. Eso significa que su primer año de beneficios no serán 12 meses completos).

Para dependientes nuevos que se añaden durante un año de beneficios (por ejemplo, un nuevo bebé o nuevo

esposo(a): El año de beneficio del nuevo dependiente comienza en su fecha efectiva de cobertura y corre por el

mismo periodo de tiempo que el año de beneficios del suscriptor.

Límites de beneficios

Para ciertos servicios cubiertos, se pueden aplicar máximos de beneficio por día, visita o en dólares. Su Programa de

beneficios describe los límites de los beneficios. Una vez que el monto de los beneficios que usted ha recibido llega al

límite de beneficios para el servicio cubierto específico, no se proporcionan más beneficios por ese servicio durante el

resto del año de beneficios (u otro período de tiempo designado). Si usted recibe servicios adicionales más allá del

límite de beneficios, debe pagar el monto total por esos servicios.

Para obtener más información

Para obtener información sobre el estimado o máximo monto autorizado para un servicio cubierto (médicamente

necesario) (por ejemplo, una hospitalización propuesta) y el monto estimado de su costo compartido para ese

servicio cubierto propuesto, usted puede llamar a Servicios para Miembros sin costo al 1-855-833-8120. Usted

también puede presentar una solicitud para obtener esta información en nuestro sitio web: www.bmchp.org.

De acuerdo con la información disponible para nosotros en el momento de su solicitud, le informaremos las

cantidades estimadas permitidas y su costo compartido estimado. Cualquier estimado que le proporcionemos no

garantiza la cobertura. La cobertura se basa en cumplir con todas las reglas que aplican en esta EOC. (Por ejemplo,

usted debe ser un miembro del plan en la fecha en que el servicio se aplica a usted.) No hay cobertura para los

servicios no cubiertos. Nota: el costo compartido adicional, según se establece en su Programa de Beneficios, puede

aplicar a servicios cubiertos imprevistos proporcionados a usted durante la prestación del servicio cubierto propuesto.

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CAPÍTULO 2. CÓMO FUNCIONA EL PLAN

Paquetes de beneficios: El Plan de Salud Calificado de BMC HealthNet Plan (el “plan”) tiene diferentes paquetes

de beneficios. Los paquetes de beneficios se diferencian en prima y en costo compartido. Ellos también difieren

en la red de proveedores que están disponibles para usted. Los servicios cubiertos específicos, la red de

proveedores, deducibles, copagos, coseguro y los máximos de desembolso directo para cada paquete de

beneficios se describen en su Programa de Beneficios.

Seleccione un proveedor de atención primaria (PCP): cuando usted se inscriba en el plan, debe elegir un

proveedor de atención primaria, también conocido por las siglas PCP. Usted puede elegir cualquier PCP que

esté en su red de proveedores y que esté disponible para aceptarle.

Un PCP puede ser un médico de medicina interna, medicina familiar, general o pediátrica, o puede ser

un asistente de médico o enfermera profesional.

Cada miembro de una familia puede elegir un PCP diferente. Los pediatras de la red pueden elegirse

como un PCP para un niño(a). (Este es un PCP que se especializa en el tratamiento de los niños). Las

mujeres miembros también pueden seleccionar a un ginecobstetra (OB/GYN) como su PCP.

Los PCP proporcionan atención médica preventiva y de rutina. También puede hacer los arreglos y

coordinar su atención médica con otros proveedores de la red.

Los PCP o sus proveedores suplentes están disponibles las 24 horas del día.

Seleccione un PCP escribiendo el nombre del PCP en su solicitud de inscripción o llamando a

Servicios para Miembros.

Usted debe obtener toda la atención primaria de su PCP designado.

Asignación de PCP para miembros inscritos en ciertos paquetes de beneficios: Si usted no selecciona a un

PCP en un plazo de 15 días de su fecha efectiva de cobertura, el plan le asignará un PCP adecuado para usted.

Esta asignación se basa en su código postal y también podría basarse, según nuestro juicio, en otro tipo de

información relevante que obtengamos de usted y de otros registros. Si a usted se le asigna un PCP, le daremos

el nombre del PCP y le ofreceremos ayuda para programar una cita con el mismo. Usted debe obtener toda la

atención primaria de su PCP designado. Si usted desea cambiar su PCP asignado, consulte "Cómo cambiar su

PCP”, a continuación.

Los PCP aparecen en el Directorio de Proveedores del plan. Usted puede realizar búsquedas de todos los

proveedores en su red de proveedores en nuestro sitio web en www.bmchp.org. (simplemente haga clic en el

vínculo “Encontrar un Proveedor”). Asegúrese de buscar un PCP en la red de proveedores que aparece en su

Programa de Beneficios. También puede llamar a Servicios para Miembros al 1-855-833-8120 y le enviaremos

sin costo un Directorio de Proveedores. Puede encontrar la versión más actualizada del Directorio de

Proveedores en nuestro sitio web: www.bmchp.org. Para obtener ayuda para seleccionar un PCP, llame a

Servicios para Miembros.

Visitar a su PCP: Después de inscribirse, si no se ha reunido con su PCP, le recomendamos que llame a su PCP.

Preséntese como un miembro nuevo del plan y programe una cita. Además, debe pedirle a su médico anterior

que envíe su expediente médico a su PCP nuevo. (Nota: su médico anterior podría cobrarle por las copias).

Cómo cambiar su PCP: Usted puede cambiar su PCP en cualquier momento, pero no más de tres veces (si es un

cambio voluntario) durante un año de beneficios. Para cambiar de PCP, seleccione uno nuevo en el Directorio

de Proveedores. Luego, llame a Servicios para Miembros. Indíquele a Servicios para Miembros que usted desea

cambiar de PCP y obtener autorización para el cambio. (Si no obtiene nuestra autorización, la atención médica

que usted reciba por parte del nuevo PCP) puede no estar cubierta. Los cambios de PCP entran en vigencia el

siguiente día hábil. (En ciertas circunstancias, el cambio puede entrar en vigencia el mismo día o en una fecha

posterior.)

En algunos casos, el plan le pedirá que cambie de PCP. Si esto sucede, debe llamar a Servicios para Miembros

para escoger a un PCP nuevo. Esto puede suceder si su PCP ya no es un proveedor de la red en su red de

proveedores. En este caso, el plan le informará por escrito. Haremos nuestro mejor esfuerzo por enviarle este

aviso como mínimo 30 días antes de que su PCP deje de pertenecer a la red de proveedores. En algunos casos,

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usted puede recibir cobertura continua de servicios de su anterior PCP durante por lo menos 30 días después de

que su PCP se retire de la red de proveedores. (Para obtener más información, vea la “Continuidad de atención

para miembros existentes” más adelante en este Capítulo.)

Su PCP le proporciona y lo remite para atención médica:

Siempre que necesite atención médica, primero debe llamar a su PCP, excepto en una emergencia.

Su PCP le proporcionará atención preventiva y atención primaria cuando esté enfermo o se lesione.

Su PCP puede hacer los arreglos para que usted acuda a otros proveedores de la red (por ejemplo,

especialistas de la red) para otro tipo de atención. Su PCP conoce a otros proveedores de la red y es una

excelente persona para ayudarle a elegir a otros proveedores de la red que pueden proporcionarle servicios

especializados. Comuníquese con su PCP para que le asesore.

Incluso si va por su cuenta (auto-referido) a un especialista de la red para recibir atención especializada, le

instamos a que mantenga a su PCP informado acerca de la atención auto referida. Esto permite a su PCP a

tener una total comprensión de sus servicios y necesidades médicas. Esto ayuda a mantener la calidad de su

atención médica.

Cuando necesite atención especializada: Si cree que necesita atención especializada, lo exhortamos a que llame

primero a su PCP. Su PCP puede decirle si necesita atención especializada y remitirlo a un especialista de la red

adecuado. O, se puede autoremitir si va por su cuenta a un especialista de la red. Pero consulte el siguiente párrafo

que describe los requisitos de autorización previa.

Autorización previa para los especialistas en ciertos hospitales de la red: Por favor, considere que antes de visitar

a especialistas afiliados a ciertos hospitales de la red, su PCP o el especialista que usted desea consultar debe

obtener una autorización previa de un revisor autorizado del plan. (Los hospitales de la red a los que esta regla

aplica se indican en nuestro sitio web en bmchp.org.) En tales casos, el revisor autorizado del plan sólo aprobará

su visita a los especialistas en estos hospitales particulares si la atención especializada que usted necesita no está

disponible con un especialista de la red afiliado a Boston Medical Center. (Nota: La autorización previa no es

necesaria para que visite a especialistas de la red afiliados al mismo hospital de la red como su PCP.)

El plan puede cambiar (añadir o quitar) la lista de hospitales de la red, referidos en el párrafo anterior, para los

que se exigió autorización previa. Si lo hacemos, publicaremos dichos cambios en nuestro sitio web en

www.bmchp.org.

Antes de que visite a un especialista, debe consultar primero con su PCP o especialista de la red para

asegurarse, si es necesario, de que él o el especialista obtenga autorización previa de un revisor autorizado

del plan.

No se necesita autorización previa para que usted consulte a un obstetra, ginecólogo, enfermera obstétrica

certificada o médico familiar de la red que esté afiliado a cualquier hospital de la red para los siguientes

tipos de atención:

Atención por maternidad.

Examen ginecológico anual de rutina. Esto incluye cualquier servicio obstétrico o ginecológico de

seguimiento médicamente necesario como resultado de dicho examen.

Las evaluaciones médicamente necesarias y los servicios relacionados de atención médica para

afecciones ginecológicas agudas o de emergencia.

También puede buscar afiliaciones de los médicos a hospitales en nuestro sitio web: bmchp.org.

Atención por parte de proveedores que no pertenecen a la red: El plan no cubre la atención que usted reciba de

proveedores que no pertenecen a la red, excepto:

en una emergencia (consulte “Servicios de emergencia”, más adelante);

para recibir atención de urgencia cuando está temporalmente de viaje fuera del área de servicio (consulte

“Cobertura para atención de urgencia cuando está temporalmente de viaje fuera del área de servicio”, más

adelante);

algunas situaciones específicas que involucran la continuidad de la atención (vea más adelante “Continuidad

de la atención”); y

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en casos excepcionales cuando ningún proveedor de la red tenga la experiencia profesional necesaria para

brindarle el servicio requerido. En tal caso, su PCP o el plan puede hacer los arreglos para que acuda a un

proveedor que no pertenece a la red. Su PCP debe obtener primero una autorización previa de un revisor

autorizado del plan. (Si a usted se lo autoriza a consultar a un proveedor que no pertenece a la red, su costo

compartido aplicable no cambia.)

Atención en hospitales de la red o en otras instalaciones de la red: En el caso poco probable de que reciba

servicios cubiertos de un proveedor que no pertenece a la red (como un anestesiólogo o radiólogo) mientras se

encuentra en un hospital de la red o en otro centro de la red, el plan pagará por estos servicios cubiertos como si

hubieran sido suministrados por un proveedor de la red.

Ayuda para encontrar proveedores de la red del plan: Usted puede solicitar asistencia al plan si usted o su PCP

tienen dificultades para encontrar proveedores de la red que le puedan proporcionar los servicios médicamente

necesarios. Si lo solicita, identificaremos y confirmaremos directamente la disponibilidad de estos servicios. Si

los servicios médicamente necesarios no están disponibles de parte de los proveedores de la red, haremos los

arreglos para que los proveedores que no pertenecen a la red le puedan proporcionar estos servicios.

Si no puede comunicarse con su PCP: Su PCP o proveedor suplente están disponibles para proporcionarle y

coordinar su atención médica las 24 horas del día. Si su PCP no puede atender su llamada inmediatamente, deje

siempre un mensaje con el personal de la oficina o el servicio de mensajería. Excepto en una emergencia, espere

un período razonable de tiempo para que alguien le devuelva la llamada. Si no puede comunicarse con su PCP o

el proveedor suplente, llame a Servicios para Miembros en el horario de atención. No tiene que llamar a su PCP

antes de solicitar atención de emergencia. Consulte “Servicios de emergencia” más adelante en este capítulo.

Cancelar citas con proveedores: Algunas veces puede tener que cancelar una cita con su PCP o algún proveedor.

Siempre hágalo con suficiente anticipación a su cita. Los proveedores podrían cobrarle por faltar a las citas. El

plan no paga los gastos generados por no asistir a las citas.

Sin limitaciones por período de espera o por condiciones preexistentes: No hay limitaciones por períodos de

espera o por condiciones preexistentes en el plan. Todos los servicios cubiertos están disponibles para usted

desde su fecha de vigencia de la cobertura, a menos que sea un paciente hospitalizado en su fecha efectiva de

cobertura y no haya notificado al plan que usted es un paciente hospitalizado.

La red de proveedores:

Área de servicio: El área de servicio es la zona geográfica en donde están localizados los proveedores de la red

y donde los miembros deben vivir para inscribirse en el plan. Visite el sitio web del plan en www.bmchp.org,

para obtener una descripción de las ciudades y pueblos en el área de servicio del plan.

Su red de proveedores: Como miembro, usted debe obtener toda su atención médica de proveedores inscritos en

la red de proveedores mencionada en el Programa de beneficios. (Aplican excepciones: vea con anterioridad

“Atención de proveedores que no pertenecen a la red”). BMCHP mantiene varias redes de proveedores. Por lo

tanto, al usar la herramienta de búsqueda proveedores en nuestro sitio web (consulte el siguiente párrafo) o al

solicitar una copia impresa del Directorio de Proveedores del plan, por favor asegúrese de verificar la correcta

red de proveedores para el paquete de beneficios en la que usted está inscrito.

Directorio de Proveedores: El Directorio de Proveedores incluye los proveedores de nuestra red. Estos incluyen

PCP, médicos especialistas, otros profesionales de la atención médica y hospitales. El Directorio de Proveedores

está disponible en nuestro sitio web en www.bmchp.org. Una copia impresa gratis del Directorio de Proveedores

está disponible al llamar a Servicios para Miembros al 1-855-833-8120. Debido a que se actualiza con frecuencia,

el directorio en línea está más actualizado que un directorio impreso. Usted también puede llamar a Servicios

para Miembros para obtener información acerca de proveedores de la red.

Información acerca del perfil del médico: Información acerca de los médicos con licencia (como: historial de

negligencia médica, estudios de medicina y la información de residencia) está disponible. Comuníquese con la

Junta de Registro en Medicina del Estado de Massachusetts en www.massmedboard.org.

Cambios a la red de proveedores: Algunas veces, los proveedores en la red de proveedores pueden cambiar

durante el año. Los cambios pueden darse por varias razones: un proveedor puede mudarse fuera del área de

servicio se retira; o no cumple con nuestro nivel de acreditación u otros requerimientos del contrato. Además,

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BMCHP y el proveedor podrían no llegar a un acuerdo respecto a un contrato. Esto significa que no podemos

garantizar que un proveedor en particular continuará como proveedor de la red durante todo el tiempo que usted

sea miembro. Si su PCP se retira de la red, haremos todos los esfuerzos para avisarle por lo menos con 30 días

de anticipación. Servicios para Miembros puede ayudarle a seleccionar un nuevo PCP.

Compensación financiera a los proveedores de la red: BMCHP celebra contratos con proveedores de la red que

pueden contener una variedad de métodos de compensación laboral mutuamente acordados. El Directorio de

Proveedores indica el método de pago para los proveedores de la red. Nuestro objetivo al compensar a los

proveedores de la red de servicios es estimular y recompensar a los proveedores de la red para que proporcionen:

atención preventiva de acuerdo con lineamientos de aceptación general; gestión de calidad de la enfermedad; y

un acceso apropiado a la atención médica. Sin importar cómo les pagamos a los proveedores de la red de

servicios, esperamos que: Utilicen un sano juicio médico cuando proporcionen y coordinen la atención médica;

proporcionen atención médica que sea médicamente necesaria; y eviten una atención médica innecesaria que

podría ser perjudicial y costosa.

Enfermeras especializadas y enfermeras anestesistas diplomadas certificadas: El plan proporciona cobertura de

manera no discriminatoria para los servicios cubiertos proporcionados por una red: enfermera especializada; o

una enfermera anestesista diplomada certificada. Esto significa que el plan le proporciona la misma cobertura,

tanto si los servicios cubiertos se recibieron de una enfermera especializada de la red, como de cualquier otro

proveedor de la red. Los servicios cubiertos proporcionados por estos proveedores deben estar comprendidos

dentro del ámbito legal de su licencia y/o autorización para la práctica.

Servicios de emergencia:

¿Qué se debe hacer en una emergencia? Usted siempre tiene cobertura para recibir atención médica en caso de

emergencia. Usted no necesita autorización previa o referencia de su PCP. (Esto incluye atención médica mental

de emergencia o por abuso de sustancias). En una emergencia, ya sea que usted esté dentro o fuera del área de

servicio: diríjase a la sala de emergencia más cercana; o llame al 911 o a otro número local de emergencia. El

plan no le desaconsejará el uso del sistema de servicios médicos de emergencia prehospitalarios, 911 u otro

número de emergencia local. A ningún miembro se le negará la cobertura para gastos médicos y de transporte

incurridos como resultado de una emergencia.

Costo compartido:

Es posible que aplique el costo compartido: para atención de emergencia que usted obtenga en una sala de

emergencia; o para servicios de observación en un ambiente de hospital sin el uso de la sala de emergencia.

Por favor, consulte el Programa de beneficios para costo compartido aplicable.

El costo compartido se aplica incluso si usted va a una sala de emergencia para una atención que no sea de

emergencia.

Los copagos para servicios de emergencia no se aplican si usted es admitido como paciente hospitalizado

inmediatamente después de recibir servicios de emergencia en una sala de emergencias. Sin embargo,

cualquier costo compartido aplicable para atención de pacientes hospitalizados se aplicará a su permanencia

como paciente hospitalizado.

Si usted obtiene servicios con cobertura de emergencia de un proveedor que no pertenece a la red, el plan

le pagará hasta el monto autorizado. Usted paga costo compartido aplicable y cualquier diferencia entre el

cobro del proveedor y nuestro pago.

Definición de emergencia: una emergencia se refiere a una afección médica, ya sea física, conductual, trastorno

relacionado con el abuso de sustancias o mental que se manifiesta en sí misma por síntomas de suficiente

gravedad, incluido dolor grave, que, en la ausencia de una atención médica inmediata, una persona prudente y no

profesional y que posee un conocimiento promedio de salud y medicina podría esperar razonablemente que

pondría la salud de un miembro o de otra persona, o, en el caso de una mujer embarazada, la salud de la mujer y

de su hijo no nacido, en riesgo grave, deterioro grave de las funciones corporales o disfunción grave de cualquier

órgano o parte del cuerpo; o, con respecto a una mujer embarazada, como se define además en la Sección

1867(e)(1)(B) de la Ley del Seguro Social, 42 U.S.C. Sección 1395dd(e)(1)(B). Ejemplos de emergencias:

ataque al corazón o sospecha de ataque al corazón; infarto cerebral; conmoción; pérdida severa de sangre; asfixia;

trauma severo de la cabeza; pérdida del conocimiento; ataques de epilepsia; y convulsiones.

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Avisos posteriores a la atención de emergencia:

Si usted recibe atención de emergencia en un centro de emergencias (dentro o fuera del área de

servicio), pero no es admitido en el hospital, usted o alguna persona que actúe en su nombre debe

llamar a su PCP después de recibir la atención. Esto ayuda a su PCP a proporcionarle cualquier

atención médica de seguimiento o coordinar para que la reciba.

Si usted recibe atención de emergencia en un centro de emergencias (dentro o fuera del área de

servicio) Y es admitido como paciente hospitalizado, en un centro que no pertenece a la red, usted o

alguna persona que actúe en su nombre DEBE llamar al plan en un plazo de dos días laborales

posteriores a su admisión. Esto es esencial para que el plan pueda: manejar y coordinar su atención

médica; y hacer los arreglos para cualquier transferencia apropiada desde el punto de vista médico.

(Nota: un aviso de parte del proveedor de servicios de emergencia a su PCP, al plan o, en el caso de

servicios de emergencia de salud mental o por abuso de sustancias, a Beacon, cumple con este requisito

de notificación.)

Transferencia: Si usted recibe atención de emergencia de un proveedor que no pertenece a la red (dentro o fuera

del área de servicio): Los servicios continuos con ese proveedor después de que la condición de emergencia

haya sido tratada y se haya estabilizado podrían no estar cubiertos si el plan determina, en conjunto con sus

proveedores, que es segura, apropiada y a bajo costo para que usted sea trasladado a un centro de la red y usted

decide no acudir al centro de la red.

Cobertura para atención cuando usted está temporalmente de viaje fuera del área de servicio:

Si usted viaja temporalmente fuera del área de servicio y se lesiona o enferma, el plan pagará por los

servicios cubiertos médicamente necesarios por la atención de urgencia que usted reciba de

proveedores que no pertenecen a la red. (Consulte la sección “Servicios de emergencia ”, anterior para

la cobertura de atención de emergencia cuando está temporalmente de viaje fuera del área de servicio.)

Le recomendamos que llame a su PCP para que le oriente, cuando sea apropiado, antes de procurar

atención de urgencia. Pero no se requiere que lo haga.

Debe buscar atención de urgencia con el proveedor de atención médica más cercano y apropiado.

Se aplica monto de costo compartido del miembro.

La atención de urgencia es una atención médicamente necesaria para evitar un deterioro grave de su

salud cuando usted tiene una enfermedad o lesión inesperada. Ejemplos: atención por fractura de huesos

o por fiebre alta.

El plan no cubre los siguientes tipos de atención cuando usted está de viaje fuera del área de servicio:

Atención que usted pudo haber previsto antes de salir del área de servicio. Esto incluye atención para

condiciones médicas crónicas que requieren un tratamiento médico continuo.

Atención médica de rutina o preventiva.

Las admisiones electivas como paciente hospitalizado o cirugía ambulatoria que se puedan retrasar de

forma segura hasta que usted regrese al área de servicio.

Atención de seguimiento que puede esperar hasta que usted regrese al área de servicio.

Servicios de maternidad rutinarios para la atención prenatal o después del parto; o parto (incida la atención

después el parto y la atención que se proporciona al recién nacido) o problemas durante el embarazo más

allá de la 37.a semana de embarazo o en cualquier momento después que su proveedor le haya indicado que

está en riesgo de un parto prematuro.

Costo compartido:

El costo compartido (como deducibles y copagos) se aplicará para atención de urgencia que usted reciba

cuando esté de viaje fuera del área de servicio. Por favor, consulte el Programa de beneficios para costo

compartido aplicable.

Si usted obtiene atención de urgencia de un proveedor que no pertenece a la red, el plan pagará hasta el

monto autorizado. Usted paga costo compartido aplicable y cualquier diferencia entre el cobro del

proveedor y nuestro pago.

Atención hospitalaria para pacientes hospitalizados:

Servicios hospitalarios para pacientes hospitalizados: A menos que se trate de una emergencia siempre llame a

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su PCP antes de ir a un hospital.

Si necesita atención hospitalaria, su PCP lo remitirá a un hospital de la red.

En raras ocasiones, cuando no está disponible cualquiera de los servicios de hospital que necesita de la red,

su PCP puede hacer los arreglos para que vaya a un hospital que no pertenece a la red. En tal caso, su PCP

debe obtener autorización previa de un revisor autorizado del plan.

Cobros después de ser dado de alta: Si usted decide permanecer como paciente hospitalizado luego de que un

médico haya programado su alta o determinado que los servicios como paciente hospitalizado ya no son

médicamente necesarios, el plan no pagará ningún gasto que se genere después de ese momento.

Continuidad de la atención:

Continuidad de la atención para miembros existentes:

Terminación de la inscripción de un PCP. Si usted es un miembro cuyo PCP se retira de la red, haremos

nuestros mejores esfuerzos por enviarle un aviso por escrito al menos con 30 días de anticipación antes de

que su PCP se retire. Dicho aviso le indicará cómo escoger un nuevo PCP. A menos que su PCP haya sido

dado de baja debido a fraude o por asuntos relacionados con la calidad de la atención, seguiremos pagando

los servicios cubiertos del PCP que ya no esté afiliado, según los términos de esta EOC, durante al menos

30 días después de la fecha de terminación de la afiliación.

Cancelación de la afiliación del PCP o especialista: Si usted es un miembro cuyo PCP o especialista se

retiran de la red (por razones que no sean fraude o calidad de la atención) y usted está en tratamiento activo

por una condición médica crónica o aguda con ese proveedor, cubriremos un tratamiento continuo con el

PCP o especialista tratante a lo largo del actual período de tratamiento activo, o hasta por 90 días calendario

(lo que sea más corto).

Embarazo. Si usted es una mujer miembro en su segundo o tercer trimestre de embarazo y el proveedor de la

red que usted está visitando en relación con su embarazo ha sido desafiliado del plan (por razones que no

sean fraude o calidad de la atención): Usted puede continuar recibiendo cobertura por los servicios cubiertos

proporcionados por ese proveedor, según los términos de esta EOC, a través de su primera visita posparto.

Enfermedad terminal. Si usted es un miembro con una enfermedad terminal (con una expectativa de vida de

6 meses o menos) y el proveedor de la red que usted está visitando en relación con su enfermedad se ha

desafiliado involuntariamente del plan (por razones que no sean fraude o calidad de la atención): Usted

puede continuar recibiendo cobertura por los servicios cubiertos proporcionados por ese proveedor, según

los términos de esta EOC, hasta su muerte.

Continuidad de la atención para nuevos miembros: si usted es un nuevo miembro, el plan le proporcionará

cobertura por los servicios cubiertos proporcionados por su actual médico que no pertenece a la red, asistente

médico que no pertenece a la red o por su enfermera especializada que no pertenece a la red, según los términos

de esta EOC, de la manera siguiente:

Hasta por 30 días desde la fecha de vigencia de la cobertura, si:

Ningún otra opción de planes de salud ofrecidos por su grupo (si aplica) incluyen a este médico,

asistente de médico o enfermera profesional; y

El médico, el asistente médico o la enfermera especializada le está proporcionando un tratamiento

continuo o es su proveedor de atención primaria.

Hasta su primera visita posparto, si usted es un nuevo afiliado en su segundo o tercer trimestre de embarazo.

Hasta su muerte, si usted es un nuevo miembro con una enfermedad terminal (con una expectativa de vida

de 6 meses o menos).

Condiciones para la cobertura de continuidad de la atención según se describe en esta sección: Los servicios

proporcionados por un proveedor desafiliado o no proveedor de la red según se describe en esta sección de

“Continuidad de la atención” están cubiertos únicamente cuando: el miembro o proveedor obtiene aprobación

previa del plan por los servicios recibidos; los servicios, de otra manera, serían los servicios cubiertos bajo esta

EOC; y el proveedor esté de acuerdo en:

aceptar el pago de parte del plan con las tarifas aplicables a los proveedores de la red;

aceptar dichos pagos como pago completo y no cobrarle más de lo que usted hubiese pagado en costo

compartido si el proveedor era un proveedor de la red;

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cumplir con los estándares de calidad del plan;

proporcionarle al plan la información médica necesaria relacionada con la atención que se brindó; y

cumplir con las políticas y procedimientos del plan: Estos incluyen procedimientos relacionados con la

obtención de una autorización previa, y proporcionar servicios cubiertos de acuerdo con un plan de

tratamiento, si lo hay, aprobado por el plan.

Servicios de conserjería: Es posible que haya algunos proveedores de la red de servicios que cobren honorarios

adicionales por necesidades o servicios especiales. Estos pueden incluir: asistencia con el transporte a sus citas

médicas; citas del mismo día o el siguiente día garantizadas que no sean médicamente necesarias; e ir con

miembros para visitas al especialista. Estos servicios especiales no están cubiertos por el plan. El plan no cubre

los honorarios por dichos servicios. Usted decide si comprar y pagar por estos servicios especiales directamente

a su proveedor.

Tarjetas de identificación de miembros: Le daremos a cada miembro una tarjeta de identificación. Por favor,

revísela cuidadosamente. Si hay algún dato es incorrecto, llame a Servicios para Miembros. Su tarjeta de

identificación de miembro es importante. Identifica su afiliación al plan. Por favor, llévela con usted en todo

momento. Siempre muestre su tarjeta de identificación a cualquier proveedor antes de recibir servicios. Si su

tarjeta se pierde o se la roban, llame a Servicios para Miembros para obtener una nueva. La tarjeta de

identificación en sí misma no le da derecho a recibir los beneficios del plan. Para tener derecho a los beneficios

del plan, usted debe ser un miembro debidamente inscrito en el momento de recibir los servicios de atención

médica.

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CAPÍTULO 3. SERVICIOS CUBIERTOS

Introducción: Este capítulo describe:

Servicios cubiertos;

lo que no está cubierto (exclusiones); y

ciertos límites o condiciones de cobertura.

Costo compartido: Consulte su Programa de beneficios para obtener información acerca de: deducibles; copagos;

coseguro; y máximos de desembolso directo. Nota: Los proveedores podrían negarse a proporcionarle los servicios

cubiertos si usted no paga el costo compartido requerido.

Autorización previa del revisor autorizado del plan: Existen ciertos servicios cubiertos (para pacientes hospitalizados

y para pacientes ambulatorios) que deben ser autorizados (aprobados) con anticipación por un revisor autorizado del

plan. También hay especialistas que pueden estar afiliados a ciertos hospitales de la red para los cuales se debe

obtener autorización previa antes de recibir servicios de ellos. Estos requisitos se conocen como “autorización

previa”. Su proveedor de la red solicitará la autorización previa del plan en su nombre. El revisor autorizado del

plan: revisará su solicitud dentro de los plazos legalmente establecidos; y determinará si el servicio propuesto debería

estar cubierto como una necesidad médica para usted. El plan luego lea indicará a su proveedor y a usted si la

cobertura para un servicio propuesto ha sido aprobada o denegada. Para verificar el estado de una solicitud o el

resultado de una decisión de una autorización previa:

Llame a su proveedor; o llame al plan al 1-855-833-8120.

Siempre deberá verificar con su proveedor antes de obtener servicios o suministros. Asegúrese de que él o ella ha

obtenido cualquier autorización previa.

Si se niega la cobertura para un servicio que no se considera una necesidad médica, su proveedor puede discutir su

caso con un revisor autorizado del plan. Él o ella también puede buscar la reconsideración del plan. Si no se revierte

la negación, usted tiene derechos de apelación. Consulte el Capítulo 6. (Su derecho a presentar una apelación no

dependerá de si su proveedor procuró una reconsideración.)

Ejemplos de servicios cubiertos que requieren autorización previa del plan:

Imágenes de alta tecnología: CT/CTA, MRI, MRA, PET y NCI/NPI (diagnóstico nuclear cardíaco por imágenes).

Transporte que no es de emergencia cubierto. (Consulte los servicios de ambulancia en el Capítulo 3).

Aparatos protésicos y equipo médico duradero

Prótesis

Fórmulas médicas

Alimentos bajos en proteína.

Atención médica en el hogar

Centro de cuidados paliativo.

Tratamiento para la infertilidad

Servicios para pacientes ambulatorios por salud mental y abuso de sustancias. Su proveedor debe llamar a

Beacon para obtener una autorización previa

Ingreso de pacientes que no es de emergencia

Orientación nutricional

Trasplantes de órganos

Terapias de rehabilitación para pacientes ambulatorios. (Por ejemplo: fisioterapia, terapia ocupacional y del

habla).

Ciertos medicamentos con receta médica en una farmacia o que se le administran a usted (por inyección o

infusión).

Atención especializada de ciertos especialistas de la red. Consulte el Capítulo 2 para obtener más información.

Los siguientes son sólo ejemplos. Por favor consulte con su proveedor, o llame al plan, para obtener más información

acerca de servicios específicos, suministros y medicamentos sujetos a una autorización previa. De vez en cuando, el

plan puede cambiar los servicios sujetos a una autorización previa.

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Requisitos básicos para la cobertura: Para que sean servicios cubiertos, todos los servicios y suministros deben

cumplir con todos los siguientes requisitos:

Que se describan en este Capítulo como servicios cubiertos.

Que sean médicamente necesarios.

Que se reciban mientras usted sea miembro del plan.

Que sean proporcionados por un proveedor de la red en su red de proveedores, excepto según se describe en el

Capítulo 2. Consulte el Capítulo 2: “Atención por parte de proveedores que no pertenecen a la red.”

En algunos casos, autorizado por anticipado por un revisor autorizado del plan. (Autorización previa.)

Que no figuren como excluidos en esta EOC.

Que hayan sido proporcionados para tratar una lesión, enfermedad o embarazo; o para propósitos de cuidados

preventivos.

Que sean congruentes con las leyes federales y estatales aplicables.

SERVICIOS PARA PACIENTES HOSPITALIZADOS:

Autorización previa del revisor autorizado del plan: Ciertos servicios cubiertos para pacientes hospitalizados que se

describen a continuación requieren autorización previa (aprobación) por un revisor autorizado del plan. Si el proveedor

del servicio no obtiene la autorización previa, el plan no cubrirá el servicio. Consulte siempre con su proveedor para

asegurarse de que él o ella ha obtenido la aprobación necesaria del plan.

Atención de pacientes hospitalizados: El plan cubre atención médica aguda de pacientes hospitalizados. Esto

está cubierto en un hospital de enfermedades crónicas o generales. La cobertura es por la cantidad de días que sean

médicamente necesarios. Esto incluye:

Habitación semiprivada y comida. (Habitación privada cubierta únicamente cuando sea médicamente necesario).

Anestesia.

Terapia de radiación y quimioterapia.

Las visitas del médico y consultas con el especialista, mientras usted se encuentre hospitalizado.

Pruebas de diagnóstico (ejemplos: Laboratorio, rayos X y otras pruebas por imágenes).

Diálisis

Atención médica intensiva\cardíaca

Servicios de laboratorio y de imágenes de diagnóstico.

Medicamentos cuando se encuentra hospitalizado.

Atención de enfermería

Fisioterapia.

Terapia ocupacional.

Terapia del habla.

Terapia cardíaca.

Terapia respiratoria.

Cirugía. Esto incluye lo siguiente:

o Procedimientos y cirugía reconstructiva: El plan cubre procedimientos y cirugía reconstructiva

médicamente necesarios. Estos están cubiertos únicamente cuando los servicios se requieren: para aliviar el

dolor; o para mejorar o restablecer la función corporal dañada como resultado de:

un defecto de nacimiento;

lesión causada por un accidente;

enfermedad; o

un procedimiento quirúrgico cubierto.

El plan también cubre los siguientes servicios de posmastectomía:

Reconstrucción del seno afectado por la mastectomía.

Cirugía y reconstrucción del otro seno para lograr un aspecto simétrico.

Prótesis y tratamiento de complicaciones físicas en todas las etapas de la mastectomía. (Esto incluye el

linfoedema).

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La remoción de implantes de seno tiene cobertura únicamente cuando:

existe una complicación médica relacionada con un implante (como una ruptura del implante de seno); o

existe evidencia documentada de enfermedad autoinmune.

Exclusiones relacionadas: procedimientos cosméticos, salvo por cobertura de posmastectomía, como se

describe en esta sección.

o Trasplante de órganos humanos: el plan cubre:

Trasplantes de médula ósea. Esto se incluye para miembros diagnosticados con cáncer de mama

que ha progresado hasta enfermedad con metástasis. Los miembros deben cumplir con los criterios

establecidos por el DPH de Massachusetts.

Trasplantes de órganos humanos sólidos proporcionados a los miembros.

Trasplantes de células madre hematopoyéticas proporcionadas a miembros.

Usted debe ser aprobado por el centro de trasplantes como candidato para el trasplante recomendado. Los

servicios de trasplante también deben ser: aprobados por un revisor autorizado del plan; y proporcionados

en un centro de trasplantes de la red. (Nota: los centros de trasplante de la red pueden incluir centros que

están fuera del área de servicio. En tal caso, el plan pagará por transporte relacionado con una necesidad

médica para el miembro.)

El plan cubre los siguientes servicios cuando la persona que recibe el trasplante de órgano es un miembro:

Atención a la persona que recibe el órgano.

Los costos de búsqueda de donante a través de registros establecidos de donantes de órganos.

Los siguientes cargos en los que el donante incurra al donar las células madre o el órgano al miembro,

pero únicamente en la medida que estos gastos no sean cubiertos por el plan del donante o cualquier

otro plan de salud:

Evaluación y preparación del donante.

Servicios de cirugía y recuperación directamente relacionados con la donación del órgano al

miembro.

Exclusiones relacionadas:

Gastos, en calidad de donantes, de los miembros que donan órganos a personas que no son miembros.

Trasplantes de órganos experimentales o de investigación.

o Atención por maternidad: El plan cubre:

Servicios de hospital y el parto de la madre. Nota: La estancia de la madre en el hospital está cubierta

durante al menos: 48 horas después de un parto vaginal; y 96 horas después de un parto por cesárea. Las

decisiones de reducir la estancia de la madre y el recién nacido como pacientes hospitalizados son

tomadas únicamente por el médico tratante y la madre (no por el plan).

Gastos de rutina para recién nacidos para recién nacidos saludables.*

Atención adecuada del recién nacido.* Esto incluye: atención pediátrica; circuncisión de rutina

proporcionada por un médico; y pruebas de audición para recién nacidos realizadas por un proveedor de

la red antes de que al recién nacido (un infante de menos de tres meses de edad) le den de alta del

hospital, o según lo establecido por las regulaciones del DPH de Massachusetts.

Una visita al hogar por un proveedor de la red que sea: enfermera registrada; médico; o partera

certificada. Visitas adicionales al hogar por proveedores de la red de servicios cuando sea una

necesidad médica. Estas visitas en el hogar pueden incluir: Educación para los padres; asistencia y

capacitación en lactancia materna o la alimentación con biberón; y pruebas necesarias y apropiadas.

*Notas:

Si usted está inscrito en un paquete de beneficios que no permite a los suscriptores inscribir a los

recién nacidos como dependientes: el plan no cubre costos (para pacientes hospitalizados o para

pacientes ambulatorios) relacionados con su recién nacido, excepto gastos de rutina para recién

nacidos y atención a recién nacidos saludables. Consulte el Capítulo 4 para obtener más información.

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Si usted está inscrito en un paquete de beneficios que le permite inscribir a los recién nacidos como

dependientes: Para los recién nacidos, el plan cubre los gastos de rutina para recién nacidos y atención a

recién nacidos saludables. El recién nacido debe estar inscrito en el plan dentro de los siguientes 30 días

después de la fecha de nacimiento para que el plan cubra otros servicios que son una necesidad médica

prestados al recién nacido.

Nota: Usted no deberá viajar fuera del área de servicio:

después de su 37.a semana de embarazo; o

en cualquier momento después de que su proveedor le haya indicado que usted presenta riesgo de un

parto prematuro.

No hay cobertura para el parto (incluidas atención después el parto y la atención que se da al recién

nacido) o problemas durante el embarazo fuera del área de servicio: después de su 37.a semana de

embarazo; o en cualquier momento después de que su proveedor le diga que usted está en riesgo de un

parto prematuro.

Para servicios de pacientes hospitalizados por salud mental y abuso de sustancias:

Consulte “Servicios de salud mental y abuso de sustancias ” más adelante en este capítulo.

Atención prolongada: El plan cubre atención médicamente necesaria en un centro de atención prolongada

hasta cualquier límite de beneficios en su Programa de beneficios. Un centro de atención prolongada es: un

centro de cuidados especializados de enfermería; hospital de rehabilitación; o un hospital de enfermedades

crónicas. Usted debe necesitar la atención diaria de enfermería especializada para pacientes hospitalizados o

servicios de rehabilitación. La cobertura incluye:

comida y cuarto semiprivado;

servicios del centro de atención; y

el uso de equipo médico duradero mientras se encuentre en el centro.

Nota: Puede que usted ya no necesite servicios hospitalarios de cuidado intensivo pero no puede ser transferido a

un centro de atención médica prolongada debido a que una cama no está disponible. En tal caso, el plan puede

hacer arreglos para que el hospital donde se encuentra le proporcione servicios de atención prolongada hasta que

dicha cama esté disponible. Estos días adicionales en el hospital de cuidados intensivos le contarán para los

límites de beneficios extendidos aplicables.

Exclusiones relacionadas con toda la atención del paciente hospitalizado: El plan no cubre lo siguiente en relación con la

admisión de un paciente hospitalizado:

Artículos personales. Los ejemplos incluyen: teléfono; y gastos de la televisión.

Servicios de atención privada de enfermería.

Todos los gastos que excedan la tarifa de habitación semiprivada, salvo cuando una habitación privada sea

médicamente necesaria.

Atención asistencial o de descanso.

Gastos posteriores al alta del hospital

Gastos posteriores a la fecha en que usted ya no es un miembro del plan.

SERVICIOS PARA PACIENTES AMBULATORIOS:

Autorización previa del revisor autorizado del plan: Ciertos servicios cubiertos para pacientes ambulatorios

requieren autorización previa (aprobación) de un revisor autorizado del plan. Si el proveedor del servicio no obtiene la

autorización previa, el plan no cubrirá el servicio. Siempre consulte con su proveedor para asegurarse de que él o ella ha

obtenido la aprobación necesaria.

Aborto: Consulte Cirugía para pacientes ambulatorios.

Servicios para alergias: El plan cubre:

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Pruebas para alergias.

Tratamiento de alergias.

Inyecciones para alergias.

Pruebas de sensibilidad. Limitadas a una por año de beneficios.

Exámenes de sangre y de función pulmonar. Limitados a tres por año de beneficios.

Servicios de ambulancia: El plan cubre:

El transporte de ambulancia por tierra al centro médico más cercano para asistencia médica de emergencia.

(El transporte por ambulancia aérea está cubierto únicamente cuando: no se puede utilizar un servicio de

ambulancia terrestre para trasladar al miembro; o cuando estas formas de transporte son médicamente

necesarias para su afección médica de emergencia).

Ambulancia terrestre que no sea de emergencia o silla de automóvil para llevar al miembro de un centro

para pacientes hospitalizados a otro centro de hospitalización por los servicios cubiertos.

Cuando sea médicamente necesario, ambulancia terrestre que no sea de emergencia o silla de automóvil

para llevar al miembro de un centro como paciente hospitalizado por un servicio cubierto.

Cuando sea médicamente necesario, transporte en ambulancia aérea u otro transporte aéreo que no sea

emergencia.

Exclusiones relacionadas:

Transporte hacia o desde las citas médicas (excepto cuando esté cubierto según se describió anteriormente).

Transporte por taxi o transporte público.

Servicios de trastorno de espectro de autismo: Consulte “Servicios de salud mental y abuso de

sustancias” más adelante en este capítulo.

Rehabilitación cardíaca: El plan cubre rehabilitación cardíaca para pacientes ambulatorios. Esto debe cumplir

con los requisitos de la DPH de Massachusetts. Su primera visita debe ser dentro de los siguientes 26 semanas:

de la fecha en que fue diagnosticado primera vez con una enfermedad cardiovascular o después de un evento

cardíaco. El plan cubre:

Fase de convalecencia del programa de rehabilitación del paciente ambulatorio, luego de que se lo dio de

alta en el hospital.

Fase del programa de pacientes ambulatorios que aborda: reducción de riesgos múltiples; ajuste a la

enfermedad; y ejercicio terapéutico.

Exclusiones relacionadas:

La fase del programa que mantiene la salud cardiovascular rehabilitada.

Cuotas de club de acondicionamiento físico o de salud.

Equipo para ejercicios.

Quimioterapia y radioterapia: El plan cubre la quimioterapia y la radioterapia.

Atención quiropráctica: Consulte la manipulación de la columna.

Labio leporino y paladar hendido: El plan cubre los siguientes tratamientos médicos, dentales, cirugía oral

y el tratamiento de ortodoncia de carácter ambulatorio para los miembros que sean niños menores de 18 años de

edad únicamente cuando sea una necesidad médica y consiguiente al tratamiento de labio leporino, paladar

hendido o ambos:

Servicios médicos para pacientes ambulatorios que incluyen pero no se limitan a:

o Servicios de audiología

o Servicios de nutrición

o Terapia del habla

o Cirugía oral y facial, y tratamiento quirúrgico y atención médica de seguimiento relacionada

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Servicios dentales y de ortodoncia para pacientes ambulatorios que incluyen, pero no se limitan a:

o Servicios preventivos y de restauración para garantizar la buena salud y estructuras dentales adecuadas

para el tratamiento de ortodoncia o terapia de manejo de prótesis.

o Manejo y tratamiento de ortodoncia.

Autorización previa: Algunos servicios para el tratamiento del labio leporino y paladar hendido requieren

autorización previa. Siempre consulte con su proveedor para asegurarse de que él o ella ha obtenido la

aprobación necesaria del plan.

Exclusiones relacionadas:

Procedimientos cosméticos, excepto cuando sea necesario para mejorar o restablecer la función fisiológica

dañada como resultado de labio leporino, paladar hendido o ambos.

Tratamiento de ortodoncia o dental no relacionado con el manejo de las afecciones congénitas de labio

leporino y paladar hendido.

Estudios clínicos: El plan cubre los servicios para miembros inscritos en un estudio clínico calificado o aprobado

para el tratamiento de cualquier forma de cáncer u otra enfermedad o afección que amenace la vida. La cobertura

se proporcionará según los términos y condiciones en la ley de MA (Capítulo 175, M.G.L. sección 110 L) o la

ley de atención a un precio asequible (42 USC, sección 300gg-8). Los siguientes servicios están cubiertos:

Los servicios que son una necesidad médica para el tratamiento de su afección; de acuerdo con el protocolo

de estudio de la prueba clínica; y para el que la cobertura, de otra manera, está disponible en el plan.

Los costos razonables de un medicamento o dispositivo de investigación que ha sido aprobado para su uso

en el estudio clínico; sin embargo, la cobertura es sólo en la medida en que el medicamento o dispositivo no

sea pagado por su distribuidor, fabricante o el proveedor.

Servicios dentales: El plan cubre sólo los siguientes servicios dentales:

Servicios dentales de emergencia: El plan cubre los siguientes servicios dentales de emergencia únicamente

cuando: hay una lesión traumática a los dientes sanos, naturales y permanentes causada por una fuente

externa a la boca; y los servicios dentales de emergencia son proporcionados por un médico en una sala de

emergencias de un hospital o sala de operaciones dentro de las siguientes 48 horas después de la lesión:

o rayos X; y

o emergencia relacionada con la reparación de tejidos dañados y/o la reubicación de dientes desplazados

o fracturados.

Cirugía para pacientes hospitalizados o ambulatorios por servicios dentales no cubiertos: El plan cubre los

gastos del centro médico (y gastos médicos relacionados, tales como radiología, laboratorio y anestesia) sólo

cuando son una necesidad médica, debido a que usted tiene una afección médica no dental grave, para que

usted sea admitido:

o en un hospital de la red;

o en una unidad de cirugía de atención por día de un hospital de la red; o

o en un centro de cirugía ambulatoria de la red como paciente ambulatorio;

para que usted reciba servicios dentales no cubiertos. El plan no cubre los servicios dentales.

Los ejemplos de afecciones médicas no dentales graves incluyen: hemofilia y enfermedades cardíacas.

Labio leporino y paladar hendido: El plan cubre servicios de ortodoncia y dentales (incluyendo odontología

preventiva y de restauración) médicamente necesarios para el tratamiento de labio leporino y paladar

hendido. Por favor consulte “Labio leporino y paladar hendido” anteriormente en este Capítulo 3 para

obtener más detalles.

Nota importante: Este plan no incluye la cobertura de los servicios dentales pediátricos según la Ley Federal de

protección al paciente y atención de salud asequible. La cobertura del nivel apropiado de los servicios dentales

pediátricos se puede comprar como un plan dental independiente. Usted puede comprar un plan dental independiente

del operador de salud que incluye el nivel correspondiente de la cobertura de los servicios dentales pediátricos,

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directamente del operador de la salud. Por favor, llame al operador de la salud o al plan de salud o, si aplica, su

administrador de grupo, para obtener más información.

Tratamiento para la diabetes: El plan cubre lo siguiente para miembros con diabetes si estos son una

necesidad médica para diagnosticar o tratar: dependencia de insulina; diabetes tratada con insulina; no insulino-

dependientes; o la diabetes gestacional.

Servicios educativos y entrenamiento de autogestión para pacientes ambulatorios con diabetes. Esto incluye

la terapia de nutrición médica. Estos deben ser proporcionados por un proveedor de la red que sea un

proveedor certificado en diabetes.

Servicios de podiatría para tratar afecciones podiátricas para los miembros diagnosticados con diabetes,

incluyendo: Pruebas de diagnóstico de laboratorio y rayos X; cirugía y atención postoperatoria necesaria;

atención de rutina de los pies (como recorte de callos, uñas y otra atención higiénica); y otra atención de los

pies que sea médicamente necesaria.

Bajo el beneficio de laboratorio del plan, este cubre: pruebas de laboratorio de la diabetes, incluidas pruebas

de hemoglobina glicosilada o HbA1c; y perfiles de lípidos y microalbúmina/proteína de la orina.

Bajo el beneficio del equipo médico duradero del plan, el plan cubre: bombas de insulina y suministros de la

bomba de insulina; agujas y jeringas de insulina; lancetas y tiras reactivas para diabéticos; monitores de

glucosa en sangre para uso en el hogar; sintetizadores de voz y lentes de aumento cuando sean médicamente

necesarios para uso en el hogar para el que sea legalmente ciego. Bajo el beneficio de prótesis del plan, el plan cubre: calzado terapéutico y moldeado, así como plantillas de

zapatos para la afección grave del pie diabético. Los zapatos/plantillas deben ser: recetados por un podiatra

de la red u otro médico calificado; y proporcionados por un podiatra, ortopedista, protesista o pedortista de

la red. Bajo el beneficio de medicamentos con receta médica del plan, el plan cubre: medicamentos orales para la

diabetes con receta que tienen influencia en los niveles de azúcar en la sangre; insulina; agujas y jeringas de

insulina; plumas de insulina; lancetas; y tiras de monitorización de glucosa en sangre, glucosa en la orina y

cetonas.

Nota en relación con ciertos suministros para la diabetes: Cuando se obtienen de una farmacia de la red, ciertos

suministros para la diabetes están cubiertos bajo su beneficio de medicamentos con receta médica; cuando son

obtenidos de un proveedor de DME de la red, estos materiales están cubiertos bajo el beneficio de su equipo

médico duradero. Algunos ejemplos son: agujas y jeringas de insulina; y lancetas y tiras reactivas para diabéticos.

Diálisis: El plan cubre lo siguiente:

Diálisis renal para pacientes ambulatorios en una red: hospital; o centro de diálisis independiente.

Diálisis en el hogar. Esto incluye suministros médicos no duraderos como: solución y membrana de diálisis;

cánulas y medicamentos que se necesitan durante la diálisis; y el costo de instalar, mantener o reparar el

equipo de diálisis. El plan decide si se alquila o se compra el equipo.

Si usted viaja temporalmente fuera del área de servicio, el plan cubre la diálisis hasta por un mes por año de

beneficio. Primero, usted debe hacer arreglos previos necesarios con su proveedor de la red; y su proveedor de

la red debe obtener aprobación previa de un revisor autorizado del plan.

Cuando la ley federal permite que Medicare sea el asegurador primario, usted debe enviarnos su solicitud para

Medicare. Usted también debe pagar cualquier prima de Medicare. Cuando Medicare es el asegurador primario

(o sería el primario si usted se hubiese inscrito puntualmente): el plan cubrirá únicamente los costos que superan

lo que tendría que pagar Medicare.

Exclusiones relacionadas con la diálisis en el hogar:

Costos para obtener o suministrar electricidad, agua o sistemas de eliminación de desechos.

Costos de una persona para que ayude con la diálisis.

Hemodiálisis en el hogar.

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Equipo médico duradero y aparatos protésicos (DME): El plan cubre un DME médicamente

necesario. El DME deberá ser recetado por un médico de la red. El plan decidirá si el DME se alquila o se

compra. El DME debe comprarse o alquilarse de un proveedor de la red.

El DME se define como los aparatos o instrumentos de naturaleza duradera, que deben ser:

capaces de soportar el uso repetido;

razonables y necesarios para sostener un límite mínimo de vida cotidiana independiente;

fabricados principalmente para servir un propósito médico;

generalmente innecesarios en ausencia de una enfermedad o lesión;

aptos para usarse en el hogar; y

médicamente necesarios para usted.

La cobertura por DME está disponible únicamente para:

El DME menos costoso que le permita dedicarse a las actividades de la vida diaria. Si el plan decide que

usted eligió un DME que cuesta más que el DME menos costoso que le permita dedicarse a actividades de

la vida diaria, el plan pagará únicamente por los costos que se hubieran pagado por el DME menos costoso

que cumpla con sus necesidades. En este caso, usted tendrá que pagar los gastos del proveedor que

sobrepasan la cantidad permitida del plan.

Un artículo de cada clase de equipo que se adapte a sus necesidades. (No hay cobertura para ningún artículo

o elemento de respaldo que tiene un propósito doble).

Reparación y mantenimiento del DME cubierto.

Los siguientes son ejemplos de DME con cobertura y sin cobertura: (llame al Departamento de Servicios para

Miembros si tiene preguntas sobre la cobertura de un equipo en particular de DME.)

El DME con cobertura incluye lo siguiente:

Sillas de ruedas.

Muletas, bastones, andadores.

Equipo para tratar enfermedades respiratorias y administrar oxígeno.

Camas de hospital.

Bombas de insulina y suministros de la bomba de insulina; agujas y jeringas de insulina; lancetas y tiras de

prueba de insulina; monitores de glucosa en sangre para uso en el hogar; sintetizadores de voz y lentes de

aumento cuando sean médicamente necesarios para uso en el hogar para el individuo legalmente ciego. Algunos tipos de aparatos ortopédicos.

Equipo ortopédico que no sea para zapatos o para los pies.

Bombas sacaleche y materiales relacionados (cubiertos bajo el beneficio de “Servicios médicos preventivos”,

a continuación)

.

Nota en relación con ciertos suministros de diabetes: Cuando son obtenidos de una farmacia de la red, ciertos

suministros para la diabetes están cubiertos por su beneficio de medicamentos con receta médica; cuando son

obtenidos de un proveedor de DME de la red, estos materiales están cubiertos bajo su beneficio DME. Algunos

ejemplos son: agujas y jeringas de insulina; y lancetas y tiras reactivas para diabéticos.

Exclusiones relacionadas:

Prótesis dentales.

Artículos de comodidad o conveniencia.

Almohadillas de calor, botellas de agua caliente.

Aparatos ortopédicos de los pies y zapatos soportes de arco; plantillas para zapatos; o ajustes, yeso y otros

servicios relacionados con dispositivos para los pies (excepto para miembros con enfermedad grave de pie

diabético).

Bacinicas y barandas para camas.

Modificaciones en el hogar

Equipo de adaptación para el hogar.

Equipo para ejercicios.

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Equipo para deportes o para propósitos de empleo.

Pelucas (o peluquines.) para la pérdida de cabello debido a: calvicie masculina o femenina; o por

envejecimiento natural o prematuro.

Para miembros mayores de 21 años de edad: dispositivos de corrección auditiva, moldes de oreja;

impresiones; baterías; accesorios; e instrucción para el uso y cuidados de un aparato de corrección auditiva.

Servicios de intervención temprana: El plan cubre los servicios de intervención temprana proporcionados

por un proveedor de la red. Estos servicios deben ser de un programa de intervención temprana que cumpla con

los estándares del DPH de Massachusetts. Este beneficio es únicamente para miembros hasta los 2 años de edad

que cumplen con los criterios establecidos. No hay ningún costo compartido. Los servicios de intervención

temprana incluyen lo siguiente:

Fisioterapia.

Terapia del habla.

Terapia ocupacional.

Atención de enfermería

Orientación psicológica.

Nota: Límites de beneficios aplicables a terapias de rehabilitación no aplican para servicios de intervención temprana.

Servicios de emergencia: El plan cubre servicios de emergencia en una sala de emergencia.

Usted siempre tiene cobertura para recibir atención médica en caso de emergencia. No necesita autorización

previa ni referencia de su PCP. En una emergencia, usted debe: dirigirse a la sala de emergencia más

cercana; o llamar al 911 o a otro número local de emergencia.

El plan proporciona cobertura para servicios de postestabilización. Estos son servicios cubiertos que se

necesitan para estabilizar su afección después de una emergencia hasta el momento que su médico tratante

decida que usted tiene la estabilidad suficiente para transferirle o darle de alta.

Costo compartido: Consulte su Programa de beneficios para obtener información acerca de montos específicos

de costo compartido.

El costo compartido puede que aplique: para atención de emergencia que usted obtenga en una sala de

emergencia; o para la observación de los servicios en un ambiente de hospital sin el uso de la sala de

emergencia. Por favor, consulte el Programa de beneficios para costo compartido aplicable.

El costo compartido se aplica incluso si usted va a una sala de emergencia para una atención que no sea de

emergencia.

Los copagos por servicios de emergencia no se aplican si usted es admitido como paciente hospitalizado

inmediatamente después de recibir servicios de emergencia en una sala de emergencias. Sin embargo,

cualquier costo compartido aplicable para atención de pacientes hospitalizados se aplicará a su estancia

como paciente hospitalizado.

Si usted obtiene servicios con cobertura de un proveedor que no es de la red, el plan pagará hasta el monto

autorizado. Usted paga el costo compartido aplicable y cualquier diferencia entre el gasto del proveedor y

nuestro pago.

Definición de emergencia: Vea el Apéndice A para la definición de emergencia.

Aviso para el PCP o el Plan: si usted recibe atención de emergencia en un centro de emergencias (dentro o fuera

del área de servicio), pero no es admitido al hospital, usted o alguna persona que actúe en su nombre deben

llamar a su PCP después de recibir la atención. Esto ayuda a su PCP a proporcionarle o realizar arreglos para

que reciba cualquier tratamiento de seguimiento.

Si usted recibe atención de emergencia en una sala de emergencia (dentro o fuera del área de servicio) Y usted es

admitido como un paciente hospitalizado en un centro que no pertenece a la red: usted o alguna persona en su nombre

DEBE llamar al plan dentro de los 2 días hábiles después de la admisión. Esto es esencial para que el plan pueda:

manejar y coordinar su atención médica; y coordinar cualquier transferencia médicamente apropiada. (Nota: un aviso

de parte del proveedor de servicios de emergencia a su PCP, al plan o, en el caso de servicios de emergencia de salud

mental o por abuso de sustancias, a Beacon, cumple con su requisito de notificar a su PCP y al plan.

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Transferencia: Después de la atención de emergencia, si se le admite en un centro que no es un proveedor de la

red y su PCP determina que la transferencia es apropiada, se le va a transferir a un centro de la red. El plan no

pagará la atención que reciba como paciente hospitalizado en el centro en el que fue admitido inicialmente

después de que su PCP haya determinado que una transferencia es médicamente apropiada y se hayan hecho los

arreglos para la transferencia.

Servicios de planificación familiar: El plan cubre los siguientes servicios de planificación familiar para

pacientes ambulatorios cuando se reciben de una red de servicios: médico (PCP, obstetra o ginecólogo); enfermera

especializada; o partera certificada:

Exámenes médicos de rutina.

Consultas médicas.

Pruebas de diagnóstico

Pruebas de embarazo.

Orientación sobre planificación familiar.

Pruebas genéticas y asesoría relacionada: para ciertos trastornos hereditarios genéticamente vinculados,

cuando los resultados de las pruebas afectarán directamente la atención que usted reciba. El miembro debe

tener un factor de riesgo directo o síntomas del trastorno. Anticonceptivos con receta médica y que no requieren receta cuando le sean proporcionados por un

proveedor de la red durante una visita al consultorio. Algunos ejemplos son: implantes anticonceptivos;

dispositivos intrauterinos; diafragmas; gorros de cuello del útero; medicamentos de control de la natalidad

inyectables; y otros dispositivos anticonceptivos médicamente necesarios que han sido aprobados por la

Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos.

Notas: Muchos servicios de planificación familiar están cubiertos como “Servicios médicos preventivos”,

incluyendo anticonceptivos con receta médica, como por ejemplo: parches y píldoras anticonceptivas. Consulte

“Servicios médicos preventivos” a continuación.

Para cobertura de terminación del embarazo (abortos) y esterilización voluntaria masculina: vea “Cirugía para

pacientes ambulatorios” más adelante en este capítulo. Para cobertura de la esterilización voluntaria femenina:

Consulte “Servicios médicos preventivos” más adelante en este capítulo. Para cobertura de los servicios para la

infertilidad: Consulte “Servicios de infertilidad” más adelante en este capítulo.

Exclusiones relacionadas:

Reversión de la esterilización voluntaria.

Servicios u honorarios relacionados con una madre sustituta para lograr el embarazo.

Control de la natalidad que, por ley, no requiere una receta médica. (Excepción: Cuando se la administra a

usted un proveedor de la red durante una visita al consultorio).

Aparatos de corrección auditiva para niños: El plan proporciona cobertura para el costo de los aparatos

de corrección auditiva para miembros de 21 años de edad o menos. La cobertura incluye todos los servicios

relacionados recetados por un audiólogo autorizado o especialista en instrumentos para la audición, incluida la

evaluación inicial para aparatos de corrección auditiva, adaptación y ajustes, y materiales, que incluyen moldes

para oídos. Las baterías y líquidos de limpieza para aparatos de corrección auditiva no están cubiertos.

Aplican límites de beneficios. Consulte el Programa de beneficios para conocer el límite del beneficio. Una vez

que usted llegue a su límite de beneficio, no se proporcionarán más beneficios para el costo de aparatos de

corrección auditiva.

Exámenes auditivos (Audiología): El plan cubre exámenes y evaluaciones realizadas por un PCP o un

especialista de audición de la red.

Atención médica en el hogar: El plan cubre los siguientes servicios de atención médica en el hogar cuando:

el miembro está confinado a su hogar por razones médicas;

Confinado significa que su condición médica normalmente le impide salir de la casa; o que dejar su

hogar requiere un esfuerzo sustancial.

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su PCP ordena un plan de servicios de atención médica en el hogar que incluye la atención de tiempo

parcial de enfermeras especializadas como parte esencial de su tratamiento; y

existe un objetivo médico establecido por su PCP que él o ella espera razonablemente que usted cumpla.

Cuando usted califica para recibir atención médica en el hogar, el plan cubrirá lo siguiente:

Visitas de enfermeras especializadas de tiempo parcial; tantas visitas como sea médicamente necesario.

Tiempo parcial de fisioterapia, terapia ocupacional y terapia del habla, cuando estos servicios: son un

componente de enfermería especializada médicamente necesario; y sean necesarias para restablecer la

función perdida o deficiente debido a su enfermedad o lesión.

Trabajo social médico.

Consulta nutricional.

Servicios de asistencia de salud en el hogar, de tiempo parcial, mientras usted recibe terapias de enfermería

especializada o de rehabilitación en su hogar.

Visitas al hogar por un médico de la red.

Terapia de inhalación.

Terapia de infusión a domicilio.

Terapia nutricional parenteral total.

Además, bajo el beneficio DME del plan, el DME está cubierto cuando se determina que es una necesidad

médica de los servicios de enfermería y fisioterapia. Consulte el Programa de beneficios para conocer el costo

compartido del DME.

Exclusiones relacionadas:

Atención asistencial.

Servicios de limpieza.

Reparaciones del hogar.

Comidas.

Cuidado de relevo.

Atención privada de enfermería.

Asistentes de cuidado personal.

Amas de casa.

Servicios de cuidados paliativos: El plan cubre los servicios de cuidados paliativos, según la ley de MA,

descritos a continuación. La cobertura es para miembros que tienen una enfermedad terminal. (Enfermo terminal

significa que una persona tiene una expectativa de vida de seis meses o menos según certificación de un médico

de la red.)

Los servicios de cuidados paliativos son un programa de servicios autorizado y coordinado durante la vida de un

miembro con una enfermedad terminal. El miembro y su médico deben acordar un plan de atención que se centre

en el control del dolor y alivio de los síntomas, y no en un tratamiento para curar la afección del miembro. Los

servicios pueden ser proporcionados:

en el hogar;

como paciente ambulatorio; o

como paciente hospitalizado a corto plazo. (Esto es solo cuando sea médicamente necesario para controlar

el dolor, manejar problemas clínicos agudos y graves que, por razones médicas, no se pueden manejar en el

hogar.)

Los servicios cubiertos se proporcionan de acuerdo con la ley de MA, como se indica a continuación:

Servicios de médicos. (Servicios de médicos cuando la afección o el diagnóstico no están relacionados con

la afección o el diagnóstico por el que recibe servicios de cuidados paliativos.)

Atención de enfermería especializada.

Servicios de trabajo social.

Visitas de atención médica en el hogar médicamente necesarias.

Cuidado de relevo. (Esta atención es brindada al paciente de cuidados paliativos para aliviar a la familia o

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persona que lo atiende de las funciones de cuidado).

Servicios voluntarios.

Servicios de orientación. (Incluye terapia de duelo para la familia del miembro hasta por un año después de

que el miembro haya fallecido).

Atención privada de enfermería.

Servicios de Asistencia de cuidado personal.

Además:

El DME está cubierto por el beneficio DME del plan.

Los medicamentos con receta médica están cubiertos por el beneficio de medicamentos con receta médica

del plan.

Visitas a domicilio: El plan cubre las llamadas a la casa cuando sea médicamente necesario. Los proveedores

incluyen PCP, enfermeras profesionales y asistentes médicos. Las visitas a domicilio están sujetas al costo

compartido de la visita al consultorio aplicable. Su PCP debe hacer los arreglos para las visitas a domicilio.

Vacunas: el plan cubre:

Vacunas de rutina preventivas. (Consulte beneficios de Servicios de Salud Preventiva).

Vacunas médicamente necesarias.

Servicios para la infertilidad para residentes de Massachusetts:

El plan cubre el diagnóstico y tratamiento de la infertilidad. Los servicios deben ser proporcionados por

proveedores de la red de servicios de acuerdo con la ley de MA.

“Infertilidad” se define como: la condición de una persona que no puede concebir o producir concepción durante

un período de:

1 año si la mujer tiene una edad de 35 años o menos; o

6 meses si la mujer es mayor de 35 años de edad.

Para propósitos de cumplir con los criterios para la infertilidad: Si una persona concibe, pero no puede llevar el

embarazo a un parto vivo, el período de tiempo que ella intentó concebir antes de lograr ese embarazo se debe

incluir en el cálculo del año o período de 6 meses, según sea aplicable.

Los servicios para la infertilidad son servicios cubiertos únicamente para miembros diagnosticados con

infertilidad y:

que son residentes de MA;

que cumplen con los criterios de revisión clínica del plan para la cobertura de los servicios para la

infertilidad, que se basan en el historial médico del miembro, pruebas de diagnóstico y evaluaciones

médicas;

que cumplen con los requisitos de elegibilidad de los proveedores de servicios para la infertilidad de la red;

y

con respecto a la obtención y procesamiento de los óvulos, el semen u óvulos inseminados o bancos de

embriones o semen de donantes: en la medida en que los costos de dichos servicios no están cubiertos

por el seguro de salud del donante u otra cobertura de salud y el miembro está en tratamiento para la

infertilidad activo.

El plan cubre los siguientes servicios para la infertilidad médicamente necesarios:

Los siguientes servicios y materiales proporcionados en relación con una evaluación y/o tratamiento de

la infertilidad:

o Procedimientos y pruebas de diagnóstico;

o inseminación artificial (intracervical o intrauterina) cuando se hace con el semen de alguien que no

es donante (pareja); y/o

o obtención, procesamiento y almacenamiento a largo plazo (más de 90 días) de esperma cuando está

asociado con el tratamiento de infertilidad activa.

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Los siguientes procedimientos cuando son aprobados con antelación por un revisor autorizado del plan

de acuerdo con los criterios de revisión clínica del plan:

o inseminación artificial (intracervical o intrauterina) cuando se realiza con semen de donador* y/o

gonadotropinas; y

o obtención y procesamiento de óvulos u óvulos inseminados y banco de embriones cuando está

asociado con tratamiento para la infertilidad activo.

* Esperma de donante sólo está cubierto cuando: la pareja tiene un diagnóstico de infertilidad por factor

masculino; o la esperma de donante se utiliza como una alternativa para diagnóstico genético de

preimplantación (PDG, por sus siglas en inglés) cuando una pareja cumple con los criterios para PGD.

Los siguientes procedimientos de “tecnología de reproducción asistida” (ART, por sus siglas en

inglés)* cuando son aprobados con anticipación por un revisor autorizado del plan de acuerdo con los

criterios de revisión clínica del plan:

o en la fertilización in vitro y transferencia embrionaria (IVF-ET).

o en conjunto con IVF, el PGD está cubierto cuando se sabe que cualquiera de los miembros de la

pareja es portador de ciertos trastornos genéticos.

o transferencia intratubárica de gametos (GIFT, por sus siglas en inglés).

o inyección intracitoplásmica de esperma (ICSI, por sus siglas en inglés) para el tratamiento de la

infertilidad de factor masculino.

o transferencia intratubárica de cigotos (ZIFT, por sus siglas en inglés).

o Transferencia de Embrión Congelado (FET, por sus siglas en inglés).

o ovocito de donante (DO, por sus siglas en inglés).

o congelación de huevos.

o incubación asistida.

* Los procedimientos de ART incluyen: evaluación de diagnóstico; exámenes; estimulación de los

ovario; recuperación de óvulo; obtención y procesamiento de esperma y óvulos u óvulos inseminados;

transferencia de embriones; y banco de embriones adicionales cuando está asociado con el tratamiento

activo de infertilidad.

Por su beneficio de medicamentos con receta médica: los medicamentos orales e inyectables que se

utilizan en el tratamiento de los servicios cubiertos de la infertilidad están cubiertos: Cuando el

miembro ha sido aprobado para el tratamiento de infertilidad cubierto; y cuando se obtienen de una

farmacia de la red. Consulte su Programa de beneficios para conocer el costo compartido aplicable.

Exclusiones relacionadas:

Servicios para la infertilidad de cualquier miembro que no es un residente de MA.

Cualquier procedimiento experimental para la infertilidad. Esto se define por el Reglamento de MA

aplicable.

Madre sustituta/portador gestacional.

Inversión de la esterilización voluntaria.

Pruebas de laboratorio, radiología y otros procedimientos de diagnóstico para pacientes

ambulatorios: El plan cubre los siguientes servicios para pacientes ambulatorios para diagnosticar

enfermedad, lesión o embarazo. Algunas pruebas están sujetas a una autorización previa por un revisor

autorizado del plan.

Pruebas de laboratorio de diagnóstico.

o Ejemplos: Pruebas de hemoglobina glicosilada (HgbA1C); pruebas proteína/ microalbúmina de la

orina; y perfiles lípidos para el diagnóstico y tratamiento de la diabetes.

Rayos X de diagnóstico y otras pruebas por imágenes.

o Ejemplo: pruebas de fluoroscopia.

Diagnóstico: Exámenes CT/CTA; MRI/ MRA; Examen PET; y NCI/NPI (diagnóstico cardíaco nuclear por

imágenes). Nota: La autorización previa es necesaria para estas pruebas.

La prueba del antígeno leucocitario humano o el antígeno de punto de histocompatibilidad que se necesita

para establecer la idoneidad de un donante para un trasplante de médula ósea. Esto incluye las pruebas para

antígenos A, B o DR, o cualquier combinación, de acuerdo con los lineamientos del DPH de Massachusetts.

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Alimentos bajos en proteínas: El plan cubre los productos alimenticios modificados para ser bajos en

proteínas cuando: los ordena un médico; y son m para el tratamiento de enfermedades heredadas de aminoácidos

y ácidos orgánicos.

Servicios de maternidad: pacientes ambulatorios: El plan cubre los siguientes servicios de maternidad

para pacientes ambulatorios:

Pruebas y exámenes prenatales: Atención prenatal ambulatoria de rutina, incluyendo evaluación y examen

de progreso; exámenes físicos; y registro de peso y supervisión de presión de la sangre.

Exámenes y pruebas posnatales: Atención de rutina ambulatoria después el parto para la madre. Esto incluye

consultas sobre lactancia.

Clases para el parto.

Debe obtener la atención por maternidad para pacientes ambulatorios de un proveedor de la red. Su proveedor

de la red debe hacer los arreglos para que reciba atención como paciente hospitalizada. (Consulte la sección

anterior “Atención del paciente hospitalizado” en este Capítulo).

Nota: Algunos de los servicios anteriores se consideran servicios de salud preventiva. Por favor, consulte

“Servicios médicos preventivos” más adelante en este capítulo para obtener más información.

Fórmulas médicas: El plan cubre lo siguiente en la medida que lo requiera la ley de MA:

Fórmulas entéricas sin receta, ordenadas por un médico para uso en el hogar, para el tratamiento de: mala

absorción causada por la enfermedad de Crohn; Colitis ulcerosa; reflujo gastroesofágico; motilidad

gastrointestinal; pseudoobstrucción intestinal crónica; y enfermedades heredadas de aminoácidos y ácidos

orgánicos.

Fórmulas con receta médica para el tratamiento de: fenilcetonuria; Tirosinemia; homocystrinuria;

enfermedad urinaria del jarabe de arce; acidemia propiónica o acidemia metilmalónica en infantes y niños; o

para proteger el feto nonato de las mujeres embarazadas con fenilcetonuria.

Suministros médicos: El plan cubre el costo de ciertos tipos de materiales médicos. Usted debe obtener estos de

un proveedor de la red. Los materiales médicos incluyen:

materiales de ostomía;

materiales para traqueotomía;

materiales para catéteres;

materiales para oxígeno; y

suministros para bombas de insulina.

Notas: llame a Servicios para Miembros para obtener más información sobre:

si un suministro médico en particular es un servicio cubierto; y

un material médico en particular está cubierto por el beneficio de medicamentos con receta médica.

(Consulte “medicamentos con receta médica” más adelante en este capítulo).

Servicios de salud mental y abuso de sustancias (para pacientes hospitalizados, intermedios

y pacientes ambulatorios):

El plan tiene contrato con Beacon Health Strategies, LLC (“Beacon”) para administrar todos los servicios

de salud mental y por abuso de sustancias para los miembros.

Cómo obtener atención médica: Si necesita servicios de salud mental o por abuso de sustancias, puede hacer

cualquiera de las siguientes cosas:

Diríjase directamente a un proveedor de la red que brinde servicios de salud mental o por abuso de

sustancias.

Llame a la línea gratuita de empleados de Beacon sobre salud mental y abuso de sustancias del plan al 1-

877-957-5600 para obtener ayuda para encontrar a un proveedor de la red las 24 horas del día.

Llame a su PCP para que le ayude a encontrar a un proveedor de la red.

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Visite el sitio web de Beacon (www.beaconhealthstrategies.com) o siga el enlace del sitio web del plan

(www.bmchp.org) para buscar proveedores de la red.

En caso de una emergencia:

diríjase al proveedor de servicios médicos de emergencia o al centro médico de emergencia más cercano; o

llame al 911 o al número local para servicios de emergencia.

Autorización previa:

La cobertura para algunos servicios de salud mental y abuso de sustancias está sujeta a autorización previa

de un revisor autorizado del plan.

Siempre consulte con su proveedor para asegurarse de que él o ella ha obtenido la aprobación necesaria de

Beacon.

Cualquier decisión de que un servicio de salud mental o abuso de sustancias solicitado no es médicamente

necesario la tomará un profesional autorizado de salud mental.

Beneficios: El plan cubre servicios ambulatorios, de hospitalización y de abuso de sustancias y salud mental

intermedios médicamente necesarios para diagnosticar y tratar trastornos mentales. Esto incluye:

Trastornos mentales de base biológica, incluyendo: esquizofrenia; trastorno esquizoafectivo; trastorno

depresivo mayor; trastorno bipolar; paranoia; trastorno de pánico; trastorno obsesivo-compulsivo; delirio y

demencia; trastornos afectivos; trastornos alimenticios; trastorno de estrés postraumático; trastornos de

abuso de sustancias; autismo; y otros trastornos psicóticos u otros trastornos mentales de base biológica.

o Nota con respecto al trastorno del espectro de autismo (ASD, por sus siglas en inglés): El plan

brinda cobertura para ASD de acuerdo con la ley de MA, incluyendo los siguientes:

El ASD incluye cualquiera de los trastornos del desarrollo generalizados (según lo definido por

la edición más reciente del DSM), incluidos trastorno autístico; trastorno de Asperger; y

trastornos del desarrollo generalizados que no indiquen lo contrario.

El diagnóstico del ASD incluye: evaluaciones médicamente necesarias; evaluaciones (incluida

la evaluación neuropsicológica); pruebas genéticas; u otros exámenes para diagnosticar si un

miembro tiene un ASD.

El tratamiento para el ASD incluye: atención de habilitación o rehabilitación (incluyendo análisis

de comportamiento aplicado*); atención farmacéutica (bajo el beneficio de medicamentos con

receta médica); atención psiquiátrica (servicios directos o consultivos proporcionados por un

psiquiatra autorizado); atención psicológica (servicios directos o consultivos proporcionados por

un psicólogo con licencia); y atención terapéutica (servicios prestados por licencia o certificación

de: terapeutas del habla, terapeutas ocupacionales, fisioterapeutas o trabajadores sociales). Los

límites de beneficios aplicables al beneficio de las terapias de rehabilitación beneficio no aplican

a los servicios de atención terapéutica proporcionados a miembros con ASD.

Los servicios deben ser prestados por proveedores de servicios de autismo de la red (proveedores

que tratan ASD). Estos incluyen analistas de comportamiento certificados de la junta**;

psiquiatras; psicólogos; licenciados o certificados; fisioterapeutas, terapeutas del habla, terapeutas

ocupacionales y trabajadores sociales; y farmacias. Sin embargo, en caso de que el plan no pueda

proporcionar el acceso adecuado a proveedores ASD de la red, los miembros deben llamar a

Beacon al 1-877-957-5600 para coordinar servicios ASD fuera de la red.

*El análisis de comportamiento aplicado se define como: el diseño, la ejecución y evaluación de las modificaciones

ambientales, utilizando estímulos del comportamiento y las consecuencias, para producir una mejora socialmente

significativa en el comportamiento humano. Esto incluye el uso de observación directa, medición y análisis

funcional de la relación entre el ambiente y comportamiento.

** Se define como un analista conductual acreditado por la Junta de certificación de Analistas del comportamiento

como un analista de comportamiento certificado de la junta.

Trastornos emocionales o mentales relacionados con la violación en víctimas de violación o víctimas de un

asalto con intento de violación.

Para miembros que son menores de 19 años: trastornos mentales, emocionales o de comportamiento sin

base biológica, que interfieren o limitan sustancialmente el funcionamiento e interacciones sociales de ese

niño o adolescente; con la condición de que la interferencia o limitación esté documentada y la referencia

para dicho diagnóstico y tratamiento es realizada por el PCP, pediatra primario o un profesional de la salud

mental autorizado de dicho hijo(a) o adolescente, o se evidencia por una conducta, que incluye, pero no se

limita a: (1) la incapacidad para asistir a la escuela como resultado de dicho trastorno; (2) la necesidad de

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hospitalizar al niño(a) o adolescente como resultado de dicho trastorno; (3) un patrón de conducta o

comportamiento causado por dicho trastorno que representa un serio peligro para sí mismo(a) o para los

demás.

Nota: El plan continuará proporcionando dichos beneficios para cualquier adolescente que participe en un

curso de tratamiento continuo más allá de su cumpleaños 19 hasta:

el curso del tratamiento, según se especifica en el plan de tratamiento, se completa; y

mientras el contrato de beneficios bajo el cual dichos beneficios estuvieron disponibles

primero se mantiene en vigencia, o está sujeto a un contrato de beneficios posteriores que está

en vigencia.

Todos los demás trastornos mentales sin base biológica.

Servicios ambulatorios de abuso de sustancias y salud mental:

El plan cubre servicios médicamente necesarios para pacientes ambulatorios para diagnosticar y tratar

trastornos mentales. (Los servicios incluyen tratamiento ambulatorio de mantenimiento con metadona y

desintoxicación.)

Los servicios para pacientes ambulatorios se pueden proporcionar en una red de servicios: hospital

autorizado; una clínica de salud mental o abuso de sustancias autorizada por el DPH; un centro de salud

mental de la comunidad pública; un consultorio profesional; o servicios en el hogar.

Los servicios están disponibles de cualquiera de los siguientes profesionales autorizados de la red que

actúan dentro del ámbito de su licencia:

Asesores de salud mental con licencia.

Trabajadores sociales clínicos independientes con licencia.

Enfermeras psiquiátricas con licencia que están certificadas como especialistas clínicas en enfermería

de salud mental y psiquiátrica.

Terapeutas de familia y de matrimonio con licencia

Psiquiatras.

Psicólogos.

Los servicios ambulatorios con base biológica y sin base biológica se prestan sin límites anuales, de vida o

visita/unidad/día.

Servicios de salud mental para pacientes hospitalizados y servicios de abuso de sustancias:

El plan cubre servicios de abuso de sustancias y salud mental para pacientes hospitalizados que sean

médicamente necesarios para trastornos mentales.

Se proporcionan servicios en la red para trastornos mentales de pacientes hospitalizados en: un hospital

general; hospital de salud mental; o en un centro de abuso de sustancias.

Los servicios para pacientes hospitalizados se proporcionan sin límites anuales, de vida o por

visita/unidad/día.

Servicios intermedios por abuso de sustancias y salud mental:

El plan cubre servicios intermedios médicamente necesarios para trastornos mentales.

Los servicios intermedios son: una variedad de servicios que no son para pacientes hospitalizados que

proporcionan servicios más intensivos que los servicios ambulatorios y menos intensivos que los servicios

para pacientes hospitalizados.

Los servicios se proporcionan sin límites anuales, de por vida o por visita/unidad/día.

Los ejemplos incluyen:

Programas de tratamiento diurno.

Programas de hospitalización parcial.

Programas intensivos para pacientes ambulatorios.

Estabilización de crisis.

Servicios de terapia en el hogar, como la estabilización de la familia (FST, por sus siglas en inglés).

Tratamiento residencial agudo, como un tratamiento de fase aguda basado en la comunidad.

Servicios de desintoxicación gestionada de forma clínica.

Desintoxicación de nivel III basada en la comunidad.

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Otros servicios relacionados: El plan cubre:

Servicios de manejo de medicamentos.

Asesoría neuropsicológica y pruebas psicológicas.

Asesoramiento para dejar el cigarrillo y el tabaco: El plan cubre servicios de orientación individual y de grupo

para miembros que fuman o consumen productos derivados del tabaco. También se cubren los medicamentos con

receta relacionados. Consulte el beneficio de “medicamentos con receta médica” más adelante en este capítulo.

Para obtener información acerca de este beneficio, llame a Servicios para Miembros al 1-855-833-8120.

Exclusiones relacionadas:

Atención asistencial.

Psicoanálisis.

Hipnoterapia.

Masaje y terapias de relajación.

Pruebas de desarrollo.

Servicios por problemas de desempeño escolar.

Servicios educativos o servicios de pruebas.

Servicios de salud mental brindados a un miembro que está en la cárcel, una correccional, prisión o centro

de atención asistencial.

Servicios de salud mental proporcionados por el DPH de Massachusetts.

Tratamiento residencial prolongado.

Se excluyen los siguientes servicios de ASD:

Servicios de ASD proporcionados bajo:

o un plan de servicio familiar individualizado (ISFP, por sus siglas en inglés);

o un programa de educación individualizada (IEP, por sus siglas en inglés); o

o un plan individualizado de servicio (ISP, por sus siglas en inglés).

Servicios ASD proporcionados por el personal de la escuela.

Servicios para bebés recién nacidos e hijos adoptivos: El plan cubre atención médicamente necesaria para

recién nacidos e hijos adoptivos correctamente inscritos en el plan. Esto incluye atención y tratamiento médicamente

necesarios de anormalidades de nacimiento y defectos congénitos con diagnóstico médico, o nacimiento prematuro.

Consulte la sección anterior “Atención de maternidad” en este capítulo; y consulte el Capítulo 4 “Inscripción y

cobertura de recién nacidos y niños adoptivos” para más información acerca de la inscripción y cobertura de recién

nacidos y niños adoptivos.

Orientación nutricional: El plan cubre servicios de orientación, terapéuticos y relacionados con la nutrición

suministrados por un dietista registrado o profesional de la nutrición para el propósito de gestión de la enfermedad.

La orientación alimenticia incluye una evaluación inicial del estado nutricional, seguido de visitas adicionales

planificadas para las intervenciones dietéticas para el tratamiento de una afección médica.

Aparatos protésicos: Consulte el equipo médico duradero anteriormente en este capítulo.

Visitas al consultorio para atención médica de pacientes ambulatorios: El plan cubre visitas al

consultorio del especialista y del PCP para pacientes ambulatorios para evaluar y tratamiento de una enfermedad o lesión.

Los servicios incluyen:

Vacunas médicamente necesarias (no de rutina)

Atención de especialidades pediátricas por proveedores de la red de servicios con experiencia en pediatría

especializada. (Consulte Servicios de salud mental y servicios por abuso de sustancias para niños y adolescentes).

Nota: Algunos servicios de visita al consultorio para pacientes ambulatorios se consideran servicios de salud

preventiva. Por favor, consulte “Servicios médicos preventivos” más adelante en este capítulo para obtener más

información.

Cirugía para pacientes ambulatorios: El plan cubre cirugía para pacientes ambulatorios:

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que se lleva a cabo con anestesia en una sala de operaciones de un centro autorizado para realizar la cirugía; y

donde se espera que se le dé de alta el mismo día.

Esta cobertura incluye:

Terminación voluntaria del embarazo (abortos). El plan le brinda cobertura para todos los servicios de aborto

que están legalmente autorizados bajo la ley de Massachusetts. Cuando sea aplicable, de acuerdo con la ley

federal, se cobra una prima separada para la cobertura de los servicios de aborto para la cual está prohibido el

financiamiento federal.

Esterilizaciones masculinas voluntarias (consulte “Servicios de salud preventiva”, a continuación, para la

esterilización voluntaria femenina).

Procedimientos de diagnóstico. Ejemplos: una colonoscopía o endoscopia.

Servicios de podiatría: El plan cubre lo siguiente:

Para miembros diabéticos: Se cubre toda la atención podiátrica (pies) de rutina o no de rutina.

para todos los demás miembros: El plan sólo cubre atención podiátrica (pies) médicamente autorizada no

rutinaria por un proveedor de la red, incluyendo un podiatra de la red. Ejemplos: tratamiento para el dedo en

martillo y osteoartritis. Esto no incluye atención de rutina de los pies. (Ejemplos de atención de rutina de los pies:

recorte de callosidades, uñas u otro cuidado higiénico).

Medicamentos con receta médica:

El formulario del plan es una lista de medicamentos con receta médica que indica la condición de la cobertura, costo

compartido, así como cualquier limitación, restricción o exclusión. Visite el sitio web del plan ( www.bmchp.org) o

llame a Servicios para Miembros al 1-855-833-8120 para averiguar si algún medicamento está cubierto o excluido.

Condiciones de cobertura: El plan cubre los medicamentos con receta médica que aparecen en el formulario del plan,

cuando son proporcionados de acuerdo con los programas de farmacia del plan y cuando cumplan con todas las

siguientes reglas que se describen a continuación. (Nota: esto incluye el requisito de que la cobertura de algunos

medicamentos está sujeta a la autorización (aprobación) previa de un revisor autorizado del plan. Siempre consulte

con su proveedor para asegurarse de que él o ella haya obtenido la aprobación necesaria del plan.)

Medicamentos con recetadas médica que por ley requieren una receta médica.

Recetados por un proveedor para su uso fuera de un hospital u otro centro.

La receta médica cumple con todos los requisitos legales de una receta médica.

Llenado por una farmacia de la red (excepto en una emergencia, o para atención de urgencia cuando usted está

temporalmente de viaje fuera del área de servicio).

Sea médicamente necesario.

Recetado para tratar una enfermedad, lesión o embarazo; o para propósitos de cuidados preventivos.

Costo compartido: Consulte el Programa de beneficios para costo compartido de medicamentos con receta médica.

Dónde obtener sus medicamentos con receta médica: Lleve su receta médica y reabastezca en cualquier farmacia de

la red. Lleve su tarjeta de identificación. Pague el costo compartido aplicable.

Farmacias de la red: incluye varias farmacias minoristas en Massachusetts. Para ver una lista de las farmacias

de la red, consulte el Directorio de Proveedores, en nuestro sitio web en www.bmchp.org o llame a Servicios

para Miembros.

Proveedores de farmacia especializada: Para algunos medicamentos, el plan tiene contrato con uno o más

proveedores de farmacia especializada. (Consulte a continuación bajo el título de “Programas de farmacias” para

obtener más información acerca de proveedores de farmacia especializada.)

Cómo obtener los medicamentos de pedido por correo: El plan tiene contratos con los servicios farmacéuticos

Orchard (“Orchard”) para servicios de medicamentos de pedido por correo. Antes de que usted pueda utilizar el

programa de pedido de medicamentos por correo, usted debe haber adquirido un suministro de 30 días de cada

medicamento, dos veces en una farmacia de venta al por menor dentro de los 3 meses anteriores. Sólo ciertos

medicamentos de mantenimiento están disponibles a través de pedidos por correo. Para utilizar el servicio de pedidos

por correo primero debe inscribirse en Orchard. Para inscribirse en este servicio y comenzar a recibir medicamentos

por correo, usted debe contactar a Orchard Pharmaceutical Services por teléfono al 866-909-5170 o llenar el

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formulario de inscripción para pedidos por correo que se incluyó en su paquete de bienvenida como miembro y

también está disponible en el sitio web de Orchard. Su proveedor de medicamentos con receta también puede llamar

a Orchard al 1-866-909-5170 o enviar por fax su receta médica a ellos al 1-866-909-5171. Una vez que se haya

inscrito, usted puede reabastecer las recetas médicas por correo, teléfono, o en línea en www.orchardrx.com.

Farmacias que no pertenecen a la red: si tiene que surtir una receta médica en una farmacia que no pertenece a

la red debido a una emergencia o por atención de urgencia cuando viaja temporalmente fuera del área de

servicio, tendrá que pagar su receta médica y solicitar el reembolso al plan. El plan pagará hasta el monto

autorizado del plan para los reclamos elegibles menos su costo compartido. (Consulte el Capítulo 7: “Facturas

de los proveedores” o llame a Servicios para Miembros para obtener información sobre cómo solicitar un

reembolso al plan).

Qué tiene cobertura: sujeto a todas Condiciones de cobertura descritas anteriormente en esta sección, el plan cubre

los siguientes medicamentos y suministros:

Medicamentos recetados que por ley requieren receta médica (a menos que aparezcan en la lista “Lo que no está

cubierto”, más adelante).

Medicamentos seleccionados que no requieren una receta médica por ley (medicamentos de “venta libre”), si los

hubiere, que aparezcan en el formulario del plan como un medicamento cubierto. Para saber qué medicamentos

sin receta médica están cubiertos, vaya a www.bmchp.org.

Terapia de reemplazo hormonal (HRT, por sus siglas en inglés) para mujeres perimenopáusicas y

posmenopáusicas.

Medicamentos anticonceptivos con receta médica orales y en otras formas (para el control de la natalidad).

Consulte “Servicios médicos preventivos” a continuación.

Medicamentos para dejar de fumar y tratar la adicción al tabaco. Tiene cobertura únicamente cuando su

proveedor le ha dado una receta médica que cumple todos los requisitos legales para una receta médica. Consulte

el formulario del plan para obtener información de cobertura de estos medicamentos.

Jeringas o agujas hipodérmicas cuando sea médicamente necesario.

Insulina; plumas de insulina, jeringas y agujas de insulina; glucosa en sangre, tiras reactivas para el control de

cetonas y glucosa en la orina glucosa; lancetas; y medicamentos orales para la diabetes únicamente cuando su

proveedor le ha dado una receta médica que cumple todos los requisitos legales de una receta médica.

Uso no indicado en la etiqueta de medicamentos con receta médica aprobados por la FDA para el tratamiento de

cáncer o VIH/SIDA que no han sido aprobados por la FDA para esa indicación. Estos medicamentos deben ser

reconocidos para este tratamiento: en uno de los compendios estándar de referencia, en la literatura médica, o por

el Comisionado de Seguros de Massachusetts.

Ciertos medicamentos compuestos: siempre que uno o más elementos del compuesto requieran receta médica

por ley.

Algunos medicamentos inyectables, inhalados, que se infunden u orales administrados en el consultorio del

médico o autoadministrados.

Terapias con medicamentos orales e inyectables utilizadas en el tratamiento de los servicios de infertilidad con

cobertura. (Vea el Capítulo 3: servicios de infertilidad/servicios para pacientes ambulatorios). Estos están

cubiertos únicamente cuando el miembro ha sido aprobado para el tratamiento de infertilidad con cobertura.

Medicamentos contra el cáncer administrados por vía oral para matar o reducir el crecimiento de las células

cancerosas.

Lo que no está cubierto: El plan no cubre lo siguiente bajo el beneficio de medicamentos con receta médica:

Medicamentos de venta libre que no están incluidos en el formulario del plan como cubiertos. Para saber qué

medicamentos sin receta médica están cubiertos, visite www.bmchp.org.

Las recetas médicas que fueron escritas por un proveedor que no pertenece a la red, excepto: en caso de una

emergencia: o en un entorno de atención de urgencia cuando usted está temporalmente de viaje fuera del área

de servicio.

Medicamentos que no tienen receta para: tratamiento de una enfermedad, lesión o embarazo, o para propósitos

de atención preventiva.

Medicamentos que el plan excluya específicamente, por ejemplo:

o Medicamentos experimentales o de investigación.

o Medicamentos que no han sido aprobados por la Administración de Alimentos y Medicamentos de los

Estados Unidos (FDA). Esto incluye los suplementos herbarios y/o los medicamentos alternativos, y los

productos medicinales que requieren receta médica. Estos incluyen, pero no se limitan a:

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ATOPICLAIR®; Udamin® / Udamin SP®; y Foltx®.

o Medicamentos utilizados principalmente para propósitos cosméticos. Estos incluyen: Rogaine ®;

Avage®; Propecia®; Renova®; Vaniqa®; TriLuma®; todos los productos de hidroquinona tópica;

Benoquin®; y Solage®.

o Medicamentos para el tratamiento de la disfunción sexual. Estos incluyen: Viagra®; Cialis®;

Levitra®; Yohimbine; Caverject®; Edex®; y Muse®.

o Suplementos dietéticos y nutricionales.

o Medicamentos que han sido considerados menos que eficaces por la FDA, es decir Medicamentos DESI.

Estos incluyen: Midrin ®; Duradrin ®; Estratest ®; y supositorios rectales de hidrocortisona. Para

obtener una lista completa de medicamentos DESI, visite:

http://www.cms.hhs.gov/MedicaidDrugRebateProgram/12_LTEIRSDrugs.asp

o Medicamentos que se utilizan principalmente para promover la pérdida de peso. Estos incluyen:

Xenical®; Alli

®; Meridia

®; fentermina; fendimetracina; y benzfetamina.

o Medicamentos de marca con receta médica que se usan principalmente para el tratamiento de los

síntomas de la tos o del resfrío.

o Medicamentos de conveniencia empaquetados que contienen medicamentos tópicos y/o materiales

médicos. (Por ejemplo: enjuagues tópicos, almohadillas de alcohol y peines).

Medicamentos con receta médica relacionados con servicios dentales sin cobertura.

Medicamentos con receta médica como parte del curso de un tratamiento que el plan no cubre.

Costos de entrega, envío y acarreo relacionados con el envío de los medicamentos a usted.

Recetas surtidas en las farmacias que no pertenecen a la red de servicios excepto en casos de: atención médica

de emergencia; o atención de urgencia cuando está temporalmente de viaje fuera del área de servicio.

Los medicamentos compuestos, si ninguna de sus sustancias activas requiere receta médica por ley.

saborizante de medicamentos compuestos y medicamentos no compuestos.

Agentes de vacunación; toxoides; sangre; y productos sanguíneos. (Nota: estos pueden estar cubiertos por sus

beneficios para pacientes ambulatorios o para pacientes hospitalizados.)

Ciertos dispositivos médicos. (Nota: Estos pueden estar cubiertos bajo el beneficio de equipo médico duradero.)

Programas de farmacia: El plan tiene varios programas de farmacia. Estos programas intentan garantizar que los

miembros reciban medicamentos seguros, clínicamente apropiados y económicos. Los medicamentos sujetos a estos

programas se encuentran en el formulario del plan y pueden cambiar cada cierto tiempo. Para conocer más sobre qué

medicamentos están sujetos a cualquiera de estos programas, consulte el formulario del plan en www.bmchp.org o

llame a Servicios para Miembros.

A continuación encontrará una descripción de estos programas:

Autorización previa: en el caso de algunos medicamentos, el plan requiere que su médico obtenga una

autorización previa de un revisor autorizado del plan antes de recetar el medicamento. Los medicamentos

sujetos a una autorización previa incluyen: Algunos medicamentos muy caros; medicamentos de marca

cuando hay un equivalente genérico disponible; y los medicamentos nuevos en el mercado que no han sido

revisados por el plan para la cobertura.

Límites de cantidad: el plan limita la cantidad de algunos medicamentos que se le pueden surtir a usted

durante un período determinado. Esto se hace por razones clínicas, de seguridad y/o de costos.

Terapia de pasos: Este programa requiere que los proveedores usen ciertas terapias o medicamentos de

“primera línea” designados por el plan, antes de recetar otros medicamentos. Ejemplo: el uso de

antidepresivos genéricos antes de recetar antidepresivos de marca.

Proveedores de farmacia especializada: el plan tiene contratos con farmacias especializadas de la red que

proveen ciertos medicamentos especializados. Usted debe obtener estos medicamentos en una de nuestras

farmacias especializadas de la red.

Programa de sustitución genérica obligatoria: Este programa requiere que los miembros prueben primero

la versión genérica equivalente “calificada como AB” de un medicamento de marca antes de que su

contraparte de marca estuviese cubierta. Un proveedor puede presentar una solicitud de excepción, cuando

el medicamento de marca es médicamente necesario.

SOLICITUDES DE EXCEPCIÓN: si su médico considera que es médicamente necesario que usted tome un

medicamento con receta médica que está restringido por cualquiera de los programas de farmacia anteriores, él o

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ella debe comunicarse con el plan y solicitar una excepción de un revisor autorizado. El plan considerará si el

medicamento es una necesidad médica para usted. Si es así, hará una excepción y cubrirá el medicamento. Para

obtener más información, llame a Servicios para Miembros.

Administrador de beneficios de farmacia: El plan tiene contrato con una organización aparte, conocida como

administrador de beneficios de farmacia, para administrar su beneficio de los medicamentos con receta médica.

Consulte la dirección y directorio telefónico al frente de esta EOC para obtener más información.

Servicios médicos preventivos: El plan cubre los servicios de salud preventiva. Estos son servicios para prevenir

enfermedades o lesiones en lugar de diagnosticar o tratar una queja o síntoma. Los servicios de atención médica

preventivos los proporciona su PCP, obstetra de la red u otro proveedor calificado de la red. Para que tengan

cobertura, se deben prestar todos los servicios de salud preventiva: de acuerdo con los lineamientos de políticas

médicas; y con las leyes y reglamentos aplicables.

El siguiente es un breve resumen de los servicios de salud preventiva cubiertos. Una lista completa de todos los

servicios de salud preventiva cubiertos por el plan bajo la ley federal de atención médica a un precio asequible (ACA)

se puede encontrar en www.healthcare.gov o en www.bmchp.org.

Servicios de atención médica preventiva para los miembros que sean niños:

Examen físico, historial, mediciones, examen sensorial, evaluación neuropsiquiátrica, evaluación del

desarrollo y evaluación en los siguientes intervalos:

Seis veces durante el primer año después del nacimiento del niño.

Tres veces durante el segundo año de vida (de un año a la edad de dos años).

Anualmente desde la edad de dos hasta cinco años (hasta 6 años).

Examen hereditario y metabólico al momento del nacimiento.

Examen de audición del recién nacido antes del alta del hospital o centro médico donde nació.

Vacunas; pruebas de tuberculina; hematocrito; hemoglobina; detección de plomo en la sangre; u

otras pruebas de sangre apropiadas y el análisis de orina según lo recomiende el médico.

Exámenes físicos de rutina para niños mayores de 6 años.

Examen ocular de rutina hasta el límite del beneficio. Consulte su Programa de beneficios.

Servicios de atención médica preventiva para adultos:

Exámenes médicos de rutina (beneficio una vez por año); y rayos X y pruebas de laboratorio de

rutina relacionadas.

Pruebas de detección y exámenes auditivos de rutina.

Vacunas preventivas de rutina según recomendaciones del Comité Asesor con respecto a las

prácticas de vacunación.

Procedimientos y pruebas preventivas de rutina. (Ejemplo: colonoscopías de detección). (En algunos

casos, si estos procedimientos se acompañan de tratamiento, cirugía, se hacen susceptibles de costo

compartido aplicable.

Asesoría nutricional y educación de la salud.

Examen ocular de rutina hasta el límite del beneficio. Consulte su Programa de beneficios.

Servicios de atención médica preventiva para mujeres, incluyendo mujeres embarazadas:

Examen ginecológico de rutina. Esto incluye un examen citológico (Papanicolaou) de rutina una vez

por año de beneficios. Usted deberá consultar una red de servicios: médico (PCP, obstetra o

ginecólogo); enfermera especializada; o partera certificada.

Atención médica prenatal.

Mamografías iniciales para mujeres entre las edades de 35 y 40; y una vez por las mamografías de la

prueba de detección anual de rutina año de beneficios para mujeres mayores de 40 años.

exámenes de laboratorio asociados con la atención por maternidad de rutina.

Procedimientos de esterilización voluntaria.

Bombas sacaleche y materiales relacionados.

Asesoría de lactancia materna y apoyo de un proveedor capacitado de la red.

Anticonceptivos con receta médica.

Otros servicios de salud preventiva, pruebas de detección y asesoría, según lo indica la Ley de atención médica a

un precio asequible (ACA).

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Costo compartido: No hay ningún costo compartido para servicios de salud preventiva cubiertos.

Nota: Mientras recibe ciertos servicios de salud preventiva, usted también puede recibir otros servicios cubiertos que

requieran costo compartido separado. Además, cualquier atención médica de seguimiento médicamente necesaria

como resultado de servicios de salud preventiva está sujeta a costo compartido aplicable.

Exclusiones relacionadas: Exámenes necesarios para participar en las actividades escolares, de campamento y

deportivas; o exámenes requeridos por empleadores, tribunales u otras terceras personas; a menos que estos

exámenes sean brindados como parte de un examen de rutina cubierto.

Aparatos de prótesis: El plan cubre aparatos de prótesis médicamente necesarios cuando sean recetados por un

médico de la red. El plan decidirá si alquilar o comprar las prótesis. Las prótesis deben comprarse o alquilarse de un

proveedor de la red.

Aparatos de prótesis son dispositivos de naturaleza duradera, que deben ser:

capaces de soportar el uso repetido;

razonables y necesarios para sostener un límite mínimo de vida independiente cotidiana;

fabricados principalmente para servir un propósito médico;

generalmente innecesarios en la ausencia de una enfermedad o lesión;

aptos para ser usados en el hogar;

médicamente necesarios para usted; y

usados para reemplazar la función de una parte del cuerpo faltante y hechos para que se acondicionen a su

cuerpo como un sustituto externo.

La cobertura para prótesis está disponible únicamente para:

El dispositivo menos costoso que le permita a usted dedicarse a las actividades de la vida diaria. Si el plan

decide que usted eligió una prótesis que cuesta más que la prótesis menos costosa adecuada para permitirle

dedicarse a actividades de la vida diaria, el plan pagará únicamente por los costos que hubiera pagado por el

dispositivo menos costoso que cumpla con sus necesidades. En este caso, usted tendrá que pagar los gastos del

proveedor que sobrepasen la cantidad que el plan paga.

Tiene cobertura un artículo de cada clase de dispositivo protésico que se adapte a sus necesidades. No hay

cobertura para ningunos artículos o artículos que sirvan un propósito doble.

Reparación y mantenimiento de equipo cubierto.

Ejemplos de prótesis cubiertas:

Prótesis del seno. Estos incluyen reemplazos y sostenes de mastectomía.

Prótesis para brazos, piernas y los ojos.

Calzado terapéutico y moldeado, así como plantillas para la enfermedad diabética severa de los pies. (Consulte

los beneficios por diabetes con anterioridad).

Pelucas recetadas por un médico de la red, cuando un miembro tiene pérdida de cabello debido a: Tratamiento

para cualquier forma de cáncer o leucemia; alopecia areata; alopecia total; o pérdida permanente del pelo del

cuero cabelludo debido a lesiones (como quemaduras u otra lesión traumática).

Exclusiones relacionadas:

Miembros artificiales electrónicos y mioeléctricos.

Pelucas cuando hay pérdida del cabello debido a la calvicie masculina o femenina; o por envejecimiento natural

o prematuro.

Servicios de radiología: Consulte la pruebas de laboratorio, radiología y otros procedimientos de diagnóstico.

Terapias de rehabilitación (para pacientes ambulatorios): terapias de rehabilitación física,

ocupacional y pulmonar de corto plazo: El plan cubre servicios terapia pulmonar, ocupacional y fisioterapia a

corto plazo de forma ambulatoria médicamente necesarios para fines de rehabilitación y habilitación. Se deben

proporcionar estos servicios:

para restablecer la función perdida o defectuosa como resultado de una lesión accidental o una enfermedad;

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cuando son necesarios para mejorar su capacidad para realizar actividades diarias; y

Cuando su PCP y el plan determinan que esta terapia podría dar como resultado una mejora significativa en su

condición dentro del período de tiempo en el que los beneficios están cubiertos.

Límites de beneficios: Las terapias de rehabilitación están cubiertas hasta el límite del beneficio en su Programa de

beneficios.

Estos límites de beneficios no aplican cuando estos servicios se proporcionan a los miembros:

recibir servicios de intervención temprana: Consulte servicios de intervención temprana, anteriormente; o

con trastorno del espectro de autismo (ASD): lea Servicios de salud mental y de abuso de sustancias, más

arriba.

Autorización previa: La cobertura de terapias de rehabilitación requiere una autorización previa de un revisor

autorizado del plan. Siempre consulte con su proveedor para asegurarse de que él o ella ha obtenido la aprobación

necesaria del plan.

Exclusiones relacionadas:

Los servicios educativos, pruebas o servicios para abordar problemas de desempeño escolar.

Rehabilitación vocacional.

Terapia de masajes.

Pruebas sensoriales integrales (incluidas las prácticas).

Diagnóstico o tratamiento de trastornos del habla, lenguaje o audición en la escuela.

Pruebas de procesamiento central auditivo.

Segundas opiniones: El plan cubre segundas opiniones de proveedores de la red de servicios sobre la necesidad de

un servicio cubierto que un proveedor de la red ha recomendado para usted. Las segundas opiniones de proveedores

que no pertenecen a la red están cubiertas únicamente cuando la experiencia específica solicitada no está disponible

a través de los proveedores de la red. Cuando se considera la posibilidad de hacer una cirugía, el plan cubrirá terceras

opiniones de cirugía, si las dos primeras opiniones difieren.

Servicios para trastornos del habla, el lenguaje y la audición: El plan cubre el diagnóstico y tratamiento

de trastornos del habla, la audición y el lenguaje. Estos están cubiertos en la medida que sean médicamente

necesarios cuando son proporcionados por patólogos del habla, y del lenguaje, y audiólogos.

Exclusiones relacionadas: Diagnóstico o tratamiento de trastornos del habla, lenguaje o audición en la escuela.

Manipulación de la columna: El plan cubre la manipulación manual de la columna vertebral. Aplican límites de

beneficios. Consulte su Programa de beneficios.

Trastorno de la articulación temporomandibular (TMJ): El plan cubre el tratamiento de los trastornos de

la articulación temporomandibular (TMJ, por sus siglas en inglés) únicamente cuando los trastornos son causados por

una afección médica específica o la producen. El síndrome de TMJ no es considerado como una afección médica

específica. Ejemplos de estas condiciones médicas específicas son: fracturas de mandíbula; dislocaciones de la

mandíbula o artritis degenerativa. La afección médica debe comprobarse por rayos X de diagnóstico u otros

procedimientos de diagnóstico de aceptación general.

Nota: la cobertura para los trastornos de la TMJ puede requerir una autorización previa de un revisor autorizado del

plan. Siempre consulte con su proveedor para asegurarse de que él o ella ha obtenido la aprobación necesaria del

plan.

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Exclusiones relacionadas:

El tratamiento de los trastornos de la TMJ que no se compruebe que son ocasionados por, o produzcan una

afección médica específica.

Tratamiento del síndrome de TMJ.

Aparatos que no sean un aparato ortopédico para el ajuste de la posición mandibular (MORA, por sus siglas en

inglés).

Los servicios, procedimientos o materiales para ajustar la altura de los dientes o de alguna forma restablecer la

oclusión. Los ejemplos incluyen: coronas, puentes o aparatos de ortodoncia.

Servicios de la vista: El plan cubre:

Exámenes de rutina de la vista: Los exámenes de rutina de la vista están cubiertos hasta el límite del beneficio.

Consulte su Programa de beneficios.

Tratamiento y exámenes de la vista que no son de rutina: El plan cubre los exámenes de la vista que no son de

rutina. (Esto incluye los exámenes de retina en personas diabéticas). Usted debe utilizar un proveedor de la red

que sea un oftalmólogo. Son optometristas u oftalmólogos. Los exámenes de la vista que no son de rutina sirven

para la detección, tratamiento y manejo de condiciones de la vista que producen síntomas que, si no reciben

tratamiento, pueden resultar en la pérdida de la vista.

Terapia de la visión médicamente necesaria solo para: insuficiencia acomodativa; ambliopía; insuficiencia de

convergencia; y esotropía adquirida (antes de la cirugía).

Lentes de contacto o anteojos (un par por cambio de receta médica) si existe una de las siguientes condiciones:

Después de la extracción de cataratas; queratocono; anisometropía de más de 3.00D; o más de 7.00D de miopía o

hipermetropía.

Exclusiones relacionadas:

Terapia visual en algunos diagnósticos en que no existe evidencia adecuada y fidedigna de eficacia.

Los anteojos, monturas y lentes de contacto están excluidos, excepto como se enumeren específicamente en esta

sección como servicio cubierto de la vista.

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EXCLUSIONES DE LOS SERVICIOS CUBIERTOS:

El plan no cubre los siguientes servicios, sin importar en dónde se obtengan:

Nota: Cuando la palabra “servicios ” es utilizada en esta sección de Exclusiones de los servicios cubiertos, significa

cualquiera de los siguientes: servicios, tratamientos, procedimientos, pruebas, aparatos, suministros, equipos o

medicamentos.

Los servicios no descritos como servicios cubiertos en esta EOC.

Servicios relacionados con, o proporcionados junto con un servicio no cubierto, excepto según se indique

explícitamente de otra manera en el Capítulo 3: Servicios cubiertos. Esto incluye los costos por: honorarios

profesionales; equipo médico; fármacos; y gastos del establecimiento.

Servicios que no son médicamente necesarios. Las únicas excepciones son: terminación voluntaria del embarazo;

esterilización voluntaria; medicamentos anticonceptivos con receta médica utilizados para la anticoncepción; y

servicios de salud preventiva cubiertos.

Servicios proporcionados: para su comodidad o conveniencia; como un artículo duplicado o de respaldo; o

comodidad personal o ambiental. Todos los artículos de conveniencia o comodidad considerados por los centros

para Medicare y Medicaid (CMS, por sus siglas en inglés) están excluidos. Algunos ejemplos de artículos

excluidos incluyen: tablas para camas; elevadores de la bañera; silla de baño o ducha; mesitas de cama; camas

ajustables; brazos telefónicos; tinas calientes; y camas de agua.

Servicios: para adaptarse a su preferencia religiosa; para mejorar el desempeño atlético; para promover un estilo

de vida deseado; o para mejorar su apariencia o sus sentimientos acerca de su apariencia.

Servicios recibidos fuera del área de servicio, excepto lo específicamente descrito en esta EOC.

Servicios proporcionados por proveedores que no pertenecen a la red, excepto los que se permiten

específicamente en esta EOC.

Servicios que no cumplen con los criterios y lineamientos de revisión clínica del plan.

Servicios para los cuales existe una alternativa de servicio con un nivel menos intensivo o más económico que

pueden ser proporcionados en forma segura y eficaz, o si el servicio se le puede proporcionar de forma segura y

eficaz en un entorno menos intensivo.

Servicios que usted recibió cuando no estaba inscrito como miembro en este plan. Esto incluye el período

anterior al comienzo de su afiliación en el plan y el período posterior a la finalización de su afiliación en el plan.

También están excluidos los gastos por servicios que usted reciba después de elegir quedarse en un hospital o

centro pasada la hora del alta determinada por el plan.

Acupuntura; biorretroalimentación (excepto para el tratamiento de la incontinencia urinaria); hipnoterapia;

unidades TENS u otros estimuladores neuromusculares y los suministros relacionados; electrolisis; terapias de

relajación; terapias de masajes; mioterapia; tratamientos holísticos; tratamiento en clínicas de medicina deportiva;

servicios por un entrenador personal; y cualquier servicio de diagnóstico relacionado con cualquiera de estos

programas, servicios o procedimientos.

Servicios quiroprácticos y servicios relacionados: Servicios quiroprácticos distintos a la manipulación manual de

la columna vertebral (hasta los límites aplicables de beneficios). Los servicios excluidos incluyen tratamiento

con, o compra de unidades TENS u otros estimuladores neuromusculares y los suministros relacionados.

Tarifas por reclamaciones: los gastos de un proveedor por presentar una reclamación.

Programas de rehabilitación cognitiva; Programas de readiestramiento cognitivo; y servicios de diagnóstico

relacionados con estos programas.

Medicina alternativa o complementaria: Esto incluye lo siguiente:

acupuntura;

Ayurveda;

biorretroalimentación (excepto para tratamiento de incontinencia urinaria médicamente necesario);

terapia craneosacral;

tratamientos homeopáticos, holísticos y naturopáticos;

hipoterapia;

hipnoterapia; meditación; oración; sanación mental;

masajes;

mioterapia;

campos magnéticos o pulsos;

campos electromagnéticos o corriente alterna o corriente directa, incluyendo unidades TENS y

materiales relacionados y electrólisis;

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Reiki; reflexología; terapias de relajación; toque terapéutico;

terapias que emplean soluciones creativas como el arte, la música, la danza, el yoga;

terapia con mascotas;

tratamiento en clínicas de medicina deportiva;

servicios por un entrenador personal; y

cualquier servicio de diagnóstico relacionado con cualquiera de estos programas, servicios o

procedimientos.

Servicios de conserjería: Cualquier tarifa cobrada por un proveedor por los llamados “servicios de conserjería”.

Estas son las tarifas cobradas: como condición para seleccionar o usar los servicios del proveedor; o tarifas por

comodidades ofrecidas por el proveedor.

Servicios cosméticos/Cirugía cosmética: Estos son servicios prestados únicamente con el propósito de hacerle

verse mejor, sin importar si estos servicios están hechos para hacer que usted se sienta mejor sobre sí mismo o el

tratamiento de su condición mental. Ejemplos de los servicios no cubiertos son:

inyección de colágeno o de otros agentes de aumento de volumen para mejorar la apariencia;

procedimientos para estiramiento de muslos, piernas, caderas o glúteos;

blefaroplastia, a menos que sea una necesidad médica para prevenir la oclusión de la vista;

cirugía estética facial o ritidectomía;

liposucción abdominal o lipectomía asistida del abdomen por succión;

abdominoplastia; abdominoplastia parcial; o

reparación de diastasis del recto.

Dermoabrasión u otros procedimientos para alisar la piel; servicios relacionados con el acné, tales como la

eliminación de los quistes de acné o inyecciones para eliminar las cicatrices del acné; electrolisis; pelucas

(excepto cuando estén expresamente cubiertos: consulte el Capítulo 3); eliminación del vello, trasplantes de

cabello o restauración del cabello; rinoplastia (excepto como parte de una cirugía reconstructiva médicamente

necesaria); liposucción; braquioplastia: tratamiento de las arañas vasculares; tratamiento de melasma; tatuajes o

reversión de tatuajes; reversión de los pezones invertidos; perforación (piercing); o la eliminación o destrucción

de verrugas.

Atención asistencial; atención a largo plazo; o atención en una casa de reposo.

Servicios dentales: El plan no le paga por cualquier servicio dental, excepto:

los servicios dentales de emergencia específicamente establecidos en el Capítulo 3 bajo servicios para

pacientes ambulatorios: servicios dentales; y

los servicios dentales y de ortodoncia, específicamente relacionados con el tratamiento de labio leporino,

paladar hendido o ambos según se establece en el capítulo 3.

Los servicios dentales son cualquier servicio proporcionado por un dentista con licencia que involucra el

diagnóstico o tratamiento de cualquier enfermedad, dolor, lesión, deformidad u otra afección de los dientes

humanos, proceso alveolar, encías, mandíbula o estructuras relacionadas de la boca. El plan tampoco paga

por férulas o aparatos orales.

Equipo que no cumple con la definición de “equipo médico duradero” en el Capítulo 3. Ejemplo: equipo que se

utiliza principalmente y por lo general para un propósito no médico, incluso si dicho equipo tiene un uso

relacionado con un propósito médico.

Aparatos y ropa, como los siguientes:

Dispositivos como: sistemas de aire acondicionado; asientos de seguridad de automóvil para niños; soportes

de arco; asientos de baño; bacinicas; elevadores de la silla; computadoras; aparatos de comunicación

computarizados; software de computación; prótesis dentales; aparatos dentales; elevadores; almohadillas de

calor; botellas para agua caliente; humidificadores de habitación; purificadores de aire; brazaletes médicos;

alarmas de la puerta; asientos elevados de inodoro; ropa de cama (tales como cubrecamas para proteger

contra los ácaros del polvo); materiales desechables (tales como sábanas, bolsas, guantes, pañales, toallas

sanitarias, toallas húmedas de alcohol y medias elásticas); aparatos ortopédicos deportivos; alarmas de

enuresis; alcanzadores de objetos; calzadores; aparatos ortopédicos para pies y zapatos como plantillas para

zapatos (con la excepción de calzado terapéutico y moldeado así como plantillas para miembros con

afección grave de pie diabético).

Ropa especial, excepto para: aparatos de corrección de apoyo de presión gradiente para linfoedema o

enfermedad venosa; ropa necesaria un aparato cubierto (por ejemplo, sostenes de mastectomía y medias para

muñón); y calzado terapéutico/moldeado para miembros con enfermedad diabética grave de los pies.

Suministros y dispositivos no rígidos, como: medias elásticas; portaligas; soportes de arco; corsés; y zapatos

correctivos.

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Equipo de seguridad, tales como: camas seguras; recintos de la cuna; correas de arnés/cinturones de

seguridad; sistemas de respuesta a alertas de emergencias; y barras de seguridad de baño/ducha.

Dispositivos de autoayuda que no son principalmente artículos médicos, tales como: baños sauna,

elevadores, elevadores de escaleras, rampas y dispositivos especiales de teléfono o de comunicación.

Aparatos para autocontrol, salvo si el plan decide que un aparato le daría a un miembro que tenga ciertos

síntomas en particular, la capacidad para detectar o detener el inicio súbito de alguna afección que amenace

su vida.

Miembros artificiales electrónicos y mioeléctricos.

Reemplazo o reparación de equipo médico duradero o de prótesis debido a: pérdida; daño intencional;

negligencia; o robo.

Bombas sacaleche de hospital.

Equipo de higiene y ejercicios. Ejemplos: bicicletas de ejercicio; cintas caminadoras; asientos de inodoro

para bidé; asientos para bañera; y dispositivos para tomar una ducha de mano.

Equipo del médico. Ejemplos: brazaletes para medir la presión arterial puños; y estetoscopios.

Tecnología de asistencia y equipo de adaptación. Ejemplos: teclados de comunicación y computadoras;

tablas de decúbito; curiosos propensos; andadores; y otros equipos que no se diseñaron para uso en el hogar.

Crioterapia (es decir, preparado).

Terapia de compresión caliente/frío.

Paquetes polares.

Medicamentos descritos como no cubiertos en el Capítulo 3 bajo “Medicamentos con receta médica”.

Servicios relacionados con educación: Exámenes, evaluaciones o servicios para propósitos educativos o del

desarrollo. Estos incluyen: fisioterapia; terapia del habla; y terapia ocupacional. También están excluidos los

servicios para tratar discapacidades de aprendizaje, problemas de conducta y retrasos en el desarrollo, y los

servicios para tratar trastornos del habla, la audición y el lenguaje en las escuelas.

Tratamientos experimentales o de investigación; o servicios relacionados con estos tratamientos. Si un servicio

es un tratamiento experimental o de investigación, el plan no pagará dicho tratamiento así como ninguno de los

servicios relacionados que sean proporcionados al miembro con el propósito de proporcionarle tratamiento

experimental o de investigación. Excepción: el plan cubrirá los costos de estudios clínicos tal y como se

establece específicamente en el Capítulo 3: Servicios cubiertos.

Beneficios de un programa del gobierno: Servicios a cuyos beneficios usted tiene derecho bajo programas del

gobierno. Ejemplos: la Administración de Veteranos para una enfermedad o lesión relacionada con el servicio

militar; escuelas; y otros programas establecidos por leyes o regulaciones locales, estatales, federales o

extranjeras, que prestan o pagan por servicios y suministros de atención médica, o que requieren atención o

tratamiento para ser proporcionados en un centro de salud pública. No se proporciona cobertura si usted pudo

haber recibido beneficios del gobierno, solicitándolos a tiempo.

Extracción de un órgano o células madre de un donante para trasplante de un órgano humano cuando el receptor

no es un miembro.

Para miembros mayores de 21 años de edad: aparatos de corrección auditiva o suministros para aparato de

corrección auditiva.

Líquido de limpieza o baterías de aparato de corrección auditiva.

Servicios de infertilidad: Los siguientes no están cubiertos:

Servicios para infertilidad de cualquier miembro que no sea un residente de Massachusetts.

Servicios de infertilidad para miembros que no son “estériles” como se define en la sección de servicios

para infertilidad en el Capítulo 3.

Reversión de la esterilización voluntaria.

Tratamiento de infertilidad necesario como resultado de la esterilización voluntaria previa, a menos que:

el diagnóstico de la infertilidad no está relacionado con el procedimiento anterior de esterilización; y si

es para una mujer, el examen de diagnóstico proporciona al menos una trompa de Falopio permeable; y

si es para un hombre, el conteo de esperma cumple con la definición de normal tal como se establece en

los criterios de revisión clínica del plan.

Congelación prolongada de esperma o embriones (más de 90 días), a menos que el miembro esté en

tratamiento activo de infertilidad.

Costos asociados con el reclutamiento de donantes, pruebas y compensación laboral.

Esperma de donante y servicios de laboratorio asociados en ausencia de la infertilidad de factor

masculino diagnosticada en la pareja.

Servicios para infertilidad necesarios para la concepción como resultado de la esterilización voluntaria o

después de inversión fallida de una esterilización voluntaria.

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Los medicamentos para donantes de óvulos anónimos o designados directamente relacionados con un

ciclo de tecnología de reproducción asistida estimulada (ART), a menos que el servicio ART haya sido

aprobado por un revisor autorizado del plan, se suministran en el centro de un proveedor de servicios

para infertilidad de la red; y el miembro es el único receptor de óvulos del donante.

Costos relacionados con sustituta gestacional/madre sustituta: esto significa que todos los procedimientos

y costos incurridos por una mujer fértil para lograr un embarazo, como una sustituta gestacional o madre

sustituta para una miembro estéril.

Procedimientos experimentales o de investigación para la infertilidad.

Servicios de maternidad: Servicios o costos asociados con los nacimientos planificados en el hogar. Cuando

usted está temporalmente de viaje fuera del área de servicio, el plan no cubrirá:

servicios de maternidad de rutina para atención prenatal o después del parto; o

parto (incluyendo atención después el parto y la atención al recién nacido) o problemas durante el

embarazo más allá de la 37.a semana de embarazo o en cualquier momento después de que su proveedor

le haya dicho que está en riesgo de un parto prematuro. Ver el Capítulo 3: Atención médica por

maternidad: servicios para pacientes hospitalizados

No miembros: Servicios para no miembros, salvo lo detallado específicamente en este Capítulo 3 en “Trasplantes

de órganos humanos” o en “Servicios de cuidados paliativos”.

Tarifas por expedientes médicos: Honorarios que cobran los proveedores por copias de su expediente médico.

Se excluyen los siguientes servicios de Salud mental/servicios relacionados con el abuso de sustancias:

psicoanálisis;

orientación pastoral;

psicoterapia individual interactiva;

psicoterapia familiar (sin el miembro presente); o terapia de grupo multifamiliar;

narcosíntesis; terapia psicofisiológica individual que incorpora biorretroalimentación;

hipnoterapia;

terapias de relajación y masajes;

evaluación psiquiátrica de registros e informes;

pruebas de desarrollo;

exámenes de condición neuroconductual administrados/interpretados por médicos y por computadora;

rehabilitación neuropsicológica;

servicio de línea directa de la salud del comportamiento;

tratamiento comunitario asertivo;

servicios de casa club de salud mental; servicios de centro de reinserción social; y servicios de salud

mental o de abuso de sustancias proporcionados a un miembro que está en la cárcel, en un correccional,

prisión o centro de custodia;

pruebas de alcohol o drogas para propósitos legales u otros que no están relacionadas con una necesidad

médica;

servicios de salud mental o abuso de sustancias proporcionados por el Departamento de Salud Mental;

tratamiento residencial prolongado;

Atención asistencial;

programas en los que el miembro tiene una duración previamente definida de atención médica sin que el

plan tenga capacidad para realizar determinaciones simultáneas de necesidad médica continua; y

programas que únicamente ofrecen reuniones o actividades que no se basan en planes de tratamiento

individualizado; programas que se enfocan únicamente en la mejora de habilidades interpersonales u

otras habilidades, en lugar de tratamiento dirigido a la reducción de síntomas y recuperación funcional

relacionada con la disminución de síndromes o síntomas psiquiátricos específicos; y programas basados

en matrículas que ofrecen actividades educativas, vocacionales, recreativas o de desarrollo personal,

como un programa terapéutico en la escuela, campamento o en zonas desérticas.

Gastos por cancelación de la cita o por faltar: Gastos de los proveedores por faltar a las citas o cancelarlas.

Artículos de bienestar personal: artículos que son principalmente para el bienestar personal o conveniencia suya

o de otra persona. Por ejemplo, teléfonos, radios, televisores y artículos de cuidado personal.

Servicios podiátricos de rutina y el equipo médico duradero y suministros médicos relacionados (excepto para

los miembros diabéticos; vea la sección de beneficios para los que tienen “Diabetes” en este Capítulo 3). Las

exclusiones incluyen, pero no se limitan a: atención de rutina de los pies (recorte de callos, uñas u otra atención

higiénica); aparatos ortopédicos para pies y zapatos; soportes de arco; plantillas para zapatos; accesorios, yeso y

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otros servicios relacionados con dispositivos para los pies; o zapatos ortopédicos o correctores que no son parte

de una abrazadera para la pierna con cobertura.

Diagnóstico genético antes de la implantación, excepto lo específicamente permitido bajo Servicios para la

infertilidad.

Gastos por habitación privada: Los gastos que sobrepasan la tarifa para una habitación semiprivada (excepto

cuando la habitación privada es médicamente necesaria).

Atención privada de enfermería (excepto como parte de los beneficios por cuidados paliativos); y asistentes de

cuidado personal.

cirugía de refracción ocular (incluyendo cirugía láser, queratotomía radial y ortoqueratología).

Cuidado de relevo, salvo cuando se proporciona como parte de un programa autorizado de cuidados paliativos.

Elementos de seguridad usados en ausencia de una enfermedad o condición médica, como: alarmas de la puerta;

y camas de protección o ropa de cama.

Pruebas prácticas sensoriales integradas.

Servicios para los cuales usted no tiene la obligación legal de pagar; o servicios para los cuales no se cobraría

nada en ausencia de seguro médico.

Servicios proporcionados a Usted por su familia inmediata: Servicios brindados por su familia inmediata

(consanguínea o política) o cualquiera que normalmente vive con usted.

“Familia inmediata ” se refiere a: cónyuge o equivalente de cónyuge; padre/madre; hijo(a); hermano;

hermana; padrastro o madrastra; hijastro(a); hermanastro o hermanastra; suegro; suegra; nuera; cuñado;

cuñada; abuelo(a); o nieto(a).

Cambio de sexo: servicios relacionados con procedimientos médicos o quirúrgicos para cirugía de cambio de

sexo o reversión del cambio de sexo.

Tratamiento requerido por terceros: Los servicios requeridos por un tercero que, de otra manera, no son

médicamente necesarios.

Ejemplos de terceros incluyen: un empleador; compañía de seguros; organización o agencia de licencias;

escuela; o tribunal.

Ejemplos de los servicios incluyen: exámenes y pruebas requeridas para actividades recreativas o empleo;

exámenes ordenados por el Tribunal; evaluaciones vocacionales sobre adaptabilidad en el trabajo;

rehabilitación vocacional; colocación de empleo; o terapia para restablecer la función para una ocupación

específica.

También se excluyen: pruebas para establecer paternidad; pruebas para propósitos forenses y exámenes y

pruebas post-mortem.

Ronquidos: Servicios para tratar o reducir los ronquidos. Los ejemplos incluyen: Uvulopalatoplastia asistida por

láser; somnoplastia; protecciones para ronquidos; y cualquier otro aparato relacionados con los ronquidos.

Impuestos: Los gastos por impuestos de un proveedor; o impuestos sobre ventas relacionados con cualquier

producto enviado o entregado a un miembro.

Servicios para tratar el síndrome de la articulación temporomandibular (TMJ); todos los aparatos relacionados

con TMJ que no sean un aparato ortopédico para el ajuste de la posición mandibular (MORA); servicios,

procedimientos o materiales para ajustar la altura de los dientes, o de alguna otra forma restablecer la oclusión,

tales como coronas, puentes o aparatos de ortodoncia; y tratamiento de los trastornos de la TMJ que no se

compruebe que son ocasionados por una afección médica específica o que la produzcan.

Transporte y alojamiento: Transporte (que no sea el descrito en “Servicios de Ambulancia” o “Trasplante de

órganos humanos” en el Capítulo 3) o alojamiento relacionado con la recepción de cualquier servicio médico.

Los siguientes servicios y artículos relacionados con la vista:

Terapia visual para algunos diagnósticos donde no existe evidencia adecuada y fidedigna de eficacia.

Anteojos, monturas y lentes de contacto, excepto que se detalle de forma específica que están cubiertos bajo

el beneficio de servicios de la vista.

Servicios/equipos relacionados con el peso: Planes dietéticos comerciales; programas y clínicas de control de

peso o pérdida de peso (salvo los relacionados con programas o cirugía bariátrica con cobertura); y cualquier

servicio relacionado con tales planes o programas; y equipo para ejercicios.

Compensación de trabajadores: atención de condiciones para las cuales hay beneficios disponibles según un plan

de compensación al trabajador o un empleador según la ley federal o estatal.

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CAPÍTULO 4. ELEGIBILIDAD, INSCRIPCIÓN, FINALIZACIÓN Y PAGOS DE PRIMAS

El Plan de salud calificado de BMC HealthNet Plan: es un plan de salud para miembros individuales, grupales y, si

corresponde, sus dependientes elegibles.

Elegibilidad:

El operador de salud establece todas las reglas de elegibilidad para suscriptores y dependientes. Los suscriptores y

sus dependientes elegibles deben cumplir con las reglas de elegibilidad del operador para estar inscritos en el plan a

través del operador de salud.

El plan tiene la siguiente regla de elegibilidad de miembros adicionales:

Residencia en el área de servicio: Los miembros deben vivir y mantener una residencia permanente, en el

área de servicio del plan, al menos durante nueve meses cada año de beneficios para estar inscritos en el

plan. Existen algunas excepciones: consulte a continuación la sección Cobertura para los miembros que

viven fuera del área de servicio.

Por favor, comuníquese con el operador de salud para obtener más información acerca de la elegibilidad. El plan y el

operador de la salud pueden requerir una verificación razonable de elegibilidad cada cierto tiempo. Los números de

seguro social no se requieren para obtener cobertura bajo un contrato individual.

Si usted cumple con las reglas de elegibilidad aplicables, le aceptamos a usted en el plan al momento al ser derivado

por el operador de salud. Usted puede continuar inscrito en el plan mientras continúe cumpliendo con las reglas de

elegibilidad y la prima aplicable se pague. Cuando recibamos el aviso de su inscripción del operador de salud, le

enviaremos una tarjeta de identificación y demás información acerca del plan.

La aceptación en el plan nunca se basa en: su ingreso; condición física o mental; edad; ocupación; experiencia en

reclamaciones; duración de la cobertura; afección médica; sexo; orientación sexual; religión; discapacidad física o

mental; grupo étnico o raza; estado anterior como un miembro; condiciones preexistentes; o condición de salud actual

o esperada.

No utilizamos los resultados de pruebas genéticas para tomar decisiones acerca de la afiliación, elegibilidad,

renovación, pago o cobertura de servicios de atención médica. Tampoco consideramos ningún historial de abuso

doméstico o exposición real o sospecha de exposición al dietilestilbestrol (DES) para tomar estas decisiones.

Una vez que se inscriba correctamente en el plan, pagaremos por servicios cubiertos que usted reciba en su fecha

efectiva de cobertura o después. (No hay períodos de espera ni limitaciones o exclusiones por problemas de salud

preexistentes). El plan no paga por cualquier servicio que usted haya recibido antes de su fecha efectiva de cobertura

con el plan.

Fechas de vigencia de la cobertura para suscriptores y dependientes: El operador de la salud establece fechas

efectivas de cobertura para nuevos suscriptores y dependientes elegibles, de acuerdo con las leyes federales y

estatales. Por favor comuníquese con el operador de salud para obtener más información.

Las personas que no cumplen con los requisitos para inscribirse fuera del período anual de inscripción

abierta pueden procurar una exoneración de la inscripción. Una exoneración permite la inscripción fuera del

período de inscripción abierta. Comuníquese con el operador de salud o la oficina de protección de

pacientes para obtener más información sobre las exenciones de la inscripción.

Esta sección se aplica a los paquetes de beneficios que permiten a los suscriptores inscribir a los recién nacidos y

niños adoptados menores de 19 como dependientes. Comuníquese con el operador de salud para obtener

información de elegibilidad.

Niños recién nacidos y adoptivos: inscripción y cobertura:

Un bebé recién nacido de un miembro es elegible para cobertura bajo el plan desde el momento del nacimiento

según lo requiere la ley de Massachusetts.

o El suscriptor debe inscribir correctamente al recién nacido en el plan dentro de los siguientes 30 días

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después del nacimiento del recién nacido para que el recién nacido esté cubierto desde el nacimiento.

De lo contrario, el suscriptor debe esperar hasta el siguiente período de inscripción abierta para

inscribir al hijo(a).

o Si el suscriptor no inscribe a un recién nacido dentro de los siguientes 30 días después del nacimiento

del recién nacido, el plan únicamente cubrirá el costo de los gastos de rutina para recién nacidos y

atención a recién nacidos saludables. (Consulte el Capítulo 3: Servicios para pacientes hospitalizados y

atención de maternidad. No se cubrirán ningunos otros gastos por servicios al recién nacido.

El suscriptor debe inscribir a un niño adoptivo dentro de los siguientes 30 días después de: la fecha de presentar

una petición para adoptar el hijo(a); o la fecha en que el niño(a) se coloca con el suscriptor para el propósito de

adopción. De lo contrario, el suscriptor debe esperar hasta el siguiente periodo de inscripción abierta para

inscribir a un hijo adoptivo.

Elija un PCP para su hijo recién nacido o adoptivo dentro de las siguientes 48 horas: después del nacimiento del

recién nacido, o después de la fecha de adopción o colocación para adopción. Su PCP puede administrar la

atención del su hijo(a) desde el momento del nacimiento o adopción.

Comuníquese con el operador de salud para obtener información adicional acerca de la inscripción de un recién

nacido o de un hijo adoptivo.

Esta sección se aplica a los paquetes de beneficios que NO permiten a los suscriptores inscribir a los recién nacidos

o hijos adoptivos menores de 19 años como dependientes. Comuníquese con el operador de salud para obtener

información de elegibilidad.

Niños recién nacidos y adoptivos: inscripción y cobertura:

Si usted está inscrito en un paquete de beneficios que no permite añadir a los recién nacidos como dependientes,

y usted tiene un recién nacido, no puede inscribir a su recién nacido en este plan. El plan no cubre ningunos

costos de atención médica (para pacientes hospitalizados o para pacientes ambulatorios) relacionados con el

recién nacido, con la excepción de gastos de rutina para recién nacidos y atención a recién nacidos saludables. Su

bebé recién nacido puede ser elegible para cobertura con MassHealth. Para obtener información acerca de

elegibilidad para MassHealth para su recién nacido, llame a Servicios para Miembros o al operador de salud.

Si usted está inscrito en un paquete de beneficios que no permite agregar a los niños menores de 19 años como

dependientes, y usted adopta un hijo(a) menor de 19 años, usted no puede inscribir a su hijo(a) adoptivo en este

plan. Los hijos adoptivos podrían ser elegibles para tener cobertura en MassHealth. Para obtener información

acerca de elegibilidad para MassHealth para su hijo(a) adoptivo, llame a Servicios para Miembros o al operador

de salud.

Cambio en la categoría de elegibilidad: Es responsabilidad del suscriptor notificar al operador de salud de todos los

cambios que podrían afectar la elegibilidad de usted o sus dependientes bajo el plan o la cantidad de prima que usted

paga. La notificación debe ocurrir dentro de los 30 días después del evento. Estos incluyen los siguientes:

Tener un bebé o adoptar un hijo(a).

El matrimonio de un dependiente.

Cambios de dirección.

Mudarse fuera del área de servicio del plan.

Cambios en el trabajo.

Cambios de estado civil.

Muerte de un miembro.

Inscripción en un programa estatal o federal de seguro médico, como Medicaid o Medicare.

Cuando usted o un dependiente ya no cumplen con las reglas de elegibilidad del operador o del plan.

Nota: Los cambios en dependientes cubiertos por el plan pueden ocasionar un cambio en la prima que se debe pagar.

El operador de salud y el plan necesitan su dirección y número telefónico actual para que le podamos enviar

información importante acerca de los beneficios y servicios. Para informar acerca de la elegibilidad, dirección o

cambio de número de teléfono, por favor comuníquese con:

Centro de Servicio al Cliente del Programa del Plan de Salud Calificado

1-877-MA-ENROLL (1-877-623-6765; de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.

Las personas con pérdida parcial o total de la audición deben llamar a TTY: 1-877-623-7773.

Si está hospitalizado cuando comienza la afiliación: Si usted es un paciente hospitalizado en su fecha efectiva de

cobertura, usted será cubierto por el plan bajo esta EOC a partir de su fecha efectiva de cobertura, siempre que usted

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llame al plan y nos permita manejar su atención. Esto puede incluir una transferencia a un hospital de la red de

servicios, si es médicamente apropiado.

Cobertura para los miembros que residen fuera del área de servicio: Los miembros deben vivir y mantener la

residencia permanente, en el área de servicio durante al menos 9 meses cada año de beneficios con el propósito

inscribirse en el plan. Las excepciones son:

Usted es un hijo(a) inscrito a tiempo completo en una institución educativa acreditada que se ubica fuera del

área de servicio; o

Usted es un hijo(a) sujeto a una Orden de manutención médica calificada de hijo(a) (QMCSO, por sus siglas en

inglés).

Si vive fuera del área de servicio bajo de una de estas excepciones: Usted tiene derecho únicamente a cobertura de

emergencia y atención de urgencia; usted puede ingresar al área de servicio en cualquier momento para obtener

cobertura completa por servicios cubiertos de proveedores de la red en el área de servicio; y aplican todos los costos

compartidos y otras reglas de pago.

Pagos de primas. A las personas y grupos se les requiere pagar mensualmente primas aplicables. Se le hará saber el

monto de la prima y la fecha límite. La prima se deberá enviar en la fecha límite que se indica en la factura. Sólo

miembros para los cuales la prima aplicable haya sido recibida tienen derecho a los servicios cubiertos. En caso de

que un individuo o grupo se tarde (morosidad) en pagar la prima requerida, el plan, de acuerdo con la ley federal y

estatal aplicable, puede suspender el pago de reclamaciones y/o una autorización previa de los servicios hasta que se

reciba el pago completo de la prima.

Notas:

La cantidad de prima que a un individuo o grupo se le requiere pagar puede cambiar durante el plazo de esta

EOC. A usted se le notificará sobre cualquier cambio en la prima.

El plan enviará a los suscriptores una notificación anual que indique la prima que debe pagarse.

Terminación de la cobertura del plan: El operador de salud determina cuándo se va a terminar su inscripción. Todas

las finalizaciones se realizan según la ley federal y estatal. Su inscripción en el plan puede terminar si:

Usted es un individuo que aún no ha pagado la prima requerida, o usted es miembro de un grupo y su grupo aún

no ha pagado la prima requerida.

Usted comete un acto de abuso físico o verbal no relacionado con su condición física o mental que representa

una amenaza a cualquier proveedor, cualquier otro miembro, o al plan o un empleado del plan.

Usted no cumple con la solicitud razonable de información de parte nuestra o del operador de salud.

Usted comete un acto de declaración falsa intencional o fraude relacionado con: cobertura; Cómo obtener

servicios de atención médica; o el pago de dichos servicios. Ejemplos: obtener o tratar de obtener los beneficios

bajo esta EOC para una persona que no es un miembro; o tergiversar su elegibilidad para la inscripción según el

plan. La terminación puede ser retroactiva: hasta su fecha efectiva; la fecha del fraude o falsificación; u otra

fecha determinada por el plan.

Usted incumple de forma material las reglas del plan bajo esta EOC o, en el caso de personas, incumple el

contrato individual. Para grupos, esto incluye el incumplimiento del grupo con los requisitos relacionados con

contribuciones de prima de grupo; o que el grupo no participa activamente en el negocio.

Usted no sigue cumpliendo las reglas de elegibilidad del operador de salud.

Usted se muda fuera del área de servicio.

Un individuo o un grupo decide terminar la cobertura por medio de un aviso al operador de salud.

Fecha efectiva de finalización: El operador de salud le notificará acerca de la fecha en que termina su cobertura bajo

el plan.

Beneficios después de la terminación: El plan no pagará los servicios, suministros o medicamentos que usted reciba

después de que su cobertura termine, aun si:

usted estaba recibiendo atención como paciente hospitalizado o paciente ambulatorio después de terminada su

cobertura; o

usted tenía una condición médica (conocida o desconocida), como embarazo, que requiere atención médica

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después de la terminación de su cobertura.

Terminación del operador de salud de grupo por falta de pago de la prima:

Cualquier grupo que no pague a su prima mensual en su totalidad para el 55.o día calendario después del primer

día del mes de cobertura para el cual el pago de la prima se venció, está sujeto a la finalización de su contrato de

grupo.

La cobertura para todos los miembros del grupo (suscriptores y dependientes) terminará en el 60.º día calendario

después del primer día del mes de cobertura para el cual se debía hacer el pago de la prima y no se pagó por

completo.

La terminación es retroactiva para el último día del mes de cobertura para la cual se pagó la prima.

El operador de salud le enviará un aviso por escrito a cada suscriptor (en su última dirección conocida) acerca

de la terminación del grupo debido a la falta de pago de la prima. La notificación incluirá la fecha de vigencia de

la finalización del contrato de grupo e información sobre la continuación de sus opciones de cobertura.

A menos que un suscriptor elija la continuación de la opción de cobertura y haga el pago requerido de la prima,

el suscriptor es responsable de todos los reclamos por servicios recibidos después de la fecha efectiva de

finalización (que puede ser hasta 60 días antes).

Tarifas de desafiliación voluntaria e involuntaria de los miembros: El plan le notificará a usted anualmente acerca de

la tarifa de desafiliación voluntaria e involuntaria como miembro.

Preguntas acerca de elegibilidad, inscripción y finalización: Por favor ,comuníquese con el operador de salud:

Commonwealth Health Insurance Connector Authority – Qualified Health Care Program

P.O. Box 120089, Boston, MA 02112-9914

Teléfono 1-877-MA-ENROLL (1-877-623-6765)

Las personas con pérdida parcial o total de la audición deben llamar a TTY: 877-623-7773

Horario de atención: 8:00 a. m. a 6:00 p. m., de lunes a viernes

Sitio web: www.mahealthconnector.org

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CAPÍTULO 5: CONTINUACIÓN DE LA COBERTURA DE GRUPO

Continuación de la cobertura de grupo bajo la Ley Federal (COBRA): Según la Ley Federal de Reconciliación del

Presupuesto General Consolidado de 1985 (COBRA, por sus siglas en inglés), los miembros del grupo pueden ser

elegibles para continuar con la cobertura bajo el contrato de grupo si: Usted se inscribió en un grupo que tiene 20 o más

empleados elegibles; usted experimenta un evento calificador que podría hacer que usted pierda su cobertura en su grupo;

y usted elige la cobertura según lo dispuesto en COBRA. A continuación hay un breve resumen de la cobertura de

continuación de COBRA.

Eventos calificadores: Los eventos calificadores que pueden darle derechos a usted a una cobertura COBRA

continuada son los siguientes:

o Terminación del empleo del suscriptor (por razones distintas a conducta inapropiada seria).

o reducción en las horas de trabajo del suscriptor.

o divorcio o separación legal del suscriptor.

o muerte del suscriptor.

o el derecho del suscriptor a Medicare.

o pérdida de la condición como un dependiente elegible.

Período de cobertura continuada bajo COBRA: El período de cobertura continuada de grupo comienza con la

fecha de su evento calificador. La duración de esta cobertura continuada de grupo será hasta 36 meses a partir de

dicho evento calificador. Esto es así con la excepción de la terminación del empleo del suscriptor o la reducción en

las horas de trabajo del suscriptor, en cuyo caso la cobertura continuada de grupo está disponible únicamente por

18 meses, o, si usted califica para discapacidad bajo el Título II o XVI de la Ley de Seguro Social hasta 29 meses.

La cobertura de COBRA terminará al final del período máximo de cobertura. Sin embargo, la cobertura puede

terminar antes si: la prima no se paga a tiempo; su grupo deja de mantener cualquier plan de salud del grupo; el

grupo termina su contrato de grupo con el operador de salud (en cuyo caso usted puede continuar su cobertura

bajo otro plan de salud); o por otras razones, tales como el final de la discapacidad o ser elegible para obtener otra

cobertura.

Costo de la cobertura: En la mayoría de los casos, usted es responsable por el pago del 102% del costo de la

cobertura.

Cobertura continua para suscriptores discapacitados: En el momento de la terminación del empleo del

suscriptor o reducción en las horas de trabajo (o dentro de los siguientes 60 días del evento calificador según la ley

federal), si se determina que un suscriptor o su dependiente elegible está incapacitado bajo el Título II o Título

XVI de la Ley del Seguro Social, la cobertura continuada de grupo estará disponible hasta por 29 meses desde la

fecha del evento calificador. El costo de la prima por los 11 meses adicionales puede ser hasta el 150% de la tarifa

de la prima.

Inscripción: Para poder inscribirse, usted debe llenar un formulario de elección y devolverlo a su grupo. El

formulario debe devolverse dentro de los 60 días siguientes a partir de la fecha de finalización de su cobertura de

grupo o su notificación (por su grupo) de elegibilidad, lo que ocurra después. Si usted no envía el formulario

rellenado, esto se considerará como una renuncia. Esto significa que no se le permitirá continuar la cobertura en

este plan bajo un contrato de grupo.

Para obtener más información acerca de COBRA: comuníquese con su grupo o con el operador de salud.

Continuación de la Cobertura de Grupo bajo la ley de Massachusetts (MA): Bajo la ley de cobertura de continuación

de MA, los miembros del grupo pueden ser elegibles para continuar con la cobertura bajo el contrato de grupo si: Usted se

inscribió en un grupo que tiene empleados elegibles de 2-19; usted experimenta un evento calificador que podría hacer

que usted pierda su cobertura de grupo; y usted elige la cobertura según lo establecido por la ley de MA. A continuación

hay un breve resumen de la continuación de cobertura de MA.

Eventos calificadores: Los eventos calificadores que pueden darle derechos a cobertura continuada bajo la ley de

MA son los siguientes:

o Terminación del empleo del suscriptor (por razones distintas a conducta inapropiada seria).

o reducción en las horas de trabajo del suscriptor.

o el divorcio o separación legal del suscriptor.

o muerte del suscriptor.

o el derecho del suscriptor a recibir los beneficios de Medicare.

o pérdida del estado como un dependiente elegible.

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Período de cobertura continuada: En la mayoría de los casos, la continuación de la cobertura es efectiva desde la

fecha posterior al día en que termina la cobertura de grupo. En la mayoría de los casos, termina 18 o 36 meses

desde la fecha del evento calificador, dependiendo del tipo de evento calificador.

Costo de la cobertura: En la mayoría de los casos, usted es responsable del pago de 102% de la prima de grupo.

Inscripción: Para poder inscribirse, usted debe llenar un formulario de elección y devolverlo a su grupo. El

formulario debe devolverse dentro de los siguientes 60 días a partir de la fecha de finalización de su cobertura de

grupo o su notificación (por su grupo) de elegibilidad, lo que ocurra después. Si usted no envía el formulario

rellenado, se esto se considerará como una renuncia. Esto significa que no se le permitirá continuar la cobertura en

este plan bajo un contrato de grupo.

Para obtener más información acerca de la cobertura de continuación de MA: Comuníquese con su grupo o el

operador de salud.

Cierre de la planta: Bajo la ley de MA, los miembros del grupo que pierden la elegibilidad para la cobertura bajo un

contrato de grupo debido a cierre de una planta o un cierre parcial de una planta (según lo que defina la ley) pueden ser

elegibles para continuar la cobertura bajo el contrato de grupo hasta por 90 días después del cierre de la planta. Si esto

sucede, el suscriptor y su grupo pagará cada uno sus acciones del costo de la prima hasta por 90 días después del cierre

de la planta. El grupo es responsable de notificar a los suscriptores acerca de su elegibilidad. Llame a su grupo o al

operador de salud para obtener información adicional.

Divorcio o separación:

En caso de un divorcio o separación legal, la persona que fue el cónyuge del suscriptor antes del divorcio o

separación legal seguirá siendo elegible para la cobertura en este plan bajo el contrato de grupo del suscriptor, ya

sea que la resolución haya sido presentada o no antes de la fecha de vigencia del contrato de grupo.

Esta cobertura no requiere de prima adicional aparte del costo normal de la cobertura de un cónyuge actual.

El ex cónyuge sigue siendo elegible para esta cobertura únicamente hasta que ocurra lo primero entre los siguientes:

el suscriptor ya no está obligado por la resolución a proporcionar un seguro médico para el anterior cónyuge; o el

suscriptor o ex cónyuge se vuelve a casar. Si el suscriptor se vuelve a casar y la resolución así lo estipula, el

anterior cónyuge podrá continuar la cobertura bajo el plan, acuerdo con la ley de MA.

Cobertura bajo un contrato individual: Si su cobertura de grupo termina, usted podría ser elegible para inscribirse en

la cobertura bajo un contrato individual ofrecido por medio del operador de salud o directamente por BMCHP. Tenga en

cuenta que la cobertura bajo un contrato individual puede diferir de la cobertura bajo un contrato de grupo. Para obtener

más información, llame al operador de salud (1-877-MA-ENROLL), diríjase al sitio web del operador de la salud

(www.mahealthconnector.org) o llame a Servicios para Miembros de BMCHP.

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CAPÍTULO 6. PROCESO DE SATISFACCIÓN DE LOS MIEMBROS

Introducción: El plan está comprometido con resolver cualquier duda que pueda tener sobre: Cómo opera el plan; sus

beneficios; o la calidad de la atención médica que usted recibió de proveedores de la red de servicios. Para eso,

tenemos los siguientes procesos (cada uno descrito en más detalle a continuación) según el tipo de duda que usted

tenga:

Proceso interno de consulta.

Proceso interno de queja.

Proceso interno de apelación (incluidas las apelaciones expeditas).

Revisión externa por la Oficina de Protección de Pacientes/Comisión de Pólizas de Salud de Massachusetts.

Proceso interno de consulta:

¿Qué es una consulta? Una consulta es cualquier comunicación que usted le hace al plan para solicitar que

abordemos una acción, política o procedimiento del plan.

Proceso interno de consulta: Éste es un proceso informal utilizado para resolver la mayoría de las consultas.

Simplemente llame a Servicios para Miembros al 1-855-833-8120 para discutir su duda.

Nota: El Proceso interno de consulta no se utiliza para resolver dudas sobre la calidad de la atención recibida por

usted o una determinación adversa (denegación de cobertura basada en una necesidad médica). Si su duda involucra:

la calidad de la atención que usted recibió de un proveedor de la red, Servicios para Miembros referirá su

inquietud directamente a nuestro Proceso interno de quejas (consulte abajo).

Si su inquietud involucra una determinación adversa, Servicios para Miembros remitirá su inquietud

directamente a nuestro Proceso interno de apelaciones (consulte abajo).

El personal de Servicios para Miembros revisará e investigará su consulta y en la mayoría de casos le responderá por

teléfono dentro de 3 días hábiles. Durante nuestra llamada: le informamos nuestra decisión; o informaremos que no

pudimos resolver su consulta dentro de los siguientes 3 días hábiles. Si usted nos indica que no está satisfecho con

nuestra decisión, o no pudimos resolver su consulta dentro de los 3 días hábiles, le ofreceremos iniciar una revisión

de su asunto a través de nuestro proceso formal interno de quejas o apelaciones (consulte abajo). El proceso que

usemos depende del tipo de consulta que usted hizo.

Proceso interno de queja:

¿Qué es una queja? Una queja o reclamación es una queja formal de parte suya acerca de:

La administración del plan (cómo funciona el plan): cualquier acción tomada por un empleado del plan,

cualquier aspecto de los servicios, políticas o procedimientos del plan o un problema de facturación. Nos

referimos a este tipo de queja como una “queja administrativa del plan”.

Calidad de la atención: La calidad de la atención que usted recibe de un proveedor de la red del plan. Nos

referimos a este tipo de queja como una “queja de calidad de la atención”. (Si se siente cómodo al hacerlo, le

instamos a que hable primero con el proveedor de la red sobre las inquietudes de calidad de la atención antes de

presentar una queja sobre la calidad de la atención. Sin embargo, no es un requisito que lo haga antes de

presentarnos este tipo de queja ).

Nota: El proceso interno de reclamación no se utiliza para resolver las quejas que son o podrían ser apelaciones.

Estos tipos de quejas se manejan a través del Proceso interno de apelaciones (consulte abajo. (Consulte abajo).

Cómo y dónde puede presentar una queja:

La mejor forma de hacerlo es presentar una queja por escrito y enviarla a nuestra dirección por correo normal o

electrónicamente vía FAX.

También puede entregarla en persona en una de nuestras oficinas. (Consulte el directorio de teléfono y dirección

en el inicio de esta EOC).

También puede presentar su reclamación verbalmente en persona o llamando a Servicios para Miembros al 1-

855-833-8120.

Para obtener información sobre las quejas verbales relacionadas con servicios de salud mental o por abuso de

sustancias, debe llamar al 1-877-957-5600.

Si presenta su apelación verbalmente, redactaremos un resumen de la misma y le enviaremos una copia dentro de las

48 horas posteriores a la recepción (a menos que el límite de tiempo sea extendido por acuerdo mutuo por escrito).

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Las quejas escritas deben incluir:

su nombre;

dirección;

número de identificación del plan;

número de teléfono diurno;

descripción detallada de la queja (incluyendo fechas relevantes y nombres de proveedores);

cualquier documento aplicable relacionado con su queja, como estados de facturación; y

el resultado específico que usted solicita.

Usted debe enviar su queja por escrito a:

BMC HealthNet Plan Qualified Health Plan

Two Copley Place, Suite 600

Boston, MA 02116

Attention: Member Grievances

Teléfono: 1-855-833-8120

Fax: 617-897-0805

Si desea presentar una queja personalmente, puede acudir a cualquiera de nuestras oficinas. Éstas se detallan en

nuestro Directorio de números telefónicos y direcciones al principio de esta EOC.

Las quejas por escrito relacionadas con los servicios de salud mental o por abuso de sustancias deben incluir la

información arriba mencionada y se deben enviar a:

Quality Department-Ombudsmen

Beacon Health Strategies, LLC

500 Unicorn Park Drive Woburn, MA 01801

Teléfono 877-957-5600

Fax: 781-994-7636

Cuándo presentar una queja: Usted puede presentar su queja en cualquier momento dentro de los 180 días siguientes

a la fecha del evento, situación o tratamiento que aplique. Le recomendamos presentar su queja lo antes posible.

Acuse de recibo de la reclamación por el Plan: Si usted presentó una queja por escrito, le enviaremos una carta

(“acuse de recibo”) para informarle que hemos recibido su queja. Le enviaremos esta carta dentro de los 15 días

hábiles después de recibir su reclamación. Si presentó su queja verbalmente, le enviaremos un resumen de la misma

dentro de las 48 horas posteriores a la recepción de su reclamación. Este resumen servirá tanto como un registro

escrito de su queja y como un acuse de recibo. Estos límites de tiempo pueden ser extendidos por mutuo acuerdo por

escrito entre usted y nosotros.

Divulgación de los expedientes médicos:

Podemos solicitar un formulario firmado de autorización de divulgación de expedientes médicos. Este

formulario autoriza a los proveedores a proporcionarnos su información médica. Debe estar firmado y fechado

por usted o su Representante autorizado. (Cuando lo firma un representante autorizado, se debe proporcionar una

constancia adecuada de autorización para divulgar información médica).

Si un formulario de autorización de divulgación de expedientes médicos no se incluye con su queja, Servicios

para Miembros le enviará un formulario en blanco sin demora. Es muy importante que lo llene y nos envíe este

formulario. Esto nos permite obtener la información médica que necesitamos para abordar su queja. Si no

recibimos este formulario en un plazo de 30 días calendario después de haber recibido su queja, podremos

responder a la misma sin haber revisado la información médica relevante.

Además, si recibimos el formulario pero su proveedor no nos proporciona su expediente médico a tiempo, le

solicitaremos aceptar la extensión del límite de tiempo que nos tomaremos para responder a su queja (consulte

“Plazos para la revisión y respuesta a su queja”, abajo). Si no podemos lograr un acuerdo sobre la extensión de

tiempo, podremos responder a su queja sin haber revisado la información médica relevante.

¿Quién revisará su quejas? Las quejas administrativas del plan las investigará y revisará un especialista de

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apelaciones y quejas. Él o ella también hablará con los departamentos apropiados. Los quejas por la calidad de la

atención serán investigadas y revisadas por el personal clínico de la Oficina de Asuntos Clínicos. Todas las revisiones

las realizarán personas adecuadas que conocen sobre los asuntos involucrados en su queja. Las decisiones se basarán

en: los términos de esta EOC; las opiniones de su proveedores de tratamiento; las opiniones de nuestros revisores

profesionales; registros aplicables proporcionados por usted o por proveedores; y cualquier otra información

relevante a nuestra disposición. Plazos para la revisión y respuesta a su reclamación: Le enviaremos una respuesta por escrito dentro de los 30 días

calendario posteriores al recibo de su queja. Este período de 30 días calendario se inicia de la siguiente manera:

Si su queja requiere que revisemos su expediente médico, el período de 30 días calendario no se inicia sino hasta

que recibamos, firmado, el formulario de Autorización de divulgación del expediente médico.

Si su queja no requiere que revisemos sus expedientes médicos, el período de 30 días calendario se inicia: en el

siguiente día hábil después de la finalización del período de 3 días hábiles para el procesamiento de consultas a

través del Proceso interno de consulta, si la consulta no fue atendida dentro de ese período de tiempo; o el día en

que nos notificó que no quedó satisfecho con la respuesta a la consulta. Estos límites de tiempo pueden ser extendidos por mutuo acuerdo por escrito entre usted y nosotros. Ninguna

extensión excederá 30 días calendario desde la fecha del acuerdo. Si no respondemos a una queja que involucra

beneficios dentro de los plazos descritos en esta sección, incluido cualquier acuerdo mutuo de extensión, por escrito,

su queja se resolverá a su favor. Nuestra respuesta por escrito a su queja le presentará otras opciones, si existen, para que el plan revise más a fondo

su queja. Ninguna queja se considerará como recibida por nosotros hasta que el plan efectivamente reciba la queja en la

dirección apropiada o el número telefónico mencionado arriba en “Cómo y dónde puede presentar su queja”.

Proceso interno de apelación:

¿Qué es una apelación? Una apelación es una queja formal hecha por usted acerca de una denegación de beneficios,

una determinación adversa o una terminación retroactiva de cobertura: todo según se define a continuación:

Denegación de beneficios:

o Denegación de beneficios: una decisión del plan, tomada antes o después de que usted haya obtenido

servicios, de denegar la cobertura de un servicio, material o medicamento que está específicamente

limitado o excluido de la cobertura en esta EOC; o

o Una decisión del plan de negar la cobertura por un servicio, suministro o medicamento debido a que

usted ya no es elegible para cobertura bajo el plan. (Esto significa que usted ya no cumple con los

criterios de elegibilidad del plan).

Determinación adversa: Una decisión del plan, basada en una revisión de la información proporcionada, para

negar, reducir, modificar o terminar una admisión, permanencia continuada para pacientes hospitalizados o la

disponibilidad de cualquier otro servicio de atención médica, por no llenar los requisitos para cobertura

fundamentado en: una necesidad médica; conveniencia de un establecimiento de atención médica y nivel de

atención; o la efectividad. A esto se le conoce como denegaciones de una necesidad médica, ya que en estos

casos el plan ha determinado que el servicio no es médicamente necesario para usted.

Cancelación retroactiva de la cobertura: Una cancelación retroactiva o suspensión de la inscripción como

resultado de la determinación del plan de que: usted ha cometido una acción, práctica u omisión que constituye

un fraude; o usted ha adulterado intencionalmente un hecho material en lo concerniente a los términos del plan. Cómo y dónde puede presentar una apelación:

La mejor forma de hacerlo es presentar una apelación por escrito y enviarla a nuestra dirección por correo

normal o vía FAX.

También puede entregarla en persona en una de nuestras oficinas. (Consulte el directorio telefónico y de

direcciones al comienzo de esta EOC).

También puede presentar su apelación verbalmente en persona o llamando a Servicios para Miembros al 1-855-

833-8120.

Para obtener información sobre las apelaciones verbales relacionadas con servicios de salud mental o por

abuso de sustancias, debe llamar al 1- 877-957-5600.

Si presenta su apelación verbalmente, redactaremos un resumen de la misma y le enviaremos una copia dentro de las

48 horas posteriores a la recepción (a menos que el límite de tiempo sea extendido por acuerdo mutuo por escrito).

Las apelaciones por escrito deben incluir:

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su nombre;

dirección;

número de identificación del plan;

número de teléfono durante el día;

descripción detallada de la apelación (incluyendo fechas relevantes y nombres de proveedores);

cualquier documento aplicable relacionado con su apelación, tales como Estados de facturación; y

el resultado específico que usted solicita.

Debe enviar su apelación escrita a:

BMC HealthNet Plan Qualified Health Plan

Two Copley Place, Suite 600

Boston, MA 02116

Attention: Member Appeals

Teléfono: 1-855-833-8120

Fax: 617-897-0805

Si desea presentar una apelación personalmente, puede acudir a cualquiera de nuestras oficinas. Éstas se detallan en

nuestro Directorio de números telefónicos y direcciones al principio de esta EOC.

Las apelaciones por escrito relacionadas con los servicios de salud mental y/o por abuso de sustancias deben

incluir la información referida anteriormente y se deben enviar a:

Appeals Coordinator

Beacon Health Strategies, LLC

500 Unicorn Park Drive

Suite 401

Woburn, MA 01801

Teléfono 1-877-957-5600

Fax: 791-994-7636

Cuándo presentar una apelación: Usted puede presentar una apelación en cualquier momento dentro de los 180 días

siguientes a la fecha de denegación de la cobertura original. Las apelaciones recibidas después de 180 días a partir de

la fecha de la denegación de la cobertura original no será revisadas. Le recomendamos presentar su apelación lo

antes posible.

Acuse de recibo de la apelación por el plan: Si usted presentó una apelación por escrito, le enviaremos una carta

(“acuse de recibo”) para informarle que recibimos su apelación. Le enviaremos esta carta dentro de los 15 días

hábiles después de recibir su apelación. Si usted presentó su apelación verbalmente, el resumen escrito de la misma

realizado por el Especialista en Apelaciones y Quejas le será enviado dentro de las 48 horas posteriores a la

recepción de su apelación. Este resumen servirá tanto como un registro escrito de su apelación, así como un acuse de

recibo. Estos límites de tiempo pueden extenderse por acuerdo mutuo por escrito entre usted y el plan.

Divulgación de los expedientes médicos:

Si su apelación requiere que revisemos su expediente médico, usted debe incluir un formulario firmado de

Autorización de divulgación de expedientes médicos. Este formulario autoriza a los proveedores a

proporcionarnos su información médica. Debe estar firmado y fechado por usted o su Representante autorizado.

(Cuando lo firma un representante autorizado, se debe proporcionar una constancia adecuada de autorización

para divulgar información médica).

Si un formulario de autorización de divulgación de expedientes médicos no se incluye con su apelación, el

Especialista en Apelaciones le enviará oportunamente un formulario en blanco. Es muy importante que lo llene y

nos envíe este formulario para obtener la información médica que necesitamos para abordar su apelación. Si no

recibimos este formulario en un plazo de 30 días calendario después de recibir su apelación, podremos responder

a la misma sin haber revisado la información médica relevante.

Además, si recibimos el formulario pero su proveedor no nos proporciona su expediente médico a tiempo, le

solicitaremos acceder a la extensión del límite de tiempo que nos tomaremos para responder su apelación

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(consulte “Plazos para revisión y respuesta de su apelación”, a continuación). Si no podemos lograr un acuerdo

sobre la extensión de tiempo, podremos responder a su apelación sin haber revisado la información médica

relevante.

Quién revisará su apelación: Las apelaciones las investigará un Especialista en apelaciones y quejas dentro del

Departamento de Calidad del plan. Él o ella también hablarán con otros departamentos apropiados. Todas las

decisiones serán tomadas por personas adecuadas que conocen sobre los asuntos involucrados en su apelación. Las

apelaciones relacionadas con determinaciones adversas también serán revisadas por al menos un revisor que sea un

profesional activo en la práctica de la atención médica, en la misma especialidad o en una similar, que usualmente

trata esa afección médica, realice el procedimiento o proporcione el tratamiento que sea objeto de su apelación. Las

decisiones se basarán en: los términos de esta EOC; las opiniones de su proveedor de tratamientos; las opiniones de

nuestros revisores profesionales; registros aplicables proporcionados por usted o por proveedores; y cualquier otra

información relevante disponible para el plan.

Plazos de revisión y respuesta a su apelación: Le enviaremos una respuesta por escrito dentro de los 30 días

calendario posteriores a la recepción de su apelación. Este período de 30 días calendario se inicia de la siguiente

manera:

Si su apelación requiere que revisemos su expediente médico, el período de 30 días calendario no se inicia sino

hasta que recibamos el formulario firmado de Autorización de divulgación de expedientes médicos.

Si su apelación no requiere que revisemos sus expedientes médicos, el período de 30 días calendario se inicia: en

el siguiente día hábil después de la finalización del período de 3 días hábiles para el procesamiento de consultas

a través del Proceso interno de consulta, si la consulta no fue atendida dentro de ese período de tiempo; o el día

en que nos notificó que no quedó satisfecho con la respuesta a la consulta.

Estos límites de tiempo pueden ser extendidos por mutuo acuerdo por escrito entre usted y nosotros. Ninguna

extensión excederá 30 días calendario desde la fecha del acuerdo.

Ninguna apelación se considerará como recibida por nosotros hasta que efectivamente sea recibida por el plan en la

dirección apropiada o el número telefónico que aparece arriba bajo “Cómo y dónde puede presentar una apelación ”.

Las respuestas por escrito a determinaciones adversas que niegan toda o parte de su solicitud de cobertura, le

explicarán sobre su derecho a solicitar una Revisión externa de parte de una agencia de Revisión externa

independiente. Esta agencia tiene un contrato con la Comisión de Políticas de Salud de Massachusetts /la Oficina de

Protección al Paciente.

Si no respondemos a su apelación dentro de los plazos descritos en esta sección, incluida cualquier extensión

mutuamente acordada, por escrito, la apelación se resolverá a su favor.

Proceso interno de apelaciones expeditas (rápidas):

¿Qué es una apelación expedita? Una apelación expedita es un proceso más rápido para resolver una apelación. Este

proceso más rápido puede usarse cuando ha habido una denegación de cobertura que involucre servicios inmediatos o

de necesidad urgente. Los tipos de apelaciones que son elegibles para el Proceso de apelaciones expeditas son

apelaciones relacionadas con: Un riesgo sustancial de daño grave e inmediato; atención para pacientes

hospitalizados; equipo médico duradero; y enfermedad terminal. (Consulte a continuación para obtener información

adicional). Las apelaciones expeditas no se utilizarán para revisar una denegación de beneficios o rescisión de la

cobertura.

Cómo y dónde puede presentar una apelación expedita: Usted presenta una apelación expedita de la misma manera

que presenta una apelación estándar. Consulte más arriba la sección: “Cómo y dónde puede presentar una apelación.”

Revisión y repuesta a su apelación expedita:

Un riesgo sustancial de daño grave e inmediato: Su apelación será una apelación expedita si se incluye una

certificación firmada por un médico que diga, en la opinión del médico: el servicio es médicamente necesario;

negar tal servicio podría crear un riesgo sustancial de daño grave para usted; y el riesgo de daño grave es tan

inmediato que la prestación de dichos servicios no debe esperar el resultado del proceso interno de apelación

estándar. Esto significa que revisaremos y resolveremos su apelación expedita y le enviaremos un aviso por

escrito de la decisión dentro de las 48 horas después de recibir esta certificación (a menos que un límite diferente

de tiempo, según el detalle a continuación, aplique a su caso).

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Atención para pacientes hospitalizados: Su apelación será una apelación expedita si usted es un paciente

hospitalizado y su apelación está relacionada con una determinación adversa de nuestra parte, en la cual

indicamos que la atención que reciba como paciente hospitalizado ya no es médicamente necesaria. Esto

significa que revisaremos y resolveremos su apelación expedita antes de que le den de alta. Si nuestra decisión

continúa como negando la cobertura de atención prolongada como paciente hospitalizado, le enviaremos un

aviso por escrito de la decisión antes de que le den de alta.

Equipo médico duradero (“DME ”) necesario para evitar un daño grave: Su apelación será una apelación expedita si

se incluye una certificación firmada por un médico que afirme que, en opinión del médico: El DME es

médicamente necesario; una denegación del DME podría crear un riesgo sustancial de daño grave para usted (y

describe el daño que resultará para usted por la falta de acción dentro de un período de 48 horas); y el riesgo de

daño grave es tan inmediato que la provisión del DME no debería esperar el resultado del proceso interno de

apelación estándar. La certificación también debe especificar un plazo razonable, no menor a 24 horas, en el cual

debemos presentar una respuesta. Esto significa que revisaremos y decidiremos sobre su apelación expedita y le

enviaremos un aviso por escrito de la decisión en menos de 48 horas después de recibir esta certificación.

Enfermedad terminal: Su apelación será una expedita apelación si usted tiene una enfermedad terminal y presenta

una apelación para la cobertura de los servicios. (Una enfermedad terminal es probable que cause la muerte en

un lapso de 6 meses). Esto significa que le proporcionaremos una resolución por escrito dentro de los 5 días

hábiles después de recibir su apelación. Si nuestra decisión continúa negando la cobertura, usted puede solicitar

una reunión con nosotros para que reconsideremos la denegación. Programaremos la reunión dentro de los

10 días después de recibir su solicitud. Si su médico, después de consultar con el Director Médico del plan,

decide que la eficacia del servicio propuesto se reduciría materialmente si no se proporciona a la mayor brevedad,

programaremos la audiencia en un plazo de 5 días hábiles. Usted y/o su representante autorizado pueden asistir a

la reunión. Después de la reunión, le daremos un informe por escrito de la decisión.

Si no respondemos a su apelación expedita dentro de estos plazos, incluyendo cualquier acuerdo mutuo de extensión,

por escrito, su apelación expedita se resolverá a su favor. Además, usted puede tener derecho a buscar recursos en:

las leyes estatales; o la sección 502 (a) de ERISA (para miembros inscritos a través de un contrato de grupo sujeto a

ERISA.

Otra información importante:

¿Quién puede presentar una reclamación o apelación? Usted puede presentar su propia reclamación o apelación. O

bien, usted puede elegir que otra persona (conocida como representante autorizado) actúe en su nombre y la presente

por usted. Usted debe nombrar a un representante autorizado por escrito en nuestro formulario titulado:

“Nombramiento del representante autorizado”. (Si usted es un paciente hospitalizado, un profesional de atención

médica o un representante del hospital puede ser su representante autorizado sin que usted tenga que llenar este

formulario).

Un representante autorizado puede ser: un miembro de la familia; agente de acuerdo a un poder notarial;

agente de atención médica de un apoderado de atención médica; Un proveedor de atención médica; abogado;

o cualquier otra persona nombrada por escrito por usted que lo represente en una reclamación o apelación

específica. Podemos solicitar la documentación que comprueba que un representante autorizado cumple con

uno de los criterios mencionados.

Reconsideración de una decisión final adversa: El plan podría ofrecerle la oportunidad de reconsideración de su

decisión de apelación final con respecto a una determinación adversa. Podemos ofrecer esto cuando, por ejemplo, la

información médica relevante: se recibió demasiado tarde para que lo revisemos dentro del límite de tiempo de 30

días calendario para una apelación estándar; o no fue recibida pero se espera que esté disponible dentro de un tiempo

razonable después de nuestra decisión por escrito sobre su apelación. Si usted solicita la reconsideración, debe

acordar por escrito un nuevo plazo para la revisión, que no debe exceder de 30 días calendario desde el acuerdo de

reconsideración de la apelación.

Proceso de revisión externa de su apelación: El proceso de revisión externa le permite tener una revisión formal

independiente de una determinación adversa final tomada por nosotros a través de nuestro Proceso interno de apelaciones

estándar o el Proceso interno de apelaciones expeditas. Únicamente las Determinaciones Adversas finales son elegibles

para Revisión Externa, con dos excepciones: No es necesaria una determinación adversa final si (1) el Plan no ha cumplido

con la fecha límite para el proceso interno de apelación; o (2) usted (o su representante autorizado) presentan una solicitud

para una Revisión externa expedita al mismo tiempo que presenta una solicitud para una apelación interna expedita. Para

obtener más información, consulte a continuación: Proceso de revisión externa independiente.

Cobertura hasta que se resuelva su apelación: Si su apelación involucra la terminación de la cobertura o tratamiento

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continuo, la cobertura en disputa permanece vigente por cuenta nuestra hasta la finalización del Proceso interno de

apelaciones estándar o el Proceso interno de apelaciones expeditas (sin importar el resultado del proceso) si: la

apelación se presentó de manera oportuna; originalmente, los servicios han sido autorizados por nosotros antes de la

presentación de su apelación (excepto por los servicios procurados debido a un reclamo de un riesgo sustancial de

daño serio e inmediato); los servicios que no se terminaron debido a una exclusión relacionada con un episodio o

tiempo específico en esta EOC; y usted continúa inscrito como miembro.

Acceso a la información médica: Usted tiene derecho a tener libre acceso y copias de la información médica

relacionada con su queja o apelación que está: en nuestra posesión; y bajo nuestro control. Para obtener esta

información, comuníquese con el empleado del plan que esté coordinando la revisión de su queja o apelación o con

Servicios para Miembros. Si recibimos o nos basamos en cualquier información nueva o adicional en relación con su

queja o apelación, le proporcionaremos una copia de dicha información de acuerdo con la ley.

Proceso de revisión externa independiente: Usted puede impugnar una decisión de final en relación con una

determinación adversa. Para hacer esto, usted debe solicitar una revisión externa de la decisión. Las Revisiones

externas las lleva a cabo una organización independiente bajo contrato con la Oficina de Protección al Paciente de la

Comisión de Política de Salud (“OPP”). Las denegaciones de beneficios y rescisiones de cobertura son no elegibles

para revisión externa.

Usted puede también presentar una solicitud para una revisión externa antes de recibir la decisión final de la

apelación relacionada con una Determinación Adversa si el plan no cumple con la fecha límite para el proceso

interno de apelaciones.

Usted mismo puede solicitar la revisión externa. O usted puede tener un representante autorizado, incluyendo un

proveedor de atención médica o un abogado, para que le represente durante el proceso de revisión externa.

Cómo solicitar una Revisión Externa: Para solicitar una revisión externa, usted deberá presentar una solicitud por

escrito a la Oficina de protección al paciente dentro de los 4 meses después de que usted haya recibido, por parte del

plan, la notificación escrita de la decisión final de la apelación. Se adjuntará una copia de los formularios de revisión

externa de la OPP y otro tipo de información, junto con la notificación del plan sobre su decisión de denegar su

apelación.

Revisión Externa Expedita: Usted puede solicitar una Revisión Externa expedita. Para hacerlo, usted debe incluir una

certificación escrita de un médico que indique que una demora en la prestación o continuación de los servicios de

salud que son objeto de la decisión final de la apelación, representaría un riesgo grave e inmediato a su salud. Si la

OPP encuentra que existe tal riesgo grave e inmediato para su salud, su solicitud se calificará como elegible para una

revisión externa expedita.

Usted puede presentar una solicitud para una revisión externa expedita ya sea: al mismo tiempo que usted presente

una solicitud para una apelación interna expedita; o en un plazo de dos días después de la decisión del plan de

denegar su apelación interna expedita.

Requisitos para una revisión externa:

La solicitud debe presentarse en el formulario de OPP denominado: “Solicitud de revisión externa independiente

de una reclamación de seguro de salud”. Le enviaremos este formulario cuando le enviemos la carta con la

determinación adversa final. También se pueden obtener copias de este formulario llamando a Servicios para

Miembros, llamando a la OPP al 1-800-436-7757, o desde el sitio web de la OPP en:

http://www.mass.gov/hpc/opp.

El formulario deberá incluir su firma o la firma de su representante autorizado, otorgando permiso para divulgar

información médica. Si corresponde, debe adjuntar una copia de la decisión final del plan sobre la apelación.

Usted debe incluir el pago de los honorarios de presentación de la OPP.

Cobertura durante el período de revisión externa: Si el objeto de la revisión externa involucra la suspensión de

servicios continuos (paciente ambulatorio o paciente hospitalizado), usted puede solicitar a la agencia de revisión

externa que continúe la cobertura del servicio durante el período en que la revisión esté pendiente. Cualquier solicitud

de continuación de la cobertura deberá hacerse ante el panel de revisión antes de que termine el segundo día laboral

después de que usted reciba la decisión final de su apelación por parte del plan. El panel de revisión puede solicitar la

continuación de la cobertura: Si determina que la terminación de la cobertura puede producir un daño sustancial para

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su salud; o por cualquier otra causa apropiada que el panel de revisión determine. Nos haremos cargo de la

continuación de la cobertura, independientemente de la decisión final de la revisión externa.

Acceso a la información: Usted puede tener acceso a cualquier información médica y a los archivos relacionados con

su revisión externa que estén en nuestro poder o bajo nuestro control.

Proceso de revisión:

La OPP someterá a revisión las solicitudes de revisión externa para determinar si su caso es elegible. Si la OPP

determina que su caso es elegible, se le asignará a una agencia de revisión externa.

La OPP le notificará a usted y al plan acerca de la asignación.

La Agencia de revisión externa tomará una decisión final. Le enviará la decisión por escrito a usted y al plan.

Para revisiones externas no expeditas, la decisión se enviará dentro de los 60 días calendario después de la

recepción del caso de parte de la OPP. (Esto es el caso, a menos que lo extienda la Agencia de revisión externa).

Para revisiones externas expeditas, la decisión se enviará dentro de los 4 días hábiles después de la recepción del

caso de parte de la OPP. La decisión de la agencia de revisión externa es de cumplimiento obligatorio para el

plan.

Si la OPP determina que una solicitud no es elegible para revisión externa, a usted se le notificará: dentro de los

siguientes 10 días hábiles de haber recibido la solicitud; o, para las solicitudes de revisión externa expedita, dentro de

las siguientes 72 horas después de la recepción de la solicitud.

Cómo comunicarse con la Oficina de protección al paciente:

Teléfono: 1-800-436-7757. Fax: 1-617-624-5046. Sitio web: http://www.mass.gov/hpc/opp

Cumplimiento con la ley: El plan administra su proceso de satisfacción de miembros de acuerdo con la ley federal y

estatal aplicable. Alguna inconsistencia entre los requisitos estatales y federales se resolverá a favor del miembro.

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Capítulo 7. CUANDO USTED TIENE OTRA COBERTURA

Coordinación de beneficios (COB):

Programa de COB: En el caso de que usted tenga derecho a los beneficios bajo otros planes de salud que cubran

gastos de hospital, médicos, dentales u otros gastos de atención médica, coordinaremos nuestro pago de servicios

cubiertos con los beneficios bajo estos otros planes. A esto se le conoce como Coordinación de beneficios (COB, por

sus siglas en inglés). El propósito de la COB es evitar la duplicación de pagos por los mismos gastos de atención

médica. Nosotros realizamos la COB de acuerdo con las leyes existentes en Massachusetts. (Nota: con respecto a

cómo se coordinan los beneficios con Medicare, nosotros realizamos la COB de acuerdo con la ley federal aplicable).

Ninguna parte de la COB nos exige pagar los beneficios para los servicios no cubiertos bajo esta EOC.

Otros planes: los beneficios cubiertos en este plan se coordinarán con cualquier otro plan que le brinde beneficios de

salud, incluyendo:

planes de beneficios de salud individuales o de grupo ofrecidos por: planes de corporación de servicios médicos

u hospitalarios; compañías de seguros comerciales; HMO; PPO; otros planes de pago anticipados; o planes

autoasegurados.

planes dentales asegurados o autoasegurados;

seguro de automóvil o vivienda;

seguro personal contra lesiones, incluidas las pólizas de pagos médicos; y

planes del gobierno como Medicare.

Planes primarios y secundarios: Coordinamos los beneficios al determinar, de acuerdo con las leyes federales o de

MA (dependiendo de cuál aplique): Qué plan tiene que pagar primero (el plan “primario”); y cuál plan paga después

(el “plan secundario”). El plan primario paga sus beneficios sin importar los beneficios del plan secundario. El plan

secundario determina sus beneficios después de que lo haga el plan primario y puede reducir sus beneficios tomando

en cuenta los beneficios del plan primario. Cuando la cobertura de acuerdo con este plan es secundaria, no se pagarán

beneficios sino hasta después de que el plan primario determine qué se requiere pagar.

Programa Medicare: si usted es elegible para Medicare y si la ley federal permite que Medicare sea el plan primario,

la cobertura según este plan se reducirá a la cantidad de beneficios que Medicare permita para los mismos servicios

cubiertos. Esta reducción se realizará ya sea que usted reciba o no los beneficios de Medicare. Por ejemplo, si usted

es elegible para Medicare, pero no se ha inscrito en Medicare, aún así se aplicará esta reducción.

Colaboración de los miembros: Al inscribirse en este plan, usted acepta cooperar con nuestro programa de COB. Esto

incluye brindarnos a nosotros o al operador de salud la información sobre cualquier otra cobertura de salud que usted

tenga al momento de inscribirse o más adelante, si llega a ser elegible para recibir otros beneficios de salud después

de su inscripción. El operador de Salud o nosotros podemos solicitarle información, y podemos divulgar la

información, para propósitos de: nuestro programa COB; inscripción; y elegibilidad.

Derecho a recuperar pagos en exceso: si pagamos una cantidad mayor de la que debimos haber pagado según la COB,

tenemos derecho a recuperar, de usted u otra persona, organización o compañía de seguro, el monto que pagamos en

exceso.

Para obtener más información sobre la COB, llame a Servicios para Miembros.

Los derechos del plan para recuperar pagos de beneficios - Subrogación y reembolso:

Derecho de subrogación:

Subrogación es un medio por el cual podemos recuperar el costo de los servicios de atención médica que

pagamos en su nombre cuando un tercero (otra persona o entidad) es, o se supone que sea, legalmente

responsable por su enfermedad o lesión.

Usted puede tener derecho legal de recuperar parte o la totalidad de los gastos de su atención médica de una

persona o entidad que sea, o se supone que es, responsable de su enfermedad o lesión. Por ejemplo, usted podría

tener derecho a recuperar, contra la persona o entidad que causó su lesión o enfermedad (tales como una persona

que causó su lesión en un accidente automovilístico); su compañía de seguros de responsabilidad (como una

compañía de seguros de automóviles, de vivienda o de seguro de compensación al trabajador); o su propia

compañía de seguros (como su compañía de seguros de automóvil, incluyendo, pero sin limitarse a, la cobertura

de motorista sin seguro y con seguro insuficiente, la cobertura Medpay, protección contra lesiones personales; o

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su compañía de seguros de alquiler o de propietario). En tal caso, si nosotros pagamos (o vamos a pagar) por

servicios de atención médica para tratar su enfermedad o lesión, tenemos derecho a recuperar (recobrar) lo que

pagamos, en su nombre, directamente de la recuperación recibida de esa persona o entidad (la “recuperación”),

independientemente de si esta recuperación se clasifica como pago de gastos médicos, pérdida de salarios, dolor

y sufrimiento, pérdida de consorcio o cualquier otro tipo de recuperación.

Nuestro derecho a recobrar de la recuperación llega hasta el monto total de lo que pagamos o pagaremos por sus

servicios de atención médica. Esto se conoce como el derecho de sustitución del plan que aplica a la

recuperación.

Para hacer cumplir nuestro derecho de sustitución de la recuperación, podemos tomar acciones legales, con o sin su

autorización, contra cualquier parte para hacer cumplir ese derecho. El derecho de sustitución del plan de esa

recuperación tiene la prioridad número uno. Tenemos derecho a recuperar, contra el monto total de cualquier

cantidad de la recuperación, sin importar:

si la recuperación total es menor a la cantidad necesaria para reembolsarle completamente por su enfermedad o

lesión;

dónde esté el monto recuperado o quién lo tenga;

cómo se describe o se designa el dinero recuperado; o

si la totalidad o parte de la recuperación está destinada a gastos médicos.

El monto que nos corresponde de la recuperación no podrá reducirse por gastos legales u otros honorarios de abogado

en que usted pueda incurrir para recuperar dinero de otra persona o entidad.

Derecho de reembolso:

Además, nosotros tenemos derecho de recuperar directamente de usted los costos por atención médica que

hayamos pagado (o que pagaremos) si usted ha recibido o podría recibir reembolso por los costos de atención

médica (debido a una demanda legal, arreglo extrajudicial u otro), por otra persona o entidad.

En este caso, se le solicitará que nos reembolse (nos pague de vuelta) de la recuperación, el costo de la atención

médica que pagamos (o que pagaremos) por su enfermedad o lesión.

Tenemos derecho al reembolso de la recuperación hasta por el monto de cualquier pago recibido por usted,

independientemente de si (a) toda o parte de la recuperación se designó, asignó o caracterizó como pago por

gastos médicos; o (b) el pago es por un monto menor que el necesario para reembolsarle en su totalidad por la

enfermedad o lesión.

Derechos de retención. También podemos tener derechos de retención bajo la ley de MA sobre cualquier

recuperación que usted obtenga. Si es así, usted acepta cooperar completamente con nosotros para ejercer nuestros

derechos de retención.

Asignación de beneficios: Al inscribirse en este plan, usted acepta asignarnos cualquier beneficio al que usted tenga

derecho (hasta un monto igual al de los costos de servicios de atención médica pagados por nosotros) de otra persona

o entidad que causó, o que es legalmente responsable de reembolsarle, por su lesión o enfermedad. Su asignación es

hasta por el costo de los servicios de atención médica y los suministros y gastos que pagamos o vamos a pagar por su

enfermedad o lesión. Ninguna parte de esta EOC deberá interpretarse como una limitación a nuestro derecho de

recurrir a todos los instrumentos legales para hacer cumplir nuestros derechos, tal como se establecen en esta sección.

Colaboración de los miembros: Usted está de acuerdo en colaborar con el plan para ejercer nuestros derechos tal

como están consignados en esta sección. Esta colaboración incluye:

notificarnos acerca de cualquier evento que pueda dar lugar o afectar nuestro derecho a recuperar, como una

lesión provocada por un tercero (por ejemplo, un accidente automovilístico) o lesiones relacionadas con el

trabajo;

notificarnos, en un tiempo prudencial, de los eventos significativos que tengan lugar durante la negociación,

litigio o arreglo extrajudicial con cualquier tercero (como el caso en que usted inicie un proceso de reclamo,

inicie un proceso judicial o discusiones para llegar a un arreglo) y antes de que usted llegue a un arreglo

extrajudicial;

proporcionarnos información y documentos que le solicitemos;

firmar documentos;

pagarnos oportunamente cualquier monto que usted reciba por servicios que hayamos pagado; y

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otras acciones que determinemos como necesarias y apropiadas para proteger nuestros derechos.

Usted también está de acuerdo en no hacer nada que limite, interfiera con, o perjudique el ejercicio de nuestros

derechos tal como están consignados en esta sección. Si usted no colabora como se describe en este capítulo y, como

resultado, tenemos gastos adicionales (como gastos de abogado) para hacer cumplir nuestros derechos, usted será

responsable ante nosotros de los gastos razonables adicionales que efectuemos para hacer cumplir nuestros derechos.

Nota: podemos hacer arreglos con un tercero para hacer cumplir nuestros derechos indicados en este capítulo. En tal

caso, dicho tercero es nuestro agente para hacer cumplir nuestros derechos.

Compensación al trabajador u otros programas del gobierno: El plan no cubre los servicios de atención médica que

están o podrían estar cubiertos por: un plan de compensación laboral; otro programa similar del empleador; o en otro

programa del gobierno federal, estatal o local. Si el plan tiene información de que los servicios que le son brindados a

usted están cubiertos por cualquiera de estos planes o programas, suspenderemos el pago de los servicios cubiertos

hasta que se llegue a una decisión acerca de si el otro plan o programa cubrirá los servicios. Si pagamos los servicios

que fueron cubiertos (o que legalmente deberían haber sido cubiertos) por estos otros planes o programas, tenemos

derecho a recuperar nuestros pagos de estos otros planes o programas.

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CAPÍTULO 8. OTRAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DEL PLAN

Oficina de Protección del Paciente: La Oficina de Protección al Paciente de MA (OPP) pone a disposición de los

consumidores cierta información sobre los planes de atención médica. Esta información incluye:

Evidencia de Cobertura, incluyendo divulgaciones que se requieren del consumidor.

Directorios de Proveedores.

Una lista de fuentes de información publicada de forma independiente: evaluación de satisfacción de los

miembros; y evaluar la calidad de los servicios de atención médica ofrecidos por los planes de salud.

El porcentaje de los médicos que voluntaria e involuntariamente cancelaron contratos con el plan; y las tres

razones más comunes para desafiliación de los médicos.

El porcentaje de ingresos por primas que el plan de salud gasta en servicios de atención médica brindados a los

miembros durante el último año para el cual está disponible esta información.

Un informe detallando, para el año calendario anterior, el número total de:

o quejas presentadas; quejas que fueron aprobadas internamente; quejas que fueron denegadas internamente; y

quejas que fueron retiradas antes de la resolución; y

o apelaciones externas y su resolución.

La OPP se puede llamar en la:

Comisión de la política de salud - Oficina de protección al paciente

Teléfono 1-800-436-7757. Fax: 1-617-624-5046. Sitio web: http://www.mass.gov/hpc/opp

Administración de la utilización: El plan tiene un programa de gestión de utilización (“programa UM”). El propósito

del programa UM es administrar los costos de atención médica al revisar si algunos servicios médicos, suministros y

medicamentos son: médicamente necesarios; y están siendo prestados de una manera clínicamente apropiada y con

costos mínimos. El programa UM involucra algunas o todas las siguientes:

Revisión prospectiva (o previa): Usada para evaluar si el tratamiento propuesto es médicamente necesario. Esta

revisión ocurre antes de que se inicie el tratamiento. Algunos ejemplos son una autorización previa de: Admisiones

electivas de pacientes hospitalizados; ciertos especialistas; y ciertos para tratamientos para pacientes ambulatorios y

cirugía para pacientes ambulatorios.

Revisión simultánea a la utilización: Utilizada para supervisar un tratamiento a medida que se lleva a cabo y

determinar cuándo el tratamiento podría ya no ser médicamente necesario. Los ejemplos incluyen la revisión

continua de una admisión para pacientes hospitalizados. (Parte de una revisión simultánea involucra la gestión activa

de casos y la planificación del alta del paciente.)

Revisión retrospectiva de la utilización: se usa para evaluar el tratamiento después de que ha sido brindado.

Margen de tiempo para determinaciones:

Revisión prospectiva: dentro de los 2 días hábiles posteriores a haber recibido toda la información necesaria

pero no más tarde de 15 días calendario después de la recepción de la solicitud.

Revisión simultánea: dentro de 1 día hábil después de recibir toda la información necesaria.

Revisión retrospectiva: 30 días calendario.

Usted y su proveedor serán notificados sobre las aprobaciones y denegaciones aplicables dentro de los plazos

requeridos legalmente. En el caso de una revisión simultánea, el servicio se deberá seguir sin responsabilidad para

usted hasta que usted haya sido notificado.

Si se niega su solicitud para la cobertura, usted tiene el derecho a presentar una apelación. Vea el Capítulo 6. (El plan

toma decisiones de cobertura. Su proveedor toma todas las decisiones de tratamiento.)

Cualquier inconsistencia entre los requisitos estatales y federales legales con respecto a una revisión de UM y

decisiones será resuelta a favor del miembro.

El programa UM está estructurado para fomentar la atención apropiada. El Plan basa todas las decisiones de

gestiones de utilización sólo en la necesidad médica y la idoneidad de la atención y servicios, así como en la

existencia de la cobertura. El plan no: compensa al personal de gestión de utilización de servicios en base a la

negación; o proporcionar incentivos para proveedores de la red de servicios para proporcionar tipos o niveles de

atención inapropiados.

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Puede comunicarse con nosotros para determinar el estado o el resultado de las decisiones de la revisión de

utilización:

1-855-833-8120 (llamada gratuita)

Con respecto a los servicios de salud mental o abuso de sustancias: 1-877-957-5600 (llamada gratuita).

Administración de casos: El plan puede proporcionar a algunos miembros que tengan condiciones de salud graves o

complicadas los servicios de administración de casos. Ejemplos de condiciones graves son embarazos de alto riesgo o

cáncer. Estos servicios son una serie de actividades coordinadas para: ayudar a supervisar el progreso del tratamiento

del miembro; y facilitar el uso de una atención médica clínicamente apropiada y con costos mínimos. Los

profesionales del plan pueden comunicarse con usted y su proveedor acerca de los servicios de administración. Esto

puede incluir: hablar sobre los planes de tratamiento; establecer metas; facilitar el uso apropiado de recursos; y

cuando sea apropiado, sugerir ajustes y tratamientos alternativos.

Administración Individual de Beneficios (“IBM”): La administración individual de beneficios es un enfoque para

administrar la atención de los miembros con afecciones médicas graves. En ciertas circunstancias, el plan puede

aprobar un plan de IBM como un plan de tratamiento alternativo al tratamiento brindado o propuesto actualmente.

Este plan alternativo de tratamiento brindará cobertura de servicios adicionales que no estarían, de otra forma,

cubiertos. El propósito del plan IBM es permitir que un miembro esté cubierto para recibir servicios médicamente

necesarios en el entorno más apropiado, menos intensivo y con costos mínimos que cubran las necesidades del

miembro. Un plan IBM se puede desarrollar si el médico de la red del miembro y un revisor autorizado del plan están

de acuerdo en que todos los siguientes criterios se cumplen:

El miembro tiene una afección médica grave y se prevé que requerirá tratamiento médico de largo plazo.

Los servicios alternativos son en lugar de servicios cubiertos más costosos que actualmente se están prestando o

se han propuesto. (Por ejemplo, los servicios para pacientes ambulatorios ocuparán el lugar de una admisión

más costosa de pacientes hospitalizados.)

Los servicios adicionales son médicamente necesarios.

El miembro está de acuerdo en recibir los servicios adicionales en sustitución de los servicios cubiertos o

propuestos.

El miembro continúa mostrando mejoría en su condición. Esto lo determina de vez en cuando un revisor

autorizado del plan.

El plan dará seguimiento a la eficacia y la relevancia del plan IBM. Podríamos cambiar o terminar el plan de IBM en

cualquier momento cuando el revisor autorizado del plan determina: que el plan de IBM ya no contribuye a una

mejoría de la de la condición del miembro; o ya no cumple con los criterios que se describen en esta sección.

Proceso para desarrollar lineamientos y criterios de evaluación clínica:

El plan tiene: un Comité de Evaluación de Tecnología, Criterios y Política Médica (MPCTAC, por sus siglas en

inglés); y Comité de farmacia y terapéutico (P&T, por sus siglas en inglés).

Estos comités desarrollan, o revisan y adoptan, lineamientos y criterios de evaluación clínica para: determinar la

necesidad médica de los servicios de atención médica y lineamientos de la cobertura de medicamentos; y

asegurar una toma de decisiones consistente del plan.

Al hacerlo, la plan recibe contribución de: proveedores internos de la red de servicios con conocimiento

profesional y/o experiencia clínica en las áreas bajo revisión; y/o especialistas externos cuando sea apropiado.

En el proceso de desarrollar o adoptar criterios y lineamientos de revisión clínica, el MPCTAC evalúa los

tratamientos para determinar que: son consistentes con principios de profesionales generalmente aceptados de

práctica médica; son efectivos; se basan en información objetiva, derivada científicamente y basada en la

evidencia en mejorar los resultados de salud; y es consistente con las normas de organización de acreditación

legales y nacionales aplicables.

El MPCTAC y el P&T, con aportes y recomendaciones de otros comités del plan, proveedores de la red y/o

especialistas externos, cuando sea apropiado, revisan y actualizan periódicamente los criterios y los lineamientos

de revisión clínica o según sea necesario. Esta revisión y actualización incorpora estándares actualizados de

práctica a medida que se desarrollan nuevos tratamientos, aplicaciones, lineamientos de cobertura de

medicamentos y tecnologías.

El Comité de Investigación y Desarrollo (R&D, por sus siglas en inglés) de Beacon es responsable del desarrollo y

revisión de lineamientos y criterios de revisión clínica de salud del comportamiento (salud mental y abuso de

sustancias). Estos criterios clínicamente informados de nivel de atención (LOC, por sus siglas en inglés) privada se

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desarrollan en referencia a:

lineamientos publicados (ejemplos: la Asociación Estadounidense de Psiquiatría; Asociación Médica

Estadounidense; La Academia Estadounidense de Psiquiatría para niños y adolescentes; Sociedad

Estadounidense de Medicina de Adicciones; y la Administración de Servicios de Salud Mental y Abuso de

Sustancias);

evidencia de la investigación (cuando está disponible);

consenso local; y

expertos en el tema.

En caso de controversias clínicas, Beacon también consulta a expertos en la materia para conocer las mejores

prácticas actualizadas. Los criterios de Beacon permiten cabida para: cambios en las necesidades; niveles de atención;

nuevas tecnologías; así como recomendaciones modificadas en las directrices basadas en evidencias. Estos criterios

se revisan y actualizan por lo menos una vez al año, y más frecuentemente, si fuera necesario. Cualquier

modificación o criterios nuevos son revisados por: El liderazgo médico de Beacon; asesores médicos; liderazgo

clínico; el Comité asesor del proveedor; y proveedores de la red clínicamente apropiados. Las recomendaciones

finales se reenvían al Comité de Administración Clínica de Beacon para su aprobación. Las modificaciones

específicas del plan también las revisan y aceptan los socios de Beacon en el plan específico.

Programas de administración y mejoramiento de la calidad: El plan desarrolla y utiliza programas de gestión y

mejoramiento de calidad. Estos programas están diseñados para evaluar y ayudar a mejorar la calidad del servicio y

la atención médica. Estos programas pueden variar con el tiempo a fin de: abordar diferentes aspectos de la atención;

y servicio y responden a prioridades cambiantes. Los programas clínicos del plan pueden incluir:

adopción y distribución de lineamientos clínicos para ayudar a los proveedores a brindar atención de alta calidad

basada en evidencias;

iniciativas de promoción de la salud para estimular a los miembros a obtener los servicios de atención preventiva;

programas de educación y manejo de enfermedades que ofrecen servicios de apoyo para miembros y proveedores

para enfermedades crónicas;

Acreditación de proveedores de la red; y

procesos de reclamación para abordar las reclamaciones de los miembros sobre la calidad de la atención.

Proceso para evaluar tratamientos experimentales o investigativos: El plan evalúa si un servicio, tratamiento,

procedimiento, suministro, aparato, producto biológico o medicamento es un tratamiento experimental o de

investigación. Hace esto: revisando los documentos pertinentes relacionados con la propuesta, como los documentos

de consentimiento informado; y revisando la « evidencia con autoridad », tal y como se define en la definición de

tratamientos experimentales o de investigación (ver Apéndice A de esta EOC). Considera todos los siguientes:

El tratamiento debe tener una aprobación final de los organismos reguladores gubernamentales apropiados

(como la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos, FDA) o cualquier otro

organismo gubernamental con autoridad para regular la tecnología. Esto se aplica a medicamentos, productos

biológicos, aparatos u otros productos que tienen que tener una aprobación final para ser comercializados.

La “evidencia fidedigna” según se detalla en la definición de experimental o de investigación debe permitir

conclusiones concernientes al efecto del tratamiento en los resultados en la salud.

El tratamiento debe mejorar el resultado neto en la salud y demostrar que compensa cualquier efecto dañino.

El tratamiento debe ser tan beneficioso como cualquier alternativa establecida.

El resultado debe poder obtenerse fuera de un ambiente de investigación.

Proceso para evaluar y determinar la nueva tecnología: A medida que se desarrollan nuevas tecnologías médicas, o

cuando aparecen nuevos usos para tecnologías existentes, el plan evalúa si los incluye como un servicio cubierto.

Algunos ejemplos son: terapias médicas y conductuales; dispositivos; procedimientos quirúrgicos; diagnóstico; y

medicamentos. La evaluación de la tecnología médica se realiza para determinar si la tecnología mejora la calidad de

vida y los resultados en la salud. El plan no cubre tratamientos experimentales o de investigación. El proceso de

evaluación tecnológica se aplica al desarrollo de nuevas políticas médicas y a la actualización de las políticas

existentes. El personal médico del plan realiza un proceso de evaluación basado en evidencias. El propósito es

evaluar la seguridad y efectividad de la nueva tecnología. Este proceso incluye:

consultas con médicos expertos que tienen experiencia en la nueva tecnología; y

investigación y revisión de: literatura médica revisada por colegas y publicada; informes de las agencias

gubernamentales apropiadas; y políticas y normas de asociaciones médicas y sociedades de especialidades

reconocidas nacionalmente.

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El personal presenta propuestas a los comités apropiados de política clínica interna para su revisión. Estos comités, a

su vez, presentan recomendaciones al Comité de gestión clínica interna responsable de tomar las decisiones de

cobertura final.

Desacuerdo con el tratamiento recomendado por proveedores de la red:

Cuando usted se inscriba en el plan, usted acepta que los proveedores de la red son responsables de decidir el

tratamiento apropiado para usted.

Algunos miembros pueden, por razones personales o religiosas: estar en desacuerdo con el tratamiento

recomendado; negarse a seguir el tratamiento recomendado; o procurar tratamiento (o condiciones de tratamiento)

que los proveedores de la red de servicios consideren que no cumple con los niveles profesionales generalmente

aceptados de atención médica. En tales casos, usted tiene el derecho de negarse a recibir el tratamiento de un

proveedor de la red; Sin embargo, el plan no tiene obligación de brindar cobertura para la atención en cuestión.

Si usted busca atención de proveedores que no pertenecen a la red por esta diferencia de opiniones, usted será

responsable del costo y el resultado de dicha atención. (para la cobertura de segundas opiniones, consulte el

Capítulo 3.) Los Miembros tienen el derecho a presentar una apelación con respecto a las decisiones de cobertura.

(Consulte el Capítulo 6: Proceso de satisfacción de miembros.)

Incentivos de calidad: El plan puede ofrecer, de vez en cuando, a algunos o a todos los miembros ciertos incentivos para

promover las mejoras en el estado de salud y calidad de la atención médica. Los ejemplos incluyen: beneficios

adicionales; renuncia a copagos; y tarjetas de recompensa. Si le ofrecemos dichos incentivos, le notificaremos acerca

de los mismos: podemos enviarle una carta; y/o nosotros podemos poner el aviso en nuestro sitio web.

Confidencialidad de la información de salud personal: El plan tiene un fuerte compromiso de: proteger la

confidencialidad de su información médica personal (“PHI”); y utilizarla o divulgarla únicamente de acuerdo a la ley

aplicable. El plan brinda a cada miembro un Aviso de prácticas de privacidad por separado. Este aviso describe de

qué forma el plan utiliza y revela su información de salud personal. También describe los derechos que usted tiene

con respecto a su PHI. Llame a Servicios para Miembros para obtener copias adicionales de nuestro aviso de

prácticas de privacidad.

Facturas de los proveedores:

Facturas de los proveedores de la red: Cuando usted recibe servicios cubiertos de proveedores de la red, usted no

debe recibir ninguna factura de ellos (que no sea para costo compartido aplicable). Los proveedores de la red le

facturarán al plan los servicios cubiertos que le fueron brindados a usted. El plan pagará a los proveedores de la red

por los servicios cubiertos. Si usted recibe una factura por cualquier monto que no sea el costo compartido, llame a

Servicios para Miembros.

Facturas de proveedores que no pertenecen a la red: Si usted recibe servicios cubiertos de un proveedor que no

pertenece a la red por cualquiera de la razones descritas en “Atención por parte de proveedores que no pertenecen a

la red” en el Capítulo 2, usted puede recibir una factura de ese proveedor. Si usted recibe una factura del proveedor

que no pertenece a la red:

Solicite al proveedor que envíe la factura al plan en un formulario estándar de reclamo de atención médica:

El Plan Calificado de Salud de BMC HealthNet Plan, Apartado 55282, Boston, MA 02205-5282

Si usted pagó al proveedor que no pertenece a la red por estos servicios, nosotros le reembolsaremos, de

conformidad con su Programa de beneficios y esta EOC, si consideramos que son servicios cubiertos.

(Consulte el Capítulo 2 relacionado con el pago hasta por el monto autorizado.)

o Para procesar su reembolso, nosotros debemos recibir de usted: su nombre; Dirección; número de

teléfono; fecha de nacimiento; su número de identificación del plan (consulte la tarjeta de

identificación de miembro); la fecha en que la atención se le proporcionó a usted; una breve

descripción de la enfermedad o lesión; una copia de la factura del proveedor a usted; y un recibo del

proveedor como prueba de pago. Envíe las peticiones de reembolso a:

BMC HealthNet Plan Qualified Health Plan

Two Copley Place, Suite 600

Boston, MA 02116

Attention: Member Services

Teléfono: 1-855-833-8120; Fax: 617-748-6132

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Nota: en algunos casos, podríamos necesitar más información de usted o del proveedor antes de pagar la reclamación.

Si es así, nos comunicaremos con usted o con el proveedor. Llame a Servicios para Miembros si tiene más preguntas.

Límites de tiempo para las reclamaciones: Para que nosotros le rembolsemos a usted por servicios con cobertura,

debemos recibir su reclamación en un plazo de 6 meses después de que usted reciba su atención médica.

Pagos de primas: Usted o su grupo paga la correspondiente prima al operador de salud. Cuando el Operador de la salud

recibe su prima, remite la prima aplicable al plan. El plan no es responsable si el operador no paga la prima al plan

para su cobertura. Si el operador no nos paga la prima a tiempo, su afiliación en el plan puede cancelarse de acuerdo

con la ley estatal y federal aplicable. El plan puede cambiar la prima que las personas o grupos tienen que pagar.

Esto se realizará de acuerdo con las políticas y leyes aplicables del operador de salud.

Limitación sobre las acciones: Usted deberá completar el Proceso interno de satisfacción de los miembros antes de que

usted pueda iniciar un proceso legal contra el plan por no pagar por servicios cubiertos. Cualquier proceso legal se

deberá iniciar en un plazo de 2 años desde que surgió la causa del proceso.

Relación entre BMCHP y los proveedores:

BMCHP hace arreglos para brindar servicios de atención médica. No brinda servicios de atención médica.

BMCHP tiene contratos con: las organizaciones que tienen contratos con proveedores de la red; y proveedores

de la red, incluyendo proveedores de la red que ejercen en sus consultorios privados a lo largo del área de

servicio.

Los proveedores de la red son independientes. Ellos no son empleados, agentes o representantes de BMCHP.

Los proveedores de la red no están autorizados por BMCHP para hacer ningún cambio en esta EOC o para

crear alguna obligación para BMCHP.

BMCHP no es responsable de declaraciones sobre esta EOC hechas por los proveedores de la red, o sus

empleados o agentes.

BMCHP tampoco es responsable por cualquier acto, omisión, representación o cualquier otra conducta de los

proveedores de la red.

BMCHP puede cambiar sus arreglos con los proveedores de la red, incluido añadir o eliminar proveedores de

su red, sin necesidad de notificar previamente a los miembros (excepto en los casos especificados en esta

EOC).

Aviso: El plan enviará todos los avisos que se le exige enviar a los miembros a la última dirección del miembro que el

plan tenga registrada. Si se muda, le agradeceremos notificar al operador de salud y al plan su nueva dirección. Los

miembros deben enviar un aviso al plan a la siguiente dirección:

Boston Medical Center Health Plan, Inc.

Two Copley Place, Suite 600

Boston, MA, 02116

Attention: Member Services

Circunstancias que van más allá del control razonable del plan: el plan no es responsable de una demora o

incumplimiento de sus obligaciones según esta EOC en circunstancias fuera de su control razonable. Estas

circunstancias pueden incluir: revueltas públicas; guerra; epidemia; huelga; insurrección civil; desastres naturales;

destrucción de oficinas del plan; u otros desastres importantes. En tales casos, llevaremos a cabo un esfuerzo de

buena fe para hacer los arreglos para prestar servicios de atención médica y llevar a cabo nuestras responsabilidades

administrativas. Sin embargo, no somos responsables por los costos u otros resultados de nuestra incapacidad de

ejecutar.

Hacer cumplir las condiciones: El plan puede optar por renunciar a algunas condiciones de esta EOC. Si lo hacemos,

esto no significa que estemos renunciando a nuestros derechos de aplicar estas condiciones en un futuro.

Subcontratación: De vez en cuando, el plan puede subcontratar a otras entidades para ejecutar algunas de sus

obligaciones bajo esta EOC.

Cambios a esta EOC: Esta EOC es emitida y efectiva para todos los miembros a partir de la fecha que aparece en la

portada. La EOC consiste de la prueba de cobertura de este documento y el correspondiente Programa de beneficios.

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Esta EOC sustituye (reemplaza) a todas las EOC emitidas previamente por el plan. Esta EOC es un contrato entre

usted y el plan. Este contrato consiste en: Este documento; el correspondiente Programa de beneficios, su formulario

de inscripción; y cualquier enmienda, complementos o anexos adicionales hechos a este documento. Al firmar y

devolver su formulario de solicitud de inscripción al Operador de la Salud, usted: solicita la cobertura bajo el plan; y

acepta todos los términos y condiciones del programa de atención médica calificado tal como lo establece el

operador de salud, y según los términos y condiciones de esta EOC.

Si hubiera necesidad de cumplir con cambios en las leyes federales o estatales, el plan puede cambiar esta EOC, sin

avisarle a usted anticipadamente. Si necesitamos hacer otros cambios materiales, le enviaremos un aviso por escrito

de la siguiente manera: si usted está inscrito en un contrato individual, al suscriptor; y si usted está inscrito en un

contrato de grupo, al grupo. Los cambios no requieren su consentimiento. Los cambios se aplicarán a todos los

miembros del plan en el paquete de beneficios aplicable, no sólo para usted. Los cambios se aplicarán a todos los

servicios cubiertos recibidos durante o después de la fecha de vigencia del cambio.

Consulte nuestro sitio web, www.bmchp.org para obtener la versión más actualizada de la EOC.

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Aviso: Leyes de Igualdad Mental de Massachusetts y la Ley Federal de Igualdad de la Salud Mental y Equidad de la Adicción

(MHPAEA) Este aviso le proporciona información acerca de los beneficios de su plan para servicios de trastornos por abuso de

sustancias y salud mental. Bajo las leyes de Massachusetts y las leyes federales, los beneficios del plan para servicios de

trastornos por abuso de sustancias y salud mental deben ser equiparables a los beneficios para los servicios

médicos/quirúrgicos. Esto significa que su costo compartido (copagos, coseguro y deducibles) para servicios de

trastornos por abuso de sustancias y salud mental deben estar en el mismo nivel en cuanto a servicios médicos y

quirúrgicos. Además, el la revisión y autorización de servicios de trastornos por abuso de sustancias o salud mental se

deben manejar en una manera que sea equiparable a la revisión y autorización de servicios médicos y quirúrgicos.

El plan coordina con Beacon para administrar los servicios de salud mental y abuso de sustancias para sus miembros,

incluyendo la revisión y autorización de estos servicios y apelaciones para miembros. Si Beacon toma la decisión de

negar o reducir la autorización de un servicio, Beacon le enviará una carta explicando el motivo de la denegación o la

reducción. Beacon también le enviará a usted o a su proveedor una copia de los criterios utilizados para tomar esta

decisión, a su solicitud.

Si usted considera que el plan o Beacon no están manejando sus servicios de trastornos por abuso de sustancias y salud

mental de la misma manera que para los servicios médicos/quirúrgicos, usted puede presentar una queja en la Sección de

Servicios al Consumidor de la División de Seguros (DOI).

Usted puede presentar un reclamo por escrito usando un formulario de Reclamaciones de Seguros de DOI. Usted puede

solicitar el formulario por teléfono o por correo o encontrarlo en la página web de la DOI en:

http://www.Mass.gov/ocabr/Consumer/Insurance/file-a-complaint/filing-a-complaint.html

También puede presentar una queja en la DOI por teléfono o llamar al 877-563-4467 o al 617-521-7794. Si usted presenta

una queja por teléfono, debe darle seguimiento por escrito e incluir su nombre y dirección, la naturaleza de su

reclamación y su firma autorizando la divulgación de cualquier información.

Presentar una reclamación por escrito en la DOI no es lo mismo que presentar una apelación en Beacon bajo su plan de

beneficios. Para poder revisar una denegación o reducción en la cobertura de un servicio de salud mental o un servicio de

trastorno por uso de sustancias, usted debe presentar una apelación en Beacon. (Consulte el Capítulo 6 de esta EOC para

obtener más información en la presentación una apelación.) Esto puede ser necesario para proteger su derecho a la

cobertura de continuación del tratamiento mientras espera una decisión sobre la apelación. Siga los procedimientos de la

apelación descritos en el Capítulo 6 de esta EOC. O llame a Beacon sin costo al 1-877-957-5600 para obtener más

información sobre cómo presentar una apelación.

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APÉNDICE A: DEFINICIONES

Las palabras en esta EOC que aparecen en cursiva, tienen los siguientes significados:

Actividades de la vida diaria: Actividades realizadas como parte de la vida diaria normal. Algunos ejemplos son:

bañarse; comer; beber; caminar; vestirse; hablar; y mantener la seguridad y la higiene personal. Estos no incluyen

funciones especiales, necesarias para propósitos ocupacionales o deportes.

Año de beneficios: El año de beneficios es el período anual durante el cual:

los beneficios se compran y se administran;

se calculan deducibles, coseguro, copagos y máximo de desembolso directo; y

aplican límites de beneficios aplicables.

Vea el Capítulo 1 para obtener más información acerca del año de beneficios.

Apelación: Una reclamación formal presentada por usted acerca de una denegación de beneficios, una determinación

adversa o una terminación retroactiva de cobertura: todo según se define a continuación:

Denegación de beneficios:

o Una decisión del plan, tomada antes o después de que usted haya obtenido servicios, de denegar la

cobertura de un servicio, material o medicamento que está específicamente limitado o excluido de la

cobertura en esta EOC; o

o Una decisión del plan de negar la cobertura por un servicio, suministro o medicamento debido a que

usted ya no es elegible para cobertura bajo el plan. (Esto significa que usted ya no cumple con los

criterios de elegibilidad del plan).

Determinación adversa: Una decisión del plan, basada en una revisión de la información proporcionada, para

negar, reducir, modificar o terminar una admisión, hospitalización de pacientes o la disponibilidad de cualquier

otro servicio de atención médica, por no llenar los requisitos para cobertura basado en: necesidad médica;

conveniencia de un establecimiento de atención médica y nivel de atención; o efectividad. A esto se le conoce

como denegaciones de una necesidad médica, ya que en estos casos el plan ha determinado que el servicio no es

médicamente necesario para usted.

Terminación retroactiva de la cobertura: Una terminación o suspensión retroactiva de la inscripción como

resultado de la determinación del plan de que: usted ha realizado una acción, práctica u omisión que constituye

un fraude; o se han adulterado intencionalmente hechos materiales en lo concerniente a los términos del plan.

Área de servicio: El área geográfica en donde están localizados los proveedores de la red y donde los miembros deben

vivir para inscribirse en el plan. Visite el sitio web del plan en www.bmchp.orgpara obtener más información acerca de

nuestra área de servicio. (Podemos agregar o eliminar ciudades y pueblos de nuestra área de servicio de vez en cuando.)

Atención asistencial: atención que se proporciona: principalmente para ayudarle en las actividades de la vida diaria; por

personas que no requieren entrenamiento médico o habilidades profesionales; o principalmente para ayudar a mantener la

seguridad suya o de alguien más cuando no hay otra razón para que usted reciba atención un nivel de atención hospitalaria

médicamente necesaria. También, el mantenimiento rutinario de las colostomías, catéteres urinarios o ileostomías se

considera atención asistencial.

Atención de urgencia: Atención médicamente necesaria que se requiere para evitar un deterioro grave de su salud

cuando usted tiene una enfermedad o lesión inesperada. La atención de urgencia no incluye, entre otras cosas: atención de

rutina (incluyendo atención de rutina durante la maternidad o atención prenatal o después del parto); atención preventiva;

atención por condiciones médicas crónicas que requieren un tratamiento médico continuo; admisiones electivas para

pacientes hospitalizados; o cirugía electiva para pacientes ambulatorios.

Beacon: Beacon Health Strategies, LLC. Beacon es una organización contratada por BMCHP para administrar los

beneficios por abuso de sustancias y salud mental del plan.

BMCHP: Boston Medical Center Health Plan, Inc. BMCHP es una organización sin fines de lucro de mantenimiento de

la salud con licencia en MA. BMCHP también se conoce como: Boston Medical Center HealthNet Plan o BMC

HealthNet Plan. Nosotros coordinamos la prestación de servicios de atención médica a miembros a través de contratos

con proveedores de la red en nuestra área de servicio. BMCHP contrata al Operador de Salud para ofrecer el plan a los

miembros. BMCHP también se denomina “nosotros” o “nuestro”.

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Cirugía para pacientes ambulatorios: Cirugía que se lleva a cabo con anestesia en una sala de operaciones de un centro

autorizado para realizar la cirugía; y donde se espera que usted sea dado de alta el mismo día. Ejemplos de esto son las

cirugías para pacientes ambulatorios en un hospital o en un centro independiente para cirugía ambulatoria.

Contrato de grupo: El acuerdo entre un grupo y el operador de salud bajo el cual:

el operador de salud está de acuerdo en hacer los arreglos para que el grupo obtenga cobertura bajo el plan; y

el grupo conviene en pagar la prima al operador de salud para la cobertura bajo el plan.

Contrato individual: El acuerdo entre un individuo y el operador de salud bajo el cuales:

el operador de salud está de acuerdo en coordinar que el individuo obtenga cobertura bajo el plan; y

el individuo conviene en pagar la totalidad aplicable de la prima al operador de salud para la cobertura bajo el plan.

El contrato individual incluye esta EOC y los Programas de Beneficios aplicables.

Cónyuge: Según lo definido por el operador de salud, incluye un cónyuge divorciado o separado del suscriptor según lo

requiera la ley de MA.

Copago: Una cantidad fija que usted paga por ciertos servicios cubiertos. Los copagos se pagan directamente al

proveedor en el momento en que usted recibe la atención médica (a menos que el proveedor haga otros arreglos). Las

cantidades de los copagos están en su Programa de beneficios.

Coseguro: El porcentaje de los costos que usted debe pagar por ciertos servicios cubiertos. Vea el Capítulo 1 para

obtener más información. Los montos de coseguro se encuentran en su Programa de beneficios.

Costo compartido: Los costos que usted paga por ciertos servicios cubiertos. Costo compartido consiste en deducibles,

copagos y/o coseguro. Los montos de costo compartidos están en su Programa de beneficios.

Daño grave: Circunstancias que podrían: poner en serio peligro la vida, salud o la capacidad de recuperar la función

corporal máxima del miembro; o que pueden ocasionar dolor grave.

Deducible: El monto en dólares específico que usted paga por ciertos servicios cubiertos en un año de beneficios antes de

que el plan esté obligado a pagar por los servicios cubiertos. Una vez que usted alcanza su deducible, usted paga ya sea:

nada, o el correspondiente copago o coseguro para aquellos servicios cubiertos durante el resto del año de beneficios.

Consulte el Capítulo 1 para obtener más información. Los montos deducibles se encuentran en su Programa de beneficios.

Dependientes: El cónyuge, hijo(a) u otro dependiente, tal como lo define el operador de salud. No todos los dependientes

tienen autorización para inscribirse en todos los paquetes de beneficios del programa del Plan de salud calificado. Llame

al operador de salud para obtener información de elegibilidad.

Dependiente discapacitado: Un hijo del suscriptor o cónyuge que:

se convirtió en discapacitado mental o físico de forma permanente antes de la edad de 26 años;

vive con el suscriptor o cónyuge;

no es capaz de sostenerse a sí mismo(a) debido a la incapacidad; y

tenía cobertura bajo la cobertura de familia del suscriptor inmediatamente antes de la edad de 26 años, o que

haya estado cubierto por otra cobertura de salud de grupo desde que empezó la discapacidad.

Directorio de Proveedores: Una lista de nuestros proveedores de la red de servicios.

Emergencia: Una emergencia se refiere a una afección médica, ya sea física, conductual, trastorno relacionado con el

abuso de sustancias o mental que se manifiesta en sí misma por síntomas de suficiente gravedad, incluyendo dolor grave,

que, en la ausencia de una atención médica inmediata, una persona prudente y no profesional y que posee un

conocimiento promedio de salud y medicina podría esperar razonablemente que pondría la salud de un miembro o de otra

persona, o, en el caso de una mujer embarazada, la salud de la mujer y de su hijo no nacido en riesgo grave, deterioro

grave de las funciones corporales o disfunción grave de cualquier órgano o parte del cuerpo; o, con respecto a una mujer

embarazada, tal y como se define además en la Sección 1867(e)(1)(B) de la Ley del Seguro Social, 42 U.S.C. Sección

1395dd(e)(1)(B).

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Experimental o de investigación o tratamiento experimental o de investigación: un tratamiento, servicio,

procedimiento, suministro, aparato, producto biológico o medicamento (colectivamente “tratamiento”) que se considera

experimental o de investigación para uso en el diagnóstico o tratamiento de alguna enfermedad si aplica cualquiera de

los siguientes:

En el caso de un medicamento, aparato o producto biológico, no puede ser vendido legalmente sin la aprobación

de la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (“FDA”) y la FDA no ha dado su

aprobación final.

El tratamiento se describe como experimental (o de investigación, no comprobado o bajo estudio) en el

documento de consentimiento escrito informado dado o por darse al miembro por el profesional o el centro de

atención que brinda el tratamiento.

La evidencia fidedigna no permite establecer conclusiones acerca del efecto del tratamiento sobre los resultados

en la salud.

No existe suficiente evidencia fidedigna de que el tratamiento mejore los resultados netos de la salud.

(Resultados netos de la salud significa que el efecto beneficioso del tratamiento pesará más que los efectos

negativos que el mismo pueda tener sobre los resultados de salud). No existe suficiente evidencia fidedigna de

que el tratamiento propuesto sea tan beneficioso como cualquier alternativa establecida. Esto significa que el

tratamiento no mejora el resultado neto tanto o más que las alternativas establecidas.

No hay suficiente evidencia fidedigna de que la mejoría del tratamiento sobre los resultados de salud se pueda

alcanzar fuera de un ambiente de investigación.

“La evidencia fidedigna”, como se utiliza en esta definición, solo significa lo siguiente:

Informes y artículos, de estudios bien diseñados y realizados, impresos en publicaciones médicas y científicas de

prestigio en idioma inglés. Las publicaciones deben estar sujetas a revisión por expertos médicos o científicos

calificados antes de ser publicadas. Al evaluar esta evidencia, el plan toma en consideración la calidad de los

estudios publicados y la consistencia de los resultados.

Las opiniones y evaluaciones realizadas por: asociaciones médicas nacionales; otros organismos que evalúan la

tecnología; y profesionales de la salud con experiencia clínica reconocida en el tratamiento de la afección médica

o que proporcionen tratamiento. Al evaluar esta evidencia, el plan toma en cuenta la calidad científica de la

evidencia en la que se basan las opiniones y las evaluaciones.

El hecho de que un tratamiento se ofrezca como último recurso no significa que no sea un tratamiento experimental o de

investigación.

Farmacia de la red: una farmacia minorista, especializada o de pedidos por correo que es un proveedor de la red.

Fecha efectiva de la cobertura: La fecha, de acuerdo a nuestros registros, en que usted se convierte en miembro y es

elegible, por primera vez, para recibir servicios cubiertos bajo el plan.

Grupo: Un empleador u otra entidad legal, como lo define el operador de salud, con el cual el operador de salud tiene un

contrato de grupo para hacer los arreglos para la prestación de la cobertura de grupo. Un grupo empleador sujeto a la Ley

de seguridad de ingresos de jubilación de empleados de 1974 (ERISA) es el patrocinador del plan ERISA. BMCHP no es

el patrocinador del plan. Si usted es un miembro a través de un grupo, el grupo es su representante legal y no es un agente

de BMCHP.

El contrato de grupo incluye esta EOC y los Programas de Beneficios aplicables.

Hijo(a) (o hijos(as)):

Las siguientes personas, hasta su 26.o cumpleaños:

El suscriptor o hijo natural, hijastro o hijo adoptivo del cónyuge.

* Un hijo(a) se considera adoptivo a partir de la fecha en que él o ella es:

o legalmente adoptado por el suscriptor; o

o colocado en adopción con el suscriptor. Colocado en adopción significa que el suscriptor ha

asumido una obligación legal para el apoyo parcial o total de un niño(a) antes de su adopción. Si la

obligación legal termina, el niño(a) ya no se considera colocado en adopción. (Según lo requiera la

ley estatal, un niño(a) huérfano se considera un hijo(a) adoptivo a partir de la fecha en que se

presentó una petición de adopción).

El hijo dependiente de un niño inscrito.

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Un niño(a) para el cual el suscriptor o cónyuge es el tutor legal nombrado por el Tribunal.

Un suscriptor o dependiente discapacitado del cónyuge.

Individual: Una categoría de suscriptor para el cual no hay contribución financiera del empleador para las primas según

este plan. La persona es responsable de pagar la totalidad aplicable de la prima. El suscriptor individual (o una persona en

su nombre) celebra un contrato individual con el operador de salud.

Límite del beneficio: El límite máximo en dólares, por día o visita que se aplica a ciertos servicios cubiertos durante un

año de beneficios (u otro período de tiempo, si así lo especificó la EOC). Una vez que se alcanza el límite del beneficio, el

plan no proporciona ninguna cobertura adicional por dicho servicio o suministro para ese año de beneficios (u otro

período de tiempo). Si usted obtiene más del servicio o suministro más allá del límite del beneficio, usted es responsable

de todos los gastos. Los límites de beneficios están en su Programa de beneficios.

Manual estadístico y de diagnóstico: Trastornos mentales (DSM): la edición más reciente del Manual estadístico y de

diagnóstico de la Asociación Estadounidense de Psiquiatría: Trastornos Mentales. Este enumera afecciones o

enfermedades que califican como trastornos mentales.

Máximos de desembolso directo: Esta es la cantidad máxima de costo compartido que usted debe pagar en un año de

beneficios año para la mayor parte de los servicios cubiertos. Vea el Capítulo 1 para obtener más información. Los

máximos de desembolso directo, si los hay, están en su Programa de beneficios.

Médicamente necesario (o necesidad médica): Servicios de atención médica que son congruentes con principios de

aceptación general del ejercicio médico profesional, determinado por el hecho de si: (a) el servicio es el nivel de servicio

o suministro disponible más apropiado para el miembro en cuestión considerando los perjuicios y beneficios potenciales

para el miembro; (b) el servicio es conocido por ser eficaz, basado en evidencia científica, normas profesionales y opinión

de un experto, en mejorar los resultados de la salud; o (c) por los servicios e intervenciones que no están en uso

generalizado, el servicio está basado en evidencia científica.

Miembro: Una persona inscrita en el plan bajo un contrato de grupo o contrato individual. Los miembros incluyen

suscriptores y sus dependientes inscritos. Un miembro también se denomina “usted” en esta EOC.

Miembros del grupo: Una categoría de suscriptor (y sus dependientes inscritos) que recibe cobertura bajo el plan a

través de un contrato de grupo.

Monto autorizado: El plan calcula el pago de sus beneficios y montos de costo compartido con base en la cantidad

permitida. La cantidad permitida depende del tipo de proveedor de atención médica que proporciona los servicios

cubiertos para usted:

Para proveedores con un acuerdo de pago con el plan: Para proveedores que tienen un acuerdo de pago con el

plan, el monto autorizado es el monto negociado establecido en el acuerdo.

Para proveedores sin ningún acuerdo de pago con el plan:

Para los servicios cubiertos proporcionados por proveedores que no tienen un acuerdo de pago con el plan,

el monto autorizado es: o bien la cantidad que la ley aplicable requiere; o la cantidad que el plan determine,

a su discreción, como habitual, usual y razonables (“UCR”, por sus siglas en inglés).

Las determinaciones UCR se basan en medios nacionalmente aceptados y cantidades de pago de las

reclamaciones. Estas incluyen, sin limitación: Horarios de pago de Medicare y cantidades permitidas;

Lineamientos de codificación CPT de la Asociación Médica Estadounidense; Políticas de codificación

médica CMS; y lineamientos clínicos y de codificación de academia y sociedad nacionalmente reconocidos.

(Cuando el plan ha delegado a procesamiento de reclamaciones a una tercera persona, ese tercero deberá

tener la misma discreción que el plan con respecto a las determinaciones UCR.)

El monto autorizado es la cantidad máxima que el plan pagará por los servicios cubiertos (menos cualquier

costo compartido aplicable del miembro) prestados por proveedores que no tienen un acuerdo de pago con

el plan.

Por lo general, su costo compartido por los servicios cubiertos se calcula con base a la cantidad inicial permitida total

para el proveedor. El monto que usted paga por su costo compartido por lo general no está sujeto a ajustes futuros (hacia

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arriba o hacia abajo), incluso cuando el pago del proveedor puede estar sujeto a ajustes futuros (debido a, por ejemplo,

arreglos contractuales o riesgo compartido, o rebajas). Sin embargo, el costo compartido puede ajustarse debido a

procesamiento de reclamaciones o modificaciones o correcciones en la facturación. El pago de reclamación hecho al

proveedor será la cantidad total permitida menos su cantidad de costo compartido.

Operador de salud: La Autoridad del Operador de Seguros de Salud del Estado. Esta es una organización establecida

bajo la ley de MA para supervisar y operar el programa del Plan de salud calificado. El operador de salud es el

intercambio de atención a un precio asequible que cumple con la ley para Massachusetts. Cuando se utiliza el término

operador de salud, también incluye sus subcontratistas.

Pacientes ambulatorios o servicios para pacientes ambulatorios: Son servicios brindados a una persona que no está

registrada como paciente internado en un centro. Por ejemplo, usted recibe servicios ambulatorios en el consultorio de

un proveedor, en una sala de emergencias, centro de salud o clínica para pacientes ambulatorios.

Pacientes hospitalizados: Un paciente que ingresa a un hospital u otro centro; y registrado en esa institución como

paciente ingresado.

Período de inscripción abierta: El período de tiempo cada año cuando las personas elegibles (incluyendo dependientes

elegibles) dependientes) pueden solicitar una cobertura individual cobertura (en una contrato individual) o cobertura de

grupo (bajo un contrato de grupo).

Petición: Cualquier comunicación que usted haga al plan solicitando que abordemos una acción, política o procedimiento

del plan. Esto no incluye preguntas sobre determinaciones adversas, que son decisiones del plan para denegar cobertura

basadas en una necesidad médica.

Plan: Los beneficios descritos en esta EOC (incluyendo su Programa de beneficios). El plan también se conoce como

Plan de Salud Calificado de BMC HealthNet Plan. BMCHP ha contratado con el operador de salud para ofrecer el plan a

personas y grupos.

Plan de Salud Calificado BMC HealthNet Plan (o el “Plan”): El Programa de beneficios de salud que se describe en

esta EOC, junto con los correspondientes Esquemas de Beneficios. También se le conoce como el plan. A través de un

acuerdo con el operador de salud, BMCHP ofrece el plan a las personas que cumplen con los requisitos de elegibilidad

aplicables.

Prima: El monto mensual total en dólares que invierte en un suscriptor individual o grupo requerido para pagar por la

cobertura bajo el paquete de beneficios aplicable se describe en esta EOC. El operador de salud le indicará la cantidad

que deberá pagar por su prima mensual total.

Programa del Plan de salud calificado: El programa del Plan de Salud calificado supervisado por el operador de salud.

Proveedor: Profesionales de la atención médica o centros de salud autorizados por ley estatal. Los proveedores incluyen

pero no se limitan a: médicos; asistentes médicos, enfermeras especializadas, hospitales; centros de enfermería

especializada; psicólogos; asesores de salud mental con licencia; trabajadores sociales clínicos independientes con

licencia; terapeutas de familia y matrimonio con licencia; enfermeras psiquiátricas con licencia certificadas como

especialistas clínicas en enfermería de salud mental y psiquiátrica; psiquiatras; parteras certificadas especializadas en

enfermería; laboratorio y centros de imágenes; y las farmacias. Algunos proveedores también pueden ser considerados

como profesionales. Para averiguar si un proveedor es un proveedor de la red, llame a Servicios para Miembros o lea el

Directorio de Proveedores.

Proveedor de atención primaria (PCP): Un profesional de atención médica de la red calificado para proporcionar

atención médica general para problemas de salud comunes, que (1) supervisa, coordina, receta o de otra manera

proporciona o propone servicios de atención médica; (2) coordina y hace arreglos para la atención especializada; y (3)

mantiene la continuidad de la atención dentro del ámbito de práctica. Los PCP son médicos que son especialistas en:

medicina interna; medicina familiar; práctica general; o medicina pediátrica. Un PCP puede ser también un asistente

médico o una enfermera especializada (debidamente acreditada) que proporciona servicios de atención primaria. Los

miembros del sexo femenino pueden también seleccionar un ginecólogo/obstetra como su PCP.

Proveedor de la red: un proveedor con quien el plan tiene un acuerdo directo o indirecto para brindar servicios cubiertos

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a los miembros. Los proveedores no son empleados, agentes o representantes del plan. Los proveedores de la red se

enumeran en el Directorio de Proveedores del plan.

Proveedor suplente: Un proveedor que tiene un acuerdo con su PCP para brindar o coordinar su atención médica cuando

su PCP no esté disponible para hacerlo. Los proveedores suplentes con frecuencia sustituyen a su PCP durante las tardes,

noches, fines de semana, feriados y vacaciones.

Queja: Una queja formal presentada por usted sobre:

La administración del plan (cómo opera el plan): cualquier acción tomada por un empleado del plan;

cualquier aspecto de la de los servicios, políticas o procedimientos del plan; o un problema de cobro.

Calidad de la atención: La calidad de la atención que usted recibe de un proveedor de la red.

Red de proveedores (o Red): Los proveedores con quienes el plan tiene un acuerdo para brindar servicios cubiertos a los

miembros. El plan tiene diferentes redes de proveedores. La red de proveedores que se aplica a usted se incluye en su

Programa de beneficios.

Residente: una persona natural que viven en Massachusetts. El confinamiento en un hogar de ancianos, hospital u otra

institución no es por sí mismo suficiente para calificar a una persona como un residente.

Revisor autorizado: el Director Médico General de BMCHP o alguna persona nombrada por él o ella para revisar y

determinar la cobertura de ciertos servicios y suministros de atención médica para los miembros.

Servicios cosméticos: Servicios, incluyendo cirugía, para cambiar o mejorar la apariencia.

Servicios cubiertos: Los servicios, suministros y medicamentos por los que el plan pagará de acuerdo a esta EOC. Los

servicios cubiertos deben: describirse como tales en la Evidencia de Cobertura (EOC); ser médicamente necesarios, se

reciben mientras usted es un miembro activo del plan; ser proporcionados por un proveedor de la red (excepto en una

emergencia, para atención de urgencia necesaria mientras está temporalmente de viaje fuera del área de servicio o en

casos raros cuando son aprobados con antelación por el plan); en algunos casos, aprobados con antelación por un revisor

autorizado del plan; no figurar como excluidos en esta EOC; brindados para tratar una lesión, enfermedad, embarazo o

para atención preventiva; y de conformidad con las leyes federales o estatales aplicables.

Suscriptor: La persona que:

firma el formulario de solicitud de afiliación en nombre de él/ella* y (si se permite) cualquier dependiente;

en cuyo nombre la prima se paga de acuerdo ya sea con un contrato de grupo o un contrato individual (como

corresponda);

para una contrato individual, es una residente de MA; y

para un contrato de grupo, es un empleado de un grupo.

* Nota: en el caso de algunas personas elegibles menores de 21 años, que se inscriben en un contrato individual, el

formulario de solicitud de afiliación es firmado por el padre de familia o tutor legal, en nombre de ese individuo.

Trastornos mentales: Enfermedades o afecciones psiquiátricas. (Estos incluyen adicción a drogas y alcoholismo). Las

afecciones o enfermedades que califican como trastornos mentales aparecen en la edición más reciente, en el momento de

su tratamiento, del DSM.

Usted: Consulte “Miembro”.

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APÉNDICE B: DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LOS MIEMBROS

1. Los miembros tiene derecho a recibir información acerca de: BMCHP; sus servicios; los proveedores de su red; y

derechos y responsabilidades de los miembros.

2. Los miembros tienen derecho a ser tratados con respeto y reconocimiento de su dignidad y derecho a la privacidad.

3. Los miembros tienen derecho a participar conjuntamente con los proveedores de la red en la toma de decisiones

acerca de su atención médica.

4. Los miembros tienen derecho a discutir abiertamente las opciones de tratamiento apropiadas o médicamente

necesarias para sus enfermedades, independientemente del costo o de la cobertura de beneficios.

5. Los miembros tienen el derecho a expresar sus quejas o apelar sobre BMCHP o por la atención organizada por el

plan.

6. Los miembros tienen el derecho a hacer recomendaciones acerca de las políticas de BMCHP relativas a los derechos

y responsabilidades de los miembros.

7. Los miembros tienen la responsabilidad de brindar la información (dentro de sus posibilidades) que BMCHP y los

proveedores de la red requieran para organizar y brindar la atención.

8. Los miembros tienen la responsabilidad de seguir los planes e instrucciones para su atención que han acordado con

sus proveedores de la red.

9. Los miembros tienen la responsabilidad, dentro de sus posibilidades, de comprender sus problemas de salud y

participar en el desarrollo de objetivos de tratamiento acordados mutuamente.

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APÉNDICE C: INFORMACIÓN ERISA PARA MIEMBROS DEL GRUPO

Introducción a ERISA: Si usted es un miembro del grupo y su plan es un plan ERISA, usted tiene ciertos derechos y

protecciones bajo ERISA. ERISA son las siglas de la Ley de Seguridad de Ingresos de Jubilación de Empleados de 1974.

La mayoría de los planes son planes de ERISA, pero existen excepciones. Por favor, comuníquese con su administrador

del plan para saber si su plan es un plan de ERISA.

Información acerca de su Plan y sus beneficios: ERISA da derecho a todos los participantes del plan para:

Examinar, sin costo, en la oficina del administrador del plan y en otros lugares especificados, todos los

documentos que rigen el plan. Estos incluyen, cuando sea aplicable: contratos de seguro médico; acuerdos

colectivos de negociación; y una copia del informe anual más actualizado (formulario 5500 serie) presentado por

su plan con el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos y disponible en la sala de divulgación pública de

la administración de seguridad de beneficios del empleado.

Al momento de la solicitud por escrito al administrador del plan, usted tiene derecho a obtener copias de

documentos que rigen la operación del plan. Estos incluyen los documentos antes mencionados, así como una

descripción del plan resumen actualizado. El administrador del plan puede cobrarle un gasto razonable por las

copias.

Recibir un resumen del informe financiero anual del plan. El administrador del plan está obligado por ley a

proporcionar a cada participante una copia de este informe anual resumido.

Continuación de la cobertura del Plan de Salud de Grupo: ERISA señala que todos los participantes del plan tienen

derecho a:

Continuar la cobertura de atención médica para el afiliado, cónyuge u otras personas a cargo si hay una pérdida

de la cobertura bajo el plan como resultado de un evento que califique. El suscriptor o dependientes pueden tener

que pagar por dicha continuación de cobertura.

Revise la descripción del resumen del plan del plan y los otros documentos que rigen el plan en las reglas que

rigen sus derechos de continuidad de la cobertura bajo COBRA (la Ley Ómnibus de Conciliación Presupuestaria

Consolidada).

Reducción o eliminación de períodos de exclusión de cobertura por condiciones preexistentes bajo un plan de

salud de grupo, si usted tiene cobertura acreditable de otro plan.

o Su plan de salud de grupo o emisor de seguro de salud debe proveerle a usted un certificado gratuito de

cobertura acreditable cuando: usted pierda la cobertura bajo el plan; cuando se llegue a tener derecho a

elegir cobertura de continuación de COBRA; cuando se cese su cobertura de continuación de COBRA;

Si usted lo solicita antes de perder la cobertura; o si usted lo solicita hasta 24 meses después de haber

perdido la cobertura.

o Sin evidencia de cobertura acreditable, usted puede estar sujeto a una exclusión por condiciones

preexistentes durante 12 meses (18 meses para afiliados con inscripción tardía) después de su fecha de

inscripción en su cobertura. (La cobertura que se describe en esta EOC no contiene una exclusión de

condiciones preexistentes).

Acciones prudentes por los fiduciarios del Plan: ERISA impone obligaciones a las personas que son responsables de la

operación del plan. Las personas que operan su plan se llaman “fiduciarios” del plan. Ellos tienen el deber de operar su

plan con prudencia y en los intereses de los participantes y los beneficiarios del plan. Nadie, incluyendo su empleador,

sindicato o cualquier otra persona, puede despedir a un suscriptor o, por otra parte, discriminar en su contra en modo

alguno para impedir que usted obtenga un beneficio del plan o ejerza sus derechos ERISA.

Ejecución de sus derechos:

Si su reclamación para un beneficio del plan es denegada o ignorada, completamente o en parte, usted tiene el

derecho de saber el motivo, de obtener sin costo una copia de los documentos relacionados con la decisión y apelar

cualquier denegación, todo ello dentro de ciertos lapsos de tiempo.

ERISA estipula los pasos que usted puede tomar para hacer cumplir los derechos anteriores.

o Por ejemplo, si usted solicita una copia de un documento del plan y no la recibe dentro de los siguientes 30

días, puede presentar una demanda en un tribunal federal. En tal caso, el tribunal puede exigir al

administrador del plan proporcionar los documentos y pagarle hasta $110 al día hasta que reciba los

documentos, a menos que los documentos no le fuesen enviados debido a razones más allá del control del

administrador del plan.

o Si usted tiene una reclamación por beneficios que es denegada o ignorada, en su totalidad o en parte, usted

puede presentar una demanda en un tribunal estatal o federal.

o También, si usted no está de acuerdo con la decisión del plan o falta de decisión, con respecto a la condición

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calificada de una orden de relaciones domésticas o una orden de apoyo médico para un hijo (a), usted puede

presentar una demanda en un tribunal federal.

o Si un fiduciario del plan hace uso indebido del dinero del plan, o si usted es discriminado por hacer valer sus

derechos, usted puede buscar ayuda en el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos. También puede

presentar demanda en un tribunal federal. El Tribunal decidirá quién tiene que pagar los honorarios legales y

gastos del tribunal. Si usted resulta favorecido, el tribunal puede ordenar que la persona que usted demandó

pague estos costos y honorarios. Si usted pierde, el tribunal puede ordenar que usted pague estos costos y

honorarios. Por ejemplo, si un tribunal encuentra que su reclamación es frívola, usted tendrá que pagar los

honorarios legales y gastos del tribunal.

Ayuda para responder sus preguntas: Usted debe comunicarse con el administrador de su plan si usted tiene alguna

pregunta acerca de su plan. Si usted tiene preguntas acerca de esta declaración o sobre sus derechos ERISA, o si necesita

ayuda para obtener los documentos del administrador del plan, usted debe comunicarse con:

la oficina más cercana de la Administración de Seguridad de Beneficios para Empleados del Departamento de

Trabajo de los Estados Unidos, que aparece en su directorio telefónico; o

la división de Asistencia Técnica y Consultas, Administración de Seguridad de Beneficios para Empleados,

Departamento de Trabajo de los Estados Unidos, 200 Constitution Avenue NW, Washington, D.C. 20210.

También puede obtener ciertas publicaciones acerca de sus derechos y responsabilidades bajo ERISA. Llame a la línea

directa de publicaciones de la Administración de Seguridad de Beneficios para Empleados.

PROCESAMIENTO DE RECLAMACIONES POR BENEFICIOS DEL PLAN: La Administración de Seguridad de

Beneficios para Empleados del Departamento de Trabajo (DOL) ha publicado las regulaciones de procedimientos para

determinación de beneficios para los planes de beneficios para empleados regidos por ERISA. Las regulaciones

establecen requisitos en relación con el procesamiento de reclamaciones de beneficios del plan, incluyendo reclamaciones

de atención de urgencia, reclamaciones antes del servicio, reclamaciones posteriores al servicio y revisión de la

denegación de reclamaciones.

¿Quién puede presentar una reclamación? Las regulaciones de DOL se aplican a las reclamaciones presentadas por los

participantes ERISA o sus beneficiarios. De acuerdo con los reglamentos, el plan permite que un representante autorizado

(referido como el “reclamante autorizado”) actúe en su nombre al presentar una reclamación u obtenga una revisión de la

decisión de una reclamación. Un reclamante autorizado puede ser cualquier persona (incluyendo, por ejemplo, un

miembro de su familia, un abogado, etc.) que usted designe para que actúe en su nombre con respecto a una reclamación

de beneficios.

¿Cómo designo a un reclamante autorizado? Un reclamante autorizado puede ser designado en cualquier momento en

el proceso de reclamaciones - en el servicio previo, nivel de servicio posterior o en una apelación. Por favor comuníquese

con Servicios para Miembros al 1-855-833-8120 para obtener información sobre cómo nombrar a un reclamante

autorizado.

Tipos de reclamaciones. Hay varios tipos diferentes de reclamaciones que usted puede presentar para su revisión. Los

procedimientos del plan para revisar reclamaciones depende del tipo de reclamación presentada (reclamaciones de

atención de urgencia, reclamaciones antes del servicio, reclamaciones posteriores al servicio y decisiones de reclamación

simultánea).

Reclamación por atención de urgencia:

Una “reclamación por atención de urgencia” es una reclamación para tratamiento o atención médica donde la

aplicación del procedimiento de revisión de reclamaciones para reclamaciones no urgentes (1) podría poner en grave

peligro su vida, su salud o su capacidad para recuperar sus funciones máximas; o (2) basado en la determinación de

su proveedor, le podría someter a dolor severo que no puede manejarse adecuadamente sin la atención o tratamiento

que se solicita.

Los reclamaciones de atención de urgencia, le responderemos dentro de las 72 horas después de haber recibido la

reclamación.

Si determinamos que se necesita información adicional para revisar su reclamación, le notificaremos dentro de las

siguientes 24 horas después de haber recibido la reclamación y le daremos una descripción de la información

adicional necesaria evaluar su reclamación. Usted tiene 48 horas después de ese momento para proporcionar la

información solicitada. Evaluaremos su reclamación dentro de las siguientes 48 horas después de ocurrir lo primero

entre: Que recibamos la información solicitada, o el final del período de extensión dado a usted para que suministre la

información solicitada.

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Las decisiones de atención simultánea:

Una “decisión de atención simultánea” es una determinación de relacionado con la continuación/reducción de un

curso de tratamiento continuo.

Si el plan ya ha aprobado un curso de tratamiento continuo para usted y toma en consideración reducir o terminar el

tratamiento, se lo notificaremos con suficiente antelación a la reducción o terminación del tratamiento para que usted

apele la decisión y obtenga una determinación antes de que el tratamiento se reduzca o termine.

Si usted solicita extender un curso de tratamiento continuo que involucra atención de urgencia, le responderemos a

usted dentro de las siguientes 24 horas después de haber recibido la solicitud (siempre que usted realice la solicitud

por lo menos 24 horas antes de la fecha de expiración del curso de tratamiento continuo).

Si usted llega al final de un curso de tratamiento aprobado previamente antes de solicitar servicios adicionales, se

aplicarán límites de tiempo “preservicio” o “postservicio”.

Reclamación previa al servicio:

Una “reclamación previa al servicio” es una reclamación que requiere la aprobación de los beneficios antes de

obtener la atención.

Para reclamaciones antes del servicio, el plan le responderá dentro de los 15 días después de recibir la reclamación *.

Si determinamos que una extensión es necesaria debido a cuestiones ajenas a nuestro control, le notificaremos dentro

de 15 días informándole sobre las circunstancias que requieren la extensión y la fecha para la cual esperamos dar una

decisión (hasta 15 días adicionales).

Si usted hace una reclamación previa al servicio, pero no presenta suficiente información para que nosotros tomemos

una decisión, le notificaremos en15 días y describiremos la información que debe proporcionarnos. Usted tendrá al

menos 45 días a partir de la fecha en que usted recibe la notificación para proporcionar la información solicitada.

Reclamación posterior al servicio:

Una “reclamación posterior al servicio” es una reclamación para el pago de un servicio en particular, después de que

el servicio se ha prestado.

Para reclamaciones posteriores al servicio, el plan le responderá a usted 30 días después de haber recibido la

reclamación.

Si determinamos que una extensión es necesaria debido a cuestiones ajenas a nuestro control, le notificaremos dentro

de los siguientes 30 días informándole sobre las circunstancias que requieren la extensión y la fecha para la cual

esperamos tomar una decisión (hasta 15 días adicionales).

Si usted hace una reclamación posterior al servicio, pero no presenta información suficiente para que tomemos una

decisión, le avisaremos en un plazo de 30 días y le describiremos la información que debe suministrarnos. Usted

tendrá al menos 45 días a partir de la fecha en que usted recibe la notificación para proporcionar la información

solicitada.

Si se niega su solicitud de cobertura, usted tiene el derecho a presentar una apelación. Consulte el Capítulo 6 para

obtener información sobre cómo presentar una apelación.

* De acuerdo con la ley de MA, el plan hará una determinación inicial en relación con una hospitalización procedimiento

o servicio propuesto que requiere dicha determinación dentro de los siguientes dos días hábiles después de obtener toda la

información necesaria.

Declaración de derechos de acuerdo con la Ley de Protección de Salud de Madres y Recién Nacidos: Bajo la ley

federal, los planes de salud colectivos y emisores de seguro de salud que ofrecen cobertura de seguro de salud de grupo:

Por lo general no restringen los beneficios para cualquier duración de la estancia en el hospital en relación con el

parto para la madre o el recién nacido a menos de 48 horas después de un parto vaginal, o a menos de 96 horas

después de una cesárea. Sin embargo, el plan de salud de grupo o el emisor puede pagar por una estancia más

corta si el proveedor que atiende (por ejemplo, el médico o enfermera obstétrica de la madre), después de la

consulta con la madre, da de alta a la madre o al recién nacido antes.

No puede establecer el nivel de beneficios o desembolso directo para que cualquier porción posterior de la

estancia de 48 horas (o 96 horas) se trata en una forma menos favorable para la madre o el recién nacido que

cualquier porción anterior de la estancia.

Puede no requerir que un médico u otro proveedor de atención médica obtenga una autorización para indicar una

duración de la estadía de hasta 48 horas, o 96 horas según se aplique. Sin embargo, para hacer uso de ciertos

proveedores o centros de salud, es posible que se le requiera obtener autorización previa. Para obtener

información sobre la autorización previa, comuníquese con Servicios para Miembros.

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Apéndice D: Servicios adicionales para miembros

Además de los servicios cubiertos que se describen en esta EOC, el plan ofrece a los miembros inscritos en

ciertos paquetes de beneficios los siguientes programas de ahorro. Consulte su Programa de beneficios para

saber si su paquete de beneficios incluye algunos o todos estos beneficios adicionales para miembros:

¡Póngase en forma! Reembolsos por acondicionamiento físico

Usted es elegible para el reembolso del 25% de sus cuotas de afiliación anual en un Club de salud que

califique. El reembolso está limitado a un miembro por familia por año calendario - si usted cumple con los

siguientes requisitos:

Inscríbase en un Club de Salud Calificado*

*Club de Salud Calificado es un club que ofrece equipo para entrenamiento cardiovascular y de

fortalecimiento, tales como los clubes de salud y acondicionamiento físico tradicional, o

YMCA/YWCA. No se incluyen: centros de artes marciales, centros de gimnasia, clubes sociales,

canchas de tenis o centros de natación, clubes de campo, o equipos o ligas deportivas.

Sea un miembro del plan y de su Club de Salud Calificado durante al menos los mismos 3 meses (en

un año calendario).

Visite nuestro sitio web en bmchp.org o llámenos al 1-855-833-8120 para obtener el formulario de

solicitud de reembolso.

Presente un formulario lleno de solicitud de reembolso ¡Póngase en Forma! (incluyendo prueba de

afiliación en el Club de Salud Calificado y prueba del pago de tarifas de afiliación del club de salud)

para el plan a más tardar el 31 de marzo del siguiente año calendario. Usted debe ser un miembro del

plan al momento de presentar su formulario de solicitud de reembolso. Usted solamente puede

presentar un formulario de reembolso una vez por año calendario.

Weight Watchers®

Usted es elegible para el reembolso del 25% de las tarifas que usted pagó por uno de los programas de

Weight Watchers enumerados a continuación. El reembolso está limitado a un miembro por familia

por año calendario: si usted cumple con los siguientes requisitos y otros criterios de participación que

se describen en nuestro sitio web en bmchp.org.

Compre una de estas ofertas de Weight Watchers: Pase mensual de Weight Watchers,

comprobante local de reunión, kit en el hogar o suscripción en línea.

Visite nuestro sitio web en bmchp.org o llámenos al 1-855-833-8120 para obtener el formulario de

solicitud de reembolso.

Siga las instrucciones del formulario de solicitud de reembolso. Usted debe ser un miembro del

plan en el momento de presentar su formulario de solicitud de reembolso. Usted solamente puede

presentar un formulario de reembolso una vez por año calendario.

Los miembros de BMCHP también tienen derecho a descuentos en las tarifas regulares de Weight

Watchers. Más detalles están disponibles en nuestro sitio web bmchp.org.

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Descuentos en anteojos

Cuando acuda a un proveedor de servicios de la vista (“VSP”), proveedor participante de atención ocular,

usted puede recibir:

20% del precio de venta al por menor de juegos completos de anteojos, monturas y lentes con receta

médica. Simplemente presente una receta válida (que no tanga más de 12 meses) de cualquier

optometrista u oftalmólogo calificado.

15% de descuento en los honorarios profesionales por la evaluación y ajuste de lentes de contacto con

receta médica.

Para encontrar un proveedor de atención de la vista participante de VSP, visite nuestro sitio web en bmchp.org.

Luego, acuda al proveedor de atención de la vista participante de VSP y muéstrele su tarjeta de identificación

del plan para recibir el descuento.

Estos programas de ahorro del plan pueden cambiar con el tiempo sin previo aviso a los miembros. Para

comprobar programas de ahorros adicionales actuales para los miembros, usted puede:

Llamar a Servicios para Miembros. o

Visitar nuestro sitio web en www.bmchp.org


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