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Políticas de Compensación, Políticas de Traspasos y Reglas ......

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Políticas de Compensación, Políticas de Traspasos y Reglas de Fair Play Cuaderno de Concursos 2014 (Asesores y Promotores)
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Políticas de Compensación, Políticas de Traspasos y Reglas de Fair Play

Cuaderno de Concursos 2014 (Asesores y Promotores)

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TRASPASOS INDIVIDUALES

TRASPASOS DE CARTERA TOTAL

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Las políticas de compensación y traspasos aplican para todas las operaciones y ramos de seguro individual que impacten en el Cuaderno de Concursos, campañas de ventas, eventos, reconocimientos y en determinadas situaciones en el pago de Comisiones. SUSTITUCIÓN Y REEMPLAZO DE PÓLIZAS. De acuerdo al contrato de intermediación mercantil celebrado con el Asesor, tratándose de contratos de seguro de la operación de vida, no se generarán Comisiones de primer año sobre las primas correspondientes, cuando el contratante o el asegurado hubieran cancelado o rescatado una o más pólizas de seguro de la operación señalada, dentro de los seis meses anteriores o los tres meses posteriores a la fecha de la emisión del nuevo negocio; por lo tanto dichas pólizas y Comisiones no serán contabilizadas para los efectos del presente Cuaderno de Concursos, Campañas de Ventas, reconocimientos o MDRT. Adicionalmente, las pólizas rescatadas total o parcialmente, canceladas, estén en vigor prorrogado o presenten una disminución de suma asegurada y el cliente, contratante, asegurado o beneficiario, contrate uno o más negocios nuevos dentro de los 12 meses anteriores o 13 posteriores a la fecha del cambio de estatus (rescate total o parcial, prórroga o cancelación), no participarán para efectos de Conteo de Pólizas, Acumulado de Comisión, Prima Meta y Prima Pago; sí participan para índices de conservación. Esta Regla aplica aún y cuando el nuevo plan sea diferente o el Asesor del nuevo negocio, sea distinto del Asesor de la póliza original. CHEQUES DEVUELTOS. Cuando se efectúe el pago de una póliza con un cheque que resultara no pagado, la Compañía procederá a recalcular los premios que hubiera obtenido el Asesor de que se trate, a fin de descontar de los mismos el importe que corresponda a los pagos realizados con dichos cheques, aún y cuando el pago de la prima se efectúe en fecha posterior al cierre del mes de los premios y bonos calculados. En caso que resulte cantidad a descontar, el importe correspondiente se le cargará a su estado de cuenta. PÓLIZAS REHABILITADAS. Las pólizas que se rehabiliten deberán permanecer vigentes por lo menos 13 meses a partir de la fecha en que se realizó este movimiento; en caso contrario, la Compañía procederá a recalcular los premios que hubiera obtenido el Asesor de que se trate, a fin de descontar de los mismos el importe que corresponda a las pólizas rehabilitadas

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y posteriormente canceladas. En caso que resulte cantidad a descontar, el importe correspondiente se le cargará a su estado de cuenta. EMISIÓN DE PÓLIZAS CON COINCIDENCIA DE DATOS. La emisión simultánea de varias pólizas que pudieran ser vendidas como Grupo o DxN, o que pudieran intermediarse como una sola, sumarán su prima anualizada de todas ellas y se contabilizarán de acuerdo a las Reglas de Conteo. PÓLIZAS VIGENTES PARA LA ASISTENCIA A EVENTOS. Para el Asesor que alcance las metas necesarias de cualquier evento que lleva a cabo la Compañía, deberá tener en vigor a la fecha de evaluación del evento correspondiente al menos el 85% del número de pólizas requeridas para tales efectos, y mantener ese porcentaje a la fecha del evento, además de permanecer en grupo activo y tener su contrato de intermediación con la Compañía vigente. Algunos eventos tendrán consideraciones adicionales con respecto a las pólizas vigentes, las cuales serán señaladas dentro de las bases de cada evento. Dentro de estos eventos se consideran: Convenciones, Encuentro Nacional de Graduación, MDRT, campañas o cualquier otro evento que determine la Dirección Ejecutiva correspondiente. PÓLIZAS PERSONALES. Se consideran como pólizas personales aquellas donde el contratante, asegurado o beneficiario sea:

El propio Asesor

Familiares directos (padres e hijos) y cónyuge del propio Asesor.

Otro Asesor Activo o Inactivo (la inactivación debe ser de dos años o menos).

Promotor / Gerente de Agencia / Manager, Activo o Inactivo (la inactivación debe ser

de dos años o menos).

Empleados de Promotoría o Asesores.

Estas pólizas no participarán para efecto de conteo de pólizas, prima meta y acumulado de meta comisiones. Sí participarán para prima pago, pago comisiones e índices de conservación.

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1. A la fecha de traspaso de la póliza que se trate, la Compañía cancelará los recibos

pendientes de pago y se reexpedirán con la clave del nuevo Asesor. Para los recibos

que se paguen después de realizado el traspaso siempre se aplican las reglas de

participación en premios.

2. En ningún caso se podrán considerar dentro del traspaso de la cartera:

Pólizas prorrogadas y saldadas

Pólizas con exención de pago de primas

Pólizas canceladas

Pólizas bloqueadas por cambios

3. Para las pólizas cuyo pago de prima fue realizado antes del traspaso de la póliza y el

cliente solicitó la devolución de prima después del traspaso de la misma, el ajuste de

Comisiones y, en su caso, premios, se hará al Asesor receptor. Si la prima se pagara

posteriormente, la Comisión se asignará al Asesor receptor.

4. Los traspasos realizados no se consideran para el que recibe, si se descuentan para el

que cede.

5. A las pólizas que se rehabiliten con cambio de Asesor dentro de los siguientes noventa

días de la fecha de cancelación de la misma, se les aplicarán las reglas de traspaso de

pólizas.

Nota: Si hubiera un traspaso de una póliza en situación de “Comisión 0%”, producto de ser un reemplazo de póliza de otra anterior, se aplicarán las reglas de traspaso de pólizas individuales arriba descritas, según corresponda. TRASPASOS INDIVIDUALES. Estos sólo pueden darse a petición del cliente a través de su Asesor en el momento que lo solicite, para lo cual será necesaria la firma del cliente y en su caso la ratificación. Para la participación en el cuaderno de concursos, campañas de ventas, eventos y reconocimientos, se consideran dos tipos de situaciones en traspasos de pólizas: 1. Los traspasos de Asesor, con cualquier tipo de cédula, a Asesor con cédula definitiva: Vida Individual:

No cuentan para Prima Pago, Prima Meta ni en prima comisión que impacte en

premios (conteo de pólizas, % crecimiento o cualquier otra variable involucrada)

durante toda la vida de la póliza.

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Cuentan para índices de conservación (General y LIMRA)

durante toda la vida de la póliza.

Accidentes y Enfermedades Individual:

Para efecto de cálculo de premios, no cuentan para prima comisión durante los

siguientes doce meses a partir de la fecha de traspaso.

Pólizas Compartidas:

Al ceder uno de los Asesores participantes la parte que le corresponde de su póliza a

un tercero con cédula definitiva, aplicará la regla 1 anterior de igual forma para todos

los Asesores, aún para aquellos que conserven su porcentaje de participación.

2. Los traspasos de Asesor, con cualquier tipo de cédula, a Asesor con cédula provisional: Vida Individual:

No recibirán Comisiones de las pólizas traspasadas durante 2 años a partir de la fecha

de traspaso, no importando si el Asesor cambia su tipo de cédula en ese periodo.

La Promotoría o Unidad en la que se encuentre asignado el Asesor receptor con clave

provisional, tampoco percibirá Comisiones por la póliza traspasada durante el mismo

periodo (2 años).

No cuentan para Prima Pago, Prima Meta ni en prima comisión que impacte en

premios (conteo de pólizas, % crecimiento o cualquiera otra variable involucrada)

durante toda la vida de la póliza.

Cuentan para índices de conservación (General y LIMRA) durante toda la vida de la

póliza.

Accidentes y Enfermedades Individual:

A diferencia de Vida Individual, en esta operación no hay afectación en Comisiones.

Para efecto de cálculo de premios, no cuentan para prima comisión durante los

siguientes doce meses a partir de la fecha del traspaso.

Pólizas compartidas:

Si el receptor de la parte proporcional de la póliza tiene cédula provisional, aplicará la

regla 2 anterior de igual forma para todos los Asesores, aún para aquellos que

conserven su porcentaje de participación.

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Cambio de proporción de participación en pólizas compartidas: Vida y Accidentes y Enfermedades Individual:

Al realizar un cambio de proporción entre los participantes de la póliza, aplicará la

regla 1 de igual forma para todos los Asesores participantes, aún para aquellos que

conserven su porcentaje de participación. No aplicará la regla 2 en ningún caso, aún en

el supuesto que algún Asesor participante tenga cédula provisional.

Las dos situaciones de traspaso de pólizas antes descritas, aplicarán para el Asesor receptor de la cartera que se trate; en cuanto al Asesor cedente, las pólizas traspasadas se eliminarán de la base de cálculo para índices de conservación (LIMRA e IGC). Consideraciones:

El receptor necesariamente debe pertenecer a grupo activo.

Para el caso de Gastos Médicos Individual, en el pago de Bono Anual de Siniestralidad,

se considerarán para el Asesor cedente los pagos de siniestros realizados antes de la

fecha efectiva del traspaso; para el Asesor receptor, se considerarán los pagos de

siniestros realizados después de la fecha efectiva del traspaso.

TRASPASOS DE CARTERA TOTAL.

Sólo pueden traspasarse carteras a los Asesores que se encuentran en grupo activo.

Únicamente para la administración de los índices LIMRA e IGC de la cartera traspasada, dentro de la clave de Asesor se creará una clave sucursal, llamada asesor – sucursal; por lo cual, dentro de esta clave sólo se reflejarán los movimientos y premios de esta cartera, más no podrá emitir nuevos negocios. Las nuevas emisiones y cartera anterior al traspaso del Asesor, se administrarán por separado.

El asesor sucursal tendrá los mismos datos (nombre, RFC, dirección fiscal, promotoría o Unidad, tipo de Asesor y todos los demás que identifican al Asesor receptor). Para efectos fiscales y legales, la producción del asesor sucursal se sumará al Asesor receptor al momento del traspaso.

Trascurrido un año del traspaso, las pólizas en vigor se pasarán a la clave del Asesor receptor. Los pagos subsecuentes de estas pólizas le generarán Comisiones al Asesor receptor durante toda la vida de la póliza; sin embargo, no participarán para efectos de Prima Meta, Prima Pago, conteo de pólizas, crecimiento de primas y cualquier otro efecto de premios, campañas, reconocimientos y apoyos durante toda la vida de la póliza y a partir de la fecha del traspaso.

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NOTA: En ningún caso se permiten traspasos de pólizas entre dos Asesores con claves temporales.

1. Confiamos en el buen desempeño de los Asesores y los Promotores, así como en su

intervención en favor de nuestros clientes, razón fundamental de nuestra misión, por

lo que todos los Asesores en grupo Activo (2 ó 3) y Promotores con contrato vigente,

podrán participar en el Cuaderno de Concursos y Campañas de Ventas.

2. El alcance de metas por parte de los Asesores y las Promotorías debe lograrse en

estricto apego a los estándares de calidad y ética que rigen a la Compañía. Los premios

y reconocimientos se basan en la actividad honesta que la fuerza de ventas desarrolla

día con día.

En caso de que un Asesor actúe en detrimento de los intereses de sus clientes o de la Compañía para obtener mayores beneficios personales, a juicio de la Dirección que corresponda (Dirección Ejecutiva de Líneas Personales o Dirección Ejecutiva de Agencia), la Compañía podrá sin responsabilidad, retirarle unilateralmente el derecho de participar en el Cuaderno de Concursos o en Campañas de Ventas, pudiendo además exigirle el reembolso de los beneficios indebidamente obtenidos por virtud de dichos actos o conductas incorrectas, para lo cual la Compañía estará facultada para descontarle al Asesor dichos beneficios de cualquier percepción a que tenga derecho. Asimismo, en estos casos se podrá proceder a la conclusión del contrato de intermediación mercantil celebrado con dicho Asesor. En caso que una Promotoría o el propio Promotor actúen en detrimento de los intereses de sus clientes o de la Compañía para obtener mayores beneficios, a juicio de la Dirección Ejecutiva de Líneas Personales, la Compañía podrá sin responsabilidad, retirarle unilateralmente el derecho de participar en el Cuaderno de Concursos o en Campañas de Ventas, pudiendo además exigirle el reembolso de los beneficios indebidamente obtenidos por virtud de dichos actos o conductas incorrectas, para lo cual la Compañía estará facultada para descontarle al Promotor y a los Asesores dichos beneficios de cualquier percepción a que tenga derecho. Asimismo, en estos casos se podrá proceder a la conclusión del contrato civil de prestación de servicios celebrado con dicha Promotoría. Algunos ejemplos de conductas que pudieran lesionar los intereses de la Compañía o de los clientes para la obtención indebida del beneficio en Premios, campañas o eventos son:

a. Traspasos de pólizas entre Asesores que culminen con su cancelación dentro de un

periodo corto.

b. Rehabilitar pólizas y cancelarlas en los siguientes recibos.

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c. Solicitar la emisión de pólizas de las cuales sólo se pagan los

primeros recibos.

d. Solicitar la emisión de dos o más pólizas de un mismo producto

con coincidencia de varios datos o cuando pueden ser

contratadas como una sola.

e. Cambiar la forma de pago y que se cancele posteriormente.

f. Disminuir la suma asegurada para emitir una nueva póliza; o bien, que la póliza con

disminución se cancele posteriormente, con el objetivo de mejorar los índices.

g. Cancelar o rescatar (total o parcialmente) una póliza con el objeto de intermediar una

nueva en contra de los intereses del cliente y/o de la Compañía, aun cuando los

Asesores sean distintos.

h. Permitir o promover el descobro de una póliza dentro de su periodo de gracia,

habiendo obtenido bonos o beneficios en campañas o eventos con dicha póliza.

i. Prestar su clave para tramitar negocios de otro Asesor o persona sin cédula.

j. Falsificación de firmas o documentos ingresados a la Compañía.

k. Hacer promesas a los clientes de concesiones especiales u ofrecer beneficios

adicionales a los establecidos en el plan (incluyendo descuento o devolución de

comisiones), con el afán de obtener su consentimiento para contratar una(s) póliza(s),

o para sustituirse como Asesor del mismo.

l. Pagar con cheques, tarjetas o cuentas bancarias personales, de familiares o empleados

(de crédito o débito) de pólizas que no pertenezcan a dichas personas, como

contratantes, asegurados y/o beneficiarios.

m. Emisión de pólizas compartidas donde el Asesor titular puede emitir en modo agente

y posteriormente trasfiere su participación al que no tiene este facultamiento, de la

misma forma cuando un Asesor tiene autorización para emitir un producto

determinado y el coagente carece de la misma

n. Emitir una póliza en forma de pago anual para poder emitir en modo agente y

posteriormente cambiarla a mensual.

o. Emisión de pólizas en pago anual y efectuar únicamente pagos fraccionados.

p. La cancelación de planes pagos limitados, después del periodo de pago de primas.

q. Emitir pólizas donde los contratantes, asegurados y/o beneficiarios sean Empleados

de la Compañía o sus subsidiarias, Managers, Promotores, Gerentes de Agencia,

Asesores, familiares o empleados de alguno de ellos.

r. Financiar clientes.

s. Simular ventas con el fin de ganar bonos, premios, reconocimientos, campañas, etc.

t. Prestar los datos de sus tarjetas bancarias personales o de familiares con el fin de

poder emitir pólizas (reglas de Cargo Automático) que no sean las propias o la de

algún familiar.

u. Emitir las pólizas con Cargo Automático y bloquear los cargos para pagar la prima con

recursos distintos a los del contratante.

v. Mantener una tendencia de cancelación de pólizas, de tal forma que la cartera

generada para ganar cualquier concurso, premio, bono, campaña, reconocimiento, etc.

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Disminuya del 85% de las pólizas en vigor y/o de la Prima

Básica Pagada, durante los 13 meses siguientes al primer pago

efectuado.

w. Promover, permitir o dejar de notificar a la Compañía sobre

cualquier hecho, acto o práctica indebida de sus Asesores. (Solo

para Promotores)

x. Registrar candidatos a Asesores, cuando éstos han tenido contacto con otra

Promotoría. (Solo para Promotores)

y. Cualquier otra situación tendiente a lograr metas en forma indebida para concursos,

bonos, campañas, eventos o reconocimientos, así como para mejorar índices o evitar

su disminución.

Cuando se realice alguno o varios de los supuestos contenidos en las presentes Reglas de Fair Play o exista afectación a la Política de Compensación, la Compañía recalculará los bonos, premios, reconocimientos y convenciones, efectuado las modificaciones y ajustes correspondientes mediante cargos a los estados de cuenta de los Asesores y/o Promotores involucrados, quienes manifestarán su anuencia con esta disposición, en el momento de participar en el presente Cuaderno de Concursos, en los casos de reconocimientos y convenciones que aún no se hayan llevado a cabo, se le notificará a los interesados los cambios realizados.


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