1
RÉGIMEN
TRANSITORIO DE
REPARTO
2
Administrado por el ESTADO
Voluntario a partir del 15 de Julio de 1995
Para las Leyes 2248 y 7268 se utiliza el
tiempo servido (30 años/25 años)
Para la Ley 7531 se utiliza como requisito
400 cotizaciones
Se reconocen bonificaciones como Ley
6997 y Artículo 32
Se aceptan convenios con otros países
(Iberoamericano y Centroamericano) 3
LEYES DEL RÉGIMEN DE REPARTO
2248
7268
7531
7946
85364
MEMBRESIA
15 DE JULIO DE 1992
RTR RCC
5
DIFERENTES LEYES EN RTR
2248 7268
7531(7946) 8536
RTR
6
LEY 2248
VIGENCIA 5 DE SETIEMBRE DE 1958
Requisitos 20 años servidos al 18 de mayo de 1993, sin embargo debe de completar 30 años de
servicio o 25 según corresponda
BONIFICACIONES
Ley 6997
Artículo 32
TASA DE REEMPLAZO 100% DEL MEJOR SALARIO DE LOS ULTIMOS 5 AÑOS
COTIZACIÓN (15%)
Trabajador 5%
Patrono 5%
Estado 5%
BENEFICIO REDUCIDO 60 AÑOS
DE EDAD Y CON ALMENOS 20 AÑOS
EN EDUCACION7
LEY 7268
VIGENCIA 19 DE NOVIEMBRE DE 1991
Requisitos 20 años servidos al 1 de enero de 1997, sin embargo debe de completar 30 años de servicio o 25
según corresponda
BONIFICACIONES
Ley 6997
Artículo 32
TASA DE REEMPLAZO
100% DEL PROMEDIO DE
LOS 12 MEJORES SALARIOS DE
LOS ULTIMOS 24
COTIZACIÓN (21%)
Trabajador 7 %
Patrono 7 %
Estado 7 %
BENEFICIO REDUCIDO 60
AÑOS DE EDAD Y CON AL MENOS 20 AÑOS EN
EDUCACIÓN
INCLUYE EL BENEFICIO DE
LA POSTERGACIÓN (7 AÑOS COMO
MÁXIMO)8
LEY 7531
VIGENCIA 13 DE JULIO DE 1995
Requisitos 400 Cuotas (33 años, 4 meses), de las cuales 240 cuotas(20
años) deben de ser en Educación
BONIFICACIONES
Ley 6997
Artículo 32
TASA DE REEMPLAZO 80% DEL PROMEDIO
DE LOS 32 MEJORES
SALARIOS DE LOS ULTIMOS 60
COTIZACIÓN
Del 10% al 16%
Según corresponda de acuerdo al Salario
BENEFICIO REDUCIDO 60
AÑOS DE EDAD Y CON AL MENOS 20 AÑOS EN
EDUCACION
INCLUYE EL BENEFICIO DE
LA POSTERGACIÓN (5 AÑOS COMO
MÁXIMO)9
CORTES DE TIEMPO PARA EFECTOS DE
UBICACIÓN POR TIPO DE LEY
10
LEY 8536
11
Quienes cumplan con 20
años de pertenencia al
18 de mayo de 1993 (Ley 2248)
Quienes cumplan con 20
años de pertenencia al
13 de enero de 1997
(Ley 7268)
Si no tiene pertenencia a las leyes 2248 y 7268, si gestionó su derecho voluntario de traslado, lamentable no tiene oportunidad en el Magisterio.
MEDIOS DE
IMPUGNACIÓN EN RTR
REVOCATORIA
Artículo 91 de la Ley 7531
Cinco días Hábiles de a la Notificación
APELACIÓN
Artículo 92 de la Ley 7531
Ocho días Hábiles de a la
Notificación12
RÉGIMEN
CAPITALIZACIÓN
COLECTIVA13
Para todos aquellos Trabajadores de la
educación ingresados posterior al 15 de
julio de 1992
Administrado por JUPEMA
Obligatorio (Docente)
Requisitos 55 años de edad y 396 cuotas
(Simultáneos)
No se reconocen bonificaciones de ningún
tipo como Ley 6997 y Artículo 32
No acepta convenios con otros países
(Iberoamericano y Centroamericano)14
RCC
Vigencia
15 de Julio de 1992
Cotización
Trabajador 8%
Patrono 6.75%
Estado 0.25%
Requisitos
55 años de Edad
396 cuotas
Monto de reemplazo
240 cuotas 60%
396 Cuotas 80%
15
TRAMITE EN RCC
Artículo 41. (Trámite)
El trámite de declaratoria de derechos de pensión delRégimen se iniciará a instancia de parte, debiendo cumplir lasolicitud con los requisitos contenidos en el artículo 285 de laLey General de la Administración Pública y acompañarse delos documentos que se indican en este Reglamento y demásleyes especiales que así lo exijan.
Una vez que el órgano director del procedimiento recabetodos los documentos exigidos por este Reglamento,someterá mediante recomendación técnica el expediente aconocimiento de la Junta Directiva para la emanación del actofinal, contra el cual se podrá interponer dentro de los cincodías hábiles posteriores a su notificación el recurso dereconsideración. La resolución de este recurso cuando seinterponga o el acto final no recurrido agotarán la víaadministrativa.
16
PRIMER PILAR DE PENSIONES EN
COSTA RICA
IVM
MAGISTERIO
PODER JUDICIAL17
TRASLADO DE COTIZACIONES
MAGISTERIO
PODER JUDICIAL
IVM18
VOLUNTARIO
ADMINISTRADO POR ESTADO
Convenios Internacion
al
BONIFICACION
ES
TIEMPO DE
SERVICIO Y CUOTAS
OBLIGATORIO
ADMINISTRADO
POR JUPEMA
SIN CONVENIOS
SIN BONIFICACIONES
EDAD Y CUOTAS
RTR RCC
19
PROYECTOS EN LA CORRIENTE
LEGISLATIVA
17402
1756217561
20
PROYECTOS
17402
Reforma
de Art
70
17562
Reforma de art 47 y 51 de 7531
17561
Regreso de los que
trasladaron
21