Date post: | 31-Jul-2015 |
Category: |
Career |
Upload: | guest739fd3 |
View: | 829 times |
Download: | 0 times |
REGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL
DECRETO No 4400 30 de Diciembre de 2004
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
INTEGRANTES
• JULIAN ANDRES ARIAS VERA• ADRIANA MILEIDY GARCIA FLOREZ • JUAN BERNARDO GONZALEZ
• LINA FERNANDA VARGAS MARIN• JUAN DIEGO GIRALDO QUINTERO
FACULTAD DE ADMINISTRACION
ARTICULO 1.
• Son Contribuyentes con Régimen Tributario Especial:
1.Las corporaciones, fundaciones y asociaciones sin animo de lucro
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
a) Objeto social: Salud, Deporte, educación formal, cultura, investigación científica o
tecnológica, ecológica, protección ambiental o programas de
desarrollo social.b) Interés general
FACULTAD DE ADMINISTRACION
c) Reinversión de los excedentes en su totalidad.
2. Personas Naturales o Juridicas. (SUPERFINANCIERA)
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
3. Los fondos mutuos de inversión y las asociaciones gremiales (actividades
industriales).4.
Las cooperativas, sus asociacionesuniones
ligas centralesorganismos de grado superior de
carácter financiero
FACULTAD DE ADMINISTRACION
Asociaciones mutualistas e instituciones
Auxiliares de cooperativismoconfederaciones cooperativas
(VIGILADOS POR ENTES DE CONTROL)
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
PARAGRAFO I
PARAGRAFO II
PARAGRAFO IIII
FACULTAD DE ADMINISTRACION
ARTICULO 2INTERES GENERAL Y ACCESO A LA
COMUNIDAD:Art. 19 y 359 E.T.
Benefician a: Grupo Poblacional
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
Actividades de:Salud
DeporteCulturales
Investigación Científica Desarrollo social
Ecológicos Parágrafo
FACULTAD DE ADMINISTRACION
ARTICULO 3
• INGRESOS:
Bienes, valores o derechos
Dinero o especie
Ordinarios o extraordinarios
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
Naturaleza o denominación
Periodo gravable
Incrementar Patrimonio
FACULTAD DE ADMINISTRACION
INGRESOS PARA LAS ASOCIACIONES GREMIALES Y
FONDOS MUTUOS DE INVERSION• Articulo 1, numeral 3: Actividades industriales y/o de
mercadeo.
DEBEN LLEVAR CUENTAS SEPARADASArticulo 102-3 E.T.= Cooperativas de trabajo asociado.
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 4
• EGRESOS:
Realizados y pagados en el periodo gravable
Causalidad
Inversiones
FACULTAD DE ADMINISTRACION
Tambien se consideran Egresos procedentes:Donaciones a favor de otras entidades sin animo
de lucro (numeral 1, articulo 1)
Entidad consagrada o descrita en el ART. 125 del E.T. debera:
a)Reconocida como persona N o J sin animo de lucro
b)Haber presentado delcaracion de ingresos y patrimonio de renta.
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
• c) Manejar los recursos en establecimientos financieros autorizados.
• d) destinar la donación a una o varias actividades y programas señalados en el Articulo 1 del decreto 4400
• PARAGRAFO 1• PARAGRAFO 2
FACULTAD DE ADMINISTRACION
ARTICULO 5
• Determinación del beneficio neto o excedente:
BN-EXG= ∑ INGRESOS ORD Y EXT – EGRESOS PROCEDENTES
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 6• Compensación por perdidas fiscales
Perdida fiscal se podrá recompensar en el período siguiente
Dejar constancia en período en el cual se compensa la perdida
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 7
• Pagos a favor de asociados o miembros de la entidad
Los pagos realizados por entidades sin ánimo de lucro a personas que participen en la administración de la entidad constituyen renta para las mismas
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 8
• Exención del beneficio neto para las entidades sin ánimo de lucro
Salud, deporte, cultura siempre y cuando sean de interés general y tenga acceso la comunidad
Se destine y ejecute al año siguiente de su obtención
Asignación permanentePARÁGRAFO 1
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 9
• Beneficio neto o excedente que se reserve para realizar inversiones
Deben cumplir: Aprobación asamblea generalReserva del patrimonioLos rendimientos se reinviertan en su objeto
socialPARÁGRAFO 1
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 10
• Registro contable de las asignaciones permanentes
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 11
• Determinación del beneficio neto o excedente por parte de las entidades del sector cooperativo y asociaciones mutuales
No son egresos procedentes las reservas
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 12
• Exención del beneficio neto o excedente para el sector solidario
Beneficio o excedente se determine en art. 3, 4 y 5 del presente decreto
Al menos el 20 % se destine a financiar cupos de programas de educación
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 13
• Bienes donados excluidos de IVA
Certificado de existencia, Certificado de donación de la empresa Descripción de los programasCertificación de contador de la entidad
donataria
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 13
• Bienes donados excluidos de IVA
Razón social y domicilio principalComité sin ánimo de lucroResolución
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 14
• Retención en la fuente
Únicamente pagos a favor de los contribuyentes con régimen tributario especial.
PARAGRAFO 1
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 15
• Libros de contabilidad
PARAGRAGO 1: Registro contable de la ejecución del beneficio neto.
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 16
• Libro de actas
Soporte y prueba de las decisiones adoptadas
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 17
• Deber de conservar información y prueba
Período mínimo de cinco años
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 18
• Procedimientos y sanciones
SancionesAuditoría a beneficio netoLa parte del beneficio neto o excedente que
no se invierta
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 19
• Otros beneficios tributarios
Renta presuntivaAjustes integrales por inflación
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 20
• Comité de entidades sin ánimo de lucro
Ministro de HaciendaDirector de la DianDirector de impuestos
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 21
• Control Posterior
DIAN las facultades de fiscalización establecidas en el artículo 684 E.T.:
Verificar la exactitud de las declaraciones.Exigir al contribuyente la presentación de
documentos.
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES
ARTICULO 21
• Control Posterior
En general, efectuar todas las diligencias necesarias para la correcta y oportuna determinación de los impuestos
UNIVERSIDAD NACIONAL SEDE MANIZALES