Descubrimiento
Nacimiento al tributo
Protege para que no se extinga
El hombre empieza a crearuna cultura urbana y ha-establecerse
Evolución histórica del tributo
Conjunto de familias con antepasados comunes a través de la línea paterna que vivían en un territorio propio unidos por vínculos de ese parentesco.
Aumento de la
producción
Necesidades del hombre
Orden Justiciasistema jurídicoy un órgano que
administre y regulea la población
Tributo - Estado
Según el historiador griego Herodoto,las primeras monedas metálicassurgieron en Lidia en el siglo VIII a.C.,debido a que un rey lidio se propusosimplificar la recaudación de losimpuestos y su almacenamiento. Así, habría reemplazado productos como elganado, el trigo o la madera, que su pueblo le tributaba, por su equivalente en monedas fabricadas con una mezcla de oro y plata.
Las primeras monedas
Antigua Grecia
Eisphorá Liturgies
Impuestos directos
Gente muy rica
Guerra
Grandes Fortunas
Trirreme Danzas Teatro Coros
El sometimiento del ciudadano a las cargas fiscales no constituía una relación de servidumbre, sino un auxilio al estado en la prosecución del bien público.
Antigua Grecia
Impuestos Indirectos
Recaudadores de impuestos
Zaqueo
Sin embargo, esto no era así en todas las ciudades: las minas de oro de Tasos o los impuestos sobre el comercio de Atenas les permitían eliminar esos impuestos indirectos
CasasAnimales domésticos
Esclavos
Ganado Vino
Grecia es el país donde más auge yorden tomó la contabilidad pública los contadores fiscales denominadosÉpopos o Poletas, tenían a su cargoel registro y control de pago de los tributos y ejercía también un verdaderocontrol de las cuentas públicas.
ESTADO
Es una de las formas en que las sociedades se organizanpara atender los asuntoscomunes
El Estado debe hacer que secumplan los derechos y Obligaciones escritas en la Constitución, para eso tiene que:
Distribuir equitativamente
los recursospúblicos
Generar oportunidades para todos
Defender y respetar el patrimonio de todos los ciudadanos
¿ POR QUE PAGAMOS TRIBUTOS?
GASTO PUBLICO
EROGACIONES
DESTINADAS
A
SATISFACER
NECESIDADES
PUBLICAS
E S T A D O
E S T A D OPOBLACION
TE RRITORIO
GOBIERNO
NECESIDADES PUBLICAS
INGRESO PUBLICO
RECURSOS
PROVENIENETES
DE
INGRESOS PROPIOS
PRESTAMOS
TRIBUTOS
Desde la República, la Administración Tributaria ha sufrido una serie de reformas
Creada el 14.01.48 durante el Gobierno del Mariscal Ramón Castilla.
Bajo este nuevo ordenamiento, los contribuyentes ingresaban a un padrón yeran inscritos por apoderados fiscales. Los subprefectos eran las autoridades responsables de la recaudación de los impuestos y de solicitar la sanción para quienes no cumplieran con sus obligaciones tributarias.
Se creo con la finalidad de ordenar la situación de las finanzas nacionales y reemplazar la injusta tributacióncolonial por una nueva política fiscal acorde con las necesidades del nuevo Estado.
Historia de la Administración
El Sistema Tributario Peruano
Derecho Tributario y Código Tributario Tributos Ley Penal Trib.- Ley Delitos Aduaneros
GOBIERNO NACIONAL GOBIERNOS LOCALES OTRAS ENTIDADES
Impuesto a la Renta
IGV
ISC
Nuevo RUS
ITF
ITAN
Imp.Juegos Casino y Maq. Trag.
IVAP
Imp Extr. Prom.Des.Tur.Nac.
Derechos Arancelarios
Tasas
Imp. Predial
Imp. Alcabala
Imp. a los Juegos
Imp. a las apuestas
Imp. al Patrimonio Vehicular
Imp. a los Esp.Públicos No Deportivos
IPM
Imp. al Rodaje
Imp. a las Embarcaciones de Recreo
Tasas
Contribución Esp. Por obras Públicas
SENATI
SENCICO
ESSALUD
ONP
MARCO GENERAL
El presente Código establece los principiosgenerales, instituciones, procedimientos yNormas del ordenamiento jurídico-tributario.
Código Tributario Título Preliminar
NORMA I
TUO.D.S. No. 135-99-
EF. Publicado:19.08.
99
Es un conjunto orgánico y sistemático dedisposiciones que regulan la materia tributaria general.
Sus disposiciones, sin regular a ningúntributo en particular, son aplicables a todoslos tributos - impuestos, contribuciones ytasas- pertenecientes al sistema tributarionacional, y a las relaciones que la aplicaciónde éstos y las normas jurídico-tributarias originen.
Tiene rango de Ley
Código Tributario
Tres Tablas de Infracciones y Sanciones.
Disposiciones Transitorias
Disposiciones Finales
Un Título Preliminar
CuatroLibros ESTRUCTURA
DEL CODIGO TRIBUTARIO
Libro primero: La obligación tributaria
Libro segundo: La Administración Tributaria y los administrados
Libro Tercero: Procedimientos tributarios
Cuarto: Infracciones, sancionesy delitos.
Rige las relaciones jurídicas originadaspor los tributos
Código Tributario
TributosImpuesto
Contribución
Tasa
TRIBUTO
Título Preliminar NORMA II
Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una
contraprestación directa en favor del contribuyente
por parte del Estado
Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras
públicas o de actividades estatales
Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación
efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente
Impuesto
Contribución
TasaDerecho Arbitri
os Licencias
Clasificación del Tributo según la doctrina
Clasificación Tripartita
del Tributo
Género: Tributo
Especie : Impuestos, tasas y contribuciones.
Características del Tributo
Prestación usualmente en dinero
Establecida por ley
En favor del Estado
Implica obligación de dar dinero, en efectivo
Los Estados soberanos tienen la facultad de crear tributos (poder tributario) Entidad en favor del cual debe realizarse la prestación de dar dinero
No constituye una sanción Mecanismo que permite a los ciudadanos dotar de recursos al Estado
Considera, en principio, la capacidad contributiva del sujeto obligado
Debe tenerse en cuenta la capacidad real del sujeto
Es exigible coactivamente
Disposiciones constitucionales
Las resoluciones de carácter general emitidas por la
Administración Tributaria
Tratados Internacionales
Las leyes tributarias
Las leyes orgánicas o especiales que norman la creación de tributos regionales o municipales.
Fuentes del Derecho Tributario
Los decretos supremos y las normas reglamentarias
La jurisprudencia
La doctrina jurídica
BASE LEGAL: Norma III del Título Preliminar del Código Tributario
Norma fundamental
Evitar la doble imposición y el fraude fiscal.
Ley, Decreto Legislativo,Decreto Ley, homologados.Sentencia de Tribunal Constitucional
Regula la estructura y funcionamientode las entidades del Estado previstas en la Constitución.
Reglamentar las leyes
Emitidas por el Supremo tribunal
Desarrollo y/o reglamentación
Teorías y estudios científicos
Potestad reconocida a órganos del Estado, quien en primera instancia es el encargado de crear, modificar, suprimir o eximir de tributos a los sujetos que se encuentran bajo su jurisdicción (competencia legislativa en materia tributaria)
POTESTAD TRIBUTARIA
AbstractaPermanenteIrrenunciableIndelegable
AbstractaPermanenteIrrenunciableIndelegable
FORMAS DE EJERCER LA POTESTAD TRIBUTARIA: CASO PERUANO
POTESTAD TRIBUTARIA ORIGINARIA
POTESTAD TRIBUTARIA DERIVADA
PODER LEGISLATIVO (leyes)
GOBIERNOS REGIONALES (ordenanzas regionales)
PODER EJECUTIVO(decretos legislativos)
BASE LEGAL: Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario
GOBIERNOS LOCALES (ordenanzas municipales)
NORMA IV: PRINCIPIO DE LEGALIDAD – RESERVA DE LA LEY
Definir las infracciones y establecer las sanciones
Principio de
Legalidad
Establecer privilegios, preferencias y garantías para la deuda tributaria
Crear, modificar y suprimir tributos
Normar los procedimientos jurisdiccionales, administrativos en cuanto a derechos o garantías del deudor tributario.
Conceder exoneraciones y otros beneficios tributarios.
Normar formas de extinción de la obligación tributaria distintas a la establecida en este Código.
Determinados aspectos del tributo creado deben estar obligatoriamente recogidos en la norma creadora: Hecho generador, base imponible, sujetos, cuantía del tributo.
NORMA IV: PRINCIPIO DE LEGALIDAD – RESERVA DE LA LEY
PRINCIPIO DE RESERVA DE LA LEY
Respeto a los derechos fundamentales de la persona
La potestad tributaria del Estado no puede vulnerar aquellos derechos reconocidos constitucionalmente a todos los ciudadanos.
NORMA V: LEY DE PRESUPUESTO Y CRÉDITOS SUPLEMENTARIOS
La Ley Anual de presupuesto del Sector Público
Las Leyes que aprueban créditossuplementarios
No podrán contener normas sobre materia tributaria.
NORMA VI: MODIFICACIÒN Y DEROGACIÓN DE NORMAS TRIBUTARIAS
Toda norma tributaria que derogue o modifique otra norma deberá mantener el ordenamiento jurídico, indicando expresamente la norma que deroga o modifica.
Las normas tributarias sólo se derogan o modifican por declaración expresa de otra norma del mismo rango o jerarquía superior.
NORMA VIII: INTERPRETACIÓN DE NORMAS TRIBUTARIAS
Al aplicar las norma tributarias podrá usarse todos los métodos de interpretación admitidos por el Derecho.
Para determinar la verdadera naturaleza del hecho imponible, La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT tomará en cuenta los actos, situaciones y relaciones económicasque efectivamente realicen, persigan o establezcan los deudores tributarios.
En vía de interpretación no podrá crearse tributos, establecerse sanciones, concederse exoneraciones, ni extenderse lasdisposiciones tributarias a personas o supuestos distintos de los señalados en la Ley.
INTERPRETACIÓN DE NORMAS TRIBUTARIAS
Para determinar verdaderanaturaleza del hecho imponible
SUNAT tomará en cuenta
Los actos, situaciones y relaciones económicas que efectivamente realicen, persigan o establezcan los deudores tributarios
BASE LEGAL: Norma VIII 2do. Párrafo del Título Preliminar del Código Tributario
NOTA:
Esto no constituye un método de interpretación.
Es más bien una herramienta que va a permitir realizar las acciones de fiscalización y de control de la SUNAT.
Supletoriamente se aplicarán los Principios del Derecho Tributario, o en su defecto, los Principios del Derecho Administrativo y los Principios Generales del Derecho.
En lo no previsto por este Código o en otras normas tributarias podrán aplicarse normas distintas a las tributarias siempre que no se les opongan ni la desnaturalicen.
NORMA IX: APLICACIÓN SUPLETORIA DE LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO
VIGENCIA DE LA NORMA TRIBUTARIA EN EL TIEMPO Y EN EL ESPACIO
VIGENCIA EN EL TIEMPO
Las leyes rigen desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial (salvo disposición en contra)
Leyes tributarias sobre tributos de periodicidadanual rigen a partir del primero de enero del añosiguiente al de su publicación
Vínculo entre el Estado y particulares puedeextenderse más allá del ámbito territorial del Estado
EXCEPTO:Designación agentes de retención, percepción, nuevos supuestos de inafectación, supresión de tributos
VIGENCIA EN EL ESPACIO
T
TOMAR EN CUENTA:Criterios de vinculación en función a nacionalidado domicilio
BASE LEGAL: Norma X del Título Preliminar del Código Tributario
NORMA XI: PERSONAS SOMETIDAS AL CODIGO TRIBUTARIO Y DEMAS NORMAS TRIBUTARIAS
Las personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas u otros entes colectivos, nacionales o extranjeros, domiciliados en el Perú, están sometidos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Código y en las leyes y reglamentos tributarios.
También están sometidos a dichas normas, las personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas u otros entes colectivos, nacionales o extranjeros no domiciliados en el Perú, sobre patrimonios, rentas, actos o contratos que están sujetos a tributación en el país. Para este efecto, deberán constituir domicilio en el país o nombrar representante con domicilio en él.
COMPUTO DE PLAZOS: POR MESES O AÑOS Y POR DÍAS
POR MESES O AÑOS
Se cumplen en el mes del vencimiento y enel día de éste correspondiente al día de inicio
del plazo
Si en el mes de vencimiento falta tal día se cumple el último día de dicho mes
Se entenderán referidos a días hábilesPOR DÍAST
BASE LEGAL: Norma XII del Título Preliminar del Código Tributario
NOTA:1) Día inhábil se prorroga hasta el primer día hábil siguiente.
2) Si día de vencimiento es medio día laborable seconsiderará inhábil
OCTUBRE 20081
31
NORMA XIII: EXONERACIONES A DIPLOMATICOS Y OTROS
Las exoneraciones tributarias en favor de funcionarios diplomáticos y consulares extranjeros, y de funcionarios de organismos internacionales, en ningún caso incluyen tributos que gravan las actividades económicas particulares que pudieran realizar.
UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA
UIT
Valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias para determinar: Bases imponibles Deducciones Límites de afectación Demás aspectos de los tributos que el legislador considere pertinentes Aplicación de sanciones Obligaciones contables Otras obligaciones formales
Se determina mediante Decreto Supremo, considerando supuestos macroeconomicos
BASE LEGAL: Norma XV del Título Preliminar del Código Tributario
CONCEPTO Es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario,establecido por ley, que tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible coactivamente.
NACIMIENTO DE LAOBLIGACION TRIBUTARIA
Nace cuando se realiza el hecho previsto en la ley, como generador de dicha obligación.
EXIGIBILIDAD
Cuando deba ser determinada por el deudor tributario, desde el día siguiente al vencimiento del plazo fijado
por Ley o reglamento.
Tratándose de tributos administrados por la SUNAT, desde el día siguiente al vencimiento del plazo fijado en
el Artículo 29º de este Código
LIBRO PRIMEROLA OBLIGACION TRIBUTARIA
Elementos la obligación tributaria
Sujeto Activo o
Acreedor Tributario:
Es aquél en favor del cual debe realizarse la prestación tributaria.
Sujeto Pasivo o
Deudor Tributario
Acreedores
Gobierno Central
Gobiernos Regionales
Gobiernos Locales
Deudor tributario es la persona obligada al cumplimiento de la prestación tributaria como
contribuyente o responsable
Sujetos de la Obligación Tributaria
CONTRIBUYENTE
Agente deRetención oPercepción
ResponsableSolidario
ACREEDOR
Características de la
Obligacióntributaria
Establecida por ley Nace por voluntad de la ley
Es de Derecho Público
Es exigible coactivamente
El acreedor tributario ejerce directamente, las medidas decoerción
Las leyes que regulan la obligación tributaria establecen un vínculo entre el deudor tributario y el Estado
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La Obligación Tributaria: Clasificación
Obligaciones tributarias sustanciales
Llamadas principales y que Consisten en el pago de los tributos.
Obligaciones Tributarias formales
Llamadas secundarias o accesorias y entre las que se incluye la presentación de declaraciones, la exhibición de documentos, etc.
Contribuyente
Responsable
Aquél que, sin tener la condición de contribuyente (no realiza el hecho imponible), debe cumplir la
obligación tributaria.
Deudor por cuenta ajena
Agentes de retención
Agentes de Percepción
Representante o Responsable solidarios
Realiza el hecho generador de la obligación tributaria
Deudor por cuenta propia
Se considera En tanto
realice el hecho generador
4609/10/22
RESPONSABLESSOLIDARIOS
Efectuada la retención o percepción el agente es el único responsable ante la Administración Tributaria.
Los agentes de retención
Los agentes de percepción
Cuando hubieren omitido la retención o percepción a que estaban obligados
Representación (Art. 23°)
REPRESENTARSustituir a alguien o hacer sus veces,
desempeñar su función o la de una entidad, empresa, etc.
Tipos de representación
General
Especial
Presume concedida la representación para cualquier
acto de mero trámite
Para determinados actos y con autorización expresa.
Representante O
Responsables solidarios
Los padres, tutores y curadores de los incapaces
Los representanteslegales y losdesignados por las personas jurídicas.
Los administradores o quiénestengan la disponibilidad de los bienes de los entes colectivos que carecen de personería jurídica.
Los mandatarios, administradores, gestores de negocios y albaceas
Los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras y los de sociedades
y otras entidades.
Los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras y los de sociedades
y otras entidades.
Funciona
rio enca
rgado de
la
liquidac
ión del
activo y
pasivo
de una e
mpresa e
n el
caso de
quiebra.
RESPONSABLES SOLIDARIOS EN CALIDAD DE ADQUIRENTES
Los herederos y legatarios, hasta el límite del valor de los bienes que reciban
Los herederos por los bienes que reciban en anticipo de legítima, hasta el valor de dichos bienes y desde la adquisición de éstos
Los socios que reciban bienes por liquidación de sociedades u otros entes colectivos, hasta el límite del valor de los bienes que reciban
Los adquirentes del activo y/o pasivo de empresas o entes colectivos con o sin personalidad jurídica.
RESPONSABLESSOLIDARIOS
Efectuada la retención o percepción el agente es el único responsable ante la Administración Tributaria.
Los agentes de retención
Los agentes de percepción
Cuando hubieren omitido la retención o percepción a que estaban obligados
5209/10/22
DERECHO DE REPETICION
Los sujetos obligados al pago del tributo en calidad de responsables o representante (que no son los contribuyentes directos de la obligación tributaria), tienen derecho a exigir a los respectivos contribuyentes la devolución del monto pagado.
Sujetos pasivos exceptuados
Existen casos en los que la misma ley establece que ciertas personas, a pesar de haber realizado el hecho que origina el pago del tributo, no están obligadas al pago. Ejemplo: Operaciones exoneradas del IGV yDel Impuesto a la Renta
Domicilio Fiscal
Domicilio Procesal
Es único y fijado para todo efecto tributario dentro del territorio nacional para efectos tributarios
Artículo 11° del Código Tributario
Es el lugar fijado dentro del territorio nacional para todo efecto tributario
CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONTRIBUYENTE
BASE LEGAL: Artículo 11° del Código Tributario Resolución de Superintendencia N° 096-96/SUNAT
Comunicarse al día hábil siguiente de ocurrido
Mientras no se comuniqueel cambio la AdministraciónTributaria considerará el domicilio fiscal anterior.
1) Cuando el domicilio declarado no corresponda al lugar donde el contribuyente realiza sus actividades civiles o comerciales.
2) Cuando el contribuyente no sea habido en el domicilio fiscaldeclarado en el RUC.
3) Cuando el domicilio fiscal declarado sea inexistente.
4) Cuando el domicilio fiscal se encuentre ubicado en una zona riesgosa, alejada o de difícil acceso.
BASE LEGAL: Artículo 11° del Código Tributario Resolución de Superintendencia N° 096-96/SUNAT
PRESUNCIÓN DE DOMICILIO FISCAL DE PERSONAS NATURALES
T
BASE LEGAL: Artículo 12° y 13° del Código Tributario
Cuando n
o
fijen un
domicil
io
fiscal,
la
Admi
nistra
ción
Tributar
ia
presumi
rá,
sin
admitir
prueba
en
contrari
o,
cualqui
era de
los
siguien
tesResidencia habitual
Donde desarrolla sus actividades civiles o comerciales
Donde se encuentran los bienes relacionadoscon los hechos que generan obligaciones tributarias
Declarado ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)
PRESUNCIÓN DE DOMICILIO FISCAL DE PERSONAS JURÍDICAS
T
BASE LEGAL: Artículo 12° y 13° del Código Tributario
Cuando no fijen un domicilio fiscal, la Administración Tributaria presumirá, sin admitir prueba en contrario, cualquiera de los siguientes:
Donde se encuentre el
centro principalde su actividad
Donde se encuentre sudirección oadministraciónefectiva
Donde se encuentre los
bienes relacionadoscon los hechosque generan obligacionestributarias
Domicilio de su
representantelegal
La obligación tributaria se transmite a los sucesores y demás adquirentes a título universal
NOTA: No es válida la transmisión de obligaciones tributarias convencionalmente entre vivos.
BASE LEGAL: Artículo 25° y 26° del Código Tributario
TRANSMISIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
Las deudas tributarias son parte del pasivo heredado por los sucesores del deudor tributario. No se transmiten a legatarios
(adquirente a título particular) El heredero responde de las deudas
tributarias sólo hasta donde alcancen los bienes heredados.
LUGAR DE PAGO
Aquel que señale la Administración Tributaria PRICOS: La SUNAT fija un
lugar específicoPLAZO DE PAGO
BASE LEGAL: Artículo 29° del Código Tributario
TRIBUTO PLAZO
De liquidación anual Dentro de los tres primeros meses del año siguiente
De liquidación mensual, anticipos y pagos a cuenta
mensuales
Dentro de los doce primeros días hábiles del mes
siguientePagos de tributos de liquidación mensual,
anticipos y pagos a cuenta mensuales realizados por agentes de retención o
percepción
Plazo fijado por las normas pertinentes
Tributos que incidan en hechos imponibles de realización inmediata
Dentro de los doce primeros días hábiles del mes
siguiente al nacimiento de la obligación tributaria
Otros tributos, anticipos, pagos a cuenta, retenciones
y percepciones
Plazo establecido por las disposiciones pertinentes
FORMAS DE EXTINCIÓN: EL PAGO
OBLIGADOS AL PAGO
Dinero en efectivo Cheques Notas de Crédito
Negociables Débito en cuenta
corriente o de ahorros Tarjeta de crédito Otros medios que la
Administración Tributaria apruebe En especie
Deudor Tributario Representante Tercero
FORMAS DE PAGO
BASE LEGAL: Artículo 30° y 32° del Código Tributario
NOTA: Los pagos con cheques así como con tarjetas de crédito o débito surten efecto siempre que se realice la acreditación en la cuenta correspondiente.
IMPUTACIÓN DE PAGO
Concepto: Es una operación que se realiza en aquellos casos en los cuales el monto pagado no alcanza a cubrir el integro de la deuda tributaria (pago parcial).
BASE LEGAL: Artículo 31°, 117° y 184° del Código Tributario
FORMA DE APLICACIÓN DEL PAGO PARCIAL:
Al interés (si lo hubiere)Tributo o multa
NOTA: En los procedimientos de cobranza coactiva o Comiso de bienes primero a los gastos y costas.
COMPONENTES DE LA DEUDA TRIBUTARIA
Tributo
Multas
Intereses
El interés por aplazamiento y/o fraccionamiento de pago previsto en el Artículo 36º.
Intereses
El interés moratorio por el pago extemporáneo del tributo a que se refiere el Artículo 33º
El interés moratorio aplicable a las multas a que se refiere el Artículo 181º
CÁLCULO DEL INTERES MORATORIO
ENUNCIADO:
La empresa El Pacífico SRL, omitió efectuar el pago del IGV correspondiente al periodo tributario febrero 2010 el cual ascendió a S/.2,500 Nuevos Soles.
¿Cómo deberán determinarse los intereses moratorios?
Fecha de vencimiento del periodo indicado: 16.03.10
Regularización del pago : 30.03.10
CÁLCULO DEL INTERES MORATORIO
SOLUCIÓN:
a) Actualización del impuesto al 31.03.10:
Tributo insoluto : S/. 2,500.00 Fecha de vencimiento : 16.03 Días transcurridos del 17.03.10 al 31.03.09 : 15 días
a.1) Cálculo de la tasa de interés moratorio: TIMM = 1.2% TIMD = 0.04% Tasa de Interés Acumulada = 15 días x 0.04 : 0.60%a.2) Cálculo del interés moratorio: S/ 2,500 x0.60% : S/. 15.00a.3) Cálculo de la deuda: Tributo insoluto : S/. 2,500.00 Interés al 31.03.10 : S/. 15.00 Deuda al 31.03.10 : S/. 2,515.00
FACILIDADES PARA EL PAGO: Aplazamiento y/o fraccionamiento
BASE LEGAL: Artículo 36° del Código Tributario
Aplazamiento: diferir en el tiempo el pago de la deuda tributaria a solicitud del deudor.Fraccionamiento: implica el pago de la deuda tributaria en partes o fracciones iguales.
NOTA: Tributos retenidos o percibidos no pueden acogerse a ningún tipo de facilidad de pago.
TIPOS DE FRACCIONAMIENTO ORIGEN REGÍMENES
Fraccionamiento con carácter general
Establecido por el Poder Ejecutivo
Resit, Seap, Reft, etc.
Fraccionamiento con carácter particular
Otorgado por la Administración
TributariaArtículo 36° Código
Tributario
ACREEDOR ACREEDOR
DEUDOR
DEUDOR
1)Naturaleza tributaria.
2)Administradas por el mismo
órgano administrador.
3)No prescritas.
FORMAS DE COMPENSACIÓN:1) Automática2) De oficio3) A solicitud de parte
Se podrá compensar la deuda tributaria total oparcialmente con los créditos por tributos, sanciones, intereses pagados en exceso o indebidamente, que correspondan a periodos no prescitos
BASE LEGAL: Artículo 40° del Código Tributario
FORMAS DE EXTINCIÓN: LA CONDONACIÓN
BASE LEGAL: Artículo 41° del Código Tributario
ACREEDOR RENUNCIA A SU DERECHO
DEUDOR QUEDA LIBERADO
Deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley
GOBIERNOS LOCALES:1) Pueden condonar interés moratorio y sanciones respecto de los impuestos.2) Pueden condonar el tributo en el caso de contribuciones y tasas.
FORMAS DE EXTINCIÓN: LA CONDONACIÓN
BASE LEGAL: Artículo 41° del Código Tributario
ACREEDOR RENUNCIA A SU DERECHO
DEUDOR QUEDA LIBERADO
Deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley
GOBIERNOS LOCALES:1) Pueden condonar interés moratorio y sanciones respecto de los impuestos.2) Pueden condonar el tributo en el caso de contribuciones y tasas.
FORMAS DE EXTINCIÓN: COBRANZA DUDOSA Y
RECUPERACIÓN ONEROSA
BASE LEGAL: Artículo 27° del Código Tributario
LUGAR, FORMA Y PLAZO DE PAGO
El lugar de pago será aquel que señale la Administración Tributaria mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar
Los tributos, los anticipos y los pagos a cuenta no contemplados en los incisos anteriores, las retenciones y laspercepciones se pagarán conforme lo establezcan las disposiciones pertinentes
Los tributos de determinación anual que se devenguen al término del año gravable se pagarán dentro de los tres (3) primeros meses del año siguiente
Los tributos de determinación mensual, los anticipos y los pagos a cuenta mensuales se pagarán dentro de los doce (12) primeros días hábiles del mes siguiente.
7409/10/22
FACULTADES DE LA ADMINISTRACION
FACULTAD DE RECAUDACIONFACULTAD DE FISCALIZACIONFACULTAD SANCIONADORA
7509/10/22
FACULTAD DE RECAUDACIÓN
Acciones necesarias para percibir el pago de la deuda tributaria. Brindar facilidades
para el cumplimiento de pago de la deuda tributaria. Contratar los servicios
de entidades del Sistema Bancario y Financiero así como de otras entidades para recibir el pago de las deudas tributarias.(puede incluirse la autorización para recibir y procesar declaraciones y otras comunicaciones). Dar inicio al
Procedimiento de Cobranza Coactiva ante la falta de pago del deudor tributario.
7609/10/22
FACULTAD DE RECAUDACIÓN
MEDIOS DE DECLARACIÓN Y PAGO
Herramientas desarrolladas por SUNAT a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de manera eficiente y eficaz
PDT(PROGRAMA DEDECLARACIÓN TELEMÁTICA)
FORMULARIOSFÍSICOS
PAGO FÁCIL
7709/10/22
FORMAS DE DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
AUTODETERMINACIÓN
DETERMINACIÓN POR LAADMINISTRACIÓNTRIBUTARIA
REALIZADA POR EL DEUDOR TRIBUTARIO1) VERIFICA REALIZACIÓN DEL
HECHO GENERADOR.2) SEÑALA BASE IMPONIBLE.3) SEÑALA CUANTÍA DEL TRIBUTO.
1) REALIZADA ANTE LA AUSENCIA DE LA AUTODETERMINACIÓN.2) COMO FORMA DE VERIFICACIÓN DE LA REALIZADA POR EL PROPIO DEUDOR TRIBUTARIO.
BASE LEGAL: Artículo 59° del Código Tributario
7809/10/22
DECLARACIÓN(ACTO)
INICIATIVAO DENUNCIA
DEUDORTRIBUTARIO
ADMINISTRACIÓNTRIBUTARIA
CUALQUIER PERSONA PUEDE SERDENUNCIANTE DE UN HECHOGENERADOR DE OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
INICIO DE LA DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
7909/10/22
FACULTAD DE FISCALIZACIÓN
FUNCIÓN FISCALIZADORA:
Incluye la Inspección, Investigación yControl de Cumplimiento de ObligacionesTributarias
8009/10/22
CONCLUSIÓN DE LA FISCALIZACIÓN
Concluído el proceso, la Administración Tributaria emitirá los correspondientes valores (de ser el caso): Resolución de Determinación Resolución de Multa Orden de Pago
8109/10/22
RESOLUCIÓN DE DETERMINACIÓN
1) Documento emitido por la Administración Tributaria.2) Contiene el resultado de la labor del control de cumplimiento de obligaciones tributarias.3) Establece la existencia del crédito o de la deuda tributaria.
INFORMACIÓN QUE DEBE CONTENER:
1) Deudor tributario2) Tributo y periodo al que corresponda3) Base imponible, tasa, cuantía del tributo y sus intereses4) Motivos determinantes del reparo u observación5) Fundamentos y disposiciones que la amparen
8209/10/22
RESOLUCIÓN DE MULTA1) Documento emitido por la Administración Tributaria.2) Contiene la sanción pecuniaria impuesta al deudor tributario por la comisión de alguna infracción.3) Establece la existencia del crédito o de la deuda tributaria.4) Monto puede fijarse en base a: tributo omitido, tributo no retenido o no percibido, monto aumentado indebidamente, tributo retenido y no pagado, impuesto bruto, valor bienes comisados, de la UIT, entre otros.
INFORMACIÓN QUE DEBE CONTENER:
1) Deudor tributario2) La infracción que sanciona3) Monto de la multa e intereses4) Fundamentos y disposiciones que la amparen
8309/10/22
ORDEN DE PAGO1) Documento a través del cual la Administración Tributaria exige la cancelación de la deuda tributaria.2) Se emite en los siguientes casos:
* tributos autoliquidados por el deudor tributario.* errores de redacción o de cálculo en la declaración.* verificación y detección de tributos no pagados.* deudores tributarios que no declararon ni determinaron su obligación o que declararon pero no determinaron
su obligación tributaria (Orden de Pago Presuntiva)
INFORMACIÓN QUE DEBE CONTENER:
1) Deudor tributario2) Tributo y periodo al que corresponda3) Base imponible, tasa, cuantía del tributo y sus intereses4) Fundamentos y disposiciones que la amparen
8609/10/22
Otros derechos Otros derechos de los de los administradosadministrados BASE LEGAL: Artículo 92° del
Código Tributario